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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Año 2013

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Año 2013

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I N D I C E

Pág. Título I :Del Colegio………………………………………………………...... 3

Título II :De la Asistencia…………………………………………………… 5

Título III :De la Puntualidad……………………………………………….. 7 Título IV :De la Presentación Personal………………………………. 8 Título V :De la Responsabilidad y Comportamiento de los Alumnos…………………………………………………………………. 10 Título VI :De los Apoderados ………….………………………………….. 11 Título VII :De los Docentes………………………………………………..... 15 Título VIII :De los Derechos……………..……………………………....... 16 Título IX :De las Faltas…………………….……………………............ 16 Título X :De las Sanciones ..…………………...……………………….. 18 Título IX :De la Resolución de Conflictos………………………..…. 21 Colilla para recortar y entregar al momento de la matrícula…………….. 22

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Iquique Marzo de 2013

MANUAL DE CONVIVENCIA DEL “COLEGIO DE LA COSTA” INTRODUCCION

El presente Reglamento de Convivencia regula las normas básicas de armonía entre

todos los Integrantes de la Comunidad Educativa Colegio De La Costa, profesores,

alumnos, padres y/o apoderados en relación al desarrollo del Proyecto Educativo del

Establecimiento. Es importante destacar y dejar en claro que la labor educativa no

es sólo un deber del colegio, sino que también de los padres y/o apoderados, lo que

genera derechos y obligaciones compartidas.

El presente manual se analizará en las reuniones de Apoderados y Profesores que se

realizan desde el inicio de las actividades escolares y a través de las reuniones de

delegados de cada curso.

Es obligación de los padres y apoderados conocer, estudiar y aceptar el presente

reglamento que será difundido antes del inicio del año siguiente, el que será firmado

aceptando lo dispuesto en él, no dando lugar a reclamar por la aplicación de las

normas que han sido aceptadas voluntariamente al momento de matricular a su hijo

o hija mediante la firma del contrato de matrícula.

Todos los alumnos nuevos : De acuerdo a las Políticas del Colegio, establecidas en

nuestro “Manual de Convivencia”, ingresan con una matrícula condicional por un

año, período durante el cual se evalúa el nivel de adaptación, aceptación del alumno y

compromiso de los Padres y Apoderados con el Proceso Educativo de sus hijos.

Es importante señalar que el Colegio se regirá por la Ley Nº 20.536, sobre Violencia

Escolar, publicada el 17 de septiembre de 2011, define convivencia escolar, “la

consistencia armónica de los miembros de la Comunidad Educativa, que supone una

interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los

objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los

estudiantes”

Para los efectos de control y aplicación del presente manual, se entiende por:

1.-Colegio: Es el Establecimiento Educacional “Colegio De La Costa”

2.-Dirección: El máximo órgano del colegio, que actúa a través de la Directora.

3.-Apoderado: La persona que contrae el compromiso económico al matricular,

firmando el pagaré, o bien quien éste designe.

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Título I: Del Colegio Artículo 1: Proporcionar una formación integral a cada uno de los alumnos de acuerdo a las metas contenidas en la declaración de misión y las organizaciones profesionales dictadas en los planes y programas de Estudio Oficiales de la Educación chilena y los programas complementarios que el colegio establece. Artículo 2: Fomentar en los alumnos normas de urbanidad, buenas costumbres y formación de buenos hábitos, comportamiento incluyendo puntualidad que les permita mantener un excelente manejo de las relaciones interpersonales con toda la Comunidad Educativa. Cada vez que un alumno(a) cometa una falta (leve, grave o gravísima) deberá primero dialogarse con él/ella y utilizar los criterios de evaluación acorde a la falta y a la edad del niño. Artículo 3: La Directora del Colegio en conjunto con los apoderados deben exigir el traslado de los estudiantes desde y hacia el colegio solamente por personas inscritas en el Registro Nacional de Servicio de Transporte Remunerado de Escolares Difusión Ley 19.831 Artículo 4: Difundir los derechos a un seguro escolar gratuito en el Hospital Regional de Iquique, para todos los alumnos y alumnas, el cual será efectivo en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollan sus actividades estudiantiles. Artículo 5: Velar por la mantención del orden y limpieza del Establecimiento. Artículo 6: Frente a cualquier eventualidad de la naturaleza que ponga en riesgo la seguridad física de cada alumno(a) o miembros de la Comunidad Educativa se realizará el Plan Integral de Seguridad (Plan Deyse), estando ya demarcada la zona de seguridad y nuestro compromiso es velar por la seguridad e integridad física y psíquica de todos los miembros de la Comunidad Educativa. En caso de evacuación cada docente cumplirá con el rol asignado y en caso de necesitar redes de apoyo (carabineros, bomberos, servicio de salud, etc.) se comunicará de inmediato ya que contamos con ellas. Artículo 7: En caso de accidente escolar dependiendo de la magnitud de éste se llama al apoderado para informarle lo ocurrido, si es de gravedad se lleva inmediatamente al Servicio de Salud con su Certificado de Accidente Escolar, el alumno(a) debe ser retirado por el apoderado en el hospital. Artículo 8: La interacción entre los miembros de la Unidad Educativa debe estar enmarcada en un ambiente de respeto mutuo entre apoderados, docentes, Directivos, auxiliares y administrativos. Artículo 9: La formación e integración de todos los alumnos del plantel será sin discriminar raza, color, credo, sexo y situación socio económica. Artículo 10: En el caso específico de alumnas embarazadas estas podrán proseguir sus estudios normalmente antes y después del periodo pre y pos natal otorgándoseles las facilidades necesarias en cuanto a asistencia y evaluaciones previa entrevista de la alumna y su apoderado con la Dirección del Colegio. Se otorgarán las facilidades necesarias para las salidas a control médico de la alumna y posteriormente de su bebé como también para que la alumna lo amamante especialmente en los primeros meses de vida en que el lactante requiere de alimentación de libre demanda. Artículo 11: En el caso de alumnas o alumnos en situación de riesgo social se procederá de la siguiente manera:

