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Reglamento de Evaluación Decreto 67/2018 Escuela Bajo Perquin año 2020 COMUNA : San Clemente REGIÓN : Del Maule PROVINCIA: Talca

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Page 1: Reglamento de Evaluación - Comunidad EscolarLos apoderados y las apoderados de la comunidad educativa deben fortalecer el proceso de evaluación responsabilizándose de emplear el

Reglamento de Evaluación Decreto 67/2018

Escuela Bajo Perquin año 2020

COMUNA : San Clemente

REGIÓN : Del Maule

PROVINCIA: Talca

Page 2: Reglamento de Evaluación - Comunidad EscolarLos apoderados y las apoderados de la comunidad educativa deben fortalecer el proceso de evaluación responsabilizándose de emplear el

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................ 3

DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................................... 4

PRINCIPIOS EVALUATIVOS .................................................................................................................. 4

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES Y APODERADOS EN RELACIÓN CON

LOS Y LAS ESTUDIANTES: ......................................................................................................................... 5

LA EVALUACIÓN ...................................................................................................................................... 6

EVALUACIÓN COMO INFORMACIÓN ................................................................................................ 7

ARTÍCULO 1 ................................................................................................................................................... 8

Del periodo escolar y disposiciones respecto al tipo, forma y criterios de evaluación. .............................. 8

ARTICULO 2 ................................................................................................................................................. 11

Disposiciones respecto a la entrega de información. ................................................................................... 11

ARTICULO 3 ................................................................................................................................................. 12

Calidad, pertinencia y retroalimentación de actividades de evaluación .................................................... 12

ARTICULO 4 ................................................................................................................................................. 12

Espacios para diseño y reflexión de la evaluación. ...................................................................................... 12

ARTÍCULO 5 ................................................................................................................................................. 13

Las exigencias de asistencia a las evaluaciones. .......................................................................................... 13

ARTÍCULO 6 ................................................................................................................................................. 14

De la confiabilidad y reserva de los instrumentos ....................................................................................... 14

ARTÍCULO 7 ................................................................................................................................................. 14

De la escala de notas ....................................................................................................................................... 14

ARTÍCULO 8 ................................................................................................................................................. 14

De las pautas de Evaluación .......................................................................................................................... 14

ARTÍCULO 9 ................................................................................................................................................. 15

De las calificaciones parciales y finales ......................................................................................................... 15

ARTÍCULO 10 ............................................................................................................................................... 15

De la calificación semestral final ................................................................................................................... 15

ARTÍCULO 11 ............................................................................................................................................... 16

Del registro de las distintas evaluaciones...................................................................................................... 16

ARTÍCULO 12 ............................................................................................................................................... 16

De los resultados de la evaluación. ................................................................................................................ 16

ARTÍCULO 13 ............................................................................................................................................... 17

Casos de plagio o copia................................................................................................................................... 17

ARTICULO 14 ............................................................................................................................................... 17

De las pruebas recuperativas, contenido y registro en el libro de clases. .................................................. 17

ARTÍCULO 15 ............................................................................................................................................... 18

De la calificación final de las asignaturas ..................................................................................................... 18

ARTICULO 16 ............................................................................................................................................... 18

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De los talleres JEC .......................................................................................................................................... 18

ARTÍCULO 17 ............................................................................................................................................... 19

De la promoción .............................................................................................................................................. 19

ARTICULO 18 ............................................................................................................................................... 20

Situaciones de reprobación ............................................................................................................................ 20

ARTÍCULO 19 ............................................................................................................................................... 21

Del examen recuperativo anual. .................................................................................................................... 21

ARTÍCULO 20 ............................................................................................................................................... 21

Cantidad de notas por asignatura ................................................................................................................. 21

ARTÍCULO 21 ............................................................................................................................................... 22

De las situaciones especiales .......................................................................................................................... 22

ARTÍCULO 22 ............................................................................................................................................... 23

De los casos de repitencia ............................................................................................................................... 23

ARTÍCULO 23 ............................................................................................................................................... 23

Información de estudiantes con NEE ............................................................................................................ 23

ARTÍCULO 24 ............................................................................................................................................... 24

Dificultades para la adquisición del aprendizaje ......................................................................................... 24

ARTÍCULO 25 ............................................................................................................................................... 25

Certificados y Actas de Registro de Calificaciones y Promoción. .............................................................. 25

ARTÍCULO 26 ............................................................................................................................................... 25

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INTRODUCCIÓN

La escuela Bajo Perquin está ubicada en la comuna de San Clemente, oficialmente reconocido

según Resolución Exenta N° 10.584 del año 1980, Rol Base Datos 3081-3, participa de la misión

educativa del Estado afirmando que la evaluación es parte esencial del proceso de Enseñanza

Aprendizaje, cuyo propósito es establecer los niveles de logro o desempeño que los y las

estudiantes desarrollan en su proceso de aprendizaje o de desarrollo de competencias

establecidas en las bases curriculares propuestas por el Ministerio de Educación. La evaluación

como proceso, es un conjunto de prácticas y procedimientos pedagógicos mediante los cuales se

obtiene información válida y confiable sobre el estado de avance de los aprendizajes de los y las

estudiantes, de manera que sirva retroalimentar procesos de toma de decisiones pedagógicas,

ajustes curriculares, remediales y reforzamiento en el proceso de formación de los y las

estudiantes. Por ello es el enfoque o paradigma criterial de evaluación el principal orientador en

el proceso de enseñanza-aprendizaje. Lo anterior no es contradictorio con la exigencia de

calificación y promoción de los y las estudiantes, entendiendo que la traducción conceptual o

cuantitativa de la evaluación, es siempre un indicador de un proceso de formación del o la

estudiante, necesariamente relacionada a un estándar.

