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EMISIÓN DE BONOS SUBORDINADOS • JUNIO 2010

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Prospecto Banco Estado

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Page 1: Prospecto Banco Estado

E M I S I Ó N D E BONOS SUBORDINADOS • JUNIO 2010

Page 2: Prospecto Banco Estado
Page 3: Prospecto Banco Estado

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EMISOR Banco del Estado de Chile

MONTO TOTAL DE LA LÍNEA 5.000.000. Unidades de Fomento

PLAZO TOTAL DE LA LÍNEA 30 años

SERIES Serie I2

MONTO UF 3.000.000

PLAZO 28 años

TASA DE INTERÉS 4,50% anual vencido, compuesto semestralmente, base 360 días

RESCATE ANTICIPADO No contempla rescate anticipado

NUMERO DE BONOS (CORTES) 6.000 láminas de UF 500 c/u

FECHA DE INICIO 01 de Enero de 2010

REAJUSTABILIDAD Unidades de Fomento

PERIODO DE GRACIA Veinticinco años de periodo de gracia para el capital

AMORTIZACIÓN DEL CAPITAL A partir del 01 de julio de 2035

CODIGO NEMOTECNICO UESTI20110

GARANTÍAS Sin garantías

AGENTE COLOCADOR BancoEstado S.A. Corredores de Bolsa

REPRESENTANTES DE LOS TENEDORES DE BONOS Banco de Chile

BANCO PAGADOR BancoEstado

CLASIFICACIÓN DE RIESGO Clasificación AA+ Feller & Rate

Clasificación AA Fitch Chile

EMISION DE BONOS SUBORDINADOS UF 3.000.000

SEGUNDA EMISIÓN AL AMPARO DE LÍNEA DE BONOS SUBORDINADOS

Page 4: Prospecto Banco Estado

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EMISION DE BONOS SUBORDINADOS BANCO DEL ESTADO DE CHILE

EMISOR BANCO DEL ESTADO DE CHILE

DOMICILIO Avenida del Libertador Bernardo O’Higgins N°1111, Santiago, Chile.

INSCRIPCION DEL EMISOR EN EL REGISTRO DE VALORES El emisor se encuentra inscrito en el Registro de Valores de la

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

VALORES A EMITIRSE Bonos Subordinados al portador, desmaterializados denominados en

Unidades de Fomento(UF).

MONTO MAXIMO DE LA EMISION UF 5.000.000

MONTO FIJO/LINEA Línea

REAJUSTABILIDAD En Unidades de Fomento

GARANTIAS La presente línea de emisión no contempla garantías específicas.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 de Ley General de Bancos,

en caso de concurso del acreedor los Bonos se pagarán después de que

sean cubiertos los créditos de los valistas.

RESCATE ANTICIPADO De acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de la Ley General de Bancos,

la emisión no admite prepago, esto es, no contempla rescate anticipado

de títulos.

TASA DE INTERES A definir según plazo de emisión y tasas de mercado.

PLAZO VENCIMIENTO LÍNEA: La línea de bonos tiene un plazo máximo de duración de treinta años conta

dos desde el 1° de marzo de 2008, dentro del cual deberán colocarse y vencer

todas las obligaciones de pago de las distintas emisiones de bonos que se

efectúen con cargo a esta línea.

Page 5: Prospecto Banco Estado

3

MONTO TOTAL DE LA EMISION UF 3.000.000 en una sola serie

FECHA DE EMISION 01 de Enero de 2010

NUMERO DE SERIES Y TITULOS La emisión tendrá una serie, denominada Serie I2, compuesta por 6.000 títulos de

UF 500 c/u.

AMORTIZACION DEL CAPITAL Los Bonos Subordinados tienen un período de gracia para

el pago del capital de 25 años, con un plazo final de 28 años.

RESCATE ANTICIPADO De acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de la Ley General de Bancos,

la emisión no admite prepago, esto es, no contempla rescate anticipado de títulos.

TASA DE INTERES 4,50% real anual vencido, compuesto semestralmente,

base 360 días.

PLAZO 28 años.

REAJUSTABILIDAD En Unidades de Fomento.

GARANTIAS La presente emisión no contempla garantías específicas.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 de Ley General de Bancos, en caso

de concurso del acreedor los Bonos se pagarán después de que sean cubiertos los

créditos de los valistas.

REPRESENTANTE DE LOS TENEDORES DE BONOS Banco de Chile

ELABORADOR PROSPECTO Banco del Estado de Chile

AGENTE COLOCADOR BancoEstado S.A. Corredores de Bolsa

PLAZO DE COLOCACION El plazo expirará en 48 meses a contar de la fecha de la

inscripción en la Superintendencia de Bancos e

Instituciones Financieras.

BANCO PAGADOR Banco del Estado de Chile

CLASIFICACION DE RIESGO Categoría AA+ Efectuada por Feller & Rate Clasificadora de Riesgo Ltda.

