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Reformas Fiscales 2016 Diciembre, 2015

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Reformas Fiscales 2016

Diciembre, 2015

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Ley de

Ingresos de la

Federación

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 2

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Marco macroeconómico 2016

3© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

2015 2016

Crecimiento del PIB (%) 2.0 – 2.8 2.6 - 3.6

Inflación (%) 3.0 3.0

Tipo de cambio ($/dólar) 15.6 16.40

Tasa Cetes promedio (%) 3.1 4.0

Déficit PIB (%) -1.0 -0.5

Petróleo (dólar/barril) 50.0 50.0

Previsiones

Incremento de ingresos presupuestarios de 69.2 mmp respecto de 2015

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• Disposición transitoria LISR

• Tasa de recargos

• Mayoría Estímulos, Exenciones, Condonaciones

y Reducciones; nuevos:

- Crédito IEPS diésel minería y turismo

- RIF Reducción IEPS e IVA; 100% para ingresos de $300,000

Disposiciones fiscales

4© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Retención 4.9% intereses bancos extranjeros

Continúan sin cambio

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Personas

Morales

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 5

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Previsión social

6© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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ISR

Previsión social

7© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Se elimina la referencia al monto equivalente al

promedio aritmético de los trabajadores sindicalizados.

Se considerarán como generales las prestaciones cuando se

otorguen las mismas a todos los trabajadores del mismo sindicato

o a todos los trabajadores no sindicalizados.

Se elimina el límite de deducción para trabajadores no sindicalizados,

cuando no existan trabajadores sindicalizados en una empresa, de

10 salarios mínimos, para unificar la deducción del 47 ó 53%.

Se busca evitar prácticas de elusión.

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• MOI automóviles $175 mil

ISR

Deducción de inversiones

8© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Deducción de

inversiones

normal

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Consolidación

y Reinversión

de utilidades

9© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Régimen de Consolidación

Generalidades

10© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Eliminación del régimen en

2014 – criterios y complejidad

en la salida.

Se busca facilitar la

fiscalización, agilizar y

simplificar el proceso de

salida y otorgar certeza

jurídica a los

contribuyentes.

Las medidas se centran en:

• Pérdidas fiscales

operativas pendientes de

amortizar al 1º de enero de

2016

• Pérdidas fiscales en ventas

de acciones

• Dividendos contables

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Régimen de Consolidación

Pérdidas pendientes de amortizar

11© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Crédito fiscal por las pérdidas fiscales

consideradas en la desconsolidación, que no

provengan de venta de acciones pendientes de

amortizar al 1º de enero de 2016.

15% del total de pérdidas consideradas,

aplicable contra el 50% del ISR diferido.

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Condiciones para su aplicación:

Régimen de Consolidación

Pérdidas pendientes de amortizar (2)

12© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

12 345

6789

10

Mantener participación consolidable

igual o superior a la que se tuvo al

momento de la desconsolidación.Pérdida fiscal en la misma participación

consolidable que se utilizó al momento

de la desconsolidación. Renuncia de las entidades a la

utilización de las pérdidas fiscales.

Las controladoras o cualquier entidad que integraba

el grupo de consolidación, hubiere pagado el ISR

Diferido conforme a las disposiciones aplicables, por

las pérdidas fiscales derivadas de fusiones,

escisiones o liquidación de sociedades.

Presentar aviso

informando que se

apegará a la opción.

Empresas al corriente del cumplimiento de sus

obligaciones fiscales al 1 de enero de 2016.

(Opinión Positiva del SAT).

No participar en el Régimen

Opcional de Grupos de Sociedades.

Participación en el Programa de Verificación en

Tiempo Real que tiene implementado la AGGC

durante un periodo obligatorio de cinco años

- Revisiones trimestrales

Considerar en el cómputo del ISR Diferido,

pérdidas en enajenación de acciones.

Desistirse de los medios de defensa que

hubieran interpuesto contra las reformas al

régimen de consolidación. 11Formalidades y registros contables.

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Régimen de Consolidación

Pérdidas en venta de acciones

13© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Pérdidas por la enajenación de acciones de controladas

en cualquiera de los ejercicios del 2008 a 2013, que no se hubieran

considerado en el ISR Diferido.

Pago del ISR Diferido en 10 ejercicios.

Se ajustarían las parcialidades futuras.

Declaración complementaria

a más tardar en marzo de 2016 y aviso de opción en enero de 2016,

Las primeras dos parcialidades,

a más tardar el 31 de marzo de 2016, con actualización y recargos.

