proyecto de reforestacion

102
1 1 PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO ARQUITECTO: JORGE JIMÉNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

Upload: juan-abel-callupe-cueva

Post on 18-Dec-2014

75 views

Category:

Documents


4 download

TRANSCRIPT

1

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

1

2

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

MEMORIA

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

2

3

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

PLIEGO DE CONDICIONES

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

3

4

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

4

5

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

PRESUPUESTO Y MEDICIONES

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

5

6

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

PLANOS

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJOARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. DICIEMBRE DE 2010

6

1

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO

1

2

INDICE 1.-INTRODUCCIN. 1.1.- Antecedentes 1.2.- Justificacin del Proyecto 1.3.- Objetivos 2.-PROPIEDAD Y SUPERFICIE DE LOS TERRENOS 3.-ESTADO ACTUAL 3.1.- Situacin geogrfica 3.2.- Caractersticas meteorolgicas 3.3.- Geologa y suelos 3.4.- Orografa 3.5.- Vegetacin 3.6.- Fauna 3.7.- Estado actual 4.-PLAN DE ACTUACIONES 4.1.- Objetivo preferente de las actuaciones 4.2.- Eleccin de actuaciones 4.3.- Descripcin de las actuaciones 4.3.1- Recuperacin de caminos 4.3.2- Recuperacin de las charcas 4.3.3- Actuaciones en las zonas de ribera 4.3.4- Actuaciones de reforestacin 4.3.5- Sealizacin y mobiliario urbano

2

3

5.-CONTROL DE LA EJECUCION 5.1.- Preparacin del terreno 5.2.- Control de la plantacin 5.3.- Operaciones de desbroce 5.4.- Operaciones de resalveo y apostado de jaulas 5.5.- Poda de regeneracin y sanitaria 6.- EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL 7.- PLAZO DE EJECUCION 8.- PRESUPUESTO 9.- DECLARACION DE OBRA COMPLETA

3

4

1.-INTRODUCCIN. 1.1.- Antecedentes. Esta actuacin se encuadra dentro del proyecto Almendralejo inversin sostenible incluido en el programa de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional a travs del Ministerio de Poltica Territorial. El proyecto contempla diversas actuaciones de mejora en el entorno urbano, acciones de formacin y desarrollo de nuevas tecnologas y recuperacin de espacios naturales del Municipio.

El encargo lo realiza el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, con domicilio en la Calle Mrida, N 2, de Almendralejo. El Proyecto ha sido redactado por Jorge Jimnez Retamal, arquitecto municipal del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.

El presente proyecto se basa en el anteproyecto realizado por el equipo tcnico de YNAR CONSULTORES TECNICOS, S. L. P. compuesto por los ingenieros industriales Samuel Cid Abril y Manuel ngel Cid Abril.

Se plantea la adecuacin y mejora del entorno de los terrenos de propiedad municipal del entorno de la Ermita de San Marcos. Se plantea igualmente la mejora del entorno urbano comprendido desde el inicio del camino de Lobn en la Avenida de A Rua y Vereda Corona, hasta conectar con la Ermita de San Marcos.

1.2.- Justificacin del proyecto. La restauracin de los sistemas ambientales degradados es una responsabilidad que debemos asumir. El objetivo fundamental es la recuperacin medioambiental del rea. Teniendo en cuenta el estado actual del entorno de San Marcos se propone la realizacin del presente proyecto de reforestacin y adecuacin medioambiental.

1.3.- Objetivos. Con las actuaciones contempladas en el proyecto se pretenden lograr los siguientes objetivos: - Comunicacin del camino de Lobn con el entorno de la Ermita de San Marcos, e integracin esttica y paisajstica de los mismos. 4

5

- Recuperacin y revitalizacin de unos espacios de uso recreativo, actualmente en estado de semiabandono, en el que las personas del entorno encuentren un espacio natural tranquilo, apto para la vida social y familiar y el recreo de la poblacin infantil.

- La mejora de los caminos existentes en el entorno de la Ermita de San Marcos y la ordenacin y adecuacin del rea socio-recreativa.

- Mejora de la calidad ambiental del entorno, realizando tratamientos forestales consistentes en desbroces, podas y plantaciones de especies arbreas y arbustivas. De esta forma se pretende crear zonas naturales que se integren con el paisaje circundante sin grandes impactos ecolgicos.

Mediante la restauracin de la masa forestal se aumentarn los efectos beneficiosos de la masa protectora que exista en esta finca que por su situacin actual han disminuido en gran manera. Esta restauracin est dirigida principalmente a mejorar y evitar la prdida de la calidad ambiental, suprimiendo el impacto sobre el paisaje y disminuyendo el riesgo de incendios. En la restauracin de la cubierta vegetal que se propone se pretende asimismo acelerar el proceso de evolucin hacia un ecosistema con mayor diversidad biolgica y ms acorde con la vegetacin potencial de la zona. Las actuaciones que se proyectan favorecern la proteccin del suelo, mejorarn los procesos de infiltracin y disminuirn las aguas de escorrenta, de manera que se ejercer un efecto favorable sobre los caudales lquidos y sobre la emisin de sedimentos. Todo ello reducir los procesos de degradacin presentes y futuros de la zona.

- Creacin de un recorrido turstico, de gran inters cultural, en el que mediante una sealizacin apropiada, del taller ltico prehistrico, de los conjuntos de arte rupestre y de los yacimientos arqueolgicos existentes en la zona, se de a conocer al visitante, la existencia de este patrimonio cultural del municipio.

5

6

2.- PROPIEDAD Y SUPERFICIE DE LOS TERRENOS El permetro sobre el cual se van a realizar los trabajos objeto de este proyecto, conocido como San Marcos" se encuentran situados en el Trmino Municipal de Almendralejo, siendo todos los terrenos propiedad del Ayuntamiento de Almendralejo.

La zona de actuacin cuenta con un permetro irregular, su forma es alargada en direccin este-oeste. La zona que delimitada entre el camino de Lobn por el norte, la Carretera de Badajoz por el sur, la Calle el Pino por el oeste y las parcelas residenciales de la Calle Halcn por el este. El rea a repoblar no presenta ninguna carga o servidumbre,

En referencia al Catastro, la superficie aproximada de la finca es de 138.000 m2 ocupando las parcelas que quedan delimitadas en la documentacin grfica.

6

7

3.- ESTADO ACTUAL. 3.1.- Situacin geogrfica. La finca est situada dentro del trmino municipal de Almendralejo, el acceso se realiza desde la carretera EX300 junto a la Ermita de San Marcos

3.2.- Caractersticas meteorolgicas. La comarca de Tierra de Barros pertenece al mbito de los climas mediterrneos, suavizados por la influencia atlntica que es el factor que lo diferencia respecto de la meseta. El clima se caracteriza por la ausencia prolongada de precipitaciones en el verano que abarca desde mayo a octubre. El resto del ao participa de un rgimen continental moderado pero en el que se manifiesta una influencia atlntica.

La distribucin de las lluvias es irregular. Los meses que presentan mayor precipitacin son los comprendidos entre octubre y febrero. El total de precipitaciones medias anuales es de 463 mm

Una de las caractersticas del clima es la elevada temperatura. Los inviernos son poco extremos en cuanto a temperaturas, en verano stas aumentan incluso por encima de la media mediterrnea. La temperatura media anual se sita en 16.6 C, la media mxima de las temperaturas mximas es de 34.3 C en julio y la media mnima de las temperaturas mnimas es de 3.2C en enero. La insolacin anual alcanza unas 2.750 horas.

3.3- Geologa y suelos. El rea de estudio pertenece a la unidad geolgica denominada Macizo Hesprico, macizo antiguo constituido por materiales generados o afectados por la orogenia hercnica, sucesin de eventos deformativos, gneos y metamrficos, transcurridos a lo largo del Paleozoico Superior que dieron lugar a la cadena hercnica sobre los que se apoyan en ciertos sectores materiales posthercnicos formando una cobertera (materiales sedimentarios que descansan sobre un sustrato rocoso y afectado por un arrasamiento generalizado que afecta hasta sus relieves montaosos).

7

8

Dentro de l, en funcin de sus materiales, estructura y metamorfismo, se encuadra en la denominada Zona Centroibrica, una de las zonas en que se divide el Macizo Hesprico, en base a criterios estructurales, magmticos y metamrficos, caracterizada por abundante magmatismo y metamorfismo. Los suelos de la zona del proyecto se clasifican fundamentalmente como tierras pardas meridionales sobre pizarras.

A grandes rasgos, la comarca Tierra de Barros se sita en el centro de la provincia de Badajoz y se incluye en la submeseta sur de la P. Ibrica, en una zona de penillanura con una cota media de entre 300 - 500 metros sobre el nivel del mar y una inclinacin general hacia el Atlntico.

En el Paleozoico se originaron unos movimientos orognicos que dieron lugar a la formacin de batolitos granticos y a la metamorfizacin de diversos materiales que se agrupan bajo la denominacin de estrato cristalino. Durante el Secundario, se produjo una intensa erosin que desmantel los relieves ms elevados y configur la penillanura sobre la que se asientan los depsitos del Terciario. En esta etapa se forman los suelos caractersticos de la comarca, compuestos generalmente por arcilla arcosita. Cubriendo esto se encuentra el caleo y las raas (cantos de cuarcita muy poco rodados empastados en arcilla). Actualmente se sigue utilizando la zona para el arrojo ilegal de escombros, pero hemos de indicar que su entorno inmediato se caracteriza por las frtiles tierras de cultivo propias de la comarca. En el Cuaternario se implanta un rgimen predominantemente erosivo, durante el cual se produce el encajamiento de la red hidrogrfica, con el consiguiente depsito en terrazas y aluviones.

