propiedad intelectual creatividad e innovación

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“PROPIEDAD INTELECTUAL & CREATIVIDAD E INNOVACIÓN” UNIVERSIDAD GALILEO FACULTAD DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INDUSTRIA DOCTORADO EN ADMINISTRACIÓN CON ESPECIALIDAD EN FINANZAS ARQ. ALVARO COUTIÑO Carnet 1300-4393

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El sistema de propiedad intelectual desempeña un papel significativo a la hora de ayudar a las empresas a obtener y preservar una ventaja basada en sus innovaciones. Esta protección se da a través de patentes, marcas u otro tipo de opciones que buscan garantizar el esfuerzo hecho por las personas y las organizaciones para desarrollar nuevos procesos y productos.

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Page 1: Propiedad intelectual creatividad e innovación

“PROPIEDAD INTELECTUAL & CREATIVIDAD E INNOVACIÓN”

UNIVERSIDAD GALILEO

FACULTAD DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INDUSTRIA

DOCTORADO EN ADMINISTRACIÓN CON ESPECIALIDAD EN

FINANZAS

ARQ. ALVARO COUTIÑO Carnet 1300-4393

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“PROPIEDAD INTELECTUAL & CREATIVIDAD E INNOVACIÓN”

Innovación Página 1

INDICE INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 2

1. ¿Qué papel juega la Propiedad Intelectual en la innovación? ..................................................... 2

2. Registro de la Propiedad Intelectual ............................................................................................ 2

2.1. Invenciones: ........................................................................................................................ 3

2.2. Marcas ................................................................................................................................. 3

2.3. Patentes ............................................................................................................................... 4

2.4. Derechos de Autor ............................................................................................................... 5

2.5. Facultades comprende el derecho de autor: ........................................................................ 6

2.5.1. Derechos morales ............................................................................................................ 6

a) El derecho de divulgación: ...................................................................................................... 6

b) El derecho a la paternidad de la obra: ..................................................................................... 6

c) El derecho a la integridad de la obra: ...................................................................................... 6

2.5.2. Derechos patrimoniales ................................................................................................... 7

a) El derecho de reproducción: .................................................................................................... 7

b) El derecho de transformación: ................................................................................................. 7

c) El derecho de traducción: ........................................................................................................ 8

d) El derecho de adaptación: ....................................................................................................... 8

e) El derecho de arreglo: ............................................................................................................. 8

f) El derecho de comunicación, .................................................................................................. 8

g) El derecho de distribución, ...................................................................................................... 8

2.6. Derechos conexos ................................................................................................................ 9

2.7. La competencia desleal ....................................................................................................... 9

3. Innovación empresarial .......................................................................................................... 13

3.1. Innovaciones tecnológicas: ................................................................................................ 13

3.2. Innovaciones tecnológicas de servicios: ............................................................................ 14

3.3. Innovaciones organizativas: ............................................................................................... 14

3.4. Innovaciones comerciales: ................................................................................................. 14

3.5. Innovaciones radicales: ...................................................................................................... 14

4. CONCLUSIONES ................................................................................................................. 14

5. BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................... 16

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INTRODUCCIÓN

El sistema de propiedad intelectual desempeña un papel significativo a la hora de

ayudar a las empresas a obtener y preservar una ventaja basada en sus innovaciones. Esta

protección se da a través de patentes, marcas u otro tipo de opciones que buscan garantizar

el esfuerzo hecho por las personas y las organizaciones para desarrollar nuevos procesos y

productos.

La propiedad intelectual es concebida como las creaciones que la mente de una persona

desarrolla. Ésta se divide en propiedad industrial y derechos de autor. En la primera

convergen diseños industriales, patentes (de invención, de modelos de utilidad), los signos

distintivos, esquemas de trazado de circuitos integrados, nombres comerciales y los

secretos empresariales (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), 2013).

La segunda, ofrece protección a escritores, artistas, compositores, programas de software,

entre otros. (WIPO, 2013)

1. ¿Qué papel juega la Propiedad Intelectual en la innovación?

En el mundo se han hecho investigaciones para establecer qué tan innovadoras son las

empresas, algunos de los indicadores utilizados son los de patentes y marcas. Es decir, se

puede establecer que a mayor número de éstas, una compañía es más innovadora.

