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Directora: Sra. López María Fernanda PROVINCIA DEL NEUQUÉN REPÚBLICA ARGENTINA AÑO C Neuquén, 03 de Julio de 2020 EDICIÓN Nº 3788 www.neuquen.gov.ar E-mail: boletinofi[email protected] GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ VICEGOBERNADOR: Cr. MARCOS KOOPMANN IRIZAR Ministro de Gabinete: Lic. DIEGO SEBASTIÁN GONZÁLEZ Ministra de Gobierno y Seguridad: Dra. VANINA SOLEDAD MERLO Ministra de Educación y Presidente del Consejo Provincial de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI Ministro de Economía e Infraestructura: Cr. GUILLERMO RAFAEL PONS Ministro de Ciudadanía: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ Ministro de Producción e Industria: Lic. FACUNDO ARTURO LÓPEZ RAGGI Ministra de Turismo: Lic. MARISA MARVEL FOCARAZZO Ministra de Salud: Dra. ANDREA VIVIANA PEVE Ministra de Desarrollo Social y Trabajo: Sra. MARÍA ADRIANA FIGUEROA Ministro de Energía y Recursos Naturales: Lic. ALEJANDRO RODRIGO MONTEIRO Ministro de las Culturas: Prof. MARCELO DANIEL COLONNA Ministra de Niñez, Adolescencia y Juventud: Dra. SOFÍA SANUCCI GIMÉNEZ Ministro de Deportes: Sr. LUIS ADALBERTO SÁNCHEZ MERCADO Dirección y Administración: M. Belgrano 439 0299-4495166 - Int. 5166/6118 (8300) Neuquén (Cap.)

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Directora:Sra. López María Fernanda

PROVINCIA DEL NEUQUÉNREPÚBLICA ARGENTINA

AÑO C Neuquén, 03 de Julio de 2020 EDICIÓN Nº 3788

www.neuquen.gov.arE-mail: [email protected]

GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ

VICEGOBERNADOR: Cr. MARCOS KOOPMANN IRIZAR

Ministro de Gabinete: Lic. DIEGO SEBASTIáN GONZáLEZ

Ministra de Gobierno y Seguridad: Dra. VANINA SOLEDAD MERLO

Ministra de Educación y Presidente del Consejo Provincial de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI

Ministro de Economía e Infraestructura: Cr. GUILLERMO RAFAEL PONS

Ministro de Ciudadanía: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ

Ministro de Producción e Industria: Lic. FACUNDO ARTURO LÓPEZ RAGGI

Ministra de Turismo: Lic. MARISA MARVEL FOCARAZZO

Ministra de Salud: Dra. ANDREA VIVIANA PEVE

Ministra de Desarrollo Social y Trabajo: Sra. MARÍA ADRIANA FIGUEROA Ministro de Energía y Recursos Naturales: Lic. ALEJANDRO RODRIGO MONTEIRO

Ministro de las Culturas: Prof. MARCELO DANIEL COLONNA

Ministra de Niñez, Adolescencia y Juventud: Dra. SOFÍA SANUCCI GIMÉNEZ

Ministro de Deportes: Sr. LUIS ADALBERTO SáNChEZ MERCADO

Dirección y Administración:M. Belgrano 439 0299-4495166 - Int. 5166/6118(8300) Neuquén (Cap.)

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PAGINA 2 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

DECRETOS SINTETIZADOS

AÑO 2020

0653 - Otorga un Aporte Económico al Programa “Subsidio Provincial para la Desocupación Labo-ral”, correspondiente al periodo de junio del Ejercicio 2020. 0654 - Establece un monto durante el periodo junio de 2020, en el marco del Programa “Subsidio Social Transitorio”. 0655 - Establece un monto a ejecutarse durante el periodo junio Ejercicio 2020 en el marco de los Programas “Protección Integral a la Niñez y Adolescencia”, “Protección Integral al Adulto y la Familia” y “Protección Integral al Adulto Mayor”. 0657 - Autoriza y aprueba la renovación del contrato de locación del inmueble donde funciona la De-legación de la Dirección Provincial de Rentas de la localidad de Villa La Angostura, de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía e Infraestructura, sito en calle Millaqueo N° 259 de dicha localidad, entre el Estado Provincial y el señor Jorge Oscar Tinello, copropietario y apoderado de la señora Karina Analía Catania, por un periodo de doce (12) meses a partir del día 1º de abril de 2020 con vencimiento el día 31 de marzo de 2021, con opción a prórroga. 0658 - Concede al Doctor Nahuel Antú Muñoz, permiso para realizar prospecciones paleontológi-cas superficiales por el término de 15 días desde la firma del presente, en área de concesión petrolera “Bajada del Palo Oeste”, Departamento Añelo, cumpliéndose con las medidas dispuestas en el DECTO-2020-610-E-NEU-GPN y normas que se dicten en consecuecia. 0659 - Aprueba el inicio de obra del Proyecto “Planta de Disposición Final de Residuos Especiales” a ejecutar por la empresa Industria Argentina de Reciclado S.A., en el Departamento Añelo, Provincia del Neuquén. 0661 - Autoriza a la Subsecretaría de Desarrollo Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo a realizar el llamado a licitación pública destinada a adquirir seis mil (6.000) módulos alimentarios, compuestos de dieciséis (16) productos de la canasta básica alimentaria, a fin de asistir de manera directa a la población de escasos recursos que se encuentra en situación de vulnerabilidad social, por un período de tres (3) meses, a través de la entrega de dos mil (2.000) módulos por mes. 0662 - Autoriza a la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Economía e Infraestruc-tura a realizar el llamado a licitación pública (sobre único), para la adquisición de ropa de trabajo período invierno 2020, con destino a los agentes que se desempeñan en la Dirección Provincial de Rentas, dependientes de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del citado Ministerio. 0663 - Autoriza y aprueba la renovación del contrato de locación del inmueble, sito en calle Belgrano N° 461 de la localidad de San Martín de los Andes, destinado al funcionamiento de la Escuela Integral de Adolescentes y Jóvenes con Discapacidad N° 3, dependiente del Consejo Provincial de Educación, del Ministerio de Educación, entre el Estado Provincial y los proveedores, señora Margarita Savina Andrés, señor Luis Marré y el señor Maximiliano David Marré, por un periodo de diecinueve (19) meses a partir del día 01 de mayo de 2020, con vencimiento el día 30 de noviembre de 2021, con opción a prórroga. 0664 - Autoriza y aprueba la renovación del contrato de locación del inmueble, sito en calle Pellet-tieri N° 50 de la localidad de San Martín de los Andes, donde funciona la Delegación Sur de la Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación, dependiente de la Secretaría de Moder-nización de la Gestión Pública, del Ministerio de Gobierno y Seguridad, entre el Estado Provincial y la propietaria del inmueble, señora Laura Juliana Espinos, por un período de veinte (20) meses, prestando conformidad su propietaria, a partir del día 01 de mayo de 2020, con vencimiento el día 31 de diciembre de 2021, con opción a prórroga.

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PAGINA 3Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

0665 - Autoriza y aprueba la renovación del contrato de locación del inmueble, sito en calle Río Ne-gro N° 470 de la ciudad de Neuquén, donde actualmente funciona la Dirección Provincial de Población Judicializada, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad del Ministerio de Gobierno y Seguridad, entre el Estado Provincial y la firma La Agustina S.R.L., representada por su apoderado el señor Raúl Omar Bazán, por un período de veinte (20) meses a partir del día 01 de mayo de 2020, con vencimiento el día 31 de diciembre de 2021, con opción a prórroga. 0666 - Autoriza y aprueba la contratación bajo la modalidad de Contrato de Servicios Profesionales de Medicina Laboral al Dr. Adrián Ángel del Negro, por los montos mensuales y plazo detallado en el IF-2020-00077652-NEU-ADM#CPDE que forma parte de la presente norma. 0667 - Otorga autorización estatal para funcionar a la entidad “Asociación Civil de Traumatología y Ortopedia del Neuquén (A.C.T.O.N.)”, con domicilio legal en la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén, con arreglo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley Provincial 3086 y su Decreto Reglamentario Nº 0966/19. 0668 - Designa como representantes de la Provincia del Neuquén para integrar el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia. 0669 - Declara cumplidas por el señor Raúl Cárdenas, las obligaciones de compra en las condicio-nes establecidas por la Ley 263, su Decreto Reglamentario Nº 0826/64 y demás normas reglamenta-rias, por el inmueble identificado como Fracción 3e, que es parte del Lote Oficial 3, Plano de Mensura E-2756-2013/98, Paraje Lindero Atravesado, Departamento Confluencia, Provincia del Neuquén y otor-ga el respectivo Título de Propiedad. 0670 - Designa como Escribana Adscripta Nº 1 en el Registro Notarial Nº 3 de la ciudad de San Martín de los Andes, a partir del momento que en la misma preste juramento, tomando posesión de su nuevo cargo. 0671 - Dispone la Cesación de los Servicios del Comisario Mayor Luis Segundo Abdala para pasar a situación de Retiro Obligatorio, con encuadre legal en el Artículo 14, inciso c) de la Ley 1131, con efectividad a partir de las cero horas del día 1° del segundo mes posterior a la fecha de firma del pre-sente Decreto. 0672 - Impone la sanción de Cesantía de los Cuadros de la Administración Pública Provincial a partir de la firma de la presente norma, al agente Juan Carlos Llambi, dependiente del Ministerio de Gobierno y Seguridad, de acuerdo a lo normado en el Artículo 111, inciso i), apartado c) del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública de la Provincia del Neuquén, por haber transgredido con su accionar lo establecido en los Artículos 9º, inciso a) y 97 del mismo cuerpo legal, por la no prestación de servicio y falta de justificación de las inasistencias incurridas durante el período comprendido entre el 18 de noviembre de 2016 al 31 de marzo de 2017. 0675 - Otorga al Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (COIRCO) un Aporte No Reintegrable correspondiente al año 2020, con destino a cubrir gastos de funcionamiento y estudios. 0676 - Autoriza a la Subsecretaría de Desarrollo Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo a realizar el llamado a licitación pública destinada a adquirir insumos del rubro carne ne-cesarios para abastecer a veinticinco (25) centros de alimentos de la ciudad de Neuquén, dependientes de la Dirección Provincial de Seguridad Alimentaria, por un período de cuatro (4) meses. 0677 - Autoriza a la Dirección de Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección Provincial de Administración, del Ministerio de Energía y Recursos Naturales a efectuar el llamado a licitación pública para la contratación del servicio integral de limpieza para las distintas dependencias de dicho Ministerio, con vigencia a partir del 01 de julio de 2020 por un periodo de seis (06) meses, con opción a prórroga con acuerdo de ambas partes. 0678 - Aprueba la reglamentación de la Ley 2895, que consta como IF 2020-00072744-NEUDESP#SSLD de la presente norma.

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PAGINA 4 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

0679 - Autoriza y aprueba la contratación de locación del inmueble, sitio en calle San Martín Nº 423, Local 2 de la localidad de Junín de los Andes, donde funcionará la Dirección Provincial de Po-blación Judicializada, Delegación Junín de los Andes, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad del Ministerio de Gobierno y Seguridad, entre el Estado Provincial y la usufructuaria del inmueble, señora Elisabet Concepción Volpe, por un período de veintiún (21) meses a partir del día 01 de junio de 2020, con vencimiento el día 28 de febrero de 2022, con opción a prórroga. 0680 - Dispone la Destitución por Cesantía del Sargento Primero Mario Rubén Di Masi, clase 1976, por encuadrar su situación en las previsiones del Artículo 26 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.), Artículo 32 del Reglamento de Actuaciones Administrativas Policiales (R.A.A.P.) y Ar-tículo 56, inciso a) e in fine de la Ley 715, en virtud de los fundamentos expuestos en los Considerandos que integran el presente Decreto, con efectividad a partir de las cero horas del día posterior a la fecha de notificación al causante de la presente norma. 0681 - Convalida la Disposición Zonal N° 06/20 emitida por la Jefatura de Zona Sanitaria I. 0682 - Convalida la Disposición Interna N° 02/2020 emitida por la Dirección Provincial de Gestión del Conocimiento y Talento Humano de la Subsecretaría de Salud. 0683 - Convalida la Disposición Interna N° 08/19 emitida por la Dirección del Hospital Andacollo, dependiente de la Jefatura de Zona Sanitaria III. 0684 - Convierte los cargos que se detallan del Presupuesto General Vigente del Ministerio de Salud. 0685 - Transfiere y convierte tres (3) del Presupuesto General Vigente del Ministerio de Salud. 0686 - Transfiere y convierte un (1) cargo del Presupuesto General Vigente del Ministerio de Salud.

