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Reforma Previsional Junio, 2008

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Page 1: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Reforma Previsional

Junio, 2008

Page 2: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Índice Presentación

I. Objetivos reforma previsional

II. Principales reformas realizadas

III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

i. Empresas

ii. Trabajadores

iii. Oportunidades de negocios / desafíos Principal

IV. Propuesta Principal APVC

Page 3: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Grandes cambios en el mercado del trabajoy demografía

569.100

1.179.637

3.207.729

5.698.093

1.867.183

28,2%

17,3%

11,5%

9,0%7,5%

0

1.000.000

2.000.000

3.000.000

4.000.000

5.000.000

6.000.000

7.000.000

1960 1990 2005 2020 2050

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

Población de adultos mayores(1) y proporción sobre el total de la población

(1) Mayor de 60 años.

Fuente: Informe Comisión Marcel.

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Grandes cambios en el mercado del trabajoy demografía

A. Datos demográficos y laborales 1980-2005 1980 2005

Expectativa de vida al nacer (1)

Total población 70,7 78,5

Hombres 67,4 75,5

Mujeres 74,2 81,5

Expectativa de sobrevida a los 60 años (1)

Hombres 16,8 20,7

Mujeres 20,2 24,5

Tasa de participación laboral grupo 15-24 años(2) 38,7% (1982) 30,0%

Tasa de participación de la mujer en mercado del trabajo (3) 28,7% (1986) 37,2%

B. Características de los hogares (4) 1982 2002

Tamaño promedio de los hogares 4,5 3,6

Proporción de hogares monoparentales 7,1% 11,4%

Proporción de hogares encabezados por una mujer 21,6% 31,5%

Tasa de dependencia para fines previsionales (5) 14,4% 17,4%(1) Celade; (2) I.N.E.; (3) I.N.E.; (4) Censos 1982-2002; (5) Hombres 65 y más años y mujeres 60 y más años sobre hombres entre 20 y 64 años y mujeres entre 20 y 59 años.

Fuente: Informe Comisión Marcel.

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I. Objetivos de la Reforma Previsional

I. Aumentar las pensiones y la seguridad de las personas en la

vejez

II. Brindar protección social efectiva a toda la población en la

etapa pasiva

III. Reforzar el carácter solidario del sistema

IV. Superar las discriminaciones de género

V. Lograr mayor información, difusión y participación en el

sistema previsional

Page 6: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

II. Principales reformas al Sistema Previsional

1. Creación del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

2. Medidas para lograr una mayor equidad de género

i. Bonificación para las mujeres por hijo nacido vivo

ii. División del saldo de la CCI AFP en caso de divorcio o nulidad

iii. Separación del costo del seguro I&S por sexo

iv. Incorporación del cónyuge no invalido como beneficiario de

sobrevivencia

v. Acceso al SPS sin requisito de cotizaciones

Page 7: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

3. Medidas para aumentar la cobertura de los trabajadores

i. Afiliación gradual de independientes

ii. Subsidio a la contratación y cotización de jóvenes de menor

ingreso

iii. Aumento de la remuneración máxima imponible

4. Mayor competencia en la industria previsional

i. Licitación de la administración de cuentas para nuevos afiliados

ii. Licitación pública del seguro de invalidez y sobrevivencia

iii. Eliminación de las comisiones fijas autorizadas a las AFP

iv. Creación de la figura de los asesores previsionales

II. Principales reformas al Sistema Previsional

Page 8: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

5. Mayor rentabilidad de los Fondos de Pensiones

i. Flexibilización de la normativa de inversiones de los Fondos de

Pensiones

ii. Aumento de los límites máximos de inversión en el extranjero

6. Fomento al ahorro previsional voluntario

i. Modificaciones a la normativa de los planes de APV individual

ii. Creación de los planes de APVC

II. Principales reformas al Sistema Previsional

Page 9: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Mejoras alSistema AFP de

Beneficios Contributivos

Creación Sistema dePensiones Solidarias

No Contributivo

Complemento a quienes nologren pensión digna en vejez

Premio al esfuerzode ahorro personal

Beneficios en función deaportes personales

Integración del Sistema Previsional

Nueva Institucionalidad y mayor participación de la ciudadanía

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1. Creación Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

Objetivos específicos

• Beneficiar al 60% de la población de menores ingresos

• Entregar mayor protección a las personas no cubiertas o

insuficientemente cubiertas por el sistema AFP

• Las mujeres son principales beneficiarias (muchas de ellas no

cumplen requisito de años de cotizaciones)

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Principales reformas realizadas:

• Otorgamiento de prestaciones solidarias por vejez e invalidez

Pensión Básica Solidaria vejez (PBSV)

Prestación Básica Solidaria de invalidez (PBSI)

PBSV = PBSI total = PBSI parcial

Aporte Previsional Solidario de vejez e invalidez (APS)

