propuestas del contrato colectivo docente 2013

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Propuestas del contrato colectivo 2013-2015 según la federación venezolano de educadores: Author: Joel Diaz Comment: Barquisimeto, 07 de Febrero de 2013. Estimados Señores: A continuación presento ante ustedes unas Propuestas para el Proyecto de la VII Convención Colectiva de Trabajo de los Educadores. 1.- Del Incremento del Salario. Se solicita el incremento de la hora docente a 50 bolívares fuertes para los maestros, maestras, profesores y profesoras de Educación Inicial, Básica, Media, Diversificada y Técnica. No hay docentes de primera ni de segunda, por lo tanto los docentes de Básica como de Educación General Media Diversificada y Técnica deberían tener el mismo salario La solicitud de propuesta de incremento del salario tal como se plantea en nada contribuye a solventar los altos costos de la vida, ni a disminuir o paliar los altos precios de la cesta básica familiar, la cual está por el orden de los 9600,oo bolívares fuertes. Un docente con 36 horas x 50 Bs.F devengaría 7200,oo Bs. Fuertes mensuales y un docente con una carga de 33,33 horas estaría por el orden de 6600,oo Bs. Fuertes. 2.- Cesta Tickets. El alto costo de la vida y carestía del precio de los alimentos hace que el profesional de la docencia muchas veces no se alimente bien, puesto que la mayoría de las veces tenga que verse obligado a comer en la calle, donde un almuerzo está por el orden de los 60 bolívares fuertes mínimos, razón por la cual se propone elevar el monto de la cesta tickets al 100 % de la Unidad Tributaria por día, de conformidad a lo establecido en Gaceta Oficial del monto de Unidad Tributaria. Ello, en virtud del elevado costo de la canasta alimentaria, la cual está por un orden cercano a los 4000 Bs. F, lo que implica que un día de trabajo representa aproximadamente 104,26 bolívares fuertes x día. 3.- Bono de Transporte. Se solicita que el bono de transporte se calcule en base al transporte público de ida y vuelta, tomando en consideración que muchos docentes deben tomar hasta 4 unidades de transporte para llegar a su lugar de trabajo. Calculado así, en la actualidad se cancela un monto mínimo de 5 Bs. Fuertes de ida y vuelta en un autobús y 10 Bs. F tomando dos (2) unidades, por lo que se propone que el bono de transporte sea de 10 bolívares fuertes por el número de horas docente; a decir, un docente con 36 horas recibiría 1440,oo Bs. Fuertes. 5.- Bono Único para Uniformes Para nadie es un secreto que así como los alimentos, materiales, equipos y demás bienes en Venezuela está por las nubes, lo es también los zapatos y ropa, por lo que solicita a través de esta convención Colectiva un Bono Único de 2000 Bs. Fuertes para la compra de un par de zapatos y realización de tres uniformes, cuya duración tendría un año, es decir el periodo lectivo escolar, por lo cual además de mejor presentación formal en las respectivas aulas de clases, los docentes expresaría valores en sus estudiantes en cuanto a originalidad, arreglo, orden, etc. Actualmente, no se pueden identificar si el docente es el portero o el estudiante, porque anda en blue-jeans hasta rotos o si las féminas van a un bonche o a dar clases. La idea, es disminuir la carga en el gasto por la compra y uso de ropa y dar uniformidad en la institución; así como se le exige uniforme a los estudiantes, los docentes deben están uniformados formalmente. 6.- Clasificación a Docentes I, II, III, IV, V y VI.

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Propuesta del contrato colectivo para los docentes venezolanos .

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Propuestas del contrato colectivo 2013-2015 según la federación venezolano de educadores: Author: Joel DiazComment:Barquisimeto, 07 de Febrero de 2013.

