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Programa de fomento de empleo
-Incentivos a la contratación inicial o mantenimiento de contratación indefinida-
Plan extraordinario para la conversión de empleo temporal en fijo
Valencia, 15 septiembre de 2006
Tesorería General de la Seguridad Social
Dirección Provincial de Valencia
Índice
3. Reducción de cotizaciones empresariales
4. Mejora de la utilización de la contratación temporal
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.1 Objeto
2.2 Beneficiarios y colectivos
2.3 Cuantías de la bonificación
2.4 Mantenimiento
2.5 Transformaciones de contratos temporales
1. Introducción
1. Introducción
Norma: Norma:
Real Decreto-Ley 5/2006 de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo (BOE 14 de junio de 2006)
Real Decreto-Ley 5/2006 de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo (BOE 14 de junio de 2006)
Retos: Retos:
Corregir los desequilibrios del mercado de trabajo
Aumentar el insuficiente volumen de empleo
Corregir la elevada tasa de temporalidad
Corregir los desequilibrios del mercado de trabajo
Aumentar el insuficiente volumen de empleo
Corregir la elevada tasa de temporalidad
1. Introducción
Objetivos: Objetivos:
• Impulsar el empleo, la contratación indefinida y la conversión del empleo temporal en fijo.
• Limitar la contratación temporal, introducir transparencia en la subcontratación de obras y servicios y potenciar la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
• Potenciar las políticas activas de empleo y una mejor actuación del Sistema Nacional de Empleo y mejorar la protección de trabajadores ante la falta de empleo.
• Impulsar el empleo, la contratación indefinida y la conversión del empleo temporal en fijo.
• Limitar la contratación temporal, introducir transparencia en la subcontratación de obras y servicios y potenciar la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
• Potenciar las políticas activas de empleo y una mejor actuación del Sistema Nacional de Empleo y mejorar la protección de trabajadores ante la falta de empleo.
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.1 Objeto
2.2 Beneficiarios y colectivos
2.3 Cuantías de la bonificación
2.4 Mantenimiento
2.5 Transformaciones de contratos temporales
3. Reducción de cotizaciones empresariales
4. Mejora de la utilización de la contratación temporal
1. Introducción
Índice
2.1 Objeto
Bonificación por la contratación indefinida (1)
a tiempo completo
a tiempo parcial
fijo discontinuo
Bonificaciones para el mantenimiento del empleo de determinados trabajadores
Excepcionalmente, bonificaciones para los contratos temporales con
trabajadores con discapacidad (1)
personas en situación de exclusión social (1)
víctimas de violencia de género
(1) Desempleados inscritos en las Oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
COLECTIVOS
2.2 Beneficiarios y colectivos: colectivos incentivados
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Contratación inicial de carácter indefinido
Mujeres en general850 €
Mujeres contratadas en los 24 meses siguientes a la fecha del parto o de la adopción o acogimiento preadoptivo
o permanente
1.200 €
Mayores de 45 años1.200 €
Jóvenes de 16 a 30 años (ambos inclusive)800 € Trabajadores
inscritos como desempleados en la oficina de empleo durante al menos 6
meses
600 €
Transformación de contratos temp.500 €
800 €
Contratación inicial de carácter indefinido o temporal
Exclusión socialInd: 600 €
Temp: 500 €
Violencia de géneroInd: 850 €
Temp: 600 €
Los contratos formativos continúan con el régimen de incentivos actual –reducción de cuotas-. Se incluyen los contratos en prácticas a tiempo parcial
Quedan asimilados a personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, los pensionistas de incapacidad permanente del sistema de Seguridad Social o Clases Pasivas.
Personas con discapacidad
Ind y transf: 3.000 €Enclaves: 3.200 € Temp:
2.200 €
Mantenimiento del empleo e igualdad de oportunidades
Mujeres reincorporadas al trabajo en los 2 años
siguientes al inicio del permiso por maternidad.
