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REFORMA EN MATERIA DE
JUSTICIA LABORAL,
DEMOCRACIA SINDICAL Y
NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA
12 noviembre 2019
LA REFORMALABORAL
Se funda en:
REFORMA CONSTITUCIONAL A LOS ARTÍCULOS 107 Y 123en materia de Justicia Laboral, publicada
el 24 de febrero de 2017.
CONVENIO 98 OIT
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
ratificado por México el 20 de septiembre de 2018.
ANEXO 23-A T-MEC
del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá,
ratificado por México el 19 de junio de 2019.
Transición de la función
jurisdiccional de las JCyA a
Tribunales Laborales
Se crea el CFCRyL como organismo
público descentralizado: Voto personal, libre, directo y
secreto:
EJES DE LA REFORMA LABORAL
Registro sindicatos, Tomas de
Nota, Depósito CCT y Convenios
Instancia conciliatoria prejudicial y
obligatoria en el ámbito federal.
Verificación de procedimientos de
consulta y democracia sindical.
A nivel local, existirán Centros de
Conciliación para desahogar la
instancia conciliatoria.
Resolución de conflictos entresindicatos
Elección dirigentes
Aprobar acuerdos de revisión CCT
y para legitimar los CCT existentes
Para solicitar la firma de un CCT, en
la que para emplazar a huelga se
debe acreditar representatividad
IMPARTICIÓN DE JUSTICIA DEMOCRACIA SINDICALORGANISMO FEDERAL
CONCILIACIÓN y REGISTRO
Se privilegian los principios
procesales de oralidad, inmediación,
continuidad, concentración y publicidad.
Asimismo, se dota al juez de
mecanismos de control y rectoría
del los juicios.
Tribunales laborales federales y
locales que estarán adscritos al Poder
Judicial.
Se crea una etapa de conciliación
obligatoria que deberá desahogarse
previo a juicio.b)
c)
a)
NUEVO MODELO DE JUSTICIA LABORAL
Se impulsa la modernización tecnológica
para el desahogo y seguimiento de casos, así
como las notificaciones judiciales mediante
un buzón electrónico.
d)
LIBRE AFILIACIÓN Y AUTONOMÍA SINDICAL: Extinción Control y Corporativismo
VOTO PERSONAL, LIBRE, SECRETO Y DIRECTO: Dirigentes Sindicales Legítimos
NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA: Adios a Contratos de Protección
PRINCIPIO DE REPRESENTATIVIDAD: Fin a Extorsión de Pseudolíderes
LIBERTAD Y DEMOCRACIA SINDICAL
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Cuentas claras sobre el uso de los recursos del sindicato: ABATIR ABUSOS Y CORRUPCIÓN
Publicidad y Transparencia: CCT, ESTATUTOS Y RESULTADOS A LA VISTA DE TODOS
OBLIGACIONES DELOS PATRONESArtículos 110 y 132, LFT
PROHIBICIONES DELOS PATRONESArtículo 133, LFT
b)
c)
a)
Intervenir en cualquier forma en el régimen interno
del sindicato, obstaculizar su formación o realizar
actividades sindicales, ejercer represalias contra los
trabajadores.
Obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse del
sindicato o agrupación a que pertenezcan, o a que
voten por determinado líder o sindicato.
Realizar cualquier acto tendiente a ejercer control
sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.
Fijar y difundir la convocatoria que le solicite el
sindicato o, en su caso, el CFCRL, en consultas para la
solicitud de “Constancia de Representatividad” y la
ratificación de acuerdos de revisión de CCT.
Entregar a sus trabajadores un ejemplar impreso del
CCT o su revisión cuando sea depositado ante el CFCRL,
así como para la legitimación de un contrato
colectivo.
Implementar con los trabajadores un protocolo para
la prevención de la discriminación, acoso y
violencia, así como para erradicar el trabajo forzoso
infantil.
b)
c)
a)
OBLIGACIONES DELOS SINDICATOSArtículos 377, Vigésimo Segundo y Vigésimo Tercero transitorios
Informar a la autoridad laboral los cambios
de su directiva, las modificaciones de sus
estatutos, y las altas y bajas de sus afiliados.
