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REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL, DEMOCRACIA SINDICAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA 12 noviembre 2019

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REFORMA EN MATERIA DE

JUSTICIA LABORAL,

DEMOCRACIA SINDICAL Y

NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA

12 noviembre 2019

Page 2: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

LA REFORMALABORAL

Se funda en:

REFORMA CONSTITUCIONAL A LOS ARTÍCULOS 107 Y 123en materia de Justicia Laboral, publicada

el 24 de febrero de 2017.

CONVENIO 98 OIT

de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),

ratificado por México el 20 de septiembre de 2018.

ANEXO 23-A T-MEC

del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá,

ratificado por México el 19 de junio de 2019.

Page 3: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

Transición de la función

jurisdiccional de las JCyA a

Tribunales Laborales

Se crea el CFCRyL como organismo

público descentralizado: Voto personal, libre, directo y

secreto:

EJES DE LA REFORMA LABORAL

Registro sindicatos, Tomas de

Nota, Depósito CCT y Convenios

Instancia conciliatoria prejudicial y

obligatoria en el ámbito federal.

Verificación de procedimientos de

consulta y democracia sindical.

A nivel local, existirán Centros de

Conciliación para desahogar la

instancia conciliatoria.

Resolución de conflictos entresindicatos

Elección dirigentes

Aprobar acuerdos de revisión CCT

y para legitimar los CCT existentes

Para solicitar la firma de un CCT, en

la que para emplazar a huelga se

debe acreditar representatividad

IMPARTICIÓN DE JUSTICIA DEMOCRACIA SINDICALORGANISMO FEDERAL

CONCILIACIÓN y REGISTRO

Page 4: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

Se privilegian los principios

procesales de oralidad, inmediación,

continuidad, concentración y publicidad.

Asimismo, se dota al juez de

mecanismos de control y rectoría

del los juicios.

Tribunales laborales federales y

locales que estarán adscritos al Poder

Judicial.

Se crea una etapa de conciliación

obligatoria que deberá desahogarse

previo a juicio.b)

c)

a)

NUEVO MODELO DE JUSTICIA LABORAL

Se impulsa la modernización tecnológica

para el desahogo y seguimiento de casos, así

como las notificaciones judiciales mediante

un buzón electrónico.

d)

Page 5: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

LIBRE AFILIACIÓN Y AUTONOMÍA SINDICAL: Extinción Control y Corporativismo

VOTO PERSONAL, LIBRE, SECRETO Y DIRECTO: Dirigentes Sindicales Legítimos

NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA: Adios a Contratos de Protección

PRINCIPIO DE REPRESENTATIVIDAD: Fin a Extorsión de Pseudolíderes

LIBERTAD Y DEMOCRACIA SINDICAL

TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Cuentas claras sobre el uso de los recursos del sindicato: ABATIR ABUSOS Y CORRUPCIÓN

Publicidad y Transparencia: CCT, ESTATUTOS Y RESULTADOS A LA VISTA DE TODOS

Page 6: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

OBLIGACIONES DELOS PATRONESArtículos 110 y 132, LFT

PROHIBICIONES DELOS PATRONESArtículo 133, LFT

b)

c)

a)

Intervenir en cualquier forma en el régimen interno

del sindicato, obstaculizar su formación o realizar

actividades sindicales, ejercer represalias contra los

trabajadores.

Obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse del

sindicato o agrupación a que pertenezcan, o a que

voten por determinado líder o sindicato.

Realizar cualquier acto tendiente a ejercer control

sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.

Fijar y difundir la convocatoria que le solicite el

sindicato o, en su caso, el CFCRL, en consultas para la

solicitud de “Constancia de Representatividad” y la

ratificación de acuerdos de revisión de CCT.

Entregar a sus trabajadores un ejemplar impreso del

CCT o su revisión cuando sea depositado ante el CFCRL,

así como para la legitimación de un contrato

colectivo.

Implementar con los trabajadores un protocolo para

la prevención de la discriminación, acoso y

violencia, así como para erradicar el trabajo forzoso

infantil.

b)

c)

a)

Page 7: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

OBLIGACIONES DELOS SINDICATOSArtículos 377, Vigésimo Segundo y Vigésimo Tercero transitorios

Informar a la autoridad laboral los cambios

de su directiva, las modificaciones de sus

estatutos, y las altas y bajas de sus afiliados.

