programa teoría general del derecho i - uncomahue - 2015 def.pdf
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MATERIA: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO I
AREA: DERECHO PRIVADO
ORIENTACION: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO I.
CARRERA: ABOGACÍA
UBICACIÓN EN EL PLAN DE ESTUDIOS: 1er. CUATRIMESTRE/ 1er. AÑO.
CURSO: 2015
EQUIPO DE LA CATEDRA:
PROFESOR TITULAR:
JORGE EDUARDO DOUGLAS PRICE
ASISTENTE DE DOCENCIA:
ANA LELIA CALAFAT
AYUDANTES DE PRIMERA REGULARES
MARÍA RAQUEL CALVO
ROBERTO FERRERO
NATALIA BASTERRECHEA
JIMENA GALLISÁ
FEDRA GIOVENALI
CARLOS JALIL
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OBJETIVOS Y FUNDAMEN TOS
OBJETIVOS GENERALES: Ofrecer a los/las alumnos/as las herramientas conceptuales
básicas, hábiles para interpretar el fenómeno del derecho a partir del análisis de sus
principales problemas. Estimular la capacidad de análisis crítico de los/las mismos/as,
procurando que puedan reconocer sus funciones, así como el grado de
entrecruzamiento del discurso jurídico con los propios de otros campos epistemológicos
(política, ética, economía, religión). Facilitar a los/las estudiantes una sistemática de
estudio de los problemas jurídicos que ayude a comprenderlos críticamente y les sirva de
punto de partida para el estudio de los sistemas de derecho positivo.
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Facilitar a los/las alumnos/as el acceso a los principales
problemas del derecho en su relación con la teoría de la sociedad concebida como un
sistema de comunicación social (Luhmann). Así, se partirá de una introducción en la teoría
del lenguaje y la comunicación humana, basada en la teoría de los sistemas. Luego se
analizará el sistema jurídico como uno de los subsistemas de la sociedad y, a su interior,
las funciones de las normas en general y de las normas jurídicas en particular, y en
relación con éstas, el rol de las fuentes de producción jurídica (legislación, jurisprudencia,
ciencia del derecho o “dogmática jurídica), procurando analizar las prácticas que ellas
conllevan, en especial las “decisorias” (en sentido amplio, es decir: no solamente las
judiciales) o de (re) producción jurídica, para así establecer sus entrecruzamientos con
otros discursos, como el psicológico, el económico, el moral, el político y el sociológico. Ello
implica reconocer el funcionamiento de los diferentes sistemas jurídicos modernos, según
su “orientación” (Damaska), tales como los desarrollados en Occidente (continental
europeo y anglosajón), pero también se procurará analizar otros como los orientados a
políticas (experiencias del socialismo real). Ese análisis comprenderá la relación de sus
desarrollos “técnicos” con sus aparatos ideológicos, lo que supone, nuevamente analizar el
rol de la denominada “ciencia del derecho” como aparato legitimante en tanto “descriptor”
de los diversos paradigmas bajo los cuales funciona el sistema, partiendo de la misma
noción de sistema jurídico global. Ello implica reconocer los diferentes subsistemas a los
que ya nos hemos referido: el del subsistema constitucional; el sistema de prelación e
interrelación de “fuentes”; los “métodos” de producción/decisión de normas, tales como el
de legislación y el de adjudicación (decisión en sentido amplio), que suponen el análisis de
los métodos de razonamiento e interpretación, las concepciones de argumentación, y el rol
de la dogmática (ciencia del derecho) en la producción de diversos discursos
justificatorios de esos procesos, para, siguiendo la espiral propuesta como esquema
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pedagógico, procurar revelar las claves de decodificación ideológica que permiten
interpretar la teoría y práctica del derecho.
ESTRUCTURA Y FUNDAMENTOS:
El presente programa, como decimos más arriba, está estructurado en una espiral que,
partiendo de una introducción a la teoría de la comunicación y el lenguaje, haciendo
hincapié en los problemas centrales descriptos por la semiótica y la teoría de la
comunicación humana, avanza por sucesivos pasos de aproximación hacia el análisis de
los modos de producción jurídica, en particular de la decisión judicial como punto nodal
de la teoría del derecho, implicando en ella las teorías sobre la interpretación, el
razonamiento y la argumentación jurídicas. Tras analizar las nociones básicas de la teoría
del lenguaje ordinario (Unidad I), se continúa con la teoría de los conceptos jurídicos
fundamentales en la que se siguen dos modos de ataque de la cuestión, el modo
“reconstructivo” seguido por Kelsen, bajo lo que podríamos llamar la influencia de la
analítica propia del Círculo del Viena y el modo “descriptivo”, bien que más inclinado hacia
la primera analítica (o al primer Wittgenstein), seguido por Hohfeld (Unidad II).
