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PRESENTACIÓN

Este Manual de Mecanismos de Protección para periodistas y comunicadores/as, es parte de una

colección de documentos producidos por el Observatorio de los Periodistas de la Agencia CERIGUA con el apoyo

de la Comisión Presidencial coordinadora de la Política del

Ejecutivo en materia de Derechos Humanos, COPREDEH, presidida por la Maestra Ruth del Valle Cóbar.

Es un instrumento que se pone en manos de quienes, de

manera privilegiada, han asumido esta profesión, que

descansa en un derecho humano fundamental, de carácter social y universal: la libertad de expresión.

Para nadie es desconocido que existen múltiples

muestras de vulnerabilidad que afrontan periodistas y comunicadores/as en la cotidianeidad de su trabajo; de la

misma manera, existen varios mecanismos de protección

que usualmente no se utilizan, ya sea porque no se conocen o porque no se tiene acceso a ellos.

En función de la responsabilidad que el Estado de

Guatemala tiene de garantizar que periodistas y

comunicadores/as puedan desarrollar su trabajo sin que sus vidas se vean amenazadas por ello, COPREDEH y

CERIGUA asumimos la iniciativa de recopilar aspectos sustantivos sobre estas garantías de carácter nacional e

internacional, (leyes, tratados, convenios, declaraciones), incluyendo el aspecto deontológico.

Este documento desarrolla lo adjetivo o procedimental para la protección, relacionándose también con lo

desarrollado en el Protocolo para Periodistas, que detalla los riesgos que afrontan estos profesionales y algunas

sugerencias de formas de actuar, basándonos en las

agresiones a periodistas y medios de comunicación,

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directas o indirectas, y los grandes pendientes que existen en la materia.

En el ámbito nacional y en la esfera internacional hay numerosas formas de defensa y protección que muchas

veces desconocemos, otras soslayamos y unas más, subestimamos, y que pueden salvarle la vida a quienes

trabajan en una profesión que ya ha sido considerada de

alto riesgo.

El contenido de este documento está dirigido, en primer lugar, a llamar la atención sobre la obligación del Estado

de proteger el trabajo de periodistas y comunicadores/as, sobre la obligación que éstos y éstas tienen de prevenir y

asumir medidas mínimas de seguridad para sus vidas, así

como dar a conocer los mecanismos para protegerles con el fin de que, si se violan sus derechos, periodistas y

comunicadores/as apliquen los dispositivos para exigir su cumplimiento y la restitución de las garantías vulneradas

que están contenidas en las leyes nacionales e

instrumentos internacionales.

Recomendamos tener presente el papel estratégico de la comunicación en los procesos de transformación social y

su contribución al rompimiento del silencio y el rescate de la palabra. La comunicación estratégica busca generar

opiniones y cambio de actitudes. Es un elemento

fundamental para el desarrollo.

El periodismo y la comunicación pueden contribuir a construir a una visión democrática para lograr una

ciudadanía plena, bases fundamentales para la

construcción de una Guatemala de paz.

La invitación a periodistas y comunicadores/as queda formulada para trabajar con profesionalismo, honestidad,

veracidad, rectitud y ética. Aquí inicia la ruta legal que

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tenemos en defensa de la integridad y prestigio del gremio periodístico.

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INTRODUCCIÓN

La Constitución Política de la República vigente, afirma el

Maestro Constitucionalista Doctor Jorge Mario García Laguardia, tiene un significado ritual desde su

Preámbulo, que indica la ruptura con el antiguo régimen y la filosofía del nuevo, a partir del abandono del régimen

autoritario por uno democrático1.

En la misma se reconoce la primacía de la persona

humana como sujeto y fin del orden social y al Estado como el ente responsable de la promoción del bien

común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz.

Estos postulados son recogidos en el Capítulo Único referido a estas garantías, mientras que en el Título II,

Derechos Humanos, Capítulo I Derechos individuales, se consagra la protección a la vida, la integridad y la

seguridad de la persona.

Todas las libertades reconocidas internacionalmente

están amparadas en nuestra Carta Magna, así como los derechos individuales y colectivos, lo cual no ha sido

garantía de su efectivo cumplimiento. Nuestra historia está llena de violaciones a los derechos humanos,

incluyendo los asesinatos, secuestros, detenciones-

desapariciones, amenazas y hostigamientos en contra de periodistas y comunicadores/as.

Periodistas y comunicadores/as sociales son considerados

defensores/as de derechos humanos, según la visión de

los organismos internacionales, tanto de Naciones

1 García Laguardia, Jorge Mario. Procurador de los Derechos Humanos. Política y Constitución en

Guatemala: la Constitución de 1985 y sus reformas. 4ª. Ed. 1996. Página 50.

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Unidas, como del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Como tales, se considera que su

trabajo les pone en riesgo frente a quienes no aceptan su

labor, pero también frente a la intolerancia manifiesta de regímenes autoritarios. Hoy día, el peligro y la amenaza

para los defensores/as de derechos humanos ya no viene básicamente de estructuras estatales en los países que

buscan el camino de la democracia, hay otros actores

que acechan nuestro entorno y que han rebasado la capacidad del Estado para controlarlos; son aquéllos

cuyos intereses económicos y políticos parecen verse afectados por la noticia y la publicación de hechos a

través del periodismo.

Sin embargo, sigue siendo responsabilidad del Estado la

garantía de la vida, seguridad y demás derechos de la ciudadanía, expresado por García Laguardia bajo el

concepto de que el Estado existe para el hombre y no el hombre para el Estado. Dadas las condiciones en que

vivimos y trabajamos en Guatemala, hay una urgente

necesidad de adoptar medidas supletorias para resguardar la vida.

Después de 36 años de conflicto armado interno, el

Estado de Guatemala quedó tremendamente debilitado debido a la fragilidad de sus instituciones y a cómo éstas

fueron disminuidas y fracturadas. Esto no exime al

Estado de su responsabilidad, pero también implica un llamado a que periodistas y comunicadores/as tengan

elementos para protegerse, y conozcan las instancias estatales e internacionales que puedan apoyar la

protección de su más preciado bien: la vida y la

seguridad.

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DERECHOS HUMANOS Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Uno de los derechos reconocidos internacionalmente es la libertad de expresión, mismo que es génesis de otros

muchos, y sin el cual no se puede asegurar que se respeten los derechos a la vida, la integridad, la

seguridad, entre otros.

En el sistema interamericano de Derechos Humanos, la

Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública y para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada”; y agrega que “es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre.”2

Hay coincidencia en las instituciones, expertos y

profesionales de la comunicación, sobre que existe una tendencia universal a transgredir la libertad de expresión

a través de distintas modalidades: la censura, la autocensura, la negativa a la información, el cierre de

fuentes, hasta llegar a amenazas, hostigamientos, actos hostiles, intimidaciones e incluso secuestros y asesinatos.

Esto refleja los numerosos riesgos del ejercicio periodístico. Hay poderes visibles e invisibles

responsables de estos actos, cobijados por la insuficiencia o ineficiencia de los sistemas de justicia y la

2 La protección de la Libertad de Expresión y el Sistema

Interamericano. Centro por la Justicia y el Derecho

Internacional (CEJIL), San José Costa Rica 2003. Cita del documento de la Corte IDH. La Colegiación Obligatoria

de Periodistas. Opinión Consultiva OC.5//85 del 13 de noviembre de 1985.

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inoperatividad de las fuerzas de seguridad, pero especialmente por la negligencia o colusión de los

órganos del Estado que han fomentado, de manera

consciente o inconsciente, las múltiples modalidades de la impunidad.

Por tanto, una dimensión de la garantía de expresión que

se vincula con un aspecto ético, es la búsqueda de la

justicia y la equidad. Es preciso construir relaciones igualitarias en los perceptores y en las audiencias a

quienes se dirige el trabajo del/la comunicador/a, quienes deben buscar la bidireccionalidad y realimentar

los productos con una pluralidad de visiones.

El trabajo periodístico profesional se constituye en un

puntal para esos objetivos. Un ejercicio bien llevado contribuye a la construcción democrática que favorece la

resolución de conflictos por vías no violentas, pero también la prensa puede ayudar a que la conflictividad

social, las demandas ciudadanas y las denuncias sobre

hechos incorrectos, sean visibles.

El/la periodista es actor social que tiene el privilegio de contribuir al cambio y a la búsqueda de la equidad.

Trabajar con los procesos comunicativos, ponerlos al servicio de los conglomerados coloca al/la profesional de

la información como actor/a con un protagonismo clave

en la edificación del futuro.

Por lo tanto, un periodismo superfluo demerita la profesión; el amarillismo y el sensacionalismo denigran a

la sociedad, fomentan el morbo y destruyen valores. Hay

medios como la televisión que se dirigen a los aspectos emotivos, mientras que la información y la opinión

buscan generar criterios y reacciones para mejorar los sistemas y la comunicación social.

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La prensa puede contribuir a allanar el camino hacia la gobernabilidad, a generar alternativas, tender puentes de

entendimiento y a convivir con posiciones diferentes. Los

y las periodistas pueden estar entre la gente, tejer los vínculos entre lo público y lo privado, conectarlo y

encontrar los puntos de encuentro.

El periodismo tiene la gran ventaja de mantener el

vínculo con la realidad económica, política, social, étnica y de género, pero también con la ambiental, cultural,

deportiva y de otras índoles, Abre las puertas del Estado, penetra en la organización social, escudriña hechos,

observa y los traslada.

Restricciones permitidas a la libertad de expresión

La libertad de pensamiento y expresión no es un derecho

absoluto, admite determinadas limitaciones.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos en

su artículo 13 establece que los “abusos” al ejercicio del

derecho pueden estar sujetos sólo a responsabilidades

ulteriores. La Corte Interamericana ha señalado que el

abuso de la libertad de expresión no puede ser objeto de

medidas de control preventivo, sino fundamento de

responsabilidades para quien lo haya cometido3.

No discriminación

Es necesario que no haya ningún tipo de discriminación

para el ejercicio efectivo de la libertad de expresión. Esto

implica permitir a todas las personas expresar sus ideas y

3 Corte IDH, La colegiación obligatoria de periodistas

(arts. 13 y 29Convención Americana sobre Derechos Humanos). Párrafo 39

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necesidades y participar informadamente en las

decisiones que se tomen sobre situaciones que les

afectan, es decir, otorgar una voz real a quienes por

cualquier motivo son constantemente marginados/as de

todo diálogo.

Es indispensable que los Estados permitan que voces que

desentonan con las mayorías, aun aquéllas que ofenden

la sensibilidad de muchos, tengan la posibilidad de

expresarse libremente.

El ejercicio de la libertad de expresión sin discriminación

requiere que se garantice el libre acceso al ejercicio de

este derecho a diversos sectores de la población.

Censura previa

La Convención americana prohíbe en términos absolutos

la censura previa. La única excepción a esta regla es la

censura previa de espectáculos públicos con el exclusivo

objeto de regular el acceso a ellos “para la protección

moral de la infancia y la adolescencia”.

Derecho a la reserva de fuentes

El fundamento principal del derecho a la reserva es el

importante servicio público que cumple el/la periodista al

reunir y difundir información a las personas y de este

modo satisfacer su derecho a recibir información que de

otra forma, sin guardar el secreto de las fuentes, no

podría conocerse.

Prohibición de monopolios u oligopolios

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Una importante restricción a la libertad de expresión en

América es la propiedad monopólica de los medios de

comunicación. La Corte y la Comisión Interamericana se

han pronunciado declarando la incompatibilidad de los

monopolios y oligopolios de los medios con la Convención

Americana.

No hay parámetros para la efectiva protección de la

pluralidad de medios y una amplia libertad de expresión.

Muchas veces los monopolios son encubiertos4.

4 Manual: La Protección de la Libertad de Expresión en el

Sistema Interamericano. Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) UE. Páginas 79, 82, 99

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LIBERTAD DE PRENSA

El tratadista jurídico Manuel Osorio define la libertad de

imprenta como el “derecho constitucionalmente

garantizado a todos los habitantes de la Nación para que

publiquen sus ideas por la prensa sin previa censura y

constituye una modalidad de las libertades de opinión y

expresión”. Se le conoce también como libertad de

prensa.

Es una parte del derecho de expresión dirigida a los

medios de comunicación, que consagra por una parte la

libertad de expresarse y por otra la de informar al público

de aquellos acontecimientos que son de interés social,

político, cultural, deportivo o de cualquier naturaleza.

Tres son los aspectos básicos que fundamentan este

derecho:

1. La libertad de prensa es una parte de la

libertad de expresión y es uno de los valores

fundamentales del ser humano.

2. Es un baluarte de la democracia.

3. Es una obligación mantener informada a la

población respecto de aquellas situaciones que

afectan al conglomerado.

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EL MARCO LEGAL QUE PROTEGE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE PRENSA

Como se ha señalado en la Cartilla y Guía práctica para

Periodistas y Medios de Comunicación que es parte de

este conjunto de materiales, tanto la legislación

internacional (Derecho Internacional de los Derechos

Humanos) como la nacional, reconocen la libertad de

expresión y la libertad de prensa.

Queremos recalcar que, en la legislación nacional, el

artículo 46 de la Constitución Política de la República

(Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985)

reconoce la preeminencia de los tratados internacionales

en materia de derechos humanos.

Sin embargo, la Constitución consagra en su Título II,

Derechos Humanos, capítulo I, Derechos Individuales,

Artículo 35, Libertad de Emisión el Pensamiento, que “Es

libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios

de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho

constitucional no podrá ser restringido por ley o

disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta

libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral,

será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren

ofendidos tienen derecho a la publicación de sus

defensas, aclaraciones y rectificaciones”.

La Por otro lado, dentro del marco legal nacional existe la

Ley de Emisión del pensamiento (Decreto 9). Esta ley

incluye aspectos relativos a: los impresos, la libertad de

información, el libre acceso a las fuentes de información,

la obligatoriedad del pie de imprenta, la responsabilidad

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de autoría y edición, la emisión del pensamiento por

medio de radiodifusión y televisión, así como todo

lo relativo a las sanciones por faltas a la moral, faltas de

vida privada, las publicaciones calumniosas e respeto a la

injuriosas, tanto como los derechos de aclaración y

rectificación. En esta misma ley se establecen los jurados de imprenta y el tribunal de honor. Un elemento

importante que resalta esta ley es el hecho de que todos

los actos de la administración son públicos.

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RIESGOS Y PELIGROS EN LAS COBERTURAS

Como se detalla en el Protocolo para Periodistas (que

forma parte de este conjunto de documentos) en países en guerra y aun en algunos donde no la hay como en

México, la muerte de periodistas y las agresiones hacia los mismos hacen riesgosa la labor informativa.

El fenómeno mundial y regional del crecimiento de actividades ilícitas que promueven el enriquecimiento

fácil y rápido a través del crimen organizado, la narcoatividad, el contrabando, el secuestro, los asaltos y

robos, la adopción de niños, el tráfico de personas, de maderas, de combustibles y otras actividades que

fomentan una economía parasitaria, hacen vulnerable la

actividad periodística y el derecho a informar y estar informado con seriedad.

Estos grupos violentos recurren a medidas de fuerza que

irrespetan las más elementales normas de convivencia

humana y los derechos de las personas. México, Colombia y Perú son, en la región latinoamericana, la

más clara expresión de estos fenómenos.

Esos poderes paralelos se constituyen en un factor determinante de censura y autocensura, con lo que se

limitan severamente una serie de derechos, entre ellos el

de información. Este derecho es violentado constantemente por los grupos citados, pertenecientes o

vinculados a los poderes fácticos, por el crimen organizado, el narcotráfico, las mafias, la corrupción y

algunas autoridades, hechos que tienen escasa cobertura

en los medios informativos debido a la fuerte presencia en las localidades de esos nuevos censores.

La información relacionada con estos temas, hasta hace

pocos meses, había tenido escasa circulación en los

medios noticiosos, por representar asuntos delicados,

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que ponen en riesgo la vida de periodistas y propietarios de medios. Salvo en algunas circunstancias que, por su

espectacularidad, ocupan primeras planas, como los

hechos ocurridos en Zacapa, Petén y Huehuetenango en 2008 y 2009. Pero paulatinamente van convirtiéndose en

parte de la cotidianidad y, por tanto, parte del quehacer noticioso.

