reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos - asimet
TRANSCRIPT
Reglamento Sanitariosobre Manejo de
Residuos Peligrosos
Ing. Gonzalo Aguilar MadauneDepto. Salud Ambiental
División Rectoría y Regulación SanitariaMinisterio de Salud
• Decreto Supremo N°148, del 12 deJunio de 2003, del Ministerio de Salud
• Publicado en el Diario Oficial el 16 deJunio de 2004
• La elaboración del Reglamentocontempló:–Consultas focalizadas
• Asociaciones Gremiales• Universidades• ONGs• Ministerios y Servicios Públicos
–Consulta pública• Con participación de CONAMA y
procedimiento asimilado al SEIA
Contenido del Reglamento• Disposiciones Generales (Título I)
• Definición y Clasificación de ResiduosPeligrosos (Título II)
• Requisitos para– Generadores (Título III)
– Almacenamiento (Título IV)
– Transportistas (Título V)
– Instalaciones de Eliminación (Título VI)
• Sistema de Declaración y Seguimiento (Título VII)
• Sanciones (Título VIII)
• Disposiciones Complementarias y Referenciales(Título IX)
• Entrada en vigencia y plazos de cumplimiento (Final)
Definiciones:Residuo: sustancias u objetos que elgenerador elimina, se propone eliminar oestá obligado a eliminar.Eliminación: cualquiera de la operacionesespecificadas en el artículo 84.
a) Operaciones que no pueden conducir a larecuperación de recursos (depósito
permanente, relleno de seguridad, etc.)
b) Operaciones que pueden conducir a larecuperación de recursos (utilización comocombustible, recuperación de metales,
aceites, solventes,etc)
Se prohíbe:
•mezclar residuos con el objeto de diluir odisminuir características de peligrosidad.
•poner en contacto residuos peligrososcuando sean incompatibles (Tabla deIncompatibilidad).
Define requerimientospara los contenedoresde residuos peligrosos:–Resistente–En buen estado–Etiquetado
Residuo peligroso: residuo omezcla de residuos que presenta riesgopara la salud pública y/o efectos adversosal medio ambiente, ya sea directamente odebido a su manejo actual o previsto,como consecuencia de presentar algunasde las características señaladas en elartículo 11.
Características de Peligrosidad
• Toxicidad aguda• Toxicidad crónica• Toxicicdad extrínseca• Inflamabilidad• Reactividad• Corrosividad
Toxicidad aguda: contiene sustanciasque se ha probado son letales en bajasdosis en seres humanos.
Toxicidad crónica: contiene sustancias de lasque se ha demostrado que poseen efectos tóxicosacumulativos, carcinogénicos, mutagénicos oteratogénicos en humanos o en especies quepermitan inferir tales efectos en seres humanos. Toxicidad por Lixiviación: si se determinaque el lixiviado de una muestra de un residuosobrepasa la Concetración Máxima Permisible de unode los constituyentes listados entonces el residuo estóxico por lixiviación.
Concentraciones MáximasPermisibles
(CMP) para la aplicación delTest de Toxicidad por Lixiviación
CÓDIGO SUSTANCI A CMP(mg/l)
D004 Arsénico 5
D007 Cro mo 5
D009 Mercurio 0.2
D008 Plomo 5
D010 Selenio 1
D005 Bario 100
Identifica residuos quepresentan riesgo deincendio en cualquieretapa su manejo oaquellos residuos queuna vez iniciado elfuego son capaces deexacerbarlo.
Se refiere a la accióndestructiva de algunassubstancias sobre lostejidos orgánicos yciertos compuestosmetálicos, aumentandola movilidad de éstos enla disposición final.
Identifica residuos quedebido a su extremainestabilidad y tendenciaa reaccionarviolentamente o aexplotar, significan unriesgo para la saludhumana o el medioambiente en cualquierade las etapas de sumanejo
Para facilitar la aplicación delreglamento se han definido listados deresiduos que por los procesos que losgeneran o las sustancias que contienense considerarán peligrosos, sinperjuicio de que el Generadordemuestre que el residuo no espeligroso por no presentar ningunacaracterística de peligrosidad.
