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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE (RISSOMA) SIG.RI01 Versión: 00

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD

OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE (RISSOMA)

SIG.RI01 Versión: 00

SISTEMA DE GESTIÓN DE SSOMAC Código : SIG.RI01 Versión : 00 Fecha : 14.11.2019 Página : 2 de 58

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE

ÍNDICE

I.- INTRODUCCIÓN 6

II.- RESUMEN EJECUTIVO 6

III.- OBJETIVOS, ALCANCES Y BASE LEGAL 7

Objetivo 7

Alcance 7

Base Legal 7

IV.- LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

7

Liderazgo y Compromiso 8

Política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional 8

V.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 9

Funciones y Responsabilidades – La Empresa 10

Funciones y Responsabilidades – Del Jefe SSOMA 10

Funciones y Responsabilidades – De los Jefes, Residentes y Supervisores 10

Funciones y Responsabilidades _ Los Colaboradores 10

Funciones y Responsabilidades _ Del Comité SSOMA 10

Estructura del Comité de SSOMA 12

Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos 12

Plan y Programa anual de Seguridad y Salud Ocupacional 12

Mapa de Riesgos 13

Implementación de registros y documentos del Sistema gestión SSOMA 13

VI.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES 14

Procedimientos y autorizaciones 15

Instrucciones previas en el lugar de trabajo 15

Previsiones con partes con tensión 16

Acceso a áreas energizadas 19

Distancia de seguridad, espacio de trabajos y faja de servidumbre 19

Mantenimiento y maniobras de componentes de circuitos eléctricos de BT, MT y AT 19

Trabajos en equipos e instalaciones eléctricas 19

Trabajos sin tensión 19

Trabajos con tensión 19

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE

Trabajos en proximidad 20

Conexión de puesta a tierra permanente 23

Trabajos en Líneas aéreas de dos o mas circuitos 23

Alumbrado de emergencia 23

Estándares, procedimientos escritos de trabajo seguro (PETS), diagnostico, planeación, programación, ejecución, supervisión y control de trabajos

23

Medios de protección y seguridad 25

Trabajos en Vías públicas 25

Limpieza en áreas energizadas 25

Trabajos en Espacios confinados 25

Ergonomía 27

Excavaciones y demoliciones 27

Instalación de barreras 29

Trabajos con Escaleras manuales 29

Trabajos en Altura 31

Sistemas de Posicionamiento 34

Escalamiento a Postes 35

Escalamiento a Torres de alta tensión 36

Poda de árboles 37

Inspección de estructuras antes del escalamiento 37

Áreas accesibles al transito vehicular y peatonal 37

Áreas accesibles sólo a colaboradores autorizados 37

Instalación y retiro de conductores y cables 37

Condiciones meteorológicas y climáticas para trabajos en líneas 38

Medidas preventivas en trabajos en Centros de Transformador o Subestaciones 38

Sistemas de Izaje 39

Trabajos de Izaje por medio de Camión Grúa 40

Medidas de seguridad para evitar contactos eléctricos en trabajos de proximidad en líneas aéreas de alta tensión

41

Máquinas, equipos y herramientas portátiles 41

VII.-ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

43

Equipos de Protección Personal – EPP 43

Ropa de trabajo 46

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE

Protección craneal 46

Protección auditiva 46

Protección facial 46

Protección Visual 46

Protección de Vías respiratorias 47

Cinturones y arneses de seguridad 47

Calzado de seguridad 48

Equipos de protección personal contra relámpago de arco 48

Señalización 48

Gestión de Residuos 49

Residuos Líquidos 50

Control de emisión al aire 51

Características de las instalaciones en el lugar de trabajo 51

Locales de aseo y vestuarios 51

Suministro de agua 51

Calidad del agua para consumo 51

Temperaturas en lugares de trabajo 51

Tratamiento de sustancias químicas peligrosas y residuos tóxicos 51

Alojamiento del personal 51

Comedor y cocinas 51

Cumplimiento del Reglamento Nacional de Edificaciones 52

Transporte de colaboradores, materiales, equipos y otros 52

VIII.PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIAS 53

Brigadas de Emergencia 53

Simulacros de Emergencia 53

Respuesta ante Emergencias 53

Medidas de seguridad en caso de sismo 53

Medidas de seguridad en caso de huayco 53

Medidas de seguridad en caso de inundaciones 53

Reporte de Investigación de emergencias 53

Prevención de emergencias 53

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE

Asistencia Médica y primeros auxilios 53

Capacitación en primeros auxilios 53

Traslado del accidentado 53

Botiquines de Primeros auxilios 53

Botiquines para vehículos 53

IX.- ESTANDARES DE CONTROL OPERACIONAL 53

X.- INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES

53

XI.- INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES 54

XII.-DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES 55

CONSTANCIA DE ENTREGA 58

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE I.- INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente (RISSOMA) ha sido elaborado de conformidad por lo dispuesto por el art.34 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley 29783, art. 74 del DS-005-2012-TR, art 58 G del DS-024-2016-EM: Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería y sus modificaciones, Resolución Ministerial N° 111-2013-MEM/DM: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad – 2013; tiene la finalidad de difundir las normas y reglas de seguridad y salud para todo los colaboradores de la empresa PROINGCOM SAC.

PROINGCOM SAC considera que su responsabilidad es garantizar, en el centro de trabajo, los medios y condiciones necesarias que protejan la seguridad, la salud y el bienestar de los colaboradores, así como las buenas condiciones laborales, promoviendo una cultura de prevención de riesgos.

Por consiguiente, la aplicación del presente reglamento ayudará y permitirá que el colaborador prevenga los accidentes y/o incidentes dentro de su área de trabajo; por lo tanto, la aplicación por principios ético y moral, está en la obligación de cumplir y respetar la presente normatividad. Esto implica una alta responsabilidad del colaborador consigo mismo, con su familia, ante sus compañeros de trabajo. A través de la web: www.proingcom.com, se puede acceder a las actividades que se brindan en los servicios que abarca nuestro alcance. II.- RESUMEN EJECUTIVO

PROINGCOM SAC, empresa dedicada a la elaboración y ejecución de proyectos y servicios en: Obras civiles, electromecánicas y eléctricas en baja, media y alta tensión en Subestaciones; Obras en Líneas de Transmisión civiles, electromecánicas y eléctricas en baja, media y alta tensión.

Tiene entre sus compromisos la protección, la mejora continua y fomenta una cultura de seguridad, en protección de los colaboradores, los activos, los sistemas y los procesos de nuestros clientes.

Con el propósito de garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los colaboradores y áreas de trabajo, en cumplimiento a normativa vigente, se ha elaborado el presente documento el mismo que es de cumplimiento obligatorio de los actores mencionados. Este Reglamento deberá ser difundido de forma física o digital, bajo cargo a todos los colaboradores, contratistas y proveedores que laboren en nombre de PROINGCOM SAC para ser utilizado como herramienta para la acción y fomentación de una cultura preventiva

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE III.- OBJETIVOS, ALCANCES Y BASE LEGAL

Artículo 1°.- OBJETIVOS

El presente reglamento tiene como objetivos:

a) Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los colaboradores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

b) Promover una cultura de seguridad y medio ambiente en los colaboradores, proveedores y todos aquellos que presenten servicios en relación a la empresa, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente.

c) Proteger las instalaciones y propiedades de la empresa, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.

d) Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia preventiva entre los colaboradores y proveedores en relación al Sistema de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente de la empresa.

Artículo 2°.- ALCANCE

a) Se aplica a todas las instalaciones y colaboradores de PROINGCOM SAC, servicios de terceros que brinda prestaciones dentro de sus instalaciones y a los que trabajan en nombre de ella (locadores de servicio, proveedores, etc.) y visitantes.

b) El Reglamento establece las funciones y responsabilidades que, con relación a la seguridad, salud ocupacional y medio ambiente, deben de cumplir obligatoriamente todos los colaboradores, proveedores, visitantes y otros cuando se encuentren en nuestras instalaciones.

c) Los casos no previstos en el presente reglamento se regirán por los procedimientos e instructivos que al respecto dicte PROINGCOM SAC. o del cliente.

d) Las Infracciones a las normas contenidas en el presente reglamento Interno, serán sancionadas de acuerdo con las leyes y los procedimientos internos de PROINGCOM SAC.

Artículo 3°.- BASE LEGAL

El presente reglamento está elaborado teniendo como base principalmente:

− Constitución Política del Perú.

− Ley N° 26842, Ley General de Salud.

− Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su modificatoria.

− Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N° 29783 y su modificatoria.

− Decreto Supremo N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería y otras medidas complementarias.

− Resolución Ministerial N° 111- 2013 MEM / DM, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad – 2013.

− RM. N° 312-2011 MINSA, Protocolos de Exámenes médicos Ocupacionales y Guías de Diagnósticos de los Exámenes Médicos Obligatorios por actividad.

− D.S. N°011-2019 Reglamento de SST para la Construcción.

− Ley N° 28611 Ley General de Medio Ambiente

− Ley N° 27314 Ley General de Residuos Sólidos

− D.L N° 1278 Ley de gestión Integral de residuos sólidos

− D.S N° 014-2017 Reglamento del D.L N° 1278 Ley de gestión Integral de residuos sólidos

− Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos

− D.S N° 010-2005-PCM, Estándares de Calidad Ambiental (ECAs) para Radiaciones No ionizantes

− D. S N° 003-2008-MINAM Estándares de Calidad Ambiental para el Aire

IV.- LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Artículo 4°. - LIDERAZGO Y COMPROMISO

1) Liderar y brindar los recursos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente en la gestión de la empresa, con el fin de lograr su éxito en la prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales.

2) Ser responsables de la prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada uno de los colaboradores mediante el estricto cumplimiento de las disposiciones que contiene el presente reglamento.

3) Crear programas de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente – SSOMA y medir el desempeño de los mismos, llevando a cabo mejoras que sean justificables.

4) Operar en concordancia con las prácticas aceptables del sector y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de SSOMA

5) Investigar las causas de accidentes y enfermedades ocupacionales y establecer acciones correctivas y preventivas.

6) Capacitar a los colaboradores en el desempeño seguro y saludable de su trabajo, fomentando la prevención de los riesgos laborales. Capacitarlos también para actuar en casos de emergencia.

7) Demandar que los proveedores, visitantes y otros; cumplan con las normas de SSOMA que se les exige a nuestros colaboradores.

8) Hacerse responsable por los impactos generados al medio ambiente durante la ejecución de sus actividades.

9) Realizar una buena gestión de residuos sólidos generados

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Artículo 5°. - POLÍTICA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE V.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

Artículo 6°. - FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES – LA EMPRESA

PROINGCOM SAC asume su responsabilidad en la organización de su SIG SSOMAC y garantiza el cumplimiento de las obligaciones que sobre el particular establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, para lo cual la empresa:

1) Será responsable de la prevención y conservación de las condiciones de trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a sus colaboradores, contra accidentes o eventos que afecten su vida, salud e integridad física.

2) Instruirá a sus colaboradores, incluyendo a todo personal que prestan servicios a la empresa, respecto a los riesgos a los que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función, adoptando las medidas necesarias para evitar lesiones y enfermedades ocupacionales.

3) Desarrollará acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento de normas de SSOMA.

4) Suministrará a sus colaboradores los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes.

5) Promoverá en todos los niveles, una cultura de seguridad en prevención de los riesgos laborales y medio ambiente.

6) Dará facilidades y estimulará al comité de SSOMA para el cumplimiento de sus funciones. 7) Garantizará el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el comité de SSOMA. 8) Garantizará la seguridad y salud de sus colaboradores, mediante la elaboración de

procedimientos de trabajos específicos para las actividades determinadas con riesgo no tolerable, así como de una eficaz supervisión para su cumplimiento.

9) Mantendrá actualizada una completa evaluación y control de los riesgos existentes en las diferentes actividades que desarrolla la empresa.

10) Comunicará a sus colaboradores por escrito y por cualquier otro medio sobre los riesgos laborales a los que están expuestos. Los capacitará a fin de que los riesgos se eliminen o se minimicen.

11) Revisará y actualizará periódicamente, con la participación de sus colaboradores y representantes, el Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente - RISSOMA.

12) Investigará y difundirá los incidentes, accidentes, y enfermedades ocupacionales, con el fin de establecer el análisis de causalidad y adoptar acciones correctivas y preventivas.

13) Realizará auditorías periódicas, para verificar el cumplimiento del SIG SSOMA. 14) Establecerá medidas y dará instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave,

inminente e inevitable, sus colaboradores, puedan interrumpir su actividad y de ser necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.

15) Ejecutará programas de inspecciones y observaciones planeadas periódicas de SSOMA. 16) Gestionará para sus colaboradores, los exámenes médicos pre ocupacionales, periódicos

y/o de retiro correspondiente al puesto laboral en el que se desarrollan y su SCTR. 17) Asegurará que se coloquen avisos y señales de seguridad, antes del inicio de la obra o

servicio, para que sus colaboradores y público en general sean informados de los riesgos a los que podrían estar expuestos.

18) Cumplirá con la normativa vigente indicada en el artículo 3° del presente reglamento y demás normas pertinentes aplicables a nuestra actividad.

19) Garantizará que sus colaboradores hayan sido consultados antes que se ejecuten cambios en operaciones o procesos que ejecuta la empresa y que puedan tener repercusiones en la seguridad y salud de sus colaboradores.

20) Verificará que sólo sus colaboradores, adecuada y suficientemente capacitados y protegidos, accedan a los ambientes o zonas de trabajo de alto riesgo.

21) Implementara medidas de prevención de la contaminación y cuidado del medio ambiente

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Artículo 8°.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES – JEFE SSOMA 1) Estará involucrado y colaborará activamente en las Revisiones del Sistema de Gestión de

la Seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente. 2) Participará activamente en el establecimiento de los Objetivos que La Empresa se plantee

con el fin de conseguir una mejora continua de su Sistema de Gestión de seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente.

3) Se ocupará de la elaboración y de cuanta documentación le corresponda según los Procedimientos e Instrucciones del Sistema de Gestión seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente.

4) Velará por el cumplimiento de todos los requisitos derivados del Sistema de Gestión seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente.

5) Coordinará los esfuerzos y el trabajo de todos los Departamentos y Responsables en materia de seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente con el fin de optimizar el funcionamiento del Sistema de Gestión Integral.

6) Asegurará y promoverá la concienciación en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y medio ambiente entre los trabajadores de La Empresa.

7) Elaborará, actualizará, distribuirá, controlará, revisará y mantendrá la documentación básica del Sistema de Gestión seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente.

8) Coordinará la realización de las auditorías internas del Sistema de Gestión seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente de La Empresa

Artículo 9°. - FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD – JEFES, RESIDENTES Y SUPERVISORES

1) Cumplir y hacer cumplir los reglamentos, procedimientos, instructivos y cartillas de SSOMA que formen parte del SIG SSOMA de PROINGCOM SAC.

2) Asegurar que los nuevos colaboradores reciban la inducción adecuada sobre SSOMA. 3) Tomar toda precaución razonable para proteger a los colaboradores, identificando los

peligros y gestionando los riesgos. 4) Asegurarse que los colaboradores cumplan con los estándares, procedimientos escritos de

trabajo seguro, herramientas de gestión y usen adecuadamente el Equipo de Protección Personal – EPP apropiado.

5) Informar a los colaboradores acerca de los peligros en el lugar de trabajo. 6) Investigar situaciones que se reporten en la que, un colaborador o un miembro del comité de

SSOMA considera que hay riesgo significativo. 7) Asegurarse que los colaboradores usen máquinas con las guardas de protección colocadas

en su lugar. 8) Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro que sea informado en el lugar de trabajo. 9) Paralizar las operaciones o labores en situaciones de alto riesgo hasta que se haya eliminado

o minimizado dichas situaciones peligrosas. 10) Ser responsable por su seguridad y la de los colaboradores que laboran en el área a su

mando. 11) Facilitar los primeros auxilios y la evacuación del colaborador(es) lesionado(s), o que estén

en peligro. 12) Capacitar al personal en la utilización adecuada de los estándares y procedimientos de

trabajo seguro. Artículo 10°.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD – LOS COLABORADORES

1) En aplicación del principio de prevención, todo colaborador está obligado a cumplir las normas contenidas en el presente reglamento y otras disposiciones en materia de SSOMA.

2) Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y además medios suministrados de acuerdo con este reglamento, para su protección o de terceros y deberán cumplir las instrucciones procedentes o aprobadas por la empresa u autoridad competente, relacionadas con el trabajo.

3) Deben informar a su jefe inmediato y estos a su vez al Área de SSOMA, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que éstos sean o parezcan.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE 4) No intervendrán, cambiarán, desplazarán, dañarán o destruirán los dispositivos de seguridad

o aparatos destinados para su protección, o la de terceros, ni cambiará los métodos o procedimientos adoptados por PROINGCOM SAC.

5) Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades de trabajo. 6) No harán bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto de

alcohol o estupefacientes, está prohibido. 7) Será considerada como FALTA GRAVE el intento de robo, cualquiera sea la magnitud. 8) Está prohibido intentar ingresar al área de trabajo con síntomas de haber ingerido alcohol

y/o el uso de drogas. Es considerada FALTA GRAVE. 9) Deben hacer uso adecuado de equipos, máquinas, herramientas y materiales de trabajo, así

como de los EPP y de los Equipos de Protección Colectiva - EPC. 10) No deben utilizar ni operar equipos, maquinas, herramientas, otros, si no han sido

autorizados y capacitados. 11) Deben someterse a los exámenes médicos a los que estén obligados por norma y ser

informados respecto a los resultados de los mismos. 12) Deben participar y cooperar en los procesos de investigación de los accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales. 13) Participar de forma activa en los programas de capacitación y otras actividades destinadas

a prevenir los riesgos laborales, organizados o autorizados por la empresa. 14) Participar en la identificación de los peligros y en la gestión de los riesgos laborales. 15) Deben saber que el incumplimiento de lo establecido en el presente reglamento constituye

falta disciplinaria que será procesada y sancionada por la empresa de acuerdo a la gravedad de la falta, y de acuerdo al Reglamento Interno de Trabajo.

Artículo 11°.- FUNCIONES DEL COMITÉ / SUB COMITÉ O SUPERVISOR DE SSO

1) Aprobar el Reglamento Interno Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente – RISSOMA de PROINGCOM SAC.

2) Aprobar el Programa Anual de SSO de PROINGCOM S.A.C. 3) Hacer cumplir el presente reglamento y otras normas relativas a SSOMA, armonizando las

actividades de los colaboradores y fomentando el trabajo en equipo. 4) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas,

planes y programas de SSOMA. 5) Aprobar y revisar mensualmente el Programa de Capacitación. 6) Promover que todos los nuevos colaboradores reciban una adecuada formación, instrucción

y orientación sobre prevención de riesgos. 7) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas, reglamentos y las

especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con SSOMA 8) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los

colaboradores en la prevención de los riesgos laborales, mediante la comunicación eficaz, la participación en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

9) Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos a fin de reforzar la gestión preventiva.

10) Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de estos.

11) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades ocupacionales.

12) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el ambiente de trabajo, velar por que se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar que sean eficaces.

13) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo cuyo registro debe ser constantemente actualizado por el área de SSOMA de la empresa.

14) Colaborar con los servicios médicos y/o de primeros auxilios.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE 15) Investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas y preventivas adoptadas

dentro de los diez (10) días de ocurrido. 16) Elaborar un reporte trimestrales de estadísticas de accidentes laborales. 17) Llevar el control del cumplimiento de los acuerdos y propuestas del Comité de SSOMA. 18) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los

objetivos establecidos en el SIG SSOMA y el programa anual de SSO. En forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan.

Artículo 12°.- RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ / SUB COMITÉ O SUPERVISOR DE SSO

El Comité o supervisor de SSO tendrán las siguientes responsabilidades:

1) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud de los colaboradores de la empresa.

