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CORPORACIÓN MUNICIPAL SAN FERNANDO ESCUELA JOSÉ DE SAN MARTÍN SAN FERNANDO 1 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

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CORPORACIÓN MUNICIPAL SAN FERNANDO ESCUELA JOSÉ DE SAN MARTÍN

SAN FERNANDO

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REGLAMENTO INTERNO

DE EVALUACIÓN

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Escuela José de San Martín

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

Según DECRETO Nº 511/97

“…Orienta al nuevo marco curricular el principio de que el aprendizaje debe tener lugar en

una forma de trabajo pedagógico, que tiene por centro la actividad de sus alumnos, sus

características y conocimientos previos. Centrar el trabajo pedagógico en el aprendizaje más

que en la enseñanza exige, adicionalmente, desarrollar estrategias pedagógicas diferenciadas

y adaptadas a los distintos ritmos y estilos de aprendizajes de un alumnado heterogéneo, y

reorientar el trabajo escolar desde su forma actual, predominantemente lectiva, a una basada

en actividades de exploración, búsqueda de información y construcción de nuevos

conocimientos por parte de los alumnos, tanto individual como colaborativamente y en

equipo…” (Inciso 1.12 del D.S. Nº 40).

Fundamentos Evaluativos

Referentes específicos: Los constituyen las capacidades y valoraciones propuestos en

cada sector de aprendizaje y aquellos establecidos en el P.E.I. de la Unidad Educativa

y por sobre todos los referentes previamente establecidos por el docente en su

planificación y programación en torno a los que espera de sus alumnos durante el

proceso o en períodos determinados. Los referentes anteriores son los elementos

claves para emitir un juicio de valoración de calidad.

Evaluación de Procesos: Si el aprendizaje es un proceso, la evaluación también lo es,

de tal forma que debe estar sistemáticamente presente en todo proceso y no debe ser

una fase aislada o terminal, debe predominar la orientación pedagógica más que la

reglamentaria, el referente psicopedagógico y que está en concordancia con los

propósitos formativos de los nuevos planes y programas es el proceso seguido por los

alumnos y su progreso personal en relación a los estándares deseables previamente

establecidos, allí se encuentra el objeto principal de la evaluación y su función más

importante.

Evaluación del desempeño: Para juzgar el desempeño de los alumnos la evaluación

debe ser planificada, programada, intencionada, secuenciada, requiere de cambios en

los procedimientos para recabar información de criterios claramente establecidos y de

las evidencias formales para la toma de decisiones más que con fines de calificación.

Las estrategias o tipos de evaluación que se aplicarán en el proceso enseñanza

aprendizaje dependerán de la intencionalidad con que se use la evaluación de parte

del profesor y del dominio pleno de los procedimientos, técnicas e instrumentos según

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la realidad de sus alumnos/as, sin embargo los docentes deben ser consecuentes con

el presente reglamento el cual establece una evaluación de criterio basada en

referentes o estándares predeterminados para cada instancia, no estableciendo grupos

de comparación o determinando resultados en base al rendimiento de los alumnos en

particular.

El presente reglamento sin desmedro de otros tipos según el momento, extensión,

agente, establece según la intencionalidad los siguientes tipos de estrategias

evaluativas.

a) Evaluación Diagnóstica: Su intencionalidad es conocer conductas de entrada con

que llegan los alumnos, es decir objetivos previos que sean necesarios para iniciar

con éxito los objetivos iniciales de los diferentes sectores de aprendizaje. Para

obtener dicha información el docente aplicará los instrumentos de evaluación que

mas estime convenientes.

b) Evaluación Formativa: Su finalidad es recoger información durante el proceso a

través de distintas evidencias e instrumentos para ver como los alumnos se

aproximan a los estándares deseados, determinar fortalezas y debilidades para el

apoyo correspondiente predominando el aprendizaje sobre la calificación.

c) Evaluación Sumativa: Cuando la intención es calificar e informar sobre el logro de

objetivos o estándares deseados a mediano o largo plazo, cada docente debe

esmerarse en reunir el máximo de evidencias formales para fundamentar un juicio

de mayor calidad para cada alumno.