Estimados Señores:A continuación presento ante ustedes unas Propuestas para el Proyecto de la VII Convención Colectiva de Trabajo de los Educadores.1.- Del Incremento del Salario.Se solicita el incremento de la hora docente a 50 bolívares fuertes para los maestros, maestras, profesores y profesoras de Educación Inicial, Básica, Media, Diversificada y Técnica. No hay docentes de primera  ni de segunda, por lo tanto los docentes de Básica como de Educación General Media Diversificada y Técnica deberían tener el mismo salario La solicitud de propuesta de incremento del salario tal como se plantea en nada contribuye a solventar los altos costos de la vida, ni a disminuir o paliar los altos precios de la cesta básica familiar, la cual está por el orden de los 9600,oo bolívares fuertes. Un  docente con 36 horas x 50 Bs.F devengaría 7200,oo Bs. Fuertes mensuales y un docente con una carga de 33,33 horas estaría por el orden de 6600,oo Bs. Fuertes.2.- Cesta Tickets. El alto costo de la vida y carestía del precio de los alimentos hace que el profesional de la docencia muchas veces no se alimente bien, puesto que la mayoría de las veces tenga que verse obligado a comer en la calle, donde un almuerzo está por el orden de los 60 bolívares fuertes mínimos, razón por la cual se propone elevar el monto de la cesta tickets al 100 % de la Unidad Tributaria por día, de conformidad a lo establecido en Gaceta Oficial del monto de Unidad Tributaria. Ello, en virtud del elevado costo de la canasta alimentaria, la cual está por un orden cercano a los 4000 Bs. F, lo que implica que un día de trabajo representa aproximadamente 104,26 bolívares fuertes x día. 3.- Bono de Transporte.Se solicita que el bono de transporte se calcule en base al transporte público de ida y vuelta, tomando en consideración que muchos docentes deben tomar hasta 4 unidades de transporte para llegar a su lugar de trabajo. Calculado así, en la actualidad se cancela un monto mínimo de 5 Bs. Fuertes de ida y vuelta en un autobús y 10 Bs. F tomando dos (2) unidades, por lo que se propone que el bono de transporte sea de 10 bolívares fuertes por el número de horas docente; a decir, un docente con 36 horas recibiría  1440,oo Bs. Fuertes.5.- Bono Único para UniformesPara nadie es un secreto que así como los alimentos, materiales, equipos y demás bienes en Venezuela está por las nubes, lo es también los zapatos y ropa, por lo que solicita a través de esta convención Colectiva un Bono Único de 2000 Bs. Fuertes para la compra de un par de zapatos y realización de tres uniformes, cuya duración tendría un año, es decir el periodo lectivo escolar, por lo cual además de mejor presentación formal en las respectivas aulas de clases, los docentes expresaría valores en sus estudiantes en cuanto a originalidad, arreglo, orden, etc. Actualmente, no se pueden identificar si el docente es el portero o el estudiante, porque anda en blue-jeans hasta rotos o si las féminas van a un bonche o a dar clases. La idea, es disminuir la carga en el gasto por la compra y uso de ropa y dar uniformidad en la institución; así como se le exige uniforme a los estudiantes, los docentes deben están uniformados formalmente.6.- Clasificación a Docentes I, II, III, IV, V y VI.Se propone que por el incremento de niveles/grados en la clasificación de docentes por sus años de servicios, se le sumen 200 bolívares fuertes por cada nivel alcanzado. El Docente I no sumaria ningún incremento; de modo que la escala sería así:Docente II------------------ 300 Bs. F.Docente III------------------600 Bs. F.Docente IV -----------------900 Bs. F.Docente V ------------------1200 Bs. F.Docente VI -----------------1500 Bs. F (25 años de servicios)7.- De la Prima por Jerarquía de los cargos administrativos: Subdirectores, Directores y Supervisores.En virtud de lo establecido en la clausula Nº 40 de la V Convención Colectiva de los Educadores y a su no aplicación durante la vigencia del presente Contrato Colectivo, se solicita que el Ministerio del Poder Popular para la Educación por intermedio de las respectivas Zonas Educativas realice las evaluaciones pertinentes a fin de otorgar la titularidad de los cargos de Docente Coordinador, Sub-Directores, Directores y Supervisores, respectivamente; y  entre los requisitos a exigir, debería ser, entre otros: tener un mínimo de antigüedad de 7 años de servicio en el MPPE para optar al cargo, ser Docente II como mínimo; no haber sido amonestado durante sus años de servicios o tener algún tipo de interdicción civil o penal en los tribunales del país; contar con la aprobación de la Comunidad Educativa y del Consejo Comunal Local; haber realizado los curso de

