ips - reforma previsional

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  • 8/14/2019 IPS - Reforma Previsional

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    I.I.-- DIAGNOSTICO Y OBJETIVOSDIAGNOSTICO Y OBJETIVOSREFORMA PREVISIONALREFORMA PREVISIONAL

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    POR QU ERA NECESARIA ESTA REFORMA

    Cambios demogrficos y transformaciones

    en el mercado del trabajo

    Problemas de integracin

    del actual Sistema

    Desconfianza en la administracin

    privada de los Fondos de Pensiones

    Escaso conocimiento de los usuarios de cmo opera el Sistema ydesconfianza en l (legitimidad del sistema)

    Baja densidad de las cotizaciones

    Calidad de las pensiones (tasa de reemplazo)

    Problemas de cobertura y equidad

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    OBJETIVO DE LA REFORMAOBJETIVO DE LA REFORMA

    Que las personas tengan ingresos ms seguros durante la vejez,

    para as vivir dignamente

    Para cumplir este objetivo, la Reforma Previsional considera el

    perfeccionamiento del Sistema de Capitalizacin Individual,complementndolo con un Sistema de Pensiones Solidarias que cubra a

    quienes, por diversas razones, no lograron ahorrar lo suficiente para

    financiar una pensin digna

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    CREACIN DEL SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIASCREACIN DEL SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIAS

    La Reforma Previsional crea un Sistema de Pensiones Solidarias que de manera integrada con el

    Sistema Contributivo Obligatorio, protege a tod@s l@s chilen@s otorgando beneficios previsionales

    para quienes, por diversas razones, durante su vida activa no han ahorrado para financiar una pensin

    o habindolo hecho, tienen una pensin baja.

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    PENSIN BSICA SOLIDARIA (PBS) DE VEJEZ

    Es el beneficio financiado por el Estado al que podrn acceder las personas que no tengan derecho

    a pensin en algn rgimen previsional

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    Es el beneficio financiado por el Estado al que podrn acceder las personas que no tengan derecho a

    pensin en algn rgimen previsional y que cumplan los siguientes requisitos:

    PENSIN BSICA SOLIDARIA (PBS) DE INVALIDEZ

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    Es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, que se otorga a quienes tengan una pensin base inferior a

    $255.000, en rgimen

    APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS) DE VEJEZ

    Tienen derecho al APS

    Las personas titulares de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia

    Los pensionados por vejez o jubilacin, pensionados por invalidez o pensionados desobrevivencia del actual Instituto de Normalizacin Previsional (INP)

    Las personas con derecho a una pensin de sobrevivencia otorgada por la ley deaccidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N 16.744)

    Los pensionados por gracia, exonerados polticos, Ley Rettig y Ley Valech, que adems deesa pensin perciban otra del decreto ley N 3.500 o de uno de los regmenes

    administrados por el INP

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    APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS) DE VEJEZ

    Requisitos

    a) Recibir una Pensin Base inferior a la Pens in Mxima con Aporte Solidario (PMAS ). El ao 2008 ser de$70.000.- llegando el ao 2012 a un total de $255.000.-

    b) Tener a lo menos 65 aos de edad.

    c) Residencia

    d) Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% ms pobre de la poblacin de Chile al 1 de julio de 2008.

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    APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS) DE INVALIDEZ

    Tienenderecho

    Aquellas personas quetengan pensin de

    invalidez parcial o total,definitiva o transitoria delD.L. 3.500 o del INP.

    b) Aquellas personasdeclaradas invlidas y

    que slo tengan derechoa una pensin de

    sobrevivencia del decretoley N 3.500 o del INP.