Respecto a la red hidrogrfica, esta zona se enmarca dentro de la cuenca del Guadiana, siendo el curso fluvial ms cercano el arroyo Harnina.

3.4.- Orografa. Las pendientes existentes oscilan entre el 2,1% y el 4,8% (Datos SIGPAC).

8

9

3.5.-Vegetacin. La flora de la finca se compone predominantemente de un sustrato herbceo tpico del bosque mediterrneo (cereales y leguminosas), bien asentado y diverso en cuanto a especies, una importante poblacin de lavanda como matorral, y el sustrato arbreo compuesto por pies de olivos, encinas y alcornoques de repoblacin, que encuentran dificultadas para desarrollarse adecuadamente, debido a la falta de capacidad del terreno y a su ubicacin inadecuada.

En las zonas colindantes a la vaguada existente en el lindero este de la zona, se puede observar la presencia de alguna vegetacin de ribera. Existen igualmente especies de rboles ornamentales como cinamomos o acacias. Lo aconsejable para estas especies es su sustitucin por otras especies autctonas. De cualquier forma, el nmero de pies de estas ltimas especies es pequeo.

3.6.- Fauna. La carga cinegtica en la finca es elevada lo que supone que a la hora de realizar los trabajos de repoblacin es necesario plantear la colocacin de proteccin a las plantas que se introduzcan mediante plantacin para evitarles los posibles daos que les puedan producir. Las posibles prdidas que se puedan dar por esta situacin podran ser altas.

Sobre la fauna cabe destacar que contamos en la finca con distintas especies de aves de alto valor ornitolgico, por estar recogidas en el catlogo regional de especies protegidas. Las especies de aves que se pueden observar en la zona son: cigeuelas (Himantopus himantopus) abejarucos (Merops apiaster) cerncalo primilla (Falco naumanni) aguiluchos cenizos sisones mochuelos rabilargos, urracas, perdices 9

10

-

jilgueros, pinzones comunes

La poblacin de anfibios (rana comn) y reptiles (lagartijas y galpagos leprosos) tambin es numerosa. Con la poblacin de conejos, que utilizan amontonamientos pedregosos abundantes en la zona, como refugio; y liebres completaramos el listado de especies que actualmente encuentran en la zona su hbitat de cra y alimentacin.

3.7.- Estado actual Actualmente la finca tiene escasos aprovechamientos. El uso al que se destina es de parque periurbano. El estado de la finca est bastante deteriorado por determinadas circunstancias que pasamos a describir: - Todos los espacios de la finca estn actualmente en estado de semiabandono, detectando que algunas de las especies arbreas que se han plantado no han tenido el crecimiento y desarrollo esperado. - Deficiente mejora de la calidad ambiental del entorno y escasa integracin con los camino circundantes, especialmente el acceso desde el camino de Lobn - La red de caminos de tierra existente presenta en algunas zonas un estado de conservacin deficiente. - Escasez, y deficiente mantenimiento e inadecuacin de las reas recreativas y del mobiliario urbano En el entorno de actuacin y sus inmediaciones existen innumerables cantidades de restos arqueolgicos y vestigios histricos que hacen de la zona una gran atraccin para mucha gente que busca este tipo de turismo. En esta zona contamos con varios yacimientos arqueolgicos, un taller ltico prehistrico y varios conjuntos de arte rupestre (cazoletas y grabados en roca).

La finca cuenta con varias zonas de cauces de arroyos y vaguadas que generan una tierra ms hmeda y a la postre de ms fcil reforestacin. Sern stas las zonas en las que propondremos una mayor densidad de arbolado con especies ms frondosas. Esta banda est situada junto al lindero este de la finca.

10

11

4.- PLAN DE ACTUACIONES. 4.1.- Objetivo preferente de las actuaciones. El proyecto de actuaciones que se pretende llevar a cabo en el entorno de San Marcos tiene como objetivo preferente la mejora del estado actual de la finca mediante la recuperacin de la masa forestal arbrea. Los trabajos que se plantean estn orientados a la restauracin forestal del rea dotando al medio de los elementos necesarios para acelerar el proceso de regeneracin hasta el nivel de madurez mximo que las actuales condiciones climticas y edficas permiten.

El mbito tiene una serie de peculiaridades que son imprescindibles tenerlas en cuenta ya que ellas nos ofrecern las principales claves y pautas de actuacin que tendremos que utilizar para manipular el paisaje. El paisaje del entorno consiste en un paisaje de matorrales sobre afloramientos rocosos de los materiales geolgicos ms antiguos del municipio, esquistos y metavolcnitas precmbricos, y diversa vegetacin

principalmente arbustiva con acebuches, encinas y pinos.

Se propone la zonificacin de la finca, en funcin de las caractersticas ambientales de las distintas reas o unidades del paisaje y los posibles usos a que se destinen. La mejora paisajstica que se pretende realizar se basa en los siguientes puntos:

1. Conservacin y saneamiento de las especies arbreas y plantas de menor porte existentes en la zona y respeto a la cubierta vegetal (especies de pradera) y su ciclo biolgico anual. En la presente propuesta, se contempla mantener las formaciones dispersas que actualmente existe.

2. Reforestacin y revegetacin con especies autctonas de rboles (pino pionero, encinas, alcornoques, almendros y especies de ribera) y arbustos (madroos, jaras, lentiscos y especies de ribera) creando nuevos elementos vegetales como alineaciones de rboles y arbustos en caminos, senderos y ribera, bosque, bosquetes, setos, rboles aislados, pantallas vegetales para tapar vistas no deseadas, agrupaciones o manchas de especies arbustivas como jaras de distintas especies (Cistus crispus, cistus salvifolius, cistus ladanifer..). 11

12

La estrategia de intervencin se basar en la idea de zonificar la finca creando diferentes ambientes que sean capaces de satisfacer los deseos de las diferentes personas que quieran vivirlas. Se han diseado una serie de actuaciones encaminadas al aprovechamiento ptimo del entorno paisajstico, atendiendo a criterios basados en la simplicidad de construccin, mnima afeccin del entorno, facilidad de acceso, inters social, atractivo paisajstico y cultural.

4.2.- Eleccin de actuaciones. Las actuaciones que se consideran necesarias para la obtencin de los objetivos marcados son las siguientes: 1.-Recuperacin de caminos 2.-Recuperacin de las charcas 3.-Actuaciones en la zona de ribera 4.-Actuaciones de repoblacin 5.-Instalacin de mobiliario urbano Adems de las actuaciones concretas indicadas, se propone, con carcter general la realizacin de desbroces y podas, y la limpieza de residuos en las inmediaciones del camino y en la zona de juegos para nios existente, limpieza de residuos y del cauce bajo el puente existente al sur de la zona y dotacin del mismo de rampas mediante rodillos de madera y de barandillas.

4.3.- Descripcin de las actuaciones. 4.3.1.- Recuperacin de caminos. Dada la finalidad de los caminos, por los que slo transitarn vehculos de forma espordica no es necesario el aporte de zahorra, siendo suficiente con el refino y planeo con motoniveladora y la limpieza de cunetas. Los trabajos consistirn en el refino y planeo del firme del camino, cuyo movimiento de tierras es exclusivamente el correspondiente a la actuacin normal de la motoniveladora y apertura de cunetas, pendiente 1:1, tanto para talud interior como exterior, y una profundidad mxima de 40 centmetros.

12

13

La actividad consiste en mejorar los caminos en la finca a travs del alisado superficial de los materiales que ofrece la superficie, con el propsito de eliminar los deterioros menores y retirar el material suelto, generando as un firme mejor para el trfico. El procedimiento a seguir en la ejecucin de la actividad mediante motoniveladora, ser limpiando el talud del lado del camino en la primera pasada y acordonar el material en el fondo de la cuneta, en la siguiente pasada se limpia el talud exterior y se retira el material a la parte alta de la cuneta.

La motoniveladora comenzar el alisado repartiendo el material desde el borde situado aguas arriba del camino hacia el borde situado aguas debajo de este. Se dotar a la capa de rodadura de una inclinacin transversal tal que permita la evacuacin del agua fuera de la pista. Se precisarn una media de 4 pasadas de mquina, las dos primeras cortan hasta la parte baja de la irregularidad superficial y depositan un cordn en el centro del camino. Las otras dos pasadas cortan hasta la parte baja de la irregularidad superficial y mueven el cordn al borde del camino.

En ningn caso se admitir la existencia de un cordn de tierra en el borde de la capa de rodadura que impida la salida del agua de escorrenta. En estas obras, las operaciones debern realizarse en tiempo hmedo y debern interrumpirse si por exceso de humedad empiezan a aparecer rodaduras profundas sobre las pistas. Igualmente se suspendern cuando se genere escorrenta en pistas o cunetas, en tiempo de nieve o en horas de helada intensa.

Para los paseos peatonales se realizar unas sendas formadas por material granular drenante de 30 cm de espesor mnimo y anchura total de 3 metros. Las sendas irn acabadas con un rido de tamao no superior a 6 mm para permitir con comodidad la circulacin de peatones y ciclistas. Este rido ir colocado sobre un geotextil antihierbas.

13

14

4.3.2.-Recuperacin de las charcas. Dada la existencia de una pequea charca en la parte ms baja de la zona, se propone la mejora de la misma, aumentando la profundidad, suavizando pendientes de orillas en algunos puntos y reforestndolos con especies de ribera.

La distancia desde el centro del punto de agua al rbol ms cercano o a cualquier objeto o infraestructura con ms de 1,5 m de altura ser como mnimo de 25 m. Adems de lo anterior no existirn obras que sobrepasen la altura desde la lmina de agua en 30 cm. tendr que permitirse el acceso y carga de vehculos contra incendios, por lo que deber tener acondicionado, o en su defecto, construirse un camino adecuado para ello.