DISPOSICIONES GENERALES:

1. Los alumnos serán evaluados en períodos semestrales.

2. Las calificaciones obtenidas por los alumnos serán comunicados a través del Informe

de Calificaciones, y corresponderán al Período Semestral establecido en el respectivo

Calendario Escolar, las que serán entregadas en Reuniones de los subcentros de

Padres y Apoderados, en un plazo no mayor a Diez días, siguientes al término del

Semestre. Sin perjuicio de mantener continuamente informado al apoderado del

rendimiento de su pupilo.

3. Cada profesor, en su planificación establecerá el calendario de evaluación y los

instrumentos que se utilizará para ello. Salvo por fuerza mayor se modificará la fecha,

previa información a UTP, (significativo ausentismo de alumnos, ya sea por mal tiempo

o representar al colegio en algunas ceremonias y otros).

4. Los alumnos deberán ser informados previamente sobre la fecha, contenidos y el tipo

de instrumento de evaluación que se utilizará.

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5. El establecimiento promoverá distintas modalidades de Procedimientos o Instrumentos

de Evaluación, entre las cuales el (la) docente escogerá según lo estime conveniente

para los objetivos de su curso, nivel, actividad, subsector y/o sector, que a

continuación se sugieren: pruebas escritas (ítems de: selección simple, selección

múltiple, términos pareados, términos excluidos, comprensión de lectura, ensayo,

redacción, etc.); disertaciones individuales o grupales, demostración de

procedimientos, técnicas y/o habilidades específicas, formulación y realización de

proyectos individuales o grupales, habilidades específicas, formulación y realización de

proyectos individuales o grupales, dramatizaciones, coreografías u otras formas de

expresión dinámica, revisión de carpetas etc.

6. Las evaluaciones podrán ser individuales, bipersonales, grupales y otras, según sea

procedente, tanto como la autoevaluación o evaluación participativa. Frente a

situaciones de evaluación de sí mismo (autoevaluación) y evaluación de pares

(coevaluación). El profesor pondera el trabajo, según indicadores que establezca

(Pauta de Observación o Lista de Cotejo): Cumplimiento y calidad de los trabajos,

participación en la actividad, autoevaluación de los alumnos, otros.

7. En los trabajos grupales, el profesor determinará la ponderación del aporte individual.

8. Los procedimientos de evaluación escritos, deberán señalar claramente el puntaje total

y el específico por cada ítem, como también toda indicación específica acerca de la

presentación, redacción, restricciones y/o recomendaciones para el desarrollo del

instrumento. Del mismo modo cualquier otro tipo de evaluación deberá explicitar

claramente al alumno (a) la pauta de evaluación o lista de cotejo que será utilizada

para su calificación.

9. Las notas obtenidas por los alumnos no podrán ser modificadas o anuladas por el

Profesor, cualquier situación especial referida a evaluación debe ser estudiada en

conjunto con la UTP y Dirección.

10. Las calificaciones que los alumnos obtengan en todos los subsectores o actividades

del Plan de Estudio correspondiente, deberán referirse exclusivamente a

aspectos de rendimiento y en ningún caso a materiales del tipo conductual o

de socialización con su entorno.

11. Todos los instrumentos de evaluación, antes de su aplicación, deben entregarse al jefe

de la Unidad Técnica Pedagógica para su revisión, retroalimentación y/o sugerencias.

12. Los resultados de las evaluaciones (pruebas, trabajos, u otros) deberán entregarse a

los(as) alumnos(as) dentro los 5 días siguientes de su aplicación, registrándose de

inmediato en el libro de clases, con lápiz a pasta (azul o negro), no se aceptará el uso

del lápiz grafito, ni tendrá validez cualquier tipo de registro que no sea el oficial.

13. El Director del establecimiento, previa consulta al Profesor Jefe y al Profesor del

Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de los alumnos

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de un subsector, en casos debidamente fundamentados, que acrediten tener

dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente justificados. (Decreto

Nº 158/1999).

14. No existirá eximición en el subsector de Educación Física. Aquellos(as) alumnos(as)

que tengas algún impedimento físico para realizar las actividades consignadas en el

currículum, serán evaluados diferenciadamente a través de otras actividades o, en

último caso, a través de trabajos teóricos.

