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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUTCION EDUCATIVA “SANTA MARIA DE LOS

ANDES”

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CONCEPTO – BASE LEGAL – ALCANCES

Art.1. El presente Reglamento Interno es un documento de gestión y control

institucional que norma la organización y funcionamiento de la Institución Educativa Privada “Santa María de los Andes”

Art. 2. Se sustenta en las siguientes disposiciones: ▪ Constitución Política del Perú. ▪ Ley N° 28044, Ley General de Educación ▪ Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia

en las Instituciones Educativas Públicas. ▪ Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público

esencial. ▪ Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo ▪ Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones

educativas. ▪ Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad ▪ Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la

Calidad Educativa. ▪ Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley

N° 26510 ▪ Resolución Ministerial N° 0234-2005-ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005,

sobre evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de la Educación Básica Regular. ▪ Resolución Ministerial N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para

la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación. ▪ Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley

que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas. ▪ Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044 Ley

General de Educación. ▪ Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley

de Reforma Magisterial. ▪ Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política

Educativa Nacional 2012 - 2016 ▪ Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial

Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016 ▪ Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-

MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.

▪ Resolución Ministerial N° 0572-2015-ED Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2016

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Art. 3. El presente reglamento alcanza al Personal Directivo, Jerárquico Docente, Psicólogo, Administrativo, de Mantenimientos, Padres de Familia y Alumnas de la Institución Educativa Privada “Santa María de los Andes” ORGANIGRAMA

PROMOTORIA

DIRECCION

COORDINACION

INICIAL

COORDINACION PRIMARIA

ORGANOS DE APOYO PERSONAL

ADMINISTRATIVO APAFA

PERSONAL

MANTENIMIENTO

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CAPITULO II

CREACION, AXIOLOGIA, OBJETIVOS, ADMINISTRACION, SERVICIOS QUE BRINDA, FUNCIONES GENERALES

Y ESTRUCTURA ORGANICA

Art. 4. Son fines del presente reglamento: a) Regular el funcionamiento de la Institución Educativa b) Establecer las funciones generales y estructura organiza de la I.E c) Delimitar las funciones específicas de los órganos y miembros que lo

integran d) Promover la participación activa del personal Directivo, Jerárquico,

Docente, Administrativo, de Mantenimiento, Alumnos y Padres de Familia, en las acciones educativas de la I.E

Lograr una adecuada organización administrativa y pedagógica de la I.E Art. 5. La Institución Educativa “Santa María de los Andes” TIENE SU DOMICILIO LEGAL EN EL

DISTRITO DE San Sebastián, APV Granja Huerta “Santa María” B-3 de la ciudad del Cusco

Art. 6. El colegio se orienta hacia los siguientes fines:

a) Propiciar una formación integral del educando b) Brindar una educación acorde con los principios y los fines de la Educación

Peruana c) Fortalecer la conciencia Cívico – Patriótica d) La educación de la voluntad

Art. 7. El lema de nuestra Institución Educativa es: “La Educación de la voluntad con la participación a activa de los padres de familia”

Art. 8. Tiene los siguientes objetivos generales: a) Promover un proceso educativo transformador y trascendente b) Formar una comunidad educativa que viva su identidad católica c) Desarrollar lineamientos educativos a la luz de los valores humanos, cívicos

y cristianos d) Velar por el desarrollo óptimo de las actividades educativas e) Garantizar la eficiencia docente, procurándoles un ambiente estimulante

para el trabajo en equipo, el estudio, la investigación y la experimentación

Art. 9. Tiene los siguientes objetivos específicos:

a) Desarrollar la identidad nacional, conociendo, valorando, cultivando una conciencia crítica y preservando la cultura.

b) Vivir los valores dentro de un clima armónico para que por la estima y práctica de ellos, la alumna se realice como persona y actúe como cristiana.

c) Educar para la paz y la justicia como fundamento de una sociedad participativa y fraterna, defensora de los derechos humanos propiciando la apertura a los menos favorecidos

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d) Promover una formación integral de la persona mediante el desarrollo armónico de todas sus potencialidades y capacidades

e) Crear hábitos de trabajos para poder afrontar las nuevas situaciones y participar en la formación de la sociedad peruana

f) Favorecer una educación personalizada y liberadora para que nuestras alumnas sean ellas mismas artífices de su propio proyecto de vida

Art. 10. De la Administración: a) Designa y ratifica a la Directora para que se encargue del funcionamiento

académico y administrativo b) Es responsable de la orientación axiológica, académica y administrativa del

plantel c) Le corresponde todo lo referente a convenios, contratos y estudios de

posibilidades para el uso extraordinario de la capacidad instalada d) Cautela el cumplimiento de las remuneraciones, servicios sociales

pensiones, becas, contabilidad

Art. 11. Brinda los siguientes servicios: Turno: Diurno

a) Educación Inicial de Menores b) Educación primaria de Menores c) Educación secundaria de Menores

Art. 12. Cumple las siguientes Funciones:

a) Programar las acciones educativas, ejecutar y evaluar de acuerdo a las normas la política educativa del Ministerio de Educación y las características de la comunidad local

b) Organizar el trabajo pedagógico en función de las características de la comunidad local, de la educación inicial y primaria

c) Desarrollar, evaluar y adecuar los programas curriculares de educación primaria e inicial procedentes del Ministerio de Educación

d) Proponer, desarrollar y evaluar planes de estudio de acuerdo a las características de la población educativa

e) Coordinar con los colegios del ámbito de influencia, respecto a las acciones y gestiones educativas, así como con las instituciones públicas y privadas sobre aspectos que contribuyen a otorgar una óptima formación de los alumnos.

f) Brindar orientación psicológica y espiritual a las alumnas y si es necesario a la familia para una mejor integración social y equilibrio emocional de las mismas

g) Brindar orientación educativa a través del plan de servicio de Tutoría promoviendo la activa participación de los padres de familia

h) Promover una permanente participación de los padres de familia en actividades educativas, culturales, laborales, religiosas, recreativas que organice la Institución Educativa

i) Promover permanentemente actividades cívico – patrióticas y religiosas que contribuyan a crear conciencia de los valores morales y religiosos

j) Promover y participar en certámenes de intercambio de experiencias técnico – pedagógicos, deportivos, artísticos y religiosos.