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Cuando un alumno o apoderado necesita ayuda por consumo de droga del alumno el profesor jefe evaluará la situación y decidirá los pasos a seguir de acuerdo al grado de consumo y factor de riesgo. a.- Se informará a la Directora del Establecimiento quien colaborará en el seguimiento del estudiante. b.- Se entrevistará al apoderado periódicamente exigiendo apoyo de no ser así se solicitará cambio de Apoderado si la situación así lo amerita. c.- Se solicitará ayuda a redes de apoyo existentes para este caso como SENDAS. d.- Si la situación lo amerita se derivará al alumno a un psiquiatra para su rehabilitación. Artículo 12: Si un alumno es sorprendido consumiendo alcohol o drogas al interior del Colegio o en cualquier actividad que involucre a éste los procedimientos son: La situación de alumno(a) será informada al profesor jefe correspondiente, previa observación escrita en su hoja de vida, quien citará a su apoderado para informarle la situación puntual y su condicionalidad o caducidad de matrícula automáticamente dependiendo de la decisión (previa reunión) del Consejo de Profesores. De esta resolución se procederá a informarla al Departamento Provincial de Educación con copia a Secretaria Ministerial de Educación de la ciudad y la denuncia respectiva a la institución policial correspondiente. Artículo 13: Si un alumno es sorprendido participando en actos de pillaje, vandalismo, sectas satánicas, pandillas, tribus urbanas y/o promoviendo material relativo a lo anterior, se procederá de la siguiente manera. a.- Se entrevistará al alumno en presencia del profesor jefe, Directora, Jefa de UTP, Inspector previo registro del hecho en su hoja de vida b.- Se citará al apoderado para informarle de la conducta de su pupilo, que amerita la matrícula condicional y de la asignación de un tutor para su seguimiento con apoyo permanente del Profesor Jefe. c.- Se derivará a evaluación psicológica, cuando sea necesario. d.- El apoderado deberá responsabilizarse de los daños y perjuicios ocasionados por esa conducta ante la Dirección del Colegio, enmendando o reponiendo lo dañado en un plazo a convenir mutuamente. e.- La Dirección del Colegio se reserva el derecho de hacer la denuncia correspondiente ante la institución policial competente. Artículo 14:Dispone este Reglamento Interno, que si hubiesen tres cursos de Primero básico que estén funcionando en el año 2013, serán fusionados en dos segundos básicos para el año siguiente, con una matrícula máxima de 30 alumnos por cada curso de segundo año. Esto en conocimiento de los Padres y Apoderados. Artículo 15: El reglamento de convivencia señala en cada artículo, el procedimiento que se llevara a cabo antes de cualquier proceder del alumno(a) y asegura la toma de conocimiento por parte del apoderado, docente, asistente de la educación y directivos del colegio. Artículo 16: Todo Alumno(a) que transgreda algún artículo anteriormente mencionado, la Dirección del colegio se reserva el derecho de cancelar la matrícula al Alumno(a) consciente de que han aplicado todos los procedimientos a seguir por directivos, docentes, en el bien del Alumno(a). Artículo 17: Informar a los padres y /o apoderados por medio de U.T.P. sobre los niveles alcanzados por sus pupilos, en cuanto a los procesos académicos, formativos y valóricos. Artículo 18: Si a juicio, de la Dirección, la falta gravísima reviste los caracteres de escándalo, o se trata de una conducta desintegrativa del alumno (a), la Dirección podrá disponer la cancelación de la matricula al fin del año escolar lectivo.

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Artículo 19: Nuestro colegio ha acordado el uso del uniforme como obligatorio, por lo tanto puede no renovar la matrícula a un alumno que persistentemente se niega a usarlo. Artículo 20: Solo serán consideradas como causales de cancelación de matrícula o término anticipado del contrato de prestación de servicios educacionales:

a- Conductas que manifiesten importante problemas morales con escándalos, entendiéndose por tal cualquier trascendencia pública del hecho, aunque no haya ocurrido en las dependencias del mismo colegio. b- Desmotivación habitual y descontento frecuente consignado por los docentes sobre el proceso de la educación en valores. c- Ausencia a los compromisos asumidos voluntariamente por el apoderado y el alumno (a) d- Falta de esfuerzo personal para superar la condicionalidad en el tiempo establecido después de un período de acompañamiento. e- Reiteración y acumulación de faltas estipuladas en los Títulos IX y X del presente Manual.

Artículo 21: El Reglamento de Convivencia Escolar se enviará a la Dirección Provincial de Educación cada año para su aprobación y además se publica en la página web del colegio: www.colegiodelacosta.cl y en www.codesin.cl .

Artículo 22: El establecimiento no autoriza la realización de ningún viaje, fiesta, giras o paseos de curso. Artículo 23: La Dirección podrá autorizar la salida educativa a terreno dentro y fuera de la ciudad, siempre cuando se cuente con la planificación del profesor de la asignatura, presentando el Proyecto con 20 días hábiles antes de la ejecución, para solicitar autorización correspondiente a la Dirección Provincial de Educación, indicando las condiciones de seguridad correspondiente (movilización, autorización de los apoderados, etc). Artículo 24: Toda actividad para recaudar fondos (fiestas, bingos, lota, rifas y otras) que realicen fuera del colegio como grupo curso o apoderados no debe ser promovida con el nombre del colegio y curso a que pertenecen los alumnos (as).

Título II: De la Asistencia Artículo 25: La asistencia al colegio es obligatoria desde el primer y hasta el último día de clases conforme a la programación del colegio y lo establecido por la autoridad pertinente los alumnos deben cumplir con los porcentajes mínimos exigidos en el Reglamento de Promoción y Evaluación 85% asistencia de acuerdo al Decreto de Evaluación 511 del 08/05/97. Al respecto se debe señalar que los certificados médicos sólo certifican la causal de la inasistencia, pero no la borra (sigue siendo una inasistencia y por ello, entran en la contabilización del 85% antes señalado). En consecuencia los certificados médicos sirven para reprogramar evaluaciones a los alumnos (as) inasistentes, respetándose la escala de notas. De no cumplir con este porcentaje el alumno no será promovido al curso siguiente. Por lo tanto los apoderados deben formar en sus hijos el hábito de no faltar a clases y abstenerse de solicitar permisos especiales cierres anticipados de periodos escolares etc. Situaciones frente a las cuales el colegio será rigurosamente estricto. Asimismo el colegio se reserva el derecho de no renovar la matrícula para el año escolar siguiente a aquellos alumnos bajo el 85% de asistencia.

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Si un alumno que no cumple con el 85% de asistencia obligatorio solicita el cierre anticipado de año escolar, éste no se le otorgará, debiéndose matricular en otro Establecimiento para finalizar el año escolar. Artículo 26: La asistencia a clases es obligatoria para todas las asignaturas del Plan de Estudios. Por su parte las inasistencias a clases deben ser justificadas personalmente por el apoderado en secretaría, no se aceptan justificaciones por teléfono y en caso de enfermedad, deben ser justificadas con certificado médico y por el apoderado. Artículo 27: La asistencia a actos cívicos o actividades programadas por el colegio que estén dentro y/o fuera del horario (desfile, eventos culturales, reforzamientos, talleres extraescolares, etc.) son obligatorias. Cualquier inasistencia debe ser justificada personalmente por el apoderado en secretaría. La inasistencia a pruebas programadas deberá ser justificada por el apoderado presentando el certificado médico cuando corresponda. La Revista de Gimnasia, Desfiles, y otros actos serán evaluados en el subsector que corresponda. Artículo 28: Se debe procurar realizar trámites con sus hijos o consultas médicas fuera del horario de clases, para no perjudicar su asistencia, aprendizaje y sus evaluaciones. Artículo 29: El apoderado deberá solicitar por escrito y/o personalmente permiso en secretaría o dirección para retirar a su hijo del colegio durante la jornada de clases la que debe ser registrada en el libro de salida de los alumnos y debe firmar el apoderado el retiro del niño. De no seguir los pasos anteriores el alumno no se puede retirar. Artículo 30: El alumno que se inscriba en una actividad extraescolar o extra programática (talleres o Academias) deberá cumplir en forma obligatoria las exigencias de asistencia requeridas por la actividad. El alumno deberá permanecer en el taller elegido durante todo el año. Pero este, deberá mantener un promedio 5.8 en el primer ciclo y 5.5 en el segundo ciclo durante todo el año lectivo. Artículo 31: Dentro de las actividades normales del colegio los alumnos realizarán diversas salidas y/o visitas pedagógicas las que serán oportunamente avisadas por escrito debiendo el apoderado dar y firmar la autorización respectiva costear los gastos que implique su salida por concepto de movilización alimentación etc. En caso de que el alumno no cuente con la autorización del apoderado, permanecerá en el colegio desarrollando actividades escolares dadas por el profesor responsable de la salida a terreno. Artículo 32: La inasistencia por 10 días hábiles consecutivos sin justificación del apoderado y sin respuesta satisfactoria a los llamados o requerimientos del Inspector General y/o profesor jefe, será considerada como falta grave dentro del manual de convivencia. Artículo 33: Si un alumno (a) hace abandono del Colegio sin autorización o se ausenta de clases estando en el Establecimiento, tendrá que presentarse obligatoriamente con su Apoderado al día siguiente. Artículo 34: Debe abstenerse de concurrir a clases: a.- Todo alumno(a) que sufra de algún tipo de enfermedad que ponga en riesgo la salud o integridad física tanto suya como la de sus compañeros. b.- Todo alumno(a) que sea portador de alguna enfermedad susceptible de ser transmitida a otras personas. c.- Todo alumno(a) que cuente con reposo debidamente acreditado con restricción médica de circulación o desplazamiento (alumnos enyesados).