15. Podrá ser reprobado un alumno de 1º a 2º año y 3º a 4º año básico, en situaciones

excepcionales, cuando el (la) alumna evidencie un retraso muy significativo en lectura,

escritura y/o matemática, siempre y cuando se haya desarrollado un trabajo especial

diferenciado con aquellos que presentan un mayor retraso, a través de actividades

remediales y de reforzamiento durante el año y que al término de este proceso no

alcancen los aprendizajes esperados. Conjuntamente se dejará constancia de informar

(carta compromiso) oportunamente de la situación a los padres y apoderados de

manera tal de posibilitar una labor en conjunto. (Decreto Nº 107/2003).

16. Al término de cada Período Semestral, y conjuntamente con el Informe de

Calificaciones, se entregará el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno

(OFT).

17. Al término del año escolar, los profesores jefes deben entregar en la Unidad Técnica

Pedagógica un informe de Repitencia por cada alumno reprobado.

18. Todo procedimiento evaluativo que no esté contemplado en el presente Reglamento y

que el/la profesor/a haya aplicado, estará sujeto a revisión de la Dirección o UTP.

DE LAS CALIFICACIONES:

1. Las calificaciones se colocarán en base a la Escala de 1 a 7, pero en acuerdo del

Consejo de Profesores la nota mínima de calificación será 2.

2. Los alumnos tendrán Calificaciones Parciales, Semestrales y Calificación Anual

(promedio aritmético de las Calificaciones Semestrales).

3. La calificación del subsector del Religión se registrará sobre la base de logros de

objetivos. Esta se expresará en cifras parciales y convirtiéndolas en concepto (I=

Insuficiente, S= Suficiente, B= Bueno y MB= Muy Bueno) al término de cada semestre

y final.

4. El/la Profesor/a calificará en cifras con un decimal. Las calificaciones obtenidas por los

alumnos serán consignadas en el Libro de Clases respectivo, por el profesor de curso

y/o subsector, en el transcurso de la semana siguiente a la Aplicación del

Procedimiento Evaluativo.

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5. El cálculo del promedio de las calificaciones obtenidas durante los semestres y anual,

se efectuará con aproximación a un decimal; Ej. 4.84=4.8; pero 4.85=4.9.

6. Las competencias adquiridas en los talleres JEC, se evaluará con notas parciales, y el

promedio de éstas se considerará como una nota parcial en el subsector pertinente al

taller. Se utilizarán Procedimientos e Instrumentos de Evaluación; pautas de

evaluación o listas de cotejo y/o comprobación, registro anecdótico o pauta de

observación de desempeño. También se regirán por el artículo Nº 7 de las

Disposiciones Generales.

7. Serán aproximado a la décimo superior, las notas limítrofes que inciden en la

promoción, 3.9 a 4.0 en subsectores reprobados al término del año, y de 4.4 a 4.5 y

de 4.9 a 5.0 en promedios generales según corresponda.

8. El Alumno que por Inasistencia no cumpla con alguno de los Procedimientos

Evaluativos aplicados (pruebas escritas, interrogaciones orales, entrega de trabajos,

cuestionarios, disertaciones, etc) deberá hacerlo en la siguiente clase a la cual asista o

remitirlo a la Unidad Técnica Pedagógica para su aplicación y cumplimiento.

9. Las inasistencia a clases en que el alumno debe rendir una prueba o entregar una

trabajo con calificación, deberán ser justificada personalmente por el

apoderado o con un documento que acredite su inasistencia (certificado médico, y

otro documento).

10. Los alumnos que entreguen pruebas sin responder, que sean sorprendidos copiando,

que estando presente no entreguen su prueba o trabajos y otras no explicitadas,

tendrán la obligación de presentarse a una evaluación especial con nota máxima

4.0, durante la misma semana o la clase siguiente. Con el fin de tener medio de

verificación, se hace necesario solicitar durante la prueba o trabajo que el alumno

coloque en el instrumento de evaluación su nombre, curso, fecha y subsector a

evaluar.

PROMOCIÓN

RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. Serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.

