r-dca-0434-2018 · construcción de una edificación con un área de 757m² en una planta, paredes...
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R-DCA-0434-2018
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las ocho horas catorce minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho.------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Acuña & Hanson Inca S.A, en contra del
acto de adjudicación dictado en la Contratación Directa No. CTPP-003-2017, promovida por la
Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Purral, para “Adquisición de
servicios de mano de obra general para la ampliación del CTP Purral”, recaído en favor del
Consorcio GSM-Álvarez, por un monto total de ¢277.018.000.00, (doscientos setenta y siete
millones dieciocho mil colones exactos).--------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que la empresa Acuña & Hanson Inca S.A, interpuso en fecha nueve de marzo de dos mil
dieciocho, recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de referencia.--------------------
II.-Que por medio de auto de las nueve horas treinta y dos minutos del trece de marzo de dos
mil dieciocho, se solicitó a la Administración el expediente administrativo del concurso, el cual
fue remitido por medio oficio No. JACTPP-031-2018, del quince de marzo de dos mil dieciocho.-
III.-Que mediante auto de las ocho horas dieciséis minutos del veintiuno de marzo del año en
curso, se concedió audiencia inicial a la Administración licitante, y al adjudicatario para que se
refirieran a las alegaciones formuladas por el recurrente, y para que aportaran y ofrecieran las
pruebas que consideraran pertinentes, diligencia que fue atendida mediante escritos agregados
al expediente de recurso de apelación.-------------------------------------------------------------------------
IV.-Que en la tramitación del presente asunto se han observado las prescripciones
constitucionales, legales y reglamentarias pertinentes.--------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.-Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los
siguientes hechos de interés: 1) Que la empresa Acuña & Hanson Inca S.A, señaló en su oferta
en lo que interesa: i) “…10.0 Experiencia. Para la evaluación de la experiencia indicada en el
punto 39.9 del cartel de Licitación, ponemos a criterio de análisis los siguientes 6 proyectos: 1
Módulo de Turismo Colegio Técnico Profesional de Puerto Jiménez. Nombre del Profesional:
Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 16 de mayo de 2017. Tipo de Obra Módulo de
turismo en centro educativo público. Área del Proyecto: 750m². 2 Módulo de Prevocacional
Colegio Técnico Profesional de Piedades Sur. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña
Solís. Fecha de Inscripción: 14 de octubre de 2015. Tipo de Obra Módulo de aulas en centro
2
educativo público. Área del Proyecto: 581m². 3 Centro de capacitación y de Conferencias
Intermunicipal de la Federación Caproba. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís.
Fecha de Inscripción: 10 de diciembre de 2015. Tipo de Obra: Auditoria para conferencias
públicas. Área del Proyecto: 561m². 4 Módulo de Aulas Colegio Técnico Profesional de Aserrí.
Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 14 de marzo de
2016. Tipo de Obra módulo de aulas en centro educativo público. Área del Proyecto: 1069m². 5
Edificio de aulas Colegio Vocacional Monseñor Sanabria. Nombre del Profesional: Allan
Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 03 de noviembre de 2014. Tipo de Obra módulo de
aulas en centro educativo público. Área del Proyecto: 2044m². 6 Módulo de Turismo Colegio
Técnico Profesional de Santa Elena. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha
de Inscripción: 15 de abril de 2015. Tipo de Obra módulo de turismo en centro educativo
público. Área del Proyecto: 538 m². (Subrayado no es del original).(ver folios 330-331 del
expediente administrativo). ii) “11.0 Admisibilidad al concurso. Para la admisibilidad como
requisito de experiencia indicada en el punto 10.0 del cartel de Licitación, ponemos a criterio de
análisis los siguientes dos proyectos: 1 Edificio de aulas Colegio Vocacional Monseñor
Sanabria. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 03 de
noviembre de 2014. Tipo de Obra módulo de aulas en centro educativo público. Área del
Proyecto: 2044m². Costo de la mano de obra: ¢315.000.000.00. 2 Pavimento TSB-3
Municipalidad de Guácimo. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de
Inscripción: 10 de setiembre de 2014. Tipo de Obra construcción de pavimento tipo TSB-3 en
carretera cantonal del estado. Área del Proyecto: 12480m². Costo de la mano de obra:
¢48.173.200.00…”. (Subrayado no es del original) (ver folio 331 del expediente administrativo).
iii) “ADMISIBILIDAD. 1. Constancia de Obras. Fecha: 23 de marzo de 2017. Nombre de la
Obra: Construcción de dos edificios de aulas y plazoleta COVOMOSA. Ubicación:
Desamparados San José. […]. Monto final real: ¢875.505.456.72. […]. 2. Contrato No. 18-03-
2016. Contratación de servicios de mano de obra, maquinaria y equipos para la construcción de
la ampliación de aulas del CTP Monseñor Sanabria […]. 3. Certificación del CFIA. Proyecto No.
OC656915. Municipalidad de Guácimo […]. (ver folio 301 al 312 del expediente administrativo).
iv) “Certificaciones de Experiencia. 1. Constancia de Obra. Fecha: 17 de mayo de 2017.
Nombre de la Obra: Diseño de Módulo de Turismo C.T.P. Puerto Jiménez. […]. Certificación de
CFIA No. OC 776793. 2. Constancia de Obra. Fecha: 28 de febrero de 2017. Nombre de la
Obra: Módulo de Prevocacional C.T.P. Piedades Sur. […]. Certificación de CFIA No. OC
3
699876. 3. Constancia de Obra. Fecha: 17 de mayo de 2017. Nombre de la Obra: Diseño de
Módulo de Turismo C.T.P. Puerto Jiménez. […]. Certificación de CFIA No. OC 776793. 4
Certificación. CAPROBA. […]. Certificación de CFIA No. OC 707454. 5 Constancia de Obra.
Fecha: 25 de marzo de 2017. Nombre de la Obra: Construcción de 15 aulas C.T.P. Aserrí. […].
Certificación de CFIA No. OC 718459. 6 Constancia de Obra. Fecha: 23 de marzo de 2017.
Nombre de la Obra: Construcción de dos edificios de aulas y plazoleta COVOMOSA. […].7
Constancia de Obra. Fecha: 19 de abril de 2016. Nombre de la Obra: Modulo de Turismo C.T.P.
Santa Elena. […]. (Ver folios 284-311 del expediente administrativo). 2) Que el adjudicatario
consorcio GSM-Álvarez, señaló en su oferta en lo que interesa: i) “…DECLARACIÓN JURADA.
[…]. Declaramos bajo juramento que las siguientes son trabajos SIMILARES, en algún
grado de dificultad o naturaleza en construcción de bodegas, almacenes, oficinas,
locales comerciales, muros, edificios educativos, edificios institucionales, demoliciones,
entre otros. Indicamos que los siguientes son parte de la experiencia de los miembros
consorciados: 1 Proyecto: Construcción De Un Centro Diurno Para La Persona Adulta Mayor de
Moravia I y II Etapa- Jardines de Moravia. Empresa o Persona: Municipalidad de Moravia.
