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Presidencia del Consejo de Ministros Banco Interamericano de Desarrollo Programa de Ciencia y Tecnología (Contrato de Préstamo N° 1663/OC-PE) Reglamento Operativo Aprobado por el Consejo Directivo del Programa 15 de Mayo de 2007

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Presidencia del Consejo de Ministros Banco Interamericano de Desarrollo

Programa de Ciencia y Tecnología (Contrato de Préstamo N° 1663/OC-PE)

Reglamento Operativo

Aprobado por el Consejo Directivo del Programa

15 de Mayo de 2007

UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA CIENCIA Y TECNOLOGIA

PCM

CONTENIDO

SIGLAS....................................................................................................................... 3

SECCIÓN I: REGLAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO............................. 5

I. MARCO REFERENCIAL.......................................................................................... 5 1.1 OBJETIVOS DEL PROGRAMA .............................................................................. 5 1.2 COMPONENTES DEL PROGRAMA ...................................................................... 5 1.3 COSTOS DE INVERSIÓN....................................................................................... 6

II. EL REGLAMENTO OPERATIVO............................................................................ 7

III. DEFINICIONES ..................................................................................................... 8

IV. EJECUCIÓN DEL PROGRAMA ............................................................................ 9

V. PROCESOS COMPETITIVOS ............................................................................ 12 5.1 FINANCIAMIENTO GENERAL.............................................................................. 12 5.2 PROCESOS COMPETITIVOS.............................................................................. 15 5.3 PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA............................................... 16 5.4 PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO............ 18 5.5 FORTALECIMIENTO Y CREACIÓN DE CAPACIDADES.................................... 19 5.6 FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INNOVACIÓN ..................................................................................................................... 21

VI. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA....................................................................... 22 6.1 DESEMBOLSOS ................................................................................................... 22 6.2 EJECUCIÓN FINANCIERA ................................................................................... 25 6.3 CONTABILIDAD .................................................................................................... 25 6.4 ARCHIVO CONTABLE.......................................................................................... 26 6.5 AUDITORÍA ........................................................................................................... 27

CAPÍTULO VII. ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS .. 28 7.1 MODALIDADES DE CONTRATACIÓN................................................................. 29 7.2 REVISIÓN DE CONCURSOS POR PARTE DEL BANCO ................................... 29 7.3 CONTRATACIÓN DE EVALUADORES Y EJECUTIVOS DE PROYECTOS....... 29 7.4 PLAN DE ADQUISICIONES.................................................................................. 30

CAPÍTULO VIII. MONITOREO Y EVALUACIÓN ...................................................... 30 8.1 INSTRUMENTOS DE ANALISIS........................................................................... 30 8.2 PLAN OPERATIVO ANUAL .................................................................................. 32 8.3 INFORMES DE AVANCE...................................................................................... 34 8.4 REVISIONES ANUALES....................................................................................... 37 8.5 EVALUACIONES POR MUESTREO DE CALIDAD.............................................. 37 8.6 EVALUACIÓN INTERMEDIA ................................................................................ 37 8.7 EVALUACIÓN FINAL ............................................................................................ 38

CAPÍTULO IX. ARTICULACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN ........................... 38 9.1 ARTICULACIÓN DEL PROGRAMA...................................................................... 38 9.2 COMUNICACIONES Y DIFUSIÓN........................................................................ 39

REGLAMENTO OPERATIVO GENERAL 1

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SECCIÓN II: REGLAMENTO INTERNO DE LA UCP ..................................... 43

GENERALIDADES. DEFINICIÓN, CONTENIDO Y ÁMBITO ................................... 43

TÍTULO I. DE LA NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES............................................................................................................ 44

NATURALEZA .................................................................................................................... 44 MISION O ......................................................................................................................... 44 OBJETIVOS........................................................................................................................ 44 FUNCIONES GENERALES................................................................................................ 44

TÍTULO II. DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ................................................ 45 CAPÍTULO I. DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA ............................................................. 45 CAPÍTULO II. DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN y DE LA DIRECCIÓN GENERAL ........... 45 CAPÍTULO III. DE LOS ÓRGANOS DE APOYO y DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA .. 50 CAPÍTULO IV. DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA Y DE LA UNIDAD TÉCNICA .................. 54

TÍTULO III. DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES ............................... 58

TÍTULO IV. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO..................................... 58

