reglamento del aire- anexo 2 oaci-

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ES UN EXTRACTO DE LOS PUNTOS DE INTERES DEL REGLAMENTO DEL AIRE ANEXO 2 DE ICAO-OACI

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Page 1: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

NORMAS INTERNACIONALESREGLAMENTO DEL AIRE

ANEXO 2AL CONVENIO SOBRE AVIACIÓN

CIVIL INTERNACIONAL

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OBJETIVOAnalizar las normas y reglas generales

establecidas en el anexo 2 de OACI contenidas principalmente en las reglas de vuelo visual (VFR) y de las reglas de vuelo por instrumentos de navegación

(IFR) aplicadas sin excepción, sobre los mares y territorios nacionales y evitar

que ello no ocasione conflictos internacionales, respetando las reglas

internas de los Estados donde los sobrevuelos se lleven a cabo.

Page 3: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

INTRODUCCIÓNFue después de dos conferencias

internacionales, una en 1945 y otra en 1948, de conformidad con él articulo

37 adopción de normas y procedimientos internacionales del

convenio sobre aviación civil internacional (Chicago 1944)

designándolos como anexos (18 en total) en particular el anexo 2 al convenio como titulo “normas y

métodos recomendados en el reglamento del aire” que empezó a surtir efecto el 15 de septiembre de

1948 dentro de la

Page 4: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

Organización de Aviación Civil Internacional-OACI-.

IDIOMAS

Este anexo se ha adoptado en seis idiomas, Español, Árabe, Chino,

Francés, Ingles y Ruso.

PARTES COMPONENTES DEL ANEXO

Este anexo consta de las siguientes partes; 5 capítulos3 apéndices

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CAPITULO 1DefinicionesCAPITULO 2Aplicación del reglamento del aire

CAPITULO 3Reglas generales

CAPITULO 4Reglas de vuelo visual (VFR)

CAPITULO 5 (IFR)Reglas de vuelo por instrumentos

APÉNDICE 1Señales

APÉNDICE 2Interceptación de aeronaves civiles

APÉNDICE 3Tabla de niveles de crucero

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CAPITULO 1Definiciones

ADS (Automatic Dependent Surveillance-vigilancia dependiente automatica-)

Técnica de vigilancia que permite a las aeronaves proporcionar automaticamente, mediante enlace de datos, aquellos datos extraídos de sus sistemas de navegación y determinación de la posición instalados a bordo, lo que incluye la identificación de la aeronave, su posición en cuatro dimensiones y otros datos adicionales, de ser apropiados.

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AERONAVE

Toda maquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

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AEROVIAArea de control o parte de ella dispuesta en forma de corredor.

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ALTURADistancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y una referencia especificada.

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ALTITUD

Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto y el nivel medio del mar (MSL) (Mean SeaLevel)

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AREA DE ATERRIZAJEParte del área de movimiento, destinada al aterrizaje o despegue de aeronaves.

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AREA DE SEÑALES

Área de un aeródromo utilizada para exhibir señales terrestres.

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ASCENSO EN CRUCERO

Técnica de crucero de un avión, que resulta en un incremento neto de altitud a medida que disminuye la masa del avión.

TOC Top Of Climb. An aviation acronym, but for all I know the Sherpas may use the same acronym. TOD. -cima de subida-

TOD Top Of Descent. An aviation acronym which I guess means altitude at top of descent. This is typically achieved at the beginning-cima de bajada-

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VFR (VISUAL FLIGHT RULES)

Símbolo utilizado para designar las reglas de vuelo visual.

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IFR (INSTRUMENT FLIGHT RULES)

Símbolo utilizado para designar las reglas de vuelo por instrumentos.

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CONDICIONES METEOROLÓGICAS DE VUELO VISUAL (VMC)Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes, iguales o mejores que los mínimos especificados

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CONDICIONES METEOROLÓGICAS DE VUELO POR INSTRUMENTOS (IMC)Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes, inferiores a los mínimos especificados para las condiciones meteorológicas de vuelo visual.