Mantenemos en el presente programa la idea de estudiar la teoría de las normas antes que
la del sistema, si bien compartimos con Nino que la estrategia explicativa podría ser
inversa, pero ella se ha revelado como más dificultosa para la comprensión del fenómeno
por parte de los alumnos. En ese sentido analizaremos la teoría general de las normas
(Unidad III) desde la perspectiva de la reconstrucción analítica y lógica propuesta por Von
Wright, para luego analizar luego otras concepciones diferentes, bien que realacionadas
como las de Austin, Kelsen, Bobbio, Cossio, Olivecrona, Hart). En materia de la teoría del
sistema jurídico (Unidad IV) se parte de aclarar la diversidad de conceptos que recoge el
término, para luego repasar algunos de los problemas clásicos como el del reconocimiento
de los órdenes jurídicos específicos (individualización) y el de revolución (también en
sentido jurídico) que aparece como su contracara; el programa continúa con la teoría
sobre las fuentes del derecho (Unidad V), partiendo del concepto de fuentes como
“criterios de objetividad”, dado por Alf Ross, aún si nos apartamos de él utilizando su
mismo concepto pero en un sentido que entendemos críticamente diferente, para enfatizar
su valor epistemológico. Éste análisis reconstructivo de las capas del derecho culmina en
el análisis de los problemas de la producción de derecho (legislación y adjudicación en
sentido amplio), con especial énfasis en la decisión judicial (Unidad VI), reconociendo en
particular cómo las evoluciones ideológicas de la dogmática han tenido su correlato en el
denominado “método jurídico”, en especial con la “teoría de la interpretación”; ello por
cuanto sostenemos que el derecho, como práctica social de reconducción y control del
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conflicto se produce y reproduce a través de una serie de aparatos conceptuales e
ideológicos, construidos en su propia práctica, tales como las mismas construcciones y
reconstrucciones conceptuales de la dogmática (sea en el campo académico o en el
jurisprudencial), elaboradas a través de recursos de las teorías de la interpretación, del
razonamiento y de la argumentación, las que operan como una red circular autopoiética
(Luhmann). Así, por ejemplo, se analiza a las llamadas Escuelas de la Interpretación,
procurando develar las motivaciones ideológicas que alimentaron a las mismas y la
“función” que los métodos propuestos por “formalistas” o “realistas” pueden cumplir, así
como también lo cumplen las “concepciones” de la argumentación (formal, material y
pragmática) como las denomina Atienza, o las estrategias lógicas que autoras como Tecla
Mazzarese han identificado en este campo. Ello permite revisar el estado del debate acerca
del papel de los jueces y la administración de justicia, es decir poder observar una teoría
de la decisión judicial, según los modelos de estado y de sistemas judiciales según sus
“orientaciones” como ha señalado Mirjan Damaska. Esto implica, también, analizar la
aplicación-creación del derecho, desde una perspectiva crítica, que permite revelar las
dimensiones políticas de la función judicial, tal como lo proponen autores como Carlos
Cárcova, Alicia Ruiz, Francois Ost o Duncan Kennedy, entre otros. Dicho de modo
sistémico: cómo el sistema del derecho irrita al sistema de la política y viceversa. El
programa finaliza con un análisis crítico del debate acerca del concepto del derecho
(Unidad VII). En él se repasan tanto la polémica iusnaturalismo/positivismo, como la
crítica a los presupuestos de la misma, pretendiendo observar si, como proponía Nino, se
trata de un debate superado o aún posee actualidad y capacidad explicativa. Como lo
sugería el mismo autor, introducimos aquí el debate sobre la cuestión del valor en el
funcionamiento del sistema, esto es: de qué modo el debate político y moral es o puede ser
procesado por el sistema cuando se realizan sus propias operaciones, dicho en términos
sistémicos: nos preguntamos cómo procesa el sistema del derecho las irritaciones que
provienen del sistema de la moral y de la política, partiendo del supuesto que el derecho
es, como los demás sistemas sociales, un sistema operacionalmente cerrado y
cognitivamente abierto (Luhmann-De Giorgi), esto es un sistema que produce lo que
produce a partir de sus propias operaciones y que “aprende” a partir de las irritaciones
que los demás sistemas que están en su entorno, le producen.
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PROGRAMA ANALÍTICO
TEORIA GENERAL DEL D ERECHO I
UNIDAD I: COMUNICACIÓN, LENGUAJE Y DERECHO.
1.1. LENGUAJE Y COMUNICACIÓN. CONCEPTOS. FILOSOFÍA DEL LENGUAJE.
1.2. SEMIÓTICA: CONCEPTO. LENGUA Y HABLA. COMUNICACIONES Y
CÓDIGOS.
1.3. SINTÁCTICA: CONCEPTO. SINTAGMAS Y ORACIONES.
1.4. SEMÁNTICA: LA RELACIÓN DE LAS PALABRAS CON EL MUNDO
(HISTORIA DEL DEBATE FILOSÓFICO). CARACTERÍSTICAS DEL LENGUAJE
NATURAL (AMBIGÜEDAD, VAGUEDAD, TEXTURA ABIERTA). TIPOS DE
DEFINICIONES. REGLAS DEL SIGNIFICADO.