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DISPOSICIONES GENERALES

El reglamento interno de evaluación tiene por objetivo definir de manera más concreta las

normas de evaluación y promoción de los y las estudiantes de la Escuela Bajo Perquin. A

continuación se definen los siguientes conceptos:

• Reglamento: Instrumento mediante el cual, el establecimiento establece procedimientos de

carácter objetivo y trasparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de

sus estudiantes, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y

promoción reguladas por el decreto vigente.

• Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales e la educación para que

tanto ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información sobre el

aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del

aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.

• Calificación: Representación del logro del aprendizaje a través de un proceso de evaluación,

que permite trasmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un

número, símbolo o concepto.

PRINCIPIOS EVALUATIVOS

• La evaluación debe adecuarse a las características de los y las estudiantes, tomando en

cuenta su edad, intereses, ritmo y estilo propias de aprendizaje.

• El proceso evaluativo es continuo ya que está presente desde que niños y niñas inician un

aprendizaje hasta el momento en que lo hace suyo.

• La evaluación es sistemática y permanente.

• Está orientada a poner a los y las estudiantes frente a una comparación consigo mismo o

misma y no con los o las demás.

• La evaluación, adopta durante el proceso de enseñanza aprendizaje diversas estrategias y

procedimientos, todos con el único fin de lograr la apropiación de un aprendizaje por parte

de los y las estudiantes.

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DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES Y APODERADOS

EN RELACIÓN CON LOS Y LAS ESTUDIANTES:

• Asumir plenamente su rol como modelo y máximo o máxima responsable de la educación y

formación de su estudiante.

• Apoyar con dedicación y continuidad el proceso educativo de su estudiante, asistiendo

oportunamente al colegio para informarse acerca de su rendimiento y comportamiento,

orientando y controlando el uso de su tiempo libre en el hogar y velando por el

cumplimiento de sus obligaciones escolares.

• Interesarse por conocer a su estudiante a través del diálogo, fortaleciendo la vida familiar,

y teniendo presente las características de su desarrollo.

• Promover permanentemente el desarrollo de actitudes, gestos, expresiones y actos

positivos hacia el colegio, sus profesores, profesoras y demás integrantes de la comunidad

educativa.

• Inculcar y desarrollar normas y valores acorde a los principios educativos del Colegio.

• Identificar, apoyar y aceptar las capacidades, talentos y limitaciones de su estudiante,

favoreciendo sus soluciones a través de terapias, tratamientos o ayuda de especialistas

• Orientar y apoyar el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades de su estudiante,

estimulando una actitud positiva y autónoma en la realización de deberes escolares.

• Preocuparse diariamente del proceso de aprendizaje de su estudiante, velando por que éste

asista diariamente a clases portando todos los útiles, libros y materiales solicitados en cada

asignatura.

• Revisar diariamente los cuadernos de su estudiante

• Velar que su estudiante ingrese puntualmente al establecimiento, como también el horario

de regreso al hogar.

• Tomar nota de los informes y calificaciones entregadas a sus estudiantes, suscribiendo con

su firma el respectivo documento, como también asistir obligatoriamente a las reuniones

de apoderados y apoderadas de curso, y citaciones de algún profesor, profesora o directivo

del colegio.

• Abstenerse de efectuar maltrato físico y/o psicológico a su estudiante en dependencias del

colegio.

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Los apoderados y las apoderados de la comunidad educativa deben fortalecer el proceso de

evaluación responsabilizándose de emplear el conducto regular para canalizar sus sugerencias,

inquietudes, observaciones, iniciativas, o desacuerdos. Ríjase de la siguiente forma:

1. Profesor o profesora de asignatura.

2. Profesor o profesora jefe.

3. Jefe de Unidad Técnica Pedagógica.

4. Encargado de Convivencia Escolar

5. Directora.

6. Departamento de Educación Municipal.

7. Departamento Provincial de Educación.

8. Mineduc.

• Mantener un permanente contacto con el establecimiento, a fin de informarse y colaborar

en el proceso de enseñanza, aprendizaje y en el área conductual de su estudiante.

• Enviar oportunamente los justificativos médicos por ausencias a clases; dejar constancia en

dirección cuando las ausencias sean prolongadas y no se tenga certificado médico; asistir a

las entrevistas de profesores o profesoras sólo en su horario de atención, el cual será

entregado en la primera reunión de apoderados. Por tanto, no serán atendidos en horas en

que ellos y ellas estén en clases con un curso.

