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Reglamento Congreso Nacional Extraordinario FA

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    REGLAMENTO

    DEL CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO DEL FRENTE AMPLIO

    El presente documento establece las normas y procedimientos para la realizacin del Congreso

    Nacional Extraordinario del Frente Amplio del 5 y 6 de diciembre en la ciudad de Lima.

    I.- De los Objetivos del Congreso del Frente Amplio

    Artculo 1

    El Congreso Nacional Extraordinario del Frente Amplio se convoca por mandato del Consejo

    Nacional del Frente Amplio (24 y 25 Octubre) como parte del proceso de movilizacin del Frente

    Amplio, iniciado con la emblemtica consulta ciudadana del 4 de Octubre, y tiene por objetivo el

    fortalecimiento poltico de la participacin y representacin del Frente Amplio en la disputa

    electoral con el pueblo por delante juntos por un Nuevo Per contra el continuismo neoliberal,

    depredador, corrupto y autoritario representado en su versin ms extrema por el Fujimorismo.

    En esa perspectiva, el Congreso debatir y arribar a acuerdos para potenciar su protagonismo en

    la disputa electoral con la definicin democrtica de la poltica de alianzas y acuerdos polticos y

    aprobacin de los avances del Plan de Gobierno, con la evaluacin de la campaa poltica y la

    definicin de la estrategia como de la composicin de la plancha presidencial y la aprobacin del

    protocolo electoral para las elecciones congresales.

    As mismo, el Comit Permanente del FA propone al Congreso incorporar en su agenda la eleccin

    del Tribunal de tica y del Comit Electoral del Frente Amplio.

    II.- Sobre el Congreso del Frente Amplio

    Artculo 2

    El Congreso Nacional es la mxima instancia orgnica y de direccin poltica. Sus acuerdos y

    decisiones son inapelables y de obligatorio cumplimiento para sus activistas y rganos directivos.

    Artculo 3.

    El Congreso Nacional del Frente Amplio se llevar a cabo los das 5 y 6 de diciembre del 2015, en la

    ciudad de Lima.

    Artculo 4

    El Congreso del Frente Amplio desarrollar la siguiente agenda:

    1.- Poltica de Alianzas y Acuerdos Polticos en el marco del anlisis de la situacin poltica

    2.- Avances del Plan de Gobierno

    3.- Evaluacin de Avances de la Campaa Poltica Electoral y Estrategia en adelante.

    4.- Definicin de la composicin de la Plancha Presidencial

    5.- Protocolo electoral para las Elecciones Congresales

    6.- Eleccin del Tribunal de tica-FA y del Comit Electoral Nacional-FA

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    Artculo 5

    La organizacin del Congreso estar a cargo de la Comisin Nacional de Organizacin, cuyas

    responsabilidades sern las siguientes:

    a.- Centralizar y organizar el padrn de activistas hbiles por comits.

    b.- Promover y supervisar la realizacin de eventos preparatorios en el marco de la Directiva No.

    001-2015-CON/FA, tales como: congresos y/o asambleas distritales, provinciales, regionales y de

    los comits sectoriales.

    c.- Verificar la cantidad de delegados acreditados por los eventos intermedios y publicar la relacin

    de delegados plenos y fraternos antes del inicio del Congreso.

    d.- Encargarse de proveer los servicios logsticos que sean necesarios y de cobrar las cuotas por la

    participacin en el Congreso que se establezcan.

    e.- Acreditar a los delegados asistentes y determinacin del qurum del Congreso, resolviendo los

    eventuales problemas de acreditacin antes del inicio del Congreso.

    f.- Garantizar la circulacin de los documentos y materiales para los eventos congresales

    intermedios y en particular para los delegados asistentes al Congreso. g.- Organizar y garantizar la

    realizacin del programa y logro de los objetivos del congreso.

    Artculo 6

    El Comit Permanente del Frente Amplio designar a tres miembros para que conformen la

    Comisin de Resolucin de los casos de conflicto sobre acreditacin de representantes, que no haya

    sido resuelto por la CON-FA.