Categoría AA efectuada por Fitch Chile Clasificadora de Riesgo Ltda. “LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS NO SE PRONUNCIA SOBRE LA CALIDAD DE LOS VALORES OFRECIDOS COMO INVERSIÓN. LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTE PROSPECTO ES DE RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL EMISOR. EL INVERSIONISTA DEBERÁ EVALUAR LA CONVENIENCIA DE LA ADQUISICIÓN DE ESTOS VALORES, TENIENDO PRESENTE QUE EL O LOS ÚNICOS RESPONSABLES DEL PAGO DE LOS DOCUMENTOS SON EL EMISOR Y QUIENES RESULTEN OBLIGADOS A ELLO”.

CARACTERÍSTICAS ESPECIFICAS DE LA EMISIÓN

SEGUNDA EMISION CON CARGO A LA LINEA

Page 6: Prospecto Banco Estado

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I N D I C E

P R E S E N T A C I O N 5

1. ANTECEDENTES DEL EMISOR DE BONOS SUBORDINADOS 5

1.1.Identificación del emisor 5

1.2.Antecedentes legales del emisor 6

1.3.Antecedentes sociales y administrativos del emisor 6

2. DESCRIPCION DE LA EMISION DE BONOS SUBORDINADOS 7

2.1.Antecedentes de la emisión 8

2.2.Representante de los tenedores de bonos subordinados 8

2.3.Características de los bonos subordinados 10

2.4.Reglas para la protección de los tenedores de Bonos Subordinados 14

2.5.Amortización extraordinaria 14

2.6.Reemplazo o canje de títulos 14

2.7.Juntas de tenedores de bonos 14

2.8.Información a los tenedores de bonos subordinados 15

2.9.Tabla de desarrollo 16

3. DESCRIPCION DE LA COLOCACION DE LOS BONOS SUBORDINADOS 18

3.1.Agente colocador 18

3.2.Suscripción 18

3.3.Plazo de colocación convenido 18

3.4.Relación emisor - colocador 18

3.5.Valores no suscritos 18

4. INFORMACION FINANCIERA DEL EMISOR 19

Estado de situación financiera consolidada al 30 de noviembre de 2009

Page 7: Prospecto Banco Estado

5

Razón Social BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Nombre de Fantasía BancoEstado

Domicilio Legal Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1111,

Santiago de Chile.

RUT 97.030.000-7

Número de teléfono 970-7000

Casilla Correo 21, Casilla 240 V

Telex 340259 Estado CZ 441152 Bcest CZ

240409 Bcest CL 240481 Bcest CL

Números de Fax 698-3299 / 670-5478 / 670-5711 / 670-5479

PRESENTACION

La información contenida en este prospecto es una descripción de las características de la emisión de bonos subordinados y de la entidad

emisora, el Banco del Estado de Chile, para que los señores inversionistas evalúen la conveniencia de la adquisición de estos valores,

teniendo presente que el único responsable del pago de los documentos es el emisor.

Los antecedentes que se proporcionan en este documento corresponden a los contenidos en la solicitud de inscripción en el Registro de

Valores de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

1. ANTECEDENTES DEL EMISOR

1.1. IDENTIFICACION DEL EMISOR

Page 8: Prospecto Banco Estado

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1.3. ANTECEDENTES SOCIALES Y ADMINISTRATIVOS DEL EMISOR

Consejo Directivo:

Presidente Segismundo Schulin-Zeuthen Serrano

Vicepresidente Roberto Palumbo Ossa

Directores Juan Carlos Méndez González

Jorge Rodríguez Grossi

Gabriel Tomic Errázuriz

Salvador Valdés Prieto

Director Laboral Pablo Silva Manríquez

1.2. ANTECEDENTES LEGALES DEL EMISOR

El Banco del Estado de Chile fue creado por Ley, mediante el Decreto con Fuerza de Ley N°126, publicado en el Diario Oficial el 24 de julio

de 1953, iniciando sus operaciones el 1 de septiembre del mismo año. Actualmente se rige por su propia Ley Orgánica, cuyo texto fue fijado

por el Decreto Ley N°2.079 de 16 de Diciembre de 1977, publicado en el Diario Oficial el 18 de enero de 1978.

El Banco es una empresa bancaria autónoma del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida, sometida

exclusivamente a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Su patrimonio pertenece en un 100% al

Estado de Chile y no está dividido en acciones, sino que está conformado por un aporte de capital único, expresado en pesos chilenos.

Comité Ejecutivo:

Presidente Segismundo Schulin-Zeuthen Serrano

Vicepresidente Roberto Palumbo Ossa

Gerente General Ejecutivo Pablo Piñera Echenique

Fiscal Pablo Lagos Puccio

Contralor Pedro Bolados Morales.