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Docente en función Directiva y Docente en función Supervisora.A tales efectos, se solicita que el docente en dichas funciones titulares devengue un monto adicional por el cumplimiento de sus funciones, establecidas estas así:Docente Coordinador------------------400 Bolívares Fuertes.Sub-Director--------------------------- 550 Bolívares Fuertes.Director---------------------------------750 Bolívares Fuertes.Supervisor------------------------------1000 Bolívares Fuertes.8.- De las Primas de Antigüedad, de  Transporte y del Ejercicio de la Profesión Docente.Realmente no se entiende como puede haber una prima de antigüedad (por ejemplo) por el orden de 50 Bolívares, cuando la devaluación de la moneda está cercana al 50% y esto equivaldría a la mitad de la prima establecida; razón por la cual que todas están primas sean elevadas a un 150 %, es decir, los 50 bolívares a 150 bolívares.9.- De los créditos hipotecarios y vehiculares.El Estado a través de los Bancos de Venezuela, Bicentenarios y del Tesoro debe bridarles a todos los docentes con un mínimo de cinco (5) años de servicio en el MPPE facilidades crediticias sin tantas trabas administrativas para que el o la docente sea acreedor de un inmueble propio pagaderos a 30 años y de un vehículo usado (no mayor a 5 años) o nuevo, pagaderos a 10 años; los vehículos adquiridos no deben tener  intereses no superiores al 3% y un año muerto. Con respecto a los créditos hipotecarios los mismos se deben hacer apegados a las políticas gubernamentales implantadas y desarrolladas por la Gran Misión Vivienda Venezuela, es decir, a 0% de interés y pagaderos a 30 años a una tasa fija.Por otro lado, se sugiere que el IPASME no sea el órgano crediticio por cuanto son muchos los vicios existentes, y los créditos se deben dar con imparcialidad.10.- De la creación de la Caja de Ahorro para los educadores dependientes del Ejecutivo Nacional.Se propone la creación de una Caja de Ahorro como un mecanismo de ahorro, de manera que él o la profesional de la docencia dispongan en un momento determinado de sus haberes para una eventualidad. (Ej. Reparación del inmueble o vehículo).Nota: Un grupo de docentes del Estado Lara hemos desarrollado un Proyecto de Creación de Caja de Ahorro y tenemos la disposición de presentarlo para su discusión y aprobación.11.- De los estudios de Postgrado (Especialidad, Maestría y Doctorados).Se solicita elevar el monto del por estudios realizados de Especialidad al 35% y Maestría a un 45% y de Doctorados a un 55% del salario devengado, una vez cumplido con los requerimientos establecidos por el MPPE.12.- De la Dotación de Medicamentos.Dado el elevado precio de los medicamentos se solicita establecer convenios con farmacias, tanto del IPASME como otras privadas, donde los medicamentos tengan descuentos hasta del 60 % cuando sean prescritas por médicos privados y dadas totalmente gratis cuando sean prescritas por médicos del IPASME o IVSS, en récipes firmados y sellados por cualquiera de las instituciones mencionadas. Para ello se deben establecer farmacias en las entidades del IPASME en todo el país, así como servicio de cirugías ambulatorias, que no sean de uso exclusivo para los empleados del IPASME sino de todos el personal adscrito al MPPE, llámese obrero, administrativo o docente, titular, contratado o haciendo licencias. 13.- De los reembolsos por gastos médicos (HCM) y medicamentos.Se solicita el pago del 100% por gastos de HCM y medicamentos cuando estos se realicen a través de las clínicas afiliadas al Seguro del MPPE o IPASME y hasta un 80% cuando se realicen en clínicas no afiliadas.14.- Del incremento del monto de cobertura del Seguro del MPPE.Se solicita elevar el monto de cobertura de 20 mil bolívares fuertes a 70 Bs. F. tanto para el beneficiario y sus afiliados autorizados (padre, madre, cónyuge, hijos) para la cobertura de emergencias medicas, operaciones, hospitalización, cirugías y maternidad, incluidas las oftalmológicas, odontológicas y estéticas.-Incremento de cobertura de gastos funerarios de 10 mil Bs. F. a 30 mil bolívares fuertes.15.- De la evaluación Académica del Docente.Se solicita la realización de la evaluación continua y permanente de todo el personal docente, dado que lamentablemente las criticas de las comunidades educativas organizadas han expresado las deficiencias de lecto-escritura de algunos docentes, deficiencias en sus rasgos actitudinales y afectivas en el trato hacia sus estudiantes y compañeros de trabajo, deficiencias ortográficas, gramaticales y semánticas, deficiencias en el manejo de herramientas didácticas-instruccionales y en el casi nulo uso y aplicación de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) como herramientas de apoyo al proceso educativo.16.- De la Infraestructura Escolar.Como es del conocimiento público, más del 90% de la infraestructura educativa del país está en pésimas condiciones y su reparación, rehabilitación y reconstrucción, además de lenta es tardía y los procesos administrativos toman mucho tiempo, por lo cual afecta de manera significativa que el proceso instruccional sea de calidad, en razón de lo cual muchos docentes con un amplio sentido de pertenencia  y vocación de servicio han invertido de sus salarios para la compra de bienes o mejoras de la institución, los cuales pasan a formar parte de los bienes muebles de la

