r evaluación 2018

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R R E E G G L L A A M M E E N N T T O O D D E E E E V V A A L L U U A A C C I I Ó Ó N N Centro de Educación Integrada de Adultos San Javier

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Centro de Educación Integrada de Adultos San Javier

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

CENTRO DE EDUCACIÓN INTEGRADA DE ADULTOS SAN JAVIER

JUSTIFICACIÓN

El Decreto Exento de Evaluación N° 2169/07, que regula el proceso

evaluativo en la Educación de Adultos, concibe este acto como un proceso

reflexivo, sistemático y riguroso; de indagación que permite tomar decisiones

acerca del conjunto de variables que intervienen en las distintas etapas del

proceso pedagógico, que es además un proceso integral, comprehensivo,

relacional, formativo, continuo y planificado que facilita la retroalimentación, para

mejorar las acciones emprendidas. Forma parte de una planificación

racionalmente elaborada que otorga sentido a la acción del docente, ya que

posibilita establecer los momentos en que se recogerá información, los propósitos,

los instrumentos que se utilizarán y el uso que se dará a los resultados obtenidos.

La normativa vigente establece que los establecimientos educacionales

elaborarán un Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar que debe

garantizar el respeto de los deberes y derechos de los alumnos establecidos en la

Ley N° 20370, General de Educación y en el Decreto Exento de Evaluación

N° 2169/07.

El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar debe guardar estrecha

coherencia con el Proyecto Educativo Institucional, con la visión, misión y el sello

que nos diferencia. A fin de facilitar y apoyar el aprendizaje de los alumnos, por lo

cual se establece este Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.

TITULO I

NORMA GENERALES

Artículo Nº 1

El Reglamento de Evaluación se aplicará desde el Segundo Nivel de Educación Básica (5° y 6° E.B.), al Segundo Nivel de Educación Media (3° y 4° E.M.), de acuerdo a normativa vigente, al Proyecto Educativo Institucional y al Reglamento de Evaluación y Promoción N° 2169 del 2007.

Artículo Nº 2

El año lectivo 2018 se organizará en dos semestres de acuerdo al Calendario Escolar Regional (36 semanas como mínimo).

La fecha de inicio y término del año escolar será debidamente informado a los Participantes.

Inicio del año escolar: Lunes 05 de marzo. Fin del Año Escolar: Viernes 24 de noviembre. Vacaciones de Invierno: del 09 al 20 de julio, ambas fechas inclusive. Inicio Segundo Semestre: lunes 23 de julio.

Artículo Nº 3

El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar será difundido a toda la comunidad educativa: docentes y alumnos, por medio escrito y digital (Blog del Establecimiento: http://ceiasanjavier.blogspot.cl/ y SIGE).

Se analizará junto a los alumnos en el subsector de Formación Diferenciada por el Profesor Jefe, y a Nivel de Docentes en consejo de profesores y en jornada de reflexión de los mismos, al inicio y al término del año escolar o cuando sea pertinente realizarlo. Artículo Nº 4

Semestralmente se hará la revisión y actualización de este reglamento en la cual intervendrá toda la comunidad educativa de acuerdo a las necesidades que presenten o las necesidades detectadas. Artículo Nº 5

La programación, coordinación y desarrollo de las actividades pedagógicas y de evaluación son de responsabilidad del Director del Establecimiento con el asesoramiento del Jefe Técnico. Es menester de los docentes planificar, aplicar y reformular el proceso evaluativo si es pertinente, de acuerdo a las directrices impartidas por la Agencia de Calidad, La Superintendencia de Educación Escolar, la legislación vigente y las necesidades detectadas.

Artículo Nº 6

La gestión pedagógica se desarrolla sobre la base de los cuatros dominios del Marco de la Buena Enseñanza, de la experiencia e interpretación que el docente hace de la currícula de su asignatura y de las necesidades de los alumnos, acción pedagógica que se plasma en la planificación semestral y de aula.