1.5. PRAGMÁTICA: RELACIONES ENTRE LOS SIGNOS, LAS CONDICIONES DE
LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y LA CONDUCTA HUMANA. USOS Y FUNCIONES
DEL LENGUAJE.
1.6. LA COMUNICACIÓN HUMANA. LA SOCIEDAD COMO PRODUCTO DE LAS
COMUNICACIONES. LOS AXIOMAS DE LA COMUNICACIÓN. LENGUAJES NO
VERBALES.
1.7. SEMIÓTICA Y DERECHO: RUINAS CIRCULARES.
UNIDAD II: CONCEPTOS JURÍDICOS BÁSICOS.
2.1 LA BÚSQUEDA DE PUNTOS DE PARTIDA EN EL PENSAMIENTO
CIENTÍFICO. LOS INTENTOS DE CONSTRUCCIÓN DE UN LENGUAJE PARA LA
CIENCIA DEL DERECHO.
2.2 LA TESIS RECONSTRUCTIVA (KELSEN): SANCIÓN Y ACTO
ANTIJURÍDICO. DEBER JURÍDICO Y DERECHO SUBJETIVO.
2.3 EL SUJETO DE DERECHO: PERSONA FÍSICA Y PERSONA JURÍDICA,
TEORÍAS. OTROS CONCEPTOS BÁSICOS: CAPACIDAD Y COMPETENCIA;
IMPUTACIÓN Y RESPONSABILIDAD.
2.4 LA TESIS DESCRIPTIVA (HOHFELD): LOS CONCEPTOS BÁSICOS Y SUS
CORRELATOS.
UNIDAD III: TEORÍA DE LAS NORMAS JURÍDIC AS
3.1 INTRODUCCIÓN A UNA TEORÍA GENERAL DE LAS NORMAS (VON
WRIGHT)
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3.2 LAS DISTINCIONES: “CAUSALIDAD E IMPUTACIÓN” Y “SER-DEBER SER”.
LA CRÍTICA DE ESTA DISTINCIÓN POR RAFFAELE DE GIORGI.
3.3 EL CONCEPTO DE NORMA JURÍDICA EN AUSTIN, KELSEN, COSSIO,
HART, OLIVECRONA, BOBBIO.
3.4 EL CONCEPTO DE VALIDEZ. CONCEPTOS NORMATIVO Y DESCRIPTIVO:
VALIDEZ FORMAL Y VALIDEZ MATERIAL.
UNIDAD IV: TEORÍA DEL SISTEMA JURÍDICO.
4.1 CONCEPTOS DE SISTEMA: SISTEMA COMO SISTEMA DE ENUNCIADOS O
COMO SISTEMA SOCIAL. RELACIONES ENTRE SEMÁNTICA Y SOCIEDAD.
4.2 EL DERECHO COMO SISTEMA DE NORMAS. LA CRÍTICA AL MODELO DE
LA NORMAS (DWORKIN).
4.3 EL RECONOCIMIENTO DEL SISTEMA POR SUS OPERADORES: CRITERIOS
DE INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS ÓRDENES JURÍDICOS.
4.4 EL FUNDAMENTO DE VALIDEZ DEL ORDEN Y LA DISPUTA MONISMO VS
DUALISMO, DESDE LA PERSPECTIVA DE LA GLOBALIZACIÓN DE LAS
RELACIONES JURÍDICAS.
4.5 CRITERIOS SOBRE EL CAMBIO DE ORDEN: EL CONCEPTO DE
REVOLUCIÓN EN KELSEN. LA DISTINCIÓN ENTRE EFECTIVIDAD Y
LEGITIMIDAD.
UNIDAD V: TEORÍA DE LAS FUENTES DEL DERECHO.
5.1 TEORÍA CLÁSICA DE LAS FUENTES. FUENTES FORMALES E
INFORMALES. LA TEORÍA DE LAS FUENTES DE ALF ROSS.
5.2 FUENTES LEGISLACIÓN Y COSTUMBRE: CONCEPTO, DESARROLLO
HISTÓRICO Y RECEPCIÓN EN LOS SISTEMAS POSITIVOS.
5.3 FUENTE JURISPRUDENCIA: CONCEPTO, DESARROLLO Y RECEPCIÓN EN
LOS SISTEMAS POSITIVOS. DIFERENCIAS ENTRE EL SISTEMA DEL DERECHO
“CONTINENTAL” Y EL DEL "COMMON LAW". LA DOCTRINA DEL STARE
DECISIS .
5.4 LA DOGMÁTICA COMO FUENTE. ANTECEDENTES. EL DEBATE SOBRE SU
ROL (LUHMANN).