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Título III: De la Puntualidad Artículo 35: Los alumnos deberán ingresar puntualmente al establecimiento y a sus respectivas salas según el horario indicado por el Colegio, cabe destacar que los adultos somos los que damos muestras de responsabilidad, las que son imitadas por nuestros niños. Las puertas del Colegio se abren a las 07:30 hrs. en la mañana y se cierran a las 08:00 hrs. con un tiempo de espera de 5 minutos, una vez iniciada la jornada de clases, los alumnos que lleguen con más de 5 minutos de atraso deben ser justificados personalmente por su apoderado y esperar en la biblioteca hasta el cambio de hora. Artículo 36: Los alumnos que llegan atrasados al inicio de la jornada escolar deben esperar en biblioteca desarrollando actividades pedagógicas diseñadas por el CRA, hasta el cambio de hora 08.45hrs. Se entregará por parte del inspector un pase para ingresar a clases y el profesor que se encuentre en la sala de clases debe exigir y firmar el pase de ingreso. Los alumnos que llegan atrasados después de un recreo o cambio de hora deben solicitar al Inspector un pase por atraso para ingresar a la sala y el profesor que se encuentre en la clase debe exigir y firmar el pase de ingreso. En ambos casos los atrasos serán registrados en su hoja personal y con un máximo de tres atrasos, se citará al apoderado el cual debe firmar el compromiso de puntualidad y comprometerse a ser responsables a la hora de llegada al Colegio. Al cumplir el 6º atraso, el alumno (a) será derivado con su Inspector de ciclo, él cual tendrá las siguientes atribuciones:

a) Suspender al alumno (a) por uno o dos días y/o aplicar la condicionalidad. b) Si con el seguimiento no supera la condicionalidad, perderá su derecho a

permanecer en el colegio.

Artículo 37: El alumno deberá retirarse o ser retirado oportunamente del colegio por su apoderado o persona encargada a la hora señalada como finalización de la jornada. El profesor entregará a los alumnos (as) al inspector, quien esperará 15 minutos, si no son retirados serán enviados a la biblioteca. Artículo 38: El apoderado que envíe a otra persona a retirar a su hijo deberá informar al profesor jefe, Inspector o secretaría en forma personal indicando el nombre completo de la persona que retira de lo contrario no podrá hacer el retiro. Artículo 39: Asistencia y Puntualidad: Se condicionará la matrícula de los alumnos (as) que reiteradamente presenten ausencia y/o atrasos.

Título IV: De la Presentación Personal Artículo 40: Los alumnos deben asistir al colegio correctamente uniformados según las siguientes exigencias:

a) Uniforme tenida formal del colegio para el uso diario y/o presentaciones especiales (desfile, actos, etc.)

b) Los alumnos(as) eximidos o con reposo temporal para la clase de Educación física, no pueden venir con buzo, deben asistir con uniforme tradicional del colegio.

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Uniforme de Damas: Polera blanca del colegio Falda gris del colegio (a la rodilla) Calcetas grises Zapatos negros tradicionales, no zapatillas negras ni zapatos tipo zapatillas. Chaleco gris del colegio, sin mangas. Delantal blanco de uso diario obligatorio visiblemente marcado con su nombre El cabello debe estar perfectamente amarrado con coles o trabas de color rojo sin tintura ni cortes o peinados de fantasía Opciones para Damas aceptadas durante el invierno: Polera blanca del colegio manga larga Polar rojo del colegio. Panties plomas. Bufanda, guantes y gorro de color rojo. Pantalón recto de dama color gris, tiro normal, no caídos. (No se aceptará buzo ni pitillos) El pantalón para las niñas está autorizado a usar entre el º de mayo al 31 de septiembre. Toda la ropa debe estar visiblemente marcada Uniforme de varones: Polera blanca del colegio Pantalón gris (de tiro normal no caídos ni pitillos) Chaleco gris del colegio, sin mangas. Calcetines grises. Delantal blanco de uso diario obligatorio visiblemente marcado con su nombre Pelo corto (corte colegial), sin corte de fantasía, ni tinturas, ni pelo levantado con gel. Zapatos negros tradicionales, no zapatillas negras ni zapatos tipo zapatillas Opciones para Varones aceptadas durante el invierno: Polera blanca del colegio manga larga Polar rojo del colegio. Bufanda, guantes y gorro de color rojo. No se aceptará buzo) Toda la ropa debe estar visiblemente marcada Uniforme de Educación Física del colegio (damas y varones) que deberá usarlo únicamente en clases de Educación Física, si asiste a un taller o academia deportiva más tarde, deberá traerlo en un bolso o mochila: Buzo de educación física del colegio Short del uniforme, no patas. Dos poleras del colegio para educación física (una de recambio) Calcetas blancas Zapatillas blancas tradicionales Bolsa de aseo (desodorante, colonia, toalla con nombre y peineta) visiblemente marcada. Este uniforme deberán usarlo sólo en clases de Educación Física, también se usará en Academias o talleres deportivos. (Si el o la alumno(a) está con reposo, debe asistir con uniforme convencional. Vestuario para Desfiles, actos oficiales graduaciones y licenciaturas. Para estos eventos el alumno (a) deberá usar la tenida formal del colegio: Polera blanca manga corta, chaleco gris sin manga, falda o pantalón según corresponda, zapatos negros, pelo corto o amarrado según corresponda

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Disposiciones generales de presentación personal Artículo 41: Se prohíbe el uso de joyas y objetos de valor dentro del establecimiento pues el colegio no se responsabilizará por la pérdida o daño de ellos. Las damas y los varones no pueden asistir con el pelo teñido. Los varones no pueden asistir con aros. Las damas deben asistir sin maquillaje, ni uñas pintadas. Se prohíbe el uso de aros en cejas, nariz, lengua, ombligo, etc. El uso de aros en las niñas debe ser no más de uno por oreja y no colgantes.