LA EVALUACIÓN

1. La evaluación en el proceso educativo de los y las estudiantes adquiere una relevancia de suma

importancia pues decide su promoción. Debido a esto es fundamental que los estudiantes,

apoderados y apoderadas sepan con antelación cuándo, cómo, con qué instrumento va a ser

evaluado cada estudiante, con el único fin de que ambos (estudiantes, apoderados y apoderadas)

puedan enfrentar con mejores herramientas esta instancia educativa.

2. Los y las estudiantes tienen derecho a ser informados de los criterios de evaluación; a ser

evaluados y evaluadas, promovidos y promovidas de acuerdo a un sistema objetivo y transparente,

con el reglamento del establecimiento.

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3. Existe una gran variedad de procedimientos evaluativos como, por ejemplo: pruebas,

cuestionarios, observación de desempeños, observación de productos, anecdotarios, listas de

cotejo, escalas de apreciación, fichas de seguimiento, elaboración de proyectos, disertaciones,

debates, dramatizaciones, mapas conceptuales, artículos y trabajos de investigación, elaboración

de diarios, elaboración de trípticos, etc.

4. Las pruebas, por otra parte, podrán ser aplicadas en formato oral o escrito. Dentro de las pruebas

escritas se pueden mencionar las pruebas de ensayo y las pruebas de respuesta fija. Los

instrumentos de evaluación deben ser adecuados a lo que se quiera medir, ya que si existen

estudiantes con necesidades educativas permanentes, es necesario usar un instrumento

diversificado.

EVALUACIÓN COMO INFORMACIÓN

1. La mayor importancia de una evaluación es la información que entrega, información de cómo,

cuánto y qué están aprendiendo los y las estudiantes. Para los y las docentes esta información es

indispensable para poder planificar y adecuar contenidos, actividades y procedimientos de

aprendizaje.

2. Los y las estudiantes por su parte precisan saber cuánto han aprendido para así plantearse nuevas

metas o retroalimentarse.

3. Para apoderadas y apoderados es importante conocer esa información que entrega una

evaluación, para así colaborar de mejor manera en el hogar en el aprendizaje de los y las

estudiantes.

4. Una buena evaluación sirve para saber si los métodos y técnicas de enseñanza y estudios fueron

o no adecuados.

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ARTÍCULO 1

Del periodo escolar y disposiciones respecto al tipo, forma y

criterios de evaluación.

Respecto al periodo escolar adoptado

El establecimiento establece periodo escolar semestral.

Respecto al tipo de evaluación

Toda actividad curricular del estudiante, deberá ser evaluada. Se consideran procedimientos

evaluativos las pruebas escritas u orales, controles breves (de materias, lecturas, biografías, guías,

entre otros), trabajos individuales y/o en grupo, informes de visitas en terreno, aplicaciones

multimediales de constatación de habilidades y/o contenidos, portafolios, etnografías,

representaciones teatrales, bailes, canciones, trabajo de proyectos, construcciones manuales,

cualquier actividad que permita medir la adquisición de conocimientos, habilidades, destrezas, y/o

progresos de la formación académica del (de la) estudiante, con el fin de determinar el nivel de

rendimiento alcanzado en el logro de los objetivos de aprendizaje.

En todos los casos la evaluación debe considerar tanto productos, como procesos. La no

presentación de una actividad, trabajo o tarea, en ningún caso puede traducirse en la calificación

mínima, por vulnerar el valor formativo de la evaluación y el espíritu cualitativo de este reglamento.

Los tipos de evaluaciones posibles son: diagnóstica, formativa, sumativa y diferenciada.

La evaluación diagnóstica es aquella que permite sondear y pesquisar habilidades, conocimientos y

otros estados de situación académica en que se encuentra un o una estudiante antes de iniciar el

proceso formal de aprendizaje en cualquier ámbito de su formación académica. También para

evaluar la pertinencia de programas y/o unidades y planificar en coherencia con sus capacidades

cognitivas.

Evaluación Diagnóstica se realizará al inicio de cada año escolar, en cada proceso académico, toda

asignatura semestral.

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La evaluación diagnóstica es cualitativa y se utilizarán los siguientes niveles de logro:

Insuficiente (I): 1,0- 3,9

Elemental (E): 4,0 – 5,9

Adecuado (A): 6,0– 7,0

La evaluación formativa tiene como función obtener información acerca del estado de

aprendizaje de cada estudiante y, a partir de ello, tomar decisiones que ayuden a un mejor

desarrollo de dicho proceso. La información que arroja este tipo de evaluación, debe ser entregada

a las y los estudiantes, de manera que también puedan hacerse cargo de su propio proceso de

aprendizaje. Será aplicada durante el desarrollo de una unidad de aprendizaje y no llevará

necesariamente una calificación, esta decisión es criterio del o la docente, según su saber acerca

del estado de aprendizaje de sus estudiantes. Se generarán instancias dialógicas, en las cuales los y

las estudiantes puedan recibir retroalimentación acerca de sus dificultades para lograr los

aprendizaje.