Adecuar sus estatutos a las nuevas reglas en
materia de democracia sindical, rendición de
cuentas y equidad de género;
Legitimar los contratos colectivos existentes
depositados ante las Juntas de Conciliación y
Arbitraje;
b)
c)
a)
PROHIBICIONES DELOS SINDICATOSArtículo 378, LFT
Simular consultas o procedimientos de
democracia sindical;
Participar en esquemas de evasión de
contribuciones o incumplimiento de obligaciones
patronales;
Ejercer actos de violencia, discriminación, acoso
u hostigamiento sexual;b)
c)
a)
Obstaculizar la participación de los
trabajadores en los procedimientos de elección
de sus directivas;
d)
Cometer actos de extorsión u obtener dádivas
del patrón.e)
d) Cada 6 meses, entregar a sus miembroscuenta completa –impresa- de laadministración del patrimonio sindical. El actaen que conste la rendición de cuentas seráremitida al CFCRyL dentro de 10 días.
LEGITIMACIÓN DECONTRATOS COLECTIVOS
Los sindicatos deben legitimar sus CCT
a más tardar el 1º de mayo de 2023 a
través de una consulta en la que los
trabajadores decidan mediante voto
personal, libre, secreto y directo si
aprueban o no el contenido de su
CCT.
Para que los sindicatos cumplan con esta obligación,la Secretaría del Trabajo y Previsión Social haemitido el Protocolo para la Verificación deContratos Colectivos de Trabajo Existentes, asícomo la plataforma electrónica para el registrode consultas.
legitimacioncontratoscolectivos.stps.gob.mx
ADECUACIÓN DE ESTATUTOS SINDICALESL A S A D E C U A C I O N E S A L O S E S TAT U T O S D E B E R Á N C O N S I D E R A R :
Elección dedirectivas por voto
personal, libre, directo y secreto
Equidad de géneroRendición de
cuentas sobre patrimonio
Aprobación mayoritaria de
contratos negociados
El procedimiento deelección de la directivaserá mediante el votopersonal, libre, directoy secreto, conforme alartículo 371 fraccionesIX, IX Bis, IX Ter y X,de la LFT.
Las directivassindicales debensalvaguardar laequidad de género,conforme al artículo358, fracción II, dela LFT, a través de larepresentaciónproporcional.
Se amplíanobligaciones para larendición de cuentasde la administracióndel patrimoniosindical, conforme alos artículos 371,fracción XIII, y 373de la LFT.
La aprobación delcontrato colectivonegociado medianteconsulta a lostrabajadoresmiembros delsindicato, conforme alos artículos 371,fracción XIV Bis, y 390Ter, fracción II, de laLFT.
Un año para procedimientos de democracia sindical, equidad de género y rendición de cuentas.PLAZO DE
CUMPLIMIENTO
CONSEJO DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA R E F O R M A D E L S I S T E M A D E J U S T I C I A L A B O R A L
El Consejo está integrado por las siguientes autoridades:
I. Secretaría del Trabajo y Previsión Social - STPS;
II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público - SHCP;
III. Rep. del PODER Judicial de la Federación;
IV. CONAGO;
V. CONATRIB;
VI. CONASETRA),
Principales acciones :
1. Aprobación de la "Estrategia Nacional para la Implementación de la Reforma Laboral" ;
2. Diagnóstico de los programas de trabajo de las JCyA para concluir casos pendientes;
3. Lineamientos para transferir archivos de registro de las JCyA al Centro Federal;
4. Definición de las 3 Etapas del plan de implementación (2020-2022) del nuevo sistema de Justicia Laboral;
5. Coordinación con los Estados:
a) Creación de grupos locales interinstitucionales
b) Diseño de estructuras funcionales y presupuestos de las nuevas autoridades laborales locales
c) Orientación y seguimiento a reformas y armonización de leyes locales
FOTO CCIRSJL
• Octubre 2020 10 Estados• Octubre 2021 + 11 Estados• Mayo 2022 + 11 Estados
PLAN DE IMPLEMENTACIÓN:TRES ETAPAS
INSTALACIÓN DE GRUPOS INTERINSTITUCIONALES
ZACATECAS
MICHOACÁN
BAJA CALIFORNIA
AGUASCALIENTES
ESTADO DE MÉXICO
GUANAJUATO
JALISCO
GUERRERO
HIDALGO
QUINTANA ROO
SAN LUIS POTOSÍ
PUEBLA
OAXACA
TAMAULIPAS
BAJACALIFORNIA SUR
CHIAPAS
COLIMA
DURANGO
QUERÉTARO
MORELOS
SONORA
YUCATÁN
28 ESTADOS HAN
INSTALADO SU GRUPO INTERINSTITUCIONAL
• Aguascalientes• Baja California• Baja California Sur• Campeche• CDMX• Chiapas • Colima • Durango • Estado de México• Guanajuato• Guerrero• Hidalgo• Jalisco• Michoacán• Morelos
• Oaxaca• Puebla• Querétaro• Quintana Roo• San Luis Potosí• Sonora• Tabasco• Tamaulipas• Tlaxcala• Veracruz• Yucatán• Zacatecas CAMPECHE
CDMX
TABASCO
TLAXCALA
VERACRUZ
LEGITIMACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO EXISTENTES
• De 560 mil CCT registrados, se estima que sólo el 30% son contratos auténticos y vigentes; esdecir, 168 mil CCT activos a nivel nacional.