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k) Informar permanentemente a los padres de familia acerca de la evaluación del progreso de sus hijas y las actividades que realiza la Institución Educativa

l) Fomentar un clima armónico y de desarrollo entre todos los miembros del personal

m) Realizar acciones de proyección social a la comunidad

Art. 13. La Institución Educativa, para cumplir las funciones generales definidas en el artículo anterior, tiene la siguiente estructura orgánica:

A. ORGANO DE DIRECCION

▪ Dirección del Colegio

▪ Sub – Dirección Académica

B. ORGANO DE EJECUCION

▪ Sub – Dirección Académica

▪ Asesores académicos (Primaria –inicial-secundaria)

▪ Coordinación de tutoría

▪ Profesores de Aula

▪ Profesores por horas

▪ Departamento Psicopedagógico

▪ Departamento de Mantenimiento

C. ORGANO DE ASESORAMIENTO

▪ Ministerio de Educación

▪ UGEL Cusco

D. ORGANO DE APOYO

▪ Asistencia Social

▪ Secretaria

▪ Auxiliar de Educación

▪ Bibliotecaria

▪ Personal de mantenimiento

E. ORGANO DE COORDINACION Y PARTICIPACION

▪ Comité de Apoyo de Padres de Familia

▪ Comités de Aula

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CAPITULO III

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES A) ORGANO DE DIRECCION Art. 14. Del director(a):

La Directora de la Institución educativa es designada y ratificada por la promotoría de la I.E. Es un cargo de confianza. Para ser nombrada Directora del Colegio debe cumplir los requisitos que señalan las normas legales vigentes. La Directora es la primera autoridad de la I.E, es responsable de la programación, organización, coordinación y conducción, desarrollo supervisión, evaluación, implementación y control de todas las acciones técnico-pedagógicas, administrativas y de los diferentes servicios que brinda. Cumple las siguientes funciones: a) Representa legalmente a la Institución. b) Formula, coordina, ejecuta y evalúa el Plan Educativo Institucional (P.E.I).

El proyecto Curricular de Centro (PCC), Reglamento Interno, Plan de Estudios, Plan Anual de Trabajo, con la participación del pleno de profesores.

c) Vela por el cumplimiento de los objetivos educacionales. d) Organiza y dirige el Servicio de Supervisión Educativa. e) Preside las reuniones técnico pedagógico, administrativo y otras

relacionadas con los fines del colegio. f) Organiza el proceso de matrícula. Autoriza traslados. Expido Certificados

de Estudios. g) Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa la labor del personal a su

cargo. h) Asesora al Comité de Apoyo de Padres de Familia y cautela su movimiento

económico. i) Promueve la cooperación de instituciones locales para mantener los

servicios educativos que brinda en la infraestructura del plante. j) Formula los cuadros estadísticos y gráficos referentes al sistema de

evaluación y su rendimiento por área para realizar estudios comparativos a fin de tomar medidas correctivas adecuadas.

k) Realiza otras funciones que le asigne la Dirección de la I.E. Art. 15 De la asesoría Académica General Depende de la Dirección y es nombrada por Resolución Directoral, su

responsabilidad es la programación, organización, coordinación y evaluación de las actividades técnico – pedagógicas.

Cumple las siguientes funciones:

a) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades del Plan Educativo Institucional (P.E.I), Reglamento Interno, Plan de Estudios, Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa

b) Supervisa las actividades de las Asesorías Académicas por ciclos y nivel c) Supervisa y asesora las actividades del Departamento de Psicopedagogía

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d) Controla la asistencia del personal docente e) Participa en la selección del personal que se integra a la I.E. f) Participa en la comisión del Cuadro de Distribución de Horas g) Atiende a PP.FF. y visitantes sobre asuntos técnicos pedagógicos h) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades técnico – pedagógicas

de los docentes en coordinación con la Directora y las Asesorías Académicas i) Promueve cursos de capacitación docente en el Institución Educativa j) Formula los cuadros estadísticos y gráficos referentes al sistema de

evaluación y su rendimiento por área para realizar estudios comparativos a fin de tomar medidas correctivas adecuadas.

k) Realiza otras funciones que le asigne la Dirección del Colegio

B) ORGANO DE EJECUCIÓN Art. 16. Asesores Académicos

Los Asesores de Educación Inicial, Primaria y secundaria, designados por la Dirección a través de Resolución Directoral son docentes responsables de la orientación, monitoreo, coordinación, supervisión y evaluación de las acciones educativas de su respectivo ciclo y nivel. Las Asesorías de Primaria y Secundaria dependen directamente de la Asesoría Académica General. Funciones:

▪ Estrictamente las técnico Pedagógicas y otras que le designe la Dirección o el órgano inmediato superior (UGEL CUSCO)

▪ Participa en la formulación del Plan Educativo Institucional, Reglamento Interno, Plan Anual de Trabajo y Proyecto Curricular de la Institución Educativa.

▪ Asesora, supervisa, evalúa el desarrollo curricular de su competencia, relacionando sus acciones con las demás áreas técnico-pedagógicas.

▪ Orienta, supervisa y evalúa a los docentes en las diferentes áreas y asignaturas a su cargo.

▪ Reúne periódicamente a los docentes a su cargo a fin de intercambiar experiencias sobre el desarrollo de la programación curricular, métodos, estrategias y problemática educativa.

