reglamento de evaluacion y promocion 2018-2019 · la entrega de trabajos o evaluación del texto de...
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Profesor encargado: JUAN CISTERNAS PACHECO
REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION
2018-2019 Escuela Rural Punta Paula.
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FIJA REGLAMENTO DE EVALUACION PROMOCION Y OTRAS
MATERIAS RELATIVAS A ESTAS DISPOSICIONES SEGÚN
DECRETO EXENTO N° 511/97.
PARRAFO I: DISPOSICIONES GENERALES:
El presente Reglamento de Evaluación está basado en el Decreto Exento N° 511 del 08 de
mayo de 1997 y se aplicará en la Escuela Rural Punta Paula, durante el año 2018-2019.
ARTICULO 01: El propósito de la Evaluación que se aplicara en este
Establecimiento es monitorear y fortalecer el avance de los aprendizajes de
los(as) alumnos(as) en el transcurso del año lectivo. Este reglamento será aplicado
en los cursos de 1° a 6° año 2018-2019.
EVALUACION EN EDUCACION BASICA
a) Los niños y niñas de los cursos 1° a 6° de Educación Básica serán Evaluados
permanentemente durante todo el proceso de enseñanza aprendizaje, ya que con este
procedimiento se determinarán los logros y avances alcanzados por los alumnos y
alumnas.
Las evaluaciones acumulativas aplicadas a los alumnos y alumnas del establecimiento deberán
ser avisadas con anticipación (de acuerdo con el calendario preestablecido). Los cursos de
1° a 6° deben informar a los padres y apoderados, el rendimiento de su hijo(a) o pupilo(a) en
caso de que lo soliciten.
PARRAFO II: DE LA PLANIFICACION DEL PROCESO DE EVALUACION
ARTICULO 02: El presente Reglamento será comunicado a los Padres, Apoderados,
alumnos, alumnos y entes involucrados durante la 1° reunión en el mes de abril.
ARTICULO 03: La Escuela Rural Punta Paula se regirá por un sistema de Evaluación
Semestral de 1° a 6° básico.
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ARTICULO 04: Durante el Proceso educativo se aplicarán las siguientes formas
de evaluación para todos los alumnos de los cursos 1° a 6°.
A) EVALUACION DIAGNOSTICA. Se aplicará al inicio del año escolar, la que
consistirá en una prueba escrita, en base a los objetivos y unidades
correspondientes al año anterior, las que serán consideradas como conductas de
entrada para determinar el nivel adecuado de habilidades básicas y poder tomar
decisiones pedagógicas adecuadas. Los resultados deberán quedar registrados en los
leccionarios de cada curso.
Este diagnóstico será evaluado en conceptos.
NIVEL BAJO
NIVEL MEDIO BAJO
NIVEL MEDIO ALTO
NIVEL ALTO.
B) EVALUACION FORMATIVA: Se aplicará durante todo el Proceso de Enseñanza-
Aprendizaje; para luego retroalimentar los aprendizajes deficitarios. La que
consistirá en: interrogación oral, desarrollo de guías, observación directa,
participación en clases, registro de tarea, entrevistas u otras que considere el
profesor. El docente anotará en el Registro del desarrollo escolar observaciones
relevantes de los alumnos que serán consideradas en el proceso de evaluación.
C) EVALUACION SUMATIVA: Será el resultado del dominio de los aprendizajes
adquiridos por el alumno/a, obtenidos durante el término de una o más unidades, en
cada semestre. En los alumnos de 1º a 4º será una apreciación global de los
objetivos logrados lo que se traducirá en una nota de acuerdo con el registro de
avance de cada alumno o alumna de curso. En el transcurso del semestre los/as
alumnos/as de 1º a 6º básico, obtendrán calificaciones coeficiente uno.
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Finalizado el semestre, todos los alumnos obtendrán una calificación semestral y al
finalizar el Proceso Educativo serán calificados con una nota final, que se obtiene
de la suma de las calificaciones obtenidas en el 1° y 2° semestre, dividido por
dos.