Las patentes han sido consideradas, desde tiempo atrás, como una buena medida de la

actividad inventiva de los países, de las regiones, de las organizaciones y de la dinámica de

la innovación

2. Registro de la Propiedad Intelectual

En Guatemala el Registro de la Propiedad Intelectual, es el que protege estimula y

fomenta las creaciones del intelecto garantizando la certeza jurídica en el ámbito de la

Propiedad Intelectual.

Su estructura es la siguiente:

Ilustración 1 Estructura del Registro de la Propiedad Intelectual Guatemala. http://www.gliffy.com/pubdoc/4957203/L.png

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Por lo consiguiente, el Registro es la institución registral que garantiza las siguientes

propiedades intelectuales:

2.1. Invenciones:

En términos generales se entiende por “inventar”, lograr a fuerza del ingenio algo nuevo

que tenga alguna utilidad, sea que se trate de un producto o de un procedimiento.

Las podemos clasificar en:

Las invenciones de productos: según (Registro de la Propiedad Intelectual, 2013)

Son aquellas creaciones que tienen forma tangible, por ejemplo, las substancias,

composiciones, materiales, aparatos, máquinas o cualquier otro objeto. Una

invención de producto puede consistir en un producto independiente o en un

producto que sea parte de otro. (pág. 14)

Las invenciones de procedimientos: según (Registro de la Propiedad Intelectual, 2013)

Consisten en una serie de operaciones o actividades técnicas enunciadas en un orden

determinado, cuyo cumplimiento tiene como consecuencia la obtención de un

producto o un resultado. Una invención de procedimiento puede estar constituida por

un método, una operación o un conjunto de operaciones, una aplicación o un uso de

un producto. (pág. 14)

2.2. Marcas

Según (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), 2013) “Una marca

es cualquier signo que permite distinguir, en el mercado, los bienes o servicios producidos

o prestados por una persona de los de otra”. Aunque las marcas se incluyen dentro delas

creaciones protegidas por la propiedad intelectual, muchas veces los signos empleados no

son creaciones intelectuales en sí mismos sino medios o elementos que han sido adoptados

como identificadores de los productos o servicios que produce o comercializa una empresa.

De ahí que una marca puede estar constituida por cualquier signo o expresión que sirva

para individualizar y distinguir un producto o un servicio.

Objetivo del departamento de Marcas: Según (Registro de la Propiedad Intelectual,

2013)

Garantizar las actividades económicas de la industria y del comercio contra la

competencia desleal, otorgando protección a la creatividad y originalidad aplicada

para obtener beneficios económicos.

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Proteger al Público consumidor, ya que la marca permite distinguir entre productos

similares, facilita al consumidor el conocimiento sobre la procedencia de los

artículos que demanda.

Funciones del Departamento de Marcas:

Tiene a su cargo el trámite de las solicitudes de adquisición, modificación y

mantenimiento de derechos sobre los distintos signos distintivos (marcas, nombres

comerciales, expresiones o señales de publicidad y denominaciones de origen),

funciones que se realizan en sus distintas secciones: recepción, forma y fondo,

inscripciones, traspasos, (enajenaciones, licencias de uso, cambios de nombre y

cancelaciones), renovaciones, errores materiales (certificaciones, constancias y

anotaciones especiales), elementos figurativos y archivos

2.3. Patentes

Según (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), 2013) “Una patente

es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento

que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un

problema”.

Las invenciones de procedimientos consisten en una serie de operaciones o

actividades técnicas enunciadas en un orden determinado, cuyo cumplimiento tiene

como consecuencia la obtención de un producto o un resultado. Una invención de

procedimiento puede estar constituida por un método, una operación o un conjunto

de operaciones, una aplicación o un uso de un producto (por ejemplo, el

procedimiento para el aislamiento de un microorganismo).

Objetivo del Departamento De Patentes, según (Registro de la Propiedad Intelectual,

2013).

Proteger legalmente los inventos y los modelos de utilidad a través de un título o

certificado de patentes y a los dibujos y diseños industriales a través de un título o

certificado de registro. Esta protección le confiere al inventor o solicitante la

exclusividad dentro del territorio nacional, por un tiempo determinado (20 años

patentes de invención. 10 años modelos de utilidad y 10 años diseños industriales

prorrogables por 5 años una sola vez) sobre el respectivo invento, modelo o diseño;

para reproducir, importar, comercializar y utilizar el mismo.