▪ Asesora a los profesores a su cargo en la planificación de las actividades técnico-pedagógicas.

▪ Informa mensualmente a la Asesoría Académica General sobre la supervisión de los docentes a su cargo.

▪ Atender a los Padres de Familia.

▪ Realiza funciones propias de su nivel.

▪ Participar en la selección del personal que se integra a la I.E.

Art. 17 De Área de Actividades: Depende de la Asesoría Académica General Docentes que tienen la responsabilidad de programas, organizar y evaluar todo lo relacionado a las actividades. Cumplen las siguientes funciones: a) Participa en la programación general y especifica del Plan Anual de trabajo

de la Institución Educativa.

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b) Promueve, organiza, orienta, ejecuta y evalúa las actividades, eventos, certámenes y otros relacionados con la participación de la comunidad educativa.

c) Formula, controla y evalúa las acciones del calendario cívico escolar del colegio.

d) Estimula, orienta y supervisa la organización del personal y alumnado para canalizar su participación durante todo el año escolar.

e) Informar periódicamente a la Dirección y Asesoría Académica General de las actividades con los diversos departamentos a fin de que se cumplan los objetivos programados.

f) Supervisar, monitorear y evaluar los Proyectos de los equipos de trabajo. g) Canalizar el requerimiento de materiales necesarios para la realización de

las actividades.

Art. 18 Del Departamento de Psicología Depende de la Dirección Profesional Responsable de diagnosticar, evaluar y tratar los casos problemas derivados por el Departamento de Tutorías y Dirección. a) Formula y ejecuta el Plan de Trabajo de su área. b) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo

Anual de la Institución Educativa. c) Promueve un clima armónico entre los docentes, padres de familia y las

educandas. d) Presta atención especializada a los alumnos con problemas de conducta y

aprendizaje, derivados por la Coordinadora de tutorías. e) Informa a la Coordinación de Tutoría, profesores de aula y tutores sobre el

seguimiento de los casos detectados para brindar un mejor servicio. f) Trabaja con terapia familiar. g) Programa y promueve charlas formativas y de prevención sobre temas

relacionados con su área con la participación de las tutoras, alumnas y padres de familia.

h) Informa periódicamente a la Dirección acerca del cumplimiento de sus actividades.

i) Cumple otras funciones afines que le asigne la Dirección del colegio. j) Apoya las acciones de Proyección Social.

Art. 19 De los Profesores Por Horas:

Los profesores por hora tienen la responsabilidad de la conducción del proceso de aprendizaje del alumnado a su cargo. Dependen de la Dirección de la I.E.

Cumplen las siguientes funciones: a) Participar en la elaboración, revisión, ejecución y evaluación del Plan de

Trabajo Anual, Plan Educativo Institucional, Proyecto Curricular y Reglamento interno.

b) Cumplir estrictamente el Reglamento interno de la I.E. c) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares.

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d) Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de acuerdo con las normas legales vigentes y cumpliendo con la elaboración de la documentación.

e) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y estrategias, de trabajo educativo, así como de los eventos de actualización profesional espiritual organizados por el Colegio.

f) Cumplir con el horario establecido para el dictado de clases. g) Integrar las comisiones de trabajo anual y colaborar con la Dirección del

Colegio, en las acciones que permitan el logro de los objetivos del nivel y axiología de la Institución Educativa.

h) Orientar permanentemente a las alumnas y velar por su seguridad durante su permanencia en el plantel.

i) Contribuir en acciones de mantenimiento del colegio y conservación de los bienes.

j) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de las alumnas en el horario indicado.

k) Organizar y preparar el material didáctico con la colaboración de las alumnas y padres de familia.

l) Asistir a reuniones convocadas por la Dirección y Asesoría Académica. m) Organizar charlas, concursos, competencias, etc. n) Informar a la Asesoría Académica General del cumplimiento de sus

funciones. o) Cumplir las funciones afines que le asigne la Dirección del Colegio.

Art. 20 De los Profesores de Aula: inicial, primaria y secundaria Dependen de la Dirección

Cumplen las siguientes funciones: 1) Cumplir estrictamente el Reglamento Interno de la I.E.P Santa María de los Andes 2) El docente debe registrar su asistencia al ingresar y salir de la I.E. 3) Participa en las acciones programadas de investigación, experimentación de nuevos

métodos de trabajo y técnico pedagógico. 4) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación de los documentos de gestión (PEI,

PCI, RIN, PAT, IGA). 5) Cumple con sus horas pedagógicas, si faltase deja su sesión de aprendizaje para atender

a las alumnas. 6) El docente que solicite permiso deberá recuperar las horas EFECTIVAS pedagógicas. 7) Integra las comisiones de trabajo y colabora con la Dirección de la Institución Educativa

en acciones que permita el desarrollo y logros de objetivos para el bienestar intelectual de los mismos.

8) Coopera en las acciones permanentes con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento del alumnado.

9) Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares y las extracurriculares. 10) Colabora en las acciones de tutoría y disciplina. 11) Organiza y ambienta el aula preparando el material didáctico con la participación de las

alumnas y padres de familia. 12) Entrega oportunamente el resultado de las evaluaciones de las alumnas. 13) El personal docente con estabilidad laboral y contratado colabora en las actividades de

la Institución Educativa y participara con los mismos derechos y obligaciones.

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14) Las vacaciones de fin de año para los docentes serán cuando concluya el año escolar y la entrega respectiva de todas las documentaciones a la Dirección; así como la programación del año siguiente.

15) Todo el personal docente deberá asistir a las actividades cívicas, actuaciones con carácter de obligatoriedad.