D) DE LA EVALUACION DIFERENCIADA: Se entenderá por evaluación diferenciada,
a una aplicación de procedimientos que permitan evaluar los aprendizajes que el
alumno (a) debe alcanzar para lograr los objetivos del nivel y que esté de acuerdo
con exigencias mínimas de aprobación.
• La evaluación diferenciada establecida por el centro educativo cumplirá las
siguientes condiciones técnicas: Se podrá utilizar instrumentos de
evaluación: pruebas escritas u orales, pautas de observación, rubricas, lista
de cotejos, registros e informes.
• El profesor encargado con el apoyo de la UTP (Corporación Municipal Quellón)
podrá determinar formas de evaluaciones diferenciadas, para evaluar al
alumnado con necesidades educativas especiales, como criterio general, esta
medirá los mismos objetivos de aprendizaje y contemplará los mismos contenidos
del nivel académico que el alumno/a cursa.
• El profesor tomara las medidas pertinentes para que todo estudiante con NEE sea
atendido con procedimientos de Adecuación Curricular y/o Evaluación Diferenciada
en relación con un informe de UTP Corporación de Educación según corresponda.
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ARTICULO 05: DE LAS CALIFICACIONES
Los alumnos/as de los cursos 1° a 6° obtendrán las siguientes Calificaciones:
A) CALIFICACIONES PARCIALES
A.1) Los alumnos de 1° a 6°seran calificados en relación al
número de horas de cada asignatura, como lo indica la
tabla siguiente: Asignaturas con:
1 o 2 horas – 3 calificaciones como mínimo.
3 o 4 horas – 5 calificaciones como mínimo.
6 o más horas – 6 o más calificaciones.
A.2) Cuando los alumnos y alumnos reciban el primer informe deberán
tener como mínimo dos calificaciones parciales en cada
asignatura.
B) CALIFICACIONES SEMESTRALES: Las calificaciones semestrales corresponderán
en cada asignatura de aprendizaje al promedio aritmético ponderado de las
calificaciones parciales obtenidas durante el semestre, se expresarán con un decimal,
sin aproximación a la décima. Durante cada semestre se entregará un Informe de
Rendimiento a cada apoderado. El primer informe corresponderá en el mes de Junio y
el segundo informe durante el mes de Noviembre.
C) CALIFICACIONES TEXTOS DE LECTURAS COMPLEMENTARIAS Y OTROS
TRABAJOS:
Las calificaciones obtenidas en los textos de lectura complementaria,
caligrafías y otros serán evaluadas con escala de notas de 1,0 a 7,0,
considerándose como una nota formativa individual de las evaluaciones
parciales del semestre, promediándose la cantidad de calificaciones hasta
obtener una calificación.
D) CALIFICACION FINAL: Corresponderá en cada asignatura del Plan de Estudio al
Promedio Aritmético ponderado de los 2 Semestres, sin aproximación a la décima.
E) PROMEDIO GENERAL: Corresponderá al Promedio de las calificaciones finales en
cada asignatura del Plan de Estudio, se expresará con un decimal, con aproximación a
la décima.
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PARRAFO III: EXENCION DE ASIGNATURAS
No serán eximidos de alguna asignatura los alumnos de 1° a 6°año básico que
presenten problemas de salud o alguna incapacidad física, ya que deberán ser
evaluados en forma diferenciada y de acuerdo a sus capacidades y posibilidades
que presenten de su situación problemática; para ello deberá registrarse la
observación correspondiente en su hoja de vida, con el tipo de evaluación aplicada
e informar situación aludida a Corporación Municipal de Educación.
A) De la eximición en el sector de Educación Física: En el sector de
Educación Física, un alumno/a sólo podrá ser eximido de la actividad
física, previa presentación, de un certificado médico especificando el
tiempo por el cual se hace la solicitud. En tal caso, la actividad física será
cambiada por trabajos de investigación que serán programados por el
Profesor, y que deberán realizarse dentro del establecimiento escolar.
B) De la duración de la eximición: En caso de que un alumno/a se exima
durante un semestre, la calificación final anual corresponderá a la
calificación obtenida durante el semestre en que fue evaluado.