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DERROTALa proyección sobre la superficie terrestre de la trayectoria de una aeronave, cuya dirección en cualquier punto se expresa generalmente en grados a partir del norte (geográfico, magnético o de la cuadricula)

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RUMBO (DE LA AERONAVE)La dirección en que apunta el eje longitudinal de una aeronave, expresada generalmente en grados respecto al norte (geográfico, magnético, de la brújula o de la cuadricula).

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NIVELTermino genérico referente a la posición vertical de una aeronave en vuelo, que significa indistintamente altura (QFE), altitud (QNH) o nivel de crucero (QNE)

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NIVEL DE CRUCERO

Nivel que se mantiene una aeronave durante una parte considerable del vuelo.

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NIVEL DE VUELOSuperficie de presión atmosférica constante relacionada con determinada referencia de presión, 1013.25 hPa, separada de otras superficies análogas por determinados intervalos de presión.

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PLAN DE VUELOInformación especificada que, respecto a un vuelo proyectado o a parte de un vuelo de una aeronave, se somete a las dependencias de los servicios de transito aéreo.

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PIA (PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN AERONAUTICA)

Publicación expedida por cualquier Estado, o con su autorización, que contiene información aeronáutica, de carácter duradero, indispensable para la navegación aérea.

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RADIOTELEFONIA

Forma de radiocomunicación destinada principalmente al intercambio vocal de la información.

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SISTEMA ANTICOLISIÓN DE ABORDO(ACAS-AntiCollision Aboard System-)(TCAS-Traffic Collison Avoidance System)Sistema de aeronave basado en señales de respondedor (transponder) del radar secundario de vigilancia (SSR) que funciona independientemente del equipo instalado en tierra para proporcionar aviso al piloto sobre posibles conflictos entre aeronaves dotadas de respondedores SSR.

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QUE ES EL TCAS O ACAS?

Básicamente es un sistema incorporado en los aviones, que veremos más adelante tiene que estar en ambos aviones, que evita la colisión en el aire. En un ejemplo típico ante una colisión inminente el sistema alerta a través de una pantalla y por medios auditivos sobre el tráfico cercano (un aviso sonoro que alertará sobre tráfico TRAFFIC - TRAFFIC) después brindará una resolución a cada avión involucrado. En una cabina la alerta sonora indicará bajar (DESCENT - DESCENT) y en el otro avión la alerta indicará subir (CLIMB - CLIMB). Después de la maniobra indicada al resolverse la colisión, en ambos aviones, sonará un aviso de conflicto solucionado (CLEAR CONFLICT).

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TCAS II issues the following types of aural annunciations:

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CAPITULO 2Aplicación del reglamento del aire

Aplicación territorial del reglamento del aire

Cumplimiento del reglamento del aire

Uso problemático de sustancias psicoactivas

Autoridad del piloto al mando de la aeronave

Responsabilidad respecto al cumplimiento del reglamento del aire

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Aplicación territorial del reglamento del aire

El reglamento del aire se aplicara a las aeronaves que ostenten las marcas de nacionalidad y matricula de un Estado contratante, cualquiera que sea el lugar en que se encuentren, siempre y cuando no se oponga al reglamento publicado por el Estado que tenga jurisdicción en el territorio sobre el cual se vuele.

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La operación de las aeronaves, tanto en vuelo como en el área de movimiento de los aeródromos, se ajustara a las reglas generales y, además, durante el vuelo:•a las reglas de vuelo visual, o•a las reglas de vuelo por instrumentos.

Cumplimiento del reglamento del aire

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1.- Responsabilidad del piloto al mando de la aeronave.El piloto al mando de la aeronave, manipule o no los mandos, será el responsable de que la operación de esta se realice dé acuerdo con el Reglamento del aire, pero podrá dejar de seguirlo en circunstancias que hagan tal incumplimiento absolutamente necesario por razones de seguridad.