REGLAMENTO OPERATIVO GENERAL 2

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SIGLAS Las siglas que se usan en este Reglamento Operativo son: ADEX Asociación de Exportadores BID Banco Interamericano de Desarrollo C&T Ciencia y Tecnología CT&I Ciencia, Tecnología e Innovación C/P Comprobantes de pago CA Comité de Área CDP Consejo Directivo del Programa CNC Consejo Nacional de Competitividad COMEX Comercio Exterior CONCYTEC Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología CONFIEP Confederación Nacional de Instituciones Empresariales

Privadas DE Dirección Ejecutiva DGTP Dirección General de Tesoro Público (MEF) DNEP Dirección Nacional de Endeudamiento Público (MEF) DNPP Dirección Nacional de Presupuesto Público (MEF) EP Ejecutivo de Proyecto I&D Investigación y Desarrollo INCAGRO Innovación y Competitividad para el Agro Peruano LMS1 Formato BID con el Estado de Inversiones Acumuladas MEF Ministerio de Economía y Finanzas MINCETUR Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ML Marco Lógico MOF Manual de Organización y Funciones PC&T Programa de Ciencia y Tecnología PCM Presidencia del Consejo de Ministros POA Plan Operativo Anual PRODUCE Ministerio de la Producción PROMPYME Promoción de la Pequeña y Mediana Empresa RO Reglamento Operativo SIAF Sistema Integrado de Administración Financiera SNI Sistema Nacional de Innovación SNIP Sistema Nacional de Inversión Pública SINACYT Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación TdR Términos de Referencia UA Unidad de Administración UCP Unidad Coordinadora del Programa UE Unidad Ejecutora

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SECCIÓN I: Reglamento Técnico-Administrativo

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SECCIÓN I: REGLAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO

I. MARCO REFERENCIAL

1.1 OBJETIVOS DEL PROGRAMA El objetivo del Programa de Ciencia y Tecnología, de cinco años de duración, es el mejoramiento de los niveles de competitividad del país, a través del fortalecimiento de las capacidades de investigación y desarrollo y de innovación tecnológica. Entre los objetivos específicos del Programa están: (i) fortalecer el sistema nacional de innovación; (ii) ampliar la capacidad para la generación de conocimientos científicos y tecnológicos; (iii) promover la innovación en las empresas y una mayor participación del sector privado en el desarrollo de actividades de ciencia y tecnología, para contribuir a la competitividad de los principales sectores productivos del país; y, (iv) promover las investigaciones en ciencia y tecnología de forma que contribuyan sustancialmente a la mejora de la competitividad empresarial. 1.2 COMPONENTES DEL PROGRAMA Componente I: Proyectos de innovación tecnológica (US$ 10,8 millones) El objetivo de este componente es contribuir a fortalecer la capacidad de generación, difusión, articulación, demanda, y transferencia de conocimientos tecnológicos para la innovación en el sector productivo. Se financiarán proyectos empresariales de desarro-llo de nuevas tecnologías en productos, servicios y procesos, proyectos asociativos de transferencia tecnológica, así como también proyectos de transferencia tecnológica individuales. Este componente incluirá los siguientes subcomponentes: (i) proyectos de innovación, adaptación y transferencia tecnológica para empresas individuales para el desarrollo y/o mejoramiento de productos y procesos; y (ii) proyectos de innovación, adaptación y transferencia tecnológica de carácter precompetitivo/1 presentados por grupos de tres o más empresas. Componente II: Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (US$ 10,8 millones) El objetivo de éste componente es contribuir a incrementar el conocimiento científico y el desarrollo tecnológico, a través del financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico presentados por universidades, centros de educación superior, centros de investigación, y consorcios de estas instituciones con empresas y/o agencias gubernamentales. Los objetivos de las líneas de apoyo a las universidades y centros de investigación y desarrollo son apoyar la investigación científica y el desarrollo tecnológico y contribuir al fortalecimiento de la capacidad científica nacional para la generación de conocimientos científicos y tecnológicos en temas que propendan a la resolución de problemas de interés social y económico del país. Uno de los puntos a incentivar es la conformación de redes nacionales que desempeñen un papel importante en la movilización de investigadores y en la sensibilización de las empresas, facilitando futuras cooperaciones y la interacción Universidad-Empresa. Este componente considera la investigación cuyos resultados no son apropiables y son de amplia difusión, e incluirá los siguientes subcomponentes: (i) proyectos de investigación y desarrollo; (ii) proyectos de transferencia tecnológica y (iii) proyectos de interés nacional orientados a resolver problemas críticos o emergentes para el país. 1/ Son proyectos competitivos ya que se asocian (en vez de competir) un grupo de empresas de la

misma industria.