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institución o plantel, haciendo de esta forma que la educación impartida sea lo menos traumática posible para los estudiantes al mejorar las condiciones físicas ambientales del aula. En tal sentido, se propone el reembolso del dinero invertido en la mejora de la infraestructura escolar o compra de bienes (mobiliario, equipos o material de oficina o para la enseñanza) a los docentes que voluntariamente hayan realizado la inversión, de manera que se estimule el cuidado y  mejoramiento escolar.Dicho reembolso debe realizarse previa presentación de presupuesto (al menos dos), exposición de motivo de la necesidad de adquisición del bien (ej. pizarra acrílica, aire acondicionado, silla, computador, etc)  o mejoras (ej. construcción de un vivero o taller), firmado y sellado por el Director del Plantel y  avalado por dos miembros de la Comunidad Educativa, dos Voceros estudiantiles y dos voceros del Consejo Comunal Local ó Consejo Escolar.17.- Del Incremento tope a 45 horas semanales.Se solicita el incremento máximo a 45 horas semanales; ello configuraría un docente a  dedicación exclusiva, que acompañado con los ajustes salariales antes mencionados no tendría necesidad de saltar de un lugar a otro para mejorar o ajustar su salario a las necesidades presupuestarias reales de su familia.18.- De las vacaciones y aguinaldos.Se solicita el pago de 100 días de vacaciones entre la primera quincena de junio y la primera quincena de julio y 130 días de aguinaldos entre la última quincena de octubre y la segunda quincena de noviembre.19.- De la capacitación de carácter obligatorio.El Estado debe buscar mecanismos para la capacitación del personal docente a partir de la Educación Inicial hasta la Diversificada, en los siguientes tópicos:-Orientación y Prevención en materia de drogas (consumo lícito e ilícito de sustancias psicoactivas: cigarrillo, alcohol, chimo, entre otras).-Orientación y Prevención en sexo, sexualidad e Infecciones de Transmisión Sexual.-TICs (computación y redes): word, office, Excel, power point, software, páginas Web, linux, chat, foros, especialmente ahora, donde los estudiantes superan con creces a su docentes con el uso de las Canaimitas. -Pensamiento Bolivariano, Robinsoniano, Zamorano y de Paulo Freire sobre la educación.-Resolución de conflictos en el medio escolar.20.- De  los cursos de mejoramiento profesional en el país y fuera del (internacional).El Ministerio se compromete en conceder los días de permisos necesarios para la realización de los cursos de Postgrado: Especialización, Maestrías y Doctorados de 2 a 4 años con una providencia administrativa remunerada, previa solicitud realizada por el sindicato mediante postulación del mismo.21.- De los Profesionales No Graduados en Educación.Se siguiere la suspensión temporal del ingreso de profesionales no graduados como Docentes (abogados, ingenieros, médicos, TSU) a la nomina del Ministerio del Poder Popular para la Educación, ello debido al alto número de docentes que están egresando de las casas de estudios como la Universidad Bolivariana de Venezuela, UNEFA, Misión Sucre, Pedagógicos. Esta suspensión es solo mientras tenga duración el presente contrato colectivo (VII Convención Colectiva)22.- De la Moral y Ética dentro del ámbito escolar.Ser maestro es ser modelo a seguir por sus discípulos o aprendices, es ser ejemplo de dignidad, principios, cultura y educación. Se debe retomar la conceptualización del significado del Ser Docente en el aula de clases, en la institución y fuera de ella. Dicho lo anterior, se propone el desarrollo de un Código de Ética de estricto cumplimiento y  reformulación del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, por cuanto no se concibe, que algunos docente lleguen a su lugar de trabajo con aliento etílico o bajo efectos de drogas, abusen verbalmente de sus estudiantes, utilicen un lenguaje soez, grosero o utilicen analogías que promueven conductas inapropiadas en sus estudiantes, utilicen vestimenta no acorde con el desempeño de sus funciones docentes o incluso hasta vayan a playas con sus estudiantes; perdiendo, en cierto modo, la distancia idónea que debe existir entre ambos.23.- Becas de Estudios Universitarios para hijos de los DocentesSe propone establecer convenios con la Fundación Gran Mariscal de Ayacucho para que los hijos de los docentes con promedios iguales o superiores a quince (15) puntos en y de las distintas universidades nacionales o internacionales puedan disfrutar de becas de estudios, siempre y cuando exista el compromiso del estudiante y sus padres de cancelar dicha beca con empleo en alguna institución del estado.  24. –Becas de Estudio para Media y DiversificadaSe propone la dotación de las Canaimitas a todos los hijos de los docentes o trabajadores de la educación cuyos hijos estudien en educación media diversificada, general o técnica y una beca no menor a 500 bolívares que estimule el estudio, y no afecte el bolsillo del trabajador de la Educación.25.- De la Pensión por Incapacidad y Pensión por SobrevivienteSe solicita a través del presente Contrato Colectivo la elevación de los porcentajes de Pensión por