Para su construccin se emplear material adecuado en cuanto al comportamiento geotcnico, excluyendo las piedras que superen 10 cm de dimetro medio. La base del dique de tierra deber asentarse sobre materiales impermeables, para lo cual, en el despeje de la capa vegetal, en lo que concierne a la base del dique, se despejarn tambin las arenas de los horizontes superiores. El corte de filtracin se realizar con tractor oruga provisto de cuchilla frontal o pala retroexcavadora, igualmente en los diques se dejarn perfiladas las superficies de movimiento de tierras, extendida la capa de tierra vegetal hasta el nivel de mximo embalse y paramento de aguas abajo, y acondicionados los prstamos y caballeros generados con ocasin de la obra.

Durante la operacin de excavacin del corte de filtracin se comprobarn in situ los materiales que aparezcan o la posible presencia de veneros o manantiales, y en caso de presentarse stos se modificar el emplazamiento del dique de tierra. El aliviadero deber estar finalizado simultneamente con la terminacin de la cota ms elevada del dique, para evitar su desmoronamiento con cualquier episodio intenso de lluvias. Para el aliviadero se elegir el estribo de pendiente ms suave, a excepcin de que ello suponga riesgos de permeabilidad en el dique, ste se cubrir de material ms grueso a modo de escollera y los lados del aliviadero sern tanto ms tendidos cuanto ms desmoronable sea la zahorra natural.

14

15

4.3.3. Actuaciones en la zona de ribera Estaramos hablando de principalmente de las zonas colindantes con la vaguada del lindero este, debido a la gran cantidad de humedad que albergan sus tierras. Se proyecta la creacin de algunas pequeas charcas y dos o tres reas de descanso bien sombreadas en la proximidad del agua (reas de 4-6 m2 con algn banco de madera).

La mejora ambiental y adecuacin como corredor verde de esta zona, ser escrupulosa con la Directiva Marco del Agua o en su caso con la Estrategia Nacional de Restauracin de Ros, y se basar en la recuperacin de los procesos fluviales y naturales. Se defiende la mejora de la accesibilidad de las orillas, el dragado de algunos pequeos remansos, actualmente colmatados, la creacin de algunos azudes de piedra de 30 40 cm de altura para crear saltos de agua y remansos, y la reforestacin y revegetacin de orillas. Las especies a plantar sern las siguientes: -lamo blanco (populus alba) -lamo negro (populus nigra) -Mimbrera (salix salviifolia; salix atrocinera; salix alba) -Fresno (Fraxinus angustifolia) -Higera (Picus Crica) -Laurel (Laurus nobilis) -Tamarindo (tamarix sp) -Adelfas (Nerium oleander)

Los taludes junto a este espacio, se revegetarn con especies de jaras (Cistus albidus, Halimium sp.) y almendros, para embellecerlos. Una de las formas de revegetar estos taludes ser la hidrosiembra que consistir en lanzar agua a presin con las semillas incorporadas para su posterior germinacin en el talud. Las especies a plantar en esta zona sern: -Lavandas (lavandula spp) -coscojas (Quercus coccifera), -almendros (prunus dulcis) -lentisco (pistacea lentiscus), -jaras (cistus ladanifer, cistus albidus) etc. 15

16

4.3.4.- Actuaciones de repoblacin de la finca Las actuaciones de repoblacin en el resto de la finca consistirn en las siguientes operaciones: Reforestacin del rea con la plantacin de especies arbreas de crecimiento rpido, que proporcionen una sombra abundante y que tengan una elevada resistencia y buena durabilidad natural, a la vez que unas buenas cualidades ornamentales. Se proyecta la plantacin de la acacia de flor blanca, tambin llamada robinia, cuyo nombre cientfico es Robinia pseudoacacia, La plantacin se realizar en las inmediaciones de los merenderos existentes y de las reas de descanso propuestas, con el objeto de proporcionar sombra suficiente a las mismas. Los lugares de mayor humedad se destinarn a la plantacin de alcornoques (Quercus suber) y se podr introducir alguna especie de ribera que se adaptarn mejor a estas condiciones. el resto de la zona se destinar mayoritariamente a la plantacin de encinas (Quercus ilex).

De la misma manera con el fin de potenciar los valores paisajsticos de la zona se proyecta realizar la limpieza de la zona y la creacin de majanos para retirar las piedras sueltas que abundan en dicha rea.

En esta zona sera aconsejable recurrir al pastoreo, especialmente en la primavera tarda, como medida de prevencin de incendios forestales.

4.3.5.- Sealizacin y mobiliario urbano Se ubicarn algunos bancos para el descanso de los paseantes y algunas zonas de picnic sin crear en ningn momento zonas masificadas de mobiliario. Se ubicarn papeleras y contenedores para el arrojo de basuras. Se incluirn paneles explicativos sobre las actuaciones realizadas y acerca del entorno arqueolgico.

16

17

Se construirn nuevas reas de descanso principalmente en los bordes de los caminos, compuestas por prgola, banco y papelera, stas estarn preferentemente construidas en fbrica u hormign prefabricado con el objeto de aumentar la durabilidad de los mismos. El nmero total de las zonas de descanso propuestas alcanza las 11 unidades aproximadamente.

El tramo del Camino Lobn comprendido desde su inicio en la Avenida de A Rua, hasta su cruce con la Carretera de Circunvalacin (Ex - 359): como se indica en apartados anteriores el estado de conservacin de este camino es normal, por lo que no sern necesarias actuaciones de importancia en esta zona, nicamente se propone en este caso, la sealizacin de la zona que ha sido ya objeto de actuaciones de reforestacin en el marco del proyecto denominado Almendralejo Inversin Sostenible.

Dada la importancia de la zona, no solo desde el punto de vista medioambiental y paisajstico, sino tambin desde el punto de vista arqueolgico, por la presencia de varios conjuntos de arte rupestre, se propone la puesta en valor de estos yacimientos arqueolgicos mediante la creacin de un circuito con la colocacin de paneles de direccin y de sealizacin. Todas estas actuaciones comprenderan tambin el diseo, impresin y colocacin de sealizacin interpretativa de los yacimientos

17

18

5.- CONTROL DE LA EJECUCION. La primera medida que garantiza un buen estado sanitario, es una adecuada eleccin de especies adaptables al medio. Habr que emplear plantas sanas, con buena estructura tanto radicular como area, procedente de vivero y con cepelln de al menos 300 centmetros cbicos, para disminuir el estrs de la plantacin. Habr que eliminar los restos de podas o ramas cadas, que pueden albergar posibles plagas o enfermedades.

Mientras se van realizando las distintas unidades de obra es necesario ir comprobando las caractersticas de las mismas, con relacin a lo detallado en el pliego de condiciones tcnicas. Una mala preparacin del terreno puede conducir a resultados totalmente contrapuestos a los esperados.

5.1.- Preparacin del terreno. En el subsolado el control se centrar en la comprobacin de la profundidad del subsolado. Deber llevarse a cabo en perodos secos o con tempero slo de superficies. No debe subsolarse con todo el perfil hmedo o en das de lluvias. El lado mayor de la seccin til de los rejones subsoladores debe tener una longitud superior a 15 centmetros. En el ahoyado manual se comprobar el volumen y profundidad de los hoyos, y que se han rellenado en su totalidad y no se han introducido elementos gruesos en el mismo. Las labores han de realizarse siguiendo las curvas de nivel en terrenos en que la pendiente se hace notoria.

5.2.- Control de la plantacin. La planta deber presentar un aspecto sano, sin sntomas de ataques de enfermedades o plagas y sin zonas excesivamente secas. Deber tener un tamao suficiente y sin zonas excesivamente secas. Deber tener un tamao suficiente y con un cepelln en perfecto estado tanto en su consistencia como en su longitud. Rechazaremos en todo caso plantas con una fuerte curvatura en el tallo, tallos mltiples desde la base, gua mltiple, races que formen un ngulo menor de 110 grados con el tallo y races deformadas.

18

19

La plantacin deber efectuarse sin que el sistema radical de la planta se doble o sufra algn tipo de dao. El hoyo debe rellenarse con tierra fina retirando las piedras y pisando una o dos veces, posteriormente se comprobar que el terreno circundante a la planta quede perfectamente compactado. El lugar de plantacin ha de estar libre de rocas o grandes piedras, y con suficiente profundidad de suelo.

El terreno se preparar con un cazo de excavadora, se proceder a remover bien la tierra en el punto de plantacin, ahondando 60-80 cm. La tierra ha de quedar suelta y rellenando de nuevo el hoyo previamente realizado. Si se encontraran piedras durante las operaciones de removido de tierra, stas no volvern a utilizarse para el relleno del hoyo.

Una vez compactada la tierra de forma suave, operacin que tambin puede realizarse con la excavadora, se colocar una estaca para indicar el futuro punto de colocacin del planton (para rboles plantados por el programa de voluntarios). Cuando se realice dicha plantacin, el ahoyado y alcorque se realizarn mediante zacho por los mismos voluntarios.

En el caso de plantacin de rboles de mayor tamao, la mquina abrir por segunda vez un hoyo, ahora mucho ms pequeo y del tamao aproximado del cepelln de dicho rbol. Una vez colocados los plantones, es necesario el riego abundante y la compactacin, para asegurar el contacto de races y tierra. Las especies de ribera son casi todas a raz desnuda. La plantacin de las mismas, es realizando el hoyo mediante zacho, en la orilla del arroyo, en la parte hmeda (30-40 cm sobre el nivel de las aguas) ,colocacin del rbol y compactacin del terreno.