Estas reflexiones y consideraciones pretenden que, a partir del conocimiento y conciencia de la realidad,

conozcamos las herramientas para enfrentar el peligroso escenario en que nos movemos. La resolución definitiva

de la peligrosidad en que vivimos sólo será posible si se fortalece el Estado, se rescatan las instituciones y se

reivindica plenamente el estado de derecho, con ello

lograremos avanzar en la construcción de una democracia real y participativa en los aspectos

económico, político y social, así como vencer las nuevas amenazas que asedian la libertad de expresión. El

fortalecimiento y depuración del sistema de justicia es

vital.

Los temas citados, así como las disputas de poder local o nacional cubiertas por la prensa, los conflictos derivados

de la falta de resolución de problemas estructurales, entre otros, se constituyen en aspectos peligrosos a

abordar por los periodistas, ya que generan riesgos

latentes para quienes los trabajan.

Los poderes fácticos, que están en el centro de estos problemas, son, en gran medida, causa de la

inseguridad. Todo esto se ve favorecido por la impunidad

que ha campeado en el país y ha provocado un estado de alarma social.

A pesar de tan grave situación, hay ausencia de un

análisis confiable, de un diagnóstico realista y de una

investigación judicial profesional e independiente, que

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dificulta calificar y medir el impacto real que produce en la sociedad y en el Estado esta situación. La ausencia de

políticas públicas de seguridad democrática nos vulnera

aún más.

El crimen organizado incluye y/o se infiltra en sectores claves de instituciones públicas y también en entidades

privadas y en la misma sociedad

Riesgos recurrentes para periodistas y

comunicadores/as

Los ataques más recurrentes contra periodistas y comunicadores/as se relacionan con asesinatos,

secuestros, detenciones arbitrarias, agresiones físicas o

verbales, amenazas de muerte, intimidaciones, coacciones, destrucción o retención de equipos,

allanamientos, intentos de cooptación, descalificaciones y acusaciones, censura y autocensura.

Los agresores que más se ha registrado en los observatorios realizados, van desde criminales y

narcotraficantes, así como todavía persisten fuerzas o agentes de seguridad. En otros casos, también los

agresores son las autoridades locales. Y, en otros, población civil convertida en turbas o personas

inescrupulosas, cuyas acciones no quieren que sean

conocidas.

Defensas factibles

Para los comunicadores/as que se enfrentan a estos

hechos, es importante que tengan una visión de que es mejor la prevención y la precaución, que la aplicación de

medidas para revertir los efectos de los ataques. Sin embargo, la aplicación de recomendaciones establecidas

en el Protocolo para Periodistas, conlleva una serie de

medidas de seguridad, que incluyen la evaluación del

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riesgo, actuar con responsabilidad y profesionalismo, entre otros.

Un elemento importante es que, una vez sucedida la

agresión, el/la periodista debe poner la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes, ya

sean nacionales e internacionales, ya sean autoridades de derechos humanos o de persecución penal, pues la

principal causa de que los riesgos se multiplican es la

impunidad.

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Poderes Paralelos

Legales. Son lo que actúan con abuso de su autoridad,

o en el ejercicio de su cargo comenten ilícitos, es decir son poderes legalmente constituidos pero que actúan de

manera incorrecta. Algunos casos que se han registrado son: la policía, las fuerzas de seguridad, diputados,

alcaldes, autoridades y algunos sectores económicos

(especialmente a través de la presión de la pauta publicitaria que es otra forma de ejercer poder, dominio,

imponer censura y autocensura).

Estos personajes se incrustan en el Estado, disponen de información reservada y en ocasiones estratégica,

manejan recursos y gozan de autoridad, tienen mando,

pueden realizar operaciones, dar órdenes y girar instrucciones con obligación de obediencia, sin que

asuman por ley, responsabilidad alguna.

También tienen la capacidad de disponer de bienes y

servicios, de utilizar contactos para realizar negociaciones, cobrar comisiones, ganar licitaciones

convocadas a la medida y despojar de sus bienes a sus legítimos propietarios, todo enmascarado en una

actividad legal. En el caso del sector económico es conocida su gran esfera de influencia y posibilidad de

cooptación, pues algunos empresarios se han

contaminado con estas formas de acumulación fácil y rápida de riqueza.

Acá también se puede hablar de los poderes paralelos

“lícitos”, que son aquéllos que se caracterizan por la

“legalidad” de quienes actúan, excediéndose en sus funciones y con vinculaciones con la mafia. Se asocian a

redes de corrupción, contrabando, tráfico de materiales de distinta naturaleza, trata de personas, usurpación de

propiedades, entre otros. Realizan cobros por tareas que

por ley deben efectuar, cobran comisiones y porcentajes,

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aprovechan influencias para beneficio de sus actividades económicas, etc. El lavado de dinero es otra forma en la

que estos poderes participan de actividades criminales.

Se sabe que por lo menos 40 denuncias de lavado de

dinero investiga el Ministerio Público, entendiéndose que hay un sub registro considerable ya que es muy difícil de

comprobar y quienes están involucrados gozan de gran

poder. De éstas sólo el 10% llegan a juicio. Se ha denunciado que muchos funcionarios, entre los que se

cuentan alcaldes, diputados y otros resultan ricos de la noche a la mañana. Engrosan sus estados de cuenta sin

justificación creíble. Hacen uso de influencias y se cobijan en la inmunidad y en el exceso poder que concentran. Y,

a pesar de que existen leyes para corroborar los ingresos

y manejos financieros, estas situaciones siguen estando presentes.

Ilegales. Narcoactividad (maras y pandillas), crimen

organizado (corrupción, bandas de secuestradores y roba carros, contrabando, tráfico y trata de personas y otros

ilícitos).

Estas actividades ilícitas se gestaron en Guatemala a partir de la contrainsurgencia, con participación de

autores materiales e intelectuales, las que encuentran

tierra fértil en la persistente impunidad, en la inseguridad, en los altos niveles de pobreza y pobreza

extrema, en la debilidad del Estado (ausencia de instituciones fuertes y la falta de credibilidad en el

sistema de justicia).

Es frecuente encontrar personas armadas, especialmente

hombres que en el área rural utilizan armamento sofisticado y armas largas. La vecindad con México y una

frontera amplia difícil de controlar, despierta interés

especial en las redes del crimen organizado por controlar

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los corredores que garantizan el paso de sus mercancías hacia el norte.

Carreteras, ríos, mares, aire y selva son utilizados como corredores y áreas de paso de la droga trasegada a

Estados Unidos. Los carteles mexicanos han entrado en alianzas y disputas con sus pares en territorio

guatemalteco. Sus trifulcas repercuten en los grupos

nacionales, ya sea por el control de territorios o por las acciones de unos contra otros, debido a robo de

mercadería o de engaños en su calidad. Es conocido cómo los carteles mexicanos fueron acomodando sus

estrategias y estructuras de acuerdo con las reacciones de las fuerzas de seguridad. Sus formas de operación,

jerarquizadas y clandestinas, les permiten hacer los

ajustes con relativa rapidez y seguridad, tanto que los capos rara vez son capturados.

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La Narcoactividad

Una nueva guerra se ha instalado en Guatemala con

efectos sobre todas las áreas geográficas, económicas, políticas y sociales. La expansión de la narcoactividad en

los últimos años ha sido geométrica. Tienen el control y el dominio de gran parte del territorio nacional. Estos

grupos han acumulado inmensa riqueza. Se ha

denunciado que tienen influencia en municipalidades, en el Congreso y en los organismos del Estado. Y es hasta

posible que cuenten con más base social que muchos partidos políticos.

Mientras tanto, el Estado no ha sido capaz de

defenderse, ni proteger a la ciudadanía. El personal de

las fuerzas de seguridad, ha sido disminuido, no goza de la confianza ciudadana y carece de la capacitación

necesaria, además de estar señalado de vinculaciones con la mafia y de estar infiltrado por el narcotráfico.

Autoridades del Ministerio de Gobernación han asegurado que la mayoría de muertes que se producen en

Guatemala están vinculadas al narcotráfico, muchas veces no se llega en las investigaciones al móvil o a los

autores intelectuales. Quien fuera Ministro de Gobernación, Vinicio Gómez, fallecido en un accidente de

aviación, aseguró que incluso sustentan a las maras con

el narco menudeo y contratan sicarios. Asociados a su actividad se encuentra el robo de vehículos y motos. Hay

informaciones que aseguran que las redes trasladan con facilidad los automóviles a países vecinos e incluso que

los embarcan a otros continentes.

Por otro lado, los furgones cargados de maderas, aves,

especies en extinción, pertenecen a mafias que se mueven con facilidad en el área rural. La corrupción es

generalizada y ha estado enquistada en el Estado. Las

fronteras son vulnerables a cualquier soborno y al

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contrabando. Un reportaje periodístico de Cerigua, (Impunidad ambiental, Trasiego de sustancias químicas sin control ni manejo adecuado en Guatemala; julio

2008) señala que el tránsito por estos puntos es fácil para quien conoce los “mecanismos”. Quienes se resisten

deben pasar por los engorrosos trámites. Los furgones no son revisados y hay escaso control.

La cobertura periodística de estos temas es riesgosa. Debe realizarse encubierta ya que las condiciones de

inseguridad son muy graves.

La reacción estatal

El grave problema de la inseguridad y de los poderes

mafiosos encuentra debilitado al Estado, que ha sido incapaz de generar políticas y programas encaminados a

erradicar tanta vulnerabilidad para la propia existencia y soberanía del Estado y de la democracia. El Estado no

ha podido desarrollar de forma consistente políticas

públicas adecuadas y efectivas de seguridad, basadas en un sistema de seguridad democrática.

Por otro lado, la debilidad del Estado también se refleja

en un sistema de administración de justicia que todavía deja mucho que desear, desde la investigación, hasta el

juicio y ejecución de la pena. Faltan técnicas de

investigación adecuadas; se cuenta con un sistema carcelario deficiente, que por muchos años ha sido

corrupto, inseguro y precario. Y, en el Ministerio Público - Unidad Especial de Delitos contra Periodistas- se tiene

poco personal, no hay seguimiento a las denuncias, se

argumenta falta de colaboración de los que denuncian, falta de técnicas de investigación.

Esta situación permite que, en el área campesina en

donde la economía de subsistencia apenas resuelve lo del

día y muchas familias carecen de tierras para cultivar, los

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ofrecimientos de los grupos del crimen organizado encuentran terreno fértil ante la necesidad. Las personas

han encontrado dos vías para no desfallecer y dejar morir

a los suyos: irse a Estados Unidos a enfrentar otra clase de desgracias, o involucrarse en acciones ilegales (que

no tienen la misma connotación que para quienes cuentan con sus necesidades satisfechas, muchas veces

son obligados a ello).

Es decir que la base social conquistada por la

narcoactividad y el crimen organizado es población que se encontraba a la deriva y que, al involucrarse en estos

grupos, resuelven lo básico y hasta un poco más.

Otro factor a considerar es la descomposición que se ha

generado en ciertos dirigentes que, aprovechándose de las necesidades de su grupo y de sus aptitudes de

líderes, se han vinculado con la mafia o utilizan métodos reñidos con la ley para resolver las situaciones generadas

por lo estructural.

Los poderes paralelos o fácticos afectan a la libertad de

expresión porque gobiernan atrás o por encima de las autoridades legalmente constituidas; son poderes

invisibles con redes en todas las esferas; tienen la

posibilidad, por el gran poder que concentran, de marcar la pauta de la agenda de los medios; tienen influencia

patente en la sociedad; utilizan la cooptación, el soborno, las prebendas, comisiones, exacciones, beneficios

económicos o en infraestructura, participación en

negocios, financiamientos y otras formas para garantizar sus negocios; tienen capacidad de determinar las

agendas periodistas (censura y autocensura), son los nuevos censores de la libertad de expresión, son los que

imponen la nueva modalidad de auto censura. Son una

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amenaza para los/as periodistas y comunicadores y buscan desanimar el periodismo de investigación.

ACTITUD Y PREPARACION DEL/LA PERIODISTA

Si bien el Estado es el responsable de garantizar la vida y la seguridad, está en las manos de cada persona la

oportunidad de resguardar lo más preciado con que

contamos, que es la vida. En esta colección de materiales, específicamente en el Protocolo, hay

regulaciones y normas sencillas, prácticas y útiles en su aplicación para un ejercicio menos riesgoso.

Sin embargo, es importante que los/as periodistas

asuman el impostergable compromiso de buscar las

formas para mejorar sus capacidades para conocer, ejercer y defender los derechos de libertad de expresión,

de opinión y de prensa, así como el derecho a la información con el más amplio margen de seguridad y

protección a la vida e integridad física.

El gremio periodístico no ha sido formado en una cultura

para resguardar su propia seguridad. Subestiman los talleres y capacitaciones referidos a la misma, pues no lo

consideran necesario. En otros casos, hasta parece que fuera una moda poder contar que se han corrido riesgos.

Aunque no se buscan tratos privilegiados ni fuero especial, la labor periodística necesita tener condiciones

para realizarse en función de la consolidación de la democracia. Es decir, si los y las periodistas no pueden

informar lo que sucede sin ser censurados, no podemos

hablar de democracia. Si un funcionario o un criminal pueden acallarlos, no podemos hablar de democracia.

Por eso debe preservarse esta labor y evitarse, a toda costa, que sea reducida a su mínima expresión.

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Hay mecanismos, instituciones, protocolos y recomendaciones útiles, fáciles y prácticas que no

requieren grandes esfuerzos, únicamente de la

conciencia de asumir, como imprescindibles las recomendaciones preventivas para situaciones de riesgo.

Cada persona es la principal garante de su seguridad, sin excluir por supuesto a las empresas periodísticas y al

propio Estado, pues estas medidas y acciones deben ser

conjuntas y articuladas. Asimismo, deben buscarse aliados (como las organizaciones de derechos humanos)

y la institucionalidad que debe involucrarse en esas estrategias de protección. Ésta será una forma también

de presionar a la institucionalidad del Estado que es deficitaria y muchas veces ineficiente e inefectiva.

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PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN

En el Protocolo para Periodistas se desarrollan temas

como el abordaje de temas y acceso seguro a los eventos, cómo actuar frente a la problemática de

nuestros tiempos, medidas para preservar la vida e integridad, medidas ante amenazas más graves, entre

otros.

Sin afán de ser repetitivos, como periodistas y

comunicadores/as es recomendable reflexionar sobre asuntos que pasan usualmente desapercibidos y que

pueden hacer la diferencia en la vida cotidiana.

Hay que recordar permanentemente que periodistas y

comunicadores/as están en el ejercicio profesional de un derecho humano universal. Son un referente social y al

mismo tiempo objetivo de los violadores de garantías.

Periodistas y comunicadores/as no son islas, deben

actuar en consecuencia con su condición de gremio, por lo que la organización es un valor agregado en casos de

riesgo.

No deben menospreciar los riesgos o amenazas que están en el entorno. No hay que considerarlos algo

normal. Tener conciencia de los factores de riesgo, sus

fuentes principales, los implicados y los afectados, pueden convertirse en elementos clave a la hora de

salvar la vida.

Por eso es importante diseñar planes de seguridad de

respuesta o reacción inmediata, asumiendo las recomendaciones de los protocolos de seguridad que

tengamos a nuestro alcance. Hay que tomar medidas de autoprotección, reconociendo que se es vulnerable, hay

que medir con objetividad las debilidades que se tienen.

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Tener presente el género, hay diferencias en el nivel de riesgos si se es hombre o mujer. Buscar y aceptar ayuda

en momentos críticos, teniendo ubicados aliados

institucionales o entidades que trabajan con protección a derechos humanos o apoyo a los/as periodistas.

Asumir el trabajo con profesionalismo y ética puede

contribuir a reducir los riesgos frecuentes. Conocer sus

derechos y las regulaciones nacionales e internacionales pertinentes, así como saber que su trabajo tiene

implicaciones que pueden provocar reacciones de distinta índole, es importante.