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Funciones del Departamento de Patentes

Ingresar, analizar y clasificar la tecnología contenida en los documentos de

patentes, con el fin de implementar el banco de datos para el ejecución del examen

técnico de fondo; así como llevar a cabo la difusión de información tecnológica

contenida en dichos documentos.

Realizar el trámite técnico-administrativo de las diferentes solicitudes de patentes

de invención, patentes de modelos de utilidad, solicitudes de registro de dibujos y

diseños industriales, desde su ingreso hasta la obtención del título o certificado

respectivo.

2.4. Derechos de Autor

Según (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), 2013) “El derecho de

autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus

obras literarias y artísticas”.

Objetivos del Departamento de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Según (Registro

de la Propiedad Intelectual, 2013) “Garantizar la seguridad jurídica a los autores, titulares

de los derechos conexos y derechos patrimoniales y sus causahabientes; así como dar la

adecuada publicidad a las obras, actos y documentos a través de su inscripción cuando lo

soliciten los titulares”.

Objeto de protección del derecho de autor

El objeto de la protección del derecho de autor es la creación resultante de la

actividad intelectual de una persona en los campos literario y artístico. Esta

creación recibe el nombre de obra. Habitualmente estas creaciones son enunciadas

como obras literarias, musicales, teatrales, artísticas, científicas y audiovisuales.

Obras se encuentran protegidas por el derecho de autor:

En el derecho de autor se protegen las creaciones originales que pertenecen al

campo literario o artístico, cualquiera que sea su forma de expresión

Obras derivadas:

Las obras derivadas son aquéllas que se crean con base en otra ya existente. Los

ejemplos más comunes de obras derivadas son las traducciones, las compilaciones,

las adaptaciones y los arreglos musicales.

Obras colectivas y las obras en colaboración:

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Se considera autor de una obra a la persona física que realiza la creación literaria o

artística. Cuando la obra es realizada por dos o más autores se denomina obra en

colaboración y a cada una de las personas que interviene en su realización se le

llama coautor. Cuando la decisión de crear una obra conjunta proviene de otra

persona ajena a los coautores, sea aquélla natural o jurídica, estamos ante una obra

colectiva. Por lo tanto, en una obra en colaboración, el derecho de autor pertenece a

los coautores, mientras que en una obra colectiva, el derecho corresponde a la

persona bajo cuya iniciativa y responsabilidad se realizó la obra.

2.5. Facultades comprende el derecho de autor:

La protección conferida por el derecho de autor comprende facultades de índole

personal, llamadas derechos morales, y facultades de contenido económico, llamadas

también derechos patrimoniales.

2.5.1. Derechos morales

Los derechos morales protegen la personalidad del autor en relación con su obra y se

refieren al derecho de éste a decidir la divulgación de su obra y a que se respete su calidad

de creador de la misma (derecho a la paternidad e integridad de la obra). Estas facultades

pueden ejercerse en forma positiva y negativa, por lo que, según sea la forma en que se

ejerzan, su contenido es diferente.

a) El derecho de divulgación:

Consiste en la facultad del autor de dar a conocer su obra al público. Cuando se

ejerce en sentido positivo, significa la facultad del autor de dar a conocer su

creación y decidir las modalidades bajo las cuales va a divulgar su obra. Cuando se

ejerce en sentido negativo, significa el derecho del autor a mantener inédita su obra,

impedir su divulgación o retractarse de hacerlo.

b) El derecho a la paternidad de la obra:

Es cuando se ejerce en sentido positivo, significa el derecho del autor a dar a

conocer su nombre cuando decide divulgar su obra. En sentido negativo, significa el

derecho al anonimato o a la utilización de un seudónimo.

c) El derecho a la integridad de la obra:

Consiste en la facultad que tiene el autor de exigir que su obra sea divulgada

respetando su integridad, es decir, sin supresiones, adiciones o modificaciones que

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alteren la concepción de la obra o su forma de expresión. Cuando se ejerce en

sentido positivo, significa el derecho del autor a realizar modificaciones a su obra y,

en sentido negativo, el derecho del autor a prohibir a terceros la mutilación o

alteración de su obra.

EN RESUMEN:

Los derechos morales, son derechos personales porque están íntimamente unidos a

la persona del autor; son inalienables porque las facultades que lo conforman no

pueden transmitirse a terceros puesto que, al no contener elementos patrimoniales,

están fuera del comercio; son irrenunciables, porque el autor no puede disponer,

mediante contrato, el no ejercicio de ese derecho; y algunas de sus facultades son

perpetuas porque se mantienen aún después de la muerte del autor.

