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Page 1: Reglamento Cpad Nuevo Catalogo de Faltas

REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA DE LA REGION SAN MARTÍN

CAPÍTULO IXFALTAS DISCIPLINARIAS

Art. 39º. Se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que incumpla las funciones, obligaciones, y/o contravengan deberes y prohibiciones establecidas en la Ley 24029 modificada por la Ley Nº 25212, y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 019-90-ED de la Ley del Profesorado; Ley Nº 29062 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 003-2008-ED de la Ley de Carrera Pública Magisterial, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y demás normas conexas.

Art. 40º. Las faltas disciplinarias, encierran conductas de infracciones.

La reincidencia, reiterancia o habitualidad constituye circunstancia agravante.

Los servidores públicos que sean reincidentes o reiterantes o habituales según las definiciones establecidas, corresponde su calificación de la manera siguiente: Si la conducta está tipificada como leve, será calificada como grave; y si la conducta está tipificada como grave, será calificada como muy grave. Art. 41° Las conductas de infracción se clasifican en: Leves, Graves y Muy Graves.

Art. 42° CONDUCTAS DE INFRACCIONES LEVES:Son sancionados con amonestación escrita, multas y suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho de remuneraciones de 10 a 30 días, o suspensión sin goce de remuneraciones hasta 30 días según corresponda al régimen del trabajador.

Art. 43° CONDUCTAS DE INFRACCIONES GRAVES:Serán sancionados con suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario, según su gradualidad se distinguen en:

A. Los sancionados de 31 días hasta 6 meses:B. Los sancionados de 6 meses hasta 12 meses:C. Los sancionados de 12 meses hasta 36 meses.

Art. 44° CONDUCTAS DE INFRACCIONES MUY GRAVES:

I. Son sancionados con destitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario:

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Art. 45° DESCRIPCIÓN DE LAS CONDUCTAS DENTRO DE CADA FALTA:

a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su reglamento.

a.1. No presentarse a la evaluación de desempeño docente sin causa justificada.

a.2. Hacer uso de permisos o licencias mayores a cinco días, con la sola presentación de la solicitud, sin autorización de la autoridad competente.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

a.3. Ejecutar o promover, dentro de la Institución Educativa, actos de violencia física, de calumnia, injuria y difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

a.4. Por ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño de la función pública.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.a.5 No llevar el control de asistencia de los trabajadores de la institución.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionadas con sus labores.

b.1. Reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionadas con sus labores.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

b.2. Incumplimiento de deberes y/o GRAVE C

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obligaciones, directivas, reglamentos, memorandos y demás disposiciones emitidas por el superior jerárquico, para obtener ventajas o beneficios para si mismo y/o para terceros.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior del personal jerárquico y de los compañeros de labor.

c.1. Retirar ocultamente y de mala fe, el parte diario de asistencia.

c.2. No registrar la hora real de ingreso y/o salida al centro de trabajo.

c.3. Hacer uso de permisos o licencias hasta cinco días, con la sola presentación de la solicitud, sin autorización de la autoridad competente.

LEVE

Amonestación escrita, multas y suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho de remuneraciones de 10 a 30 días, o suspensión sin goce de remuneraciones hasta 30 días según corresponda.

c.4. Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones, sin la correspondiente autorización, dentro su jornada laboral.

c.5. Firmar indebidamente el registro de control diario.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

c.6. Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia o ajena o reloj por sistema eléctrico o el cuaderno o libro de control de asistencia, o el parte diario de asistencia.

c.7. Modificar la calificación académica del alumno, sin sustento legal alguno.c.8. Otorgar certificados y/o constancias de

GRAVE C

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

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estudios sin sustento legal alguno.

c.9. Otorgar puntuación irregular en procesos de evaluación de expediente, para acciones de personal o para proceso de adquisición de bienes y servicios.

c.10. Causar perjuicio grave al estudiante y/o a la Institución Educativa.

c.11. Falsificar documentos relacionados con el ejercicio de su actividad profesional.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

MUY GRAVE

Destitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario.

d) La negligencia en el desempeño de las funciones. d.1. Incumplimiento de deberes y/o

obligaciones, directivas, reglamentos, memorandos y demás disposiciones emitidas por el superior jerárquico, siempre que la omisión no implique un perjuicio real o riesgo potencial grave para la entidad.

d.2. Ausentarse del centro de trabajo sin autorización.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

d.3 Inasistencia injustificada a su centro de trabajo hasta cuatro (04) días consecutivos y hasta quince (15) días no consecutivos en un periodo de 180 días calendario (Docentes y Auxiliares de Educación).

d.4. No firmar el ingreso y salida en el cuaderno de control y/u otro mecanismo de control.

