quevedo vs torre de juan abad40bdc053-92bb-4f... · 2020. 10. 28. · pozuelo yvancos,...

2
Archivo Histórico Nacional C/Serrano, 115. 28006 MADRID http://www.mecd.es http://www.pares.es ya concluidos hasta la ciudad de Toledo, en donde quedaban custodiados. Fruto de los procesos desamortizadores, el Estado incauta esta documentación en 1869, y por Orden de la Dirección General de Instrucción Pública de 16 de noviembre de 1896 se ordena su traslado definitivo desde Toledo hasta Ma- drid, en la sede de Recoletos del Archivo Histórico Nacional. Los documentos (o partes de documentos) elegidos para la muestra de esta pieza del mes ponen de manifiesto la acción directa de Quevedo en el pleito. Lo vemos, por ejemplo, firmando poderes, como el que firma en 26 de marzo de 1621 a su procurador, Francisco Gómez, para que le represente en el pro- ceso. O igualmente en el recibí firmado y manuscrito de su puño y letra en 30 de marzo de 1635, dando constancia de que se le entregaba una copia de una carta de Felipe II con el privilegio de la justicia de diversas villas de órdenes militares en primera instancia. No es de extrañar, por tanto, que en distintos pasajes de la obra de Francisco de Quevedo, entreveamos la animadversión que sentía por, al menos, parte de la justicia en España, que tantos quebraderos de cabeza a buen seguro le daba. Así, por concluir con un ejemplo, en su Sueño de la Muerte, podemos leer: “los pleitos son sobre que el dinero sea de letrados y del procurador de justi- cia, y la justicia, sin dineros, de las partes. ¿Queréis ver qué tan malos son los letrados?” 5 BIBLIOGRAFÍA ● ARELLANO, I. (ed.), Francisco de Quevedo. Prosa Satírica , Barcelona, Penguin Random House, 2016 ● LOZANO CABEZUELO, J.Mª., “Doble vertiente de las relaciones Quevedo – Torre de Juan Abad”, en Cuadernos de estudios manchegos, nº 36, 2011, pp. 61-92 ● POZUELO YVANCOS, J.Mª.,“Torre de Juan Abad, lugar de Quevedo”, en La Perinola: Revista de investigación quevediana, nº 13, 2009, pp. 327-338 ● RIQUELME JIMÉNEZ, C.J.:, “La justicia y su administración en las fuentes literarias del siglo de oro: la figura de Francisco de Quevedo”, en Cuadernos de estudios manchegos, nº 34, 2009, pp. 17-41 Texto: Vicente Requena Riera. Archivo Histórico Nacional. QUEVEDO VS TORRE DE JUAN ABAD La Pieza del Mes

Upload: others

Post on 20-Jan-2021

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: QUEVEDO VS TORRE DE JUAN ABAD40bdc053-92bb-4f... · 2020. 10. 28. · POZUELO YVANCOS, J.Mª.,“Torre de Juan Abad, lugar de Quevedo”, en La Perinola: Revista de investigación

Archivo Histórico Nacional C/Serrano, 115. 28006 MADRID http://www.mecd.es http://www.pares.es

ya concluidos hasta la ciudad de Toledo, en donde quedaban custodiados. Fruto de los procesos desamortizadores, el Estado incauta esta documentación en 1869, y por Orden de la Dirección General de Instrucción Pública de 16 de noviembre de 1896 se ordena su traslado definitivo desde Toledo hasta Ma-drid, en la sede de Recoletos del Archivo Histórico Nacional. Los documentos (o partes de documentos) elegidos para la muestra de esta pieza del mes ponen de manifiesto la acción directa de Quevedo en el pleito. Lo vemos, por ejemplo, firmando poderes, como el que firma en 26 de marzo de 1621 a su procurador, Francisco Gómez, para que le represente en el pro-ceso. O igualmente en el recibí firmado y manuscrito de su puño y letra en 30 de marzo de 1635, dando constancia de que se le entregaba una copia de una carta de Felipe II con el privilegio de la justicia de diversas villas de órdenes militares en primera instancia. No es de extrañar, por tanto, que en distintos pasajes de la obra de Francisco de Quevedo, entreveamos la animadversión que sentía por, al menos, parte de la justicia en España, que tantos quebraderos de cabeza a buen seguro le daba. Así, por concluir con un ejemplo, en su Sueño de la Muerte, podemos leer: “los pleitos son sobre que el dinero sea de letrados y del procurador de justi-cia, y la justicia, sin dineros, de las partes. ¿Queréis ver qué tan malos son los letrados?”5

BIBLIOGRAFÍA ● ARELLANO, I. (ed.), Francisco de Quevedo. Prosa Satírica, Barcelona, Penguin Random House, 2016

● LOZANO CABEZUELO, J.Mª., “Doble vertiente de las relaciones Quevedo – Torre de Juan Abad”, en Cuadernos de estudios manchegos, nº 36, 2011, pp. 61-92

● POZUELO YVANCOS, J.Mª.,“Torre de Juan Abad, lugar de Quevedo”, en La Perinola: Revista de investigación quevediana, nº 13, 2009, pp. 327-338

● RIQUELME JIMÉNEZ, C.J.:, “La justicia y su administración en las fuentes literarias del siglo de oro: la figura de Francisco de Quevedo”, en Cuadernos de estudios manchegos, nº 34, 2009, pp. 17-41

Texto: Vicente Requena Riera. Archivo Histórico Nacional.