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Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 1°hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. RESPECTO DE LA ASISTENCIA Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los estudiantes.

DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA E INTEGRACIÓN

La Evaluación Diferenciada tiene como propósito facilitar el normal desarrollo de niños

y niñas que presentan un déficit general o específico de Aprendizaje.

Nuestra misión es facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje, y lograr que el niño

y niña pueda incorporarse a mediano y largo plazo con todas sus capacidades

adecuadamente maduras y compensadas en el nivel que le corresponda sin desventajas.

Estas necesidades especiales puede deberse a una dificultad específica de aprendizaje

vinculada a alguna área deficitaria (disminuida) de dicho proceso, tales como: discapacidad

auditiva, visual o motora; trastornos articulatorios (fonoaudiológicos) y /o trastornos

específicos de aprendizaje en las áreas del lenguaje oral, de escritura, lectura o cálculo.

La Evaluación Diferenciada considera, respeta y asume al alumno con Necesidades

Educativas Especiales, desde su realidad individual, variando, adaptando y/o reformulando los

instrumentos o modalidades evaluación de ese/a alumno/a a partir de la particularidad de su

déficit.

1. Aquellos alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular un

subsector, ya sea por dificultades temporales o permanentes para desarrollar

adecuadamente su proceso de aprendizaje, deberá aplicárseles Procedimientos de

Evaluación Diferenciada.

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2. Se aplicará “Evaluación diferenciada” a los alumnos que presentan trastornos de

Aprendizaje Específicos o Necesidades Educativas Especiales, acreditado por la

Profesora de Educación Diferencial, coordinando con los profesores Jefes y de

subsectores el tipo de evaluación que requieren. (Se anexa documento de indicadores

para la Evaluación Diferenciada).

3. Los alumnos integrados de la modalidad, 1, 2 y 3 a un sector de aprendizaje de curso

básico, serán evaluados en forma diferenciada (cuando requiera) por el profesor del

subsector junto a su curso y de acuerdo a las Adecuaciones Curriculares realizada por

el profesor especialista y profesor, evaluación que se registrará en el libro de clases.

DE LAS EVALUACIONES DEL NIVEL DE TRANSICIÓN

“La evaluación de Educación Parvularia se concibe como un proceso permanente y

sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el

proceso de enseñanza aprendizaje, para formular un juicio valorativo que permita tomar

decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes

dimensiones. Esto último implica evaluar tanto los aprendizajes referidos a las niñas y niños,

como los distintos componentes del proceso de enseñanza, planificación, comunidad

educativa, espacios educativos, organización del tiempo, metodologías, recursos, etc.,

incluyendo la propia evaluación.”

1. Los alumnos del 1º y 2º Nivel de Transición serán evaluados de acuerdo a las bases

curriculares de la Educación Parvularia 2001.

2. Se aplicarán evaluaciones diagnósticas la que permitirá obtener una información sobre

el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades y fortalezas de ellos en relación a

los aprendizajes esperados.

3. Evaluación formativa o de proceso se realizará de manera continua, que permitan

aportar nuevos antecedentes en relación a los aprendizajes de los niños y niñas.

4. Al término de cada Período Semestral se entregará un informe al hogar por niveles,

que tiene por finalidad informar el grado en que los niños y niñas han alcanzado los

aprendizajes en los tres ámbitos de experiencias para el aprendizaje.

5. Los instrumentos de evaluación que se utilizarán, serán: registros anecdóticos

(individuales o grupales), listas de cotejo o de control u otros que permitan apreciar la

evolución de la niña o niño durante la permanencia en la Educación Parvularia.

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Disposiciones Finales:

1. Los estudiantes que por razones debidamente justificadas no asistan a clase normal,

deberán cursar a lo menos un semestre en el año pudiendo no llevar calificaciones sólo

en el primer semestre, se le concederá válidamente rendido el curso correspondiente.

2. En el caso de que algún alumno, por razones superiores, no pudiere cumplir el período

reglamentario del Año Escolar, se le concederá válidamente rendido el curso

correspondiente, cuando tenga a lo menos, un semestre con calificaciones.