Page 9: Prospecto Banco Estado

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2. DESCRIPCION DE LA EMISION DE BONOS SUBORDINADOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley General de Bancos, las instituciones financieras pueden emitir bonos

subordinados que tengan las siguientes características:

a) Deben emitirse a un plazo promedio no inferior a 5 años, sin garantía especial.

b) Las condiciones de la emisión no deben incluir cláusulas de prepago, que signifiquen el pago anticipado del total o parte de los bonos

subordinados emitidos.

c) La obligación puede computarse como patrimonio efectivo para los efectos de las limitaciones legales. Las normas de la

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras establecen que los bonos subordinados se valorarán al precio de colocación

y el valor computable disminuirá en un 20% por cada año que transcurra desde que falten seis años para su vencimiento, esto es, para el

pago de los respectivos cupones.

Por consiguiente, el cálculo del importe computable deberá efectuarse sobre el valor actual de los bonos según su tasa implícita

efectiva de colocación, aplicando los siguientes porcentajes según los años remanentes (no calendarios):

Valor actual de los flujos a: Porcentaje Computable

Más de cinco años 100%

Más de cuatro hasta cinco años 80%

Más de tres hasta cuatro años 60%

Más de dos hasta tres años 40%

Más de uno hasta dos años 20%

Un año o menos 0%

El monto de los bonos subordinados que pueden computarse como patrimonio efectivo en la forma antes señalada, no podrá exceder

del 50% del capital básico de la institución, a la fecha del cómputo.

d) En caso que la entidad emisora se encuentre en concurso de acreedores, esto es, en estado de liquidación forzosa, estos bonos se

pagarán después de los demás acreedores, incluidos los valistas, lo que les confiere su carácter de subordinados.

Page 10: Prospecto Banco Estado

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e) En el caso del Banco del Estado de Chile, su condición de empresa autónoma del Estado, no va a permitir que, en caso de que

proponga convenio a sus acreedores, estos capitalicen sus bonos como lo expresa el inciso tercero del artículo 55 de la Ley General de

Bancos; ello no obsta a que, en tal evento, puedan efectuarse las demás proposiciones de convenio que contempla la ley que, por lo

demás, serían comunes a todos los acreedores (Ord. N° 280 del 21.04.94 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras).

2.1. ANTECEDENTES DE LA EMISION

La línea de emisión de bonos con cargo a la cual se efectúa la presente emisión de Bonos Subordinados fue autorizada por el Comité

Ejecutivo del Banco del Estado de Chile, mediante Acuerdo N° 940 del 11 de diciembre de dos mil siete, y ratificado por el Consejo

Directivo del Banco, en sesión de fecha 27 de diciembre de dos mil siete, documentos que fueron protocolizados bajo el número 10.221

el 31 de Diciembre de dos mil siete , en la Notaría de Santiago de don Enrique Tornero Figueroa.

La escritura de la presente emisión de bonos, que da cuenta este prospecto, fue suscrita por el Emisor y el Banco de Chile, en su calidad

de Representante Provisional de los Tenedores de Bonos Subordinados, en Santiago, en la Notaria de don Enrique Tornero Figueroa con

fecha 15 de Enero de dos mil diez.

2.2. REPRESENTANTE DE LOS TENEDORES DE BONOS SUBORDINADOS

El Representante Provisional de los Tenedores de Bonos Subordinados es el Banco de Chile, con domicilio en calle Ahumada 251,

Santiago, quien continuará en forma definitiva si no fuere sustituido en la primera Junta de Tenedores de Bonos.

El Representante Provisional fue designado por el Emisor, siendo sus funciones y responsabilidades las señaladas en la Ley 18.045 de

Mercado de Valores, en particular las disposiciones del título XVI.

No existe relación alguna de propiedad o gestión entre el Representante Provisional de los Tenedores de Bonos Subordinados y los

administradores del Emisor.

Procedimiento de Elección, Reemplazo, Remoción y Renuncia.

El Representante de los Tenedores de Bonos Subordinados podrá ser sustituido en cualquier momento, sin expresión de causa, por

voluntad de la Junta General de Tenedores de Bonos Subordinados y solamente podrá renunciar a su cargo ante una Junta de Tenedores

de Bonos Subordinados. La misma Junta que conozca de la remoción y revocación de este cargo, o de la renuncia correspondiente,

deberá elegir al reemplazante, quien podrá desempeñar el cargo desde que exprese su conformidad con dicha función. De esta sustitución

deberá informarse al Registro de Valores de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y al Emisor el día hábil siguiente

de haberse producido.

Page 11: Prospecto Banco Estado

9

Facultades y Derechos.

Además de las facultades que le corresponde como mandatario y de las que se le otorguen por la Junta, el Representante tendrá todas

las atribuciones que la ley le confiere.

Deberes y Prohibiciones.

El Representante de los Tenedores de Bonos deberá guardar absoluta reserva sobre todos los negocios, antecedentes e información

de que hubiere tomado conocimiento en uso de sus facultades inspectivas. Tendrá prohibición de revelar o divulgar las informaciones,

circunstancias y detalles de dichos negocios en cuanto no fuere estrictamente indispensable para el cumplimiento de sus funciones.