Artículo 42: El uniforme debe ser supervisado al salir de casa diariamente por el apoderado para asegurarse que su hijo asiste al colegio correctamente presentado.

Título V: De la Responsabilidad y Comportamiento de los Alumnos Artículo 43: No se recibirán trabajos, materiales, cuadernos, libros, textos, ni colaciones una vez iniciada la jornada escolar. Artículo 44: Los alumnos del colegio además de respetar las normas establecidas en este reglamento deben cumplir con una serie de deberes dentro del Establecimiento Educacional que son los siguientes:

a) Respetar a sus pares evitando juegos bruscos. b) Evitar un lenguaje soez entre sus pares. c) No discriminar a embarazadas. d) No discriminar a niños o niñas con necesidades educativas especiales, etc. e) Los alumnos tienen el deber de cumplir con la entrega de trabajos, tareas,

materiales, disertaciones, comunicaciones, etc. cuando se requiera. f) Los alumnos tienen el deber de cumplir con la entrega de trabajos, tareas,

materiales, disertaciones, comunicaciones, etc. cuando se requiera.

Artículo 45: Toda vez que un alumno cualquier sea su edad cometa una falta de gravedad se debe escuchar la situación de lo ocurrido por el afectado utilizando técnicas como: arbitraje, negociación o mediación escolar y posteriormente se citará al apoderado por comunicación escrita en la libreta del colegio para entrevistarse con el profesor jefe del alumno. Artículo 46: El comportamiento de los alumnos dentro de la sala de clases debe dar lugar a un ambiente ideal para el desarrollo en forma eficiente de las clases donde se pueda escuchar con respeto tolerancia. Artículo 47: Mantener permanentemente una conducta acorde a los principios y valores controlando las expresiones inapropiadas de un alumno de este colegio. Artículo 48: Traer diariamente la libreta de comunicaciones ya que es un documento de identificación del alumno y el medio oficial de comunicación entre el colegio y el apoderado y viceversa en ella se anotarán citaciones amonestaciones atrasos comunicaciones etc. Artículo 49: Mostrar un buen comportamiento y tener una actitud de respeto dentro y fuera del establecimiento frente a todas las personas que trabajan en el colegio o particulares. Artículo 50: Mantener una actitud de respeto por los Símbolos Patrios así como por cada miembro de la comunidad educativa profesores, secretaría, asistentes de la educación, así como con sus pares.

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Artículo 51: Mantener una actitud de honestidades cada una de las actividades que le correspondan realizar y enfatizar cada vez que sea posible a modo de refuerzo en el hogar y el colegio. Artículo 52: Cumplir con sus deberes escolares en la fecha y la forma que indica el profesor. Artículo 53: Cumplir con todos los útiles o materiales solicitados para las diferentes actividades programadas por el profesor jefe y/o de asignatura. Artículo 54: Cuidar el aseo escolar, mobiliario, materiales, instrumental didáctico y todas las dependencias del colegio respondiendo por los deterioros causados aunque fuese involuntario se deberá indemnizar al colegio. Artículo 55: Jugar en forma moderada cuidando su integridad física y la de sus compañeros evitando juegos bruscos entre sus pares y con los demás . Artículo 56: Mantener un lenguaje y vocabulario educado acorde con las normas sociales y la calidad de alumno de este Colegio. Artículo 57: Es obligación del alumno asistir a todas las actividades organizadas dentro y fuera del colegio cuyo propósito es desarrollar y apoyar contenidos curriculares y/o valóricos dentro y fuera del horario establecido previa comunicación y autorización del apoderado. Artículo 58: Ponerse al día oportunamente en sus materias y deberes en caso de atrasos debido a inasistencias pérdidas de cuadernos etc. Artículo 59: Se prohíbe el uso de celulares y/o personal estéreo, mp3, mp4 cámara fotográfica o de vídeo, ipod, etc., durante las clases y en la jornada escolar del colegio. Estos serán retirados por el profesor y devueltos exclusivamente al apoderado. Artículo 60: Está prohibido traer elementos ajenos al quehacer educativo (joyas, juguetes, teléfonos celulares, juegos, aparatos para reproducir música, etc.) ya que éstos interrumpen el normal desarrollo de las clases y el colegio no se hace responsable de su pérdida o daño. Artículo 61: Los valores de respeto, paz, responsabilidad, tolerancia, solidaridad, empatía, amor, patriotismo, etc. serán entregados transversalmente dentro de las asignaturas. Artículo 62: Mantener una actitud positiva en clases estar atento, receptivo y participativo. Artículo 63: Ponerse al día oportunamente en sus materias y deberes en caso de atrasos en los contenidos debido a inasistencia, pérdida de cuadernos etc. Artículo 64: Velar permanentemente por el prestigio del establecimiento actuando con responsabilidad en situaciones en que represente de manera oficial y no oficial al establecimiento. Artículo 65: Rendir pruebas formativas, sumativas, Pruebas Formales o Institucionales y Pruebas de Nivel con un 60% de exigencia. Cuando no se rinda y la justificación no exista la exigencia será de un 70%. La rendición de éstas, se efectuará en el horario coordinado por la profesora jefe y la bibliotecaria. Será obligación del alumno (a) cumplir con el horario señalado. Solo se exceptuaran de esta situación cuando exista la justificación medica correspondiente, y serán evaluados con un 60 % y coordinadas de la misma manera que las anteriores.

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Artículo 66: Actuar responsable y solidariamente en los procedimientos de seguridad relativos a simulacro y contingencia de emergencia. Artículo 67: Responsabilizarse por estudiar y alcanzar un rendimiento académico mínimo que permita la permanencia en el colegio: - Primer ciclo promedio 5.8 - Segundo ciclo 5.5 al 30 de Octubre de cada año. En ambos casos como promedio general. Artículo 68: Al término de cada año escolar el Establecimiento, según criterios pedagógicos y/o disciplinarios, efectuará los cambios de curso que estime conveniente, para el mejor logro de los aprendizajes. Artículo 69: No deben ser sorprendido (a) haciendo prácticas que transgreden la moral y las buenas costumbre entre compañeros(as) u otros menores. Artículo 70: Alumnos(as) y profesores son responsables de iniciar y terminar cada hora de clases con su sala limpia, mesas en su lugar, para que la siguiente clase se inicie con normalidad. La misma actividad de orden y limpieza se debe fomentar para todos los recintos del colegio. Artículo 71: Los alumnos que se destacan positivamente por su responsabilidad escolar y comportamiento, son merecedores de anotaciones positivas por parte de sus profesores. A su vez, una vez al año el establecimiento elige y premia al “Alumno Integral” de cada curso, el cual se selecciona por su responsabilidad, compañerismo y buen rendimiento. Estos alumnos son destacados en la ceremonia de cierre de fin de año De las salidas a terreno. a Presentar autorización del apoderado. b Presentación personal según la ocasión. c Cumplir los hábitos de buena convivencia e higiene. d Cumplir los horarios establecidos. e Mostrar una actitud de respeto. f Cumplir con las actividades propuestas para la salida a terreno. g No portar ni consumir elementos como alcohol, drogas ni medicamentos y alucinógenos tanto en terreno como en el colegio. h No portar objetos cortopunzantes, armas de fuego, ni armas hechizas tales como: honda, linchaco, palos, o algún elemento que represente peligro para la seguridad individual o grupal, tanto en terreno como en el colegio. I Todo objeto de valor que los alumnos lleven a la salida Pedagógica (celulares, cámaras fotográficas, mp3, etc.), son de única responsabilidad del alumno (a), el Colegio no se hace responsable de objetos de valor. En las letras g y h se hará la respectiva denuncia a Carabineros y consideraran faltas gravísimas.