La evaluación sumativa o acumulativa será utilizada para emitir un juicio refrendado y holístico

sobre quienes se evalúan, designa la forma mediante la cual se mide y objetiviza el aprendizaje con

el fin de certificarlo, asignar calificaciones y/o determinar promociones.

Evaluación diferenciada: Diversificar las formas en que se evalúa los distintos procesos es parte de

las orientaciones para la inclusión, considerando características, ritmos, formas de aprender,

necesidades e intereses múltiples, es que la evaluación diversificada toma un rol preponderante.

Entiéndase como, desde el momento de la presentación de los contenidos; objetivos y/o metas a

lograr hasta el producto que el estudiante deba entregar, las estrategias, metodologías o rutas

didácticas que el o la docente emplea para llegar al o la estudiante y que este también tenga

diferentes formas de demostrar su aprendizaje. El y la docente y equipo de aula tiene la obligación

de, en la planificación de unidad y calendarización de las clases dejar de manifiesto cuáles son las

estrategias de diversificación que usará en orden de abordar a la diversidad de estudiantes del curso

que atiende.

Respecto a la forma de evaluación:

Entendiendo por formas o situación evaluativa: pruebas escrita y realización de tareas.

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Dentro de las pruebas escritas se encuentra la de respuesta estructurada o fija y, respuesta abierta,

de desarrollo o construida.

Dentro de la de respuesta estructurada o fija existen tipos de ítems como de selección múltiple,

términos pareados, completación, verdadero o falso, entre otras.

Dentro de respuestas abiertas, de desarrollo o construida existen tipos de ítems como de respuesta

breve y respuesta extensa.

Dentro de la realización de tareas existe las de ejecución práctica(por ejemplo: construir un álbum,

dominio con balón de básquetbol) y entrega de encargos(por ejemplo: trabajo de investigación,

desarrollo de guía).

Todo lo relacionado con pruebas escritas se evalúa a través de una pauta o lista de respuestas

correctas.

Todo lo relacionado con la realización de tareas, se evalúa a través de rúbricas, pautas o lista de

cotejo.

Nuestro establecimiento aplicará las siguientes formas:

• Orales o Escritas: con el objetivo de valorar el saber individual de cada estudiante.

• Disertaciones: con el fin de desarrollar expresión oral en todos los y las estudiantes.

• Trabajos de investigación: para desarrollar y fomentar el buen uso de la tecnología.

• Coevaluación: con el fin de fomentar su participación en el proceso de evaluación y valorar

lo que saben, dominan o expresan.

• Autoevaluación: para desarrollar el hábito de la reflexión, y la identificación de los propios

errores.

• Evaluación clase a clase: a través de guías de aplicación, trabajos prácticos con material

concreto, trabajo en uso del cuaderno y libro del estudiante, participación en la clase a

través de preguntas y encuestas en programas tecnológicos. Dicha evaluación se le

asignará ponderación para finalmente valorar el resultado de un conjunto de evaluaciones.

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Respecto a los criterios de evaluación:

Se establecen los criterios de evaluación, a través de los indicadores planteados en los programas

de estudios, asociados a un objetivo de aprendizaje, los cuales se trabajan en unidades temáticas

en relación a cada asignatura. Sin perjuicio de que el docente y equipo de aula dispongan de otros

criterios que sean congruentes con la situación de evaluación.

La exigencia porcentual oficial para la escala de evaluación será al 60% y podrá ser aplicada a todos

los instrumentos de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, este porcentaje de exigencia podrá ser

modificado a criterio del docente y equipo de aula previa consulta al jefe técnico-pedagógico.

ARTICULO 2

Disposiciones respecto a la entrega de información.

A estudiantes:

Cada profesor y profesora de asignatura deberá informar y explicar a los y las estudiantes

los criterios y forma de evaluación a más tardar la tercera clase de la asignatura correspondiente en

marzo, a través de la entrega de la información escrita pegada en cuaderno o agenda escolar del

primer semestre, la cual deberá ser firmada por el apoderado o apoderada(el profesor o profesora

verificará esto en la clase siguiente). Dejando registro a su vez, en el libro de clases. Esta información

deberá contener la forma(prueba escrita, trabajo de investigación, entre otras)y criterios de

evaluación(indicadores de evaluación asociados).

A apoderados/as:

Cada profesor o profesora jefe deberá informar y explicar los criterios y formas de

evaluación la primera reunión de apoderados y apoderadas de cada semestre bajo firma, a través

de la entrega de información escrita, mencionando los indicadores a evaluar y la forma a aplicar de

evaluación.

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ARTICULO 3

Calidad, pertinencia y retroalimentación de actividades de

evaluación

Calidad y pertinencia en la evaluación:

Se establecerán estrategias de evaluación en equipos de trabajo al finalizar cada semestre, a

través de una jornada exclusiva, donde participarán todos los y las docentes de aula regular,

educadoras de educación diferencial, educadora de párvulo, en conjunto con el equipo de

gestión(trabajo en equipos acorde a asignatura y nivel). En dicha jornada deberá quedar registro de

las formas, criterios de evaluación, fechas de aplicación de cada asignatura y nivel.

