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quién

qué

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols, Secretaria General del CRL

quién

Francesc Xavier Mena López, Consejero de Empresa y Empleo

F. Xavier Mena, Presidente del CRL El Consejo de Relaciones Laborales cumple uno de los principios rectores del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que declara que la Generalitat tiene que promover la creación de un espacio catalán de relaciones laborales establecido en función de la realidad productiva y empresarial específica de Cataluña y de sus agentes sociales.

En el Consejo de Relaciones Laborales tienen que estar representadas las organizaciones sindicales y empresariales y la Administración de la Generalitat, y tiene que fomentar una práctica propia de diálogo social, concertación, negociación colectiva, resolución extrajudicial de conflictos laborales y participación en el desarrollo y la mejora del entramado productivo. Aprovecho estas líneas para presentarle el Consejo de Relaciones Laborales, así como su contribución al fortalecimiento de los mecanismos de cooperación entre la Administración Pública y los agentes sociales con la finalidad de afrontar los cambios que el mercado de trabajo y la sociedad en general viven en la actualidad.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL Una sociedad que dialoga es una sociedad capaz de explicitar su opinión, de expresar sus desacuerdos y de discutir las soluciones. Una sociedad que dialoga es, en definitiva, una sociedad capaz de crear vínculos afectivos y de confianza a través de la palabra y, por lo tanto, capaz de superar la discrepancia y comprender sus razones. El diálogo, por lo tanto, es una muestra clara de madurez y, por lo tanto, un ingrediente necesario para cualquier sistema social que desee prosperar y crecer. La Constitución española de 1978 asentó con contundencia las bases del diálogo social, reconociendo el papel de las organizaciones empresariales y sindicales como promotores y garantes de los intereses de empresas y trabajadores y reconociendo al máximo nivel la negociación colectiva, con la intención inequívoca de convertirla en eje vertebrador en la regulación del mercado de trabajo. Lo hacía en un contexto político que reclamaba dar sentido y realidad al Estado social y que aspiraba a acercarse a Europa y, en definitiva, transitar por el camino de la pluralidad y la cohesión social. Unas cuantas décadas después, constatamos que, a pesar de los avances conseguidos, todavía tenemos que seguir profundizando en la cultura del diálogo social.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL La crisis económica, política y social que estamos sufriendo exigen, para poder hacerle frente y superarla con éxito; por una parte, una tarea de autocrítica y de internalización de responsabilidades y, por otra, el despliegue de vías sólidas de comunicación entre Gobierno y agentes económicos y sociales, para poder impulsar un cambio de estructuras sociales y de culturas organizativas, necesarios para situarnos en el nuevo escenario económico y social derivado de la globalización económica. Cataluña, como sociedad abierta e innovadora, tiene que desempeñar, también en el ámbito de las relaciones laborales, los sistemas de organización productiva y los modelos de gestión de personas, un papel tractor dentro del conjunto del Estado español. Es incuestionable que, para que este proceso prospere con éxito, es necesario un liderazgo fuerte del Gobierno y la construcción conjunta de nuevos paradigmas y referentes en el seno del sistema de relaciones laborales. Más hacia allá de posibles reformas legales que podrían actualizar el marco de relaciones laborales, está claro que el avance no depende ni está condicionado a estas reformas, sino exclusivamente a los cambios y movimientos de aproximación de todos los implicados y a la confirmación de una idea compartida: el fortalecimiento y la modernización del diálogo social es uno de los valores nucleares del marco económico y social europeo y, debidamente canalizado, un claro factor para su competitividad.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

José Cachinero Triviño Secretario CC.OO. Cataluña

José Cachinero, CCOO Para CC.OO. de Cataluña, es un objetivo central consolidar marcos de diálogo y de concertación social. En este sentido, la apuesta por un marco catalán de relaciones laborales es una cuestión prioritaria y estratégica. Como parte de esta estrategia aprovechamos la reforma del Estatuto de Cataluña para impulsar el reconocimiento del marco catalán de relaciones laborales. Por primera vez se consigue el reconocimiento legal del papel primordial que tienen que ejercer las organizaciones sindicales y empresariales en el terreno institucional, así como el de colaboración con los poderes públicos en lo que llamamos concertación social. En este escenario, el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña debe ocupar un papel de referencia en el ámbito de la concertación social, al servicio del diálogo social y de la negociación colectiva. Por eso, es imprescindible que se aborden las iniciativas legales necesarias para dotar al Consejo de más capacidad de actuación, impulsando su descentralización en el conjunto del territorio, abriendo nuevos espacios de intervención y, sobre todo, dotándolo de más autonomía para el cumplimiento de sus funciones. En definitiva, un Consejo que sea un instrumento útil para la modernización de nuestras empresas, para la mejora de la competitividad de nuestro país y, sobre todo, para la mejora de las condiciones de vida de las trabajadoras y los trabajadores catalanes, dentro de la empresa y fuera de ella.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Camil Ros i Duran Secretario de Política Sindical UGT Cataluña Camil Ros, UGT

Camil Ros, UGT Los acuerdos que durante todos estos años hemos alcanzado sindicatos, patronal y Gobierno han garantizado mejoras sociales y económicas no solo para los trabajadores, sino para el conjunto de la sociedad en general. La negociación colectiva y el diálogo entre los agentes sociales nos permite continuar mejorando y defendiendo un modelo de relaciones laborales propio basado en derechos sociales, justicia social, eficiencia y progreso económico. La UGT de Cataluña apuesta por el marco catalán de relaciones laborales como único escenario del diálogo social en Cataluña y cree, y está precisamente en este espacio donde tiene cabida y razón de ser el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, que aunque necesita personalidad jurídica propia, es el mecanismo de participación y diálogo esencial en el que los agentes sociales nos encontramos para dar respuesta a los problemas actuales y para mejorar el mercado de trabajo catalán y la concertación social, entre otros. La racionalización y actualización de los ámbitos de la negociación colectiva, la coordinación, la creación de nuevos ámbitos sectoriales más amplios y, en definitiva, todas aquellas deficiencias, imperfecciones y retos que todavía ahora tiene nuestro mercado de trabajo, hay que afrontarlas en el seno del Consejo de Relaciones Laborales, porque es el lugar idóneo para la participación y la obtención de resultados.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Javier Ibars Álvaro Director Departamento de Relaciones Laborales y Asuntos Sociales Fomento del Trabajo Nacional

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional El diálogo y la concertación social son los ejes vertebradores de la modernización de unas relaciones laborales basadas en el consenso y la participación de sus protagonistas, es decir, organizaciones empresariales y sindicales. A lo largo de las últimas décadas disponemos de numerosos ejemplos de acuerdos de carácter bilateral, firmados entre los agentes sociales o negociados entre los agentes sociales y el Gobierno, que han comportado mejoras en nuestras relaciones laborales sobre la base del consenso. Todas las partes hemos coincidido en considerar que el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña tiene que erigirse en el órgano de representación institucional de Cataluña en el ámbito laboral, y ello tiene que comportar dotarlo de personalidad jurídica propia para disponer de una mayor capacidad de actuación y autonomía. Mediante las distintas comisiones que componen el Consejo y que integran los principales contenidos en el ámbito laboral tenemos el compromiso de modernizar nuestras relaciones laborales y de resolver los problemas que nos plantean las empresas y los trabajadores, y de mejorar nuestro modelo socioeconómico. Se trata de un compromiso ineludible que deberá generar una mejora de la productividad y de la competitividad de nuestro tejido productivo.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Jana Callís Vilagut Responsable del Departamento de Relaciones Laborales de PIMEC

Jana Callís, PIMEC El diálogo social es un derecho y un deber que tienen los agentes sociales oficialmente reconocidos como más representativos de Cataluña. Concretamente, se trata de un compromiso que asumen las partes para intentar llegar a acuerdos sobre aquellas cuestiones que han de definir nuestro marco de relaciones laborales, más allá de lo que marcan las leyes y las normativas. En el diálogo social, se tratan materias tan importantes como la negociación de convenios colectivos, la formación, la igualdad, la conciliación de la vida personal y laboral o la salud laboral, entre otros. Los acuerdos derivados del diálogo social tienen una fuerza especial porque cuentan con el consenso tanto de las organizaciones empresariales como de las organizaciones sindicales más representativas, y porque han sido fruto de un proceso de negociación, que ha tenido en cuenta los intereses tanto de las empresas como de los trabajadores. A través del Consejo de Relaciones Laborales, los agentes sociales más representativos encuentran un marco de concertación social, ya que se añade al diálogo social el propio Gobierno, y se trabaja en equipo entre los tres actores implicados -sindicatos, patronal y Gobierno-, de modo que se consigue un espacio permanente de participación, desde el que se promueven iniciativas conjuntas y se llevan a cabo acciones para mejorar nuestro marco de relaciones laborales, y se traslada a la sociedad el conocimiento en materia laboral mediante estudios, publicaciones y jornadas. Desde PIMEC, en nuestra calidad de miembro del Consejo de Relaciones Laborales, esperamos poder seguir trabajando en la defensa de los intereses de las pymes, y desarrollar acciones y medidas que cuenten con el apoyo del resto de agentes sociales y del Gobierno, para mejorar la competitividad del tejido productivo catalán.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Mª Àngels Pujols Muntada Secretaria General del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña Departamento de Empresa y Empleo Generalitat de Catalunya

Mª Àngels Pujols, secretaria general del CRL Con el inicio de la nueva legislatura, el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña emprende una nueva etapa donde el difícil contexto económico exige, más que nunca, avanzar conjuntamente con el fin de favorecer la adaptación de nuestro sistema de relaciones laborales a las necesidades de los trabajadores y de las empresas. El esfuerzo y la ilusión del equipo de profesionales del Consejo, junto con la adopción de una nueva organización interna y una metodología de trabajo que optimiza recursos humanos y materiales, hacen posible la existencia de este espacio de diálogo y participación permanente entre el Gobierno y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Cataluña, que determina el progreso del Consejo de Relaciones Laborales. Aprovecho estas líneas para transmitirles mi compromiso personal y profesional en la gestión del organismo de modo que contribuya a la consolidación del marco de relaciones laborales que Cataluña necesita. Espero que este documento le ayude a conocer mejor el Consejo de Relaciones Laborales y todos los servicios que tenemos a su disposición.

F. Xavier Mena, Presidente del CRL

Esther Sánchez, Vicepresidenta del CRL

José Cachinero, CCOO

Camil Ros, UGT

Javier Ibars, Fomento del Trabajo Nacional

Jana Callís, PIMEC

Mª Àngels Pujols Muntada

Marco jurídico

Objetivos

Temática

qué

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Marco jurídico

Marco jurídico

El Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña es un órgano tripartito y paritario adscrito al Departamento de Empresa y Empleo e integrado por el Gobierno de la Generalitat y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT y empresariales más representativas de Cataluña, Fomento del Trabajo Nacional y PIMEC, como foro estable de diálogo social y de participación institucional en materia de relaciones laborales.

El artículo 170 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (en adelante, el EAC) otorga a la Generalitat la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales.

El artículo 45.4 EAC determina que la Generalitat debe promover la creación de un espacio catalán de relaciones laborales, en el cual deben estar representadas las organizaciones sindicales y empresariales y la Administración de la Generalitat.

El artículo 4.2 EAC encomienda a la Generalitat que facilite la participación de todas las personas en la vida política, económica, cultural y social. Para cumplir estos principios previstos en el Estatuto de Autonomía, el Parlamento de Cataluña, ejerciendo su competencia, aprobó el 30 de mayo del 2007 la Ley 1/2007, de 5 de junio, del Consejo de Relaciones Laborales. Con la creación de esta Ley se logra el objetivo de crear un espacio catalán de relaciones laborales fijado en el Acuerdo estratégico para la internacionalización, la calidad del empleo y la competitividad de la economía catalana, firmado el 16 de febrero del 2005. Más adelante, el Gobierno de la Generalitat de Catalunya aprobó el Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del Consejo de Relaciones Laborales, que ha permitido el pleno despliegue de su actividad. Este Decreto desarrolla los aspectos procedimentales básicos de funcionamiento interno del Consejo de Relaciones Laborales y articula la Comisión de Convenios Colectivos como órgano especializado.

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Objetivos

Objetivos

De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 1/2007, de 5 de junio, el Consejo de Relaciones Laborales tiene las funciones siguientes: 1. Impulsar el diálogo entre las organizaciones sindicales y empresariales y entre estas y la Administración de la Generalitat en materia de relaciones laborales, especialmente en lo que se refiere a la mejora y la racionalización de la negociación colectiva, la contratación laboral, la contratación y la subcontratación de obras y servicios, la igualdad y la no discriminación, la seguridad y la salud laboral, y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la racionalización de las instancias de diálogo social existentes, para hacer efectivo el espacio catalán de relaciones laborales. 2. Garantizar y hacer efectiva la participación institucional en el control y el seguimiento de las materias de relaciones laborales. 3. Conocer las líneas estratégicas de actuación en materia de relaciones laborales que el Departamento competente en esta materia debe presentarle anualmente y formular propuestas de actuación en materia de relaciones laborales para promover acuerdos entre las partes.

4. Ser consultado sobre los programas de actuación inspectora en Cataluña y recibir información sobre el seguimiento de dichos programas. 5. Fomentar y mejorar los distintos elementos que intervienen en la negociación colectiva en Cataluña, con el objetivo de impulsarla, orientarla y atender situaciones y circunstancias generales o particulares que puedan requerir atención y solución. Esta función incluye varias actuaciones que deben ser aglutinadas y llevadas a cabo por la Comisión de Convenios Colectivos, como órgano especializado del Consejo. Las dos finalidades básicas del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña recogidas en esta Ley son: en primer lugar, dar cobertura con carácter estable a la participación institucional de los agentes sociales y, en segundo lugar, fomentar y facilitar la cooperación y el diálogo permanentes entre las organizaciones sindicales y empresariales entre sí para propiciar acuerdos y fomentar la mejora de la negociación colectiva, y entre estas organizaciones y la Administración de Cataluña, para modernizar el sistema de relaciones laborales de Cataluña.

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Temática

Temática

El Consejo de Relaciones Laborales trabaja en varias temáticas mediante distintas comisiones y grupos de trabajo:

El 31 de diciembre de 2011, entró en vigor la Ley 11/2011, 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, la cual crea la Comisión de Responsabilidad Social y permite convertir el Grupo de Trabajo en comisión permanente. También crea la Comisión del Observatorio del Trabajo.