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Incapacidad y Sobrevivientes en este orden Años de Servicios    Pensión Por Incapacidad    Pensión por SobrevivienteDe 5 a 10 años de servicios cumplidos    65% del último salario normal percibido    65% del último salario normal percibidoDe 11 a 15 años de servicios cumplidos    75% del último salario percibido    75% del último salario percibidoDe 16 a 20 años de servicios cumplidos    85% del último salario percibido    85% del último salario percibidoDe 21 a 24 años de servicios cumplidos    95% del último salario percibido    95% del último salario percibido25 o más años de servicios cumplidos    1000% del último salario percibido     1000% del último salario percibido Las condiciones para dar las pensiones de Incapacidad son las mismas a las expresa en la VI Convención Colectiva.26.- De la Contraloría Externa e Interna al IPASME.El Ministerio del Poder Popular para la  Educación por solicitud de los signatarios de la presente firma colectiva se compromete a realizar conjuntamente con la Contraloría General de la Republica una investigación y revisión a fondo de las actividades realizadas por el IPASME a nivel nacional, por cuanto el mismo progresivamente se está convirtiendo en un elefante blanco. Si se aplica el axioma de que sin la existencia de estudiantes no habría necesidad de docentes y personal administrativo y obrero en las instituciones escolares, de igual manera sin personal del MPPE no habría necesidad de la existencia del IPASME.Cabe destacar una serie de hechos irregulares dentro de las instalaciones del IPASME, el cual se supone ser centros de salud, atención primaria y cirugía ambulatoria para el personal adscrito al MPPE; no obstante, en sus espacios se observan centros comerciales como “El Tijerazo”, ocupando grandes espacios que bien pudiesen servir para la atención la 24 horas al día a quienes  pagan por obtener servicios de calidad; es más, debería ser una clínica especializada u hospital para ese alto número de docentes, personal administrativo y obrero activos y jubilados, que religiosamente se le descuenta por un servicio que a veces es inexistente. Al respecto, surge la pregunta, quien o quienes se benefician con el cobro por alquiler de los centros comerciales dentro de los centros de salud (IPASME) para el personal del MPPE, sin contar, librerías, venta de alimentos u otros servicios que no deben estar ubicados dentro de las instalaciones del IPASME.En segundo lugar, no se concibe que la creación del IPASME nace con una misión y visión, siendo las mismas Promover y desarrollar un Sistema de Seguridad Social Integral y eficaz orientado al mejoramiento permanente de la Calidad de Vida de los profesores, maestros y personal administrativo del Ministerio del Poder Popular para la Educación y de otros organismos afiliados al Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación (IPASME), mediante la prestación oportuna, eficiente y efectiva de asistencia en sus requerimientos de afiliación, créditos: Hipotecarios o personales; médicos-asistencial; culturales, recreativos, deportivos y de ayudas socioeconómicas; no obstante, a la hora de otorgamiento de créditos sean hipotecarios, vehículos, personales, la prioridad la tiene el personal del IPASME y no los contribuyentes o afiliados, el cual es el grueso de la población y la razón de existencia del IPASME. Ejemplo del caso, se tiene el día jueves 30 de agosto de 2012, donde la mayoría de los ganadores del sorteo de 120 vehículos fueron personas trabajadoras del IPASME y donde el Presidente de la Junta Administradora ofreció en crédito 4000 vehículos Wolsvagen Fox, que por cierto, no se hablo mas del mismo.Para el personal adscrito al MPPE existen trabas para la adquisición de créditos y esto no es el deber ser; razón por la cual, se debe sistematizar, para que el 85% de dichos créditos sean asignados a los afiliados contribuyentes o a quienes se le descuenta de sus salarios y un 15% para el personal del IPASME.En tercer lugar, en las sedes del IPASME debe existir una sección o área para el establecimiento de Farmacias, donde se le otorgue a los contribuyentes los medicamentos necesarios y los servicios de calidad; así como el establecimiento de pabellones, salas de hospitalización y salas de parto; además, de una unidad de emergencia como cualquier otro hospital y que funcione las 24 horas al dia. 27.- Hacer efectivo el cumplimiento de Clausulas olvidadasSe solicita al MPPE hacer efectivas las Clausulas 10 (Parágrafo Primero), 15, 16, 21,26, 27 y 28 del VI Contrato Colectivo Vigente, que no fueron más que un saludo a la Bandera y un irrespeto al soberano que formamos parte del conglomerado de los trabajadores de la Educación.Espero que estas ideas contribuyan a la conformación de lo que será nuestro VII Convención Colectiva de los Educadores Nacional.ANTEPROYECTO DE CONTRATACION COLECTIVA(DOCENTES JUBILADOS DEL COLEGIO DE PERITOS Y TECNICOS INDUSTRIALES DE VENEZUELA SECCIONAL PORTUGUESA)