Planes de contingencia

Tal como se indica en el Protocolo de Medidas de Seguridad pera Periodistas y Comunicadores/as, hay

disposiciones individuales, articuladas con otro tipo de acciones, que se deben impulsar y respetar. Lo

primero que hay que considerar es que lo más lógico

es trabajar en la prevención, que implica:

1. Conciencia de la necesidad de la autoprotección. 2. Conocimiento y aceptación de la situación de

riesgo o peligro. 3. Comprensión del contexto y del escenario.

4. Identificar los riesgos y eventualidades. Diseñar

estrategias de contención. 5. Analizar con sensatez los aspectos objetivos y los

subjetivos. 6. Reconocer lo humano del temor.

7. Conocer, reconocer y aceptar las limitaciones

personales. 8. Advertir y prevenir antes que lamentar.

9. Establecer los criterios de oportunidad para la prevención.

10. Tener datos actualizados entre la familia y el

centro de trabajo.

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11. Llevar documentos de identificación y credenciales de prensa.

12. Portar los gafetes que les identifican como

reporteros o periodistas. 13. Portar un directorio ágil de instituciones de

socorro y teléfonos de emergencia. 14. Estar conscientes del perfil del medio para el que

trabajan.

Los peligros a enfrentar son variados: cobertura de

temas riesgosos vinculados con crimen organizado, la narcoactividad, la corrupción, conflictividad social,

linchamientos, desastres, entre otros. Cada caso aunque es distinto, tiene elementos comunes.

Guatemala- 356/03/2008 Cerigua- Reporteros de televisión nacional son agredidos por pobladores Guatemala, 28 Mar (Cerigua).- Este viernes, un grupo de periodistas de Notisiete y Telecentro 13 fueron golpeados y amenazados con ser quemados, por una turba de pobladores, que ocuparon una carretera, en San Andrés Ocaña, en el municipio de San Juan Sacatepéquez, departamento de Guatemala. De acuerdo con la información, recabada por la Agencia Cerigua, los afectados fueron Carlos Andrino, reportero de Notisiete, Danilo Peñate, camarógrafo, Carlos Morales, piloto de la unidad móvil, así como Eduardo García y Rolando Santis, camarógrafo y periodista de Telecentro 13. Los vecinos acusaron a los comunicadores de pertenecer a una empresa cementera que trabaja en este lugar; los periodistas permanecieron más de una hora como rehenes, tiempo en el que fueron golpeados con piedras

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y palos, además de ser intimidados con ser incinerados, pero finalmente fueron liberados por los inconformes; sólo García fue ingresado a un hospital de la capital por los golpes sufridos. Ileana Alamilla, directora de la Agencia Cerigua exigió al gobierno cumplir con las obligaciones fundamentales de garantizar la vida y la seguridad de la población, en este caso de los periodistas, a quienes también llamó a denunciar estos actos aberrantes y pedir a las autoridades garantías de seguridad para su trabajo. Antes de estos actos violentos, la Policía Nacional Civil había realizado diez allanamientos en el lugar, con el objetivo de capturar a los líderes del grupo que se opone a los trabajos de la cementera, objetivo que no alcanzaron. En esta semana, otros dos periodistas y su piloto fueron retenidos por un grupo de supuestos narcotraficantes, que huían, luego de haber sostenido un enfrentamiento con otra banda, en el que murieron once personas y seis más fueron capturadas por la policía; los delincuentes robaron el vehículo en que se conducían los comunicadores. Fin Cerigua Mc-Ld Cerigua- 443/07/2009 Guatemala- Alcalde incita a violencia contra periodistas en Huehuetenango Guatemala, 27 Feb (Cerigua).- Tres periodistas que cubrían un intento de linchamiento resultaron seriamente golpeados por un grupo de pobladores de Malacatancito, en el occidental departamento de Huehuetenango, incitados por el alcalde municipal, Irene Hidalgo.

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Mynor Mérida, corresponsal del diario Al Día dijo que un grupo de vecinos se disponía a linchar a un hombre que supuestamente había robado una moto a una joven cuando se presentó el jefe de la policía departamental y otro oficial, por lo que Hidalgo entregó al supuesto delincuente. En ese momento los profesionales comenzaron a tomar fotos y al percatarse el alcalde gritó “¡Nos están tomando fotos!”, por lo que los vecinos arremetieron contra los trabajadores de la información. Ronal Waldo López, corresponsal de Nuestro Diario enseñó su gafete de prensa a la turba y señaló que únicamente cumplían con su trabajo, lo que no evitó que su compañero Dany Castillo fuese golpeado a patadas y que él mismo fuese vapuleado. De acuerdo con Mérida la cámara fotográfica de Dany Castillo, del diario El Quetzalteco fue lanzada a la cabeza de López quien quedó inconsciente; uno de los periodistas necesitó 15 puntos de sutura debido a la gravedad de los heridas y todos fueron internados en el hospital regional. Los comunicadores interpusieron una denuncia ante la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) y al Ministerio Público (MP) contra el alcalde Irene Hidalgo, del Frente Republicano Guatemalteco (FRG) por provocar a la multitud a la vez que recibieron múltiples muestras de solidaridad del gremio periodístico. En otro caso parecido autoridades municipales de San Pedro Ayampuc, en el departamento de Guatemala sacaron a la fuerza a un periodista independiente y a su fotógrafo de un acto público en la feria del lugar y le impidieron tomar fotografías.

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Ileana Alamilla, coordinadora del Observatorio de los Periodistas de la Agencia Cerigua lamentó que las autoridades locales se excedan en sus funciones e inciten a la población a la violencia, creando un ambiente desfavorable para el ejercicio periodístico; en el caso de Huehuetenango constituye un delito, dijo. Alamilla pidió al Fiscal Especial de Delitos contra Periodistas, Noe Moya, profundizar las investigaciones en estos dos casos y determinar las responsabilidades de los autores materiales e intelectuales, a la vez que llamó a la solidaridad internacional para evitar que estos hechos se vuelvan una constante para la prensa nacional. Fin Cerigua Rp-Ld

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MEDIDAS, MECANISMOS Y CODIGOS DE SEGURIDAD

Hay entidades especializadas en estos aspectos. El Instituto internacional para la Seguridad de la Prensa

INSI está dedicado al derecho de todos los periodistas de ejercer su profesión libre de persecución, ataques físicos

y otros peligros que atentan contra la vida. Aunque se

reconoce que las condiciones nunca serán completamente seguras.

El INSI se esfuerza en eliminar riesgos innecesarios, en

tiempos de guerra y de paz. Hace uso de la experiencia de sus miembros y organizaciones para presionar a

nombre de los periodistas que trabajan en cualquier

parte, para que acepten el código de seguridad INSI y confronten las barreras físicas y psicológicas para un

periodismo abierto e independiente, así como diseminación de las noticias5.

Código de seguridad del INSI

1. La preservación de la vida y la seguridad son primordiales. Los trabajadores de plantilla e

independientes deben tener presente que correr riesgos injustificados por contar una historia es

inaceptable y es fuertemente desalentado. Se insta a las empresas noticiosas a anteponer la

seguridad, a la ventaja competitiva.

2. Las misiones a zonas de guerra y otras áreas

peligrosas deben ser voluntarias y sólo deben participar en ellas periodistas experimentados y

las personas bajo su supervisión directa. Ninguna

persona debe sufrir consecuencias negativas en su carrera por no haber aceptado una misión

peligrosa. Los directores en la sede o los

5 INSI 2008 www.newssafety.com.

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periodistas sobre el terreno pueden tomar la decisión de poner fin a una misión peligrosa,

después de consultarse debidamente entre ellos.

3. Todos los periodistas y el personal de los medios de comunicación deben recibir una formación apropiada con respecto a los ambientes hostiles

y de sensibilización sobre los riesgos, antes de

ser enviados en misión a una zona peligrosa. Se insta a los empleadores a imponer esta

disposición como obligatoria.

4. Los empleadores deben asegurarse, antes de la

misión, de que los periodistas estén plenamente al tanto de las condiciones políticas, físicas y

sociales que reinan en el lugar donde van a trabajar y que conocen las normas

internacionales en caso de conflicto armado, de

acuerdo con lo dispuesto en la Convención de Ginebra y otros instrumentos fundamentales del

derecho humanitario.

5. Los empleadores deben proporcionar a todo el

personal, tanto de plantilla como independiente, enviado en misión a zonas peligrosas, un equipo

de seguridad eficaz así como una protección médica y sanitaria que corresponda a la

amenaza.

6. Todos los periodistas deben contar con un seguro personal en caso de trabajar en zonas hostiles, incluida la cobertura en caso de lesiones

corporales o muerte. No debe haber

discriminación entre el personal de plantilla y el independiente.

7. Los empleadores deben proporcionar libre acceso a una orientación psicológica confidencial

para los periodistas que cubran acontecimientos penosos. Asimismo han de formar personas

responsables de reconocer el estrés postraumático y proporcionar a las familias de

los periodistas en peligro espacios donde

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cuenten con consejos oportunos en relación con la seguridad de sus seres queridos.

8. Los periodistas son observadores neutrales. Ningún miembro de los medios de comunicación

debe llevar un arma de fuego durante su trabajo.

9. Se insta a los gobiernos así como a todas las

fuerzas militares y de seguridad a que respeten la seguridad de los periodistas en sus áreas de

operación, sea que acompañen o no sus propias fuerzas. No deben restringir innecesariamente la

libertad de circulación ni comprometer el derecho

de los medios noticiosos de recolectar y difundir información.

10. Las fuerzas de seguridad nunca deben hostigar, intimidar, ni agredir físicamente a los

periodistas que realizan cabalmente su trabajo en toda legitimidad.

Diez y seis pasos en favor de la seguridad (INSI)

1. Estar física y mentalmente preparado. Seguir un curso sobre ambientes hostiles que incluya una formación para administrar primeros auxilios, de

ser posible antes de ser enviado en misión.

2. Por lo general, trabajar en zonas de conflicto exige por lo menos ser capaz de correr, hacer grandes caminatas y soportar las incomodidades.

Es preciso asegurarse de llevar las inyecciones

apropiadas, así como un botiquín de base con agujas limpias. Utilizar una tarjeta en la que se

mencionen las alergias, el grupo sanguíneo, etc.

3. Conocer el contexto de la población y el lugar de

la misión y del conflicto. Aprender algunas frases útiles en el idioma local, esencialmente "prensa

extranjera" o "periodista". Conocer el significado de los gestos locales que pueden resultar

importantes.

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4. No circular sólo en una zona de conflicto. En caso de viajar por carretera, recurrir a un

conductor seguro y responsable que conozca el terreno y los lugares donde hay problemas.

Identificar su vehículo como útil de los medios de comunicación, a menos que ello pueda atraer las

agresiones. De ser posible, viajar en caravana

cerrada. No utilizar vehículos militares ni equipo militar a menos que acompañe una patrulla del

ejército regular. Asegurarse que su vehículo es sólido, que tiene lleno el tanque de combustible.

En condiciones de altas temperaturas comprobar

periódicamente la presión de los neumáticos, ya que un reventón puede resultar catastrófico.

5. Pedir, antes de viajar, consejo a las autoridades locales y a los residentes acerca de los peligros

posibles. Inspeccionar los tramos inmediatos de la carretera a intervalos regulares. Informar a

sus oficinas centrales y a los compañeros que permanecen en la base respecto a los lugares a

los que va, su hora prevista de llegada y de regreso. Informar de su situación con frecuencia.

Cuidar de no llevar mapas que puedan ser

interpretados como militares.

6. Entrevistarse con las personas de contacto, que

no se conozcan, en lugares públicos y comunicar sus planes a su oficina o a un compañero de

confianza. Tratar de no ir solo a un lugar potencialmente peligroso. Antes de entrar en una

zona peligrosa, planear una manera rápida y segura de salir.

7. Nunca llevar un arma, ni viajar con periodistas que lleven una. Ser prudente a la hora de tomar

fotografías. Pedir la aprobación de los soldados antes de hacer una toma. Conocer la sensibilidad

local, antes de tomar una fotografía.

8. Llevar consigo una fotografía de identificación. No pretender ser otra cosa que un periodista.

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Identificarse claramente, si se le da alto. Si se trabaja en ambos lados de un frente, nunca dar

información a un campo sobre el otro.

9. Llevar regalos para ganarse la voluntad de la gente. Mantener la calma y tratar de parecer relajado en caso de que las tropas o la población

local se muestren amenazadoras. Tener una

actitud amistosa y sonreír.

10. Llevar fondos de emergencia y una copia de repuesto de su documento de identidad en un

lugar oculto, como por ejemplo, un cinturón para

llevar dinero. Llevar preparada para entregar, como aliciente, una determinada cantidad de

dinero.

11. Tener a la mano los números de teléfono de

emergencia, programados en los teléfonos por satélite y móviles, con un número clave accesible

24 horas/7 días de ser posible en la función de marcación rápida. Conocer la ubicación de los

hospitales y sus posibilidades.

12. Familiarizarse con las armas comúnmente utilizadas en el conflicto, sus calibres y su poder de penetración, de modo que pueda buscarse la

manera más eficaz de cubrirse. Distinguir la

dirección de donde viene el fuego. Conocer la apariencia de las minas terrestres y otro tipo de

armamento. No manipular las armas abandonadas ni las municiones utilizadas.

13. Usar ropas civiles, a menos que esté acreditado como corresponsal de guerra y requiera usar una

ropa especial. Evitar la ropa tipo paramilitar. Evitar llevar objetos que brillen y tener cuidado

con las lentes. Los reflejos de los rayos brillantes

del sol pueden parecer disparos o fogonazos.

14. Estar dispuesto a utilizar chalecos antibalas o corazas, cascos, máscaras antigases y protección

de acuerdo con las circunstancias. Para las

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manifestaciones, usar ropa más discreta, tales como gorras duras de tipo baseball y prendas

interiores de protección ligera.

15. Conocer sus derechos, internacional y localmente. Conocer la Convención de Ginebra en lo que respecta a los civiles en las zonas de

guerra.

16. Los periodistas que han atravesado graves peligros y han sido testigos de atrocidades pueden experimentar un estrés traumático, en el

curso de las semanas posteriores, no dudar ni

avergonzarse de pedir ayuda psicológica.

Recomendaciones en materia de salud y seguridad para cubrir una zona de desastre6

Recomendaciones de carácter general

Los periodistas deben evitar hacer coberturas solitarias dentro del área de desastre, hasta tanto el orden no

haya sido restablecido. Se les recomienda que establezcan contacto con las autoridades e instituciones

de asistencia humanitaria que actúan en la zona de

desastre, ya que constituyen una fuente insustituible de información en materia de seguridad.

Seguridad en la ruta – condiciones de peligro en la

ruta

• Verifique detenidamente el vehículo en el cual va a

viajar (llantas, luces, líquidos, permisos y documentación de propiedad) y, en general, el aspecto del vehículo,

considere seriamente llevar un vehículo que no sea

llamativo o lujoso. • Almacene el equipo de forma adecuada, átelo

correctamente.

6 Fuente: INSI 18.08.2007 www.newssafety.com

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• Use los cinturones de seguridad, asegure las puertas y mantenga las ventanas medio abiertas (en especial, si

esto le ayuda a no llamar la atención).

• No conduzca a alta velocidad. Vístase de forma apropiada al clima (en invierno en la

zona de desastre, las temperaturas pueden descender hasta los 12 grados) y a las circunstancias (colores

neutros y ropa cómoda). Incluya un equipo de primeros

auxilios • Lleve una bolsa con elementos de seguridad dentro del

vehículo que sea de fácil transporte. En ella debe llevar bolsas plásticas para los desperdicios o basura, fotocopia

de sus documentos de identidad dentro de una bolsa plástica para evitar que el agua los dañe, dinero en

efectivo, agua potable, cloro, cinta o banda plástica

resistente, brújula, un mapa de la zona, linterna y baterías de repuesto suficientes, alimentos híper

calóricos, herramientas básicas o una navaja múltiple, una cuerda fuerte, cargador de emergencia del teléfono

celular (tome en consideración que lo más probable es

que no haya servicio telefónico fijo ni celular. Sólo los teléfonos satelitales funcionan en estas circunstancias y

los servicios de emergencia que utilizan las brigadas de rescate), radio de onda corta con baterías de repuesto

suficientes, cerillos a prueba de agua o encendedores.