El Representante de los Tenedores de Bonos no podrá delegar sus funciones.

Asimismo, estará obligado, cuando sea requerido por los Tenedores de Bonos, a proporcionar información sobre antecedentes

esenciales del Emisor, sea que éste último los hubiere divulgado en conformidad a la Ley o bien cualquier otra información entregada

al Representante que pudiere afectar directamente a los Tenedores de Bonos Subordinados o al Emisor en sus relaciones con aquellos.

Responsabilidad.

El Representante de los Tenedores de Bonos Subordinados será responsable de su actuación en conformidad a la ley y responderá

por la violación o infracción de cualquiera de las obligaciones que la Ley de Valores y la Escritura de Emisión le impongan.

Cesación en el cargo.

El Representante de los Tenedores de Bonos cesará en sus funciones por las causales legales y por las siguientes:

- Uno. Renuncia del Representante, sin embargo, la renuncia sólo procederá ante la Junta de Tenedores de Bonos y la dejación del

cargo sólo podrá hacerse efectiva una vez que se haya resuelto el reemplazo del Representante. Además, en el caso del Representante

Provisional de los Tenedores de Bonos, no procederá la renuncia antes de vencido el plazo para la colocación de los bonos de esta emisión.

- Dos. Imposibilidad física o jurídica del Representante para ejercer el cargo.

- Tres: Remoción, revocación o sustitución del Representante.

Producida la cesación en el cargo del representante, cualquiera sea la causa, el reemplazo o elección del sucesor se hará de acuerdo

a lasnormas y procedimientos establecidos anteriormente.

Page 12: Prospecto Banco Estado

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Serie Valor Nominal N° cupones N° de Título Monto Total

de cada Bono

I2 UF 500 56 6.000 UF 3.000.000.

2.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS BONOS SUBORDINADOS

Monto total, características y condiciones de la Emisión.

El Banco del Estado de Chile procederá a efectuar una emisión desmaterializada de Bonos Subordinados al portador, con cargo a la línea

de bonos subordinados, en conformidad al articulo 55 de la Ley General de Bancos, no convertibles en acciones, por la cantidad de UF

3.000.000.- en una serie, Serie I2 a veintiocho años de plazo, con las siguientes características:

Reajustabilidad.

Los Bonos Subordinados se denominan en Unidades de Fomento y se pagarán en su equivalente en moneda nacional al día de

vencimiento de la cuota de interés y/o capital, o al día hábil siguiente si el anterior no lo fuera. El saldo insoluto de capital se reajustará

de acuerdo a la variación que experimente el valor de dicha unidad.

Para estos fines, se tendrán por válidas las publicaciones que al efecto haga en el Diario Oficial el Banco Central de Chile. Si por

cualquier motivo dejare de existir la Unidad de Fomento o se modificare la forma de cálculo, sustitutivamente se aplicará la variación

que experimente el Índice de Precios al Consumidor en igual período, con un mes de desfase, calculado por el Instituto Nacional de

Estadística o el organismo que lo reemplace o suceda.

Tasa de Interés.

Los Bonos Subordinados Serie I2 devengarán una tasa de interés de 4,50% real anual, los cuales se pagarán semestralmente, vencidas

y compuestas, en base 360 días, calculadas sobre el capital insoluto expresado en unidades de fomento

A contar de la fecha de vencimiento de los cupones no se generarán intereses ni reajustes.

Fecha de comienzo de devengamiento de intereses y reajustes.

Los Bonos Subordinados de la Serie I2 comenzarán a devengar intereses y reajustes a partir del día 01 de Enero de 2010.

Page 13: Prospecto Banco Estado

11

Nº Cuota de Interés Nº Cuota de Amortización Fecha de Pago

1 - 1-7-2010

2 - 1-1-2011

3 - 1-7-2011

4 - 1-1-2012

5 - 1-7-2012

6 - 1-1-2013

7 - 1-7-2013

8 - 1-1-2014

9 - 1-7-2014

10 - 1-1-2015

11 - 1-7-2015

12 - 1-1-2016

13 - 1-7-2016

14 - 1-1-2017

15 - 1-7-2017

16 - 1-1-2018

17 - 1-7-2018

18 - 1-1-2019

19 - 1-7-2019

20 - 1-1-2020

21 - 1-7-2020

22 - 1-1-2021

23 - 1-7-2021

24 - 1-1-2022

25 - 1-7-2022

26 - 1-1-2023

Convertibilidad.

Los Bonos Subordinados que se ofrecen en la presente emisión no son convertibles en acciones, ni en ningún otro valor emitido por

la empresa emisora, BancoEstado.

Forma y plazo de pago de intereses, reajustes y amortizaciones.