LEVE

Amonestación escrita, multas y suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho de remuneraciones de 10 a 30 días, o suspensión sin goce de remuneraciones hasta 30 días según corresponda.

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d.5. Asistir fuera del horario establecido a su centro laboral sin registrarse en el cuaderno de ocurrencia de la entidad.

d.6. Incurrir en tardanzas injustificadas.

d.7. Retirarse injustificadamente antes de la hora establecida.

d.8. Concurrir al centro laborar y no desempeñar sus funciones.Contravención del artículo 44º inciso c), novena proposición DS Nº 019-90-ED

d.9. Permitir laborar sin contar con la autorización expresa del titular del órgano Intermedio.

d.10 Autorizar a una persona particular que no tiene vinculo laboral con el sector, para que realice sus funciones que le corresponde.

d.11. Autorizar o permitir trabajar en la Institución Educativa, sin contar con la autorización escrita de la UGEL o DRESM, salvo las excepciones previstas en la Ley o reglamento.

d.12. Aprobar un contrato sin contar con disponibilidad presupuestaria.

d.13. No presentarse a las evaluaciones médicas y/o psicológicas requeridas por la autoridad competente.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de

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d.14. No contar con documentos de gestión.Contravención del artículo 44º inciso e) DS Nº 019-90-EDContravención del artículo 44º inciso f) DS Nº 019-90-ED

d.15. No cumplir el monitoreo a los docentes.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

d.16. No remitir el cuadro de horas dentro del plazo establecido por la Unidad de Gestión Educativa Local o la Dirección Regional de Educación, según corresponda.

d.17. No presentar nóminas de matrículas, acta de evaluación, y demás documentos técnicos pedagógicos en forma oportuna.

d.18. No informar oportunamente la asistencia del personal para el descuento de la planilla.Contraviene la única disposición complementaria final del DS Nº 017-2007-ED.

d.19. No remitir el parte mensual de asistencia.

d.20. Otorgar Boletas de Pago sin el tramite regular que corresponda.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

d.21. No presentar oportunamente la rendición de gastos del mantenimiento del local escolar.Contravención del artículo 44º inciso a) DS

remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

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Nº 019-90-ED

d.22. Permitir laborar sin contar con la autorización expresa del titular del órgano Intermedio.

d.23. No implementar mecanismos de control para cautelar el adecuado cumplimiento de funciones, el buen uso de recursos materiales y/o económicos de la entidad y la adecuada prestación de servicios a la comunidad.Contravención del artículo 44º inciso e) DS Nº 019-90-EDContravención del artículo 44º inciso f) DS Nº 019-90-EDd.24. Omisión o encubrimiento de denuncias que constituyan faltas administrativas o penal ante la autoridad competente.Contravención del artículo 44º inciso k) DS Nº 019-90-ED d.25. Ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) días consecutivos al mes o más de quince (15) días no consecutivos en un periodo de 180 días calendarios; incurriendo en abandono injustificado del cargo.Artículo 194° DS. N° 019-90-ED.

GRAVE B

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 6 meses hasta 12 meses.

d.26. Incumplimiento de deberes y/o obligaciones, directivas, reglamentos, memorandos y demás disposiciones emitidas por el superior jerárquico, para obtener ventajas o beneficios para si mismo y/o para terceros.Contravención del artículo 44º inciso a) DS

GRAVE CSuspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

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Page 8: Reglamento Cpad Nuevo Catalogo de Faltas

Nº 019-90-EDd.27. Proporcionar información que pueda causar daño a la entidad o que se constituya en causal de nulidad de un proceso.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

d.28. Falsificación de firmas.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-EDd.29. Otorgar certificados y/o constancias de estudios sin sustento legal alguno.

d.30. Incurrir en abandono del cargo en forma reincidente o reiterada.Artículo 194º DS Nº 019-90-EDd.31 Haber sido condenado por delito doloso.Artículo 29º DS Nº 019-90-EDd.32. Reincidir en faltas por las que se recibió sanción de Suspensión, Separación Temporal del Servicio o Cese Temporal.

MUY GRAVE

Destitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario

e) El impedir el funcionamiento del servicio público.

e.1. Ausentarse del centro de trabajo sin autorización.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

LEVEAmonestación escrita, multas y suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho de remuneraciones de 10 a 30 días, o suspensión sin goce de remuneraciones hasta 30 días según corresponda.