QUEVEDO VS

TORRE DE JUAN ABAD

La Pieza del Mes

Page 2: QUEVEDO VS TORRE DE JUAN ABAD40bdc053-92bb-4f... · 2020. 10. 28. · POZUELO YVANCOS, J.Mª.,“Torre de Juan Abad, lugar de Quevedo”, en La Perinola: Revista de investigación

PIEZA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2018 Pleito entre Francisco de Quevedo y el concejo de Torre de Juan Abad sobre la venta y el ejercicio de la jurisdicción en primera instancia de la villa. 05-12-1620 / 09-06-1644 Archivo Histórico Nacional OM-ARCHIVO_HISTORICO_TOLEDO,Exp.80431

Francisco de Quevedo y Villegas, caballero de la Orden de Santiago, ad-quiere en 1611 un censo cargado en los propios y rentas de la villa santia-guista de Torre de Juan Abad, la cual se había endeudado con este y otros censos para poder hacer frente al pago que suponía recuperar la jurisdic-ción en primera instancia en el concejo (y que había perdido por disposi-ción de Felipe II en 1566). El caso es que la villa no paga a Quevedo que opta por acudir a la vía del pleito, en 2 de abril de 1620, dando inicio a un largo proceso judicial, con múltiples ramificaciones y que, al menos en parte, se custodia en la Sección de Órdenes Militares – Archivo Histórico de Toledo, en el Archivo Histórico Nacional. El primer documento que se conserva del pleito y que nos da una idea cabal del asunto, es una real provisión de Felipe III, de 5 de diciembre de 1620, que dispone que se le paguen a Quevedo 120.000 reales que se le deben y en caso de no hacerlo pasados 60 días, se venda la jurisdicción para efectuar el pago. La jurisdicción de la villa es efectivamente vendida a Alonso Mexía de Leyva, vecino de Segura de la Sierra, que a su vez la traspasa en 1621 a su amigo Francisco de Quevedo quien, desde entonces, se intitula Señor de la villa de Torre de Juan Abad. Por auto del Consejo de las Órdenes de 15 de septiembre de 1621 se dis-pone que la jurisdicción quede para Quevedo, el cual podrá elegir al alcal-de mayor y a los dos alcaldes ordinarios de entre los que le presente la villa de Torre de Juan Abad .. Los ánimos, lejos de apaciguarse, continuarán destemplados, siendo con-tinuas las disputas por la elección y el ejercicio de los cargos municipales en el concejo. Por otra parte, pese a que se llega a una concordia en 1631, en 1639 el fiscal del Consejo de las Órdenes reabre el pleito, alegando que los cargos de justicia deben ser nombrados por el Consejo y cuestio-nando el hecho de que Quevedo haya conseguido la jurisdicción en subas-ta pública y no por herencia. La parte de Francisco de Quevedo se queja

al respecto de que no ha podido defenderse en esos momentos por haber sufrido pena de cárcel en su ya conocido desencuentro con el Conde-Duque de Olivares. “Digo que estando mi parte en posesión de la jurisdicción de la villa de la torre de Juan Abad (…), con una petición sola del señor fiscal, se han puesto justicias en la dicha villa, perturbando a mi parte en la posesión en que está y por haber estado preso como es notorio…”.1 Sin embargo, Quevedo logra finalmente su objetivo puesto que en auto de 9 de junio de 1644, el Consejo de las Órdenes dictamina nuevamente que la justicia de la villa le pertenece a él. “Y mandaron que (…) se le restituyesen todos los frutos emolumentos y otras cosas que por razón de la dicha juris-dicción le hubiesen tocado y podido pertenecer”.2 La cuestión no termina en vida de don Francisco, al contrario, su sobrino Pedro Alderete Carrillo Quevedo y Villegas, quien hereda los censos y ju-risdicción de Torre de Juan Abad, continuará pleiteando con la villa, de lo cual tenemos igualmente constancia en el Archivo Histórico Nacional3. Esta documentación conservada en el Archivo Histórico de Toledo, y que ha sido recientemente puesta a disposición del público, merced a los traba-jos de identificación y control de los legajos que restaban pendientes en la sección, nos ilustra a la perfección acerca de aspectos cotidianos y terrena-les de la vida de Quevedo, el cual debía sustraerse más a menudo de lo que a él le hubiera gustado de su prosa y su poesía, de sus actividades en la cor-te y de sus viajes en calidad de, por ejemplo, secretario del Duque de Osu-na, para tener que descender al terreno de los tribunales y pleitear con fre-cuencia; no únicamente con la villa de Torre de Juan Abad, que es el caso que nos ocupa, sino contra otras instancias.4 Cabe decir que el Archivo Histórico de Toledo, también conocido como archivo judicial de Toledo, que es donde se encuentra archivado el pleito, es en realidad la documentación producida por las dos escribanías de cáma-ra del Consejo de la Órdenes (la de Santiago y la de Calatrava y Alcántara), las cuales desde el s.XVI enviaban periódicamente los procesos judiciales

1Escrito de Lucas de Quiñones, procurador de Francisco de Quevedo, en 29 de julio de 1643. AHN, OM-ARCHIVO_HISTÓRICO_TOLEDO,Exp.80431. 2AHN, OM-ARCHIVO_HISTÓRICO_TOLEDO,Exp.80431 3AHN, OM-ARCHIVO_HISTÓRICO_TOLEDO,Exps.8751, 72371, 72377 y 72379. 4En AHN, OM-ARCHIVO_HISTÓRICO_TOLEDO,Exp.17232, queda documentado que Queve-do mantiene un pleito contra Alonso Abad por razón de unos censos 5Arellano,Ignacio, Francisco de Quevedo. Prosa Satírica, Barcelona, 2016, pp.243-244