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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN AÑO 2019

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REGLAMENTO DE

EVALUACIÓN AÑO 2019

DECRETO 511 DE 03 – 05 – 1997.

Presentación

El objetivo de este documento, es reglamentar el

proceso de evaluación de la Escuela “EL PLUMERO”, considerando las disposiciones emanadas de la

Autoridad Ministerial de Educación, de acuerdo a los principios y valores dados en el PEI de este

Establecimiento Educacional y basado en los objetivos planteados en las Políticas Educacionales Chilenas.

Disposiciones Generales:

1. El presente Reglamento se aplicará en el Establecimiento a contar del año lectivo 2018.

2. Lo dispuesto en este Reglamento de Evaluación, será aplicado desde 1° a 8° año de Educación General

Básica. 3. Lo expuesto en el siguiente Reglamento, será dado a

conocer a todos los Padres y Apoderados del Establecimiento y a la Dirección Provincial correspondiente.

4. Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas de aprendizaje del Plan de Estudio, en periodos semestrales, con un número determinado de notas y/o calificaciones, según lo determine cada asignatura.

De las Calificaciones:

1. Los estudiantes serán calificados en todas las

asignaturas del Plan de Estudio vigente. 2. Las calificaciones de los estudiantes en la asignatura

de Religión, no incidirán en su promedio de notas y promoción final. No obstante, serán evaluados formativamente con los conceptos I, S, B y MB.

3. Los estudiantes serán calificados en cada una de las asignaturas o actividades de aprendizaje, utilizando la escala numérica de 2.0 a 7.0.

4. Las calificaciones deberán referirse sólo al rendimiento escolar, considerando para ello el aprendizaje de conocimientos, perfeccionamiento de habilidades, destrezas y aptitudes desarrolladas durante las diversas asignaturas.

5. La calificación mínima de aprobación de una

asignatura, será la nota 4.0 con un nivel de exigencia igual a un 60% para ella.

6. El número de notas parciales, por semestre, que deberá presentar cada subsector, estará distribuida de acuerdo a la carga horaria semanal de cada asignatura, de la siguiente manera: Asignaturas que posean 1 hora semanal, deberá tener

un mínimo de 2 notas parciales por semestre.

Asignaturas que posean 2 horas semanales, deberán tener un mínimo de 3 notas parciales por semestre.

Asignaturas que posean 3 horas semanales deberán tener un mínimo de 4 notas parciales por semestre.

Asignaturas que posean 4 horas semanales deberán tener un mínimo de 5 notas parciales por semestre

Asignaturas que posean 6 a 8 horas semanales deberán tener un mínimo de 7 notas parciales por semestre.

7. En cada Reunión de Apoderados (mensualmente), se

hará entrega de un calendario de pruebas, en el que se

especificará el subsector, la fecha, los contenidos y habilidades a evaluar.

8. Los promedios semestrales, por asignatura, se expresarán con un decimal y sin aproximación, mientras que el Promedio Anual, por subsector, será el único que se aproximará.

9. La Escuela, a través de cada profesor/a jefe, hará entrega, a los Padres y Apoderados, de un Informe Semestral de Notas (Julio y Diciembre) y un Informe de Personalidad en forma Anual (Diciembre).

10. Los Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT) no incidirán en la promoción escolar de los estudiantes. El logro de ellos, se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social que se entregará anualmente a los Padres y Apoderados.

11. Se destacará a aquellos estudiantes que obtengan un Promedio Semestral igual o superior a 6.0, obteniendo un reconocimiento de sus logros con la entrega de un diploma y formando parte del cuadro de honor del Establecimiento.

12. Se destacará a aquellos estudiantes que obtengan los tres primeros lugares de cada curso, de acuerdo a sus promedios anuales, a través del reconocimiento y participación en la premiación de finalización del año Escolar.

Instrumentos de Evaluación

1. El proceso de evaluación se realizará utilizando diversas técnicas de evaluación, dependiendo de las asignaturas, se expresan de la siguiente manera: Lenguaje y Comunicación: evaluaciones de

Unidades; evaluación de comprensión de lectura complementaria, la que equivale a una nota mensual, desde el Primer Semestre, a partir de 2° a 8° Año Básico, mientras que para 1° Año Básico se evaluará comprensión de lectura complementaria a partir del Segundo Semestre, mediante la lectura de 4 libros (un libro mensual); debates; plan lector semanal. Además, se aplicará una evaluación bimensualmente de medición de Velocidad y Calidad lectora, desde el Primer Semestre entre 2° y 8° Año Básico, mientras que a partir del Segundo Semestre, se incluirá 1° Año Básico.

