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Comunidad Religiosa Hermanas De los Pobres de Vicenzo Morinello COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS “Vivir siempre por un ideal, con principios y amando la vida, siempre firmes hasta el final” ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS 1. IDENTIFICACIÓN: TITULO: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL RESPONSABLES: Ingeniero MARTÍN ALONSO PALACIO QUIRAMA Profesor de Informática, Geometría y Estadística DURACIÓN: FEBRERO 9 A NOVIEMBRE 12 DE 2012 (para el grado once) Febrero 9 de 2012 a Noviembre 12 de 2013 (para el grado Décimo). 2. ANTECEDENTES JUSTIFICACIÓN La formación y ejecución del Proyecto de Servicio Social en la Institución, hace parte de la propuesta de formación integral de los jóvenes que cursan el ciclo de Educación Media, su importancia comprende: - El fortalecimiento de los valores sociales establecidos en el proyecto Educativo Institucional como: La responsabilidad, puntualidad, el respeto, la solidaridad, la honradez, la cooperación mutua, la tolerancia y la comunicación asertiva. - La creación de espacios de proyección a la comunidad que permitan, el contacto directo con la realidad que viven las familias. 1

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Contiene el docuento para presentar el servicio social estudiantil obligaorio del colegio Santa Teresita del Niño Jesús

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Page 1: PROYECTO SSEO CESTE

Comunidad ReligiosaHermanas De los Pobres de Vicenzo Morinello

COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS“Vivir siempre por un ideal, con principios y amando la vida, siempre firmes

hasta el final”ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS

1. IDENTIFICACIÓN:

TITULO: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTILRESPONSABLES: Ingeniero MARTÍN ALONSO PALACIO QUIRAMA

Profesor de Informática, Geometría y Estadística

DURACIÓN: FEBRERO 9 A NOVIEMBRE 12 DE 2012 (para el grado once)

Febrero 9 de 2012 a Noviembre 12 de 2013 (para el grado

Décimo).

2. ANTECEDENTES

JUSTIFICACIÓNLa formación y ejecución del Proyecto de Servicio Social en la Institución, hace parte de la propuesta de formación integral de los jóvenes que cursan el ciclo de Educación Media, su importancia comprende:- El fortalecimiento de los valores sociales establecidos en el proyecto Educativo Institucional como: La responsabilidad, puntualidad, el respeto, la solidaridad, la honradez, la cooperación mutua, la tolerancia y la comunicación asertiva.- La creación de espacios de proyección a la comunidad que permitan, el contacto directo con la realidad que viven las familias.- La sensibilización frente a los problemas y necesidades de los otros con relación de actividades formativas fuera del contexto escolar y familiar.- Experimentar la necesidad de asumir un compromiso personal de solidaridad y ayuda a los demás para integrar a los estudiantes a la vida comunitaria e interinstitucional.Posibilitar la existencia del Servicio Social, la prevención, rehabilitación o asistencia de individuos, de familias o de grupos sociales con amplias carencias y demandas; en beneficio de la igualdad de oportunidades, la

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realización personal, la integración social y solidaria. Posteriormente los estudiantes participaran con los maestros en la elaboración del proyecto de trabajo que será llevado a cabo en la comunidad de su elección.El objetivo fundamental es la aplicación del Servicio Social, mediante prácticas que resulten creativas e innovadoras, para fomentar la cultura investigativa y la calidad de los proyectos para compartirlos y difundirlos.OBJETIVOS GENERALES:

1. Sensibilizar a los estudiantes frente a las necesidades, intereses y problemas de la comunidad para que planeen y ejecuten proyectos tendientes al mejoramiento personal y de su entorno.

2. Articular las acciones educativas de la Institución con otras organizaciones e Instituciones del Estado para cualificar la comunidad claretiana.

3. Aplicar los conocimientos y habilidades logradas en el transcurso de la Educación Básica y Media en el desarrollo de los diferentes proyectos.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:1. Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo

para la dignificación personal y elevar el nivel de vida de la comunidad claretiana.

2. Afianzar los valores que promueven la Institución educativa, en el Proyecto Educativo Institucional, a través de participación efectiva en los proyectos propuestos.

3. Promover acciones educativas orientadas a fortalecer el espíritu de servicio en bien de la comunidad.

1. ¿QUÉ ES EL SERVICIO SOCIAL?Se entiende por Servicio Social, la práctica con la comunidad, que deben realizar los Estudiantes de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional; como aplicación de los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso Educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario acorde con los principios y fines claretianos.

1. AGENTES EDUCATIVOS Y CULTURALES DELSERVICIO SOCIALLos agentes educativos y culturales involucrados en la ejecución y cumplimiento del servicio social de las Instituciones son el Rector (a), el Coordinador (a) del servicio social, los docentes, los directores de grado y por supuesto los estudiantes.