La criminalidad y los desórdenes que se pueden

desatar

• Piense siempre que usted puede ser blanco de ataques y evalúe de forma permanente la situación. ¡Por favor

nunca olvide esto!

• Evite llamar la atención y mézclese con la gente tanto como pueda, evalúe de forma permanente el perfil que

tiene en cada situación. • Tenga cuidado en quién deposita su confianza, usted

podría ser objeto de engaños (debido al dinero, la ropa,

los alimentos, el vehículo, el agua que lleva …)

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• No utilice ropa, relojes o joyas costosas. • Mantenga el equipo costoso que lleva a buen

resguardo.

• Coloque el dinero en efectivo en pequeñas cantidades en distintos lugares de su vestimenta y cuerpo y

mantenga la mayor cantidad escondida. • La seguridad estriba en gran medida en el número de

personas que le acompaña. Únase a otros equipos o

personas. • Mantenga sus efectos personales y vehículo protegidos.

Piense siempre que si lo pierde de vista lo más probable es que se lo roben (tenga presente la ubicación del

vehículo, que las cerradura estén pasadas, lugar dónde lo aparcó, no dejar objetos de valor dentro)

• Trate de no llevar bolsos o carteras, recuerde que son

fáciles de arrebatar. Trate de llevar la mayor parte de los objetos en su vestimenta o en su cuerpo.

• Evite viajar de noche, planifique adecuadamente el viaje para que no le sorprenda la noche en el camino.

• Verifique las estructuras del lugar donde se aloja,

pudieran haberse dañado con el terremoto y no ser seguras.

• Manténgase alejado de las multitudes, identifique rutas de escape y acuerde con sus compañeros previamente

puntos de encuentro. • Identifique a las personas problemáticas dentro de las

multitudes, ya que le pueden servir de indicador sobre

cuándo la situación puede tornarse violenta o incontrolable, recuerde que es mejor evitar los problemas

a tiempo que verse atrapado en medio de la violencia.

Previsiones frente al clima

Cuando hay días soleados • Use un sombrero y protéjase con bloqueador solar.

• Hidrátese, tome agua.

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• Recurra a su colega o amigo, manténgase en contacto con él o ella. Si su compañero se irrita, tiene dolor de

cabeza, siente náuseas o se torna confundido, colóquelo

a la sombra, póngalo a descansar y dele hidratación oral.

Cuando hay frío en las noches

• Vístase como una cebolla, con capas de ropa que

atrapen el aire caliente y mantengan la temperatura de su cuerpo.

• Coma alimentos híper calóricos e hidrátese. • Recurra a su colega o amigo, manténgase en contacto

con él o ella. Si su comportamiento se torna irracional o tiembla de forma incontrolable, reemplace la ropa

mojada por ropa seca, proporciónele bebidas calientes y

dulces y colóquelo sobre dos bolsas para dormir. • Filtre y purifique el agua, use una gota de cloro por

cada litro y deje reposar el agua por media hora o bien deje el agua al sol (si hay sol) por al menos 24 horas.

• Alimentos. Si no puede hervirlos, cocinarlos o pelarlos,

¡olvídese de ingerirlos! • Vacúnese contra la polio, hepatitis A, fiebre tifoidea y

cólera. • Lávese las manos, no vaya al baño más cercano al

campamento.

Tratamiento para la diarrea

• Tome mucha agua, al menos tres litros diarios.

• Si siente hambre, ingiera una dieta blanda y evite las bebidas alcohólicas y los productos lácteos.

• Para rehidratación oral ponga una cucharadita de sal y

8 de azúcar a un litro de agua. • Si va a viajar tome loperamida.

• Consulte a un medico si la diarrea continúa por más de 4 días.

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Primeros Auxilios de emergencia

• Evalúe el riesgo que corren usted y la víctima.

• Verifique si la víctima responde. ¿No responde? Libere las vías respiratorias, si no respira, busque ayuda,

comprímale 30 veces la caja torácica, dele 2 respiraciones boca a boca, continúe comprimiéndole la

caja torácica hasta que llegue la ayuda.

• ¿Tiene una herida sangrante? Levante el miembro, presione con una gasa o trapo – si está bajo shock déjelo

descansar y levante sus piernas. Las heridas pequeñas se pueden infectar. Limpie las heridas, utilice una solución

desinfectante, si no con agua potable. Limpie las heridas de adentro hacia fuera con un trapo limpio o con toallas

antisépticas, si las tiene. Aplique agua o solución

desinfectante. Cambie la venda cada 6 horas

Indicaciones de apoyo psicológico para periodistas

que cubren desastres naturales

Los periodistas, al igual que los paramédicos, la policía y

los bomberos, son los primeros en llegar al lugar donde ha ocurrido el desastre. Y al igual que los demás, los y

las periodistas deben preocuparse por su propia seguridad. De ser posible, recabe previamente suficiente

información sobre la situación que va a cubrir, por

ejemplo, ¿habrá sustancias peligrosas? El personal que suele trabajar en emergencias comparte este tipo de

información, pero por lo general no se la transmiten a la prensa.

Después de llegar al lugar, averigüe quién está a cargo de la situación de emergencia. Contacte al funcionario

encargado de informar a los medios. Sea cauteloso/a al aproximarse a las víctimas. Con delicadeza explíqueles

quién es usted y qué está haciendo. Luego de

identificarse comience con una pregunta del tipo “¿Cómo

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se siente?” o “¿Se siente bien?”, que le permita evaluar en qué estado mental se encuentra la persona. Evite

recoger relatos de personas que aún se encuentran en

shock, paralizadas por la experiencia o apesadumbradas. Si parece que son aptos para una entrevista comience la

misma con una frase como “¿está de acuerdo en responderme algunas preguntas para mi trabajo?”

Organizaciones especializadas en desastres, como la Cruz

Roja, suelen ser una fuente de información muy importante y pueden ayudar contactando víctimas

capaces de conceder entrevistas.

Por lo general las víctimas solicitan ayuda. No prometa nada que no pueda cumplir.

Si ha tenido que presenciar escenas traumatizantes, trate de relajarse al día siguiente o a lo sumo a las 48 horas

después. Utilice la técnica para relajarse de su preferencia (ejercicio, yoga, actividad artística, escuchar

música, etc.). Se suele experimentar angustia o zozobra

las semanas posteriores a presenciar una escena traumática. Si la angustia no cede con el tiempo, debe

buscar ayuda profesional, recuerde que las heridas emocionales pueden surgir o mostrarse más tarde. Las y

los periodistas y trabajadores de asistencia humanitaria son vulnerables a los efectos de trabajar en zonas donde

hay muerte, destrucción y desesperanza Cuando la

mayoría de las víctimas son niños o infantes empeora la situación. Los/as editores y encargadas/os de manejar y

seleccionar material fotográfico o fílmico, de zonas de desastre, también requieren apoyo mientras dure la

cobertura.

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En casos de secuestro7

El INSI presenta también una guía general sobre cómo

actuar en casos de secuestro. Aunque esta situación no ha sido uno de los flagelos contra el ejercicio de la

libertad de expresión, en otros países –sobre todo en países en guerra- si lo ha sido. INSI aclara que busca

proveer información y guías generales basadas en

experiencias pasadas y no puede ser responsable de ningún resultado de situaciones futuras o pasadas.

En su mayoría, los secuestros persiguen fines

económicos o políticos, que pueden implicar malestar con los medios de comunicación. Cualquiera sea la razón;

terrorismo, política, criminalidad o venganza, el resultado

final es el mismo: una situación emocionalmente debilitadora, donde hay una amenaza hecha por una

fuerza externa, generalmente desconocida, en la que la víctima es utilizada como herramienta para alcanzar unos

objetivos específicos.

El rescate puede ser económico o alguna concesión

política, como un intercambio de prisioneros, o una acción pública por parte de los medios a favor de los

secuestradores, por ejemplo la transmisión de material propagandístico sin edición.

Como esta situación puede presentarse a cualquier organización de noticias, esté ubicada o no en zona de

conflicto, es prudente que se tenga un grupo para atender crisis, compuesto por altos ejecutivos de la

organización de medios, encargado de dar respuesta

inicial y determinar si el secuestro es real o si es una falsa alarma. Después de esa primera respuesta habrá un

equipo más amplio, integrado por editores jefe y otros

7 www.fipcolombia.com Extractos del documento del INSI colocado en esta página y adaptado.

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que se encargará hasta el término de la operación. Una persona debe ser asignada para servir de vínculo entre la

familia y la compañía, por el tiempo que dure el proceso.

El equipo debe estar conformado por personas con la habilidad de tomar decisiones. Esta es una situación de

vida o muerte y, con frecuencia, grandes sumas de dinero y la reputación de la organización están en juego.

Estas personas pueden llegar a encontrarse en

situaciones de alta presión emocional, estresantes, agotadoras y prolongadas.

El personal vulnerable a un secuestro, ya sea durante su

trabajo cotidiano o por asignaturas especiales en lugares de riesgo, también debe estar preparado,

preferiblemente con cursos sobre seguridad o para zonas

hostiles. Cualquier personal en riesgo debe entregar a un gerente o alto ejecutivo de la organización, un

documento con toda su información, que contenga: nombre, fecha y lugar de nacimiento, número de

identificación y de pasaporte, ocupación y cargo,

creencias religiosas y contacto en caso de emergencia, con todos los datos. Asimismo cualquier información que

se considere relevante.

Nota del INSI: las organizaciones deben estar

conscientes que pueden incurrir en responsabilidad

patronal si sus empleados han sido expuestos a situaciones de peligro derivadas de su trabajo. A tales

fines deben asegurarse de hacer todo lo que está en su poder por recuperar y rehabilitar al empleado

secuestrado, y que dichas acciones sean visibles. De lo

contrario podrían verse expuestas a acciones legales, sin olvidar la dramática caída en la moral de sus demás

empleados, y la desaprobación publica en caso que no lo hiciera.

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Cuando se confirma un secuestro, la organización a la cual pertenece el/la secuestrado/a, debe hacer algunas

consideraciones claves, como:

a) Investigación exhaustiva de los hechos.

b) Repasar todas las opciones. c) Un bloqueo de noticias, teniendo en cuenta que solo

se podrá mantener por poco tiempo.

d) Comunicación con la familia, personal, y los medios. e) Trabajar con consultores especialistas.

f) Mantener un ritmo de operación y trabajo normal. g) Crear un fondo (muchas veces después del

cumplimiento y pago de las exigencias, el resultado es exitoso).

Por su parte, el o la víctima, deben también tomar algunas consideraciones:

a) Ser cortés y cooperar. Conteste con la verdad a todas

las preguntas. Asuma que sus captores saben mucho

sobre usted, su entorno y trabajo periodístico. b) Estar siempre alerta y ejercitarse físicamente si es

posible. Trate de crear e implementar una rutina diaria y mantenga una actitud positiva.

c) Comer y tomar cada vez que tenga la oportunidad, incluso si lo que le ofrecen no le gusta. Si considera que

la comida y la higiene no son apropiadas informe a sus

captores. Por lo general ellos necesitan que sus rehenes estén en buenas condiciones.

d) Elija cuidadosamente sus pedidos. Por ejemplo, si preferiría un radio a una cobija adicional.

NO intente escaparse al menos que se presente una oportunidad obvia. Un intento de fuga fallido podría

resultar en condiciones de retención más duras, o peor. ¿Puede usted confiar que sus vecinos o personas que

pasan lo ayudaran, o sabe si simpatizan o temen a sus

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captores? Sin embargo puede planear un intento de rescate y pensar en opciones para resguardarse.

La víctima debe recordar: 1) Váyase por lo seguro.

2) Manténgase en buenas condiciones físicas. 3) Sea cortés y coopere.

Por otro lado, la familia de la víctima vivirá probablemente la situación más estresante en la que se

hayan encontrado jamás, la vida de un ser querido, su seguridad y bienestar dependen de personas cuyas

consideraciones morales son mínimas. Los captores verán a la familia como un punto para presionar clave y

así lograr sus objetivos.

La familia querrá que los requisitos de un rescate sean

pagados inmediatamente, para asegurar una pronta liberación de su ser querido. Consideraciones como “esto

sentará un precedente” o “podría afectar a otros

corresponsales en la zona” serán irrelevantes para ellos. Esto podría entrar en conflicto con las preocupaciones de

la organización.

La organización debe asignar un contacto para la familia que esté disponible tiempo completo. La familia DEBE ser

informada de todos los movimientos que se produzcan y

asistidos para lidiar con el interés de los medios, los cuales podrían ser intensos. Deben ser protegidos de

informaciones especulativas y rumores. Es de mucha importancia que siempre se enteren de los avances y

noticias a través de la organización y no por otros

medios, como noticieros, etc.

Debe haber un plan de contingencia en caso de que haya comunicación entre los secuestradores y la familia. Es

imperativo disuadir a la familia de abrir canales de

comunicación con los secuestradores, pues podría tener

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efectos devastadores sobre el secuestrado y el total de las negociaciones.

Si se logra la liberación de la víctima, ésta va a necesitar servicios médicos inmediatos; puede estar sufriendo de

estrés post traumático, por lo que se recomienda que sea monitoreado al menos las primeras 48 horas después de

la liberación. Se debe considerar brindar asesoría

sicológica tanto para la víctima como para su familia. Debe tomarse consciencia que los efectos de haber sido

secuestrado han durado incluso varios años.

Si el desenlace fuera fatal, todos los esfuerzos para confirmar la muerte deben realizarse. Todos los

involucrados deben saber que ésta es una posibilidad. La

familia debe ser protegida de rumores no confirmados y, en caso de confirmación, deben ser contactados de

inmediato. Se deben hacer preparativos para una recuperación digna del cuerpo. Esto podría llegar a

demorarse algún tiempo, sin embargo los esfuerzos no

se pueden suspender hasta que el ser amado sea entregado a su familia.

Carta sobre la seguridad de los periodistas en

zonas de conflicto y de tensiones

REPORTEROS SIN FRONTERAS8 Principio 1. El compromiso

Los medios de comunicación, los poderes públicos y los

propios periodistas deben buscar sistemáticamente los mecanismos para medir y limitar los riesgos que corren

en los conflictos armados y en las zonas peligrosas. Para

ello deberán ponerse de acuerdo e intercambiar todas las informaciones que puedan resultar útiles en la materia.

Los riesgos que corren tanto los periodistas fijos y

8 Reporteros sin Fronteras. Marzo 2002 www.rsf.fr

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contratados, miembros del staff y locales, como el personal que les acompañe, necesitan una preparación,

una información, una seguridad y un equipo adecuados.

Principio 2. El pleno acuerdo

Para los profesionales de la información, los conflictos

armados implican asumir unos riegos y un compromiso personal que justifica el hecho de que vayan, por

voluntad propia, a hacer reportajes en zonas hostiles.

Teniendo en cuenta los riesgos que corren, tienen que poder negarse a ser enviados a zonas de conflicto

armado, sin tener que justificarse por ello y sin que se les pueda acusar de ninguna falta profesional.

Una vez sobre el terreno, se podrá poner fin a la misión de reportero, tanto a petición propia como de su

redacción, de común acuerdo y en el respeto de las responsabilidades de unos y otros. Finalmente, las

redacciones estarán atentas a no ejercer presiones que, en modo alguno, puedan incitar a los enviados especiales

a asumir riesgos suplementarios.

Principio 3. La experiencia

Dado que la cobertura de los conflictos armados requiere

aptitudes y una experiencia específicas, las redacciones

deben comprometerse a elegir a redactores o colaboradores contratados que estén acostumbrados a

las situaciones de crisis.

Los periodistas que vayan a cubrir una situación de guerra por primera vez no deberán ir solos, sino

acompañados por un reportero más experimentado.

