régimen laboral de la micro y pequeña empresa

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RÉGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA: El Régimen de Promoción y Formalización de las MYPES se aplica a todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada , que presten servicios en las Micro y Pequeñas Empresas, así como a sus conductores y empleadores. Los trabajadores contratados al amparo de la legislación anterior continuarán rigiéndose por las normas vigentes al momento de su celebración. No están incluidos en el ámbito de aplicación laboral los trabajadores sujetos al régimen laboral común, que cesen después de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 y sean inmediatamente contratados por el mismo empleador, salvo que haya transcurrido un (1) año desde el cese. Créase el Régimen Laboral Especial dirigido a fomentar la formalización y desarrollo de las Micro y Pequeña Empresa, y mejorar las condiciones de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza laboral de los trabajadores de las mismas. Incluye los siguientes derechos: MICRO EMPRESA PEQUEÑA EMPRESA Remuneración Mínima Vital (RMV) Remuneración Mínima Vital (RMV) Jornada de trabajo de 8 horas Jornada de trabajo de 8 horas Descanso semanal y en días feriados Descanso semanal y en días feriados Remuneración por trabajo en sobretiempo Remuneración por trabajo en sobretiempo Descanso vacacional de 15 díascalendarios Descanso vacacional de 15 días calendarios Cobertura de seguridad social en salud a través del SIS (SEGURO INTEGRAL DE SALUD) Cobertura de seguridad social en salud a través del ESSALUD Cobertura Previsional Cobertura Previsional Indemnización por despido de 10 días de remuneración por año de servicios (con un tope de 90 días de remuneración) Indemnización por despido de 20 días de remuneración por año de servicios (con un tope de 120 días de remuneración) Cobertura de Seguro de Vida y Seguro Complementario de trabajo de Riesgo (SCTR) Derecho a percibir 2 gratificaciones al año (Fiestas Patrias y Navidad) Derecho a participar en las utilidades de la empresa Derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente a 15 días de remuneración por año de servicio con tope de 90 días de remuneración. Derechos colectivos según las normas del Régimen General de la actividad privada. ¿A cuánto asciende la remuneración de un trabajador de una Micro o Pequeña Empresa?

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RGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEA EMPRESA: El Rgimen de Promocin y Formalizacin de las MYPES se aplica a todos los trabajadores sujetos al rgimen laboral de la actividad privada , que presten servicios en las Micro y Pequeas Empresas, as como a sus conductores y empleadores. Los trabajadores contratados al amparo de la legislacin anterior continuarn rigindose por las normas vigentes al momento de su celebracin. No estn incluidos en el mbito de aplicacin laboral los trabajadores sujetos al rgimen laboral comn, que cesen despus de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N 1086 y sean inmediatamente contratados por el mismo empleador, salvo que haya transcurrido un (1) ao desde el cese. Crase el Rgimen Laboral Especial dirigido a fomentar la formalizacin y desarrollo de las Micro y Pequea Empresa, y mejorar las condiciones de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza laboral de los trabajadores de las mismas.Incluye los siguientes derechos:MICRO EMPRESAPEQUEA EMPRESA

Remuneracin Mnima Vital (RMV)Remuneracin Mnima Vital (RMV)

Jornada de trabajo de 8 horasJornada de trabajo de 8 horas

Descanso semanal y en das feriadosDescanso semanal y en das feriados

Remuneracin por trabajo en sobretiempoRemuneracin por trabajo en sobretiempo

Descanso vacacional de15 dascalendariosDescanso vacacional de15 dascalendarios

Cobertura de seguridad social en salud a travs delSIS(SEGURO INTEGRAL DE SALUD)Cobertura de seguridad social en salud a travs del ESSALUD

Cobertura PrevisionalCobertura Previsional

Indemnizacin por despido de10 das de remuneracin por ao de servicios(con un tope de90 dasde remuneracin)Indemnizacin por despido de20 das de remuneracin por ao de servicios(con un tope de120 dasde remuneracin)

Cobertura de Seguro de Vida y Seguro Complementario de trabajo de Riesgo (SCTR)

Derecho a percibir2 gratificacionesal ao (Fiestas Patrias y Navidad)

Derecho a participar en las utilidades de la empresa

Derecho a la Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente a 15 das de remuneracin por ao de servicio con tope de 90 das de remuneracin.

Derechos colectivos segn las normas del Rgimen General de la actividad privada.