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El Rector (a) de la Institución será el responsable ante la Secretaría de Educación, de la conducción y orientación del Proyecto.El Coordinador (a) del servicio social de la Institución quien se encargará de liderar la conducción, ejecución, supervisión y evaluación del Proyecto.Los docentes de la Instituciones que estén vinculados en los proyectos de Tiempo libre, Democracia, Educación sexual, Ecología y Prevención, encuentros de universidades, juegos intramurales, convivencia, grupos significativos, monitorias, proyecto de emisora, entre otros.Los directores de grupo de los grados diez y once quienes serán asesores, orientadores y facilitadores en la elaboración del Proyecto de los estudiantes y los profesores encargados de los proyectos.Los estudiantes quienes tendrán a su cargo la ejecución de las acciones y proyectos Institucionales mediante convenios debidamente autorizados. Los Coordinadores del servicio social presentarán ante la rectoría del plantel un informe sobre las actividades, acciones, proyectos y convenios del servicio social que se adelantan en la Institución Educativa y con otras Instituciones Gubernamentales.FILOSOFÍA DEL SERVICIO SOCIALEl servicio social estudiantil es la actividad de carácter temporal, que debe desempeñar el estudiante durante un tiempo fijado en la legislación, en ochenta horas, como requisito indispensable para obtener el título de Bachiller; es una oportunidad para identificarse con la sociedad por los beneficios, competencias y capacidades obtenidos a través de su formación y educación.Se constituye un vínculo entre las Instituciones educativas y el sector público y social, además, permite integrar eficazmente los planes y programas de estudio a las necesidades y prioridades de desarrollo de las comunidades y el país.CARÁCTER ACADÉMICO DEL SERVICIO SOCIALEl carácter Académico del servicio social es una retro alimentación permanente de la participación de los estudiantes, la del profesorado y personal directivo y administrativo; quienes con autentico sentido de pertenencia, responsabilidad y compromiso social promuevan e impulsan programas de servicio social que sean el resultado del trabajo académico serio y disciplinado; lo que indudablemente incidirá en la consolidación de la filosofía del colegio en el cumplimiento efectivo de su función social.

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MISIÓN DEL SERVICIO SOCIALEl servicio social cumple con las misiones académicas comunitarias: El aspecto académico permite completar la formación teórica del estudiante. La relación estudiante comunidad, en su aspecto social representa una actividad de servicio que permite acercarse y apoyar a las comunidades de mayor urgencia social y sensibilizarse ante las necesidades de otros, incorporando en el proceso una serie de valores humanos y sociales que consolidan su formación integral. MARCO LEGALLa Ley 115 de 1994 artículo 97 “Los estudiantes de Educación Media prestarán un servicio social obligatorio durante dos (2) grados de estudios, de acuerdo con la reglamentación que expida el gobierno nacional”.Artículo 204. “La Educación en el ambiente es aquella que se practica en los espacios pedagógicos diferentes a los familiares y escolares, mediante la utilización del tiempo libre de los educandos”. Son objetivos de ésta práctica:

1. Enseñar la utilización constructiva del tiempo libre para el perfeccionamiento personal y el servicio a la comunidad.

2. Fomentar actividades de recreación, arte, cultura, deporte y otras, apropiadas a la edad de los niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad.

3. Propiciar las formas asociativas para que los educandos complementen la educación ofrecida en la familia y los establecimientos educativos.

Ley del deporte que propone como modalidad del servicio social la educación comunitaria en recreación y deporte.Decreto 1860 de 1994 Artículo 39. “El servicio social que prestan los estudiantes de Educación Media tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad, para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollando valores de solidaridad y conocimiento del entrono social”.Los temas y objetivos del servicio social serán definidos en el Proyecto Educativo Institucional. Los programas podrán ser ejecutados por el establecimiento en forma conjunta con entidades gubernamentales, especializadas en la atención a las familias y comunidades.El ministerio de Educación Nacional reglamentará los demás aspectos del servicio social estudiantil que faciliten su eficiente organización y funcionamiento.

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Resolución N° 4210 del MEN (septiembre de 1996) establece las reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio que deben ser tenidas en cuenta por los establecimientos educativos estatales y privados.LINEAMIENTOS GENERALESEl Proyecto de Servicio social Estudiantil hace parte de los requisitos curriculares para obtener el título de bachiller, por lo tanto, el Proyecto de Servicio Social debe ser aprobado por el Consejo académico y Directivo.El Proyecto de Servicio Social busca ser un proyecto integral y continuo que brinde una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales beneficiarios de este servicio.Atenderá prioritariamente necesidades educativas, culturales, recreativas, sociales de aprovechamiento del tiempo y medio ambiente, identificadas en la comunidad beneficiaria, tales como la promoción, preservación de la salud, educación ambiental, el mejoramiento de espacios, educación ciudadana, la organización de grupos juveniles, preservación de factores de riesgo, recreación dirigida y la práctica de actividades físicas, deportivas e intelectuales.intensidad horaria del proyecto, según la resolución 4210 de 1996 son de ochenta (80) horas, las cuales se cumplirán durante el tiempo de formación en los grados 10° y 11° de la Educación Media.En consideración al carácter obligatorio del servicio social estudiantil que le otorga la Ley General de la Educación, para que se considere terminado el proceso formativo se requiere:-Atender de manera efectiva las actividades propuestas en el proyecto.-Cumplir con la intensidad horaria prevista.-Haber obtenido los logros definidos.LÍNEAS DE ACCIÓN-Desarrollo de proyectos de Gestión ambiental, ornamentación y prevención de desastres.-Formación de líderes en prevención del uso de sustancias psicoactivas.-Recreación dirigida con el INDER y monitorias en deportes.-Patrulleros Escolares. Instituto Transito Municipal.-Formación de líderes. Policía comunitaria-Recreación y Tiempo Libre