Prestación Beneficiarios

PBS Personas sin derecho a pensión

APSPensión base DL 3500 < PMAS

Pensión invalidez + otras pensiones DL 3500 < PBSI

PMAS = Pensión máxima con aporte previsional solidario

1. Creación Sistema de pensiones solidarias (SPS)

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• Requisitos para tener acceso a la PBS y el APS

Residentes en Chile (vejez: 20 años y 4 de últimos 5 años)

Población de menores ingresos (60% más pobre)

Vejez: edad avanzada (65+); Invalidez: inválidos (18 < Edad < 65)

60 70 75

120

75

150

75

200

75

255

0

50

100

150

200

250

300

2008 2009 2010 2011 2012

1° de julio de ...

PBS PMAS

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

2008 2009 2010 2011 2012

1° de julio de ...

PBS y PMAS Miles $ mesIntegrar grupo familiar perteneciente al …%

más pobre de la población

1. Creación Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

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0

50

100

150

200

250

300

0 25 50 75 100 125 150 175 200 225 250 255

Pensión Base APS

1. Creación Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

Comportamiento Aporte Previsional Solidario y Pensión Final de vejez (en régimen)

Pen

sió

n f

inal

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Población Protegida

Niv

el d

e Pen

sión

Situación antes de la Reforma

Situación después de la Reforma

en régimen

Niv

el d

e P

ensi

ón

Población Protegida

Fuente: Comisión Marcel para la Reforma Previsional.

• Se reemplaza al actual programa de pensiones asistenciales y, en forma gradual, a las pensiones mínimas garantizadas

$ 255.000

$ 75.000

1. Sistema de pensiones solidarias (SPS)

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2. Búsqueda de una mayor equidad de género

Objetivos específicos:

• Garantizar la equidad entre mujeres y hombres en el sistema previsional

• A igual edad y saldo en CCI, pensiones de las mujeres sean similares a las de los hombres

Principales reformas realizadas:

• Acceso al SPS sin requisito de cotizaciones (se estima que 60% o más serán mujeres)

• Bonificación por hijo nacido vivo

• Separación del seguro de invalidez y sobrevivencia

• Derecho de las mujeres a pensión de invalidez y aporte adicional hasta los 65 años

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Principales reformas realizadas:

• Incorporación del cónyuge hombre no inválido y del padre de hijos de filiación no matrimonial como beneficiarios

• División de saldo CCI en caso de divorcio o nulidad

Fuente: Comisión Marcel para la Reforma Previsional. Asume una mujer con cónyuge tres años mayor y dos hijos, con igual saldo en su CCI que un hombre de la misma edad. A la fecha de preparación del gráfico (2006), el 100% de las mujeres tenía saldos inferiores a $ 65 MM.

2. Búsqueda de una mayor equidad de género

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Bonificación por hijo nacido vivo

• Aportes estatal equivalente al 10% de dieciocho ingresos mínimos(1) ($259.200)(2)

• Beneficiará a mujeres que se pensionen a contar del 1 de julio de 2009 (potencial efecto sobre pensiones en el corto plazo)

• Se aplicará rentabilidad desde nacimiento del hijo hasta el mes en que la mujer cumpla 65 años (Fondo C de las AFP, menos comisiones(3))

Para mujeres que ya tengan hijos al 1 de julio de 2009, rentabilidad se calcula a partir de dicha fecha

• Bonificación será depositada en la CCI de la AFP a los 65 años o incrementará pensión básica solidaria

(1) Correspondientes a aquel fijado para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta los 65 años, vigente en el mes de nacimiento del hijo; (2) Cálculo son el salario mínimo vigente a junio de 2008; (3) Comisiones sin considerar costo del seguro de IS.

Requisitos

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• También tendrán derecho las madres de hijos que nacieron vivos, pero después fallecieron

• Todas las mujeres que cumplan los requisitos accederán a la bonificación, independiente de su nivel de remuneración

• En caso de invalidez, la bonificación no se recibirá cuando ocurra el siniestro, sino a los 65 años

• La bonificación será mayor:

Mientras más hijos haya tenido una mujer

Cuando los hijos nacieron siendo más joven la mujer

Para las mujeres que tengan hijos estando la reforma en vigencia

Bonificación por hijo nacido vivo

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División saldo de CCI en caso de nulidad o divorcio

• Se aplica cuando juez evalúa situación previsional y determina la existencia de un menoscabo económico parcial o total que resulte en una compensación

• Juez podrá ordenar el traspaso de los fondos de la CCI de la AFP del cónyuge que deba compensar a la CCI del cónyuge compensado

Ello podrá ordenarse cualquiera sea el régimen patrimonial del matrimonio

• Límite máximo del traspaso será igual al 50% de los recursos acumulados durante el matrimonio en la CCI del cónyuge que debe compensar