2) Coordinar y apoyar las actividades de los sub comités o del supervisor de SSO de obra, de ser el caso.

3) Realizar sus actividades en coordinación con el Área de SSOMA. 4) Anualmente redacta un informe resumen de las labores realizadas.

Artículo 13°.- ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL COMITÉ / SUBCOMITE DE SSOMA

1. ORGANIGRAMA

2. DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ / SUBCOMITE DE SSOMA

a) El presidente: Actúa de nexo entre el sub comité de SSO y la gerencia general de la empresa. Es el encargado de convocar, presidir y dirigir las reuniones del (sub)comité, así como facilitar la aplicación y vigencia de los acuerdos de éste. El presidente es elegido por el propio (sub)comité, entre los representantes.

b) El secretario: Es el encargado de las labores administrativas en el comité, como tener al día el libro de actas y distribuir las copias correspondientes. Es el nexo entre el presidente y los miembros del comité. Es uno de los miembros del comité elegido por consenso.

c) Miembros: Aportan iniciativas propias y/o de los colaboradores a ser tratadas en las reuniones y son los encargados de fomentar y hacer cumplir las disposiciones y/o acuerdos tomados por el comité.

Artículo 14°.- IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y GESTIÓN DE RIESGOS

PROINGCOM SAC. a través de sus responsables de seguridad en cada frente de trabajo u obras, identifica los peligros y gestiona los riesgos que se presentan en los procesos y los orienta en la Matriz IPERC.

La Matriz IPERC, es actualizada una vez al año o cuando cambien las condiciones de trabajo, se hayan producido daños o los resultados de las auditorias e inspecciones así lo ameriten.

Miembro Nº 1

Presidente del Comité

Miembro N° 2

Secretario(a)

Miembro N° 4 Miembro N° 3 Miembro N° 5 Miembro N° 6

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Artículo 15°.- PLAN Y PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

1) El Comité central aprueba el plan y el programa anual de actividades preventivas de SSO. 2) Todo Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional debe ser parte del SIG

SSOMA y lo lidera la Gerencia General. 3) El programa anual es evaluado y revisado mensualmente en la reunión del comité para

cumplimiento y los resultados serán registrados en el libro de actas correspondiente.

Artículo 16°.- MAPA DE RIESGOS

1) Es una representación gráfica de las instalaciones del cliente y los riesgos más importantes

asociados a las actividades que allí se desarrollan. PROINGCOM S.A.C. utiliza símbolos de uso general o adoptado, que se emplearan de acuerdo a los resultados de la matriz identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control - IPERC.

2) Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades destinadas a localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales en el trabajo.

3) A fin de mejorar el conocimiento de los colaboradores, el mapa de riesgos se exhibe en un lugar visible.

Artículo 17°.- IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SSOMA

Para la evaluación de la seguridad y salud ocupacional, PROINGCOM SAC ha implementado los siguientes registros:

a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.

b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de

riesgo disergonómicos. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud ocupacional. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorías.

La documentación del SIG SSOMA que se exhibe es:

1. La política y objetivos en materia de SSOMA y el mapa de riesgos. 2. La identificación de peligro, evaluación de riesgos y medidas de control - IPERC. 3. Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio ambiente (RISSOMA) 4. El Mapa de Riesgos. 5. Planificación de la actividad preventiva. 6. El Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional (PASSO)

Artículo 18°.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS O PERSONAS NATURALES QUE BRINDAN SERVICIOS

Toda persona natural o jurídica que brinda servicios de terceros por intermedio de PROINGCOM SAC. (Supervisores, mecánicos, técnicos, otros), debe garantizar:

a) La seguridad y salud de sus colaboradores que se encuentren en el lugar donde fueron destacados.

b) La contratación de los seguros de acuerdo a ley para cada colaborador. c) El cumplimiento de la normativa en materia de SSOMA. d) Informar en caso de accidente o incidente peligroso al Ministerio de Trabajo y Promoción del

Empleo, conforme a lo dispuesto en los artículos 110, 11 y 112 del DS. 005-2012-TR, con conocimiento del área usuaria, quien reportará al comité de SSO por los canales de comunicación establecidos.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE e) El cumplimiento de las disposiciones internas en SSOMA cuando se encuentren dentro de

las instalaciones del cliente o de PROINGCOM SAC. f) El cumplimiento del contrato establecido con PROINGCOM SAC.

VI.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LAS OPERACIONES

Artículo 19°.- PROCEDIMIENTOS Y AUTORIZACIONES

a) Para efectuar cualquier actividad relacionada con estudios o proyectos; construcción, maniobras, mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones eléctricas, se deberá seguir lo estipulado por los manuales internos sobre procedimientos específicos de acuerdo a la realidad y lugar de trabajo y otras disposiciones internas de PROINGCOM SAC, debiéndose cumplir estrictamente con la autorización de las órdenes y permisos de trabajo por parte de las jefaturas correspondientes.

b) Los permisos de maniobra, boletas de liberación, etc. deben ser lo más claras y especificas posibles, indicando los circuitos y subestaciones eléctricas que quedan fuera de servicio a fin de evitar errores que puedan ocasionar accidentes.

c) Los colaboradores deberán conocer perfectamente los procedimientos de seguridad para la ejecución de sus actividades en el trabajo. PROINGCOM SAC. dará especial atención a los trabajos con circuitos energizados, siendo necesario contar con Permisos Escrito de Trabajos en Ato Riesgo (PETAR), órdenes de trabajo, permisos de trabajo, tarjetas de seguridad que indiquen en forma precisa el nombre del colaborador, el trabajo a desarrollar, la duración del trabajo, practicar reuniones de prevención minutos antes de iniciar el trabajo en dicho lugar. El supervisor u operador de turno deben verificar la colocación de las tarjetas, candados para el bloqueo y avisos de seguridad en los equipos a ser intervenidos y el accionamiento de los sistemas de bloqueo correspondientes; realizando pruebas de energía CERO tal como lo describe el procedimiento de bloqueo y señalización de energías.

d) Para la ejecución de cada una de las actividades en mención se deberá contar con las autorizaciones necesarias.

Artículo 20°.- Antes que los colaboradores realicen cualquier trabajo o utilicen maquinarias, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo, éstos deberán ser instruidos. PROINGCOM SAC garantiza que los colaboradores hayan sido consultados antes de que se ejecuten los cambios en las operaciones, los procesos y en la organización del trabajo, que puedan tener repercusiones en la seguridad y salud de los colaboradores.

Los requisitos de ingreso como colaborador de PROINGCOM SAC son:

• Estar autorizado por el área administrativa previa evaluación.

• Contar con pólizas SCTR y otras que la obra o servicio solicite.

• Haber recibido y aprobado la inducción general, donde se da a conocer los riesgos en las instalaciones y frentes de trabajos.

• Haber aprobado el examen médico ocupacional.

• Haber recibido el RISSOMA y ser capacitado.

• Contar con el fotocheck de identificación donde se indique el cargo que ejecutara.

• Disponer del equipo de protección personal básico: Ropa de trabajo, casco de seguridad y barbiquejo, calzado dieléctrico, lentes de seguridad, guantes de badana.

• Conocer las prohibiciones y política de sanciones de PROINGCOM SAC.

• Considerar cualquier otro requisito que el cliente lo establezca al ingreso del personal. Artículo 21°. - INSTRUCCIONES PREVIAS EN EL LUGAR DE TRABAJO

1) Para el ingreso de los colaboradores, se deberá solicitar la autorización de ingreso al encargado administrativo (jefe y/o Resiente), de acuerdo a los procedimientos de acceso establecidos internos o por el cliente.

2) Todo colaborador que participará de la ejecución de actividades que, por su naturaleza, presenten riesgos significativos recibirá de su supervisor o jefe inmediato un adiestramiento o instrucción previa, según el cargo que vaya a ocupar en la organización.

3) La relación mínima de trabajos a ejecutar que requieren de un procedimiento de trabajo son los siguientes:

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a. Trabajos en equipos o instalaciones que requieren aplicar aislamiento y bloqueo. b. Apertura o destape de equipos o contenedores que contengan o puedan contener

sustancias o materiales peligrosos. c. Trabajos en excavaciones y zanjas. d. Trabajos que requieran el ingreso a espacios confinados. e. Trabajos de soldadura, corte u otros en áreas con riesgo de incendio y/o explosión. f. Trabajos en altura. g. Trabajos que comprometan nuevos equipos y/o instalaciones. h. Trabajos con izaje de cargas. i. Trabajos con uso de herramientas y equipos especiales.

Artículo 22°. - PREVISIONES CONTRA CONTACTO CON PARTES CON TENSIÓN

En las instalaciones eléctricas se adoptará algunas de las siguientes previsiones para la protección de los colaboradores contra los contactos con partes normalmente con tensión:

a. Se alejarán de las partes activas de las instalaciones o equipos eléctricos a las distancias mínimas de seguridad indicadas en el Código Nacional de Electricidad del lugar donde los colaboradores, vehículos motorizados, coches rodantes y otros que habitualmente se encuentran o transitan, para evitar un contacto fortuito o la manipulación de objetos conductores que puedan ser utilizados cerca de la instalación.

b. Se recubrirá las partes activas con aislamiento apropiado, que conserve sus propiedades indefinidamente y que limite la corriente de contacto a un valor inocuo, siempre que existan recubrimientos aislantes para el nivel de tensión que se requiere.

c. Se colocarán, barreras sólidas que impidan todo contacto accidental con las partes vivas de la instalación. Los obstáculos de protección deben estar fijados en forma segura; y, deberán resistir los esfuerzos mecánicos usuales

En las instalaciones eléctricas que cumpliendo con las distancias de seguridad pongan en riesgo la salud y vida de los colaboradores, por las actividades que están ejecutando en forma cercana a éstas, a solicitud del interesado y cancelación del presupuesto respectivo; la empresa recubrirá las partes activas con aislamiento apropiado, que conserve sus propiedades indefinidamente y que limite la corriente de contacto a un valor inocuo, siempre que existan recubrimientos aislantes para el nivel de tensión que se requiere. Artículo 23°. - ACCESO A ÁREAS ENERGIZADAS

Las áreas de acceso donde se encuentren instalaciones eléctricas con tensión, deberán estar debidamente señalizadas, permitiéndose el acceso a las mismas únicamente a colaboradores debidamente autorizado y que cuente con EPP y tenga entrenamiento vigente en primeros auxilios. Artículo 24°. - DISTANCIA DE SEGURIDAD, ESPACIO DE TRABAJO Y FAJA DE SERVIDUMBRE

Al trabajar cerca de partes energizadas se debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Toda línea o equipo eléctrico se considerará energizado mientras no haya sido

conectado a tierra y en cortocircuito, guardándose las distancias de seguridad correspondientes.

b. Todas las partes metálicas no puestas a tierra de equipos o dispositivos eléctricos, se consideran como energizadas al nivel de tensión más alto de la instalación.

c. Antes de iniciar el trabajo, verificar si la instalación o equipo está energizado y el nivel de tensión.

d. Las partes energizadas de las instalaciones deberán respetar las distancias mínimas de seguridad con respecto al lugar donde los colaboradores habitualmente se encuentren circulando o manipulando objetos alargados como escaleras, tuberías, fierro de construcción, etc. Asimismo, se deberá considerar los espacios de trabajo requeridos para ejecutar trabajos o maniobras, de acuerdo a lo indicado en el Código Nacional de Electricidad.

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MEDIO AMBIENTE Artículo 25°. - MANTENIMIENTO Y MANIOBRAS DE COMPONENTES DE LOS CIRCUITOS ELECTRICOS DE BAJA, MEDIA, ALTA TENSION.

Al trabajar en instalaciones eléctricas, se debe tener en cuenta lo siguiente:

a. Siempre se debe disponer del esquema unifilar, planos eléctricos en general y deben estar actualizados.

b. Conocer el tipo de instalación eléctrica, tipo de conexión con relación a la puesta a tierra, características del sistema de protección, características de sus componentes, nivel de tensión y los riesgos que puede ocasionar a los colaboradores; características del ambiente del lugar de trabajo, el comportamiento del clima en el lugar de trabajo, verificar si hay presencia de materiales peligrosos, inflamables, o explosivos; presencia de la corrosión y gases tóxicos, si es recinto confinado, robustez mecánica y cualquier otro factor que pueda incrementar significativamente los riesgos para los colaboradores.

c. En los lugares de trabajo sólo podrán utilizarse equipos y herramientas para el sistema o modo de trabajo previstos por su fabricante que sea compatible con el tipo de instalación eléctrica.

d. Para todos los casos las instalaciones eléctricas deben ser inspeccionadas según lo establecido en el presente reglamento, de tal forma que se verifique el cumplimiento y conservación de las condiciones establecidas en la normativa de seguridad y salud vigente respectiva.

e. Los colaboradores ejecutores de los trabajos, emplearán un sistema y código de comunicaciones que permita eliminar al máximo el uso de palabras ambiguas o incomprensibles y que reconfirme paso a paso la comprensión del mensaje. Las comunicaciones en el campo de trabajo son canalizadas por el jefe responsable de la ejecución del trabajo.

f. Mientras se realiza una actividad y se requiera comunicarse o responder una llamada, debe tenerse el cuidado que la comunicación se realice de manera segura y que no distraiga la atención en lo que se está ejecutando.

Artículo 26°. - TRABAJO EN EQUIPOS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS

a. Las técnicas o procedimientos de trabajo en instalaciones eléctricas, en sus inmediaciones o cerca de ellas, serán establecidas por PROINGCOM SAC. de acuerdo con el conocimiento y desarrollo tecnológico requerido, la normatividad vigente, las exigencias y condiciones operativas de la instalación o equipo a intervenir y los planes de mantenimiento o condiciones de emergencia que requieran atender.

b. Toda nueva tecnología, o técnica de mantenimiento u operación, o ambas; también deben ser evaluadas desde el punto de vista de salud ocupacional antes de ser aplicadas, con el objetivo de determinar de qué manera puede afectar a Los colaboradores y determinar las medidas necesarias para el control y mitigación de los riesgos.

c. Antes de ejecutar el trabajo específico, entre otros, previamente debe disponerse y tomar conocimiento del esquema unifilar, planos eléctricos y realizarse una inspección previa.

Artículo 27°. - TRABAJO SIN TENSIÓN (DESENERGIZADOS)

En los trabajos sin tensión, se debe observar: 1. Todo trabajo en un equipo o una instalación eléctrica, o en su proximidad, que conlleve

un riesgo eléctrico debe efectuarse sin tensión. Asimismo, disponer el uso de ropa de protección contra el arco eléctrico o relámpago de arco, de acuerdo a las características de la instalación eléctrica.

2. Para desenergizar o dejar sin tensión un equipo o instalación eléctrica, deben considerarse en los procedimientos de trabajo, las medidas de seguridad para prevención de riesgo eléctrico definidas en el Reglamento de Seguridad y salud en el Trabajo con Electricidad – RESESATE, en el presente reglamento y complementada por la normativa respectiva, que serán de cumplimiento obligatorio por todos los colaboradores que de una u otra forma tiene responsabilidad sobre los equipos e

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instalaciones intervenidos. Después de la desenergización eléctrica, siempre verificar que no exista energía residual de otra naturaleza.

3. Se debe aplicar las cinco reglas de oro para trabajo en equipo sin tensión, que son: a. Corte efectivo de todas las fuentes de tensión. Efectuar la desconexión de todas

las fuentes de tensión, mediante interruptores y demás equipos de seccionamiento. En aquellos aparatos en que el corte no pueda ser visible, debe existir un dispositivo que permita identificar claramente las posiciones de apertura y cierre de manera que se garantice que el corte sea efectivo.

b. Enclavamiento o bloqueo de los aparatos de corte. Operación que impide la reconexión del dispositivo sobre el que se ha efectuado el corte efectivo, permite mantenerlo en la posición determinada e imposibilita su cierre intempestivo. Para su materialización se puede utilizar candado de condenación y complementarse con la instalación de las tarjetas de seguridad o aviso. En los casos en que no sea posible el bloqueo mecánico, deben adoptarse medidas equivalentes como, por ejemplo, retirar de su alojamiento los elementos extraíbles.

c. Verificación de ausencia de tensión. Haciendo uso de los elementos de protección personal y del detector o revelador de tensión, se verificará la ausencia de la misma en todos los elementos activos de la instalación o circuito. Esta verificación debe realizarse en el sitio más cercano a la zona de trabajo. El equipo de protección personal y el detector de tensión a utilizar deben ser acordes al nivel de tensión del circuito. El detector debe probarse antes y después de su uso para verificar su buen funcionamiento.

d. Poner a tierra y en cortocircuito temporal todas las posibles fuentes de tensión que inciden en la zona de trabajo, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

i. El equipo de puesta a tierra temporal debe estar en perfecto estado, y ser compatible para las características del circuito a trabajar; los conductores utilizados deben ser adecuados y tener la sección suficiente para la corriente de cortocircuito de la instalación en que se utilizan.

ii. Se deben usar los elementos de protección personal. iii. Debe guardarse las distancias de seguridad dependiendo del nivel de

tensión. iv. El equipo de puesta a tierra se conectará primero a la malla o electrodo de

puesta a tierra de la instalación, luego a la barra o silleta o acceso adecuado equipotencial o neutro (si existiese), y después a cada una de las fases, iniciando por el conductor o fase más cercana.

v. Los conectores o mordazas del equipo de puesta a tierra temporal deben asegurase firmemente.

vi. Siempre que exista conductor neutro, se debe tratar como si fuera una fase. Nota. La Entidad elaborará los procedimientos a seguir para la instalación en cada caso particular de puestas a tierra y en cortocircuito, atendiendo las características propias de sus sistemas y utilizando sistemas de puesta a tierra que cumplan las especificaciones de las normas para tal efecto. Una vez concluido el trabajo, para la desconexión de la puesta a tierra temporal, se procederá a la inversa.

e. Señalizar y demarcar la zona de trabajo. Es la delimitación perimetral del área de trabajo para evitar el ingreso y circulación; operación de indicar mediante carteles o señalizaciones de seguridad que debe cumplirse para prevenir el riesgo de accidente. Esta actividad debe garantizarse desde el arribo o ubicación en el sitio de trabajo y hasta la completa culminación del mismo.

4. En una instalación eléctrica se restablecerá el servicio cuando se tenga la absoluta seguridad de que no queda nadie colaborador en ella. En las operaciones que conducen a la puesta en servicio de las instalaciones, una vez terminado el trabajo, se tomará en cuenta las siguientes pautas:

a. En el lugar de trabajo, se retirará las puestas a tierras temporales y el material de protección complementario y se realizará la limpieza general del área donde se laboró y luego se recogerá las tarjetas de seguridad de todo el personal que

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participó en el trabajo y después del último reconocimiento, dará aviso que el trabajo ha concluido.

b. En el origen de la alimentación, una vez recibida la comunicación de que el trabajo ha terminado, se retirará las tarjetas y avisos de seguridad y se desbloqueará los mandos de los equipos de maniobra (interruptores y seccionadores).

Artículo 28°.- TRABAJOS CON TENSIÓN (ENERGIZADOS)

Solamente podrán ejecutarse trabajos en equipos o instalaciones energizadas cuando:

a. Los trabajos sean ejecutados en instalaciones con tensiones de seguridad por debajo de 25 V, siempre que no exista posibilidad de confusión en la identificación de las mismas y que las intensidades de un posible cortocircuito no supongan riesgos de quemadura.

