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Formación en el manejo multidisciplinar en el domicilio de pacientes con esclerosis lateral amiotrófica ELA 1 RECURSOS SOCIALES Certificado de Discapacidad (Centro de Valoración y Orientación de cada Provincia) Se gestiona en el Centro de Valoración y Orientación de cada Provincia. DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD Fotocopia del D.N.I. del/de la Interesado/a o, en su defecto, fotocopia del Libro de Familia. En su caso, fotocopia del D.N.I. del/de la Representante Legal y del documento acreditativo de la Representación Legal o Guardador/a de Hecho. En caso de no tener nacionalidad española, fotocopia de la Tarjeta de Residente. Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que avalen la minusvalía alegada. En caso de Revisión por agravamiento: Fotocopia de los informes que acrediten dicho agravamiento. (Importante: Junto con las fotocopias, deben aportar los documentos originales para su compulsa). Gran invalidez Ley de la Dependencia (Consejería para la Igualdad y Bienestar Social) La evaluación se solicita en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia (Unidades de Trabajo Social de la Zona, UTS). El ciudadano recibirá una acreditación con su grado y nivel de dependencia que tendrá validez para todo el Estado. Los servicios sociales de la Comunidad elaborarán, teniendo en cuenta la opinión del beneficiario, un Programa Individual de Atención con los servicios y/o prestaciones económicas que va a recibir. El beneficiario recibe el servicio y/o prestación económica de su Comunidad Autónoma. Teléfono de información al ciudadano: 900 40 60 80 Tarjeta de Aparcamiento ( Centro de Valoración y Orientación) Se puede solicitar en cualquier momento. Documentación Documentación que se debe adjuntar a la solicitud: Dos fotografías tipo carné de la persona titular. Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del certificado de disminución del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales que acredite el grado de discapacidad y que supera el baremo de movilidad (existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos). Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del permiso de circulación. Otras informaciones Beneficios Los beneficios se encuentran regulados en el Decreto 97/2002 y en las ordenanzas municipales de cada localidad competente en materia de ordenación del tráfico. Utilizar la tarjeta en cualquier vehículo que ocupe el/la titular. Detener o estacionar el vehículo en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones. Utilizar la tarjeta en todos los municipios de Cataluña, en el resto del Estado y en los estados miembros de la Unión Europea. Disfrutar de beneficios específicos que cada municipio haya establecido en sus ordenanzas municipales.

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Formación en el manejo multidisciplinar en el domicilio de pacientes con esclerosis lateral amiotrófica ELA

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RECURSOS SOCIALES

Certificado de Discapacidad (Centro de Valoración y Orientación de cada Provincia)

Se gestiona en el Centro de Valoración y Orientación de cada Provincia.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD

Fotocopia del D.N.I. del/de la Interesado/a o, en su defecto, fotocopia del Libro de Familia.

En su caso, fotocopia del D.N.I. del/de la Representante Legal y del documento acreditativo de la

Representación Legal o Guardador/a de Hecho.

En caso de no tener nacionalidad española, fotocopia de la Tarjeta de Residente.

Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que avalen la minusvalía alegada.

En caso de Revisión por agravamiento: Fotocopia de los informes que acrediten dicho

agravamiento. (Importante: Junto con las fotocopias, deben aportar los documentos originales para su compulsa). Gran invalidez

Ley de la Dependencia (Consejería para la Igualdad y Bienestar Social)

La evaluación se solicita en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia (Unidades de Trabajo Social de la Zona, UTS).

El ciudadano recibirá una acreditación con su grado y nivel de dependencia que tendrá validez para todo el Estado.

Los servicios sociales de la Comunidad elaborarán, teniendo en cuenta la opinión del beneficiario, un Programa Individual de Atención con los servicios y/o prestaciones económicas que va a recibir.

El beneficiario recibe el servicio y/o prestación económica de su Comunidad Autónoma. Teléfono de información al ciudadano: 900 40 60 80

Tarjeta de Aparcamiento ( Centro de Valoración y Orientación) Se puede solicitar en cualquier momento. Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Dos fotografías tipo carné de la persona titular.

Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del certificado de disminución del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales que acredite el grado de discapacidad y que supera el baremo de movilidad (existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos).

Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del permiso de circulación. Otras informaciones Beneficios Los beneficios se encuentran regulados en el Decreto 97/2002 y en las ordenanzas municipales de cada localidad competente en materia de ordenación del tráfico. Utilizar la tarjeta en cualquier vehículo que ocupe el/la titular. Detener o estacionar el vehículo en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones. Utilizar la tarjeta en todos los municipios de Cataluña, en el resto del Estado y en los estados miembros de la Unión Europea. Disfrutar de beneficios específicos que cada municipio haya establecido en sus ordenanzas municipales.