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-Organización y atención en sitios públicos oficiales: Bibliotecas escolares, Departamental, Municipal y Recreo USCO.-Lideres en Educación Sexual en convenio con PROFAMILIA.-Escuelas para la Democracia. Convenio con Secretaria de Educación y Gobierno. -Proyecto para la educación sexual y construcción de ciudadanía PESCC – MEN.-Proyecto Institucional claretiano.-Proyecto monitorias.-Grupos significativos.-Encuentro de universidades.-Servicio de Orientación Escolar-Equipo derechos humanos-Equipos de convivencia-Grupo de monitores

SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 115/94 Decreto 1860/94 y Resolución 4210/96, y Considerando que el artículo 39 del Decreto 1860/94 que determina el propósito principal y los mecanismos generales para la prestación del Servicio Social del Estudiantado dispuestos en los artículos 66 y 97 de la Ley 115/94.

Que la Ley 115/94 concibe el Servicio social Estudiantil obligatorio como un componente curricular y

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 204 de la misma Ley.

Resuelve:

Establecer y adoptar el Servicio Social Estudiantil Obligatorio en la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús en los grados décimo y undécimo con los criterios y reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo en relación con el Servicio aquí regulado.

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En la Resolución 4210 del 12 septiembre de 1996 se establece:RESOLUCIÓN NUMERO 4210 DE 1996 (12 SEPT 1996)

Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio. En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las otorgadas por el artículo 1480 de la Ley 115 de 1994 y atendiendo 10 dispuesto en el artículo 139º del Decreto 1860 de 1994, y

CONSIDERANDO: LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL

Que el artículo 39º del Decreto 1860 de 1994, determina el propósito principal y los mecanismos generales para la prestación del servicio social del estudiante, dispuesto en los artículos 66º. y 97º. de la Ley 115 de 1994 y entrega al Ministerio de Educación Nacional la función de establecer regulaciones sobre aquellos aspectos que faciliten su eficiente organización y funcionamiento; Que la Ley 115 de 1994 concibe el servicio social estudiantil obligatorio como un componente curricular exigido para la formación integral del estudiante en los distintos niveles y ciclos de la educación formal por" constituir un ¡programa que contribuye a la construcción de su identidad cultural, nacional, regional y local, y Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 204º de la misma Ley, el "servicio social estudiantil obligatorio se constituye en un mecanismo formativo que permite el desarrollo del proceso educativo de los educandos, no sólo en el establecimiento educativo, sino también en el contexto familiar, en el ambiente y en la sociedad.

R E S U E L V E:

Artículo 1.- La presente resolución establece los aspectos del servicio social estudiantil obligatorio que deben ser tenidos en cuenta por los establecimientos educativos estatales y privados, para cumplir el propósito fundamental de integrar a la vida comunitaria al educando del nivel de ¡educación media académica o técnica, con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes.Desarrollo de valores, especialmente, la solidaridad, la participación, protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre.Artículo 2.- El servicio social estudiantil obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. Como tal, debe ser adoptado en los términos establecidos en el artículo 150 del Decreto 1860 de 1994 y para sus codificaciones se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 370 del mismo Decreto.En el reglamento o manual de convivencia deberá establecerse expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los

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educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado.Artículo 3.- El propósito principal del servicio social estudiantil obligatorio establecido en el artículo 390 del Decreto 1860 de 1994, se desarrollará dentro del proyecto educativo institucional, de tal manera que se atiendan debidamente los siguientes objetivos generales:

1. Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma.

2. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con su entorno social.

3. Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral de problemas socialmente relevantes.4. Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.

5. Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida.

Artículo 4.- Con el fin de facilitar la determinación de los objetivos específicos, los temas, las actividades y los procedimientos que estructuren y Organicen la prestación del servicio social estudiantil obligatorio, los establecimientos educativos, al adoptar o modificar su proyecto educativo institucional, tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. El servicio social estudiantil deberá permitir la relación y correlación del desempeño académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y de la formación, con su desarrollo personal y social.

2. Los proyectos pedagógicos del servicio social estudiantil que se adopten en el plan de estudios, deberán ser integrales y continuos, esto es, que brinden una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales, beneficiarias de este servicio.

