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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 2018 ESCUELA 27 DE ABRIL EL HUAPE [email protected]

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REGLAMENTO INTERNO DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

2018

ESCUELA 27 DE ABRIL EL HUAPE [email protected]

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2 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Contenido I. FUNDAMENTOS EVALUATIVOS: .................................................................................................... 3

II. CONCEPTO DE EVALUACION: ....................................................................................................... 4

III. ESTRATEGIAS EVALUATIVAS:................................................................................................... 4

EDUCACIÓN PREESCOLAR ..................................................................................................................... 6

CAPITULO I Disposiciones Generales ..................................................................................................... 7

CAPITULO II De Las Evaluaciones ........................................................................................................... 8

CAPITULO III De las calificaciones ........................................................................................................... 9

CAPÍTULO IV De la promoción ................................................................................................................ 13

CAPITULO V Situaciones Especiales de Evaluación y Promoción ................................................... 15

CAPITULO VI Certificados y Disposiciones Finales ............................................................................. 16

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3 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

I. FUNDAMENTOS EVALUATIVOS:

1.- Referentes o estándares previamente establecidos: Los Planes y Programas

de Estudio en vigencia se estructuran sobre la base de conocimientos disciplinarios,

habilidades y actitudes que los alumnos deben desarrollar los cuales están insertos

en los OF y CMO que constituyen el marco de referencia que representa el acuerdo

adoptado por la Sociedad Chilena en cuanto a la formación deseable y posible de los

educandos. Lo anterior constituye el primer referente que debe considerar la

evaluación.

2.- Referentes específicos: Los constituyen las capacidades y valoraciones

propuestos en cada sector de aprendizaje y aquellos establecidos en el P.E.I. de la

Unidad Educativa y por sobre todos los referentes previamente establecidos por el

docente en su planificación y programación en torno a lo que espera de sus alumnos

durante el proceso o en períodos determinados. Los referentes anteriores son los

elementos claves para emitir un juicio de valoración de calidad.

3.- Evaluación de Procesos: Si el aprendizaje es un proceso, la evaluación también

lo es, de tal forma que debe estar sistemáticamente presente en todo proceso y no

debe ser una fase aislada o terminal, debe predominar la orientación pedagógica

más que la reglamentaria, el referente psicopedagógico y que está en concordancia

con los propósitos formativos de los nuevos planes y programas es el proceso

seguido por los alumnos y su progreso personal en relación a los estándares

deseables previamente establecidos, allí se encuentra el objeto principal de la

evaluación y su función más importante.

4.- Evaluación del desempeño: Para juzgar el desempeño de los alumnos la

evaluación debe ser planificada, programada, intencionada, secuenciada, requiere de

cambios en los procedimientos para recabar información de criterios claramente

establecidos y de las evidencias formales para la toma de decisiones más que con

fines de calificación.

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4 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

II. CONCEPTO DE EVALUACION:

1.-Consecuente con lo establecido en los referentes de los nuevos Planes y

Programas de Estudio y en el P.E.I., en esta Unidad Educativa se adoptará un

concepto de evaluación como un proceso sistemático y permanente cuya finalidad es

recoger información entorno a la forma en como los alumnos se aproximan a los

estándares pre-establecidos para apoyarlos en su proceso de aprendizaje

involucrando a las prácticas educativas y a los agentes directos en el logro de los

estándares propuestos para cada nivel.

2.-Del concepto anterior se desprende que la evaluación debe ser un proceso

permanente, su finalidad es recoger información para la toma de decisiones y no solo

calificar, y la responsabilidad es compartida en los resultados.

III. ESTRATEGIAS EVALUATIVAS:

1.- Las estrategias o tipos de evaluación que se aplicarán en el proceso enseñanza

aprendizaje dependerán de la intencionalidad con que se use la evaluación de parte

del profesor y del dominio pleno de los procedimientos, técnicas e instrumentos

según la realidad de sus alumnos, sin embargo los docentes deben ser

consecuentes con el presente reglamento el cual establece una evaluación de criterio

basada en referentes o estándares predeterminados para cada instancia, no

estableciendo grupos de comparación o determinando resultados en base al

rendimiento de los alumnos en particular.