DIRECCIÓN PROVINCIALDE MINERÍA

Solicitud de Cantera de Áridos - Expediente Nº 2969/1999, Departamento Zapala, Provincia del Neuquén. Superficie: 50 Has.. Titular: Jerez Oscar Alberto. A la Autoridad Minera en Primera Instancia, el que suscribe: Oscar Alberto Jerez, argentino, casado, chofer, mayor de edad, D.N.I. Nº 17.760.703, con domicilio real y legal en Corrales 1.056 de esta ciudad de Zapala, me presento y como mejor pro-cedo y manifiesto: Que viene por la presente a solicitar una Cantera de Carbonato y Piedra Laja, dentro del Lote Fiscal 17, Sección XI, Departamento Zapala, en un campo que no se encuentra alambrado, labrado ni cultivado. De forma rectangular y sus lados miden los mayores 1.000 metros con Az. de 197º y los menores de 500 metros con Az. de 107º y el Vértice Noreste de la cantera se ubica con las Coor-denadas Gauss Krüger X= 5713000 e Y= 2421000. Superficie: 50 Has.. Sin otro particular le saluda muy Atte.. Hay una firma ilegible y una aclaración que dice: Oscar Alberto Jerez, DNI Nº 17.760.703, Corrales 1.056, Zapala. Zapala 19 de diciembre de 2000. La superficie de 50 Has., para la Cantera de Piedra Laja, solicitada por Expte. Nº 2969/99, ha quedado ubicada en los planos de esta oficina dentro del Lote 16 de la Sección XI del Departamento Zapala de la Pcia. del Neuquén. Relacionamiento: Adopta la for-ma de un rectángulo y sus lados mayores miden 100 metros con Az. 197º y sus lados menores miden 500 metros con Az. 107º, el Vértice Noreste se define con las Coordenadas Gauss Krüger Inchauspe, X= 5713000 e Y= 2421100. En sus proximidades se encuentra la cantera Expte. Nº 12314/86. De acuer-do a los elementos obrantes en el Expte. 33/2000, suministrado por la Dirección de Tierras y el Registro de la Propiedad, el lote donde se ubica la presente solicitud es propiedad de la Pcia. del Neuquén, fiscal. Se agrega copia del plano original, Registro Catastral Minero. Hay una firma ilegible y un sello aclarato-rio que dice: Agrimensor Juan Carlos Oringo, Jefe de Registro Gráfico, Dirección Provincial de Minería. Zapala, 30 de octubre de 2018. Pase a la Dirección de Escribanía de Minas y confecciónese edicto de solicitud y ubicación de cantera. Publíquese por tres (3) veces en el Boletín Oficial conforme Art. 43, Ley 902/1975, pudiendo los interesados deducir oposiciones dentro del plazo de diez (10) días (Art. 44, Ley 902/1975). Emplácese al titular a que en un plazo de treinta (30) días acredite haber hecho efectivas las

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PAGINA 5Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

publicaciones ordenadas, bajo apercibimiento de tener por desistidos los derechos de la presente solici-tud. Dirección General Legal. -GB-. Hay una firma ilegible y un sello aclaratorio que dice: Dr. Marcos D. Saccoccia, Director General Legal, A.M.P.I.. Zapala, 28 de enero de 2019. Dirección de Escribanía de Minas. Fdo. Esc. Carlos O. Gallardo, Escribano de Minas, Autoridad Minera en 1° Instancia.

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Edicto de Solicitud y Ubicación de Cantera de Áridos en Propiedad Fiscal - Expediente N° 4802-000649/2009. Departamento Minas, Provincia del Neuquén. Superficie: 15 Has., 40 As.. Titular: Bravo Jaime Mariano. A Fs. 1: El que suscribe: Jaime Mariano Bravo, D.N.I. N° 22.041.945, con domicilio en la localidad de Manzano Amargo, argentino, soltero, de 37 años de edad ante usted se presenta y manifiesta: I. Que conforme lo autorizan los Arts. 42 y ss. del Código de Procedimientos Mineros de la Provincia del Neuquén, viene a solicitar la concesión de explotación de una Cantera de Áridos, con una superficie de 26,00 Has., ubicada en terrenos de propiedad fiscal no labrados, cercados ni cultivados. II. Que la pertenencia solicitada, cuyo croquis se adjunta responde al siguiente relacionamiento: Adopta la forma de un polígono regular, cuyos lados 1-2 miden un mil trescientos metros con cero centímetros de longitud con un azimut de ciento cuarenta y siete grados cero minuto cero segundos. El Vértice 1 de dicha pertenencia ha quedado determinado en la intersección de las Coordenadas en Proyección Gauss Krüger Sistema de referencia WGS ‘84 (Red Posgar ‘94), para el eje de las X: 5.931.203,14 y para el eje de las Y: 2.342.682,03. III. Proveer de conformidad. Será Justicia. Hay una firma ilegible. Se adjunta Sellado de Ley correspondiente a la solicitud Cantera de Áridos. Se adjunta croquis demos-trativo de la ubicación de la cantera solicitada. A Fs. 184, consta informe de la Dirección de Registro Gráfico que textualmente dice: Zapala, 30 de octubre de 2019. Corresponden al presente, Fs. 1/183 del Expte. N° 4802-000649/2009. La superficie de 15 Has., 40 As., solicitadas para la Cantera de Áridos tramitada bajo Expediente Nº 4802-000649/2009, resultado de la modificación de Fs. 181 ha quedado ubicada en los planos de esta oficina dentro del Lote 23, Fracción C, Sección XXXII y Lote 3, Fracción B, Sección XXXIII del Departamento Minas de la Provincia del Neuquén. Relacionamiento: La cantera adopta la forma de un polígono irregular. Partiendo del Vértice VNO, de Coordenadas Gauss Krüger Posgar ´94 X= 5.930.795,70 e Y= 2.342.757,30, Al Norte con 62,14 metros de longitud hasta el Vértice V1, de coordenadas X= 5.930.829,10 e Y= 2.342.809,70. Al Este, en cuatro partes. La primera parte con 523,93 metros de longitud hasta el Vértice V2, de coordenadas X= 5.930.442,30 e Y= 2.343.163,10. La segunda parte con 585,80 metros de longitud hasta el Vértice V3, de coordenadas X= 5.929.881,50 e Y= 2.343.332,40. La tercera parte con 543,15 metros de longitud hasta el Vértice V4, de coordenadas X= 5.929.397,30 e Y= 2.343.578,50. La cuarta parte con 647,22 metros de longitud hasta el Vértice V5, de coordenadas X= 5.929.031,60 e Y= 2.344.112,50. Al Sur, con 59,01 metros de longitud hasta el Vértice V6, de coordenadas X= 5.928.987,40 e Y= 2.344.073,40. Al Oeste, en cinco partes. La pri-mera parte con 630,11 metros de longitud hasta el Vértice V7, de coordenadas X= 5.929.341,80 e Y= 2.343.552,40. La segunda parte con 698,47 metros de longitud hasta el Vértice V8, de coordenadas X= 5.929.975,20 e Y= 2.343.258,00. La tercera parte con 248,61 metros de longitud hasta el Vértice V9, de coordenadas X= 5.930.196,70 e Y= 2.343.145,10. La cuarta parte con 301,37 metros de longitud hasta el Vértice V10, de coordenadas X= 5.930.456,70 e Y= 2.342.992,70. La quinta parte con 412,72 metros de longitud hasta el Vértice VNO, cerrando allí el polígono. La documentación probatoria de la situación dominial del presente pedimento la cual fue gestionada desde esta Dirección, resulta que la superficie de 15 Has., 40 As., solicitadas para la solicitud Cantera de Áridos, tramitado por el Expte. Nº 4802-000649/2009, se ubica en nuestra Cartografía en Zona de Seguridad de Frontera, Dto. 1182/87, dentro del ejido de Manzano Amargo sobre el cauce del Río Neuquén según el siguiente detalle: 2 Has., 06 As., ubicadas dentro de la Chacra J que es parte Lote Oficial 23, Fracción C, Sección XXXII del Depar-tamento Minas; afectadas por la Nomenclatura Catastral 01-RR-003-6755-0000, cuyo dominio consta a nombre de la Provincia del Neuquén (Oficios obrantes a Fs. 51/52 D.P.C.; Fs. 57 R.P.I.; Fs. 76/80 D.P. Tierras). Dominio Fiscal Provincial. 1 Has., 16 As., ubicadas dentro de la Chacra K que es parte Lote

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PAGINA 6 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

Oficial 23, Fracción C, Sección XXXII del Departamento Minas; afectadas por la Nomenclatura Catastral 01-RR-003-6655-0000, cuyo dominio consta a nombre de la Provincia del Neuquén (Oficios obrantes a Fs. 53/54 D.P.C.; Fs. 56 R.P.I.; Fs. 76/80 D.P. Tierras). Dominio Fiscal Provincial. 2 Has., 71 As., ubica-das dentro del Lote I que es parte Lote Oficial 23, Fracción C, Sección XXXII del Departamento Minas; afectadas por la Nomenclatura Catastral 01-RR-003-6653-0000, cuyo dominio consta a nombre de la Provincia del Neuquén (Oficios obrantes a Fs. 65 D.P.C.; Fs. 61/64 R.P.I.; Fs. 76/80 D.P. Tierras). Domi-nio Fiscal Provincial. 2 As., ubicadas dentro del Lote 6 que es parte Lote Oficial 3, Fracción B, Sección XXXIII del Departamento Minas; afectadas por la Nomenclatura Catastral 01-RR-003-6556-0000, cuyo dominio consta a nombre de la Provincia del Neuquén (Oficios obrantes a Fs. 183 R.P.I.). Dominio Fiscal Provincial. 9 Has., 27 As., dentro del cauce del Río Neuquén. Área Extrapoligonalizada. Es por toda la información obrante en el Expte. que se concluye que en el pedimento minero de autos se ubican: 6 Has., 13 As., en Terrenos de Dominio Fiscal Provincial. 9 Has., 27 As., dentro del Área Extrapoligonali-zada del cauce del Río Neuquén. Superposiciones: Zona de Seguridad de Frontera. Ejido de Manzano Amargo. Cauce Río Neuquén. Cumple con el Art. N° 47, Ley 902. Se adjunta copia del plano en original y copia para las gestiones ante la DEAM. Dirección de Registro Gráfico, DMA. Hay una firma ilegible y un sello aclaratorio que dice: Téc. Diego M. Ayala Rossini, Director Registro Gráfico, Dirección Provincial de Minería. A Fs. 139: Zapala, 09 de marzo de 2020. Atento el estado de autos, téngase por cumplimen-tado el procedimiento establecido por el Dto. N° 2967/2014. Prosígase con la tramitación conforme Ley 902/1975. Pase a la Dirección de Escribanía de Minas, confecciónese edicto de solicitud y ubicación de cantera. Publíquese la solicitud de cantera por tres (3) veces en el Boletín Oficial conforme Art. 43, Ley 902/1975, pudiendo los interesados deducir oposiciones dentro del plazo de diez (10) días (Art. 44, Ley 902/1975). Emplácese al titular a que en un plazo de treinta (30) días acredite haber hecho efectivas las publicaciones ordenadas, bajo apercibimiento de tenerle por desistido de la presente solicitud. Dirección General Legal. Hay una firma ilegible y un sello aclaratorio que dice: Dra. Andrea Valdebenito, Director Legal -A.M.P.I.-. Zapala, 17 de junio de 2020. Dirección Escribanía de Minas. Fdo. Esc. Carlos O. Ga-llardo, Escribano de Minas, Autoridad Minera en 1° Instancia.

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CONTRATOS

PCG S.A.S.