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b. La naturaleza de las maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones que así lo exijan; por ejemplo: apertura y cierre de interruptores o seccionadores, la medición de una intensidad, la realización de ensayos de aislamiento eléctrico, o la comprobación de la secuencia de fases.

c. Los trabajos en proximidad de equipos o instalaciones, cuyas condiciones de explotación o de continuidad del suministro de servicio, así lo requieran.

d. PROINGCOM SAC. debe establecer procedimientos para ejecutar trabajos con tensión, incluyendo todas las medidas de SSO necesarias, de acuerdo con el método elegido, ya sea con método de trabajo en contacto con guantes de goma, método de trabajo a distancia, método de trabajo a potencial. Nota. Cuando se requiera ejecutar el trabajo con tensión para el que no se disponga procedimiento, será necesario que la forma de hacer el trabajo sea analizada minuciosamente por una persona certificada o habilitada en trabajos con tensión, de manera que se incluyan todas las medidas de seguridad. Este nuevo trabajo debe ser verificado o aprobado por una instancia superior de PROINGCOM SAC y el cliente. Para todos los casos debe quedar registrado en el plan de trabajo o informe final de trabajo ejecutado. En todo caso, debe realizarse un procedimiento para ese trabajo. En condiciones de emergencia, riesgo inminente o fuerza mayor, podrá obviarse algunas acciones del proceso administrativo, pero sin descuidar la seguridad y salud de los colaboradores y terceros.

e. Solamente ejecutarán trabajos en circuitos energizados aquellos colaboradores que estén debidamente capacitados, entrenados y cuenten con la autorización vigente de PROINGCOM SAC. y el cliente, previo cumplimiento del perfil ocupacional.

f. Para la ejecución segura y eficiente de trabajos en línea viva, se requiere colaboradores calificados que incluyan dentro de su perfil ocupacional, entre otras, las siguientes condiciones:

i. Alto grado de habilidad manual, buena coordinación visual y motora, capacidad de concentración, gran sentido de responsabilidad.

ii. Alta capacidad de trabajo en equipo, que le permita una buena coordinación y sincronización en el trabajo a desarrollar.

g. Para la realización de trabajos con tensión, PROINGCOM SAC. debe cumplir las siguientes medidas y acciones de prevención:

i. Habilitación: La empresa debe elaborar un procedimiento para la habilitación de los colaboradores, la cual será por un período de tiempo definido y no superiores a un año, la cual se renovará si es probada su competencia técnica, su aptitud física y mental, su experiencia y continuidad en los trabajos para los cuales fue habilitado. La autorización debe retirarse cuando se observe que el colaborador incumple las normas de seguridad, o cuando sus condiciones psicofísicas no son satisfactorias.

ii. Inspección previa de evaluación: Para determinar si es posible ejecutar un trabajo con tensión, es necesario realizar una inspección previa donde lo colaboradores habilitados y autorizados evalúen la viabilidad técnica y el riesgo asociado para ellos mismos y el sistema. Los procedimientos deben documentarse y normalizarse, pero, en su aplicación deben ajustarse a cada situación específica que se presentase.

iii. Protección del colaborador: los procedimientos, equipos, herramientas y materiales utilizados en el método de trabajo empleado deben asegurar la protección del colaborador frente al riesgo eléctrico, garantizando, en particular, que el trabajador no entre en contacto accidentalmente con cualquier otro elemento o potencial distinto al suyo. Quienes van a realizar el trabajo, deben verificar el buen estado y usar los elementos de EPP para las actividades a realizar, cumpliendo con los procedimientos y las responsabilidades asignadas.

iv. Selección de equipos, materiales y herramientas: Éstos se elegirán en base a las características del trabajo, la tensión de servicio y se utilizarán, mantendrán y revisarán siguiendo las instrucciones del fabricante, la normativa asociada y las adicionales que defina PROINGCOM SAC para garantizar la protección del colaborador y su correcta operación y calidad. Para garantizar la performance de

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las herramientas y equipos utilizados, PROINGCOM SAC debe disponer y cumplir la programación periódica de ensayos o calibraciones, y aquellos que presenten resultados fuera de los aceptados deben ser marcados y dados de baja. Se debe conocer las cargas mecánicas que soportan cada una de las herramientas que se utilicen de acuerdo con las fichas técnicas y nunca sobrepasar esta carga. Las pértigas dieléctricas, así como los guantes dieléctricos y otros medios dieléctricos deben ser almacenados y transportados en sus recipientes protectores o envolturas adecuadas según corresponda, para que no sean afectados por los agentes de su entorno y durante su uso se debe evitar el contacto directo con el suelo u otros productos que puedan deteriorarlos. Las pértigas deben manipularse con guantes limpios. Deben disponer de la hoja de vida actualizada de cada una de las herramientas. PROINGCOM SAC establecerá procedimientos y elaborará documentos sobre las características técnicas, el almacenamiento, transporte, aplicación, pruebas y mantenimiento que requieran los accesorios aislantes, las herramientas aisladas, los equipos de medida y los EPP, entre otros. Así mismo, PROINGCOM SAC definirá los elementos del EPP que deben ser destruidos cuando ya no tiene la performance adecuada.

v. Trabajos a la intemperie: En trabajos a la intemperie se deben tener presentes las condiciones de humedad relativa, la presencia de tormentas eléctricas, lluvias, neblina, vientos fuertes u otras condiciones climáticas o presencia de insectos u otros.

h. Seres vivos que pongan en riesgo a los colaboradores o dificulten la visibilidad, o la manipulación de las herramientas. Los trabajos en instalaciones interiores directamente conectadas a líneas eléctricas aéreas deben interrumpirse caso de tormenta eléctrica. Los trabajos en torres, postería, otras instalaciones exteriores que forman parte de líneas eléctricas aéreas deben interrumpirse caso de tormenta eléctrica.

Artículo 29°.- TRABAJOS EN PROXIMIDAD

1.- Mediante este método de trabajo, en el cual el trabajador permanece a una distancia mínima establecida de las partes en tensión y realiza su trabajo con la ayuda de pértigas aislantes, el trabajador se encuentra al potencial de tierra (potencial cero) y es preciso que la pértiga aislante tenga el aislamiento correspondiente a la tensión que se vaya a tocar. Los equipos a usar deben tener las siguientes características:

a) Las pértigas aislantes deberán estar constituidas por un tubo de resina epoxi armado con varias capas de fibra de vidrio, con el interior guarnecido de espuma de poliuretano (que impide el avance de humedad en el interior del tubo).

b) Los accesorios aislantes, constituidos por los protectores para conductores, protectores para aisladores, protectores para herrajes, etc., e incluso las cuerdas aislantes deben ser de polietileno, ABS o polipropileno (cuerdas), a fin de garantizar el aislamiento requerido.

2.- La Empresa se asegura de que los trabajadores poseen conocimientos que les permiten identificar las instalaciones eléctricas, detectar los posibles riesgos y obrar en consecuencia.

3.- El trabajador en todo momento deberá permanecer fuera de la zona de peligro y lo más alejado de ella que el trabajo permita, debiendo adoptarse las siguientes medidas de seguridad:

• Reducir al mínimo posible el número de elementos en tensión.

• Respetar las distancias indicadas en la siguiente figura:

• Reducir las zonas de peligro de los elementos que permanezcan en tensión, mediante la colocación de pantallas aislantes protectoras, barreras, envolventes o protectores aislantes cuyas características (mecánicas y eléctricas) y forma de instalación garanticen su eficacia protectora, y vigilancia constante del responsable de los trabajos.

• Para la subida de materiales, se pondrá especial cuidado en evitar oscilaciones u posibles contactos con zonas en tensión, utilizando para ello una segunda cuerda de

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sujeción si fuera necesario. Los materiales no se soltarán de las cuerdas hasta que hayan sido fijados en su lugar definitivo.

• No se utilizarán elementos metálicos (winchas, alambres, herramientas no aisladas, etc.) durante la proximidad con líneas de AT

4.- Si, a pesar de las medidas adoptadas, siguen existiendo elementos en tensión cuyas zonas de peligro son accesibles, se deberá solicitar la consignación o descargo de las instalaciones próximas en tensión.

5.-Informar a los trabajadores directa o indirectamente implicados, de los riesgos existentes, la situación de los elementos en tensión, los límites de la zona de trabajo y cuantas precauciones y medidas de seguridad deban adoptar para no invadir la zona de peligro, comunicándoles, además, la necesidad de que ellos, a su vez, informen sobre cualquier circunstancia que muestre la insuficiencia de las medidas adoptadas.

6.- En el desempeño de su función de vigilancia, los trabajadores deberán velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad y controlar, en particular, el movimiento de los trabajadores y objetos en la zona de trabajo, teniendo en cuenta sus características, sus posibles desplazamientos accidentales y cualquier otra circunstancia que pudiera alterar las condiciones en que se ha basado la planificación del trabajo. La vigilancia no será exigible cuando los trabajos se realicen fuera de la zona de proximidad o en instalaciones de baja tensión.

Distancia vertical y radial desde los extremos de los brazos extendidos

Tensión fase a fase Distancia vertical y radial al trabajador

(m.), hasta 2 400 msnm.

220 V Evitar contacto

2,3 – 10 kV 0,68

22,9 kV 0,90

60 kV 1,28

220 kV 2,54

Distancia horizontal desde el eje vertical del trabajador de pie

Tensión fase a fase Distancia vertical y radial al trabajador

(m.), hasta 2 400 msnm.

220 V Evitar contacto

2,3 – 10 kV 1,80

22,9 kV 2,00

60 kV 2,20

220 kV 3,20

7.- En la apertura de zanjas, con posibilidad de existencia de tendido eléctrico subterráneo la distancia mínima será de 0,5 m si se realiza por medios manuales y 1 m. si se hace con útiles mecánico

8.- En el caso en que no resulte posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que ésta no se sobrepasa durante la realización del mismo, o recomendado para personal no especializado, las distancias deberán seguir siendo de 3 m hasta 66 kV y de 5 hasta 220 kV, elevándose a 7 m. para tensiones de 380 y 400 kV.

9.- De acuerdo con la fase y tipo de trabajo que se realice, se deberá de colocar en el lugar oportuno, una señalización adecuada al caso. La señalización se colocará, además, para prevenir a terceros del riesgo potencial o real que exista en la realización de los trabajos. Esta señalización es temporal y provisional.

10.- Cuando por cruzamientos sea necesario advertir de los límites de velocidad y altura, o estrechamiento de la calzada, se colocarán estas señales antes y después del lugar de trabajo a una distancia reglamentada de acuerdo con la carretera que se cruza.

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MEDIO AMBIENTE 11.- En trabajos efectuados a distancias menores de las indicadas, se adoptarán medidas

complementarias que garanticen su realización con seguridad, tales como interposición de pantallas aislantes protectoras y vigilancia constante del Jefe de los Trabajos. En el caso de que estas medidas no puedan realizarse, se solicitará la consignación o descargo de las instalaciones próximas en tensión.

12.- Para la subida de materiales, se pondrá especial cuidado en evitar oscilaciones u posibles contactos con zonas en tensión, utilizando para ello una segunda cuerda de sujeción si fuera necesario. Los materiales no se soltarán de las cuerdas hasta que hayan sido fijados en su lugar definitivo.

13.- La señalización se clasifica por:

✓ Color: Rojo (prohibición), amarillo (atención o peligro), verde (seguridad) y azul (obligación).

✓ Forma: Circulares (obligación o prohibición), triangulares (advertencia) y rectangulares (información).

Artículo 30°.- CONEXIÓN DE PUESTA A TIERRA PERMANENTE

a. Las conexiones de puesta a tierra de las instalaciones o equipos deberán efectuarse de acuerdo con lo indicado en el Código Nacional de Electricidad y sus normas complementarias y es responsabilidad del cliente.

b. Las partes metálicas normalmente no conductoras de corriente, tales como armazones de generadores, tanques de transformadores, postes, estructuras metálicas, armaduras de cables, entre otros, deberán estar conectados permanentemente a tierra de manera efectiva, de acuerdo al Código Nacional de Electricidad, de formar parte de instalaciones o equipos a trabajar, se debe verificar que así sea.

Artículo 31°.- TRABAJOS EN LÍNEAS AÉREAS DE DOS O MÁS CIRCUITOS

En las líneas eléctricas aéreas de dos o más circuitos y en la que una de ellas se requiere ponerla fuera de servicio, para efectuar trabajos de mantenimiento, reparación o renovación de sus aisladores o conductores, se ejecutarán siguiendo los procedimientos elaborados por PROINGCOM SAC. Artículo 32°.- ALUMBRADO DE EMERGENCIA

Deberá contarse con una fuente de alumbrado de emergencia mediante un generador independiente, batería de acumuladores u otro medio apropiado en centrales, subestaciones y locales donde PROINGCOM SAC mantenga colaboradores de manera permanente. Artículo 33°.- ESTANDARES, PROCEDIMIENTOS ESCRITOS DE TRABAJO SEGURO (PETS), DIAGNÓSTICO, PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN, EJECUCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DE TRABAJO

PROINGCOM S.A.C. establece:

a) Estándares y PETS: con participación de los colaboradores, elabora y actualiza e implementa estándares y PETS, los cuales se incluirán en los respectivos manuales y los distribuirán e instruirán a sus colaboradores para su uso obligatorio, colocándolos en sus respectivas oficinas o áreas de trabajo según lo práctico posible.

b) Diagnóstico: Con el objetivo de efectuar una correcta planeación y programación del trabajo, se debe efectuar un diagnóstico previo de la condición operativa y de seguridad del equipo o instalación a intervenir, el acceso y condiciones del sitio de trabajo, las estrategias de atención en primeros auxilios y de mayor nivel para el personal en caso de emergencia.

c) Planeación: Toda actividad de operación y mantenimiento debe ser documentada en un plan de trabajo definido por PROINGCOM S.A.C, el cual debe presentarse para la aprobación de las instancias y colaborador designado por la empresa, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones mínimas:

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i. Identificar y analizar los planos eléctricos actualizados del sistema a intervenir (diagrama unifilar).

ii. Determinar el método de trabajo. iii. Determinar el tiempo de ejecución de la tarea y el tiempo necesario para la ejecución

de los procedimientos operativos y de gestión de SSOMA. d) Programación:

i. Designar un supervisor directo quien será el responsable de recibir el equipo o instalación a intervenir en las condiciones operativas definidas y aprobadas, coordinar las actividades de ejecución y entregar a quien corresponda, el equipo o instalación intervenida con las nuevas condiciones operativas.

ii. En el documento aprobado se establecerá con claridad el nombre del supervisor directo y su sustituto, las características del circuito o equipo a intervenir según corresponda, fechas, horario de inicio y fin, tiempo programado de ejecución, actividades paso a paso, medidas de seguridad y salud entre otras.

iii. Todos los colaboradores convocados para ejecutar las actividades planeadas deben tener las competencias y la habilitación requerida según la responsabilidad asignada.

iv. PROINGCOM SAC. debe establecer procedimientos de emergencia para los casos en que lo anteriormente indicado no pueda cumplirse.

e) Ejecución: Para la ejecución, se debe de tener en cuenta lo siguiente: i. Dependiendo de la complejidad, el supervisor directo designado debe comunicar

previamente a los colaboradores involucrados en las actividades programadas: el plan de trabajo, la responsabilidad asignada, los riesgos e impactos asociados y el plan de emergencia, con el objetivo que puedan documentarse y prepararse para la ejecución.

ii. Siempre, en el sitio de trabajo y antes de iniciar las actividades, el supervisor directo hará una reunión con los colaboradores para explicar claramente el alcance del trabajo empleando los planos eléctricos, diagramas unificares actualizados; comunicando el método de trabajo, los riesgos asociados y medidas de SSO. Asimismo, el supervisor directo debe verificar el uso del EPP y EPC, designar y confirmar la responsabilidad asignada a cada uno de los colaboradores ejecutores, confirmar que las instrucciones establecidas en los PETS hayan sido comprendidas, llenar los formatos y listas de chequeo.

iii. Como parte de las medidas de seguridad, el supervisor directo o a quién éste designe, debe hacer una revisión minuciosa de las condiciones de la instalación (estructuras, circuitos, tableros, celdas, cubiertas, equipos, ambiente de trabajo, etc.), para detectar los riesgos posibles y determinar las medidas que deben adoptarse para evitar los accidentes.

iv. Demarcar y señalizar la zona de trabajo cuando se vaya a iniciar cualquier trabajo, con la finalidad de reducir el riesgo de accidente.

f) Supervisión y control: Debe considerarse en forma prioritaria la detección y el control de los riesgos, vigilando el cumplimiento estricto de las normas y procedimientos de SSO aplicables, incluyendo:

i. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento. ii. Exigir a los colaboradores la inspección de las herramientas, equipos, instrumentos,

EPP y EPC, antes y después de su uso. iii. Verificar que los colaboradores ejecuten su trabajo conforme a los PETS y guía

establecidos, evitando el uso de herramientas, equipos, instrumentos, EPP y EPC defectuosos.

iv. Verificar la delimitación y señalización del lugar de trabajo. v. Si en el evento, se detectase algún impedimento en un colaborador para la ejecución

de un trabajo, debe retirársele de dicha tarea. vi. Exigir respeto entre los colaboradores en el lugar de trabajo para prevenir

accidentes. vii. Suspender las labores cuando se presente peligro inminente que amenace la salud

o la integridad de los colaboradores, de las personas circundantes, de la infraestructura o la propiedad de terceros (por ejemplo: lluvias, tormentas eléctricas, problemas de orden público, distancias de seguridad inadecuadas entre otros).

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Nota: Los colaboradores en proceso de capacitación o entrenamiento, o practicantes, desarrollarán trabajos con la dirección de un colaborador experimentado quien permanecerá en el lugar de trabajo.

Artículo 34°.- MEDIOS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD

Los colaboradores para ejecutar actividades en los sistemas eléctricos deberán utilizar, de acuerdo a la actividad a desarrollar, los siguientes medios de protección y seguridad:

a. Equipo de puesta a tierra temporal. b. Herramientas con un aislamiento dieléctrico apropiado que satisfaga las exigencias de

las Normas Técnicas Peruanas de INDECOPI, lEC, ISO, IEEE u otras, para el tipo de trabajo.

c. EPP adecuado y revisado mediante inspecciones periódicas documentadas. d. Equipo detector de tensión. e. Pértigas aisladas para maniobras. f. Banqueas y mantas dieléctricas. g. Medios de señalización y comunicación apropiados. h. Botiquín de primeros auxilios. i. Permisos de trabajos, boletas, tarjetas, carteles o avisos de seguridad. j. Ropa de trabajo resistente al arco eléctrico, de acuerdo a la exigencia de la instalación

eléctrica donde ha de laborar. k. Guantes dieléctricos para baja y alta tensión.

Artículo 35°. - TRABAJOS EN VÍAS PÚBLICAS

a. Los trabajos en las vías públicas requieren del uso de señales de seguridad de tránsito, tales como banderines, conos, avisos, tranqueras, luces intermitentes u otros medios que adviertan el peligro a conductores y peatones. Se colocará las señales de seguridad y un cerco continuo en toda el área de trabajo que impida el paso o acceso de personas no autorizadas (incluyendo la probabilidad de presencia de animales), considerando un área de influencia para la protección de personas y propiedades.

b. Cuando se requiera utilizar o colocar en la calzada o vía de tránsito cables eléctricos u otros materiales, se dispondrá de colaboradores provisto de un banderín o paleta con las señales claras de seguridad.

c. En caso sea necesario reservar el espacio de trabajo durante horas de la noche, deberá mantenerse la señalización nocturna usando luces intermitentes u otros medios adecuados para prevenir a las personas y vehículos que transiten en los alrededores.

d. Para la realización de las obras en vías públicas, la Entidad deberá contemplar las disposiciones establecidas en el artículo 97° y 109° del Decreto Ley Nº 25844, “Ley de Concesiones Eléctricas” y los artículos 188° y 189° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 36°. - LIMPIEZA EN ÁREAS ENERGIZADAS

Todo trabajo de limpieza y fumigación de cámaras y celdas, en las cuales se encuentran instalados bancos de transformadores, equipos de operación, terminales de cables subterráneos y de líneas aéreas de transmisión y ductos con cables energizados, podrá ejecutarse si se dispone y se usa con precaución los implementos de seguridad necesarios, adecuadas sustancias químicas dieléctricas no corrosivas ni toxicas, personal capacitado y procedimientos establecidos aprobados. Artículo 37°. - TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

a. En los ambientes de trabajo se debe evitar aquella atmosfera peligrosa que pueda exponer a los colaboradores a riesgo de muerte, incapacidad, disminución de su capacidad para el auto rescate (escape de un espacio sin ayuda), así como lesiones o enfermedades graves que comprometan su integridad.

b. Se considerará “Espacio Confinado” a tanques, cisternas, cámaras, recipientes, excavaciones profundas y en general a cualquier recinto cerrado que tiene entrada y salida

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limitada, que presenten una atmosfera peligrosa por presencia de humos, gases, vapores, nieblas, eic o deficiencia de oxigeno y que no ha sido construido para ser ocupado por tiempo prolongado por seres humanos. Los trabajos en espacios confinados pueden presentar riesgos de consideración, a saber:

− Atmósferas con falta de oxígeno.