1.200 €
Trabajadores de sesenta o más años, con una
antigüedad en la empresa de cinco o más años
≥ 50%
Mujeres que se reincorporen al empleo después de 5 años de
inactividad, habiendo estado dadas de alta en cualquier régimen de la SS
durante un mínimo de 3 años
1.200 €
NOVEDAD
2.2 Beneficiarios y colectivos: Requisitos y Exclusiones
Beneficiarios:
Empresas
Trabajadores autónomos
Sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo si han optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena.
Requisitos de las empresas beneficiarias:
Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de alta como durante la aplicación de las bonificaciones.
No haber sido excluidos del acceso a beneficios derivados de programas de empleo –LISOS-
No tratarse de la Administración General del Estado, Administraciones autonómicas y entidades locales
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Novedad
Exclusiones sobre colectivos incentivados:
Relaciones laborales de carácter especial
Cónyuge y familiares hasta el 2ª grado, salvo para autónomos sin asalariados y contrate a un solo familiar menor de 45 años, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.
Trabajadores que hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad:
En los 24 meses anteriores con contrato indefinido
En los 6 meses anteriores con contrato de duración determinada o temporal, o formativo, de relevo o de sustitución por jubilación salvo en los supuestos de transformación de los contratos.
Trabajadores que hayan finalizado en los últimos 3 meses una relación laboral indefinida en otra empresa –salvo despido reconocido improcedente o despido colectivo-[No aplicable a trabajadoresprocedentes de enclaves laborales incorporados a la empresa colaboradora]
Socios trabajadores o de trabajo incorporados a cooperativas o sociedades laborales cuando hayan mantenido un vínculo contractual previo superior a 12 meses.
Aplicable a los trabajadores discapacitados, salvo la extinción de contratación indefinida en los últimos 3 meses para trabajadores procedentes de enclaves laborales.
Novedad
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Exclusiones sobre beneficiarios:Empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedenteo por despido colectivo contratos bonificados, durante un periodo de 12 meses.
Las exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Aplicable a los trabajadores discapacitados, salvo la extinción de contratación indefinida en los últimos 3 meses para trabajadores procedentes de enclaves laborales.
Novedad
Excepción:
Los trabajadores de 60 ó más años, con una antigüedad en la empresa de 5 ómás años, mantienen una bonificación porcentual de la aportación empresarial por contingencias comunes (50 %), salvo IT derivada de las mismas, incrementando un 10 % por cada año hasta alcanzar el 100 %.
Excepción:
Los trabajadores de 60 ó más años, con una antigüedad en la empresa de 5 ómás años, mantienen una bonificación porcentual de la aportación empresarial por contingencias comunes (50 %), salvo IT derivada de las mismas, incrementando un 10 % por cada año hasta alcanzar el 100 %.
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.3 Cuantía de la bonificación: aspectos generales
Cuantía: Cantidad fija e independiente de la base de cotización.
Limitación: - Aportación empresarial- 60 % coste salarial anual en concurrencia con otras
medidas de apoyo público, salvo trabajadores de Centros Especiales de Empleo
Cuantía: Cantidad fija e independiente de la base de cotización.
Limitación: - Aportación empresarial- 60 % coste salarial anual en concurrencia con otras
medidas de apoyo público, salvo trabajadores de Centros Especiales de Empleo
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Excepción: Durante toda la vigencia del contrato, en los supuestos de:
• Mayores de 45 años
• Personas con discapacidad
• Victimas de violencia de género y trabajadores en situación de exclusión social, con contratos temporales.
•Mayores de 60 años y antigüedad de 5 ó más años
Excepción: Durante toda la vigencia del contrato, en los supuestos de:
• Mayores de 45 años
• Personas con discapacidad
• Victimas de violencia de género y trabajadores en situación de exclusión social, con contratos temporales.
•Mayores de 60 años y antigüedad de 5 ó más años
Duración: 4 años.Duración: 4 años.