Instrumento Modificatorio de Contrato Social

En la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, República Argentina, el día 29 de junio de 2020, comparece: Sebastián Caldart, DNI 23.856.085, CUIL/CUIT/CDI N° 20-23856085-4, de nacionalidad argentina, nacido el 26 de abril de 1974, profesión Licenciado en Administración, estado civil soltero, con domicilio real en la calle Castelli 350, Piso 6-D, Neuquén, Neuquén, Argentina, en virtud de las observaciones realizadas por Registro Público de Comercio obrantes en el Expediente N° 25536/2019, “PCG SAS s/Inscripción Instrumento Constitutivo”; por lo que a efecto de subsanarlas, resuelve modi-ficar el artículo pertinente del contrato social, siendo la nueva redacción la siguiente: Artículo Tercero: Objeto: Marketing y Relaciones Públicas: Desarrollo e implementación total o parcial de planes de co-municaciones públicos y privados, incluyéndose dentro de ello las siguientes actividades: 1) Investiga-ciones de mercado, socio económicas y culturales, relevamiento de dato, procesamiento y análisis; 2) Realizar asesoramiento especializado en comunicación, publicidad y relaciones públicas; 3) Creación, planeamiento, producción, difusión y administración de campañas de publicidad, propaganda, promo-ción, relaciones públicas y otras vinculadas con las mismas; 4) Por mandato, comisión, representación o cualquier otra forma de intermediación por cuenta propia o de sus clientes, preparar, contratar, negociar,

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PAGINA 7Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

alquilar y ocuparse como contratistas de publicidad, efectuando contrataciones en revistas, periódicos, folletos, radio, televisión, cine, vía pública y/o cualquier otro medio de comunicación que pudieran crear-se; 5) Edición de libros, apuntes, periódicos y revistas de carácter publicitario en todo su proceso de creación; 6) Creación, planeamiento producción, difusión y administración de campañas de publicidad, propaganda, promoción, relaciones públicas, actuando como agencia de comunicación y diseño en for-ma integral y en todos sus aspectos y modalidades en medios de difusión gráficos, digitales, radiales y/o audiovisuales. Prestación de servicios de consulta, estudio e investigación en las ramas de la ingeniería, ciencias sociales y educación a entidades públicas o privadas del país y del extranjero, comprendiendo además la elaboración de estudios de mercado, factibilidad, preinversión de planes y programas de desarrollo nacional, regionales y sectoriales. La elaboración de informes, anteproyectos, proyectos, ejecutivos de crecimiento infraestructural, agropecuario, industrial, agroindustrial, hidrocarburífero, mi-nero, energético, educativo y social; la organización, racionalización y fiscalización de empresas en los aspectos técnicos institucionales, presupuestarios, de ingeniería de sistemas y de programación, la capacitación de personal, la intervención operativa para la puesta en marcha de programas o reco-mendaciones y asistencia técnica en relación a licitaciones y concursos para contratar obras, servicios y provisiones, comprendiendo la preparación de documentos de licitación, análisis de oferta, fundamento de adjudicaciones y elaboración de presentaciones y justificaciones ante organismos financieros, nacio-nales e internacionales de asistencia técnica y/o financiera. Locación: Alquiler de maquinarias, equipos y vehículos por vía terrestre con o sin operarios que resulten necesarios para la actividad petrolera, gasí-fera y minera y locación de inmuebles propios. Constructora: De carácter público o privado, civil o militar obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas; construcción de diques, embalses, canalización, purificación y potabilización de aguas, desagües y redes de desagüe; obras de electrifica-ción, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión; construcción de usinas y subusinas, redes de retransmisión, instalaciones de protección contra incendio e inundaciones, construcción de estructuras e infraestructuras de hormigón o metálicas para puentes, pistas de aterrizaje y puertos, demoliciones y construcciones civiles, gasoductos oleoductos, diques y usinas. Construcción y compraventa inmuebles y de edificios por el régimen de propiedad horizontal, la construcción de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura.

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“Ache SAS”

Por instrumento privado de fecha 08 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “Ache SAS”. Socios: La Sra. Leonina Ester Gullino, DNI 6.138.707, CUIL/CUIT/CDI N° 27-6138707-8, de na-cionalidad argentina, nacida el 09 de septiembre de 1949, profesión A/C, estado civil casado/a, con do-micilio real en la calle Hipólito Irigoyen 720, Neuquén, Neuquén, Argentina. Denominación: “Ache SAS”. Plazo de Duración: 50 años. Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén. Objeto: Gastronómica: Mediante la explotación de negocios del ramo gastronómico, tales como restaurantes, confiterías y servicios de elaboración y provisión de toda clase de comidas por cuenta propia y de terceros. El objeto social podrá ser ejercido en locales propios de la sociedad y/o de terceros mediante contratos de alquiler y/u otra modalidad. Capital: $33.750, dividido por 33.750 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Leonina Ester Gullino, suscribe a la cantidad de 33.750 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor no-minal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La admi-nistración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo

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PAGINA 8 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular/es: DNI 25.025.365, José Fernando Frencia. Suplente/s: DNI 25.025.366, Esteban Fabian Frencia. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 30 de junio.

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ADV S.A.S.

Modificatoria Contrato Constitutivo

En la ciudad de Neuquén, Pcia. del Neuquén, a los 17 días del mes de abril del 2020, Julio Cé-sar Ríos Marín, Contador Público Nacional, inscripto en el Tomo XI, Folio 117 del CPCEN, DNI N° 92.263.538, en mi carácter de autorizado en el contrato social de ADV SAS y conforme las facultades allí otorgadas acepto la modificación indicada por el R.P.C., respecto del objeto social: “Servicios Finan-cieros relacionado con inversiones, préstamos y créditos personales”, Cláusula Tercera, inc. c). Atento ello se modifica cláusula 3° del contrato social de ADV SAS, quedando redactado de la siguiente mane-ra: Artículo Tercero: Objeto: La sociedad se dedicará por objeto por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la producción, intercambio, comercialización, intermediación, repre-sentación de bienes materiales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: a) Servicios Inmobiliarios con bienes propios o de terceros. b) Servicios de construcción y reformas de edificios residenciales y no residenciales. c) Cría de ganado ovino, caprino, bovino y porcino. d) Servicios de turismo relacionados con la recreación y tiempo libre.

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MAM SOCIEDAD ANÓNIMA

Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria Unánime del 25/03/2020, se ha resuelto lo siguiente: Se ha fijado la cantidad de uno (1) Director Titular y uno (1) Director Suplente por el tér-mino de dos años; se ha designado como Director Titular y Presidente al Sr. Gustavo Alberto Bergese, DNI Nº 11.195.483 y como Director Suplente y Vicepresidente al Sr. Adrián Gabriel Bergese, DNI Nº 26.905.366. La totalidad de los Directores aceptaron su cargo, constituyendo domicilio especial confor-me al Art. 256 de la Ley 19550, en Ruta Nº 7, Parque Industrial Neuquén Este, Lote “5”, Manzana “L” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, República Argentina. El presente edicto fue ordenado para subsanar las observaciones formuladas por el Registro Público de Comercio de Neuquén, según Resolución de fecha 10 de marzo de 2020, (Expte. 2359/20), “MAM SOCIEDAD ANÓNIMA s/Rúbrica”, (PRGENE 167932/20), “MAM SOCIEDAD ANÓNIMA s/Inscripción Designación de Directorio”, (Expte. 23729/18 - PRSINF 143103/18).

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“RUSAN SERVICIOS SAS”

Por instrumento privado de fechas 25 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “RU-SAN SERVICIOS SAS”. Socio: Loto Rubén Antonio, DNI N° 18.052.124, CUIT N° 20-18052124-1, de nacionalidad argentina, nacido el 08 de junio de 1967, profesión Maestro Mayor de Obras, estado civil soltero, con domicilio en la calle Sarmiento N° 119, Plottier, Neuquén. Denominación: “RUSAN SERVI-CIOS SAS”. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la jurisdicción de ciudad Plottier, Provincia del Neuquén. Objeto: La sociedad se dedicará por objeto por cuenta propia o ajena o asociada a terceros,

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dentro o fuera del país a la/s siguiente/s actividades: 1) Constructora: Podrá realizar por sí y mediante la contratación de profesionales y técnicos según la incumbencia que se trate, toda clase de estudios, proyectos, dirección y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas; construcción de diques, embalses, canalización, purificación y potabilización de aguas, desagües y redes de desagües obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión, instalaciones de protección contra incendios e inundaciones, construcción de estructuras e infraestructuras de hormigón o metá-licas, demoliciones y construcciones civiles, gasoductos oleoductos, edificios y todo tipo de obras de arquitectura e ingeniería. Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles, la construcción de todo tipo de obras, privadas o públicas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la arquitectura e ingeniería. Asimismo, podrá realizar operaciones de compra y venta, alquiler, leasing y todo otro permitido por la Ley respecto de materiales de construcción, herramientas, vehículos y máquinas, equipos e insumes viales. 2) Inmo-biliaria: a) Comercializar y administrar inmuebles propios y ajenos; b) Fraccionar, lotear, dividir, englobar, subdividir, incluso en propiedad horizontal y urbanizar inmuebles, clubes de campo, explotaciones agrí-colas, explotaciones ganaderas y parques industriales. Podrá desarrollar las actividades enunciadas en los incisos a) y b) de este apartado 2), tanto en inmuebles propios, incluyendo aquellos que ingresen a su patrimonio en propiedad fiduciaria, como en aquellos que sean propiedad de terceros. Proporcionar asesoría y asistencia técnica relativa a actividades inmobiliarias. Diseño y ejecución de planes de pro-moción y publicidad para emprendimientos inmobiliarios. 3) Mandatos y Servicios: Mediante el ejercicio de representaciones, mandatos, comisiones, intermediaciones y gestiones de negocios. 4) Consultoría y Proyectos: La prestación de servicios de consultoría financiera, administrativa organizacional, comer-cial, informática, en inversiones y financiamiento, en sistemas de calidad, en planificación y control de proyectos. Igualmente, la formulación, gestión, administración, gerenciamiento, por cuenta propia y de terceros, de proyectos de todo tipo en organismos públicos y privados de carácter municipal, provincial, nacional e internacional. Capital: $33.750, dividido por 33.750 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Loto Rubén Antonio, en la cantidad de 33.750. Ad-ministración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la represen-tación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representa-rán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular: Loto Rubén Antonio, DNI N° 18.052.124, CUIT N° 20-18052124-1. Suplente: Domenino Verónica Graciela, DNI N° 26.469.590, CUIT N° 27-26469590-8. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sin-dicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31/05.

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“ARBIT Y ALIPPI SAS”

Por instrumento privado de fecha 18 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “ARBIT Y ALIPPI SAS”. Socios: El Sr. Eduardo Marcelo Arbit, DNl 10.539.147, CUIL/CUIT/CDl N° 20-10539147-2, de nacionalidad argentina, nacido el 15 de mayo de 1952, profesión Médico, estado civil divorciado/a, con domicilio real en la Calle 762, 806, Barrio Loteo La Casona, Plottier, Neuquén, Argentina; la Sra. Ma-ría Valeria Alippi, DNl 24.331.604, CUIL/CUIT/CDl N° 27-24331604-4, de nacionalidad argentina, nacida el 29 de diciembre de 1974, profesión Psicóloga, estado civil soltero/a, con domicilio real en la calle Los Abedules 1.039, General Fernández Oro, Río Negro, Argentina. Denominación: “ARBIT Y ALIPPI SAS’’. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Plottier, Provincia del Neuquén.

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PAGINA 10 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

Objeto: Servicio de atención de salud mental e internación domiciliaria y ambulatoria. Se incluyen to-das las actividades, servicios y especialidades que se relacionen con el arte de curar, ya sea en forma directa o indirecta. Capital: $33.750, dividido por 33.750 de acciones ordinarias nominativas no endosa-bles de $1 y un voto cada una, suscriptas por Eduardo Marcelo Arbit, suscribe a la cantidad de 16.875 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; María Valeria Alippi, suscribe a la cantidad de 16.875 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en for-ma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular/es: DNl 10.539.147, Eduardo Marcelo Arbit. Suplente/s: DNl 24.331.604, María Valeria Alippi. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.

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“Óptica del Oeste SAS”

Por instrumento privado de fecha 18 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “Óptica del Oeste SAS”. Socios: El Sr. Mariano Horacio Peralta, DNI 21.719.786, CUIL/CUIT/CDl N° 20-21719786-5, de nacionalidad argentina, nacido el 06 de septiembre de 1971, profesión Óptico-Contactólogo, estado civil casado/a, con domicilio real en la calle Cacique Puelman 336, Neuquén, Neuquén, Argentina; la Sra. Andrea Verónica Falleti, DNI 22.474.432, CUIL/CUIT/CDl N° 27-22474432-9, de nacionalidad argentina, nacida el 20 de junio de 1972, profesión Óptica-Contactóloga, estado civil divorciado/a, con domicilio real en la calle República de Italia 50, Piso 8, Dpto. 8, Neuquén, Neuquén, Argentina. Denominación: “Óptica del Oeste SAS”. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la juris-dicción de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto: De Óptica y Contactología. Capital: $100.000, dividido por 100.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Mariano Horacio Peralta, suscribe a la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nomi-nativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; Andrea Verónica Falleti, suscribe a la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y re-presentación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el car-go por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular/es: DNI 22.474.432, Andrea Verónica Falleti. Suplente/s: DNI 21.719.786, Mariano Horacio Peralta. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.