− Atmósferas con polvos, vapores o gases peligrosos (tóxicos, combustibles, inflamables o explosivos).

− Peligros mecánicos originados por partes móviles.

− Descarga de fluidos o radioactividad.

− Peligros eléctricos originados por cables energizados.

c. Todo trabajo a realizarse dentro de un espacio confinado, requerirá de un permiso de trabajo en espacio confinado (PETAR), el cual deberá colocarse en forma visible en el lugar donde se esté realizando la labor. El permiso tendrá validez como máximo por un turno de trabajo. Si el trabajo se suspende por más de dos horas, deberá evaluarse nuevamente la atmósfera del espacio confinado antes de reanudar las labores. Se considerarán los siguientes niveles:

• Oxígeno: Porcentaje en el aíre, entre 19,5% y 22,5%.

• Contaminantes tóxicos: Debajo de los límites máximos permisibles de exposición según tablas internacionales de VLA o Norma PEL-OSHA.

• Gases o vapores inflamables: 0% del Límite Inferior de Inflamabilidad (para trabajos en caliente).

• Polvos combustibles: Debajo del 10% del Límite Inferior de Explosividad.

d. Los colaboradores que realicen trabajo en espacio confinado serán dotados de equipos de iluminación artificial, equipos de comunicación confiables y de seguridad adecuados (máscaras antigases, balones auto contenido de aire, cascos, guantes, botas de jebe, entre otros).

e. Los colaboradores que realicen labores en espacios confinados deben ser entrenados y capacitados para realizar estas labores y serán provistos de implementos de primeros auxilios y equipos de rescate. Estos trabajos se realizarán con dos colaboradores, permaneciendo uno de ellos fuera del ambiente confinado, pero presto a dar el adecuado y oportuno auxilio si se requiriese.

f. Los trabajos en espacios confinados deberán seguir los manuales internos sobre procedimientos específicos; éstos incluirán la evaluación y planificación del trabajo y del ambiente en el que se realizan las actividades (plan de trabajo, monitoreo de la calidad de la atmósfera, medidas adicionales de acondicionamiento y ventilación forzada, entre otros).

g. Se debe tener en cuenta que, en un espacio confinado, el fuego, la oxidación y procesos similares consumen oxígeno, pudiendo originar atmósferas con deficiencias del mismo y que la aplicación de pinturas, lacas y similares puedan producir atmósferas inflamables. Ante ello, es necesario que se ejecuten las siguientes medidas:

• Medición continúa de concentración de oxígeno. Ante deficiencia de oxígeno, se cancelan los trabajos, se retira el personal y se ventila el ambiente.

• Medición continua de explosividad. En todo momento debe haber 0% de explosividad, de lo contrario se cancelan los trabajos, se retira el personal y se ventila el ambiente.

• Medición continua de gases tóxicos (Vapores orgánicos). Si las concentraciones arrojan valores IDLH, será necesario el uso de equipos de respiración asistida o autocontenido.

• A fin de prevenir que ocurran las situaciones indicadas en los puntos anteriores, es necesario que se use un sistema de inyección de aire puro y un sistema de extracción de aire en el foco de emisión.

h. Todo trabajo de oxicorte, soldadura por gas o soldadura eléctrica dentro de un espacio

confinado, debe realizarse con los cilindros/máquina de soldar ubicados fuera del recinto cerrado.

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MEDIO AMBIENTE i. Se debe contar en todo momento con un trabajador fuera del espacio confinado para apoyar

cualquier emergencia. Se requiere que el vigía esté entrenado en el rescate y cuente con un sistema de poleas para facilitar el ascenso del afectado.

j. Si existe el riesgo de atmósfera peligrosa, los trabajadores dentro del espacio confinado

deben usar arnés de seguridad enganchado a una cuerda de rescate que conecte con el exterior. Así mismo, se debe contar con un equipo de respiración autónoma para usarse en caso sea necesario el rescate de algún trabajador.

k. Para el descenso y ascenso a estas cámaras es obligatorio el uso de arnés, conectando lo

ganchos a la escalera o con una línea retráctil. l. A fin de prevenir los riesgos por estrés térmico, se dispondrán de ventiladores en el interior

de los espacios confinados para disminuir la temperatura, rotar el personal durante la ejecución del trabajo y facilitar de agua potable para la hidratación continua (en botellas de agua con dispensador).

Artículo 38°.- PERSONAS AJENAS A PROINGCOM SAC Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN

Todas las personas ajenas a PROINGCOM SAC que tengan que ingresar a las instalaciones donde se desarrollan operaciones: centros de transformación, subestaciones y/o líneas de transmisión y que cuenten con la autorización para hacerlo, deberán portar EPP según al riesgo de exposición y estarán acompañados por un colaborador de la empresa como velador de su seguridad y mientras dure su permanencia.

Artículo 39°.- ERGONOMÍA

PROINGCOM SAC en forma periódica, realizará una evaluación de riesgos disergonómicos, a fin de prevenir lesiones a la salud de los colaboradores y proporcionarles un ambiente físico adecuado. Los resultados de la evaluación de riesgos disergonómicos serán dados a conocer a los colaboradores y la adopción de las medidas pertinentes.

Artículo 40°.- EXCAVACIONES Y DEMOLICIONES

Consideraciones Generales:

• A 150 metros del frente de trabajo deben colocarse letreros suficientemente visibles, que alerten sobre la ejecución de trabajos en la zona.

• El acceso directo al frente de trabajo deberá estar cerrado con tranqueras debidamente pintadas para permitir su identificarán las que contarán además con sistemas luminosos que permitan su visibilidad en la noche.

• En las tranqueras de acceso principal deberá permanecer personal de seguridad con equipo de comunicación que permita solicitarla autorización para el pase de personas extrañas a la obra. En los casos que hubiera exigencia de tránsito temporal en el frente de trabajo, se deberá contar con personal debidamente instruido para dirigir el tráfico en esta zona.

• Cada equipo de maquinaria pesada será accionado exclusivamente por el operador asignado. En ningún caso deberá permanecer sobre la máquina personal alguno, aun cuando esté asignado como ayudante del operador del equipo.

• Deberá prohibirse la presencia del personal dentro del radio de acción de la maquinaria pesada y al borde del frente de ataque. El maniobrista de la excavadora deberá usar guantes, cascos y calzados dieléctricos normados.

• Todos los equipos contarán con instrumento de señalización y alarmas que permitan ubicarlos rápidamente durante sus operaciones.

• El equipo que eventualmente circule en zonas urbanas e interurbanas, estará equipado con las luces reglamentadas para este efecto y, en los casos que sea necesario, será escoltado con vehículos auxiliares.

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• Los equipos pesados deberán respetar las normas indicadas en los puentes. Si su peso sobrepasara la capacidad de carga del puente, se procederá al refuerzo de la estructura del puente o a la construcción de un badén.

• En los trabajos de excavación deberá conservarse el talud adecuado, a fin de garantizar la estabilidad de la excavación.

EXCAVACIONES:

a. Se ejercerá una supervisión frecuente por parte del profesional responsable de la obra con experiencia, que garantice que se ha tomado las medidas de seguridad indicadas.

b. Antes de empezar la excavación se debe confirmar que en el lugar de la excavación no existen líneas energizadas u otras tuberías.

c. Antes de empezar la excavación el perímetro de la superficie se limpiará de materiales sueltos. Se eliminarán todos los objetos que puedan desplomarse y que constituyen peligro para los colaboradores, tales como: árboles, rocas, rellenos, etc.

d. Si se encontrará una tubería, línea de servicios públicos u otra instalación durante la excavación, se suspenderá inmediatamente el trabajo y se informará al Área de SSOMA sobre el incidente.

e. Se prohíbe la excavación mecánica cerca de líneas eléctricas, tuberías, y otros sistemas a menos que se les hubiera desconectado la energía y cerrado el acceso a las mismas.

f. Se deberá prevenir los peligros de caída de materiales u objetos, o de irrupción de agua en la excavación; o en zonas que modifiquen el grado de humedad de los taludes de la excavación.

g. No se permitirá, por ningún motivo, la presencia de colaboradores en una excavación durante la realización de operaciones con equipo mecánico, durante la operación de relleno de la zanja ni bajo la vertical del equipo o tubería a instalarse.

h. En los momentos de nivelación y compactación de terreno con maquinaria, el equipo de colocación del material de relleno, trabajará a una distancia no menor de 20 metros de la zona que se esté nivelando o compactando.

i. Las tareas para efectuar taludes y apuntalar se harán cumpliendo con el siguiente procedimiento:

− En excavaciones donde el personal trabaje a 1.20 metros o más de profundidad, se deberá proporcionar una escalera de mano u otro medio de acceso equivalente. Dichas escaleras deberán sobresalir por lo menos 1.00 metro sobre la superficie del terreno y deberán sujetarse para evitar movimientos.

− Cuando hubiera personal trabajando en excavaciones circulares o rectangulares definidas como espacios confinados, se le deberá proporcionar un medio seguro de entrada y salida conforme al procedimientos para espacios confinados.

− Se deberá contar con un asistente en la superficie de la excavación, quien estará en contacto con la(s) persona(s) dentro de la excavación.

− Se le suministrará un arnés de seguridad y una línea de vida controlada por el asistente en la superficie.

j. Antes de entrar a una excavación se verificará que se pueda renovar la atmósfera dentro de la misma.

k. El personal que trabaje en excavaciones deberá usar el EPP mínimo y en casos especiales, de acuerdo a los riesgos evaluados por el responsable de SSOMA.

l. Durante las interrupciones del trabajo de excavación, el operador del equipo de excavación hará una inspección visual en torno al equipo para detectar la existencia de condiciones de riesgo.

m. Las vías públicas de circulación deben estar libres de material excavado u otro objeto que constituye un obstáculo.

n. En los casos en que las zanjas se realicen en terrenos estables, se evitará que el material producto de la excavación se acumule a una distancia menor a la mitad de la medida de la profundidad de la zanja al borde.

o. La determinación y diseño de un sistema de soporte de la tierra se basará en un análisis detallado de los siguientes factores: profundidad del corte, cambios previstos del suelo debidos al aire, sol, agua, y movimiento del terreno por vibraciones originadas por vehículos o voladuras, y empuje de tierras.

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MEDIO AMBIENTE DEMOLICIONES

• Todas las estructuras colindantes a la zona de demolición serán debidamente protegidas y apuntaladas cuando la secuencia de la demolición elimine zonas de sustentación de estructuras vecinas.

• Efectuar previamente un regado adecuado en la zona a demoler.

• Colocar pantallas o paneles separadores aislantes que controlen y minimicen la cantidad de polvo y polución generado en la zona.

• Aislar los equipos y ambientes que puedan ser afectados por el polvillo, residuos y partículas producto de la demolición.

• Efectuar un sondeo previo con comba y cincel para detectar posibles instalaciones no indicadas en los planos.

• Efectuar el picado y demolición en forma gradual, teniendo en cuenta las vibraciones y la acumulación de polvo en el ambiente.

• Para la demolición de bases de concreto de postes metálicos, afectar con el martillo solo una porción de concreto hasta llegar a la base de la fundación.

• Controlar el exceso de polvo contaminante mediante un uso pausado del martillo neumático o elementos de demolición.

• Para el caso de bases de equipos AT, adicionalmente tener en cuenta el cruce de tuberías de cables de control y líneas de tierra. En caso de encontrar cables en servicio, suspender el trabajo y comunicar inmediatamente al responsable del área.

Artículo 41°.- INSTALACIÓN DE BARRERAS

a. Las excavaciones y zanjas deberán ser apropiadamente identificadas con señales, advertencias y barricadas.

b. Las barreras de advertencia y protección deberán instalarse a no menos de 1,80 m del borde de la excavación o zanja.

c. Si la excavación se realiza en la vía pública, la señalización será hecha con elementos de clara visibilidad durante el día, y con luces rojas en la noche, de modo que se advierta su presencia.

d. Si una excavación estuviera expuesta a vibraciones o compresión causadas por vehículos, equipos o de otro origen, las barreras de protección deberán instalarse a no menos de tres metros del borde de la excavación.

e. Si la excavación se realiza en zona adyacente a una edificación existente, se preverá que la cimentación del edificio existente esté suficientemente garantizada.

Artículo 42°.- TRABAJOS CON ESCALERAS MANUALES

Colocación de escaleras para trabajo:

• No situar la escalera detrás de una puerta que previamente no se ha cerrado.

• No podrá ser abierta accidentalmente.

• Limpiar de objetos las proximidades del punto de apoyo de la escalera.

• No situarla en lugar de paso para evitar todo riesgo de colisión con peatones o vehículos y en cualquier caso balizarla o situar una persona que avise de la circunstancia.

Levantamiento de una escalera:

● Situar la escalera sobre el suelo de forma que los pies se apoyen sobre un obstáculo

suficientemente resistente para que no se deslice. ● Elevar la extremidad opuesta de la escalera. ● Avanzar lentamente sobre este extremo pasando de escalón en escalón hasta que esté

en posición vertical. ● Inclinar la cabeza de la escalera hacia el punto de apoyo. Por dos personas (Peso

superior a 25 Kg o en condiciones adversas) ● Una persona se sitúa agachada sobre el primer escalón en la parte inferior y con las

manos sobre el tercer escalón.

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MEDIO AMBIENTE

● La segunda persona actúa como en el caso precedente. Para el abatimiento, las operaciones son inversas y siempre por dos personas.

Forma correcta de levantar una escalera

Situación del pie de la escalera: Las superficies deben ser planas, horizontales, resistentes y no deslizantes. La ausencia de cualquiera de estas condiciones puede provocar graves accidentes. No se debe situar una escalera sobre elementos inestables o móviles (cajas, bidones, planchas, etc). Como medida excepcional se podrá equilibrar una escalera sobre un suelo desnivelado a base de prolongaciones sólidas con collar de fijación. Inclinación de la escalera:

• La inclinación de la escalera deber ser tal que la distancia del pie a la vertical pasando por el vértice esté comprendida entre el cuarto y el tercio de su longitud, correspondiendo una inclinación comprendida entre 75,5º y 70,5º.

• El ángulo de abertura de una escalera de tijera debe ser de 30º como máximo, con la cuerda que une los dos planos extendida o el limitador de abertura bloqueado.

• Estabilización de la escalera. Sistemas de sujeción y apoyo

• Para dar a la escalera la estabilidad necesaria, se emplean dispositivos que, adaptados a los largueros, proporcionan en condiciones normales, una resistencia suficiente frente a deslizamiento y vuelco.

• Pueden ser fijos, solidarios o independientes adaptados a la escalera.

• Se emplean para este objetivo diversos sistemas en función de las características del suelo y/o de la operación realizada.

• Fricción o zapatas Se basan en un fuerte incremento del coeficiente de rozamiento entre las superficies de contacto en los puntos de apoyo de la escalera. Hay diversos según el tipo de suelo.

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MEDIO AMBIENTE

• Se basan en un fuerte incremento del coeficiente de rozamiento entre las superficies de contacto en los puntos de apoyo de la escalera. Hay diversos según el tipo de suelo: suelo de cemento y suelos secos.

• Sobrepasado del punto de apoyo en la escalera La escalera debe sobrepasar al menos en 1 m el punto de apoyo superior.

Inmovilización de la parte superior de la escalera

• La inmovilización de la parte superior de la escalera por medio de una cuerda es siempre aconsejable sobre todo en el sector de la construcción y siempre que su estabilidad no esté asegurada.

• Se debe tener en cuenta la forma de atar la escalera y los puntos fijos donde se va a sujetar la cuerda. En la Fig. nº 10 se dan las fases a seguir para fijar una escalera a un poste.

Artículo 43°.- TRABAJOS EN ALTURA

Condiciones de Seguridad de los Equipos

El equipo de protección contra caídas de altura es un EPI de categoría III y debe llevar como mínimo una Declaración de Conformidad y un Folleto informativo, redactado en castellano, en donde se indiquen, entre otras, las condiciones de almacenamiento, uso, limpieza y mantenimiento del mismo.

Cuerdas

Las cuerdas deben ser homologadas para trabajos verticales, debiendo cumplir con la norma UNE-EN-1891 y tener un coeficiente de seguridad de 10. El material normalmente utilizado es la fibra de nylon, del tipo poliamida.

A fin de asegurar mayor duración y resistencia de las cuerdas, se deberán tomar las siguientes medidas de prevención:

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MEDIO AMBIENTE a) Preservar del contacto con el agua pues reduce su resistencia hasta un 10 %.

b) Limitar la utilización de una cuerda a un tiempo determinado teniendo en cuenta que a partir de la fecha de fabricación la resistencia de las cuerdas disminuye progresivamente en función del uso que se le da. Todas las cuerdas deben llevar una ficha o folleto con sus características.

c) Evitar la exposición a los rayos solares.

d) Mantener limpias de barro, mortero, etc. En caso de tener que limpiarlas utilizar un detergente neutro.

e) Preservar la cuerda de los efectos abrasivos derivados del roce con elementos que sobresalen respecto a la vertical de la línea de trabajo.

f) Utilizar cuerdas debidamente certificadas.

g) Utilizar cuerdas de 10 mm. de diámetro como mínimo. Las cuerdas con menores diámetros deberán ser usadas solo para suspender herramientas o maquinaria, o para asegurar pequeños objetos.

h) Todas las cuerdas deben llevar, en uno de sus extremos, una etiqueta que indique la carga máxima, el tiempo de almacenamiento, las condiciones de uso, el tiempo de exposición a la intemperie, etc.

Conectores

• Los conectores deben estar libres de bordes afilados o rugosos que puedan cortar, desgastar por fricción o dañar de cualquier otra forma las cuerdas, o producir heridas al operario.

• Se debe evitar que los conectores soporten cargas sobre el brazo de cierre de forma permanente.

Arneses

Los arneses deben cumplir con las normas ANZI Z 359 / UNE-EN 361:2002 y UNE-EN-358:1999 y estar diseñados de forma que no presionen al usuario limitando la circulación sanguínea, sujeten la región lumbar y no ejerzan fuertes presiones sobre el hueso ilíaco.

Petate o saco de trabajo

Son utilizados para llevar las herramientas y materiales necesarios para realizar los trabajos y deben estar provistos de un asa, dos correas y un punto de enganche, que sirve para ser izado.

Preservación y Mantenimiento

• No exponer innecesariamente los elementos que componen el equipo a los rayos solares u otros agentes nocivos, debiendo prestar especial atención en trabajos de soldadura que conlleven la utilización de estos equipos de protección. Después de su utilización, estos equipos deben secarse en su caso, guardarlo en un lugar al abrigo de las inclemencias atmosféricas, luz u otros posibles agentes agresivos.

• Todos los elementos que componen el equipo de protección anti caídas deberán comprobarse y verificarse diariamente por cada operario antes de iniciar los trabajos, debiendo desecharse cualquier equipo o elemento del mismo que presente algún tipo de daño o haya soportado una caída.