Adecuar sus estatutos a las nuevas reglas en

materia de democracia sindical, rendición de

cuentas y equidad de género;

Legitimar los contratos colectivos existentes

depositados ante las Juntas de Conciliación y

Arbitraje;

b)

c)

a)

PROHIBICIONES DELOS SINDICATOSArtículo 378, LFT

Simular consultas o procedimientos de

democracia sindical;

Participar en esquemas de evasión de

contribuciones o incumplimiento de obligaciones

patronales;

Ejercer actos de violencia, discriminación, acoso

u hostigamiento sexual;b)

c)

a)

Obstaculizar la participación de los

trabajadores en los procedimientos de elección

de sus directivas;

d)

Cometer actos de extorsión u obtener dádivas

del patrón.e)

d) Cada 6 meses, entregar a sus miembroscuenta completa –impresa- de laadministración del patrimonio sindical. El actaen que conste la rendición de cuentas seráremitida al CFCRyL dentro de 10 días.

Page 8: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

LEGITIMACIÓN DECONTRATOS COLECTIVOS

Los sindicatos deben legitimar sus CCT

a más tardar el 1º de mayo de 2023 a

través de una consulta en la que los

trabajadores decidan mediante voto

personal, libre, secreto y directo si

aprueban o no el contenido de su

CCT.

Para que los sindicatos cumplan con esta obligación,la Secretaría del Trabajo y Previsión Social haemitido el Protocolo para la Verificación deContratos Colectivos de Trabajo Existentes, asícomo la plataforma electrónica para el registrode consultas.

legitimacioncontratoscolectivos.stps.gob.mx

Page 9: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

ADECUACIÓN DE ESTATUTOS SINDICALESL A S A D E C U A C I O N E S A L O S E S TAT U T O S D E B E R Á N C O N S I D E R A R :

Elección dedirectivas por voto

personal, libre, directo y secreto

Equidad de géneroRendición de

cuentas sobre patrimonio

Aprobación mayoritaria de

contratos negociados

El procedimiento deelección de la directivaserá mediante el votopersonal, libre, directoy secreto, conforme alartículo 371 fraccionesIX, IX Bis, IX Ter y X,de la LFT.

Las directivassindicales debensalvaguardar laequidad de género,conforme al artículo358, fracción II, dela LFT, a través de larepresentaciónproporcional.

Se amplíanobligaciones para larendición de cuentasde la administracióndel patrimoniosindical, conforme alos artículos 371,fracción XIII, y 373de la LFT.

La aprobación delcontrato colectivonegociado medianteconsulta a lostrabajadoresmiembros delsindicato, conforme alos artículos 371,fracción XIV Bis, y 390Ter, fracción II, de laLFT.

Un año para procedimientos de democracia sindical, equidad de género y rendición de cuentas.PLAZO DE

CUMPLIMIENTO

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CONSEJO DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN

DE LA R E F O R M A D E L S I S T E M A D E J U S T I C I A L A B O R A L

El Consejo está integrado por las siguientes autoridades:

I. Secretaría del Trabajo y Previsión Social - STPS;

II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público - SHCP;

III. Rep. del PODER Judicial de la Federación;

IV. CONAGO;

V. CONATRIB;

VI. CONASETRA),

Principales acciones :

1. Aprobación de la "Estrategia Nacional para la Implementación de la Reforma Laboral" ;

2. Diagnóstico de los programas de trabajo de las JCyA para concluir casos pendientes;

3. Lineamientos para transferir archivos de registro de las JCyA al Centro Federal;

4. Definición de las 3 Etapas del plan de implementación (2020-2022) del nuevo sistema de Justicia Laboral;

5. Coordinación con los Estados:

a) Creación de grupos locales interinstitucionales

b) Diseño de estructuras funcionales y presupuestos de las nuevas autoridades laborales locales

c) Orientación y seguimiento a reformas y armonización de leyes locales

FOTO CCIRSJL

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• Octubre 2020 10 Estados• Octubre 2021 + 11 Estados• Mayo 2022 + 11 Estados

PLAN DE IMPLEMENTACIÓN:TRES ETAPAS

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INSTALACIÓN DE GRUPOS INTERINSTITUCIONALES

ZACATECAS

MICHOACÁN

BAJA CALIFORNIA

AGUASCALIENTES

ESTADO DE MÉXICO

GUANAJUATO

JALISCO

GUERRERO

HIDALGO

QUINTANA ROO

SAN LUIS POTOSÍ

PUEBLA

OAXACA

TAMAULIPAS

BAJACALIFORNIA SUR

CHIAPAS

COLIMA

DURANGO

QUERÉTARO

MORELOS

SONORA

YUCATÁN

28 ESTADOS HAN

INSTALADO SU GRUPO INTERINSTITUCIONAL

• Aguascalientes• Baja California• Baja California Sur• Campeche• CDMX• Chiapas • Colima • Durango • Estado de México• Guanajuato• Guerrero• Hidalgo• Jalisco• Michoacán• Morelos

• Oaxaca• Puebla• Querétaro• Quintana Roo• San Luis Potosí• Sonora• Tabasco• Tamaulipas• Tlaxcala• Veracruz• Yucatán• Zacatecas CAMPECHE

CDMX

TABASCO

TLAXCALA

VERACRUZ

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LEGITIMACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO EXISTENTES

• De 560 mil CCT registrados, se estima que sólo el 30% son contratos auténticos y vigentes; esdecir, 168 mil CCT activos a nivel nacional.

