reforma isapres
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Jornada de debate. ¿Problemas en la salud pública? ¿Cuál es el rol de las ISAPREs? 27/10/2014TRANSCRIPT
Reforma ISAPREs
Jorge Pacheco
Residente de Medicina Familiar
Magister en Investigación Social y Desarrollo
Universidad de Concepción
Introducción• La atención sanitaria es valiosa, las sociedades realizan diferentes arreglos para
asegurar su acceso.• Desde un punto de vista económico, la atención sanitaria constituye un mercado
imperfecto.– Alta incertidumbre
• La ocurrencia de las enfermedades es, a menudo, incierta.• Los diagnósticos, tratamientos y resultados también lo son.
– Información asimétrica• Los usuarios saben más que los médicos.• Los médicos saben más que los usuarios.
– Externalidades• Las decisiones individuales pueden afectar de forma positiva o negativa a
los demás (vacunas, enfermedad/desempleo).• Los mercados imperfectos tienen problemas en distribuir los recursos de manera
eficiente y equitativa.• Casi todos los economistas están de acuerdo en que los gobiernos deben jugar un
rol en el mercado. Pero, ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Cómo?
Phelps, C. (2010). Health Economics. 4th edition.McAlerney, J. (2010) Health Economics. Wright State University (apuntes).
Elementos básicos
Gobierno
Prestador
Aseguradora
Usuario
Adaptado de Bodenheimer, T., Grumbach, K. (2005). Understanding Health Policiy. A clinical approach. 4th Edition.
Sistema de salud en Chile (1980)
Gobierno
Red de prestadores públicos
FONASA
Usuario Usuario
Red de prestadores privados
ISAPREs
Libre elección
Constitución de 1980 Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas: 9º. El derecho a la protección de la salud. El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá, asimismo, la coordinación de las acciones relacionadas con la salud. Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias.Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que se acoge, sea éste estatal o privado.”
Sistema de salud en Chile (1980)
Sobrecarga sanitaria. Menor desarrollo tecnológico y hotelería.
Menores recursos para la atención (7% + aportes estatales)
80% de la población (+ mujeres, +enfermos, +pobres y +envejecida)
15% de la población (+ hombres, +sanos, +ricos y
+jóvenes)
Holding: aseguradora-clínicaDesarrollo tecnológico y
hotelería
Mayores recursos para la atención (>10%).
Selección adversa Descreme
Integración vertical
Gobierno
Integración vertical
Estructura demográfica según aseguradora
Comisión asesora presidencial para el estudio y propuesta de un nuevo marco jurídico para el sistema privado de salud (2014)
Utilización de servicios de salud según ingreso
Elaboración propia. Datos: CASEN, 2011
Reforma de salud (2005)
Sobrecarga sanitaria y administrativa
Menores recursos para la atención
80% de la población (más enferma, pobre y envejecida)
15% de la población (más sana, rica y joven)
Holding: aseguradora-clínicaCompra de servicios
Mayores recursos para la atenciónGobierno
Garantías Explícitas en Salud
- Integra aspectos clínicos, financieros y administrativos.
- Acceso, oportunidad, protección finaciera y calidad.
- Criterios de priorización utilitarios.
Bustos, C., Donoso, C., Pacheco, J. (2012-2014). Seguimiento a las transformaciones del sistema de salud chileno post erior a la implementación del AUGE-GES.
Requerimiento de Inconstitucionalidad
• “No estoy en condiciones de soportar el paso forzado a FONASA, ni asumir el pago de un solo peso extra mensual, para mantener mi plan de salud en la ISAPRE, dados los fuertes gastos en medicamentos y copago en exámenes que debo realizar mensualmente por las patologías de Policitemia Vera y de Esófago de Barret que padezco y la disminución de mis ingresos a la mitad en la última década”.
• “El nuevo intento de reajustar el precio base en esta anualidad de 2012, a pesar de contar la ISAPRE con todos mis antecedentes médicos y saber que soy cautiva, demuestra una persistencia francamente obsesiva y persecutoria”.
• “Yo pago el 12% para un plan con menores beneficios y coberturas que el que tenía hace 13 años cuando pagaba el 4% y era completamente sana”.