Construcción: 1189 m², […]. Monto ¢487.135.084.73. Construcción de una edificación con un
área de 757m² en una planta, paredes de mampostería, reforzada integral con marcos
estructurales en concreto reforzada, pisos, techos y acabados. Incluye sistema eléctrico,
fontanería 68 metros lineales de tapia en block y portón vehicular metálico de doble hoja.
Aceras externas (93.60m²). Trabajos previos de movimientos de tierra, excavaciones y
nivelaciones. Segunda etapa consta de 432m² de construcción. 2 Proyecto: 2015LN-000002-
UTN Obras Urbanísticas I Etapa Sede Pacífico, El Roble Puntarenas. Empresa o persona:
Universidad Técnica Nacional. Área de construcción 2400m². Monto 223.755.861.29. [….].
Construcción de aceras, cunetas pluviales, infraestructura prevista para sistemas eléctricos de
media tensión. [….]. 3. Proyecto: 2014LN-000003-UTN Construcción de 7 aulas, cubierta para
ganado, módulo de Bio-seguridad. Sede Atenas, Alajuela. Empresa o persona: Universidad
Técnica Nacional. Área de construcción 1200m². Monto ¢ 271.120.928.20. [….]. Línea 2.
Pabellón de 7 Aulas Sede Atenas (edificio de paredes prefabricadas de 7 aulas, incluye batería
de baños, bodega y cuarto eléctrico con paso cubierto y acera entre aulas área de 576m²).
Línea 4 Cubierta para ganado Sede Atenas (cubierta construida a base de marcos estructurales
metálicos, cubierta de techo tipo UPVC, estructura de cepos en tubería metálica y losa de
concreto, con aceras. Área 58m²). Línea 5 Construcción Módulo de Bio Seguridad Sede Atenas
4
(edificio de bloques de mampostería, servicios sanitarios, duchas, cambiadores, oficina.
Estructura de techo de hierro negro y cubierta de lámina rectangular esmaltada blanca, con
aceras. Área 380m²). Los trabajos previos incluyeron movimientos de tierra, excavaciones,
nivelaciones. Tanto pasillos como aceras incluyeron loseta táctil. 4 Proyecto: 2014LN-000003-
UTN Construcción comedor estudiantil. Sede Pacifico El Roble Puntarenas. Empresa o
persona: Universidad Técnica Nacional. Área de construcción 1231m². Monto ¢ 446.874.076.60.
[….]. Construcción de comedor estudiantil, aceras perimetrales con loseta táctil, rampas de
acero según ley 7600 con barandas, demarcación. Las obras previas involucran movimientos
de tierra, excavaciones, nivelaciones. 5 Proyecto: 2016LA-000010-0003400001. Construcción
de aceras, rampas y obras complementarias en todo en corredor central. Empresa o persona:
Municipalidad de Montes de Oca. Área de construcción 2204m². Monto ¢ 167.951.266.12. [….].
Los trabajos incluyen construcción de aceras que incluyen incorporación de losetas táctiles,
construcción de cordón y caño, movimientos de postes de electricidad e hidrantes, construcción
de tapias, siembra de árboles, construcción de parquets, entre otros. 6 Proyecto: Construcción
de la primera etapa del CTP José María Zeledón Brenes- El Llano de Desamparados. Empresa
o persona: Junta Administrativa CTP José María Zeledón Brenes. Área de construcción 1296m².
Monto ¢ 183.690.881.30. [….]. Construcción de cinco aulas académicas prefabricadas, 1bss, 1
edificio tipo MOPT de 2 niveles con rampa y escalera. [….]. 7 Proyecto: Construcción de Muro
de contención con gaviones. Empresa o persona: Muebles gerba. Área de construcción 405².
Monto ¢ 32.250.000.00. [….]. Construcción de muro de gaviones de 45 metros de longitud. [….].
8 Proyecto: Construcción de edificio habitacional los Pitufos (condominio vertical) San Rafael
Arriba de Desamparados. Empresa o persona: Lic. Betmy Santamaría Tello. Área de
construcción 1500m². Monto ¢ 350.000.000.00 [….]. Etapa de Consultoría: Elaboración de
estudios básicos (estudio de capacidad y prueba de infiltración). El anteproyecto se realizó en
coordinación con la propietaria. Posteriormente se hizo diseño de planos y especificaciones
técnicas. Esta etapa contempla tramitología ante CFIA, INS, Municipalidad de Desamparados y
SETENA. Etapa de Ejecución construcción de edificio de 5 niveles [….]. 9 Proyecto: 2009LA-
000064-99999. Demolición, desmantelamiento y desmontaje del Edificio Frotón. Empresa o
persona: Municipalidad de San José. Período 2010. Monto ¢ 46.833.491.25. [….]. 10 Proyecto:
Construcción de módulo de aulas en Finca Socorrito, El Roble de Puntarenas. Construcción
1500m². Monto ¢ 564.202.233.80. Período 2010 [….]. Módulo principal consta de 12 aulas con
área de 687m², batería sanitaria de 93 m², laboratorio de computo, una caseta de vigilancia,
5
pasillos cubiertos [….]. 11 2015LA-000001-02 Demolición de edificio actual, remoción de
escombros y limpieza del lugar y construcción de nuevo edificio del Comité Auxiliar de la Cruz
Roja Costarricense de Santa Bárbara de Heredia. Construcción 656m². Monto ¢
181.438.039.66. [….]. Excavación de tierras, cimientos y compactación de contrapiso, chorrea
de contrapiso, paredes de mampostería de los dos niveles, columnas y vigas de concreto
armado, entre piso de concreto armado, instalaciones eléctricas, acometida principal, rede de
voz […]. 12 2015LA-000002-UPIMS. Construcción de Cen Cinai de Cocorí de Cartago. º
Construcción 388m². Monto ¢ 179.639.641.18. [….]. Movimientos de tierra, nivelaciones,
construcción de aceras perimetrales, demoliciones, muretes. La obra consistió en obras
preliminares. […]. 13 2015LA-00039-09003. Cerramiento perimetral y paso cubierto en la
delegación de Naranjo. Construcción 90 metros lineales. Monto ¢ 36.803.731.08.18. [….].
Construcción de una tapia perimetral mixta tipo sistema PREFA de baldosas y columnas. […].
14 Licitación Abreviada 2015LA-000047-09003. Construcción de Tapia Delegación Policial de
Cartago. Construcción 25 metros lineales. Monto ¢ 27.706.596.64. [….].Construcción de una
tapia perimetral mixta tipo sistema PREFA de baldosas y columnas. […]. 15 2015LA-000010-
0005300001. Construcción de Portón y Refuerzo del Muro de Colindancia Sur del Edificio de
Oficinas del IMAS. Construcción 30 metros lineales. Monto ¢ 23.283.041.13. [….]. Demolición
de portón y caseta de residuos cimentaciones de las estructuras de refuerzo, colocación de
pilotes heliciodales. […]. 16 2015LA-000037-99999. Construcción de mejoras aceras
perimetrales complejo recreativo Pavas. Construcción 1437 m². Monto ¢ 127.220.756.44.