Responsabilidad respecto al cumplimiento del reglamento del aire

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2.- medidas previas al vueloantes de iniciar un vuelo, el piloto al mando de la aeronave se familiarizara con toda la información disponible apropiada al vuelo proyectado.Las medidas previas para aquellos vuelos de ruta y para todos los vuelos IFR, comprenderá el estudio minucioso de los informes y pronósticos meteorológicos de actualidad de que se disponga, calculo de combustible necesario, preparación del plan a seguir en caso de no poder completarse el vuelo proyectado.

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El personal cuyas funciones sean criticas desde el punto de vista de la seguridad de la aviación (empleados que ejercen funciones delicadas desde el punto de vista de la seguridad) no desempeñaran dichas funciones mientras estén bajo la influencia de sustancias psicoactivas y/o psicotropicas que perjudiquen la actuación humana.

Las personas en cuestión se abstendrán de todo tipo de uso problemático de ciertas sustancias.

Uso problemático de sustancias psicoactivas

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Autoridad del piloto al mando de la aeronave

El piloto al mando de la aeronave tendrá autoridad decisiva en todo lo relacionado con ella, mientras este al mando de la misma.

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CAPITULO 3REGLAS GENERALES

PROTECCIÓN DEPERSONAS Y PROPIEDAD

PREVENCIÓN DE COLISIONES

PLANES DE VUELO

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PROTECCIÓN DE PERSONAS Y PROPIEDAD

1.- Operación negligente o temeraria de aeronaves.Ninguna aeronave podrá conducirse negligentemente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas.

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2.- Alturas mínimasExcepto cuando sea necesario para despegar o aterrizar, o cuando se tenga permiso de la autoridad competente, las aeronaves no volaran sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, o sobre una reunión de personas al aire libre, a menos que se vuele a una altura que permita, en un caso de emergencia, efectuar un aterrizaje sin peligro excesivo para las personas o la propiedad que se encuentren en superficie.

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3.- Niveles de crucero.Los niveles de crucero a que ha de efectuarse un vuelo o parte de el se referirá a:a) Niveles de vuelopara los vuelos que se efectúen a un nivel igual o superior al nivel de vuelo mas bajo utilizable o , cuando corresponda, para los vuelos que se efectúen por encima de altitud de transición.b) altitudespara los vuelos que se efectúen por debajo del nivel de vuelo mas bajo utilizable o, cuando corresponda, para los vuelos que se efectúen a la altitud de transición o por debajo de ella.

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4.- Lanzamiento de objetos de rociado.

No se hará ningún lanzamiento ni rociado desde aeronaves en vuelo, salvo en las condiciones prescritas por la autoridad competente.

Page 53: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

5.- Remolque

ninguna aeronave remolcara a otra ni a otro objeto, a no ser de acuerdo con los requisitos prescritos por la autoridad competente.

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6.- Descenso en paracaídas.

Salvo en casos de emergencia, no se harán descensos en paracaídas mas que en condiciones prescritas por la autoridad competente.

Page 55: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

7.- Vuelo acrobático.

Ninguna aeronave realizara vuelos acrobáticos, excepto en las condiciones en que la autoridad competente lo autorice.

Page 56: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

8.- vuelos en formación.

Las aeronaves no volaran en formación, excepto mediante arreglo previo entre pilotos al mando de las aeronaves participantes y , para vuelos en formación en el espacio aéreo controlado, de conformidad con las condiciones prescritas por las autoridades ATS competentes. Estas condiciones incluirán las siguientes:

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a)-la formación opera como una única aeronave (aeronave líder) por lo que respecta a la navegación y la notificación de posición;b)-la separación entre las aeronaves que participan en el vuelo será responsabilidad del jefe de vuelo (líder) y de los pilotos al mando de las demás aeronaves participantes e incluirá periodos de transición cuando las aeronaves estén maniobrando para alcanzar su propia separación dentro de la formación y durante las maniobras para iniciar y romper dicha formación; y cada aeronave se mantendrá a una distancia de no mas de 1 km (0,5 MN) lateralmente y longitudinalmente y a 30 mts (100 ft) verticalmente con respecto a la aeronave jefe.