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División saldo de CCI en caso de nulidad o divorcio

• AFP sólo traspasarán fondos de afiliados activos a la fecha en

que quedo ejecutoriada la sentencia de nulidad o divorcio

Potencial efecto en comportamiento de pensiones

• Saldos acumulados por compensación económica sólo podrán

retirarse como pensión u otro beneficio DL 3.500

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Separación del seguro de invalidez y sobrevivencia

• El seguro de IS será adjudicado por licitación pública,

en grupos separados de acuerdo al sexo de los afiliados

• Los empleadores pagarán una cotización adicional para

financiar el seguro de IS(1), que no podrá ser superior a

la máxima prima necesaria para financiar el seguro

La cotización sólo deberá diferenciarse para afiliados sin

derecho al seguro e independientes

• La diferencia entre la cotización que pagarán los

afiliados y la prima, que será diferente por sexo, deberá

enterarse en la CCI de los afiliados que pagaron una

cotización superior a la prima (1) Será expresada como un porcentaje de las remuneraciones y rentas imponibles.

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Objetivos específicos:

• Aumentar la participación de los trabajadores en el sistema, especialmente los independientes, igualando sus derechos y obligaciones con los dependientes

• Formalizar a los trabajadores jóvenes, incentivar el ahorro previsional y estimular el empleo juvenil

Reformas realizadas:

• Afiliación gradual obligatoria de independientes al sistema previsional

• Incentivos para su afiliación: acceso al SPS; asignación familiar; afiliación a CCAF y al seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

3. Mayor cobertura de los trabajadores

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Afiliación gradual trabajadores independientes

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019

Educación previsional

40% RI

70% RI

100% RI

100% RI

Obligación de cotizar, salvo que

manifiesten lo contrario

Obligación de cotizar sin posibilidad de optar por no cotizar

Obligatoria

cotización de salud

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• ¿Qué independientes deberán afiliarse al sistema?

Aquellos que obtengan rentas del trabajo en forma independiente e individual, por el ejercicio de sus profesiones u ocupaciones lucrativas no comprendidas en 1ª categoría

• ¿Cuál será su renta imponible?

Será anual y corresponderá al 80% de sus rentas brutas

• Independientes estarán afectos a cotizaciones de pensiones y salud

• Las cantidades retenidas a los independientes o pagadas por ellos serán utilizadas para el pago de cotizaciones, cuando sea necesario

3. Mayor cobertura de los trabajadores

Page 25: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Reformas realizadas:

• Subsidio temporal a la contratación y cotización de

trabajadores jóvenes de bajos ingresos

• Empleadores tendrán derecho a subsidio estatal por

trabajadores que tengan entre 18 y 35 años y

remuneraciones iguales o inferiores a 1,5 veces el

ingreso mínimo mensual

• Subsidio será equivalente al 50% de la cotización para

pensiones (10% RI), calculada sobre un ingreso mínimo

• El subsidio sólo se percibirá por las primeras 24

cotizaciones, continuas o discontinuas

3. Mayor cobertura de los trabajadores

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Reformas realizadas:

• Trabajadores que cumplan condiciones señaladas en lámina anterior, recibirán por el mismo periodo de 24 meses un subsidio estatal de igual monto al percibido por el empleador, que se enterará en su CCI

Fuente: Comisión Marcel para la Reforma Previsional. Considera un ingreso mínimo de $ 135.000.

3. Mayor cobertura de los trabajadores

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Reformas realizadas:

• Aumento de la remuneración imponible máxima para el

pago de las cotizaciones obligatorias

Incremento será anual, en función de crecimiento del

índice de remuneraciones reales publicado por el INE

No habrá disminución cuando índice registre variación

negativa

3. Mayor cobertura de los trabajadores

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4. Mayor competencia en la industria previsional

Objetivos específicos:

• Reducir el nivel de las comisiones y mejorar los servicios prestados a los afiliados

• Aumentar la competencia en el mercado de las AFP

• Adopción de decisiones fundadas por parte de los afiliados

Reformas realizadas:

• Licitación pública de la administración de las CCI de nuevos afiliados que ingresen a sistema de AFP

• Licitación pública del SIS por el conjunto de las AFP, en grupos separados por sexo

• Eliminación de la autorización para cobrar comisiones fijas

• Creación de la figura de asesores previsionales

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Licitación de cartera de afiliados

• Licitación será realizada cada 24 meses por la SP y se adjudicará a la entidad que cobre la menor comisión

• Todas las personas que se afilien durante los 24 meses que cubre la licitación, deberán incorporarse a la AFP que la ganó

• El periodo de permanencia obligatoria en esta AFP no podrá exceder de 24 meses a contar de la fecha de afiliación