En 2016 se deberán cubrir tres parcialidades.

Las restantes 7, se deberán enterar en forma anualizada y actualizadas

hasta el 2023.

16

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Régimen de Consolidación

Pérdidas en venta de acciones (2)

14© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Condiciones para su aplicación:

Costo fiscal de acciones correcto conforme a la LISR.

Desistirse de los medios de impugnación contra las reformas en materia

de consolidación (no sólo aquella relativa a la pérdida en venta de

acciones).

Si la controladora amortiza la pérdida en venta de acciones conforme al

régimen cedular, se deberá liquidar el ISR Diferido en el pago parcial

inmediato posterior.

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Estímulo fiscal:

Sólo aplicable a Personas Físicas

Crédito contra la retención de impuesto sobre dividendos, tratándose de utilidades

generadas en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, que se reinviertan y distribuyan.

Equivalente al monto que resulte de aplicar al dividendo o utilidad distribuido, los

siguientes porcentajes:

Régimen general

Reinversión de utilidades

15© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

2017

2018

2019

1%

2%

5%

Año de distribución

del dividendo

Porcentaje aplicable al

monto del dividendo

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Condiciones para su aplicación:

- Acciones colocadas en bolsa, emisora identificará e informará a los intermediarios

los ejercicios de donde provienen las utilidades para que efectúen la retención.

- Si no están colocadas en bolsa, emisora debe optar por dictaminarse.

- Se identifiquen en la contabilidad de la emisora y en sus estados financieros, las

utilidades generadas en 2014, 2015 y 2016, su reinversión, así como las

distribuciones respectivas.

- Presentar la información que, en su caso, establezca el SAT.

- No se considerará ingreso acumulable para efectos de la LISR.

Régimen general

Reinversión de utilidades (2)

16© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Deducción

inmediata

17© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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− Vigente durante 2016 y 2017, desde los pagos provisionales

− También para inversiones realizadas en el último cuatrimestre de 2015 en la

declaración anual

− PYMES (Contribuyentes con ingresos hasta 100 millones)

− Contribuyentes del sector de infraestructura de transporte

− Contribuyentes del sector energético por inversión en equipo

Impuesto sobre la Renta

Deducción inmediata

18© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Se propone como una disposición de carácter temporal

Aplicable en todo el país a:

Deducible para PTU y erogación totalmente deducible para IVA acreditable

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Ejemplos de tasas:

Impuesto sobre la Renta

Deducción inmediata

19© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

2016 2017

Construcciones 74% 57%

Equipos en general 85% 74%

Minería 87% 77%

Restaurantes 92% 84%

Carreteras 74% 57%

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Energía e

Infraestructura

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 20

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Deducción

inmediata y

de inversiones

21© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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• Solo por ejercicios 2016, 2017 y 4 meses del 2015.

• Beneficiarios:

PM y PF con actividad empresarial con ingresos hasta

100 mdp.

Quienes realicen inversiones en construcción,

ampliación de infraestructura de transporte (ej.

carretera, caminos y puentes).

Quienes realicen actividades relacionadas con

tratamiento, procesos, transporte (entre otras) de

Petróleo, Gas Natural, Petroquímicos y Petrolíferas.

• Efectos en pagos provisionales, con posibilidad de

deducción de valores residuales.

• Acreditamiento IVA erogación totalmente deducible

• Deducible para PTU

Deducción inmediata

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 22

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• Actividades exclusivas a la generación de

energía proveniente de fuentes

renovables o cogeneración de electricidad

eficiente.

• 90% de ingresos por generación energía

(sin activos fijos). Fluctuación, ajuste

anual

Energía e Infraestructura

Deducción de inversiones

23© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Beneficiarios

Deducción de

inversiones

al 100%

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Se crea la “CUFIN ajustada” y nuevo registro

de distribución de dividendos:

• CUFIER no pago ISR corporativo

• Pago 10% ISR definitivo PF, RE y EP

• A partir del ejercicio en que generen

CUFIN no se podrá utilizar remanente de

CUFIER

Energía e Infraestructura

Cuenta de Utilidad por Inversión en Energías

Renovables

24© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

CUFIERAplicable a contribuyentes

que deduzcan al 100%

la maquinaria y equipo

para la generación de

energía renovable o

cogeneración

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Capitalización

delgada

25© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Capitalización delgada

26© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

1

2

3

4

Restricción general para ejercer la deducción de intereses con base

en la relación de 3:1 del capital.

Excepciones: sector financiero y deudas para construcción, operación o mantenimiento

de infraestructura productiva vinculada con áreas estratégicas para el país.