Sabemos que el contexto de trabajo es predecible, sin embargo, durante los actos de enseñanza se presentan situaciones inesperadas que exigen del docente experticia práctica, por lo cual la planificación ha de ser flexible.

El docente debe presentar un plan semestral con las fechas, unidades y/o contenidos que tratará, este plan debe indicar además, los tipos de evaluación que el docente utilizará para evaluar los saberes que imparte.

El plan debe ser entregado a la Unidad Técnica Pedagógica a más tardar la primera semana del mes de Marzo del año lectivo correspondiente. Las planificaciones de aula deben ser entregadas a la Unidad Técnica el primer viernes de cada mes del año lectivo en cuestión. Si el docente no cumple con la entrega oportuna de las planificaciones, se registrará esta falta y se informará por escrito a la dirección y al afectado. Artículo Nº 7

El diagnóstico pedagógico es una herramienta evaluativa poderosa que permite al docente conocer la realidad educativa de un curso o de un estudiante en particular, con el objetivo primordial de pronosticar y potenciar el cambio educativo a través de un accionar que abarque como un todo diferentes aristas del objeto a modificar, atendiendo a la búsqueda de la información acerca de la personalidad y saberes del participante. Diagnosticar es un arma valiosa, que en manos de un profesor perspicaz contribuye a una adecuada dirección del proceso de enseñanza - aprendizaje a partir del conocimiento de la realidad educativa y de un pronóstico certero de los cambios que se puedan lograr.

El diagnóstico ha de ser aplicado al inicio del año escolar, sin embargo también puede hacerse al iniciarse una nueva unidad o red de contenidos si el docente lo estima pertinente. Los resultados del diagnóstico deben consignarse en el leccionario, siendo el primer registro de evaluación mediante los conceptos de Logrado (L) y No Logrado (NL), durante la primera quincena de clases. TÍTULO II PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Artículo Nº 8 De la Evaluación

La evaluación es un proceso sistemático que busca determinar en forma objetiva el impacto, que causa en los discentes las actividades pedagógicas y formativas diseñadas a la luz de los objetivos planteados por el docente, para mejorar o modificar el proceso educativo.

Es una herramienta administrativa de aprendizaje y un proceso organizativo orientado a la acción para mejorar tanto las actividades en marcha, como la planificación, programación y toma de decisiones.

Es la medición del proceso de enseñanza – aprendizaje que contribuye a su mejora, que se aplica en todo momento y a todo el proceso educativo en su conjunto.

El fin de la evaluación es siempre la toma de decisiones. No es suficiente recoger información sobre resultados del proceso educativo y emitir únicamente un informe cuyo fin es calificar, si no se toma alguna decisión posterior.

Tipos de Evaluación En función de los momentos del acto de enseñar, se distingue la siguiente

clasificación:

Evaluación Diagnóstica: Su finalidad es explorar, verificar el nivel de los alumnos en relación a:

conocimientos previos, actitudes y expectativas, para identificar a aquellos participantes que no posean las competencias que le permitan comenzar un nuevo aprendizaje, a fin de nivelarlos y permitir que su experiencia de aprendizaje sea exitosa.

Evaluación Formativa:

Se realiza al finalizar cada tarea de aprendizaje y tiene por objetivo

informar de los logros obtenidos, además de advertir dónde y en qué nivel existen dificultades de aprendizaje, permitiendo la búsqueda de nuevas estrategias educativas más exitosas. Así obtenemos información para retroalimentar permanentemente y con esto reforzar, ajustar y dirigir el proceso de aprendizaje para obtener mejores logros.

Evaluación Sumativa: La evaluación Sumativa se aplica a productos; busca determinar el valor de

éstos, especialmente como resultados en determinados momentos, siendo uno de estos el término de la experiencia de aprendizaje o de una etapa significativa de ésta. La evaluación sumativa permite comprobar la eficacia de los procesos de enseñanza y aprendizaje y orienta en la planificación de futuras intervenciones.