• Podrán participar en la licitación las AFP existentes y entidades nacionales e internacionales que cuenten con certificado provisional y aprobación de la SP

• Comisión por depósito de cotizaciones deberá ser menor a la más baja vigente en el mercado cuando se presenten ofertas

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Licitación de cartera de afiliados

• AFP ganadora no podrá aumentar su comisión durante el periodo indicado en las bases (no podrá exceder de 24 meses desde el inicio de la afiliación de trabajadores

• Comisión debe hacerse extensiva a todos los afiliados

• Personas incorporadas a AFP adjudicataria podrán traspasarse durante el periodo de permanencia mínima, entre otras situaciones, cuando:

Comisión por cotizaciones periódicas sea mayor a la cobrada por otra AFP durante dos meses consecutivos

Menor comisión cobrada no compensa la mayor rentabilidad obtenida por otra AFP

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Licitación del seguro de invalidez y sobrevivencia

• El seguro de IS será adjudicado mediante licitación pública,

que será efectuada por el conjunto de las AFP

• Las compañías de seguros que presenten la mejor oferta

económica se adjudicarán el seguro

• La duración del contrato dependerá de las normas que emita la

SP

• La prima de los contratos podrá modificarse por variaciones

significativas de las tasas de interés y la tasa de siniestralidad

• Nuevas AFP se adherirán a los contratos vigentes

Page 32: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

• Eliminación de la comisión fija por depósito de cotizaciones y pago de rentas temporales y retiros programados

• Eliminación de la posibilidad de cobrar por la transferencia de saldo de ahorro obligatorio desde otra administradora

• AFP podrán cobrar una comisión porcentual sobre saldo por la administración de la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2)

Comisiones AFPPor cotización

Fija $ % RI

Capital 0 2,64%

Cuprum 0 2,65%

Habitat 320 2,41%

Planvital 690 2,99%

Provida 0 2,59%0

100

200

300

400

500

600

700

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

2,15%

2,20%2,25%

2,30%

2,35%

2,40%2,45%

2,50%

2,55%

2,60%2,65%

2,70%

Fija % RI

Comisiones de las AFP

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Asesores previsionales

• A partir del 1° de octubre de 2008 se crea la figura del “Asesor Previsional” que presta servicios a afiliados y beneficiarios

• Podrán ser personas jurídicas y personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, entre otros, acreditar conocimientos y contratar póliza de seguros

• Se creará “Registro de Asesores Previsionales”, mantenido por SP y SVS

• Objetivo servicio: otorgar información y asesoría para tomar decisiones informadas sobre las prestaciones del sistema; y la intermediación de seguros previsionales

• Asesores deben indemnizar los perjuicios por los daños que ocasionen

Page 34: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Asesores previsionales

• Existirá obligación de celebrar contrato de servicios entre entidad de asesoría o asesor y afiliado o sus beneficiarios, con contenido mínimo definido por la SP y SVS

• Afiliados que puedan pensionarse o beneficiarios de pensión podrán, cuando opten por RP, pagar honorarios con cargo a la CCI

• Existirá un límite máximo de honorarios igual a la tasa máxima fijada por gobierno, multiplicada por el saldo de la CCI destinado a retiro programado

• Cuando la opción elegida sea la renta vitalicia (RV), los honorarios corresponderán a la comisión pagada por la compañía de seguros de vida que otorga la RV

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• Tasa máxima y monto a pagar por asesoría en retiro programado deberá ser inferior a la comisión de renta vitalicia

• Honorarios totales por asesoría no podrán superar el 2% de los fondos en la CCI destinados a pensión, excluido el ELD, ni podrán exceder un monto de 60 UF

• Asesores previsionales no podrán otorgar a los afiliados o beneficiarios incentivos o beneficios distintos a la asesoría, en forma directa o indirecta, ni aún a título gratuito

• Corredores de seguros deberán convertirse en asesores previsionales en un plazo de doce meses desde la publicación de la ley (finaliza en marzo de 2009)

Asesores previsionales

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5. Mayor rentabilidad de los fondos de pensiones

Objetivos específicos:

• Aumentar los montos de pensión que reciben los afiliados del sistema

Principales reformas realizadas:

• Delegación de regulación detallada a Régimen de Inversión, que emitirá la SP previa consulta al Consejo Técnico de Inversiones

• Aumento del límite máximo de inversión en el extranjero global y definición de límites por Fondo

• Autorización inversión renta variable Fondo E

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Límite global de inversión en el extranjero de losFondos de Pensiones

• La reforma aumenta el límite máximo global de inversión de los Fondos de Pensiones en títulos extranjeros, desde el 45% a:

Nota: La entrada en vigencia de la Ley para efectos de este límite es octubre de 2008. Por lo tanto, entre dicho mes y septiembre de 2009 el límite global será superior a 30% e inferior a 60%.