2.5.2. Derechos patrimoniales

Los derechos patrimoniales según (Registro de la Propiedad Intelectual, 2013) “son las

facultades que se otorgan al autor para la explotación económica de su obra. Debido a que

las posibilidades de explotación son infinitas, las modalidades previstas en las leyes de la

región tienen carácter enunciativo y cualquier forma de utilización de la obra requiere de la

autorización del autor, salvo las excepciones legales establecidas” (pág. 6). A diferencia de

los derechos morales, los derechos patrimoniales sí pueden ser objeto de comercio y están

sujetos a un plazo de protección.

Dentro de las facultades que las leyes de derecho de autor consideran que forman parte

de los derechos patrimoniales se incluyen las siguientes: Según (Registro de la Propiedad

Intelectual, 2013)

a) El derecho de reproducción:

Que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir la fijación de

su obra en un soporte material, con el objeto de que se puedan obtener copias o

ejemplares de ella. La fijación de la obra puede ser permanente o temporal, total o

parcial, y para ello puede emplearse cualquier forma o procedimiento. Así, una obra

puede ser reproducida en soportes como papel, cintas magnetofónicas, cintas

digitales, discos compactos, etc.

b) El derecho de transformación:

Que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar la creación de obras

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derivadas (adaptaciones, arreglos musicales, traducciones, compilaciones,

antologías, resúmenes, etc.).

c) El derecho de traducción:

Consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir que su obra sea

expresada en un idioma distinto al original.

d) El derecho de adaptación:

Consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir que su obra sea

expresada en un género distinto al original (por ejemplo, la adaptación de una obra

literaria al teatro o a la cinematografía y la fotografía de obras artísticas).

e) El derecho de arreglo:

Consiste en la facultad que tiene el autor de una obra musical de autorizar la

transcripción de su obra a otros instrumentos distintos a aquéllos para los que fue

originalmente concebida.

f) El derecho de comunicación,

Que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir el acceso del

público a su obra por medios distintos a la distribución de ejemplares, como por

ejemplo, la declamación, la disertación, la ejecución musical y coreográfica, la

representación teatral, la escenificación para cinematografía y televisión, la

radiodifusión, la transmisión por cable, la exposición pública y el acceso a bases de

datos.

g) El derecho de distribución,

Que consiste en la facultad del autor a decidir la modalidad a través de la cual

pondrá a disposición del público las copias o ejemplares de su obra (venta,

arrendamiento u otras).

h) El derecho de importación,

Que consiste en la facultad que tiene el autor a prohibir la importación de

ejemplares de su obra en determinados territorios.

i) El derecho de seguimiento o “droit de suite”,

Que consiste en el derecho que tiene el autor de una obra de arte de percibir, en

todas las ventas de su obra que se realicen con posterioridad a la primera que él

efectúe, un porcentaje del precio de la reventa. El porcentaje a que tiene derecho el

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autor varía en cada país. Por ejemplo, en Costa Rica, Honduras y Nicaragua se

reconoce un cinco por ciento (5%); en El Salvador un dos por ciento (2%); y en

Guatemala un diez por ciento (10%). En todos los casos, el porcentaje reconocido

por la ley se calcula sobre el precio total de la venta.

EN RESUMEN:

Una de las características de los derechos patrimoniales es que cada una de las

facultades señaladas es independiente de las otras y puede ser materializada en múltiples

formas de explotación. Por ejemplo, la autorización para reproducir una obra, aun cuando

ese derecho se haya concedido en exclusiva, no menoscaba el derecho del autor a autorizar

la transformación de su obra porque se trata de facultades distintas; y el derecho a

reproducir una obra en soporte de papel, no autoriza a quien ha obtenido ese derecho a

reproducirla en medio magnético, porque se trata de formas de explotación diferentes.

2.6. Derechos conexos

Los derechos conexos son, según (Registro de la Propiedad Intelectual, 2013) “el

conjunto de facultades reconocidas a aquellas personas que, sin ser autores, aportan nuevos

elementos creativos a las obras, realizan esfuerzos para la difusión de esas creaciones o

transmiten al público acontecimientos o información. Cuando se refieren a actividades

relacionadas con la utilización pública de obras protegidas, es necesario para que existan,

que previamente el autor autorice que su obra sea interpretada o ejecutada, o bien, utilizada

en una grabación de sonido o una emisión de radio o televisión”. (pág. 11)

Bajo el concepto de derechos conexos quedan comprendidas las facultades que se

reconocen a favor de:

Los artistas intérpretes o ejecutantes, respecto de sus interpretaciones o ejecuciones

Los productores de fonogramas, respecto de las grabaciones de sonido que realicen

Los organismos de radiodifusión, respecto de sus emisiones de radio y televisión.