• Por ello se estima que entre 150 mil y 200 mil CCT pasarán por el procedimiento de legitimación.

• Para finales de 2023, el CFCyRL estará funcionando en su totalidad. Sin embargo, mientras elCentro entra funciones, la STPS apoyará con la verificación de procesos de democracia sindical.

• Durante los siguientes 4 años, 610 inspectores federales de la STPS llevarán a cabo 30 milverificaciones por año; y 327 inspectores locales realizarán 3,600 verificaciones anuales.

• Adicionalmente, el Centro Federal contará con hasta 192 verificadores especializados concapacidad de realizar hasta 40,800 verificaciones por año.

13

Page 14: REFORMA EN MATERIA DE - roelasociados.com

TOTAL DE CCT A VERIFICAR INSPECTORES DISPONIBLES

14

478

327

132

192

0

100

200

300

400

500

600

700

Inspectores federales Inspectores locales Inspectores del CentroFederal

Inspectores disponibles

Actuales Nuevos

TOTAL: 1129

391,97870%

167,99130%

CCT inactivos y de protección CCT a verificar

TOTAL de CCT: 559,969

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ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓNFecha Acción

1 de mayo de 2019 Publicación en el Diario Oficial de la Federación

Al día siguiente de su publicación

2 de mayo de 2019Entrada en vigor

Dentro de los 45 días siguientes

a la entrada en vigor de la Reforma

4 de julio de 2019

STPS emite lineamientos de operación y la convocatoria para la primera

sesión del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al

sistema de justicia laboral

Dentro de los tres meses siguientes

a la entrada en vigor de la Reforma

1 de agosto de 2019

STPS emite Protocolo para la verificación de consultas a los trabajadores

mediante voto personal, libre, directo y secreto para la revisión de los

contratos colectivos existentes

Dentro de los 120 días naturales siguientes

a la publicación de la Reforma

2 de septiembre de 2019

Las Juntas Federal y Locales presentarán al Consejo de Coordinación para la

implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, el plan y programa

de trabajo para la conclusión de asuntos en trámite

Dentro de los 180 días siguientes a la entrada en

vigor

de la Reforma

16 de diciembre de 2019

Expedición de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro

Laboral (CFCRL)

Cada 6 meses, a partir de la entrada en vigor de la

Reforma

Revisión por parte del Órgano Interno de Control de cada Junta, de los

indicadores de resultados del plan y programas para conclusión de los

asuntos en trámite

Se instaló el 31 de

mayo

Publicado el 31 de

julio de 2019.

Entregados en

tiempo por las

Juntas locales de

los 32 Entidades,

así como la JFCA

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ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓNFecha Acción

Dentro de 240 días hábiles (4ª semana de abril

2020)

Adecuación de estatutos de sindicatos para realizar alecciones de la directiva sindical,

mediante voto directo, personal, libre y secreto

Dentro de 1 año (1° mayo de 2020)

Adecuación de estatutos de sindicatos para ajustarlos al procedimiento de consulta para

obtener Constancia de Representatividad (apoyo del 30% mediante voto directo, personal,

libre y secreto)

Dentro de dos años (1° mayo de 2021)

Inicio de funciones del CFCRL, en materia de registro sindical y contratos colectivos

SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020.

Dentro de 3 años (1° mayo de 2022)Inicio de funciones de los Centros de Conciliación Locales y Tribunales Locales

SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020.

Dentro de 4 años (1° mayo de 2023)

Entrada en funciones del CFCRL en materia de conciliación, así como de los Tribunales

Federales.

SE PLANTEA ESTRATEGIA ESCALONADA, INICIANDO EN 2020

Por lo menos una vez dentro de 4 años (1° de

mayo de 2023)Legitimación de todos los CCT, so pena de extinción de sus efectos.

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Libertad y democracia

sindical

Negociacióncolectiva auténtica

Organismo de Conciliación y

Registro

Nuevo modelo de justicia

laboral

Sistema enfocado en la

Conciliación

CONCLUSIÓN

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REFORMA EN MATERIA DE

JUSTICIA LABORAL,

DEMOCRACIA SINDICAL Y

NEGOCIACIÓN COLECTIVA AUTÉNTICA

Gracias por su atención !