3. Los proyectos pedagógicos del servicio deben constituir un medio para articular las acciones educativas del establecimiento con las expresiones culturales locales, satisfacer necesidades de desarrollo comunitario e integrar acciones adelantadas por otras organizaciones sociales, en favor de la comunidad.

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4. El servicio social atenderá prioritariamente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento de tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la promoción y preservación de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales.

Parágrafo- En el caso de los establecimientos de educación media con especialidades en agropecuaria, agroindustrial o ecología, con influencia en zonas campesinas y rurales, el servicio social estudiantil obligatorio, atenderá proyectos pedagógicos de capacitación y asesoría en desarrollo de programas para mejoramiento del ingreso y de la calidad de vida de la población de dichas zonas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 640 de la Constitución Política y 660. de la Ley 115 de 1994.

Artículo 5.- Los establecimientos educativos podrán establecer convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que adelanten o pretendan adelantar acciones de carácter familiar y comunitario, cuyo objeto sea afin con los proyectos pedagógicos del servicio 'social estudiantil obligatorio, definidos en el respecto proyecto educativo institucional.Deberán además, brindar los soportes técnico-pedagógicos y administrativos necesarios que requieran los educandos para prestar el servicio social estudiantil obligatorio, en las condiciones y requerimientos determinados en cada uno de los proyectos pedagógicos que defina el mismo establecimiento educativo, de acuerdo con los dispuesto en esta resolución.Establecerán igualmente, mecanismos administrativos y pedagógicos para que los docentes del respectivo establecimiento educativo, puedan atender las tareas y funciones de asesoría, orientación y asistencia a los educandos, en el desarrollo de dichos proyectos.

Artículo 6.- El plan de estudios del establecimiento educativo deberá programar una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio social estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico, durante el tiempo de formación en los grados 100. y 110. de la educación media, de acuerdo con 10 que establezca el respectivo proyecto educativo institucional, atendiendo las disposiciones del Decreto 1860 de 1994 y las regulaciones de esta resolución.Esta intensidad se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales de contenido educativo, ordenadas en el artículo 570 del Decreto 1860 de 1994.

Artículo 7.- En consideración al carácter obligatorio del servicio social estudiantil que le otorga el artículo 970 de la Ley 115 de 1994, para que se

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considere culminado el proceso formativo de los estudiantes de la educación media, se deberá atender de manera efectiva las actividades de los respectivos proyectos pedagógicos, cumplir con la intensidad horaria definida para ellos en el correspondiente proyecto educativo institucional y haber obtenido los logros determinados en el mismo.Lo anterior es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller, de conformidad con 10 dispuesto en el artículo 110 del Decreto 1860 de 1994, en armonía con el artículo 880 de la Ley 115 de 1994.

Artículo 8.- El Ministerio de Educación Nacional y las secretarías de educación departamentales y distritales, darán las orientaciones e instrucciones que sean necesarias, mediante circulares, documentos, textos .y materiales de orientación y difusión, a nivel nacional y en sus respectivos territorios, para el cabal desarrollo del servicio social estudiantil, sin detrimento de la autonomía escolar.Las secretarías de educación departamentales, distritales y municipales o los organismos que hagan sus veces, a través de la dependencia que atienda los aspectos pedagógicos del servicio público educativo en la respectiva jurisdicción, prestarán asesoría a los establecimientos educativos en la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 9.- La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga ¡todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial las resoluciones 12505, 13161 y 14881 de 1987.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASEDada en Santafé de Bogotá D.C., a los 12 SET.1996LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL

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3. OBJETIVO GENERAL

El Servicio Social que prestan los estudiantes de la Educación Media, tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimiento del educando respecto a su entorno social.

4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la Comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma.

2. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con su entorno social.

3. Promover acciones educativas orientadas a la construcción de su espíritu de servicio, para el mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral de problemas socialmente relevantes.

4. Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logradas en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.

5. Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permitan la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida.

5. CRITERIOS

1. El Servicio Social Estudiantil deberá permitir la relación y correlación del desempeño académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y la formación con su desarrollo personal y social.

2. Los proyectos pedagógicos del Servicio Social Estudiantil que se adopten en el plan de estudios, deberán ser integrados y continuos, esto es, que brindan una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales beneficiarios de este servicio.

3. Los proyectos pedagógicos del servicio deben constituir un medio para articular las acciones educativas del establecimiento con las expresiones culturales, locales, satisfacer necesidades de desarrollo comunitario e integrar acciones adelantadas por otras organizaciones sociales, a favor de la comunidad.

4. El Servicio Social atenderá prioritariamente necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre, identificadas en la

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comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales.

El Servicio Social Estudiantil hace parte de las opciones que tienen las instituciones educativas en la construcción del país y la sensibilización de los miembros de su comunidad.

Según resolución Nº. 12505 del 18 de septiembre de 1986 emanada del ministerio de Educación Nacional se determina el servicio social del estudiantado y la manera cómo los alumnos de décimo grado y undécimo grado deben desarrollar las acciones educativas en la comunidad, requisito indispensable para obtener el grado de bachiller.