Los Bonos Subordinados de la Serie I2 se amortizarán en 6 cuotas, a partir del Quincuagésima primer semestre contado desde la

fecha de emisión, los días 01 de enero y 01 de julio de cada año. El servicio de la deuda originada, que comprende la suma de capital

e intereses, se verificará mediante cuotas iguales y sucesivas. Del mismo modo serán iguales entre sí aquellas que sólo comprendan

intereses, las que se pagarán en 50 cuotas, semestralmente, a contar del 01 de julio de 2010.

Fecha y lugar de pago de intereses, reajustes y amortizaciones.

Las cuotas de amortización de capital y/o intereses se pagarán semestralmente en las fechas que se señalan a continuación:

Page 14: Prospecto Banco Estado

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La cancelación de cada cuota se realizará en las oficinas centrales del Banco del Estado de Chile, ubicadas en Avenida Libertador

Bernardo O’Higgins N° 1111, en el horario para la atención de público.

Transferibilidad.

La cesión o transferencia de los bonos de esta emisión que son al portador y desmaterializados, se realiza mediante un cargo de la

posición en la cuenta de quien transfiere y un abono en la posición en la cuenta de quien adquiere, todo lo anterior sobre la base de

una comunicación que, por medios electrónicos, dirigirán al Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores, tanto quien transfiere

como quien adquiere.

27 - 1-7-2023

28 - 1-1-2024

29 - 1-7-2024

30 - 1-1-2025

31 - 1-7-2025

32 - 1-1-2026

33 - 1-7-2026

34 - 1-1-2027

35 - 1-7-2027

36 - 1-1-2028

37 - 1-7-2028

38 - 1-1-2029

39 - 1-7-2029

40 - 1-1-2030

41 - 1-7-2030

42 - 1-1-2031

43 - 1-7-2031

44 - 1-1-2032

45 - 1-7-2032

46 - 1-1-2033

47 - 1-7-2033

48 - 1-1-2034

49 - 1-7-2034

50 - 1-1-2035

51 1 1-7-2035

52 2 1-1-2036

53 3 1-7-2036

54 4 1-1-2037

55 5 1-7-2037

56 6 1-1-2038

Nº Cuota de Interés Nº Cuota de Amortización Fecha de Pago

Page 15: Prospecto Banco Estado

13

En el evento que se haya confeccionado físicamente uno o más de los Títulos de Deuda que corresponden a esta emisión, será dueño de

ellos el portador de los mismos, en cuyo caso la transferencia se hará mediante la entrega material de los Títulos.

Entrega de Títulos.

Por tratarse de una emisión desmaterializada de títulos de deuda, no habrá entrega física de éstos, a menos que dicha impresión o

confección física sea requerida por alguno de los Tenedores de Bonos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 18.876, en

cuyo caso el Emisor procederá a emitir o confeccionar, a su costo, el título correspondiente. En consecuencia para todos los efectos, se

tendrá por entrega suficiente al primer tenedor o suscriptor de los Bonos, el registro que se practique por el Depósito Central de Valores,

conforme a la instrucción escrita, electrónica o que, a través de un medio magnético dé el Emisor o el agente colocador que hubiere

designado éste. En este último caso, el Emisor deberá previamente identificar ante el Depósito Central de Valores, el código de depositante

del agente colocador que designe e instruir al Depósito Central de Valores, a través de un medio escrito, magnético o instrucción electrónica,

para que abone a la cuenta de posición que tuviese el propio Emisor o el referido agente colocador, el todo o parte de los títulos de la

presente emisión. Luego, y mediante los procedimientos de transferencia aludidos en la cláusula quinta siguiente se practicarán las

transferencias de los bonos suscritos al primer tenedor o suscriptor y a los posteriores adquirentes de estos bonos. Las transferencias

realizadas conforme a lo indicado implican para el tenedor adquirente, la aceptación y ratificación de todas las estipulaciones, normas y

condiciones establecidas en el presente contrato, sus modificaciones, anexos y acuerdos adoptados legalmente en las Juntas Generales

de Tenedores de Bonos que tengan lugar.

Presunción de dominio y transferencia de los títulos de deuda.

Para todos los efectos de esta emisión y de las obligaciones que de ella se derivan, es dueño de los Bonos aquel que el Depósito Central de

Valores certifique como tal por medio de los certificados de posición que, en conformidad al artículo 13 de la Ley 18.876, emita el Depósito

central de Valores. En lo relativo a la transferencia de los Bonos, ésta se realiza mediante un cargo de la posición en la cuenta de quien

transfiere y un abono en la posición en la cuenta de quien adquiere, todo lo anterior sobre la base de una comunicación que, por medios

electrónicos, dirigirán al Depósito Central de Valores tanto quien transfiere como quien adquiere. La entrega de los títulos de los Bonos en

la forma recién señalada se hará en el momento de suscripción y pago.

La suscripción o adquisición de los Bonos implica para el adquirente la aceptación y ratificación de todas las estipulaciones, normas y

condiciones establecidas en el contrato de emisión.