5.5 EL DERECHO INTERNACIONAL COMO FUENTE. EL DERECHO DE LOS
TRATADOS. EL IUS COGENS Y LA RECEPCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN
LOS DERECHOS NACIONALES. OTRAS “FUENTES” DEL DERECHO
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INTERNACIONAL: “RECOMENDACIONES", "OBSERVACIONES GENERALES",
"OPINIONES CONSULTIVAS", ETC.
5.6 EL DEBATE SOBRE EL ORDEN DE PRELACIÓN DE LAS FUENTES:
FUENTES DEL DERECHO Y HEGEMONÍAS POLÍTICAS. LA PLURALIDAD DE
FUENTES Y EL PLURALISMO JURÍDICO. LA RAZÓN O TRADICIÓN DE CULTURA,
EN LA CONCEPCIÓN DE ALF ROSS.
UNIDAD VI: TEORÍA DE LA PRODUCCIÓN JURÍDI CA
6.1 LA DECISIÓN JURÍDICA: RAZONAMIENTO, INTERPRETACIÓN Y
ARGUMENTACIÓN. LOS PROBLEMAS DEL DECIDIR. LOS PROBLEMAS DE LA
INTERPRETACIÓN JURÍDICA: EL PLANTEO DE ALF ROSS.
6.2 LA EVOLUCIÓN DEL “MÉTODO” EN EL “DERECHO CONTINENTAL” Y EL
“COMMON LAW”. LAS EVOLUCIÓN DE LAS ESCUELAS: DESDE LA EXÉGESIS, A
LA EGOLÓGICA.
6.3 LA DECISIÓN JUDICIAL Y LA TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN. LA
FUNCIÓN SISTÉMICA DE LA ARGUMENTACIÓN. CONCEPCIONES DE LA
ARGUMENTACIÓN (FORMAL, MATERIAL Y PRAGMÁTICA).
6.4 LOS DEBATES SOBRE LOS “MARCOS” DE LA DECISIÓN, LAS POSICIONES
DE RONALD DWORKIN, HERBERT HART Y DUNCAN KENNEDY.
6.5 NUEVOS PARADIGMAS SOBRE LA DECISIÓN JUDICIAL Y LOS SISTEMAS
JUDICIALES. EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y DE
CONVENCIONALIDAD, SU SIGNFICADO EN EL FUNCIONAMIENTO SISTÉMICO.
LA DIMENSIÓN POLÍTICA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL.
UNIDAD VII: EL CONCEPTO DE DERECHO O LA DISPUTA IDEOLÓGICA.
7.1 TÉRMINOS IMPLICADOS EN LA CONTROVERSIA SOBRE EL CONCEPTO
DE DERECHO: DERECHO, POLÍTICA, MORAL, RELIGIÓN, SOCIOLOGÍA,
FILOSOFÍA, OTROS.
7.2 LA INTRODUCCIÓN DEL PROBLEMA DEL VALOR EN EL DEBATE SOBRE
EL DERECHO. EL OTRO SENTIDO DE “VALIDEZ” .
7.3 EL DEBATE CLÁSICO SOBRE EL CONCEPTO DE DERECHO:
IUSNATURALISMO/ POSITIVISMO. LAS IMPLICANCIAS DEL DEBATE. EL
ESTADO DE LA CUESTIÓN.
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BIBLIOGRAFÍA BÁSICA GENERAL
NINO, Carlos Santiago: "Introducción al Análisis del Derecho ". 2da. Ed., Astrea, Buenos
Aires, 2003.
DOUGLAS PRICE, Jorge Eduardo: “La decisión judicial”. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2012.
BIBLIOGRAFIA BÁSICA ESPECIAL
UNIDAD I: COMUNICACIÓN, LENGUAJE Y DERECHO.
DOUGLAS PRICE, Jorge Eduardo-Calvo, María Raquel. “Introducción a una Teoría del
Lenguaje”. Cuaderno de cátedra. General Roca, 2012.
GOMEZ, Astrid y BRUERA, Olga: “Análisis del lenguaje jurídico". Editorial
HOSPERS, John: “Introducción al análisis filosófico”. Editorial Macchi, Buenos Aires, 1961.
Tomo l, capítulo l.
UNIDAD II: CONCEPTOS JURÍDICOS BÁSICOS.
HOHFELD, Wesley N.: "Conceptos jurídicos fundamentals”. CEAL, Buenos Aires, 1968.
KELSEN, Hans: “Teoría Pura del Derecho”, op.cit., Capítulo IV.
NINO, Carlos Santiago. "Introducción al Análisis del Derecho". Op.cit., Capítulo IV.
UNIDAD III. TEORÍA DE LAS NORMAS JURÍDICAS.
HART, Herbert L.A.: “El concepto de derecho”. ABELEDO-PERROT, Buenos Aires, 2004,
Caps. II y III.