Matemática: evaluaciones de Unidades; cálculo mental de operaciones básicas; controles de resolución de problemas.

Historia, Geografía y Ciencias Sociales y Ciencias Naturales: evaluaciones de Unidades; trabajos de

Investigación; debates; experimentos y/o

laboratorios; disertaciones, maquetas. Aquellas

técnicas de evaluación, diferentes a pruebas de

Unidad, se evaluarán a través de rúbricas, listas de

cotejo, pautas de Observación, las que deberán estar

incorporadas en la planificación de la clase, enviadas

anteriormente a UTP, para ser presentadas a los

Estudiantes, Padres y Apoderados con a lo menos

una semana de anticipación de la evaluación.

Inglés: evaluaciones gramaticales; comprensión, lecturas y traducción de textos; vocabulario; expresión oral. Aquellas técnicas de evaluación, diferentes a pruebas de Unidad, se evaluarán a través de rúbricas, listas de cotejo, pautas de Observación, las que deberán estar incorporadas en la planificación de la clase, enviadas anteriormente a UTP, para ser presentadas a los Estudiantes, Padres y Apoderados con a lo menos una semana de anticipación a la evaluación.

Educación Física y Salud: evaluaciones escritas de Unidad; disertaciones y evaluaciones de actividades de proceso, a través de rúbricas y/o listas de cotejo, las que deberán estar incorporadas en la planificación de la clase, enviadas anteriormente a UTP, para luego presentarlas a los Estudiantes, Padres y Apoderados con a lo menos una semana de anticipación a la evaluación.

Música: evaluaciones de Unidad; investigaciones; evaluaciones de proceso, reproducción de música con instrumentos musicales, evaluaciones con rúbricas y/o listas de cotejo, las que deberán estar incorporadas en la planificación de la clase, enviadas anteriormente a UTP, para luego presentarlas a los Estudiantes, Padres y Apoderados con a lo menos una semana de anticipación a la evaluación.

Artes Visuales y Tecnología: evaluaciones de proceso (monitoreo clase a clase), elaboración de trabajo con diversos materiales, pinturas, reproducciones, a través de rúbricas y/o listas de cotejo, las que deberán estar incorporadas en la planificación de la clase, enviadas anteriormente a UTP, para luego presentarlas a los Estudiantes, Padres y Apoderados con a lo menos una semana de anticipación a la

evaluación. Además, se evaluará con una nota de proceso, la participación de las presentaciones artísticas o números musicales, en los Actos del día de la Chilenidad y Aniversario del Establecimiento.

2. En el caso de los docentes, deben enviar las evaluaciones con a lo menos 4 días hábiles de anticipación a la aplicación, a UTP. Éstas, para ser revisadas, timbradas y luego fotocopiarlas.

3. Una vez aplicada la evaluación, inmediatamente en la clase siguiente se desarrollará la retroalimentación de la prueba, junto a los estudiantes.

4. Una vez aplicada la evaluación, los docentes tienen un plazo máximo de 5 días hábiles, para registrar las notas de las evaluaciones aplicadas, en los libros de clases respectivos, e informar de la nota a cada estudiante.

5. El diseño de los instrumentos de evaluación, deberá atenerse a las instrucciones emanadas en el presente Reglamento de Evaluación y aprobadas por el Consejo de Profesores.

6. Durante cada Semestre, los estudiantes tendrán calificaciones parciales, las que se planificarán mensualmente, a través de la Planificación clase a clase, enviadas a UTP. Se solicitarán las Planificaciones de Lenguaje y Comunicación y Matemática para el día 20 de cada mes, esto para ser enviadas al PIE, para las respectivas adecuaciones. Las planificaciones del resto de las asignaturas, deberán ser enviadas el último día hábil de cada mes: Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, inglés, Educación Física y Salud, Música, Artes Visuales, Tecnología, Orientación, Religión, talleres, para su revisión y posterior aprobación.

Inasistencia a Evaluaciones

1. La inasistencia del estudiante a una evaluación fijada

o calendarizada con anticipación, deberá ser justificada por el Padre o Apoderado el mismo día de

la Evaluación o a más tardar al día siguiente, a través de la Libreta de Comunicaciones o personalmente en

la Inspectoría de la Escuela. 2. Si la inasistencia a clases es por problemas de salud,

el Padre o Apoderado deberá hacer llegar el Certificado Médico o la confirmación de la atención en el Servicio de Salud con las firmas y timbres de la entidad, a la Escuela, entregándolo en Inspectoría, quien dará a conocer dicha situación al profesor del curso del estudiante.

