remuneraciones - ejercicio de recibo de sueldo

8
ACTIVIDAD OBLIGATORIA Nº 1 PARA LOS GRUPOS QUE LA PRESENTEN EN EL AÑO 2011 Recuerde que la Actividades Obligatorias, deberá enviarlas en tiempo oportuno y resolverlas de acuerdo a las normas vigentes al momento de su resolución. Criterios de Evaluación: - Organización y coherencia en la elaboración de los informes solicitados. - Capacidad para fundamentar la resolución de cada situación conforme legislación correspondiente, actualizada. - Grado de conocimiento de los distintos conceptos. - Procedimiento utilizado para determinar los resultados y secuencia lógica para obtenerlos. Consignas De acuerdo con los datos que a continuación se transcriben, resuelva los interrogantes planteados, a saber: Datos del empleador: Empresa comercial. Inicio de actividades 01/08/2004. Datos de los trabajadores: Dentro del plantel de dependientes se incluye el siguiente caso: Trabajadora “Lucía Mariel Ingaramo”. Ingresó a la empresa el 01/01/2006. Estado civil: casada. Régimen previsional: SIPA (Reparto). Jornada habitual: lunes a viernes de 9 a 17 horas y sábado de 9 a 13 hs. Remuneración asignada (por todo concepto): $ 4.850. Novedades del mes de marzo: 1) Excepcionalmente, en la segunda semana, cumplió el siguiente horario de trabajo (resuelva en esta cuadro el punto 2 del requerimiento): Día Horario Hs. normales Hs. Ex. 50% Hs. Ex 100% Total Hs. Feriadas Hs. Desc. Pagas Compensator io Lunes (fer) 9 a 21 hs. 9 3 12 12 Martes (fer) 9 a 18 hs. 9 9 9 Miércoles 9 a 21 9 3 12

Upload: felipe-garcia-majorel

Post on 24-May-2015

2.865 views

Category:

Documents


9 download

TRANSCRIPT

Page 1: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

ACTIVIDAD OBLIGATORIA Nº 1 PARA LOS GRUPOS QUE LA PRESENTEN EN EL AÑO 2011

Recuerde que la Actividades Obligatorias, deberá enviarlas en tiempo oportuno y resolverlas de acuerdo a las normas vigentes al momento de su resolución.

Criterios de Evaluación:

- Organización y coherencia en la elaboración de los informes solicitados.- Capacidad para fundamentar la resolución de cada situación conforme legislación correspondiente, actualizada. - Grado de conocimiento de los distintos conceptos.- Procedimiento utilizado para determinar los resultados y secuencia lógica para obtenerlos.

Consignas

De acuerdo con los datos que a continuación se transcriben, resuelva los interrogantes planteados, a saber:

Datos del empleador:Empresa comercial. Inicio de actividades 01/08/2004.

Datos de los trabajadores: Dentro del plantel de dependientes se incluye el siguiente caso:

Trabajadora “Lucía Mariel Ingaramo”. Ingresó a la empresa el 01/01/2006. Estado civil: casada. Régimen previsional: SIPA (Reparto). Jornada habitual: lunes a viernes de 9 a 17 horas y sábado de 9 a 13 hs. Remuneración asignada (por todo concepto): $ 4.850. Novedades del mes de marzo:

1) Excepcionalmente, en la segunda semana, cumplió el siguiente horario de trabajo (resuelva en esta cuadro el punto 2 del requerimiento):

Día HorarioHs.

normalesHs. Ex.

50%Hs. Ex 100%

TotalHs.

Feriadas Hs. Desc.Pagas Compensatorio

Lunes (fer) 9 a 21 hs. 9   3  12 12  Martes (fer) 9 a 18 hs. 9   9   9  Miércoles 9 a 21 hs. 9  3    12    Jueves 9 a18 hs. 9    9    Viernes 9 a 12 hs. 3      3    Sábado 13 a 18 hs. 5      5   5 Domingo 9 a 17 hs. 4   4  8    8

TOTAL  48 3 7 58 21 13 

2) A partir del día martes de la semana siguiente el empleador le otorgó el descanso compensatorio correspondiente.

3) El día 22 comenzó la licencia por las vacaciones del año 2010. 4) El resto del mes de marzo, lo trabajó normalmente y en el horario habitual.