KELSEN, Hans. “Teoría Pura del Derecho”, op.cit. CAP.III.
NINO, Carlos Santiago: “Introducción al Análisis del Derecho”, op.cit., capítulos II y III.
SALGADO, Juan Manuel. “Introducción a la Teoría de las Normas”, Cuaderno de Cátedra,
General Roca, 2001.
VON WRIGHT, Georg Henrik. “Norma y Acción. Una investigación lógica”, Ed. Tecnos,
Madrid, 1979.
9
UNIDAD IV: TEORÍA DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS.
DOUGLAS PRICE, Jorge E. “¿Qué sistema? La idea de «sistema jurídico» y una «confusión»
epistemológica”, en Ideas & Derecho, Revista de la Asociación Argentina de Filosofía del
Derecho, Nro.8, Buenos Aires, 2012.
DOUGLAS PRICE, Jorge E. “La decisión judicial”. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2012, caps.VI,
VII y VIII.
DWORKIN, Ronald. “Los Derechos en Serio”. Ariel Derecho, Barcelona, 1977, Caps.2 y 3.
KELSEN, Hans: “Teoría Pura del Derecho”, op.cit., Capítulo V.
LUHMANN, Niklas: “El derecho de la sociedad”. Herder, México D.F., 2005, Capítulos I y II.
NINO, Carlos Santiago: “Introducción al Análisis del Derecho”, op.cit., caps. II y III.
SALGADO, Juan Manuel. “El Estado Moderno y las teorías del derecho como ordenamiento.
Enfoques alternativos. Los paradigmas jurídicos”. Cuaderno de Cátedra. General Roca,
2002.
UNIDAD V: TEORÍA DE LAS FUENTES DEL DERECHO
CUETO RUA, Julio: "Las fuentes del derecho". ABELEDO-PERROT, Buenos Aires, l978.
DOUGLAS PRICE, Jorge: “La decisión judicial”. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2012, caps.III y
IX.
GARCIA MAYNEZ, Eduardo: "Introducción al estudio del derecho". PORRUA, México, 1970.
Primera Parte, cap. V.
ROSS, Alf: “Sobre el Derecho y la Justicia”, EUDEBA, Buenos Aires, 1977, cap.III.
UNIDAD VI: TEORÍA DE LA DECISIÓN JUDICIAL.
AFTALION, Enrique y Otros: Introducción al Derecho, op.cit., cap.XIII.
CÁRCOVA, Carlos María: "Acerca de las funciones del derecho" y "Sobre la comprensión
del derecho" en "Materiales para una teoría crítica del derecho". ABELEDO-PERROT,
Buenos Aires, 1991, pags. 203 y ss.
CARRIÓ, Genaro. “Notas sobre derecho y lenguaje”. ABELEDO-PERROT, Buenos Aires,
1998, cap.I, Segunda Parte.
DOUGLAS PRICE, Jorge E. “La decisión judicial”, RUBINZAL CULZONI, Santa Fe, 2012,
caps.IV, V, VIII, X, XI y XIII.
10
MARÍ, Enrique: "La interpretación de la Ley" en "Materiales para una teoría crítica del
derecho". ABELEDO-PERROT, Buenos Aires, 1.99l, pag.233 y ss.
NINO, Carlos Santiago. Introducción al análisis del Derecho, op.cit., capítulo V.
RUÍZ, Alicia: "Aspectos ideológicos del discurso jurídico" en "Materiales para una teoría
crítica del derecho". ABELEDO PERROT, Buenos Aires, l99l.Pag.149 y ss.
UNIDAD VII: EL CONCEPTO DE DERECHO Y EL DEBATE IDEOLÓGICO.
ALEXY, Robert. “El concepto y la validez del derecho”. Gedisa, Barcelona, 2004. Caps.1 y 2.
CARRIÓ, Genaro. “Notas sobre derecho y lenguaje”. ABELEDO-PERROT, Buenos Aires,
1998, cap.IX.
DOUGLAS PRICE, Jorge E. “El concepto de derecho: su planteo, sus implicancias.” Cuaderno
de cátedra. General Roca, 2000.
HART, Herbert L.A.: “El concepto de derecho”. ABELEDO PERROT, Buenos Aires,
2004.Capítulos VIII y IX.
NINO, Carlos Santiago: "Introducción al análisis del derecho". Astrea, Buenos Aires, 2003.
Introducción, Capítulos I y VII.
BIBLIOGRAFÍA GENERAL, DE CONSULTA, REFEREN CIA O AMPLIACIÓN.
AFTALIÓN, Enrique R.; GARCÍA OLANO, Fernando y VILANOVA, José: “Introducción al
Derecho”. Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1984.
OLIVECRONA, Karl: "El derecho como hecho." Labor Universitaria. Barcelona, 1980.
ROSS, Alf: "Sobre el derecho y la Justicia". Eudeba, Buenos Aires, l977.
