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Page 1: Publirreportaje El Comercio

El Decreto Supremo N° 003-2010-TR especifica que el trabajador puede elegir la entidad financiera de su preferencia para que le depositen el pago de sus remuneraciones, lo cual debe ser cumplido por el empleador y con esto se modifica lo que especificaba el Decreto Supremo N° 001-98-TR, cuya aplicación generó que las empresas ofrezcan pocas opciones de pago a sus trabajadores considerando la disponibilidad de fondos y las facilidades de pago entre entidades financieras que existían en su momento.Es así que un nuevo empleado contará con diez días útiles para elegir la entidad financiera, abrir su cuenta y comunicarlo a su empleador y los empleados ya existentes podrán cambiar de entidad financiera y cuenta disponiendo de diez días útiles al inicio del mes para informar al empleador del cambio.

Medios de pago

Los medios de pago comunes que actualmente puede usar el empleador para el pago de remuneraciones son el dinero en efectivo, el cheque y las transferencias de fondos que pueden ser:- Internas – Entre cuentas en la misma entidad financiera- Interbancarias – Entre cuentas en distintas entidades financieras

Sin embargo cada uno de estos medios de pago tiene sus características, ventajas y desventajas, el dinero en efectivo implica costos de traslado, manipuleo y riesgos al ser cobrado por el empleado, el cheque implica que el empleado lo deposite en su cuenta, de tenerla, o que se acerque a la ventanilla de la entidad financiera para cobrar el cheque respectivo en cuyo caso es probable que tenga que esperar algunos minutos para su atención con la consiguiente pérdida de su valioso tiempo, exponiéndose luego a la inseguridad de pérdida de su dinero y daño físico debido a la posibilidad de asalto y robo.Las transferencias de fondos conllevan ventajas para la empresa y sus empleados pues ahorran tiempo, siendo seguras y eficientes en el pago en sí.

Cuentas en las entidades financieras

Se pueden presentar dos situaciones en cuanto a las cuentas en las entidades financieras: .- Si las cuentas del empleador y del empleado están en la misma entidad financiera, el empleador solicitará al empleado el número de su cuenta de pago de haberes..- Si las cuentas del empleador y del empleado están en diferentes entidades financieras, el empleador solicitará al empleado el CCI (Código de Cuenta Interbancario) de su cuenta de pago de haberes en la otra entidad financiera para proceder al pago.El empleador no necesita tener o abrir cuentas en cada entidad financiera donde sus empleados tengan cuenta, sino que les puede pagar desde su propia entidad financiera mediante una TIN!, transferencia interbancaria, usando las facilidades que su entidad financiera le provee. Si el empleador financia el pago de remuneraciones con su entidad financiera puede disponer desde allí que se pague a todos sus empleados en sus respectivas entidades financieras.

¿Qué es el CCI?

El CCI o Código de Cuenta Interbancario es el código que identifica, de manera única, a la cuenta de pago de haberes del empleado en todo el sistema financiero del Perú. El CCI solo sirve para recibir fondos y no es utilizado para retiros, por tanto es seguro.Cada cuenta de ahorros, cuenta corriente o similar ya tiene asignado un CCI de 20 dígitos que la identifica en forma segura y única a nivel nacional, el cual se asigna al momento de abrir la cuenta:

EEE: Código de Entidad (3 dígitos).OOO: Código de Oficina (3 dígitos).CCCCCCCCCCCC: Número de Cuenta (12 dígitos).DD: Dígitos de Control de Entidad-Oficina (1 dígito) y del Número de Cuenta (1 dígito) respectivamente.

¿Cómo obtengo el CCI?

El CCI de su cuenta puede obtenerlo sin costo, solicitándolo en las

ventanillas de su entidad financiera, en el cajero automático, en la banca por teléfono y también en la página web de su entidad financiera, dependiendo de las facilidades que ésta les brinde a sus clientes, es decir a los empleados de su empresa.

Transferencias interbancarias por pago de haberes TIN!

¿Qué son?

Son las operaciones que permiten a un empleador transferir dinero por pago de haberes, desde su cuenta en una entidad financiera, hacia las cuentas de sus empleados en otra entidad financiera a nivel nacional.

Es imprescindible que el empleador conozca los CCI de las cuentas de sus empleados a fin de poder concretar el pago de haberes vía transferencias interbancarias.

¿Cómo operan?