Título VI: A.- De los Apoderados Nuestro objetivo como colegio es que los padres y apoderados sean cooperadores de la función educativa de sus hijos. Entonces por el buen desarrollo de los alumnos una buena relación constructiva entre colegio y padre es esencial donde los valores del colegio el respeto, la responsabilidad la solidaridad y la alegría sean enfatizados y promovidos. Las decisiones y la intervención en asuntos técnicos pedagógicos o administrativos del colegio son de exclusiva atención de la Directora y de la jefa de U.T.P. por esta

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razón toda opinión de padres y apoderados debe canalizarse a través del conducto regular del colegio en un ambiente constructivo cooperador y de respeto. Teniendo en cuenta la importancia que damos al rol del apoderado y considerando que aseguramos valoramos y garantizamos su participación en el colegio es nuestro deber reconocer ciertas acciones que intenten dañar o perjudicar el nombre del colegio, serán consideradas como nocivas hacia los valores y principios institucionales. De esta forma y en casos extremos de este tipo, el COLEGIO DE LA COSTA se reserva el derecho de no aceptar a tal persona como apoderado de la comunidad educativa y no renovar la matrícula de su pupilo para el año siguiente. Es responsabilidad de los apoderados dirigirse en forma RESPETUOSA tanto a profesores como a directivos del establecimiento así como tomar las medidas necesarias para que su rendimiento académico de su hijo sea óptimo. Todos los alumnos(as) deben tener un Apoderado que los represente, pudiendo desempeñar tal cargo su padre, madre, ambos, indistintamente, o un tercero que haya sido designado legalmente para desempeñarse en tal cargo. (Documento Notarial). Artículo 72: Los apoderados deberán cancelar oportunamente los montos de colegiaturas a los que se han comprometidos. El día cinco de cada mes deberá estar cancelada la mensualidad correspondiente a dicho mes. Todo apoderado que se atrase en el pago de la mensualidad por más de un mes sin dar ninguna explicación, el colegio se reserva el derecho de renovar o no la matrícula para el año siguiente en consideración al no cumplimiento histórico del apoderado. No se renovará la matrícula para el año siguiente, si no tiene cancelado todo el año escolar en el mes de diciembre. Artículo 73: Deben estar en contacto con el colegio a través del profesor jefe y respetar el conducto regular (profesor jefe, profesor asignatura, U.T.P., Directora y Sostenedora) Artículo 74: Informar oportunamente al profesor jefe sobre cualquier dificultad o deficiencia que presente el alumno (a) en el proceso de aprendizaje como también comunicar los cambios de dirección y teléfono a la secretaria del colegio. Artículo 75: Asistir a todas las reuniones de apoderados y a las citaciones que se le hagan en forma individual respetando siempre día y hora de atención de apoderado. Artículo 76: Controlar a diario las obligaciones que tiene su pupilo con el colegio como revisión de la libreta de comunicación (firmar toda circular enviada), tareas, pruebas, trabajos de investigación, disertaciones, etc. Artículo 77: Participar y colaborar en las diferentes actividades que realice el colegio las cuales siempre serán por el beneficio de sus hijos. Artículo 78: Indemnizar al colegio por los daños cometidos por su hijo (a) tales como: rotura de cortinas, vidrios, mesas, sillas, computador, DVD, cámara de videos, data show, proyectores, etc. Artículo 79: El apoderado debe respetar el normal funcionamiento de la jornada escolar de su hijo por lo que debe abstenerse de retirar a su pupilo dentro del horario de clases o solicitar ser atendido por el profesor durante la hora de clases usando para esto el horario de atención de apoderado. Artículo 80: El apoderado debe presentar al profesor jefe, U.T.P o Dirección del colegio la documentación de un especialista (médico) si se le solicita y mantener el tratamiento que se le indique para mejorar los resultados académicos. Artículo 81: El Apoderado debe presentar un certificado médico que acredite que el alumno(a) se encuentra en perfectas condiciones de salud para realizar la clase de

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Educación Física, con el propósito de velar por la integridad física y seguridad del alumno(a). El apoderado que estime que no es necesario presentar el certificado médico, deberá presentar una autorización Notarial Simple, que autorice a su hijo(a) a realizar la clase sin el certificado médico correspondiente, bajo su responsabilidad. En ambos caso el plazo máximo para presentar el documento será el 30 de marzo de 2013. Artículo 82: El buen desarrollo de los Planes y Programas del Colegio depende de la colaboración de la familia, en forma especial se requiere del compromiso del apoderado en el cumplimiento de las indicaciones entregadas por profesores jefes y de asignatura cuando se considera necesaria la intervención de un especialista (Psicólogo, Neurólogo, Psicopedagogo, Psiquiatra u otros. Los alumnos antiguos que están diagnosticados, el plazo máximo para presentar dicho informe, será hasta el 08 de marzo de 2013, debiendo presentar una nueva evaluación por parte de los profesionales señalados, informando los avance del alumno(a), hasta el 29 de julio de 2013. Artículo 83: Si los textos ofrecidos por el Ministerio de Educación no se adaptan al Proyecto Educativo del Colegio, los Apoderados deberán adquirir los seleccionados por el equipo Técnico Pedagógico del Establecimiento. Artículo 84: Es de absoluta responsabilidad del apoderado la presentación personal de su hijo el cual debe presentar libre de pediculosis en caso contrario el niño (a) no puede ingresar a la sala hasta que el apoderado soluciones este problema. Artículo 85: Respetar las clases y otras actividades en desarrollo por el docente no aceptándose traer elementos de trabajo dentro de la jornada escolar. Debe referirse sus consultas a nivel de profesores jefes, de asignatura, U.T.P y Dirección dentro de los horarios de atención de apoderados. Artículo 86: Si el alumno (a) llega a su casa con material o elementos que no le pertenecen se debe hacer devolución inmediata del material que no corresponda al alumno aunque este sea insignificante. Reforzar buenas costumbres. Artículo 87: Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres proponiendo un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel de hogar del colegio y en general de la comunidad. Artículo 88: Analizar y controlar en forma continua los resultados académicos de sus hijos estimular sus logros establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes pertinentes en el horario establecido para la atención de padres y apoderados. Artículo 89: Inculcar y lograr en sus hijo(s), hábitos de aseo y pulcritud personal, junto con diligencia en el cuidado de elementos que utilicen, sean o no de su propiedad. Enviar diariamente cepillo y pasta dental para los alumnos que almuerzan en el colegio. Artículo 90: Retirar a sus hijos en el horario establecido. Artículo 91: Fortalecer los valores del Colegio. Artículo 92: Los padres y apoderados no están autorizados a ingresar a patios y salas antes y/o durante la jornada de clases, para no interrumpir el normal funcionamiento de la actividad académica. Al término de la jornada deben esperar a los alumnos en la puerta de entrada (Calle Patillo), para permitir una salida expedita. Artículo 93: El apoderado no puede reprender a ningún alumno (a) de establecimiento por motivo de situaciones o conflictos que se puede haber