PARRAFO IV. FORMA DE CALIFICAR Y COMUNICAR RESULTADOS
Número de evaluaciones por día: La cantidad máxima de evaluaciones (o
calificaciones) escritas u orales para un día de clase será de dos, a excepción de
la entrega de trabajos o evaluación del texto de lectura complementaria.
ARTICULO 06: AMBITO DE CALIFICACIONES
A) Se considerará un 60% del logro de objetivos para asignar la
calificación mínima de aprobación 4,0 (cuatro, cero)
B) De la calificación de los alumnos de 1° a 6° año básico, serán
evaluados en un ámbito de calificaciones que va entre la nota 1,0
(uno coma cero) y el 7,0 (siete coma, cero).
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ARTICULO 07: INFORME DE CALIFICACIONES
El Profesor Encargado, deberá entregar a los Padres y Apoderados un informe de
calificaciones obtenidas por los alumnos en reuniones de CC de PP y AA optando la
siguiente modalidad
• En reunión mensual se informará sobre los avances de los alumnos/as según
requerimientos de los apoderados.
• Informe parcial en el mes de Junio y en el mes de Noviembre.
• Informe semestral a través de un documento oficial (Libreta de notas) que será
entregado al término del semestre.
• Certificado de notas finales, el que será entregado al apoderado al finalizar el
Año Escolar.
PARRAFO V: INFORME DE RASGOSDE PERSONALIDAD.
El logro de los objetivos transversales se registrará en el informe personal y social del
alumno, que está implícito en el Informe de Notas, será entregado a los padres y/o
apoderados, junto con el Informe de Calificaciones Semestrales, y será Evaluado en
conceptos.
Siempre S
Generalmente G
A veces AV
Nunca N
ARTICULO 08: SITUACIONES ESPECIALES
A) Frente a la inasistencia del alumno(a) a una de las evaluaciones, se considerará
justificada en caso de enfermedad o fallecimiento de un familiar directo, por lo
que se le dará una nueva oportunidad de ser evaluado.
B) Si la inasistencia del alumno(a) a una evaluación es por otros motivos no
establecidos en el inciso anterior, el profesor decidirá la forma de
proceder.
C) En caso de traslado de un alumno(a) con régimen trimestral, se procederá de
la siguiente forma:
• Si trajere notas finales del trimestre estas se considerarán notas
parciales del semestre.
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D) Para todos los efectos de calificaciones esta Escuela se conducirá por el
Régimen de Evaluación Semestral.
E) Situación especial alumnas embarazadas Para la promoción en el caso de
alumnas en situación de embarazo, tendrán que cumplir con a lo menos un
50% de asistencia, siempre y cuando éstas tengan como causa problemas
de salud debido a su embarazo, parto, post parto, enfermedades del hijo
menor de un año, asistencia a control de embarazo, pediátrico u otras
similares. Conjuntamente se considerará el logro de objetivos de los
sectores del Plan de Estudios correspondiente.
F) Cuando el alumno o alumna no se presente a las evaluaciones y luego de
darle dos oportunidades (dejando registros de estas), en la tercera de
estas será evaluado con nota Insuficiente, uno (1.0)
PARRAFO VI PROCEDIMIENTO DE EVALUACION FINAL
ARTICULO 09: El procedimiento para evaluar a los(as) alumnos(as) será el
siguiente:
A) EVALUACION FINAL DEL 1° a 4° AÑO BASICO
Al culminar el año lectivo los(as) alumnos(as) de 1° A 4° año básico,
serán evaluados considerando los promedios obtenidos en los dos
semestres expresados con un decimal sin aproximación a la
décima; los casos especiales que se presenten, como falta de notas
finales en algunas de las asignaturas, serán analizados y resueltos
por el Profesor Encargado/a.
B) EVALUACION FINAL DE 5° A 6° AÑO BASICO
Al culminar el año escolar los(as) alumnos(as) del 5° A 6° año
básico serán evaluados, en cada asignatura, considerando el
promedio aritmético del 1° y 2° semestre, expresado con un
decimal sin aproximación a la décima.
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Criterios
L :
Conceptos.