REGLAMENTO OPERATIVO GENERAL 5

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Componente III: Fortalecimiento y creación de capacidades (US$ 5,76 millones) El objetivo de este componente es el fortalecimiento de la capacidad de investigación y gestión en ciencia y tecnología e innovación a través de la formación de profesionales de alto nivel para la generación, ejecución y gestión de proyectos de investigación y desarrollo científico y tecnológico. Se brindará apoyo financiero para la realización de estudios de doctorado y actualización, en el país y en el extranjero. Incluirá igualmente apoyo para la especialización de personal proveniente del sector privado y el reforza-miento de capacidades locales para la formación de alto nivel. Este componente consta de los siguientes subcomponentes: (i) becas institucionales de doctorado para universidades y otros centros de educación superior y centros de investigación; (ii) becas para cursos y pasantías para empresas; (iii) fortalecimiento de capacidades de investigación y desarrollo. Componente IV: Fortalecimiento y articulación del sistema nacional de innovación (US$ 1,64 millones) El objetivo de este componente es el fortalecimiento y la articulación de instituciones, agencias y procesos claves dentro del sistema nacional de innovación. Se financiarán actividades de asistencia técnica: estudios, consultorías, capacitación, difusión, talle-res y seminarios, sistemas de información y otras actividades, en el marco de los objetivos del componente. Entre las debilidades e insuficiencias del SNI, detectadas en el diagnóstico, se seleccionaron los siguientes temas que serán apoyados con los mecanismos descritos: (i) contribuir a la creación de una institucionalidad y, por esta vía, a la sostenibilidad de las actividades de ciencia y tecnología, en particular al establecimiento de un fondo autónomo para la gestión de los recursos del sector; (ii) contribuir al diseño de una política de asignación de recursos públicos (diferentes a los del Programa) con criterios competitivos y de calidad, y por lo tanto, consistentes con la estrategia del presente Programa; (iii) contribuir al desarrollo de un sistema de conocimiento y difusión científico y tecnológico que responda a las demandas de los diferentes actores del sistema nacional de innovación; y (iv) contribuir al fortaleci-miento del sistema de propiedad intelectual. 1.3 COSTOS DE INVERSIÓN El costo total del Programa asciende a US$ 36 millones, de los cuales con el préstamo del Banco se financiará un monto de US$ 25 millones y US$ 11 millones con los recursos de contrapartida local. El Cuadro 1.1 presenta los costos de inversión por componente. El Programa considera como áreas prioritarias las siguientes: (i) textil y confecciones; (ii) agroindustrial; (iii) pesca (consumo humano directo) y acuicultura y (iv) informática (software y electrónica).

Cuadro 1.1 Costos de Inversión del Programa

(En Miles de US$)

Fuente Categorías de Inversión BID Local Total %

1. Componente 1. Proyectos de innovación tecnológica 9,300 1,500 10,800 301.1 Proyectos de empresas individuales 6,420 780 7,200 201.2 Proyectos de asociaciones de empresas 2,880 720 3,600 102. Componente 2. Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico 9,210 1,590 10,800 30

2.1 Investigación en universidades y centros de investigación 6,310 690 7,000 192.2 Proyectos de interés nacional 1,460 540 2,000 6 2.3 Proyectos de transferencia tecnológica 1,440 360 1,800 5

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3. Componente 3. Fortalecimiento y creación de capacidades 4,900 860 5,760 163.1 Becas en el extranjero y país 2,160 - 2,160 6 3.2 Becas para maestría, pasantías con patrocinio de empresas 1,280 320 1,600 4 3.3 Fortalecimiento de capacidades de I/D 1,460 540 2,000 6 4. Componente 4. Fortalecimiento y articulación del SNI 640 1,000 1,640 5 5. Administración 500 2,800 3,300 9 6. Auditoría 200 - 200 <17. Imprevistos 250 330 580 <28. Costos Financieros - 2,920 2,920 8 8.1 Intereses - 2,670 2,670 8 8.2 Comisión de crédito - 250 250 <18.3 Supervisión del crédito - - - 0 Gran Total 25,000 11,000 36,000 100

% 69 31 100

El programa tentativo de compromisos está establecido en cinco (5) años, periodo el cual los compromisos acumulados seguirán los siguientes porcentajes anuales: 10%, 38%, 73%, 93% y 100% en los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, respectivamente (ver cuadro 1.2).