Page 38: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Rango para límite máximo de inversión en el extranjero por Fondo (% valor de los Fondos)

Vigencia

Fondo A Fondo B Fondo C Fondo D Fondo E

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Primeros 12 meses entrada en vigencia de la Ley

25% 80% 20% 70% 15% 60% 10% 30% 5% 25%

A partir del décimo tercer mes

45% 100% 40% 90% 30% 75% 20% 45% 15% 35%

Page 39: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Inversión en el extranjero de los Fondos de Pensiones Mayo 2008

0,1%

29,0%

26,0%

8,5%36,4%

Estatal Financiero Empresas Extranjero Disponible

0%20%40%60%80%

100%120%

A B C D E

Efectivo por Fondo mayo 08 Inferior Superior

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

40%

29%30%31%32%33%34%35%36%37%38%39%40%

Rango límite máximo con reforma por Fondo e inversión efectiva

Composición % inversiones Sistema AFP

Inversión en el extranjero por AFP Evolución inversión extranjero Sistema AFP

Page 40: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Multifondos de Pensiones

• Se permite que el Fondo E sea invertido hasta un 5% en

instrumentos de renta variable• Ley sólo define límites máximos y deja posibilidad de establecer

límites mínimos en renta variable al Régimen de Inversión

80

20

60

40

40

60

20

80

5

95

020406080

100

FondoA

FondoB

FondoC

FondoD

FondoE

Límite Máximo en Renta Variable

Máximo Rta. Var. Renta Fija

%

76

24

61

39

44

56

23

77

0

100

0

20

40

60

80

100

FondoA

FondoB

FondoC

FondoD

Fondo E

Inversión efectiva mayo 2008

Renta Fija Renta Variable

%

Page 41: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

6. Fomento al ahorro previsional voluntario

Objetivos específicos:

• Promocionar el ahorro previsional voluntario individual y

colectivo, especialmente en sectores de ingresos medios de la

población

Reformas realizadas:

• Modificaciones al APV individual y bonificación fiscal que

incentiva ahorro de ingresos medios y bajos

• Creación de los planes de APVC

• Afiliados voluntarios al sistema de AFP

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Modificaciones al Ahorro Previsional Voluntario individual

i. Opción de tratamiento tributario de los aportes

ii. Bonificación fiscal

iii. Realización de APV con sueldo empresarial

iv. Eliminación del límite de APV que depende de cotizaciones

obligatorias para los independientes

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i. Opciones tratamiento tributario de los aportes de APV

• Reforma abrió una opción adicional para el tratamiento tributario de los aportes a los planes APV

• Para efectos del tratamiento tributario del APVC y del APV individual, los trabajadores podrán optar porque el ahorro:

a. No sea descontado de la remuneración o renta tributable, y que los retiros de aportes no sean gravados con impuesto

b. Que el ahorro sea descontado de la remuneración o renta tributable, y que los retiros paguen un impuesto único con recargo (condiciones APV hasta la fecha)

• Si el trabajador se acoge a la opción “a”, la rentabilidad de los aportes retirados(1) queda sujeta al régimen que se aplica a la Cuenta de Ahorro Voluntario de las AFP(1) No destinados al financiamiento de las pensiones.

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• Régimen tributario de la CAV contempla una exención para los trabajadores dependientes(1), si ganancias anuales son iguales o inferiores a 30 UTM

¿Se aplicará al APV bajo la opción tributaria de la letra “a”?

• En este mismo caso, cuando los aportes se destinen a anticipar o mejorar la pensión, el impuesto único de segunda categoría se pagará sobre una pensión reducida:

“Se rebajará el monto que resulte de aplicar a la pensión el porcentaje que en el total del fondo destinado a pensión representen los aportes por CV, DAPV y APVC acogidos a la opción “a” antes indicada”

i. Opciones tratamiento tributario de los aportes de APV

(1) Contribuyentes afectos únicamente a las disposiciones de los artículos 42 N°1, 42 bis y 42 ter de la Ley de Impuesto a la Renta (dependientes) y/o artículo 22 de la LIR (pequeños contribuyentes).

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• Una vez elegido el régimen, el contribuyente puede optar por el otro para los aportes sucesivos

• El monto total de los aportes acogidos a uno u otro régimen tributario no puede exceder las 600 UF para cada año

• De lo anterior, se deduce que un trabajador puede acogerse a ambos regímenes, pero con diferentes aportes

• Trabajadores que se encuentren realizando CV y DAPV cuando entre en vigencia norma de opción tributaria, y deseen cambiar de régimen, deberán manifestar su voluntad

• Rentas no están afectas a impuesto mientras no sean retiradas

i. Opciones tratamiento tributario de los aportes de APV

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i. Opciones tratamiento tributario de los aportes de APV

• ¿Por qué a un trabajador le podría convenir la alternativa en que el ahorro no se descuenta de la remuneración o renta tributable y, por lo tanto, no disminuyen los impuestos?