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Page 9: Reglamento Cpad Nuevo Catalogo de Faltas

e.2. Obstaculizar el monitoreo del docente

e.3. No remitir el cuadro de horas dentro del plazo establecido por la Unidad de Gestión Educativa Local o la Dirección Regional de Educación, según corresponda.

e.4. No presentar nóminas de matrículas, acta de evaluación, y demás documentos técnico pedagógico en forma oportuna.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

e.5. Permitir el cierre del local escolar.Contraviene la única disposición complementaria final del DS Nº 017-2007-ED.

e.6. Impedir el ingreso de alumnos, padres de familia y docentes al local escolar, para el regular desarrollo de las actividades educativas.Contraviene la única disposición complementaria final del DS Nº 017-2007-ED.

GRAVE B

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 6 meses hasta 12 meses.

f) La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficios propio o de terceros;

f.1. Realizar actividades comerciales o lucrativas en beneficio propio o de terceros, aprovechando el cargo o la función que se tiene dentro de la Institución Educativa.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

f.2. Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos políticos, movimientos y dirigencias políticas

GRAVE B

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de

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nacionales, regionales o municipales.

f.3. Permitir el proselitismo político y/o sindical en las instituciones educativas.Contraviene la única disposición complementaria final del DS Nº 017-2007-ED.

remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 6 meses hasta 12 meses.

f.4. La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros.Contravención del artículo 44º inciso h) DS Nº 019-90-ED

GRAVE CSuspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y, aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad.

g.1 Concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes.Contravención del artículo 44º inciso g) DS Nº 019-90-ED.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro.

h.1. Realizar actividades comerciales o lucrativas en beneficio propio o de terceros, aprovechando el cargo o la función que se tiene dentro de la Institución Educativa.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

GRAVE A

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 31 días hasta 6 meses.

h.2. Subcontratar a persona para realizar las funciones que corresponde a su cargo.

GRAVE B

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso

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administrativo disciplinario de 6 meses hasta 12 meses.

h.3. Abuso de autoridad, prevaricación o el uso de la función con fines de lucro.h.4. Concurrir reiteradamente al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas.Contravención del artículo 44º inciso g) DS Nº 019-90-EDh.5. Aprovechamiento personal de los recursos económicos de la institución educativa.Contravención del artículo 44º inciso h) DS Nº 019-90-EDh.6. Modificar la calificación académica del alumno, sin sustento legal alguno.h.7. Otorgar puntuación irregular en procesos de evaluación de expediente, para acciones de personal o para proceso de adquisición de bienes y servicios.

GRAVE C

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

h.8. Causar perjuicio grave al estudiante y/o a la Institución Educativa.

h.9. Maltratar física o psicológicamente al estudiante y trabajador de la institución, causando perjuicio grave.

MUY GRAVE

Destitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario.

i) El causar intencionalmente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la

i.1. Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia o ajena, o reloj por sistema eléctrico, o el cuaderno o libro de control de asistencia, o el parte diario de asistencia.

GRAVE C

Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses

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entidad o en posesión de ésta; hasta 36 meses.

i.2. Falsificar documentos relacionados con el ejercicio de su actividad profesional.Contravención del artículo 44º inciso a) DS Nº 019-90-ED.

MUY GRAVE

Destitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario.

j) Los actos de inmoralidad; j.1. Realizar conductas de hostigamiento sexual o actos de inmoralidad o actos que atenten contra la integridad y libertad sexual.

MUY GRAVEDestitución, o separación definitiva, previo proceso administrativo disciplinario.

k) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario o más de quince días no consecutivos en un período de ciento ochenta días calendario;

k.1. Ausencia injustificada a su centro de trabajo hasta tres (03) días consecutivos o hasta cinco días no consecutivos en un periodo de treinta días calendarios o hasta quince (15) días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) días calendario, (Administrativos, CAS, Directivos y Funcionarios).

LEVE

Amonestación escrita, multas y suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho de remuneraciones de 10 a 30 días, o suspensión sin goce de remuneraciones hasta 30 días según corresponda.

l) El incurrir en actos de hostigamiento sexual, conforme a ley sobre la materia.

l.1. Causar perjuicio al estudiante y/o a la Institución Educativa.Contravención del artículo 44º inciso h) DS Nº 019-90-ED

GRAVE BSuspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 6 meses hasta 12 meses.

l.2. Causar perjuicio grave al estudiante y/o a la Institución Educativa.

GRAVE C

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Suspensión o separación temporal en el servicio, cese temporal sin goce de remuneraciones, previo proceso administrativo disciplinario de 12 meses hasta 36 meses.

m) Las demás que señale la Ley.

Moyobamba, marzo del 2010

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