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9.- Globos libres no tripulados.

Los globos libres no tripulados deben utilizarse de modo que se reduzca al mínimo el peligro a las personas, bienes u otras aeronaves.

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10.- Zonas prohibidas y zonas restringidas.

Ninguna aeronave volara en una zona prohibida, o restringida, cuyos detalles se hayan publicados debidamente, a no ser que que se ajuste a las condiciones de las restricciones o que tenga permiso del Estado sobre cuyo territorio se encuentran establecidas dichas zonas.

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Prevención de colisiones.

Es importante, con objeto de prevenir posibles colisiones, no descuidar la vigilancia a bordo de las aeronaves en vuelo, sea cual fuere el tipo de vuelo en que vuele la aeronave, ni mientras circule en el área de movimiento de un aeródromo.

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1.- Proximidad.

Ninguna aeronave volara tan cerca de otra de modo que pueda ocasionar peligro de colisión.

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2.- Derecho de pasola aeronave que tenga el derecho de paso mantendrá su rumbo y velocidad, pero ninguna de esas reglas eximirá al piloto al mando de ella la obligación de la obligación de proceder en la forma más eficaz para evitar una colisión, lo que incluye llevar a cabo las maniobras anticolisión necesarias basándose en los avisos de resolución proporcionados por el equipo ACAS.

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1.- Estela turbulenta

La aeronave que por las reglas siguientes este obligada a mantenerse fuera de la trayectoria de otra, evitara pasar por encima, por debajo o por delante de ella, a menos que lo haga a suficiente distancia y que tenga en cuenta el efecto de estela turbulenta de la aeronave.

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2.- Aproximación de frente

cuando dos aeronaves se aproximen de frente, o casi de frente, y haya peligro de colisión. ambas aeronaves alteraran su rumbo hacia la derecha.

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3.- Convergenciacuando dos aeronaves converjan a un nivel aproximadamente igual, la que tenga la otra a su derecha cederá el paso, con las siguientes excepciones:

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a)-los aerodinos propulsados mecánicamente cederán el paso a los dirigibles, planeadores y globos.

Page 67: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

b)-Los dirigibles cederán el paso a los planeadores y globosc)-Los planeadores cederán el paso a los globosd)-Las aeronaves propulsadas mecánicamente cederán el paso a las que vayan remolcando a otras o algún objeto.

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4.- Alcancese denomina aeronave que alcanza la que se aproxima a otra por detrás, siguiendo una línea que forme un ángulo menor de 70° con el plano de simetría de la que va adelante, es decir, que esta en tal posición con respecto a la otra aeronave que, de noche, no podría ver ninguna de sus luces de navegación a la izquierda (babor) o a la derecha (estribor).

Page 69: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

Toda aeronave que sea alcanzada por otra tendrá el derecho de paso, y la aeronave que la alcance ya sea ascendiendo, descendiendo o en vuelo horizontal, se mantendrá fuera de la trayectoria de la primera, cambiando su rumbo hacia la derecha. Ningún cambio subsiguiente en la posición relativa de ambas aeronaves eximirá de esta obligación a la aeronave que este alcanzando a la otra, hasta que la haya pasado y dejado atrás por completo.

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5.- Aterrizajelas aeronaves en vuelo, y también las que estén operando en tierra o agua, cederán el paso a las aeronaves que estén aterrizando o en las fases finales de una aproximación para aterrizar.

Page 71: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

cuando dos o más aeronaves se aproximen a un aeródromo para aterrizar, el que esta a mayor nivel cederá el paso a los que estén más bajos, pero estos últimos no se valdrán de esta regla ni para cruzar por delante de otro que este en las fases finales de una aproximación, para aterrizar ni para alcanzarlo. No obstante, las aeronaves propulsadas mecánicamente cederán el paso a los planeadores.