Cuadro 1.2 Programa tentativo de compromisos

(En miles de US$)

Fuente Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Total BID/CO 2,444 7,595 9,339 4,532 1,089 25,000 Local 1,067 2,664 3,193 2,514 1,563 11,000 Total 3,511 10,259 12,532 7,046 2,653 36,000 % 10% 28% 35% 20% 7% 100% % Acumulado 10% 38% 73% 93% 100%

II. EL REGLAMENTO OPERATIVO

El presente Reglamento Operativo rige la operatividad del Programa de Ciencia y Tecnología, y contiene los lineamientos básicos para una planificación y gestión estratégica, ejecución, seguimiento y evaluación eficiente del Programa y entrará en vigencia con su aprobación por el Consejo Directivo, a través de una Resolución de la DE del Programa, y la No Objeción del BID. El Reglamento Operativo establece las normas y los procesos para la ejecución del Programa, que permitan llevar a cabo sus actividades, así como establecer la relación contractual de los proyectos en sujeción a las disposiciones contenidas en el Contrato de Préstamo suscrito con el BID. El Reglamento Operativo consta de 2 (dos) secciones que guían la operación técnica, administrativa, económica y financiera del Programa. Las 2 secciones son: (i) Reglamento Técnico Administrativo y (ii) Reglamento Interno de la UCP. En caso de surgir contradicciones normativas, tendrá prelación las condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo.

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El presente Reglamento Operativo podrá ser modificado de acuerdo a las exigencias y necesidades que resulten de las experiencias en la implementación del Programa. Estas modificaciones se aprobarán por acuerdo del Consejo Directivo, y la No Objeción del BID. Todos los aspectos relacionados con las particularidades de las convocatorias a concurso de cada componente, serán especificadas en los términos de referencia que acompañarán a las bases técnicas de los procesos. Los TdR deberán contener de manera clara, detallada y transparente los criterios de evaluación que serán considerados en el proceso de evaluación, y el modelo escalonado de financiamiento, entre otros aspectos.

III. DEFINICIONES Siempre que en el presente Reglamento Operativo se haga referencia a alguno de los términos definidos a continuación, se entenderán de la siguiente forma: Contrato de Préstamo Contrato suscrito entre la República del Perú y el Banco

Interamericano de Desarrollo (BID), que da sustento legal al Programa de Ciencia y Tecnología

Asistentes profesionales de apoyo

Pool de profesionales para apoyar los trabajos de cada Comité de Área

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

Banco que financia el Programa

Comités de Área Son formados por un mínimo de 3 representantes del sector privado productivo, científico o académico, de la administración pública y el Coordinador de Área, todos con un alto conocimiento del sector económico y/o social del área respectiva y reconocido prestigio técnico, vinculados a la ciencia y tecnología.

Concurso Convocatorias periódicas donde se seleccionarán las mejores propuestas presentadas

Concurso Cerrado Convocatorias especiales a universidades y centros de investigación para desarrollar temas específicos que serán definidos por el Consejo Directivo del Programa

Consejo Directivo Conformado por 10 representantes de la comunidad científica/universitaria, del gobierno y del sector privado para asumir la dirección general del Programa

Consejo Nacional de la Competitividad (CNC)

Espacio de concertación público-privado con la finalidad de desarrollar e implementar el “Plan Nacional de Competitividad”

Cuenta Especial Cuenta bancaria en dólares norteamericanos, donde se depositarán los desembolsos de fondos procedentes del Préstamo

Ejecutivos de Proyectos Único interlocutor válido que tendrán los usuarios del Programa para resolver sus problemas e inquietudes

Evaluadores externos Profesional que será contratados por la UCP, según las necesidades específicas que resulten de los procesos de preparación y evaluación de proyectos,

Extensionistas Profesionales de instituciones de prestigio ligadas al quehacer empresarial, académico o público que ayudan a establecer las relaciones que exige un Sistema Nacional de Innovación.