Servicio Social es un objetivo fundamental del currículo de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús que busca desarrollar en los estudiantes la conciencia moral y la responsabilidad social de un ciudadano ejemplar.

La experiencia vivencial es la mejor manera de ayudarles a comprender a los estudiantes que su propio bienestar, depende del bienestar de los demás. Las lecturas, las charlas y las conferencias son importantes, pero no suficientes para que ellos se formen como líderes comprometidos que puedan participar en procesos que incidan en el mejoramiento de las condiciones de vida de otras comunidades. Es por eso que a lo largo de los años, se han ofrecido espacios que les permiten a los estudiantes compartir con otras comunidades, fortaleciendo de esta manera sus cualidades de ciudadano ejemplar.

EL SERVICIO SOCIAL PROMUEVE:

La reflexión de los administradores y docentes en la aplicación del objetivo de Servicio Social en todas las áreas y grados del colegio.

La permanente reflexión de la comunidad educativa en torno a la formación de jóvenes que proyecten, en su oficio o profesión futura, el compromiso social que desarrolló a través de la vida escolar.

La interacción de los alumnos del colegio con diferentes comunidades, para que conozcan la realidad del país y contribuyan en la formación de una patria más equitativa y solidaria.

La participación de los estudiantes en las diferentes actividades de Servicio Social, comprendiendo que ésta no es un requisito académico sino un compromiso y una oportunidad que todo ciudadano tiene consigo mismo y con la comunidad.

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6. CRITERIOS PARA EL TRABAJO CON LAS INSTITUCIONES

El Servicio Social se hará con instituciones que permitan, mediante el trabajo continuo, crear lazos de fraternidad con nuestra comunidad.

Se trabajará con instituciones que demuestren compromiso social con la comunidad y que estén de acuerdo con la filosofía de la Institución.

Las instituciones deben conocer los objetivos de Servicio Social de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús y privilegiar en las actividades que se planean conjuntamente la participación y el enriquecimiento mutuo.

Los representantes del colegio y de las instituciones deben planear, ejecutar y evaluar las actividades de integración conjuntamente basándose en principios de respeto, solidaridad y compromiso.

Las actividades de integración se deben realizar en lo posible en las instalaciones de ambas instituciones siempre y cuando se garantice la seguridad e integridad de los participantes.

Los representantes de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús y de las instituciones deben evaluar cada año conjuntamente los objetivos del trabajo realizado y determinar la continuidad o finalización de éste.

7. POBLACIÓN OBJETIVO.

- Alumnado de los grados décimo y undécimo, hombres y mujeres de la institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús.

8. RECURSOS HUMANOS

- Coordinación Académica y Coordinación para la Convivencia estudiantil.

- Un profesor como Coordinador del programa del Servicio Social Estudiantil Obligatorio de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús.

- Alumnado de la Institución, de los grados décimo y undécimo.

9. RECURSOS FÍSICOS

- Instalaciones de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús, ubicada en el Municipio de La Estrella, en la Dirección Calle 74 Sur Nº. 57-407, Barrio la Ferrería.

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- Otras Entidades como: bibliotecas, secretarias, alcaldías, parroquias, Jardines infantiles, clubes deportivos, etc. No en locales comerciales, ni en lugares donde se expenda licor, tabaco y otros que atenten contra la moral y la salud.

10. ESTRATEGÍA DE SOCIALIZACIÓN

Con el fin de dar a conocer todos y cada uno de los pasos requeridos para poder socializar el proceso para realizar el servicio social estudiantil obligatorio (SSEO) En la Institución educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús, el coordinador del programa realizará un trabajo con cada uno de los grados, explicando las pautas necesarias para lograr el objetivo o los objetivos. Dentro de la socialización establecida, el Coordinador del programa realizará un cronograma de actividades, un mapa conceptual y demás actividades necesarias sobre los pasos que el estudiante deberá seguir para alcanzar el proceso de dicho servicio, elaborará un diario de campo que el estudiante llenará a medida que preste su servicio en la entidad elegida por el alumno.

Antes de realizar todo el anterior proceso, el coordinador del servicio social de la Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús tiene presente los antecedentes de aquellos estudiantes del año anterior (los estudiantes que estaban cursando el grado décimo y que ahora están cursando el grado once en la Institución) que no han alcanzado a terminar el proceso del servicio social estudiantil obligatorio, con el fin de retomar su trabajo y darles una guía como ayuda a su proceso. Para ello tiene una lista de los estudiantes del grado once para verificar qué educandos ya han terminado su proceso del servicio social, con carta de certificación, de la entidad en la cual realizaron el servicio social, del cumplimiento de las noventa (90) horas; qué educandos no han iniciado y cuáles no han terminado.