Por tres posibles razones:

i. Recibe baja remuneración y no paga impuestos

ii. Paga impuestos, pero su tasa marginal neta (1) es baja

iii. Quiere ahorrar para fines no previsionales y aprovechar las ventajas del tratamiento tributario asociado a la Cuenta de Ahorro Voluntario de las AFP

• ¿Cuál es el monto de beneficio tributario obtenido al momento de ahorrar en una y otra opción tributaria?

(1) Diferencia entre la tasa marginal de impuestos cuando activo (beneficio tributario del ahorro) y cuando pasivo (retiros de APV).

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ii. Bonificación fiscal APV

• Tienen derecho a ella los trabajadores dependientes e independientes por aportes APV que no sean descontados de la remuneración o renta tributable y cuyo saldo sea destinado a adelantar o aumentar la pensión

• Bonificación fiscal se recibe al momento de la pensión, y es igual al 15% del monto ahorrado que se destine a adelantar o incrementar dicha pensión

• En cada año calendario la bonificación no podrá ser superior a 6 UTM ($ 210.510) (2)(3)

• La bonificación se depositará cada año en una cuenta especial y exclusiva en la administradora y tendrá mismas condiciones de rentabilidad y comisión que los aportes que la originaron

(1) Régimen del N° 1 del artículo 42 bis de la LIR; (2) UTM de mayo de 2008; (3) La bonificación procederá respecto de las CV, DAPV y los aportes del trabajador para el APVC efectuados durante el año, que no superen en su conjunto la suma equivalente a diez veces el total de cotizaciones obligatorias efectuadas por el trabajador dentro de ese mismo año.

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ii. Bonificación fiscal APV

• Límite de bonificación fiscal es restrictivo a partir de:

• Un ahorro de 40 UTM o $ 1.403.400 (1); o

• A partir de una remuneración de $ 3,2 MM , cuando el ahorro bruto – antes de impuestos – es de 5% de la remuneración

• La bonificación y la rentabilidad que genere no estarán afectas a impuesto a la renta mientras no sean retiradas

• Por cada retiro la administradora deberá girar desde la cuenta referida a la Tesorería un monto equivalente al 15% de dicho retiro o al saldo remanente si éste fuese inferior

(1) UTM de mayo de 2008.

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Esquema bonificación fiscal APV

DependienteIndependiente

Aporte APVOpción “a”

Tesorería

Cuenta APVAdministradora

Cuenta Especial Bonificación15% ahorro

SIIInforma

Deposita

Aporta

Iguales condicionesRentabilidad y

comisiones

Retiro Cta.Administradora

+ +

Adelanto o Incremento de

Pensiones

Retiro Cta.

-

Giro igual a15% del retiro o saldo remanente

Giro Cta.

-

Paga impuestosIgual CAV AFP

Capitalización

+ + Capitalización

Pensión+ Pensión+

Implicancias del retiro de APV acogido a la alternativa “a” sobre la bonificación fiscal

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iii. Realización de APV con sueldo empresarial

• También podrán acogerse al régimen del 42 bis de la LIR las

remuneraciones de los socios de sociedades de personas,

socios gestores de sociedades en comandita por acciones y

empresarios individuales

• Este régimen permite descontar los aportes APV de la

remuneración tributable

• Límite máximo será el monto en UF que representen las

cotizaciones obligatorias efectuadas en el año respectivo

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iv. Eliminación límite de APV para independientes

• Reforma elimina el límite máximo de APV que afecta a los

independientes, equivalente a UF 8,33 por el número total de

UF de cotizaciones obligatorias enteradas durante el año

• Recordar que independientes tienen, además del límite

anteriormente señalado, un tope máximo anual de APV con

beneficio tributario de 600 UF

• La entrada en vigencia de esta disposición es a partir del año

2015

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Creación del APVC

i. Características más relevantes del APVC

ii. Ventajas y desventajas del APVC

i. Empresas

ii. Trabajadores

iii. Posición Principal

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i. Características más relevantes del APVC

• Contratos son voluntarios y suscritos y negociados por el empleador

• Aportes a los planes: trabajador y “matching” empleador

• Aportes del empleador pasan a ser propiedad del trabajador cuando:

Se cumplen las condiciones definidas en los contratos (Ej. periodo mínimo de permanencia en la empresa)

Término de contrato por necesidades de empresa

• Planes deben tener amplia cobertura(1) y no discriminar arbitrariamente (Ej. Porcentaje de “matching” debe ser igual para todos los trabajadores)

(1) Habrá un número o porcentaje mínimo de trabajadores de la empresa que deberán adherirse a alguno de los contratos de APV, lo que será definido en la normativa complementaria a la Ley.