Fortalecimiento de Fortalecimiento de la capacidad de investigación y

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capacidades de I&D gestión en CT&Ia través de la formación de profesionales de alto nivel

Mesas de Trabajo Especializadas

Grupo de trabajo para precisar lineamientos y presu-puestos de las áreas preliminarmente priorizadas

PCGA Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados Proyectos de interés nacional

Proyectos orientados a resolver temas considerados como críticos o emergentes para el país

Proyectos de transferencia tecnológica

Apoyarán las asociaciones entre empresas y universidades o institutos para desarrollar esfuerzos conjuntos en investigación y desarrollo

Proyectos Precompetitivos

Proyectos presentados por un grupo de empresas de la misma industria que se asocian en vez de competir

Ventanilla Abierta Modalidad en que las empresas pueden postular sus solicitudes de financiamiento en cualquier momento, sin necesidad de un llamado a concurso específico

IV. EJECUCIÓN DEL PROGRAMA La ejecución de Programa estará a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) por intermedio de una Unidad Ejecutora (UE) administrativamente desconcen-trada de la PCM, con competencias y capacidades apropiadas, a satisfacción del Banco. La UC llevará a cabo funciones técnicas, administrativas, económicas y finan-cieras, y será responsable de la planificación de las actividades, la gestión de la ejecución, el monitoreo y la evaluación de las acciones del Programa. La dirección general del Programa estará a cargo del Consejo Directivo del Programa (CDP). La UC tendrá además un Director Ejecutivo (DE) que asume la titularidad legal, administrativa y presupuestal de la misma; el DE será designado por la PCM a partir de una terna presentada por el CDP. La Unidad Ejecutora (UE) La función primordial de la UC será recibir solicitudes de proyectos, preevaluarlas en cuanto a su elegibilidad, hacerlas evaluar por entes definidos, de acuerdo a los flujogramas de proceso preestablecidos, efectuar los desembolsos de los recursos si se aprueban las solicitudes, supervisar la adecuada ejecución de los proyectos, y entregarle al CDP información sobre la marcha de los mismos. Todas las solicitudes deberán estar de acuerdo a los formularios y reglas preacordadas por el ejecutor y el Banco, que serán detallados en las convocatorias. La UC será un administrador de flujos de información y recursos financieros, y sus labores serán evaluadas en términos de: (i) la eficiencia y adecuación con las que implemente la ejecución del PC&T; (ii) la calidad de la atención a los usuarios; (iii) la rapidez y transparencia de sus flujos de proceso, tanto de información como de dinero; (iv) la calidad y oportunidad de la información que provea; (v) la labor de promoción de los recursos del Programa, especialmente en el sector productivo; (vi) la calidad de las preevaluaciones de los proyectos provenientes del sector productivo; y (vii) la realidad e imagen de transparencia, confiabilidad y vigilancia de la calidad que se genere en la comunidad empresarial, académica y gubernamental. El CDP estará conformado por diez (10) representantes de la comunidad científica/ universitaria, del gobierno y del sector privado: (i) un representante del CONCYTEC, que lo presidirá; (ii) un representante de la PCM; (iii) un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; (iv) un representante del Ministerio de la Producción; (v) un

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representante del Ministerio de Agricultura; (vi) dos representantes de la comunidad académica; y, (viii) tres representantes del sector privado . Los miembros del CDP serán designados por la PCM a propuesta de los Titulares de los Ministerios o Entidades en el caso de los representantes gubernamentales; de ternas presentadas por el sector privado (asociaciones gremiales/2) compuestas por reconocidos empresarios con amplia experiencia en desarrollo tecnológico; y, una terna de representantes académicos propuesta por la Academia Peruana de Ciencias. La UC tendrá tres instancias básicas: (i) la Dirección General; (ii) una Unidad Técnica; y (iii) una Unidad Administrativo Financiera. La Dirección General, que es responsable de la planificación, organización y dirección estratégica y operacional de la UC y por los resultados respectivos, estará compuesta, además del CDP, por: (i) el Director Ejecutivo; (ii) una Asesoría Legal; e (iii) Informática y Difusión. La Unidad Técnica, cuya función principal es atraer buenas postulaciones, y llevar a los proyectos, sin sobresaltos, desde la generación de ideas hasta la evaluación final, estará constituida por: (i) Coordinadores de Área, uno por cada área prioritaria, responsables de apoyar a los Comités de Área en todas sus actividades actuando como Secretaría Técnica del área respectiva/3; (ii) cuatro Comités de Área del Programa; y, (iii) un pool de Asistentes profesionales de apoyo. Complementariamente y según las necesidades específicas que resulten de los procesos de preparación y evaluación de proyectos, la UC complementará a la Unidad Técnica mediante la contratación de: (iv) Evaluadores externos; y, (v) Ejecutivos de Proyectos/4, cuya función principal es resolver los problemas o inquietudes de los usuarios, desde que llegan con una idea hasta que finaliza el proceso; así, el usuario contará con un solo interlocutor válido: el ejecutivo de proyecto. Estos profesionales deberán satisfacer los requerimientos de los beneficiarios en cualquier etapa y tener la capacidad de facilitar el proceso y transferir conocimientos y destrezas necesarias, colaborando para transformar los casos o ideas que lleguen en perfiles y luego en proyectos. Los ejecutivos de proyecto tendrán una orientación mayoritaria hacia iniciativas originadas en las empresas o convocatorias de ventanilla abierta. La Unidad Administrativo Financiera estará encargada con la preparación del presupuesto, manejo de cuentas para los proyectos y contrataciones bajo las normas del Banco Interamericano de Desarrollo. Esta unidad estará integrada por profesionales de amplia experiencia en la administración de proyectos, bajo las siguientes especialidades: (i) un Coordinador administrativo financiero; (ii) un especialista en Presupuesto; (iii) un especialista en Tesorería; (iv) un especialista en Contabilidad; (v) un especialista en Adquisiciones y Contrataciones; y, (vi) un pool de apoyo secretarial para toda la UE. El organigrama de la UC del programa, cuyas funciones y responsabilidades detalladas se describen en este Reglamento Operativo, se presenta en la figura 4.1.