2.7. La competencia desleal

Se considera competencia prohibida según (Registro de la Propiedad Intelectual, 2013)

“Es aquélla en la que lo ilícito es el ejercicio propio de una determinada actividad

económica, que ha sido reservada por disposición de la ley, a determinados sujetos,

quedando en consecuencia prohibida para todos los demás. La realización de un acto

prohibido por la ley, implica necesariamente la obligación de responder civilmente por los

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daños y perjuicios causados, independientemente de que el acto constituya o no delito”

(pág. 33).

Otro tema importante en la conferencia es la aclaración de que la protección son de

carácter territoriales, es decir que son válidas solamente en el país donde se realice la

solicitud.

Además se comentó que las patentes son los derechos de Propiedad Intelectual por los

que se inclina la mayoría en relación con las innovaciones tecnológicas. Esto parece deberse

al hecho de que se usen indistintamente los términos "innovación" e "invención" como

sinónimos. A la vez podría explicar por qué se considere a menudo a las patentes como un

sustituto de la innovación. Concretamente, el número de patentes que posee una empresa se

usa a menudo como uno de los principales indicadores para determinar la intensidad de la

innovación en dicha empresa. Mientras que las innovaciones se relacionan con la

comercialización de nuevas ideas Dado que no se ponen en el mercado todas las

invenciones, es evidente que no todas dan lugar a innovaciones. Cada día surgen muchas

ideas nuevas, pero la mayoría mueren abandonadas, sin llegar nunca a ver la luz.

Seguidamente, se abordó el tema que las pymes suelen inclinarse por los secretos

empresariales más que por las patentes a la hora de proteger sus invenciones. Las principales

razones a las que aluden son su elevado costo y la complejidad del sistema. Sin embargo, las

patentes han sido consideradas desde tiempo atrás, como una buena medida de la actividad

inventiva de los países, de las regiones de las organizaciones y de la dinámica de la

innovación.

Como un factor de suma importancia, en la conferencia, fue el analizar que los

documentos de patentes suelen contener informaciones que no se divulgan entre otros

medios, se mencionó el estudio de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos, el

cual reveló que el 70% de la tecnología divulgada en las patentes americanas del periodo

67-72 no ha aparecido en otro tipo de literatura. Por tal motivo, una empresa con pocos

recursos puede acudir a las bases de datos sobre patentes. Con el estudio de éstas se pueden

obtener varios productos: Análisis del estado del arte de la tecnología; búsqueda de

soluciones en patentes, identificación de socios tecnológicos, identificación de tendencias

tecnológicas, apoyo a los programas de I+D, protección de los resultados alcanzados en la

investigación y desarrollo de la organización, utilizando técnicas como, “patent fencing o

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patent flooding", entre otros.

Por lo que, según la naturaleza del negocio de la empresa, se tiene a disposición

información que le puede ayudar a mejorar sus actividades, a buscar socios, a lograr

contactos para ampliar el portafolio o los mercados. El hecho de que una patente caduque no

significa que la invención ya no funciona, esa información puede servir de base para empezar

a generar un nuevo producto o cambios en procesos pro- ductivos, puede indicar cómo hacer

mejor un artículo o cómo reducir costos, solucionar problemas técnicos, enseñar alternativas

a partir de los cuales empezar otro proceso innovativo.

Lo importante es que la organización, sea de cualquier tamaño, esté abierta al cambio

constante y apoye al recurso humano que investiga para que esté atento a estas informaciones

públicas como las bases de datos de patentes.

Es posible efectuar estudios de documentos de patentes de un sector industrial o empresa

particular con el fin de observar los desarrollos que se realizan y las tendencias de

investigación y desarrollo. Precisamente, se puede planificar el desarrollo de la propia

industria ya que permiten conocer las líneas de investigación de los competidores. Los

documentos de patente incluyen el nombre y dirección del solicitante y del inventor, esta

información es importante para cualquiera que tenga interés en obtener una licencia de

explotación de la invención.