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5 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

2.- El presente reglamento sin desmedro de otros tipos según el momento, extensión,

agente, establece según la intencionalidad los siguientes tipos de estrategias

evaluativas:

a) Evaluación Diagnóstica: su intencionalidad es conocer conductas de entrada con

que llegan los alumnos, es decir objetivos previos que sean necesarios para iniciar

con éxito los objetivos iniciales de los diferentes sectores de aprendizaje. Para

obtener dicha información el docente aplicará los instrumentos de evaluación que

más estime convenientes.

b) Evaluación Formativa: Su finalidad es recoger información durante el proceso a

través de distintas evidencias e instrumentos para ver como los alumnos se

aproximan a los estándares deseados, determinar fortalezas y debilidades para el

apoyo correspondiente predominando el aprendizaje sobre la calificación.

c) Evaluación Sumativa: Cuando la intención es calificar e informar sobre el logro

de objetivos o estándares deseados a mediano o largo plazo, cada docente debe

esmerarse en reunir el máximo de evidencias formales para fundamentar un juicio de

mayor calidad para cada alumno.

d) Evaluación Diferenciada: Los alumnos con impedimentos para cumplir ciertas

exigencias o determinadas actividades en alguno de los subsectores de aprendizaje

del Plan de Estudios los profesores respectivos informarán a la U.T.P. para efectos

de toma de conocimiento y aplicación de estrategias pedagógicas diferenciadas y

adaptadas a los ritmos y estilos de aprendizaje de dichos alumnos, diseñando

procedimientos evaluativos coherentes e ir progresando paulatinamente hacia el

sistema general.

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6 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

EDUCACIÓN PREESCOLAR

En la Educación preescolar, la acción evaluativa respeta la espontaneidad con que el niño y niña realiza todas sus actividades. De acuerdo con este principio, en este nivel se emplea principalmente la observación como técnica base para la evaluación de los niños y niñas en edad preescolar.

Los educadores de párvulos utilizan diversos instrumentos para registrar su observación de los niños y niñas a saber: Registro anecdóticos, lista de cotejo, escala apreciación y otros.

El instrumento para evaluar y determinar los niveles de logro es: “La pauta de evaluación para los aprendizajes esperados de los programas pedagógicos”, la cual se aplica tres veces al año.

Evaluaciones Instrumentos Periodo de Evaluación

Conceptos

Diagnostica Pauta de evaluación para los aprendizajes esperados según Programa pedagógico

Marzo-Abril Julio Diciembre

De acuerdo a lo anterior, esta pauta de evaluación considera 4 niveles de logro progresivos en cuanto a exigencia. 1.- NT1 nivel de logro anterior a primer nivel de transición. 2.- Nivel de logro de primer nivel de transición. 3.- Nivel de logro de segundo nivel de transición. 4.- Nivel de logro en Primer año de enseñanza general básica.

Evaluaciones por unidad

Se realizan mensualmente

Pautas de observación Mensual

Siempre, Frecuentemente, Rara vez y Nunca

En relación a la repitencia de los niños y niñas de educación preescolar, pueden volver a realizar el nivel, siempre y cuando se socialice con la familia y entrega de evaluación que muestre evidencia que no cumple con los requisitos mínimos para enfrentar el nivel o curso a seguir.

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7 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

CAPITULO I Disposiciones Generales

Artículo 1º Las disposiciones del siguiente reglamento se aplicarán en la Escuela

27 de Abril, reconocido por el decreto cooperador Nº 930/1981 Esta Unidad

Educativa imparte Educación Básica completa, además de 1º y 2º nivel de transición.

La Directora del establecimiento, de acuerdo a las normas y previo conocimiento de

la opinión del Consejo de Profesores, aprobará el Reglamento de Evaluación y

Promoción y la determinación de todos los aspectos administrativos

complementarios, proporcionando un extracto de los artículos pertinentes a los

apoderados, el cual se comunicará en la primera reunión de apoderados. La

planificación, coordinación y supervisión del proceso evaluativo estará a cargo del

Equipo Pedagógico del establecimiento, correspondiéndole a la Dirección la

responsabilidad última.

Artículo 2º Para efecto de la organización evaluativa, el año escolar comprenderá

dos períodos lectivos o semestres.

Cursos Decreto Plan de Estudio Decreto Evaluación y Promoción

1º a 6º N° 2960/2012 Nº 511/ 1997

7° y 8° N°628/2016 N° 511/1997

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8 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

CAPITULO II De Las Evaluaciones

Artículo 3º Las evaluaciones serán calendarizadas por cada profesor con 10 días de

anticipación y publicadas en el diario mural del curso. Además, se informará a los

apoderados a través de una comunicación. En la calendarización, se considerará no

más de una evaluación sumativa al día si pertenecen a la misma área. La calificación

deberá ser registrada en el libro de clases dentro de 7 días hábiles posteriores.