Con los estudiantes que cursan en la actualidad el grado décimo, se hará un proceso de inducción, para introducirlos en la ley y los requerimientos para llevar a acabo el Servicio Social Estudiantil. De igual manera se presentará un mapa conceptual sobre los pasos a seguir, un cronograma de actividades y alentarlos a la consecución de la entidad en la que prestarán dicho servicio. Igualmente pedirán una carta de solicitud del servicio para ser llevada a la entidad en la cual prestarán éste y traerán una carta de aceptación de dicha entidad, con el fin de que el coordinador del programa lleve a cabo su verificación.

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Los estudiantes de ambos grados (10º y 11º) podrán presentar un anteproyecto escrito con normas ICONTEC, donde se muestre el tipo de actividades que realizarán, la ubicación, los recursos físicos y humanos, los objetivos, la justificación, el marco conceptual; con el fin de ser o no aprobado por el Coordinador del programa. Si el anteproyecto es aprobado se procede a la ejecución del servicio por parte del estudiante e iniciará la realización y puesta a punto del proyecto, que presentará al finalizar el año lectivo en fecha establecida en le cronograma de actividades antes presentado a los educandos de estos dos grados.

Para llevar el control de las horas de trabajo realizadas por el educando, el coordinador del programa de servicio social estudiantil obligatorio, de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO Santa Teresita del Niño Jesús, tendrá un formato con la lista de los estudiantes, en el cual consigna su nombre o los nombres de los educandos, el nombre del proyecto, lugar donde lo realiza, actividades, número de horas acumuladas y las firmas respectivas.11.SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO O TRABAJO SOCIAL DEL ESTUDIANTE

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADESACTIVIDAD FECHAIntroducción a los estudiantes de los grados décimo y undécimo sobre el proceso de alfabetización o servicio social obligatorio o trabajo social. A los estudiantes del grado once se les recuerda que continúen con su proceso, los que cumplieron las 90 horas entregan su carta de certificación de cumplimiento.

Febrero 8 a febrero 20

Verificación con el cumplimiento de las 90 horas de alfabetización con los estudiantes del grado once con la secretaría del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús. Recepción de certificados de estudiantes que faltaban traerlo y entrega a secretaría de la Institución.

Febrero 15 – 19

Recepción de las cartas de aceptación por parte de las entidades donde se prestará el servicio social obligatorio. Esta carta la recibe el Coordinador del Servicio Social Obligatorio (Colegio Santa Teresita del Niño Jesús).

Febrero 15 – Marzo 15

Informe verbal ante los docentes y directivas sobre el proceso del servicio social Obligatorio.

Febrero 19

Información a los estudiantes, de los grados décimo y undécimo, sobre este cronograma de actividades, por parte del director del servicio social obligatorio.

Febrero 8 – 22

Recepción de la carpeta para ser revisados y devueltos al estudiante.

Marzo 1 – 15

Entrega, por parte del estudiante, la carpeta sobre su programa del servicio social estudiantil obligatorio que va a realizar, ya corregido y bien presentado.

Marzo 15 – marzo 29

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Iniciación y finalización del proceso sobre el servicio social estudiantil obligatorio, que el estudiante está realizando. Los estudiantes del grado décimo tienen hasta noviembre de 2013.

Febrero 12– Noviembre 12

Presentar al Director del servicio social obligatorio del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús, el cronograma de actividades que lleva o llevará a cabo en la entidad donde presta el servicio social obligatorio.

Marzo 15 – marzo 29

Socializar ante los compañeros de clase y el Coordinador del Servicio Social el proyecto que lleva a cabo.

Marzo 23 – marzo 31

Presentar al Director del Servicio Social del Colegio SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS, el formato para el diario de campo, con información sobre sus actividades, con las firmas respectivas.

semanalmente o quincenalmente

Entrega final de la carpeta, completa, con las firmas, diario de campo, carta de certificación del cumplimiento del SSEO, al coordinador del Servicio Social Estudiantil Obligatorio.

Noviembre 12

NOTA:- Para los estudiantes del grado décimo, este tiempo se prorroga hasta

noviembre de 2013, si continúa en la Institución.- El Coordinador del Servicio Social Estudiantil Obligatorio verificará

telefónica y/o personalmente el cumplimiento de las actividades con el director de éstas en la entidad donde presta dicho servicio social.

Coordinador Servicio Social Obligatorio - Institución Educativa Colegio Santa Teresita del Niño Jesús – 2012

12. PROCESO PARA INICIAR O CONTINUAR CON EL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO

1. Interés por parte de los estudiantes de los grados décimo (10º) y once (11º).

2. Buscar la entidad en la que prestarán el servicio social, el cual puede: Escuelas, bibliotecas, clubes deportivos, jardines infantiles, colegios, Acciones Comunales, en el mismo Colegio Santa Teresita del Niño Jesús.

3. Traer una carta de dicha entidad en la cual se especifique la labor o actividad que va a desempeñar, el asesor o coordinador de la actividad en dicha entidad, los días y horas en los que va a realizar la actividad. Esta carta será dirigida al coordinador del SSEO del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús.

4. Presentar el anteproyecto escrito con normas ICONTEC, sobre la actividad de alfabetización que va a realizar, para ser revisado y darle o no la aprobación (opcional).