Marco jurídico

Objetivos

Temática

Comisión de Convenios Colectivos

Comisión de Seguridad i Salut Laboral

Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

Comisión de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Grupo de Trabajo Responsabilidad Social de las Empresas

Grupo de Trabajo sobre el Acuerdo de medidas para el Empleo Juvenil

Secretaría General del Consejo de Relaciones Laborales

cómo

Pleno

Mesa de Coordinación

Convenios colectivos

Contratación laboral

Igualdad y tiempo de trabajo

Inspección y seguridad social

Responsabilidad social

Empleo para jóvenes

Secretaría General del CRL

Pleno Naturaleza y funciones Composición Actividad

El Pleno El Pleno ejerce la alta dirección de la gestión y el control de las funciones del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña. Se reúne en sesión ordinaria, como mínimo, una vez cada tres meses, sin perjuicio que se puedan celebrar sesiones extraordinarias, es presidido por el consejero de Empresa y Empleo y asisten los representantes de las organizaciones sindicales y patronales más importantes de Cataluña. Pero, fundamentalmente, el Pleno reviste una gran importancia por las funciones que tiene asignadas. El CRL cuenta con 24 miembros: ocho miembros en representación de la Generalitat, ocho miembros en representación de las organizaciones sindicales y ocho miembros de las organizaciones empresariales, los cuales se reparten en las comisiones, grupos de trabajo (GT) y comisiones técnicas (CT):

Comisiones

Ple

Grupos de

trabajo

Mesa de

Coordinación Comisiones técnicas

Naturaleza y funciones

El Pleno El Pleno del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña está integrado por el presidente y 24 miembros, distribuidos de la siguiente manera: Presidente: Francesc Xavier Mena López, Consejero de Empresa y Empleo Vicepresidenta: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Secretaria general: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: José Cachinero Triviño, M.ª Dolores Fernández Carou, Juan Manuel Tapia y María Marín Franconetti Por UGT: Adela Carrió Ibáñez, Raquel Gil Eiroá, Dionís Oña, Martín y Camil Ros Durán En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Benet Armengol Obradors, Rosario Cabrera Jiménez, Jordi de Puig Roca, Javier Ibars Álvaro, Marisol Morales de Cano y César Sánchez Hernández Por PIMEC: Mª Àngels Agulló Taltavull y Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya: Mª Luz Bataller Cifuentes, Ramon Bonastre Bertran, Enric Colet i Petit, Xavier López Garcia, Josep Ramon Morera Balada, Jesús Quiroga Martínez y Joan Sureda Martínez Así mismo, por cada uno de los miembros mencionados anteriormente, se nombra un suplente: En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: Noël Climent Jurado, José Manuel Cuenca Moreno, Luisa Montes Pérez y Tània Pérez Díaz Por UGT: Noelia Marín García, Joan Samsó Piedrabuena y Verónica Santoro Lamelas En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Àngel Buxó Lozano, Maria Mora Radó, Carmen Mur Gómez, Josep M.ª Orduña Ponti, Clotilde Tesón Ruiz y Salvador Tudela Edo Por PIMEC: Marisa González Silva En representación de la Generalitat de Catalunya: Jaume Abat Dinarés y Àngels Cuadrada Basquens, Jaume de Montserrat Nonó, Josep Lluís de Peray Baigés, Josep Moragas Freixa, Ariadna Rectoret y Jordi Raquel Saco Coya

Composición

El Pleno

AÑOS 2008/2010 Durante el período 2008-2010, el Pleno tuvo un papel muy relevante y aprobó las normas de funcionamiento interno del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, de acuerdo con lo que establece su Ley y las disposiciones normativas que la despliegan.

Asimismo, para hacer posible el cumplimiento de la actividad que se lleva a cabo en el marco de las comisiones y los grupos de trabajo existentes, el Pleno aprobó durante dicho período los planes de trabajo anuales del Consejo y sus correspondientes anteproyectos de presupuesto. En este sentido, el Pleno formuló las propuestas de actuación en el ámbito de las relaciones laborales que incorporan los planes de trabajo mencionados anteriormente y que siguen las líneas estratégicas de actuación presentadas anualmente por el Departamento de Empresa y Empleo. Finalmente, el Pleno tiene la legitimidad de crear sobre materias laborales específicas y disolver los grupos de trabajo temporales sobre materias laborales específicas, para lo que se requiere el acuerdo de los grupos que lo integran en una votación realizada a tal efecto. Concretamente, durante el año 2010 se creó el Grupo de Trabajo de Seguimiento de la Estrategia Catalana de Seguridad y Salud Laboral 2009-2012.

Actividad

El Pleno

AÑO 2011 Durante el año 2011, el Pleno ha aprobado el Plan de trabajo anual del Consejo, pero también ya ha empezado a trabajar en la aprobación de los objetivos que marcarán la hoja de ruta del próximo año. Por otra parte, el Pleno ha prorrogado durante el año 2011 la continuidad de dos de sus grupos de trabajo específicos, uno sobre responsabilidad social y el otro sobre el Acuerdo de medidas para el empleo juvenil. Asimismo, en el marco del Pleno, se ha aprobado la carta en la que las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y el Gobierno de la Generalitat de Catalunya toman posición respecto al papel del Consejo de Relaciones Laborales. Finalmente, hay que destacar el tratamiento en el Pleno de la introducción de propuesta, aprobada por la Mesa de Coordinación, de modificación del articulado de la Ley 1/2007, de 5 de junio, del Consejo de Relaciones Laborales, vía Ley Ómnibus, que finalmente se ha dividido en tres:

Proyecto de ley de simplificación y mejora de la regulación

Anteproyecto de ley de agilidad y reestructuración administrativa

Anteproyecto de ley de promoción de la actividad económica El 31 de diciembre de 2011 entró en vigor la Ley 11/2011, 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, la cual crea la Comisión de Responsabilidad Social y permite convertir el Grupo de Trabajo en comisión permanente. También crea la Comisión del Observatorio del Trabajo. Agiliza el funcionamiento del Consejo de Relaciones Laborales con la posibilidad de que las personas integrantes de las distintas comisiones no deben ser necesariamente miembros del Pleno, sino personas designadas por las distintas organizaciones en proporción al número de personas del Pleno. En la sesión del Pleno del Consejo de Relaciones Laborales del 10 de noviembre se debatió el tema de la descentralización territorial del Pleno y se acordó, en una primera fase, llevar a cabo una sesión de información del Consejo en las sedes de los servicios territoriales del Departamento el mes de diciembre y, en una segunda fase, a partir del 2012, desplegarlo con la realización de dos sesiones anuales de trabajo en cada demarcación, con la consiguiente constitución de grupos de trabajo integrados por las organizaciones empresariales y sindicales territoriales.

Actividad

Pleno Otro de los temas acordados fue la creación de un grupo de trabajo para tratar el tema de la propuesta articulada de ley de participación institucional. Nota de prensa.

Actividad

Actividad

Naturaleza y funciones Composición Actividad

coordinación

Mesa de Coordinación

El Pleno del Consejo, reunido con fecha de 28 de enero del 2008, acordó por unanimidad la creación de la Mesa de Coordinación, integrada por una persona miembro del Consejo representante de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales presentes en el Consejo.

La Mesa de Coordinación es el órgano ejecutivo del Consejo y tiene por misión fundamental coordinar todos los esfuerzos de diálogo social de todas las comisiones del CRL con el fin de establecer vasos comunicantes y una visión transversal en todos los ámbitos primordiales de actuación. Aparte de esta función coordinadora, también fija el orden del día de los plenos, establece el contenido y el ritmo de los trabajos de las comisiones y los grupos de trabajo y hace su seguimiento.

Naturaleza y funciones

Mesa de Coordinación

La Mesa de Coordinación del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña está integrada por la Vicepresidenta del Consejo, que puede delegar en el director general de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, y por cuatro miembros, uno por organización presente en el Consejo.

Están distribuidos del siguiente modo: Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Ramón Bonastre Bertrán, Director General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: José Cachinero Triviño Por UGT: Camil Ros Durán En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Javier Ibars Álvaro Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

Composición

Mesa de Coordinación

AÑOS 2008/2010 Durante este período, la Mesa de Coordinación colaboró estrechamente con el Vicepresidente del Consejo en la dirección de la Mesa y la programación de los puntos del orden del día de las sesiones previstas por el Pleno. Asimismo, la Mesa de Coordinación hizo el seguimiento y la coordinación de las actuaciones de los distintos órganos (comisiones, grupos de trabajos y comisiones técnicas) del Consejo de Relaciones Laborales durante estos años.

AÑO 2011

Durante el año 2011, la Mesa de Coordinación se ha reafirmado en el impulso de la misión básica del Consejo de diálogo social y concertación y en su configuración como órgano primordial en el diseño del marco catalán de relaciones laborales; en este sentido, ha elaborado una carta en la que muestra su posición, la cual ha sido aprobada por el Pleno del Consejo. Esta promoción de la misión fundamental del Consejo ha implicado consolidar las bases para el fortalecimiento paralelo del organismo y dotarlo con los instrumentos necesarios para que pueda ejercer plenamente sus funciones.

Actividad

Mesa de Coordinación

De este modo, la Mesa ha debatido y aprobado la propuesta de modificación de la Ley del Consejo, vía Ley Ómnibus, en el sentido que el Observatorio del Trabajo y el Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social se conviertan en comisiones permanentes. Además, no se requerirá que las personas que asisten a las reuniones de las comisiones sean miembros del Consejo, sino que pueden ser designadas por las organizaciones más representativas de Cataluña, lo que garantiza la agilidad y el conocimiento específico necesario en la operativa de las comisiones. De acuerdo con el objetivo estratégico del Plan de trabajo 2011 de dar a conocer la actividad y los servicios del Consejo e impulsar distintos espacios comunes de encuentro y reflexión, la Mesa de Coordinación aprobó el Plan de comunicación y difusión del Consejo. La concreción de alguna de estas actuaciones incluidas en el Plan ha sido la actualización de su página web, http://crl.gencat.cat , y la realización de cinco jornadas de presentación del Consejo en el territorio (Barcelona, Girona, Tarragona, Lleida y Terres

de l’Ebre), con la colaboración de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo, de los representantes de los centros de seguridad y salud laboral y de la Inspección de Trabajo. Asistieron los agentes sociales más representativos del territorio y las entidades y los organismos vinculados al mundo de las relaciones laborales. Destaca el trabajo que se está realizando en el marco de esta Mesa de Coordinación en la elaboración de un plan de acción en materia de procesos de reestructuración. El objetivo estratégico de este plan es coordinar los servicios ofrecidos por el Departamento de Empresa y Empleo con la participación de los agentes sociales más representativos, a fin de que, dentro de su ámbito de competencias, se mejore la estabilidad económica y productiva de las empresas establecidas en Cataluña y se evite o se reduzca la destrucción de empleo derivada de los procesos de reestructuración y cierre de carácter colectivo. Uno de los últimos temas planteados en la Mesa de Coordinación ha sido la propuesta articulada de ley de participación institucional que se ha llevado al Pleno, donde se ha acordado la creación de un grupo de trabajo para tratar el tema.

Actividad

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Convenios y negociación colectiva

Comisión de Convenios Colectivos

La Comisión de Convenios Colectivos es el único órgano especializado del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña que tiene como misión impulsar, orientar y mejorar la estructura y los contenidos de la negociación colectiva en Cataluña.

La Comisión tiene como funciones distintivas:

valorar y, si procede, tomar una posición ante iniciativas legales y políticas relacionadas con la negociación colectiva;

analizar la realidad negociadora

fomentar el conocimiento y el debate social sobre la negociación colectiva y

realizar tareas de asesoramiento y recomendación sobre convenios colectivos aplicables, sobre la racionalización de la estructura negociadora y la mejora de los contenidos negociados.

Naturaleza y funciones

Comisión de Convenios Colectivos

De conformidad con el artículo 12 de la Ley 1/2007, de 5 de junio, del Consejo de Relaciones Laborales y sección cuarta, artículos 14-17 del Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del CRL, se crea la Comisión de Convenios Colectivos, compuesta por doce miembros (artículo 15, Decreto 29/2008).

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: José Cachinero Triviño, Juan Manuel Tapia Rubio

Por UGT: Camil Ros Duran, Joan Samsó Piedrabuena

En representación de las organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Yésika Aguilar Granados, Jordi de Puig Roca, Javier Ibars Álvaro

Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Jaume Abat Dinarès, Ramón Bonastre Bertrán,

Àngels Cuadrada Basquens

Composición

Comisión de Convenios Colectivos

Las actividades de la Comisión se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo. Durante todo este tiempo, se plantea y valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan todos los miembros de la Comisión. Hay previstas cuatro reuniones al año.

La Comisión puede crear espacios de trabajo para el cumplimiento de sus actividades. Actualmente existen tres: la Comisión Técnica de Negociación Colectiva (creada en el 2008), el Grupo Técnico del Mapa de la Negociación Colectiva en Cataluña (2011) y el Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva (2011).

AÑOS 2008/2010

A grandes rasgos, el período 2008-2010 fue una etapa fructífera para responder a demandas inmediatas de la realidad negociadora y establecer las bases de funcionamiento de la Comisión. En este último sentido, la Comisión de Convenios Colectivos ha sido testigo de iniciativas y de nuevas metodologías conseguidas iniciadas por los miembros de la Comisión para hacer posible la voluntad de diálogo social.

De este modo, la Comisión conoció el traslado de debates realizados en otros ámbitos y marcos, el depósito y la circulación de documentación de los distintos agentes y de resúmenes ejecutivos realizados para facilitar su conocimiento, y la participación de distintos órganos de la Administración y de los agentes sociales. La Comisión se reunió por primera vez el 4 de febrero del 2008. Desde entonces, ha llevado a cabo distintas actividades.

El órgano fue informado de las reuniones entre la Generalitat de Catalunya y el Ministerio de Trabajo e Inmigración para definir el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo e hizo una valoración.

Actividad

Comisión de Convenios Colectivos

La Comisión ha velado por el respeto a las competencias que son titularidad de la Generalitat, para mejorar la tramitación administrativa de los convenios colectivos, para facilitar las tareas de análisis estadístico de los convenios colectivos y, asimismo, para hacer todavía más interesante el servicio del Buscador de Convenios Colectivos

del Consejo, en el que se encuentran todos los convenios que tienen aplicación en centros de trabajo ubicados en Cataluña, su naturaleza por ubicación sectorial del ámbito de negociación y la identificación de cláusulas reguladas concretas. Muchos de estos convenios están o se han traducido al castellano.

La Comisión valoró la Orden que se refiere a la introducción del código de convenio colectivo en las hojas de afiliación a la Seguridad Social y tomó posición sobre ello. Las organizaciones empresariales integrantes de la Comisión acordaron dar instrucciones a sus empresas sobre la conveniencia de comunicar el código de convenio aplicable en los documentos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La Comisión valoró la codificación de las actas en las elecciones sindicales a partir de la nueva codificación de las clasificaciones de actividades económicas (CCAE 2009) y tomó posición sobre ello.

En este sentido, dada la información disponible en su momento sobre la conversión de códigos en la nueva nomenclatura, la Comisión acordó manifestar que no cambiarán los criterios actuales de codificación de actos y que, como criterio general, el convenio de empresa computara para el de ámbito superior y el convenio sectorial computara para el convenio sectorial de ámbito más amplio.