CLAUSULAS SOCIALESASISTENCIA, PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

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El Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en crear en todos los centros del IPASME, el servicio médico las 24 horas, servicio de emergencias, ambulancias y hospitalización para el beneficio de todos los docentes activos, jubilados, pensionados por incapacidad y sobrevivientes, así como también para sus descendientes y ascendientes.

CREDITOS IPASMEEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar los créditos del IPASME, tanto personales como hipotecarios, de vehículos y reparación de viviendas, previa solicitud del docente en un lapso no mayor de 45 días.

NOMBRAMIENTO DE ORIENTADORES Y PSICOLOGOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en nombrar orientadores y psicólogos, en las instituciones educativas, por cada seis secciones.

ATENCION DIGNA Y EFICIENTE A LOS DOCENTES POR PARTE DEL PERSONAL DEL MPPE Y ZONAS EDUCATIVASEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en que se le proporcione una atención digna, eficiente, diligente y responsable a quienes soliciten sus servicios, por parte del personal del ministerio de educación y de las zonas educativas.

DOTACION DE VIVIENDAS El Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar viviendas a todos los educadores activos, jubilados, pensionados por incapacidad y sobrevivientes, que no posean, a través de la gran misión vivienda.

ASISTENCIA, PREVISION Y SEGURIDAD SOCIALEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en hacer una reestructuración total al IPASME para su mejor funcionamiento.

SEGURO DE HOSPITALIZACION, CIRUGIA Y MATERNIDAD (HCM)El Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar el seguro de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM) según el presupuesto dado por las clínicas y que ampare a todos los docentes activos, jubilados, pensionados así como a sus ascendientes y descendientes sin límite de edad en todas las especialidades médicas.

CAJA DE AHORROSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en crear la caja de ahorros para todos los docentes activos, jubilados y pensionados por incapacidad y sobrevivientes, que así lo deseen, y que su directiva sea nombrada por la base. Cada socio aportara el equivalente al 5%de su remuneración total mensual aportando el Ministerio de Educación la misma cantidad para complementar un 10% de ahorro.

OTORGAMIENTO DE TITULARIDADEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar a los docentes interinos el cargo de titulares previo aprobación de concurso y que hayan cumplido un año de ejercicio docente.

APORTE DEL PATRONO AL IPASMEEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar el aporte asignado por el ministerio al IPASME, relacionado con los ahorros de los educadores activos y jubilados.