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
AplicaciónAplicación
• Con carácter automático en los documentos de cotización• Con carácter automático en los documentos de cotización
Control y RevisiónControl y Revisión
• Inspección de Trabajo y Seguridad Social
• Tesorería General de la Seguridad Social
• Servicio Público de Empleo Estatal
• Inspección de Trabajo y Seguridad Social
• Tesorería General de la Seguridad Social
• Servicio Público de Empleo Estatal
La TGSS facilitará mensualmente al Servicio Público de Empleo Estatal el número de trabajadores objeto de bonificaciones, desagregadas por colectivos, con las respectivas bases de cotización y las deducciones que se apliquen
La TGSS facilitará mensualmente al Servicio Público de Empleo Estatal el número de trabajadores objeto de bonificaciones, desagregadas por colectivos, con las respectivas bases de cotización y las deducciones que se apliquen
NOVEDAD
2.3 Cuantía de la bonificación: Contratos a tiempo parcial
La cuantía se reduce en proporción en función de la duración de la jornada laboral.
Para jornadas iguales o superiores a 3/4 de la jornada a tiempo completo no se reduce la cuantía.
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Jornada laboral a tiempo parcial Cuantía de bonificación
100%
75%
50%
25%Jornada < ¼ jornada completa
¼ jornada completa ≤ jornada < ½ jornada completa
Jornada ≥ ¾ jornada completa
Jornada completa
½ jornada completa ≤ jornada < 3/4 jornada completa
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.4 Mantenimiento de la bonificación:
Novaciones de contrato: En la primera transformación de un contrato de trabajo de tiempo completo a parcial, o viceversa, se mantienen las bonificaciones.
Contratación sucesiva dentro de un grupo de empresas
Sucesión de empresas al amparo del artículo 44 del E.T.
En el supuesto de reiteración de la novación, se pierden las bonificaciones a partir de la 2ª novación, salvo que ésta última sea de tiempo parcial a
tiempo completo, o sea consecuencia de una jubilación parcial (incremento anual de la reducción de jornadas de trabajo y salario)
NOVEDAD
Tiempo
Completo
Se mantiene*Tiempo
Parcial
Se mantiene*Tiempo
Completo
Se mantiene*Tiempo
Parcial
Tiempo
Completo
Se pierdeTiempo
Parcial
* conforme corresponde al nuevo contrato, sin que suponga el inicio de ningún nuevo periodo de bonificación
Tiempo
Parcial
Se pierde
Bonificación en la misma cuantía y por el tiempo que resta
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.5 Transformaciones de contratos:
Plan extraordinario para la conversión de empleo temporal en fijo(De 1 de julio a 31 diciembre 2006)
1 julio 1 julio 20062006
1 enero 1 enero 20072007
Contrato temporal
vigente a 1 junio 2006Contrato indefinido Transforma ónci 800 euros/año
3 años
Bon
ifica
ción
Transformaciones ordinarias a partir del 1-1-2007
Transformaciones especiales
1 enero 20071 enero 2007
Contrato indefinido
Transformación
Bon
ifica
ción
500 euros/año
4 añosPosterior a 1 enero 2007
Contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de
jubilación vigente a cualquier fecha
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
Contratos temporales de fomento de empleo o contratos formativos
suscritos con trabajadores con discapacidad
Contratos temporales de mujeres con contrato
suspendido por maternidad o excedencia por cuidado de hijo que se reinicien en
los dos años siguientes
Contrato indefinido
Transformación
Bon
ifica
ción 3000 euros/año
Vigencia contratoPosterior a 1 enero 2007
Contrato indefinido
Transformación
Bon
ifica
ción
1200 euros/año
4 añosPosterior a 1 enero 2007
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.1 Objeto
2.2 Beneficiarios y colectivos incentivados
2.2 Cuantías de la bonificación
2.3 Mantenimiento
2.4 Transformación de contratos temporales
3. Reducción de cotizaciones empresariales
4. Mejora de la utilización de la contratación temporal
Índice
1. Introducción
Modificación Ley 30/2005:Incentivación de contratos indefinidos a través de la reducción de la cuota empresarial por
desempleo y FOGASA
Eliminación del tratamiento diferenciado de las E.T.T. en relación a los contratos temporales o de duración determinada.