Page 72: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

5.1 Aterrizaje de emergenciatoda aeronave que sé de cuenta de que otra se ve obligada a aterrizar, le cederá el paso.

6. Despeguetoda aeronave en rodaje en el área de maniobras de un aeródromo cederá el paso a las aeronaves que estén despegando o por despegar.

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6.1 movimiento de las aeronaves en la superficie.En el caso de que exista peligro de colisión entre dos aeronaves en rodaje en el área de movimiento de un aeródromo, se aplicara lo siguiente:a)-cuando dos aeronaves se aproximen de frente, ambas se detendrán, de ser posible, alteraran su rumbo hacia la derecha para mantenerse a suficiente distancia.b)cuando dos aeronaves se encuentren en un rumbo convergente, la que tenga la otra a su derecha cederá el paso.

Page 74: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

c)-toda aeronave que sea alcanzada tendrá el derecho de paso y la aeronave que la alcance se mantendrá a suficiente distancia.

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7.-Luces que deben ostentar las aeronavesEntre la salida y la puesta de sol, o durante cualquier periodo que pueda prescribir la autoridad competente, todas las aeronaves en vuelo ostentaran:•luces anticolisión cuyo objeto será el de llamar la atención hacia la aeronave;•luces de navegación cuyo objeto será el de indicar la trayectoria relativa de la aeronave a los observadores y no se ostentaran otras luces si estas pueden confundirse con las luces antes mencionadas.

Page 76: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

8.- luces que deben ostentar las aeronaves en el agua.Entre la puesta y la salida del sol, o durante cualquier otro periodo que prescriba la autoridad competente, toda aeronave que se halle en el agua ostentaran las luces prescritas por el reglamento internacional para la prevención de abordajes en el mar.

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9.- plan de vuelo

la información referente al vuelo proyectado o a parte del mismo, que ha de suministrarse a las dependencias de los servicios de transito aéreo, se dará en forma de plan de vuelo.Se presentara un plan de vuelo antes de realizar; cualquier vuelo VFR e IFR dentro del espacio con servicio de transito aéreo.

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10.- mínimas VMC de visibilidad y distancia de nubes.

La OACI establece 7 clases de espacio aéreo (A,B,C,D,E,F,G) de los cuales en nuestro país son utilizados solo 5 (A,D,E,F,G) en cualesquiera de estos espacios aéreos se efectúan todos los vuelos en condiciones VMC (condiciones meteorológicas de vuelo visual) son condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes, iguales o mejores a los mínimos especificados en los siguientes ejemplos;

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CAPITULO 4Reglas de vuelo visual

(VFR)

Excepto cuando lo autorice la dependencia de control de transito aéreo, en vuelos VFR no se despegara ni se aterrizara en ningún aeródromo dentro de una zona de control, ni se entrara en la zona de transito de aeródromo o en el circuito de transito de dicho aeródromo:a)-techo de nubes 450m (1 500 ft); ob)-visibilidad en tierra de 5 km (3 SM).c)-Estos vuelos se realizaran entre la puesta y salida del sol.

Page 86: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

d)-Las altitudes utilizadas de acuerdo a la derrota magnética de la tabla de niveles de crucero.

Page 87: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

A menos que lo autorice la autoridad ATS competente, no se realizaran vuelos VFR;a)-por encima del nivel de vuelo 200b)-velocidades transonicas y supersónicas.

Page 88: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-
Page 89: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

Excepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, o cuando se tenga permiso de la autoridad competente, lo vuelos VFR no se efectuaran:•sobre aglomeración de edificios en ciudades pueblos o lugares habitados, o sobre una reunión de personas al aire libre a una altura menor de 300 mts (1 000 pies) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 mts desde la aeronave.