Sin embargo, en el evento que se haya confeccionado físicamente uno o más de los Títulos de Deuda que corresponden a esta emisión,

será dueño de ellos el portador de los mismos, en cuyo caso la transferencia se hará mediante la entrega material de los Títulos.

Page 16: Prospecto Banco Estado

14

2.4. REGLAS PARA LA PROTECCION DE LOS TENEDORES DE BONOS SUBORDINADOS

La presente emisión de Bonos Subordinados no impone regla especial alguna a la actividad del Emisor más allá de las restricciones,

márgenes y limitaciones contenidas en su Ley Orgánica, en la Ley General de Bancos y en las normas de la Superintendencia de Bancos

e Instituciones Financieras y del Banco Central de Chile.

2.5. AMORTIZACIÓN EXTRAORDINARIA

De acuerdo al Artículo 55 de la Ley General de Bancos, la presente emisión no contempla un procedimiento de amortización extraordinaria

o de rescate anticipado de los Bonos por parte del público.

2.6. REEMPLAZO O CANJE DE TÍTULOS

Para el caso que de conformidad a lo dispuesto en la Ley 18.876 se proceda a la impresión o confección física de uno o más títulos, el

extravío, hurto, robo, destrucción o inutilización de los bonos o cupones no será de cargo ni responsabilidad del Emisor, sino que

exclusivamente del Tenedor de los bonos o cupones. El emisor sólo estará obligado a otorgar un duplicado en reemplazo del título o

cupón del mismo en caso de pérdida, hurto robo destrucción o extravío, cuando se hubieren publicado, a costa del interesado en el

diario La Nación de Santiago o si éste no existiere en el Diario Oficial, tres avisos destacados en días diferentes en que se informe al

público el extravío, deterioro, hurto, robo, destrucción o inutilización, con clara individualización de la serie de emisión y el número

del bono o cupones, haciendo presente que se emitirá un duplicado y que el original quedará sin valor si dentro del plazo de diez días

hábiles contados desde la fecha de publicación del último aviso, no se presenta el Tenedor del Bono o cupón de que se trate ante el Emisor

a hacer valer sus derechos. Para el otorgamiento del duplicado será necesaria la constitución previa de garantía en favor y a satisfacción

del Emisor. BancoEstado no estará obligado a canjear título alguno por otro que represente un valor nominal diferente, ni por otros títulos

que representen una cantidad distinta de bonos.

2.7. JUNTAS DE TENEDORES DE BONOS

Los Tenedores de Bonos Subordinados se reunirán en junta general una vez colocada la totalidad del empréstito o vencido el plazo de

colocación, con objeto de designar a su representante definitivo.

a) Las Juntas Generales de Tenedores de Bonos Subordinados serán convocadas por el Representante de los Tenedores de Bonos. Este

estará obligado a hacer la convocatoria si se lo solicita por escrito el Emisor, la Superintendencia respectiva, o tenedores que representen

a lo menos un veinte por ciento del valor nominal de los Bonos Subordinados en circulación.

Page 17: Prospecto Banco Estado

15

b) Para determinar los Bonos en circulación, una vez vencido el plazo de colocación de los bonos y dentro de los treinta días siguientes a

esa fecha el Emisor deberá declarar el número de bonos colocados y puestos en circulación, con expresión de su valor nominal mediante

escritura pública que se anotará al margen de la Escritura de Emisión de Bonos Subordinados dentro del mismo plazo. Si tal declaración

no se hiciere, podrá hacerla en cualquier tiempo el Representante de los Tenedores de los Bonos, con los antecedentes de que dispusiere.

c) La citación a Junta General de Tenedores de Bonos Subordinados se efectuará por medio de un aviso destacado que se publicará por

tres veces en días distintos en el diario La Nación de Santiago, dentro de los veinte días anteriores al día señalado para la reunión y el

primer aviso no podrá publicarse con menos de quince días de anticipación a la Junta. El aviso deberá expresar el día, hora y lugar de la

reunión y el objeto de la convocatoria. En caso de suspensión o desaparición de la circulación del diario designado, las publicaciones se

efectuarán en el Diario Oficial.

d) La junta se constituirá en primera citación con la asistencia de los Tenedores de Bonos que representen la mayoría absoluta de los

bonos emitidos y en segunda citación, con los Tenedores de Bonos que asistan. En ambos casos los acuerdos se adoptarán con el voto

de la mayoría absoluta de los asistentes, correspondiendo un voto por cada mil unidades de fomento en bonos que posean. Los acuerdos

así adoptados serán obligatorios para todos los Tenedores de Bonos.

e) Pueden tomar parte en las Juntas Generales de Tenedores de Bonos Subordinados los titulares de bonos que, a la fecha de cierre figuren

con posición del respectivo Bono al portador desmaterializado y sean informados al Emisor por el Depósito Central de Valores, de acuerdo

a lo que dispone el artículo 12 de la Ley 18.876, y que a su vez acompañen el certificado a que se refiere el artículo 32 del Reglamento del

Depósto Central de Valores. Para todos estos efectos, la fecha de cierre de las cuentas de posición en el Depósito Central de Valores,

corresponderá al quinto día hábil anterior a la fecha de la Junta. Los Tenedores de Bonos, podrán ser representados por mandatarios

mediante carta poder otorgada en instrumento privado. De las deliberaciones y acuerdos de las Juntas se dejará testimonio en un libro

especial de actas que llevará el Representante de los Tenedores de Bonos.