Formación

Solo las personas preparadas, formadas específicamente y autorizadas deben efectuar trabajos verticales. Deberán tener los siguientes conocimientos específicos:

a) Técnicas de uso del equipo de acceso para que éste sea seguro, con dos cuerdas una de suspensión y otra de seguridad para cada operario.

b) Técnicas de instalación que incluyen los elementos de fijación, naturales o instalados.

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MEDIO AMBIENTE c) Técnicas de progresión una vez instalado el equipo.

Medidas Preventivas

• Todos los operarios deberán ser mayores de edad y haber pasado un examen médico que descarte problemas de tipo físico o psicológico.

• Los trabajos en altura no serán realizados por aquellas personas cuya condición física les cause vértigo o altere su sistema nervioso, padezcan ataques de epilepsia o sean susceptibles, por cualquier motivo, de desvanecimientos o alteraciones peligrosas.

• Los trabajos en altura sólo podrán efectuarse con los equipos de protección individual concebidos para tal fin. En función de las características del trabajo, se deberá disponer de equipos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o redes de seguridad.

• El equipo de protección individual se debe usar permanentemente durante todo el tiempo que dure el trabajo a realizar. No se deben usar estos equipos de forma colectiva.

• Se han de evitar desgastes en el equipo, en particular por contactos y frotamientos con aristas o superficies rugosas, superficies calientes, corrosivas o susceptibles de engrasar los mecanismos.

• Al trabajar en lugares elevados no se arrojarán herramientas ni materiales. Se pasarán de mano en mano o se utilizará una cuerda o capazo para estos fines.

• La zona perimetral de la vertical de donde se vayan a realizar los trabajos debe delimitarse y señalizarse indicando la prohibición de acceso al personal. Ha de habilitarse un paso seguro para peatones, si se invaden zonas de tránsito público.

• En apoyos de celosía el acceso al punto de trabajo se realiza por la propia estructura del apoyo.

• Las herramientas u otros elementos de trabajo se deben llevar en petates o sacos de trabajo sujeto a cinturones y adecuado al tipo de herramientas a utilizar. En caso de no poder llevarlas sujetas al cuerpo se deben sujetar a otra línea independiente de las cuerdas de sujeción o seguridad.

• Se debe regular los descansos periódicos y las condiciones ergonómicas del trabajo. La exposición solar continuada es un factor de riesgo a controlar y, en cualquier caso se debe evitar realizar los trabajos en condiciones climáticas extremas.

Artículo 44°.- SISTEMA DE POSICIONAMIENTO

Siempre que sea necesario mantener las manos libres para la ejecución del trabajo, se emplea la banda regulable de sujeción conectada a las anillas de posicionamiento del arnés anti caídas con cinturón de sujeción.

Para ello, una vez situados en el punto de trabajo, la banda regulable se coloca rodeando la propia estructura del apoyo, ajustando la cuerda en longitud.

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MEDIO AMBIENTE Artículo 45°.- ESCALAMIENTO A POSTES

El sistema de seguridad consiste en la colocación de una línea flexible de seguridad (cuerda) que se retira al finalizar el trabajo. El procedimiento consiste en los siguientes pasos:

a) Antes del ascenso a un poste se debe comprobar su solidez de la siguiente manera:

✓ En el caso de postes de madera, se deberá golpearlo con un martillo por todos sus lados, desde su base, hasta 2 metros por encima del suelo aproximadamente. Si la madera da un sonido sordo se debe pensar que está en deficientes condiciones y cuando el sonido es puro y musical, es que está sano.

✓ En el caso de postes de metal, se le debe golpear con un martillo, debiendo emitir un sonido agudo. Siempre se deberá observar el grado de oxidación del poste especialmente en la base

✓ En el caso de postes de concreto, debe verificarse que no presente fisuras o descascaramiento o que el óxido aflore a la superficie principalmente en la base

b) El armado de la escalera se debe efectuar por el lado del circuito a trabajar, previamente se tendrá que verificar que la tarjeta de seguridad personal coincida con la rotulación de la estructura.

c) El primer cuerpo de la escalera se debe apoyar firmemente al terreno en posición vertical y fijada al poste mediante sogas de sujeción.

d) Se posiciona el TIE OFF (anclaje corbata), a una altura mayor del extremo superior de la escalera embonable, para que no exista impedimento en el desplazamiento del TIE OFF. Este debe ser regulable dado que estará en constante desplazamiento hacia arriba hasta finalizar la instalación de las escaleras.

e) Una vez posicionado el TIE OFF, a la altura adecuada se debe instalar una eslinga corta (aseguramiento), colocada entre la argolla (anilla) del pecho del arnés y la argolla del TIE OFF, El escalamiento se realizará con esta eslinga sobre el pecho del trabajador y desplazando este por un costado de la escalera de tal manera que el ascenso del TIE OFF sea libre, y el trabajador se mantenga estrobado con una eslinga de posicionamiento.

f) Se elevará el TIE OFF ahorcando el poste, hasta una altura adecuada para la instalación de la siguiente escalera embonable, Una vez embonado el siguiente cuerpo de la escalera embonable, se deberá subir el TIE OFF para continuar con los demás cuerpos de la escalera. Cada cuerpo deberá fijarse con sogas, cuidando que no se obstruya el libre desplazamiento del TIE OFF.

g) Con ayuda de la soga de servicio se va izando las escaleras embonables para su instalación, terminada esta labor esta misma soga de servicio sirve para subir la línea de vida vertical que pasara por la polea de 2” (rescate) y el otro extremo bajara hasta la base del poste.

h) Para el caso de postes metal/concreto con pasos a partir de 2,5mts, la cantidad de escaleras embonables a usar, es hasta donde inicia los pasos metálicos del poste, es allí donde en pieza el escalamiento por los pasos donde se va aperturando el TIE OFF, sorteando cada paso y permanentemente estrobado con la eslinga de posicionamiento se va ascendiendo en forma segura.

i) Terminado de colocar la totalidad de escaleras portátiles se deberá de posicionar el TIE OFF, con su respectiva polea de 2” (rescate) en su posición definitiva en la parte superior del poste. El trabajador para subir a la parte superior de la estructura y desplazarse hacia los brazos usara otro TIE OFF ahorcado al brazo del poste estrobándose con su eslinga con absorvedor de energía y su eslinga de posicionamiento abrazado al cuerpo del poste o brazo según sea la forma fácil de trabajar. En algún caso si las condiciones lo permiten, el trabajador podrá emplear la eslinga con absorvedor de energía directamente fijado sobre las crucetas de la estructura.

j) Se instalará otro TIE OFF en la base o en el extremo inferior de la escalera, con un mosquetón y un GRI conectados a él; se pasa la cuerda por la argolla y se tensa la cuerda

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MEDIO AMBIENTE

(línea de vida) al máximo posible asegurándola fuertemente y el otro extremo de la soga deberá asegurarse también fuertemente al TIE OFF de la base del poste o extremo inferior de la escalera.

k) Posteriormente, todos los operarios subirán por las escaleras haciendo uso obligatoriamente de la línea de vida portátil ya instalada con sus respectivos equipos de ascenso y freno (GIBB y ROPE GRAP), sobre el pecho y sus respectivas eslingas de posicionamiento.

l) Cuando ya no se pueda subir más el TIE OFF, como lo es más arriba de las crucetas, se tendrá que hacer uso de otro TIE Off para ahorcarlo de los brazos de los postes y anclarse a través de él, con la línea de vida con absorvedor de impacto o el bloque retractil, el cual será usado en todo momento junto con la eslinga de posicionamiento, para desplazarse hacia los extremos de las crucetas y realizar los trabajos programados. En algún caso si las condiciones lo permite, el trabajador podrá emplear la línea de vida con absorvedor de impacto o bloque retractil directamente fijado sobre las crucetas de la estructura.

m) Finalizado los trabajos programados, para realizar el retiro de la escaleras se realizara de manera inversa a como se procedió para el ascenso de las estructuras. Se procede al retiro total de las tierras portátiles instaladas al inicio de las labores, Retiro ordenado de escaleras embonables, Retiro de elementos, herramientas y materiales que se emplearon en el trabajo

Artículo 46°.- ESCALAMIENTO A TORRES DE ALTA TENSION

El procedimiento consiste en los siguientes pasos:

a) Antes del ascenso, es necesario comprobar su solidez, se deberá observar el grado de oxidación de la estructura.

b) El escalamiento a las torres realizan por el lado de la cara de la línea que se encuentra fuera de servicio, para el escalamiento se hará uso de la eslinga con absorbedor de energía con gancho tipo Y, el trabajador se posiciona sobre las diagonales de la torre, lo dos ganchos, se enganchan sobre el nivel del cuerpo del trabajador, sobre los fierros de la estructura de la torre de tal manera, que se va escalando tipo zigzag, ayudados por las manos que sirven de apoyo y la eslinga como instrumento de sujeción hacia la estructura de la torre.

c) Según se va ascendiendo a la torre vamos sacando un gancho de la eslinga y lo ubicamos más arriba alternadamente uno del otro escalando apoyados siempre en 4 puntos los dos brazos y los dos pies, así mismo sujetados permanentemente de uno de los ganchos de la eslinga hasta llegar a la parte superior de la torre.

d) Para desplazarnos hacia los brazos de las torres lo realizaremos con el estrobo de posicionamiento y con la eslinga tipo Y que nos sirvió para el ascenso.

e) Finalizado los trabajos programados, para realizar el descenso de la estructura este se realizará de manera inversa, como se procedió para el ascenso de las estructuras. Se procede al retiro total de las tierras portátiles instaladas al inicio de las labores, Retiro ordenado de escaleras embonables, Retiro de elementos, herramientas y materiales que se emplearon en el trabajo.

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Artículo 47°.- PODA DE ÁRBOLES

Para la poda de árboles se utilizarán escaleras, grúas, canastillas u otro medio apropiado que permitan subir, bajar y posicionarse en él y poder desarrollar la actividad de forma segura. Los colaboradores estarán asegurados a un punto fijo con un sistema de protección contra caídas en forma permanente mientras dure la labor en lo alto. Artículo 48°.- INSPECCIÓN DE LAS ESTRUCTURAS ANTES DEL ESCALAMIENTO

Antes que las estructuras metálicas o postes estén sujetos a esfuerzos tales como los producidos por escalamiento, instalación o remoción de equipos, se deberá verificar que las estructuras mantengan la capacidad para soportar esfuerzos adicionales o desbalances causados por el peso de colaboradores, equipos de mantenimiento y otros. Si la estructura metálica o el poste no pueden soportar las cargas que le serán impuestas, deberá ser arriostrado o soportado de otra forma para evitar accidentes.

Artículo 49°.- ÁREAS ACCESIBLES AL TRÁNSITO VEHICULAR Y PEATONAL

a. Antes de iniciar los trabajos en la vía pública, se deberá colocar de manera visible señales de seguridad y/o dispositivos de control de tránsito. Donde sea necesaria mayor protección, se deberá poner protecciones de barreras adecuadas.

b. El área de trabajo quedará delimitada mediante mallas de seguridad, esta deberá ser lo suficientemente grande para albergar a todos los colaboradores que realicen la actividad. Ningún colaborador, equipos, herramientas, etc. deberán quedar fuera del área delimitada.

c. Cuando la naturaleza del trabajo y el tránsito lo requieran, un colaborador se ubicará en el lugar para prevenir a los conductores de vehículos y peatones mientras exista peligro.

d. En caso de excavaciones u obstrucciones del camino peatonal o tránsito vehicular u otro tipo de tránsito, deberá instalarse caminos alternativos seguros para el tránsito esperado.

e. En caso de haber dejado zanjas en las vías de tránsito durante la noche, estas deberán señalizarse además con luces intermitentes o mecheros para la advertencia del peligro.

f. En caso de dejar excavaciones (hoyos) estos deberán ser señalizados y tapados con tablas para evitar las caídas de transeúntes.

g. En caso de aberturas u obstrucciones en la calzada, acera, sardineles o en la propiedad privada; se deberá exhibir de manera eficaz señales de seguridad, tales como letreros y banderas de peligro.

Artículo 50°.- ÁREAS ACCESIBLES SÓLO A COLABORADORES AUTORIZADOS

a. Si el trabajo expone piezas móviles o energizadas que por lo general se encuentran protegidas, deberán exhibirse señales de seguridad. Se deberá colocar barricadas adecuadas a fin de restringir la entrada al área del resto de colaboradores no autorizados.

b. Cuando se trabaje en una sección donde exista una multiplicidad de secciones, tales como uno de los paneles de un cuadro eléctrico, un compartimiento entre varios o una parte de una subestación, los colaboradores deberán limitar el área de trabajo de manera visible y colocar barreras a fin de prevenir el contacto accidental con las piezas energizadas en dicha sección o secciones adyacentes.

Artículo 51°.- INSTALACIÓN Y RETIRO DE CONDUCTORES Y CABLES

a. Para cumplir con los trabajos de instalación y retiro de conductores o cables, primeramente, se deberá verificar en forma efectiva la ausencia de energía eléctrica. (Revelar y/o tarjeta de intervención emitido por la cuadrilla de operaciones que coloco las tierras temporarias efectivas).

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE b. Los colaboradores que realicen esta actividad, tomarán precauciones para prevenir que los

conductores y cables que están siendo instalados o retirados se pongan en contacto con conductores o equipos energizados.

c. Los conductores o cables que no estén puestos a tierra de manera efectiva y que están siendo instalados o retirados en las proximidades de conductores energizados, serán considerados como energizados.

d. El tensado o aflojamiento del conductor o cable que está siendo instalado o retirado, deberá ser controlado a fin de prevenir daños a los peatones, al tráfico vehicular y a las instalaciones existentes.

e. Antes de instalar o retirar conductores o cables, se deberá considerar las tensiones (esfuerzo de tiro), a las cuales los postes y las estructuras estarán sujetos, y se deberá tomar las medidas necesarias para prevenir la falla de las estructuras de soporte.

f. Los colaboradores que laboren en líneas o equipos desenergizados, expuestos a tensiones inclusive mayores que las de sus equipos de seguridad, deberán tomar medidas para asegurarse que las líneas en los que están trabajando, estén libres de inducción y fugas peligrosas, debiendo ser puestos a tierra de manera efectiva.

Artículo 52°.- CONDICIONES METEOROLÓGICAS Y CLIMÁTICAS PARA TRABAJOS EN

LÍNEAS

a. Los trabajos en líneas de transmisión y distribución deberán efectuarse en horas de luz natural y con condiciones meteorológicas favorables. Se suspenderán los trabajos cuando las condiciones ambientales sean adversas:

i. Lluvias torrenciales, granizadas y nevadas. ii. Velocidad del, viento superior a los 35km/h, iii. Tempestades eléctricas, rayos y truenos. iv. Neblinas que limitan la visibilidad y otros fenómenos anormales que afecten la

seguridad (distancia mínima de visibilidad; ¿podrían usarcé lentes de lunas amarillas?

b. Las líneas de transmisión y distribución serán consideradas como energizadas mientras no se compruebe fehacientemente lo contrario; por lo tanto, antes de iniciar cualquier trabajo en lo alto de sus estructuras, es obligatorio conocer su nivel de tensión y la verificación mediante pruebas con el equipo apropiado, de que efectivamente están desenergizados (detector de tensión para el nivel indicado en su estructura) y aterrados en ambos extremos de la línea o tierras temporarias en los vanos anterior y posterior a la zona de trabajo.

c. Se podrá efectuar trabajos en líneas de transmisión y distribución durante las horas nocturnas, siempre y cuando se cuente con las condiciones climáticas favorables y con iluminación adecuada.

d. Para la ejecución de trabajos en líneas de transmisión, los colaboradores deben contar con certificado médico para trabajos en altura (vértigo), así mismo como mínimo con los siguientes implementos, cuyo buen estado de conservación y uso deberá ser verificado por el supervisor antes de comenzar las labores:

− Casco dieléctrico con barbiquejo, guantes dieléctricos apropiados, calzado dieléctrico de seguridad con planta de jebe aislante y equipo de protección contra caídas adecuado tipo liniero.

− Cuerdas y poleas de izaje, equipos de puesta a tierra y en corto circuito, detectores de tensión, juego de herramientas aisladas.

− Radios portátiles, botiquines y camilla. e. Cuando se requiera efectuar trabajos que impliquen ascenso a estructuras metálicas (torres,

pórticos), a postes o a líneas aéreas, se deberán seguir las siguientes directivas:

− Empleo de dos colaboradores como mínimo en buen estado físico y anímico, supervisadas permanentemente por otro colaborador desde tierra ubicada en la zona de trabajo.

− Brindar instrucción a los colaboradores sobre la tarea a realizarse, designando equipos de trabajo con los responsables respectivos y poniendo especial énfasis en el control de los riesgos a que van estar expuestos los colaboradores.

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− Si se utilizan escaleras, éstas deberán ser totalmente de material aislante y si se apoyan en el suelo contar con bases antideslizantes.

− Mientras dure la labor en altura el colaborador deberá encontrarse permanentemente asegurado con su prenda de protección contra caídas y libre de chocar con la estructura por el efecto pendular del punto de anclaje.

Artículo 53°.- MEDIDAS PREVENTIVAS EN TRABAJOS EN CENTROS DE TRANSFORMACIÓN O SUB-ESTACIONES

a. Las labores de maniobra, mantenimiento y reparación en subestaciones requerirán de un permiso escrito de trabajo en estas áreas (PETAR), procedimiento y estándares de trabajo que incluya como mínimo el permiso de trabajo, secuencia de maniobra, uso de candados y tarjetas de seguridad, señalización y otros aplicables al trabajo a realizar.

b. Los colaboradores que efectúe cualquier actividad en una sub-estación debe utilizar EPP e implementos de seguridad acordes con la labor a realizar.

c. Para el manipuleo de fusibles de expulsión se deberá también proveer al colaborador de protección de ojos y cara adecuada y verificar que se encuentre libre la trayectoria de salida del cuerpo del fusible.

d. Cuando colaboradores no electricistas (pintores, albañiles, personal de limpieza y otros) requieran efectuar trabajos en una sub-estación, deberán:

− Tener un permiso de trabajo escrito para trabajar en el que se delimite el área de labores.

− Utilizar EPP adecuados a los riesgos del área donde van a efectuar sus trabajos.

− Contar con equipos y herramientas de trabajo idóneas y en perfecto estado.

− Ser supervisados permanentemente por un colaborador autorizado con conocimiento de los riesgos presentes en las instalaciones de un centro de transformación.

Artículo 54°.- SISTEMA DE IZAJE

• Los cables, cadenas, ganchos, eslingas y todos los demás accesorios para la manipulación de materiales en los aparatos para izar, serán cuidadosamente examinados cada día que se usen por los enganchadores, los señaladores o por otros trabajadores del piso designados.

• Los cables, cadenas ganchos, poleas, frenos y conmutadores de límite, serán completamente inspeccionados a fondo, cuando menos, una vez cada tres meses por una persona competente.

• Después de cada inspección y prueba, se anotará en la respectiva tarjeta del equipo, la fecha y nombre de la persona que efectuó la inspección.

Cadenas

• El factor de seguridad para las cadenas nuevas y para eslingas será por lo menos de 5, bajo la carga nominal total.

• Las cadenas para izar serán retiradas del servicio cuando al ser inspeccionadas periódicamente, muestren alargamiento, desgaste, deformaciones, grietas o soldaduras abiertas.

Estrobos y Eslingas

• Se revisará el estado de estrobos, eslingas cadenas y ganchos, para verificar su funcionamiento.

• La fijación del estrobo debe hacerse en los puntos establecidos; si no los hay, por el centro de gravedad, o por los puntos extremos más distantes.

✓ Ubicar el ojal superior en el centro del gancho.

✓ Verificar el cierre del mosquetón de seguridad.

✓ Al usar grilletes, roscarlos hasta el fondo.

✓ Los estrobos no deberán estar en contacto con elementos que los deterioren.

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✓ La carga de trabajo para los estrobos será como máximo la quinta parte de su carga de rotura.