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provocado con su hijo(a), para ello debe recurrir a las instancias que el colegio tiene dispuestos para estos casos. Se considerará como falta gravísima. Artículo 94: Se considera falta gravísima por parte del apoderado irrumpir en una sala de clases o gimnasio sin autorización del Establecimiento, a increpar al Docente o a los alumnos que se encuentren al interior de la sala. Artículo 95: En caso de Emergencia o catástrofe retirar a los alumnos en la zona de seguridad establecida por la ONEMI: Playa El Águila, entre Rancagua y Pedro Prado, frente a la Compañía de Bomberos. Se exigirá actuar con serenidad y espíritu de colaboración acatando las instrucciones emanadas de los Docentes y/ o Asistentes de la educación de la Unidad Educativa. Artículo 96: Velar por que su pupilo(a) alcance, al menos, el promedio general de permanencia en el colegio, Primer ciclo nota 5.8; Segundo ciclo nota 5.5. Artículo 97: Facultar a la Dirección del colegio para investigar actos no deseados, como resguardo preventivo de acciones o conductas no aceptadas y tipificadas en el manual de convivencia. Artículo 98: Retirar a su pupilo(a) por el tiempo que se le indique del o los talleres extra programáticos en los que se encuentra inscrito(a) cuando el promedio de nota del alumno sea inferior a, Primer ciclo nota 5.8; Segundo ciclo nota 5.5. Artículo 99: Condicionalidad de la matrícula del alumno, de modo que, si no superan los incumplimientos, no se le renovara el contrato de matrícula para el año siguiente. Artículo 100: Todo Alumno(a) debe tener un apoderado que lo represente, pudiendo desempeñar tal cargo de su padre, madre, ambos indistintamente, o un tercero que haya sido designado legalmente para desempeñarse en tal cargo (documento notarial). Artículo 101: El apoderado que incurra o haya incurrido en una falta de respeto grave ante cualquier circunstancia o lugar, a cualquier funcionario del establecimiento no tiene posibilidad de solicitar beca y debe ser reemplazado por otro familiar. (Documento Notarial). Artículo 102: Los Apoderados que tienen hijos (as) con Jornada Escolar Completa (JEC de 3º a 8º), deben enviar la colación o almuerzo junto con el alumno, en la mañana, a partir del año 2013, no se recibirán almuerzos ni colaciones, ya que el colegio dispone de los implementos necesarios, para atender a los alumnos y alumnas. También enviar pasta y cepillo dental diariamente. Artículo 102: Cumpliendo con las exigencias de la Ley de Protección Infantil y Juvenil, el colegio denunciará a las autoridades competentes, toda acción que detecte que atenta contra la seguridad y/o el buen trato de sus alumnos, como también, aquellas que sean consideradas delito en la nueva Ley Penal Juvenil. Artículo 103: La condicionalidad de matrícula por: a: Es responsabilidad del apoderado concurrir al Colegio a enterarse del avance del proceso educacional de su hijo(a), especialmente en el caso de los alumnos condicionados por disciplina y rendimiento, por lo que deberá entrevistarse a lo menos 1 ó 2 veces al mes con el profesor Jefe respectivo o de asignatura, en el horario de atención de apoderados asignado a los profesores, debiendo existir el acta de entrevista respectiva. b: Es responsabilidad del Apoderado mejorar las observaciones de la situación de condicionalidad de matrícula del alumno(o), si no se superan los incumplimientos no se renovará el contrato de matrícula para el año siguiente.

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c: Se considera falta gravísima por parte del apoderado que se niegue a firmar el párrafo que dice, tomó conocimiento, de cualquier tipo de falta (leve, grave y gravísima) por parte del profesor jefe, de asignatura, Inspectores, Jefa de UTP y Directora, por lo que alumno cumplirá las sanciones que corresponda, quedando el alumno condicional o caducación de matrícula de acuerdo al análisis del Consejo Disciplinario de Profesores.

DEBERES: Artículo 104: Tener conocimiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI), Reglamento de Convivencia Escolar. Artículo 105: Conocer y cumplir el Manual de Convivencia. Artículo 106: Proceder con ética profesional. Artículo 107: Dejar en alto en todo momento el nombre del Establecimiento, de palabra, de obra con su espíritu de trabajo. Artículo 108: Solo por razones de seguridad personal, se acepta el uso de celular al interior del colegio. En clases deberá mantener el equipo en silencio. Posteriormente en recreo podrá revisar sus llamadas perdidas. Estrictamente prohibido hablar por celular en la sala de clases por respeto a sus alumnos. Artículo 109: Los profesores por ningún motivo pueden prestar sus celulares a los alumnos, como así tampoco llamar a los apoderados ante una emergencia, debe seguir el conducto regular. Artículo 110: Los profesores y profesoras deberán usar el uniforme dispuesto por la Dirección. Artículo 111: Deberán tener un trato respetuoso con todos los integrantes de la Comunidad Educativa. Artículo 112: Informar a los Apoderados del rendimiento inferior a 5.0, en cualquiera de las asignaturas, para posteriormente firmar compromiso pedagógico con el apoderado. Artículo 113: Generar y desarrollar estrategias pedagógicas y didácticas innovadoras y atractivas para despertar el interés y la motivación por aprender. Artículo 114: Fomentar estrategias participativas orientadas hacia la formación ciudadana de los y las estudiantes dentro y fuera de la sala de clases. Artículo 115: Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la Comunidad Educativa. Artículo 116: Informar a los apoderados de las anotaciones en el libro de clases de sus hijos.

Titulo VII. De los Docentes

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Título VIII: De los Derechos A.- De los Alumnos y alumnas Artículo 116: Ser atendido oportunamente Artículo117: Ser escuchado y acogido con cariño Artículo 118: Ser tratado con respeto y educación por sus profesores y personal del colegio. Artículo 119: Darles la oportunidades pertinentes para que logren sus aprendizajes. Artículo 120: Conocer con tiempo los contenidos fechas e instrumentos de evaluación que se aplique. Artículo 121: Conocer los resultados de sus evaluaciones en tiempo pertinente. Artículo 122: Ser protegido por el colegio en caso de constatar maltrato infantil. Artículo 123: Toda alumna embarazada tendrá derecho a rendir las evaluaciones en el establecimiento. Artículo 124: Participar en la elección de los representantes del CEAL (de 4º a 8º año básico) de acuerdo a la reglamentación vigente. B.- De los Apoderados Artículo 125: Tener conocimiento del proyecto educativo, reglamento de convivencia escolar. Artículo 126: Ser recibidos, atendidos y escuchados en el establecimiento en los correspondientes horarios de atención ya sea administrativos, directivos, docente en general y auxiliares. Artículo 127: Tomar conocimiento del rendimiento académico del niño mediante la entrega de avance de notas en las correspondientes reuniones de apoderados. Artículo 128: Solicitar información y documentación relacionada con los estudios de su hijo respetando el horario de atención. Artículo 129: Asistir a las citaciones efectuadas por los docentes, Directora, Jefe Técnico o Inspector, toda vez que esta tenga relación directa con el comportamiento conductual y/o pedagógico de su pupilo. Artículo 130: El apoderado tiene el deber y el derecho de conocer y acatar el manual de convivencia. El apoderado que falte a tres citaciones ya sea reunión de colegio, Inspectoría General, Profesores Jefes, UTP y Dirección, el alumno será suspendido del colegio en tanto no se presente el apoderado.