En este sentido, también merece una mención especial la reflexión para ayudar a la normalización lingüística en la redacción de los acuerdos colectivos.

La Comisión participó en la valoración de la Circular nº 1/2008, de 24 de noviembre del 2008, de la Dirección General de Relaciones Laborales sobre el registro y la publicación de los convenios colectivos. En esta actividad participaron también representantes de la Secretaría de Política Lingüística de la Generalitat de Catalunya.

Actividad

Comisión de Convenios Colectivos La Comisión ha sido también el órgano que encargó y valoró a la Guía para la elaboración de convenios colectivos de la página web del Consejo de Relaciones Laborales. Este documento pretende, gracias a su rigor académico y al mismo tiempo voluntad didáctica, aclarar los requisitos y posibilidades a los agentes negociadores ante la formulación de convenios colectivos. Actualmente, la guía se está revisando para introducir los cambios legales recientes en esta materia. Asimismo, organizó jornadas sobre materias que definen la negociación colectiva:

Jornada de debate «El papel de la Comisión de Convenios Colectivos del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña», 24 de noviembre del 2009.

Jornada de debate «Retos del derecho social ante la crisis económica», 4 de junio del 2009, organizada con el Asociación Española de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.

Jornada de Estudio sobre la Negociación Colectiva, 3 de octubre, organizada con la Comisión Nacional Consultiva de Convenios Colectivos

Por otra parte, la Comisión llevó a cabo distintos estudios sobre temáticas reguladas en la negociación colectiva y sobre la estructura de la negociación de sectores concretos de actividad.

A fin de mejorar la organización interna de la Comisión para llevar a cabo las tareas administrativas y estadísticas encomendadas, se realizaron estudios de consultoría sobre metodologías de trabajo en los procesos de registro y depósito de convenios y la extracción y difusión de estadísticas a la ciudadanía.

La Comisión también participó en el proyecto, todavía no finalizado, de renovación del Diccionari de negociació col·lectiva (“Diccionario de negociación colectiva”), elaborado de manera conjunta con el Centro de Terminología de Cataluña (Termcat).

Actividad

Comisión de Convenios Colectivos La Comisión analizó y valoró la tarea del Buscador de Convenios Colectivos aplicables en Cataluña. Gracias a esta herramienta, es posible consultar los convenios, acuerdos y pactos logrados en procedimientos de negociación colectiva, publicados en el DOGC, el BOP o el BOE, con incidencia en Cataluña. Para una mejor difusión y conocimiento de la realidad negociadora, se elaboró un nuevo cuestionario de vaciado de cláusulas de los convenios colectivos que afectan a la realidad catalana y que se está definiendo. El Buscador de Convenios Colectivos es una herramienta que permite acceder al texto completo de los convenios y a las revisiones, modificaciones, correcciones y aclaraciones de estos convenios mediante la búsqueda especializada, o mediante el nombre de la empresa, el sector o el subsector. El gráfico que se muestra a continuación detalla el número de visitas al Buscador de Convenios Colectivos durante los últimos años: El Buscador de Convenios Colectivos es una herramienta de consulta muy potente que el mes de octubre del 2011 registró 19.366 visitas y se colocó en el segundo lugar de las páginas más visitadas de la página web del Departamento de Empresa y Empleo.

Visitas en el Buscador de Convenios Colectivos

Actividad

Comisión de Convenios Colectivos

AÑO 2011 En el año 2011 ha llevado a cabo las acciones planteadas en el Plan de trabajo del Consejo. Las actividades consolidan líneas de trabajo puestas en marcha en otros períodos y prevén también nuevas acciones sobre cuestiones estratégicas. En este sentido, el Plan de trabajo del 2012 probablemente preverá el desarrollo de algunas de las acciones planteadas para este año. Aparte del acierto en la consecución de sus objetivos explícitos, las líneas de actuación planteadas deben ser valoradas también según el grado de consolidación e innovación de las estrategias de diálogo social, las cuales son condición necesaria para el éxito de la Comisión. A finales del 2011 ya es constatable la consecución del todo satisfactoria de los objetivos mencionados.

La Comisión ha reflexionado, en primer lugar, sobre las implicaciones de la reforma de la negociación colectiva mediante el Real decreto ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.

En segundo lugar, ha valorado el rol de la formación para el empleo en la negociación colectiva para ayudar a reflexionar sobre las posibilidades del Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva, constituido recientemente.

Actividad

Comisión de Convenios Colectivos Por ello, se ha encargado una conferencia al experto en la materia Oriol Homs, dirigida a los representantes de los agentes miembros del Consejo y a los que asistió la Secretaría Ejecutiva del Consejo Catalán de la Formación Profesional. En el marco de la Comisión, por otra parte, se informa del proceso de registro y depósito telemático de convenios colectivos regulado en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. En este sentido, se ha organizado para los miembros de la Comisión una sesión formativa impartida por representantes del Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre el sistema telemático establecido y, en especial, sobre las tareas que deben llevar a cabo los agentes negociadores. Este año la Comisión continúa realizando actividades de conocimiento y difusión de la negociación colectiva.

En este sentido, ha organizado unas jornadas sobre medidas de fomento del empleo en la negociación colectiva.

La Comisión también tiene prevista una reflexión especial sobre cómo es preciso abordar el tiempo de trabajo en la negociación colectiva. En tercer lugar, la Comisión ha sido también el espacio de valoración del proyecto del nuevo Diccionari de la negociació col·lectiva (“Diccionario de la negociación colectiva”), publicado por el Termcat.

Finalmente, con este objetivo inmediato de fomento del conocimiento y difusión de la realidad negociadora, la Comisión ha puesto en marcha el proyecto de crear una base de datos de las comisiones paritarias de convenios colectivos que afectan a Cataluña.

Actividad

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva

23 de septiembre de 2011 de 9 a 11 horas

Director General de la fundación Centro de Iniciativas e Investigaciones Europeas en el Mediterráneo (CIREM) y Presidente de la Fundación Innovación para la Acción Social (FIAS) y de la consultora Impuls Consultoria, S. L.

Colabora habitualmente con el Centro Europeo por el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP) y con la Fundación Europea para la Formación (ETF), y con distintos programas de la Comisión Europea, lo que lo convierte en uno de los principales especialistas en temas de formación y empleo.

1. El contexto actual

Varios factores contribuyen a que el momento actual adquiera un interés especial por la formación profesional en Cataluña y en el Estado.

La situación de crisis que sitúa la formación como un elemento clave para impulsar la reanudación económica.

El impulso reformador del último año del Gobierno de España que ha reformulado las políticas activas de empleo y ha desarrollado aspectos del sistema de formación profesional y del sistema de empleo y de relaciones laborales. La declaración del Gobierno de la Generalitat de 8 de marzo que propone una nueva visión de la formación profesional en Cataluña.

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva

El nuevo marco de reforma del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC).

Los vientos de cambio bajo la influencia del sistema alemán en materia de formación profesional tanto a nivel estatal por parte del Gobierno como de la oposición, y también a nivel de las comunidades autónomas con las iniciativas de Madrid, Murcia y Valencia. En este contexto, reflexionar sobre la relación entre la formación ocupacional y la negociación colectiva se convierte en oportuna, ya que no hay que olvidar que el modelo del sistema español de formación para el empleo se basa en el acuerdo de los agentes sociales y en un papel primordial en su gestión y organización. 2. Los retos de la formación para el empleo Desde la perspectiva de la situación actual pero también del necesario desarrollo futuro del sistema de formación se pueden identificar una serie de retos que hay que analizar:

La cualificación y recualificación de los trabajadores parados con el fin de conseguir que puedan participar activamente en la recuperación económica.

El incremento sustancial de los niveles de cualificación de la mano de obra empleada para hacer posible el cambio del modelo productivo, que a estas alturas presenta un diferencial de dieciocho puntos en comparación con la media europea.

Una mejor adaptación de la formación profesional a los cambios en los requerimientos de competencias profesionales por parte del tejido productivo para mejorar la inserción profesional de los jóvenes.

La simplificación de la gobernanza para hacer más eficiente el sistema de formación para el empleo.

Afrontar con rigor estos retos exigiría definir objetivos medibles que permitieran evaluar los impactos de las medidas y de las acciones a emprender. En un horizonte no muy lejano deberíamos poder conseguir:

Duplicar la población empleada de nivel 3-4.

Reducir drásticamente la población empleada con niveles 0-2.

Aumentar sustancialmente la ratio de parados en formación.

Conseguir que el 85% de los jóvenes completen una educación secundaria o superior.

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva Si estos objetivos no forman parte de un plan de acción concreto que guíe el trabajo a llevar a cabo en los próximos años seguramente no se conseguirán, con consecuencias muy negativas para la configuración de la economía catalana y, por lo tanto, para el bienestar de la población. Así pues, nos encontramos ante un gran desafío y responsabilidad colectiva, ya que estos objetivos no son ni serán fáciles de lograr. La elaboración del III Plan de Formación Profesional en el marco del Consejo Catalán de Formación Profesional podría ser el espacio adecuado para concretar este plan de trabajo. 3. Reflexiones para un plan de acción Se podrían identificar tres tipos de reflexiones que habría que realizar para avanzar hacia dichos objetivos: los contenidos, el organizativo y el presupuestario. a) ¿Qué competencias requiere el mercado de trabajo? Se prevé que en los próximos diez años en Cataluña se crearán 1.200.000 puestos de trabajo, un millón de los cuales serán para

reponer la mano de obra que saldrá del mercado por jubilación u otras causas. Incluso aquellos sectores que al final de la década seguramente reducirán su empleo necesitarán contratar trabajadores para sustituir a los jubilados y para estos puestos de trabajo requerirán un nivel de cualificación superior a los que se irán. Así pues, la gran mayoría de las contrataciones obedecerán a puestos de trabajo hoy conocidos entorno a los que se puede diseñar la formación necesaria para proveer las empresas con los recursos humanos adecuados. El Catálogo nacional de cualificaciones está a punto de completarse. El Catálogo debería ser el eje central de la definición de los contenidos formativos requeridos por el mercado de trabajo. Las empresas piden una mejor adaptación del Catálogo a sus necesidades de competencias. El Catálogo es modular, por lo tanto, una gestión flexible permitiría adaptarlo a situaciones distintas. Por ello, es precisa una relación más estrecha de los organismos gestores del Catálogo en Cataluña y organismos gestores de la formación para el empleo. Por otra parte, la formación ocupacional para los parados debería integrarse mejor en medidas directamente relacionadas con el empleo facilitando el entrenamiento de las competencias adquiridas en el proceso formativo.

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva b) ¿Cómo mejorar la organización de la formación para el empleo? La actual organización de la formación para el empleo presenta algunos puntos críticos que dificultan el despliegue de sus potencialidades y de su eficacia.

Las empresas pequeñas tienen un nivel bajo de participación en la formación continua y los mecanismos de oferta no consiguen superar la situación. Será preciso adaptar mejor la oferta a sus necesidades e incentivar de forma más dinámica su participación.

La orientación sectorial de la formación continua es reducida; así pues, sería preciso estructurar de forma mucho más activa la participación de los sectores en la formación continua, con unos planes de formación operativos para los principales sectores. Se podría reformular la formación intersectorial y de oferta en favor de unos acuerdos sectoriales.

La oferta formativa para el empleo presenta lagunas de calidad. Se podría promover un proceso de control de calidad que seleccionara el tejido de oferta consolidando los centros más competentes.

El reconocimiento de la formación es una pieza clave para la motivación de los trabajadores y para el impacto en su carrera laboral. Habría que implementar urgentemente un sistema de certificación de la formación continua.

El reconocimiento de la experiencia laboral es también un aliciente para incentivar una mayor actividad formativa. La aplicación exitosa del programa «Acredita’t» sería un buen comienzo.

Los centros integrados participan poco en las actividades de la formación para el empleo. Sería preciso facilitarles la tarea y superar los obstáculos que la dificultan. Debería elaborarse un decreto de centros integrados.

A pesar de los avances, continúa existiendo una dualidad entre la formación ocupacional y la continua. Se podría distinguir entre la formación a la demanda de un parado que podría integrarse en la formación continua de oferta más relacionada con los módulos del Catálogo, y la formación como componente de medidas ocupacionales, más flexible y directamente integrada en las políticas activas de empleo.

La formación ocupacional no ha desarrollado las prácticas en empresa como lo ha hecho la formación inicial. La implicación de las empresas en la formación ocupacional en la línea del programa formado y contrato reformulado ayudaría a mejorar los aprendizajes y los procesos de inserción laboral.

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva Los mecanismos de financiación de la formación para el empleo a través de subvenciones presentan disfunciones temporales y de distribución; deberían buscarse otros mecanismos de contratación de las acciones de formación. . La duplicidad de organismos de coordinación y planificación de la formación debilitan la coherencia del sistema hacia unos objetivos compartidos. La articulación de todo el sistema entorno al Consejo Catalán de Formación Profesional renovado ayudaría a fortalecer el sistema y su eficacia y eficiencia. c) ¿Cómo conseguir los recursos necesarios? En el momento en que hay más acuerdo sobre la importancia y necesidad de la formación para las personas y para las empresas es cuando hay menos dinero para poder financiarla. El fondo anticíclico creado en el decreto de reforma de las políticas activas es un buen camino pero llega demasiado tarde y solo será operativo en el futuro, a no ser que se empiece a dotar con un saldo negativo que se compensaría en el futuro cuando haya saldos positivos.

Aparte de mejorar la eficiencia de los recursos actuales, habrá que movilizar recursos complementarios ya sean de orden fiscal o presupuestario. El concepto tan repetido de considerar la formación como una inversión y no como un gasto puede servir de criterio para encontrar nuevos mecanismos de financiación. La inversión en la formación tendría que ser considerada tan prioritaria como la inversión en infraestructuras materiales; se trata de las infraestructuras del conocimiento, y tendría que encontrar el tratamiento presupuestario necesario para compensar el bajón de la cuota de formación profesional, principal fuente de financiación de la formación para el empleo. Para las pequeñas empresas habría que elevar las cantidades de bonificación incluso por encima de la cuota. Se podría pensar en bonificar las cotizaciones sociales para los trabajadores durante su formación. El amplio consenso en torno a la formación y una visión del valor estratégico para el futuro del país deberían facilitar un gran acuerdo para movilizar recursos suplementarios.

Conferencia de Oriol Homs

La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva 4. El papel de la negociación colectiva A pesar de la relevancia de los agentes sociales en la formación para el empleo y el hecho que las grandes decisiones sobre la formación para el empleo se hayan fundamentado en acuerdos entre los agentes sociales, no se ha producido un gran despliegue de acuerdos en la negociación colectiva, y hoy son pocos los convenios que regulan aspectos relacionados con la formación. Muchas de las reflexiones que se han planteado más arriba se pueden desarrollar en el marco de la negociación colectiva a través de las iniciativas siguientes:

En el nivel sectorial habría que desarrollar acuerdos en los que se regulen la planificación de las necesidades de formación y la promoción de la formación en el sector. En esta dirección algunas de las actuales estructuras de formación de los agentes sociales podrían transformarse en centros sectoriales gestionados por los agentes sociales.