Debe favorecerse el trabajo en equipo sobre el terreno. Las redacciones garantizarán reuniones con el personal al

regreso de las misiones, para aprovechar la experiencia así acumulada.

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Principio 4. La preparación

Una preparación regular sobre las formas de afrontar los

peligros en zonas de conflicto y tensiones puede limitar los riesgos que corren los periodistas. Las redacciones

deben informar y facilitar el acceso de sus asalariados y de sus contratados, a las preparaciones específicas que

proponga cualquier organismo calificado, tanto en el plano nacional como internacional.

Cualquier periodista que tenga que trabajar en un ambiente hostil debe tener una formación en cuidados de

primeros auxilios. Las escuelas de periodismo reconocidas por la profesión deben incluir, entre sus

materias de formación, un programa de sensibilización

acerca de estas cuestiones.

Principio 5. El Equipo

Los enviados especiales en zonas peligrosas deben recibir de su redacción material de seguridad fiable (chalecos

antibalas, cascos, vehículos protegidos si fuera posible)

material de comunicación, (distintivos de localización) de supervivencia y de primeros auxilios.

Principio 6. El Seguro

Los periodistas y personal auxiliar que trabajen en zonas

de conflicto o de tensiones deben disponer de un seguro

y una asistencia que cubra las enfermedades y la repatriación, la invalidez y el fallecimiento. Las

direcciones de los medios de comunicación tienen la obligación de adoptar las disposiciones necesarias para

ello, antes de enviar o de contratar a colaboradores para

misiones peligrosas. Deben vigilar la estricta aplicación de los convenios y acuerdos profesionales, cuando

existan.

Principio 7. El apoyo psicológico

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Las direcciones de los medios de comunicación deben

facilitar que los periodistas y el personal de

acompañamiento que lo desee puedan disfrutar de apoyo psicológico, a su regreso del trabajo en zonas hostiles o

después de haber hecho reportajes sobre acontecimientos traumáticos.

Principio 8. La protección jurídica

Los periodistas en misiones peligrosas están considerados como personas civiles, en virtud del artículo

79 de primer protocolo adicional de la Convención de Ginebra, siempre que no emprendan ninguna acción ni

adopten ningún comportamiento que puedan

comprometer ese estatuto, y especialmente que no contribuyan directamente al esfuerzo de la guerra,

armándose o desarrollando actividades de espionaje. Un ataque deliberado que tenga como consecuencia la

muerte o signifique un atentado grave contra la integridad física de un periodista, constituye una

infracción grave del Protocolo, es decir un crimen de

guerra.

Marco para un acceso más seguro: la Cruz Roja9

El Comité Internacional de la Cruz Roja CICR-, con el

apoyo de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja, ha elaborado un programa para ayudar a las

sociedades nacionales que trabajan en su propio país a que mejoren la seguridad de su personal, debido a que

en los últimos diez años los incidentes de seguridad contra el personal y voluntarios del Movimiento

Internacional de la Cruz Roja han aumentado, causando

muertos y heridos. Por ello, crearon el “Marco para un

9 Leslie Leach y Cedric Hofstetter Asesores de programas

de cooperación del CICR en Ginebra. Extractos del documento.

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acceso más seguro”, que fue puesto en marcha a fines de 2003.

El Marco no es un programa de formación en materia de seguridad sino una orientación del CICR para preparar

mejor a las Sociedades Nacionales cuando actúen en situación de conflicto. Entre los temas que abarca el

Marco cabe mencionar la incorporación en los planes de

respuesta de políticas y directrices del Movimiento relacionadas con los conflictos, la comprensión de los

preceptos básicos del derecho internacional humanitario y su aplicabilidad a un determinado conflicto, así como el

desarrollo de los conocimientos para gestionar la seguridad operacional en situaciones de conflicto a fin de

reforzar la protección del personal y los voluntarios de la

Cruz Roja y de la Media Luna Roja y la de las personas a las que se asiste.

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Elementos del Marco para un acceso más seguro

Estas recomendaciones de cómo actuar en una situación

de conflicto dirigidas a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, pueden ser aplicables, en lo que cabe a los

periodistas o comunicadores. La recomendación es incorporar a sus operaciones los siguientes nueve

elementos para lograr un acceso más seguro:

• Contexto de conflicto.

• Base jurídica y doctrinaria para formular la acción. • Aceptación de la organización.

• Aceptación de las personas. • Identificación.

• Comunicaciones externas.

• Comunicaciones internas. • Normas de seguridad.

• Medidas de protección.

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MECANISMOS NACIONALES DE PROTECCIÓN

Si la prevención no evitó que un/a periodista fuera

atacado/a, hay que actuar inmediatamente. Debe actuar la persona atacada, pero también debe actuar el medio

para el cual trabaja. Por ello es importante mencionar la Responsabilidad Social Empresarial, concepto adoptado

por una serie de instituciones y empresas y organizaciones para el desarrollo sustentable, es definida

por la relación que establece la empresa con todos sus

públicos, a corto y largo plazo. El concepto incluye siete tópicos:

a. Valores, transparencia y gobernabilidad.

b. Público interno.

c. Medio ambiente. d. Proveedores.

e. Consumidores/clientes. f. Comunidad.

g. Gobierno y sociedad.

Esa Responsabilidad Social Empresarial (RSE) abarca

temas que van desde códigos de ética, prácticas de buena gobernabilidad corporativa, compromisos públicos

asumidos por la empresa, gestión y prevención de riesgos, hasta mecanismos anticorrupción, diversidad,

apoyo a las mujeres y a cualquier persona, sin importar

su grupo étnico. Trasciende aquello que la empresa debe hacer por obligación legal. Cumplir la ley no hace a una

empresa socialmente responsable10. Las empresas que asumen estos compromisos aseguran buenas condiciones

10 Conceptos básicos e indicadores de Responsabilidad

Social Empresarial (RSE). Manual de apoyo para

periodistas. Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la libertad –Cedice-, Instituto Ethos.

Red Ethos de Jornalistas Empresa y responsabilidad social. 1ª. Edición. Caracas Venezuela 2005

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de trabajo, salud y seguridad para sus trabajadores. Aquí van incluidas las empresas periodísticas.

Los mecanismos nacionales de protección, parten de que Guatemala cuenta con una serie de leyes que protegen la

labor del/la periodista, mismas que han sido descritas en la Cartilla que es parte de este conjunto de documentos

(y al inicio de este Manual). La violación de la legislación

nacional cuenta también con sus respectivos recursos para que restaure el daño que nos provoca la infracción.

Existen mecanismos como la exhibición personal, para las

personas ilegalmente detenidas, y es un mecanismo fácil de implementar: “Interposición: Puede pedirse por escrito, por teléfono o verbalmente por el agraviado o por cualquier otra persona, SIN NECESIDAD de acreditar representación alguna y sin sujeción a formalidad de ninguna clase.”

Ejemplo

Señor Juez de Primera Instancia de San Marcos Su despacho Yo, Juan Pérez López, me encuentro retenido ilegalmente en la cárcel de esta cabecera departamental por lo que solicito a usted que se ordene mi exhibición personal para que mis derechos sean restituidos. San Marcos, agosto de 2009. Firma

Se redacta a mano y en papel corriente. Puede también

llamar por teléfono tanto el detenido como su familia,

amigos o colegas. Según la misma ley, los mensajes

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telegráficos, postales o telefónico relativos a la exhibición personal deben transmitirse con prioridad y

gratuitamente.

Por otro lado, existe el mecanismo de Amparo,

reconocido en el Artículo 265 de la Constitución11, para proteger a las personas contra las amenazas de

violaciones a sus derechos o para restaurar el imperio de

los mismos, cuando la violación hubiere ocurrido. No hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá

siempre que los actos, resoluciones, disposiciones o leyes de autoridad lleven implícitos una amenaza, restricción o

violación a los derechos que la Constitución y las leyes garantizan12.

El Amparo puede solicitarse contra el Poder Público, incluyendo entidades descentralizadas o autónomas, las

sostenidas con fondos del Estado, creadas por ley o concesión o las que actúen por delegación de los órganos

del Estado, en virtud de contrato, concesión o conforme

a otro régimen semejante. Asimismo, podrá solicitarse contra entidades a las que debe ingresarse por mandato

legal y otras reconocidas por la ley, tales como partidos políticos, asociaciones, sociedades, sindicatos,

cooperativas y otras semejantes.

Para interponer un amparo, salvo los casos establecidos

en la ley de la materia, deben previamente agotarse los recursos ordinarios judiciales y administrativos, por cuyo

medio se ventilan adecuadamente los asuntos de conformidad con el principio de debido proceso

(Definitividad), y debe hacerse dentro del plazo de los

treinta días siguientes al de la última notificación al

11 Capítulo II de la Constitución Política de la República de Guatemala. 12 Artículo 265 de la Constitución y 8 , Título dos, Capítulo uno de la Ley específica.

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afectado o de conocido por éste el hecho que, a su juicio le perjudica. El Ministerio Público y el Procurador de los

Derechos Humanos tienen legitimación activa para

interponer amparo a efecto de proteger los intereses que les han sido encomendados.

Por otro lado, la ley contempla la posibilidad de una

solicitud verbal para “La persona notoriamente pobre o ignorante, el menor y el incapacitado que no pudieren actuar con auxilio profesional, podrán comparecer ante los tribunales en solicitud verbal de amparo, en cuyo caso se procederá a levantar acta acerca de los agravios denunciados, de la que de inmediato se remitirá copia al Procurador de los Derechos Humanos para que aconseje o, en su caso, patrocine al interesado.” Por su parte, la ley de emisión del pensamiento13,

establece los límites y las sanciones respectivas, tipifica conductas delictivas y fija el procedimiento para juzgar

privativamente por un jurado, si el hecho es constitutivo

de delito o falta, o no. Si la declaración es afirmativa, el Juez de Primera Instancia que lo haya convocado

continuará el trámite para fijar las sanciones, si es negativa el juicio será sobreseído sin más trámite.14

El Capítulo VI de la citada ley regula lo relativo al Juicio

de imprenta en los artículos 53 al 70. Esto es importante,

pues no se puede actuar de manera irresponsable, ni puede ejercerse el periodismo sin límites. La ley ha

privilegiado con esta jurisdicción especial a los periodistas, dándole participación al Colegio de

Abogados, al Colegio de Periodistas o la APG (mientras

se crea el Colegio) y a la Municipalidad correspondiente. Procedimiento (síntesis):

13 Decreto 9 del 27 de abril de 1966 14 Capítulo V, Artículos del 48 al 52

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1. Cuando una persona se considere ofendida por el contenido de un impreso o edición, se presentará por escrito al Juez de Primera Instancia del domicilio del presunto responsable de la publicación entablando un juicio (Artículo 53) 2. El escrito deberá expresar: a) Designación del juez ante quién se presenta; b) Nombres del acusador y del acusado; c) Trascripción literal de las frases o conceptos o un ejemplar de cualquier otra forma de representación de las ideas, que, a su juicio, contienen el delito o la falta en la emisión del pensamiento. d) Enumeración de los medios de prueba con que acreditará los hechos, individualizándolos con la debida claridad; e) indicación precisa de la sanción que se pretende lograr; y f) Designación del lugar donde debe notificarse al acusado. 3. El Juez citará a las partes, dentro de un término no mayor de cuarenta y ocho horas, para que presencien el sorteo de cinco jurados, el cual se verificará también en ausencia de los interesados, si éstos no comparecen a la hora señalada para la audiencia. 4. Si los jurados que han de juzgar tuvieren impedimento o excusa justificados, lo expondrán por escrito al juez quien lo notificará a las partes dándoles una audiencia de 24 horas para que acepten la excusa. Vencido ese término, sin manifestación o de acuerdo ce los interesado, el juez resolverá en derecho y no se podrá recusar al jurado por la misma causa. Si ambas partes rechazan la excusa, el jurado quedará hábil. Dentro del mismo plazo resolverá el juez, previa audiencia a las partes, cualquier impedimento que alegue un jurado. 5. La sustitución de los jurados se hará también por sorteo de acuerdo con el artículo 55.

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6. Integrado el jurado por sorteo, el juez citará a sus miembros, en audiencia especial, para juramentarlos y que organicen el tribunal, eligiendo entre ellos al que ha de presidirlo. Si no concurrieren en el día y la hora fijados, serán citados con apremio, y la segunda falta se podrá sancionar por el juez, a menos que presenten excusa por causa justificada a juicio de dicho funcionario, con una multa que no baje de cinco, ni pase de veinte quetzales. 7. Organizado el tribunal el juez designará el día y la hora para la vista dentro de un plazo no mayor de tres, días con citación de los jurados y de las partes. La vista será pública y en ella el acusador y el acusado, en su orden podrán alegar de palabra o por escrito, por si o por medio de sus abogados o sus representantes legales, cuando concurran a su acusación o a su defensa. 8. Concluidos los alegatos, el acusador sólo podrá tomar la palabra para aclarar o rectificar algún concepto y el acusado para replicar, concretándose a la aclaración o rectificación. 9. Terminada la vista, el jurado deliberará en secreto, hasta llegar por mayoría absoluta a una resolución que puede ser definitiva o contraerse a la recepción de otras pruebas, las cuales deben rendirse en un plazo no mayor de tres días, al cabo del cual el jurado dará su veredicto en el término de veinticuatro horas. 10. El jurado se limitará a declarar “hay delito” o “no hay delito, “hay falta” o “no hay falta”, según la gravedad del hecho. En el caso afirmativo, corresponderá al juez considerar las circunstancias atenuantes o agravantes e imponer la pena. 11. Si el veredicto fuere absolutorio, el juez sobreseerá en el mismo acto la causa, notificándolo a los

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interesados. Si fuere condenatorio, el juez impondrá la pena correspondiente, en la misma audiencia. 12. El fallo del juez será apelable dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su emisión, y el reo podrá ser excarcelado bajo fianza o caución promisoria, a juicio del juez. Presentada la apelación, los autos se deben remitir a la sala correspondiente y ésta designará día para la vista, previa audiencia al acusador y al acusado para que, en su orden, aleguen lo que estimen pertinente. 13. El fallo de la Sala de Apelaciones, contra el que no cabrá recurso alguno, debe concretarse a la pena impuesta por el juez de derecho, sin considerar o modificar el veredicto del jurado.

El Código Penal guatemalteco también establece:

Artículo 159. falsa imputación de un delito CALUMNIA:

de los que dan lugar a procedimiento de oficio. Sanción:

4 meses a 2 años y multa de Q 50.00 A Q 200.00.

Artículo 161. : es toda expresión o acción INJURIA

ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra

persona.

Gracias a las gestiones del Abogado y Periodista Mario Fuentes Destarac los artículos 411, 412 y 413 que tipificaban como delito el desacato fueron abolidos de nuestro ordenamiento legal por la Corte de Constitucionalidad el 1º de febrero de 2006.

+

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Mecanismos institucionales nacionales

a) Procurador de los Derechos Humanos

Es un Comisionado del Congreso, electo por ese

Organismo. Entre sus atribuciones contenidas en el

Capítulo II del Título II de la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del

Procurador de los Derechos Humanos15 están:

- Promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa

gubernamental, en materia de derechos

humanos.

- Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las

personas.

- Investigar toda clase de denuncias que le

sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a derechos humanos.

- Recomendar privada o públicamente a los

funcionarios la modificación del

comportamiento administrativo objetado.

- Emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos

institucionales.

15 Decretos 54-86 y 32-87 del Congreso de a República y sus reformas.

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- Promover acciones o recursos judiciales o administrativos, en los casos en que sea

procedente.

- Otras funciones y atribuciones que le asigne

esta ley16.

Otras atribuciones:

- Recibir, analizar e investigar toda denuncia

de violación de los derechos humanos, que presenten en forma oral o escrita, cualquier

grupo, persona individual o jurídica.

- Iniciar de oficio las investigaciones que

considere necesarias en los casos que tenga conocimiento sobre violaciones a los

derechos humanos.

- Emitir resolución de censura pública en

contra de los responsables materiales y/o intelectuales de la violación de los derechos

humanos, cuando el resultado de la investigación arribe a esa conclusión.