Sus objetivos son calificar en función de un rendimiento, otorgar una certificación, determinar e informar sobre el nivel de logro alcanzado a todos los niveles (alumnos, institución, docentes, etc.).

La Evaluación Sumativa pone el acento en la recogida de datos y en la elaboración de instrumentos que permitan medidas fiables de los conocimientos a evaluar.

Evaluación diferenciada:

Recurso curricular que implica diversificar los instrumentos y los procesos

evaluativos para atender a la diversidad, elevar autoestima y evitar el fracaso escolar de los participantes en la Educación de Jóvenes y Adultos.

Acciones llevadas a cabo en el ámbito de la evaluación para satisfacer necesidades educativas especiales.

Artículo Nº 9

Todo procedimiento evaluativo, incluyendo aquellos que incorporen el uso de las tecnologías de la información debe ser: válido, fiable, flexible, imparcial e informado. Para ello, el docente debe tener claro lo que debe evaluar y utilizar criterios apropiados.

Se debe dar a conocer a los alumnos las normas, las pautas, criterios y/o aspectos que serán considerados al aplicar el instrumento de evaluación, indicando en forma clara, breve y precisa las instrucciones o indicadores relacionados con los instrumentos para responder cada exigencia, el tiempo del que dispone para ello y el puntaje pertinente asignado para su calificación.

Una vez aplicado el instrumento evaluativo y conocidos los resultados, el profesor o la profesora debe realizar en conjunto con sus alumnos un análisis y corrección de la prueba, dentro del horario normal de clases, con el propósito que el alumno pueda identificar y superar sus falencias. Artículo Nº 10

Los alumnos y alumnas deberán ser evaluados en todos los ámbitos de

formación y subsectores de aprendizaje estipulados en el plan de estudios, en

períodos semestrales de acuerdo a los períodos establecidos en el Calendario

Escolar y las fechas que el docente determine.

Primer Semestre: De Segundo Nivel de Educación Básica (5° y 6° año) a

Segundo Nivel de Educación Media (3° y 4° año).

Segundo Semestre: De Segundo Nivel de Educación Básica (5° y 6° año) a

Segundo Nivel de Educación Media (3° y 4° año)

Los alumnos extranjeros serán evaluados de acuerdo a planes y programas oficiales y/o del establecimiento, y sugerencias técnicas de UTP.

Artículo Nº 11

Fechas relevantes del calendario Escolar:

Actividad Fecha

Inicio del Año Escolar : Jueves 01 de Marzo del 2018.

Inicio de Clases : Lunes 05 de Marzo del 2018.

Primer semestre : Del 05 de marzo al 06 de julio 2016, ambas fechas inclusive.

Evaluación Primer Semestre : Jueves 05 y viernes 06 de Julio.

Vacaciones de Invierno : del 09 al 20 de julio 2018, ambas fechas

inclusive.

Segundo Semestre : Del 23 de julio al 23 de noviembre 2018, ambas fechas inclusive.

Jornada de Evaluación 2017 y Planificación 2018:

Miércoles 26 y Jueves 27 de diciembre.

PSU : Fijada por Demre.

Finalización Año Escolar : 31 de Diciembre 2018.

Jornada de Reflexión Docente (MBE) : Semana 28 de Mayo 2018

Día de la Convivencia escolar : 19 de abril.

Día del Alumno : Día del alumno.

Día del Profesor : 16 de Octubre.

Artículo Nº 12

Durante el año lectivo los alumnos tendrán las siguientes evaluaciones y promedios:

NOTAS PARCIALES: corresponde a las calificaciones de coeficiente UNO y de coeficiente DOS.

SEMESTRALES: corresponde al promedio de las notas parciales, aproximando la centésima a la décima.