Título IX: De las Faltas Los alumnos deben comprender que la función educativa no se realiza solamente en la sala de clases sino que se proyecta a toda actividad cultural, deportiva o social organizada por el colegio actuando en su vida diaria según los valores respetando todos los estamentos de la actividad educativa.

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Todas las faltas serán sancionadas en forma gradual de acuerdo a la gravedad de ellas y a la edad de desarrollo del niño (a) usando el criterio y respetando los derechos de los alumnos (as) de ser escuchados y de promover el dialogo disculparse para restablecer la relación. Se entiende por falta a la trasgresión de una norma. Todas las faltas se registrarán en el Libro de clases y se dejará una constancia de notificación a quien sea el responsable del alumno. Las faltas en que pudieran incurrir estudiantes del Colegio podrán ser sancionadas de manera coherente y consecuente con el Marco Legal de la nueva Ley de Responsabilidad Juvenil. El Colegio denunciará los delitos ante el organismo que corresponda en los plazos determinados que exige la ley FALTAS LEVES: Son aquellas de menor trascendencia cuya evaluación y tratamiento están bajo la responsabilidad del profesor jefe o de asignatura. 01.- Interrumpir reiteradamente la clase. 02.- Lanzar objetos (sin daños a terceros). 03.- Salir de la sala sin autorización. 04.- Molestar o burlarse de los compañeros en clases ocasionalmente. 05.- No trabajar en clases. 06.- Uso incorrecto del uniforme (ver Titulo IV de la Presentación Personal). 07.- Falta de higiene personal. 08.- Uso indebido de la Tarjeta Nacional de Estudiantes (TNE). 09.- Llegar atrasado al inicio de clases por quedarse en los baños o el patio. 10.- No mostrar comunicación al apoderado cada vez que esta sea enviada por algún estamento del Colegio. FALTAS GRAVES: Son todas aquellas conductas negativas de mayor trascendencia: 01.- Lanzar objetos (con daños a terceros). 02.- Interrumpir reiteradamente la clase en forma atrevida o irrespetuosa. 03.- Reincidencia de faltas leves (más de dos). 04.- Incumplimiento reiterado de deberes escolares como tareas, disertaciones, trabajos, etc. con o sin evaluación. 05.- Dañar bienes, propiedades del Colegio o de sus compañeros de establecimiento. 06.- Falta de respeto, incluyendo agresión física, psicológica o verbal a sus compañeros, profesores o personal administrativos y auxiliares. 07.- Hurtar (colaciones, útiles escolares, libros, etc.). 08.- Engañar o mentir a Directivos, Jefe de UTP, profesores, compañeros, administrativos, etc. 09.- Copiar o ayudar durante las pruebas. 10.- Discriminar a sus compañeros. 11.- Las manifestaciones amorosas (pololeo) dentro del establecimiento. 12.- Traer al establecimiento mp3, mp4, discman, celulares, Ipod, etc. 13.- Expresarse con palabras soeces y gestos ofensivos entre iguales y/ o a otro miembro de la Comunidad educativa. 14.- No acatar la orden del profesor, no hacer caso de las indicaciones dadas tales como: salir de la sala de clases sin permiso, no guardar silencio. Actitud displicente hacia el profesor. 15.- No cumplir con el plazo dado para mejorar la presentación personal. 16.- Cinco o más faltas de responsabilidad en sus deberes escolares en un semestre, registradas en su hoja de vida. 17.- Reiteradas inasistencias a clases sin justificación médica escrita. FALTAS GRAVÍSIMAS: Son aquellas conductas extremas que dañan a los demás, como las siguientes: 01.- Reiteración de faltas leves y graves o incumplimiento de sanciones. 02.- Hacer la cimarra.

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03.- La introducción, comercialización y/o consumo de sustancias o drogas ilícitas dentro del establecimiento o en cualquier otra actividad bajo la tuición del colegio. 04.- Bajar pornografía de Internet en el colegio o traer material pornográfico al colegio. 05.- Cualquier acto que implique deshonestidad, fraude o engaño deliberado, faltar a la verdad, falsificar firmas, colocar o alterar calificaciones, sustraer o cambiar pruebas. 06-. Fuga del colegio. 07.- La participación individual o colectiva en actos de agresión, matonaje, bullying o agresiones físicas o verbales contra la identidad, religión o etnia de otro miembro de la comunidad escolar. 08.- Portar dentro del colegio algún elemento corto-punzante (armas blancas) o cualquier otro tipo de arma. 09.- Crear o pertenecer a pandillas dentro del establecimiento. 10.- Agredir física o verbalmente a un profesor (a) u otro miembro de la comunidad educativa. 11.- Provocar desordenes, riñas o disputas en las inmediaciones del colegio. 12.- Mostrar conductas reprochables en la vía publica usando los uniformes del colegio. 13.- Se considerará falta gravísima la participación directa o indirecta en la “Toma” del colegio por parte de los alumnos, con denuncia a Carabineros y posterior desalojo, quedando los involucrados suspendidos del Establecimiento. 14. Utilizar la tecnología para dañar y transgredir la dignidad y la buena convivencia entre los alumnos y los profesores o algún miembro de la Comunidad Educativa. (Ciber-Bulling y Grooming) 15.- Desacato a la autoridad no obedeciendo ordenes emanadas del personal paradocente, docente y/o directivo del colegio, en esfuerzo de hacer cumplir las normas de convivencia. 16.- Ser sorprendidos copiando o “ayudando indebidamente” a sus compañeros (as) a través de “torpedos”, señas (lenguaje no verbal), tecnología (celulares y otros) 17.- No entregar la prueba al profesor en el tiempo establecido previamente por el docente frente al grupo curso o en forma individual, si es prueba atrasada. 18.- Adulteración o sustracción del Libro de clases o de otro documento oficial de propiedad del Colegio. 19.- Falsificación de la firma del apoderado o de los padres, o de cualquier persona. 20.- Grabar, fotografiar o conectarse a internet sin consentimiento del profesor durante la hora de clases. 21.- Otras situaciones especiales que el Consejo de Profesores e Inspectores califiquen como “Gravísima”.

Título X: De las sanciones SANCIONES A FALTAS LEVES: Deben servir para el mejoramiento del autocontrol del niño para restablecer la reparación y restauración del daño resguardando la integridad del alumno. Estas serán registradas en el libro de clases con la observación correspondiente. En el caso de que el alumno(a) presente anotaciones con faltas leves se seguirá el siguiente procedimiento: a.- Al acumular un total de 3 anotaciones negativas, el alumno(a) quedará en estado de alerta. b.- Al acumular un total de 6 anotaciones negativas, el alumno(a) iniciará el proceso de condicionalidad. c.- Al presentar un total de 8 anotaciones negativas, el alumno(a) pasará a condicionalidad estricta.