    IV.- Sobre los integrantes del Congreso Nacional

    Artculo 7

    Los delegados asisten al Congreso Nacional en calidad de representantes de los afiliados que los

    eligieron y pueden ser plenos o fraternos.

    Los (as) delegados (as) plenos (as) tienen derecho a voz y voto y se identificarn con la cartulina de

    color verde. Los (as) delegados (as) fraternos (as), tienen derecho a voz, pero no tienen derecho a

    voto, y se identificarn con la cartulina de color rojo. Todos los asistentes al Congreso Nacional

    tienen la obligacin de comportarse con respeto, fraternidad y tolerancia en relacin a los dems, y

    de respetar el Reglamento y las indicaciones de la Mesa Directiva del Congreso.

    Artculo 8

    La eleccin de delegados(as) plenos(as) al Congreso Nacional se realizar en base a los siguientes

    criterios:

    1. Las Regiones podrn participar con un mximo de 3 delegados por comit provincial

    reconocido por la CON-FA hasta el 28 de Noviembre. En todos los casos, debe buscarse que

    la representacin provincial exprese la pluralidad del comit tanto en su aspecto poltico,

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    generacional y de gnero. Los delegados sern elegidos en asamblea del comit, y las actas

    correspondientes debern ser enviadas a la CON-FA.

    2. En el caso de Lima Metropolitana la participacin ser de dos delegados por comit distrital

    y comit sectorial reconocido por el CON-FA hasta el 21 de Noviembre. En todos los casos,

    debe buscarse que la representacin provincial exprese la pluralidad del comit tanto en su

    aspecto poltico, generacional y de gnero.

    3. En el caso de las Comisiones Funcionales tendrn dos delegados fraternos por comisin

    reconocidos por el CON-FA hasta el 21 de Noviembre.

    4. Los delegados sern elegidos en Asamblea del comit, y las actas correspondientes debern

    ser enviadas a la CON-FA.

    5. Los delegados al Congreso tienen la responsabilidad de traer el acta firmada con los

    acuerdos de sus respectivos comits respecto a los temas de agenda del congreso.

    6. Todos los Miembros del Comit Permanente son considerados Delegados Plenos y no deben estar incluidos entre los delegados de los respectivos comits.

    Artculo 9

    El Comit Permanente aprobar las invitaciones a voceros, alcaldes, presidentes, consejeros

    regionales y regidores provinciales, as como dirigentes y lderes nacionales destacados de

    movimientos y organizaciones sociales, los mismos que participaran en la calidad de fraternos. La

    cantidad de invitados/as no deber ser mayor al 10% del total de delegados plenos.

    Artculo 10

    La inscripcin de los delegados (plenos y fraternos) se realizar de la siguiente manera:

    a.- Las delegaciones correspondientes a Lima Metropolitana y la Provincia de El Callao se

    inscribirn de manera presencial en nuestro Local Partidario, hasta 1 da antes de la fecha de inicio

    del Congreso en el horario de 3PM a 10 PM. Para lo cual el responsable de la Zona o provincia,

    segn sea el caso debe acreditar la relacin de sus delegados, el Acta de eleccin de los mismos y el

    pago de la cuota de inscripcin, recabando su credencial y carpeta de trabajo.

    b.- Las delegaciones de provincias podrn preinscribirse va internet (escaneo de los documentos a

    los correos del CON-FA) o por escrito (envo mediante agencia de transporte) hasta 1 da antes de la

    fecha de inicio del Congreso en el horario de 3PM a 10 PM. Para lo cual el responsable del distrito o

    provincia, segn sea el caso, debe acreditar la relacin de sus delegados y el Acta de eleccin de los

    mismos.

    Artculo 11

    Para asegurar la sostenibilidad econmica del Congreso, se hace necesario establecer un pago por

    la participacin en el mismo. Todo el costo de la participacin en el Congreso, incluyendo los

    pasajes, deber estar solventado de manera solidaria por sus bases para lo cual podrn realizar

    diversas actividades (polladas, rifas, etc). Consecuentes con nuestra propuesta de justicia social, el

    costo total de participar en el Congreso, incluyendo pasajes, deber ser similar entre los que

    residen en Lima y Callao y quienes viven en provincias, para lo cual se establece el siguiente cuadro

    de tasas: - Fuera de Lima si requiere ms de 8 horas de viaje terrestre: 10 soles; - Fuera de Lima si

    requiere menos de 8 horas de viaje terrestre: 20 soles; - Para Lima y Callao: 50 soles.