El pago de haberes o remuneraciones mediante TIN! se usa desde los canales que cada entidad financiera pone a disposición del empleador, por el hecho de ser su cliente, entre los cuales se encuentran las ventanillas de las entidades, las plataformas de atención y también la aplicación de banca remota para el proceso de operaciones financieras desde la oficina de la empresa.

Las transferencias interbancarias de pago de haberes tienen un límite individual de S/. 265,000.00 nuevos soles ó de US$ 50,000.00 dólares americanos en cada transferencia, según la moneda a transferir, por ello si se diera el caso de querer transferir un monto superior, este monto se divide en dos o más transferencias interbancarias, sin exceder los límites de importe.

Los tipos de pagos de haberes que se pueden realizar usando TIN! son:

Pago de haberes de Cuarta CategoríaPago de haberes de Quinta CategoríaOtros haberes gravados (ITF)Otros haberes exonerados (ITF)

La información que se envía en cada TIN! de pago de haberes es el importe, mes y fecha de pago, el nombre del empleador, la cuenta a acreditar (CCI) y el nombre del empleado.

Horarios

Para solicitar las transferencias por pago de haberes, existen actualmente dos horarios en las entidades financieras :

El turno mañana, que incluye a las TIN! solicitadas antes de las 13:00 horas que serán abonadas en las cuentas de los empleados en la otra entidad financiera a partir de las 17:15 horas del mismo día.El turno tarde, que incluye a las TIN! solicitadas después de las 13:00 horas que serán abonadas en las cuentas de los empleados en la otra entidad financiera a partir de las 10:00 horas del siguiente día útil.

El proceso de las TIN! de pago de haberes

Las transferencias interbancarias por pago de haberes se procesan mediante la compensación electrónica de medios de pago que se ejecuta en la Cámara de Compensación Electrónica S.A. – CCE en la que participan la mayoría de entidades bancarias y otras entidades financieras del país.Las TIN! se solicitan en cada entidad financiera participante que las envía en forma electrónica a la CCE S.A. donde se compensan y luego se liquidan en las cuentas que las entidades financieras participantes tienen en el Banco Central de Reserva del Perú, para ser enviadas después a las entidades financieras de destino que las abonan en las cuentas de sus clientes usando los CCI respectivos como identificación.Los procesos de compensación electrónica son regulados y supervisados por el BCRP y se basan en infraestructura segura y confiable, por tanto los resultados de la compensación son también muy seguros para todos los participantes y sus clientes.

En la actualidad participan 14 bancos comerciales, 1 entidad financiera y 4 cajas municipales en las distintas compensaciones de medios de pago y específicamente en el proceso de envío y recepción de pagos de haberes participan las siguientes entidades financieras:Banco ContinentalBanco de ComercioBanco de Crédito del PerúBanco Financiero del PerúBanco Internacional del Perú - InterbankCitibank del Perú S.A.Scotiabank Perú S.A.A.Crediscotia Financiera S.A.CMAC Arequipa S.A.CMAC Sullana S.A.CMAC Trujillo S.A.

Ventajas del pago de haberes usando TIN!

Menor costo, pues se reduce la carga operativa para los empleadores al automatizar el pago de haberes de sus empleados hacia todas las entidades financieras donde tienen cuenta.Mejora la eficiencia, por los menores gastos operativos ya que se reemplazan procesos manuales - efectivo, cheques - por procesos automatizados y seguros. Disminuye el riesgo de manejo de efectivo, para el empleador y sus empleados, y los costos e inseguridad asociados a el; también se eliminan los tiempos de espera o salidas de empleados de la empresa para el cobro de los cheques, de ser el caso.Información exacta y oportuna sobre las transferencias realizadas la cual es útil para ambas partes.

En resumen se logra mayor productividad para los pagos que debe realizar la empresa y los cobros que reciben los empleados.

¿Qué otros tipos de transferencias se pueden realizar?