En el mes de junio del corriente año, solicitó 2 días de licencia por examen y fue suspendida por falta o disminución de trabajo durante 10 días, percibiendo por dichos días en concepto de “prestación artículo 223 bis” de la ley de contrato de trabajo la suma de $ 1.340.

El resto del semestre lo trabaja normalmente.

Page 2: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

Para controlar con las liquidaciones efectuadas oportunamente, el empleador le requiere que determine:

1. En un recibo de haberes liquide las vacaciones del año 2010 (importe bruto, aportes e importe neto a percibir).

Para el cálculo del importe bruto a percibir por vacaciones 2010, hay que tener en cuenta que acorde al Art 150 de la LCT, la empleada Ingaramo tiene 4 años de antigüedad en la empresa (ingreso a trabajar el 01/01/06 y se computa la antigüedad al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones, es decir 31/12/10, o sea, 4 años, 11 meses y 31 días de antigüedad) por lo que le corresponden 14 días de vacaciones;

Remuneracion Asignada

Vacaciones : 2,716$ Sujeto a Deducciones

25x Dias de Vacaciones

x 14 Dias25

$4,850

Nro Legajo

Fecha Ingreso Sueldo Basico1/1/2006 4,850.00$

Codigo V. Unitario Remunerativo No remunerativo Deducciones2,716.00$

298.76$ 81.48$

8.15$ 73.33$

Sujeto a Deducc. No Sujeto a Deducc. NETO2,716.00$ 2,254.28$

Tipo CuentaCaja Ahorro

Banco

Recibo Nº

LOGO

EMPRESA

Apellido y NombreINGARAMO, LUCIA MARIEL

CUIL

Categoria Puesto

Periodo LiquidadoVacaciones 2010

Fecha de pago21/03/2010

Conceptos Liquidados

Son PesosDOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 28/100

Numero de Cuenta

Observaciones

Forma de PagoBanco

Banco

Periodo2010

Fecha de pago21/03/2011

Firma del Empleador

Importe Bruto Vacaciones 2010JubilacionINSSJyP Ley 19032Fondo solidario de redistribuc.Regimen de Obras Sociales

2. En el cuadro adjunto detalle la cantidad de horas normales, extras al 50% y al 100%, en caso de corresponder.

Page 3: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

Día HorarioHs.

normalesHs. Ex.

50%Hs. Ex 100%

TotalHs.

Feriadas Hs. Desc.Pagas Compensatorio

Lunes (fer) 9 a 21 hs. 9 3 12 12Martes (fer) 9 a 18 hs. 9 9 9Miércoles 9 a 21 hs. 9 3 12Jueves 9 a18 hs. 9 9Viernes 9 a 12 hs. 3 3Sábado 13 a 18 hs. 5 5 5Domingo 9 a 17 hs. 4 4 8 8

TOTAL 48 3 7 58 21 13

NOTAS EXPLICATIVAS: La Ley 11544 determina que la jornada máxima en todo el ámbito nacional es de 8 Horas diarias o 48 Horas semanales. Prevalece el límite de 48 horas semanales sobre el de 8 diarias. Se puede considerar trabajo extraordinario cuando son excedidas las 48 horas semanales o las 9 diarias. Según establece el Art 201 de la LCT, "El empleador deberá abonar al trabajador que prestare servicios en horas suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente, un recargo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre el salario habitual, si se tratare del días comunes, y del ciento por ciento (100%) en días sábado después de las trece (13) horas, domingo y feriados" mientras que según el Art. 204, en caso de que el empleado trabajase entre las 13 horas del día sábado y las 24 del día domingo, gozara de un descanso compensatorio de la misma duración.Las Horas trabajadas en exceso que superan las 48 horas semanales se calcularan con un recargo de 50% si son trabajadas entre lunes y viernes hasta los sábados a las 13 hs y con un recargo de 100% si son trabajadas los sábados después de las 13 hs, los domingos y los feriados.

3. La remuneración bruta que cobraría por los días trabajados en la semana excepcional.

Teniendo en cuenta la información proveída, primero calculamos el precio de la hora de trabajo. Si bien la LCT no establece cual es la forma de practicar dicho calculo, los usos y costumbres suelen imponer el divisor 200, de no existir convenio colectivo de aplicación.