Para las especies que se colocaran en los taludes tendremos que recurrir a otros sistemas de plantacin, debido a lo escarpado del terreno y a la dificultad de acceder a l para trabajarlo. En esta situacin recurriremos del sistema de plantacin mediante hidrosiembra, que consistir en rociar agua a presin por el talud mezclada con las semillas de las especies a introducir en la misma.

19

20

5.3.-Operaciones de desbroce. Los trabajos consistirn en un doble pase de grada de semidesmonte, que asegure especialmente, por sus dimensiones y peso, no daar el arbolado y sus races. No se podr superar nunca los 20 cm de profundidad de labor, y el segundo pase se orientar a curvas de nivel y priorizar el desmenuzado y triturado de restos del primer pase, sobre la profundidad de la labor.

Despus de preparar adecuadamente el terreno, se proceder al descuaje selectivo con herramientas manuales alrededor de los rboles, y no podrn quedar cepas o restos vegetales que puedan suponer un peligro para el ganado domstico o cinegtico. Recogiendo manualmente estos y procediendo a su eliminacin.

5.4.-Operaciones de resalveo, apostado y colocacin de jaulas. Consistir en la corta de matas, que por una mala conformacin, no tienen futuro, a ras del suelo (entre dos tierras) para favorecer un rebrote vigoroso de brotes (chirpiales) que posteriormente debern ser seleccionados y apostados, trabajando sobre pies aislados o en rodales aislados, consistente en la seleccin mediante roza de los pies ms dbiles o torcidos de una mata o rodal de Quercus y poda de pies restantes o resalvos (reservados de la corta por sus mejores caractersticas).

Se colocaran como mximo 25 jaulas/ha. protegiendo 25 plantas seleccionadas, estas debern distribuirse, en la medida de lo posible, homogneamente, atendiendo a la necesidad de regenerado segn el estado del arbolado residual. Adems de lo anterior no podr superarse, en ningn caso, la densidad mxima por hectrea mencionada. Para lo cual se eliminarn los pies peor conformados (bifurcados, curvados, etc.), con problemas fitosanitarios (presencia de perforadores, puntisecos, etc.), para conseguir una distribucin ms equilibrada de la masa. Los cortes debern practicarse lo ms horizontales posible, y siempre por debajo de 10 cm medidos desde el suelo. Con los restos del resalvo y poda de formacin se realizara un acordonado y/o apilado de restos, procediendo posteriormente a su eliminacin. El uso de jaulas para proteger los apostados o resalvos y el regenerado, ser preferente a la proteccin de plantas nuevas en densificaciones, aunque, si la densidad de regenerado a proteger se considera 20

21

insuficiente, podr solicitarse simultneamente la densificacin con jaulas o tubos hasta llegar al mximo considerado de 25 ud./ha. antes de la colocacin de las jaulas se proceder, si fuera aconsejable, a realizar un recepe, apostado o una poda de formacin sobre la planta a proteger. En cuanto a las caractersticas materiales de las jaulas, los soportes de la malla podrn ser dos redondos de hierro con un dimetro de, al menos, 16 mm clavados en el suelo, al menos, 50 cm. la malla se dispondr de forma que los redondos o soportes queden internamente y atados a la malla mediante alambre inoxidable, que deber ser galvanizada y electrosoldada y tendr una luz mxima de 50 cm2 y un dimetro de alambre de al menos 2,7 mm, e ir clavada en el suelo mediante dos grapas a 30 cm de profundidad con forma de U. La jaula, as colocada, deber tener 2 m de altura y al menos 0,5 m de dimetro. En el caso de recepes de alcornoques o encinas, una vez realizados, se colocar un tubo protector rgido de 180 cm, justo encima del recepe, aporcndose ste unos 5 cm de tal forma que se asegure la rigidez suficiente para que no giren o se caigan con el viento.

5.5.-Poda de regeneracin y sanitaria. Estas labores slo se realizaran sobre rboles mayores o iguales a 65 cm de permetro a la altura del pecho (20 cm de dimetro normal). Se considerarn a podar, aquellos rboles que cumplan la normativa forestal vigente. Para rboles del genero Quercus (encinas y alcornoques, entre otros) los trabajos suponen la poda de rboles adultos, consiguiendo una buena conformacin para el futuro y una buena estructura resistente. Los cortes sern limpios, sin desgarros en el tronco y en bisel cuando se trate de ramas ascendentes, respetando en todos los casos el rodete de cicatrizacin. Es aconsejable eliminar las ramas sombreadas o que salgan muy juntas, pero sin eliminar ms de 1/3 de la copa, y conservar de esta forma suficiente ramaje puesto en luz, as como la forma natural del pie, al mismo tiempo que se busca la estabilidad y el equilibrio futuro del rbol. Los restos de la poda se trocearn para su posterior amontonamiento y procediendo posteriormente a su eliminacin.

21

22

6.- EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL. Las actuaciones recogidas en el presente proyecto tendrn un resultado positivo y unas consecuencias que ms que aplicar medidas de correccin requieran el trnsito en el tiempo, no siendo necesario contemplar medidas preventivas. Las afecciones negativas propias de los trabajos requeridos para la repoblacin constituirn un impacto temporal y en cualquier caso sern reversibles a medio plazo.

7.- PLAZO DE EJECUCIN. El plazo de ejecucin de las actuaciones diseadas en el presente proyecto es de tres meses.

8.- PRESUPUESTO El presupuesto de ejecucin material de la obra completa desglosado en captulos es el siguiente: Captulo 1 ACTUACIONES EN ZONA DE RIBERA Captulo 2 PLANTACIONES Captulo 3 ADECUACION DE CHARCAS Captulo 4 RENOVACION DE CAMINOS Captulo 5 INTERVENCION ARQUEOLOGICA Captulo 6 MOBILIARIO URBANO Captulo 7 SEGURIDAD Y SALUD Captulo 8 VARIOS Presupuesto de ejecucin material 13% de gastos generales 6% de beneficio industrial Suma 18% IVA Presupuesto de ejecucin por contrata 12.805,02 38.185,73 2.645,00 59.287,68 8.045,00 26.459,69 3.600,00 10.795,00 161.823,12 21.037,01 9.709,39 192.569,52 34.662,51 227.232,03

El presupuesto de Contrata, incluyendo gastos generales, beneficio industrial e IVA asciende a un total de: DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS euros Y TRES cntimos (227.232,03 .)

22

23

9.- DECLARACIN DE OBRA COMPLETA. El presente proyecto contempla una obra completa a los efectos sealados en el artculo 74 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Pblico, susceptible de ser entregada a uso general o al servicio correspondiente una vez ejecutada.

En relacin con lo dispuesto en el artculo 93 y en referencia al artculo 22 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Pblico, se justifica la necesidad de la obra por la adecuacin de las instalaciones existentes a unas mejores condiciones de uso para un gran nmero de usuarios que vienen demandando las mismas.

En relacin con lo dispuesto en el Decreto 462/1971, de 11 de marzo, se hace constar que el en presente proyecto se han tenido en cuenta las Normas sobre la construccin actualmente vigentes.

Almendralejo, Diciembre de 2010 El Arquitecto.

Fdo: Jorge Jimnez Retamal

23

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

1

ANEXO I.- NORMATIVA TCNICA DE APLICACIN. PROYECTOS Y EJECUCIN.

Colegio Oficial de Arquit ectos de ExtremaduraNDICE 1. PROYECTOS Y DIRECCIN DE OBRAS 1.1. Documentacin de Proyecto y Direccin de obra 1.2. Diseo 2. ESTRUCTURAS 2.1. Acciones en la edificacin 2.2. Acero 2.3. Fbrica de ladrillo 2.4. Hormign 2.5. Forjados 3. INSTALACIONES 3.1. Agua 3.2. Aparatos elevadores y transporte 3.3. Audiovisuales 3.4. Calefaccin, Climatizacin y A.C.S. 3.5. Electricidad 4. CUBIERTAS 5. AISLAMIENTO Y PROTECCIN 5.1. Aislamiento Trmico 5.2. Aislamiento Acstico 5.3. Proteccin contra incendios 5.4. Seguridad y Salud en las obras de construccin 6. MEDIO AMBIENTE 7. VARIOS 7.1. Correos 8. CALIDAD EN LA EDIFICACIN 8.1. Pliegos de Condiciones, Homologaciones y Especificaciones Tcnicas 8.2. Acreditacin obligatoria de laboratorios y empresas de control

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

2

1.- PROYECTOS Y DIRECCIN DE OBRAS

1.1. Documentacin de Proyecto y Direccin de obraNORMAS SOBRE LA REDACCIN DE PROYECTOS Y LA DIRECCIN DE OBRAS DE EDIFICACIN Decreto 462/1971 de 11-03-71, M de la Vivienda................................................................................................ SIMPLIFICACIN DE TRMITES PARA EXPEDICIN DE LA CDULA DE HABITABILIDAD Decreto 469/1972 de 24-02-1972, M de la Vivienda............................................................................................ MODIFICACIN DEL ART. 3 DEL DECRETO 469/1972, DE 24 DE FEBRERO. Real Decreto 1320/1979 de 10-05-1979, M de Obras Pblicas y Urbanismo..................................................... BOE: 24-03-1971 BOE: 06-03-1972 BOE: 07-06-1979

MODIFICACIN DE LOS DECRETOS 462/1971 Y 469/1972 REFERENTES A DIRECCIN DE OBRAS DE EDIFICACIN Y CEDULA DE HABITABILIDAD BOE: 07-02-1985 Real Decreto 129/1985 de 23-01-85, M de Obras Pblicas y Urbanismo........................................................... NORMAS SOBRE EL LIBRO DE RDENES Y ASISTENCIAS EN LAS OBRAS DE EDIFICACIN Orden de 09-06-1971, M de la Vivienda.............................................................................................................. BOE: 17-06-1971

Se desarrolla en DETERMINACIN DEL MBITO DE APLICACIN DE LA ORDEN DE 9 DE JUNIO DE 1971 BOE: 24-07-1971 Orden de 17-07-1971, M de la Vivienda...................................................................................................... BOE: 10-02-1972 BOE: 31-05-1989 DOE: 29-05-2001 DOE: 18-10-2001

REGULACIN DEL CERTIFICADO FINAL DE LA DIRECCIN DE OBRAS DE EDIFICACIN Orden de 28-01-1972, M de la Vivienda.............................................................................................................. ESTADSTICAS DE EDIFICACIN Y VIVIENDA Orden de 29-05-1989, M de Relaciones con las Cortes y de la Secretara del Gobierno................................... DE LA CALIDAD PROMOCION Y ACCESO A LA VIVIENDA DE EXTREMADURA Ley 3/2001 de 26-04-2001, Presidencia de la Junta ............................................................................................ POR EL QUE SE REGULA LA TRAMITACIN Y CONCESIN DE LA CDULA DE HABITABILIDAD Decreto 158/2001 de 09-10-2001, Consejera de Vivienda, Urbanismo y Transportes........................................

POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO DE CDULA DE HABITABILIDAD Y SE FIJAN LAS CONDICIONES QUE HAN DE CUMPLIR LAS VIVIENDAS YA CONTRUIDAS PARA SU OBTENCIN DOE: 27-11-2001 Orden de 26-11-2001, Consejera de Vivienda, Urbanismo y Transportes .........................................................

1.2. DiseoCONDICIONES HIGINICAS MNIMAS DE VIVIENDAS Orden de 29-02-1944, Ministerio de Gobernacin................................................................................................ BOE: 01-03-1944

POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES MNIMAS DE HABITABILIDAD DE LAS VIVIENDAS DE NUEVA CONSTRUCCIN DOE: 23-12-1999 Decreto 195/1999 de 14-12-1999, Consejera de Vivienda, Urbanismo y Transportes........................................ FOMENTO DE LA VIVIENDA EN EXTREMADURA Ley 3/1995 de 06-04-1995, Presidencia de la Junta............................................................................................. DOE: 29-04-1995

-

Se desarrolla en REGLAMENTO DE LA LEY 3/1995 Decreto 109/1996 de 06-04-1999, Consejera de Obras Pblicas y Transportes.........................................

DOE: 11-07-1996 BOE: 23-05-1989

MEDIDAS MNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS Real Decreto 556/1989 de 19-05-1989, del Ministerio de Obras Pblicas y Urbanismo.......................................

LMITES DEL DOMINIO SOBRE INMUEBLES PARA ELIMINAR BARRERAS ARQUITECTNICAS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD BOE: 31-05-1995 Ley 15/1995 de 30-05-1995, Jefatura del Estado.................................................................................................. PROMOCIN DE LA ACCESIBILIDAD EN EXTREMADURA Ley 8/1997 de 18-06-1997, de la Presidencia de la Junta.................................................................................... DOE: 03-07-1997

Desarrollada, en el REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIN DE LA ACCESIBILIDAD EN EXTREMADURA DOE: 24-01-1998 Decreto 153/1997 de 22-12-1997, Consejera de Obras Pblicas y Transportes......................................... DOE: 22-05-1999

PATRIMONIO HISTRICO Y CULTURAL Ley 2/1999 de 29-03-1999, Presidencia de la Junta............................................................................................. ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

3

2. ESTRUCTURAS 2.1. Acciones en la edificacinNBE-AE/88. NORMA BSICA DE LA EDIFICACIN. ACCIONES EN LA EDIFICACIN Real Decreto 1370/1988 de 11-11-1988, del M de Obras Pblicas y Urbanismo................................................ Modifica parcialmente la antigua MV-101/62. ACCIONES EN LA EDIFICACIN Decreto 195/1963 de 17-01-1963, M de la Vivienda.................................................................................... BOE: 17-11-1988 BOE: 09-02-1963 BOE: 11-10-2002

NCSR/02. NORMA DE CONSTRUCCIN SISMORESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIN Real Decreto 997/2002 de 27-09-2002, del M de Fomento ................................................................................ -

Su entrada en vigor ser al da siguiente de su publicacin en el BOE, aunque existe un plazo de adaptacin normativa durante un perodo de dos aos desde la fecha de su publicacin, durante los cuales los proyectos podrn ajustarse al contenido de la normativa hasta ahora vigente. Queda derogado el Real Decreto 2543/1994, de 29.12.1994, NCSE/94. BOE: 08-02-1995

NCSE/94. NORMA DE CONSTRUCCIN SISMORESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIN Real Decreto 2543/1994 de 29-12-1994, del M de Obras Pblicas, Transportes y Medio Ambiente..................

2.2. AceroNBE-EA/95. NORMA BSICA DE LA EDIFICACIN. ESTRUCTURAS DE ACERO EN LA EDIFICACIN Real Decreto 1829/1995 de 10-11-1995, del M de Obras Pblicas, Urbanismo y Medio Ambiente.................... BOE: 18-01-1996

2.3. Fbrica de ladrilloNBE-FL/90. NORMA BSICA DE LA EDIFICACIN. " MUROS RESISTENTES DE FBRICA DE LADRILLO" Real Decreto 1723/1990 de 20-12-1990, M de Obras Pblicas y Urbanismo..................................................... BOE: 04-01-1991

2.4. HormignEHE. INSTRUCCIN DE HORMIGN ESTRUCTURAL. Real Decreto 2661/1998 de 11-12-1998, M de Fomento..................................................................................... BOE: 13-01-1999

MODIFICACIN DEL RD 1177/1992, DE 2 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REESTRUCTURA LA COMISIN PERMANENTE DEL HORMIGN, Y EL REAL DECRETO 2661/1998, DE 11 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA INSTRUCCIN DE HORMIGN ESTRUCTURAL (EHE) BOE: 24-06-1999 Real Decreto 996/1999 de 11-06-1999, M de Fomento .............................................................................

EFHE. INSTRUCCIN PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS BOE: 06-08-2002 Real Decreto 642/2002 de 05-07-2002, del M de Fomento................................................................................ BOE: 30-11-2002 Correccin de errores............................................................................................................................................ Su entrada en vigor ser a los seis meses de su publicacin en el BOE. Quedar derogado el Real Decreto 2608/1996, de 20.12.1996, EF/96.

EF/96. INSTRUCCIN PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGN ARMADO O PRETENSADO BOE: 22-01-1997 Real Decreto 2608/1996 de 20-12-1996, del M de Fomento............................................................................... BOE: 27-03-1997 Correccin de errores............................................................................................................................................

2.5. ForjadosFABRICACIN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS Real Decreto 1630/1980 de 18-07-1980, Presidencia del Gobierno..................................................................... BOE: 08-08-1980

MODELOS DE FICHAS TCNICAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 1630/1980, DE 18 DE JULIO, SOBRE LA AUTORIZACIN DE USO PARA LA FABRICACIN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS BOE: 16-12-1989 Orden de 29-11-1989, M de Obras Pblicas y Urbanismo.......................................................................... ACTUALIZACIN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS Resolucin de 30-01-1997, del M de Fomento............................................................................................ BOE: 06-03-1997

-

-

ACTUALIZACIN DEL CONTENIDO DE LAS FICHAS TCNICAS Y DEL SISTEMA DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD DE LA PRODUCCIN A LA QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 1630/1980, DE 18 DE JULIO, SOBRE LA AUTORIZACIN DE USO PARA LA FABRICACIN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS BOE: 02-12-2002 Resolucin de 06-11-2002, del M de Fomento............................................................................................ NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

4

3. INSTALACIONES 3.1. AguaNORMAS BSICAS PARA LAS INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUA Orden de 09-12-1975, M de Industria y Energa.................................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................................ Modificada por COMPLEMENTO DEL APARTADO 1.5 TTULO I DE LA NORMA BSICA ANTERIOR Resolucin de 14-02-1980, Direccin General de la Energa....................................................................... BOE: 13-01-1976 BOE: 12-02-1976 BOE: 07-03-1980

3.2. Aparatos elevadores y transporteMIE-AEM. REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIN Y MANUTENCIN DE LOS MISMOS (slo los artculos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 19 y 23 de acuerdo con el Real Dereto 1314/1997) BOE: 11-12-1985 Real Decreto 2291/1985 de 08-11-1985, M de Industria y Energa..................................................................... MIE-AEM 1. INSTRUCCIONES TCNICAS COMPLEMENTARIAS, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECNICOS (slo los preceptos a los que se remiten los artculos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997) BOE: 06-10-1987 Orden de 23-09-1987, M de Industria y Energa.......................................................................................... BOE: 12-05-1988 Correccin de errores.................................................................................................................................... Modificacin de la ITC-MIE-AEM 1, referente a ascensores electromecnicos (slo los preceptos a los que se remiten los artculos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997) BOE: 17-09-1991 Orden de 12-09-1991, M de Industria, Comercio y Turismo........................................................................ BOE: 12-10-1991 Correccin de errores.................................................................................................................................... Desarrollada en las PRESCRIPCIONES TCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC-MIE-AEM-1, del Reglamento de aparatos de elevacin y manutencin de los mismos (slo los preceptos a los que se remiten los artculos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997) BOE: 15-05-1992 Resolucin de 27-04-1992, D. Gral. de Poltica Tecnolgica del M de Industria, Comercio y Turismo.......