PROTECCION INTEGRAL DEL PERSONAL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y SU PATRIMONIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en nombrar un personal de vigilancia para cada una de las instituciones educativas del país, que labore las 24 horas para resguardar tanto al personal docente, administrativo, obrero y alumnado así como también sus equipos.

CLAUSULAS ECONOMICASBONO ALIMENTARIO Y DE SALUD

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El Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en ajustar el valor del bono alimentario y de salud, una vez aumentada la unidad tributaria en un lapso no mayor de 45 días.

PRIMAS POR JUGUETES, UNIFORMES, UTILES ESCOLARES Y DE ESTUDIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar las primas por juguetes, uniformes, útiles escolares y de estudios por hijos, del 75% del sueldo mensual a todos los docentes activos.

PRIMAS DE POSTGRADOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar las primas de postgrado en un 70%

BONO NAVIDEÑO O AGUINALDOSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar en 120 días el bono navideño o de aguinaldos a todos los docentes activos, jubilados y pensionados por incapacidad y sobreviviente

BONO BOLIVARIANOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en convertir el bono bolivariano de los trabajadores y trabajadoras de la educación, en salario.

REMUNERACION Y SALARIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en homologar el sueldo mensual de los docentes activos con 36 horas semanales al valor de 54 horas semanales ejemplo;CATEGORIA DOCENTE    36 HORAS    54 HORASI    2811,39    4706,5II    2895,11    4342,66III    3014,54    452181IV    3133,23    4699,85V    3608,87    5413,3VI    4166,74    6750,11Con esta conversión los docentes que continúen con 54 horas, tendrán que renunciar a un numero de 18 horas semanales que servirán para incorporar o complementar la carga horaria a otros docentes de la institución a la cual pertenecen.

INCREMENTO DEL SUELDOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar un incremento del sueldo base mensual de los trabajadores de la educación equivalente al costo de la cesta básica decretado por el gobierno anualmente

JUBILACIONEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en conceder la jubilación a los trabajadores de la educación que hayan cumplido 25 años de servicio activo en la educación un una asignación equivalente al 100% del salario devengado por el trabajador. El trabajador de la educación, una vez solicitada su jubilación, el ministerio de educación inmediatamente lo desincorporara y no podrá ser objeto de desmejora en sus condiciones laborales y salariales.

JORNADA DE SERVICIO DOCENTEEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en incrementar las horas de trabajo semanal a 36 horas a aquellos docentes que no la posean.

CANCELACION DE EVALUACIONES DOCENTESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en cancelar las evaluaciones realizadas a los docentes en un tiempo no mayor de 45 días después de haber culminado.

INTERCONVENIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aumentar en un 400% las cláusulas del interconvenio y su cumplimiento y ser pagadas a los 30 días después de haber introducido los documentos requeridos para tal solicitud.

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JUBILACIONESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en jubilar a todos los educadores activos automáticamente, cuando este haya cumplido 20 años de servicio con un sueldo mensual equivalente al 100%.

PAGO DE PRESTACIONES SOCIALESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en cumplir con el pago de las prestaciones sociales de acuerdo a lo establecido en el artículo 142 de la ley orgánica del trabajo.

REMUNERACION Y SALARIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar un reconocimiento en el sueldo base mensual de los trabajadores de la educación de la siguiente maneraCATEGORIAS DOCENTES    Sueldo mensual desde 12/07/2012    Aumento 80% a partir de mayo 2013    Aumento 30% a partir de enero 2014    Aumento a partir de enero 2015DOC I    2811,39    5060,50    6578,15    7843,78DOC II    2895,11    5211,49    6775,45    8130,54DOC III    3014,54    5425,85    7053,60    8464,32DOC IV    3133,23    5639,81    7331,75    8798,10DOC V    3608,87    6495,96    8444,74    10133,69DOC VI    4166,74    7500,13    9750,16    11700,20DOC TSU    2660,47    4788,84    6225,50    7470,60LIC PND    2811,39    5060,50    6578,15    7893,78TSU PND    2658,72    4785,69    6221,40    7465,68BR DOC    2092,77    3766,98    4897,07    5876,48BR NG    1864,27    3355,68    4362,40    5234,88

EQUIVALENTE A:•    80% a partir del 1° de mayo de 2013•    30% a partir de enero 2014•    20% a partir de enero 2015 hasta el vencimiento de la contratación colectiva

HOMOLOGACION DE SUELDO A BACHILLERES DOCENTESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en homologar a todos los bachilleres docentes a salario mínimo.