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5. Después de ser revisado el anteproyecto (opcional), será devuelto al estudiante, quien lo organizará, seguirá las indicaciones respectivas y presentará el proyecto bien escrito, aplicando las normas ICONTEC y lo entregará al Coordinador de Alfabetización de la IE CESTE.

6. Al ser aprobado el proyecto, el (o los) estudiante(s) traerán la carta de aceptación de la entidad donde hará la alfabetización.

7. El Coordinador del SSEO diseña un formato (al cual le sacarán fotocopia) en el que consignarán o escribirán lo que se pide en éste; lo hará firmar por el director de la actividad de la entidad donde realiza la alfabetización, se hará firmar por el Coordinador del SSEO del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús, cada vez que realice la actividad. Se recomienda sacar varias fotocopias para poder consignar las actividades.

8. El estudiante mostrará, al coordinador del SSEO, las hojas en las cuales consigna sus actividades, firmadas.

9. El Coordinador del SSEO consignará la información que se pide en un formato, el cual será el soporte y constancia del cumplimiento del proceso de alfabetización por parte del (o los) estudiante(s).

10. En lo posible el Coordinador del SSEO verificará la veracidad de la información consignada por el estudiante.

11. Al finalizar el cumplimiento del tiempo establecido de noventa (90) horas, el estudiante pedirá, a la entidad donde realizó la alfabetización, un certificado (carta, ver modelo al final de este documento) en la que conste el tipo de actividad, el tiempo de inicio (fecha de comienzo de la actividad), el tiempo de finalización de la actividad (hasta qué fecha realizó la actividad), el tiempo total cumplido, nombre y firma del director de la actividad y sello de la entidad respectiva.

12. Hecho lo anterior y verificado por el Coordinador del SSEO del Colegio, se dará por cumplido lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 115/94 y el artículo 39 del decreto 1860/94.

13. Se firma y sella, y la secretaría del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús tendrá constancia de dicho cumplimiento.

Comuníquese y cúmplase,Dado a los 8 días del mes de febrero de 2012

Coordinador de Servicio Social estudiantil Obligatorio, Colegio Santa Teresita del Niño JesúsAño 2012

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COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS

“Vivir siempre por un ideal, con principios y amando la vida, siempre firmes hasta el final”

EVALUACIÓN DEL PROCESO DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO

Desde el principio del año lectivo 2012 a los grados décimo (10º) y undécimo (11º) se les dio una charla sobre todo el proceso que debería seguirse para dar cumplimiento al Servicio Social Estudiantil Obligatorio, según la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994 y la Resolución 4210 de Septiembre 12 de 1996.

Por parte de los estudiantes del grado once, de los cuales algunos habían cumplido su SSEO en el año 2011, los otros darán cumplimiento en el año 2012, presentando la documentación pertinente; a sabiendas que en el cronograma de actividades se estableció la fecha de entrega de la documentación (carta de la entidad en la que prestará su SSEO, anteproyecto, cronograma de actividades, diario de campo, proyecto y la carta de certificación del cumplimiento de dicho servicio).

Del grado décimo (año 2011) muchos estudiantes de los grados 10º A y 10º B se encuentran cumpliendo con su SSEO, hasta la fecha de presentación de esta notificación. Los estudiantes de dicho grado y que en el año 2012 estarán en el grado once apenas están iniciando el proceso.

MARTÍN ALONSO PALACIO QUIRAMADocente de Geometría-Estadística e informáticaCoordinador del Servicio Social Estudiantil Obligatorio, año 2012

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CESTE

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Comunidad ReligiosaHermanas De los Pobres de Vicenzo MorinelloINSTITUCIÓN EDUCATIVA

COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS“Vivir siempre por un ideal, con principios y amando la vida,

siempre firmes hasta el final”

Fecha: ___________________

Señora Secretaria AcadémicaCOLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSLa Estrella

Respetada secretaria.

Con la presente me permito solicitarle diligenciar la carta de petición para prestar el SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO en ________________________________________, al (o la) estudiante _________________________________ del grado _____, con el fin de dar cumplimiento a la Ley 115/94, Decreto 1860/94, Resolución 4210/96 y al proceso para prestar dicho servicio social.

Agradeciendo de antemano su amabilidad,

Cordialmente,

MARTÍN ALONSO PALACIO QUIRAMACoordinador Servicio Social EstudiantilCESTE

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COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSCiudad y Fecha: _______________________

IngenieroMARTIN ALONSO PALACIO QUIRAMACoordinador Servicio Social EstudiantilINSTITUCIÓN EDUCATIVACOLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSCiudad

Respetado ingeniero.

Informamos, que el (los) estudiante(s) __________________________________, __________________________________, ______________________________, __________________________________, ______________________________, cumplirán con su Servicio Social Estudiantil en _________________________________________________________________ con un total de ______ horas, según lo estipulado en el artículo 97 de la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación Nacional), Decreto 1860/94 y Resolución 4210/96.