3. Si se cumplen las justificaciones descritas anteriormente, el estudiante podrá rendir la evaluación en la clase siguiente, una vez habiéndose incorporado de manera normal al Establecimiento.

4. En caso de inasistencias reiteradas a 2 pruebas de la misma asignatura, y sin la entrega del Certificado Médico o Atención en el Servicio de Salud, será motivo para que se cite al Padre o Apoderado, con el fin de informarle sobre la situación en la que se encuentra su hijo/a y entregar una recalendarización de las evaluaciones que no ha desarrollado.

5. En caso de que el alumno no concurra a rendir las pruebas se le dará una nueva oportunidad, pero será

calificado con la nota mínima (4.0) ampliando el grado de dificultad de la prueba y cambiando los

ítems de ella, con el fin de que sus compañeros no les entreguen la información de la prueba original.

6. Aquellos estudiantes que por situaciones especiales, tengan inasistencias prolongadas (enfermedad, participación en eventos deportivos o artísticos externos, viajes, situaciones familiares extraordinarias u otras) se deberá calendarizar por parte de los profesores de asignatura y coordinación de la UTP, sus evaluaciones en el tiempo libre del estudiante, no interfiriendo sus clases normales e informando de ello por escrito y con anterioridad al Estudiante y Apoderado. Estas evaluaciones deberán tener la misma puntuación y grado de dificultad que la prueba aplicada a sus compañeros.

7. Aquellos estudiantes que por situaciones especiales, tengan inasistencias prolongadas e impedimento a asistir normalmente a clases (enfermedad, fracturas, esguinces, quebraduras, entre otros) se deberá calendarizar por parte de los profesores de asignatura y coordinación de la UTP, sus evaluaciones en el tiempo que el docente tenga disponible o libre para aplicarle las evaluaciones de manera personal al estudiante, dentro del Establecimiento e informando de ello por escrito y con anterioridad al Estudiante y Apoderado. Estas evaluaciones deberán tener la misma puntuación y grado de dificultad que la prueba aplicada a sus compañeros.

8. En el caso de aquellos estudiantes que por situaciones

especiales, no puedan seguir asistiendo a clases

(enfermedad, reposo absoluto, entre otros), ocurrido

durante el Primer Semestre Escolar, se podrá cerrar el

Semestre con las notas de las evaluaciones que

presente hasta el momento del accidente o situación

especial. En caso de ocurrir durante el Segundo

Semestre Escolar, se podrá cerrar el Año Escolar con

las notas de las evaluaciones que presente hasta el

momento del accidente o situación especial. Todo esto,

debidamente aprobado por el Consejo de Profesores.

9. En el caso de aquellos estudiantes que se encuentren en situación de suspensión de clases, llevarán a sus hogares una carpeta con guías de trabajo correspondientes a las asignaturas de los días de suspensión, las que el estudiante deberá desarrollar en su casa y entregar inmediatamente el día de regreso a clases. Dichas guías serán evaluadas.

10. En el caso de recibir un estudiante nuevo en el establecimiento, luego del comienzo del año escolar, se deberá incorporar las notas que trae de la escuela anterior a las respectivas asignaturas.

Evaluación Diferenciada

La Evaluación Diferenciada considera, respeta y asume al estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE), desde su realidad individual, variando, adaptando y/o reformulando los instrumentos o modalidades de evaluación aplicadas al grupo curso, a fin de favorecer una eficaz evaluación de ese estudiante, a partir de la particularidad de su déficit.

1. El departamento del Programa de Integración Escolar (PIE) a solicitud del profesor Jefe de cada curso, realizará una Evaluación Diagnóstica a aquellos estudiantes que la necesiten, con la cual confirmará o reafirmará el diagnóstico sobre una Necesidad Educativa Especial en el estudiante.

2. Cada profesional especialista por curso, hará entrega de la nómina de estudiantes que ingresarán al Programa de Integración Escolar, a más tardar el último día hábil del mes de Marzo. Mientras que la nómina oficial, con los diagnósticos respectivos de los

estudiantes que serán ingresados en la Plataforma, como estudiantes del Programa de Integración Escolar, será entregada a más tardar el último día hábil del mes de Abril.