- Según el artículo 17 referido al horario, todos

los días y horas son hábiles para el

cumplimiento de las obligaciones del Procurador de los Derechos Humanos.

Mecanismo de Defensa: Presentar denuncia verbal o

escrita sobre la violación a un derecho humano que se

considere violentado. Puede presentarse en la sede de la institución en la capital: 12 Avenida 12-72 zona 1, Ciudad

capital o en las auxiliaturas departamentales, para que se

16 Artículo 13. Atribuciones del Decreto citado

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levante un acta donde consten los hechos. Se pueden también hacer denuncias telefónicas al número 1555.

La PDH deberá investigar y emitir una resolución que no es vinculante, pero tiene un valor moral. La PDH inicia

una investigación propia y remite la denuncia al Ministerio Público MP, si encuentra evidencias de figuras

delictivas; también ofrece medidas de seguridad

perimetral y en casos más graves se asigna seguridad personal por un tiempo específico, si el/la periodista así

lo requiere.

El Procurador de los Derechos Humanos puede presentar un Amparo en nombre de otra persona, está legitimado

si hay violaciones a derechos humanos y puede acceder

a la Comisión Interamericana en los casos que proceda.

b) Comisión Presidencial coordinadora de la

Política del Ejecutivo en Materia de Derechos

Humanos -COPREDEH-17

La COPREDEH fue creada para coordinar las acciones de los ministerios e instituciones del Organismo Ejecutivo

para hacer efectiva la vigencia y protección de los derechos humanos y garantizar la comunicación y

cooperación del Presidente de la República con el

Organismo Judicial y la Procuraduría de los Derechos Humanos en lo que corresponde a tales derechos18.

La COPREDEH está integrada por un Presidente

nombrado por el Presidente de la República, quien lo

17 Creada por Acuerdo Gubernativo número 486-91 del

12 de julio de 1991. Modificado por el Artículo 1º. de Acuerdo Gubernativo número 549-91 del 16 de agosto de

1991. 18 Artículo 1 del Acuerdo citado.

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representa y preside la Comisión; asimismo, los ministros de Relaciones Exteriores, Gobernación, Defensa Nacional

y el Jefe del Ministerio Público, el Procurador General de

la Nación y el Coordinador de la Comisión de la Paz19.

Entre las atribuciones asignadas, se encuentran20:

1. Velar por una efectiva comunicación y cooperación

con el Organismo Judicial y la Procuraduría de los Derechos Humanos en materia de tutela de tales

derechos. 2. Coordinar las acciones que, dentro de sus respectivas

competencias, realicen los Ministerios de Estado o Instituciones del Ejecutivo, para implementar la

política de protección de los derechos humanos

impulsada por el Organismo Ejecutivo. 3. Centralizar la información sobre denuncias de

violaciones a derechos humanos, acaecidos en el país, promoviendo su investigación a través del

ministerio de Gobernación y el Ministerio Público.

4. Establecer un mecanismo de constante seguimiento a las investigaciones sobre violación a los derechos

humanos y a los procesos judiciales que resulten de ellos para estar en capacidad de dar información a

través del Ministerio de Relaciones Exteriores a la comunidad y organismos internacionales cuando la

misma se requiera.

5. Estudiar y proponer al Presidente de la República proyectos o iniciativas de ley en materia de derechos

humanos que se consideren beneficiosos para mejorar su respeto en Guatemala.

19 Artículo 2 del citado Acuerdo, modificado por el

Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 162-95 del 10

de abril de 1995. La Comisión de Paz ya no existe más, pero el Acuerdo Gubernativo todavía no ha sufrido

modificación en ese sentido. 20 Artículo 4 del Acuerdo de creación citado.

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6. Promover la cooperación y asistencia técnica y financiera internacional, que tenga por objeto

perfeccionar y fortalecer las instituciones

democráticas encargadas de garantizar el régimen de legalidad en el país.

7. Establecer, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, los vínculos de cooperación, información y

asistencia con los organismos internacionales que se

ocupan de la protección de los derechos humanos.

La estructura con la que funciona COPREDEH es básicamente la siguiente21: un Director Ejecutivo,

nombrado por el Presidente de la República, quien propondrá a la Comisión, en los primeros 30 días de

vigencia este acuerdo, la estructura de organización,

presupuesto y el plan de trabajo inmediato, para darle cumplimiento a los fines de este Acuerdo. Actualmente,

la COPREDEH cuenta con los siguientes departamentos:

a. Seguimiento de Casos Internacionales en materia

de Derechos Humanos b. Investigaciones e Informes

c. Coordinación de medidas de Protección para Defensores de derechos humanos, operadores de

justicia, periodistas, sindicalistas y otros grupos vulnerables

d. Análisis y mediación de conflictos con enfoque de

derechos humanos –que cuenta con 15 oficinas regionales en los departamentos-

e. Educación y cultura de paz

Asimismo, cuenta con unidades operativas como:

a. Unidad administrativa y financiera b. Unidad de auditoría interna

21 Artículo 5 del Acuerdo citado

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65

c. Departamento de información y comunicación social

d. Departamento de cómputo

e. Asesoría jurídico administrativa f. Departamento de recursos humanos

Mecanismo y trámite:

El Departamento para la Coordinación de Mecanismos de Protección para Defensores de Derechos Humanos de la

COPREDEH, atiende 63 medidas cautelares, 63 llamamientos urgentes y 530 protecciones, que son un

conjunto de acciones, tanto las solicitadas por el sistema interamericano y universal de derechos humanos, como

las implementadas de oficio por el Estado ante el

conocimiento de un ataque o amenaza.

La COPREDEH no recibe denuncias, sino que atiende los casos que han sido elevados a la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- que

ordena medidas cautelares para los agraviados, o la Corte Interamericana de Derechos Humanos –Corte IDH-

que ordena medidas provisionales. Asimismo, los llamamientos urgentes de los/as Relatores/as del Sistema

de Naciones Unidas.

Quienes ven vulnerados sus derechos pueden acudir a la

Procuraduría de los Derechos Humanos -PDH- y/o al Ministerio Público, para que investigue si existe la posible

comisión de delito. También puede ponerse la denuncia a la Policía Nacional Civil - PNC- o a un tribunal.

Las personas agraviadas pueden solicitar medidas cautelares a la CIDH –directamente, a través de la PDH o

de un abogado u organización- de acuerdo con el Artículo 25 del reglamento de la entidad internacional. Mientras la

CIDH resuelve la petición de medida cautelar, el Estado

está obligado a garantizar la integridad física de los

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individuos ofendidos, lo que se hace a través del mecanismo nacional que protege a la persona agraviada

y su grupo familiar.

c) Unidad de Delitos contra Periodistas y Sindicalistas del Ministerio Público

La Fiscalía Especial de Delitos Contra Periodistas y

Sindicalistas fue creada en junio del 2001, según el

Acuerdo Número 14-2001 del Ministerio Público; en su artículo 1º establece que fue creada para conocer todos

los procesos relacionados con hechos delictivos que se cometan contra periodistas y contra sindicalistas.

Posteriormente se transformó en una Unidad de Delitos contra Periodistas y Sindicalistas de la Fiscalía de Sección

de Derechos Humanos. Está integrada por el Agente

Fiscal Encargado dos agentes fiscales, 6 auxiliares fiscales, 1 oficial de fiscalía y un conductor de vehículo.

UBICACIÓN DE LA UNIDAD 10 calle 10-14 zona 1. 6º nivel

Teléfono 22305624

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67

Proceso

La persona agredida pone en conocimiento del Ministerio Público la comisión de un hecho que, en su opinión,

reviste las características de punible, es decir que hay un delito de por medio. Pide al MP que investigue los hechos

y da toda la información posible. Cuando se trata de un

allanamiento, el MP también envía a los operadores de la escena del crimen, para que tomen las evidencias

necesarias. La denuncia debe ponerse de inmediato.

Si la primera autoridad con quien se tiene contacto es la Policía Nacional Civil, ante ella se hace la denuncia, para

que ésta notifique inmediatamente al Ministerio Público.

Cuando el Ministerio Público percibe que un hecho reviste las características de delito, inicia la persecución penal de

oficio, es decir sin que nadie se lo solicite.

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MECANISMOS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN

En el caso de los mecanismos internacionales, lo más

importante es la denuncia, ya sea a la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos, a la Relatoría

especial para la libertad de expresión (de la OEA); o al

Sistema de Naciones Unidas, a través de la Oficina del

Alto Comisionado para los Derechos Humanos OACNUDH

o la Relatoría para la libertad de expresión.

El Sistema Interamericano de Protección a los Derechos

Humanos se integra por: 22

Comisión interamericana

de derechos Humanos

Corte Interamericana

de Derechos Comisión

Humanos

Siete miembros comisionados

Elegidos por la Asamblea

General de la OEA

Actúan independientemente

Mandato de 4 años-una

reelección

Funciones:

a) Promover y estimular

los derechos

Siete miembros-jueces

Elegidos por Estados

Parte de la CiDH

Actúan

independientemente,

Mandato de 6, años-una

reelección

Funciones:

a)Contenciosa: resolución

de casos individuales y

22 La Protección de la Libertad de Expresión y el Sistema Interamericano. Manual. Centro para la Justicia y el

Derecho Internacional (CEJIL), San José Costa Rica. Segunda Edición. Septiembre de 2004. Pag. 29.

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humanos

b) Elaborar estudios

sobre la situación de

los derechos

humanos en estados

miembros de la OEA

c) Procesar casos

individuales

medidas provisionales

b)Consultiva:

competencia para

interpretar la

Convención y otros

instrumentos de

derechos humanos.

a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 23

1. Recibe, analiza e investiga denuncias (peticiones

individuales) que alegan violaciones de los

derechos humanos. Presenta casos a la Corte

Interamericana y comparece ante ésta en el

litigio de los mismos.

2. Solicita a los Estados la adopción de “medidas

cautelares” para evitar un daño irreparable a los

derechos humanos de las personas en casos

graves y urgentes. La Comisión puede también

solicitar que la Corte Interamericana ordene la

adopción de “medidas provisionales” en casos

urgentes que entrañen peligro para las personas,

aunque no se haya presentado un caso ante la

Corte.

3. Durante el período de sesiones celebra

audiencias sobre casos, medidas cautelares,

determinados temas o situaciones.

4. Observa la situación general de derechos

humanos en los Estados miembros y, cuando lo

23 Op. Cit. Págs. 33 a la 35.

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considera apropiado, publica informes especiales

sobre esta situación.

5. Crea conciencia en la opinión pública acerca de

los derechos humanos en América. A tales

efectos la Comisión lleva a cabo y publica

estudios sobre temas específicos, tales como las

medidas que deben adoptarse para garantizar

una mayor independencia de la justicia, las

actividades de grupos armados irregulares, la

situación de derechos humanos de los/as

niños/as y los derechos humanos de los pueblos

indígenas.

6. Establece relatorías para el estudio de temáticas

de interés y relevancia regional, como la

Relatoría Especial para la Libertad de expresión.

7. Realiza visitas a los países para llevar a cabo

análisis en terreno y con profundidad de la

situación general y/o investigar una situación

específica.

8. Emite comunicados de prensa informando acerca

de una determinada situación o alertando sobre

alguna violación a los derechos humanos.

9. Organiza y celebra conferencias, seminarios y

reuniones con representantes de gobiernos,

instituciones universitarias, organizaciones no

gubernamentales y otros para divulgar

información.

10. Recomienda a los Estados miembros de la OEA la

adopción de medidas que contribuyan a la

protección de los derechos humanos.

11. Solicita opiniones consultivas de la Corte

Interamericana en aspectos interpretativos de la

Convención Americana.

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71

Peticiones Individuales24

Frente a la violación de un derecho protegido en el

ámbito interamericano, la persona afectada, sus

familiares o alguna persona o entidad en su

representación, puede presentar una denuncia o petición

individual ante la Comisión Interamericana. La Comisión

es el primer órgano que conoce en el procedimiento de

peticiones individuales.

Antes de iniciar el trámite de admisión de una petición, la

Comisión verifica la naturaleza de las personas que

intervienen en el procedimiento, tanto como denunciante

o como denunciado. El denunciante puede ser un

individuo o un grupo u otro Estado. El denunciado debe

ser un Estado parte de la Convención o un Estado

miembro de la OEA.

Para presentar una petición de medida cautelar no se

requiere el consentimiento de la víctima, como sí sucede

cuando se presenta un caso (demanda contra un

Estado).

La CIDH también verifica la materia que es objeto de la

petición o comunicación, pues debe referirse a algún

derecho protegido por la Convención, la Declaración

Americana o cualquier otro tratado interamericano

ratificado por el Estado denunciado y respecto del cual

éste no haya formulado alguna reserva que lo impida.

24 Op. cit. págs 35, 36 y 37

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72

Asimismo, verifica el lugar o jurisdicción donde se

cometió la presunta violación, pues los Estados parte

están comprometidos a respetar los derechos y

garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que

esté sujeta a su jurisdicción al momento de producirse la

violación.

En los casos de demandas contra el Estado, la CIDH

debe verificar que hayan sido agotados los recursos

internos del país donde se supone se violaron los

derechos. Para que una petición o comunicación sea

admisible, es indispensable que previamente se hayan

interpuesto y agotado los recursos judiciales que ofrece

la jurisdicción interna del Estado y que sean adecuados

para tutelar el derecho vulnerado. Se hacen excepciones,

cuando no exista en la legislación interna del Estado de

que se trata el debido proceso legal para la protección

del derecho o los derechos que se alega han sido

violados; cuando no se haya permitido al presunto

lesionado en sus derechos el acceso a los recursos de la

jurisdicción interna o haya sido impedido de agotarlos; o

cuando haya retardo injustificado en la decisión sobre los

mencionados recursos. Esto NO aplica en el caso de las

medidas cautelares.

Y también verifica que el caso no se esté conociendo en

otro proceso.

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¿Qué debe contener la petición?

La petición debe contener una relación de los hechos que

se denuncian25, así como los datos de la o las víctimas de

la violación; debe informarse si hay alguna autoridad que

esté en conocimiento de dicha situación. Deben

proporcionarse los datos que identifiquen al/la

peticionaria/o.

No se requiere la intervención de un/a abogado/a para la

presentación o tramitación de denuncias o peticiones.

Cuando se trate de presentaciones realizadas por

organizaciones no gubernamentales, se requiere que el

escrito incluya el nombre, la nacionalidad, la profesión, el

domicilio y la firma de la persona o personas o del/la

representante legal de la entidad que somete la petición.

Requisitos de una petición o denuncia. (Artículo 28 del

Reglamento de la Comisión)

1. Nombre, nacionalidad y firma de la persona o

personas denunciantes o, en el caso de que el

peticionario sea una entidad no gubernamental,

el nombre y la firma de su representante legal.

2. Puede mantenerse en reserva la identidad del

peticionario frente al Estado si éste así lo desea.

3. Dirección para recibir correspondencia de la

Comisión y, en su caso, número de teléfono,

facsímil, y dirección de correo electrónico.

25 Op. Cit. Págs 40 a 43

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4. Relación del hecho o situación denunciada, con

especificación del lugar y fecha de las violaciones

alegadas.

5. De ser posible, el nombre de la víctima, así como

de cualquier autoridad pública que haya tomado

conocimiento del hecho o situación denunciada.

6. Indicación del Estado que el peticionario

considera responsable, por acción o por omisión,

de la violación de alguno de los derechos

humanos consagrados en la Convención y otros

instrumentos aplicables, aunque no se haga una

referencia específica al artículo presuntamente

violado.

7. Cumplimiento con el plazo previsto para la

presentación.

8. Gestiones para agotar los recursos de la

jurisdicción interna o la imposibilidad de hacerlo.

9. Indicción de si la denuncia ha sido sometida a

otro procedimiento o arreglo internacional.

Las denuncias o peticiones deben dirigirse a:

SR/A

SECRETARIO/A EJECUTIVO/A

COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

1889 F Street. N.W

Washington. D.C 20006

Fax 202 458 3992

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Las peticiones relativas a violaciones al derecho a la

libertad de expresión deben enviarse con copia a:

SR/A

RELATOR/A ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE

EXPRESIÓN

COMISIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

1889 f Street. N. W.