“Áreas Estratégicas” – concepto modificado por la Reforma Energética de 2014.

Se incluye: Exploración y Producción

Se excluye: Petroquímica Básica y Sector Eléctrico

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• Aplicación exclusiva a los contratistas o asignados, en relación con la

construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura productiva

relacionada con la exploración y extracción de hidrocarburos.

• Excluir del cálculo de la capitalización delgada las deudas contraídas con motivo

de la inversión de infraestructura relacionada con la generación de energía

eléctrica, aplicable a partir del 1-1-2014

Capitalización delgada

(2)

27© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Criterio Normativo 7/LISH/N

Reforma Ley del Impuesto sobre la Renta

¿Otros sectores similares?

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Impuesto Especial

sobre Producción

y Servicios

28© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

Gasolinas y Diésel

29© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

01

02

Disposición transitoria de la Ley del IEPS en materia de combustibles para que a

partir de 2016 los precios máximos puedan comenzar a fluctuar de forma

consistente con su referencia internacional:

• Establecer una banda para las fluctuaciones de precios, de forma que se

acoten los movimientos al alza y a la baja de los combustibles

Esquema de impuesto de cuota fija a los combustibles automotrices:

• Transitorio enajenaciones dic. 2015

• Transitorio precio gasolina 2016, no debe rebasar 3% inflación

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Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

Gasolinas y Diésel (2)

30© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Durante el periodo de transición se mantendría un componente variable en el

impuesto.

Cuotas distintas a los combustibles fósiles dependiendo del octanaje en gasolinas,

diésel o combustibles no fósiles. Cuotas ajustables por inflación.

03

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Iniciativa

del Ejecutivo

Ley Federal

de Zonas

Económicas

Especiales© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 31

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Zonas Económicas Especiales (ZEE´s)

32

¿Qué son?

Áreas geográficas

delimitadas dentro de

México, en las que se

ofrecerá un marco

regulatorio e incentivos para

atraer inversión y generar

empleos de calidad

• Impulsar el

desarrollo de

zonas mas

rezagadas.

• Brindar incentivos

especiales para

elevar su

productividad

• Generar mejores

condiciones de

inversión y

desarrollo de

tecnología

• Generación de

empleo

¿Para que?

¿cómo lograrlo?

•Beneficios fiscales y

laborales.

•Régimen aduanero especial.

•Marco regulatorio ágil.

•Infraestructura de primer

nivel.

•Programas de apoyo

(Capital humano,

financiamiento, innovación).

•Otros estímulos y

condiciones preferenciales

Fortalecer la

competitividad e impulsar

la productividad.

¿Qué lo

motiva?

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• El proyecto de Ley crea por primera vez la figura jurídica de Zonas

Económicas Especiales y establece el marco de política para el

desarrollo de estas zonas de manera integral y ordenada.

• El proyecto de Ley general está estructurado para dar flexibilidad y

establecer un paquete de estímulos “a la medida” de cada ZEE que se

pretende desarrollar. Además faculta a las dependencias de la

Administración Pública Federal para establecer programas y políticas

públicas especiales.

• Las ZEEs serán creadas a partir de Decretos emitidos por el Ejecutivo

Federal, y las empresas instaladas dentro del perímetro establecido

gozarán de los beneficios establecidos en dichos Decretos

Iniciativa de Ley ZEE´s

33© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Objetivos ZEE´s

34

Aumentar las

exportaciones

Mexicanas

Impulsar el

crecimiento del

mercado interno,

fomentando al

ingreso y al consumo

Obtener un mayor

encadenamiento

productivo

Desarrollar

infraestructura de

comunicaciones,

telecomunicaciones,

educativa y logística

de calidad mundial

.

Generar

Mayor valor

agregado

Elevar la

capacidad

productiva

Revertir las condiciones de pobreza prevalecientes

y elevar el nivel de capital humano

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Ubicación ZEE´s

35© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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¿Cómo operan los ZEES en otros países?

36© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

ChinaSe fomenta la inversión

extranjera directa, ofrecen:

1) Un entorno aduanero

eficiente e insumos

importados libres de

aranceles

2) La infraestructura para las

fábricas y servicios básicos

3) Incentivos fiscales como

exoneración de impuestos

corporativos

VietnamEn las zonas se permite la

reducción de pago de

impuesto sobre la renta

para personas morales y

físicas que operen en ellas,

permiten la importación de

bienes libre de aranceles,

están ubicadas en las zonas

con mayores dificultades

económicas

Estados UnidosSon áreas seguras bajo la

supervisión de Aduanas,

permiten: el almacenamiento,

exposición, fabricación y

procesamiento para

mercancías nacionales y

extranjeras libre de pago de

impuesto y pudiendo ser

consideraos como

exportados

PanamáLa zonas proveen una eficiente infraestructura

portuario y aeroportuaria, la libre circulación del

dólar estadounidense, un sin número de incentivos

tributarios y una ágil red de comunicaciones, son

factores que facilitan las operaciones de los

usuarios, permite importar, almacenar, ensamblar,

reempacar y reexportar una amplia gama de

productos

UruguayExención de impuestos y

aranceles, pero parte de

los requerimientos es que

la fuerza laboral empleada

sea al menos 75%

Uruguaya (excepto cargos

directivos)

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¿Qué beneficios deberían ofrecer las ZEE´s?

Aduaneros

37© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Exención del pago de aranceles

De las mercancías provenientes del extranjero que se incorporen a la producción en las

ZEE’s y que sean exportadas

Uso de certificación de IVA y IEPS

Aplicación de esquema de créditos y garantías de IVA e IEPS, para los bienes

importados que sean destinados a las ZEE’s como parte del proceso de

transformación productiva

Exención y tasa 0% de IVA

Para las ventas realizadas por las empresas dentro de las ZEE’s,

o de éstas a residentes en el extranjero

Conferir y/o conservar origen

A los bienes que sufran procesos productivos o sean

introducidos a las ZEE’s que permitan la aplicación de

preferencias en los países destino con los que México

tenga celebrado un Tratado o Acuerdo de Libre Comercio

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Fiscales

38© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

- Exención del Impuesto estatal sobre la

Nómina.

- ISR personas físicas no superior al 12%

Beneficios propuestos al Congreso con anterioridad:

- ISR personas morales no superior al 16%

- Impuestos especiales para áreas no utilizadas e

inmuebles en la ZEE.

¿Qué beneficios deberían ofrecer las ZEE´s?

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Precios

de transferencia

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 39

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Estructura organizacional, descripción de la actividad,

intangibles, actividades financieras

Posición financiera y fiscal

Descripción de la estructura organizacional, actividades

estratégicas y de negocio y operaciones con partes

relacionadas

Información financiera del contribuyente obligado y de

las comparables utilizadas

Distribución mundial de ingresos e impuestos pagados

Mapeo integral del grupo, información cualitativa y

cuantitativa de cada parte relacionada integrante del

grupo empresarial multinacional

SAT podrá solicitar información adicional

Tres declaraciones anuales informativas

Artículo 76-A LISR

40© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Maestra

Local

País por País

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• Personas morales controladoras

multinacionales

Residentes en México

Empresas subsidiarias (NIFS) y

EPs ubicados en el extranjero

No subsidiaria de otra empresa

extranjera

Estados financieros conforme a

NIFS

Reportan entidades con

residencias en otros países

Ingresos consolidados contables

≥ 12 mil millones de pesos*; solo

modificado sin reducirse, por el

C.U; ni incrementarse por el SAT.

Declaración informativa país por país

Contribuyentes obligados

41© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

• Personas morales residentes en

México o en el extranjero (EP)

designadas por la controladora

31 de diciembre de 2017

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Personas

Físicas

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 42

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Actualización de la tarifa

Régimen de incorporación fiscal

43© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Representante común en régimen de copropiedad

Podrán tributar en este régimen:

− Si además tienen ingresos por salarios, intereses y arrendamiento

− Socios, accionistas o integrantes de no contribuyentes, siempre que no

perciban remanente distribuible

− Personas físicas que sean socios, accionistas o integrantes de instituciones

o sociedades civiles que administren fondos o cajas de ahorro, SOCAP´s,

etc.

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Instrumentos de inversión, deducciones

personales y exenciones

44© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

No entran en la canasta de la limitante del 15% de los ingresos y 5 SMGA:

− Aportaciones complementarias de retiro

− Cuentas de planes personales para el retiro

− Aportaciones voluntarias

− Cuentas personales para el ahorro.

− Acumulación de montos deducidos en 2014 y 2015 cuando se reciban o

retiren

− Gastos médicos derivados de incapacidad laboral o discapacidad, con

certificado o constancia; temporal o permanente parcial, deducción solo aplica

cuando sea >= 50%; y CFDI especifique relación directamente con la

incapacidad o discapacidad.