REMUNERACION Y SALARIOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar un incremento de sueldo base mensual a los trabajadores de la educación homologando a 54 horas a todos los docentes que tengan en la actualidad 36 horas semanales. Este aumento será para todos los docentes activos, jubilados, pensionados por incapacidad y pensionados por sobrevivientes.HOMOLOGACION DE PENSION A JUBILADOSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en homologar a todos los educadores jubilados su sueldo mensual a un 100% que fueron jubilados antes de la firma de la VI convención colectiva de trabajo. (Ley orgánica de educación del 2009 y VI convención colectiva de trabajo de los educadores capítulo 4 art. 2 clausula 27) cuyos años de servicio están en 25, 26 y 27 y un retroactivo a partir del mes de agosto del 2011HOMOLOGACION PENSION POR INCAPACIDADEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en homologar a todos los educadores que tengan el beneficio de pensión por incapacidad a salario mínimo.

PAGO DE BONO DE SALUD Y BONO DE RECREACION A LOS BENEFICIARIOS DE LA PENSION DE SOBREVIVIENTESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar a todos los beneficiarios de la pensión por sobreviviente el bono de salud y el bono recreacional.

HOMOLOGACION DEL BONO DE SALUD AL VALOR DEL CESTA TICKETEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en homologar el bono de salud a todos los educadores jubilados, pensionados por incapacidad y pensionados por sobreviviente a la cesta ticket del personal activo.

HOMOLOGACION DEL BONO RECREACIONAL AL VALOR DEL BONO VACACIONALEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente

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convención colectiva de trabajo en homologar a todos los educadores jubilados y pensionados el bono recreacional de acuerdo al bono vacacional de los educadores activos a fin de reconocer las 54 semanas de pago anual.

INCREMENTO DE LAS PRIMAS UNIVERSALESEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar un aumento de Bs 500 a todas las primas universales mensualesCLAUSULAS ACADEMICAS

PROGRAMAS DE FORMACION DOCENTEEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en establecer programas de formación permanente y obligatoria para los docentes activos y que se realice los fines de semana que sea reconocida como parte del currículo para ascensos e incrementos remunerados en su salario.

RECONOCIMIENTO A EGRESADOS DE UNIVERSIDADES Y PEDAGOGICOSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en reconocer y ubicar en las instituciones educativas a todos los egresados de las universidades y pedagógicos del país.

CONCURSOS PARA INGRESOS Y ASCENSOSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en apertura los concursos para ascensos e ingresos de los docentes activos y para nuevos ingresos de acuerdo a lo establecido en el reglamento del ejercicio de la profesión docente.

GARANTIAS DE LOS TRATADOS A NIVEL DE TODO EL PAISEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en garantizar los tratados a cualquier parte del país a todo docente que lo solicite en la mayor brevedad posible.

OTORGAMIENTO DE TITULARIDADEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en otorgar la titularidad a los suplentes a través de los concursos de ingreso 

CLAUSULAS SINDICALES

CARÁCTER SINDICAL Y VIGENCIA DE LA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en que la duración de la presente convención colectiva de trabajo de los educadores tenga una duración de 2 años después de ser firmado

CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en que las partes firmantes pongan en práctica mecanismos jurídicos para garantizar el fiel cumplimiento de la VII convención colectiva de trabajo de los educadores y que se evaluara a un año después de ser firmada.

REPRESENTACION DE LO JUBILADOS Y PENSIONADOS EN LA FIRMA DE LA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJOEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente convención colectiva de trabajo en aceptar y permitir una representación de docentes jubilados, pensionados por incapacidad y sobrevivientes con voz y voto en la mesa de discusión de las convenciones colectivas de trabajo.

PERMANENCIA DE BENEFICIOSEl Ministerio del Poder Popular para la educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente

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convención colectiva de trabajo en mantener la permanencia de los beneficios adquiridos en anteriores contrataciones y convenciones de trabajo de los educadores.Atentamente,Prof. Joel Díaz VarelaC.I. V-7610008Tel. 0416-3502440E-Mail: [email protected]  y  [email protected]