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Obligaciones de la persona titular Colocar el anverso de la tarjeta de forma visible en el vehículo. Saber que el uso de la tarjeta es personal e intransferible. No la pueden utilizar los familiares u otras personas si no van acompañados de la persona titular. Utilizar la tarjeta original. No se puede fotocopiar ni manipular. En caso de cambio de localidad, es necesario comunicarlo al ayuntamiento de origen y al ayuntamiento de destino. En caso de defunción u otras circunstancias que supongan la pérdida del derecho, se debe entregar la tarjeta al ente local responsable. En caso de pérdida o robo de la tarjeta, se debe presentar denuncia al ente local responsable, antes de solicitar una nueva tarjeta. Solicitar una única tarjeta de una única modalidad. Hechos sancionables El uso indebido de la tarjeta deja sin efecto sus beneficios. Se entenderá el vehículo está mal aparcado y el autor/a del hecho puede ser denunciado por aparcamiento indebido (art. 3.5 del Decreto

97/2002). Reproducir o manipular una tarjeta puede ser denunciado ante la Fiscalia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por falsificación de documento público (art. 392 del Código Penal). Validez La tarjeta de aparcamiento caducará a los 10 años de su expedición. Excepción: Cuando la calificación del grado de disminución sea provisional, la fecha de caducidad de la tarjeta no puede ser superior a la fecha de finalización del periodo de calificación provisional.

Teleasistencia (Ley de la dependencia y Fundación Andaluza de Servicios Sociales) Se Solicita mediante:

- Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco

- La Ley de la Dependencia.

Tiene unos cortes mínimos y máximos.

Por teléfono: Llamando al 902 50 65 65. En horario de lunes a viernes, desde las ocho de la mañana hasta las diez de la noche. Si es mayor de 65 años, deberá indicar el número de su Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco. Por Internet: Si dispone de Certificado Digital, puede rellenar su solicitud y enviarla de forma inmediata. Y si ya lo hizo vea el estado en el que se encuentra su solicitud. Por Correo:

También puede recoger su solicitud en las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, o puede descargar la solicitud en formato electrónico (se necesita Acrobat Reader para imprimir)

Tarjeta + Cuidado (Enfermer@ de enlace Centro de Salud) Es una tarjeta que identifica a las personas cuidadoras habituales de pacientes con Alzheimer y otras demencias y a personas cuidadoras habituales de pacientes con gran discapacidad. ¿Para qué sirve? La tarjeta Cuidado pretende establecer medidas de discriminación positiva para mejorar la atención y la accesibilidad al sistema sanitario, de las personas con gran discapacidad y las afectas de Alzheimer y

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otras Demencias, y a las personas que las cuidan, entendiendo la especial situación en la que se encuentran, facilitando la intimidad y la personalización. Estas medidas se encuentran recogidas en el Plan de Atención a Cuidadoras Familiares de Andalucía, y básicamente consisten en:

Personalización de la atención: profesionales de referencia.

Mejora de la atención en Atención Primaria, Urgencias y Hospital: o Material de apoyo a domicilio. o Mejora del acceso del paciente y personas cuidadoras al centro de salud o Acompañamiento familiar en urgencias, durante la realización de pruebas

complementarias así como durante la estancia hospitalaria. o Atención a los requerimientos básicos del cuidador en las estancias hospitalarias

(acompañamiento, confort y manutención). o Prevención del Síndrome Confusional en urgencias.

¿Quién puede acceder a la Tarjeta Cuidado?

Pueden acceder a ella todas las personas cuidadoras habituales de pacientes con diagnóstico de

demencia (cualquier tipo de demencia y en cualquier estadio de la enfermedad) y de grandes discapacitados.

¿Cómo se accede a la Tarjeta Cuidado?

Pacientes con demencia: Los pacientes que presenten signos y/o síntomas de deterioro cognitivo serán valorados por su médico y/o enfermera de familia que decidirán su inclusión en el Proceso Asistencial Demencias. Posteriormente la enfermera de familia o la enfermera de enlace realizarán la valoración de las personas cuidadoras de estos pacientes y harán en su caso una propuesta de inclusión en el proyecto, que deberá ser aprobada por la comisión de evaluación del centro. Esta comisión está formada por el equipo directivo del centro de salud, la enfermera comunitaria de enlace y la trabajadora social. Una vez analizado el caso y aprobada la inclusión, se procederá al alta de la persona cuidadora en la aplicación informática que da soporte a la tarjeta y se emitirá la misma.