2/ CONFIEP, SIN, ADEX y Cámara de Comercio de Lima. 3/ En una primera etapa y mientras tengan la disponibilidad de tiempo, los coordinadores de área harán

las labores de los Ejecutivos de Proyecto. 4/ Los EP se incorporarán en la medida que se los vaya necesitando; serán sujetos de

capacitación y entrenamiento, previéndose una larga colaboración con el Programa.

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Figura 4.1. Organigrama de la UE

Para la ejecución de sus funciones la UC podrá subcontratar entre otros: (i) el soporte informático; (ii) la administración del sitio web; (iii) la difusión de las líneas de apoyo a empresas; (iv) la asistencia técnica para la preparación de proyectos; (v) los servicios logísticos; y (vi) la comunicación estratégica del programa. La UC deberá subcontratar (i) la evaluación externa de iniciativas; (ii) la auditoría externa; (iii) la evaluación de medio término; y, (iv) la evaluación final del Programa. La misión de la UC será entregar servicios a los usuarios, de asistencia técnica, apoyo financiero y conocimiento. Además deberá de entregar todo el soporte logístico y técnico a los Comités de Área. Deberá ser un motor de gestión de la política de fomento a la C&T de manera eficaz y eficiente.

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La UC será responsable que los distintos actores implementen una ágil y fluida comunicación y correspondencia epistolar, física y electrónica, para desarrollar oficien-temente el cometido, de manera de permitir una gestión idónea.

La UC deberá implementar una biblioteca electrónica y física donde se llevará registro administrativo-financiero, científico-técnico, estratégico y conceptual de todas las iniciativas, tanto en su preparación, ejecución y evaluación.

V. PROCESOS COMPETITIVOS Este capítulo describe los lineamientos generales que deberán considerarse en las convocatorias a concurso para cada componente, y cuyos términos de referencia deberán especificar sus características particulares. 5.1 FINANCIAMIENTO GENERAL El Cuadro 5.1 describe las restricciones de financiamiento de cada subcomponente.

Cuadro 5.1

Categorías de Inversión Subsidio Maximo (MUS$)

% Máx. de subsidio

Componente I. Proyectos de Innovación Tecnológica Proyectos de empresas individuales 100 50%5 y 70%6

Proyectos de asociaciones de empresas7 300 70%8 y 80%9

Componente II. Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico

Investigación en universidades y centros de I&D 150 90% Proyectos de interés nacional 300 100% Proyectos de transferencia tecnológica 60 50% Componente III. Fortalecimiento y creación de capacidades

Becas de doctorado en el extranjero 80 100% Becas para maestría y pasantías con patrocinio de empresas 30 50%

Fortalecimiento de capacidades de I&D 100 80% Componente 1V. Fortalecimiento y articulación del SIN

El Programa NO financiará obras, vehículos, terrenos, personal permanente, equipo o maquinaria de producción, arrendamiento de locales, servicios y materiales no asociados directamente al proyecto. Aquellos recursos utilizados parcialmente por el proyecto serán financiados en forma proporcional a su uso relativo y en función a su depreciación legal. 5 Si la empresa no está asociada a una Universidad o instituto de investigación o desarrollo. 6 Si la empresa está asociada a una Universidad o instituto de investigación o desarrollo. 7 Incluye también proyectos de asociaciones entre empresas y universidades. 8 Idem a nota 1 9 Idem a nota 2