NOVEDAD
NOVEDAD
3. Reducción de cotizaciones empresariales
Tipos de cotización
0,70 %0,10 %0,60 %0,70 %0,10 %0,60 %Formación Profesional
0,20 %---0,20 %0,40 %---0,40 %FOGASA
9,30 %1,60 %7,70 %9,30 %1,60 %7,70 %Contratación duración determinada tiempo parcial
8,30 %1,60 %6,70 %8,30 %1,60 %6,70 %Contratación duración determinada tiempo completo
7,30 %1,55 %5,75 %7,55 %1,55 %6,00 %
•Contratación indefinida•Contratación duración determinada en modalidades: contratos formativos, prácticas, relevo, interinidad•Contratación duración determinada discapacitados
Desempleo
TotalTrabajadorEmpresaTotalTrabajadorEmpresa
A partir del 1 julio 2006Hasta el 1 julio 2006Contingencia
Tipos de cotización
0,70 %0,10 %0,60 %0,70 %0,10 %0,60 %Formación Profesional
0,20 %---0,20 %0,40 %---0,40 %FOGASA
9,30 %1,60 %7,70 %9,30 %1,60 %7,70 %Contratación duración determinada tiempo parcial
8,30 %1,60 %6,70 %8,30 %1,60 %6,70 %Contratación duración determinada tiempo completo
7,30 %1,55 %5,75 %7,55 %1,55 %6,00 %
•Contratación indefinida•Contratación duración determinada en modalidades: contratos formativos, prácticas, relevo, interinidad•Contratación duración determinada discapacitados
Desempleo
TotalTrabajadorEmpresaTotalTrabajadorEmpresa
A partir del 1 julio 2006Hasta el 1 julio 2006Contingencia
Trabajadores incluidos en el Régimen General
*
* A partir de 1 de julio de 2008: 5,50 %
3. Reducción de cotizaciones empresariales
4. Mejora de la utilización de la contratación temporal
Índice
1. Introducción
2. Programa de fomento del empleo: bonificaciones
2.1 Objeto
2.2 Beneficiarios y colectivos incentivados
2.2 Cuantías de la bonificación
2.3 Mantenimiento
2.4 Transformación de contratos temporales
4. Mejora de la utilización de la contratación temporal
Contratos para el mismo puesto con la
misma empresa, directamente
contratada por ésta o a través de ETT.
Contrato 1 Contrato 2+ + ...
2 ó mas contratos temporales, con o sin solución de continuidad.
= Duración >24 meses
CONDICIÓN DE TRABAJADOR FIJO
No aplica para contratos formativos, de relevo e interinidad
Se computan únicamente los contratos temporales vigentes a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley o los suscritos a partir de su entrada en vigor
Periodo de 30 mesesPeriodo de 30 meses
MANTENIMIENTO DEL DERECHO A LAS BONIFICACIONES COMO CONSECUENCIA DE INCIDENCIAS EN LA TRANSMISIÓN DE DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA RED
(1) CON OBLIGACIÓN DE TRANSMITIR DOCUMENTO CORRECTOR
(2) SALVO QUE LA DIFERENCIA SEA SÓLO LA PROPIA BONIFICACIÓN EN CUYO CASO SE PUEDA SUBSANAR TRANSMITIENDO UNA LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA L09
TRANSMISIÓN TC 2 EN PLAZO FUERA DE PLAZO
PAGO CON OBLIGACIÓN SIN OBLIGACIÓN TC1 DE TRANSMITIR DE TRANSMITIR
EN PLAZO
PAGADO = CALCULADO
PAGADO > CALCULADO
PAGADO < CALCULADO
FUERA PLAZO
SÍ
SÍ
SÍ
SÍ
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
PAGO
TRANSMISIÓN TC 2
TC 1
(2)
(1)