Washington D.C. 20006

Fax 202 458 6215

Solicitud de medidas cautelares ante la Comisión26

La CIDH podrá solicitar la adopción de medidas

cautelares cuando sea un caso urgente o grave; cuando

sea necesario para evitar un daño irreparable. Como la

solicitud de medidas cautelares no prejuzga sobre el

fondo del asunto, la CIDH solicita las medidas y pide

información al Estado para determinar si los hechos

denunciados son verídicos y, por tanto, no es necesario

haber agotado los recursos de jurisdicción interna.

b) La Corte Interamericana de Derechos Humanos

La Corte IDH otorga medidas provisionales, mismas que

son solicitadas por la CIDH a la Corte, en casos de

extrema gravedad y urgencia, cuando sea necesario para

evitar un daño irreparable a los derechos de las personas

y, generalmente, cuando las presuntas víctimas están

26 Op. Cit. pág. 60

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vinculadas a algún caso que se encuentre en litigio en la

Corte.

c) Relatoría de la Libertad de Expresión de la OEA

La Comisión Interamericana en 1997, por unanimidad

decidió establecer una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Amplios sectores sociales de los diferentes

Estados del hemisferio hicieron la recomendación debido a la preocupación por las constantes restricciones a la

libertad de expresión e información. La Relatoría asesora a la Comisión Interamericana en materia de libertad de

expresión.

Es una oficina permanente de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos. Su sede está en Washington. Tiene a su cargo una serie de

responsabilidades dirigidas a fortalecer el derecho a la

libertad de expresión en las Américas, entre las que se incluyen:

1. Concienciar sobre la necesidad de respetar este

derecho.

2. Monitorear el estado de la libertad de expresión en las Américas.

3. Actuar de manera inmediata cuando el derecho a la libertad de expresión está bajo amenaza de un

Estado miembro de la OEA. 4. Visitar a los Estados miembros de la OEA y realizar

reuniones con autoridades de gobierno,

periodistas, representantes de organizaciones no gubernamentales y/o personas interesadas en la

libertad de expresión. 5. Recomendar acciones específicas que los Estados

pueden tomar para fortalecer este derecho.

6. Informar a la CIDH sobre situaciones urgentes que

requieran la adopción de medidas cautelares.

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7. Formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con

la libertad de expresión, a fin de que se adoptan

medidas progresivas en su favor. 8. Elaborar informes y estudios especializados sobre

la materia, generales y temáticos. 9. Actuar prontamente respecto de aquellas

peticiones y demás comunicaciones en las que se

señale que este derecho está siendo conculcado en algún Estado miembro de la OEA.

10. Crear una red hemisférica para la protección de la libertad de expresión.

11. Realización de visitas a los Estados miembros de la OEA, a fin de monitorear la situación de la libertad

de expresión dentro de sus territorios.

12. Promocionar el derecho a la libertad de expresión. 13. Elaborar un capítulo especial sobre la materia en el

informe anual de la comisión. 14. Apoyar a la Comisión en el litigio de casos y

medidas cautelares.

Además y muy importante.

Recibe denuncias sobre violaciones a la

libertad de expresión y mantiene una red para la protección de periodistas que

moviliza los mecanismos existentes a fin de

brindar la tutela necesaria a las víctimas de violaciones a su derecho a la libertad de

expresión.

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d) Relator Especial de la Comisión27 de Derechos Humanos sobre la promoción y protección del

derecho a la libertad de opinión y de expresión

La Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas

decidió, por resolución 1993/45 de 5 de marzo de 1993, designar a un relator especial sobre la promoción y

protección del derecho a la libertad de opinión y de

expresión, ante gran número de casos de detención, detención prolongada y ejecuciones extrajudiciales,

tortura, intimidación, persecución y hostigamiento, en particular por la aplicación indebida de las disposiciones

sobre el delito de difamación y calumnia, así como sobre vigilancia, registros y confiscaciones y por la censura,

casos de amenazas y actos de violencia y discriminación

contra las personas que ejercen el derecho a la libertad de opinión y de expresión, incluido el derecho a buscar,

recibir y difundir información, y los derechos, estrechamente relacionados, a la libertad de

pensamiento, de conciencia y de religión, de reunión

pacífica y de asociación, además del derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, así como contra

las personas que desean promover los derechos enunciados en la Declaración Universal de Derechos

Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y procuran enseñar esos derechos a los

demás, o que defienden esos derechos y libertades, en

particular los juristas y otros profesionales que representan a personas que ejercen esos derechos y

hace un llamamiento a los Estados para que pongan fin a esas violaciones y sometan a los responsables a la

justicia.

La Comisión de Derechos Humanos pidió al Relator

Especial:a) que reuniera toda la información pertinente

27 A partir de 2008 dejó de existir la Comisión y se constituyó el Consejo de Derechos Humanos.

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dondequiera que ocurriesen casos de discriminación, amenazas y actos de violencia y hostigamiento, incluso

persecución e intimidación, contra personas que trataran

de ejercer o de promover el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión, tal como se enunciaba

en la Declaración Universal de Derechos Humanos y, en su caso, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos, teniendo en cuenta la labor que realizaban

otros mecanismos de la Comisión y de Subcomisión que se relacionasen con este derecho, con miras a evitar la

duplicación de trabajos que, como asunto de alta prioridad;

b) que, como asunto de alta prioridad, reuniese toda la información pertinente dondequiera que ocurriesen casos

de discriminación, amenazas y actos de violencia y

hostigamiento, incluso persecución e intimidación, contra profesionales en la esfera de la información que trataban

de ejercer o de promover el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión;

c) que recabase y recibiese información fidedigna y

confiable de los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y cualesquiera otras partes que

tuviesen conocimiento de estos casos. En el desempeño de su mandato el Relator Especial/la

Relatora especial: a) Transmite llamamientos urgentes y cartas de denuncia

a los gobiernos interesados sobre supuestos casos de

discriminación, amenazas y actos de violencia y hostigamiento, incluso persecución e intimidación, contra

profesionales en la esfera de la información que tratan de ejercer o de promover el ejercicio del derecho a la

libertad de opinión y de expresión. (Véase Denuncias)

b) Realiza visitas a los países c) Presenta anualmente un informe sobre sus actividades

y métodos de trabajo a la Comisión de Derechos Humanos.

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e) OACNUDH

El 10 de enero de 2005, el Estado de Guatemala y la Alta

Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos firmaron un Acuerdo para establecer

formalmente una presencia de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos

Humanos (OACNUDH) en el país, con el objetivo de

mejorar la protección y promoción de los derechos humanos de la población. Su mandato contempla:

* Observación e información: sobre la situación de los

derechos humanos en el país. Los temas prioritarios a observar y sobre los cuales se generará información

serán, entre otros:

• Violencia y seguridad pública.

• Ataques a defensores de derechos humanos. • Estados de derecho e impunidad / justicia de transición.

• Derechos Económicos, Sociales y Culturales

.• Igualdad / no discriminación: pueblos indígenas y género.

• Promoción de DDHH.

* Asesoría: a las autoridades de los tres Organismos del Estado, para que tanto la legislación como las políticas y

programas se ajusten a los compromisos internacionales

en materia de derechos humanos. Específicamente, asesorará:

• Al Gobierno y a la Fuerza Pública: para la definición y

puesta en práctica de políticas y programas.

• Al Congreso: para que las normas internas armonicen con las normas internacionales.

• A la rama judicial: para que aplique e intérprete de manera adecuada las normas internacionales.

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• A las entidades públicas: para la adopción de medidas específicas que garanticen la aplicación de las

recomendaciones internacionales.

• A las entidades estatales y no gubernamentales: para que fomenten la cultura de derechos humanos, mediante

programas de educación ciudadana y formación de funcionarios públicos.

• A representantes de la sociedad civil e individuos: para

apoyarlos en la promoción de los derechos humanos y en la utilización de los mecanismos internacionales.

* Promoción: para aumentar el nivel de conocimiento y

concienciación, en todos los sectores sociales, sobre la temática de derechos humanos.

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Redes, observatorios, entidades gremiales, federaciones, sindicatos, comités de protección,

asociaciones, vedurías y otras instituciones.

Otro elemento que es muy valioso y útil para periodistas

y comunicadores/as es buscar coordinación y colaboración con estas instituciones, así como impulsar

propuestas y acciones conjuntas. Hay acciones efectivas

que logran incidir en los organismos encargados de la seguridad para prevenir daños irreparables.

a) IFEX

Una de las consideradas más eficaces es la Red para el

Intercambio Internacional de la Libertad de Expresión

(IFEX por sus siglas en inglés), que nació en 1992 en Montreal, Canadá, cuando una docena de importantes

organizaciones de la libre expresión se reunió para crear un mecanismo coordinado para denunciar rápidamente

las infracciones a la libre expresión. En la actualidad,

IFEX está formado por más de 80 organizaciones independientes en todo el mundo y se le reconoce como

una red mundial sumamente creíble y eficaz.

Las Alertas son un mecanismo para informar de abusos contra la libertad de expresión, hacerlos circular a los

miembros, a organizaciones y suscriptores individuales.

Buscan llamar la atención, prevenir y exigir el respeto a derechos relacionados con la libertad de emisión del

pensamiento, de expresión y de prensa que están en riesgo o amenazados. Ayudan a resolver situaciones

difíciles de periodistas que están en prisiones, a terminar

con amenazas, con censura o autocensura y, lo más importante, pueden salvar vidas.

En un Manual escrito por los Coordinadores de la Red de

Alertas de la Oficina de IFEX para la Asamblea General

realizada en Montevideo en octubre de 2007, se

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recomiendan 20 pasos para el diseño de alertas eficaces28.

Síntesis de esos pasos:

1. Establecer la autenticidad de la fuente de la alerta.

2. Ponerle fecha.

3. Incluir señaladores claros de inicio y fin. 4. Tener cuidado con las alertas de segunda mano.

5. Preguntarse si uno desea que la alerta circule. 6. Hacer la alerta “autónoma”.

7. Pedir al lector efectuar una sola acción claramente definida y elegida racionalmente.

8. Hacerla de fácil comprensión.

9. Comprobar los hechos. 10. Ser realista en las expectativas de apoyo y

modesto en los reclamos y solicitudes. 11. Decirlo todo.

12. No predicar sólo a los conversos.

13. Evitar el lenguaje contencioso. 14. Hacerla fácil de leer.

15. No usar una petición de carta en cadena. 16. Exhortar a la gente a informarle de sus acciones.

17. Ser selectivo. 18. Examinar e impacto de las alertas

periódicamente.

19. No confundir enviar correo electrónico con organizar.

20. Alentar las buenas prácticas.

28 Basado en Designing Effective Action Alerts for the

Internet, por Phil Agre. Department of Information Studies, University of California, Los Angeles, versión del

24 de abril de 1999, derechos reservados y usado con permiso der IFEX.

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b) Observatorios

Observatorio de los Periodistas de la Agencia

CERIGUA

Fue instalado por la agencia CERIGUA en agosto del 2004 como una herramienta que permite abordar los

riesgos a los que diariamente se enfrentan los periodistas

y para vigilar el estricto cumplimiento de los derechos fundamentales referidos a la libertad de expresión,

reconocidos nacional e internacionalmente29.

Observatorio Latinoamericano para la Libertad de Expresión OLA

Es una entidad de comunicación social, integrada por asociaciones, sindicatos, gremios, instituciones de

formación profesional, capacitación y especialización, organizaciones culturales, comunitarias y sociales,

agrupaciones, instituciones afines con actividades

conexas de trabajadores de la comunicación social, así como por personas y otras agrupaciones que se

identifican con los fines y objetivos de la Federación Internacional de Periodistas -FIP- , ubicados en toda

América Latina y el Caribe, comprometidos con la promoción y defensa de la libertad de expresión como

derecho humano fundamental.

El Observatorio Latinoamericano para la Libertad de

Expresión tiene por objeto promover, proteger y defender los derechos de pensamiento, opinión,

expresión y difusión de los pueblos y de los trabajadores

de la comunicación social de América Latina y el Caribe.

29 http://cerigua.org/la1520/index.php/observatorio-periodistas

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Comisión Investigadora de Atentados a Periodistas CIAP

La Comisión Investigadora de Atentados a Periodistas -CIAP- fue establecida durante el Seminario sobre

Derechos Humanos de los Periodistas efectuado en Ciudad de México del 16 al 17 de febrero de 1993, por

mandato del VI Congreso de la Federación

Latinoamericana de Periodistas -FELAP-, celebrado en octubre de 1991 en Brasil.

Objetivos:

1. Hacer el seguimiento de los procesos de investigación

sobre los atentados a periodistas latinoamericanos, en

cumplimiento de sus labores profesionales.

2. Reclamar a los Estados para que asuman con responsabilidad la sanción a los culpables de la violación

de los derechos fundamentales a los periodistas.

3. Enviar los documentos de la Comisión a los

organismos internacionales intergubernamentales y no gubernamentales, a fin de que exijan o presionen a los

Estados para el cumplimiento de sus deberes con los periodistas y sus familias, perjudicadas por la violación

del derecho a la vida, a la integridad y la libertad.

4. Prestar asesoría jurídica ante organismos

internacionales en la denuncia e investigación de la violación de los derechos humanos a los periodistas.

c) Otras entidades

Hay entidades que tienen capacidad de brindar solidaridad inmediata, tales como el Comité de

Protección al Periodista de New York (CPJ) o la

Fundación Rory Peck, que cuentan con programas de

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protección y apoyo a periodistas independientes, freelance, y sus familias en tiempos de necesidad y para

promover su bienestar y seguridad30.

Artículo 19, que tiene una oficina en México, también

trabaja el tema31.

Reporteros sin Fronteras, vela por estos derechos y

apoya a periodistas en riesgo32.

Amnistía Internacional -AI-, entidad defensora de derechos humanos que tiene capacidad de respuesta

inmediata y una gran disposición y solidaridad en casos de amenazas y riesgos.

La Asociación de Periodistas de Guatemala –APG- a través de su Comisión de Libertad de Prensa y la

Cámara Guatemalteca de Periodismo –CGP- también emiten comunicados cuando hay peligro para sus

colegas.

En el plano nacional hay medios como el Periódico que

colaboran con periodistas en riesgo cuando necesitan salir del país.

El Comité Internacional de la Cruz Roja CICR33

El CICR trabaja alrededor de la seguridad y protección de los periodistas y sus colaboradores a partir del derecho

internacional humanitario DIH, que establece la obligación de respetar a los periodistas civiles asignados

a la cobertura de conflictos armados y protegerlos contra

30 www.rorypecktrust.org. 31 www.article19.org. 32 www.rsf.org. 33

Documentos Taller CIRC a periodistas y corresponsales

de CERIGUA. Junio 2008.

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cualquier forma de ataque intencional. El DIH concede a los periodistas civiles la misma protección que a las

personas civiles, siempre que no participen directamente

en las hostilidades.

Antonella Notari, jefa del proyecto del CICR sobre la protección conferida por el DIH a los periodistas34 que

realizan misiones profesionales en conflictos armados,

expresó una serie de elementos que reproducimos a continuación por considerarlos importantes.

El DIH está integrado por una serie de documentos

internacionales que regulan las actuaciones en tiempos de guerra o conflicto armado. Estos documentos son los

Convenios de Ginebra de 1949, que son cuatro y tres

Protocolos adicionales.

Según el artículo 79 del Protocolo adicional I a los Convenios de Ginebra de 1949, los periodistas que

realicen misiones profesionales peligrosas en las zonas de

conflicto armado serán considerados personas civiles. Serán protegidos como tales de conformidad con los

Convenios y el presente Protocolo, a condición de que se abstengan de todo acto que afecte a su estatuto de

persona civil.