Ganchos

• Los ganchos serán de material adecuado y estarán provistos de pestillo u otros dispositivos de seguridad para evitar que la carga pueda soltarse.

• Los ganchos deberán elegirse en función de los esfuerzos a que estarán sometidos.

• Las partes de los ganchos que puedan entrar en contacto con las eslingas no deben tener aristas vivas.

• La carga de trabajo será mayor a la quinta parte de la carga de rotura.

• Por cada equipo de izaje se designará a una persona para que, mediante el código gestual, indique las maniobras que el operador debe realizar paso a paso. Ver Artículo 75.

• El señalado indicará al operador la maniobra más segura y pasará la carga a la menor altura posible.

Artículo 55°.- TRABAJOS DE IZAJE POR MEDIO DE CAMION GRUA

a) El personal que realice estas labores deberá contar con formación y autorización específica. Sólo una persona debe dar indicaciones al operador de grúa.

b) NUNCA podrá hacer solo el operador de grúa el trabajo de alzamiento transporte y descarga de materiales pesados: siempre tendrá que haber alguien encargado de impedir que no haya nadie debajo del material transportado y otra tercera persona, que hará indicaciones desde el suelo. Estos dos ayudantes NUNCA podrán estar debajo de la carga transportada.

c) Antes de izar la carga se deben verificar los siguientes aspectos:

➢ Se debe realizar una inspección pre-operacional a la grúa.

➢ Se verificará el estado de las eslingas, bragas, enganches y cables siempre antes de empezar cada jornada de trabajo, tanto de mañana como de tarde.

➢ Asegurar no superar el peso admisible para la grúa y los elementos de izado. Revisar la tabla de carga en comparación con el peso de la carga.

➢ Verificar dispositivos de seguridad, ganchos de la grúa con pestillos de seguridad, limitadores de fin de carrera, frenos y gatas.

➢ Comprobar consistencia del terreno y afianzamiento de la grúa (grúa nivelada) a fin de determinar la zona de trabajo.

➢ Abrir los estabilizadores al máximo y asegurarse estén apoyados sobre superficies sólidas. Los neumáticos deben elevarse del suelo antes de levantar las cargas, con la máquina apoyada en los estabilizadores.

➢ Señalizar la zona de trabajo y prohibir el acceso a personal no autorizado. El operador debe asegurarse de que nadie se detenga en el radio de acción de la grúa.

➢ Controlar atentamente la colocación de eslingas de las cargas y el estado de los cables o las cadenas.

➢ Levante ligeramente la carga del suelo y vuelva a revisar la estabilidad antes de proceder a levantarla.

d) Durante el izado se deben asegurar las siguientes condiciones:

✓ Verificar seguridad en el desplazamiento de la carga, manteniendo las distancias de seguridad con limitaciones en altura y suelo.

✓ Controlar las oscilaciones de la carga durante las maniobras, evitando movimientos bruscos.

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✓ Se deben de utilizar señales acústicas y/o luminosas durante la realización de trabajos.

✓ Comprobar antes de desenganchar las eslingas que la carga no va a caer tumbada, rodando o va a moverse de cualquier otra manera. Solo podrá desengancharse el elemento pesado cuando de la autorización el encargado que está dirigiendo la maniobra.

✓ Si hubiera contacto permanecer en la cabina no saltando al suelo.

✓ Se deben paralizar los trabajos en condiciones climatológicas adversas (tormentas, vientos fuertes, etc.).

e) Las señales manuales para dirigir el izaje y otros movimientos de carga, que son recomendadas y reconocidas por la práctica internacional se presentan a continuación

f) No habrá nadie esperando la carga para engancharla en el aire y conducirla “a empujones” hasta el lugar de depósito, ni NADIE conducirá la carga mediante un palo, o cualquier otro objeto. La orientación de los prefabricados se hará mediante cabos o cuerdas guía situados a los laterales de la pieza. Solo podrán acercarse a desenganchar cuando la carga esté completamente posada en el suelo.

g) Después de los trabajos se debe dejar la grúa en condiciones seguras (izar gancho, grúa en posición de parada, no dejar cargas suspendidas y los mandos bloqueados), inspeccionar las eslingas y almacenarlas correctamente. Se debe realizar mantenimiento adecuado de las partes vitales.

h) Para el transporte de la grúa deberá asegurarse:

✓ Antes de transitar por vías, calles o avenidas, asegúrese de que la grúa este replegada y acomodada en la caja.

✓ Está prohibido arrastrar cargas con la grúa.

✓ Si se trata de camiones grúa y carga, si alguna carga sobresale, se señalizará mediante una bandera roja de día y una luz roja por la noche. Si existe riesgo de que la carga se desplace, se amarrará con cuerdas o cables; si es redonda se calzará adecuadamente.

Articulo 56°.- MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EVITAR CONTACTOS ELECTRICOS EN LOS TRABAJOS DE PROXIMIDAD DE LINEAS AEREAS DE ALTA TENSION.

a) Como norma general, las máquinas que realicen trabajos en proximidad de fuentes de tensión deberán mantener una distancia de 3m respecto de dichas fuentes, para tensiones iguales o inferiores a 66 kV y de 5m cuando hablamos de tensiones superiores.

b) Se deberá poner a tierra la maquinaria que pueda trabajar en proximidad de elementos en tensión.

c) Cuando se está utilizando maquinaria en proximidad de fuentes en tensión, este tipo de

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actividad se puede considerar como trabajo con elementos de altura en presencia de líneas eléctricas, y por tanto deberán adoptarse medidas de prevención y/o protección que eviten el riesgo presente de contacto eléctrico.

d) Se deberá determinar una zona en torno a la fuente en tensión y que en ningún momento podrá ser invadida por elementos de la máquina. Su amplitud será en función de la tensión. De igual forma se deberá establecer una zona de alcance de elementos de la máquina (por ejemplo, la pala en movimiento de giro) que determinará la zona que puede alcanzar la parte más saliente de la misma sin peligro de contacto o excesiva proximidad.

Permaneciendo la fuente en tensión y la zona de trabajo de la máquina próxima a la misma, la opción más segura será el descargo de la instalación, evidentemente. De no poder realizarse el mismo, una primera medida de seguridad será la instalación de gálibo de señalización. Se podrá reducir el riesgo instalando resguardos en torno a los elementos en tensión que impidan la invasión de la zona de prohibición por partes de la máquina.

e) Se colocarán obstáculos en el área de trabajo de la máquina que limiten su movilidad e impidan que pueda invadir la zona de prohibición de la línea.

f) Se señalizarán mediante una cadena roja y blanca y señales de peligros o indicadores de altura máxima.

g) Cuando sea difícil para el operador de la máquina mantener un espacio libre por medios visibles, se deberá designar a una persona para que observe el espacio entre la fuente en tensión más próxima y la parte más saliente de la máquina. Esta función de vigilancia deberá ser realizada por trabajadores autorizados, quienes deberán velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad y controlar, en particular, el movimiento de los trabajadores y objetos en la zona, teniendo en cuenta sus desplazamientos accidentales.

h) En cualquier caso se informará a todas las personas implicadas en el trabajo acerca del riesgo existente por la presencia de la línea eléctrica y el modo de proceder en caso de accidente. Esta información se extremará en las personas que manejan la máquina, debiendo conocer además la zona de prohibición de la línea y la zona de alcance del elemento de altura.

Articulo 57°.- MÁQUINAS, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS PORTÁTILES

a. La instalación, operación y mantenimiento de equipos fijos y móviles deberá hacerse de acuerdo a las especificaciones de los fabricantes, con especial atención al programa de mantenimiento, calidad de repuestos y lubricación.

b. Las máquinas, equipos y herramientas, podrán ser manipuladas y operadas, únicamente por colaboradores calificados y autorizados.

c. Inspeccionar las máquinas, equipos y herramientas antes de usarlas, en caso de que estuvieran rotas o defectuosas, deberá ponerlas fuera de servicio y comunicarlo de inmediato a su supervisor.

d. Es obligación del colaborador revisar constantemente el estado en el que se encuentran las herramientas que va a utilizar, tales como el mango de los martillos, cinceles, extensiones eléctricas, etc.

e. Antes de operar cualquier equipo y/o maquinaria, verifique que estos se encuentren en buenas condiciones, con sus guardas y dispositivos de seguridad en su lugar. Por ningún motivo altere, modifique o elimine las guardas de las máquinas, equipos y herramientas.

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MEDIO AMBIENTE f. No acumular desechos y materiales de desperdicios alrededor de los equipos y maquinarias. g. Está prohibido hacer ajustes y/o limpieza de equipos y maquinaria en movimiento. Cuando

se deban hacer arreglos y/o limpieza en una máquina, primero apague la máquina, coloque su candado y la tarjeta de seguridad y verifique que la maquina este completamente desenergizada para que esta no sea arrancada inadvertidamente.

h. Si por descuido, una herramienta de mano es atrapada por una maquina no trate de jalar o rescatarla, suéltela y pare la maquina inmediatamente.

i. No deje funcionando la maquina cuando su atención se requiera para otro asunto. Pare el motor.

j. Es obligatorio desconectar la corriente eléctrica al terminar de usar la maquinaria, herramientas eléctricas o cuando se realice cualquier ajuste.

k. Las herramientas se usarán de acuerdo a los fines para los cuales fueron diseñados. l. Está prohibido trabajar con herramientas hechizas, en caso se detectará el uso de estas en

cualquier trabajo, será decomisado, reportada al supervisor correspondiente y destruida, también se aplicarán estas medidas para herramientas en mal estado las cuales no puedan ser reparadas.

m. Las herramientas empleadas para trabajos eléctricos serán convenientemente aisladas, siempre siguiendo las recomendaciones del fabricante y/o especificaciones técnicas. La dimensión original del cable no debe ser alterada.

n. En los esmeriles angulares y tronzadoras verifique que las piedras o escobillas según sus velocidades respectivas. Siempre revise que la piedra no presente fisuras o excesivo desgaste de acuerdo a lo indicado por el fabricante de lo contrario deberá reemplazarla por una nueva de inmediato.

o. Los esmeriles angulares y tronzadores deben usarse siempre con su guarda colocada y completa, no las opere con ropa suelta. Las mangas de su camisa deben estar abotonadas y no debe usar anillos o pulseras.

p. Antes de usar esmeriles o tronzadoras, verifique que la separación de la piedra y el apoyo de piezas no sea más de 1/8 de pulgadas (3 mm).

q. Está prohibido usar martillo de acero para golpear herramientas o partes de maquinaria de la misma dureza (acero duro). Para prevenir que las partículas de acero salten, use el martillo hecho de bronce, cuero, plástico o goma.

r. Está prohibido el uso de limas sin mangos. No golpee las limas ni las use como palancas. s. Cuando use una llave, asegúrese de que encaje bien. t. No lance las herramientas. u. Tenga extremo cuidado con los discos abrasivos o de corte. No permita que se golpeen. v. Solo se permitirá el uso de herramientas manuales o equipos portátiles de marcas

certificadas de acuerdo a las Normas Técnicas Peruanas (NTP) de INDECOPI o a falta de éstas, de acuerdo a Normas Internacionales.

w. Los mangos de los martillos, combas, palas, picos y demás herramientas que tengan mangos de madera incorporados, deben estar asegurados a la herramienta a través de cuñas o chavetas metálicas adecuadamente colocadas y que brinden la seguridad que la herramienta no saldrá disparada durante su uso.

x. Los mangos de madera no deben estar rotos, rajados, o astillados, ni tener reparaciones caseras.

y. Los punzones y cinceles deben estar correctamente templados y afilados y no presentar rajaduras ni rebabas y. Los destornilladores no deben tener la punta doblada, roma o retorcida; ni los mangos rajaduras o deformaciones.

z. Las herramientas de ajuste; llave de boca, llave de corona o llave mixta (boca-corona), llaves tipo Allen, tipo francesa, e inglesa, deben ser de una sola pieza y no presentar rajaduras ni deformaciones en su estructura, ni tener reparaciones caseras.

aa. Las herramientas manuales y equipos portátiles deben estar exentos de grasas o aceites antes de su uso o almacenaje y contar con las guardas protectoras en caso se usen discos de esmerilado, corte o pulido.

bb. Se implementará la identificación por código de colores a fin de garantizar la verificación periódica del estado de las herramientas manuales y equipos portátiles que se encuentren en campo. Toda herramienta o equipo manual que se considere apto, deberá ser marcado con el color del trimestre que corresponda.

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MEDIO AMBIENTE cc. Si las herramientas manuales o equipos portátiles se encuentran en mal estado, se les

colocarán una tarjeta de NO USAR y se internará en el almacén de la obra. dd. Cuando una herramienta manual o equipo portátil produzca:

− Partículas en suspensión, se usará protección respiratoria.

− Ruido, se usará protección auditiva.

− Chispas o proyección de partículas sólidas (esquirlas) como característica normal durante su operación o uso, el espacio será confinado mediante pantallas de protección de material no combustible para contrarrestar la proyección de chispas y esquirlas. El colaborador que la utilice, así como el ayudante debe tener protección para trabajos en caliente.

ee. Asimismo, debe mantenerse un extintor de polvo químico ABC, que cumpla con: NTP 350.043-1 “Extintores portátiles: Selección, distribución, inspección, mantenimiento, recarga, y prueba hidrostática”. NTP 350.026 “Extintores portátiles manuales de polvo químico seco” y NTP 350.037 “Extintores portátiles sobre ruedas de polvo químico seco dentro del área de trabajo” (en caso de extintores rodantes). Así mismo deben retirarse todos los materiales y recipientes que contengan sustancias inflamables.

ff. Los equipos portátiles que funcionen con gasolina o petróleo, deben apagarse antes de abastecerse de combustible.

gg. Las herramientas manuales y equipos portátiles no deben dejarse abandonados en el suelo o en bancos de trabajo cuando su uso ya no sea necesario, deben guardarse bajo llave en cajas que cumplan con medidas de seguridad. Cada herramienta manual o equipo portátil debe tener su propio lugar de almacenamiento.

hh. Toda herramienta manual o equipo portátil accionado por fuerza motriz debe poseer guardas de seguridad para proteger al colaborador de las partes móviles del mismo, y en la medida de lo posible, de la proyección de partículas que pueda producirse durante su operación.

ii. Específicamente la sierra circular deberá contar con cuchilla divisora, guarda superior e inferior para el disco y resguardo de la faja de transmisión.

jj. Los tecles, tirfor, winches y cualquier otro equipo de izaje, deben tener grabada en su estructura (alto o bajorrelieve), la capacidad nominal de carga. Adicionalmente, contarán con pestillos o lengüetas de seguridad en todos los ganchos.

kk. Los cables, cadenas y cuerdas deben mantenerse libres de nudos, dobladuras y ensortijados. Todo cable con dobladuras y ensortijados debe ser reemplazado. Un cable de acero o soga de nylon será descartado cuando tenga rotas más de cinco (05) hebras del total o más de tres (03) hebras de un mismo torón.

VII.- ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

Artículo 58°.- El Jefe de cada área mantendrá las mejores condiciones de SSOMA en protección al colaborador contra posibles riesgos dentro de sus oficinas. Artículo 59°.- Está prohibido: a. Fumar o prender fuego en los interiores de las oficinas. b. Provocar exceso de ruido, que perturben las actividades de las demás personas. c. La reparación de máquinas o artefactos de uso administrativo deteriorados por personal no

idóneo. Artículo 60°.- El personal de oficina debe tener en cuenta: a. Los muebles y enseres estarán distribuidos de modo tal que permitan el libre acceso hacia

las salidas. b. Conocer las zonas de seguridad, las escaleras y las rutas de escape. c. Reportar las averías de los servicios higiénicos, toma corrientes en mal estado y alumbrado. d. Evitar el exceso de documentos innecesarios (causa de incendios). e. Dejar siempre sobre el escritorio o en lugares seguros los objetos que puedan causar una

lesión (puntiagudos, punzo cortantes y otros). f. Para alcanzar objetos de lugares elevados, se debe usar una escalera u otro dispositivo

seguro.

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MEDIO AMBIENTE g. Evitar dejar objetos pesados al borde de los escritorios, estos podrían caer accidentalmente

y producir una lesión. h. Siempre que se derrame un líquido en el piso limpiarlo inmediatamente. i. Bajar las escaleras despacio y sujetándose al pasamanos. j. Mantener los cajones de muebles cerrados cuando no se están utilizando. k. Abrir los cajones de los muebles uno por uno. l. Fijar los estantes nivelados y en forma segura. m. Mantener su ambiente de trabajo en condiciones de orden y limpieza. n. Terminada la jornada de trabajo se apagará todo equipo eléctrico o de alumbrado de las

oficinas y se guardarán o depositarán los documentos en los gaveteros, archivadores y armarios o lugares adecuados para tal fin, los cuales se mantendrán siempre cerrados.

Artículo 61°.- El Responsable de almacenes tendrá en cuenta:

a. No obstruir el acceso a las tomas de agua, extintores, llaves contra incendio, interruptores, cajas de fusibles, válvulas, máquinas, entre otros.

b. No bloquear los equipos de primeros auxilios, puertas o salidas de personal, pasillos, entre otros.

c. No deberá dejar ocultos carteles informativos, señales de seguridad, indicaciones, entre otros.

d. Al almacenar materiales pesados, se debe tener en cuenta que los pisos inferiores sean más resistentes.

e. Los materiales más pesados se colocarán en la parte inferior de los anaqueles (andamios). f. Almacenar correctamente para evitar los riesgos de accidentes debidos al paso de

colaboradores y carretillas. g. Entre las pilas se deben dejar pasillos suficientemente anchos para dejar paso a personas y

carretillas evitando los riesgos de accidentes debido al paso de colaboradores y carretillas. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL - EPP

Artículo 62°.- CRITERIOS GENERALES PARA LA SELECCIÓN DE LOS EPP

Los equipos de protección personal deberán cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:

a. Cumplir con las indicaciones de la evaluación de riesgos que realiza la empresa. b. Deberán ser seleccionados de acuerdo a las condiciones de trabajo, climáticas y contextura

del colaborador. c. Deberán proporcionar una protección efectiva contra el riesgo. d. No deberán poseer características que interfieran o entorpezcan significativamente el trabajo

normal del colaborador y serán cómodos y de rápida adaptación. e. No deberán originar problemas para la integridad física del colaborador considerando que

existen materiales en los EPP que pueden causar alergias en determinados individuos o sean fácilmente combustibles.

f. El mantenimiento deberá ser sencillo, y los componentes deteriorados deberán ser de fácil reposición o en su defecto posibles de reparar sin que ello represente una merma en la capacidad protectora del equipo.

g. Su deterioro o inutilización deberá ser detectable a través de inspecciones simples o sencillas.

h. Periódicamente PROINGCOM S.A.C. deberá revisar y registrar la calidad y operatividad de los EPP.

Artículo 63°.- ROPA DE TRABAJO

Todo colaborador que esté sometido a riesgo de accidente o enfermedad profesional, o en razón de aquellas actividades que imponen la obligación de distinguirse de personas ajenas a la empresa, está obligado al uso de ropa de trabajo; debiendo ser esta resistente al arco eléctrico, de acuerdo a las exigencias de la actividad a desarrollar en los equipos e instalaciones eléctricas. Dicha ropa será proporcionada por PROINGCOM S.A.C. para la cual presta sus servicios. Además, la ropa de trabajo cumplirá, al menos, los siguientes requisitos:

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MEDIO AMBIENTE a. Estará confeccionada de tejido o material adecuado, de preferencia de fibra de algodón

(resistente al fuego) teniendo en cuenta la zona y condiciones climatológicas. b. Será de diseño adecuado al puesto de trabajo y al cuerpo del colaborador, permitiendo con

facilidad el movimiento del colaborador. c. Se eliminará o reducirá en lo posible aquellos elementos adicionales como bocamangas,

botones, cordones, bolsillos u otros a fin de evitar el peligro de enganche. d. En toda actividad o trabajo con riesgo se prohíbe el uso de corbatas, tirantes, bufandas,

cadenas, anillos, collares y otros aditamentos posibles de enganches o conductores de electricidad.

e. Deberá llevar en lugar visible el logotipo de PROINGCOM SAC.