En el mismo nivel sectorial se podría incluir en la negociación colectiva aspectos como las cualificaciones requeridas para desempeñar determinadas funciones laborales, o bien los mecanismos para el reconocimiento de la formación, o la realización de prácticas formativas en las empresas.

En el nivel de las empresas, además de la concreción de los acuerdos sectoriales a la realidad de la empresa, también hay espacio para negociar la relación entre la masa salarial y la productividad y los resultados de la empresa en el que la formación puede desempeñar un papel importante.

Sería conveniente que los agentes sociales tomaran la iniciativa, y quizá un primer paso sería promover una iniciativa en Cataluña, para reorganizar la formación para el empleo, redefiniendo su papel y marcando objetivos que simplificaran el sistema y contribuyeran de forma decisiva a responder a los grandes retos que la situación actual está planteando a todos los actores económicos y sociales. Oriol Homs 18-9-2011

Conferencia de Oriol Homs

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Comisión Técnica de Negociación Colectiva

Comisión Técnica de Negociación Colectiva La Comisión de Convenios Colectivos, en virtud de su potestad para crear espacios de trabajo concretos para el cumplimiento de sus actividades, creó el año 2008 la Comisión Técnica de Negociación Colectiva. Esta Comisión tiene las funciones siguientes, reguladas en el Reglamento (interno) de los procedimientos de racionalización de la estructura negociadora, de consulta sobre el ámbito de aplicación de los convenios colectivos y de extensión de convenios colectivos, actualmente en fase de modificación: 1. Dar soporte técnico en los procedimientos de racionalización de la estructura negociadora de los convenios colectivos. A través de estos procedimientos, la Comisión Técnica de Negociación Colectiva presta apoyo técnico y logístico a organizaciones sindicales y empresariales que lo soliciten y que deseen racionalizar la estructura de negociación de los convenios colectivos de sector con respecto a la autonomía de negociación colectiva de cada comisión negociadora.

2. Emitir dictamen gratuito y no vinculante en los procedimientos de consultas para determinar el convenio colectivo aplicable a una empresa. Las consultas pueden versar sobre el planteamiento idóneo del ámbito funcional de un convenio colectivo que se desee negociar, la posibilidad de un acuerdo de adhesión a un convenio colectivo en vigor o la interpretación de un convenio o convenios vigentes con respecto al hecho de determinar su ámbito funcional aplicable a una empresa. Se trata de una herramienta que desea dar seguridad jurídica a empresas, sindicatos y representaciones unitarias de trabajadores, autoridades laborales y judiciales. 3. Llevar a cabo procedimientos para la elaboración del informe preceptivo de extensión de convenios colectivos, en los casos previstos en el Real decreto 718/2005, de 20 de junio, por el cual se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos. La Comisión Técnica de Negociación Colectiva analiza las consultas sobre la concurrencia de las circunstancias necesarias para que la extensión de convenios colectivos sea procedente y emite una propuesta de informe.

Naturaleza y funciones

Comisión Técnica de Negociación Colectiva

La Comisión Técnica está compuesta por cuatro personas expertas en negociación colectiva, una por cada organización representada en el Consejo de Relaciones Laborales:

Secretaria general: M.ª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: Juan Manuel Tapia Rubio Por UGT: Noelia Marín García, Joan Samsó Piedrabuena En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Yésika Aguilar Granados, Javier Ibars Álvaro Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

Composición

Comisión Técnica de Negociación Colectiva La Comisión Técnica de Negociación Colectiva ofrece diversos servicios: 1. Con relación a las consultas para determinar el convenio colectivo aplicable: El gráfico que se muestra a continuación (página siguiente) detalla el número de actividades consultadas a la Comisión (en el período 2009-2011) y clasifica cada una de estas actividades en el sector donde se ubica el convenio colectivo que dictaminó esta Comisión técnica.

Queda patente no sólo el aumento considerable de actividades consultadas durante el año 2011, sino también la diversidad de sectores estudiados.

Número de consultas realizadas

Actividad

Número de consultas

Consultas dictaminadas

Consultas en proceso

Derivadas a otras unidades o Buzón ciudadano

Comisión Técnica de Negociación Colectiva

Sectores y actividades consultadas a. Agricultura, ganadería, pesca, forestal b. Automoción c. Comercio d. Enseñanza e. Deporte, belleza, espectáculos, juegos de azar f. Hotelería y turismo g. Industrias de alimentación h. Industrias de la construcción i. Industrias de la madera j. Industrias metalúrgicas k. Industrias químicas y extractivas l. Industrias textiles, del calzado y complementarios m. Jardinería n. Mantenimiento y limpieza o. Sanidad y servicios sociales p. Servicios financieros, técnicos, de seguros, publicidad y otros... q. Servicios públicos

Actividad

Comisión Técnica de Negociación Colectiva

2. En cuanto a los procedimientos para racionalizar la estructura negociadora:

En el año 2008 la Comisión Técnica de Negociación Colectiva inició los contactos para dar apoyo técnico y logístico en la racionalización en ámbitos de negociación del sector agroalimentario regulados por convenios provinciales catalanes, a petición de las organizaciones sindicales mayoritarias en el sector, que no desembocó en la creación de una comisión negociadora del sector a escala autonómica.

Durante el año 2010 hubo dos solicitudes:

Estudiar el tercer sector y explorar la posibilidad de racionalización de la estructura negociadora. Con respecto al estudio, la Comisión de Convenios Colectivos, como órgano competente para llevar a cabo la petición, encargó la petición.

Racionalizar los cuatro convenios provinciales catalanes del sector del ciclo integral del agua en un convenio autonómico.

Durante el año 2011 se ha constituido la comisión negociadora del primer convenio colectivo autonómico del ciclo integral del agua y la Comisión Técnica ha dado apoyo técnico y logístico a la negociación de este convenio. En cuanto a la solicitud de racionalizar el tercer sector social, se encuentra en fase de pronóstico.

3. El Buzón Ciudadano de Empleo del Departamento de Empresa y Empleo: el Consejo de Relaciones Laborales administra las consultas del buzón que tienen como tema «Relaciones Laborales-Convenios», responde aquéllas que se refieren a la determinación del convenio colectivo aplicable y da una orientación a través del Buscador de Convenios Colectivos sobre qué convenio se debe aplicar. Asimismo, se aconseja el planteamiento de la consulta por la vía del dictamen con el fin de poder hacer un análisis más profundo y detallado del tema y dar una respuesta con plena seguridad jurídica.

Actividad

Naturaleza y funciones Composición

Grupo Técnico del Mapa de la Negociación Colectiva en Cataluña

Grupo Técnico del Mapa de la Negociación Colectiva en Cataluña El grupo nace de la necesidad de tener información cuantitativa amplia de la realidad negociadora en el país. Durante el 2011 se han celebrado varias reuniones dirigidas a establecer las bases para una explotación estadística adecuada de la realidad negociadora. Estas reuniones se han ocupado de los temas siguientes: 1. Realizar una lista de la totalidad de convenios estatutarios vigentes en Cataluña. 2. Definir las bases conceptuales básicas para realizar una explotación estadística recurrente de los grandes rasgos de la realidad negociadora. 3. Asignar los códigos CCAE 2009 a todos los convenios sectoriales vigentes en Cataluña.

4. Confeccionar un nuevo cuestionario para el vaciado de cláusulas de los convenios colectivos realizado por la Secretaría General del Consejo. Este cuestionario permite la búsqueda temática en el Buscador de Convenios Colectivos del Consejo y la explotación estadística de las distintas cláusulas negociadas en los convenios. 5. Valorar las primeras explotaciones de datos realizadas a partir de este nuevo diseño de análisis cuantitativo. Tal y como ocurre en la Comisión Técnica de Convenios, las tareas del Grupo son explicadas en cada reunión de la Comisión de Convenios Colectivos.

Naturaleza y funciones

Grupo Técnico del Mapa de la Negociación Colectiva en Cataluña Secretaria general: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC. OO.: Juan Manuel Tapia Rubio Por UGT: Enrique Pereira Morais En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: José Miguel Beneroso Pérez Por PIMEC: Jana Callís Vilagut En representación de la Generalitat de Catalunya: Carme Saborit Vidal, Dolors Soler Almeda

Composición

Naturaleza y funciones Composición

Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva

Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva El Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva se constituyó a finales de septiembre y ha establecido las bases de su funcionamiento.

El Grupo se constituyó con la perspectiva de establecer un plan de trabajo para el 2012. Por ello, ha sido fundamental la reflexión comenzada a partir de los estudios sobre formación profesionalizadora realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral y la conferencia mencionada de Oriol Homs sobre el papel de este tipo de formación en la negociación colectiva. A esta conferencia asistieron miembros de las distintas comisiones del CRL y de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Catalán de la Formación Profesional.

Naturaleza y funciones

Grupo Técnico de la Formación Profesionalizadora en la Negociación Colectiva Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: Cristina Faciaben Lacorte Por UGT: Francesc Santamaria Balaguer En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Yésika Aguilar Granados Por PIMEC: Jana Callís Vilagut En representación de la Generalitat de Catalunya: Àngels Cuadrada Basquens, Jesús Quiroga Martínez

Composición

Comisión de Seguridad y Salud Laboral

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Comisión de Seguridad y Salud Laboral La Comisión de Seguridad y Salud Laboral es un órgano especializado del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña (CRL).

Tiene como misión la promoción, mejora y adaptación del marco legal en prevención de riesgos laborales, a través de la concertación social y la negociación colectiva. El Plan de trabajo del 2011 tiene como objetivo principal el desarrollo de la participación institucional mediante el CRL en materia de seguridad y salud laboral. Cuando la Comisión considera que alguna cuestión requiere un tratamiento específico o un seguimiento «personalizado» por la repercusión que puede tener, puede crear grupos de trabajo con el fin de poder tratar esta

cuestión de un modo más preciso y, si es procedente, convoca a los profesionales adecuados. En este sentido, se han creado grupos de trabajo temporales (como el de la gripe A antes del 2011) o de carácter más permanente (como el de seguimiento de la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral). En los casos en que, por las características de las cuestiones tratadas, no haya habido que crear un grupo específico, profesionales expertos han hecho aportaciones regulares o puntuales. La Comisión de Seguridad y Salud Laboral se encarga de decidir los porcentajes de participación en la asignación de recursos entre las organizaciones sindicales y patronales, de los recursos disponibles en Cataluña procedentes de la convocatoria de asignación de recursos para acciones indirectas territoriales correspondientes al ejercicio 2011 de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo, se valoran las solicitudes de acuerdo con las bases de las convocatorias.

Naturaleza y funciones

Comisión de Seguridad y Salud Laboral La Comisión está integrada por doce miembros. Ahora bien, el artículo 7.3 del Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del CRL regula que, por parte de la representación de la Generalitat, deben formar parte de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral, además del resto de miembros, los miembros del Consejo que representa el Departamento competente en materia de salud. Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Ramón Bonastre Bertrán, Director general de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: José Manuel Cuenca Moreno, Mª Dolores Fernández Carou Por UGT: Dionís Oña Martín, Joan Samsó Piedrabuena En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Àngel Buxó Lozano, Rosario Cabrera Jiménez, César Sánchez Hernández Por PIMEC: Jana Callís Vilagut En representación de la Generalitat de Catalunya: Jaume de Montserrat Nonó, Jaume Abat Dinarès, Josep Lluís de Peray

Composición

Comisión de Seguridad y Salud Laboral Las actividades de la Comisión se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales. Durante este tiempo se plantea y se valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan todos los miembros de la Comisión. Hay previstas cuatro reuniones ordinarias al año.

La Comisión puede crear espacios de trabajo para el cumplimiento de sus actividades. Actualmente existe uno: el Grupo de Trabajo para la Estrategia Catalana de Seguridad y Salud Laboral.

AÑOS 2008/2010 El Gobierno, los sindicatos y las organizaciones empresariales de Cataluña firmaron con fecha de 16 de febrero del 2005 el Acuerdo estratégico para la internacionalización, la calidad del empleo y la competitividad de la economía catalana. Dicho Acuerdo estratégico, que fue revisado el mes de junio del 2008 para el período 2008-2011, preveía en la medida 92 la voluntad de llegar al máximo consenso con las organizaciones sindicales y las empresariales en la elaboración del nuevo Plan de seguridad y salud laboral 2009-2012, implicar el conjunto de departamentos de la Generalitat y respetar la coherencia con la estrategia española y la europea.

Actividad

Comisión de Seguridad y Salud Laboral En esta línea, durante el año 2008 se trabajó, internamente en la Dirección General de Relaciones Laborales y paralelamente en el Consejo de Relaciones Laborales, en un grupo de trabajo constituido con el fin de generar una estrategia catalana de seguridad y salud laboral capaz de hacer frente a los retos comunes de mejora de las condiciones de trabajo y de reducción de la siniestralidad laboral (hay que recordar que la estrategia comunitaria del año 2007 proponía una reducción de la siniestralidad del 25%), para fomentar, de este modo, la mejora de las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y la competitividad de las empresas. Dentro de este marco de colaboración con los agentes sociales se generó, con un amplio consenso, la Estrategia Catalana de Seguridad y Salud Laboral 2009-2012, que definió el marco general de las políticas en estas materias en Cataluña para el período de referencia, racionalizando las actuaciones de los distintos departamentos y organismos y potenciando la participación de todos los actores relacionados con la seguridad y la salud laboral.

Durante este período, por lo tanto, se desarrolló el Plan de Gobierno y se aprobó con un amplio acuerdo de los agentes sociales la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral 2009-2012. Más tarde, y como herramienta fundamental de participación de los agentes sociales, se creó el Grupo de Seguimiento de la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral y otros grupos de trabajo para tratar cuestiones específicas (por ejemplo, el de la gripe A). Paralelamente, se convocaron puntualmente expertos para cuestiones más particulares. A modo de resumen, se relacionan a continuación las actividades de este período:

Desarrollo del nuevo Plan de Gobierno para la seguridad y la salud laboral en Cataluña 2009-2012.

Constitución del órgano tripartito de Cataluña con competencia en materia de seguridad y salud laboral para la propuesta en la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales de las acciones indirectas correspondientes a su ámbito territorial.

Actividad

Comisión de Seguridad y Salud Laboral

Participación en el nuevo Plan de Gobierno de seguridad y salud laboral 2009-2012.

Creación del Grupo de Trabajo sobre la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral 2009-2012.

Creación del Grupo de Trabajo de Seguimiento del Nuevo Virus de la Gripe A en las Empresas.

Información sobre el estado de la pandemia en Cataluña (Departamento de Salud).