PROMEDIO FINAL: corresponde al promedio aritmético de los promedios del primer y segundo semestre, aproximando la centésima a la décima.

PROMEDIO GENERAL: corresponde al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por el alumno en cada sector de aprendizaje, aproximando la centésima a la décima.

Artículo Nº 13

Los alumnos deben ser calificados en todos los subsectores de aprendizaje del plan de estudio correspondiente, utilizando una escala numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal.

La nota mínima de aprobación es 4.0 (cuatro, cero). Artículo Nº 14

La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de Formación Diferenciada no incide en la promoción y será expresada en escala numérica de 1 a 7.

Artículo Nº 15 Procedimientos de Evaluación

Los procedimientos e instrumentos que utilizarán los docentes del

establecimiento:

Observación Sistemática: Escalas de observación, listas de control, registro

anecdótico, bitácora.

Análisis de las producciones de los alumnos: Trabajos escritos

(monografía), resúmenes, cuadernos de clases, resolución de ejercicios y

problemas, textos escritos, producciones orales, investigaciones, juegos de

simulación y dramáticos.

Intercambios Orales con los alumnos: diálogo, entrevista, asamblea, puesta

en común.

Pruebas Específicas: Objetivas y abiertas.

Interpretación de datos: exposición de un tema, resolución de ejercicios y

problemas, cuestionarios.

Y otros instrumentos pertinentes, rúbricas.

TÍTULO III, EVALUACIÓN DE OBJETIVOS FUNDAMENTALES:

Artículo Nº 16

El logro de los Objetivos Fundamentales Verticales debe ser evaluado en cada subsector de aprendizaje del plan de estudios, mediante los procedimientos e instrumentos que correspondan. Artículo Nº 17

La elaboración de los instrumentos del rendimiento escolar y los

procedimientos evaluativos implícitos, exigen un riguroso diseño y elaboración que

permita dar validez y fiabilidad a los resultados.

Los sistemas o escalas de calificaciones deben ser lo más precisos posibles

acerca del significado de las notas, es decir, representar objetivamente los logros

de aprendizaje: actitudinal, procedimental y conceptual.

La elaboración de un procedimiento evaluativo significa cumplir con las

siguientes etapas y acciones: planificación, construcción, administración, análisis,

certificación y retroalimentación (autoevaluación).

Artículo Nº 18

Los alumnos tendrán como mínimo el siguiente número de calificaciones durante cada semestre en relación a la cantidad de horas del subsector, de las cuales una debe ser coeficiente dos, sólo en el caso de las asignaturas de 4 horas en el Plan de Estudios.

Subsectores con 2 horas de clases semanales: 3 evaluaciones mínimas (3 notas). Educación Diferenciada

Sectores con 4 horas de clases semanales: 4 evaluaciones mínimas (5 notas). Una de las notas es coeficiente dos.

El instrumento de COEFICIENTE DOS se aplicará para evaluar a dos o más Unidades Temáticas tratadas durante el respectivo semestre.

La elaboración y estructura técnica de la prueba coeficiente dos es de responsabilidad del profesor/a del subsector de aprendizaje respectivo y requiere ser presentada para ser visada por el Jefe de la UTP .

El profesor o la profesora debe entregar, con antelación a la aplicación del instrumento evaluativo, un ejemplar de cada prueba junto a la tabla de especificaciones respectiva al Jefe de UTP.

Antes de aplicar un instrumento de COEFICIENTE DOS, el profesor o la profesora debe efectuar una síntesis de los contenidos fundamentales a evaluar. El tiempo que destine no debe sobrepasar el número de horas semanales del sector de aprendizaje correspondiente.