2.8. INFORMACION A LOS TENEDORES DE BONOS SUBORDINADOS

BancoEstado informará a los Tenedores de Bonos Subordinados, proporcionándole al Representante de éstos toda la información a lo que

lo obliguen las leyes y las normas impartidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, sin perjuicio de la información

que deberá proporcionarse a esta última y de la divulgación y publicidad que legalmente corresponde efectuar.

El Banco dará aviso de pago de intereses y de amortizaciones a los Tenedores de Bonos Subordinados, al menos 15 días antes de su

vencimiento por medio de una publicación en un diario de circulación nacional.

Page 18: Prospecto Banco Estado

16

2.9 TABLA DE DESARROLLO

A continuación se presenta Tabla de Desarrollo para la emisión de Bonos Subordinados Serie I2.

Nº Cupón Fecha Cuota

Interés

Cuota

Amort.

Saldo por

Amortizar

Monto de

Capital

Monto

Intereses

Total Cupón Amortización

Acumulada

1 1-7-2010 1 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

2 1-1-2011 2 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

3 1-7-2011 3 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

4 1-1-2012 4 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

5 1-7-2012 5 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

6 1-1-2013 6 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

7 1-7-2013 7 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

8 1-1-2014 8 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

9 1-7-2014 9 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

10 1-1-2015 10 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

11 1-7-2015 11 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

12 1-1-2016 12 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

13 1-7-2016 13 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

14 1-1-2017 14 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

15 1-7-2017 15 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

16 1-1-2018 16 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

17 1-7-2018 17 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

18 1-1-2019 18 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

19 1-7-2019 19 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

20 1-1-2020 20 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

21 1-7-2020 21 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

22 1-1-2021 22 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

23 1-7-2021 23 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

24 1-1-2022 24 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

25 1-7-2022 25 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

26 1-1-2023 26 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

27 1-7-2023 27 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

28 1-1-2024 28 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

Page 19: Prospecto Banco Estado

17

Nº Cupón Fecha Cuota

Interés

Cuota

Amort.

Saldo por

Amortizar

Monto de

Capital

Monto

Intereses

Total Cupón Amortización

Acumulada

29 1-7-2024 29 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

30 1-1-2025 30 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

31 1-7-2025 31 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

32 1-1-2026 32 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

33 1-7-2026 33 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

34 1-1-2027 34 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

35 1-7-2027 35 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

36 1-1-2028 36 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

37 1-7-2028 37 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

38 1-1-2029 38 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

39 1-7-2029 39 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

40 1-1-2030 40 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

41 1-7-2030 41 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

42 1-1-2031 42 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

43 1-7-2031 43 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

44 1-1-2032 44 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

45 1-7-2032 45 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

46 1-1-2033 46 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

47 1-7-2033 47 500,000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

48 1-1-2034 48 500,0000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

49 1-7-2034 49 500,0000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

50 1-1-2035 50 500,0000 0,0000 11,1260 11,1260 0,0000

51 1-7-2035 51 1 421,1835 78,8165 11,1260 89,9425 78,8165

52 1-1-2036 52 2 340,6132 80,5703 9,3722 89,9425 159,3868

53 1-7-2036 53 3 258,2500 82,3632 7,5793 89,9425 241,7500

54 1-1-2037 54 4 174,0541 84,1959 5,7466 89,9425 325,9459

55 1-7-2037 55 5 87,9847 86,0694 3,8731 89,9425 412,0153

56 1-1-2038 56 6 0,0000 87,9847 1,9578 89,9425 500,0000

Page 20: Prospecto Banco Estado

18

3. DESCRIPCION DE LA COLOCACION DE LOS BONOS SUBORDINADOS

3.1. AGENTE COLOCADOR

La presente emisión de Bonos Subordinados será colocada por intermedio del Agente Colocador BancoEstado S.A. Corredores de Bolsa,

con domicilio en calle Avenida Libertador Bernardo O´Higgins 1111, Piso 6, Santiago, teléfono 970 7102.

3.2. SUSCRIPCION

Para suscribir estos Bonos Subordinados, los interesados deberán tomar contacto directamente con el Agente Colocador, no existiendo

derechos preferentes de suscripción.

3.3. PLAZO DE COLOCACION CONVENIDO

El plazo de colocación de los bonos subordinados expirará en 48 meses a contar de la fecha de su inscripción en la Superintendencia

de Bancos e Instituciones Financieras

3.4. RELACIÓN EMISOR-COLOCADOR

BancoEstado S.A. Corredores de Bolsa, es una empresa filial del Banco del Estado de Chile, constituida de acuerdo a la letra a) del

Articulo 70 de la Ley General de Bancos. El Emisor es propietario del 99,99 % de sus acciones.