Pacientes con Gran Discapacidad: Una vez valorada la discapacidad del paciente por su enfermera de familia o por la enfermera de enlace, se procederá a la valoración de las personas cuidadoras, siguiéndose el mismo proceso descrito anteriormente.

Pensión no contributiva por invalidez (Consejería para la Igualdad y Bienestar Social)

Para la tramitación de una Pensión NO Contributiva, es necesario

1º Obtener el Certificado de Minusvalía de un 65%.

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las

Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y

Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se hacen directamente por el

Imserso.

Se financian con cargo al presupuesto del Estado, mediante transferencias de crédito al de la

Seguridad Social.

La solicitud de pensión podrá presentarse personalmente en las oficinas de los Servicios Sociales de las

Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se

facilitará el impreso correspondiente, o por correo.

- DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD

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Fotocopia del DNI

Fotocopia del pasaporte y/o permiso de residencia en el caso de nacionales de otros países.

Subvenciones individuales de movilidad y comunicación (Consejería para la Igualdad y Bienestar Social)Dichas ayudas se convocan cada año, suelen tener un plazo de 1 mes para tramitar la solicitud

Subvenciones individuales para el transporte (Consejería para la Igualdad y Bienestar Social) Dichas ayudas se convocan cada año, suelen tener un plazo de 1 mes para tramitar la solicitud

Subvenciones individuales para productos de apoyo y dispositivos TIC(Consejería de Economía, Innovación y ciencia)

A través de este programa se promueve la adquisición de productos de apoyo y dispositivos TIC adaptados a las necesidades específicas de las personas con una discapacidad reconocida por la

Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, con un grado igual o superior al 33%, y de las personas mayores de 80 años.

Podrán adquirir equipamiento, software y accesorios adaptados, que serán subvencionados al 100% con una cuantía máxima de 1.500 euros. Los dispositivos que pueden ser objeto de esta subvención están recogidos en el Catálogo de Productos de Apoyo TIC asociado a esta Orden de subvenciones publicado en la web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Bonotaxi (Ayuntamiento)

Las ayudas tienen como finalidad favorecer el desplazamiento en la ciudad de las personas afectadas de graves dificultades de movilidad mediante la utilización del servicio público del taxi. Beneficiarios de las ayudas Personas afectadas con un porcentaje minusvalía igual o superior al 40 % que residan en el término municipal de Sevilla y en los que concurran las siguientes circunstancias: a) Tener tres años cumplidos antes de la finalización del plazo para solicitar las ayudas. b) Estar afectado de graves dificultades de movilidad sin estar imposibilitado totalmente para el desplazamiento, obteniendo una puntuación mínima de 7 puntos, conforme al certificado emitido al respecto por el Centro de Valoración y Orientación de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Sevilla (Anexo III RD 1971/1999, Procedimiento de reconocimiento de declaración del grado de Minusvalía). Este Certificado se solicitará directamente por la Delegación de Bienestar Social al Centro de Valoración y Orientación de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, sin que sea necesaria su aportación por el solicitante en su solicitud. No obstante lo anterior, a efectos de acreditar el requisito recogido en el apartado b), los solicitantes podrán solicitar la realización de esta baremación o su actualización al Órgano anteriormente citado, en el caso de que dicha baremación no se hubiera realizado o actualizado. c) No ser titular de vehículo automóvil adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de beneficiarios mayores de 18 años. d) No residir en ningún tipo de centro Residencial temporal o permanentemente. e) Requisitos económicos: — Para las personas que vivan solas, no disponer de ingresos superiores al 2,25 x 570,60 euros (Salario Mínimo Interprofesional 2007) mensual = 17.973,00 euros anuales. — Para las personas que formen parte de una Unidad Familiar, no disponer de ingresos superiores a 1,5 x 570,60 euros (S.M.I. 2007) mensual = 11.982,60 euros anuales por miembro. Clases de ayudas 1. Ayudas destinadas a facilitar el desplazamiento en la ciudad a aquellas personas que, además de reunir los requisitos establecidos para ser beneficiarios de las mismas, tengan la necesidad de desplazarse dentro de la ciudad para asistir al trabajo, a ciclos oficiales de formación profesional u ocupacional, a cursos de enseñanza reglada y estudios universitarios, por tiempo igual o superior a seis meses durante el año 2008 (o curso escolar 2008/09) y así lo acrediten, y cuando dichos Centros no dispongan de transporte gratuito y específico.