Retroalimentación de actividades de evaluación:

El o la docente deberá revisar la evaluación en un periodo máximo de una a dos semanas, una

vez revisado el instrumento o forma de evaluación, deberá informar a los estudiantes el porcentaje

de logro de los aprendizajes más y menos logrados. Respecto a estos resultados entregados, deberá

retomar aquellos aprendizajes menos logrados, con los y las estudiantes que obtuvieron dichos

resultados. Realizando actividades diferenciadas acorde a lo trabajado.

ARTICULO 4

Espacios para diseño y reflexión de la evaluación.

Se establecerán estrategias de evaluación en equipos de trabajo al finalizar cada semestre, a

través de una jornada exclusiva, donde participarán todos los y las docentes de aula regular,

educadoras de educación diferencial, educadora de párvulo, en conjunto con el equipo de

gestión(trabajo en equipos acorde a asignatura y nivel). En dicha jornada se acordaran, discutirán

los criterios de evaluación y formas más pertinentes de obtener información fidedigna del

aprendizaje de los y las estudiantes.

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Se trabajará en espacios semanales de trabajo colaborativo en el interior de establecimiento,

generando instancias de reflexión respecto a los resultados de las evaluaciones aplicadas y las

formas utilizadas para evaluar a los y las estudiantes, con el fin de mejorar el proceso evaluativo.

ARTÍCULO 5

Las exigencias de asistencia a las evaluaciones.

La asistencia a pruebas, controles, exposiciones, visitas u otras actividades de evaluación

programadas, será obligatoria y su incumplimiento permitirá ser calificado con nota mínima(1.0),

cuando se materialice la acción, sin una justificación atingente. Si esto está asociado a indisciplina,

la conducta será registrada en la hoja de vida del(de la) estudiante. Se exceptúan de esta

disposición:

a) Los y las estudiantes que presenten certificación médica en un plazo no mayor a una semana.

Esta certificación será archivada en el expediente de cada estudiante y su comunicación será

responsabilidad del equipo de gestión y luego de los y las docentes de jefatura. Las medidas

tendientes a resolver la situación de evaluación pendiente, no deberán superar la semana, luego de

la incorporación del o la estudiante a sus actividades regulares.

b) En el caso de los y las estudiantes que representen al establecimiento en actividades oficiales,

académicas, culturales, deportivas u otras, deberá ser certificada con antelación por el o la docente

responsable al equipo de gestión y a los y las docentes que en la eventualidad hayan fijado

evaluaciones.

c) Los y las estudiantes que por fuerza mayor no pudieran asistir a una evaluación, deberán

justificarse por el apoderado, apoderada o una persona responsable, emparentada en línea directa

con el estudiante, haciéndose presente en el establecimiento o por llamado telefónico al

establecimiento, profesor o profesora jefe.

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ARTÍCULO 6

De la confiabilidad y reserva de los instrumentos

Ante una posible filtración del contenido, parcial o total de un instrumento o procedimiento de

evaluación, el cual sea comprobado fehacientemente, procederá la cancelación de la actividad, su

reprogramación y el rediseño de la misma.

Si el hecho involucra a algún determinado miembro de la comunidad educativa, se aplicará la

sanción dispuesta en el Manual de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 7

De la escala de notas

Para el cumplimiento del artículo precedente, el establecimiento adopta la escala de calificaciones

en notas de 1,0 a 7,0 expresadas hasta con un decimal. La nota mínima de aprobación es 4,0. Para

obtener la nota mínima de aprobación, el o la estudiante deberá conseguir un 60% de logros de la

evaluación.

ARTÍCULO 8

De las pautas de Evaluación

El significado cualitativo o niveles de logro para efectos de construcción de pautas de evaluación,

rúbricas u otros instrumentos es el siguiente:

7,0 _ 6,6 Excelente

6,5 – 6,0 Muy Bueno

5,9 – 5,0 Bueno

4,9 – 4,0 Suficiente

ADECUADO

ELEMENTAL

Page 16: Reglamento de Evaluación - Comunidad EscolarLos apoderados y las apoderados de la comunidad educativa deben fortalecer el proceso de evaluación responsabilizándose de emplear el

3,9 – 1,0 Insuficiente

Queda a criterio y arbitrio de los docentes utilizar otros conceptos para efectos de establecer niveles

de logro, en evaluaciones peculiares, lo cual en todos los casos debe ser aprobado y autorizado por

UTP.

ARTÍCULO 9

De las calificaciones parciales y finales

Las calificaciones parciales y finales deberán expresarse con un decimal, debiendo aproximarse a la

décima inmediatamente superior la centésima igual o superior a cinco. Los promedios 3,94 o

inferiores en centésimas, deberán someterse a este reglamento. Si el o la estudiante presenta

promedio 3,9 en cualquier asignatura del Plan de estudios, el o la docente de la asignatura deberá

presentar un informe por escrito indicando los motivos de tal calificación a UTP. No se aplicará en

modo alguno reducción de notas en este tipo de calificaciones cuando constituyan promedios, por

considerarse una práctica antipedagógica.