En la norma 34 del capítulo 10 del estudio sobre el

derecho internacional humanitario consuetudinario realizado por el CICR en 2005, se establece que "los periodistas civiles que realicen misiones profesionales en zonas de conflicto armado serán respetados y protegidos, siempre que no participen directamente en las hostilidades", y se observa que "la práctica de los Estados establece esta regla como una norma de derecho internacional consuetudinario aplicable tanto en

34 El término "periodistas" se refiere a los periodistas y a sus colaboradores.

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los conflictos armados internacionales como en los no internacionales".

En todos los conflictos armados, el DIH prohíbe explícitamente los siguientes actos contra personas que

no participan o que han dejado de participar activamente en las hostilidades: los atentados contra la vida y la

integridad corporal, especialmente el homicidio en todas

sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios, la toma de rehenes, los atentados contra

la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes, las condenas dictadas y las ejecuciones

sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales reconocidas como

indispensables por los pueblos civilizados. Véase el

artículo 3 común a los Convenios de Ginebra.

La línea directa del CICR, que existe desde 1985, es un servicio destinado a los periodistas que se encuentran en

problemas durante un conflicto armado. Los periodistas,

los medios de comunicación que los emplean o los familiares, pueden alertar al CICR y solicitar ayuda

cuando un periodista ha desaparecido, o ha sido herido, muerto o detenido.

Servicios de protección del CICR para periodistas

en el marco de las visitas que el CICR hace a

personas detenidas, averiguar si se ha notificado una detención o captura;

siempre que sea posible, proporcionar de inmediato

información sobre el paradero de un periodista buscado a sus familiares, al medio de comunicación

que lo emplea y a la respectiva asociación

profesional; restablecer el contacto entre el periodista y sus

familiares;

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realizar la búsqueda activa de periodistas

desaparecidos; recuperar y trasladar o repatriar restos mortales;

y trasladar a periodistas heridos.

Este servicio es puramente humanitario. El CICR presta

ayuda a los periodistas con la mayor rapidez posible si ello se encuentra dentro de sus posibilidades y ámbito de

acción. Los pedidos de ayuda pueden presentarse a través de la línea directa del CICR (las 24 horas del día,

todos los días), llamando al teléfono +411 79 217 32 85, o en la oficina más cercana del CICR.

Como promotores del DIH ante las autoridades civiles y militares, los actores no estatales en conflictos armados y

otras partes, el CICR procura dar a conocer y hacer respetar las normas que protegen a los periodistas y a

las personas civiles en general. Además, cooperan con

iniciativas de otras organizaciones que contribuyen a la seguridad de los periodistas, por ejemplo las sociedades

nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, el Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa,

Reporteros sin Fronteras, la UNESCO y otras. Éstas

cuentan con experiencia en formación en primeros auxilios pueden organizar cursos especiales para

periodistas en sus países, a fin de mejorar su preparación, su conocimiento de los riesgos y su

capacidad de afrontar una emergencia sanitaria. Estas aptitudes pueden ser útiles para periodistas que cumplen

misiones en situaciones de desastre natural, conflicto

armado y otros tipos de violencia. Las sociedades nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja,

cuyas actividades incluyen la difusión del DIH, pueden mejorar el conocimiento de la protección que ese

ordenamiento jurídico confiere a los periodistas. Los/as

periodistas deben estar preparados para afrontar los peligros de los conflictos armados y otras situaciones de

violencia a través de la formación y de otros medios de

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asesoramiento y apoyo. Deben contar con el respaldo de los medios de comunicación que los emplean. Dichas

condiciones deben aplicarse tanto a los periodistas que

ocupan cargos permanentes como a los independientes.

Conocer el DIH

Para los/as periodistas, comprender lo que significan

ciertas acciones y sucesos desde el punto de vista del DIH permitirá mejorar la calidad de los reportajes de

guerra. Les ayudará a formular preguntas pertinentes, observar los hechos desde ángulos interesantes,

investigar la historia detrás de la historia y alimentar el debate sobre los derechos y obligaciones de los actores

que intervienen en el terreno y en otros ámbitos.

La labor periodística de calidad, enfocada desde la

perspectiva del DIH, puede hacer una diferencia. Puede influir en la formulación de las políticas, en la toma de

decisiones y en el comportamiento. En otras palabras,

puede fortalecer la voluntad de respetar la ley, combatir la impunidad y proteger a las personas civiles.

Se puede pedir apoyo al CICR para la formación de

grupos de periodistas, pero también puede encontrarse material informativo en los sitios Web de las

organizaciones relacionadas con estos temas, como

www.crimesofwar.org. En Guatemala también existe la Comisión Guatemalteca por el Derecho Internacional

Humanitario COGUADIH, coordinada desde el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ALGUNAS RECOMENDACIONES GENERALES

En el ámbito nacional

1. Conocer el sistema jurídico nacional que

respalda y regula el trabajo periodístico. 2. Exigir su cumplimiento y respeto.

Monitorear a los organismos responsables.

3. Diseñar estrategias de presión social para promover los cambios que sean necesarios

en la legislación. 4. Contribuir a combatir la impunidad a través

de la investigación periodística y la revelación de hechos delictivos.

5. Contribuir a combatir la corrupción y el

nepotismo con trabajos periodísticos basados en información confirmada.

6. Informar con veracidad y con fuentes fidedignas.

7. Evitar el sensacionalismo y la promoción de

información sobre la violencia. 8. No dejarse utilizar por los delincuentes y

criminales ni convertirse en su vocero –consciente o inconscientemente-.

9. Sensibilizar a los/las actoras estatales como la Unidad de Delitos contra

Periodistas y Sindicalistas del Ministerio

Público, a los encargados de la investigación, a los jueces y magistrados

sobre la necesidad de mantener vigentes estas garantías y demandar la aplicación

adecuada de las leyes que velen por la

transparencia. 10. Participar en entidades de prensa para

hacer espíritu de cuerpo en la defensa de sus derechos.

11. Buscar alianzas con entidades de derechos

humanos como la Procuraduría de los

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Derechos Humanos PDH y las auxiliaturas departamentales, la Comisión Presidencial

de Derechos Humanos COPREDEH, el

Movimiento de Derechos Humanos y otras instituciones afines.

12. Conocer los mecanismos de protección para su trabajo –legales y administrativos-.

Poner en práctica el Protocolo de Medidas

de Seguridad y este Manual de Mecanismos de Protección.

13. Promover y participar en organizaciones, eventos, foros, discusiones o cualquier tipo

de actividad en la que se coloque el debate sobre la libertad de expresión, emisión del

pensamiento, de prensa y el derecho a la

información. 14. Promover y asumir actitudes de solidaridad

activa con los agraviados. 15. Demandar al Estado, a través de sus

autoridades, investigación pronta y

oportuna, juicio y castigo a quienes resultaren responsables de delitos contra

periodistas. 16. Dar seguimiento noticioso e investigativo a

los casos de agresión contra periodistas y comunicadores.

17. Denunciar cualquier intimidación o

amenaza que se reciba en relación con su trabajo de prensa. Evidenciar y repudiar

acciones que pongan en peligro la integridad física de los miembros de la

prensa.

18. Combatir la censura y la autocensura de manera creativa y organizada.

19. Rechazar todas las actitudes que contravengan la ética periodística.

20. Tomar acciones para preservar la identidad

de periodistas en riesgo

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En el ámbito internacional

1. Conocer y estudiar la legislación internacional,

los tratados y convenios internacionales aceptados por Guatemala.

2. Hacer uso, cuando sea necesario, de los mecanismos que nos ofrece el Sistema

Interamericano y el Sistema Universal de

protección a los derechos humanos. 3. Establecer y mantener vínculos y relaciones con

entidades especializadas en defensa y protección de los derechos humanos que nos atañen, así

como las especializadas en el litigio internacional. 4. Tomar iniciativas para hacer publicaciones

conjuntas con entidades afines.

5. Impulsar campañas con asesoría y diseños idóneos.

6. Respaldar acciones de entidades afines cuando sea pertinente.

7. Sumarse a iniciativas nacionales o

internacionales tomadas en el ámbito internacional.

8. Acciones de solidaridad con colegas en riesgo.

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Directorio de entidades que promueven y protegen la libertad de expresión

Internacionales

Comisión Interamericana de Derechos Humanos 1889 F Street, N.W.

Washington, D.C., 20006

U.S.A. Teléfono: 202-458-6002

Facsímile: 202-458-3992 [email protected]

http://www.cidh.oas.org

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.

1889 F Street, N.W. Washington, D.C., 20006 U.S.A. Tel: 202-458-3796

Fax: 202-458-6215 E - mail: [email protected]

Web: http://www.cidh.org/relatoria/

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

PO Box 10081-1000. San José, Costa Rica Tel: 506-234-04-04

Fax: 506-234-09-55 E-mail: [email protected]

Web: http://www.iidh.ed.cr/

Alto Comisionado de Naciones Unidas para los

Derechos Humanos Teléfono: +41 22 917 9220

Correo electrónico: [email protected]

http://www.ohchr.org Americas Section

Tel. + 41 22 928 9167 Geneva, Switzerland

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95

Oficina Regional para Centro América Panamá

Casa de las Naciones Unidas

Edificio 128, 3er. piso, Ciudad del Saber, Clayton

Panamá, Panamá Tel: (507) 302 4500

Fax: (507) 302 4694

Email: [email protected] Website: http://www.oacnudh.org/

Contacto: Ms. Carmen Rosa Villa Regional Representante para Centro América

Oficina en Guatemala

Tel. (502) 2382 3400

Guatemala City, Guatemala Email: [email protected]

Relator Especial de Naciones Unidas encargado de

la cuestión de la promoción y la protección del

derecho a la libertad de opinión y de expresión Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, 1211 Ginebra 10, Suiza

Fax: +41 22 9179006 e-mail: [email protected]

Freedom House 1301 Connecticut Ave. NW, Floor 6

Washington D.C. 20036 Tel: 202-296-5101

Fax: 202-293-2840

E-mail: [email protected] Web: http://www.freedomhouse.org/

Instituto Prensa y Sociedad (IPYS)

Calle Sucre 317

Barranco (Alt. Puente de los Suspiros)

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96

Lima,Perú Tel: 51-1-247-3308

Fax: 511-247-3194

E-mail: [email protected] Web: http://www.ipys.org/ .

Intercambio Internacional de la Libertad de

Expresión/International Freedom of Expression

Exchange (IFEX) 555 Richmond St W.

PO Box 407. Toronto, Ontario. Canada M5V 3B1 Tel: +1 416 515 9622

Fax: +1 416 515 7879 E- mail: [email protected]

Web: http://www.ifex.org .

International News Safety Institute (INSI)

International Press Centre Résidence Palace, Block C, 155 rue de la Loi

B-1040 Brussels, Belgium

Telephone: +32 2 235 22 01 Fax: +32 2 235 22 19

Email: [email protected] .

Observatorio Latinoamericano para la Libertad de Expresión- FELATRACS

Jirón Huancavelica 320. Lima 1, Perú

Tel: 51 1- 4278493 Fax: 51-1- 4270687

Web: http://www.felatracs.org .

Pressnet: Periodistas, Periodismo y Medios de

Comunicación en Internet Tel: 34-954-09-23-15; 34-655-19-53-22

Fax: 34-954-09-23-15 E-mail: [email protected]

Web: http://www.pressnetweb.com

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97

PEN American Center

588 Broadway, Suite 303

New York, NY 10012 Tel. (212) 334-1660, ext. 116

Fax. (212) 334-2181 E-mail: [email protected]

Reporteros sin Fronteras (RsF) International Secretariat: RSF

5, rue Geoffroy Marie - 75009 Paris - France Tel. (33) 1 44 83 84 84

Fax: (33) 1-45-23-11-51 E-mail: [email protected] [email protected]

Web: http://www.rsf.org .

Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)

1801 S.W. 3rd Avenue Miami, Florida 33129

Tel: (305) 634-2465

Fax: (305) 635-2272 E-mail: [email protected]

Web: http//www.sipiapa.org

Nacionales

Asociación de Periodistas de Guatemala APG Dirección de correo electrónico: [email protected] Oficina: 14 calle 3-29 zona 1 Tel: 2221-3162 y 2232-1813

Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala FAMDEGUA

Tel: 2230-2866 Fax: 2220-3785

Dirección: 2da calle A 7-13 zona 2.

Correo electrónico: [email protected]

Grupo de Apoyo Mutuo GAM

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Dirección: 8ª calle 3-11, Zona 1, Ciudad de Guatemala. Tel. 2251-9037

Fax 2220-0606

Unidad de Protección a Defensoras y Defensores

de Derechos Humanos en Guatemala UDEFEGUA Tel: 2254-5840

2254-4496

Dirección: 1ª calle 7-45 Zona 1 Oficina 2B. Correo electrónico: [email protected]

Familiares y Amigos Contra la Delincuencia y el

Secuestro FADS Eleonora Muralles

Celular: 5417-3347

Correo electrónico: [email protected]

Centro Internacional de Investigación en Derechos Humanos CIIDH

Correo electrónico: [email protected]

Defensoría de la Mujer Indígena DEMI

Tel. 2232-9502 y 2253-8075 Dirección: 11 calle 9-38, zona 1.

Defensoría de la Mujer de la PDH.

Tel. 2232-4228 ext. 112

2230-0874/6 Dirección: 12 av. 12-11, zona 1

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99

BIBLIOGRAFÍA Y LEYES CONSULTADAS:

Agre, Phil Designing Effective Action Alerts for

the Internet. Department of Information Studies, University of California, Los Angeles, versión del

24 de abril de 1999, derechos reservados y usado con permiso der IFEX.

Alamilla, Ileana, Documento sobre los Poderes

Paralelos, 2007-2008.

Alamilla, Ileana, Ponencias sobre libertad de

expresión y libertad de prensa.

Alamilla, Ileana, Taller sobre derechos de libertad

de expresión y de Prensa, legislación que los protege. (2007).

Centro de Divulgación del Conocimiento

Económico para la libertad –Cedice Conceptos

básicos e indicadores de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). Manual de apoyo para

periodistas. -, Instituto Ethos. Red Ethos de

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional

(CEJIL) La protección de la Libertad de

Expresión y el Sistema Interamericano. San José Costa Rica 2003.

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional

(CEJIL) UE. La Protección de la Libertad de

Expresión en el Sistema Interamericano. Manual.

Páginas 79, 82, 99

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Cerigua, Impunidad Ambiental, trasiego de

sustancias químicas sin control ni manejo adecuado en Guatemala, Julio 2008.

Cerigua, Observatorio de los Periodistas, Estado

de situación de la Libertad de Expresión. (2007, 2008, 2009 2010)

Corte Interamericana de Derechos Humanos

(CIDH), La colegiación obligatoria de periodistas

(arts. 13 y 29Convención Americana sobre Derechos Humanos). Párrafo 39

Documentos Taller CIRC impartido a periodistas

y corresponsales de Cerigua. Junio 2008.

García Laguardia, Jorge Mario, Política y

Constitución en Guatemala: la Constitución de 1985 y sus reformas. 4ª. Ed. 1996. Página 50

Instituto Nacional para la Seguridad de los

Periodistas (INSI) 2008 www.newssafety.com

Jornalistas Empresa y responsabilidad social. 1ª.

Edición. Caracas Venezuela 2005 Reporteros sin Fronteras. Marzo 2002 www.rsf.fr

Leach, Leslie y Hofstetter Cedric Asesores de

programas de cooperación del CICR en Ginebra. Extractos del documento.

Observatorio de los Periodistas de la Agencia

Cerigua http://cerigua.org/la1520/index.php/observatorio

-periodistas

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101

Legislación:

Constitución Política de la República de

Guatemala. Capítulo II

Decreto 1-86 Asamblea Nacional Constituyente.

Decretos 54-86 y 32-87 del Congreso de a

República y sus reformas

Ley de Amparo, Exhibición Personal y de

Constitucionalidad. Decreto 1-86 de la Asamblea

Nacional Constituyente.

Consultas electrónicas

www.article19.org

www.fipcolombia.com Extractos del documento

del INSI colocado en esta página y adaptado. www.rorypecktrust.org

www.rsf.org/

http://www.copredeh.gob.gt/

http://www.oacnudh.org.gt/

http://www2.ohchr.org/spanish/issues/opinion/in

dex.htm