Empresa o Persona: Municipalidad de San José [….]. Demolición de aceras y cordón de caño,
construcción de aceras. […]. 17 2015CD-000873-99999. Construcción de rampas, catedral y
Mata Redonda. Monto ¢ 1.382.203.66. Empresa o Persona: Municipalidad de San José [….].
Construcción de rampas peatonales debidamente señalizadas y con barandas. […]. 18
2015CD-000042-0005300001. Construcción de muro de contención área regional suroeste del
IMAS en barrio Cristo Rey San José. Monto ¢ 9.748.146.42. Empresa o Persona: IMAS [….].
Construcción de muro de retención de concreto. […]. 19 Construcción de Estructura Metálica
del Mercado de Artesanías y Pintura. Monto ¢ 94.519.866.19. Empresa o Persona:
Municipalidad de San José [….]. Construcción 1700 m². Construcción de estructura metálica, la
obra se realizó en dos etapas. […]. 20 Proyecto profesional responsable de diseño Licitación
Pública 2012LN-000112-99999, Cambio de piso, techo, cielo raso y repello al edificio de la
Imprenta Nacional. Monto ¢ 349.494.786.90 Empresa o Persona: Imprenta Nacional [….].
6
Construcción 6100m². Edificación de dos niveles reparación mayor al piso de la planta baja del
edificio de la Imprenta Nacional. […]. 21 2016LA-000001-00053000001. Demolición y
construcción de escalera de emergencia del edificio central del IMAS- Barrio la California San
José. Monto ¢ 64.937.903.09. Empresa o Persona: IMAS [….]. Demolición de escalera
existente, obras de cimentación de la estructura principal y anexa, (construcción de placas y
pedestales). Construcción de estructura metálica principal y estructura para paredes, pisos,
techos. […].”.(Subrayado no es del original) (ver folios 182 al 189 del expediente administrativo).
ii) 1. Certificación de CFIA, con información sobre proyectos que constan en la base de datos a
nombre de la Empresa German Sánchez Mora S.A. información referente a número, oficina, tipo
de obra, tipo de sub obra, tamaño, número de catastro y cédula del propietario. 2. Constancia
de Obras Construidas. Nombre del Proyecto: Construcción edificio de 5 niveles. Edificio
habitacional Los Pitufos. 3. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Construcción
de un centro diurno para la persona adulto mayor Moravia etapas I y II. 4. Constancia de Obras
Construidas. Nombre de la obra: Contratación Directa No. 1 Mano de obra para la remodelación
de aulas existentes en Liceo de Aserrí. 5. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la
Obra: Contratación Directa No. 2011CD-000273-UTN1, Construcción de casetas de seguridad.
6. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Licitación Abreviada No. 2011LA-
00003-UTN01. Ampliación de Instalaciones Carrera de Turismo. 7. Certificación por asfalto
colocado. 8. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Construcción de muro de
contención de gaviones. 9. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Licitación
Abreviada 2013LA-000062-08900. Solución eléctrica del módulo de complejo policial Juan
Rafael Mora Porras. 10. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Construcción
Módulo de Aulas Finca Socorrito en el Roble de Puntarenas, inicio de la obra: mes mayo año:
2010. Termino de la Obra: mes febrero año: 2011. 11. Constancia de Obras Construidas.
Nombre de la Obra: Construcción de Estructura Metálica del Mercado Artesanía y Pintura. 12.
Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Construcción de la Primera Etapa del
CTP José María Zeledón. 13. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra: Correctivo
y Preventivo de Instalaciones Eléctricas Escuela Nacional de Policía. 14. Constancia de Obras
Construidas. Nombre de la Obra: Licitación Abreviada 2013LA-000062-08900. Solución
eléctrica del módulo del complejo policial. 15. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la
Obra: Licitación Abreviada 2015LA-000001-02. Demolición de Edificio Actual, remoción de
escombros y limpieza de lugar. 16. Constancia de Obras Construidas. Nombre de la Obra:
7
Licitación Pública No. 2012LN-000112-99999.Cambio de piso techo, cielo raso y repellos al
edificio de la Imprenta Nacional. 17. Acta recepción definitiva de la obra. Nombre de la Obra:
Pabellón de 7 aulas, cubierta para ganado, Módulo de Bio-Seguridad. (Subrayado no es del
original). (ver folio 112 al 137). 3) Que el consorcio GSM-Álvarez, señaló en su respuesta a
audiencia inicial un listado con 8 proyectos con el fin de indicar que cumple el requisito de
admisibilidad:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ítem Proyecto Monto (CRC)
Área (m2)
Cumple
1 Correctivo y preventivo de instalaciones eléctricas Escuela Nacional de Policía
58.342.839,08 2971 Cumple por el área del proyecto, pues es superior a los 2133.90 m2 solicitados, además es obra educativa de la Escuela Nacional de Policía.
2 Contratación de Mano de Obra para la remodelación de aulas existentes del Liceo de Aserrí.
53.805.093,63 2687 Cumple por el área del proyecto, pues es superior a los 2133.90 m2 solicitados. Es obra educativa.
3 Construcción de edificación de 5 niveles.
350.000.000,00 1500 Cumple por monto, pues el monto ofertado fue de 277.018.196,05 CRC millones Este edificio está siendo utilizado por el Instituto Parauniversitario Cyber House Internacional
4 Cambio de Piso, techo, cielo raso y repellos al edifico de la Imprenta Nacional
349.494.786,00 6100 Cumple por el área y por el monto solicitado en cartel.
5 Obras Urbanas I Etapa, UTN
223.755.861,29 2400 Cumple por el área solicitado en cartel (2133.90 m2) y además es obra educativa dela UTN.
6 Construcción de Centro Diurno para la persona adulta mayor de Moravia, Etapa I y II.
487.135.084,73 1189 Cumple por el monto solicito y además es un centro de atención y enseñanza integral dirigido a personas adultas mayores
8
7 Pabellón de 7 aulas, cubierta para ganado, módulo de Bio-Seguridad
271.120.928,3 1200 Cumple por el monto solicitado y además es la construcción de un centro integral de enseñan universitaria de la UTN.
(ver folios 31 al 33 del expediente de apelación, CD que contiene respuesta a audiencia inicial).