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“AS.IN SAS”

Por instrumento privado de fecha 29 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “AS.IN SAS”. Socios: El Sr. Gabriel Alejandro Sánchez, DNI 24.825.453, CUIL/CUIT/CDI N° 20-24825453-0, de nacionalidad argentina, nacido el 19 de diciembre de 1969, profesión Contador, estado civil divorciado/a,

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PAGINA 11Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

con domicilio real en la calle Guillermo Brown 865, Piso 8, Dpto. D, Neuquén, Neuquén, Argentina; el Sr. Carlos Francisco Sánchez, DNI 18.497.129, CUIL/CUIT/CDI N° 20-18497129-0, de nacionalidad argentina, nacido el 06 de marzo de 1967, profesión Abogado, estado civil casado/a, con domicilio real en la calle Sargento Cabral 20, Piso 1, Oficina 1, Neuquén, Neuquén, Argentina. Denominación: “AS.IN SAS”. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto: Asesoramiento jurídico y contable en general. Capital: $100.000, dividido por 100.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Gabriel Alejandro Sánchez, suscribe a la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, Carlos Francisco Sánchez, sus-cribe a la cantidad de 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La admi-nistración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular/es: DNI 24.825.453, Gabriel Alejandro Sánchez. Suplente/s: DNI 18.497.129, Carlos Francisco Sánchez. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.

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DO IN PROGRESS S.A.S.

Por instrumento privado de fecha 27/06/2020 se constituyó Sociedad por Acciones Simplificada. De-nominación: Do In Progress S.A.S.. Socios: Daniel Oscar Duñez, nac. el 14/8/1983, DNl 30.272.796, sol-tero, C.U.I.L. 20-30272796-2, Farmacéutico y Adriana Vanesa Duñez, argentina, nacida el 09/12/1985, DNI 31.989.942, soltera, C.U.I.L. 27-31989942-7, empleada, ambos argentinos y con domicilio en calle Elordi N° 343 de Cutral-Có. Duración: 50 años a partir de fecha de constitución. Objeto: La sociedad se dedicará por objeto por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguien-tes actividades: Metalúrgico: La fabricación y reparación de estructuras metálicas, tanques, cañerías y galpones. Fabricación de herramientas y máquinas para las industria del gas, del petróleo, obras civiles y de infraestructura urbana o rural. Trabajos de construcción cuyo insumo sea el hierro, aluminio y ace-ros. Trabajo de tornería mecánica e industrial metalúrgica, fabricación de piezas de metal, partes para maquinaria industrial e insumas relacionados con la industria, repuestos, matriceria y trabajos civiles e industriales en metales ferrosos y no ferrosos. Compra, venta, importación y exportación de insumas, productos elaborados o semi elaborados relacionados con la industria metalúrgica. Automatización de partes y procesos industriales, ejecución de desarrollos tecnológicos e innovación mediante la introduc-ción de nuevos productos o servicios, nuevos procesos o nuevas fuentes de abastecimientos y cambios en la organización industrial aplicada a las actividades antes indicadas; (ii) Alquiler de inmuebles urba-nos propios; (iii) Alquiler de vehículos de cargas y transporte; (iv) Asesoramiento técnico, diseño e inge-niería de estructuras civiles e industriales. Cuando la norma así lo prevea, la actividad pertinente será realizada por profesionales con título habilitante. Capital: $200.000, representado por 200.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 (pesos uno), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. Órgano de Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designa-ción, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mien-tras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador

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PAGINA 12 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

Suplente. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Cie-rre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. Sede Social: Domiciliado en la calle Elordi N° 331 de la ciudad de Cutral-Có. Capital Social: Suscripción: Los Socios suscriiben el 100% del capital social en partes iguales, es decir, 100.000 acciones ordinarias nominativas no endosables cada uno de 1 peso valor nominal cada una y con derecho a 1 voto por acción. Integración: El capital social se integra en un 25% en dinero efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de 2 años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Designación de Miembros del Órgano de Administración: Administrador Titular: Daniel Oscar Duñez, con domicilio real y especial constituido en la calle Elordi N° 343 de Cutral-Có. Administrador Suplente: Adriana Vanesa Duñez, con domicilio real y especial constituido en calle Elordi N° 343 de Cutral-Có.

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CUBICO SAS

Modificación de Estatuto

En la ciudad de Neuquén, al primer día del mes de junio de 2020, Marco Esteban García, DNI 26.144.179, haciendo uso del poder de autorizado en el contrato constitutivo de “CUBICO SAS” de fe-cha 24 de febrero de 2019, que se encuentra inscripto en la Dirección del Registro Público de Comercio de Neuquén, bajo el N° 75, Folio N° 2467/2019. Que en virtud de la decisión de los socios se resuelve modificar el objeto social, quedando en consecuencia el Artículo 3°, redactado de la siguiente forma: “La sociedad se dedicará por objeto por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la/s siguiente/s actividades: a) El estudio, diseño, proyección, construcción, administración, finan-ciación, dirección y ejecución de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, sean edificios, locales comerciales, viviendas unifamiliares, plataformas, puentes, caminos, estructuras metálicas, de hormi-gón, así como todo tipo de mejoras y refacciones sobre dichos bienes, tratándose de obras públicas o privadas. b) Asesoría, asistencia técnica, diseño, ejecución, iluminación, parquización y financiación de todo tipo de proyectos de urbanización, desarrollos hechos sobre inmuebles urbanos o rurales. c) Com-pra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades horizontales, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, realización de desarrollos inmobiliarios, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros y ejercer la consultoría e intermedia-ción en materia de servicios inmobiliarios. Explotación de todo tipo de inmuebles y locales comerciales. Administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros.

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Alan Sur S.A.S.

Por instrumento privado de fecha 13/03/2020 se constituyó Sociedad por Acciones Simplificada Uni-personal. Denominación: Alan Sur S.A.S.. Socio: Alan Jeremías Tieri, argentino, nacido el 14/09/1989, DNl 34.658.323, soltero, empresario, C.U.I.T. 20-34658323-2, domiciliado en calle Lago Correntoso, Casa 23 de Cutral-Có. Duración: 50 años a partir de fecha de constitución. Objeto: La sociedad se dedi-cará por objeto por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades: Servicios a la Industria: Mediante la prestación de servicios técnicos y mecánicos a la indus-tria gasífera y petrolera, efectuar mediciones de producción, proveer equipos, herramientas y materias primas para la actividades gasíferas y petroleras y su mantenimiento, provisión de repuestos mecánicos

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neumáticos, eléctricos y electrónicos para la misma industria. Servicios de soldaduras de alta y baja, de movimiento de suelo, servicios de maestranza, servicios de mantenimiento parques y jardines, servicios de montaje civiles e industriales y mantenimiento de equipo y compresores industriales. Transporte de Cargas: Mediante el transporte jurisdiccional e interjurisdiccional de cargas sólidas, líquidas y gaseosas, de carácter normal o las consideradas peligrosas o las que necesiten permisos especiales con medios propios o de terceros, vía terrestre, aérea, fluvial o marítima, por vías de circulación nacional, provincial, municipal, interprovincíal o internacional con unidades propias o de terceros. Constructora: Ejecución, dirección y administración de obras civiles, hidráulicas, eléctricas, urbanizaciones, pavimentos y edifi-cios, inclusos destinados al régimen de propiedad horizontal, viviendas, talleres, puentes, sean estos públicos o privados, refacción y demolición de las obras enumeradas, proyectos, dirección y construc-ción de plantas industriales, obras civiles, gasoductos y oleoductos, tendidos de redes de gas y agua en centros urbanos, públicos o privados. Cuando las reglamentaciones así lo prevean, la actividad pertinente será realizada por profesionales con títulos habilitantes. Capital: $50.000, representado por 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 (pesos uno), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. Órgano de Administración: La administración y representación de la so-ciedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo in-determinado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. Sede Social: Domicilia-do en la calle Lago Correntoso, Casa 23 de la ciudad de Cutral-Có. Capital Social: Suscripción: El socio suscribe el 100% del capital social en partes iguales, es decir, 50.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de 1 peso valor nominal cada una y con derecho a 1 voto por acción. Integración: El capital social se integra en un 25% en dinero efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capi-tal social dentro del plazo máximo de 2 años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Designación de Miembros del Órgano de Administración: Administrador Titular: Alan Jeremías Tieri, con domicilio real y especial constituido en la calle Lago Correntoso, Casa 23 de la ciudad de Cutral-Có. Administrador Suplente: Iris Esmeralda Valenzuela, con domicilio real y especial constituido en la calle Lago Correntoso, Casa 23 de la ciudad de Cutral-Có.

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“ONCE S.A.”

Se hace saber que por Esc. 1191, F° 2632 del 24/09/2019, Reg. 4, Centenario e instrumento privado del 04/03/2020 se constituyó ONCE S.A.. Socios: Sergio Leandro Franco, DNI 34.565.241, domicilio Laprida 7.075 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, soltero, empleado, argentino, nacido el 21/5/1989 y Silvia del Carmen Lillo, DNI 22.601.631, domicilio Australia 532 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, argentina, divorciada, nacida el 31/3/1972, Licenciada en Administración de Empresas. La sociedad se denomina “ONCE S.A.” y tiene su domicilio legal en la ciudad de Neuquén, pudiendo establecer agencias o sucursales en todo el país. Su plazo de duración es de noventa y nueve años, contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: La sociedad tiene por objeto efectuar por cuenta propia o de terceros o asociada a éstos, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: A) Transporte colectivo de pasajeros y cargas por automotor, por recorridos actualmente autorizados y/o que en el futuro autoricen las autoridades comunales, provinciales y/o nacionales, pudien-do operar en las categorías servicio regular de línea y/o excursión y/o turismo y/o servicios contratados. El

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capital social se fija en la suma de pesos cien mil ($100.000), representado en cien mil (100.000) accio-nes ordinarias nominativas no endosables, de valor nominal cada una de un peso ($1). El capital puede aumentarse al quíntuplo por Asamblea Ordinaria de acuerdo con lo establecido por el Artículo 188 de la Ley 19550. Emisión de Bonos: La sociedad podrá emitir bonos de goce y de participación y estos últimos podrán serlo también respecto de prestaciones que no sean aporte de capital o para el personal de la sociedad. Sin perjuicio de los derechos que la Ley otorga a los tenedores de bonos de goce, éstos ade-más tendrán derecho a participar en las Asambleas con voz. Contendrán los siguientes recaudos: a) Las utilidades que a ellos corresponde podrán abonarse en efectivo, cualquiera sea la forma de pago resuel-ta para liquidar el dividendo; b) La participación en dichas utilidades será mediante una alícuota propor-cional según el número existente en circulación a la fecha de cierre de ejercicio; c) Esa participación se abonará conjuntamente con el dividendo; d) Los bonos de participación para el personal son intransfe-ribles y caducan con la extinción de la relación laboral, cualquiera sea la causa. Las ganancias que les corresponde se computarán como gastos; e) La modificación de la condición de los bonos requiere la conformidad de los tenedores de la mayoría absoluta de los bonos de la clase respectiva, expresada en Asamblea convocada por la sociedad al efecto. La convocatoria se realizará por el procedimiento esta-blecido en el Art. 237 de la Ley General de Sociedades. No se requiere esa conformidad para la modifi-cación referente al número de bonos cuando se trate de los previstos en los Artículos 228 y 230 de la Ley General de Sociedades. Emisión de Debentures: La sociedad por decisión de Asamblea Extraordi-naria queda facultada para contraer empréstitos, en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures u obligaciones negociables dentro o fuera del país y en las monedas que establezca. Los debentures podrán emitirse con garantía flotante, con garantía especial o con garantía común pudiendo serlo en moneda extranjera y ser convertibles en acciones de acuerdo con el programa de emisión. Las acciones serán nominativas no endosables. Cada acción ordinaria suscripta otorgará derecho de uno a cinco votos. Las acciones ordinarias de voto plural, podrán conferir hasta cinco votos por acción, según se resuelva al emitirlos, salvo para el caso de designación del Síndico, si existe, y en los supuestos previstos en el Artículo 244 último párrafo de la Ley de Sociedades Comerciales, en el que todas las acciones tendrán derecho a un voto. Las acciones preferidas no darán derecho a voto, a excepción del supuesto de mora en el pago de los dividendos pactados para la suscripción respectiva por falta o insu-ficiencia de utilidades y durante el tiempo en que la situación se mantenga. La administración de la so-ciedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea General de Accionistas, entre un mínimo de uno y un máximo de tres, con mandato por tres ejercicios, siendo reelegibles, no obstante deberán permanecer en el cargo hasta su reemplazo, a su vez elegirán igual número de suplentes. La Asamblea designará entre ellos un Presidente. Sus reuniones se trans-cribirán en el libro de actas que se llevará a los efectos. Sus funciones serán remuneradas conforme lo determine la Asamblea. La representación de la sociedad corresponde a su Presidente. El Directorio tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad, en orden al cumplimiento de su objeto. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos y contratos que no sean notoriamente extraños al objeto social adquirir y enajenar y gravar inmuebles, operar con los Bancos de la Nación, de la Provincia del Neuquén y demás instituciones de crédito oficiales, mixtas y privadas, otorgar poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente y extrajudiciales con el objeto y exten-sión que el juzgue conveniente, a una o más personas. Los accionistas y Directores pueden desempe-ñar por cuenta propia o a través de otras sociedades o empresas, actividades en competencia con la sociedad, con la expresa obligación de obtener autorización de la Asamblea anterior o inmediata poste-rior al hecho, como asimismo, en el caso de los accionistas abstenerse de votar los acuerdos Asamblea-rios relativos a las operaciones en las que por cuenta propia o ajena tenga un interés contrario al social. Los Directores deberán prestar garantía de pesos cuarenta mil ($40.000) cada uno, en dinero en efecti-vo, títulos públicos o mediante un pagaré a la vista librado a la orden de la sociedad, que depositarán cada uno en la caja de la sede social, mientras dure su mandato. Mientras la sociedad no esté compren-dida en ninguno de los supuestos a que se refiere el Artículo 299 de la Ley General de Sociedades, podrá prescindir de la Sindicatura. El ejercicio social cerrará el treinta y uno de mayo de cada año, a