Artículo Nº 19

Durante la aplicación de un instrumento evaluativo, se prohíbe

terminantemente el uso de tecnología tal como: celulares, dispositivos de

almacenamiento o comunicación (mp3, cámaras… etc.). Por tal razón todos estos

deberán ser desactivados. De no acatar el alumno esta disposición y de ser

sorprendido haciendo uso de estos medios, se le retirará la prueba y será

calificado con la nota mínima. Se hará registro de este hecho en la hoja de vida

del alumno, informándose a la inspectora general y a la UTP.

Artículo Nº 20

El docente tiene como plazo máximo, dos semanas para entregar los

resultados de la evaluación a los alumnos de su subsector.

Dado el fin de la evaluación, es pertinente que el docente revise junto a los

alumnos las respuestas de la evaluación realizada a fin de retroalimentar el

proceso de aprendizaje.

Artículo Nº 21

El sistema de registro de los logros obtenidos por los alumnos será

consignado en el leccionario de clases.

La información al alumno de los resultados de la evaluación realizada por el

docente en cada subsector será responsabilidad del profesor de asignatura o del

profesor jefe en tiempo asignado a los alumnos.

Si la información es requerida por algún familiar o tutor, esta puede ser

entregada por el Jefe Técnico, la Inspectora General, el Profesor Jefe o el

Profesor de Asignatura en jornada alterna, ya que en esta modalidad no se

entrega informes semestrales.

Artículo Nº 22 Evaluación Diferenciada

Para lograr que el alumno se evalúe en forma diferenciada, el tutor o el

mismo participante debe solicitarlo por escrito al Profesor Jefe, presentando el o

los informes del especialista que sugieren la Evaluación Diferenciada,

dependiendo del área que presenta dificultades: Neurólogo, Sicólogo,

Sicopedagogo. Además del documento entregado por el apoderado, se

considerarán los informes del Profesor Jefe y del Profesor del sector de

aprendizaje involucrado. El plazo que tendrá el tutor o el alumno para presentar la

solicitud de Evaluación Diferenciada será el 30 de Abril de cada año lectivo.

Esta solicitud no rige para la asignatura de Formación Instrumental y

Formación Diferenciada. El Informe del o los especialistas deberá especificar y

argumentar claramente el trastorno que origina dicha solicitud, como la opinión

técnica del tratamiento o acciones a emprender con el alumno.

Artículo Nº 23

AUSENCIA A PRUEBAS

a.- El alumno que no se presente a rendir una evaluación o que no entregue su trabajo en el plazo establecido calendarizado por el docente, deberá justificar en forma oportuna su inasistencia, mediante un certificado médico u otro documento pertinente, en forma personal o por medio de un representante ante el Inspector General, el Jefe de UTP o el profesor del subsector, en un plazo no mayor a 48 horas después de aplicada la medición o vencido el plazo del trabajo. El profesor dejará registro en la hoja de vida del alumno la inasistencia.

b.- En el caso de que el alumno no asista a una evaluación calendarizada

por el docente del subsector correspondiente y su inasistencia sea por causa justificada, avalada por un documento válido, el docente le fijará una nueva fecha en horario alterno considerando los mismos contenidos evaluados. Si la causa de la inasistencia a la evaluación no es por causa justificada, ésta se llevará a cabo inmediatamente en la clase siguiente del subsector evaluado. La prueba será administrada por el docente que esté disponible en ese momento en jornada de completación o por otro funcionario docente con el fin de no interrumpir el desarrollo normal de esa clase. Si el alumno en cuestión se niega a rendir dicha prueba se le calificará con nota mínima.

c.- El alumno que no asista a la segunda citación para rendir el instrumento

de evaluación, comunicado con antelación y registrado en el libro de clases, debe presentar la justificación correspondiente en un plazo no mayor a 48 horas de la fecha de citación en la Inspectoría General, de no hacerlo se evaluará con la nota mínima (1.0)

d.- Para el alumno que no presente su trabajo por causa justificada, avalada por un documento válido, el docente le fijará un nuevo plazo no superior a una semana y le respetará el puntaje total. En el caso del alumno que no presente su trabajo en el plazo fijado por el docente y sea por causa injustificada se le restará 1 punto por cada clase que demore en presentarlo.