Documento de recomendaciones en las empresas para la elaboración del plan de actuación ante el virus de la gripe A.

Proceso de valoración y negociación de unas recomendaciones para la negociación colectiva en materia de seguridad y salud laboral.

Acuerdo sobre la no continuidad del Grupo de Trabajo de Seguimiento del Nuevo Virus de la Gripe A en las Empresas.

AÑO 2011

Durante el año 2011 se han continuado ejecutando las acciones que desarrollan la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral, que ya se encuentra en la ejecución del segundo período (PAII) correspondiente al 2011-2012. Se ha realizado el seguimiento correspondiente en el Grupo de Trabajo y se ha iniciado, a propuesta de una parte de los miembros del grupo de seguimiento, una ronda de comparecencias de los departamentos implicados en la ejecución de la estrategia. También se ha tratado la gestión de recursos provenientes de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales y se ha aprobado un procedimiento de referencia.

Actividad

Comisión de Seguridad y Salud Laboral

Se ha presentado el proyecto de reestructuración de los centros de seguridad y salud laboral, que tiene que servir para adaptarlos a las necesidades que tenemos hoy día en materia de prevención. Se ha continuado informando durante este año a la Comisión sobre todos los aspectos relacionados con los actores que participan en materia de prevención, como las memorias de servicios de prevención y mutuas de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, así como otros aspectos a petición de los componentes del Grupo. Servicios de prevención de riesgos laborales en Cataluña: Memoria 2006 y Memoria 2008. Análisis de las memorias de los servicios de prevención en Cataluña: Análisis de las memorias 2008. A modo de resumen, a continuación se relacionan las actividades de este período:

Seguimiento de la implantación del planteamiento de una diagnosis como punto de partida en materia de seguridad y salud laboral y valoración de los activos de la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral.

Seguimiento y valoración de los datos de siniestralidad.

Campaña de sensibilización dirigida a empresas de alta siniestralidad, 2011.

Gestión de los recursos para las solicitudes de acciones por parte de las organizaciones sindicales y patronales, procedentes de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

Exposición de la posición del Departamento con respecto al programa «Prevención10» como herramienta de gestión preventiva de los riesgos laborales en las empresas.

Presentación del proyecto de reestructuración de los centros de seguridad y salud laboral y de creación del Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral, como órgano que unifique la prevención, la información, el control y el asesoramiento en materia de seguridad y salud laboral. Redes de salud. Jornada de Presentación de las Redes de Salud.

Actividad

Comisión de Seguridad y Salud Laboral

Replanteamiento de las recomendaciones sobre seguridad y salud laboral en materia de negociación colectiva, con relación al contexto actual, con el fin de mejorar la seguridad y salud en las empresas.

Información sobre las memorias anuales de actividad de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Información sobre las memorias anuales de los servicios de prevención en las empresas.

Información sobre el decreto que regula las actividades sanitarias de los servicios de prevención y planteamiento del tema de la vigilancia de la salud.

Seguimiento del impacto de los programas públicos para incentivar la prevención.

Reflexión sobre las propuestas para incluir en el Plan de trabajo para el año 2012.

Cartel del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. (Imagen de la izquierda).

Conferencia realizada el 19 de diciembre del 2011 por Manel Luque, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Pompeu Fabra, titulada «Trabajadores autónomos, condiciones de prestaciones de servicios y prevención».

Actividad

Naturaleza y funciones Composición

Grupo de Seguimiento de la Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

Grupo de Seguimiento de la Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

La creación de la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral responde al desarrollo del Acuerdo estratégico revisado el mes de junio del 2008, para el período 2008-2011. Se preveía en la medida 92 de este acuerdo la voluntad de llegar al máximo consenso con las organizaciones sindicales y empresariales en la elaboración del nuevo Plan de seguridad y salud laboral 2009-2012, que necesariamente debía ser coherente con la estrategia española y la europea. Fruto de este marco de colaboración con los agentes sociales se generó, con un amplio consenso, la Estrategia catalana de seguridad y salud laboral 2009-2012, donde se definió el marco general de las políticas en estas materias en Cataluña para el período 2009-2012, en el seno de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral del Consejo de Relaciones Laborales. La Estrategia catalana de seguridad y salud laboral define, así pues, el marco general de las políticas de seguridad y salud laboral en Cataluña para el período

2009-2012 y dota con coherencia y racionalidad las actuaciones llevadas a cabo por los diferentes departamentos y organismos de la Generalitat de Catalunya, especialmente con respecto al Departamento de Empresa y Empleo y al Departamento de Salud.

Es preciso tener en cuenta que, más allá del marco legal vigente, las políticas públicas deben definirse en torno a la seguridad y la salud laboral, fijando estrategias de compromiso de las instituciones públicas con el objetivo de un trabajo seguro y saludable y con la implicación de todos los agentes involucrados y de la sociedad catalana en general.

Naturaleza y funciones

Grupo de Seguimiento de la Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

La Estrategia catalana de seguridad y salud laboral se vertebra en unos ejes de actuación que se despliegan en seis objetivos estratégicos, centrados en:

Mejorar las condiciones de trabajo y la calidad de la prevención en empresas y el fomento de buenas prácticas.

Desarrollar el conocimiento y la cultura de la prevención.

Potenciar la formación y la investigación en materia de seguridad y salud laboral.

Garantizar el correcto cumplimiento de la normativa de prevención.

Implicar a todas las instituciones y actores relacionados con la prevención de riesgos laborales en Cataluña.

Mejorar la gestión de la detección y el seguimiento de los daños derivados del trabajo.

Paralelamente a los objetivos estratégicos, se han definido cuatro objetivos transversales que deberán incidir de un modo decidido sobre todas las actuaciones que se realizan con el fin de cumplir con los objetivos estratégicos:

Impulsar y perfeccionar sistemas de información y registro que permitan el análisis cualitativo y cuantitativo de los aspectos relacionados con la seguridad y la salud laboral y que puedan orientar las actuaciones de las administraciones públicas y los agentes implicados.

Potenciar el mecanismo de coordinación y cooperación interdepartamental.

Impulsar el desarrollo normativo propio y la propuesta normativa.

Garantizar la perspectiva de género en todas las actuaciones en materia de seguridad y salud laboral. Todos los objetivos enumerados se desarrollan en 119 programas de actuación que hay que ejecutar en dos períodos de dos años. En la fecha de redacción de esta memoria, a finales del primer año del segundo período, se han realizado o iniciado 945 acciones con el fin de cumplir con los objetivos planteados.

Naturaleza y funciones

Grupo de Seguimiento de la Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Jaume de Montserrat Nonó, Subdirector General de Seguridad y Salud Laboral, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: Juan Manuel Cuenca, Loly Fernández Carou Por UGT: Dionís Oña Martín

En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: César Sánchez Hernández Por PIMEC: Marisa González Silva En representación de la Generalitat de Catalunya: Josep Lluís de Peray Baiges, Jordi Maulión Vallvona

Composición

Conferencia de Manel Luque (1)

Preguntas clave sobre trabajadores autónomos, condiciones de prestaciones de servicios y prevención

19 de diciembre de 2011 de 11 a 12.30 horas Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Pompeu Fabra http://www.upf.edu/es/index.shtml y árbitro del Tribunal Laboral Arbitral de Cataluña. Consejero de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. Ha sido magistrado suplente en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña durante los años 2001 y 2002.

Conferencia de Manel Luque (1)

Preguntas clave sobre trabajadores autónomos, condiciones de prestaciones de servicios y prevención

Como es conocido, la Ley de prevención de riesgos laborales tenía un objetivo claro: ser una norma universal aplicable a cualquier riesgo derivado de cualquier prestación de servicios. No obstante esta voluntad «de aplicación integral» de la norma preventiva, lo cierto es que nos encontramos ante una norma que, podríamos decir, ignora la situación de un colectivo tan importante como son los autónomos en tanto que profesionales, puesto que la consideración que reciben es más un «factor de riesgo» que no un ámbito de actuación profesional respecto del que haya que actuar desde el punto de vista preventivo. En efecto, la Ley solamente hace dos referencias al trabajador autónomo. La primera en el artículo 15.5. cuando, desde la perspectiva de la concertación de un seguro de responsabilidad civil, nos dice: «Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados

del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal». En pocas palabras, autónomo «hacerte un seguro por si haces daño a alguien o a ti mismo...». La segunda referencia es al artículo 24, y normativa reglamentaria que lo desarrolla, y aquí el autónomo es tratado él mismo como «riesgo» cuando en su prestación de servicios concurre con trabajadores por cuenta ajena, siendo la protección de éstos últimos lo que la norma pretende, más que la del trabajador autónomo. En este contexto, lo cierto es que la LETA y su reglamento no han solventado este escenario de «desprotección» del trabajador autónomo. Diría que incluso lo han hecho más evidente si tenemos en cuenta la más que pobre regulación sobre los TRADE. Concepto 1. ¿Qué diferencias hay entre empresario y trabajador autónomo? 2. ¿Qué diferencia al trabajador autónomo del TRADE?

Conferencia de Manel Luque (1)

Preguntas clave sobre trabajadores autónomos, condiciones de prestaciones de servicios y prevención

3. ¿Qué diferencia a un trabajador autónomo de un falso autónomo? Condiciones de prestación de servicios 4. ¿Qué previsiones en términos de seguridad y salud laboral existen en relación a las condiciones de prestación de servicios de los autónomos? (¿edad?, ¿tiempo de trabajo?, ¿conciliación?...) Contingencias profesionales 5. ¿Un trabajador autónomo tiene accidentes de trabajo? En concreto, trabajador autónomo y seguridad y salud laboral 6. ¿El trabajador autónomo está obligado a realizar la evaluación de sus riesgos profesionales y planificar su actividad preventiva?

7. ¿Un trabajador autónomo está obligado a tener la formación adecuada en materia de prevención de riesgos laborales relacionados con su prestación de servicios? 8. Cuando un trabajador autónomo concurre a un centro de trabajo con trabajadores de otros empresarios, ¿cuáles son sus obligaciones en materia preventiva? 9. ¿Un empresario autónomo puede ser responsable penal, administrativo, recargo de prestaciones y/o civil por incumplimientos en materia preventiva? 10. ¿Qué jurisdicción es la competente para analizar los conflictos que en materia de prevención de riesgos laborales puedan afectar a un trabajador autónomo?

Propuestas de cambio normativo y de actuación del APU 11 11. ¿Cuáles son las propuestas de cambio normativo que se podrían debatir? 12. ¿Cuál tendría que ser la actuación del APU en esta materia?

Conferencia de Manel Luque (1)

Contratación Laboral

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Contratación laboral

La Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral es un órgano especializado del Consejo de Relaciones Laborales que asume las funciones de la Comisión de Cataluña de Seguimiento de la Contratación Laboral (Decreto 249/1998, de 22 de septiembre).

Las funciones de la Comisión son valorar iniciativas legales y políticas relacionadas con el mercado laboral, analizar la situación del empleo en el país y fomentar el debate social sobre aspectos estratégicos del mercado de trabajo en Cataluña.

Naturaleza y funciones

Contratación laboral

De conformidad con el artículo 7.1 del Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del CRL, se crea la Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral, compuesta por doce miembros (artículo 7.2 Decreto 29/2008). Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Ramón Bonastre Bertrán, Director General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, por delegación de la vicepresidenta del Consejo Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: José Cachinero Triviño, Maria Marín Franconetti Por UGT: Adela Carrió Ibáñez, Noelia Marín García En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Benet Armengol Obradors, Josep Maria Orduña Ponti, Clotilde Tesón Ruiz Por PIMEC: Mª Àngels Agulló Taltavull En representación de la Generalitat de Catalunya: Ramón Bonastre Bertrán, Àngels Cuadrada Basquens, Jesús Quiroga Martínez, Joan Sureda Martínez

Composición

Contratación laboral

Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral Las actividades de la Comisión se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo. Durante todo este tiempo, se plantea y se valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan todos los miembros de la Comisión. Hay previstas cuatro reuniones al año.

AÑOS 2008/2010

Durante este período se consolidó con éxito la integración del espacio de debate que precede el órgano actual (Comisión de Cataluña de Seguimiento de la Contratación Laboral) en la dinámica del CRL. Desde su primera reunión fundacional, el 7 de febrero del 2008, se respondió a las demandas planteadas por sus miembros en varios aspectos que afectan al mercado de trabajo catalán. Asimismo, se asistió a una interacción creciente con otras actuaciones y órganos del CRL.

Actividad

Contratación laboral

Con respecto a las actividades concretas realizadas, se valoró el registro de concretas de empleo individuales y se acordó remitir una propuesta al servicio de Empleo de Cataluña a fin de que la hiciera llegar al Servicio Público de Empleo Estatal.

La Comisión trabajó en el planteamiento de recomendaciones para la mejora de la calidad del empleo a partir de actuaciones en el marco de la negociación colectiva. Se decidió que las cuestiones referidas a la juventud se trasladaran a la mesa establecida en el CRL del Acuerdo sobre el empleo juvenil 2009-2012.

El trabajo emprendido para mejorar la calidad del empleo se basó en el estudio «La calidad del empleo en la negociación colectiva de Cataluña», elaborado por Daniel Martínez Fons y Eva Garrido Pérez, profesores titulares de Derecho del Trabajo de la UPF.

Este trabajo se publicó en la colección «Estudis» del CRL.

La Comisión aprobó unas recomendaciones para mejorar el tratamiento de la formación profesionalizadora en la negociación colectiva. Por ello, planteó la creación de un grupo técnico en la Comisión de Convenios Colectivos, el cual, después de la aceptación por parte de la segunda comisión, se constituyó en el 2011.

Actividad

La propuesta pretendía mejorar el registro de

contratos de trabajo y sus copias básicas. El

documento fue elaborado por la Secretaría General

del Consejo en colaboración con el Servicio de

Empleo de Cataluña y, finalmente, fue objeto de

valoración por parte de todos los miembros de la

Comisión.

Contratación laboral

La Comisión planteó la necesidad de mejorar la información disponible sobre los expedientes de regulación de empleo a partir de una ampliación de la información solicitada en sus hojas estadísticas. Este acuerdo resultó de la valoración del informe «Los planes sociales en los expedientes de regulación de empleo en Cataluña», realizado por el equipo técnico de la Secretaría General del CRL (Francesc Gibert).

En el marco de la Comisión, se solicitó información al Gabinete Técnico del Departamento de Empresa y Empleo sobre los colectivos y factores clave del mercado laboral. Tuvo una importancia especial para la Comisión el hecho de disponer de información estadística, facilitada por el Gabinete Técnico del Departamento de Empresa y Empleo, sobre la distribución sectorial de la temporalidad contractual y la creación de empleo, la rotación laboral, la subcontratación y los expedientes de regulación de empleo.