VERNENGO, Roberto: "Curso de Teoría General del Derecho". Cooperadora, Buenos Aires,
1980.
BIBLIOGRAFÍA ESPECIAL, DE CONSULTA, R EFERENCIA O AMPLIACIÓN.
UNIDAD I: COMUNICACIÓN, LENGUAJE Y DERECHO.
AUSTIN, John L.: "Palabras y acciones - o ¿Cómo hacer cosas con palabras". Paidós,
Buenos Aires, l97l.
11
BEUCHOT, Mauricio: "Aspectos históricos de la semiótica y la filosofía del lenguaje".
UNAM, México, l987.
BEUCHOT, Mauricio: "Significado y Discurso. La filosofía del lenguaje en algunos
escolásticos españoles post-medievales". UNAM, México, 1988.
BORGES, Jorge Luis: “Obra poética”. EMECÉ, Buenos Aires, 1964.
BORGES, Jorge Luis: “Otras Inquisiciones”. EMECÉ, Buenos Aires, 1960.
CARRIÓ, Genaro: “Notas sobre derecho y lenguaje”. ABELEDO-PERROT, Buenos Aires,
1998, cap.I, Primera Parte.
COPI, Irving: "Introducción a la lógica". Eudeba, Buenos Aires, l987. Capítulos l, 2 y 4.
ECO, Umberto: “Tratado de Semiótica General”. Lumen, Barcelona, 2000.
ECO, Umberto: "La búsqueda de la lengua perfecta". Crítica, Barcelona, 1994.
FOUCAULT, Michel: "Las palabras y las cosas". Siglo XXI, México, 1985.
GENDE, Carlos Emilio: “Lenguaje e interpretación en Paul Ricoeur”, Prometeo, Buenos
Aires, 2005.
HART, Herbert L.: Opus cit., capítulo II, III, IV y V.
KALINOWSKY, Georges: "Introducción a la lógica jurídica". Eudeba, Buenos Aires, 1973.
Cap.2.
KELSEN, Hans. "Problemas Capitales de la Teoría Jurídica del Estado". Porrúa, México,
1987. Libros 1ro., 2do. y 3ro; secc .primera.
OGDEN, C.K. y RICHARDS, I.A.: "El significado del significado". Paidós, Barcelona, l984.
OLIVECRONA, Karl: Opus cit., Capítulos VIII y IX. (existe separata de CEAL, Buenos Aires,
l968, bajo título "Lenguaje jurídico y realidad".
PLATÓN: “Diálogos”. Ed.Porrúa. México, D.F., 1996.
ROSS, Alf: "El concepto de validez y otros ensayos". CENTRO EDITOR DE AMERICA
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SAUSSURE, Ferdinand de: "Curso de lingüística general". Losada, Buenos Aires, 1945.
UNIDAD II: TEORÍA DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS BÁSICOS
GARCIA MAYNEZ, Eduardo: "Introducción al estudio del Derecho". Editorial PORRUA S.A.,
México, 1970.Tercera Parte.
KELSEN, Hans: "Contribuciones a la teoría pura del derecho”. CENTRO EDITOR DE
AMERICA LATINA, Buenos Aires, l969.
UNIDAD III: TEORÍA DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS
AFTALION y Otros: “Introducción al Derecho”, op.cit., cap. IV.
12
DWORKIN, Ronald: "Los derechos en serio". ARIEL DERECHO, Barcelona, 1984, caps. II y
III.
HART, Herbert L.A.: “El concepto de derecho”. ABELEDO PERROT, Buenos Aires, 2004,
caps. IV, V y VI.
KELSEN, Hans: “El contrato y el Tratado. Analizados desde el punto de vista de la teoría
pura del derecho”. Colofón S.A., Coyoacán, México, 1994.
KELSEN, Hans: "Problemas Capitales de la Teoría Jurídica del Estado". Ed. Porrúa, México,
1987.
KELSEN, Hans: “Derecho y Paz en las relaciones internacionales”, Fondo de Cultura
Económica, México D.F., reimp.1996.
KELSEN, Hans: “Teoría Pura del Derecho”, op.cit., cap.V.
UNIDAD IV: TEORÍA DE LAS NORMAS JURÍDICAS
KELSEN, Hans. “Teoría Pura del Derecho”, op.cit., Caps. I y III.
KELSEN, Hans: "Teoría General de las Normas", TRILLAS, México, 1994. Capítulos 1 a 8.
OLIVECRONA, Karl: “El derecho como hecho”, op.cit., cap. V.
SAMPAIO FERRAZ, Tercio: "Teoría da norma jurídica". Editora Forense, Río de Janeiro,
1997.
UNIDAD V: TEORÍA DE LAS FUENTES DEL DERECHO
ALVAREZ GARDIOL, Ariel: "Introducción a una teoría general del derecho". ASTREA,
Buenos Aires, 1975.Capítulo VII.