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cuya fecha deberán confeccionarse los estados contables, conforme a las normas vigentes en la mate-ria. Integración del Capital: En este estado el capital social se suscribe de la siguiente manera: Sergio Leandro Franco, pesos ochenta y cinco mil ($85.000), equivalentes a ochenta y cinco mil (85.000,00) acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal un peso ($1) cada una, con derecho a un voto por acción; Suscripto: Pesos ochenta y cinco mil ($85.000,00); Integrado: Pesos veintiún mil doscientos cincuenta ($21.250,00) y Silvia del Carmen Lillo, pesos quince mil ($15.000), equivalentes a quince mil (15.000.) acciones ordinarias nominativas no endosables, de valor nominal un peso ($1) cada una, con derecho a un voto por acción; Suscripto: Pesos quince mil ($15.000,00); Integrado: Pesos tres mil setecientos cincuenta ($3.750). Las acciones se integran en un veinticinco por ciento, en este acto en dinero efectivo, comprometiéndose a integrar el saldo cuando lo disponga el Directorio dentro de los dos años de inscripto el presente. Las acciones suscriptas son ordinarias, nominativas no endosables, de un voto cada una y un peso de valor nominal, cada acción. Primer Directorio: Presidente: Sergio Leandro Franco, constituyendo domicilio especial a los efectos de lo establecido en el Artículo 256 de la Ley de Sociedades Comerciales, en Laprida 7.075 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Director Suplente: Silvia del Carmen Lillo, constituyendo domicilio especial a los efectos de lo estableci-do en el Artículo 256 de la Ley de Sociedades Comerciales, en Australia 532 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y manifiestan que aceptan expresamente sus cargos para los que fueran desig-nados, estableciendo la sede social en la calle Leloir 451, Piso Siete, Oficina Seis de la ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén. El Estatuto está en trámite de registración en la DGRPC, en autos: “ONCE S.A. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. 25394/19).

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“WELLTEC APLICACIONES SAS”

Edicto para Actos Aprobados por los Socios

Se hace saber que por instrumento privado de fecha 28 de octubre de 2019 y los instrumentos mo-dificatorios de fecha 10 de diciembre 2019, los socios de “WELLTEC APLICACIONES SAS”, resolvieron la designación de nuevos miembros del órgano de administración. El presente edicto fue ordenado en el Expediente: “WELLTEC APLICACIONES SAS s/Inscripción Renuncia de Administradores y Desig-nación de Administradores”, (Expte. Nro. 25428/19), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, ... de ... de ....

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ALTUM S.A.

Por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 31/08/18 se eligió Directorio inte-grado por Damián Augusto Baldini, DNI 38.813.252 como Director Titular y Jacqueline Mariet Baldini, DNI 41.010.699, como Director Suplente por tres ejercicios. El presente edicto fue ordenado en autos: “ALTUM S.A. s/Inscripción de Designación de Directorio”, (Expte. 25578/20). Subdirección, 18 de junio de 2020. Fdo. Andrés Sebastián Ruiz Igoa, Subdirector Subrogante, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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“EMPRESA CONSTRUCTORA LAUTEC S.R.L.”

Se hace saber que por instrumento privado de fecha 21/05/2020 se modificó la cláusula quinta del contrato social, quedando redactada de la siguiente forma: “Quinto: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual

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o indistinta por el término de duración de la sociedad. Podrán designarse uno o más suplentes. En tal carácter tienen todas las facultades para obligar a la sociedad en todos los actos que no sean noto-riamente extraños al objeto social, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se vinculen con él, incluso los que menciona el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación: La adquisición de bienes muebles, inmuebles, contratación de préstamos, la constitución de derechos reales de ga-rantía, la presentación en licitaciones públicas y privadas, el otorgamiento de poderes, la intervención en actuaciones ante todos los Bancos oficiales y privados. La presente enunciación no es limitativa ni taxativa. Y se designó como Gerente a Julio Eduardo Ibáñez, quien aceptó el cargo. El presente edic-to fue ordenado en autos: “EMPRESA CONSTRUCTORA LAUTEC SRL s/Inscripción Modificación de Contrato Social (Administración Social/Fiscalización) y Designación de Gerente”, (Expediente Número 25685/20), en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Subdirección, 30 de junio de 2020. Fdo. Andrés Sebastián Ruiz Igoa, Subdirector Subrogante, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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“Pampa Rental & Logistic SAS” Por instrumento privado de fecha 30 de junio de 2020 se constituyó la sociedad denominada “Pampa Rental & Logistic SAS”. Socios: El Sr. Juan Santiago Rostan, DNI 38.809.643, CUIL/CUIT/CDI N° 20-38809643-9, de nacionalidad argentina, nacido el 11 de septiembre de 1995, profesión comerciante, estado civil soltero/a, con domicilio real en la calle San Martín 107, Neuquén, Neuquén, Argentina. De-nominación: “Pampa Rental & Logistic SAS”. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto: Transporte de personas y de todo tipo de mercaderías en general, fletes, acarreos, mudanzas, caudales, correspondencia, encomiendas y equi-pajes, su distribución, logística, almacenamiento de mercaderías y bienes muebles en general, depó-sito, embalaje y guardamuebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo. Ya sean de corta, media y larga distancia, nacionales, provinciales, municipales, interprovinciales, comunales, intercomunales o internacionales, mediante vehículos de la sociedad y/o de terceros. Capital: $100.000, dividido por 100.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Juan Santiago Rostan, suscribe a la cantidad de 100.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designa-ción, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Adminis-trador Suplente. Administradores: Titular/es: DNI 38.809.643, Juan Santiago Rostan. Suplente/s: DNI 17.028.140, Santiago Eduardo Rostan. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de octubre.

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“ARFE SERVICES SAS”

Por instrumento constitutivo de fecha 16/06/2020 se constituyó la sociedad denominada “ARFE SER-VICES SAS”. Socios: Rivas Gonzalo Rafael, DNI Nº 30.755.670, CUIT N° 20-30755670-8, de nacionali-dad argentina, nacido el 17/03/1984, profesión empresario, estado civil soltero, con domicilio en la calle El Ceibo N° 407, Neuquén y la Sra. Luberriega María Belén, DNI N° 29.366.460, CUIT N° 27-29366460-4,

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de nacionalidad argentina, nacida el 24/03/1982, profesión empresaria, estado civil soltera, con domici-lio en la calle El Ceibo N° 407 de Neuquén Capital. Denominación: “ARFE SERVICES SAS”. Plazo de Duración: 99 años. Domicilio: En la jurisdicción de ciudad y Provincia del Neuquén, calle El Ceibo N° 407. Objeto: La sociedad se dedicará por objeto por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades: a) Fabricación de productos metalúrgicos para el uso de es-tructural y de tornería y/o matricaria; b) Ventas al por mayor y menor de mercancía N.C.P.; c) Fabricación de equipos de control de procesos industriales, para la industria metalúrgica, petrolera y de construcción y comercio. Capital: $200.000,00, dividido por 20.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $10 y un voto cada una, suscriptas por Rivas Gonzalo Rafael y Luberriega María Belén, cantidad de acciones 10.000 cada socio. Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designa-ción, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los Administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mien-tras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un Administrador Suplente. Administradores: Titular/es: Rivas Gonzalo Rafael, DNI Nº 30.755.670. Suplente: Luberriega María Belén, DNI N° 29.366.460. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.

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BACS S.A.

Por Actas de Asambleas Generales Extraordinarias de fecha el 25/07/05 y 14/02/11, rectificadas por Asamblea General Extraordinaria de fecha 10/06/11, los accionistas de BACS S.A. han resuelto por unanimidad: (i) Modificar el artículo octavo del Estatuto Social, reemplazándolo íntegramente por el si-guiente: “Artículo Octavo: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de dos y un máximo de ocho con mandatos por tres ejercicio. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los Directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente: Este último reemplaza al pri-mero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. La Asamblea fija la remuneración del Directorio”; y (ii) Modificar el artículo décimo del Estatuto Social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Artículo Décimo: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales conforme al Artículo 1881 del Codigo Civil y Artículo 9° del Decreto-Ley 5965/63. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos y contratos, comprar y vender inmuebles; operar con los Banco de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional, de la Provincia del Neuquén, de la Provincia de Río Negro y demás instituciones bancarias, oficiales o privadas, creadas o a crearse, establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país y otorgar los poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y la extensión que juzgue conve-niente a una o más personas. La representación legal de la sociedad estará a cargo del Presidente del Directorio. El Directorio podrá encomendar a alguno de sus miembros tareas especiales relacionadas directamente con la dirección y administración de la sociedad, con la remuneración que fije la Asam-blea. El Directorio podrá delegar las funciones ejecutivas de la administración de la sociedad en uno o más Gerentes, cuya designación podrá recaer entre los miembros del Directorio. En este último caso, la remuneración que se fije lo será por la Asamblea General Ordinaria, conforme al Artículo 261 de la Ley 19550”. El presente edicto ha sido ordenado por la Dirección General del Registro Público de Comercio

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en autos: “BACS S.A. s/Inscripción Modificación de Contrato (Administración y Funcionamiento Socie-tario)”, (Expte. N° 25611/20). Neuquén, 22 de junio de 2020. Fdo. Andrés Sebastián Ruiz Igoa, Subdi-rector Subrogante, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A.

Edicto Apertura de Sucursal

Por Acta Nro. 184 del 02 de agosto de 2019 se aprobó la apertura de una sucursal de STAR SERVI-CIOS EMPRESARIOS S.A., en la Provincia del Neuquén, la que tendrá domicilio en Unidad Funcional 3 del Edificio denominado Habitar con Nomenclatura Catastral N° 13-20-052-3579-0003, ubicado en la calle San Martín Nro. 429 de Junín de los Andes y la designación del Sr. Julián Acosta Gasparetti, D.N.I. 29.089.406, en el cargo de representante de la sucursal. El contrato de STAR SERVICIOS EMPRESA-RIOS S.A., se inscribió en Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia del Chaco, Acta Nro. 10, Folios 264/278, Tomo II, año 2016, Resolución Nro. 488 de la fecha 10 de julio de 2016, inscripta bajo Matrícula Nro. 102, Folios 1028/1099, Libro 42 de Sociedades Anóni-mas del año 2005. Socios 1: Nombre y Apellido: Leandro Nicolás Luque, D.N.I. 24.015.748, fecha de nacimiento 03/06/1974, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión Contador Público Nacio-nal, domicilio Av. Sarmiento 1.301, Resistencia, Chaco. Socio 2: Nombre y Apellido: César Enrique Lu-que, D.N.I. 7.980.779, fecha de nacimiento el 13/01/1945, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión Contador Público Nacional, domicilio Av. Sarmiento 566, 4to. “A” Resistencia, Chaco. Socio 3: Nombre y Apellido: Sixto Bernardez, D.N.I. 4.860.470, fecha de nacimiento el 08/08/1937, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión jubilado, domicilio Eusebione 50, B° Jorge Newery, Resisten-cia, Chaco. Socio 4: Nombre y Apellido: Raúl Alfredo José, D.N.I. 11.392.289, fecha de nacimiento el 27/11/1954, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión empresario, domicilio Sargento Ca-bral 5.130, Piso 2, B° Villa Rossi, Barranqueras, Chaco. Socio 5: Nombre y Apellido: Héctor Mario Pa-van, D.N.I. 8.253.096, fecha de nacimiento el 09/05/1946, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión jubilado, domicilio Av. Maipú 1.778, Piso 3, Dpto. “2”, Corrientes, Corrientes. Plazo de Dura-ción: 99 años. Domicilio de la Sociedad: Av. Sarmiento 1.301, Resistencia, Chaco. Capital: Pesos sesen-ta y cinco mil novecientos dieciocho $65.918. Objeto: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, directamente o asociada a terceros o a otras sociedades, o en la forma que lo considere más conveniente, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: 1) Prestación de Servicios: a) Presta-ción de servicios de seguridad y vigilancia, investigaciones, custodia de personas y valores, alquiler, comercialización, instalación, mantenimiento, monitoreo y control de sistemas electrónicos de seguri-dad, suministrados en forma directa o mediante concesión de terceros o autoridad competente, median-te enlaces telefónicos, radiales o de otro tipo, como así también de elementos de protección contra in-cendios. b) Para el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Se dedicará por cuenta propia exclusivamente a realizar investigaciones privadas en los ámbitos civil, comercial y laboral; asimismo efectuará vigilancias o custodias de lugares o bienes dentro de inmuebles (Decreto 1172/8); c) Para el ámbito de la Provincia de Buenos Aires: Se dedicará por cuenta propia exclusivamente a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley 9603, realizando averiguaciones de orden civil y comercial, solvencia de per-sonas y entidades, seguimiento y búsqueda de personas y domicilios, custodias y vigilancias internas de bienes y establecimientos y traslado de valores. Además, prestar servicios de distribución de correspon-dencias y paquetes como permisionario de correo privado. d) Para el ámbito de la Provincia de Jujuy, a fin de dar cumplimiento al requisito de la Ley de Seguridad Privada de la Provincia de Jujuy Nº 5436/04 y a su Decreto Reglamentario Nº 5095/06, prestará solo servicios de seguridad privada. e) Prestación de servicios de limpieza y mantenimiento de edificios y plantas industriales, mantenimientos de espacios