$4850 / 30 Dias = $161.7 (Remuneracion por Dia)

$4850 / 200 Hs. = $24.25 (Remuneracion por Hora)

A sabiendas del precio por hora, procedemos a calcular para cada día de la semana especial, la remuneración a percibir, en el campo horas normales, tenemos en cuenta las horas trabajadas, en precio/hora, el valor correspondiente a pagar, y en el campo Extra, sumamos lo correspondiente a horas extras, tanto 50% como 100% de recargo.

Dia Horas Totales Horas comun Precio/Hora Total comunes Horas Extras Precio/Hora Total Extras TOTAL DIALunes 12 9 48.50$ 437$ 3 48.50$ 146$ 582$ Martes 9 9 48.50$ 437$ 437$ Miercoles 12 9 24.25$ 218$ 3 36.38$ 109$ 327$ Jueves 9 9 24.25$ 218$ 218$ Viernes 3 3 24.25$ 73$ 73$ Sabado 5 5 24.25$ 121$ 121$ Domingo 8 4 24.25$ 97$ 4 48.50$ 194$ 291$ TOTAL 58 48 1600.5 10 448.625 2049.13

Horas Normales Horas Extras

Page 4: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

Remuneracion x Semana = $4850/4 = 1,212.5$ Remueracion 2 feriados = $4850/25*2 = 388.0$ Horas Extras 50% = $24.25*1.5*3= 109.1$ Horas Extras 100% = $24.25*2*7= 339.5$ TOTAL SEMANA = 2,049.13$

DIA POR DIALUNES 9 Horas Normales $24.25x9= 218.25$

3 Horas Extra Feriado 100% $24.25x3x2= 145.50$ 12 Horas Feriado $24.25x9= 218.25$ TOTAL LUNES 582.00$

MARTES 9 Horas Normales $24.25x9= 218.25$ 9 Horas Feriado $24.25x9= 218.25$ TOTAL MARTES 436.50$

MIERCOLES 9 Horas Normales $24.25x9= 218.25$ 3 Horas Extras 50% $24.25x3x1.5 109.13$ TOTAL MIERCOLES 327.38$

JUEVES 9 Horas Normales $24.25x9 218.25$ TOTAL JUEVES 218.25$

VIERNES 3 Horas Normales $24.25x3 72.75$ TOTAL VIERNES 72.75$

SABADO 5 Horas Normales $24.25x5 121.25$ TOTAL SABADO 121.25$

DOMINGO 4 Horas Normales $24.25x4 97.00$ 4 Horas Extras 100% $24.25x4x2 194.00$ TOTAL DOMINGO 291.00$

2,049.13$ TOTAL SEMANA ESPECIAL

4. En relación al descanso compensatorio:a. Cantidad de horas correspondiente al descanso compensatorio.De acuerdo a la legislación vigente, contemplada en el Articulo 204 de la LCT, esta previsto que el trabajador goce de descanso compensatorio si hubiere trabajado entre las 13 horas del día sábado y las 24 del día domingo. El descanso debe ser de la misma duración que la jornada trabajada en ese horario. En este caso, le corresponden 13 horas de descanso compensatorio, ya que hay que considerar que se trabajaron 5 horas el sábado (entre las 13 y las 18) y 8 horas el día domingo (entre las 9 y las 17). Las 13 Horas se deberán otorgar algún día de la semana siguienteb. Bajo el supuesto que el empleador no hubiera otorgado el descanso compensatorio, y el trabajador lo hubiera reclamado en tiempo y forma, informe la remuneración que hubiera correspondido liquidar por dicho día.Según prevé el Artículo 207 de la LCT, el trabajador podrá hacer uso del derecho al descanso compensatorio a partir del primer día hábil de la semana subsiguiente, previa comunicación al empleador, con 24 Hs de anticipación, y resulta obligatorio pagar el salario habitual con el 100% de recargo. En el caso, hay que considerar que el trabajador cobraría 13 horas (5 del día sábado y 8 del día domingo) con un recargo del 100%.

13 Horas x $ 24,25 por Hora + 100% Recargo (Art. 207 LCT) = $630.50

Page 5: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

5. En un recibo de haberes efectúe la liquidación del mes de junio (detalle TODOS los conceptos y montos e incluya el SAC -1ra. Cuota-).