16) Apoyar obligatoriamente en las actividades permanentes. 17) Orientar al educando para el depósito y clasificación de material de desecho en aula y

patio (Inicial, primaria y secundaria) 18) El docente que le toca dictar clases en la última hora se encargara que las alumnas salgan

formadas del aula hasta el portón de entrada bajo responsabilidad del caso. 19) Todos los docentes tienen la obligación de velar por el orden manteniendo la limpieza y

conservación del aula e instalaciones de la Institución.

20) Participa en la elaboración, revisión, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual, Plan Educativo Institucional, Proyecto Curricular y Reglamento Interno.

21) Programar, desarrollar y evaluar las actividades de conformidad con la Ley General de Educación de la Institución Educativa y el presente Reglamento.

22) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares de acuerdo a las normas emanadas del Ministerio de Educación, la UGEL Cusco y el Plan Educativo Institucional.

23) Desarrollar el Plan de Estudios del ciclo y nivel con la distribución de horas diseñadas por la I.E.

24) Cumplir con el horario académico establecido para el nivel. 25) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos

métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional y espiritual organizados por el colegio o por instituciones superiores.

26) Integrar las comisiones de trabajo anual y colaborar con la Dirección del Colegio, en las acciones que permitan el logro de los objetivos del nivel y axiología de la Institución Educativa.

27) Orientar a los educandos 28) Cumplir con sus turnos de vigilancia en recreo y velar por la seguridad de las educandas

durante el tiempo de permanencia en la Institución Educativa y en sus inmediaciones. 29) Realizar acciones de recuperación pedagógica. 30) Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación del local, mueble y bienes

de la institución y ser responsable del mantenimiento de su aula. 31) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre

asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de las alumnas. 32) Preparar material educativo para el desarrollo de las sesiones. 33) Mantener un clima propicio para el desarrollo armónico de una sesión de clase. 34) Participar en experiencias de estudios, investigación, experimentación de nuevos

técnicos y métodos de trabajo educativo. 35) Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección y Asesorías Académicas. 36) Informar a la Asesoría Académica del ciclo y nivel sobre el cumplimiento de sus

funciones. 37) Coordinar y evaluar el trabajo académico con los demás docentes del ciclo y nivel. 38) Cumplir las funciones afines que le designe la Dirección del Colegio para el cumplimiento

de los objetivos institucionales.

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ESTÍMULOS Y SANCIONES DE LOS ESTÍMULOS A LOS DOCENTES Los docentes que cumplan con sus funciones y realicen acciones excepcionales a favor de la educación, se harán acreedores de los siguientes estímulos:

1) Agradecimiento mediante oficios o Resolución Directoral. 2) Felicitaciones 3) Estímulo, materiales de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la entidad. (BONOS

DE PRODUCTIVIDAD)

FALTAS ADMINISTRATIVAS (PROHIBICIONES) 1) Incumplir las funciones del cargo o desempeño con negligencia. 2) Inasistencia y tardanzas a la Institución Educativa sin causa justificada. 3) Atentar contra la integridad física y moral de las estudiantes. 4) Faltar de palabra u otra a la autoridad educativa y colegas. 5) Permitir el ingreso de padres de familia al aula dentro de la jornada laboral. 6) Acumular tres tardanzas o más al mes. 7) Abandonar el salón de clases en horas de labor sin la debida autorización de su

coordinador o realizar actividades distintas a sus funciones. 8) Registrar indebidamente su asistencia o alterarla. 9) Solicitar o motivar a los padres de familia la compra de textos escolares.

SANCIÓN AL PERSONAL DOCENTE 1) Amonestación verbal, en caso de reincidencia se dará por escrito. 2) Por tres tardanzas o más al mes. ( se considera como falta grave si no existe justificante

que amerite) 3) Primera vez llamada de atención verbal por el jefe inmediato superior.(coordinador) 4) Segunda reincidencia, amonestación escrita suscrita por la Dirección y descuento

respectivo. 5) Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor sin la debida autorización de su

jefe inmediato (coordinador) superior o realizar labores distintas a sus funciones. 6) Primera vez, llamada de atención verbal por el jefe inmediato superior. 7) Segunda reincidencia, amonestación escrita, suscrita por la dirección. 8) Suspensión y/o llamada de atención severa por la dirección de la institución.

Art. 21 De los Tutores, Dependen de la Coordinación de Tutoría. Cumplen las siguientes funciones:

a) Elaborar la Programación de Tutoría de su aula de acuerdo Plan Anual de la Institución Educativa.

b) Coordinar y dirigir la formación del Consejo Estudiantil del aula en forma democrática.

c) Organizar a las educandas para el desarrollo de actividades extracurriculares.

d) Organizar, asesorar y evaluar al Comité de Aula mediante reuniones periódicas de trabajo con la Directiva del Comité.

e) Revisar el libro de acta y caja del Comité de Aula periódicamente. f) Elaborar el Cuadro de Necesidades del aula en coordinación con los demás

tutores y padres de Familia. g) Derivar los casos problemas que no puedan dar solución a la Coordinación

de Tutoría.

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h) Presentar a la Dirección informes permanentes sobre las siguientes esferas Académicas Personal Social y Promoción de la Salud.

i) Controlar mensualmente la agenda de control, llenar libretas y presentar informes.

j) Controlar semanalmente el cuaderno de incidencias. k) Citar a reuniones según agenda, previo conocimiento de la Dirección y

autorización respectiva. l) Presidir las reuniones técnicas pedagógicos bimestralmente en el aula de

tutoría, entregar libreta a los padres de familia. m) Cumplir funciones afines que le designe la Dirección.