Categoría de RP I
Códigode RP
Residuos consistentes o resultantesde los siguientes procesos
Y1 Residuos hospitalar ios.
Y2 Residuos resultantes de la producción y preparación de productosfarmacéuticos.
Y3 Medicamentos, drogas y productos farmacéuticos desechados.
Y4 Residuos resultantes de la producción preparación y la utilización deproductos biocidas y productos fitofarmacéuticos.
Y5 Residuos resultantes de la fabricación, preparación y utilización deproductos químicos para la preservación de la madera.
Categoría de RP II
Códigode RP
Residuos que tengan como constituyentes
Y19 Metales carbonilos
Y20 Berilio, compuestos de berilio
Y21 Compuestos de cro mo hexavalente
Y22 Compuestos de cobre
Y23 Compuestos de Zinc
Y24 Arsénico, co mpuestos de arsénico
Categoría de RP III
Códigode R P
Otros residuos
Y50 Catalizadores usados
Y51 Envases y recipientes contaminados que hayan contenido uno o másconstituyentes enu merados en la Categoría de Residuos Peligrosos II.
Y52 Residuos que procedan de la recolección selectiva o de la segregaciónde residuos sólidos domiciliarios que presenten al menos unacaracterística de peligrosidad.
Y53 Suelos o materiales contaminados por alguno de los constituyenteslistados en la Categoría de Residuos Peligrosos II.
Los productos químicos contenidosen las listas “Sustáncias Tóxicas Agudas”(Lista P) y “Sustancias Tóxicas Crónicas”(Lista U), serán considerados RP cuandosean descartados, se encuentren vencidos,fuera de especificación, o se encuentrenremanentes en envases o recipientes asícomo los productos de derrames. En esoscasos dichos productos serán consideradosresiduos tóxicos agudos o crónicos segúncorresponda.
Como complemento a laslistas de categorías de ResiduosPeligrosos y para efectos de facilitar laclasificación de los Residuos Peligrosos se hanincorporado dos listas “Lista A, ResiduosPeligrosos” y “Lista B, Residuos NoPeligrosos”. Los residuos de la Lista A sonpeligrosos a menos que el Generadordemuestre lo contrario, por su parte laAutoridad Sanitaria deberá demostrar quealgún residuo clasificado en la Lista B espeligroso.
La Lista A contiene 4 grupos de residuos:A1 RESIDUOS METÁLICOS O QUE CONTENGAN METALES
A2 RESIDUOS QUE CONTENGAN PRINCIPALMENTE CONSTITUYENTES INORGÁNICOS, QUE PUEDAN CONTENERMETALES O MATERIA ORGÁNICA
A3 RESIDUOS QUE CONTENGAN PRINCIPALMENTE CONSTITUYENTES ORGÁNICOS, QUE PUEDAN CONTENER METALES Y MATERIALES INORGÁNICOS
A4 RESIDUOS QUE PUEDEN CONTENER CONSTITUYENTES INORGÁNICOS U ORGÁNICOS
La Lista B contiene 4 grupos de residuos:A1 RESIDUOS METÁLICOS Y RESIDUOS QUE CONTENGAN METALES
A2 RESIDUOS QUE CONTENGAN PRINCIPALMENTE CONSTITUYENTES INORGÁNICOS, QUE A SU VEZ PUEDAN CONTENER METALES O MATERIA ORGÁNICA
A3 RESIDUOS QUE CONTENGAN PRINCIPALMENTE CONSTITUYENTES ORGÁNICOS, QUE PUEDEN CONTENER METALES Y MATERIALES INORGÁNICOS
A4 RESIDUOS QUE PUEDAN CONTENER COMPONENTES INORGÁNICOS U ORGÁNICOS
Título IIIDEL ALMACENAMIENTO DE RP•Todo lugar destinado al almacenamiento deRP deberá contar con autorización sanitaria.
•Sólo se podrá almacenar RP por un período de 6meses.
•Los sitios donde se almacenen RP deberán tener unabase continua impermeable, resistente química yestructuralmente a los RP y deberán ser capaces decontener cualquier escurrimiento o derrame de RP.
