reglamento de evaluación - utp daem talca · 2019-07-02 · el contenido del informe, podrá ser...
TRANSCRIPT
Reglamento de Evaluación
DECRETO 67/2018 DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN
Y PROMOCIÓN ESCOLAR
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto Nº 67 / 2018
Decreto Nº 511 / 1997
Decreto Nº 112 / 1999
Decreto Nº 83 / 2001
Decreto Nº 83 / 2015
REGLAMENTO DE
EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN
Y PROMOCIÓN ESCOLAR
Principios del Decreto 67/2018
1. Currículum Nacional y sucontextualización.
2. Agentes educativos informados.
3. Logro de los aprendizajes.
4. Motivación.
5. Aprendizaje para la vida.
6. Calificación.
7. Desarrollo de aprendizaje.
8. Atención a la diversidad.
9. Evaluación participativa.
10. Retroalimentación.
11. Reformulación.
12. Evaluación de Calidad.
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018
Normas Mínimas Nacionales sobre evaluación, calificación
y promoción.
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018• Reglamento: instrumento mediante el cual,
los establecimientos reconocidos oficialmente
establecen los procedimientos de carácter
objetivo y transparente para la evaluación
periódica de los logros y aprendizajes de
los alumnos, basados en las normas mínimas
nacionales sobre evaluación, calificación y
promoción reguladas por este decreto.
Articulo 2º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018 • Evaluación: conjunto de acciones
lideradas por los profesionales de la
educación para que tanto ellos como los
alumnos puedan obtener e interpretar la
información sobre el aprendizaje, con el
objetivo de adoptar decisiones que
permitan promover el progreso del
aprendizaje y retroalimentar los procesos
de enseñanza.
Articulo 2º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018
• Calificación: representación del logro en el
aprendizaje a través de un proceso de
evaluación, que permite transmitir un
significado compartido respecto a dicho
aprendizaje mediante un numero, símbolo o
concepto.
Articulo 2º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018• Curso: etapa de un ciclo que compone un
nivel, modalidad, formación general común o
diferenciada y especialidad si corresponde,
del proceso de enseñanza y aprendizaje que
se desarrolla durante una jornada en un año
escolar determinado, mediante los planes y
programas previamente aprobados por el
Ministerio de Educación.
Articulo 2º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018
• Promoción : acción mediante la cual el
alumno/a culmina favorablemente un curso,
transitando al curso inmediatamente superior
o egresando del nivel de educación media.Articulo 2º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Decreto 67/2018
El proceso de evaluación, como parte
intrínseca de la enseñanza podrá usarse
formativa o sumativamente.
Articulo 4º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Evaluación
Decreto 67/2018
Los alumnos/as no podrán ser eximidos de
ninguna asignatura o modulo del plan de
estudio, debiendo ser evaluados en todos los
cursos y en todas las asignaturas o módulos
que dicho plan contempla.
Articulo 5º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Evaluación
Decreto 67/2018
Los alumnos/as no podrán ser eximidos de
ninguna asignatura o modulo del plan de
estudio, debiendo ser evaluados en todos los
cursos y en todas las asignaturas o módulos
que dicho plan contempla.
Articulo 5º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Evaluación
Decreto 67/2018
Las calificaciones de las asignaturas de
Religión, Consejo de Curso y Orientación no
incidirán en el promedio final anual, ni en la
promoción escolar de los alumnos/as.
La calificación final anual de cada asignatura o
modulo deberá expresarse en una escala
numérica de 1,0 a 7,0 hasta con un decimal,
siendo la calificación mínima de aprobación 4,0
Articulo 7º
Articulo 8º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Calificación
Decreto 67/2018
La cantidad de calificaciones y las
ponderaciones que se utilicen para calcular la
calificación final del periodo escolar adoptado y
de final de año de una asignatura o modulo de
cada curso, deberá ser coherente con la
planificación que para dicha asignatura o
modulo realice el profesional de la educación.
Articulo 9º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Calificación
Decreto 67/2018
1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos
que:
a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus
respectivos planes de estudio.
b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su
promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la
asignatura o el módulo no aprobado.
c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien
una asignatura y un módulo, su promedio final anual sea
como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas o módulos no
aprobados.
2) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los
alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de
aquellas establecidas en el calendario escolar anual.
Articulo 10º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Promoción
Decreto 67/2018
a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el
alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello
pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso
superior.
c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender
la situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos
cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe, podrá ser consignado en la hoja de vida
del alumno.
La situación final de promoción o repitencia de los alumnos
deberá quedar resuelta antes del término de cada año escolar.
Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá
volver a realizarlo, ni aun cuando éstos se
desarrollen bajo otra modalidad educativa.
Articulo 11º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Promoción
Decreto 67/2018
En los establecimientos reconocidos oficialmente por
el Estado, el rendimiento escolar del alumno no
será obstáculo para la renovación de su matrícula,
y tendrá derecho a repetir curso en un mismo
establecimiento a lo menos en una oportunidad en
la educación básica y en una oportunidad en la
educación media, sin que por esa causal le sea
cancelada o no renovada su matrícula.
Articulo 14º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
De la Promoción
Decreto 67/2018
Disposiciones comunes para la elaboración
del Reglamento
Decreto 67/2018
El equipo directivo junto con el equipo técnico-
pedagógico del establecimiento presentará una
propuesta de Reglamento al Consejo de
Profesores sobre la base de las disposiciones del
presente decreto, y de acuerdo con lo dispuesto
en el Proyecto Educativo Institucional y en el
Reglamento Interno del establecimiento
educacional.