4) Que la Administración mediante resolución de adjudicación en fecha 02 de marzo de 2018,
señaló: “…I CONSIDERANDO. Que las ofertas presentadas para la ampliación del CTPP,
Contratación Directa CTPP-003-2017 conforme al artículo N° 145 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, y en aras de seleccionar la oferta que satisfaga el interés público y
al cumplimiento de los fines y cometidos de la institución, fueron sometidas al análisis integral
por parte de esta Junta Administrativa. Que de conformidad con el artículo 81 del RLCA se
solicitó a los oferentes subsanes en sus ofertas con fechas 07 de noviembre del año 2018;
contando con las respuestas el (sic) xxx del mismo mes. Que una vez con las ofertas y los
subsanes presentados la Junta inició con la valoración integral de las ofertas. El análisis
económico arrojó que la oferta del consorcio GSM-ALVAREZ obtuvo el mayor puntaje.-------------
PARTICIPANTE PRECIO PLAZO EXPERIENCIA TOTAL
CONSORCIO PROYEKTA-RCZ 78,09% 13,89% 0 91,98%
INCASA 79,15% 15,00% 0 94,15%
CONSORCIO GSM-ALVARES 80,00% 14,71% 5% 99,71%
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA ROGELIO FERNANDEZ GËLL
COMPARACIÓN DE OFERTAS
Contratación Directa: 001-2017
Oferente CONSORCIO
PROYEKTA-RCZ INCASA
CONSORCIO GSM-ALVARES
Oferta Económica ₡ 283.794.506,00 ₡ 280.000.000,00 ₡277.018.199,00
Vigencia de la oferta 90 días hábiles
Cumple Cumple Cumple
Certificaciones CFIA
Cumple Cumple Cumple
Profesionales
10 años mínimo
Cumple Cumple Cumple
Y al día con el CFIA
Cumple Cumple Cumple
Empresa
10 años mínimo
Cumple Cumple Cumple
Y al día con el CFIA
Cumple Cumple Cumple
9
Declaraciones juradas Cumple Cumple Incompletas
Al día con la CCSS Cumple Cumple Cumple
Experiencia proyectos similares al ofertado en los últimos 5 años:
DEL 2012 A LA
ACTUALIDAD
Solo se consideran 2 proyectos similares al ofertado en cuanto al monto, y uno de los aportados cumple con ambos criterios.
Solo se consideran 2 proyectos similares al ofertado en cuanto al monto, no se observa en la oferta proyectos que cumplan con el área solicitada.
Dos proyectos cuyo monto por separado sea de al menos un 90% del proyecto ofertado.
Monto mínimo aceptar
₡265.500.000,00
Oficinas
Fujitsu
₡ 325.000.00
0,00
Colegio Vocaciona
l Monseñor Sanabria
₡654.522.1
65,33
Universidad
Técnica.
₡271.120.9
28,20
TEC ₡
456.360.316,00
C.T.P Aserrí
₡305.274.142,52
Construcción de Módulo de Aulas en Finca el
₡564.202.2
33,8
Dos proyectos cuya dimensión por separados sea de al menos el 90% del proyecto ofertado.
Área mínima aceptar 2080m2
No se aporta experiencia de proyectos similares y con el área solicitada, en el periodo solicitado.
Colegio Vocaciona
l Monseñor Sanabria
2450m2
Construcción de Módulo de Aulas en Finca el
2833m2
Contenido para demostrar la experiencia.
Cumple Cumple Cumple
1- Suscritos por el gerente general, o representante de la empresa que fungió como contratista de la obra, en caso de ser persona jurídica, o por el profesional responsable en caso de ser persona física
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
2- Fecha de inicio y finalización de la obra
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
3- Monto del proyecto Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
4- Recibido a satisfacción por parte del propietario
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
Cumple
Para los dos proyectos que se validan
10
5- O en lugar de lo anterior, contrato suscrito entre las partes
N / A Aporta contrato del Colegio Monseñor Sanabria
Aporta contratos
Experiencia del Oferente (máximo 5 %)
Para la asignación de puntos el OFERENTE deberá aportar una certificación del CFIA, para cada proyecto a evaluar o carta original en donde se brindó el servicio similar al ofertado, que indique: El nombre del propietario, Deberá estar firmada por el propietario o presidente de la Junta, fecha de inicio y conclusión debe incluir mes y año. Además, deberá indicar si el trabajo fue recibido a satisfacción en tiempo y forma según los alcances de la contratación
No se consideran proyectos similares en esta etapa
Se consideran los siguientes proyectos.
1- C.T.P Santa Elena, construcción de obra nueva y remodelación de estructuras existentes para utilizarse como módulo de turismo.
Se consideran los siguientes proyectos.
1- Correctivo y preventivo de instalaciones eléctricas 2-Contratación de Mano de Obra para la remodelación de aulas existentes del Liceo de Aserrí. 3- Construcción de edificación de 5 niveles. 4- Cambio de Piso, techo, cielo raso y repellos al edificio de la Imprenta Nacional 5- Obras Urbanas I Etapa, UTN 6-Construcción de Centro Diurno para la persona adulta mayor de Moravia, Etapa I y II. 7- Pabellón de 7 aulas, cubierta para ganado, módulo de BioSeguridad Escuela Nacional de Policía
Plazo de ejecución
300 días naturales
270 250 255
11
Cronograma de obra Cumple Cumple Cumple
Garantía de participación
1% del monto ofertado
Cumple Cumple Cumple
Vigencia de la garantía
30 días hábiles
Cumple Cumple Cumple
Garantía de las obras
60 meses Cumple Cumple Cumple
Que la adjudicación se regirá por las descripciones, especificaciones, plazos, condiciones de
entrega, vigencia de la relación, garantías del producto y de cumplimiento, cláusulas penales y
demás regulaciones contenidas en las disposiciones cartelerías específicas de esta
contratación y en la oferta del adjudicatario, las cuales serán suplidas o subsanadas -en caso
de laguna, vaguedad o imprecisión- por las normas legales y reglamentarias aplicables, según
la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. POR TANTO Una vez realizado el
análisis integral de las plicas presentadas a concurso la administración adjudica la Contratación
Directa CTPP-003-2017 de la siguiente manera: A la oferta N.º 2 CONSORCIO GSM-
ALVAREZ, representado en este acto por GERMAN GONZALO SÁNCHEZ MORA, número de
cédula 1-0586-0485, las siguientes líneas: por un monto total de ₡277.018.199,00, con un plazo
de entrega de 255 días naturales, con garantía de 60 meses sobre las obras a entregar, con
una garantía de cumplimiento de: ₡27.701.819,90 (veintisiete millones setecientos unos mil
ochocientos diecinueve colones con 90/100), todo conforme a la oferta y condiciones
cartelarias. Se aprueba de forma unánime por los miembros de la Junta Administrativa CTPP,
en sesión extraordinaria número 793, el día jueves 01 de marzo de 2018, a las quince horas
con cuarenta y cinco minutos. Quedando en firme el nueve de marzo de dos mil dieciocho…”
(ver folios 545 del expediente administrativo).-------------------------------------------------------------------
II. Sobre la audiencia Final de conclusiones: De conformidad con el artículo 190 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la audiencia de conclusiones es de
carácter facultativo, por lo que a efectos de la tramitación del recurso, es necesario señalar que
este órgano contralor estimó innecesario realizar la audiencia citada en este caso, en el tanto
con los documentos que constan en el expediente del recurso de apelación, así como en el
expediente administrativo del concurso, se cuenta con los elementos suficientes para resolver el