Artículo 4° Los procedimientos evaluativos y los resultados de los mismos serán

entregados a los alumnos(as), en un plazo no superior a 7 días hábiles, con la

finalidad de analizar y retroalimentar los objetivos no logrados, y en caso de que sea

necesario volver a evaluarlos.

Artículo 5° La escuela cuenta con una malla de conductas a ser trabajadas en cada

nivel escolar, que permite al alumno(a) desarrollar los Objetivos Fundamentales

Transversales que nos planteamos en su paso por nuestro establecimiento. Esto sin

perjuicio de priorizar algunas de ellas de acuerdo al diagnóstico del curso y a las

necesidades que éste presente. Esta evaluación se informará por escrito

semestralmente a través del Informe Personal y Social, el cual será fruto de un

proceso de acompañamiento y entrevista del profesor (a) jefe a cada alumno (a) y del

registro de la hoja de vida de cada alumno.

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9 Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

CAPITULO III De las calificaciones

Artículo 6° Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones de

los alumnos en cada una de las asignaturas del plan de estudio, a fin de registrarlas

al término del año escolar, se anotará en una escala numérica de 2.0 a 7.0. La

calificación mínima de aprobación deberá ser nota 4.0 con un dominio de un 60% de

los objetivos tratados.

Artículo 7° Las calificaciones se expresarán en forma cuantitativa desde 1º Básico a

8° básico en todas las asignaturas del plan de estudios.

Artículo 8° Si durante el año escolar, existe un cambio de establecimiento

educativo, la documentación que se entregue a los padres y apoderados deberá

estar en los mismos términos que la documentación oficial, (Actas, Certificados)

Artículo 9° Con respecto a los alumnos que ingresen al establecimiento después de

iniciado el año escolar, sus datos personales y sus calificaciones, deberán quedar

registradas en el Libro de clases, al momento de la matrícula por Inspectoría.

Artículo 10° La calificación semestral y anual en cada uno de las asignaturas desde

1° Básico a 8° básico, equivaldrá al promedio de las notas según corresponda y se

obtendrá con un decimal de aproximación.

Artículo 11° La calificación final obtenida por los alumnos(a) la asignatura de Religión, se hará con los conceptos Muy Bueno (MB), Bueno(B), Suficiente(S) e Insuficiente(I), y no incidirá en su promoción.

Artículo 12° El profesor jefe es el encargado de comunicar a los padres y apoderados de las calificaciones parciales y semestrales de sus hijos. En el caso de los alumnos con bajo rendimiento académico, la citación del apoderado debe ser constante, dejando también registro de esta atención en la hoja de vida del alumno. Los profesores de cada asignatura podrán también citar a los apoderados de los alumnos que presenten un nivel de rendimiento deficitario.

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Articulo 13 El número de calificaciones por semestre será proporcional al número de horas asignadas en el Plan de Estudio, con un mínimo de 5 calificaciones.( solamente las asignaturas que tienen asignadas más horas )

Nº de horas Nº de notas

5 horas a 8 horas 6 3 horas y 4 horas 4

1 hora y 2 horas 3

Artículo 14° Durante el presente año lectivo se imparten los siguientes talleres de Jornada Escolar Completa:

TALLER ASIGNATURA QUE APOYA CURSOS

El teatro en mi sala Lenguaje 1°,

Cuido mi entorno Ciencias Naturales 1°

Educando en valores Orientación 1°,2°

El teatro en mi sala Lenguaje y Comunicación 1°

Recopilando tradiciones en mi sector Lenguaje y Comunicación 3º,4º

Aprendiendo con la naturaleza Ciencias Naturales 3°, 4º

Mejorando en valores Orientación 3°

Creciendo en valores Orientación 4°,5º,6º,7º,8º

Creo con las palabras Lenguaje y Comunicación 5°,6º

Deporte y salud Ed. Física 5º,6º

Creando en mi entorno Artes Visuales 5º,6º,7º,8º

Creaciones Literarias Lengua y Literatura 7º,8º

Creando con la matemática Matemática 7º,8º

Deporte y Salud -- NT1 – NT2

Jugando a leer aprendo con o sin tecnología

-- NT1 – NT2

Creando con los números -- NT1 – NT2

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Artículo 15° Los alumnos que se ausentaren por un tiempo prolongado ya sea por

enfermedad, viaje u otro motivo debidamente justificado, e informado por el profesor

correspondiente a la Dirección y Jefe Técnico, obtendrán su promedio con un mínimo

de dos notas parciales. Dicha instancia se hará efectiva previa evaluación de los

antecedentes.