3.5. VALORES NO SUSCRITOS

Los valores no suscritos al vencimiento del plazo de colocación, contado desde la fecha de inscripción de la emisión en el Registro de

Valores de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, quedarán nulos o sin valor.

Page 21: Prospecto Banco Estado

19

4. INFORMACION FINANCIERA DEL EMISOR

Se incluyen como anexos, los siguientes antecedentes del Banco del Estado de Chile:

- Estado de situación financiera consolidada al 30 de noviembre de 2009

Page 22: Prospecto Banco Estado
Page 23: Prospecto Banco Estado

BALANCE GENERALESTADO DE RESULTADOS

AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2009

INFORMACIÓN FINANCIERADEL EMISOR

Page 24: Prospecto Banco Estado

22

ACTIVOS

Efectivo y depósitos en bancos

Operaciones con liquidación en curso

Instrumentos para negociación

Contratos de retrocompra y préstamos de valores

Contratos de derivados financieros

Adeudado por bancos

Créditos y cuentas por cobrar a clientes

Instrumentos de inversión disponibles para la venta

Instrumentos de inversión hasta el vencimiento

Inversiones en sociedades

Intangibles

Activo fijo

Impuestos corrientes

Impuestos diferidos

Otros activos

TOTAL ACTIVOS

2009

1.085.852

246.538

281.939

54.802

261.340

50.114

10.667.853

3.588.219

159.866

3.923

22.085

229.568

-

287.202

160.951

17.100.252

BANCO DEL ESTADO DE CHILE Y FILIALES

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO

Al 30 de Noviembre de 2009

(En millones de pesos)

PASIVOS

Depósitos y otras obligaciones a la vista

Operaciones con liquidación en curso

Contratos de retrocompra y prétamos de valores

Depósitos y otras captaciones a plazo

Contratos de derivados financieros

Obligaciones con bancos

Instrumentos de deuda emitidos

Otras obligaciones financieras

Impuestos corrientes

Impuestos diferidos

Provisiones

Otros pasivos

TOTAL PASIVOS

2.793.127

207.157

1.132.476

7.408.180

322.533

719.432

3.103.944

9.304

219.759

37.204

181.767

74.465

16.209.348

PARA INFORMACIÓN CORPORATIVA DE BANCOESTADO VISITE WWW.BANCOESTADO.CL

Page 25: Prospecto Banco Estado

23

PATRIMONIO

Atribuible a tenedores patrimoniales de banco:

Capital

Reservas

Cuentas de valoración

Utilidades retenidas:

Utilidades retenidas de ejercicios anteriores

TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO

Utilidades (pérdida) del ejercicio

Menos: Provisión para dividendos mínimos

Interés minoritario

TOTAL PATRIMONIO

TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO

227.913

660.494

(7.683)

-

44.106

(44.106)

880.724

10.180

890.904

17.100.252

BANCO DEL ESTADO DE CHILE Y FILIALES

ESTADO CONSOLIDADO DE RESULTADOS

Por el ejercicio terminado el 30 de Noviembre de 2009

(En millones de pesos)

Ingresos por intereses y reajustes

Gastos por intereses y reajustes

Ingreso neto por intereses y reajustes

609.777

(170.556)

439.221

Ingreso por comisiones

Gastos por comisiones

Ingreso neto por comisiones

148.127

(19.360)

128.767

Utilidad neta de operaciones financieras

Utilidad (pérdida) de cambio neta

Otros ingresos operacionales

Total ingresos operacionales

Provisiones por riesgo de crédito

INGRESO OPERACIONAL NETO

(145.618)

188.192

19.566

630.128

(137.538)

492.590

PARA INFORMACIÓN CORPORATIVA DE BANCOESTADO VISITE WWW.BANCOESTADO.CL

Page 26: Prospecto Banco Estado

24

Remuineraciones y gastos del personal

Gastos de administración

Depreciaciones y amortizaciones

Deterioros

Otros gastos operacionales

TOTAL GASTOS OPERACIONALES

RESULTADO OPERACIONAL

Resultado por inversiones en sociedades

(225.104)

(106.092)

(32.366)

-

(26.450)

(390.012)

102.578

408

Resultado antes de impuesto a la renta

Impuesto a la renta

Resultado de operaciones continuas

Resultado de operaciones discontinuadas

UTILIDAD (PÉRDIDA) DEL EJERCICIO

Atribuible a:

Tenedores patrimoniales del Banco

Interés minoritario

102.986

(50.914)

52.072

-

52.072

44.106

7.966

52.072

PARA INFORMACIÓN CORPORATIVA DE BANCOESTADO VISITE WWW.BANCOESTADO.CL

Page 27: Prospecto Banco Estado

25

Page 28: Prospecto Banco Estado

26