ARTÍCULO 10

De la calificación semestral final

Se considerará como “Calificación Semestral Final” el promedio ponderado de las calificaciones

parciales obtenidas durante el semestre por los y las estudiantes. Estas calificaciones(parciales)

deberán estar claramente registradas en el libro de clases y en cada hoja de asignatura, indicando

fecha, actividad curricular evaluada y ponderación(si existen porcentajes distintos para cada

evaluación). El registro de notas parciales será de exclusiva responsabilidad de cada profesor y

profesora de asignatura o profesor y profesora jefe en el Primer Ciclo, quien deberá conservar en

listas de cotejo, plataformas u otros medios institucionales y/o personales, dichos registros para

presentar como evidencia y respaldo en la eventualidad que corresponda respaldar una calificación.

INSUFICIENTE

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En los casos de esta naturaleza, en los que no se produzca acuerdo entre docentes y estudiantes,

mediará UTP , quien podrá contar con el arbitrio del Consejo de Profesores.

ARTÍCULO 11

Del registro de las distintas evaluaciones.

Las fechas y horas durante las cuales se aplicarán pruebas, controles o se llevarán a cabo

exposiciones, disertaciones, presentación de trabajos u otros procedimientos, deberán quedar

claramente especificadas en el libro de clases(registro de actividades y en lugar de calificaciones se

debe registrar: forma, contenido y fecha) y en la planificación de la enseñanza.

ARTÍCULO 12

De los resultados de la evaluación.

El o la estudiante y apoderado o apoderada tienen derecho a conocer las calificaciones obtenidas.

Las calificaciones obtenidas deberán ser entregadas en un plazo no mayor a dos semanas al

estudiante, para posteriormente ser entregadas al apoderado o apoderada en la reunión mensual.

La corrección de notas en caso de error es de exclusiva responsabilidad del o la docente de cada

asignatura. Cuando este error deba corregirse en el libro de clases, debe ser visado por dirección.

Cuando el resultado de una evaluación aplicada a un curso arroje más de un 50% de calificaciones

deficientes (3,9 ó inferior), se deberá aplicar una nueva evaluación, la cual debe ser calendarizada

el día que se entregaron los resultados de dicha evaluación, garantizando 48 horas de preparación.

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ARTÍCULO 13

Casos de plagio o copia

Todo y toda estudiante que sea sorprendido actuando deshonestamente durante la aplicación de

un control, prueba u otros, será sancionado(a)con la suspensión de dicha evaluación. Se deberá, en

este caso, aplicar una interrogación oral y registrar esta actitud en la hoja de vida del o la estudiante,

en coherencia y refrendado por lo que estipula el reglamento de convivencia escolar de la Escuela

Bajo Perquin.

En el caso que se suscite una desavenencia y/o discrepancia entre la versión del o la docente y el o

la estudiante, UTP mediará aplicando un nuevo instrumento de evaluación, el cual debe mantener

coherencia y la escala original de la evaluación inicial. Este incidente quedará consignado en la

bitácora de registros anecdóticos de UTP y en los casos que lo amerite, por eventuales conflictos, se

solicitará la mediación de la Coordinación de Convivencia Escolar.

ARTICULO 14

De las pruebas recuperativas, contenido y registro en el libro de clases.

Cada estudiante deberá rendir una evaluación recuperativa en el semestre de cada asignatura,

recuperando una calificación parcial más baja(debe mantener la ponderación de esa calificación

más baja). El contenido a evaluar deberá ser aquel donde los niveles de logro de aprendizaje

hayan estado más descendidos, o todo el contenido visto en el semestre(queda a criterio del o la

docente).

Dicha calificación de la evaluación recuperativa deberá ser registrada en el libro de clases en la

columna anterior al promedio final del semestre.

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ARTÍCULO 15

De la calificación final de las asignaturas

La calificación final anual de cada asignatura o módulo deberá expresarse en una escala numérica

de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0.

El promedio semestral será la ponderación de las calificaciones parciales obtenidas durante el

semestre.

El promedio anual será el promedio del primer y segundo semestre.

Para el caso de Orientación y Religión, las calificaciones no incidirán en el promedio final anual ni en

la promoción escolar de los y las estudiantes. Se utilizaran los siguientes conceptos de acuerdo a las

calificaciones:

Notas Concepto

1.0 a 3.9 Insuficiente

4.0 a 4.9 Suficiente

5.0 a 5.9 Bueno

6.0 a 7.0 Muy bueno.

ARTICULO 16

De los talleres JEC

En Los talleres y subsectores que se desprenden del Proyecto de Jornada Escolar Completa, las

evaluaciones finales de estos procederán a sumar como una calificación parcial ponderada en las

asignaturas de:

Taller de Lenguaje a Leguaje y Comunicación.

Taller de Matemática a Matemática

Taller de Deporte a Educación Física y Salud.

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ARTÍCULO 17

De la promoción

Para efectos de la promoción escolar la calificación mínima de aprobación final será 4,0.

Para la promoción de los (as) estudiantes de 1° a 8° año básico.

1. Serán promovidos o promovidas los y las estudiantes que hayan aprobado todas las

asignaturas, de sus respectivos planes de estudio.