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b)-en cualquier otra parte distinta especificada en a), a una altura menor de 150 mts (500 pies) sobre tierra o agua.

Page 91: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

CAPITULO 5Reglas de vuelo por

instrumentos(IFR)

Equipo de aeronavesLas aeronaves estaran dotadas de instrumentos adecuados y de equipo de navegación apropiado a la ruta en que hayan de volar.

Page 92: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

Niveles mínimosExcepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, o cuando lo autorice expresamente la autoridad competente, los vuelos IFR se efectuaran a un nivel que no sea inferior a la altitud mínima de vuelo establecida por el estado cuyo territorio se sobrevuela, o, en caso de que tal altitud mínima de vuelo no se haya establecido.

Page 93: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

a)-sobre terreno elevado o en áreas montañosas, a un nivel de por lo menos 600 mts (2 000 pies) por encima del obstáculo mas alto que se halle dentro de un radio de 8 km con respecto a la posición estimada de la aeronave en vuelo.b)-En cualquier otra parte distinta de la especificada en a), a un nivel por lo menos de 30 mts (1 000 pies) por encima del obstáculo mas alto que se halle dentro de un radio de 8 km con respecto a la posición estimada de la aeronave en vuelo.

Page 94: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

c)-Los niveles de vuelo utilizados en las tablas de niveles de crucero de acuerdo a la derrota magnética

Page 95: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

APENDICE 1 SEÑALES

En aeronáutica las señales son transmitidas por una serie (5) de variadas formas ya sea a través de medios de radiotelecomunicaciones como visuales, referidos para mayor detalle en los procedimientos de búsqueda y salvamento, y son los siguientes;

Page 96: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

1.- Señales de socorro, urgencia y seguridad2.- Señales que se han de utilizar en caso de interceptación de aeronaves.3.- Señales visuales empleadas para advertir a una aeronave no autorizada que se encuentra volando en una zona restringida, prohibida o peligrosa, o que esta a punto de entrar en ella.4.- Señales para el transito del aeródromo.a)-Señales con luces corrientes y con luces pirotécnicas.b)-Señales visuales en tierra.5.- Señales para maniobrar en tierra.

Page 97: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

1.- SEÑALES DE SOCORRO

Las señales que siguen, utilizadas conjuntamente o por separado, significan que existe una amenaza de peligro grave e inminente y que se pide ayuda inmediata.a)-Una señal transmitida por radiotelegrafia, o por cualquier otro método consistente en el grupo SOS (...----...) del Código Morse.

Page 98: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

b)-Una señal radiotelefónica de socorro , consistente en la palabra MAYDAY, repetida 3 veces en la frecuencia de 121.5 mhz del servicio movil aeronautico.

Page 99: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

c)-Cohetes o bombas que proyecten luces rojas, lanzadas uno a uno a cortos intervalos.d)-Una luz de bengala roja con paracaídas.e)-Un mensaje de socorro por mensaje de datos para transmitir la palabra MAYDAY.

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2.- SEÑALES QUE SE HA DE UTILIZAR EN CASO DE INTERCEPTACION

son aquellas señales que realiza durante el vuelo la aeronave interceptora a la aeronave interceptada y en la cual se da respuesta por parte de la aeronave interceptada, y se da en la siguiente forma;

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Page 104: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

3.- SEÑALES VISUALES EMPLEADAS PARA ADVERTIR A UNA AERONAVE NO AUTORIZADA QUE SE ENCUENTRA VOLANDO EN UNA ZONA RESTRINGIDA, PROHIBIDA O

PELIGROSA, O QUE ESTA A PUNTO DE ENTRAR EN ELLA.

De día y de noche, una serie de proyectiles disparados desde el suelo a intervalos de 10 segundos, que al explotar produzcan luces o estrellas rojas y verdes, indicaran a toda aeronave no autorizada que esta volando en una zona restringida, prohibida o peligrosa, o que esta punto de entrar en ella y que la aeronave ha de tomar las medidas necesarias para remediar la situación.