A cunto asciende la remuneracin de un trabajador de una Micro o Pequea Empresa?

La remuneracin de un trabajador de una Micro o Pequea empresa, asciende cuando menos a una remuneracin mnima vital de S/.750.00 nuevos soles.

Un trabajador de una Micro o Pequea Empresa puede pactar mejoras econmicas con su empleador?

Efectivamente, todo trabajador puede pactar mejoras econmicas y mejores condiciones laborales con su empleador, este acuerdo siempre debe constar por escrito.

Qu beneficios laborales tiene un trabajador de una Micro Empresa?

Los trabajadores de una micro empresa tienen derecho a los siguientes derechos laborales:Los trabajadores y conductores tienen derecho a ser asegurados al Sistema Integral de Salud SIS, a cargo del Ministerio de Salud, este es un sistema semicontributivo, es decir, el Estado asume el 50% de este seguro y el empleador el otro 50%.Los trabajadores y conductores tienen derecho a ser asegurados al Sistema Nacional de Pensiones, o al Sistema Privado de Pensiones (AFP), sin embargo una nueva posibilidad el Sistema de Pensiones Sociales (SPS) tiene como objeto otorgar pensiones con las caractersticas similares al de la modalidad de renta vitalicia familiar del Sistema Privado de Pensiones (SPP), slo a los trabajadores y conductores de las microempresas que se encuentren bajo los alcances de la Ley. El SPS es excluyente del SPP y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y de cualquier otro rgimen previsional existente.Tiene derecho a una Jornada mxima de 08 horas o 48 horas semanales.Tiene derecho a 24 horas continuas de descanso fsico.En caso de despido arbitrario tiene derecho a una indemnizacin equivalente a10 remuneraciones diarias por cada ao de trabajo, con un tope de 90 remuneraciones diarias.Tiene derecho cuando menos auna remuneracin mnima vital (S/.750.00 nuevos soles), sin embargo el Consejo Nacional de Trabajo, podra establecer montos inferiores al Mnimo Vital.Tiene derecho a 15 das de vacaciones, por cada ao de trabajo o su parte proporcional, pudiendo reducir de los 15 a 7 das con la debida compensacin econmica.Tiene derecho a gozar de los feriados establecidos en el Rgimen Laboral Comn, es decir, primero de enero, jueves y viernes santo, da del trabajo, fiestas patrias, Santa Rosa de Lima, Combate de Angamos, todos los Santos, Inmaculada Concepcin, Navidad del Seor.

Qu beneficios laborales tiene un trabajador de una Pequea Empresa?

Los trabajadores de una pequea empresa tienen derecho a los siguientes derechos laborales:Los trabajadores de una pequea empresa tienen el derecho de estar registrados en el rgimen contributivo deEssalud, en donde el empleador deber aportar a Essalud el 9% de lo que perciba el trabajador.Los trabajadores de pequea empresatienen derecho a ser asegurados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP / ONP), o al Sistema Privado de Pensiones (AFP).Tiene derecho a una Jornada mxima de 08 horas o 48 horas semanales.Tiene derecho a 24 horas continuas de descanso fsico.En caso de despido arbitrario tiene derecho a una indemnizacin equivalente20 remuneraciones diarias por cada ao de trabajo, con un tope mximo de 120 remuneraciones diarias.Por Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS), el trabajador percibir sueldo por cada ao de trabajo.Tiene derecho a 15 das de vacaciones, por cada ao de trabajo o su parte proporcional.Tiene derecho cuando menos auna remuneracin mnima vital (S/.750.00 nuevos soles).Por gratificaciones tiene derecho a sueldo en Julio y sueldo en Diciembre, siempre y cuando haya laborado el semestre completo, es decir de Enero a Junio y Julio a Diciembre, caso contrario percibir la parte proporcional por los meses completos laborados en razn del medio sueldo.En lo que respecto a sus Derechos Colectivos, un trabajador de una pequea si puede formar parte de un sindicato.Tiene derecho a gozar de los feriados establecidos en el Rgimen Laboral Comn, es decir, primero de enero, jueves y viernes santo, da del trabajo, fiestas patrias, Santa Rosa de Lima, Combate de Angamos, todos los Santos, Inmaculada Concepcin, Navidad del Seor.Tiene derecho al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo en caso realice actividades riesgosas.

Cmo opera la indemnizacin por despido injustificado?