2. Serán promovidos o promovidas los y las estudiantes que hayan reprobado una

asignatura. Siempre que su promedio corresponda a 4,5 o superior. Para calcular

este promedio se considerará la calificación de la asignatura o módulo no aprobado.

3. Serán promovidos o promovidas los y las estudiantes que hayan reprobado dos

asignaturas. Siempre que su promedio general corresponda a un promedio 5.0 o

superior. Para calcular este promedio se considerará la calificación de la asignatura

o módulo no aprobado.

Para aquellas y aquellos estudiantes que hayan reprobado Lenguaje y/o Matemática, el

establecimiento brindará la posibilidad de rendir un examen recuperativo para subir su promedio

anual a 4,0.

En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los y las estudiantes que tengan un

porcentaje igual o superior al 85% de aquellos establecimientos en el calendario escolar anual. Para

estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los y las estudiantes en

eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean locales o nacionales, en el área del

deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes.

La directora del establecimiento, en conjunto con la jefe técnico-pedagógico consultando al Consejo

de Profesores y profesoras, podrá autorizar la promoción de los y las estudiantes con porcentajes

menores a la asistencia requerida.

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ARTICULO 18

Situaciones de reprobación

El establecimiento educacional, a través de la directora y su equipo directivo, deberán analizar la

situación de aquellos y aquellas estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes

mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la

continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se toma la

decisión de promoción o repitencia de estos y estas estudiantes. Dicho análisis deberá ser de

carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de

diversas fuentes y considerando la visión del o la estudiante, su padre, madre, apoderado o

apoderada.

Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por la jefe técnico-

pedagógico, en colaboración con el profesor o profesora jefe, otros y otras profesionales de la

educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje

del o la estudiante.

El informe, individualmente considerando por cada estudiante, deberá considerar, a lo menos, los

siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

1. El progreso en el aprendizaje que ha tenido el o la estudiante durante el año.

2. La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el o la estudiante y

los logros de su grupo curso, las consecuencias que ello pudiera tener para la

continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

3. Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

del o la estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más

adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

4. El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior podrá ser consignado en

la hoja de vida del o la estudiante.

5. La situación final de promoción o repitencia de los y las estudiantes deberá quedar

resuelta antes del término de cada año escolar.

6. Una vez aprobado un curso, el o la estudiante no podrá volver a realizarlo, ni aun

cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

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7. Que para el caso de monitoreo del desarrollo del o la estudiantes y

acompañamiento pedagógico y socioemocional, estos serán coordinados por la

Jefe Técnico-Pedagógico junto al psicólogo del establecimiento.

ARTÍCULO 19

Del examen recuperativo anual.

Es causal de reprobación de una asignatura, la obtención de una calificación final ponderada igual o

inferior a 3,9 (tres coma nueve).

Examen Final de Recuperación asignaturas Lenguaje y Matemática:

Los instrumentos deben ser diseñados en base a formato institucional, por cada profesor o

profesora de asignatura. Deberá ser contener:

-Dos OA por semestre (los más logrados, según criterio y opinión de los y las docentes). -1 ítem de desarrollo o resolución de problemas ( actitudinal ). -1 ítem de selección múltiple ( conceptual ). -1 ítem de aplicación ( procedimental ). - Cada ítem debe abarcar como máximo una plana, por lo que el instrumento en ningún caso debe exceder las 3 páginas. La calificación obtenida en el examen de matemática y/o lenguaje, siempre y cuando sea igual o

superior a 4,0, corresponderá a 4,0 como promedio final.

ARTÍCULO 20

Cantidad de notas por asignatura

La cantidad mínima de notas que deberán ser registradas por asignatura corresponderá al total de

horas pedagógicas semanales asignadas, más 2 y con un máximo de 10.

Las cuales pueden tener igual o distinta ponderación para calcular la nota final, sin que ninguna de

estas pueda exceder el 30% de la nota final de semestre o notal final anual.

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Que, entendiendo la cantidad de notas no es antojadiza, sino que responde a una intencionalidad

pedagógica basada en aspectos como lo que en adelante se detallan:

Al ser mayor la cantidad de evaluaciones, al dividirse para obtener el promedio, una nota deficiente

se atenúa y es de cierta forma absorbida por las restantes evaluaciones.

El hecho de tener una mayor cantidad de evaluaciones en algún sector nos entrega un promedio

más cercano del real rendimiento del o la estudiante, lo que no se daría con el caso de tener menos

de 4 evaluaciones por semestre en donde una nota deficiente bajaría notoriamente el promedio.

Una cantidad tal de evaluaciones permite poner en práctica otros tipos de evaluaciones menos

masificadas que las pruebas, interrogatorios y trabajos, para dar paso a proyectos de cursos,

evaluaciones de procesos, mapas conceptuales, trabajos de investigación, aplicación de lo

aprendido frente a una pregunta, trabajos frente al computador, aplicaciones de listas de cotejo,

por nombrar algunas.

ARTÍCULO 21

De las situaciones especiales

Los y las estudiantes que no alcancen esta cantidad de notas y sufran un problema que les impida

la realización de evaluaciones pendientes y/o pruebas de nivel, deberán ser calificados(as) con el

promedio de las notas registradas hasta la fecha, previa justificación del caso ante UTP.