C) ORGANO DE APOYO Art. 22 De la Auxiliar de Educación: Técnica Especialista en Educación. Depende de la Dirección del Colegio y cumple las siguientes funciones:

a) Orientar el comportamiento de las alumnas desde su ingreso a la salida de la I.E. en armonía con las normas establecidas y llevar el registro anecdótico de incidentes de alumnos a su cargo.

b) Mantener actualizado el Registro de Asistencia y control de las alumnas por grados y secciones, informando sobre las alumnas que inasisten con frecuencia o lleguen tarde, procurando sugerir posibles soluciones.

c) Elaborar información sobre las causas de inasistencias y tardanzas de las alumnas que observan estos problemas.

d) Orientar a las alumnas en la formación moral, así como en la presentación, urbanidad y buenos modales.

e) Cooperar eficazmente con el personal jerárquico y docente del plantel para que la moralidad, buenas costumbres y el orden sean las normas permanentes de la vida escolar.

f) Revisar periódicamente la agenda de las alumnas para verificar si son firmadas por los padres de familia y selladas por el colegio.

g) Revisar periódicamente el cuaderno de incidencias y llevar un control par evaluación de la conducta.

h) Llevar un registro de firmas para verificar la autenticidad de los documentos que están firmados.

i) Solucionar en primera instancia los actos de indisciplina de las alumnas. j) Ejecutar visitas periódicas a los diferentes ambientes del colegio para velar

por el cumplimiento de las normas disciplinarias especialmente en horas de recreo.

k) Participar en las reuniones de tutoría y de la Comisión de disciplina cuando lo solicite el mismo.

l) Emitir informe sobre conductas inadecuadas. m) Atender a las alumnas en caso de emergencia, alimentación, reposo, aseo,

cambio de ropa, afecto y recreación. n) Llevar el control de asistencia diario, de los docentes a las aulas y dar parte

a la Dirección. o) Verificar el cambio de hora. p) Controlar el archivo de los exámenes bimestrales. q) Participar en la matrícula y otros, que la Dirección le asigne.

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r) Realizar el control del ingreso diario, la formación y la salida de las alumnas, así como en las actuaciones cívicas – patrióticas y religiosas que se celebre en el colegio o fuera de él.

s) Coordinar con las tutoras para fomentar hábitos de disciplina, puntualidad, higiene y estudio entre las alumnas.

t) Responsabilizarse y vigilar el orden y aseo de los salones de clases, patios y los servicios higiénicos.

u) Pasar revista diaria de aseo y orden a todas las alumnas v) Controlar a los alumnos para que se presenten al colegio correctamente

uniformados. w) No permitir el ingreso a las aulas en horas de clase a personas ajenas al

colegio. x) Desarrollar acciones de su competencia, cuando falta un docente a la hora

de clases. y) Participar en la evaluación de la conducta de las alumnas bajo su

responsabilidad. z) Atender a los padres de familia para justificar las inasistencias y tardanzas. aa) Orientar el Consejo Estudiantil de la Institución Educativa colaborando con

el profesorado encargado de la conformación periódica. bb) Cumplir otras funciones afines a su cargo, asignados por la Dirección del

Plantel. cc) Comunicar a los docentes de las faltas y tardanzas justificadas de las

alumnas. Art. 23 De la Secretaria: Depende de la Dirección del colegio y cumple las siguientes funciones:

a) Orientar, asesorar y atender al personal docente, administrativo,

alumnado, padres de familia y público usuario sobre trámites documentarios en la Institución Educativa.

b) Controlar el registro de entrada y salida de los documentos y expedientes. c) Redactar diversos documentos emitidos por el Órgano Directivo. d) Hacer el seguimiento de los expedientes. e) Clasificar y disponer la documentación que ingresa por mesa de partes. f) Absolver consultas de carácter técnico administrativo en el área de su

competencia y emitir opiniones. g) Participar en reuniones y/o comisiones administrativas. h) Firmar los Certificados de Estudios Oficiales. i) Elaborar decretos de las alumnas por modificación de nombres y otros. j) Llevar el libro de Actas y visitas importantes de la Institución Educativa. k) Confeccionar los cuadros estadísticos y documentación que solicite la

superioridad. l) Velar por la seguridad del archivo y material estadístico a su cargo. m) Elaborar las nóminas y Actas de primaria, inicial y secundaria. n) Tramitar la compra de Actas, Certificados, Registro y Nóminas. o) Elaborar constancias de matrícula y constancias de vacante. p) Organizar por secciones el archivo de las carpetas personales de las

alumnas

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q) Realizar los cobros por conceptos de recursos propios. r) Registrar las notas de subsanación de las actas provisionales. s) Informar de las actividades ejecutadas al jefe inmediata superior t) Ejecutar agines que se asigne a la dirección.

Art. 24 Del personal de mantenimiento Depende de la dirección del colegio y cumple las siguientes funciones: a. Realizar trabajos de conservación y mantenimiento del local b. Ejecutar labores de vigilancia por todos los ambientes del colegio

asegurándose que los bienes y enseres estén en orden y en el mismo estado en que se los dejo.

c. Trasladar y acondicionar muebles y ejecutar labores manuales sencillas con el fin de efectuar arreglos y reparaciones en el local del colegio.

d. Limpiar y desinfectar ambientes, especialmente aulas de clase, servicios higiénicos y tanques de agua.

e. Velar por la seguridad y mantenimiento de los útiles de aseo. f. Encargarse del cuidado y conservación de los jardines y maceteros. g. Cuidar los servicios básicos (agua, luz). Registrar los daños y deterioros del

local. h. Dar cuenta de sus acciones y tareas a la dirección. i. Cooperar con el personal docente en la ambientación del local para el

desarrollo de actividades y proyectos educativos a novel institucional. j. Mantener relaciones de respeto con toda la comunidad educativa.

CAPITULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO A. DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO. Art. 25 En el mes de febrero y marzo, según la dirección lo indique el personal docente y

administrativo del colegio realizara lo siguiente: a. Acciones de planeamiento y organización del año lectivo. b. Formulación del diagnóstico Plan Educativo Institucional, Plan de Trabajo

Anual, PCC, revisión del Reglamento Interno, matricula, evaluación de recuperación, subsanación de cursos, programación curricular por grados y áreas, formulación del Calendario Cívico - Patriótico Escolar, diseño de la agenda escolar, preparación de listas de alumnado, ambientación de aula de clases.

c. Elaboración del cuadro de horas del Personal docente, elaboración del horario de clases y preparación del material educativo.

d. Determinación del personal responsable de las actividades extracurriculares.

Art. 26 El Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa, será elaborado, ejecutado y evaluado por la comunidad educativa. Aprobado por la dirección antes del inicio lectivo mediante Decreto Directoral correspondiente.

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Art. 27 El plan de Trabajo anual será elaborado teniendo en cuenta los planes de trabajo y estructuras curriculares del Ministerio de Educación y los propios del colegio teniendo en cuenta su característica de colegio convenio. Comprenderán los siguientes aspectos: Académicos, Promocional educativo Comunal, Orientación y Bienestar del Educando, Tutoría, Defensa civil, Calendario Cívico Escolar, Actividades educativas, Infraestructura Educativa, Supervisión y Evaluación Educativa figurando como elementos básicos del plan la caracterización

problemática, objetivos, determinación de metas, actividades y costos, fichas resúmenes de las actividades. Art. 28 El año lectivo en el colegio tiene una duración mínima de 38 semanas y con horas

afecto no menor de 900 horas en inicial y 1100 horas en primaria y 1250 horas en el nivel secundario.

B. DE LA PORGRAMACIÓN CURRICULAR:

Art. 29 Para elaborar la programación curricular de la I.E se realizará en dos etapas:

anual y unidades didácticas, teniendo en cuenta los documentos normativos vigentes. a. La Programación Curricular se realizará en el mes de marzo, la

reprogramación para Primaria y Secundaria se realizará en forma bimestral b. Todos los docentes elaborarán sus unidades didácticas por grados y/o

áreas, las que serán revisadas por las asesorías académicas antes de ejecutarlas

c. La programación curricular será elaborada en base a los lineamientos proporcionados por la Cusco contrastados por la realidad y los propios del colegio

d. Los docentes entregaran una copia de la programación a la Asesoría Académica General, antes del inicio del año escolar

e. Las unidades didácticas se desarrollarán de acuerdo al cronograma establecido cronograma establecido.

Art. 30 La Programación del Área de Educación Religiosa se elaborará en base a los programas elaborados por las autoridades eclesiásticas autorizadas por el Ministerio de Educación.

C. DE LA SUPERVISIÓN EDUCATIVA:

Art. 31 La supervisión educativa es de responsabilidad del personal directivo y

jerárquico comprende acciones de asesoramiento, verificación y monitoreo del proceso enseñanza -aprendizaje y está orientado a optimizar el programa curricular la acción educativa y la evaluación de las alumnas y docentes y personal

Art. 32 La supervisión interna se ejecutará en base a un plan o instrumentos previamente elaborados.

Art. 33 La supervisión será opinada e inopinada, la primera se efectuará por lo menos una vez por trimestre y la segunda cada vez que se crea conveniente.

Art. 34 La supervisión opinada abarcará todos los aspectos específicos determinados previamente por el supervisor y la comisión correspondiente.

Art. 35 El procedimiento de datos de la Supervisión debe emitirse al personal responsable, tomar acciones correctivas pertinentes e informar a (a superioridad.

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D. LOS RECURSOS DIDÁCTICOS

Art. 36 La Biblioteca deberá tener una relación detallada de los recursos didácticos de

la Institución Educativa para el conocimiento de los docentes. Art. 37 Los textos escolares constituyen materiales auxiliares que complementan la

acción de fa profesora en la selección de tareas escolares de las alumnas debidamente clasificadas, programadas y coordinadas.

Art. 38 El requerimiento de utiles escolares debe cubrir las necesidades de los alumos y se adquirira progresivamente de acuerdo a las necesidades de aprendizaje.

Art. 39 Las tareas fuera del jorario de clase se asigna con fines de afianzamiento de los contenidos desarrollados por el profesor. Estas tareas deben ser dosificadas, variadas, agiles y compatibles con la responsabilidad de las alumnas y de acuerdo a su realidad familiar y social. El docente orientara la forma de realizar tareas indicando la bibliografía básica. La actualización y renovación d elos recursos didácticos debe ser permanente.

Art. 40 La metodologia seleccionada por el profesor deberá estar en concordancia con los recuros didácticos existentes en el colegio y el material solicitado a las alumnas en los diferentes grados y áreas.

Art. 41 Todo material educativo que exista en la Institución educativa estará al servicio de las alumnas y profesores de primaria e inicial .

CAPITULO V

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 42 El servico admistrativo del colegio se regirá por celeridad, simplicidad y eficiencia que dispone las nomas ganerales del proceso administrativo.

Art. 43 Para solicitar un servicio al colegio se debe seguir el siguiente procedimiento:

▪ Solicitar informacion en secretaria.

▪ Cumplir con los requisitos de formalidades establecidas.

▪ Presentar una solicitud en base al formato de trámite

▪ Esperar el resultado dentro del término y plazos establecidos por la ley. Art. 44 Todo documento se iniciara en la secretaria donde deberá estrgarse los

documentos faliados y nmerados para su registro con indicación de fecha y hora. Art. 45 Las solicitudes y peticiones deben ser atendidas en estricto orden de

presentación, salvo que se presenten dificultades que retarden su tramite y atención.

Art. 46 Las solicitudes atendidas y que impliquen entrega de documentos, será registrado en un libro o cuaderno donde el usuario deberña dejar constancia de su recepción

Art 47 Los variados servicios administrativos que ofrece el colegio se plasmara en el respectivo manual de procedimientos, documentos descriptivo y normativo que contienen en forma detallada las acciones que se siguen en la ejecución de los procesos generales para el cumplimiento de funciones.