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Servicio Comunitario: 1.- No disfrutar del recreo, teniendo que vigilar los baños. 2.- Ayudar por un día, al auxiliar de aseo. 3.- Limpiar su sala. Servicio de Reparación: Acción que tenga como fin reparar daños a terceros. 1.- Si rompió o extravió el cuaderno a otro compañero, deberá reponer el cuaderno con la materia actualizada. 2.- Si hurtó la colación deberá reponerla por una igual al día siguiente. Servicio Pedagógico: Acción destinada a mejorar su rendimiento académico. 1.- Recolectar o elaborar material a estudiantes de cursos inferiores. 2.- Marcar cuadernos de cursos inferiores. 3.- Dirigir alguna actividad recreativa en cursos inferiores. Servicio de Recuperación de Estudio: Acción que permita comprender el impacto de sus acciones en la comunidad escolar. 1.- Quedarse durante el recreo trabajando en las actividades que no realizó a cargo del encargado de biblioteca. 2.- Realizar un trabajo de investigación sobre un tema vinculado a la falta cometida. 3.- Realizar un diario mural con el tema vinculado a la falta cometida. 4.- Observar una clase, un recreo o un momento de la vida escolar y redactar un texto sobre lo observado. SANCIONES A FALTAS GRAVES: 1.- Conversar con el alumno para aclarar la situación. Registrar observación en la hoja de vida del alumno. Citar al apoderado y comunicar la situación indicando las sanciones registradas en el libro de clases y manual de convivencia. 2.- Si existe reiteración de faltas graves se suspenderá por 1 día que no sea ni lunes ni viernes ni víspera de festivos, con citación al apoderado. 3.- Los alumnos que se encuentren en situación de castigo no podrán participar en ninguna actividad extracurricular que esté programada para el día de la sanción o suspensión. FALTAS GRAVÍSIMAS Define el acoso escolar como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (o bullying), realizada fuera o dentro del Establecimiento Educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva atenten en contra de otro (a) estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del o la estudiante afectado (a), que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea con medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición” ( Incorporación Art.16B, Ley Nº 20536) Entre las manifestaciones de violencia se encuentran: Violencia psicológica: Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamientos, discriminación en base de la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying. Violencia física: Es toda agresión física que provoca daño a malestar: empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.

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Violencia sexual: Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y trasgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer, incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc. Violencia por razones de género: Son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta preferentemente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres, incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro. Violencia a través de medios tecnológicos: Explica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas de correos electrónicos, chats, blogs, facebook, fotolog, mensajes de textos, MSN, twitter, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en Ciberbullying. Generan un profundo daño a las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales. SANCIONES A FALTAS GRAVÍSIMAS: 1.- Se suspenderá por 2 y/o 3 días procurando que no sea lunes, viernes o víspera de festivo, además se citará al apoderado. 2.- Interrumpir la asistencia a clases, sólo asiste a las evaluaciones que le queden pendientes antes de finalizar el año académico. 3.- Caducar matrícula para el año siguiente. 4.- Los alumnos de 7º y 8º año quedarán excluidos de la despedida de los octavos cuando hayan cometido una falta gravísima. 5.- Los alumnos de 8º año quedarán suspendidos de la Ceremonia de Licenciatura cuando hayan cometido una falta gravísima. 6.- La acumulación de tres sanciones a faltas leves y/o graves darán curso a la aplicación de una sanción gravísima. 7.- Cualquiera de estas sanciones, implica que el alumno queda con la matrícula condicional por el resto del año. 8. Frente al acto de agresiones físicas sea de la persona agredida o agresor serán suspendidos del colegio todos los involucrados, con denuncia a carabineros y con caducación de matrícula para el año siguiente. 9.- En el caso de robo y sospechas de tráfico o consumo de drogas o alcohol, el Colegio se reserva el derecho de revisar a los alumnos (as) y sus pertenencias. 10. Ante una situación de violencia sexual la denuncia debe efectuarse ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio público o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, de acuerdo a los establecido en los Artículos 175º y 176º del Código Procesal Penal. 11. Frente a actos de agresiones tales como: Violencia psicológica, Física, Sexual, Razones de género y Medios tecnológicos se reitera que aplicarán mismas sanciones de las faltas gravísimas. Orientaciones Generales:

� Todas las faltas serán evaluadas de acuerdo al punto de vista de quienes son los causantes, independiente del nivel que esté cursando el alumno, para aplicar la sanción correspondiente.

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� Cuando las faltas son originadas entre sus pares se escuchará a ambos niños se promoverá al diálogo y se les solicitará pedir disculpas para restablecer la relación, con la mediación de un Profesor, Inspector, Directora o Jefe de UTP.

Título XI: De la Resolución de Conflictos. El conflicto es propio de la interacción humana superarlos es una tarea permanente que ayuda al desarrollo personal y comunitario. La base para la resolución de conflictos entre los diferentes miembros de la comunidad educativa será la estrategia resolutiva de cooperación en base a la mediación. Se utilizarán técnicas para resolver conflictos como la negociación y el arbitraje según las circunstancias lo ameriten. De la Mediación: a.- En un conflicto entre pares un tercero neutral (par) ayuda a las partes a resolver sus conflictos. La meditación tendrá lugar en Inspectoría cuando las partes en conflicto no lleguen acuerdo. La Dirección del colegio con el equipo de gestión nombrará a un tercer mediador neutral, entorno al conflicto cuando sea necesario. b.- En un conflicto entre un alumno y un adulto miembro de la comunidad educativa un tercero neutral (adulto) ayuda a las partes a resolver el conflicto siguiendo el conducto regular establecido en este manual. c.- Si la situación lo amerita existirá una mesa de diálogo que estará integrada por Inspector de los estudiantes involucrados en el conflicto, jefa de U.T.P., Directora, Presidente del Centro de Estudiante, Profesor integrante del Consejo Escolar y los (as) estudiantes involucrados (as) en un conflicto que afecte la buena convivencia en la comunidad educativa. La mesa de diálogo tendrá carácter de consultiva propositiva e informativa y será convocada por la Dirección, cuando lo estime conveniente. Los acuerdos de esta convocatoria serán informados a la Dirección por escrito por el profesor integrante del Consejo Escolar. Para la resolución de conflictos: - Definición del problema - Determinar las causas o motivos del problema. - Dialogar con los posibles involucrados en forma justa e imparcial. - Llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes. - La situación será comunicada al profesor jefe y apoderado para que

colaboren en la formación del estudiante. Los encargados de de convivencia escolar serán los Profesores de Religión del Colegio de La costa y la Directora. El apoderado y su pupilo se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del presente reglamento interno, desde el momento en que hace efectiva su matrícula.

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COLILLA PARA RECORTAR Y ENTREGAR AL MOMENTO DE LA MATRÍCULA

------------------------------------------------------------------------------------------- YO______________________________________________________ APODERADO DE ____________________________________________ QUIEN CURSA EL _______ ACEPTO LO INDICADO EN EL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Y ME COMPROMETO A CUMPLIR Y RESPETAR LO QUE NOS CORRESPONDE A MÍ Y A MI PUPILO(A). RUT APODERADO_______________________________ FIRMA_______________________________________ FECHA:_____________________________________