presente asunto, lo cual conviene señalarlo a las partes.-----------------------------------------------------
III. Sobre el fondo. a) Experiencia acreditada como requisito de admisibilidad. Señala la
apelante que su representada interpuso un recurso de apelación en contra de este mismo
concurso, el cual fue resuelto parcialmente con lugar por esta División de Contratación
Administrativa mediante resolución R-DCA-0100-2018. En esta segunda impugnación afirma la
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apelante, que la Junta de Educación erróneamente toma como válida experiencia del Consorcio
GSM-ALVARES, siendo que lo correcto y legal es adjudicar a su representada. Ante ello señala
que el cartel solicita en su apartado 10, Requisitos de Admisibilidad, Experiencia el siguiente
requerimiento; “10.REQUISITO DE ADMISILIDAD EXPERIENCIA. El oferente debe aportar
documentos que demuestren experiencia en proyectos similares al ofertado y que hayan sido
ejecutados en los últimos cinco años previos al acto de apertura de las ofertas. La experiencia
que deberá acreditar será alguna de la indicada a continuación: Dos proyectos cuyo monto por
separado sea de al menos un 90% del monto ofertado. Dos proyectos cuya dimensión por
separados sea de al menos el 90% del proyecto ofertado. Nota: El área del proyecto de esta
contratación es de 2317m2”. Con base en lo anterior, la Junta desarrolló en el informe de
adjudicación un cuadro de “comparación de ofertas”, visible a partir de la página 4, del informe
de adjudicación en donde se muestra que con respecto al informe anterior, en lugar del
Comedor de la UTN (demostrado como falso en la apelación anterior), se toma como válido y
que cumple, la obra denominada “Construcción de Módulo de Aulas Finca el (…)” según la
siguiente imagen, extracto del informe:----------------------------------------------------------------------------
Al respecto afirma que el análisis que realiza la Junta de Educación valida una obra construida
por el consorcio adjudicatario en el año 2010, tal y como se demuestra en varios documentos
aportados por la misma empresa adjudicataria en su oferta, siendo que el cartel en el apartado
10 (admisibilidad) es claro en señalar “ADMISILIDAD EXPERIENCIA. El oferente debe aportar
documentos que demuestren experiencia en proyectos similares al ofertado y que hayan sido
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ejecutados en los últimos cinco años previos al acto de apertura de las ofertas. La experiencia
que deberá acreditar será alguna de la indicada a continuación: Dos proyectos cuyo monto por
separado sea de al menos un 90% del monto ofertado. Dos proyectos cuya dimensión por
separados sea de al menos el 90% del proyecto ofertado”. Siendo que la obra denominada
“Construcción de Módulo de Aulas Finca el Socorrito”, es una obra que desarrolló en el año
2010, el consorcio adjudicatario y de acuerdo al cartel, únicamente se aceptan obras ejecutadas
en los últimos 5 años, es decir, del 17 de octubre de 2012 al 17 de octubre de 2017 (fecha de
apertura de ofertas). Por consiguiente, la oferta validada no entra dentro del parámetro
evaluable y por ende no se debió considerar. La Administración, añade que de conformidad
con la resolución No. R-DCA-100-2018, se determinó que el consorcio adjudicatario no cumple
con los dos proyectos necesarios para acreditar la experiencia de admisibilidad. Procede
entonces anular el acto de adjudicación dictado, afirmando que realiza una nueva valoración de
ofertas, y considerando entonces para acreditar experiencia de admisibilidad, los proyectos que
haya sido referidos por los oferentes tanto de admisibilidad como evaluación indistintamente.
Señala que la resolución de adjudicación en paginas 4-7, incluye el detalle de los proyectos que
una vez se analizaron se ajustaron a los requerimientos del cartel y al tenor de los instruido por
este Despacho. Indica que la apelante no se ajusta a la realidad al manifestar que la
Administración es omisa al exponer en su resolución, información producto del análisis
evaluativo de los documentos, que conforman las ofertas. La información de los cuadros
valorativos es abundante y clara y sorprende que la apelante no haya logrado encontrar en el
documento el único proyecto dentro de su oferta que efectivamente se ajustó a lo que se
plasmó en el pliego. Afirma que es claro que la plica adjudicataria cumple con los requisitos del
cartel de manera abundante al aportar información de 8 proyectos siendo requeridos
únicamente 5, para ser acreedor del 5%. La adjudicataria señala que el momento procesal
para haber realizado todos y cada uno de los ataques sobre presuntas inconsistencias de la
oferta de su representada, ya venció en el primer recurso de apelación. Menciona la apelante
que el proyecto de experiencia aportado por su representada y denominado “construcción de
módulo de aulas en finca socorrito, el Roble de Puntarenas” no debió considerarse como
experiencia válida para efectos de cumplir con la experiencia solicitada en el pliego cartelario. Al
respecto afirma que este proyecto siempre ha estado visible en el expediente administrativo (en
la oferta de su representada) y no es un hecho nuevo, que fuese ejecutado en el periodo 2010,
como para que la empresa no lo hubiese notado e indicado en su recurso previo, cuando
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presenta la tabla con ocho proyectos que cumplían con la experiencia solicitada en el pliego
cartelario. Señala además, los proyectos que con posterioridad a la resolución de este
Despacho, podían considerarse por la Junta Administrativa del CTP Purral como experiencia
mínima, no necesariamente debían ser de obras educativas y así quedó plasmado en la
resolución de Contraloría General de la Republica en donde se indicó claramente que el cartel
no establecía escenarios en contrario, y consecuentemente se le validó a la empresa ACUÑA &
HANSON INCA S.A el proyecto Pavimento TSB-3 que no es obra educativa, abriendo el portillo
para validar todos los proyectos que cumplieran con las exigencias de cuantía y área de
construcción mínima establecida en el Cartel. Indica que muestra un extracto de la resolución
R-DCA-0100-2018, en donde quedó permitido para la Junta Administrativa del CTP Purral
considerar como obras validantes de la experiencia, proyectos distintos a los educativos: “este
último proyecto referido a Pavimento TSB-3, de la Municipalidad de Guácimo, no resulta de
recibo, por cuanto el mismo no fue considerado por la Licitante a efectos de acreditar la
experiencia de admisibilidad según cartel. En adición, se permite indicar esta División, que esta
valoración que hizo el Colegio licitante, es decir tomar en cuenta para experiencia de
admisibilidad, algún proyecto que la apelante hubiese referenciado como de posible experiencia
a ponderar o evaluar, no se considera que pueda resultar lesiva, o contraria al pliego, pues no
se observa que este hubiera establecido escenario en contrario y el proyecto valorado para
admisibilidad del Colegio de Aserrí, fue detallado en oferta. Por lo anterior, no se observa que
exista incumplimiento en la oferta apelante, que le reste legitimación o torne inelegible su plica”.