BOBBIO, Norberto: “El tiempo de los derechos”. Ed.Sistema, Madrid, 1991.
COSSIO, Carlos: “El derecho en el derecho Judicial”. Librería El Foro, Buenos Aires, 2002,
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CUETO RUA, Julio: “El «Common Law»”. ABELEDO-PERROT, Buenos Aires, 1997.
OLIVECRONA, Karl: "El derecho como hecho". Labor Universitaria, Barcelona, 1.980.
UNIDAD VI: TEORÍA DE LA DE LA DECISIÓN JUDICIAL
DOUGLAS PRICE, Jorge E.: "Lenguaje jurídico y realidad. Una aproximación a Austin y
Olivecrona". Cuaderno de Cátedra. General Roca, 1984.
ECO, Umberto. “Los límites de la interpretación”. Lumen, Barcelona, 1992.
ECO, Umberto. “Tratado de Semiótica General”. Lumen, Barcelona, 2000.
ENTELMAN, Ricardo: "Discurso normativo y organización del poder" en "Materiales para
una teoría crítica del derecho". ABELEDO PERROT, Buenos Aires, l99l.Pag.295 y ss.
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FIDLER, Herbert: "Derecho, lógica y matemática". CENTRO EDITOR DE AMERICA LATINA,
Buenos Aires, 1968.
FOUCAULT, Michel: “La verdad y las formas jurídicas”. GEDISA, México, l985.
FOULKES, María Marta: “Lenguaje - ficción - realidad". BIBLOS, Buenos Aires l99l.
FRANK, Jerome: "Derecho e incertidumbre". CENTRO EDITOR DE AMERICA LATINA,
Buenos Aires, 1968.
GHIRARDI, Olsen. “Introducción al razonamiento forense”. Editorial Dunken, Buenos Aires,
2003.
GHIRARDI, Olsen. “La retórica y la dialéctica en el razonamiento forense”. Ediciones
Academia Colombiana de Jurisprudencia, Santa Fe de Bogotá, 2001.
HOLMES, Oliver Wendell: “La senda del derecho”. PERROT, Buenos Aires, 1955.
LEGENDRE, Pierre y Otros: "El discurso jurídico. Perspectiva psicoanalítica y otros
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LEGENDRE, Pierre: "El amor del censor". ANAGRAMA, Barcelona, 1979.
LEVI, Edward H.: "Introducción al razonamiento jurídico". EUDEBA, Buenos Aires, 197l.
LORENZETTI, Ricardo Luis: “Teoría de la Decisión Judicial. Fundamentos de Derecho”.
Rubinzal Culzoni, Buenos Aires, 2006.
LUHMANN, Niklas. "Sistema Jurídico y Dogmática Jurídica". Centro de Estudios
Constitucionales, Madrid, 1983.
RICOEUR, Paul. Teoría de la Interpretación. Discurso y excedente de sentido. Siglo XXI
Editores-Universidad Latinoamericana, México, 1995.
ROSS, Alf: Opus cit., capítulo IV.
SERNA, Pedro. “De la argumentación jurídica a la hermeneútica”, Editorial Comares,
Granada, 2003.
SOLER, Sebastián. “Las palabras de la ley”. Praxis Jurídica, Veracruz, 1974.
VERNENGO, Roberto J.: "La interpretación literal de la ley”. ABELEDO PERROT, Buenos
Aires, l97l.
VERON, Eliseo: "La semiosis social - fragmentos de una teoría de la discursividad". GEDISA,
Buenos Aires, l987.Capítulo II.
VIGO, Rodolfo L. “Interpretación Jurídica”. Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe, 1999.
VITALE, Gustavo: "Principio de insignificancia y error". Edit. UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL COMAHUE, Neuquén, l988.
WITKER, Jorge y LARIOS, Rogelio. “Metodología Jurídica”. Mc Graw Hill-UNAM, México
D.F., 1997.
UNIDAD VII. EL CONCEPTO DE DERECHO Y EL DEBATE IDEOLÓGICO.
14
BOBBIO, Norberto. “El positivismo jurídico”. Debate, 1998. Introducción y Capítulo 1.
HOERSTER, Norbert. “En defensa del positivismo jurídico”, Gedisa, Estudios Alemanes,
Barcelona, 1992.
KALINOWSKI, Georges. “Concepto, Fundamento y Concreción del Derecho”, Abeledo-
Perrot, Buenos Aires, 1982.
KELSEN, Hans. “La idea del derecho natural y otros ensayos”, Losada, Buenos Aires, 1946.
15
PROPUESTA METODOLOGI CA CURSO REGULAR:
Ante la imposibilidad, dado el número de alumnos de instrumentar comisiones de
promoción sin examen, se adoptará un régimen intermedio consistente en incrementar en
dos horas el número de horas aúlicas semanales, en los que la Asistente de Docencia y los
Ayudantes, divididos en 5 comisiones desarrollaran clases eminentemente prácticas en
relación a los temas teóricos brindados en las clases generales de los Módulos (dos a la
sazón).