Artículo 64°.- PROTECCIÓN CRANEAL

Es obligatorio el uso de casco dieléctrico antichoque con barbiquejo para todo colaborador que ejecute trabajos en las instalaciones aéreas o a nivel del suelo; asimismo su uso es obligatorio cuando las condiciones de trabajo entrañan riesgos de electrocución o golpes, como ocurre en lugares pequeños o trincheras. Para la protección del cráneo PROINGCOM S.A.C. deberá proporcionar a los colaboradores u otras personas que tengan acceso al lugar de trabajo los cascos de seguridad correspondientes.

Artículo 65°.- PROTECCIÓN AUDITIVA

Para la selección de la protección auditiva, PROINGCOM S.A.C. deberá identificar sus fuentes generadoras de ruido que la llevan por encima del límite permisible y que potencialmente puedan perjudicar al colaborador. En zonas de trabajo donde los equipos generen ruidos por encima de 80 dB (ochenta decibeles) es obligatorio el uso de equipo de protección auditiva, el cual se empleará durante todo el tiempo de exposición al ruido. Los elementos de protección auditiva serán siempre de uso individual. Cuando la exposición sea continua por ocho horas o más y el ruido exceda los 60 dB (sesenta decibeles), los colaboradores deberán usar protección auditiva. Para la protección contra los ruidos se dotará a los colaboradores que hayan de soportarlos, de tapones auditivos, protectores auriculares con filtros, orejeras de almohadilla, (discos o casquetes antirruidos o dispositivos similares.)

Artículo 66°.- PROTECCIÓN FACIAL

Cuando el riesgo por proyección de partículas, líquidos o gases o por emisión de energía radiante de alta intensidad involucra no sólo la vista sino también otras partes del rostro del colaborador, será obligatorio el uso de equipo de protección facial (escudos o caretas, máscaras y capuchas antiácidas, entre otros).

Artículo 67°.- PROTECCIÓN VISUAL

Los equipos de protección visual, tales como gafas o anteojos, son necesarios en trabajos donde existen riesgos para la vista por impacto de partículas volantes, salpicadura de líquidos o polvos, o por energía radiante; y, deben cumplir las siguientes condiciones complementarias:

i. Las monturas serán indeformables al calor, cómodas y de diseño anatómico sin perjuicio de su resistencia y eficacia.

ii. Cuando se trabaje con vapores, gases o polvo muy fino, deberán ser completamente cerradas y bien ajustadas al rostro; en los casos de polvo grueso y líquidos serán como las anteriores, pero llevando incorporados los botones de ventilación indirecta con tamiz antiestático; en los demás casos serán con montura de tipo normal y con protecciones laterales, que podrán ser perforadas para una mejor ventilación.

iii. Cuando exista peligro de impactos por partículas duras, podrá utilizarse gafas protectoras del tipo “panorámica” con armazón de vinilo flexible y con visor de policarbonato o acetato transparente deberán ser de fácil limpieza.

Artículo 68°.- PROTECCIÓN DE LAS VIAS RESPIRATORIAS

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Todo colaborador será protegido contra los riesgos de atmósferas peligrosas originados por polvos, humos, nieblas, gases o vapores tóxicos. Los equipos protectores del aparato respiratorio cumplirán, por lo menos, los siguientes requisitos y condiciones:

a. Serán apropiados al tipo de riesgo. b. Serán de diseño anatómico y ajustadas al contorno facial, cuyo material en contacto será

de goma especialmente tratada o de neoprene. c. Se mantendrá su conservación y se vigilará su utilidad. d. Sólo se utilizará respiradores o mascarillas con filtros en áreas donde existan riesgos

indicados en la evaluación correspondiente (escasa ventilación, con nieblas, polvos, partículas o vapores orgánicos). Los filtros serán reemplazados cuando se saturen o en función del tiempo de utilización, lo que ocurra primero.

e. Se almacenarán en compartimientos secos, amplios y de temperatura adecuada. Artículo 69°.- ARNESES DE SEGURIDAD

Para los trabajos en altura es obligatorio el uso de arneses de seguridad considerando las siguientes pautas:

a. No será permitido el uso de correa de posicionamiento 100% de cuero, ni cuerdas o sogas de material orgánico.

b. Las partes metálicas serán de una sola pieza y resistencia superior al arnes. c. Se inspeccionará siempre el arnés antes de su uso. Cuando tengan cortes, grietas, o

deshilachadas, que comprometen su resistencia, serán dados de baja y destruidos. d. Estarán provistos de anillos por donde pasará la cuerda salvavidas y aquellas no deberán ir

sujetas por medio de remaches. e. Las cuerdas de cable metálico deberán ser utilizadas en operaciones donde una cuerda

podría ser cortada. Las cuerdas de cable metálico no deberán ser utilizadas en las proximidades de líneas o equipos energizados.

f. Usar siempre que se pueda, puntos de anclaje por encima del cuerpo del usuario. g. No utilizar un anclaje simultaneo por mas de una persona. h. Usar el equipo todo el tiempo que dure la tarea. Artículo 70°.- CALZADO DE SEGURIDAD

PROINGCOM SAC debe proporcionar a los colaboradores calzado de protección o de seguridad para las diferentes labores que se realizan, entre ellas para protegerlos, según sea el caso, contra:

a. Choques eléctricos: se empleará calzados dieléctricos y no deberán tener ninguna parte metálica en la suela o planta, de acuerdo a la norma técnica peruana correspondiente.

b. Impactos, aplastamientos y golpes: se usará calzados con puntera de seguridad (punta reforzada) para la protección de los dedos.

c. La humedad y el agua: se empleará botas de jebe de media caña y caña completa. d. Líquidos corrosivos o químicos: se emplearán calzado de neoprene para ácidos, grasas,

gasolina, entre otros; o similar. Artículo 71°.- PROTECCIÓN DE LAS EXTREMIDADES SUPERIORES

PROINGCOM SAC debe proporcionar los implementos necesarios para la protección de las extremidades superiores de los colaboradores para las diferentes labores que realizan. Los guantes dieléctricos deben cumplir con la norma IEC 903 “Specification for Gloves and Mitts of Insulating Material for Live Working” tomando en cuenta, además, según el caso, lo siguiente:

a. Para los trabajos de acarreo de materiales diversos, de mecánica pesada, de manejo de piezas o materiales punzo cortantes, abrasivos y otros, se empleará guantes de cuero resistentes y reforzados.

b. En los trabajos en líneas o equipos eléctricos o para las maniobras con electricidad se empleará guantes dieléctricos en buen estado que lleven marcados en forma indeleble la tensión máxima para el que han sido fabricados.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE c. En los trabajos de soldadura eléctrica o autógena, se empleará guantes de mangas de

cuero al cromo o equivalente. d. Para la manipulación de ácidos o sustancias corrosivas se empleará guantes de manga

larga de neoprene o equivalente. e. Para la manipulación de materiales o piezas calientes, se empleará guantes de cuero al

cromo o equivalente. Debe verificarse que los equipos de protección de las manos, antebrazos y brazos por medio de mitones, guantes, mangas que usen los colaboradores, no provoquen dificultades mayores para su movimiento. Los colaboradores que estén utilizando dichas protecciones no deben acercarse a maquinaria rotativa alguna a fin de evitar que sean atrapados por las piezas rotantes de dichas máquinas. Artículo 72°.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL CONTRA RELÁMPAGO DE ARCO

a. Traje arco. El diseño de trajes de arco debe permitir el retiro fácil y rápido por parte del usuario. Todo el traje de arco, incluyendo el protector facial de la capucha debe tener un nivel de protección de arco apropiado para la exposición de relámpago de arco. Cuando el aire exterior se suministra dentro de la capucha, las mangueras de aire y la carcasa de la bomba deben estar cubiertas por materiales resistentes a la llama, o construidos con materiales no inflamables y no fundentes.

b. Protección de la cara. Los protectores faciales deben de tener un nivel de protección al arco adecuado para la exposición de relámpago de arco. No se deben utilizar protectores faciales que no tengan el nivel de protección al arco. Siempre se debe utilizar protección de ojos (anteojos de seguridad) debajo de protectores faciales o capuchas, salvo que el avance tecnológico indique lo contrario. Dado que el protector puede reducir la visión y la percepción del color, debe considerarse iluminación adicional en la zona de trabajo.

c. Protección de las manos. Guantes de cuero, o resistentes a la llama se deben utilizar cuando se requieran para protección contra relámpago de arco. Cuando se utilicen guantes de caucho aislante para protección contra choque eléctrico, se deben vestir protectores de cuero sobre los guantes de caucho, lo cual da protección adicional a las manos contra relámpago de arco. Durante altas exposiciones a relámpago de arco, el cuero se puede encoger y disminuir la protección.

d. Protección de los pies. Usar calzado de seguridad de cuero u otro material calificado para las exigencias del relámpago de arco.

SEÑALIZACIÓN

Artículo 73°.- AVISOS Y SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

En los frentes de trabajo donde PROINGCOM SAC. ejecuta sus actividades se deberá colocar en lugares visibles y estratégicos avisos y señales de seguridad , de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP 399.009 “Colores Patrones Utilizados en Señales y Colores de Seguridad “ Norma Técnica Peruana NTP 399.010-1 “ Colores y Señales de Seguridad “, Norma Técnica Peruana NTP 399.011 “Símbolos Medidas y Disposición (arreglo, presentación) de las señales de seguridad el código Nacional de Electricidad- Suministro 2011 (Regla 411.D. Regla 442.E, Regla 444.C) y la “Norma DGE: Símbolos Gráficos en Electricidad” (Resolución Ministerial N° 091-2002-EM/VME) para el control de:

a. El ingreso y acceso del personal a instalaciones, zonas reservadas y peligrosas. b. La circulación peatonal dentro de las instalaciones oficinas. c. El tránsito Vehicular: velocidad máxima y sentido de circulación. d. Los equipos e instalaciones que se encuentran en mantenimiento o maniobra. e. Las zonas de emergencia, indicando las zonas y vías seguras para la evacuación y las

instrucciones a seguir en caso de emergencias.

Artículo 74°.- GESTIÓN DE RESIDUOS

RESIDUOS SOLIDOS:

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE a. Los residuos derivados de las actividades de construcción deben ser manejados

convenientemente hasta su disposición final por una Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos con autorización vigente en DIGESA. Para tal efecto, deben ser colocados temporalmente en áreas acordonadas y señalizadas o en recipientes adecuados debidamente rotulados.

b. Los vehículos que efectúen la eliminación de los desechos deberán contar con autorización de la Municipalidad respectiva.

c. Toda obra debe segregar los residuos PELIGROSOS de los NO PELIGROSOS, a efectos de darles el tratamiento conveniente, hasta su disposición final.

Residuos No Peligrosos. Se clasificarán en función al tratamiento que se haya decidido dar a cada residuo:

− REUTILIZAR algunos residuos que no requieran de un tratamiento previo para incorporarlos al ciclo productivo; por ejemplo: Residuos de demolición para concreto ciclópeo de baja resistencia.

− RECUPERAR componentes de algún residuo que sin requerir tratamiento previo, sirvan para producir nuevos elementos; por ejemplo: Madera de embalaje como elementos de encofrado de baja resistencia.

− RECICLAR algunos residuos, que puedan ser empleados como materia prima de un nuevo producto, luego de un tratamiento adecuado; por ejemplo: El uso de carpeta asfáltica deteriorada como agregado de mezcla asfáltica nueva (granulado de asfalto) luego de un proceso de chancado y zarandeo.

Residuos Peligrosos. Se almacenarán temporalmente en áreas aisladas, debidamente señalizadas, hasta ser entregados a empresas especializadas para su disposición final.

d. Adicionalmente, se cumplirá lo establecido por la Norma Técnica Peruana: NTP 900.058-2019 Norma Técnica Peruana “Gestión de Residuos. Código de colores para el Almacenamiento de residuos sólidos” y por la Ley General de Residuos Sólidos y su Reglamento, ambas vigentes.

Código de colores para los residuos del ámbito no municipal.

Tipo de Residuo

Color

Papel y cartón Azul

Plástico Blanco

Metales Amarillo

Orgánicos Marrón

Vidrios Plomo

Peligrosos Rojo

No aprovechables Negro

RESIDUOS LÍQUIDOS

Aceites, grasas, lubricantes, combustibles refrigerantes y similares usados

✓ Todo generador de aceites usados, grasas y/o combustible contaminado debe evitar derrames al suelo, arrojo al alcantarillado, venta clandestina u otro manejo que genere contaminación o incumplimiento legal.

✓ Todo generador de aceites usados, grasas y/o combustible contaminado debe almacenar dichos residuos en recipientes separados y debidamente rotulados.

✓ Todo generador de aceites usados, grasas y/o combustible contaminado debe asegurarse que dichos residuos sean eliminados una vez que el recipiente este lleno.

✓ Cualquier imprevisto respecto a la generación, almacenamiento, transporte o disposición de este tipo de residuos deben ser coordinados con el área de SSOMA.

Residuos líquidos de los servicios higiénicos portátiles

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MEDIO AMBIENTE ✓ Todo residuo líquido generado de los servicios higiénicos portátiles debe ser evacuado sin

generar derrames al suelo o aguas superficiales.

✓ La disposición de los residuos líquidos generados de los servicios higiénicos portátiles debe ser evacuados por la misma empresa que brinda el servicio de implementación de servicios higiénicos portátiles, generando el respectivo manifiesto.

CONTROL DE EMISIONES AL AIRE

• En el caso que se presenten trabajos que desprendan polvo, olores u otras partículas, hacerlo y utilizando el EPP apropiado y tratando de reducir la dispersión al ambiente de lo que se desprenda, aplicar métodos de atenuación como regar con cisterna de agua, cercar el área donde se va a trabajar, cerrar cuidadosamente el producto o material que emite olores desagradables y afecta a los alrededores.

• No debe permitirse, en las instalaciones y lugares de trabajo, la presencia de vehículos con evidentes signos de emisión de gases contaminantes.

• Se deben apagar los motores vehiculares cuando no están siendo usados para evitar la combustión innecesaria, sobre todo si el vehículo está detenido en un área de poca ventilación o cerca de oficinas.

• El tráfico de los vehículos debe ser fluido a fin de evitar congestionamientos y concentraciones de emisiones tóxicas.

• Todos los vehículos que operan para PROINGCOM SAC, deben cumplir con una revisión técnica anual que incluya la medición de emisiones gaseosas y entregar los certificados de dichas revisiones al área de SSOMA. Se exigirá que todo vehículo que opere cuente con certificado vigente de revisión técnica y análisis de gases. Cumplir con lo establecido en (D.S. N° 047-2001-MTC, D.S. 034-2001-MTC).

CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES EN EL LUGAR DE TRABAJO

Artículo 75°.- ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS AMBIENTES DE LA ENTIDAD

Los accesos y ambientes de la empresa deben mantenerse limpios; los desperdicios, materiales inflamables y combustibles deben depositarse en recipientes y lugares apropiados y expresamente acondicionados y se debe evitar las concentraciones de gases, humo, polvo y humedad. PROINGCOM SAC realizará inspecciones periódicas para verificar el orden, limpieza, y cumplimiento de las disposiciones internas sobre procedimientos específicos establecidos de las diversas operaciones que se realicen en sus instalaciones.

Artículo 76°.- LOCALES DE ASEO Y VESTUARIOS

PROINGCOM SAC deberá implementar cuartos de vestuario con armarios o casilleros en número suficiente, cuando los colaboradores tengan que usar ropa de trabajo especial y no existan instalaciones adecuadas donde se puedan cambiar. Los lugares de trabajo deberán estar preparados de tal forma que los colaboradores dispongan en las proximidades de los mismos, y en proporción a la cantidad de colaboradores usuarios:

a) De duchas, si el carácter de sus actividades lo requiere; b) De locales especiales equipados con un número suficiente de servicios higiénicos para

ambos sexos.

Artículo 77°.- SUMINISTRO DE AGUA

PROINGCOM SAC deberá disponer de suficiente abastecimiento de agua que garantice el consumo de todos los colaboradores. A los colaboradores que labora en zonas rurales o alejadas de la ciudad sin suministro de agua de la red pública debe abastecerse con agua para su consumo diario.

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MEDIO AMBIENTE

Artículo 78°.- CALIDAD DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

Los suministros, depósitos y reservorios de agua potable que emplea PROINGCOM SAC deberán estar debidamente vigilados, conservados y protegidos contra los peligros de contaminación para prevenir a los colaboradores de enfermedades infectocontagiosas, debiendo efectuarse periódicamente los análisis correspondientes de acuerdo a las normas relacionadas con la calidad del agua para consumo. Los tanques, por lo menos, deberán limpiarse y desinfectarse semestralmente.

Artículo 79°.- TEMPERATURA EN LOS LUGARES DE TRABAJO

La temperatura en los locales de trabajo debe ser adecuada al organismo humano durante el tiempo de trabajo, teniendo en cuenta el tipo de trabajo y esfuerzo físico a que están sometidos los colaboradores, debiendo evitarse el stress térmico.

Artículo 80°.- TRATAMIENTO DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS Y DE RESIDUOS TÓXICOS

PROINGCOM SAC debe contar con un Plan de Manejo de Materiales Peligrosos. PROINGCOM SAC debe cumplir con las normas que al respecto establezcan las autoridades competentes, complementadas por la normativa específica emitida por las autoridades del subsector electricidad.

SERVICIOS PERMANENTES Y PROVISIONALES

Artículo 81°.- ALOJAMIENTO DEL PERSONAL

Las viviendas que proporcione PROINGCOM S.A.C. a los colaboradores que para cumplir sus funciones tengan que vivir fuera de su lugar de residencia por períodos largos deben contar con servicios de electricidad, agua, desagüe, y acondicionadas al medio ambiente. La construcción de las viviendas deberá cumplir con las especificaciones técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones.

Artículo 82.- COMEDORES Y COCINAS

a. PROINGCOM SAC. instalará comedores para la alimentación de sus colaboradores o proporcionará los recursos equivalentes en las centrales mayores, campamentos, sub-estaciones y centros de líneas de los sistemas interconectados, toda vez que por razones de la obra o su ubicación lejana a los centros poblados así lo justifique.

b. Los comedores se instalarán en lugares próximos al centro de trabajo, debidamente distanciados de las áreas operativas e insalubres. Las cocinas dispondrán de agua potable y lavaderos para la limpieza de los utensilios y vajillas.

Artículo 83°.- ALBERGUE PARA TRABAJOS TEMPORALES

Para el trabajo de linieros y para los que se efectúen al aire libre, los colaboradores que se vean imposibilitados de regresar cada día a su residencia habitual por la continuidad del trabajo, PROINGCOM SAC proporcionará albergues. La mencionada instalación deberá ser de construcción segura y contar con dormitorios, comedores, servicios de agua, desagüe y electricidad y acondicionada al medio ambiente.

Artículo 84°.- CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Todos los proyectos y trabajos de obras civiles y de cimentación electromecánicas deberán ser elaborados por ingenieros colegiados especialistas; además, deberán ejecutarse cumpliendo las normas del Reglamento Nacional de Edificaciones, en especial en lo que se refiere a:

− Edificaciones utilizadas por la empresa y sus colaboradores.

− Suelos, cimientos, pisos y demás elementos de las edificaciones de la empresa (paredes, techos, etc.).

− Locales de trabajo (casa de máquinas, oficinas de atención al público, etc.).

− Galerías, pasillos y corredores.

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MEDIO AMBIENTE

− Puertas exteriores y de salidas (cantidad y dimensiones).

− Cimentación de máquinas, equipos y estructuras.

− Suministro y circulación de aire en ambientes cerrados, tales como la casa de máquinas, galerías, túneles o centros subterráneos de operación y control.