Aparte de la información estadística facilitada por el Gabinete Técnico del Departamento de Empresa y Empleo, la Comisión encargó varios estudios e informes, entre los que destaca:

La calidad del empleo en la negociación colectiva de Cataluña, elaborado por Daniel Martínez Fons y Eva Garrido Pérez, profesores titulares de Derecho del Trabajo de la UPF.

Publicado en la colección «Estudis» del Consejo.

Otros estudios:

Las empresas de recolocación en los expedientes de regulación de empleo en Cataluña, realizado por el equipo técnico de la Secretaría General del CRL (Raquel Serrano y Francesc Gibert).

Información, facilitada también por el mismo equipo técnico del CRL (Francesc Gibert), del perfil de Los planes sociales en los expedientes de regulación de empleo en Cataluña.

Formación para el empleo: situación normativa, realidad social y propuestas de mejora, elaborado por los profesores de Derecho del Trabajo Miquel Ángel Purcalla (URV) y Pilar Rivas Vallejo (UB).

Actividad

Contratación laboral

La formación profesional para el empleo en la negociación colectiva en Cataluña. Un estudio cualitativo sobre la percepción de los protagonistas de los distintos niveles de regulación, realizado por el equipo técnico de la Secretaría General del CRL (Francesc Gibert y Josep Roca) y la consultora Get a Partner.

Se organizaron dos conferencias:

•«Perspectivas de empleo en el marco de la actual situación socioeconómica», 4 de septiembre del 2008, a cargo de Oriol Homs i Ferret, director general de la fundación CIREM.

«Perspectiva y prospectiva de la formación continua en Cataluña», 8 de octubre del 2009, a cargo de Juan Pedro González, Director del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

AÑO 2011

En el año 2011 se han llevado a cabo las acciones planteadas en el Plan de trabajo del Consejo. Las actividades han consolidado líneas de trabajo puestas en marcha en otros períodos y se han previsto también nuevas acciones sobre cuestiones estratégicas. Los resultados para este año han sido muy satisfactorios tanto desde la óptica de la consecución de las finalidades explícitas establecidas como desde la mejora de la metodología de trabajo para fomentar un diálogo social adecuado sobre la realidad del mercado laboral del país.

La Comisión ha conocido durante todo el año reflexiones y valoraciones sobre la lógica y los efectos de los cambios recientes en la normativa laboral.

Actividad

Contratación laboral

Dada su importancia, las demandas de información estadística y el contenido de las jornadas organizadas para este año se han orientado esencialmente a conocer los cambios mencionados.

Destaca el planteamiento en el marco de esta comisión de la elaboración de un plan de acción en materia de procesos de reestructuración, que ha sido debatido y desarrollado por la Mesa de Coordinación. El objetivo estratégico de este plan es coordinar los servicios ofrecidos por el Departamento de Empresa y Empleo, con la participación de los agentes sociales más representativos, a fin de que, dentro de su ámbito de competencias, se mejore la estabilidad económica y productiva de las empresas establecidas en Cataluña y se evite o se reduzca la destrucción de empleo derivada de los procesos de reestructuración y cierre de carácter colectivo.

Este órgano del CRL se ha centrado también en el análisis del fenómeno de la subcontratación. De las reflexiones hechas, se prevé el planteamiento de líneas de trabajo concretas sobre esta materia para el Plan de trabajo del 2012.

En este sentido, ha sido fundamental la conferencia realizada el 3 de noviembre del 2011 por Manel Luque, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Pompeu Fabra, titulada «Análisis y reflexión sobre la realidad de la subcontratación y su impacto en el empleo». La Comisión ha analizado las radiografías estadísticas facilitadas por el Gabinete Técnico del Departamento de Empresa y Empleo. Aparte de valorar los resultados, también se ha solicitado nueva información para conocer mejor la actual dinámica del mercado de trabajo.

Actividad

Contratación laboral

En este sentido, justo es decir que la Comisión ha participado en la conferencia de Oriol Homs, titulada «La formación para el empleo en Cataluña en el contexto actual y el papel de la negociación colectiva». A la conferencia asistieron miembros de las distintas comisiones del CRL y de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Catalán de la Formación Profesional.

La Comisión ha puesto en marcha un proyecto de sistematización de publicaciones que versan sobre sus temas de interés.

Este proyecto prevé la creación de una base de datos que permita conocer el perfil de las publicaciones sobre temas concretos y entendidos como estratégicos para el Plan de trabajo anual de la Comisión.

Junto con la definición de los parámetros para sistematizar la información, el proyecto empieza tratando las publicaciones referidas al fenómeno de la subcontratación. La Comisión ha trabajado también para la definición de unas jornadas que analicen las pautas de contratación internacionales y los casos más innovadores y destacables de creación de empleo.

Actividad

Conferencia de Manel Luque (2)

Preguntas clave sobre subcontratación: perspectiva jurídico-laboral

3 de noviembre de 2011 de 11 a 12.30 horas Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Pompeu Fabra (http://www.upf.edu/es/index.shtml) y árbitro del Tribunal Laboral Arbitral de Cataluña. Consejero de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. Ha sido magistrado suplente en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña durante los años 2001 y 2002.

Conferencia de Manel Luque (2)

Preguntas clave sobre subcontratación: perspectiva jurídico-laboral

La subcontratación es un recurso empresarial normalmente utilizado para centrarse en el núcleo o corazón del negocio dejando que terceras empresas desarrollen partes no esenciales de éste.

Es una técnica habitual en todos los sectores productivos y en cualquier país industrializado. En muchas ocasiones, además, es el recurso de gestión empresarial que se aconseja ante necesidades fundamentadas pero muy cualificadas, me estoy refiriendo al outsourcing informático o descentralización que afecta a la gestión de los sistemas de información de la empresa.

Por lo tanto, más allá de prácticas excesivas que todos conocemos y hemos conocido (p. ej. construcción y necesidad de aprobar una ley en el 2006 que limitara los niveles de subcontratación), la subcontratación o descentralización productiva es normalmente entendida como un recurso empresarial poco cuestionable en términos de eficiencia productiva y competitividad. No obstante, si el fenómeno de la subcontratación lo

relacionamos, como es mi especialidad, con el empleo (contratos de trabajo, condiciones de trabajo...) seguramente deberemos llegar a la

conclusión que la respuesta normativa y judicial puede ser mejorable. En este punto, también se debe decir que el papel de la negociación colectiva es importante, a pesar de que cada fuente del derecho tiene que realizar su trabajo y –a pesar de este papel primordial de la negociación colectiva– no se debería exigir a la negociación colectiva que solvente algunos problemas que son netamente legales o de interpretación judicial. Concepto 1. ¿Qué se entiende por subcontratación en el ámbito empresarial y laboral? 2. ¿Cómo se diferencia la subcontratación de la cesión ilegal de trabajadores? 3. ¿Qué diferencia la subcontratación de la cesión legal de trabajadores (considerada una forma de subcontratación macro)?

Conferencia de Manel Luque (2)

Preguntas clave sobre subcontratación: perspectiva jurídico-laboral

4. ¿La ley limita el recurso a la subcontratación empresarial?

5. ¿Qué tipos de subcontratación podemos diferenciar?

Subcontratación y empleo

6. ¿La subcontratación incide en el tipo de contrato temporal o indefinido que se hace a la empresa contratista (flexibilidad de entrada)?

Subcontratación y condiciones de trabajo

7. ¿La subcontratación puede incidir –facilitando o dificultando– en la determinación de las condiciones de trabajo y en la adaptación de las mismas (flexibilidad interna)?

Subcontratación y extinción de la relación laboral

8. ¿Cómo incide la finalización del contrato entre empresas en las relaciones laborales afectadas (flexibilidad de salida)?

Subcontratación y responsabilidades empresariales (art. 42 TE, 127 LGSS, 24 LPRL, RDL 171/2004 y RD 1627/1997) 9. ¿En qué casos la empresa contratante puede ser responsable de las deudas salariales de la empresa contratista con sus trabajadores? 10. ¿En qué casos la empresa contratante puede ser responsable de las deudas en materia de seguridad social (cotizaciones y prestaciones) de la empresa contratista con sus trabajadores? 11. ¿En qué casos la empresa contratante puede ser responsable de las deudas en materia de mejoras voluntarias (seguridad social complementaria) de la empresa contratista con sus trabajadores?

Conferencia de Manel Luque (2)

Preguntas clave sobre subcontratación: perspectiva jurídico-laboral

12. ¿En qué casos la empresa contratante puede ser responsable en materia de seguridad y salud laboral en cuanto a los trabajadores de la empresa contratista?

Subcontratación y negociación colectiva

13. ¿Cuál es el papel habitual de la negociación colectiva en esta materia?

Propuestas de lege ferenda y de negociación colectiva

14. ¿Cuáles son las propuestas de cambio normativo que se podrían hacer?

15. ¿Cuáles son las propuestas que se pueden realizar en la negociación colectiva?

16. ¿Qué incidencia puede tener la reforma de la negociación colectiva respecto a la respuesta a la pregunta anterior?

Conferencia de Manel Luque (2)

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Igualdad y tiempo de trabajo

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

La Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo es un órgano especializado del Consejo de Relaciones Laborales. Tiene como misión impulsar el ámbito de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la gestión de la diversidad y la conciliación de la vida personal y laboral, con el fin de conseguir una equidad mayor en el ámbito laboral.

Esta comisión tiene como funciones: impulsar la participación institucional y el diálogo social sobre materias laborales específicas en igualdad y tiempo de trabajo y facilitar la adopción de acuerdos.

Naturaleza y funciones

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

De conformidad con el artículo 7.1 del Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del CRL, se crea la Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo, compuesta por 12 miembros (artículo 7.2 Decreto 29/2008)

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Ramon Bonastre Bertran, Director general de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, por delegación de la vicepresidenta del Consejo

Secretaria general: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: Luisa Montes Pérez, Juan Manuel Tapia Rubio

Por UGT: Raquel Gil Eiroá, Verónica Santoro Lamelas

En representación de les organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Benet Armengol Obradors, Maria Mora Radó, Marisol Morales de Cano

Por PIMEC: Mª Àngels Agulló Taltavull

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Àngels Cuadrada Basquens, Raquel Saco Coya, Jesús Quiroga Martínez, Xavier López Garcia

Composición

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

Las actividades de la Comisión se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo. Durante todo este tiempo, se plantea y se valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan todos los miembros de la Comisión. Hay previstas cuatro reuniones ordinarias al año.

El 31 de enero del 2008 la Comisión se reunió por primera vez para iniciar su actividad. Puede crear espacios de trabajo para el cumplimiento de sus actividades. Actualmente, existe uno: el Grupo de Trabajo de Gestión de la Diversidad.

En estos años el trabajo de la Comisión se ha centrado en las actividades siguientes:

AÑOS 2008/2010

A grandes rasgos, el período 2008-2010 fue una etapa fructífera para responder a las demandas inmediatas de la realidad de la igualdad y el tiempo de trabajo y estableció las bases de funcionamiento de la Comisión. En este último sentido la Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo fue testigo de iniciativas y de nuevas metodologías logradas, iniciadas por los miembros de la Comisión para hacer posible la voluntad de diálogo social.

Actividad

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

De este modo, la Comisión conoció el traslado de debates realizados en otros ámbitos y marcos, el depósito y la circulación de documentación de los distintos agentes y de resúmenes ejecutivos hechos para facilitar el conocimiento, y la participación de diferentes órganos de la Administración y de los agentes sociales.

Recomendaciones para la negociación colectiva en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres

Estas recomendaciones tenían por objetivo mejorar los contenidos de los convenios colectivos en materia de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres y de prevención y abordaje de los casos de acoso sexual y en razón de sexo.

Estrategia para la inserción laboral de personas con discapacidad en Cataluña 2008-2010

Este documento tenía como finalidad establecer ejes, objetivos y medidas prioritarias que potenciaran las alternativas de inserción laboral de las personas con discapacidad a fin de que estas personas alcanzaran la plena ciudadanía.

Recomendaciones para la negociación colectiva en materia de gestión del tiempo de los trabajadores

Estas recomendaciones tenían por objetivo mejorar los contenidos de los convenios colectivos en materia de gestión del tiempo de trabajo para una ordenación más flexible y racional del tiempo de trabajo que permitiera a los trabajadores la conciliación efectiva de su vida personal y laboral en equilibrio con los intereses de las empresas.

Actividad

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

AÑO 2011 El director general de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo ha informado a los miembros de la Comisión acerca de las actuaciones de la Dirección General en el ámbito de centros especiales de trabajo y empresas de inserción. También se ha realizado la exposición del nuevo modelo que se propone, a fin de que los agentes sociales puedan participar en su diseño.

Además, se ha iniciado el debate en torno a la materia de la gestión de la diversidad cultural en las empresas y, a este efecto, se ha decidido constituir un grupo técnico, encargado de avanzar en la propuesta de recomendaciones para la negociación colectiva, elaborada por la Secretaría del Consejo.

Se está llevando a cabo el análisis de los planes de igualdad de las empresas que han recibido subvenciones durante el 2010 y se está haciendo un seguimiento y una evaluación de su aplicación.

El objetivo de la investigación es identificar buenas prácticas en la totalidad de planes de igualdad subvencionados por la Consejería de Empresa y Empleo en el año 2010 (170 casos) que permitan elaborar unas orientaciones que se puedan extrapolar tanto a la negociación colectiva como a los planes de igualdad.

Asimismo, se están valorando los contenidos sobre un posible estudio de análisis de la negociación colectiva y las personas con discapacidad.

Actividad

Naturaleza y funciones Composición

Grupo Técnico sobre la Gestión de la Diversidad Cultural en la Empresa

Grupo Técnico sobre la Gestión de la Diversidad Cultural en la Empresa

Naturaleza y funciones

Composición

Naturaleza y funciones

Composición

En el año 2011 se ha creado el grupo

técnico encargado de avanzar en la

propuesta de recomendaciones para la

gestión de la diversidad cultural que se

ha ido trabajando desde la Comisión.

Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada En representación de las organizaciones sindicales más representativas: Por CC.OO.: José Maria Ginés Por UGT: Samir Kollech Allali, Janette Vallejo Santes En representación de las organizaciones empresariales más representativas: Por Fomento: Maria Mora Radó Por PIMEC: Mª Àngels Agulló Taltavull En representación de la Generalitat de Catalunya: Àngels Cuadrada Basquens, Eva Rovira Pujol

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Inspección y seguridad social

Inspección y seguridad social

La Comisión de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es un órgano especializado del Consejo de Relaciones Laborales que tiene como misión desarrollar la participación activa de los agentes sociales en la planificación futura de las actuaciones inspectoras y, también, hacer el seguimiento valorativo.

A través de esta Comisión se obtienen periódicamente resultados de la actividad planificada de la ITSS, con datos estadísticos.

Hay que hacer noticia que la Generalitat de Catalunya recibió el 1 de marzo de 2010 el traspaso de una parte de los recursos humanos y materiales de la ITSS. Cataluña ha sido la primera comunidad autónoma a acceder a la efectividad de este traspaso de competencias (tanto orgánico como funcional).