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PAGINA 19Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

verdes, fumigación, desinfectación y control de plagas, servicios a empresa y comercios en medicina laboral y seguridad e higiene industrial, provisión de personal temporario para empresas; organización de eventos, cursos y conferencias. 2) Transporte de Caudales: Transporte de valores propios o por cuenta de terceros; transporte, ensobramiento y/o pago de sueldos y jornales; transporte de valores vía terrestre, aérea y fluvial; guarda y procesamiento de valores; atención de cajeros automáticos y puestos de atención bancaria. Administración y pago de pensiones y haberes jubilatorios. Administración de bocas de cobro de impuestos y servicios públicos y/o privados. Seguridad física de apoyo y acompaña-miento en la vía pública. 3) Industrial: Fabricación, elaboración, desarrollo de elementos para alarmas con y sin monitoreo, como paneles de control, sensores de apretura y movimiento, detectores de incen-dio, humo, ruidos, como así también cercos, los que podrán ser eléctricos. Fabricación, industrialización, transformación, procesamiento, elaboración, desarrollo, producción, de productos metálicos para uso estructural; fabricación y montaje de estructuras tipo “racks” para embarcaciones de distintos portes; construcción y reparación de estructuras flotantes y embarcaciones de recreo y deporte; fabricación de maquinaria y equipo de elevación y manipulación; fabricación de camas náuticas y sus estructuras, así como también estructuras automatizadas para guarderías náuticas como ser elevadores y/o ascensores de embarcaciones de costa y de crucero, de distintos portes; puentes grúas, pórticos, semipórticos, aparejos, montacargas. Fabricación, industrialización, transformación, procesamiento, elaboración, de-sarrollo, producción, de productos de plástico reforzado y/o de fibra de vidrio, principalmente de piscinas y demás productos obtenidos a partir del rotomoldeo de plástico reforzado y/o fibra de vidrio, como puede ser juegos acuáticos, muebles de jardín, cascos de embarcaciones, kayaks. 4) Comerciales: Mediante la comercialización, alquiler y/o distribución de materiales, elementos y equipos referidos a las actividades contenidas en el presente artículo. 5) Inmobiliarias: a) Administración, construcción, alquiler, compra, venta, permutas, de inmuebles urbanos y rurales, loteos, fraccionamientos, incluidas todas las operaciones que autoricen las leyes y reglamentos en vigencia, como ser operaciones sobre derecho de superficie, propiedad horizontal y tiempo compartido. b) Construcción de obras civiles, edificios de cual-quier índole, viviendas individuales, colectivas y en general todo tipo de obras de ingeniería y arquitec-tura de carácter público y privado, como asimismo la construcción de obras viales de todo tipo, pavimen-tación, puentes, túneles y otras vías de comunicación terrestre. 6) Mandatos: Aceptación, desempeño y otorgamiento de representaciones, concesiones, comisiones, agencias, fideicomisos y mandatos referi-dos a las actividades anteriormente enunciadas. 7) Actividades Financieras: Siempre que tengan rela-ción con los objetos señalados en los incisos anteriores, la sociedad podrá aceptar o recibir dinero u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsable en determinada forma y/o condiciones con o sin garantía de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias aplicables. Conceder préstamos y financiaciones a terceros, con garantía hipotecaria, prendaria o de otro derecho real, como así también con garantías personales o sin garantía; otorgar avales, hacer descuento de documentos de terceros; descontar y/o redescontar, endosar, avalar y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants, cono-cimientos de embarques. Abrir cuentas corrientes, con o sin provisión de fondos, constituir, ceder, des-contar o transferir hipotecas, prendas y todo otro derecho real sin limitaciones en las bolsas, mercado de valores y/o con cualquier otro tipo de instituciones o personas del país y/o del extranjero. Realizar inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros. Realizar en general toda clase de operaciones financieras con exclusión de las previstas en la Ley 21526 u otras por las que se requiere el concurso público de capitales. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. La sociedad podrá realizar todos los actos tendientes al cumplimiento de sus fines con plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto y que resultaren menester para el mejor cumplimiento de las finalidades sociales indica-das. Organización de la Administración: Leandro Nicolás Luque (Director Titular - Presidente); César Enrique Luque (Director Titular); Diego Edgardo Sbardella (Director Suplente); Griselda Gloria Allocco (Directora Suplente). Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de agosto.

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PAGINA 20 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

LICITACIONES

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD

“POLICÍA”

Licitación Pública Nº 02/20Expediente EX 2020-00040696-NEU-LEGAL#POL(9820-001065/2020)

Objeto: Adquisición de “ciento sesenta y seis (166) camperas”, destinadas al personal policial del interior de la Provincia del Neuquén. Fecha de Apertura: El día 20 de julio de 2020, doce (12:00) horas. Informes: Dirección Administración de Policía (División Contrataciones), sito en calle RichierI Nº 775, Neuquén Capital, C.P. (8300) - Teléfono: (0299) 4424100 - (Interno: 135), en el siguiente horario: De lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hs.. Disponibilidad de Pliegos: Página Oficial de la Provincia del Neuquén (https://licitaciones.neu-quen.gov.ar/) y Dirección de Administración (División Contrataciones), sito en calle Richieri Nº 775 Neu-quén Capital - Teléfono: (0299) 4424100 - (Interno: 2034), de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

SECRETARÍA GENERAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO

Licitación Pública Solicitud de Provisión SAFIPRO Nro. 609Expediente Nro. 9140-006237/2019

Objeto: “Adquisición de tuberías y manguitos para el Depósito Nº 2”. Fecha de Apertura: 13/07/2020. hora de Apertura: 09:00 hs.. Inversión Estimada: $7.025.899,61. Lugar de Apertura, Consultas y Retiro de Pliegos: Oficina de la Subgerencia de Suministros Ente Provincial de Agua y Saneamiento, Santiago del Estero 426, ciudad de Neuquén - Telefax: 0299-4430413. Informes: Ente Provincial de Agua y Saneamiento, Subgerencia de Suministros, Santiago del Estero 426, Tel.: 4495969 - Sr. Falciglio Sebastián: 299-5720747.

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PAGINA 21Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

SECRETARÍA GENERAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (E.P.E.N.)

Licitación Pública Nº 09/20

Objeto: “Adquisición de materiales para mantenimiento: Conductores de media y baja tensión”. Fecha de Apertura: 22 de julio de 2020 a las 11:00 horas, en el Sector de Compras y Contratos del E.P.E.N., sito en calle La Rioja N° 385 de Neuquén. Pliegos e Informes: En el E.P.E.N., sito calle La Rioja 385 de Neuquén y en las siguientes páginas Web: www.epen.gov.ar y licitaciones.neuquen.gov.ar.

Licitación Pública Nº 10/20

Objeto: “Adquisición de materiales destinados a contingencia: Herrajes”. Fecha de Apertura: 29 de julio de 2020 a las 11:00 horas, en el Sector de Compras y Contratos del E.P.E.N., sito en calle La Rioja N° 385 de Neuquén. Pliegos e Informes: En el E.P.E.N., sito calle La Rioja 385 de Neuquén y en las siguientes páginas Web: www.epen.gov.ar y licitaciones.neuquen.gov.ar.

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CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN DE ARTISTAS Y ARTESANOS FOLLIL MAPU PATAGONIA ARGENTINA

Asamblea General Ordinaria

La Asociación de Artistas y Artesanos Follil Mapu Patagonia Argentina, Personería Jurídica N° 157/2005, convoca a Asamblea General Ordinaria a sus asociados para el día 07 de julio de 2020 a las 18.00 hs., en Avenida del Trabajo 570, Cutral-Có, de acuerdo al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1- Motivos del llamado. 2- Elección de dos socios para que firmen el Acta. 3- Aprobación de los Estados Contables año 2018 y 2019. 4- Renovación Comisión Directiva y Revisores de Cuentas. Fdo. Forma José Ángel, Presidente.

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PAGINA 22 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

MOVIMIENTO DE EDUCADORES POPULARES UNOMASUNO ASOCIACIÓN CIVIL

Asamblea General Ordinaria

La Comisión Directiva convoca a Asamblea General Ordinaria el día 17 de julio de 2020 a las 18 hs., en la mediante la aplicación Zoom, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1) Razones de la convocatoria fuera de término. 2) Lectura y aprobación de Estados Contables y Memoria año 2019. 3) Pedido de licencia miembro de Comisión Directiva. Fdo. Gendelman Verónica, Presidenta.

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KAYAK DE PLOTTIER ASOCIACIÓN CIVIL

Asamblea General Ordinaria

La Escuela de Kayak de Plottier Asociación Civil, convoca para el 25 de julio 2020 a las 16 hs., a la Asamblea Ordinaria que se llevara a cabo por video llamada Zoom y con asistencia de medios electró-nicos en aplicación del Art. 158 del Código Civil y Comercial de la República Argentina y en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio por el COVID-19. A efectos de:

ORDEN DEL DÍA

A- Designación de dos socios para firmar el Acta junto al Presidente y Secretario. B- Razones de la convocatoria fuera de término. C- Tratamiento y consideración de la Memoria y Balance Anual. D- Elección de los miembros de la Comisión Directiva y Revisores de Cuenta.

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EDICTOS

El Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia, con asiento en la calle Boulevard Pascotto 325 de la ciudad de Villa La Angostura, a cargo del Dr. Jorge Alberto Videla, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Carolina Amarilla, cita a toda aquella persona que se consideren con derecho a opo-nerse al cambio de prenombre de G.A.F., DNI 47.850.394, L.A.F., DNI 52.535.413 y Vanesa Alejandra Buchile, DNI 30.479.795, en los términos del Art. 69, inciso b) “Raigambre Cultural, étnica o religiosa”, para que lo acrediten en el término de quince (15) días desde la última publicación, en autos: “Buchile Vanesa Alejandra y Otro s/Cambio de Nombre”, (Expte. N° 12037/19). Publíquese edicto una vez por mes por el plazo de dos meses. Fdo. Dr. Jorge Alberto Videla, Juez. Villa La Angostura, 11 de marzo de 2020. Fdo. Dra. Carolina Amarilla, Secretaria.