− Dimensiones de los vestuarios y servicios higiénicos. Artículo 85°.- TRANSPORTE DE COLABORADORES, MATERIALES, EQUIPOS Y OTROS

El transporte se sujetará a las disposiciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Además, PROINGCOM SAC en lo referente al transporte de personal, en el presente reglamento, considerará lo siguiente, entre otros:

a. Las condiciones eléctricas y mecánicas y la comodidad del vehículo, velocidades máximas de desplazamiento y el número máximo de pasajeros permitido.

b. Que el conductor tenga la licencia de conducir acorde a la unidad que va a operar. c. Las condiciones psicofísicas de conductor, así como los horarios de trabajo para evitar la

fatiga y sueño. d. Que el servicio de movilidad cuente con las comodidades y dispositivos de seguridad

necesarios para un viaje cómodo y seguro para el colaborador. e. El uso del cinturón de seguridad es obligatorio. f. Los vehículos de transporte, sean mantenidos en perfectas condiciones operativas y de

seguridad. g. La prohibición de utilizar equipo de carga para el transporte de colaboradores. h. Que todo vehículo de transporte de colaboradores debe contar con póliza de seguro vigente,

con cobertura para sus pasajeros y contra terceros. i. Está prohibido el transporte de pasajeros en las tolvas de las camionetas pick up y camiones. j. Está prohibido el transporte de colaboradores de y hacia las áreas de trabajo en vehículos

con pasajeros parados.

VIII.- PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIAS.

Artículo 86°.- BRIGADAS DE EMERGENCIA

En todo centro de trabajo, se organizarán brigadas de emergencias capacitadas en la extinción de incendios, en el empleo de señales de alarma, en tareas de rescate y evacuación y primeros auxilios, y estarán plenamente implementadas. PROINGCOM SAC asegurará que los colaboradores que sean seleccionados para formar las brigadas estén físicamente aptos para realizar los deberes que puedan ser asignados durante emergencias. El material asignado para las medidas contra incendios como hachas, picos, escalas, palas, cubiertas de lona o tejidos incombustibles no podrán ser utilizados para fines distintos a su objetivo. Así mismo cada operación, área o proyecto deberá contar con un Plan de Respuesta a Emergencias Específico de acuerdo a las condiciones del entorno y naturaleza del trabajo. Artículo 87°.- SIMULACROS DE EMERGENCIAS

Con la finalidad de comprobar la eficacia del sistema de prevención, el entrenamiento de las brigadas y el conocimiento del personal, se efectuarán simulacros, debiendo coordinarse, si fuera necesario, con las autoridades locales. Artículo 88°.- RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS

En el caso de registrarse contingencias inducidas tales como incendios, accidentes, derrames o naturales tales como sismos, inundaciones, derrumbes, etc.; se deben seguir las instrucciones de emergencia establecidas en los Planes de Contingencias para Emergencias. Artículo 89°.- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASO DE SISMOS

En el caso de sismos, inicialmente el personal debe ubicarse en zonas de seguridad, posteriormente debe desarrollarse la evacuación del personal en forma ordenada y rápida hacía en zonas externas de seguridad. El entrenamiento para caso de sismos se realizará mediante

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MEDIO AMBIENTE simulacros o ejercicios dos veces al año como mínimo y las veces que programe el Sistema Nacional de Defensa Civil. El personal debe tener pleno conocimiento de las zonas de seguridad así como de las salidas de emergencia. Artículo 90°.- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASO DE HUAYCOS

En el caso de huaycos o derrumbes, como medida preventiva debe establecerse un sistema de vigilancia sobre las quebradas que se encuentren cercanas a los lugares de trabajo. En caso de peligro inminente, se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicación, hacia una zona segura llevando el equipo de comunicación, rescate y primeros auxilios necesario. Concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema eléctrico y comunicaciones, no debe transitarse por la zona donde ocurrió el huayco. Artículo 91°.- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASO DE INUNDACIONES

En el caso de inundaciones, en lo posible deben construirse canales de desviación de aguas, construir defensas, no estacionar vehículos en zonas que pueda acumularse agua. En caso de peligro inminente se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicación hacia una zona segura llevando el equipo de comunicación, rescate y primeros auxilios necesario. Concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema eléctrico y comunicaciones.

Artículo 92°.- MANIPULACIÓN DE EQUIPOS ELÉCTRICOS EN CASO DE INCENDIO

En caso de incendios eléctricos está prohibida la manipulación de equipos eléctricos por colaboradores no autorizados, incluido el cuerpo de bomberos o brigadas de emergencia, debiendo intervenir en este caso, solamente el personal de servicio calificado y que se encuentre debidamente entrenado en aplicación de planes de acción o respuesta. Artículo 93°.- REPORTE DE INVESTIGACIÓN DE EMERGENCIAS

a. Una vez controlada la emergencia debe cumplirse con las directivas establecidas en el Instructivo de Seguridad sobre Manejo e Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo, Enfermedades Ocupacionales, Incidentes Ambientales y Situaciones de Emergencia.

b. Los planes de Emergencia y/o Contingencias que se realizan permitirán:

− Realizar las coordinaciones y comunicaciones en forma inmediata.

− Ejecutar las acciones correctas.

− Actuar con seguridad en el menor tiempo posible.

− Reportar el evento.

− Establecer de manera precisa una línea de mando y control.

− Identificar y evaluar las amenazas existentes en la instalación.

− Mitigar el impacto de las amenazas en caso de producirse.

− Establecer un procedimiento de atención para cada tipo de amenaza con indicaciones claras y precisas.

− Establecer responsables ante cada tipo de amenaza e instalación.

− Determinar los requerimientos suficientes para cada tipo de amenaza.

− Determinar una metodología clara y precisa que permitirá una actuación efectiva ante los eventos que se presenten.

− Establecer un programa de simulacros a fin de capacitar a los involucrados en el mencionado plan.

− Desarrollar una retroalimentación de eventos a fin de fortalecer el plan de contingencias existentes.

c. Los planes de contingencia se actualizarán en forma anual, la implementación de estos planes de contingencias y emergencias, tendrá procedimientos eficientes, que permita controlar los sucesos en el momento preciso.

d. Cada fin de año las áreas operativas deberán presentar al área de SSO un listado de las emergencias y contingencias ocurridas durante el año, así como posibles amenazas; con su

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MEDIO AMBIENTE

respectiva evaluación de las causas, consecuencias y recomendaciones que permitirá mitigar este efecto en caso que se presente nuevamente.

e. Los planes de Contingencia y/o Emergencias; deben ser difundidos por los Jefes de área de manera efectiva y oportuna, a fin de que los colaboradores se encuentren preparados para actuar y consciente de cada labor a realizar y de las implicancias de los mismos.

f. Para los periodos festivos como semana santa, fiestas patrias, fiestas navideñas, fin de año, y otros que se presenten, se presentarán planes de contingencia de seguridad; estos planes serán presentados a cada centro de control de operaciones.

Artículo 94°.- PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

a. La empresa organizará, capacitará y/o entrenará brigadas de emergencia con los colaboradores. Estas brigadas deberán ser debidamente entrenadas y atender las tres principales contingencias:

i. Control de Amago de incendio. ii. Movilización y evacuación del personal. iii. Atención de heridos y primeros auxilios.

b. Los colaboradores que sean seleccionados para formar brigadas serán físicamente y psicológicamente aptos para realizar los deberes que les puedan ser asignados durante las emergencias.

c. Las brigadas de emergencia deberán ser informadas oportunamente de los riesgos especiales existentes en sus instalaciones, así mismo se les comunicará de cualquier cambio que ocurra con relación a los riesgos especiales.

d. PROINGCOM SAC. contará con un programa de simulacros, los que deben efectuarse por lo menos dos veces al año con la participación de todo el personal, debiendo coordinarse si fuera necesario con instituciones externas afines.

e. Es caso de incendios eléctricos está prohibida la manipulación de equipos eléctricos por personal no autorizado, incluido el cuerpo de bomberos o brigadas de emergencia, debiendo de intervenir en este caso solamente el personal de servicio a cuyo cargo se encuentra las instalaciones eléctricas y que se encuentre debidamente entrenado en la aplicación de planes de acción o respuesta indicada en el plan de contingencias de la empresa.

Artículo 95°.- ASISTENCIA MÉDICA Y PRIMEROS AUXILIOS

PROINGCOM SAC tiene la obligación de proporcionar a sus colaboradores en forma gratuita, inmediata y en el lugar del accidente, asistencia médica y de primeros auxilios. Artículo 96°.- CAPACITACIÓN EN PRIMEROS AUXILIOS

En todo programa de trabajo de SSO deberá incluirse actividades de capacitación y entrenamiento en primeros auxilios para los casos de accidentes eléctricos y demás riesgos comunes de la empresa. Artículo 97°.- TRASLADO DE ACCIDENTADOS

La Entidad está obligada a prestar el servicio de traslado de los accidentados a los centros hospitalarios. Artículo 98°.- BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS

En todo centro de trabajo o local, sea éste de administración, operación o mantenimiento, se dispondrá obligatoriamente de botiquines de primeros auxilios debidamente implementados. Artículo 99°.- BOTIQUINES PARA LOS VEHICULOS

Todo vehículo al servicio de PROINGCOM SAC destinado a las actividades de operación y mantenimiento deberá tener un botiquín de primeros auxilios, y otros que por normativa se exija. IX.- ESTANDARES DE CONTROL OPERACIONAL

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MEDIO AMBIENTE Artículo 100°.- PROINGCOM SAC deberá elaborar un estudio donde se identifique, describa, analice y evalúe los riesgos existentes en ella, referidos a sus equipos, instalaciones y operaciones, la evaluación de los colaboradores, sus herramientas y ambientes de trabajo, etc. Artículo 101°.- CONTROL DE RIESGOS

a. PROINGCOM S.A.C. actualizará la evaluación de riesgos una vez al año como mínimo o cuando cambien las condiciones de trabajo o se haya producido daños a la salud y seguridad.

b. Los supervisores tienen la obligación de informar a los colaboradores las modificaciones que puedan darse en las condiciones de trabajo y disponer lo necesario para la adopción de medidas de prevención de los riesgos laborales.

c. PROINGCOM SAC. tiene la obligación de practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral de los colaboradores acorde a los riesgos que están expuestos en sus labores para detectar enfermedades ocupacionales y determinar sus controles.

d. Los supervisores y técnicos deben de establecer las medidas y dar instrucciones necesarias para que, en caso de un peligro inminente que constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y salud de los colaboradores, estos pueden interrumpir sus actividades, e inclusive, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar donde se desarrollan las labores. No se podrá reanudar las labores mientras el riesgo no se haya reducido o controlado.

e. El representante de los colaboradores en SSO participará en la identificación de los peligros y en la evaluación de riesgos, sugiriendo las medidas de control y haciendo seguimiento de los mismos.

f. Los colaboradores o sus representantes tienen derecho a examinar los factores que afecten a su seguridad y salud y proponer medidas correctivas en estas materias.

g. PROINGCOM SAC. debe de fomentar la cultura de seguridad en prevención de los riesgos laborales para que todos sus colaboradores interioricen los conceptos de prevención y pro actividad, promoviendo comportamientos seguros.

Artículo 102°.- INDUCCIÓN, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN

a. Todos los colaboradores tienen derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo seguro y saludable para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y bienestar.

b. Los derechos de consulta, participación, formación, vigilancia y control de la salud en materia de prevención, forman parte del derecho de los colaboradores a una adecuada protección en materia de SSO.

c. Los colaboradores tienen derecho a estar informados sobre los riesgos laborales vinculados a las actividades que realizan. Complementariamente, los empleadores comunicarán las informaciones necesarias a los colaboradores y sus representantes sobre las medidas que se ponen en práctica para salvaguardar la seguridad y salud de los mismos

d. Todo colaborador nuevo, antes de iniciar su actividad laboral, deberá realizar el proceso de inducción específica al puesto de trabajo.

e. PROINGCOM SAC. deberá cumplir con el proceso de inducción general básico a sus nuevos colaboradores, así como con su propio proceso de inducción al puesto de trabajo.

f. La información y capacitación en prevención de riesgos, deberá centrarse principalmente en: 1. Los factores de riesgos significativos presentes en el lugar de trabajo y relacionados

con las actividades a desarrollarse, en especial las de alto riesgo. 2. Las lecciones aprendidas generadas a partir de la ocurrencia de accidentes y/o

incidentes ocurridos en la operación. 3. Las recomendaciones sugeridas después de la realización y análisis de simulacros. 4. Educación para la Salud.

g. El responsable de SSO, deben establecer los canales de información sobre los aspectos relacionados con la SSSO.

X.- INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES

Artículo 103°.- RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE a. Todo accidente o incidente debe tener adecuados procedimientos para ser reportados,

investigados y analizados para tomar las medidas preventivas que eviten nuevamente la ocurrencia de estos eventos.

b. La notificación a las entidades correspondientes de los accidentes mortales, accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos serán realizadas dentro de los plazos y responsabilidades establecidas por la legislación vigente y por la normatividad del cliente, de acuerdo al tipo de evento o suceso acontecido.

c. Para las notificaciones y registros de los accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales se tendrán en cuenta los formularios o formatos exigidos o recomendados por la legislación vigente y por nuestro SGSSO.

d. Dichos formularios serán remitidos por los empleadores y los centros médicos asistenciales, en forma impresa y debidamente completados a la autoridad administrativa del trabajo dentro de los plazos y términos establecidos en el D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 104°.- En los puntos no contemplados en el presente reglamento para las normas que rigen la prevención en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, quedaran sujetos a lo establecido por la normativa vigente de mayor jerarquía legal DS N° 005-2012-TR Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, DS N° 024-2016 EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, RM N° 111-2013-MEM/DM Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad – 2013 y la Norma G 50 de Construcción, incluidas sus modificatorias. XI.- INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES

Artículo 105°.- Las sanciones tienen por objetivo, el involucrar a los colaboradores en la minimización de las pérdidas (resultado de incidentes personales o al proceso). Las medidas disciplinarias tienen una orientación correctiva antes que punitiva. Artículo 106°.- Las sanciones a los colaboradores se aplicarán conforme lo disponga el Reglamento Interno de Trabajo de PROINGCOM SAC.

a. Serán faltas leves, aquellas que contravienen al presente reglamento, pero que no ponen en peligro la seguridad física del colaborador, ni de otras personas.

b. Se considerará faltas graves, cuando por primera vez debido a ignorancia o inobservancia de los hechos, el colaborador pone en peligro su seguridad, de terceros y de los bienes de la empresa.

c. Se considera faltas muy graves, la reincidencia a las faltas graves, violación al presente reglamento interno que, con conocimiento del riesgo o mala intención, ponga en peligro su vida, la de terceros y/o de las instalaciones, equipos y bienes de la empresa.

Artículo 107°.- Se tomarán medidas disciplinarias contra los colaboradores que a sabiendas persisten en llevar a cabo prácticas inseguras o peligrosas para él, para los demás colaboradores y para la empresa; dichos casos serán vistos, estudiados y calificados. Las sanciones que podrá aplicar PROINGCOM SAC de conformidad al Reglamento Interno de Trabajo y de acuerdo a la gravedad de la falta, serán:

− Amonestación verbal: Es ejecutada ante las denominadas faltas leves, con el propósito de que el colaborador tome conocimiento de lo ocurrido y enmiende su conducta.

− Amonestación escrita: Es ejecutada ante faltas leves o graves, que a criterio del jefe inmediato y/o de RRHH no ameriten una sanción mayor, con el propósito de que el colaborador tome conocimiento de lo ocurrido y enmiende su conducta

− Suspensión: Es la sanción disciplinaria que suspende temporalmente y de forma perfecta el vínculo laboral.

− Despido: Extingue la relación laboral, se encuentra regido por la ley. Artículo 108°.- PROINGCOM SAC podrá dar por terminado el contrato de trabajo, previo visto bueno por no acatar las medidas de seguridad y salud ocupacional exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar sin debida justificación las prescripciones y dictámenes médicos.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE Artículo 109°.- Los colaboradores están obligados a acatar las medidas de seguridad y salud ocupacional determinadas en los reglamentos y facilitados por el empleador. Su omisión constituye justa causa para la terminación del contrato de trabajo.

Artículo 110°.- El orden de enumeración de estas sanciones no significa que deben aplicarse correctivamente o sucesivamente. Cada sanción debe de adecuarse a la naturaleza y gravedad de la falta, a los antecedentes disciplinarios del colaborador, a las disposiciones legales vigentes y a las políticas de PROINGCOM SAC, siendo aplicadas de acuerdo a su solo y exclusivo criterio. Artículo 111°.- INCENTIVOS

a. PROINGCOM SAC. incentiva y motiva a sus colaboradores a que cumplan con las normas de SSO establecidas por la empresa, para ello ha establecido en sus procedimientos internos los reconocimientos verbales y escritos, por hechos relevantes para los resultados del área o de la organización.

b. Felicitaciones y comunicación al personal de todos aquellos logros y mejoras implementados que prevengan la ocurrencia de accidentes.

c. En la evaluación del desempeño se revisa el grado de involucramiento en temas de SSO. d. Bono anual por baja accidentabilidad para lograr cero accidentes, según evaluación de la

Gerencia General. e. Premiación al reporte de accidentes en todos los proyectos e instalaciones. f. Premios por iniciativas de mejora continua. XII.- DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES

Artículo 106°.- Quedan incorporadas al presente RISST, todas las disposiciones contenidas en la normativa nacional vigente aplicable y políticas de PROINGCOM SAC. Se realizará la entrega de un ejemplar de mano a todo colaborador del presente RISST. Artículo 107°.- En los puntos no contemplados en el presente reglamento para las normas que rigen la prevención en materia de SSO, quedaran sujetos a lo establecido por la normativa vigente de mayor jerarquía legal según el sector.

ELABORADO POR REVISADO POR

Lourdes Chávez Isla Alan Álvarez Huayanay

Consultor externo SIG Jefe SSOMA

Fecha: 18.11.2019 Fecha: 9.12.2019

SISTEMA DE GESTIÓN DE SSOMAC Código : SIG.RI01 Versión : 00 Fecha : 14.11.2019 Página : 57 de 58

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE MIEMBROS DEL COMITÉ DE SSOMA – PROINGCOM SAC

APROBADO POR

Presidente del Comité SSOMA Secretario del Comité SSOMA

Fecha: Marco Antonio Romero Guia Fecha: Alan Alvarez Huayanay

Miembros del Comité SSOMA Miembros del Comité SSOMA

Fecha: Jhonatan Ildefonso Janampa Fecha: Michel Jara Caro

Miembros del Comité SSOMA Miembros del Comité SSOMA

Fecha: Santos Aguirre Rivera Fecha: Victor Cardenas Rezabal

SISTEMA DE GESTIÓN DE SSOMAC Código : SIG.RI01 Versión : 00 Fecha : 14.11.2019 Página : 58 de 58

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

MEDIO AMBIENTE

DECLARACION JURADA DE ENTREGA DE REGLAMENTO INTERNO DE

SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE – RISSOMA.

Sres.

Área de SSOMA

PROINGCOM SAC.

Yo, ………………………………………………………………………………………………...,

identificado con documento de identidad (DNI, CE, Otro) N° ………………………………..,

con domicilio en ………………………………………………………………………………….,

Distrito de ……………………………………, Provincia de …………………………………..;

me encuentro desempeñando el cargo de …………………………………………………….,

declaro bajo juramento:

Haber recibido, leído y entendido el presente documento, y me comprometo a cumplir

estrictamente lo consignado en el RISSOMA, el cual se encuentra de acuerdo a Ley

vigente.

Lo expresado, se hace bajo la forma de Declaración Jurada, en la fecha que se indica

líneas abajo.

Lima, …………de ……………………………………. del 20………..

Fecha: ………………………………. ___________________________ FIRMA DEL COLABORADOR HUELLA