Según los puntos anteriores, la Junta Administrativa del CTP Purral, podría no considerar el
proyecto denominado “Construcción de módulo de aulas en finca socorrito, el Roble de
Puntarenas” a favor de su plica porque fue ejecutado en el 2010, pero quedan a salvo los siete
proyectos restantes visibles en la siguiente lista:----------------------------------------------------------------
Ítem Proyecto Monto (CRC)
Área (m2)
Cumple
1 Correctivo y preventivo de instalaciones eléctricas Escuela Nacional de Policía
58.342.839,08 2971 Cumple por el área del proyecto, pues es superior a los 2133.90 m2 solicitados, además es obra educativa de la Escuela Nacional de Policía.
2 Contratación de Mano de Obra para la remodelación de aulas existentes del Liceo de Aserrí.
53.805.093,63 2687 Cumple por el área del proyecto, pues es superior a los 2133.90 m2 solicitados. Es obra educativa.
3 Construcción de edificación de 5 niveles.
350.000.000,00 1500 Cumple por monto, pues el monto ofertado fue de 277.018.196,05 CRC millones Este edificio está siendo utilizado por el Instituto Parauniversitario Cyber House Internacional
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4 Cambio de Piso, techo, cielo raso y repellos al edifico de la Imprenta Nacional
349.494.786,00 6100 Cumple por el área y por el monto solicitado en cartel.
5 Obras Urbanas I Etapa, UTN
223.755.861,29 2400 Cumple por el área solicitado en cartel (2133.90 m2) y además es obra educativa dela UTN.
6 Construcción de Centro Diurno para la persona adulta mayor de Moravia, Etapa I y II.
487.135.084,73 1189 Cumple por el monto solicito y además es un centro de atención y enseñanza integral dirigido a personas adultas mayores
7 Pabellón de 7 aulas, cubierta para ganado, módulo de Bio-Seguridad
271.120.928,3 1200 Cumple por el monto solicitado y además es la construcción de un centro integral de enseñan universitaria de la UTN.
Concluyendo que su oferta cumple. Criterio de la División: En el presente caso estamos en
presencia de una segunda ronda de apelación en cuanto al procedimiento tramitado por la
Junta Administrativa del CTP Purral, por lo que inicialmente conviene aclarar al actual
adjudicatario que el argumento del apelante en cuanto a la experiencia que se requiere como
requisito de admisibilidad y que le ha sido cuestionado, efectivamente es correcto plantearlo en
este estadio procesal, en vista que el reclamo versa sobre la forma y los proyectos que
consideró la Junta, con posterioridad a la primera resolución emitida con ocasión de este
proceso, y que motivan el nuevo acto de adjudicación. Es así que no lleva razón al señalar que
no son hechos nuevos, pues efectivamente lo son y por ende no se encuentra precluido el
argumento y este momento para recurrir tal aspecto. Ahora bien como segundo aspecto señala
la adjudicataria, que este Despacho en la citada resolución No. R-DCA-100-2018, afirmó que la
experiencia a considerar “no necesariamente debían ser de obras educativas y así quedó
plasmado en la resolución de Contraloría General de la Republica en donde se indicó
claramente que el cartel no establecía escenarios en contrario y consecuentemente se le validó
a la empresa ACUÑA & HANSON INCA S.A el proyecto Pavimento TSB-3 que no es obra
educativa, abriendo el portillo para validar todos los proyectos que cumplieran con las
exigencias de cuantía y área de construcción mínima” posición que no comparte esta División
de Contratación Administrativa ya que el criterio de la citada resolución anterior, fue clara en
señalar lo siguiente: “Efectivamente la apelante Incasa señala en su oferta, dos proyectos para cumplir
con el requisito de admisibilidad y uno de ello resulta ser el denominado “Pavimento TSB-3 Municipalidad
de Guácimo. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 10 de setiembre
de 2014. Tipo de Obra construcción de pavimento tipo TSB-3 en carretera cantonal del estado. Área del
Proyecto: 12480m²”. A su vez, está también aporta otros proyectos para evaluación, (hecho probado No.
1). En virtud de lo anterior se tiene que la Administración, procedió a evaluarle como proyectos de
admisibilidad a Incasa, el del Colegio Vocacional Monseñor Sanabria y el del Colegio Técnico
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Profesional de Aserrí, este último referenciado por Incasa como proyecto a considerar en evaluación. Se
tiene entonces que el argumento en contra de la recurrente para que no se le considere como requisito
de admisibilidad este último proyecto referido a Pavimento TSB-3, de la Municipalidad de Guácimo, no
resulta de recibo, por cuanto el mismo no fue considerado por la Licitante a efectos de acreditar la
experiencia de admisibilidad según cartel. En adición, se permite indicar esta División, que esta
valoración que hizo el Colegio licitante, es decir tomar en cuenta para experiencia de admisibilidad, algún
proyecto que la apelante hubiese referenciado como de posible experiencia a ponderar o evaluar, no se
considera que pueda resultar lesiva, o contraria al pliego, pues no se observa que este hubiera
establecido escenario en contrario y el proyecto valorado para admisibilidad del Colegio de Aserrí, fue
detallado en oferta. Por lo anterior, no se observa que exista incumplimiento en la oferta apelante, que le
reste legitimación o torne inelegible su plica.”. Lo anterior deja ver que esta División, compartió la
tesis de la Administración en cuanto a que no consideró el proyecto de Pavimento TSB-3, de la
Municipalidad de Guácimo, como requisito de admisibilidad y por ende toma para completar el
requisito de admisibilidad en cuanto dos proyectos, el proyecto de módulos de aulas en el CTP
de Aserrí, que citó para cumplir en el apartado del sistema evaluación, siendo que lo que esta
Contraloría consideró como no contrario al cartel –por no prohibirlo expresamente- no es como
lo indica el recurrente, aceptar proyectos que no correspondan a infraestructura educativa sino
más bien, al hecho de aceptar proyectos de esa naturaleza, pero indistintamente si se
presentaron expresamente para cumplir admisibilidad como para evaluación, claro está en el
sentido que los tomados para admisibilidad no podrían evaluarse. Por lo que se encuentra fuera
de contexto el argumento del recurrente, en cuanto a señalar que esta División dejó en
evidencia que no necesariamente debían ser obras educativas las obras a considerar en el
citado requisito de admisibilidad, ya que no se entró a analizar en cuanto al tema de experiencia
similar regulado en el cartel. Ahora bien luego de las aclaraciones dadas, procedemos a
analizar el argumento de la apelante en cuanto al tema de experiencia, como requisito de
admisibilidad. Lo que hace necesario volver a estudiar que estipuló el pliego cartelario, en
cuanto a la experiencia que pide como filtro de admisibilidad. Es así que el cartel, dispuso lo
siguiente; “10. REQUISITO DE ADMISIBLIDAD EXPERIENCIA El oferente debe aportar
documentos que demuestren experiencia en proyectos similares al ofertado y que hayan sido
ejecutados en los últimos cinco años previos al acto de apertura de las ofertas. La experiencia
que deberá acreditar será alguna de la Indicada a continuación: Dos proyectos cuyo monto por
separado sea de al menos un 90% del monto ofertado. Dos proyectos cuya dimensión por
separados sea de al menos el 90% del proyecto ofertado. Nota: El área del proyecto de esta
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contratación es de 2317m2. Los documentos para demostrar experiencia debe cumplir con las
siguientes formalidades: Dirigidos a la Junta, Suscritos por el gerente general, representante de
la empresa que fungió como contratista de la obra en caso de ser persona jurídica o por el
profesional responsable en caso de ser persona física. Fecha de inicio y finalización de la obra.