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PAGINA 23Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

La Juez María Eliana Reynals a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de Neuquén, Provincia del Neuquén, sito en Brown 115 de dicha ciudad, hace saber que en los autos caratulados: “TECSA S.R.L. s/Concurso Preventivo”, (Expte. Nº 526746/2019), “Toscani Rafael Leonardo s/Concurso Preventivo”, (Expte. N° 528445/2019) y “Elzegbe Carlos Gustavo s/Concurso Preven-tivo”, (Expte. Nº 528446/2019), mediante resolución de fecha 10/06/2020 se dispuso el siguiente cro-nograma: 1) Presentación del informe individual en los concursos de Elzegbe y Toscani: 22/06/2020; 2) Resolución de verificación Art. 36 en los concursos de Elzegbe y Toscani: 20/07/2020; 3) Fecha de pre-sentación de la propuesta de agrupamiento en los tres concursos: 03/08/2020; 4) Presentación del in-forme general en los tres concursos: 18/08/2020; 5) Presentación de Observaciones al Informe General para los tres concursos: Hasta el 01/09/2020; 6) Fecha de presentación del dictado de la resolución de categorización en los tres concursos: 15/09/2020; 7) Fecha de presentación de la propuesta de acuerdo (unificada o individual a opción de los concursados) para los tres concursos: 17/12/2020; 8) Celebración de la Audiencia informativa de los tres concursos: 08/02/2021 9 hs.; 9) Fin del período de exclusividad para los tres concursos: 15/02/2021. Publíquese por cinco días en Boletín Oficial Provincia del Neuquén. Firmado en …… de junio de 2020.

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La Sra. Juez María Eliana Reynals a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° Uno, sito en Brown N° 155 de la ciudad de Neuquén, hace saber que en autos caratulados: “F. & P. S.A. s/Quie-bra”, (Expte. N° 260968/2001), se presentó el informe del Art. 218 y el proyecto de distribución final de fondos y se regularon los honorarios del Síndico. Neuquén, 16 de marzo de 2020. Fdo. Mariela Dupont, Responsable D.E. N° 5, Oficina Judicial Civil.

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La Dra. María Eliana Reynals, Juez del Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1, sito en calle Almirante Brown N° 115 de Neuquén - Primera Circunscripción, cita y emplaza por el término de diez (10) días al Sr. José Luis Soria, DNI 17.234.906, comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar Defensor de Ausentes para que lo represente en los autos caratulados: “Santarelli Luis Alberto c/Soria José Luis s/D. y P. Derivados del Uso de Automotores (Sin Lesión)”, (Expte. N° 522814/18), que tramita por ante este Juzgado. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en uno de los Diarios de mayor circula-ción de la zona. Neuquén, 12 de junio de 2020. Fdo. Scagliotti Mariela Roxana.

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El Dr. Andrés Luchino, Juez Subrogante a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 1 de la IV Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, calle Félix San Martín esquina Lamadrid, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano Zani, cita y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante Walter Aníbal Gozalvez, DNI N° 16.762.789, lo acrediten dentro del plazo de treinta (30) días (Art. 725 del C.P.C.yC. y 2340 del C.C.yC.), en autos caratulados: “Gozal-vez Walter Aníbal s/Sucesión Testamentaria”, (Expte. N° 59717/2019). Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial. Junín de los Andes, 4 de junio del año 2020. Fdo. Andrés Luchino, Juez. Fdo. Dr. Luciano Zani, Secretario.

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PAGINA 24 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia de Acuerdo Pleno N° 5390 de fecha 21/02/2020, dicta-da por el Dr. Ravizzoli Gustavo, la que se encuentra firme el 23/06/2020, se le impuso al condenado Arias Braian Emanuel, DNI 37.858.540, en acuerdo de partes, la pena de dos (2) meses de prisión de cumplimiento condicional por la comisión del delito de hurto, en calidad de autor, en los términos de los Artículos 162 y 45 del Código Penal. Detalle de Reglas Impuestas: Imponer como reglas de conducta que deberá cumplir por el término de dos (2) años, las obligaciones de: Fijar domicilio y no modificarlo o ausentarse de éste sin previa comunicación a la Oficina Judicial; presentarse periódica-mente ante la Dirección de Población Judicializada cada seis meses y abstenerse de consumir estu-pefacientes y abusar de bebidas alcohólicas. No surge de la Declaración Jurada días con medidas de coerción privativas de libertad en el presente legajo. Cálculo del Cómputo de Pena: 1) Agotará la pena impuesta: 21/04/2020. 2) Vencimiento de las obligaciones Art. 27 bis del C.P.: 21/02/2022. Neuquén, 23 de junio de 2020. Fdo. Dr. Fontena Martín, Funcionario OFIJU Penal Nqn..

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La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia de Acuerdo Pleno de Unificación de Pena N° 5287 de fecha 20/01/2020 se le impuso al condenado Marín Jonathan Emanuel, DNI 39.131.048, la pena de seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar penalmente responsable de los delitos de robo simple, un hecho, robo simple en grado de tentativa, dos hechos, todo en concurso real y en carácter de autor, Arts. 164, 42, 45 y 55 del C.P. revocar la pena de ejecución condicional impuesta mediante Sentencia de fecha 15/05/19, aplicándole como pena única la de un (1) año y seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo, Art. 27 del C.P., abarcativa de la impuesta en la condena anterior y la establecida en este proceso. Información Adicional para el Cálculo del Cómputo: El encartado registra un total de 194 días de detención. Legajo 143173: Conforme a la DD.JJ. de fecha 20/01/2020, el encartado se encuentra detenido desde el 20/09/2019, cumpliendo prisión preventiva desde fecha 21/09/2019 (188 días de detención). El mismo ingresó el 26/03/2020 a la Unidad de Detención Nro.

11 de Neuquén. Legajo 140093: Conforme a las actuaciones del legajo virtual, registra un día de detención en fecha 17 de julio del año 2019, en la Comisaría Primera. Legajo 118993/2018 (condena condicional revocada - en conj. con Legajos 35294-49102-74741-74745): Registra un día de deten-ción el 30 de agosto del año 2018, en Cría. 1ra.. En fecha 15 de marzo del año 2019, registra un día de detención en Cría. N° 16. Registra en fecha 14 de mayo del año 2019, un día de detención por el grupo de recaptura. Legajo 35294/2015 (condena condicional revocada): Conforme a las actuaciones del legajo virtual, en fecha 28 de enero del 2015 registra un día de detención. El 9 de noviembre del año 2015, registra un día de detención en Cría. 18. Cálculo del Cómputo de Pena: En consecuencia y en aplicación de la Ley vigente al momento del hecho de fecha 28/01/2015, Marín Jonathan Emanuel: 1) Agotará la pena impuesta el día: 16/03/2021. 2) Libertad condicional el día: 16/05/2020. 3) Mitad de condena el día: 16/06/2020. 4) Libertad asistida el día: 16/09/2020. Neuquén, 26 de junio de 2020. Fdo. Dr. Fontena Martín, Funcionario OFIJU Penal Nqn..

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La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia N° 5619 de fecha 18/06/2020, la que se encuentra firme, se

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PAGINA 25Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

le impuso al condenado Quintana Alfredo, DNI 18.052.114, la pena de diez (10) años y ocho (8) me-ses prisión de efectivo cumplimiento y accesorias legales por igual término (Art. 12 del C.P.). Por re-sultar autor material y penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego previsto y reprimido en los Arts. 41 bis, 45 y 79 del Código Penal. Información Adicional para el Cálculo del Cómputo: Según surge de las actuaciones del legajo virtual el Sr. Quintana se encuentra detenido desde el día 25/01/2020 no recuperando la libertad. Se informa que según Acta de Audiencia de fecha 16/06/2020 (ACTAUD 73923) el Tribunal compuesto por los Dres. Zabala Mauricio, Ravizzoli Gustavo y la Dra. Álvarez Carina, dispuso: “(…) Tener presente la renuncia a los plazos de impugna-ción y el señor a partir del día de la fecha va a cumplir la pena impuestas recientemente”. Cálculo del Cómputo de Pena: En consecuencia y en aplicación de la Ley vigente al momento del hecho de fecha 24/01/2020, Quintana Alfredo: Agotará la pena impuesta el día: 25/09/2030. Mitad de condena el día: 25/05/2025. Libertad condicional el día: 07/03/2027. Libertad asistida el día: 25/06/2030. Neuquén, 26 de junio de 2020. Fdo. Dr. Fontena Martín, Funcionario OFIJU Penal Nqn..

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La Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia de Acuerdo Pleno N° 5593 de fecha 26/05/2020, la que se encuentra firme, se le impuso al condenado Ríos Leonardo Franco, DNI 40.615.796, la pena de cinco (5) años de prisión de efectivo cumplimiento, accesorias legales y Costas por resultar autor ma-terial y penalmente responsable del delito de homicidio con exceso en la legítima defensa (Arts. 7, 35 y 45 del C.P.). Información Adicional para el Cálculo del Cómputo: Según surge de las actuaciones del legajo virtual el Sr. Ríos se encuentra con prisión preventiva desde el día 03/12/2019, no recuperando la libertad. Se informa que según Acta de Audiencia de fecha 26/06/2020 (ACTAUD 74212) la Dra. Gass dispuso: “(…) a partir del día de la fecha se inicie la ejecución de la pena del Sr. Ríos en los términos del Art.262. (…)”. Cálculo del Cómputo de Pena: En consecuencia y en aplicación de la Ley vigente al momento del hecho de fecha 01/12/2019, Ríos Leonardo Franco: Agotará la pena impues-ta el día: 03/12/2024. Mitad de condena el día: 03/06/2022. Libertad condicional el día: 03/04/2023. Libertad asistida el día: 03/09/2024. Neuquén, 29 de junio de 2020. Fdo. Dr. Fontena Martín, Funcio-nario OFIJU Penal Nqn..

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El Juzgado de 1° Instancia en Civil, Comercial, Minoridad y Familia de la ciudad de Rincón de los Sauces, con sede en calle Mendoza 273 de la misma ciudad, a cargo del Dr. Sebastían Andrés Ville-gas, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Sonia Patricia Gómez, Secretaria Subrogante, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores que se consideren con derecho a los bienes dejados por Vivero Juan José, DNI N° 23.028.593, lo acrediten en los autos caratulados: “Vivero Juan José s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 13818/2019). El presente deberá publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial y Diario La Mañana de Neuquén. Neuquén, 20 de febrero de 2020. Fdo. Dra. Sonia Patricia Gómez, Prosecretaria.

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PAGINA 26 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

La Jueza, Dra. María Eugenia Grimau a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 4, sito en calle Almte. Brown N° 155 de la ciudad de Neuquén, en los autos caratulados: “Maldonado Ramón s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 540016/2020), cita y emplaza a herederos y acreedores del causante, Maldonado Ramón, D.I. 5.264.917, para que en el plazo de treinta (30) días se presenten a hacer valer sus derechos. Publíquese en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona. Neuquén, 25 de junio del año 2020. Fdo. Zaletto Giuliana, Funcionaria OFIJU Civil.

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La Dra. Ana Virginia Mendos, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 5, sito en Brown 155 de Neuquén Capital, en autos: “De La Vega Berta s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 529409/2020), cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante De La Vega Berta, DNI 2.958.391, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por tres en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona. Secretaria, 18 de marzo del 2020. Fdo. Diego Troitiño, Funcionario Oficina Judicial Civil.

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María Eugenia Grimau, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 4, Secretaría Única, con asiento en la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, sito en calle Brown Nº 155, en los autos caratulados: “Venegas Severina del Carmen s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 527596/2019), cita, llama y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de la Sra. Severina del Carmen Venegas, DNI 4.623.573, para que se presenten a hacer valer sus derechos en la presente sucesión. Publíquese por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona a elección del interesado. Neuquén, 06 de junio de 2020. Fdo. Silvia Inés De Glee, Secretaria.

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La Dra. Ana Virginia Mendos, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería Nº 5 de Neuquén, sito en calle Brown Nº 115 de esta ciudad, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Maldonado Juan Carlos, para que dentro de los treinta días lo acrediten en los autos caratulados: “Maldonado Juan Carlos s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 529553/2020). “Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona (...). Fdo. Ana Virginia Mendos, Juez”. Secre-taría, 23 de junio del 2020. Fdo. Scagliotti Mariela Roxana.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1, sito en calle Almirante Brown N° 115 a cargo de la Dra. María Eliana Elizabeth Reynals, Juez, Secretaría Única, cita y em-plaza por el término de 30 días a herederos y acreedores de Don Enrique Antonio, DNI 8.377.198, para que hagan valer su derecho en autos: “Enrique Antonio s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 528798/2019). Publíquese edictos por tres días en el Boletín Oficial y en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona. Fdo. Silvia Inés De Glee, Secretaria.

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PAGINA 27Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

El Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 2 a cargo de la Dra. Alejandra C. Bozzano, Juez, Secretaría Única, con asiento de funciones en calle Brown N° 163 de la ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén, en autos: “Marín Sandra Beatriz s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 528533/2019), cita a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por el causante Marin Sandra Beatriz, DNI 23.789.051, para que dentro de treinta (30) días los acrediten. Publíquense por tres días en el Boletín Oficial y Diario La Mañana Neuquén. Neuquén, 23 de junio del año 2020. Fdo. Scagliotti Mariela Roxana.