Las razones que pudieran impedir el cumplimiento total del Período Escolar de un

alumno, son las siguientes: las que deben acreditarse en la Documentación que en

cada caso se señala:

Viaje al Extranjero (pasaporte)

Enfermedad (certificado médico)

3. Los alumnos que provengan de otros Establecimientos Educacionales en el transcurso

del año escolar, con régimen distinto al de la Escuela, sus calificaciones parciales y/o

finales de período, serán promediadas con las notas que obtengan aquí.

4. Los alumnos que por diversas razones (enfermedades, asistencia y otros), se les

permitirá tener evaluaciones especiales previamente calendarizadas e informadas a los

apoderados.

5. Los alumnos que ingresen a esta Unidad Educativa, durante el 1º semestre del año

escolar, se les considerarán como notas parciales aquellas que traen de su Unidad

Educativa de origen.

6. Se difundirá el presente Reglamento Interno de Evaluación a los alumnos y Padres y

Apoderados en consejos de curso, reuniones de subcentros o asambleas generales al

inicio del año escolar (abril).

7. En el mes de marzo, en Consejo Técnico, se evaluará el presente Reglamento con el

propósito de revisar su efectividad en su aplicación o detectar dificultades o hacer

modificaciones.

8. Cualquier situación específica que no se haya considerado en el presente reglamento,

será resuelta por la Dirección de Establecimiento, en base a lo estipulado en el

Decreto 511/97 y demás disposiciones vigentes, y podrá consultar y asesorarse para

una decisión por el Consejo de Profesores, y /o Unidad Técnica Pedagógica.

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ANEXO N° 1

MÍNIMO CALIFICACIONES 1° SEMESTRE 2015

CONFORME A REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

ASIGNATURAS CON 1 HR.

ASIGNATURAS CON 2 ó 3 HRS.

ASIGNATURAS CON 4 a 8 HRS.

MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21 – 26 JUNIO 1-3 JULIO PROMEDIO

N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 3 4 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9

ASIGNATURAS 1 Hr. CURSOS

TECNOLOGÍA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MÚSICA 5°-6°-7°-8°

ASIGNATURAS 2 ó 3 Hrs. CURSOS

CIENCIAS NATURALES 1°-2°-3°-4°

HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 1°-2°-3°-4°

INGLÉS 5°-6°-7°-8°

ARTES VISUALES 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MÚSICA 1°-2°-3°.4°

EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 5°-6°-7°-8°

RELIGIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21 – 26 JUNIO 1-3 JULIO PROMEDIO

N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 4 5 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9

MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21- 26 JUNIO

1-3 JULIO PROMEDIO

N° CALIFIC. 2 3 5 6 Aprox.

ASIGNATURAS 4 a 8 Hrs. CURSOS

LENG. Y COMUNICACIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MATEMÁTICA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 1°-2°-3°-4°

CIENCIAS NATURALES 5°-6°-7°-8°

HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 5°-6°-7°-8°

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ANEXO N° 2

MÍNIMO CALIFICACIONES 2° SEMESTRE 2015

CONFORME A REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

ASIGNATURAS CON 1 HR.

ASIGNATURAS CON 2 ó 3 HRS.

ASIGNATURAS CON 4 a 8 HRS.

MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO

N° CALIFIC. 1 2 3 4 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9

ASIGNATURAS 1 Hr. CURSOS

TECNOLOGÍA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MÚSICA 5°-6°-7°-8°

ASIGNATURAS 2 ó 3 Hrs. CURSOS

CIENCIAS NATURALES 1°-2°-3°-4°

HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 1°-2°-3°-4°

INGLÉS 5°-6°-7°-8°

ARTES VISUALES 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MÚSICA 1°-2°-3°.4°

EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 5°-6°-7°-8°

RELIGIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO

N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 4 5 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9

MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO

N° CALIFIC. 2 3 5 6 Aprox.

ASIGNATURAS 4 a 8 Hrs. CURSOS

LENG. Y COMUNICACIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

MATEMÁTICA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°

EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 1°-2°-3°-4°

CIENCIAS NATURALES 5°-6°-7°-8°

HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 5°-6°-7°-8°

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