Articulo 16º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Elaboración del Reglamento
Decreto 67/2018
El Reglamento deberá ser comunicado oportunamente
a la comunidad educativa al momento de efectuar la
postulación al establecimiento o a más tardar, en el
momento de la matrícula.
09:00 Hrs
26 de Agosto 2019
Articulo 17º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Elaboración del Reglamento
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Introducción
¿Qué entendemos por evaluación?,
¿Cómo se distingue de calificar?
¿Qué usos se le dara a la evaluación en el establecimiento?
¿En qué se distinguen esos usos?
¿Para qué nos sirven esas evaluaciones?
¿Cómo podemos fortalecer el uso pedagógico de la evaluación?
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Periodo escolar adoptado
¿Qué periodo escolar adoptará el establecimiento educacional?
Trimestral / Semestral
A)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Formas y Criterios de evaluación
¿Cómo se comunicarán las formas y criterios de evaluación a los estudiantes?
¿Qué estrategias se promoverán para que los estudiantes comprendan los criterios con
los que serán evaluados?
B)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Formas y Criterios de evaluación
¿Cómo se informará a los padres, madres y apoderados las formas y criterios de
evaluación de los procesos evaluativos que se desarrollarán con sus estudiantes?
•Formas
•Procedimientos
•Plazos
C)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Calidad y pertinencia de las actividades de
evaluación.
¿A través de qué lineamientos se cautelará que exista retroalimentación de las actividades de
evaluación?
¿Qué estrategias se definirán para el seguimiento de la calidad y pertinencia de las actividades de
evaluación?
¿De qué forma se coordinarán los equipos docentes para definir la frecuencia de las actividades
evaluativas, en función de evitar la sobrecarga y resguardar los espacios de vida personal, social y
familiar de los alumnos/as?
D)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Espacios para el diseño y reflexión sobre la
evaluación en aula
¿Qué instancias, tiempos y espacios se destinarán para que los docentes puedan
reflexionar colectivamente sobre los procesos evaluativos que están
implementando en el aula respecto de su pertinencia, suficiencia, variedad,
diversificación, capacidad para motivar a los estudiantes y promover aprendizajes, y ajustarlos en función de esa reflexión?
E)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Fortalecimiento de la evaluación formativa
¿Qué estrategias se llevarán a cabo para el fortalecimiento de la evaluación formativa en
el establecimiento?
¿Qué rol les compete a las y los docentes, Equipo directivo y Estudiantes en el desarrollo de estas estrategias para fortalecer la evaluación formativa?
F)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Diversificación de la evaluación.
¿Cuáles serán los lineamientos que como establecimiento entregaremos para
diversificar la evaluación, en orden de abordar de mejor manera la diversidad de
estudiantes?
G)
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Coherencia entre la planificación y la
calificación final anual.
¿Cómo se resguardará que la forma de calificar y la calificación anual en una
asignatura o módulo sea coherente con la planificación pedagógica?
¿Se considerará realizar evaluaciones finales por asignaturas o módulos?
¿En qué asignaturas o módulos?
H )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Criterios sobre eximición de evaluaciones
¿Qué criterios o requisitos se considerarán para determinar si un estudiante debe o
puede eximirse de alguna evaluación calificada?
¿Qué se va a entender por evaluaciones recuperativas?
¿En qué casos se aplicarán evaluaciones recuperativas?
¿Qué plazos se establecerán para las evaluaciones recuperativas?
I )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Sistema de registro de calificaciones
¿Cómo se registrarán las calificaciones?
¿Qué sistema de registro se utilizará?
¿Qué plazos se establecerán para el registro e información de las calificaciones?
J )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Promoción de estudiantes.
¿Cuáles son los criterios que definen la promoción de los estudiantes al curso
siguiente?
¿Qué requisitos y modos de operar se utilizarán para promover a estudiantes con un porcentaje menor al 85% de asistencia?
K )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Casos especiales de evaluación y
promoción
¿Qué criterios se establecerán para la resolución de situaciones especiales de
evaluación y promoción?
L )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Instancias de comunicación y toma de
decisiones.
¿Qué se entenderá por proceso de aprendizaje?
¿Qué se entenderá por progreso de aprendizaje?
¿Qué se entenderá por logros de aprendizaje?
¿Cómo y a quien se comunica/reporta? (procedimientos, plazos, recurrencia)
M )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Espacios para reflexión
¿Qué instancias, espacios y tiempos se definirán para el análisis y reflexión sobre evidencia evaluativa y toma de decisiones pedagógicas sobre el proceso, progreso y
logros de aprendizaje de las y los estudiantes entre docentes, directivos, profesionales
especialistas de los Programas de Integración Escolar, ayudantes o asistentes y
otros profesionales?
N )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Promoción y repitencia de estudiantes
¿Qué criterios se considerarán en el análisis de la situación de los estudiantes que no son promovidos
automáticamente?
¿Cómo se desarrollará el proceso de discusión y análisis para determinar si son promovidos o
repetirán de curso?
¿De qué forma y en qué plazo se comunicará la decisión final al estudiante y su madre, padre o
apoderado?
¿Qué estrategias se utilizarán para resguardar que los acompañamientos pedagógicos que se les provean sean pertinentes a sus necesidades
pedagógicas y socioemocionales?
O )
Decreto 67/2018
Articulo 18º
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Casos de plagio o copia
¿Qué medidas se considerarán para obtener evidencia fidedigna sobre el aprendizaje en casos de plagio o
copia?
O )
Presentación realizada en base a los planteamientos del Decreto Nº 67/2018 y las Orientaciones para su
Implementación, emanadas desde el Ministerio de Educación
Departamento de Administración de Educación Municipal - Talca
Reglamento de Evaluación
DECRETO 67/2018 DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN
Y PROMOCIÓN ESCOLAR