Logrado
Nota
70 - 60
ML : Medianamente
Logrado 50 - 60
NL : No logrado 40 - 50
ARTICULO 10: DE LA PROMOCION
Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 6° año básico, Considerando:
1.-LOGRO DE OBJETIVOS
A) Serán promovidos todos los alumnos/as que hubiesen
aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudio de los
respectivos cursos.
B) Serán promovidos los alumnos de 1° a 6° año básico, que
hubiese reprobado una asignatura siempre que su promedio
final sea igual o superior a 4,5 incluida la asignatura
reprobada.
C) Serán promovidos los alumnos de 1° a 6° año básico, que no
hubiesen aprobado dos asignaturas del Plan de Estudios,
siempre y cuando su nivel alcance un promedio de 5,0 (cinco
coma cero), incluidas las asignaturas no aprobadas.
2.- ASISTENCIA
Para ser promovidos(as) los(as) alumnos(as) deberán asistir a lo menos el 85% de las
clases establecidas en el Calendario Anual.
El Profesor encargado/a, podrá eximir de este requisito asistencia a los alumno/as
que por enfermedad o alguna otra razón debidamente justificada, no cumple con lo
establecido en este artículo.
PODRAN SER PROMOVIDOS SIEMPRE Y CUANDO SU RENDIMIENTO CUMPLA
CON ART.10- 1
Los(as) alumnos(as) de 1° a 6° año básico que no cumplan con lo establecido en los
puntos 1 y 2 deberán repetir curso.
Calificaciones en las asignaturas de Religión y Orientación.
Las asignaturas antes mencionadas serán evaluadas por el docente encargado
bajo los siguientes criterios e indicadores.
PARRAFO VII DISPOSICIONES DE EVALUACION DIFERENCIADA
ARTICULO 11 Los(as) alumnos(as) que presenten problemas de
aprendizaje serán evaluados en forma diferenciada
(Decreto N° 170/09).
PARRAFO VIII PROCEDIMIENTOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS:
ARTICULO 12 CERTIFICADOS DE ESTUDIOS
Finalizado el Año Escolar el profesor , hará entrega de un
documento oficial (Certificado Anual de Estudios) a los
apoderados, donde se estipulara:
- Decretos.
- Asignaturas.
- Calificaciones obtenidas
- Situación final
En ningún caso deberá llevar en observaciones
hechos sobresalientes o negativos del alumno(a).
ARTICULO 13 REGISTRO DE CALIFICACIONES
A) Actas de Registro de Calificaciones y Promociones al final del
año escolar, el profesor confeccionara las Actas de
Calificaciones y Promociones finales (SIGE), de acuerdo a
las instrucciones emanadas por el Ministerio de Educación.
El plazo de recepción de las Actas será el estipulado
por el Ministerio de Educación.
B) De la calificación en el Libro de Registro Escolar. Al finalizar
el Año Escolar, el profesor deberá inscribir en este libro, la
nómina del curso, el número de matrícula de cada alumno(a),
las calificaciones finales por asignaturas, el
porcentaje de asistencia, el promedio general y la situación
final de cada uno de los(as) niños(as).
Lo anterior lo justificara con su nombre y firma.
ARTICULO 14 CONSIDERACIONES FINALES
Cualquier aspecto no considerado en el Reglamento de operación del Decreto Exento
N° 511/1997, será resuelto en su debida oportunidad, por el Profesor Encargado
del Establecimiento y UTP de Corporación Municipal de Quellón.
El Profesor Encargado del Establecimiento conjuntamente con la UTP de
Corporación Municipal de Quellón tendrá la facultad de determinar si los
alumnos/as, que presenten bajo rendimiento escolar podrían quedar repitiendo aún
presentando un promedio sobre 4.0 y cumplan o no con el porcentaje de
asistencia, todo esto será respaldado por informes del profesor y UTP de
Corporación Municipal de Quellón.
Este Reglamento de Evaluación y Promoción tendrá vigencia en el año escolar 2018-2019.
El Profesor Encargado lo revisara una vez al año (Marzo) para hacer las
innovaciones correspondientes o cuando lo amerite la ocasión.
JUAN CISTERNAS PACHECO
PROFESOR ENCARGADO ESCUELA RURAL PUNTA PAULA