Para la liquidación del mes de junio, debemos tener en cuenta la suspensión por falta de trabajo aplicada. Considerando que la suspensión fue de 10 días, hay que calcular la remuneración por el resto del mes (20 días, constituidos por 18 días de trabajo normal y 2 días de licencia por examen).

$4,85030

x18= $2910

$4,85030

x2 = $323.33

$2910 + $323.33 = $3233.33

Por los otros 10 días del mes, se acordó pagar $1340, según establece la consigna. El concepto de Compensación por Suspensiones, es un concepto no remunerativo acorde al Art. 223 BIS de la LCT.

Para el cálculo del Sueldo Anual Complementario, hay que utilizar el mayor salario pagado en el semestre. En este caso es el de marzo, por contar con la semana especial especificada en la consigna 2, y con la liquidación de las vacaciones 2010. La remuneración de marzo esta constituida por 23 días de remuneración normal, 7 días de la semana especial, y la liquidación de las vacaciones 2010.

$4,85030

x23 + $2049,3 + $2716 = $8483.63

Con eso obtenemos que la remuneración de marzo es de $8483.63, la más grande del semestre considerando que el salario habitual es de $4850.Por ser la primera cuota del Sueldo Anual Complementario, se abona la mitad:

$8483,63 / 2 = $4241.81

Y para respetar el principio de proporcionalidad, debemos descontar los 10 días en que se aplico suspensión por razones económica. Para eso consideramos trabajados 171 de los 181 días que tiene el 1er semestre del año.

$4,241.81 181

x 171 = $4007.4

Vale la pena recordar que en el caso de la licencia por examen de 2 días solicitados en junio, constituyen una licencia paga y se considera tiempo en servicio, por lo cual no afecta el calculo del aguinaldo.

Sobre los conceptos remunerativos (Sueldo y SAC) se aplican las deducciones habituales, Sistema de Jubilaciones (11%), Ley 19032 (3%), Fondo Solidario de Redistribución (0.3%) y Régimen de Obras Sociales (2.7%). Mientras que al monto pactado como pago por los 10 días de suspensión, no se le realizan deducciones.

Page 6: Remuneraciones - Ejercicio de recibo de sueldo

Nro Legajo

Fecha Ingreso Sueldo Basico1/1/2006 4,850.00$

Codigo V. Unitario Remunerativo No remunerativo Deducciones3,233.33$

1,340.00$ 4,007.46$

355.67$ 440.82$ 97.00$

120.22$ 9.70$

12.02$ 87.30$

108.20$

Sujeto a Deducc. No Sujeto a Deducc. NETO7,240.79$ 1,340.00$ 7,349.86$

Tipo CuentaCuenta Corriente

Banco

Recibo Nº

LOGO

EMPRESA

Apellido y Nombre CUILINGARAMO, LUCIA MARIEL

Categoria Puesto

Periodo Liquidado Fecha de pagoMes de Junio y SAC Primer Semestre 4/7/2011

Conceptos LiquidadosRemuneracion Asignada

S.A.CJubilacion

Prestacion art. 223 BIS LCT

Jubilacion s/S.A.C.Ley 19032Ley 19032 s/S.A.C.Fondo Solidario de Redistribuc.Fondo Solid. de Red. s/S.A.C.Regimen de Obras SocialesRegimen de Obras S. s/S.A.C.

Son PesosSIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 86/100

Forma de Pago Banco Numero de CuentaBancoObservaciones

Firma del Empleador

Periodo Fecha de pagoJunio y SAC 1er Semestre 4/7/2011

Se recomienda para la resolución de la actividad: 1) DETALLAR como obtiene cada resultado (si no observa esta recomendación la actividad es reprobada y devuelta para que adjunte dicho detalle); 2) Para la liquidación del SAC, recordar las condiciones para percibirlo íntegramente o proporcionalmente; 3) Antes de resolver la actividad estudiar el material bibliográfico; 4) Leer las normas aplicables al caso, actualizadas al momento de la resolución: (Ley de Contrato de Trabajo -20744-; Ley de Jornada de Trabajo -11544- y Decreto Reglamentario: Dto. 16115/33 y toda otra norma vigente al momento de la resolución de la actividad. Para ello, podrá consultar en la página www.infoleg.gov.ar.dichas normas.