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La señora Juez, Dra. Vaninna Paola Cordi a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 1, con asiento en la ciudad de Cutral-Có, sito en calle Misiones 917 esquina J.J. Valle, en autos: “Sergio Pedro Guaycochea s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 86781/2019), cita y emplaza a herederos y acreedores del causante Sergio Pedro Guaycochea, DNI N° 10.660.532, para que en el plazo de treinta (30) días se presenten a hacer valer sus derechos. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén por un día. Secretaría, de marzo de 2020. Fdo. Gabriela V. Medel Vuillermet, Prosecretaria.

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La Dra. Ana Virginia Mendos, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería Nº 5 de Neuquén, sito en calle Brown Nº 115 de esta ciudad, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Alvear David Gilfredo, para que dentro de los treinta días lo acrediten en los autos caratulados: “Alvear David Gilfredo s/Sucesión ab-intes-tato”, (Expte. N° 540233/2020). “Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación de la zona (...). Fdo. Ana Virginia Mendos, Juez”. Secretaría, 29 de junio del año 2020.

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Gustavo R. Belli, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 3, sito en calle Almte. Brown N° 155 de la ciudad de Neuquén, en autos: “Chandía Sergio Ernesto s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. N° 529456/2020), cita y emplaza a herederos y acreedores de la causante, Chandia Sergio Ernesto, D.I. N° 18.417.524, para que en el plazo de treinta (30) días se presenten a hacer valer sus derechos. Publíquese en el Boletín Oficial y por tres días en el Diario La Mañana Neuquén. Neuquén, 26 de junio del año 2020. Fdo. Scagliotti Mariela Roxana.

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La Dra. Ivonne San Martín, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Juicios Ejecutivos Nº 1 de Zapala, con asiento en Etcheluz Nº 650 de la misma ciudad, 3ª Circunscripción Judi-cial de Neuquén, cita, llama y emplaza por el plazo de treinta días a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por Carlos Plácido Palma, a quienes se presenten y lo acrediten en autos caratulados: “Palma Carlos Plácido s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 70001/2020), en trámite ante la Secretaría Número Uno a cargo por Subrogancia de la Dra. Susana Dinamarca. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. La Providencia que lo ordena expresa: “Zapala, 22 de junio del año 2020. … Pu-blíquense edictos por tres días en Diario de amplia circulación regional y en el Boletín Oficial, citando a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por el mismo para que dentro de treinta días lo acrediten. … Fdo. Dra. Ivonne San Martín, Juez”.

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PAGINA 28 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

El Juzgado de Primera Instancia Civil Nº 5 a cargo de la Dra. Ana Virginia Mendos, Secretaría Única, sito en calle Almte. Guillermo Brown 163 de la ciudad de Neuquén, declara abierto el juicio sucesorio del Sr. Briggiler Norberto Jorge, DNI 6.304.658, por el cual se cita a herederos y acreedores por el plazo de treinta (30) días en autos caratulados: “Briggiler Norberto Jorge s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 529687/2020), debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial por el plazo de un (1) día (Art. 725 inc. 2 del C.P.C yC.). Secretaría, 30 de junio 2020.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de la 1ra. Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría Única, con sede en Almte. Brown N° 155 de Neuquén Capital, a cargo del Dr. Gustavo R. Belli, Juez, en autos: “Cerdas Clementino Segundo s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 527469/2019), cita a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Clementino Segundo Cerdas, DNI 7.871.255, para que lo acrediten en el término de treinta (30) días. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Dia-rios de mayor circulación de la zona. Neuquén, 29 de junio de 2020. Fdo. Scagliotti Mariela Roxana.

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La Dra. María Eugenia Grimau, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 4, sito en calle Almte. Brown N° 115 de la ciudad de Neuquén, Pcia. del Neuquén, en autos: “Lizama Eliseo Octavio s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 540192/2020), cita y emplaza a herederos y acree-dores del causante, Sr. Lizama Eliseo Octavio, DNI N° 8.570.262, para que en el plazo de treinta (30) días se presenten a hacer valer sus derechos. Publíquese por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación. Neuquén, 18 de junio del año 2020. Fdo. Dra. María Eugenia Grimau, Juez.

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La Dra. Alejandra Cristina Bozzano, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 2, sito en calle Almte. Brown N° 155 de la ciudad de Neuquén, en autos: “Muñoz Gisifredo del Rosario y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 513897/2016), cita y emplaza a herederos y acreedores de los causantes Gisifredo del Rosario Muñoz, L.E. 3.432.157 y Estercila Aroca Troncoso, DNI 93.623.291, para que en el plazo de treinta (30) días se presenten a hacer valer sus derechos. Publíquese por un día en el Boletín Oficial y por tres días en uno de los Diarios de mayor circulación. Neuquén, 7 de febrero de 2020. Fdo. Diego G. Troitiño, Funcionario Oficina Judicial Civil.

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PAGINA 29Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

PODER JUDICIAL

Testimonio Acuerdo N° 5950. 24 de junio de 2020. 10. Unidad Fiscal Única de la V Circunscrip-ción Judicial sobre Solicitud. Visto y Considerando: Que, el Señor Fiscal Jefe de la V Circunscripción Judicial, Dr. Fernando Darío Fuentes, solicita la incorporación de Funcionario/a -Categoría MF7-, para cumplir funciones en la Unidad Fiscal Única de la V circunscripción judicial. Que, el Sr. Fiscal General Dr. José Ignacio Gerez ha dado la opinión favorable a la solicitud (Cfr. nota N° 2292-20 del registro de la Dirección de Gestión Humana). Que, el Dr. Fuentes funda su solicitud, en la necesidad de contar con un/a profesional que pueda abocarse a la realización de proyectos de resolución y/o contestación de vistas provenientes del Juzgado Civil y a los trámites propios de la etapa de ejecución de la pena. Que, hasta el mes de noviembre de 2019, dichas vistas eran respondidas por la Oficina de Asuntos Extrapenales de la III Circunscripción Judicial. Que, en virtud de no contar actualmente con un profesional idóneo en materia civil, laboral y de familia, las vistas son respondidas por el titular del organismo solicitante, y ello insume un tiempo considerable, por lo que entiende que el pedido re-sulta razonablemente fundado. Que, asimismo el Dr. Fuentes informa, que se encuentra pendiente la cobertura del cargo de Fiscal del caso y por ende la mayor parte de la jornada se encuentra abocado a la investigación y litigación de casos penales. Que, la Dirección de Gestión Humana, ha elaborado un documento correspondiente al perfil de puesto de “Funcionario/a de Asuntos Extrapenales y de Ejecución Penal”, Categoría MF7, con destino a la Unidad Fiscal Única de la V Circunscripción Judi-cial, con asiento de funciones en la ciudad de Chos Malal, el que se eleva con opinión favorable del titular del organismo solicitante, para su tratamiento. Que, analizada la solicitud y las necesidades del organismo, habrá de aprobarse el perfil de puesto y disponer el llamado a concurso solicitado. Por ello, de conformidad Fiscal, se resuelve: 1°) Aprobar el perfil de puesto de “Funcionario/a de Asuntos Extrapenales y de Ejecución Penal”, Categoría MF7, con destino a la Unidad Fiscal Única de la V Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Chos Malal, cuyo documento se protocoliza al presente, formando parte integrante del mismo. 2°) Llamar a concurso externo de oposición y antecedentes para cubrir un cargo de “Funcionario/a de Asuntos Extrapenales y de Eje-cución Penal”, Categoría MF7, con destino a la Unidad Fiscal Única de la V Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Chos Malal. 3°) Facultar al Director de Gestión Humana para integrar la Mesa Examinadora, fijar día y hora de la evaluación correspondiente. 4º) hacer saber a todos los postulantes, que la totalidad de las notificaciones a partir de la publicación del presente llamado a concurso, se realizarán a través de la página web del Poder Judicial, circunstancia que el postulante acepta, así como todo el proceso de selección. 5°) hacer saber que los requisitos publi-cados en la página web, deberán ser cumplidos a la fecha de cierre de la inscripción y que quienes no acompañen la totalidad de la documentación requerida, no quedarán inscriptos y en condiciones de rendir el examen bajo su exclusiva responsabilidad. 6°) Publíquese el perfil de puesto aprobado en el Boletín Oficial. 7°) Notifíquese y cúmplase por la Dirección de Gestión Humana. Tome razón la Administración General. Fdo. Dr. Oscar Massei - Presidente, los señores Vocales, Dres. Evaldo D. Moya, María Soledad Gennari, Alfredo Elosu Larumbe, Roberto G. Busamia, el Sr. Fiscal General Dr. José I. Gerez y el Sr. Defensor General Dr. Ricardo Cancela. Con la presencia de la Sra. Secretaria de Superintendencia Dra. Carla Pandolfi. Es Copia. Dirección de Gestión Humana, 30 de junio de 2020. Fdo. Ianina Smokvina, Dirección de Gestión Humana.

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PAGINA 30 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

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PAGINA 31Neuquén, 03 de Julio de 2020 BOLETIN OFICIAL

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PAGINA 32 Neuquén, 03 de Julio de 2020BOLETIN OFICIAL

AVISOS

La Subsecretaría de Ambiente de la Provincia del Neuquén informa que en el Expte. 8920-004013/20 se tramita la Licencia Ambiental del Proyecto E.I.A.: “Gasoducto APO - La Mora”, propuesto por Pan American Energy S.L., Sucursal Argentina, en el área de Concesión Aguada Pichana Oeste, en las condiciones y bajo el procedimiento definido en la Disposición SSA 210/20 para la participación ciudadana en el marco de la emergencia sanitaria Covid-19. El Proyecto consiste en la construcción, operación y eventual abandono de un Gasoducto de 36” de 50,5 Km. de longitud, que transportará gas natural desde el Área de Concesión Agua-da Pichana Oeste, en la Provincia del Neuquén, hasta la Estación Compresora La Mora, en la Provincia de Mendoza. Las Coordenadas de Inicio del Ducto son: Sistema Gauss Krüger Posgar ´94: X: 5.750.362,69 - Y: 2.537.959 y se extiende en la Provincia del Neuquén hasta las coordenadas X: 5.786.353,44 - Y: 2.565.811,78. Las medidas de mitigación del proyecto se incluyen dentro del Plan de Gestión Ambiental para dar viabilidad al mismo. El EIA podrá ser consultado a través de la página web de la Subsecretaría de Ambiente: https://ambiente.neuquen.gov.ar/ y las consultas podrán ser remitidas por correo electrónico mediante el formulario disponible en la misma página a los correos allí informados y hasta treinta días hábiles a partir de la presente publicación. Dentro de las limitaciones de funcionamiento del organismo durante la emergencia sanitaria y cumpliendo los protocolos correspondientes, cualquier consulta y presentación podrá realizarse igualmente ante la Subsecretaría de Ambiente, sita en la calle Antártida Argentina 1.245, Módulo 2, Piso 2, ciudad de Neu-quén. Tel.: 4495771, 4494764, Fax: 4495751. Fdo. Lic. Juan De Dios Lucchelli, Subsecretario de Ambiente, Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente Provincia del Neuquén.

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SUMARIOEdición de 32 Páginas

Decretos Sintetizados - Pág. 2 a 4Dirección Pcial. de Minería - Pág. 4 a 6Contratos, Licitaciones, Convocatorias, Edictos y Avisos - Pág. 6 a 32

Anexo

Decretos de la Provincia0678 - Reglamenta la Ley N° 2895

Normas Legales - Resoluciones Año 2020001 - Faculta a los establecimientos de servicios de alojamiento, habili-tados en el ámbito de los Departamentos Añelo y Pehuenches, a brindar servicios al personal afectado a las Actividades y Servicios de la Indus-tria Hidrocarburífera.021 - Aprueba las solicitudes y compromisos de fiscalización presen-tados por los Municipios y Comisiones de Fomento enumerados en el Anexo I de la presente.023 - Autoriza que durante el aislamiento social, la prescripción de me-dicamentos “bajo receta” en formato digital.026 - Aprueba los protocolos sanitarios básicos de las actividades y servicios detalladas en los Anexos I y II.1007 - Dispone que el procedimiento para el uso terapéutico de plasma convaleciente.

Municipalidad de Cutral-Có - Decretos Sintetizados

CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0050 | Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 50422130Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo

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La Dirección

A NUESTROS USUARIOS

Se comunica que con motivo del feria-do de los días 09 y 10-07-20 -Día de la In-dependencia y Feriado Puente-, se recep-cionará la documentación según se detalla a continuación:

Edición Fecha Se recepcionará Nº hasta el día: 3789 08-07-20 06-07-20

Asimismo se informa que tendrán prio-ridades los documentos con vencimientos impuestos.

SIN EXCEPCIÓN