Art. 48 El horario de atención al público será de 9:00 a.m. a 1:00 pm.

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Art. 49 Todo documento derivado a otra dependencia deberá regresar dentro del plazo

prudencial al área administrativa por el archivo correspondiente. Art. 50 El archivo deberá organizarse en un ambiente especial y los documentos

ordenados por rubro y en orden alfabético. Art. 51 Para las acciones de tesorería se emplearán libros y documentos que permitan

fluidez en la información mensual que necesariamente debe formularse. Art. 52 Toda actividad que se realice en el plantel deberá ser autorizada y supervisada

por la dirección. Art. 53 El personal directivo deberá hacer los requerimientos oportunos a las

autoridades pertinentes a fin de proveer de los recursos y materiales indispensables para el adecuado funcionamiento del colegio.

Art. 54 De todo material que ingresa y egresa deberá llevarse un control en un formato especial a fin de hacer verificaciones periódicas y tener información precisa de los saldos existentes.

Art. 55 El inventario de los bienes inmuebles del colegio se levantará cuando la supervisión lo disponga.

Art. 56 La actualización y verificación se efectuará anualmente con la participación de una comisión especial destinada para tal fin.

Art. 57 El inventario de altas y bajas se hará teniendo en cuenta solo la entrada y salida de bienes y enseres durante el año fiscal.

CAPITULO VI

DEL FUNCIONAMIENTO Art. 58. La institución Educativa funciona en el turno de la mañana en el siguiente

horario PRIMARIA: 7:45 a.m. a 2:15 p.m. INICIAL 8:00 a.m. a 1 :30 p.m. SECUNDARIA 7:45 a.m. a 2: 30 p.m.

Art. 59. La dirección funciona para atención al Público, en el turno de la mañana. Art. 60. El horario de entrada de los profesores de aula es de 7:40 a.m. con un máximo

de 5 minutos de tolerancia. Para profesores por hora es de acuerdo al horario elaborado por la Comisión de Horario.

CAPITULO VII

DE LA MATRICULA, EVALUACION Y CERTIFICACION DE LA MATRICULA Art. 61. La matrícula se hará en el mes de febrero y excepcionalmente en el mes de

marzo, para los que tiene prueba de ubicación, la cual se hará mediante Decreto Directoral.

La ratificación de matrícula es automática, pero para fines de estadística y esta se hará en la segunda semana de diciembre

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Art. 62. Ingresaran al primer grado de educación primaria quienes hayan cumplido 06

años de edad el Por excepción y si hay vacantes se podrá recibir a alumnas que se inscriban extemporáneamente

DE LOS TRASLADOS Art. 63. Las alumnas y alumnos que deseen tramitar su traslado a otro colegio de la

localidad, deberán presentar la constancia otorgada por la Institución Educativa de destino.

Art. 64. La Dirección del Colegio, ante una solicitud de traslado deberá otorgar a las alumnas los siguientes documentos:

▪ Ficha Única de Matricula

▪ Partida de Nacimiento

▪ Certificado Oficial de Estudios de los grados de estudios concluidos

▪ Una constancia de las notas obtenidas en las evaluaciones de las alumnas, hasta la fecha que se produce el traslado, siempre que este se realice durante el año escolar.

Art. 65. La tramitación de traslado se efectuará hasta dos meses antes que finalice el año escolar (19 de octubre), debidamente justificadas y demostradas, se aceptara el traslado hasta el 30 de octubre

DE LA EVALUACION Art. 66. La evaluación de los alumnos se realizará en forma integral, flexible y

permanente. Sus objetivos: a) Conocer la capacidad lograda por la alumna y obtener información acerca

de los elementos que influyen en el proceso de aprendizaje a fin de adoptar las medidas que permitan alcanzar los objetivos del trabajo educativo

b) Estimular el esfuerzo de la alumna brindándole los incentivos necesarios para el desarrollo de sus capacidades.

c) Proporcional información a los padres de familia y alumnas sobre el avance y logros del aprendizaje

Art. 67. La evaluación de la alumna se realizará en forma integral, flexible y permanente. Sus objetivos: a) Evaluación de entrada al inicio del año escolar b) Evaluaciones de proceso formativo durante el desarrollo de competencias,

capacidades y actitudes, mediante la descripción, interpretación y verificación de los indicadores de logro o de criterio de cada unidad de aprendizaje o proyecto.

c) Evaluación Final o de Salida trimestral al término de cada trimestre d) Evaluación de subsanación o cursos a cargo se tomará entre junio y

noviembre en conformidad con el Art. 36 de las Normas de Evaluación de Educación Secundaria de Menores

DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA Art. 68 Al término del año escolar la situación de las alumnas es la siguiente:

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a) Son promovidas de grado si aprueban todas las áreas correspondientes al año que cursa

b) Repiten de año en primaria si tienen promedio final C en Matemática y Comunicación; en secundaria si tienen cuatro o más áreas desaprobadas

c) Rinden examen de recuperación en primaria en el mes de febrero las alumnas que no alcanzan la escala literal establecida por norma del Ministerio de Educación y en secundaria las alumnas que tengan de una a tres áreas desaprobadas

d) Repiten de año en primaria las alumnas de 2º al 6° grado que después de la evaluación de recuperación en 'febrero; no alcanzan los calificativos requeridos para ser promovidas.

e) Realizada, la evaluación de recuperación, en secundaria, son promovidas de grado, si aprueban todas las áreas que fueron materia de desaprobación, así mismo, si tienen un área desaprobada será llevada como subsanación y repiten el grado si tienen dos o más áreas desaprobadas.