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4.- SEÑALES PARA EL TRANSITO DEL AERÓDROMO

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ACUSE DE RECIBO POR PARTE DE LA AERONAVE

a)-En vuelo:Durante las horas de luz diurna;AlabeandoDurante las horas de oscuridad;Emitiendo destellos dos veces con los faros de aterrizaje de la aeronave, o si no dispone de ellos, encendiendo y apagando, dos veces las luces de navegación.

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b)-En tierra:Durante las horas de luz diurna:Moviendo los alerones o el timón de profundidad.Durante las horas de oscuridad:Emitiendo dos veces con los faros de aterrizaje de la aeronave, o si no dispone de ellos, encendiendo o apagando, dos veces las luces de navegación.

Page 109: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

5.- SEÑALES VISUALES EN TIERRAa)-prohibición de aterrizajeUn panel cuadrado, rojo y horizontal, con diagonales amarillas (fig) cuando este colocado en un área de señales, indica que están prohibidos los aterrizajes y que es posible que dure dicha prohibición.

Page 110: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

b)-Necesidades de precauciones especiales durante la aproximación y el aterrizaje

Un panel cuadrado, rojo y horizontal, con una diagonal amarilla (fig), cuando este colocado en un área de señales, indica que debido al mal estado del área de maniobras, deben tomarse precauciones especiales durante la aproximación para aterrizar, o durante el aterrizaje.

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C) Uso de pistas y de calles de rodajeUna señal blanca y horizontal en forma de pesas(fig) cuando esta colocada en una área de seña-les, indica que las aeronaves deben aterrizar, despegar y rodar únicamente en las pistas y en las calles de rodaje.

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la misma señal blanca y horizontal en forma de pesas, pero con una barra negra perpendicular al eje de las pesas a través de cada una de sus porciones circulares (fig) cuando esta colocada en un área de señales, indica que las aeronaves deben aterrizar únicamente en las pistas, pero que las demás maniobras no necesitan limitarse a las pistas ni a las calles de rodaje.

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d) Pistas o calle de rodaje cerradas al transitoCruces de un solo color que contraste, amarillo o blanco (fig), colocadas horizontalmente en las pistas y calles de rodaje o parte de las mismas, indican que el área no es utilizable para el movimiento de las aeronaves.

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e) instrucciones para el aterrizaje y despegueUna T de aterrizaje, horizontal de color blanco o anaranjado (fig), indica la dirección que ha de seguir la aeronave para aterrizar o despegar, lo que hará en una dirección paralela al brazo de la T y hacia su travesaño.

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f) transito hacia la derechaUna flecha hacia la derecha y de color llamativo en una area de señales, u horizontalmente en el extremo de una pista o en el de una franja en uso (fig), indica que los virajes deben efectuarse hacia la derecha antes del aterrizaje y después del despegue.

Page 116: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

g) Oficina de información de los servicios de transito aéreo

La letra C, en negro, colocada verticalmente sobre un fondo amarillo (fig), indica el lugar que se encuentra la oficina de notificación de los servicios de transito aero o de despacho.

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planeadores en vueloUna doble cruz blanca, colocada horizontalmente (fig), en el área de señales, indica que el aeródromo es utilizado por planeadores y que se están realizando vuelos de esta naturaleza.

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5.- SEÑALES PARA MANIOBRAR EN TIERRA

Estas señales se han ideado para que las haga el señalero, con sus manos, con un par de paletas con franjas rojas y blancas o de color amarillo durante el dia y con un par de lamparas en forma de barras circulares iluminadas durante la noche, mirando desde la aeronave desde un punto.

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a)-para aeronaves de alas fijas, delante del extremo del ala izquierda y bien a la vista del piloto (fig); yb)-para helicópteros, en el lugar donde mejor pueda ser visto el piloto.c)El señalero se asegurara de que el área a la cual ha de guiarse una aeronave este libre de objetos, y que de no ser así podría golpear a la aeronave o a algún transeúnte.