Naturaleza y funciones

El Estatuto de Autonomía aporta un

nuevo marco competencial con el

traspaso de la Inspección de Trabajo, lo

que favorece que esta Comisión

continúe profundizando en la dinámica

de participación, en el diseño de los

programas de la Inspección y en la

evaluación de su funcionamiento.

Inspección y seguridad social

De conformidad con el artículo 7.1 del Decreto 29/2008, de 29 de enero, de organización y funcionamiento del CRL, se crea la Comisión de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, compuesta por doce miembros (artículo 7.2 Decreto 29/2008).

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones

Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña Mª Luz

Bataller Cifuentes, Directora General de la Inspección de Trabajo de Cataluña, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo

Secretaria general: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: Luisa Montes Pérez, Tània Pérez Díaz

Por UGT: Noelia Marín García, Joan Samsó Piedrabuena

En representación de las organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Javier Ibars Álvaro, Carmen Mur Gómez, Salvador

Tudela Edo

Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Jaume Abat Dinarès, Jaume Admetlla Ribalta, Àngels Cuadrada

Basquens, Jaume de Montserrat Nonó

Composición

Inspección y seguridad social

Las actividades de la Comisión se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales.

Durante este tiempo se plantea y se valora su actividad en diferentes reuniones ordinarias en las cuales participan todos los miembros de la Comisión. Hay previstas cuatro reuniones ordinarias al año.

AÑOS 2008/2010

A grandes rasgos, el período 2008-2010 sirvió para:

Acordar una participación activa de los agentes sociales en la planificación futura de las actuaciones inspectoras.

Presentar los resultados de la actividad planificada de la ITSS y de los técnicos habilitados con datos estadísticos, en lo referente a este período.

Acordar la necesidad de obtener una información más cualitativa.

Informar sobre el traspaso de la ITSS, facilitando un dossier con documentación.

Informar sobre la incorporación de los técnicos habilitados en la Dirección General de la Inspección.

Composición

Inspección y seguridad social

AÑO 2011

La Dirección General de la Inspección de Trabajo de Cataluña ha facilitado a esta Comisión datos referentes a la actividad inspectora durante el período enero-octubre del 2011.

Asimismo, se ha realizado una presentación sobre el trabajo inspector en las nuevas áreas territoriales.

Finalmente, también hay que destacar las mejoras que se están realizando en los sistemas de información. A título de ejemplo, el convenio de colaboración entre la Generalitat de Catalunya mediante el Departamento de Trabajo y la Tesorería General de la Seguridad Social sobre autorización de acceso al Fichero general de afiliación.

La Inspección de Trabajo de Cataluña está llegando a más acuerdos con relación a la cesión de información (aplicaciones y transacciones informáticas) por parte de diferentes organismos del Estado. Es el caso, por ejemplo, del convenio con el Instituto Social de la Marina (ISM) y del convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta colaboración administrativa tiene la finalidad exclusiva de facilitar el cumplimiento de las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico a los funcionarios del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social adscritas orgánicamente y funcionalmente al Departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat de Catalunya.

Composición

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Responsa-bilidad social

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

El Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social de las Empresas del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña responde a la voluntad de iniciar un proceso de debate e implicación de distintos agentes que desemboque, a finales del año 2010, en la consecución de una serie de actuaciones de promoción de la responsabilidad social (de ahora en adelante, RS) en Cataluña, sobradamente aceptado y reconocido.

El 31 de diciembre de 2011 entró en vigor la Ley 11/2011, 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, la cual crea la Comisión de Responsabilidad Social y permite convertir el Grupo de Trabajo en comisión permanente.

Este Grupo de Trabajo tiene que representar un nuevo espacio de encuentro e intercambio único entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Cataluña y el Gobierno de la Generalitat de Catalunya.

Concretamente, el Grupo tiene las funciones siguientes:

Posibilitar el trabajo conjunto para la promoción de la responsabilidad social.

Identificar buenas prácticas de responsabilidad social desarrolladas por empresas, organizaciones, administraciones públicas, etc.

Difundir buenas prácticas realizadas por empresas, organizaciones, administraciones públicas, etc.

Difundir el conjunto de medidas de RS adoptadas en el marco del grupo de trabajo entre las empresas y las organizaciones catalanas, así como las administraciones públicas.

Hacer propuestas encaminadas a impulsar acciones de sensibilización, formación y educación.

Estudiar y valorar posibles estrategias o mecanismos de participación más amplios que incorporen a otros agentes de la sociedad civil en la difusión de la RS en Cataluña.

Constituir grupos de trabajo temporales con funciones específicas.

Evaluar el desarrollo de los compromisos y realizar su difusión.

Naturaleza y funciones

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

Durante el 2011 se ha tramitado la Ley 11/2011, 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, la cual crea la Comisión de Responsabilidad Social y permite convertir el Grupo de Trabajo en comisión permanente.

El Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social de las Empresas del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña está integrado por un presidente y por sus miembros, distribuidos del modo siguiente:

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Xavier López Garcia, Director General de Economía Social y Cooperativa y del Trabajo Autónomo, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo

Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: José Cachinero Triviño, Juan Manuel Tapia

Por UGT: Dionís Oña Martín

En representación de las organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Benet Armengol Obradors, Maria Mora Radó, César Sánchez Hernández

Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Ramón Bonastre Bertrán, Mª Àngels Cuadrada Basquens

Composición

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

Las actividades del Grupo se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo. Durante todo este tiempo, se plantea y se valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan los miembros del Grupo.

El Grupo puede crear comisiones técnicas de trabajo para el cumplimiento de sus actividades y, concretamente, el año 2008 se creó la Comisión Técnica de Responsabilidad Social

AÑOS 2008/2010

A grandes rasgos, el período 2008-2010 fue una etapa fructífera para responder a las demandas inmediatas de la realidad de la RS de las empresas y estableció las bases de funcionamiento del Grupo.

De este modo, el Grupo conoció de responsabilidad social de las empresas conoció el traslado de debates realizados en otros ámbitos y marcos, el depósito y la circulación de documentación de los diferentes agentes y de resúmenes ejecutivos realizados para facilitar el conocimiento, y la participación de diferentes órganos de la Administración y de los agentes sociales.

Con la constitución del Grupo de Trabajo se instituyó un nuevo espacio RScat de diálogo y participación, integrado por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Cataluña y la Administración de la Generalitat de Catalunya, en el contexto del Plan RSgencat.

Actividad

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

Asimismo, con la creación del portal web RScat se reforzó el espacio de reflexión e intercambio entorno a la responsabilidad social en Cataluña existente hasta el momento y que se presentó públicamente el 8 de octubre del 2010.

Esta plataforma de intercambio y difusión nació con la voluntad de ser un punto de encuentro donde pudieran convergir todas aquellas ideas y actuaciones de responsabilidad social impulsadas por empresas, organizaciones y administraciones públicas catalanas, con la asunción de unos valores comunes y apostando decididamente por una competitividad responsable y sostenible.

Por su parte, la Comisión Técnica de Responsabilidad Social, que desde el año 2008 ha agilizado la toma de decisiones más operativas en aspectos determinados de la RS de las empresas, también ha puesto en valor las experiencias destacadas en RS de las empresas mediante su validación e incorporación posterior en la base de datos del portal RScat, mediante criterios de valoración objetivos para la incorporación en el portal.

AÑO 2011 En el año 2011 se han continuado concentrando esfuerzos en el impulso de las actividades iniciadas durante el período anterior, pero también se han puesto en marcha proyectos conjuntos sobre RS, como es el caso del proyecto RScat: responsabilidad social en Cataluña.

Iniciativa RSE-PIME convocatoria 2011 con el soporte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Gracias a este proyecto, trece pymes participantes recibirán un acompañamiento de consultores especializados para establecer planes de incorporación de la responsabilidad social.

Este programa ha tenido el soporte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, BOE.

Actividad

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

Además, se continúa con la máxima difusión del portal RScat mediante su presencia en el segundo congreso internacional del voluntariado social celebrado el 11 de noviembre de 2011 (MarketPlace).

Igualmente, se ha participado en la Segunda Semana de Responsabilidad Social en Cataluña (del 28 de noviembre al 2 de diciembre de 2011), punto de encuentro de empresas, entidades, instituciones y cualquier persona sensible respecto a la responsabilidad social, donde dar a conocer, y compartir sus experiencias en este ámbito.

También se han organizado algunas actividades en el marco del proyecto RScat y el pasado 15 de diciembre tuvo lugar la jornada de balance del proyecto RSPYME en la sede de la UGT de Cataluña.

Por otra parte, hay que destacar el salto cuantitativo que se ha dado en el número de experiencias sobre responsabilidad social llevadas a cabo por empresas y organizaciones, que han sido validadas en el marco de este grupo de trabajo, pasando de un total de cuarenta experiencias aprobadas durante el período 2008-2010 a este mismo número pero logradas solo en el 2011.

Actividad

Naturaleza y funciones Composición

Comisión Técnica de Responsabilidad Social

Comisión Técnica de Responsabilidad Social

El Grupo de Trabajo acuerda la creación de una comisión técnica compuesta por una persona de cada organización, con las funciones siguientes:

Coordinarse con el Observatorio del CTESC con el fin de evitar duplicidades y consolidar un espacio único de participación e impulso de la responsabilidad social.

Llevar a cabo acciones de sensibilización y difusión: jornadas, actos, noticias, etc.

Proponer una metodología de implantación de la responsabilidad social ágil y clara.

Definir un procedimiento para incorporar información en el portal RScat.

Aprobar las experiencias para incorporar en el portal RScat.

Naturaleza y funciones

Comisión Técnica de Responsabilidad Social

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: Salvador Seliva Ponce

Por UGT: Dionís Oña Martín, Martí Vives Abril

En representación de las organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Maria Mora Radó

Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Santi Laiglesia Pla, Josep Roca Massons, Eva Rovira Pujol

Personas expertas: Albert Huerta Molina

Composición

Empleo para jóvenes

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Empleo para jóvenes

El Grupo de Trabajo sobre el Acuerdo de medidas para el empleo juvenil se creó a mediados del 2010, fue prorrogado por el Pleno del 29 de marzo del 2011 y actualmente es un grupo de trabajo de carácter permanente. Se creó para cumplir las medidas recogidas en el Acuerdo de medidas para el empleo juvenil en Cataluña 2009- 2012.

Tras distintas reuniones con el Grupo de Seguimiento Interdepartamental con relación a este Acuerdo, estas actuaciones se acompañaron a la creación, en el seno del CRL, de un grupo de trabajo específico sobre el Acuerdo de medidas para el empleo juvenil en Cataluña.

Dentro del eje 1 del Acuerdo (condiciones laborales) se encuentran recogidas las actuaciones encomendadas al CRL:

Realizar un estudio de las cláusulas de los convenios colectivos, con respecto a materias que afectan de un modo importante a las condiciones laborales de los jóvenes (contratos formativos, jornada, permisos, etc.) (eje 1.2.1).

Establecer medidas para garantizar el buen uso de las modalidades contractuales de prácticas y formación (eje 1.2.4).

Promover que se estudie el establecimiento de medidas para garantizar que las prácticas en las empresas sirvan realmente para experimentar la formación teórica (eje 1.4.1).

Funciones:

Debatir y reflexionar en torno a estas medidas con el objetivo de establecer recomendaciones dirigidas a la negociación colectiva con vistas a mejorar la regulación de las condiciones de trabajo que afectan a los jóvenes.

Naturaleza y funciones

Empleo para jóvenes

Preside: Esther Sánchez Torres, Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales, y Directora del Servicio de Empleo de Cataluña

Ramón Bonastre, Director General de Relaciones Laborales y Calidad

en el Trabajo, por delegación de la Vicepresidenta del Consejo

Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

En representación de las organizaciones sindicales más representativas:

Por CC.OO.: José Cachinero Triviño, Tania Pérez Díaz

Por UGT: Gemma Botines, Daniel García Tenorio,

Noelia Marín García

En representación de las organizaciones empresariales más representativas:

Por Fomento: Yésika Aguilar Granados, Javier Ibars

Álvaro, Maria Mora Radó, César Sánchez Hernández

Por PIMEC: Jana Callís Vilagut

En representación de la Generalitat de Catalunya:

Jaume Admetlla Ribalta, Ramón Bonastre Bertrán,

Àngels Cuadrada Basquens, Raquel Saco Coya

Composición

Empleo para jóvenes

Las actividades del Grupo de Trabajo se distribuyen en años naturales y quedan recogidas en un plan de trabajo anual aprobado por el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales. Durante este tiempo se plantea y se valora su actividad en distintas reuniones ordinarias en las que participan todos los miembros del Grupo de Trabajo. Hay previstas cuatro reuniones ordinarias al año.

AÑO 2010

A grandes rasgos, el año 2010 fue un período fructífero en el seno del Consejo: se creó el Grupo de Trabajo sobre el Acuerdo de medidas para el empleo juvenil y se consolidaron las bases que servirán para hacer posible el establecimiento, mediante el diálogo social, de recomendaciones dirigidas a la negociación colectiva con respecto a materias que afectan de manera importante a las condiciones laborales de las personas jóvenes.

Durante este período, la Dirección General de Relaciones Laborales encargó al Dr. Xavier Solà Monells un estudio sobre empleo juvenil y negociación colectiva, para cumplir la medida del estudio de cláusulas de los convenios colectivos (eje 1.2.1).

Este estudio fue presentado al Grupo de Trabajo y tiene que servir de base para hacer un análisis más profundo de la situación y poder elaborar y acordar unas recomendaciones.

En el seno de la Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral se realizó una propuesta de recomendaciones dirigidas a la negociación colectiva en materia de contratación elaborada por la Secretaría Técnica del CRL. Finalmente, estas recomendaciones no fueron aprobadas por la Comisión, pero se acordó, con respecto a los temas relativos a la contratación que afectan a los jóvenes, reconducir el tratamiento de la cuestión al Grupo de Trabajo.

Actividad

Empleo para jóvenes

AÑO 2011

El Consejo de Trabajo Económico y Social de Cataluña (CTESC), con relación a la materia que tenía encomendada (eje 1.1.1), aprobó en su Pleno el día 3 de octubre de 2011 un estudio con el fin de valorar si el conjunto de medidas legislativas y de los instrumentos de promoción, vigilancia y control en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo de que dispone la Administración son suficientes para detectar y enderezar las desigualdades sociales de los jóvenes y proponer, si procede, la adopción de nuevas medidas administrativas o de propuestas legislativas.

Cuando se disponga de este documento se presentará al Grupo de Trabajo a fin de que se pueda estudiar y sirva también de base para el planteamiento de unas recomendaciones.

En la reunión del Grupo de Trabajo de fecha 11 de octubre del 2011 se invitó al Observatorio Catalán de la Juventud a que expusiera «La situación de los jóvenes en el mercado de trabajo».