Monto del proyecto. Contrato suscrito entre las partes debidamente autenticado. Recibido a
satisfacción por parte del propietario debidamente autenticado” (ver folio 18 del expediente
administrativo). Al respecto de tal solicitud, la oferta adjudicataria presenta una declaración
jurada, en la cual refiere a 21 proyectos, (hecho probado No. 2), que bien podrían ser
considerados en admisibilidad, como para posterior evaluación. En la nueva resolución de
adjudicación (hecho probado No. 3) que emite la administración, se evidencia que la Junta
valida dos proyectos a efectos de tener por acreditado el requisito de experiencia para
admisibilidad. Uno de ellos resulta ser el proyecto que en la resolución de la primera ronda de
apelación -R-DCA-100-2018- se dio como legítimo (proyecto UTN) el cual no sería susceptible
de ser cuestionado en esta ronda. Sin embargo, la Administración como segundo proyecto,
consideró el proyecto denominado “Construcción de módulo de aulas en Finca Socorrito, El
Roble de Puntarenas. Construcción 1500m². Monto ¢ 564.202, 233.80. Período 2010”, (hecho
probado No. 2), proyecto que la misma declaración jurada deja ver es del periodo de ejecución
del año 2010, dato que se corrobora en la constancia de obra del mismo proyecto que se
localiza a folio 124 del expediente administrativo que dice el inicio de la obra fue en mayo de
2010 y termina en febrero de 2011, (hecho probado No. 2), lo que evidencia sin mayor
contención, que este proyecto que valida la junta como cumpliente en cuanto a lo estipulado
como requisito admisibilidad, ciertamente no cumple, pues se lleva a cabo en un periodo fuera
del rango de los cinco años que estipuló el cartel (2012), por lo que como se indicó no cumple lo
requerido en el cartel para cumplir con el requisito indispensable de admisibilidad, tesis que la
Administración licitante, y el propio adjudicatario parecen confirmar, pues aceptan que el
proyecto fue ejecutado en el año 2010, lo que lleva a concluir que el acto de adjudicación debe
ser anulado por segunda vez, al haberse considerado como admisibilidad, un proyecto
incumpliente. Ahora bien esta División no puede dejar de lado, que la Administración así como
la adjudicataria al contestar la audiencia inicial han señalado nuevamente, que dentro del
portafolio de proyectos referenciados existen otras obras que cumplen el requerimiento de
admisibilidad, de hecho el consorcio adjudicado aporta dato con 7 proyectos más (hecho
probado No. 3), no obstante ni la Administración ni el adjudicatario han sido claros en
18
establecer en sus respuestas con cuáles otros proyectos el adjudicatario podría cumplir el
requisito de admisibilidad y además, mantener la ventaja evaluativa. Por lo que este Despacho
estima que esa Junta Administrativa, deberá nuevamente llevar a cabo un estudio detallado,
meticuloso y con el mayor de los cuidados, en cuanto a valorar según lo consolidado dentro del
cartel en cuanto a admisibilidad, cuáles de todos esos proyectos cumplen tal estipulación
cartelaria. Es así que reiteramos, que la Administración deberá realizar nueva valoración de
ofertas, considerando para acreditar experiencia de admisibilidad, los proyectos que hayan
referido los oferentes sea para admisibilidad o para evaluación indistintamente, y excluyendo
desde luego aquellos que no cumplen el requisito el cual debe encontrarse referido a la
construcción de infraestructura educativa, por resultar similar al objeto contractual. Todo lo
anterior además de frente a acreditar la conformidad de los proyectos con los requisitos de
experiencia de admisibilidad del cartel, y de ser el caso proceder el licitante a aplicar la
metodología de evaluación conforme en derecho corresponda. b) Sobre la Metodología de
Evaluación. Señala la apelante que ni el Consorcio GSM-Alvarez, ni la Junta de Educación
han demostrado un solo proyecto con que el adjudicatario cumpla para efectos de asignación
de puntaje. Sin embargo, en el informe de adjudicación de la Junta de Educación se le asigna el
puntaje total, (5puntos), mientras que a su representada se le asignaron 0 puntos, siendo que
en dos ocasiones ha demostrado que sus obras cumplen en monto, plazo de validez y objeto
contractual. La Junta de Educación en su informe de adjudicación no indica cuales proyectos le
valoró al adjudicatario y tampoco cuales de los proyectos de su representada fueron
supuestamente rechazados. Lo anterior les deja en un estado de completa indefensión, debido
a la subjetividad con que se maneja ese parámetro de evaluación de ofertas. Afirma que en su
oferta señala estos proyectos para evaluación; Módulo de Turismo Colegio Técnico Profesional
de Puerto Jiménez. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción:
16 de mayo de 2017. Tipo de Obra módulo de turismo en centro educativo público. Área del
Proyecto: 750m², Módulo de Prevocacional Colegio Técnico Profesional de Piedades Sur.
Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 14 de octubre de
2015. Tipo de Obra módulo de aulas en centro educativo público. Área del Proyecto: 581m²,
Centro de capacitación y de Conferencias Intermunicipal de la Federación Caproba. Nombre del
Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 10 de diciembre de 2015. Tipo de
Obra: Auditoria para conferencias públicas. Área del Proyecto: 561m², Módulo de Aulas Colegio
Técnico Profesional de Aserrí. Nombre del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de
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Inscripción: 14 de marzo de 2016. Tipo de Obra módulo de aulas en centro educativo público.
Área del Proyecto: 1069m²., Edificio de aulas Colegio Vocacional Monseñor Sanabria. Nombre
del Profesional: Allan Mauricio Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 03 de noviembre de 2014.