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i. Características más relevantes del APVC

• Destino que se podrá dar a los recursos del APVC

a) Traspaso obligatorio a otro plan de APV colectivo o individual

b) Traspaso voluntario a CCI de la AFP y a otros planes APV

c) Retiros por parte del trabajador

Aportes trabajador: trato tributario depende de la opción escogida por trabajador (descuento o no de la remuneración o renta tributable)

Retiro tiene castigo en las dos modalidades tributarias

Aportes empleador: trato tributario es igual a las normas del actual APV (impuesto con recargo)

d) Retiros por parte del empleador, cuando el trabajador no adquiera la propiedad: deben ser considerados como ingresos para efectos del impuesto a la renta

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i. Características más relevantes del APVC

• Entidades administradoras de planes APVC podrán ser las mismas que actualmente ofrecen planes de APV individual

• No puede seleccionarse una administradora que sea persona relacionada a la empresa que crea el plan

• Podrá definirse una permanencia mínima en la entidad administradora

• Inversiones

Según fondo de pensión o planes autorizados

Restricciones a inversiones en instrumentos de empresa y personas relacionadas (1)

(1) Administradoras no podrán invertir recursos APVC en una suma que exceda del 20% de los recursos administrados por cada plan en instrumentos emitidos o garantizados por el empleador respectivo y sus personas relacionadas (según lo dispuesto en el Título XV de la ley N° 18.045 de Mercado de Valores).

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i. Características más relevantes del APVC

• Remuneraciones planes APVC

Mismas remuneraciones actuales en el caso de AFP

Prohibición de comisión por traspaso

Acordadas libremente entre empleador y administradora,

pudiendo existir diferencias entre contratos y en un mismo

contrato por número de trabajadores adscritos

• Tratamiento tributario aportes

Trabajador: dos modalidades

Empleador: gasto tributario necesario para producir la renta

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Ventajas empresas

• Oportunidad de contribuir a la adecuada cobertura previsional de sus trabajadores:

Con aportes que son gasto tributario para la empresa e ingreso no renta para trabajador (mientras no sean retirados)

Negociando mejores condiciones (que el APV individual) en los contratos con entidades administradoras

Educando y capacitando para la optimización del ahorro

• Nueva herramienta de retención de personal: vincula obtención del incentivo (aporte empleador) con permanencia en la empresa

• Mantención de depósitos convenidos abre posibilidad de aprovechar simultáneamente lo mejor de éstos y del APVC

ii.1 Ventajas y desventajas del APVC para las empresas

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Ventajas empresas

• Beneficios asociados a aportes del trabajador que tienen

incentivos tributarios

Bonificación fiscal, particularmente relevante para trabajadores

de ingresos medios y bajos

Rebaja de impuesto único de segunda categoría o del impuesto

global complementario

• Fortalecimiento de la situación financiera de los trabajadores

en caso de que la empresa necesite despedir personal

(protección frente a cesantía; desvinculaciones)

ii.1 Ventajas y desventajas del APVC para las empresas

Page 59: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Ventajas trabajadores

• Mejores condiciones para los contratos de APV negociados

por el empleador

• Aportes del empleador, que no constituyen renta mientras no

sean retirados

• Posibilidad de retirar aportes del empleador antes de pensión

• Opción de tratamiento tributario del ahorro previsional

voluntario realizado (tanto para APVC como APV individual no

acogido al 42 bis)

ii.2 Ventajas y desventajas del APVC para trabajadores

Page 60: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Ventajas trabajadores

• Bonificación de 15% a los aportes de APV (tanto para APVC

como APV individual no acogido al 42 bis)

• Información y educación obtenida a través de los planes APVC

ii.2 Ventajas y desventajas del APVC para trabajadores

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Afiliados voluntarios

Personas que no ejercen actividad remunerada podrán enterar cotizaciones en una CCI voluntaria, misma donde está la obligatoria, cuando corresponda

Aportes pueden ser hechos por la misma persona u otra a su nombre, y no serán consideradas cotizaciones previsionales para efectos del impuesto a la renta

No se aplica límite máximo a ingreso imponible (cotización menos comisiones x 10), excepto para el cálculo del aporte adicional en el seguro de IS

Recursos serán inembargables y se regirán por normas de las cuentas obligatorias

Trabajadores dependientes podrán autorizar descuentos de sus remuneraciones para las CCI voluntarias de sus cónyuges (sin exención tributaria)

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Nueva Institucionalidad Sistema de Pensiones

Objetivos específicos:

• Lograr eficiencia en el otorgamiento de los nuevos beneficios

que otorga el sistema

• Atender adecuadamente a la población

• Mejorar el control y la fiscalización del sistema

Reformas realizadas:

• Creación de nuevas instituciones y modificación de funciones a

algunas vigentes (ver lámina adjunta)