3. En caso de que un estudiante presente Dificultades o

Necesidades Educativas Especiales, el especialista hará

entrega al docente de aula una copia del Informe

Psicopedagógico de cada estudiante, a más tardar el

último día hábil del mes de Marzo. Además, el

profesional especialista junto al docente de Aula, en las

horas de coordinación del mes de Marzo, elaborarán el

Plan de Adecuaciones Curriculares Individualizado

(PACI) que deberá ser entregado a UTP a más tardar el

último día hábil del mes de Marzo. 4. A más tardar, la segunda semana del mes de Abril, los

profesionales especialistas deberán ingresar a trabajar

en el aula común con los estudiantes que formen parte

del Programa de Integración Escolar, de acuerdo al

horario de clases entregado con anterioridad. 5. Esta modalidad de evaluación, permite contar con

procedimientos específicos, que se aplicarán a los

estudiantes que tengan dificultades transitorias o

permanentes, para desarrollar adecuadamente su

proceso de aprendizaje en algún subsector o asignatura

del plan de estudios, permitiendo conocer el logro de

los objetivos de aprendizaje, por parte de los

estudiantes con Necesidades Educativas Especiales,

para aplicar estrategias y metodología de trabajo, de

acuerdo a las necesidades de cada estudiante,

modalidades de evaluación diferentes, respetando sus

diferencias con el resto de sus compañeros,

permitiéndoles integrarse plenamente al grupo-curso. 6. Para los estudiantes que tengan Necesidades

Educativas Especiales (NEE), se adaptará la evaluación de acuerdo a las habilidades evidenciadas

que presente el estudiante, previo informe entregado

por el especialista a cargo.

7. Se evaluarán de manera Diferenciada, a aquellos

estudiantes que presenten Necesidades Educativas

Especiales que formen parte del Programa de

Integración Escolar (PIE), con el propósito de apoyarlos,

optimizar su rendimiento escolar y respetar su

individualidad, siendo integrado en el grupo-curso. 8. Cada evaluación que se aplicará a los estudiantes con

Necesidades Educativas Especiales, debe estar acorde y adecuada a la Necesidad que presenta cada estudiante. Deberán ser enviadas con a lo menos 2 días hábiles de anticipación a la aplicación, a UTP y al docente de la asignatura. Ésto, para ser revisadas en horario de Coordinación en conjunto, presentar sugerencias, timbrarlas y luego fotocopiarlas.

9. Una vez aplicada la evaluación, los especialistas tienen un plazo máximo de 5 días hábiles, para

entregar las notas de las evaluaciones a los docentes de asignatura y hacer una revisión conjunta de

dichas evaluaciones. Luego, registrar las notas de las evaluaciones aplicadas, en los libros de clases

respectivos, e informar de la nota a cada estudiante. 10. En el proceso de evaluación, se utilizarán diversos

tipos de instrumentos o procedimientos de evaluación según las Adecuaciones Curriculares que se han elaborado para cada estudiante y asignatura en la que presenta dificultades de Aprendizaje. Dichas Adecuaciones Curriculares deberán ser enviadas a UTP el último día hábil de cada mes para su revisión y posterior aprobación.

Consideraciones Especiales

Ante cualquier solicitud de consideraciones

especiales en cuanto a evaluación, ésta deberá venir

respaldada por el diagnóstico especializado correspondiente. En los casos en que la causal sea un trastorno de la personalidad o un cuadro reactivo, será necesario un psicodiagnóstico completo, realizado por un psicólogo, que incluya, en lo posible, pruebas proyectivas.

La solicitud se entenderá como una sugerencia y no como una exigencia, ésta será evaluada por el Consejo de Profesores.

Todos los alumnos que ingresen al establecimiento

después del 31 de marzo deberán rendir un prueba en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación (prueba

contenido – velocidad y calidad lectora) y Matemática, el resultado se entregará al apoderado para informarle la

situación en que ingresan sus hijo/a a nuestro Establecimiento.

Si un estudiante es sorprendido faltando a la honradez frente a un procedimiento de evaluación, el profesor

está facultado para tomar las siguientes medidas:

1. Retirar el instrumento de evaluación, enviar al

estudiante a Inspectoría, UTP, Dirección, informar al

Padre o Apoderado por escrito a través de la Libreta de

Comunicaciones, dejar constancia en el libro de clases

en la hoja de vida del estudiante y se comprobará el

nivel de aprendizaje con un nuevo instrumento

evaluativo, cuya nota máxima será un 4,0.

2. Si falta a la honradez en el momento de la corrección

de la evaluación, cambiando la nota o corrigiendo las

respuestas, y es comprobada dicha falta, se informará

al Padre o Apoderado por escrito a través de la Libreta

de Comunicaciones y se dejará constancia en el libro de

clases, en la hoja de vida del estudiante.

3. El estudiante que entregue una prueba en blanco o se niegue a realizar la evaluación, será calificado/evaluado con la nota mínima (2.0) y se le citará al Padre o Apoderado para informarle sobre su conducta.