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Los postulantes podrán valorar los aportes en recursos humanos, infraestructura, equipos, insumos y otros. Sin embargo, el cofinanciamiento con recursos “frescos” será considerado como muy positivo en el proceso de evaluación, y mientras mayor sea el porcentaje de recursos frescos, verificables contablemente, mayor será el puntaje en la evaluación. El responsable de cada proyecto deberá presentar una declaración jurada en que se establece que no se está incurriendo en pagos propios de la administración u operación de las empresas u organizaciones participantes. Además, se solicita declarar cualquier otro subsidio proveniente de programas públicos nacionales o internacionales relacionado directa o indirectamente con el proyecto. El beneficiario se deberá comprometer a llevar un registro administrativo, contable y técnico del proyecto en función de los requisitos de control y seguimiento especifica-dos (mantener contabilidad, registro de documentos, comunicación, etc.). Cada gasto con cargo al proyecto deberá contar con un voucher contable individualizado, así como copia del cheque nominativo emitido. Incremento de fondos del Programa La UC podrá aceptar administrar fondos adicionales a los asignados al Programa, tales como donaciones, transferencias directas u otros tipos fondos. Para tal efecto, la UC acordará con las instituciones respectivas, mecanismos de operación que respeten los principios básicos del Programa establecidos con el BID. Causales de no aprobación No se aprobarán y se solicitará la reformulación de los proyectos presentados que incurran en cualquiera de las siguientes causales: (i) No reunir los requisitos de elegibilidad previstos en las bases. (ii) La formulación o presentación del proyecto, sea incompleta, deficiente o de baja

calidad. (iii) No se alcancen los puntajes mínimos indispensables, según la metodología de

calificación de los criterios para la evaluación de proyectos. (iv) Si se comprueba que la información presentada no es veraz, la institución solici-

tante quedará eliminada de los registros como posible postulante al Programa. Compromisos y obligaciones de los beneficiarios Se exigirá que los beneficiarios cumplan con por lo menos las siguientes condiciones, las que deberán constar en los contratos que firmen con la UE: (i) El compromiso del beneficiario de utilizar los bienes y servicios que se financien

con recursos del Programa exclusivamente en la ejecución del respectivo proyecto;

(ii) El compromiso del beneficiario de adoptar criterios de eficiencia y economía en los contratos de prestación de servicios así como en toda compra de bienes para el proyecto;

(iii) El compromiso del beneficiario de proveer los recursos necesarios para el co-financiamiento que se requiera del proyecto;

(iv) El compromiso del beneficiario de asegurar y mantener asegurados los bienes adquiridos con recursos del Programa contra los riesgos y en los valores que sean usuales en el comercio, dentro de las posibilidades existentes en el país;

REGLAMENTO OPERATIVO GENERAL 13

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(v) El compromiso del beneficiario de operar y mantener los proyectos de acuerdo con normas técnicas generalmente aceptadas y de contar con el personal y materiales necesarios para su funcionamiento;

(vi) La obligación del beneficiario de proporcionar todas las informaciones que el prestatario, el Banco, o los auditores externos soliciten en relación con su situación financiera, con el proyecto, con la compra de bienes y contratación de servicios para el mismo, incluyendo el origen de dichos bienes y servicios;

(vii) La obligación del beneficiario de no utilizar recursos del Programa para (a) sus gastos generales o de administración, (b) capital de trabajo, (c) adquisición de inmuebles, (d) adquisición de vehículos, (e) financiamiento de deuda, (f) compra de acciones, (g) proyectos que involucren tecnologías que tengan algún tipo de impacto negativo sobre el medio ambiente, y (h) iniciativas relacionadas con armas, alcohol, juegos de azar y otros vicios;

(viii) La obligación del beneficiario de conceder garantías al prestatario; (ix) A los beneficiarios que no cumplan con sus obligaciones se le suspenderán los

desembolsos. Lo mismo sucederá si el Banco suspende los desembolsos del Préstamo,

(x) El beneficiario deberá facilitar el derecho del prestatario, del Banco, y de los auditores de examinar los bienes, los locales, los trabajos y las obras del proyecto.