Page 63: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Nueva Institucionalidad Sistema de Pensiones

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III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

i. Empresas

• Creación de nuevo mecanismo de retención de trabajadores en la empresa (APVC); se suma a depósitos convenidos

• Participación en mejora de situación previsional de largo plazo de trabajadores, con impacto en clima laboral y competitividad

• Aumentos en los niveles de pensión de los trabajadores facilita desvinculaciones de las empresas

• Menor costo temporal de contratación de trabajadores jóvenes de menores ingresos

• Nuevo mecanismo de afiliación de empleados que ingresan por primera vez al mercado laboral

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III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

i. Empresas

• Mayor costo laboral por financiamiento del seguro de invalidez

y sobrevivencia, aumento del costo del seguro y aumento

remuneración máxima imponible

• Obligación de acreditar la extinción de la obligación de pagar

las cotizaciones previsionales

• Cambios a sistema de liquidación de remuneraciones

Page 66: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

ii. Trabajadores

• Incremento de montos de pensión, especialmente de

trabajadores de menores ingresos y mujeres

• Probable incremento de remuneración líquida, por traspaso de

obligación de pagar el seguro de IS al empleador

• Eventual creación de planes APVC por parte de la empresa

donde trabajan

• Nuevo tratamiento tributario del APV

• Aumento cobertura del seguro de IS

III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

Page 67: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

ii. Trabajadores

• Mayores posibilidades de elección de fondos de pensiones en

el ahorro obligatorio

• Mayor información y participación en el sistema previsional

• Posibilidad de utilizar parte del saldo acumulado en CCI para

financiar asesoría previsional

• Compensaciones en caso de nulidad o divorcio

III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

Page 68: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

ii. Trabajadores

• Aumento de cotizaciones obligatorias en segmento de altos

ingresos, por crecimiento de remuneración máxima para

cotizaciones obligatorias

• Afiliación obligatoria de trabajadores independientes

• Afiliación temporal obligatoria de nuevos afiliados a AFP que

gane la licitación

• Probable cobro de comisión porcentual sobre saldo en cuentas

de ahorro voluntario de las AFP

III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

Page 69: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

iii. Oportunidades de negocios

• Oferta y distribución de planes APVC

• Aprovechar perfeccionamientos al APV individual

• Fortalecer el rol de asesor previsional

• Asesoría y distribución de productos y servicios a los trabajadores independientes

• Disminución de barreras de entrada a la industria de administración de ahorro obligatorio

• Participación en las licitaciones del seguro de invalidez y sobrevivencia

III. ¿Cómo nos afecta la reforma previsional?

Page 70: Reforma Previsional Junio, 2008. Índice Presentación I.Objetivos reforma previsional II.Principales reformas realizadas III.¿Cómo nos afecta la reforma

Vigencias reforma previsional

Reforma Fecha de Vigencia

Pilar solidario Julio 2008

Subsidio estatal a empresa por trabajadores jóvenes Octubre 2008

Subsidio estatal a trabajadores jóvenes de bajos ingresos Julio 2011

Compensación previsional en caso de nulidad o divorcio Octubre 2008

Bonificación por hijo nacido vivo Julio 2009

Bonificación por APV no descontado de remuneración tributable Octubre 2008

Pensión de sobrevivencia para cónyuge hombre no inválido Octubre 2008

Cotización trabajadores independientes Enero 2012-2019

Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Octubre 2008

Nueva institucionalidad Octubre 2008

Licitación del seguro de invalidez y sobrevivencia No antes de Abril 2009

Licitación cuentas de capitalización nuevos afiliados No antes de Abril 2009

Aumento de remuneración imponible máxima Enero 2009

Licitación de cuentas de capitalización nuevos afiliados Abril 2009

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Vigencias reforma previsional

Reforma Fecha de Vigencia

Asesor previsional para corredores actualmente habilitados Abril 2009

Consejo Técnico de Inversiones Abril 2008

Obligación del empleador de pagar cotización seguro IS Julio 2009

Obligación del empleador de pagar cotización seguro IS (-100 trab.) Julio 2011

Cambios a normas de beneficiarios prensión de sobrevivencia Octubre 2008

Cambios 150% pensión mínima por 100% u 80 % PMAS Julio 2012

Cambios pensión mínima por pensión básica solidaria vejez Julio 2009

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Anexo

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• Requisitos que debe cumplir la mujer:

Residencia que se exige para tener derecho a las pensiones básicas solidarias

Afiliada al sistema de pensiones del D.L. 3.500 o beneficiaria de una pensión básica solidaria de vejez o, sin ser afiliada a un régimen previsional, perciba una pensión de sobrevivencia

• En caso de adopción tendrán derecho las madres biológicas y las adoptivas

Bonificación

Bonificación por hijo nacido vivo