Artículo 16° La inasistencia del alumno(a) a la evaluación sumativa deberá ser

justificada con certificado médico o personalmente por el apoderado en Inspectoría

en un plazo de 4 horas. Si así aconteciese, el profesor(a) fijará fecha no más de 5

días hábiles una vez reincorporado el alumno(a) a clases. La unidad técnica del

colegio, velará que el proceso anterior se lleve a cabo.

Artículo 17° Los alumnos que lleguen atrasados al colegio el día de la evaluación,

podrán ingresar a rendirla y se les agregará tiempo adicional si lo requiere.

Artículo 18° El apoderado tiene la responsabilidad de informar, al momento de

justificar en inspectoría, la instancia evaluativa a la cual faltó su pupilo y el profesor

correspondiente. El inspector informará oportunamente a los profesores que

corresponda respecto de las inasistencias a pruebas de los alumnos.

Artículo 19° Para aquellos apoderados que soliciten la eximición en Religión de sus

alumnos, deberán hacerlo por escrito al momento de matricular a sus hijos

respondiendo la encuesta sugerida por el Mineduc, respecto de las clases de

Religión. No obstante, los alumnos eximidos deberán permanecer en biblioteca

resolviendo guías de trabajo cuando sus compañeros se encuentren en esta

asignatura y no participará de ninguna instancia evaluativa.

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Artículo 20° En el caso en que se sorprenda a los alumnos copiando o en otra

actitud similar, durante el proceso evaluativo, se aplicarán las siguientes medidas:

a) Requisar el instrumento evaluativo.

b) Interrogar al alumno involucrado de manera inmediata.

c) Registrar la acción en el libro de clases.

d) Informar al profesor jefe e) Informar a Dirección y Jefe Técnico

f) Citar al apoderado y entregar una copia del instrumento requisado.

Artículo 21° En relación al rendimiento de los alumnos, en el caso que presente un

bajo nivel de aprendizaje, el Profesor Jefe será el responsable de informar al

apoderado, en forma periódica, y al final del primer semestre, a través de una

notificación formal. Este informe señala que el padre o apoderado toma conocimiento

de dicha situación y, a la vez, debe adquirir el compromiso de estimular a su pupilo a

superar los resultados en un corto plazo.

Artículo 22° La entrega, por parte del alumno(a), de una evaluación en blanco y/o la

negativa a responder, se llamará y se citará a su apoderado para informar de dicha

situación y se fijará una nueva fecha de evaluación. Si se reitera el acto en la

segunda fecha planificada, el alumno será calificado con nota mínima (2,0).

Artículo 23° La Escuela 27 de Abril estimará, como situación problemática de

evaluación, si en el resultado, el grupo curso obtiene un 40% o más de reprobación

en una evaluación sumativa. En tal caso, el profesor deberá informar a la Dirección y

Jefe Técnico correspondiente. En conjunto revisaran el instrumento, si la falencia se

produjo en su construcción o su aplicación deberá adaptar otro instrumento con los

objetivos menos logrados, de lo contrario las notas serán autorizados para su ingreso

al libro de clases.

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CAPÍTULO IV De la promoción

Artículo 24° Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todas las

asignaturas del Plan de Estudio de sus respectivos cursos. Serán promovidos los

alumnos desde 1º a 4º año y desde 5º a 8º año de Enseñanza Básica que no

hubieren aprobado asignatura, siempre que su nivel general de logros corresponda a

un promedio 4,5, o superior incluido el no aprobado. Serán promovidos los alumnos

desde 1º a 4º año y desde 5º a 8º año de Enseñanza Básica que no hubieren

aprobado asignatura, siempre que su nivel general de logros corresponda a un

promedio 5,0 o superior incluidos los no aprobados. En cuanto a la promoción de los

alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º básico, no serán promovidos cuando presenten un

retraso significativo en lectura, escritura, y /o matemática y que pueda afectar

seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. En relación al

inciso anterior, el profesor del respectivo curso deberá haber realizado actividades de

reforzamiento, durante la clase en las asignaturas mencionadas y tener la constancia

de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderado del

alumno afectado.

Artículo 25° En todo caso, la situación final del alumno(a) deberá quedar resuelta, a

más tardar, al término del año escolar, es decir, el 31 de Diciembre del año en curso.