Usando TIN! se pueden realizar también los siguientes tipos de transferencias de fondos entre cuentas en diferentes entidades financieras, para lo cual se requiere conocer el CCI de la cuenta de destino, el que tiene la misma estructura mostrada antes para el caso de los pagos de haberes. Los tipos de transferencias son:

Transferencias ordinarias, dirigidas a cuentas propias o de terceros, en otra entidad financiera. En el caso de cuentas propias deberá indicarlo al solicitar la transferencia para que se le exonere del cobro del ITF.Pagos a cuenta o pago total de la deuda de su tarjeta de crédito de una entidad a otra. En este caso se usa el número de la tarjeta de crédito en vez del CCI y se pueden pagar las tarjetas de crédito emitidas por las entidades que participan en esta compensación.Pago a sus proveedores, abonándoles en su cuenta en otra entidad financiera, para lo cual debe solicitarles el CCI de su cuenta y coordinar con su entidad financiera las facilidades para hacer estos pagos.Pago de CTS en los períodos que corresponde, que son dirigidos hacia el CCI de la cuenta CTS del empleado.Recibir pagos del Estado Peruano, en el caso que su empresa sea proveedora de bienes o servicios al Estado Peruano, puede indicarle que desea que los pagos le sean hechos mediante una transferencia interbancaria a su cuenta en su entidad financiera, para lo cual debe seguir los procedimientos que ha definido el Estado y que incluimos en la parte final de este artículo.

le soluciona el pago de las remuneraciones de sus trabajadores en las entidades financieras que ellos

elijan, con facilidad, seguridad y eficiencia

Señor EMPRESARIO:PUBLIRREPORTAJE

(Continúa en la página siguiente)

Page 2: Publirreportaje El Comercio

CÁMARA DE COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA S.A.

Todos estos tipos de transferencias están sujetos a los límites individuales de S/. 265,000 nuevos soles y US$ 50,000 dólares americanos y se procesan en los mismos turnos mañana y tarde que mencionamos anteriormente.Le recomendamos que consulte en su entidad financiera sobre los tipos de transferencias interbancarias que puede realizar, así como los canales de atención y facilidades que le ofrecen.

¿Cuáles son las ventajas al utilizar las transferencias? ¿Tienen costo?

En general para todos los tipos de transferencias interbancarias mencionados se puede obtener como ventajas: eliminar el riesgo de usar efectivo, mayor comodidad en los trámites al ordenar sus pagos, ahorro de tiempo y dinero, seguridad y oportunidad en los pagos y confidencialidad de sus transacciones.Las transferencias interbancarias son un servicio con valor agregado que proveen las entidades financieras a sus clientes y por tanto tienen un costo asociado a ellas que depende de la localidad de origen y destino de la transferencia, sin embargo los costos son razonables comparados con los costos y riesgos de efectuar el depósito de dinero en forma presencial y estos costos pueden ser distintos en cada entidad financiera, por tanto aconsejamos consultarlos con su entidad financiera.

Cámara de Compensación Electrónica S.A. – CCE S.A.

La CCE S.A. es una empresa de servicios de canje y compensación privada que provee los servicios de canje y compensación de medios de pago, con arreglo a las normas y procedimientos establecidos en los reglamentos aplicables a cada instrumento compensable.

Compensa los medios de pago de bajo valor; como son los cheques y transferencias interbancarias, así como otros medios de pago que según las regulaciones del BCRP, son materia del proceso de canje y compensación.

La CCE S.A. se constituyó el 15 mayo del 2,000 y procesa la compensación de los cheques desde noviembre de ese año y la compensación de transferencias interbancarias desde noviembre del 2,001; se encuentra bajo la normativa y supervisión del Banco Central de Reserva del Perú.

Sus accionistas son 14 Bancos del Sistema Financiero Nacional que a la vez participan como usuarios en la compensación electrónica, conjuntamente con otras entidades financieras conformando la siguiente relación:

Banco Azteca del Perú S.A.Banco Central de Reserva del PerúBanco ContinentalBanco de ComercioBanco de Crédito del PerúBanco de la NaciónBanco Falabella Perú S.A.Banco Financiero del Perú S.A.Banco Interamericano de FinanzasBanco Internacional del Perú – InterbankBanco Santander Perú S.A.Citibank del Perú S.A.Crediscotia Financiera S.A.HSBC Bank Perú S.A.Mibanco, Banco de la Microempresa S.A.Scotiabank Perú S.A.A.CMAC Arequipa S.A.CMAC Piura S.A.C.CMAC Sullana S.A.CMAC Trujillo S.A.

La CCE S.A. además de las transferencias interbancarias, también compensa los cheques.

El cheque representa la orden de cargo sobre una cuenta determinada. La CCE es la encargada de procesar la compensación de los cheques presentados por las entidades financieras participantes.

El cheque es bastante utilizado en la actualidad, aunque la tendencia es a su menor uso, existen riesgos de no poder cobrarlo al momento de su presentación si ocurre alguna situación anormal como falta de fondos, falsificación de firmas, o apropiación indebida.