Disponible en: http://ciperchile.cl/pdfs/10-2013/radar_Requerimiento.pdf
Fallo del Tribunal Constitucional
Sobrecarga sanitaria y administrativa
Menores recursos para la atención
85% de la población (más enferma, pobre y envejecida)
15% de la población (más sana, rica y joven)
Holding: aseguradora-clínicaCompra de servicios
Mayores recursos para la atenciónGobierno
Tabla de riesgos: discriminadora y
arbitraria
Fallo del Tribunal Constitucional
• “Que, en síntesis, los numerales 1, 2, 3 y 4 del inciso tercero del artículo 38 ter de la ley N° 18.933 resultan contrarios a la Constitución, en cuanto impiden garantizar el libre e igualitario acceso de las personas a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y el derecho que les asiste a elegir el sistema de salud al que deseen acogerse, sea éste estatal o privado, ambas garantías previstas en el número 9° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Además, el aumento desmedido del precio de los planes de salud conduce a la amplitud no razonable que la disposición en examen permite, especialmente en los tramos de edad superiores, produce la calidad de “cotizante cautivo” que obliga a emigrar a un sistema al que la persona no desea pertenecer, lo que riñe directamente con el texto constitucional”.
Tribunal Constitucional. Rol 976-07-INA. Sentencia de 26 de junio de 2008.
Recursos de protección
Disponible en: http://www.latercera.com/noticia/nacional/2014/08/680-589976-9-recursos-de-proteccion-por-alza-de-planes-de-isapres-superan-los-47-mil.shtml
Reforma a ISAPREs
Sobrecarga sanitaria
Menores recursos para la atención
85% de la población (más enferma, pobre y envejecida)
15% de la población (más sana, rica y joven)
Holding: aseguradora-clínicaDesarrollo tecnológico y
hotelería
Mayores recursos para la atención
Selección adversa Descreme
Integración vertical
Gobierno
Comisión asesora presidencial para el estudio y propuesta de un nuevo marco jurídico para el sistema privado de salud (2014)
Reforma ISAPREs• Universalidad del sistema: todos y todas tienen los
mismos derechos en materia de salud.• Financiamiento solidario del sistema.• Prestaciones amplias y universales, de carácter
integral, incluida la atención primaria, como modelo de trabajo sanitario y no sólo como puerta de entrada al sistema.
• Mecanismos de compra que aseguren eficiencia y eficacia sanitaria.
• Afiliación abierta y no discriminatoria (libre elección de institución aseguradora)
• Seguro de largo plazo para todo el ciclo vital.• Evaluación comunitaria de riesgos para la fijación de
primas.Comisión asesora presidencial para el estudio y propuesta de un nuevo marco jurídico para el sistema privado de salud (2014)
Reforma a ISAPREs
Red de prestadores públicos
Fondo mancomunado (7%)
Usuarios
Red de prestadores privados
Gobierno Seguros complementarios
Plan de Seguridad Social en Salud (PSS)Único, universal y estandarizado
Seguro Universal
Comisión asesora presidencial para el estudio y propuesta de un nuevo marco jurídico para el sistema privado de salud (2014)
Reforma a ISAPREs
Red de prestadores públicos
Fondo mancomunado (7%)
Usuarios
Red de prestadores privados
Gobierno Seguros complementarios
Plan de Seguridad Social en Salud (PSS)Único, universal y estandarizado
Seguro 1 Seguro 2 Seguro 3
Comisión asesora presidencial para el estudio y propuesta de un nuevo marco jurídico para el sistema privado de salud (2014)
“Hay muchos ejemplos de una tal concentración en las instituciones, con una poderosa defensa de las visiones institucionales alternativas de una sociedad justa, que
van desde la panacea de los mercados libres milagrosos al paraíso de los medios de producción socializados y a
la planificación central mágica. Pero abundan las pruebas de que ninguna de estas grandes fórmulas
institucionales produce lo que sus visionarios abogados esperan, y que su éxito real en la generación de buenas
realizaciones sociales depende por entero de varias circunstancias sociales, económicas, políticas y
culturales”
Sen, A. (2009). La idea de la justicia.