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DEL PILOTO DE UNA AERONAVE AL SEÑALERO

Estas señales están previstas para que las haga un piloto, con las manos bien visibles para el señalero, e iluminadas según sea necesario para facilitar la observación para el señalero.Los motores de la aeronave se numeran en relación con el señalero que esta de frente a la aeronave, desde su derecha a su izquierda (es decir, el motor no. 1 es el motor externo de babor)

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FrenosEl momento en que se cierra la mano o que se extienden los dedos indica, respectivamente, el momento de accionar o soltar el freno.a)-Frenos accionados: Levantar el brazo y mano, con los dedos extendidos, horizon- talmente delante del rostro, luego cerrar la mano.b)-Frenos sueltos: Levantar el brazo, con el puño cerrado horizontalmente delante del rostro, luego extender los dedos.

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Calzos

a)-Poner calzos: Brazos extendidos, palma hacia fuera, moviendo las manos hacia adentro cruzándose por delante del rostro.b)-Fuera calzos: Manos cruzadas delante del rostro, palmas hacia fuera, moviendo los brazos hacia fuera.

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Preparado para poner en marcha los motores

Levantar el numero apropiado de dedos en una mano indicando el numero del motor que ha de arrancar.

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APENDICE 2INTERCEPTACION DE AERONAVES

CIVILES

Principios que los Estados han de observarPara lograr la uniformidad de los reglamentos que es necesaria para la seguridad de la navegación de las aeronaves civiles, los Estados contratantes, al preparar sus reglamentos y directrices administrativas, tendrán debidamente en cuenta los siguientes principios:

a)-solamente en ultima instancia se recurrirá a la intercepta-cion de aeronaves civiles;

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b)-si se recurriera a la interceptación, esta se limitara a determinar la identidad de la aeronave, a menos que sea necesario hacerla regresar a su derrota planeada, dirigirla mas allá de los limites del espacio aéreo nacional, guiarla fuera de una zona prohibida, restringida o peligrosa o darle instrucciones para que aterrice en un aeródromo designado.

Page 160: REGLAMENTO DEL AIRE- ANEXO 2 OACI-

b)- Las aeronaves civiles no serán objeto de practicas de interceptación;

c)-si se puede establecer contacto por radio, se proporcionara por radiotelefonía a la aeronave interceptada la guía para la navegación y toda la información correspondiente; y en el caso en que se exija a una aeronave interceptada que aterrice en el territorio sobrevolado, el aeródromo designado para esos efectos será adecuado al seguro aterrizaje del tipo de aeronave en cuestión.

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Medidas que ha de adoptar la aeronave interceptada

Una aeronave que sea interceptada por otra aeronave;a)-seguirá inmediatamente las instrucciones dadas por la aeronave interceptora, interpretando las señales visuales de conformidad con el apéndice 1;b)-lo notificara inmediatamente, si es posible, a la dependencia de los servicios de transito aéreo apropiada;

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d)-tratara de comunicarse por radio efectuando una llamada general en la frecuencia de emergencia de 121.5 Mhz, indicando la identidad de la aeronave interceptada y la índole de vuelo.e)-Si está equipada con respondedor SSR, seleccionara inmediatamente el Código 7700, en Modo A.

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Radiocomunicación durante la interceptación

Si durante la interceptación se hubiera establecido contacto por radio, pero no fue posible comunicarse en un idioma común, deberá intentarse proporcionar las instrucciones, acusar recibo de las instrucciones y transmitir toda la información indispensable mediante las frases y pronunciaciones que figuran en la tabla siguiente, transmitiendo dos veces cada frase:

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Los niveles de crucero que han de observarse cuando así lo exija este anexo, deberá ser aplicado a todos los vuelos VFR e IFR de acuerdo a su derrota magnética y esta clasificado en la siguiente forma;

APENDICE 3TABLAS DE NIVELES DE

CRUCERO

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