Volúmenes y montos compensados

En la actualidad se compensan un promedio de 700,000 cheques mensuales en moneda nacional y moneda extranjera, por importes de S/. 9,000’000,000 de nuevos soles y US$ 1,400’000,000 de dólares americanos. Las transferencias ascienden en promedio a 180,000 transferencias mensuales, de todo tipo, por importes de S/. 1,300’000,000 de nuevos soles y US $ 150’000,000 de dólares americanos. Las transferencias interbancarias se distribuyen en promedio de la siguiente manera :- Ordinarias 31.70 %- Pago de haberes 2.96 %- Pago a proveedores 43.62 %- Pago de tarjeta de crédito 21.72 %Los pagos a proveedores del Estado peruano constituyen el 69.22 % de los pagos a proveedores que se procesan.

Proveedores del Estado

¿Es Ud. proveedor del Estado Peruano y desea recibir el pago de su factura vía una transferencia interbancaria? ¿Qué establece la ley?

* La Resolución Directoral N° 003-2005-EF/77 (2005) que contiene las Directivas de Tesorería, emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, dispone el uso obligatorio de la modalidad de pago mediante abono en cuenta en cualquier entidad del Sistema Financiero Nacional, para el pago a proveedores del Estado.

* Se establece también en las bases de los procesos de selección que el pago a proveedores del Estado se realice mediante abono en cuenta en forma obligatoria, es decir que el que no tiene cuenta en alguna entidad financiera para recibir el pago no podrá participar en los procesos de selección.

¿Qué debe hacer?

En la entidad:* Sí ya tiene cuenta abierta en una entidad del Sistema Financiero,

solicite su CCI (ver CCI) y verifique que el documento de identificación con el que abrió su cuenta sea su RUC, y que el número del mismo esté correctamente registrado en la cuenta.

* Sí aún no abrió cuenta en alguna entidad, debe hacerlo; utilizando para esto su RUC y luego solicite a la entidad la entrega de su CCI.

Recomendamos consultar en su entidad financiera si puede recibir este tipo de pagos.

En la Unidad Ejecutora:* Deberá, luego de obtener su CCI en la entidad donde mantiene o

abrió su cuenta, presentar una carta de autorización dirigida al Director General de Administración de la Unidad Ejecutora correspondiente; para el pago mediante abono en cuenta e indicará el CCI de su cuenta donde desea recibir el abono. (ver modelo adjunto).

* El proveedor no puede autorizar el depósito a su favor en más de una cuenta del Sistema Financiero. Aún cuando trabaje con varias Unidades Ejecutoras, utilizará el mismo CCI.

Para que el pago proceda:* La Unidad Ejecutora efectúa la verificación, previa al pago y con la

entidad donde Ud. mantiene su cuenta, de que el CCI y el número de su RUC son los correctos. De ser positiva esta verificación la Unidad Ejecutora procederá con el pago, caso contrario si es rechazada la verificación por la entidad, Ud. deberá acercarse a la Unidad Ejecutora y luego a su entidad si hubiera algún problema con su CCI o su número de RUC.

Principales ventajas:* Mayor seguridad.* Abono en la cuenta designada en un tiempo promedio de 24

horas.* Evita los desplazamientos del personal para recabar el cheque y

para hacerlo efectivo o depositarlo en la entidad. Modelo de carta autorización:

Lima, Señor,(Director General de Administración de la Unidad Ejecutora)PresenteAsunto: Autorización para el pago con abono en cuentaPor medio de la presente, comunico a Ud. que el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que represento es el _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ (Indicar el CCI así como el nombre o razón social del proveedor titular de la cuenta) agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente de manera que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI en el Entidad_ _ _ _ _ _ _ _ _.Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por el suscrito (o mi representada) una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o Servicio quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad financiera a que se refiere el primer párrafo de la presente.Atentamente ----------------------------------------------------------------------Firma del proveedor, o de su representante legal debidamente acreditado ante la Unidad Ejecutora del Estado Peruano.

¿Dónde puede ver mayor información sobre las transferencias interbancarias?

Puede accesar a las páginas web de la Asociación de Bancos del Perú (www.asbanc.com.pe) bajo el título CCE S.A., y también en la página web de TIN! (www.tin.com.pe).

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TRANSFERENCIAS INTERBANCARIAS ANUALES

TRANSFERENCIAS INTERBANCARIAS MENSUALES

(Viene de la página anterior)