-

-

DISPOSICIONES DE APLICACIN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE, SOBRE ASCENSORES BOE: 30-09-1997 Real Decreto 1314/1997 de 01-08-1997, M de Industria y Energa..................................................................... BOE: 28-07-1998 Correccin de errores............................................................................................................................................ ASCENSORES SIN CUARTOS DE MQUINAS Resolucin de 03-04-97, Direccin General de Tecnologa y Seguridad Industrial.............................................. Correccin de errores............................................................................................................................................ ASCENSORES CON MQUINA EN FOSO Resolucin de 10-09-98, Direccin General de Tecnologa y Seguridad Industrial.............................................. BOE: 23-04-1997 BOE: 23-05-1997 BOE: 25-09-1998

3.3. AudiovisualesPLAN TCNICO NACIONAL DE LA TELEVISIN DIGITAL TERRENAL Real Decreto 2169/98 de 09-10-1998, M de Fomento......................................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 16-10-1998 BOE: 24-10-1998

Desarrollado en el REGLAMENTO TCNICO Y DE PRESTACIN DEL SERVICIO DE TELEVISIN DIGITAL TERRENAL BOE: 16-10-1998 Orden de 09-10-1998, M de Fomento.......................................................................................................... BOE: 24-10-1998 Correccin de errores....................................................................................................................................

INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN BOE: 28-02-1998 Real Decreto-Ley 1/1998 de 27-02-1998, Jefatura del Estado............................................................................ LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Ley 11/1998 de 24-04-1998, Jefatura del Estado.................................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 25-04-1998 BOE: 08-07-1998

Queda derogada la "Ley 31/1987 de 18 de diciembre, de Ordenacin de las Telecomunicaciones" excepto sus artculos 25, 26, 36, apartado 2, y su disposicin adicional sexta. Queda derogada la "Ley 37/1995 de 12 de diciembre de las Telecomunicaciones por Cable", salvo lo dispuesto para el rgimen del servicio de difusin de televisin. Quedan derogados los artculos 2 y 3 y la disposicin transitoria segunda de la "Ley 12/1997 de 24 de abril de Liberizacin de las Telecomunicaciones" Desarrollo del "TTULO II DE LA LEY 11/1998, EN LO RELATIVO A LA INTERCONEXIN Y AL ACCESO A LAS REDES PBLICAS Y A LA NUMERACIN" BOE: 30-07-1998 Real Decreto 1651/1998 de 24 de julio, M de Fomento............................................................................... BOE: 22-10-1998 Correccin de errores.................................................................................................................................... Desarrollada en "REGULACIN DE LAS TASAS ESTABLECIDAS EN LA LEY 11/1998" NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

-

-

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

5BOE: 27-08-1998

-

Real Decreto 1750/1998 de 31 de julio, M de la Presidencia......................................................................

Desarrollada en el REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES BOE: 09-03-1999 Real Decreto 279/1999 de 22 de febrero, M de Fomento............................................................................ Desarrollada en el DESARROLLO DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES BOE: 09-11-1999 Orden de 26-10-1999, M de Fomento.......................................................................................................... BOE: 21-12-1999 Correccin de errores.................................................................................................................................... Modificacin de la disposicin transitoria primera de la Orden de 26 de octubre de 1999 Orden de 07-06-2000, M de Ciencia y Tecnologa..................................................................................... BOE: 21-06-2000

-

-

PERSONAL FACULTATIVO COMPETENTE EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES PARA LA ELABORACIN DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS BOE: 09-02-2000 Resolucin de 12-01-200, Secretara General de Comunicaciones......................................................................

3.4. Calefaccin, Climatizacin y A.C.S.RITE. REGLAMENTO DE INSTALACIONES TRMICAS EN LOS EDIFICIOS Real Decreto 1751/1998 de 31-07-1998, M de Presidencia ............................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 05-08-1998 BOE: 29-10-1998

MODIFICACIN DEL REAL DECRETO 1751/1998, POR EL QUE SE APROB EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES TRMICAS EN LOS EDIFICIOS Y SUS INSTRUCCIONES TCNICAS COMPLEMENTARIAS Y SE CREA LA COMISIN ASESORA PARA LAS INSTALACIONES TRMICAS DE LOS EDIFICIOS. BOE: 03-12-2002 Real Decreto 1218/2002 de 22-11-2002, M de la Presidencia............................................................................ REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMSTICOS, COLECTIVOS O COMERCIALES BOE: 24-11-1993 Real Decreto 1853/1993 de 22-10-1993, M de la Presidencia............................................................................ BOE: 08-03-1994 Correccin de errores............................................................................................................................................ INSTRUCCIONES SOBRE DOCUMENTACIN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES COMBUSTIBLES BOE: 09-01-1986 Orden de 17-12-1985, M de Industria y Energa.................................................................................................. BOE: 26-04-1986 Correccin de errores............................................................................................................................................ REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRLEO (GLP) EN DEPSITOS FIJOS BOE: 22-02-1986 Orden de 29-01-1986, M de Industria y Energa.................................................................................................. BOE: 10-06-1986 Correccin de errores............................................................................................................................................ REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETICAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES "MIG" Orden del 18-11-1974, M de Industria................................................................................................................. Modificacin.......................................................................................................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ Modificaciones....................................................................................................................................................... Modificaciones....................................................................................................................................................... BOE: 06-12-1974 BOE: 08-11-1983 BOE: 23-07-1984 BOE: 21-03-1994 BOE: 11-06-1998

INSTRUCCIN TCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 03, "INSTALACIONES PETROLFERAS PARA USO PROPIO" BOE: 23-10-1997 Real decreto 1427/1997 de 15-09-1997, del M de Industria y Energa................................................................ BOE: 24-01-1998 Correccin de errores............................................................................................................................................ Modificada por MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES PETROLFERAS, Y LAS INSTRUCCIONES TCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP 03, Y MI-IP 04 BOE: 22-10-1999 Real Decreto 1523/1999 de 01-10-1999, M de Industria y Energa............................................................. BOE: 03-03-2000 Correccin de errores....................................................................................................................................

3.5. ElectricidadREGLAMENTO ELECTROTCNICO PARA BAJA TENSIN Decreto 842/2002 de 02-08-2002, M de Ciencia y Tecnologa............................................................................ BOE: 18-09-2002

Su entrada en vigor ser al ao de su publicacin en el BOE, aunque podr aplicarse, voluntariamente, desde la fecha de su publicacin. A la entrada en vigor del Reglamento, quedar derogado el Decreto 2413/1973, de 20.09.1973, sus instrucciones tcnicas complementarias y todas las disposiciones que los desarrollan y modifican. BOE: 09-10-1973 BOE: 12-12-1985

REBT. REGLAMENTO ELECTROTCNICO PARA BAJA TENSIN Decreto 2413/1973 de 20-09-1973, M de Industria y Energa............................................................................. Adiccin de un prrafo al artculo 2 Real Decreto 2295/1985 de 09-10-1985, M de Industria y Energa.............................................................

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

6

-

MI-BT. INSTRUCCIONES TCNICAS COMPLEMENTARIAS DEL REBT Orden de 31-10-1973, M de Industria y Energa......................................................................... Aplicacin de las instrucciones complementarias anteriores Orden de 06-04-1974, M de Industria.................................................................................................. Medida de aislamiento de las instalaciones Resolucin de 30-04-1974, M de Industria.......................................................................................... Modificacin de la Instruccin Complementaria "MI-BT 025" Orden de 19-12-1977, M de Industria y Energa.................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................ Modificacin Parcial y Ampliacin de las Instrucciones Complementarias "MI-BT 004, 007 y 017" Orden de 19-12-1977, M de Industria y Energa.................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................ Instruccin Complementaria "MI-BT- 044" Orden de 30-09-1980, M de Industria y Energa.................................................................................. Modificacin del apartado 7.1.2. de la Instruccin Complementaria "MI-BT 025" Orden de 30-07-1981, M de Industria y Energa.................................................................................. Instruccin Complementaria "MI-BT 004" Orden de 05-06-1982, M de Industria y Energa.................................................................................. Modificacin de las Instrucciones Complementarias "MI-BT 004 y 008" Orden de 11-07-1983, M de Industria y Energa.................................................................................. Modificacin de las Instrucciones Complementarias "MI-BT 025 y 044" Orden de 05-04-1984, M de Industria y Energa.................................................................................. Modificacin de la Instruccin Complementaria "MI-BT 026" Orden de 13-01-1988, M de Industria y Energa.................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................ Adaptacin al progreso Tcnico de la Instruccin Complementaria "MI-BT 026" Orden de 24-07-1992, M de Industria, Comercio y Turismo................................................................ Nueva adaptacin al progreso Tcnico de la Instruccin Complementaria "MI-BT 026" Orden de 18-07-1995, M de Industria y Energa.................................................................................. Adaptacin al progreso Tcnico de la Instruccin Complementaria "MI-BT 044" Orden de 22-11-1995, M de Industria y Energa.................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................ Adaptacin al progreso Tcnico de la Instruccin Complementaria "MI-BT 026" Orden de 29-07-1998............................................................................................................................ Correccin de errores............................................................................................................................

BOE: 27/28/29/31-12-1973 BOE: 15-04-1974 BOE: 07-05-1974 BOE: 13-01-1978 BOE: 06-03-1978 BOE: 26-01-1978 BOE: 27-10-1978 BOE: 17-10-1980 BOE: 13-08-1981 BOE: 12-06-1982 BOE: 22-07-1983 BOE: 04-06-1984 BOE: 26-01-1988 BOE: 25-03-1988 BOE: 04-08-1992 BOE: 28-07-1995 BOE: 04-12-1995 BOE: 23-02-1996 BOE: 07-08-1998 BOE: 25-09-1998 BOE: 07-05-1974

-

-

-

-

-

REBT MEDIDA DE AISLAMIENTO DE LAS INSTALACIONES Resolucin de 30-04-1974, Direccin General de Energa...........................................................................

AUTORIZACIN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLSTICO BOE: 19-02-1988 Resolucin de 18-01-1988, Direccin General de Innovacin Industrial...............................................................

4. CUBIERTASNBE-QB/90. CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS Real Decreto 1572/1990 de 30-11-1990, M de Obras Pblicas y Urbanismo..................................................... Actualizacin del apndice "NORMAS UNE DE REFERENCIA" del anejo del Real Decreto 1572/1990 Orden de 05-07-1996, M de Fomento.......................................................................................................... BOE: 07-12-1990 BOE: 25-07-1996 BOE: 24-09-1981

NBE-MV-111-1980. PLACAS Y PANELES DE CHAPA CONFORMADA DE ACERO Real Decreto 2169/1980 de 22-05-1980, M de Obras Pblicas y Urbanismo.....................................................

5. AISLAMIENTO Y PROTECCIN 5.1. Aislamiento TrmicoNBE-CT/79. CONDICIONES TRMICAS EN LOS EDIFICIOS Real Decreto 2429/1979 de 06-07-1979, Presidencia de Gobierno...................................................................... BOE: 22-10-1979

5.2. Aislamiento AcsticoNBE-CA/88. CONDICIONES ACSTICAS EN LOS EDIFICIOS Orden de 29-09-1988, M de Obras Pblicas y Urbanismo.................................................................................. REGLAMENTO DE RUIDOS Y VIBRACIONES Decreto 19/1997 de 04-02-1997, Presidencia de la Junta.................................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. BOE: 08-10-1988 DOE: 11-02-1997 DOE: 25-03-1997

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

7

ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIN AMBIENTAL EN MATERIA DE CONTAMINACIN ACSTICA (CIUDAD DE BADAJOZ) BOP: 16-06-1997 Ordenanza municipal de 25-02-1997, Ayuntamiento de Badajoz......................................................................... ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE EN MATERIA DE RUIDOS Y VIBRACIONES (CIUDAD DE CCERES) BOP: 20-01-1997 Ordenanza municipal de 12-12-1996, Ayuntamiento de Cceres.......................................................................

5.3. Proteccin contra incendiosREGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS Real Decreto 1942/1993 de 05-11-1993, M de Industria y Energa..................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ Desarrollado en NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1942/1993 Orden de 16-04-1998, M de Industria y Energa.......................................................................................... BOE: 14-12-1993 BOE: 07-05-1994 BOE: 28-04-1998 BOE: 28-04-1998 BOE: 05-06-1998 BOE: 29-10-1996 BOE: 13-11-1996 BOP: 10-04-1997 BOE: 30-07-2001 BOE: 22-02-2002

Modificacin de la Instruccin Tcnica MIP-AP5 del Reglamento de aparatos a presin sobre extintores de incendios Orden de 10-03-1998, M de Industria y Energa.................................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................................ NBE-CPI/96. CONDICIONES DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS Real Decreto 2177/1996 de 04-10-1996, M de Fomento..................................................................................... Modificaciones....................................................................................................................................................... ORDENANZA MINICIPAL DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS. CIUDAD DE BADAJOZ Ordenanza municipal de 29-01-1997, Ayuntamiento de Badajoz......................................................................... REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Real Decreto 786/2001 de 06-07-2001, M de Ciencia y Tecnologa................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................

5.4. Seguridad e higiene en el trabajoDISPOSICIONES MNIMAS EN SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIN Real Decreto 1627/1997 de 24-10-1997, M de la Presidencia............................................................................ PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Ley 31/1995, Jefatura de Estado........................................................................................................................... REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIN Real Decreto 39/1997 de 17-01-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales........................................................... Modificado por "MODIFICACIN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIN" Real Decreto 780/1998 de 30-04-1998, M de Trabajo y Asuntos Sociales................................................. BOE: 25-10-1997 BOE: 10-11-1995 BOE: 31-01-1997 BOE: 01-05-1998 BOE: 23-04-1997 BOE: 23-04-1997 BOE: 23-04-1997 BOE: 12-06-1997 BOE: 07-08-1997

SEALIZACIN DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Real Decreto 485/1997 de 14-04-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales......................................................... SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO Real Decreto 486/1997 de 14-04-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales......................................................... MANIPULACIN DE CARGAS Real Decreto 487/1997 de 14-04-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales......................................................... UTILIZACIN DE EQUIPOS DE PROTECCIN INDIVIDUAL Real Decreto 773/1997 de 30-05-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales......................................................... UTILIZACIN DE EQUIPOS DE TRABAJO Real Decreto 1215/1997 de 18-07-1997, M de Trabajo y Asuntos Sociales.......................................................

PROTECCIN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LOS AGENTES QUMICOS DURANTE EL TRABAJO BOE: 01-05-2001 Real Decreto 374/2001 de 06-04-2001, M de Presidencia.................................................................................. DISPOSICIONES MNIMAS PARA LA PROTECCIN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE AL RIESGO ELECTRICO BOE: 21-06-2001 Real Decreto 614/2001 de 08-06-2001, M de Presidencia..................................................................................

6. MEDIO AMBIENTEREGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS Decreto 2414/1961 de 30-11-1961, M de la Gobernacin................................................................................... ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. BOE: 07-12-1961

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

8BOE: 07-03-1962 BOE: 02-04-1963 BOE: 30-06-1986 BOE: 05-10-1988 BOE: 07-10-2000 BOE: 09-05-2001 DOE: 28-07-1998 DOE: 25-04-1991

-

Correccin de errores............................................................................................................................................ Desarrollado en INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIN DEL REGLAMENTO Orden de 15-03-1963, M de la Gobernacin................................................................................................

EVALUACIN IMPACTO AMBIENTAL. DIRECTRICES C.E.E. Real Decreto 1302/1986 de 28-06-1986............................................................................................................... Desarrollado en REGLAMENTO PARA LA EJECUCIN DEL REAL DECRETO Real Decreto 1131/1988 de 30-09-1988....................................................................................................... Modificado por MODIFICACIN DEL RD 1302/1986 Real Decreto 9/2000 de 06-10-2000 ...........................................................................................................

-

MODIFICACIN DEL RD 1302/1986, DE 28 DE JUNIO, DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL. Ley 6/2001 de 08-05-2001, Jefatura del Estado ................................................................................................... LEY DE CONSERVACIN DE LA NATURALEZA Y DE ESPACIOS NATURALES DE EXTREMADURA Ley 8/1998 de 26-06-1998, Junta de Extremadura............................................................................................... MEDIDAS DE PROTECCIN DEL ECOSISTEMA EN LA COMUNIDAD AUTNOMA DE EXTREMADURA Decreto 45/1991 de 16-04-1991, Junta de Extremadura......................................................................................

ESTABLECIMIENTO DE LA EXTENSIN DE LAS UNIDADES MNIMAS DE CULTIVO EN LA COMUNIDAD AUTNOMA DE EXTREMADURA DOE: 29-04-1997 Decreto 46/1997 de 22-04-1997, Consejera de Agricultura y Comercio..............................................................

7. VARIOS 7.1. CorreosCASILLEROS POSTALES. REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS Decreto 1653/1964 de 04-05-1964, M de Gobernacin....................................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ - Desarrollado en MODIFICACIN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS Orden de 14-08-1971, M de Gobernacin........................................................................................... INSTRUCCIN SOBRE CASILLEROS DOMICILIARIOS Resolucin del 07-12-1971, M de Transporte y Comunicaciones........................................................................ Correccin de errores............................................................................................................................................ INSTALACIN DE CASILLEROS DOMICILIARIOS Circular de 27-05-1972, Jefatura de Correos........................................................................................................ BOE: 09-06-1964 BOE: 09-07-1964 BOE: 03-09-1971 BOE: 23-12-1971 BOE: 27-12-1971 BOE: 05-06-1972

8. CALIDAD EN LA EDIFICACIN 8.1. Pliegos de Condiciones, Homologaciones y Especificaciones TcnicasPLIEGO DE CONDICIONES TCNICAS DE LA DIRECCIN GENERAL DE ARQUITECTURA Orden de 04-06-1973, M de la Vivienda........................................................................... PLIEGO PARA TRABAJOS DE TOPOGRAFA Y GEOTECNIA EN OBRAS OFICIALES Resolucin de 22-03-1979, M de Educacin y Ciencia........................................................................................ ACERO ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGN PRETENSADO Real Decreto 2365/1985 de 20-11-1985, Ministerio de Industria y Energa.......................................................... BOE: 13 a 16, 18 a 23, 25 y 26-06-1973 BOE: 31-07-1979

BOE: 21-12-1985

ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRRESISTENTES DE HORMIGN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIN BOE: 28-02-1986 Real Decreto 2702/1985 de 18-12-1985, M de Industria y Energa..................................................................... ALUMINIO ESPECIFICACIONES TCNICAS DE PERFILES EXTRUIDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIN BOE: 22-02-1986 Real Decreto 2699/1985 de 27-12-1985, Ministerio de Industria y Energa.......................................................... AISLAMIENTO

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

9

ESPECIFICACIONES TCNICAS DE LOS POLIESTIRENOS EXPANDIDOS UTILIZADOS COMO AISLANTES TRMICOS Y SU HOMOLOGACIN BOE: 15-03-1986 Real Decreto 2709/85 de 27-12-1985, M de Industria y Energa......................................................................... BOE: 05-06-1986 Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 05-04-1999 Modificaciones ..................................................................................................................................................... ESPECIFICACIONES TCNICAS DE LOS PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO UTILIZADOS COMO AISLANTES TRMICOS Y SU HOMOLOGACIN BOE: 05-08-1986 Real Decreto 1637/1986 de 13-06-1986, M de Industria y Energa..................................................................... BOE: 27-10-1986 Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 09-02-2000 Modificaciones ...................................................................................................................................................... CARPINTERA, VIDRIOS Y BLINDAJES ESPECIFICACIONES TCNICAS DE PERFILES EXTRUIDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIN BOE: 22-02-86 Real Decreto 2699/85 de 27-12-1985, del Ministerio de Industria y Energa........................................................ CONDICIONES TCNICAS DEL VIDRIO CRISTAL Real Decreto 168/1988 de 26-02-1988, M de Relaciones con las Cortes........................................................... BOE: 01-03-1988

ESPECIFICACIONES TCNICAS DE BLINDAJES TRANSPARENTES Y TRANSLCIDOS Y SU HOMOLOGACIN BOE: 08-04-1986 Orden de 13-03-1986, M de Industria y Energa.................................................................................................. BOE: 11-09-1986 - Modificaciones....................................................................................................................................................... CALES, YESOS Y ESCAYOLAS RCA/92. INSTRUCCIN PARA LA RECEPCIN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIN DE SUELOS Orden de 18-12-1992, M de Obras Pblicas y Transportes................................................................................. BOE: 26-12-1992

RY/85. PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCIN DE YESOS Y ESCAYOLAS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIN BOE: 10-06-1985 Orden de 31-05-1985, Presidencia de Gobierno................................................................................................... YESOS Y ESCAYOLAS PARA LA CONSTRUCCIN Y ESPECIFICACIONES TCNICAS DE LOS PREFABRICADOS DE YESOS Y ESCAYOLAS BOE: 01-07-1986 Real Decreto 1312/1986 de 25-04-1986, M de Industria y Energa..................................................................... BOE: 07-10-1986 Correccin de errores............................................................................................................................................ CALEFACCIN ESPECIFICACIONES TCNICAS DE CHIMENEAS MODULARES METLICAS Y SU HOMOLOGACIN Real Decreto 2532/1985, de 18-12-1985, M de Industria y Energa.................................................................... BOE: 03-01-1986

NORMAS TCNICAS DE RADIADORES CONVECTORES DE CALEFACCIN POR FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIN BOE: 22-11-1982 Real Decreto 3089/1982 de 15-10-1982, M de Industria y Energa..................................................................... NORMAS TCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIN DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUIDOS BOE: 15-02-1983 Orden de 10-02-1983, M de Industria y Energa ................................................................................................ COMPLEMENTO DE LAS NORMAS TCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIN DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUIDOS BOE: 25-02-1984 Real Decreto 363/1984 de 22-02-1984, M de Industria y Energa ...................................................................... APLICACIN DE LA DIRECTIVA DE CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90/396/CEE, SOBRE RENDIMIENTO PARA LAS CALDERAS NUEVAS DE AGUA CALIENTE ALIMENTADAS POR COMBUSTIBLES LQUIDOS O GASEOSOS BOE: 27-03-1995 Real Decreto 275/1995 de 24-02-1995, M de Industria y Energa....................................................................... BOE: 26-05-1995 Correccin de errores............................................................................................................................................ APLICACIN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90/396/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS BOE: 05-12-1992 Real Decreto 1428/1992 de 27-11-1992, M de Industria y Energa..................................................................... BOE: 27-01-1993 Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 27-03-1995 Modificaciones....................................................................................................................................................... HOMOLOGACIN DE QUEMADORES, REGLAMENTACIN PARA HOMOLOGAR INSTALACIONES FIJAS Orden de 10-12-1975, M de Industria y Energa.................................................................................................. ELECTRICIDAD EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL ELCTRICO DESTINADO A SER UTILIZADO EN DETERMINADOS LMITES DE TENSIN BOE: 14-01-1988 Real Decreto 7/1988 de 08-01-1988, M de Industria y Energa........................................................................... BOE: 21-06-1989 Desarrollo.............................................................................................................................................................. BOE: 03-03-1995 Modificacin........................................................................................................................................................... BOE: 22-03-1995 Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 17-11-1995 Actualizacin.......................................................................................................................................................... ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO COMBUSTIBLES LQUIDOS EN

BOE: 30-12-1975

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

10BOE: 06-04-1996 BOE: 12-05-1984 BOE: 22-10-1984

-

Actualizacin..........................................................................................................................................................

REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2 Real Decreto 875/1984 de 28-03-1984, Presidencia del Gobierno....................................................................... Correccin de errores............................................................................................................................................ CEMENTOS, MORTEROS Y HORMIGONES RC/97. INSTRUCCIN PARA LA RECEPCIN DE CEMENTOS Real Decreto 776/97 de 30-05-97, M de Relaciones con las Cortes y con la Secretara de Gobierno...............

BOE: 13-06-1997

OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIN DE HORMIGONES Y MORTEROS BOE: 04-11-1988 Real Decreto 1313/1988 de 20-10-1988, M de Industria y Energa..................................................................... BOE: 30-06-89, 29-12-89, 03-07-90, 11-02-92, 26-05-97 y 14-11-02 Modificaciones..................................................................... CUBIERTAS PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIN DE CUBIERTAS EN EDIFICACIN Orden de 12-03-1986, M de Industria y Energa ................................................................................................ FONTANERA, SANEAMIENTO Y GRIFERA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TCNICAS GENERALES PARA TUBERAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA BOE: 02 y 03-10-1974 Orden de 28-07-1974, M de Obras Pblicas y Urbanismo............................................................................ BOE: 30-10-1974 Correccin de errores............................................................................................................................................ PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TCNICAS PARA TUBERAS DE SANEAMIENTO Orden de 15-09-1986, M de obras Pblicas y Urbanismo................................................................................... BOE: 23-09-1986 BOE: 22-03-1986

NORMAS TCNICAS SOBRE GRIFERA SANITARIA PARA LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS Y SU HOMOLOGACIN BOE: 22-03-1985 Real Decreto 358/1985 de 23-01-1985, M de Industria y Energa....................................................................... NORMAS TCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIN DE GRIFERAS Orden de 15-04-1985, M de Industria y Energa................................................................................................. Correccin de errores............................................................................................................................................ BOE: 20-04-1985 BOE: 27-04-1985

ESPECIFICACIONES TCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERMICOS PARA LOS LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS, LAVADEROS PARA SU HOMOLOGACIN BOE: 04-07-1986 Orden de 14-05-1986, M de Industria y Energa.................................................................................................. BOE: 21 y 22-01-1987 Modificacin.................................................................................................................................................... LADRILLOS CERMICOS Y BLOQUES DE HORMIGN RL/88. PLIEGO GENARAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCIN DE LADRILLOS CERMICOS EN LAS OBRAS BOE: 03-08-1988 Orden de 27-07-1988, M de Relaciones con las Cortes y con la Secretara de Gobierno.................................. RB/90. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TCNICAS PARA LA RECEPCIN DE BLOQUES DE HORMIGN EN OBRA BOE: 11-07-1990 Orden de 04-07-1990, M de Obras Pblicas y Urbanismo..................................................................................

8.2. Acreditacin obligatoria de laboratorios y empresas de controlDISPOSICIN REGULADORA DE ACREDITACIN DE LABORATORIOS DE ENSAYOS Real Decreto 1230/1989 de 13-10-1989, M de Obras Pblicas y Urbanismo..................................................... CLASES DE LABORATORIOS HOMOLOGADOS Real Decreto 1565/84 de 20-06-1984 APROBACIN DE LAS DISPOSICIONES REGULADORAS DE LAS REAS DE ACREDITACIN DE LABORATORIOS DE ENSAYOS PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIN BOE: 13-08-2002 Orden FOM/2060/2002 de 02-08-2002, M de Fomento ...................................................................................... BOE: 18-10-1989

Almendralejo, Diciembre de 2010 El Arquitecto.

Fdo: Jorge Jimnez Retamal.

ARQUITECTO: JORGE JIMNEZ RETAMAL.

NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

PROYECTO DE REFORESTACION DEL ENTORNO DE SAN MARCOS

PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1.01. Objeto. 1.01.01. En este documento se especifican las condiciones generales que han de cumplirse en la contratacin y construccin de las obras objeto de este proyecto y forma parte del contrato que se firme por la propiedad y la Entidad encargada de realizar el trabajo, que se designar por el Contratista. Se prescriben las normas mnimas aceptables, referentes a la construccin, materiales, mano de obra y equipo que haya de incorporarse a los trabajos incluidos en este contrato, as como las condiciones econmicas para los mismos. Dichos trabajos comprenden sin limitacin, el suministro de toda la mano de obra, materiales y equipo, as como la ejecucin de todas las operaciones que hayan de realizarse de acuerdo con los planos y con los requisitos que se especifiquen en el presente pliego de condiciones. 1.02. Documentacin complementaria. 1.02.01. Adems del presente Pliego de Condiciones ser tambin obligatorio el cumplimiento de lo regulado en las disposiciones oficia- les que deben observarse en las obras de construccin. De forma especial el Contratista vendr obligado a conocer y cumplir las siguientes disposiciones que se entendern forman parte de este Pliego: 1.02.02. - Pliego de Condiciones Tcnicas de la Direccin General de Arquitectura. - Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo. - Instruccin de Hormign Estructural (EHE) y la Instruccin para el proyecto y la ejecucin de forjados unidireccionales de hormign armado o pretensado (EF-96) - Normas del Instituto de Eduardo Torroja para Fontanera, Saneamiento y Calefaccin. - Cualquier otra norma que se publique y que sea de obligado cumplimiento. 1.03 Obligaciones comunes de los profesionales que intervienen en la obra de Arquitectura: a) Desarrollar las respectivas funciones con la competencia profesional exigible en cada caso. b) Actuar con la debida diligencia, atencin y cautela en el desempeo de las respectivas funciones, tanto para la segurida