•Los sitios deberán ser cerrados, techados yprotegidos de condiciones ambientales capaces deafectar la seguridad del almacenamiento.
• Acceso restringido.• Los contenedores deberán ser resistentes
a los RP, a prueba de filtraciones, estarsiempre en buenas condiciones, estar rotulados.
• Para otro tipo de diseño de almacenamiento sedeberá presentar un proyecto específico.
Lista I
Lista II
Lista III
si
si
si
no
no
no
Res Pel
Res Pel
Res Pel
Res no Pel
Art.88,89si
Res Pelno
1
GeneradoresA
utor
idad
San
itar
ia
Transportistas
Destinatarios
•Identificación de RP•Manejo Diferenciado de RP•Planes de Manejo•TransportistasAutorizados•Destinatarios Autorizados•Sistema de Declaración ySeguimiento
•Autorización Sanitaria•Sistema de Declaración ySeguimiento
•Autorización Sanitaria•Sistema de Declaración ySeguimiento
•Autorizaciones Sanitarias•Aprobación de Planes deManejo•Fiscalización
DE LA GENERACIÓN DE RP
Toda instalación que genere sobre12kg/año de RTA o 12toneladas/año de RT deberápresentar un Plan de Manejo deRP.
•Descripción de las actividades que sedesarrollan en el proceso productivo, sus flujosde materiales e identificación de los puntos enque se generan residuos peligrosos.
•Identificación de las características depeligrosidad de los residuos generados yestimación de la cantidad anual de cada uno deellos.
•Análisis de alternativas de minimización de lageneración de residuos peligrosos yjustificación de la medida seleccionada.
•Detalle de los procedimientos internos pararecoger, transportar, embalar, etiquetar yalmacenar los residuos.
• Definición del perfil del profesional o técnicoresponsable de la ejecución del Plan, así como,del personal encargado de operarlo.
• Definición de los equipos, rutas yseñalizaciones que deberán emplearse para elmanejo interno de los residuos peligrosos.
• Hojas de Seguridad para el Transporte deResiduos Peligrosos para los diferentes tipos deresiduos peligrosos generados en la instalación.
• Capacitación que deberán recibir las personasque laboran en las instalaciones,establecimientos o actividades donde semanejan residuos peligrosos.
• Plan de Contingencia.
• Identificación de los procesos de eliminación alos que serán sometidos los residuos peligrosos,explicitando los flujos y procesos de reciclaje yreuso.
• Sistema de registro de los residuos peligrososgenerados por la instalación o actividad, endonde al menos se consigne diariamentecantidad en peso y/o volumen e identificaciónde las características de peligrosidad de losresiduos peligrosos:– generados diariamente– que ingresen o egresen del sitio de almacenamiento– reusados y/o reciclados y los procesos correspondientes– enviados a terceros para su eliminación.
El Generador afecto a unPlan de Manejo debe:
– transportar sus Residuos Peligrosos sólo conempresas de transporte autorizadas.
– enviar sus Residuos Peligrosos ainstalaciones de eliminación autorizadas.
– Proporcionar oportunamente la informacióndel sistema de declaración y seguimiento.
– Establecer un manejo diferenciado deresiduos peligrosos y no peligrosos.
SISTEMA DE DECLARACIÓNSEGUIMIENTO
DOCUMENTO DE DECLARACIÓN
Copia 1Copia 2
Copia 4Copia 3
Copia 5
Copia 1Copia 2
Copia 4
Copia 1Copia 2
Copia 3
DOCUMENTO DE DECLARACIÓN
DOCUMENTO DE DECLARACIÓN
DOCUMENTO DE DECLARACIÓN
GENERADOR
AUTORIDADSANITARIA
TRANSPORTISTA DESTINATARIO
PLAZOS
- 365 días para entrada en vigencia delreglamento y derogación de normas legalescontrarias a él.
- En los 180 días siguientes los que debanpresentar Planes de Manejo y los que denServicios de Manejo de RP deberán presentarun Plan de Adecuación al reglamento. Lasmedidas y acciones deberán hacerse en unplazo no superior a 180 días, salvo situacionesespeciales calificadas por la AutoriodadSanitaria.