4. Si el estudiante reconsidera su actitud, tanto voluntariamente como por instancia del Padre o Apoderado, se le otorgará una nueva oportunidad de rendir la prueba, pero con una dificultad mayor y con nota máxima de aprobación 4.0.

5. En cuanto a la entrega de los trabajos escritos, de investigación o trabajos artísticos, que el alumno desarrolla como tarea para el hogar, deberá ser entregado al profesor en la fecha estipulada y para evitar situaciones de pérdida, el profesor deberá anotar en la hoja del subsector la nómina de los alumnos que le hicieron entrega de los trabajos, y una vez corregidos se devolverán al estudiante para que éste conozca la nota obtenida en la actividad.

6. El Profesor será responsable de la evaluación si otorga mayor plazo para la entrega de los trabajos, determinando en su decisión las causalidades que le obligan a otorgar esta facilidad.

Promoción Escolar

Para los efectos de Promoción se considerarán la asistencia y rendimiento de los estudiantes.

1.- Asistencia.

Para ser promovidos, los alumnos/as deberán asistir a lo menos al 85% a las clases de período escolar.

Será facultad del Director y el Profesor Jefe de curso

de 1° a 4° año básico y el Consejo de Profesores de 5°

a 8° año básico el autorizar la Promoción de los

alumnos que tengan un porcentaje menor de

asistencia, fundada en razones de salud u otras

debidamente fundamentadas y que demuestren estar

capacitados para ser promovidos.

2.- Rendimiento.

Para la promoción de los estudiantes de 2° a 8° Año Básico, se considerarán conjuntamente el logro de los

objetivos de todos los subsectores y/o asignaturas de sus respectivos planes de estudio, que incidan en su

promoción y la asistencia a un mínimo de un 85% de las clases realizadas.

Serán promovidos de curso los estudiantes que aprueben

todos los subsectores y/o asignaturas de sus respectivos

planes de estudio, que incidan en su promoción.

No obstante, la Dirección de la Escuela Podrá decidir, de

acuerdo a las evidencias presentadas por el profesor jefe,

no promover a aquellos estudiantes de 1° a 8° Año Básico

que presenten un retraso muy significativo en los

aprendizajes de programa de estudio que rigen al Establecimiento y que pueden afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso siguiente. Para tomar esta medida, la Escuela informará oportunamente de ello a los Padres o Apoderados.

Serán promovidos todos los alumnos que:

Además de tener un 85% de asistencia serán promovidos:

a) Los alumnos/as de 1° a 8° año Básico que hubieren aprobado todos las asignaturas del Plan de Estudio. b) Los alumnos/as de 1° a 8° año que habiendo reprobado una asignatura tengan un promedio general igual o superior a 4,5 incluyendo la asignatura reprobada. c) Los alumnos/as que habiendo reprobado dos

asignaturas, siempre que no sea Lenguaje y Matemática su promedio general sea igual o superior

a 5,0 incluyendo la asignatura reprobada. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, sí las

asignaturas reprobadas son Lenguaje y Comunicación y

Educación Matemática, los alumnos serán promovidos

siempre que su promedio general sea de 5,5 o superior

incluyendo las asignaturas no aprobadas.

De los Certificados Anuales de estudio y de las Actas

de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar.

El Establecimiento, al término del año escolar, extenderá a los estudiantes un Certificado Anual de Estudios, que indicará las asignaturas estudiadas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción, consignarán en cada curso tanto las calificaciones finales de cada asignatura como la situación final correspondiente a cada alumno/a.

Se ingresarán las notas de cada asignatura y cada

curso al SIGE, el cual certifica el término del proceso.

El profesor jefe de cada curso, debe completar el registro escolar correspondiente en evaluación consignando notas por asignatura, promedio final, porcentaje de asistencia y situación final. (Con las observaciones correspondientes)

Cada Profesor jefe debe entregar informe de Alumnos/as que reprueben curso justificando las debilidades de los estudiantes en las diferentes Asignaturas.

Disposiciones Finales

Es facultad del Consejo de profesores la interpretación de la normativa emanada del Establecimiento Educacional y contemplada en este Reglamento, así como, el resolver las situaciones problemáticas que surjan en su aplicación y que se encuentren dentro de las facultades de los Decretos respectivos.

Cualquier situación específica que no se haya considerado en el presente reglamento, será resuelta por la Dirección de la Escuela, la que podrá consultar y asesorarse para una decisión por Inspectoría, Unidad Técnica Pedagógica y llevada a Consejo de Profesores.