e.- Los alumnos que representan al establecimiento en eventos culturales y deportivos, deben informar anticipadamente a los profesores correspondientes mediante un documento que certifique su participación. Los docentes deben brindar todas las facilidades para cumplir con sus evaluaciones dentro de plazos consensuados. Artículo Nº 24

Los resultados de las evaluaciones expresadas como calificaciones de los

alumnos en cada uno de los subsectores y actividades de aprendizaje, se

anotarán en una escala numérica del 1 a 7, hasta con un decimal como máximo.

La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro punto cero).

La nota 3.9 se subirá automáticamente a 4 solo al final de año.

Artículo Nº 25

DE LAS ALUMNAS EN SITUACIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los

procedimientos de evaluación establecidos en el Reglamento del establecimiento

educacional, sin perjuicio de la obligación de los docentes directivos del

establecimiento de otorgarles las facilidades académicas señaladas en relación al

porcentaje de asistencia que puede ser inferior al 80%, incluido un calendario

flexible que resguarde el derecho a la educación de estas alumnas y de brindarles

apoyos pedagógicos especiales mediante un sistema de tutorías realizado por los

docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases.

Dadas todas las garantías orientadas a cautelar la situación de embarazo o

maternidad, estas alumnas deberán cumplir con los requerimientos académicos

establecidos por el establecimiento.

TÍTULO IV, DE LA PROMOCIÓN

Artículo Nº 26

Para la promoción al curso o nivel inmediatamente superior se considerarán

conjuntamente: la asistencia y el rendimiento del alumno.

De la Asistencia

En el caso de la Educación Básica y la Educación Media, la asistencia

mínima para ser promovido es de un 80% de las clases establecidas en el

calendario anual.

Del Rendimiento

Para ser promovidos los alumnos y alumnas, tanto de Educación Básica

como de Educación Media, deberán reunir los requisitos de asistencia y

rendimiento en cuanto a asistencia, deberán registrar a lo menos el 80% en cada

uno de los subsectores de aprendizaje. El director a recomendación del respectivo

profesor podrá eximir del porcentaje indicado a quienes acrediten razones de

salud u otras debidamente justificadas.

Respecto al logro de los Objetivos fundamentales y Contenidos Mínimos

Obligatorios, serán promovidos:

a) Los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todos los subsectores de

aprendizajes considerados en los respectivos planes y programas de estudio.

b) Los alumnos y alumnas de 2º y 3º Nivel Básico de Adultos que

reprueben el oficio escogido o un subsector de aprendizaje que no sea Lengua

Castellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio,

incluido el subsector reprobado, sea igual o superior a 4.5. Si el sector reprobado

corresponde a Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática, el

promedio exigido será igual o superior a 5.5, incluido el subsector reprobado.

c) Los alumnos y alumnas de Educación Media H-C que hubieren

reprobado un subsector de aprendizaje que no sea Lengua Castellana y

Comunicación o Educación Matemática y su nivel de logro corresponda a un

promedio igual o superior a 4.5 incluido el subsector reprobado. Si el subsector

reprobado es Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática el

promedio mínimo requerido será 5.0, incluido el subsector reprobado.

d) Los alumnos que presenten al final del año, hasta dos subsectores de

aprendizaje reprobados tendrán solo una oportunidad para rendir una prueba

especial en esos subsectores. La nota de aprobación será 4.0.

Tendrán derecho a rendir esta prueba especial solo aquellos alumnos que

promedian como mínimo un 3,0 en el subsector en cuestión, y tengan un 80% de

asistencia.

Es requisito que asista a un repaso de 4 horas pedagógicas en cada

asignatura reprobada con un 100% de asistencia.

Equipo directivo y docentes del establecimiento.

SAN JAVIER, Diciembre del 2017.-