A tal efecto, se realizará la exposición de la totalidad del programa en las clases teóricas
generales y se desarrollará en las Comisiones un plan de prácticos y lecturas guiadas y
otros recursos pedagógicos sobre la base de bibliografía del programa, introduciéndolos
también en la lectura de fallos y artículos doctrinarios referidos a los mismos.
Los prácticos obligatorios, serán tres (3) y serán llevados a cabo por los ayudantes bajo la
dirección de la Asistente de Docencia, pero participarán de su construcción todos los
docentes de la cátedra. La regularización de la asignatura requiere la aprobación
indispensable de los (3). En caso de ser necesario se instrumentará en las Comisiones, al
finalizar el cuatrimestre un cuarto práctico que permita salvar la ausencia de uno y solo
uno de los anteriores, en la medida que dicha ausencia haya quedado debidamente
justificada por ante el/la Profesor/a a cargo de la Comisión.
Las evaluaciones, consistirán en tres parciales escritos, que combinan pruebas
estructuradas, semiestructuradas y abiertas (para evaluar las distintas fases del
aprendizaje). Al cabo del cuatrimestre se tomará un parcial recuperatorio de los mismos.
Las fechas tentativas para su realización se prevén en el cronograma que se explicita más
abajo y que se comunica a los alumnos en las primeras clases.
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CONDICIONES DE ACRED ITACION Y EVALUACION :
ALUMNOS REGULARES: Con la aprobación de los Tres (3) parciales o del recuperatorio
respectivo (en su caso integral), con calificación mínima de cuatro (4) y la realización
satisfactoria de tres (3) trabajos prácticos, alcanzarán la condición de regular. Quienes
aprueben con siete (7) o más [siempre que en ninguna de las calificaciones obtengan
menos de 5 (cinco)], podrán rendir de manera diferenciada el examen final en los tres
primeros turnos subsiguientes, examen que consistirá en la defensa pormenorizada de un
tema elegido por el alumno del programa de la asignatura.
ALUMNOS PROMOCIONALES: No se puede ofrecer esta opción.
ALUMNOS LIBRES: Según reglamentación general [(Aprobación con 4 (cuatro)]. Examen
escrito eliminatorio y oral a programa abierto o por selección de unidades mediante
bolillero, a elección del alumno.-
HORARIO DE CLASES TEÓRICAS Y PRÁCTICAS: (SEGÚN MÓDULOS)
MÓDULO A: Lunes y Viernes de 18 a 20hs.
MÓDULO B: Martes y Viernes de 16 a 18hs.
COMISIONES DE PROMOCIÓN: Horario a determinar.
HORARIO DE CONSULTA DE ALUMNOS:
CONSULTAS PRESENCIALES:
MODULO A: Viernes de 16 a 18 hs.
MODULO B: Viernes de 18 a 20 hs.
Lugar: Oficina Cátedra Teoría General del Derecho (CEIP)
CONSULTAS VIRTUALES: PEDCO (Plataforma Educativa Universidad Nacional del
Comahue)
Inicio de clases: 13 de Marzo de 2015
Final del cuatrimestre: 30 de Junio 2015
EVALUACIONES Y PRÁCTICOS: Fechas tentativas.
Primer Parcial (UNIDAD I y II): ABRIL (fecha a determinar)
Segundo Parcial (UNIDAD III y IV): MAYO (fecha a determinar)
Tercer Parcial (UNIDADES V, VI y VII): JUNIO (fecha a determinar).
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RECUPERATORIOS: 30 de Junio.
Prácticos: cuatro (4), el último de ellos recuperatorio.
Primer Práctico: Trabajo sobre Unidades I y II.
Segundo Práctico: Trabajo sobre Unidades III y IV.
Tercer Práctico: Trabajo sobre Unidades V, VI y VII.
Cuarto Práctico: Análisis del fallo en la causa “Priebke”, integrando todos los aspectos del sistema.
PUBLICACIONES:
Cuadernos de cátedra sobre Unidades I, III y VII.
PEDIDO DE BIBLIOGRAFIA (PRIORIZADA)
LIBROS:
DOUGLAS PRICE, Jorge E. “La decisión judicial”, Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe, 2012.
LUHMANN, Niklas: “El derecho de la sociedad”. Herder, México D.F., 2005
LORENZETTI, Ricardo Luis. “Teoría de la Decisión Judicial. Fundamentos de Derecho”,
Rubinzal Culzoni, Buenos Aires, 2006.
GENDE, Carlos Emilio: “Lenguaje e interpretación en Paul Ricoeur”, Prometeo, Buenos
Aires, 2005.
ECO, Umberto: “Tratado de Semiótica General”, Lumen, Barcelona, 2000.
Prof. Doctor Jorge E. Douglas Price
Titular Regular Teoría General del Derecho I