Las marcas son útiles a la hora de abrir nuevos segmentos de mercado para productos ya

existentes o de lanzar nuevos productos, basados en la tecnología o no, es decir, potenciando

la extensión de la marca. Además, las marcas pueden facilitar mucho la penetración en

nuevos mercados. Así mismo, son otra forma de proteger la innovación y generalmente

están asociadas a productos nuevos.

Se puede definir una marca como un signo que siendo perceptible por cualquiera de los

sentidos sirve para identificar o distinguir los productos o servicios en el mercado y sirve

como bien inmaterial que puede llegar a ser uno de los activos más importantes del

empresario, pues puede representar en la mente del consumidor una determinada calidad del

producto o servicio promoviendo la decisión de adquirir éste o aquel producto o servicio,

jugando un papel primordial en la competencia empresarial.

Las marcas pueden consistir en palabras, letras, números, dibujos, imágenes, formas,

colores, logotipos, figuras, símbolos, gráficos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas,

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escudos, sonidos, o combinación de estos elementos. Dada la importancia que tiene la marca

para la empresa existe una protección como bienes susceptibles de derecho de dominio y

esta protección se obtiene mediante el Registro en la Propiedad Intelectual de Guatemala

Otro tema de la conferencia fue en lo referente de las propiedades de la empresa que se

protegen son los lemas, definidos como un signo distintivo consistente en una palabra, frase

o leyenda que se utiliza como complemento de una marca. Es lo que se conoce comúnmente

como eslogan.

El análisis del papel de la marca refleja la medida sobre cómo ésta influye en la demanda

del consumidor en el momento de la compra. Estudios sobre el tema indican que los factores

impulsores del valor de una marca radican en tres aspectos: las ganancias de intangibles (el

flujo de efectivo de un negocio que no se asocia con activos tangibles, como por ejemplo,

equipos y materiales), el papel de la marca (la medida sobre cómo una marca influye en las

decisiones de compra), y la fortaleza de ésta como elemento distintivo, como mecanismo de

información, herramienta de competencia, para publicidad, identificando los productos y

generando fidelización de los clientes.

Un estudio sobre Mejores Marcas realizado por Interbrand durante el 2013 muestra las

100 marcas más valiosas, evidenciando que Estados Unidos es el país que mayor cantidad de

marcas valiosas posee.

Ilustración 2 100 Marcas más valiosas 2013. Fuente: (Interbrand, 2013)

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En esta lista es notable la presencia de marcas en posiciones elevadas del rango tales

como: Apple, Google, Coca Cola, IBM, Microsoft, General Electric, McDonald’s, Samsung,

Intel, Toyota, Mercedes Benz, BMW, Cisco, Disney, empresas que se destacan en el

desarrollo vertiginoso que ocurre actualmente en las tecnologías de la información y las

comunicaciones. Aunque el valor de una marca no se vincula necesariamente con su carácter

innovador, las estadísticas muestran que efectivamente muchas marcas innovadoras son las

que mayor valor poseen globalmente.

Muchas marcas se asocian fundamentalmente con nuevos productos de consumo, pero

también tienen una función en el mercadeo de productos intermediarios. En comparación

con las patentes, las marcas funcionan bien en industrias donde las patentes no ofrecen

garantías de negocios en el mercado, debido a que la solución es fácilmente apropiable por

su descripción, en muchos sectores de servicio y entre otros no muy tecnológicos donde las

pequeñas empresas son las que contribuyen más con el resultado final.

Las nuevas marcas constituyen un instrumento eficaz que ayuda al posicionamiento de

nuevos productos en el mercado, están más cercanas a la comercialización si se comparan

con las patentes, y cubren un rango más amplio de actividades que comprende desde clases

de productos de manufactura hasta clases de servicios. Además representan un ejercicio

constante de la empresa en la preocupación que deben tener todas de generar cambios

continuos tanto en procesos como en los portafolios de los negocios.

Por último se habló del tema de la Innovación empresarial, sus características y los

diferentes tipos de innovación, por lo que a continuación trataremos el tema:

3. Innovación empresarial

Según (Fundacion Cotec para la Innovación Tecnológica, 2010) la define como: “se

puede decir que la innovación es todo cambio que está basado en conocimiento y que genera

valor”. (pág. 12).