    Es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, para todas aquellas personas que han sido

    calificadas como invlidas, que habiendo contribuido a un sistema de pensiones, financien una pensin

    inferior a la PBS y cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

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    APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS) DE INVALIDEZ

    REQUISITOS

    a) Recibir una Pensin Base inferior a laPBS.

    b) Ser declarado invlido por las

    Comisiones Mdicas de Invalidezestablecidas en el DL 3.500 de 1980 a

    excepcin de los actuales imponentes delINP que continuarn con su actual sistema

    (COMPIN)

    c) Tener entre 18 y 65 aos

    d) Residencia

    e) Integrar un grupo familiarperteneciente al 40% ms pobre de la

    poblacin de Chile al 1 de julio de 2008

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    III.- AMPLIACION DE COBERTURA JULIO

    2009

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    AMPLIACION DE COBERTURA JULIO 2009

    Aumento de monto de la Pensin BsicaSolidaria:

    de $60.000 a $75.000

    Aumento de cobertura: 45% de la poblacin,desde julio. FPS igual o inferior a 12.185 puntos.

    Desde septiembre 50% poblacin, puntaje FPS12.666 aprox.

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    AMPLIACION DE COBERTURA JULIO 2009

    Aumento del monto PMAS para el Aporte Previsional Solidario de Vejez:

    Desde julio PMAS $ 120.000.

    Desde septiembre PMAS a $150.000.

    Aumento de cobertura:

    Desde julio 45% de la poblacin. Puntaje FPS Igual o inferior a 12.185 puntos.

    Desde septiembre 50% de la poblacin, puntaje FPS 12.666 aprox.

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    RESULTADOS EN LA REGION:

    SOLICITUDES INGRESADAS POR CANAL

    IPS: 1.412: 57.5 %

    Total solicitudes ingresadas al 31 de mayo de 2009: 2.457 solicitudes

    Municipios: 1.011: 41.1 %

    AFP: 34 : 1.4 %

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    RESULTADOS EN LA REGION:

    BENEFICIOS CONCEDIDOS

    PBSI: 335: 19.8 %

    PBSV: 1.114 : 65.6 %

    APSV: 165 : 9.7%

    APSI: 84 : 4.9 %

    En el perodo 1 de julio al 31 de mayo de 2009

    se concedieron 1.698 beneficios del Pilar Solidario

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    RESULTADOS EN LA REGION:

    REFORMA CON ROSTRO DE MUJER

    Beneficios concedidos

    mujeres : 1.323:

    77.9 %

    Beneficios concedidoshombres: 375

    22.1 %

    Al 31 de mayo de 2009

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    BONIFICACIN POR CADA HIJO NACIDO VIVO

    Las mujeres sern las principalesbeneficiarias del Sistema de

    Pensiones Solidarias. Se estima que

    el 60% de las PBS de Vejez se lesotorgar a mujeres

    Se crea una bonificacin especialque compensa y valora el trabajo

    reproductivo: el bono por hijo nacidovivo

    Se otorga un Bono por hijo nacidovivo o adoptado consistente en unabonificacin monetaria, de cargo

    fiscal, que se otorga a las madres dehijos nacidos vivos y adoptados,que cumplan con los requisitos

    legales

    Monto: El equivalente al 10% de 18ingresos mnimos mensuales,

    correspondientes a aquel f ijado paralos trabajadores mayores de 18 aos yhasta los 65 aos, vigente en el mes de

    nacimiento del hijo (actualmente

    correspondera a $ 259.200)

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    BONIFICACIN POR HIJO NACIDO VIVO

    Entradaen

    vigencia:1 de juliode 2009

    El Bonoganarentabilidadnominalanualpromedio

    Fondo tipoC

    HijosnacidosANTES y

    DESPUSdel 1 de juliode 2009

    Requisitos Edad: 65aos Residencia -Que lamujer sepensione acontar del 1de Julio de2009

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    OTRAS MEDIDAS DE EQUIDAD DE GNEROOTRAS MEDIDAS DE EQUIDAD DE GNERO

    Se establece la separacin por sexo del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

    Se iguala en 65 aos, para hombres y mujeres, la cobertura del Seguro de Invalidez ySobrevivencia

    Se establece la compensacin econmica previsional en caso de nulidad o divorcio

    Se incluyen nuevos beneficiarios de pensin de sobrevivencia de la mujer: el cnyuge noinvlido y al padre de hijos de filiacin no matrimonial que viva a expensas de la mujer