Desempeñarán el Servicio Social Estudiantil en los días _____________________________________ y desde las _______ hasta las ________, con una intensidad de ____ horas semanales.

Agradeciendo de antemano el servicio prestado por el (los) estudiante(s) y la labor que ustedes, como Institución educativa, realizan.

Cordialmente,

_____________________________Cargo:

Institución __________________________

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INSTITUCIÓN o ENTIDAD______________________________

Teléfonos: ______________________

Ciudad y fecha: __________________________________

IngenieroMARTIN ALONSO PALACIO QUIRAMACoordinador Servicio Social EstudiantilINSTITUCIÓN EDUCATIVA EL CARPINELOItagüí

Respetado ingeniero.

Informamos, que el (los) estudiante(s) __________________________________, __________________________________, ______________________________, __________________________________, ______________________________, cumplirán con su Servicio Social Estudiantil Obligatorio en _________________________________________________________________ con un total de ______ horas, según lo estipulado en el artículo 97 de la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación Nacional), Decreto 1860/94 y la resolución 4210/96.

Desempeñarán el Servicio Social Estudiantil en los días _____________________________________ y desde las _______ hasta las ________, con una intensidad de ____ horas semanales.

Agradeciendo de antemano el servicio prestado por él (los) estudiante(s) y la labor que ustedes, como Institución educativa, realizan.

Cordialmente,

______________________________

Cargo:

Entidad o Institución:(Firma, sello y teléfono de la Entidad)

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Comunidad ReligiosaHermanas De los Pobres de Vicenzo MorinelloINSTITUCIÓN EDUCATIVA

COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS

Ciudad y fecha: ________________________

IngenieroMARTIN ALONSO PALACIO QUIRAMACoordinador Servicio Social EstudiantilINSTITUCIÓN EDUCATIVACOLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSLa Estrella

Respetado señor.

Con la presente se certifica que el estudiante ____________________________, del grado __________, quien estudia en esta Institución, realizó su trabajo y proyecto del SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL en nuestra entidad, cumpliendo con un total de ________________ (____) horas; realizando labores de: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________; dando así cumplimiento al artículo 97 de la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación Nacional), Decreto 1860/94 y Resolución 4210/96.

Agradeciendo de antemano el servicio prestado por este estudiante y la labor que ustedes, como Institución educativa, realizan.

Cordialmente,

_________________________________Cargo

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COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSRELACIÓN DE ESTUDIANTES DEL GRADO ONCEEN PROCESO DEL SSE ENTRE EL 2012 Y EL 2013

ESTUDIANTE CE AP DC PRY CERT

ENTIDAD DONDE PRESTA EL

Servicio social Estudiantil

Obligatorio-SSEO

FECHADE

ENTREGA                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                         

CE: CARTA DE LA ENTIDAD EN LA QUE PRESTARÁ EL SSEAP: TRAJO EL ANTEPROYECTODC: TRAJO EL DIARIO DE CAMPOPRY: TRAJO EL PROYECTO CUMPLIENDO LAS NORMAS ESTABLECIDASCERT: TRAJO LA CARTA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS 80 MHORASCONVENCIONES: X= CUMPLIÓ, ?= PENDIENTE, ESPACIO EN BLANCO= NO HA CUMPLIDO.

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Comunidad ReligiosaHermanas De los Pobres de Vicenzo MorinelloINSTITUCIÓN EDUCATIVA

COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚSRELACIÓN DE ESTUDIANTES DEL GRADO DÉCIMO

EN PROCESO DEL SSE EN EL AÑO 2012

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ESTUDIANTE CE AP DC PRY CERT

ENTIDAD DONDE PRESTA EL Servicio social Estudiantil

Obligatorio-SSEOFECHA

DE ENTREGA                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             

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COLEGIO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS

MODELO DE DIARIO DE CAMPO PARA EL PROCESO DEL SERVICO SOCIAL ESTUDIANTIL

OBLIGATORIOFECHA HRA.

ENT.HRA.SAL.

HRAS.ACUM.

ACTIVIDAD FIRMAESTUD.

FIRMAASESOR

FIRMACOORD.

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Page 30: PROYECTO SSEO CESTE

BIBLIOGRAFIAPautas para el desarrollo de proyectos Institucionales del Servicio Social de los Institutos Docentes oficiales y privados, MEN.- Ley General 115 de febrero 8 de 1994.- Decreto 1860 de 1994.- Resolución 4210 de 1996.- Cátedra por la Neivanidad para servir en Neiva, nuestra ciudad, grados décimo y undécimo Neiva, 2004 -2007.- Cátedra vial- PEI claretiano.- Reglamentos grupo ecológico, bienestar, derechos humanos.- Proyectos institucionales colegio claretiano.- Reglamentos consejo académico, consejo directivo comisión de promoción y evaluación.- Manual de Convivencia.- Proyecto de educación sexual y construcción de ciudadanía PESCC –MEN.- Documento Misioneros Claretianos.- Documento monitorias.- Proyectos de los comités de área.

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