En el caso de micro empresa el empleador deber indemnizar de acuerdo al equivalente a diez (10) remuneraciones diarias por cada ao completo de servicios como un mximo de noventa remuneraciones diarias.En el caso de pequea empresa el empleador deber indemnizar de acuerdo al equivalente de veinte (20) remuneraciones por cada ao completo de servicios con un mximo de ciento veinte (120) remuneraciones diarias.Referencia:artculo 47 del Decreto Supremo N007-2008-TR.

Qu se entiende por periodo de carencia, en el rgimen del SIS?

Sabemos que los trabajadores de la Micro Empresa deben ser registrados en el Sistema Integral del Salud SIS, sistema que es semicontributivo es decir, el Estado asume el costo del 50% y el empleador el otro 50%, sin embargo para que un trabajador pueda atenderse en este seguro mdico, debe cumplir determinados requisitos tales, como el periodo de carencia, que viene a ser el TIEMPO QUE DEBE ESPERAR EL AFILIADO PARA ACCEDER A LAS PRESTACIONESDE SALUD, conforme lo establece el Decreto Supremo No. 004-2007-SA , ampliado por la RM. 277-2008-MINSA, periodos de carencia como por ejemplo: 01 mes para consultas externas, 03 meses para odontologa y ciruga menores, 10 meses para gestacin y parto.

Qu significa el periodo de Latencia en el SIS?

Elperiodo de latencia del SIS, es el TIEMPO DE COBERTURA DE PRESTACIONES DE SALUD, es decir cunto tiempo ms el seguro de protege, en este caso es de 03 meses contados desde el ltimo aporte realizado por la Micro empresa.

Qu es el REMYPE y que requisitos debo tener para registrarme?

Es el Registro Nacional de la Micro y Pequea Empresa, registro en el cual todas las empresas que deseen pertenecer al Rgimen Laboral Especial deben registrarse cumpliendo con los siguientes requisitos: Solicitud de registro, segn formato del REMYPE; y, Nmero del RUC. La MYPE que solicita su inscripcin y recin inicia su actividad econmica o no cuenta con trabajadores contratados podr registrarse transitoriamente en el REMYPE, contando con un plazo de quince (15) das calendario, contados a partir del da siguiente de la fecha de registro, para contratar y registrar a sus trabajadores en el REMYPE bajo el rgimen laboral especial establecido en la Ley o el rgimen laboral general o el que corresponda, a efectos de contar con el registro definitivo. Vencido dicho plazo sin presentar la informacin no proceder el registro definitivo.El MTPE verificar la correcta aplicacin de los regmenes laborales aplicables a las MYPE.Para acogerse al rgimen laboral de la microempresa, las juntas o asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos en rgimen de propiedad horizontal o condominio habitacional deben solicitar su inscripcin en el REMYPE, para lo cual deben presentar: Solicitud suscrita por el presidente de la junta, asociacin o agrupacin de propietarios o inquilinos, segn corresponda, adjuntando copia del libro de actas donde conste su eleccin; Relacin de los trabajadores que les prestan servicios en comn de vigilancia, limpieza, reparacin, mantenimiento y similares, con copia de su DNI vigente y actualizado; y, Planilla.Referencia: Artculo 65 del Reglamento de la Ley MYPE, aprobado mediante Decreto Supremo N 008-2008-TR; siendo que el antes citado artculo fue modificado por el Artculo 1 del Decreto Supremo N 024-2009-PRODUCE.

Las empresas que cuenten con otros regmenes especiales pueden acogerse a este rgimen laboral especial de las Micro y Pequeas Empresas?

El rgimen laboral especial no es aplicable a la Micro y Pequea Empresa sujeta a otros regmenes laborales especiales, con excepcin de la microempresa sujeta al Rgimen Especial Agrario de la Ley N 27360, Ley de Promocin del Sector Agrario, la cual puede optar por acogerse al presente Rgimen Laboral Especial conforme a lo previsto en la Sptima Disposicin Complementaria Final de la Ley.

Cul es la caracterstica de una mediana empresa?

La mediana empresa se caracteriza por tener ventas anuales superiores a 1,700 UIT y hasta el monto mximo de 2,300 UIT.Referencia: Artculo 5 del TUO aprobado mediante Decreto Supremo N 007-2008-TR, modificado por el Artculo 11 de la Ley N 30056.