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2. Ayudas destinadas a facilitar el desplazamiento en la ciudad a aquellas personas que, reuniendo los requisitos establecidos para ser beneficiarios de las mismas, no tengan la necesidad a que se alude en el apartado anterior. Recogida y presentación de solicitudes. Las solicitudes de subvención podrán recogerse en las dependencias de la Delegación de Bienestar Social, en las Unidades de Trabajo Social y en el Ceadis. Una vez cumplimentadas debidamente se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla (Calle Pajaritos, n.º 14) o en los Registros Auxiliares del mismo (ubicados en las Juntas Municipales de Distrito). El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las Bases de la Convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia, es decir el plazo de presentación finaliza el 18 de octubre del 2008. Documentación. 1. Fotocopia del D.N.I. del solicitante y, en su caso, D.N.I. del representante legal y documentación acreditativa de la patria potestad o representación legal sobre el solicitante (libro de familia o

resolución judicial). 2. Fotocopia del certificado de minusvalía del solicitante expedido por Centro de Valoración y Orientación de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social. 3. Volante de empadronamiento del solicitante en el municipio de Sevilla. 4. Declaración jurada (reverso de la solicitud) de: — No ser titular de vehículo automóvil adaptado para la conducción, en el supuesto de beneficiarios mayores de edad. — No recibir otro tipo de ayudas con esta finalidad que cubra todos los traslados necesarios a tal fin. — No residir en ningún tipo de centro residencial temporal o permanentemente. 5. Quienes soliciten las ayudas y tengan necesidad de desplazarse dentro de la ciudad para asistir al trabajo, a ciclos oficiales de formación profesional u ocupacional, a cursos de enseñanza reglada y estudios universitarios, por tiempo igual o superior a seis meses durante el año 2008 (o curso escolar 2008/09), cuando dichos Centros no dispongan de transporte gratuito y específico y así lo acrediten, deberán aportar debidamente cumplimentado el anexo 1. 6. Fotocopia completa correspondiente al período impositivo 2007 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros de la unidad familiar sometidos a dicho impuesto, o en caso de no estar obligados a realizarla, declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio (reverso de la solicitud), así como fotocopia de aquellos documentos que acrediten dichos ingresos. 7. Certificación de la entidad bancaria de la cuenta del solicitante. Los requisitos y/o datos que resulten exigibles en virtud de la presente Convocatoria, podrán ser constatados mediante consulta a la Entidad correspondiente. Complemento para los titulares de PNC que residan en vivienda alquilada (Seguridad Social)

Requisitos Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan los siguientes requisitos: Tener reconocida una pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud Carecer de vivienda en propiedad Ser el arrendatario de la vivienda en la fecha de la solicitud No tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada Tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrán derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos. El requisito de residencia habitual en la vivienda alquilada exigido para el reconocimiento del derecho al complemento de pensión se entenderá cumplido cuando dicha vivienda sea el domicilio habitual del pensionista que es titular del arrendamiento. A tal efecto, se entenderá que la vivienda es el domicilio habitual del pensionista cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y

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haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días en el año del devengo del citado complemento y que durante dicho período hubiera percibido la correspondiente PNC. Solicitud del complemento Las personas interesadas podrán dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social. El plazo de solicitud de este complemento para 2008 finalizará el 31 de diciembre. Subvenciones para la adecuación funcional básica de viviendas (Consejería de vivienda y

Ordenación del Territorio) Ayudas destinadas a sufragar el coste de las obras necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas en las que residan mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad. Plazo abierto permanentemente

Tarjeta Andaluciajunta 65

Beneficiarios

Personas mayores de 65 años titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco. Si las personas beneficiarias estuvieran afectadas por la enfermedad de Alzheimer u otra demencia, la posibilidad de uso viene referida a quien asuma su cuidado.

Personas con más del 65% de discapacidad y edad comprendida entre los 16 y 65 años.

Personas en situación de dependencia con asignación del Servicio Andaluz de Teleasistencia a través del Programa Individual de Atención.

Por Internet

Si dispone de Certificado Digital, aquí puede rellenar su solicitud y enviarla de forma inmediata (Recomendaciones/accesible). Y si ya lo hizo vea el estado en el que se encuentra su solicitud.

Por correo

También puede recoger su solicitud en las Delegaciones Provinciales y Centros de Día de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en su Ayuntamiento, o descargar la solicitud en formato electrónico (se necesita Acrobat Reader para imprimir y remitirla a la siguiente dirección:

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social - Apartado de Correos 1130 - 41080 Sevilla

Antes de cumplimentar su solicitud, lea atentamente las instrucciones que figuran al dorso del impreso.