Diferentes clases de innovaciones: Según (Fundacion Cotec para la Innovación

Tecnológica, 2010)

3.1. Innovaciones tecnológicas:

Se basan en la utilización de nuevo conocimiento tecnológico o de nuevas

tecnologías; o también pueden asentarse en nuevos usos o combinaciones de

conocimiento o tecnologías ya existentes. Estas innovaciones se materializan en

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productos o servicios tecnológicamente nuevos o mejorados con éxito en el mercado

y también en procesos tecnológicamente novedosos que han sido incorporados a la

producción o al suministro de forma eficiente.

3.2. Innovaciones tecnológicas de servicios:

Se referirse a la incorporación de nuevas funciones o características en servicios ya

existentes, o a la introducción de servicios completamente nuevos, así como a

mejoras sustanciales en la manera de provisión de los servicios.

3.3. Innovaciones organizativas:

Están basadas en conocimiento gerencial y consisten en la implementación de un

nuevo método de organización de las prácticas de negocio de la empresa, de reparto

de responsabilidades o reestructuración de actividades, como también de conducción

de las relaciones externas de la empresa con proveedores, colaboradores o clientes.

3.4. Innovaciones comerciales:

Las que están basadas en conocimientos de marketing, consisten en la creación y

aplicación de un nuevo método de comercialización (marketing y venta) que

conlleve cambios significativos en la apariencia del bien o del servicio, en sus

canales de venta, en su promoción o en el método de asignación de precios.

3.5. Innovaciones radicales:

Las que suponen la aparición de algo totalmente nuevo

Innovaciones incrementales:

Las que son catalogadas como mejoras significativas de algo ya existente

4. CONCLUSIONES

La innovación es relativa al contexto en el cual desea estudiarse. En este sentido, no

existe una única definición de innovación y ésta siempre debe entenderse desde varias

perspectivas. Es por esto que sólo es posible medir algunos aspectos de la innovación, ya

que se trata de un proceso complejo, dinámico y que involucra a muchos actores.

Según los expertos, la innovación se clasifica de varias formas; innovación en los

productos frente a innovación en los procesos; innovación radical (básica o fundamental)

frente a innovación incremental (mejora de un producto); e innovación rupturista frente a

innovación continuista (secuencial y/o complementaria). Otros simplemente hablan de dos

tipos de innovación: la tecnológica y la de modelos de negocios.

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“PROPIEDAD INTELECTUAL & CREATIVIDAD E INNOVACIÓN”

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Las patentes han sido consideradas desde tiempo atrás como una buena medida de la

actividad inventiva de los países, de las regiones, de las organizaciones y de la dinámica de

la innovación.

Las marcas se presentan como indicadores complementarios de otros indicadores de

innovación ampliamente utilizados. Las marcas son un instrumento crítico para posicionar

nuevos productos en el mercado. Respecto a las patentes, se sitúan más próximas a la fase de

comercialización y cubren un abanico más amplio de empresas y actividades, desde

actividades manufactureras hasta actividades de servicios.

La inscripción en el registro sirve como prueba de autoría de una obra, así como de los

derechos de explotación que el autor se reserva o cede en favor de terceros.

EN RESUMEN

En la actualidad, en el ecosistema empresarial y de negocios, donde las

comunicaciones y la información se mueven vertiginosamente en un medio

competitivo, es de suma importancia el proteger la creatividad e innovación.

Lamentablemente en nuestro medio, no es habitual proteger los derechos de los

autores, por lo consiguiente, existe un mayor riesgo de ser plagiada o difundida por

terceras partes antes de que el creador lo haga, el registro es útil para preservar la

situación, contenido y derechos expresamente definidos por el autor. Así, el autor

que, una vez creada la obra, la registra dispone del testimonio de protección del

registro (certificado digital de inscripción), que acredita que en determinado

momento temporal el autor declara ser el creador de una obra, cuyo contenido puede

contrastarse a través de la copia que guarda el registro. De esta forma, si al comenzar

a distribuir copias, maquetas o los primeros ejemplares de su trabajo, alguien

intentara atribuirse la autoría, el autor contará con una prueba de fecha anterior en la

que consta que él es el verdadero creador. Por lo que es indispensable el Registrar los

productos, servicios, marcas, patentes, invenciones, procesos y procedimientos, entre

otros, que una empresa considere de valor estratégico. Y su plagio dañe su

patrimonio.

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“PROPIEDAD INTELECTUAL & CREATIVIDAD E INNOVACIÓN”

Innovación Página 16

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