- Certificado o constancia expedido por el Sistema Nacional de Salud

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Exención enajenación casa habitación siempre que en los 3 años

anteriores no hubiera enajenado otra casa habitación

Instrumentos de inversión, deducciones

personales y exenciones (2)

45© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Disminución de la tasa de retención de ISR por intereses pagados por

sistema financiero:

− 0.50% (antes 0.60%)

− Tasa variable

− En función de las tasas de interés, inflación e ISR

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Estatus de litigios personas físicas

46© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

1

2

Resoluciones a las acciones

de Inconstitucionalidad

Sentencias favorables

de primera instancia

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Repatriación

de recursos

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Repatriación de recursos

48© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Antecedente:

• Convenios para evitar la doble la tributación

• E.U.A. ya en proceso respecto de 2014

• Países OCDE a partir de 2017 respecto de 2016

Programa temporal

A partir de 1° enero y hasta 30 junio de 2016

Para personas físicas y morales y residentes en el extranjero con EP

Inversiones en el extranjero al 31 de diciembre de 2014

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Repatriación de recursos

(2)

49© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Mismo cálculo de ISR, sin actualización, multas y recargos:

− Derecho a acreditar el ISR extranjero

− Pago = 15 días siguientes a fecha de retorno

• Depósito en banca mexicana = fecha de retorno

Requisito de inversión de recursos en México por 3 años:

• PF – Instrumentos financieros o acciones de entidades mexicanas,

así como activo fijo o investigación y desarrollo.

• PM – Activo fijo, investigación y desarrollo de tecnología o pago de

pasivos.

Se obtiene el cumplimiento con obligaciones formales de Ley.

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Repatriación de recursos

(3)

50© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Los recursos que se retornen

no se considerarán para la “Discrepancia fiscal”

Retorno recursos a través de instituciones de crédito

o casas de bolsa del país, deberá coincidir el remitente con el beneficiario

Requisito no haber estado sujeto a facultades de comprobación

debe cumplirse antes de la fecha de retorno

No aplicable a ingresos producto de una actividad ilícita

o cuando puedan ser utilizados para este tipo de actividades, conforme al

Código Penal Federal

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Otros

© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 51

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Impuesto sobre la Renta

Sector primario

52© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Se ajusta exención a PF cuya actividad preponderante sea

la agricultura, ganadería, silvicultura o pesca, hasta por 1

SMG, siempre que el total de sus ingresos sean hasta 8

SMG y los ingresos por estas actividades representen al

menos 25% del total, aplicable a partir del 1-1-2014

Se aclara que se entiende como actividades exclusivas de

autotransporte, aquéllas cuyos ingresos representen al menos el

90% de sus ingresos totales, sin considerar la venta de activo fijo,

siempre que no presten preponderantemente servicios a partes

relacionadas, aplicable a partir del 1-1-2014.

Se establece que este tipo de gastos serán deducibles en el

ejercicio en que efectivamente se eroguen.

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Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

53© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Se considera la exportación de alimentos con

alta densidad calórica como gravada a la tasa

del 0%, a fin de poder acreditar el impuesto que

les haya sido trasladado

Disminución del 50% de la cuota de $1.00 por

litro para bebidas saborizadas que tengan

hasta 5 gramos de azúcares añadidos por cada

100 mililitros

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Facultades de comprobación al verificar procedencia saldo a favor, conforme a CFF

Revisión NO secuencial por no Informar Operaciones Relevantes

Infracciones: Operaciones Relevantes e informativas nuevas de PT ($140 mil a $200

mil); ingreso información contable ($5 mil a $15 mil)

Lotería fiscal

Intercambio automático de información

Código Fiscal de la Federación

Otros aspectos

54© 2015 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

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Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro,

cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura

legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Deloitte presta servicios profesionales de auditoría, impuestos, consultoría y asesoría financiera, a clientes públicos y privados de diversas industrias.

Con una red global de firmas miembro en más de 150 países, Deloitte brinda capacidades de clase mundial y servicio de alta calidad a sus clientes,

aportando la experiencia necesaria para hacer frente a los retos más complejos de los negocios. Cuenta con más de 210,000 profesionales,

todos comprometidos a ser el modelo de excelencia.

Tal y como se usa en este documento, “Deloitte” significa Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C., la cual tiene el derecho legal exclusivo de involucrarse en,

y limita sus negocios a, la prestación de servicios de auditoría, consultoría fiscal, asesoría financiera y otros servicios profesionales en México,

bajo el nombre de “Deloitte”.

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(en conjunto la “Red Deloitte”), presta asesoría o servicios por medio de esta publicación. Antes de tomar cualquier decisión o medida que pueda afectar sus

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