CAPÍTULO VIII

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES. PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

Art. 69 Son derechos de la Directora de la I.E: a) Gozar de descanso vacacional y de licencias por enfermedad de acuerdo a

ley. b) Percibir una remuneración justa. c) Registrar servicios asistenciales ofrecidos por Essalud. d) Recibir estímulos y alicientes por trabajos extraordinarios realizados en

bien de la educación. e) Participar en la ejecución y evaluación del Plan Educativo Institucional,

Proyecto Curricular del centro. Reglamento Interno, Plan de Trabajo Anual del Colegio.

f) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos políticos o sindicales, para los goces y beneficios correspondientes del Estado o Seguridad Social

g) Recibir capacitación y perfeccionamiento por parte de los órganos del Estados para mejorar la acción educativa.

Art. 70 Son atribuciones de la Directora de la I.E: a) Aprobar el Plan Educativo Institucional, el Proyecto Curricular del Centro,

el Reglamento Interno de la Institución Educativa. b) Aprobar el Plan Anual de Trabajo. c) Presentar el Cuadro de Horas por triplicado. d) Aprobar el horario de clases la segunda semana de marzo. e) Cerrar la matrícula a un mes de iniciado las clases. f) Aprobar la matrícula a más tardar la primera quincena de abril

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g) Aprobar mediante Decreto las vacantes para los diferentes grados de primaria y secundaria.

h) Autorizar los traslados de matrícula hasta dos meses antes que termine el año escolar.

i) Decretar la exoneración del curso de Educación Física a la alumna que lo solicite.

j) Autorizar visitas de estudios y excursiones dentro del ámbito departamental y nacional en coordinación a las Directivas señaladas.

k) Matricula de oficio al menor abandonado en peligro moral y poner el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes

l) Autorizar las rectificaciones de nombres y apellidos de las alumnas en los documentos pedagógicos, oficiales de acuerdo a las normas establecidas.

m) Autorizar los traslados de matrículas, exoneración de áreas y aplicación de pruebas de ubicación

n) Estimular y sancionar según el caso a las alumnas del colegio, de conformidad con lo normado en el presente Reglamento Interno

o) Otorgar permiso al personal a su cargo, hasta 3 días al año, en caso debidamente justificado, informando al escalón inmediato superior correspondiente.

p) Llamar la atención, verbal o por escrito al personal del colegio por incumplimiento de sus funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al escalafón superior

q) Autorizar de acuerdo con las disposiciones vigentes al uso continuo de los ambientes y equipo de la Institución Educativa, por instituciones de la comunidad para fines educativos y culturales

r) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus funciones, como en otro que redunda en beneficio de la alumna, del colegio o la comunidad. En estos casos reconocimiento por Resolución

s) Dar permiso al personal cuando éste fuera en cumplimiento de sus funciones o en caso de necesidad apremiantes

t) Pedir la coordinación con los maestros y personal de la Institución Educativa para elaborar los documentos técnico - pedagógicos.

CAPITULO IX

DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ALUMNOS. Son los siguientes: ARTÍCULO 71.- Los alumnos tienen derecho a:

a) Recibir una formación integral y protección que brinde seguridad moral y física. b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación de ninguna índole. c) Recibir estímulos en merito a su aprovechamiento y conducta. d) Expresar libremente sus ideas. e) Ser respetado como persona

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f) Participar en las actividades programadas por la Dirección de la Institución Educativa y por el aula.

ARTÍCULO 72.- Son deberes de los alumnos los siguientes:

a) Asistir con puntualidad al dictado de clases. b) Asistir a la Institución Educativa correctamente uniformados. c) Acatar las disposiciones dadas por la autoridad superior. d) Obedecer y respetar a sus superiores dentro y fuera de la Institución Educativa. e) Cuidar la infraestructura de la Institución Educativa y su mobiliario. f) Ser respetuoso con sus compañeros y compañeras. g) Demostrar honradez y cuidado por los útiles de los demás. h) Respetar la opinión vertida por sus compañeros y compañeras. i) Asistir con puntualidad a las actividades programadas por la Institución Educativa.

ARTÍCULO 73.- Está prohibido a los alumnos:

a) Valerse de recomendaciones para lograr algún favor. b) Faltar injustificadamente y llegar reiteradamente tarde. c) No asistir con el uniforme completo. d) Portar instrumentos punzantes que pudieran ocasionar algún daño físico a sus

compañeros y/o compañeras. e) Evadirse del local de la Institución Educativa.

ARTICULO 74.- De los estímulos

a) Los alumnos más destacados serán estimulados a través de: menciones honrosas, felicitaciones verbales y/o escritas y otros que se establezcan.

ARTICULO 75.- De las sanciones: a) Los alumnos que incumplan el reglamento serán sancionados mediante: amonestación

verbal y comunicación escrita a los padres y/o apoderados.

DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA

ARTÍCULO 76.- Son derechos de los padres de familia: a) Formar el Comité de aula o comité de apoyo b) Ser respetado como persona. c) Ejercer una autocrítica y ejercer su opinión. d) Ser informado sobre el rendimiento académico de sus hijos.

ARTÍCULO 77.- Son deberes de los padres de familia: a) Enviar a sus hijos debidamente aseados y uniformados. b) Colaborar con el docente en la conservación de la infraestructura y mobiliario del aula. c) Colaborar con el docente en el proceso educativo. d) Realizar actividades en beneficio del aula.

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DISPOSICIONES FINALES

▪ En caso de que se presente alguna situación no contemplada en el presente

Reglamento, será resuelta por la Dirección de la I.E

▪ El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de la

aprobación de la Dirección de la I.E con resolución Directoral, previa

entrega del trabajo de la comisión revisora del Reglamento.

▪ El personal docente y el alumnado en general está obligado a asistir y

permanecer en el plantel en las actuaciones, actividades extra curriculares

programadas especialmente en el aniversario y fiesta patronal de la

Institución Educativa, la no asistencia será sancionada.