Se deja establecido que, tanto la Dirección como los docentes del establecimiento,

en uso de sus atribuciones y derechos establecidos por la Constitución y el Estatuto

Docente, no aceptarán presiones o influencias externas alguna en orden a modificar

evaluaciones, calificaciones, situaciones finales de repitencias o de promoción de

alumno(as), reservándose el derecho de entablar las acciones que crea conveniente

ante las instancias correspondientes.

Artículo 26° Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 8º año de Enseñanza

Básica que hayan asistido a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el

Calendario Escolar Anual. Todos los alumnos que no cumplan con los requisitos de

promoción indicados en el inciso anterior, de este artículo deberán repetir el curso

que corresponda.

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Artículo 27° No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente

justificadas la Dirección, visto el o los documentos justificatorios y oído el informe del

profesor (a) jefe de curso o del Consejo General de Profesores, según corresponda,

podrá eximir del requisito de asistencia a los alumnos (as) que hubiesen faltado por

enfermedad u otra razón, debida y oportunamente justificada y certificada. Para este

efecto, la asistencia será considerada a partir de los días de clases efectivamente

trabajados.

Artículo 28° Se informará al apoderado durante el mes de Noviembre, en relación a

la situación final del alumno con posibilidades de repitencia. El apoderado firmará el

documento pertinente donde toma conocimiento por escrito de la realidad de su

pupilo.

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

CAPITULO V Situaciones Especiales de Evaluación y Promoción

Artículo 29° La Dirección, asesorada por el Equipo Pedagógico del Colegio, y a la

luz de los antecedentes entregados por el o los profesores consultados, deberán

resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos (as).

Serán considerados como situaciones especiales de evaluación y promoción:

a) Los casos de los alumnos (as) que por motivos justificados decidan ingresar

tardíamente a clases.

b) Los casos de los alumnos(as) que deban ausentarse por un período prolongado

y/o no puedan asistir regularmente a clases.

c) Los casos de los alumnos (as) que deban finalizar el año anticipadamente.

d) Situaciones de embarazo

Artículo 30° El calendario de evaluaciones que entregue el profesor jefe, previo

visto bueno de UTP, a los alumnos considerados como caso especial, tendrá

carácter de obligatorio. De no cumplirse como está indicado obtendrá la calificación

mínima en la asignatura que no cumpla.

Artículo 31° Se podrá solicitar el término anticipado del año escolar a la Dirección

del Colegio cuando se cumplan los siguientes requisitos:

∙ Justificación escrita en donde se consigne la razón que motiva dicha solicitud.

∙ Tener, al menos, rendido el primer semestre del año escolar.

Con dichos antecedentes la Dirección podrá o no acoger dicha solicitud, medida que

no tendrá apelación. De ser acogida la solicitud, la Dirección en conjunto con la UTP

fijará al alumno(a) la forma y modo más conveniente para llevar a cabo el término

anticipado del año escolar, fijando, si es necesario, el temario que asegure el

cumplimiento de los Objetivos y Contenidos mínimos en las asignaturas

fundamentales del nivel, como las fechas de la rendición de las pruebas.

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Reglamento interno de Evaluación y Promoción 2018

Artículo 32° La edad correspondiente para ingresar al Primer y Segundo Nivel de

Transición, es de 4 y 5 años, respectivamente, cumplidos al 31 de marzo del año

correspondiente. No obstante, y sin perjuicio de lo anterior, la Dirección del

establecimiento puede decidir la admisión de niños que cumplan las edades antes

señaladas en fechas posteriores, que no excedan al 30 de junio del mismo año.

CAPITULO VI Certificados y Disposiciones Finales

Artículo 33° El establecimiento educacional, al término del año escolar, extenderá a

sus alumnos (as) un certificado anual de estudios computacional que indique las

asignaturas estudiadas, las calificaciones obtenidas y la situación final

correspondiente. Junto al certificado anual el establecimiento entregará a todos los

alumnos (as) un Informe de Desarrollo Personal y Social, en donde consten sus

logros semestrales en los Objetivos de Aprendizaje durante el año escolar.

Artículo 34° La Dirección del Establecimiento, previa consulta al equipo técnico

pedagógico y al Consejo General de Profesores, deberá resolver, las situaciones

especiales de Evaluación y Promoción, como también toda situación no prevista en

el presente Reglamento, dentro del período escolar correspondiente.

La Evaluación de las presentes normativas se realizará al término del año escolar.

Este Reglamento podrá ser modificado cada año escolar, debiendo ser comunicado

a los Apoderados y a la Dirección Provincial en los tiempos que corresponda.