• Por ello se estima que entre 150 mil y 200 mil CCT pasarán por el procedimiento de legitimación.
• Para finales de 2023, el CFCyRL estará funcionando en su totalidad. Sin embargo, mientras elCentro entra funciones, la STPS apoyará con la verificación de procesos de democracia sindical.
• Durante los siguientes 4 años, 610 inspectores federales de la STPS llevarán a cabo 30 milverificaciones por año; y 327 inspectores locales realizarán 3,600 verificaciones anuales.
• Adicionalmente, el Centro Federal contará con hasta 192 verificadores especializados concapacidad de realizar hasta 40,800 verificaciones por año.
13
TOTAL DE CCT A VERIFICAR INSPECTORES DISPONIBLES
14
478
327
132
192
0
100
200
300
400
500
600
700
Inspectores federales Inspectores locales Inspectores del CentroFederal
Inspectores disponibles
Actuales Nuevos
TOTAL: 1129
391,97870%
167,99130%
CCT inactivos y de protección CCT a verificar
TOTAL de CCT: 559,969
ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓNFecha Acción
1 de mayo de 2019 Publicación en el Diario Oficial de la Federación
Al día siguiente de su publicación
2 de mayo de 2019Entrada en vigor
Dentro de los 45 días siguientes
a la entrada en vigor de la Reforma
4 de julio de 2019
STPS emite lineamientos de operación y la convocatoria para la primera
sesión del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al
sistema de justicia laboral
Dentro de los tres meses siguientes
a la entrada en vigor de la Reforma
1 de agosto de 2019
STPS emite Protocolo para la verificación de consultas a los trabajadores
mediante voto personal, libre, directo y secreto para la revisión de los
contratos colectivos existentes
Dentro de los 120 días naturales siguientes
a la publicación de la Reforma
2 de septiembre de 2019
Las Juntas Federal y Locales presentarán al Consejo de Coordinación para la
implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, el plan y programa
de trabajo para la conclusión de asuntos en trámite
Dentro de los 180 días siguientes a la entrada en
vigor
de la Reforma
16 de diciembre de 2019
Expedición de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro
Laboral (CFCRL)
Cada 6 meses, a partir de la entrada en vigor de la
Reforma
Revisión por parte del Órgano Interno de Control de cada Junta, de los
indicadores de resultados del plan y programas para conclusión de los
asuntos en trámite
Se instaló el 31 de
mayo
Publicado el 31 de
julio de 2019.
Entregados en
tiempo por las
Juntas locales de
los 32 Entidades,
así como la JFCA
ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓNFecha Acción
Dentro de 240 días hábiles (4ª semana de abril
2020)
Adecuación de estatutos de sindicatos para realizar alecciones de la directiva sindical,
mediante voto directo, personal, libre y secreto
Dentro de 1 año (1° mayo de 2020)
Adecuación de estatutos de sindicatos para ajustarlos al procedimiento de consulta para
obtener Constancia de Representatividad (apoyo del 30% mediante voto directo, personal,
libre y secreto)
Dentro de dos años (1° mayo de 2021)
Inicio de funciones del CFCRL, en materia de registro sindical y contratos colectivos
SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020.
Dentro de 3 años (1° mayo de 2022)Inicio de funciones de los Centros de Conciliación Locales y Tribunales Locales
SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020.
Dentro de 4 años (1° mayo de 2023)
Entrada en funciones del CFCRL en materia de conciliación, así como de los Tribunales
Federales.
SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020
Por lo menos una vez dentro de 4 años (1° de
mayo de 2023)Legitimación de todos los CCT, so pena de extinción de sus efectos.
Libertad y democracia
sindical
Negociacióncolectiva auténtica
Organismo de Conciliación y
Registro
Nuevo modelo de justicia
laboral
Sistema enfocado en la
Conciliación
CONCLUSIÓN
REFORMA EN MATERIA DE
JUSTICIA LABORAL,
DEMOCRACIA SINDICAL Y
NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA
Gracias por su atención !