Con relación al estudio del Dr. Xavier Solà, se pretende analizar las implicaciones que la última reforma laboral ha podido comportar, entre otros, a los contratos formativos, y que tiene como objetivo reconocido favorecer el empleo de los jóvenes y de los desempleados, reordenando las bonificaciones a la contratación indefinida, haciendo más atractivos los contratos formativos y mejorando la intermediación laboral.

La Inspección de Trabajo de Cataluña también colabora con este Grupo de Trabajo aportando datos sobre las actuaciones inspectoras en materia de empleo juvenil, que serán tenidas en cuenta en la elaboración de las recomendaciones.

Actividad

Naturaleza y funciones Composición Actividad

Secretaría general del CRL

Secretaría General del CRL

AÑO 2011

La Secretaría General es el órgano responsable de la gestión del Consejo de Relaciones Laborales.

El/la Secretario/a General del Consejo de Relaciones Laborales es nombrado/a por el/la Consejero/a de Empresa y Empleo y, entre otras, tiene las funciones siguientes:

Ejercer la dirección de los distintos órganos del Consejo y velar para que actúen de acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia.

Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto anual necesario para el funcionamiento del Consejo y el Plan de trabajo anual del Consejo.

Convocar las sesiones del Pleno, de las comisiones y de los grupos de trabajo del Consejo y preparar las convocatorias correspondientes, asistir a las sesiones y extender las actas.

Dar soporte a la actividad de las comisiones y los grupos de trabajo del Consejo, impulsarla y garantizar el funcionamiento coordinado de estos órganos.

Custodiar la documentación del Consejo y expedir certificados de las actas, acuerdos, dictámenes y otros documentos sometidos a su custodia.

Naturaleza y funciones

Secretaría General del CRL

La Secretaría General, actualmente, está integrada por la Secretaria General del Consejo, una coordinadora analista, un equipo de cuatro técnicos/as superiores y una persona de soporte administrativo.

Secretaria General: Mª Àngels Pujols Muntada

Coordinadora analista: Núria González Manzano

Apoyo administrativo: Carmen Fernández Collado

Equipo técnico: Francesc Gibert Badia, Cristina Gómez

Rodríguez, Santi Laiglesia Pla, Josep Roca Massons

Composición

Comisión de Convenios Colectivos

Comisión de Seguridad y Salud Laboral

Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral

Comisión de Igualdad y del Tiempo de Trabajo

Comisión de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Grupo de Trabajo sobre el Acuerdo de Medidas para el Empleo Juvenil

Grupo de Trabajo de Seguimiento de la Estrategia Catalana de Seguridad y Salud Laboral

Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social

Francesc Gibert Santi Laiglesia Cristina Gómez

Josep Roca Santi Laiglesia

Francesc Gibert Josep Roca

Santi Laiglesia Josep Roca

Cristina Gómez Santi Laiglesia

Josep Roca Santi Laiglesia

Cristina Gómez Josep Roca

Josep Roca Santi Laiglesia

Secretaría General del CRL

La Secretaría del Consejo incluye perfiles altamente especializados y un nivel importante de cualificación en las distintas funciones que asume, entre otras:

Planificación de las actuaciones del Consejo.

Elaboración y ejecución del presupuesto del Consejo y tramitación de expedientes de contratación administrativa.

Coordinación y seguimiento de las comisiones y los grupos de trabajo.

Investigación en todas las materias competencia del Consejo.

Propuesta de recomendaciones en la negociación colectiva para el diálogo social.

Gestión y tramitación de procedimientos de racionalización de estructura negociadora y propuesta de dictámenes en los procesos de consulta del convenio colectivo aplicable.

Gestión de páginas web (portal del Consejo y buscador de convenios colectivos).

El equipo técnico del Consejo se adscribe a comisiones y grupos de trabajo concretos con el fin de dar apoyo a su funcionamiento y establecer una relación fluida y permanente con los técnicos de las correspondientes organizaciones empresariales y sindicales miembros del Consejo.

Composición

Secretaría General del CRL

AÑO 2011

Nueva metodología de trabajo: en el 2011 se ha implantado una nueva metodología de trabajo en el Consejo de Relaciones Laborales, con la que se pretende ordenar y planificar todas las tareas que inicie tanto la Secretaría del Consejo como las cinco comisiones y los tres grupos de trabajo, además de impulsar instrumentos y herramientas, tanto nuevos como otros que ya se utilizaban y que el nuevo contexto presupuestario obliga a rentabilizar al máximo, como, por ejemplo, el portal e-Catalunya, bases de datos propias, elaboración de informes de síntesis utilizando fuentes propias de información, etc.

Se ha elaborado una planificación concreta para cada una de las comisiones y los grupos de trabajo, de acuerdo con el Plan anual del Consejo, y se ha establecido el calendario de las reuniones y las fases de desarrollo de las tareas que hay que llevar a cabo durante todo el

año. Incluye la realización de jornadas o la actividad de grupos técnicos ad hoc nacidos o relacionados con la Comisión correspondiente.

Creación de bases de datos: se ha iniciado la creación de una base de datos a la Comisión de Seguimiento de la Contratación Laboral, con el fin de sistematizar información sobre publicaciones en temáticas concretas. Se pretende ir implantándola en el resto de comisiones y grupos porque puede ayudar a conocer información estratégica ya existente.

Resumen anual de actividad: al final del año, se realiza un dossier para cada miembro de cada una de las comisiones y los grupos de trabajo con toda la información generada.

Actividad

Secretaría General del CRL

Participación en jornadas, actos y conferencias en temáticas de interés del Consejo:

Participación activa en el Seminario del Foro de Relaciones Laborales de ESADE y moderación de la Jornada sobre la Reforma de la Negociación Colectiva.

Acto organizado por la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo de firma de los convenios de colaboración del REO, con motivo del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

Jornada «El Impacto de la Reforma Laboral en el Tercer Sector Social», organizada por la Confederación de Asociaciones Empresariales del Tercer Sector Social de Atención a las Personas de Cataluña.

Jornada de Responsabilidad Social, «RSE, PYME y crisis económica», organizada por CC. OO.

Acto de presentación del programa «tRanSparEncia», organizado por la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo y el Consejo General de Cámaras de Cataluña.

Debates laborales organizados por Fomento.

Acto de presentación del informe «Conciliar para educar», organizado por la Fundación Jaume Bofill, ESADE y el Círculo de Economía.

Jornada «La Nueva Regulación de los Despidos por Causas Empresariales: Perspectiva Administrativa y Perspectiva Jurisprudencial», organizada por la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo del Departamento de Empresa y Empleo.

Taller de Responsabilidad Social: empresas participantes en el programa RScat (responsabilidad social en Cataluña).

Actividad

Secretaría General del CRL

Ponencias en una comisión o grupo de trabajo por parte de expertos: se invita a una persona, que, antes de la sesión, plantea el estado de la cuestión de la materia y tres o cuatro preguntas clave, para que los asistentes preparen su posición con relación a las cuestiones clave, lo cual contribuye a dinamizar el diálogo y la participación de todo el mundo en la sesión:

Oriol Homs

Manel Luque

Trabajos de síntesis, a modo de estado de la cuestión sobre una temática determinada, elaborados por la Secretaría General del Consejo. Con la compilación de la principal normativa jurídica sobre una materia y referencia a la UE; principales tendencias a partir de datos estadísticos oficiales y, sobre todo, de la base de datos del vaciado de convenios del CRL; elaboración de resúmenes de datos cualitativos sobre las tomas de posición de los agentes sociales y la Administración, y relación de casos de buenas prácticas detectados en Cataluña.

Tienen un volumen de unas veinte páginas con resúmenes ejecutivos de unas tres páginas para facilitar el diálogo y la transmisión de información entre las organizaciones representadas y dentro de éstas.

Otras actividades:

Presentación del Consejo de Relaciones Laborales a un grupo de alumnos del Instituto Italiano para el Comercio Exterior, de la Embajada de Italia, Istituto Tecnico Commerciale Liceo Città di Piero.

Colaboración en el estudio comparativo sobre políticas de empleo en España, Francia y Países Bajos realizado por el Instituto de Estudios Políticos de Grenoble (Francia).

Actividad

servicios

Convenios al día

Estructura y ámbito funcionl de los convenios

Publicaciones

Convenios al día

En este apartado encontrará aquellos servicios y productos del Consejo de Relaciones Laborales que pueden ser herramientas útiles como profesional o ciudadano para orientarle en el mundo de las relaciones laborales. Estos servicios y productos se incluyen en la Carta de servicios del Consejo de Relaciones Laborales (véase el apartado «Catálogo de servicios»).

Convenios en RSS

Buscador de Convenios Colectivos

Buzón ciudadano de empleo

Servicios para la promoción de la responsabilidad social de la empresas

Buscador de Convenios Colectivos

Gracias a esta herramienta, es posible consultar los convenios, acuerdos y pactos logrados en procedimientos de negociación colectiva, publicados en el DOGC, BOP o BOE, con incidencia en Cataluña, en versión catalana o castellana vigentes (convenios expresamente vigentes o prorrogados) o convenios que no sean vigentes, en formato PDF (tanto de empresa como de sector).

Convenios en RSS

Formato RSS que permite recibir diariamente un aviso de las actualizaciones de los convenios colectivos publicados en los boletines oficiales correspondientes.

Convenios al día

En este apartado encontrará aquellos servicios y productos del Consejo de Relaciones Laborales que pueden ser herramientas útiles como profesional o ciudadano para orientarle en el mundo de las relaciones laborales. Estos servicios y productos se incluyen en la Carta de servicios del Consejo de Relaciones Laborales (véase el apartado «Catálogo de servicios»).

Servicios para la promoción de la responsabilidad social de la empresa Modelo innovador de gestión de las empresas y organizaciones basado en criterios responsables en los ámbitos económico, social y ambiental, que se orienta a incrementar su competitividad y fomentar su desarrollo sostenible, a la vez que contribuye a construir una sociedad mejor. Destacan las herramientas siguientes: El portal RScat, herramienta que permite que las empresas puedan avanzar en la incorporación de criterios socialmente responsables y dentro de su actividad. Además, es un espacio de debate entorno a la responsabilidad social. Las experiencias de responsabilidad social de las empresas son iniciativas de gestión de la responsabilidad social empresarial que las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Cataluña, conjuntamente con el Gobierno de la Generalitat, validan en el marco del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña.

Buzón ciudadano de empleo

El Consejo de Relaciones Laborales administra las consultas del buzón que tienen como tema «Relaciones laborales-convenios», responde aquéllas que se refieren a la determinación del convenio colectivo aplicable y da una orientación mediante el Buscador de Convenios Colectivos sobre qué convenio hay que aplicar. Asimismo, aconseja siempre el planteamiento de la consulta por la vía del dictamen, a fin de poder realizar un análisis más profundo y detallado del tema y dar una respuesta con plena seguridad jurídica.

Convenios en RSS

Buscador de Convenios Colectivos

Buzón ciudadano de empleo

Servicios para la promoción de la responsabilidad social de la empresas

Convenios al día

Estructura y ámbito funcional de los convenios

Articulación de convenios colectivos

Extensión de convenios colectivos

Determinación del convenio aplicable a empresas

Estructura y ámbito funcional de los convenios

Articulación de convenios colectivos

Servicio de apoyo técnico y logístico en los procedimientos de articulación de la estructura negociadora de los convenios colectivos, a través del reglamento de procedimiento (actualmente en fase de modificación): mediante estos procedimientos, la Comisión Técnica de Negociación Colectiva presta soporte técnico y logístico a organizaciones sindicales y empresariales que lo soliciten y deseen racionalizar la estructura de negociación de los convenios colectivos de sector, con respecto a la autonomía de negociación colectiva de cada comisión negociadora.

Extensión de convenios colectivos

Procedimientos para la elaboración del informe preceptivo de extensión de convenios colectivos, en los casos previstos en el Real decreto 718/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos. La Comisión Técnica de Negociación Colectiva analiza las consultas sobre la concurrencia de las circunstancias necesarias para que la extensión de convenios colectivos sea procedente y emite una propuesta de informe.

Determinación del convenio aplicable a empresas

Servicio de dictamen gratuito y no vinculante en los procedimientos de consultas para determinar el convenio colectivo aplicable a una empresa: las consultas pueden versar sobre el planteamiento idóneo del ámbito funcional de un convenio colectivo que se desee negociar, la posibilidad de un acuerdo de adhesión a un convenio colectivo en vigor o la interpretación de un convenio o convenios vigentes con respecto al hecho de determinar su ámbito funcional aplicable a una empresa.

Composición de la Comisión Técnica de Negociación Colectiva

Articulación de convenios colectivos

Extensión de convenios colectivos

Determinación del convenio aplicable a empresas

Estructura y ámbito funcional de los convenios

Comisión Técnica de

Negociación Colectiva

Secretaría General del

CRL + técnicos

Organizaciones sindicales más

representativas

Organizaciones empresarials más representativas

Un representante de CC.OO

Un representante de UGT

Un representante de Fomento del

Trabajo Nacional

Un representante de PIMEC

Determinación del convenio aplicable a empresas

Articulación de convenios colectivos

Extensión de convenios colectivos

Determinación del convenio aplicable a empresas

Estructura y ámbito funcional de los convenios

Publicaciones

Publicaciones

Publicaciones del Consejo de Relaciones Laborales:

1. Guía práctica para la elaboración de convenios estatutarios

2. Recomendaciones en materia de igualdad y tiempo de trabajo

Recomendaciones para la negociación colectiva en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres: estas recomendaciones tienen por objetivo mejorar los contenidos de los convenios colectivos en materia de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres y de prevención y abordaje de los casos de acoso sexual y en razón de sexo.

Estrategia para la inserción laboral de personas con discapacidad en Cataluña 2008-2010: este documento tiene como finalidad establecer ejes, objetivos y medidas prioritarias que potencien las alternativas de inserción laboral de las personas con discapacidad a fin de que estas personas alcancen la plena ciudadanía.

Recomendaciones para la negociación colectiva en materia de gestión del tiempo de los trabajadores: estas recomendaciones tienen como objetivo mejorar los contenidos de los convenios colectivos en materia de gestión del tiempo de trabajo para una ordenación más flexible y racional del tiempo de trabajo que permita a los trabajadores la conciliación efectiva de su vida personal y laboral en equilibrio con los intereses de las empresas. 3. Estudios

El tiempo de los trabajadores en la negociación colectiva. Fórmulas de gestión flexible del tiempo de trabajo. Colección «Estudis», nº 1, año 2010.

Calidad en el empleo en la negociación colectiva en Cataluña. Colección «Estudis», nº 2, año 2010.

Nuevos retos y nuevas propuestas en la gestión de la diversidad cultural en las empresas en Cataluña. Integración laboral y social de las personas inmigradas en la empresa en Cataluña y el papel de la negociación colectiva. Colección «Estudis», nº 3, año 2010.