Tipo de Obra módulo de aulas en centro educativo público. Área del Proyecto: 2044m², Módulo
de Turismo Colegio Técnico Profesional de Santa Elena. Nombre del Profesional: Allan Mauricio
Acuña Solís. Fecha de Inscripción: 15 de abril de 2015. Tipo de Obra módulo de turismo en
centro educativo público. Área del Proyecto: 538 m², sin embargo al actual adjudicado se le
asigna un 5% y a su oferta 0%, sin ninguna indicación de qué proyectos se le valoraron a uno u
otro y bajo qué parámetros. Lo que sí es claro, es que la diferencia porcentual con respecto a la
primera evaluación aumentó en 5% a favor del Consorcio adjudicado. La Administración,
añade que en el caso de la empresa apelante únicamente uno de sus proyectos se ajustó a lo
solicitado por la Junta. Lo que de acuerdo a la tabla de calificación no le permitió obtener ni un
punto adicional. De la evaluación realizada no se configuran razones para determinar la
inadmisibilidad de los oferentes, de ahí que las 3 ofertas conforman el cuadro de evaluación. La
adjudicataria no solo es admisible, sino que aporto proyectos adicionales que le permitió ser
acreedora del 5% estipulado. Dice que uno de los proyectos valorados excede el plazo de 5
años, pero no encuentra la Junta fundamento legal para anular la oferta del consorcio, más bien
si anulara nuevamente la adjudicación y se corriera nuevamente la evaluación, el consorcio
seguiría obteniendo el mayor puntaje ya que como se indica en el cuadro de evaluación, de los
7 proyectos considerados para los 5 puntos uno se suma en el requisito de admisibilidad
dejando 6 proyectos para los 5 adicionales. La adjudicataria, indica que se aportaron múltiples
proyectos (en total siete) que cumplen a cabalidad con las solicitudes cartelarias en la sección
11 de admisibilidad. De esta forma, aun excluyendo el proyecto ejecutado, su representada
cumple igual y cabalmente. Con respecto al 5% adicional en la evaluación de las ofertas, la
apelación resulta inexplicable, pues el cartel indicaba que ese reconocimiento porcentual se
realizaría si la empresa poseía sus proyectos inscritos en el Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA) y si eran similares al objeto de la contratación;
condición que para los proyectos presentados por la apelante no se cumple. Indica que los
proyectos aportados por su representada similares al objeto de la contratación fueron
tramitados ante el CFIA, por tal razón el 5%, asignado. Criterio de la División: Efectivamente
en la resolución de adjudicación, la administración licitante otorga la puntuación del 5% del
factor experiencia al actual consorcio adjudicado y la plica recurrente obtiene 0 puntos (hecho
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probado No. 4). Ante ello tenemos que el cartel en cuanto al sistema de evaluación estableció lo
siguiente: precio 80%, tiempo de entrega 15% y experiencia 5%, regulando: “EXPERIENCIA
DEL OFERENTE. Para la asignación de puntos el OFERENTE deberá aportar una certificación
del CFIA, para cada proyecto a evaluar o carta original en donde se brindó el servicio similar al
ofertado, que indique: el nombre del propietario, deberá estar firmado por el propietario o
presidente de la Junta, fecha de inicio y conclusión debe incluir mes y año. Además deberá
indicar si el trabajo fue recibido a satisfacción en tiempo y forma según los alcances de la
contratación. Indicar número de teléfono y persona encargada de recibir el trabajo. En caso de
no contener la información solicitada se descontarán 0.5 puntos por ítem faltante en cada carta.
Considerar la siguiente tabla: Más de 5 servicios: 5 puntos, Entre 4 y 5 servicios; 4 puntos, Igual
3 servicios; 3 puntos, Igual a 2 servicios; 2 puntos, Igual a un servicio; 0 puntos”, (ver folio 04
verso del expediente administrativo). Ante ello resulta preciso señalar, que derivado de lo
resuelto en el punto anterior y del mandato que deberá cumplir esa Junta para ese punto, luego
de la verificación de la condición de admisibilidad, deberá entonces esta proceder a aplicar la
metodología de evaluación del cartel a las ofertas elegibles, visto que no ha existido
nuevamente claridad por parte de esa Junta, en punto a las razones que justifican el por qué no
le fueron considerados los proyectos presentados al apelante. Conforme a lo anterior, llama la
atención de este Despacho que a la plica apelante Incasa, efectivamente la Administración le
asignó 0 puntos en cuanto al factor de experiencia (hecho probado No. 4), ello tomando en
consideración que en su oferta, así como con el recurso de apelación, esta oferta refiere de
forma detallada efectivamente a seis proyectos y su respectiva documentación probatoria; como
certificaciones del CFIA (hecho probado No. 1), proyectos que de igual forma, a como se hizo
con el actual adjudicatario, se deben evaluar y verificar si cumplen o no de conformidad con el
aparte de evaluación descrito, considerando que la plica de INCASA, se mantiene elegible y
procede ser evaluada, siendo entonces que corresponde a la Junta Administrativa en
coordinación con el profesional asignado para el efecto, lo siguiente; verificar si la plica del
consorcio GSM-Álvarez, cumple el requisito de admisibilidad, de ser así proceder con la
metodología de evaluación. Además teniendo presente que la oferta de la apelante se
encuentra elegible debe proceder en igualdad de condiciones, sea correr la metodología de
evaluación, basados en sus proyectos, con el fin de tener por justificado cuál de las plicas
resulta adjudicatario, al tener la mayor puntuación. Todo lo cual deberá constar debidamente
acreditado en el expediente administrativo. Siendo así las cosas procede declarar parcialmente
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con lugar el recurso, a efecto que esa Administración procede conforme ha sido indicado. En
virtud del artículo 191 del RLCA, se omite referirse al resto de aspectos señalados por la
empresa recurrente en el tanto que no son de interés para efectos de lo que será resuelto en la
parte dispositiva de la presente resolución -----------------------------------------------------------------------
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 182, 183 y 184 de la
Constitución Política; 85 y 86 de la Ley de Contratación Administrativa, 182, 187, 190 y 191 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se resuelve: 1) Declarar parcialmente
con lugar el recurso de apelación interpuesto por la empresa Acuña & Hanson Inca S.A, en
contra del acto de adjudicación dictado en la Contratación Directa No. CTPP-003-2017,
promovida por la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Purral, para
“Adquisición de servicios de mano de obra general para la ampliación del CTP Purral”, recaído a
favor del consorcio GSM-Álvarez, por el monto total de ¢ 277.018.000.00, (doscientos setenta
y siete millones dieciocho mil colones exactos), acto que se anula. 2) De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa, se da por agotada la vía
administrativa. NOTIFÍQUESE. --------------------------------------------------------------------------------------
Allan Ugalde Rojas Gerente de División
Edgar Herrera Loaiza Marlene Chinchilla Carmiol Gerente Asociado Gerente Asociada
Estudio y Redacción: Adriana Artavia Guzmán AAG/svc NN: 06523(DCA-1692-2018) Ci: Archivo central NI: G: