proyecto de acondicionamiento de la sala …...7 albañilería se realizará la nueva tabiquería...

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1 PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LA SALA DE EXPOSICIONES DEL ARCHIVO FORAL (Mª DIAZ DE HARO 11, PLANTA BAJA, BILBAO) Bilbao, Diciembre 2007

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PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LA SALA DE EXPOSICIONES DEL ARCHIVO FORAL (Mª DIAZ DE HARO

11, PLANTA BAJA, BILBAO)

Bilbao, Diciembre 2007

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I N D I C E G E N E R A L A. MEMORIA TECNICA.........................................................................................4 A.1. ANTECEDENTES. .................................................................................................5 A.1.1. Objeto. .........................................................................................................5 A.1.2. Promotor. .....................................................................................................5 A.1.3. Redactor.......................................................................................................5 A.1.4. Plazo ............................................................................................................5 A.2. EMPLAZAMIENTO...............................................................................................5 A.3. EDIFICACION. .......................................................................................................5 A.3.1. Estado Actual. .............................................................................................5 A.4. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO DE SUPERFICIES ................6 A.5. SOLUCIÓN ADOPTADA......................................................................................6 A.5.1. Descripción de la solución adoptada...........................................................6 A.6. NORMATIVA ESPECIFICA .. ............................................................................. 9 A.6.1. Cumplimiento de la norma de Protección Contra Incendios …. ............ 10 A.6.2. Ficha del cumplimiento de la Ley de Promoción de Accesibilidad del Gobierno Vasco.................................................................................. 10 A.7. EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD. ......................................................................10 A.8. MAQUINARIA E INSTALACIONES.................................................................10 A.9. MATERIAS PRIMAS...........................................................................................10 A.10. INSTALACIONES AUXILIARES.......................................................................11 A.11. INSTALACIONES SANITARIAS.......................................................................11 A.12. VENTILACION E ILUMINACION.....................................................................11 A.13. REPERCUSION EN EL MEDIO AMBIENTE. ..................................................12

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A.14. MEDIDAS CORRECTORAS. .............................................................................12 A.14.1. Actividades molestas por producción de ruidos y vibraciones. ...............12 A.14.2. Actividades molestas por producción de olores. ......................................12 A.14.3. Actividades contaminantes por producción de residuos..........................12 A.14.4. Actividades molestas por producción de humos y neblinas.....................12 A.14.5. Actividades peligrosas por riesgo de incendio. ........................................12 A.14.6. Actividades peligrosas por almacenamiento de combustible...................12 B. MEMORIA INSTALACIONES........................................................................13 B.1. ELECTRICIDAD, MEGAFONIA Y TELEFONIA.............................................14 B.1.1. Electricidad .................................................................................................14 B.1.2. Megafonía ...................................................................................................18 B.2. VENTILACION Y CLIMATIZACION. ..............................................................18 B.2.1. Objeto..........................................................................................................18 B.2.2. Normativa bajo la que se ejecuta el proyecto .............................................18 B.2.3. Descripción de los locales a climatizar.......................................................18 B.2.4. Descripción del sistema de climatización y ventilación elegidos ..............19 B.3. PROTECCION CONTRA INCENDIOS. ............................................................21 B.3.1. Emplazamiento, generalidades y objeto del proyecto ................................21 B.3.2. Normativa aplicada .....................................................................................21 B.3.3. Red de mangueras (BIEs) ...........................................................................22 B.3.4. Red de detección y alarma ..........................................................................22 B.3.5. Extintores ....................................................................................................22 B.3.6. Alerta y alarma............................................................................................22 B.3.7. Instalación eléctrica.....................................................................................22 C. ANEXOS:..............................................................................................................23 . JUSTIFICACION DE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. ........24 . FICHA DE CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE

PROMOCIÓN DE ACCESIBILIDAD DEL GOBIERNO VASCO .....................................30 D. RELACIÓN DE PLANOS..................................................................................32 E. PLAZO..................................................................................................................33 F. PRECIO. ...............................................................................................................33 G. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA. .....................................................33

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A. MEMORIA TECNICA

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A. MEMORIA TECNICA

A.1. ANTECEDENTES.

A.1.1. Objeto.

El objeto del presente documento es la solicitud de la licencia de obra para las obras de

acondicionamiento de la sala de exposiciones del Archivo Foral (Mª Diaz de Haro 11,

planta baja), para el Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

A.1.2. Promotor.

El propietario y promotor del presente Proyecto de Ejecución es el Servicio de

Patrimonio Cultural, del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

A.1.3. Redactor

El redactor del proyecto es el arquitecto del Servicio de Patrimonio Histórico Javier

Aristegui Anduiza.

A.1.4. Fases

No se contemplan fases en la ejecución de la obra.

A.1.5. Plazo

El plazo de ejecución previsto es de cinco (5) meses.

A.2. EMPLAZAMIENTO.

Los locales objeto de intervención se sitúan en la planta baja del edificio sito en la calle

María Diaz de Haro número 11, de Bilbao - Bizkaia

A.3. EDIFICACION.

A.3.1. Estado actual.

En la actualidad los locales no se encuentran en funcionamiento.

Interiores:

Suelos

El acabado actual del solado es de terrazo

Paredes

Raseo-lucido y rematado con pintura al gotelé.

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Techos

Escayola en el núcleo de aseos y raseo-lucido en resto de techos.

Divisiones

El local se encuentra actualmente sin compartimentar, salvo en la zona de aseos.

A.4. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO DE SUPERFICIES

SUPERFICIES SOBRE LAS QUE SE INTERVIENE PLANTA BAJA 586,34 m2

La planta BAJA constará de tres zonas, el hall de acceso o vestíbulo previo a la propia

sala de exposiciones de 71.40 m2, la propia sala de exposiciones de 327.40 m2 y la zona

de servicios con el núcleo de aseos de unos 100 m2.

A.5. SOLUCIÓN ADOPTADA

A.5.1. Descripción de la solución adoptada

Se modificará la actual zona de exposiciones, creando un hall de acceso y una zona de

servicios a la sala, desde el hall de acceso se acceda a la sala de exposiciones mediante

un vestíbulo previo a la sala, que sirve de zona de adaptación. El núcleo de aseos se

encuentra en muy buen estado y no requiere intervención. La habilitación del local no

supone reforma actual de la estructura de hormigón armado del edificio.

Obra Civil

Demoliciones

Interiores: No se requieren trabajos de demolición.

Trabajos previos

Se realizará la limpieza del local y el correspondiente replanteo aprobado por la D.F.

Saneamiento

No se acometerán obras de saneamiento.

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Albañilería

Se realizará la nueva tabiquería por medio de tabiques de ladrillo hueco doble de 10 cm

de espesor.

Para los tabiques divisorios de los cuartos de instalaciones se utilizará un sándwich

acústico MAD.4 o equivalente.

Revestimientos

Las paredes o muros existentes se revestirán, trasdosando las placas de contrachapado y

cartón-yeso, con posterior pintura plástica.

Solados

El suelo previsto para toda la intervención es un suelo flotante, del tipo parquet idéntico

al existente en la zona de dirección.

En las zonas húmedas y cuartos técnicos el solado será de Gres.

Falsos techos

Existirán falsos techos continuo tipo pladur. Y llevarán un foseado perimetral para

luminarias.

Carpintería de madera

La carpintería de madera se utilizará en:

Puertas en madera aglomerada chapada en madera de haya incluso jambas.

Pinturas

En interiores tras la preparación de las superficies se aplicará una pintura plástica lisa,

siendo en las zonas representativas del muestrario de Titanlux S1005-Y30R.

En los cuartos técnicos se aplicará una pintura plástica lisa de color blanco.

En las fajas lisas de los falsos techos se aplicará una pinta plástica lisa de color blanco.

Aislamientos acústicos

En los tabiques de los cuartos técnicos usaremos una tabiquería de cartón-yeso con

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doble placa hacia uno de los lados y sandwich acústico MAC-4, y aislamiento de lana de

roca.

En los suelos de los cuartos técnicos emplearemos:

- Soporte.

- Panel de aislamiento (densidad 100 kg/m²), Rocdan 233/30.

- Amortiguadores de caucho Ø 100 BA-400.

- Aislamiento a ruido de impacto, Impactodan.

- Mortero armado con mallazo, espesor 7 cm con Ø 6 cada 20.

- Pavimento de terminación.

En los techos de los cuartos técnicos dispondremos:

- Soporte previamente enlucido.

- Aislamiento bicapa, Acustidan.

- Elemento amortiguador metálicos, TAM-30.

- Panel Rocdan 231/40 (L. roca 70 kg/m³).

- Perfilería galvanizada de anclaje.

- Sandwich acústico (C. yeso 13 mm, M.A.D. 4, C. yeso 13 mm).

Fontanería

No se acometerán obras de fontanería

Iluminación

Se instalarán en las zonas generales luminaria de empotrar del tipo LUX MAY T55 /

414 / UMMR / HFP de 4x14W, equipada con balasto electrónico PHILIPS HFP de

4x14W, con difusor de aluminio, lamas transversales tipo fresnel en aluminio anodizado

1500G, millfinish y chapas microperforadas en blanco, omnidireccional de baja

luminancia, incluso 4 tubos TL5 PHILIPS de 14W / 840.

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A.6. NORMATIVA ESPECÍFICA A SATISFACER

Serán de cumplimiento las siguientes normativas:

- Plan General de Ordenación Urbana.

- Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.

- Reglamento de Calificación Ambiental.

- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas

Complementarias (Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002).

- Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las Actividades de

Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de

Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica.

- Código Técnico de la Edificación, DB SI sobre Seguridad en caso de incendio.

- Código Técnico de la Edificación, DB SU sobre Seguridad de utilización.

- NBE CA-88 de Condiciones Acústicas en los Edificios.

- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

- Normas Técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas,

urbanísticas y en el transporte.

- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

- Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre de 1.997, sobre Disposiciones mínimas de

seguridad y salud en las obras.

- Real Decreto 486/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas de

seguridad y salud en los lugares de trabajo.

- Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas en

materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

- Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997, sobre Disposiciones mínimas de

seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de

trabajo.Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997, sobre Disposiciones

mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de

equipos de protección individual.

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A.6.1. Cumplimiento de la norma de Protección Contra Incendios

Ver anexos

A.6.2. Ficha de cumplimiento de la Ley de Promoción de Accesibilidad del Gobierno Vasco

Ver anexos

A.7. EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD

La actividad que se desarrolla en este local es la propia de una sala de exposiciones.

A.8. MAQUINARIA E INSTALACIONES

A.8.1. Potencia instalada

A continuación se indica el cálculo de potencia instalada agrupado por capítulos.

Alumbrado

Iluminación .................................................................................................................... 14 kw

Alumbrado emergencia.................................................................................................... 1 kw

TOTAL ALUMBRADO.................................................................................... 15 KW

Fuerza

Enchufes ........................................................................................................................ 15 kw

Climatización .............................................................................................................. 110 kw

TOTAL FUERZA.............................................................................................. 125 kw

POTENCIA TOTAL INSTALADA ............................................................140 KW

Suministro de energía eléctrica

El suministro de energía se efectuará en Baja Tensión a través de la compañía eléctrica no siendo

necesario un segundo suministro de socorro a través de grupo electrógeno, ya que la densidad de

ocupaciones no excede de 300 personas.

A.9. MATERIAS PRIMAS

Dado el carácter no hay materias primas. No existe manipulación de productos.

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A.10. INSTALACIONES AUXILIARES

Se entienden como tales, las instalaciones de climatización y ventilación, que figuran ya evaluados

en el cómputo de potencia instalada y que se relacionan en la correspondiente memoria de

Instalaciones.

A.11. INSTALACIONES SANITARIAS

El local ya dispone de aseos satisfaciendo el standard mínimo de seguridad e higiene a la vez que

cumple con las ordenanzas municipales en vigor, en este caso Plan General de Ordenación Urbana.

Necesidades sanitarias de urgencia:

Se dotará al centro de botiquín que contendrá como mínimo: agua oxigenada, alcohol de 96º,

tintura de yodo, mercurocromo, amoniaco, gasa esterilizada, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo,

antiespasmódicos, analgésicos y tónicos cardiacos de urgencia, torniquete, bolsas hervidor, agujas

para inyectables y termómetro clínico. Se revisará mensualmente y se repondrá inmediatamente lo

usado.

A.12. VENTILACION E ILUMINACION

Como oportunamente figuran en las memorias específicas, nos limitaremos a indicar las bases del

cálculo que se han tomado como estándares según las zonas:

- Instalación de Ventilación:

Zonas de trabajo: 36 m3/h/persona

Aseos: 54 m3/h/m2

- Iluminación:

Zonas de exposición 500 lux

Aseos, almacenes y locales técnicos 250 lux

A.13. REPERCUSION EN EL MEDIO AMBIENTE

El carácter de esta actividad es claramente limpia y no contaminante. En función de su clasificación

pasamos a referir las medidas correctoras.

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A.14. MEDIDAS CORRECTORAS

Se realizarán las medidas correctoras, descritas en las normas técnicas de carácter general de

aplicación a las actividades molestas insalubres, nocivas y peligrosas.

A.14.1. Actividades molestas por producción de ruidos y vibraciones

Dada la actividad descrita, no hay producción de ruidos ni vibraciones.

A.14.2. Actividades molestas por malos olores.

La actividad no genera ningún residuo orgánico, salvo las aguas de fecales generadas en los aseos

que se conectan a la red general.

La red de saneamiento, realizada con tubos de PVC con juntas estancas, dispondrá de sus

correspondientes sifones antes del entronque con la red horizontal situada y prevista en el local. Las

arquetas son registrables, permitiendo fácilmente su limpieza.

A.14.3. Actividades contaminantes por producción de residuos

La actividad no produce residuos contaminantes de ningún tipo, por lo que en este sentido, es

claramente limpia y no contaminante.

A.14.4. Actividades molestas por producción de humos y neblinas:

La actividad es claramente limpia y no contaminante, ya que toda la oficina se abastece de

electricidad.

A.14.5. Actividades peligrosas por riesgo de incendio:

Toda la edificación estará protegida por una BIE de agua nebulizada. Asimismo, se dotará de una

instalación de detección de incendios y está prevista la instalación de rociadores de agua

nebulizada.

A.14.6. Actividades peligrosas por almacenamiento de combustible

No existen locales de riesgo especial donde pueda existir acumulación de combustibles.

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B. MEMORIA DE INSTALACIONES

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B INSTALACIONES

B.1. Electricidad, megafonía y telefonía

B.1.1. Electricidad

Antecedentes y Objeto

Con objeto de suministrar la energía necesaria para el funcionamiento de las instalaciones de las

oficinas del servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura de la Diputación

Foral de Bizkaia, se hace necesario el montaje de diversas instalaciones de maniobra y

transformación de energía.

Reglamentación

En la ejecución de los trabajos, en las instalaciones y en las características de los materiales se

tendrán en cuenta las siguientes normativas.

- Reglamento de EETT RD 3.275/11982 de 12 de noviembre. - Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT de 6/7/84. - Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. (RD842/2002, de 2 de agosto de 2002). - Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión. - Instrucciones Técnicas Complementarias MI-BT. - Reglamento de Verificaciones. - Normas NTE del Ministerio de Obras Públicas. - Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo. - Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

Así mismo serán de aplicación las normas UNE para los materiales que puedan ser objeto de

ellas y las prescripciones particulares que tengan dictadas los Organismos Oficiales competentes.

Balance Energético de las Instalaciones

Según la evaluación efectuada en los diversos receptores, las potencias instaladas serán:

a) En fuerza

Climatización y ventiladores.................................................................................. 110 Kw

Enchufes y varios .................................................................................................... 15 Kw ________

TOTAL FUERZA.................................................................................................. 125 Kw

TOTAL ALUMBRADO.......................................................................................... 15 Kw

TOTAL POTENCIA INSTALADA ..................................................................... 140 Kw

Por lo tanto, la potencia total instalada es de 140 Kw.

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Suministro de energía eléctrica

El suministro de energía se efectuará en Baja Tensión a través de la compañía eléctrica no

siendo necesario un segundo suministro de socorro a través de grupo electrógeno ni doble

acometida, ya que de densidad de ocupación no excede de 300 personas.

Descripción de las instalaciones Introducción

Las descripciones posteriores tienen por objeto definir las características técnicas y de las

instalaciones eléctricas, así como las de megafonía, interfonía y telefonía necesarias para la

habilitación de las servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura de la

Diputación Foral de Bizkaia. Así mismo se darán todas las normas e instrucciones para los

materiales e instalación de los mismos con el fin de obtener los preceptivos permisos para su

puesta en marcha.

Se contemplará, por un lado, las características mínimas de los conductores, interruptores y

demás protecciones de manera que se cumplan los reglamentos que les afectan así como a su

instalación.

Por otro lado se calcularán las condiciones de iluminación en las diversas salas, tomando como

norma las indicaciones de CIE y las de los diversos fabricantes de aparatos de alumbrado. Para

la definición de estos últimos se deberá tener en cuenta además, el ambiente en el cual trabajen.

Cuadro general de baja tensión

El cuadro general estará diseñado, únicamente para una acometida, excluyendo la doble

acometida a través de grupo electrógeno ya que la ocupación estimada no excede de las 300

personas.

Será metálico, construido con chapa plegada de acero, de 2 mm de espesor y bastidor de refuer-

zo de perfiles normalizados. Irá pintado con epoxi, de color a determinar, previo tratamiento

desengrasante y anticorrosivo.

Estará constituido por paneles de dimensiones unitarias aproximadas: 800 mm. de ancho x 2.100

mm. de alto x 800 mm. de fondo.

Tendrá acceso por delante mediante puertas frontales abisagradas provistas de cierres de tipo

manillón con tres puntos de cierre, superior, medio e inferior y cerradura de llave.

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La entrada y salida de cables se realizará por la parte superior.

En la entrada se dispondrán interruptores automáticos generales de 4 polos, equipado con relés

magnetotérmicos y bobina de disparo, uno por transformador. También se preverá medida

general mediante dos juegos de tres amperímetros de 96x96 mm. con sus correspondientes trafos

de intensidad y un voltímetro de 96x96 mm. con conmutador y fusibles de protección.

Se establecerá una protección diferencial particular para cada servicio constituida por un núcleo

toroidal con relé incorporado de sensibilidad 30 mA o 300 mA sea alumbrado o fuerza

respectivamente y retardo ajustable, cuya actuación provocará una alarma óptica.

Cada salida estará protegida por un interruptor automático magnetotérmico.

El número de salidas, la intensidad de cada una y la sección de las líneas se indica en el esquema

unifilar correspondiente.

Todas las salidas a receptores se efectuarán desde el Cuadro General.

Distribución a los receptores

Comprende desde las salidas del CGBT hasta los puntos de consumo, tanto de alumbrado como

de fuerza u otros usos.

En general será oculta, bien sobre falso techo o bajo suelo técnico, bien empotrada en tabique.

En los locales técnicos, las canalizaciones podrán ser vistas, bajo tubo rígido de PVC o acero

galvanizado roscados, fijados a estructuras techos y paredes.

La instalación de climatización se realizará partiendo de un panel del cuadro general.

Cada máquina llevará su línea de alimentación protegida con un automático magnetotérmico de

corte omnipolar. Estas líneas estarán realizadas con cables unipolares de cobre con aislamiento y

cubierta de PVC para 1.000V, tipo RZ1-K 0,6/1 KV, canalizadas bajo tubo de PVC rígido visto

con cajas de registro de chapa metálica o en bandejas.

Las cajas de registro y derivación para instalaciones vistas serán de chapa de acero con trata-

miento contra la oxidación. La tapa irá sujeta con tornillos. Las entradas de tubos se realizarán

con tuerca y contratuerca. En los extremos de tubos de acero se pondrán boquillas de plástico

para protección de los cables. En las instalaciones empotradas se utilizarán cajas de material

sintético con tapa sujeta por tornillos.

En instalaciones estancas las cajas serán así mismo estancas, de material sintético para tubos de

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PVC o de fundición de aluminio para tubos de acero. La tapa se sujetará con tornillos. Las

entradas se harán roscando el tubo a la caja y sellándolo convenientemente.

Se han previsto alumbrados de emergencia y señalización de acuerdo con el punto 3 de la

Instrucción MIE BT 028 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión-

Alumbrado de emergencia

Todos los locales que componen la oficina dispondrán de alumbrado de emergencia, la

disposición de aparatos cumplirá lo exigido por la NBE-CPI-96 y el reglamento electrotécnico

de baja tensión, los equipos estarán fabricados según la norma UNE-EN 60598-2-22 y

dispondrán de sello AENOR.

Las luminarias serán fluorescentes de 8 w de potencia adecuada al local en que se ubican. Las

luminarias por lo general se instalarán sobre puertas o salidas de evacuación con pilotos de

señalización permanente y pictograma normalizado. Estarán constituidos por aparatos

autónomos de funcionamiento automático al fallar la tensión de red o caer ésta por debajo del

70% de su valor nominal.

En zonas diáfanas se instalarán, además de en los puntos anteriormente mencionados, equipos

de emergencia uniformemente repartidas.

La autonomía de todos estos aparatos será de 1 hora como mínimo.

Aparatos de alumbrado

Para alumbrado de la oficina se han considerado luminarias fluorescentes con reflector y

lámpara de 4x36 W.

Para las zonas de espera y tránsito se instalarán lámparas halógenas de 1x50w, 1x100w según

zonas.

En los locales técnicos de dispondrán luminarias fluorescentes estancas de 2x36w.

Las canalizaciones se realizarán de la misma forma descrita para el resto de la distribución.

Los cables serán unipolares de cobre, con aislamiento y cubierta de PVC para 1.000V, tipo RZ1-

K 0,6/1 KV.

Los niveles luminosos en los diferentes locales serán los siguientes:

� Zona de exposición:.................................... 500 lux

� Aseos y locales técnicos: ............................ 250 lux

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Red de tierras

Se pondrá a tierra el cuadro general de baja tensión y desde aquí a los receptores incorporando el

cable de tierra en las líneas de alimentación a los mismos.

A esta red general se conectarán todas las masas metálicas de la instalación.

Se establecerán arquetas para hacer registrables las conexiones de las líneas de tierra a la

condición enterrada.

B.1.2. Megafonía

Se prevé un sistema de megafonía. El equipo proyectado cubre toda el área de la sala de

exposiciones.

Se utilizarán altavoces autoamplificables de gran calidad sin empotrar.

B.2. Ventilación y climatización

B.2.1. Objeto

El objeto del presente proyecto es definir todas las instalaciones necesarias para cubrir las nece-

sidades de climatización y ventilación de la Sala de Exposiciones del Archvio Histórico del

Departamento de Cultura.

B.2.2. Normativa bajo la que se ejecuta el proyecto

La instalación que se proyecta está sometida y debe cumplir las siguientes normativas:

* Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE).

* Reglamento Electrotécnico de baja tensión.

* NBE-CA-88. Condiciones acústicas de los edificios.

* Reglamento de Recipientes a Presión.

* Código Técnico de la Edificación, DB SI sobre Seguridad en caso de incendio.

Todo el trabajo será realizado de acuerdo con la práctica más avanzada para esta clase de instala-

ciones, y salvo que se indique lo contrario en esta documentación, todos los materiales y todos

los trabajos realizados están de acuerdo con los reglamentos, normas y guías más recientes, que

sean aplicables y que hayan sido editados hasta la fecha de adjudicación.

B.2.3. Descripción de los locales a climatizar

Las distintas dependencias vienen grafiadas en los correspondiente planos, básicamente son el

vestíbulo previo a la Sala, la Sala de Exposiciones.

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B.2.4. Descripción del sistema de climatización y ventilación elegido

EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN

Para la climatización de los recintos considerados en el presente Proyecto se prevé la instalación

de una bomba de calor aire-agua de condensación por aire con ventiladores axiales, compresores

tipo Scroll, versión extrasilenciosa, de las siguientes características:

Potencia calorífica: 177 kw.

Potencia frigorífica: 158 kw.

Trifásica a 400 V

Consumo de la unidad en modo frío: 59 kw.

Consumo de la unidad en modo calor: 67,5 kw.

Refrigerante: R407 C

Dimensiones (Ancho,Alto,Fondo): 3950 x 1875 x 1100.

Peso en funcionamiento: 1435 kg,

Modulo hidráulico incorporado, formado por bomba de circulación, deposito de agua, vaso de

expansión.

Alto: 1.675 mm. Ancho: 1.425 mm Fondo: 2.260 mm Peso: 950 Kg.

DISTRIBUCIÓN DE AIRE

La distribución de aire de ventilación a los locales a climatizar se realizará mediante redes de

conductos de impulsión y retorno a partir de la instalación de climatizadoras marca LENNOX

HH 050 SX, para tratamiento del aire de renovación necesario.

VENTILACIÓN

Según normativa, se dispondrá de una aportación de aire exterior por hora de 36 m3/persona o

de 3,6 m3/ m2, (RITE, UNE 100-011-91), aportada por climatizadora exterior que aporta aire de

renovación/ventilación a través de las redes de conductos ubicadas por la periferia del edificio.

Se contempla un sistema de energía para la modificación de la humedad relativa.

Parte del aire introducido al local se evacua a través de las extracciones, quedando el resto

sobrepresionando al local con el fin de evitar infiltraciones.

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CONTROL DE LA INSTALACIÓN

Máquinas de producción.

La puesta en marcha de la maquina se realizará en base a un horario establecido por la propiedad

y en base a un selector de Marcha/Paro que deberá estar activado.

El control y regulación de la enfriadora lo realizan sus propios sistemas de control.

Para la producción de calor si utilizará el actual sistema de producción de calor.

El aire de renovación se efectúa mediante la instalación descrita.

Instalación eléctrica En el cuadro general de Baja Tensión irán alojadas la protección magnetotérmica y diferencial

de las bombas de calor y su resistencia de apoyo.

Los interruptores automáticos dispondrán de un relé de disparo de tal forma que desde la señal

de la central de incendios se de orden de parar inmediatamente la unidad en caso de incendio. La

unidad proyectada tendrá alimentación trifásica, 400/230 V.

Para accionamiento de los extractores, se colocarán guardamotores con pulsador.

La alimentación a cada uno de los elementos que componen esta instalación se efectuará

mediante cable de cobre unipolar 0,6/1 KV de sección suficiente, proyectadas para que exista

una pérdida en línea máxima del 5%.

Se llevará cable de tierra a todos los aparatos, quedando totalmente prohibida la instalación en

serie de éste. La sección de este cable será la mitad a la de los cables de potencia si éstos son

mayores de 16 mm². Para secciones menores se llevará la misma sección que la de fase.

Estos cables, en zonas donde no se pueda aprovechar la bandeja general de alimentación a

cuadros descrita en el proyecto de electricidad, irán dentro de canaletas de PVC o tubos rígidos

del mismo material y por lugares estéticamente admitidos por la dirección facultativa.

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B.3. Protección de incendios

B.3.1. Emplazamiento, generalidades y objeto del proyecto

Básicamente la instalación está compuesta por:

- Modificación de la Wall cabinet (B.I.E.'s.).

- Red de detección y alarmas mediante el montaje de nueva instalación, consistente en

canalizaciones, cableados de BUS y alimentación, montaje, conexionado y pruebas

de 39 detectores analógicos, 6 pulsadores manuales, 2 sirenas interiores con módulo

de control y 2 módulos de entrada de señal

- Rociadores de agua nebulizada mediante boquilla nebulizadora marca FOGTEC,

modelo DK6-02-A57ºC, con 6 boquillas de nebulización, automática por rotura de

bulbo, ángulo de pulverización de 40º, factor K= 0,696.

- Extintores.

Además el edificio está dotado de iluminación de emergencia y señalización, que se detalla en el

proyecto eléctrico.

B.3.2. Normativa aplicada

En el desarrollo del presente proyecto se ha tenido en cuenta, además de las normativas de

obligado cumplimiento Código Técnico de la Edificación, DB SI sobre Seguridad en caso de

incendio, también se ha considerado la normativa CEPREVEN.

- RT2-ABA (1989) Abastecimiento de agua.

- RT2-BIE (1989) Bocas de incendio equipadas.

- RT3 DET (1985) Detección automática de incendio.

- RT2 (1990) Extintores.

Para señalar, lo más pronto posible el origen de un incendio, se instala la red de detección,

compuesta por Detectores ópticos para todas las zonas.

Una red eléctrica totalmente independiente de la del edificio compuesta por:

- Toma de la red general para alimentación de la central de señalización de detectores. - Central de señalización de detectores conectada a los mismos para su alimentación y

recepción de la información. - Desde esta central se alimentarán los distintos sectores de incendio, entendiendo por tal

una zona cubierta por un máximo de veinte detectores y procurando delimitar zonas, según los usos del recinto.

Por cada 60 m2 se instalará un detector óptico de humos.

22

La central que estará alojada en una caja metálica con puerta de vidrio transparente,

compuesta por tantos módulos como zonas de detección. Estando constituida dicha central por

la central propiamente dicha, bloque de alimentación y acumulador.

B.3.3. Red de mangueras (BIEs)

Se reimplanta una BIE de agua nebulizada.

B.3.4. Red de detección y alarma

Se detalla en los planos de protección contra incendios y en el presupuesto.

B.3.5. Extintores

Distribuidos por todo el local se han dispuesto extintores de polvo polivalente para fuegos del

tipo A, B y C y eficacia 21A-113B.

En almacenes se instalan extintores móviles de eficacia 21A-113B.

En las zonas donde existan cuadros eléctricos y Centro de Transformación se instalarán

extintores móviles de CO2.

B.3.6. Alerta y alarma

Cuando cualquier persona detecta un incendio en una de las zonas dará la señal mediante el

pulsador de alarma más cercano. La alerta se realizará mediante una señal transmitida por el

sistema de megafonía, con mensajes de código de la consigna general a las personas

responsables.

B.3.7. Instalación eléctrica

Cableado eléctrico

El cableado eléctrico en todas las instalaciones de detección se realizará mediante conductor

de cobre flexible con una sección mínima de 1 mm2 con protección PVC 1.000 V. au-

toextinguible.

Tubos de protección

Los tubos de protección a utilizar para albergar a los conductores de detección serán:

- Tubo rígido de PVC autoextinguible, en canalizaciones vistas. - Tubo de PVC corrugado doble capa, reforzado, autoextinguible en doble capa

en zona empotradas y falsos techos. - Tubo metálico galvanizado en cuartos de instalaciones.

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ANEXOS

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JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Seguridad en caso de incendio

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la

Edificación.( BOE núm. 74, martes 28 marzo 2006)

Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).

1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.

11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio. 11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios. 11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad. 11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio

dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes. 11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios. 11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas

25

3.2.1 Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del documento básico

Definición del tipo de proyecto de que se trata, así como el tipo de obras previstas y el alcance de las mismas.

Tipo de proyecto (1) Tipo de obras previstas (2) Alcance de las obras (3) Cambio de uso (4)

Básico + ejecución Reforma Reforma parcial No (1) Proyecto de obra; proyecto de cambio de uso; proyecto de acondicionamiento; proyecto de

instalaciones; proyecto de apertura... (2) Proyecto de obra nueva; proyecto de reforma; proyecto de rehabilitación; proyecto de

consolidación o refuerzo estructural; proyecto de legalización... (3) Reforma total; reforma parcial; rehabilitación integral... (4) Indíquese si se trata de una reforma que prevea un cambio de uso o no. Los establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RD. 2267/2004, de 3 de diciembre) cumplen las exigencias básicas mediante su aplicación. Deben tenerse en cuenta las exigencias de aplicación del Documento Básico CTE-SI que prescribe el apartado III (Criterios generales de aplicación) para las reformas y cambios de uso.

3.2.2 SECCIÓN SI 1: Propagación interior

Compartimentación en sectores de incendio Los edificios y establecimientos estarán compartimentados en sectores de incendios en las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de esta Sección, mediante elementos cuya resistencia al fuego satisfaga las condiciones que se establecen en la tabla 1.2 de esta Sección. A los efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de riesgo especial y las escaleras y pasillos protegidos contenidos en dicho sector no forman parte del mismo. Toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los límites que establece la tabla 1.1.

Superficie construida (m2) Resistencia al fuego del elemento

compartimentador (2) (3) Sector Norma Proyecto

Uso previsto (1) Norma Proyecto

Sector 1 2.500 586,00 Pública Concurrencia GALERÍA DE ARTE y EXPOSICIONES

EI-120 EI-120

(1) Según se consideran en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. Para los usos no contemplados en este Documento Básico, debe procederse por asimilación en función de la densidad de ocupación, movilidad de los usuarios, etc.

(2) Los valores mínimos están establecidos en la Tabla 1.2 de esta Sección. (3) Los techos deben tener una característica REI, al tratarse de elementos portantes y compartimentadores de incendio.

Ascensores Resistencia al fuego de la

caja (1) Vestíbulo de

independencia Puerta

Ascensor Número de

sectores que atraviesa Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

A 2 EI-120 EI-120 No No E-30 E-30

(1) Las condiciones de resistencia al fuego de la caja del ascensor dependen de si delimitan sectores de incendio y están contenidos o no en recintos de escaleras protegidas, tal como establece el apartado 1.4 de esta Sección.

26

Locales de riesgo especial Los locales y zonas de riesgo especial se clasifican conforme a tres grados de riesgo (alto, medio y bajo) según los criterios que se establecen en la tabla 2.1 de esta Sección, cumpliendo las condiciones que se establecen en la tabla 2.2 de esta Sección.

Superficie construida (m2)

Vestíbulo de independencia (2)

Resistencia al fuego del elemento compartimentador (y sus puertas) (3) Local o zona

Norma Proyecto

Nivel de riesgo (1)

Norma Proyecto Norma Proyecto Cuarto Clima - 9.50 Bajo No No EI-90 (EI2 45-C5) EI-90 (EI2 45-C5)

Cont. eléctricos - 8.00 Bajo No No EI-90 (EI2 45-C5) EI-90 (EI2 45-C5)

(1)Según criterios establecidos en la Tabla 2.1 de esta Sección. (2)La necesidad de vestíbulo de independencia está en función del nivel de riesgo del local o zona, conforme exige la Tabla 2.2 de esta Sección. (3)Los valores mínimos están establecidos en la Tabla 2.2 de esta Sección.

Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1 de esta Sección.

Revestimiento De techos y paredes De suelos Situación del elemento

Norma Proyecto Norma Proyecto

Zonas comunes del edificio C-s2,d0 C-s2,d0 EFL EFL Recintos de riesgo especial B-s1,d0 B-s1,d0 BFL-s1 BFL-s1

3.2.3 SECCIÓN SI 2: Propagación exterior

Distancia entre huecos Se limita en esta Sección la distancia mínima entre huecos entre dos edificios, los pertenecientes a dos sectores de incendio del mismo edificio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas, o hacia una escalera o pasillo protegido desde otras zonas. El paño de fachada o de cubierta que separa ambos huecos deberá ser como mínimo EI-60.

Fachadas Cubiertas

Distancia horizontal (m) (1) Distancia vertical (m) Distancia (m)

Ángulo entre planos

Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

0.50 1.50 1.00 1.50 - - - -

(1) La distancia horizontal entre huecos depende del ángulo α que forman los planos exteriores de las fachadas: Para valores intermedios del ángulo α, la distancia d puede obtenerse por interpolación

α 0º (fachadas paralelas enfrentadas) 45º 60º 90º 135º 180º d (m) 3,00 2,75 2,50 2,00 1,25 0,50

3.2.4 SECCIÓN SI 3: Evacuación de ocupantes

Cálculo de ocupación, número de salidas, longitud de recorridos de evacuación y dimensionado de los medios de evacuación • En los establecimientos de Uso Comercial o de Pública Concurrencia de cualquier superficie y los de uso Docente, Residencial

Público o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1.500 m2 contenidos en edificios cuyo uso previsto principal sea distinto del suyo, las salidas de uso habitual y los recorridos de evacuación hasta el espacio exterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio y compartimentados respecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión; no obstante dichos elementos podrán servir como salida de emergencia de otras zonas del edificio. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento de evacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia.

• Como excepción al punto anterior, los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total no exceda de 500 m2 y estén integrados en centros comerciales podrán tener salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Cuando su superficie sea mayor que la indicada, al menos las salidas de emergencia serán independientes respecto de dichas zonas comunes.

• El cálculo de la anchura de las salidas de recinto, de planta o de edificio se realizará, según se establece el apartado 4 de esta Sección, teniendo en cuenta la inutilización de una de las salidas, cuando haya más de una, bajo la hipótesis más desfavorable y la asignación de ocupantes a la salida más próxima.

• Para el cálculo de la capacidad de evacuación de escaleras, cuando existan varias, no es necesario suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas existentes. En cambio, cuando existan varias escaleras no protegidas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable.

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Número de salidas (3)

Recorridos de evacuación (3)

(4) (m)

Anchura de salidas (5) (m)

Recinto, planta, sector

Uso previsto

(1)

Superficie útil

(m2)

Densidad ocupación

(2) (m2/pers.)

Ocupación (pers.)

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

Exposición P.Conc 327.40 2 164 Vestíbulo P.Conc 71.40 2 36 Privada P.Conc 50.00 2 25 Pasillo P.Conc 21.50 2 11 410 2 2 50 22.00 1.02 1.80

• (1) Según se consideran en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. Para los usos previstos no contemplados en este Documento Básico, debe procederse por asimilación en función de la densidad de ocupación, movilidad de los usuarios, etc.

• (2) Los valores de ocupación de los recintos o zonas de un edificio, según su actividad, están indicados en la Tabla 2.1 de esta Sección.

• (3) El número mínimo de salidas que debe haber en cada caso y la longitud máxima de los recorridos hasta ellas están indicados en la Tabla 3.1 de esta Sección.

• (4) La longitud de los recorridos de evacuación que se indican en la Tabla 3.1 de esta Sección se pueden aumentar un 25% cuando se trate de sectores de incendio protegidos con una instalación automática de extinción.

• (5) El dimensionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la Tabla 4.1 de esta Sección.

Protección de las escaleras

Las condiciones de protección de las escaleras se establecen en la Tabla 5.1 de esta Sección. • Las escaleras protegidas deben cumplir además las condiciones de ventilación que se contienen en la definición del

término que obra en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. • Las escaleras especialmente protegidas deben cumplir además las condiciones de ventilación que se contienen en la

definición del término que obra en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. • Las escaleras que sirvan a diversos usos previstos cumplirán en todas las plantas las condiciones más restrictivas de

las correspondientes a cada uno de ellos.

Ventilación Protección (1) Vestíbulo de independencia (2)

Anchura (3) (m) Natural (m2) Forzada

Escalera Sentido de evacuación (asc./desc.)

Altura de evacuació

n (m) Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

-

(1) Las escaleras serán protegidas o especialmente protegidas, según el sentido y la altura de evacuación y usos a los que sirvan, según establece la Tabla 5.1 de esta Sección: No protegida (NO PROCEDE); Protegida (P); Especialmente protegida (EP). (2) Se justificará en la memoria la necesidad o no de vestíbulo de independencia en los casos de las escaleras especialmente protegidas. (3) El dimensionado de las escaleras de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la Tabla 4.1 de esta Sección. Como orientación de la capacidad de evacuación de las escaleras en función de su anchura, puede utilizarse la Tabla 4.2 de esta Sección (a justificar en memoria).

Vestíbulos de independencia

Los vestíbulos de independencia cumplirán las condiciones que se contienen en la definición del término que obra en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI.

Las condiciones de ventilación de los vestíbulos de independencia de escaleras especialmente protegidas son las mismas que para dichas escaleras.

Ventilación Resistencia al fuego del vestíbulo Natural (m2) Forzada

Puertas de acceso Distancia entre

puertas (m) Vestíbulo de

independencia (1)

Recintos que

acceden al mismo Norma Proy Norm Proy. Norm Proy. Norma Proy. Norma Proy.

No procede

28

3.2.5: SECCIÓN SI 4: Dotación de instalaciones de protección contra incendios

• La exigencia de disponer de instalaciones de detección, control y extinción del incendio viene recogida en la Tabla 1.1 de esta Sección en función del uso previsto, superficies, niveles de riesgo, etc.

• Aquellas zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que deban estar integradas y que deban constituir un sector de incendio diferente, deben disponer de la dotación de instalaciones que se indica para el uso previsto de la zona.

• El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones, así como sus materiales, sus componentes y sus equipos, cumplirán lo establecido, tanto en el apartado 3.1. de la Norma, como en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RD. 1942/1993, de 5 de noviembre) y disposiciones complementarias, y demás reglamentación específica que le sea de aplicación.

Extintores portátiles

Columna seca B.I.E. Detección y

alarma Instalación de

alarma

Rociadores automáticos de

agua Recinto,

planta, sector Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

general Sí Sí No Sí Si Si No Si No Si No SI En caso de precisar otro tipo de instalaciones de protección (p.ej. ventilación forzada de garaje, extracción de humos de cocinas industriales, sistema automático de extinción, ascensor de emergencia, hidrantes exteriores etc.), consígnese en las siguientes casillas el sector y la instalación que se prevé:

3.2.6: SECCIÓN SI 5: Intervención de los bomberos

Aproximación a los edificios Los viales de aproximación a los espacios de maniobra a los que se refiere el apartado 1.2 de esta Sección, deben cumplir las condiciones que se establecen en el apartado 1.1 de esta Sección.

Tramos curvos Anchura mínima

libre (m) Altura mínima

libre o gálibo (m) Capacidad portante

del vial (kN/m2) Radio interior (m) Radio exterior

(m) Anchura libre de circulación (m)

Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

3,50 10 4,50 - 20 5,30 - 12,50 - 7,20 -

Entorno de los edificios • Los edificios con una altura de evacuación descendente mayor que 9 metros deben disponer de un espacio de

maniobra a lo largo de las fachadas en las que estén situados los accesos principales que cumpla las condiciones que establece el apartado 1.2 de esta Sección.

• El espacio de maniobra debe mantenerse libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos. De igual forma, donde se prevea el acceso a una fachada con escaleras o plataformas hidráulicas, se evitarán elementos tales como cables eléctricos aéreos o ramas de árboles que puedan interferir con las escaleras, etc.

• En el caso de que el edificio esté equipado con columna seca debe haber acceso para un equipo de bombeo a menos de 18 m de cada punto de conexión a ella, debiendo ser visible el punto de conexión desde el camión de bombeo.

Anchura mínima libre (m)

Altura libre (m) (1)

Separación máxima del vehículo (m) (2)

Distancia máxima (m) (3)

Pendiente máxima (%)

Resistencia al punzonamiento del

suelo

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

5,00 - - - 30,00 - 10 - -

(2) La separación máxima del vehículo al edificio desde el plano de la fachada hasta el eje de la vía se establece en función de la siguiente tabla:

edificios de hasta 15 m de altura de evacuación 23 m edificios de más de 15 m y hasta 20 m de altura de evacuación 18 m edificios de más de 20 m de altura de evacuación 10 m

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Accesibilidad por fachadas • Las fachadas a las que se hace referencia en el apartado 1.2 de esta Sección deben disponer de huecos que permitan

el acceso desde el exterior al personal del servicio de extinción de incendios. Las condiciones que deben cumplir dichos huecos están establecidas en el apartado 2 de esta Sección.

• Los aparcamientos robotizados dispondrán, en cada sector de incendios en que estén compartimentados, de una vía compartimentada con elementos EI-120 y puertas EI2 60-C5 que permita el acceso de los bomberos hasta cada nivel existente, así como sistema de extracción mecánica de humos.

Altura máxima del alféizar (m)

Dimensión mínima horizontal del hueco (m)

Dimensión mínima vertical del hueco (m)

Distancia máxima entre huecos consecutivos (m)

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. 1,20 - 0,80 - 1,20 - 25,00 -

3.2.7: SECCIÓN SI 6: Resistencia al fuego de la estructura

La resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas, soportes y tramos de escaleras que sean recorrido de evacuación, salvo que sean escaleras protegidas), es suficiente si:

• alcanza la clase indicada en la Tabla 3.1 de esta Sección, que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura (en la Tabla 3.2 de esta Sección si está en un sector de riesgo especial) en función del uso del sector de incendio y de la altura de evacuación del edificio;

• soporta dicha acción durante un tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el Anejo B.

Material estructural considerado (1)

Estabilidad al fuego de los elementos estructurales Sector o local de riesgo

especial

Uso del recinto inferior al forjado

considerado Soportes Vigas Forjado Norma Proyecto (2)

Sector 1 Sótano multiusios Hormigón Hormigón Hormigón R-120 R-120

(1) Debe definirse el material estructural empleado en cada uno de los elementos estructurales principales (soportes, vigas, forjados, losas, tirantes, etc.)

(2) La resistencia al fuego de un elemento puede establecerse de alguna de las formas siguientes: – comprobando las dimensiones de su sección transversal obteniendo su resistencia por los métodos simplificados

de cálculo con dados en los anejos B a F, aproximados para la mayoría de las situaciones habituales; – adoptando otros modelos de incendio para representar la evolución de la temperatura durante el incendio; – mediante la realización de los ensayos que establece el R.D. 312/2005, de 18 de marzo.

Deberá justificarse en la memoria el método empleado y el valor obtenido.

30

FICHA DE CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE

ACCESIBILIDAD DEL GOBIERNO VASCO

31

NORMATIVA SOBRE OBRAS DE REFORMA, AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN EN URBANIZACIONES Y

EDIFICACIONES F.ACC/REF.A.V

AMBITO DE APLICACIÓN: Obras de Reforma, Ampliación o Modificación ya sean de titularidad Pública o Privada, sin considerarse las de mantenimiento, conservación de edificios y/o sus instalaciones, las urbanizaciones, vías y espacios de uso público, siempre que no impliquen reforma o modificación. En el Anejo PV.ACC se recogen los edificios y criterios de actuación en caso de reforma debiendo ajustarse a las condiciones de Accesibilidad de los Anejos II, III y IV. A continuación se reproducen los parámetros de Practicabilidad que permite la Norma.

APARTADO NORMATIVA. Decreto 68/2000 de 11 de Abril. Anejo V PROYECTO

En los supuestos en los que por las características OROGRÁFICAS, ESTRUCTURALES O DE FORMA, no sea posible aplicar los criterios de Accesibilidad, o en aquellos en que atendiendo al PRESUPUESTO ECONÓMICO disponible la adaptación constituya un gasto desproporcionado, se aceptarán los criterios de PRACTICABILIDAD que a continuación se exponen, previa la debida justificación.

Motivo: Reforma de las plantas baja del Servicio de Patrimonio Histórico

EXCEPCIONES EN REFORMAS

Justificación: Debido a la reforma parcial de las actual plantas baja del Servicio de Patrimonio Cultural, sito en la c/ Maria Diaz de Haro nº 11, se procede a justificar el cumplimiento de la normativa PUERTAS DE ACCESO EXTERIORES ESPACIO LIBRE a ambos lados de las puertas

A ≥ 140 cm

A = 160 cm

ACERAS o ITINERARIOS: ANCHO libre de obstáculos en general d = 12viv/Ha PENDIENTE Longitudinal Aceras en vía pública existente de P ≥ 6%

A ≥ 180 cm A ≥ 150 cm 3m < L ≤ 10m P ≤ 8% L ≤ 3m P ≤ 12% Pasamanos a un lateral de la calzada

A = P = P =

PUERTAS ANCHO A ≥ 80 cm A = 83 cm

PASILLOS ANCHO A ≥ 110 cm A = 140 cm RAMPAS ANCHO PENDIENTE Longitudinal

A ≥ 90 cm L ≤ 3m P ≤ 12%

A = P =

ACCESO ASCENSORES, en las plataformas de acceso a ascensores en dependencias, recintos y otros donde sea necesaria la maniobra en caso de no ser posible el círculo libre de obstáculos de 140cm de diámetro se MANTENDRÁN LAS DIMENSIONES EXISTENTES. CABINA ADAPTADA DIMENSIONES Ancho x Fondo A x B ≥ 90 x 120 cm Con entrada y salida en distinta dirección A x B ≥ 150 x 150 cm Ancho libre de paso A ≥ 80 cm

AYUDAS TÉCNICAS, En los supuestos en que sea imposible salvar desniveles cumpliendo lo anterior, se estudiará la posibilidad de instalar una ayuda técnica para superar dichos desniveles. Los aparatos elevadores verticales y oblicuos podrán instalarse para salvar desniveles permitidos por las normas sectoriales vigentes que les afecten. OTRAS DISPOSICIONES: Se procurará aplicar los Anejos II, III y IV, en la medida de lo posible. Se adjunta Fichas F.ACC./URB.AII F.ACC./EDI.AIII F.ACC./VIV.AIII

CRITERIOS DE PRACTICABILIDAD

(Anejo V. Art.3.)

INFORME DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES: En el caso de que alguno de los elementos mencionados no pueda adaptarse a las condiciones mínimas de accesibilidad según lo expuesto, deberá JUSTIFICARSE DOCUMENTALMENTE dicha circunstancia, siendo preceptivo en dichos casos previa la concesión de Licencia, la emisión de un INFORME de los SERVICIOS MUNICIPALES en relación con dichos aspectos dándose traslado al Consejo Vasco para la Accesibilidad.

Fdo. EL ARQUITECTO:

32

D. RELACION DE PLANOS

EMPLAZAMIENTO

ESTADO ACTUAL ACOTADO Y SUPERFICIADO

ESTADO REFORMADO ACOTADO Y SUPERFICIADO

ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN

CLIMATIZACIÓN

DETECCIÓN DE INCENDIOS

EXTINCION

SEGURIDAD

PLANTA CUBIERTA

ALZADO Y SECCION

33

PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución de las obras será de cinco (5) meses

PRESUPUESTO

El presupuesto de ejecución de la obra, incluido el IVA, asciende a la cantidad de

cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y un euro con venticinco

céntimos (449.951,25 € )

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

GRUPO J. Instalaciones Mecánicas.

Subgrupo 2. De ventilación, calefacción y climatización. Categoría e

GRUPO K. Especiales.

Subgrupo 9. De Instalaciones contra incendios. Categoría d

Bilbao, 21 de diciembre de 2007

EL ARQUITECTO DEL SERVICIO DE PATRIMONIO CULTURAL

Javier Aristegui Anduiza

34

ESQUEMA UNIFILAR