    Se solicitar adicionalmente el apoyo solidario de los activistas de Lima para cubrir los mayores

    costos de traslado que significa el traslado desde localidades alejadas.

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    VI.- Sobre el desarrollo del Congreso Nacional Extraordinario

    Artculo 12

    El Congreso se desarrollar mediante las siguientes sesiones de trabajo: -La Instalacin del

    Congreso La presentacin de las propuestas del punto de agenda respectivo -La constitucin de Comisiones de Trabajo -El desarrollo de las Plenarias Resolutiva

    Artculo 13

    La Mesa Directiva del Congreso estar constituida por 07 miembros: - Una Presidencia - Una

    Vicepresidencia - Dos Secretaras - Tres Vocalas

    Artculo 14

    La Mesa Directiva, ser elegida por el Congreso para lo cual el Comit Permanente del FA

    presentar una propuesta.

    Artculo 15

    Las funciones y obligaciones de la Mesa Directiva del Congreso Nacional son:

    a. Conducir adecuadamente la realizacin del Congreso Nacional, tanto del trabajo de comisiones

    como de las plenarias, observando fraternidad, tolerancia y disciplina, garantizando la libre

    expresin de todas las opiniones presentes en el Congreso.

    b. Organizar la formacin de las Comisiones de Trabajo y proceder a su instalacin y normal

    desarrollo.

    c. Dirigir el desarrollo de las Plenarias Resolutivas en el marco del presente Reglamento y nuestro

    Estatuto.

    d. Actuar con total transparencia al momento de contabilizar las votaciones y la toma de acuerdos.

    e. Resolver toda clase de imprevistos que pudieran ocurrir durante la realizacin del Congreso

    Nacional.

    Artculo 16

    Las funciones especficas de cada uno de los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso Nacional

    sern las siguientes: Presidencia: Conducir el trabajo de la Mesa Directiva, con arreglo al presente

    Reglamento. Vicepresidencia: Contribuir a la conduccin del trabajo de la Mesa Directiva con

    arreglo del presente Reglamento. Secretara: Tomar las actas y el registro de los acuerdos del

    Congreso Vocala: Encargados de contabilizar los votos emitidos por los delegados y velar por la

    disciplina y el orden del Congreso. Inmediatamente elegida la Mesa Directiva juramentar e iniciar

    su trabajo.

    Artculo 17

    El Congreso Nacional constituir Comisiones de Trabajo. Ellas son instancias de trabajo, encargados

    de cada punto de la Agenda. Eligen su Mesa Directiva compuesta por cinco integrantes: Un

    Presidente, un secretario, un relator y dos vocales. Toman sus acuerdos por mayora simple.

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    Aquellas posiciones que sean minora, pero que alcancen el 30% de votacin como mnimo, sern

    llevados al plenario resolutivo. El producto final de cada Comisin es un Informe o Resolucin que

    ser presentado por escrito, ledo y sustentado ante la Plenaria.

    Artculo 18

    La mxima instancia del Congreso lo constituir la Plenaria General: Constatado su qurum

    respectivo, recibe los informes de las Comisiones, se pronuncia acerca de ellas, mediante la

    participacin de los delegados y los lleva al voto.

    Artculo 19

    Solo votan los delegados plenos. -El voto es nico (no se puede elegir ms de una opcin en una

    misma votacin) e intransferible. Los acuerdos en el Congreso se tomarn por mayora simple de

    los delegados hbiles (se entiende como hbiles los que se encuentren en la sala al momento de

    producirse la votacin).

    Artculo 20

    Cualquier materia no contemplada en el presente Reglamento, ser tratada y resuelta por la Mesa

    Directiva, consultando de ser necesario al Pleno del Congreso Nacional Extraordinario del FA