Los y las estudiantes que no cumplan con el proceso normal de asistencia a clases por razones

médicas respaldadas por los documentos pertinentes, recibirán por parte del profesor o profesora

de asignatura, profesor o profesora jefe, donde debe notas, un Calendario con las fechas de las

nuevas evaluaciones.

Los y las estudiantes que ingresen una vez iniciado el año escolar, provenientes de otros

establecimientos educacionales con plan de estudio similar, deberán presentar un informe de

calificaciones parciales emitido por el establecimiento anterior, el que será registrado fielmente en

el libro de clases por el o la docente de jefatura o UTP. En el caso de quienes provengan de

establecimientos con planes de estudio propios, se procederá a registrar sus calificaciones

Page 24: Reglamento de Evaluación - Comunidad EscolarLos apoderados y las apoderados de la comunidad educativa deben fortalecer el proceso de evaluación responsabilizándose de emplear el

convalidando con aquellas asignaturas que resulten afines, no considerando aquellas que no tengan

ninguna relación. Para estos efectos se considerará el criterio que adopte UTP.

ARTÍCULO 22

De los casos de repitencia

La repitencia de un o una estudiante se normará de acuerdo a los Reglamentos de Evaluación y

Promoción Escolar, Decretos Supremos Exentos que correspondan a cada Nivel Educativo.

ARTÍCULO 23

Información de estudiantes con NEE

Es responsabilidad de las jefaturas docentes, entregar información y los antecedentes necesarios a

sus estudiantes, y a sus apoderados o apoderadas en los plazos y fechas pertinentes, sobre las

situaciones académicas y disposiciones administrativas que rijan para los y las estudiantes de su

curso que requieran trabajar en base a adecuaciones curriculares por tener necesidades educativas

especiales.

Estudiantes considerados o consideradas y/ o diagnosticados con NEE deberán ser evaluados o

evaluadas de manera diferenciada en cada una de las asignaturas del currículum, con la

respectiva asesoría del Programa de Integración Educativa.

Cualquier docente puede solicitar la atención de un o una estudiante que a su criterio presente

necesidades educativas especiales, lo que tendrá que ser refrendado por informes de especialistas,

la Coordinación PIE y la Unidad Técnico Pedagógica. Para el caso de que los apoderados o

apoderadas deseen informar, debe hacer llegar los informes médicos a la coordinadora del

programa de integración del establecimiento hasta el 30 de abril de cada año escolar, o bien hasta

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treinta días calendario con posterioridad a la matrícula para quienes se integren durante un año

lectivo en curso.

La UTP y/o la Coordinación PIE con sus equipos asesores, desarrollarán un informe global y registro

individualizado sobre estos estudiantes, entregando las orientaciones necesarias a los y las docentes

para llevar a cabo los procesos evaluativos pertinentes.

ARTÍCULO 24

Dificultades para la adquisición del aprendizaje

Los y las estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje para desarrollarse adecuadamente

en una asignatura, ya sea por dificultades permanentes o transitorias y que no pertenezcan al

programa PIE o su derivado, deberán acreditar su condición ante el equipo de gestión mediante

el informe médico del o la especialista correspondiente, de ser necesario, además de una solicitud

por escrito del apoderado o apoderada. Sólo con estos antecedentes el equipo de gestión podrá

autorizar la aplicación de procesos de evaluación diferenciada, según lo detalla el artículo

precedente de este reglamento.

En el caso de que un o una estudiante se vea afectado o afectada por una situación emergente

posterior al plazo definido, podrá presentar la solicitud y su evaluación diferenciada, se aplicará

desde la fecha de aprobación y acreditación (accidente temporal o permanente en Educación Física

por ejemplo).

En casos que no sea posible o no corresponda aplicar evaluación diferenciada se realizarán

adaptaciones curriculares al o la estudiante. Para efectos de acogerse a esta opción el o la propia o

propia estudiante y su apoderado o apoderada presentará una solicitud al equipo de gestión,

acompañada de la documentación que acredite y respalde la solicitud con plazo máximo al 30 de

abril de cada año. Dicha solicitud será sometida al análisis de los equipos y profesionales

pertinentes, docente de jefatura y docentes de las asignaturas, quienes emitirán una resolución por

escrito al o la estudiante y al apoderado o apoderada, cuando corresponda, autorizando o

rechazando la solicitud.

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ARTÍCULO 25

Certificados y Actas de Registro de Calificaciones y Promoción.

En relación a este punto se procederá de acuerdo a lo estipulado en Decreto 67/2018 que establece

que una vez finalizado el proceso de estudios anual el establecimiento educacional entregará a

todos los y las estudiantes un certificado que indique las asignaturas, calificaciones obtenidas y

situación final de aprobación. El certificado de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar, consignaran en cada curso, las

calificaciones finales en cada asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación final de cada

estudiante y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos y ellas.

ARTÍCULO 26

Cualquier otro caso no individualizado en este reglamento, será resuelto por la dirección del

establecimiento, previa consulta al consejo de docentes y/u organismos asesores.