Disposiciones generales (i) Los proyectos tendrán una duración máxima de 36 meses en relación a los

desembolsos del Programa, aunque la duración puede extenderse con recursos de cofinanciamiento.

(ii) Los proyectos seleccionados perderán el derecho a recibir lo asignado si no se llegara a firmar el contrato respectivo en 90 días, o si el proponente no entrega en ese plazo los documentos de garantía financiera que se le soliciten.

(iii) La UC se reserva el derecho de asignar a los seleccionados un monto menor al solicitado.

(iv) En caso de considerarlo necesario, el equipo técnico de la UC realizará una visita de reconocimiento a los lugares de ejecución del proyecto y/o a las instalaciones de las instituciones seleccionadas antes de la firma del convenio respectivo, durante la ejecución o una vez finalizado el proyecto hasta un plazo de cinco años.

(v) Los montos asignados a los proyectos serán entregados en soles y depositados en una cuenta corriente, en forma paralela a los aportes de contraparte y otras condiciones previstas en el contrato respectivo. Los fondos en estas cuentas quedarán bajo el manejo de la organización beneficiaria responsable del proyecto.

(vi) Los beneficiarios suscriben un convenio de ejecución de los proyectos, donde se comprometen a ejecutar las actividades descritas en la propuesta, seguir los términos de referencia, cumplir plazos y guiarse por las normas de la UE.

(vii) Los proyectos a ser financiados, deberán garantizar la sustentabilidad ambiental, y el cumplimiento de los principios o valores éticos nacionales e internacional-mente establecidos.

Negociación financiera El ciclo de proyecto incluye una etapa de “negociación de montos” una vez aprobado el proyecto, en base a las recomendaciones de los evaluadores y al criterio del Comité de Área. De esta manera, se maximizan los indicadores globales de rentabilidad de los recursos públicos.

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5.2 PROCESOS COMPETITIVOS

En el diagrama 5.1 se describe los elementos genéricos que tienen en común los distintos componentes que integran el Programa de C&T.

Diagrama 5.1.

Ciclo general para proyectos Comités de Área

Asistencia financiera y

técnica

Seguimiento

Evaluación de impacto

Casos

Perfiles

Proyectos formulados

Priorización

Selección

Construcción línea de base

Ejecución y cierre

A continuación se describen los principales elementos de los procesos competitivos: Formulación y evaluación de proyectos (i) Las “ideas” de proyectos que ingresen a la UC serán derivadas al coordinador de

área o ejecutivo de proyectos. Este último iniciará una etapa de apoyo en la formulación de un perfil de proyecto. Se recomienda la realización de reuniones internas para discutir los casos, su perspectiva de impacto, su carácter C&T y su mérito innovador. Se deberá guiar este proceso y orientar a los usuarios hasta que alcance un nivel mínimo aceptable. Una vez que se le ha dado el visto bueno a este documento, se recomienda al beneficiario pasar a la etapa de formulación.

(ii) Para asegurar la correcta formulación de los proyectos –lo que permitirá una

evaluación fluida e informada- se apoyará a las empresas e instituciones de I&D en la formulación de los proyectos con: Sitio web con información completa Material impreso de difusión y marketing Difusión electrónica Visitas a las instituciones y empresas Reuniones individuales de consulta Seminarios de formulación Bases y formularios claras y explicativas

(iii) En base a la metodología de evaluación10, el profesional respectivo

(coordinador de área o ejecutivo de proyecto según corresponda) deberá preparar el resumen. Luego deberá presentar el caso al comité correspondiente

10 En cada proceso de convocatoria se indicarán los criterios de evaluación específicos.

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para la determinación respectiva. El CA presentará su recomendación al CDP para que este sancione en definitiva

Formalización de contratos Una vez aprobado un proyecto se procederá a la elaboración del contrato respectivo, la conformación de las garantías correspondientes (si aplica) y la formulación del cronograma de desembolsos (contra avances parciales). La UC tiene la responsabilidad de enviar al BID la lista de las iniciativas apoyadas en cada sesión del CDP. Los proyectos aprobados deberán negociar las condiciones de financiamiento exigidas y los proyectos rechazados tendrán la opción de una reunión aclaratoria. Las solicitudes aprobadas deberán ejecutar una actividad de profundización de la línea de base sobre la cual se analizará el impacto de las iniciativas. Ejecución y seguimiento de proyectos La ejecución de los proyectos deberá ser materializada por los beneficiarios según las condiciones establecidas en el documento y contrato respectivo. El coordinador de área o ejecutivo de proyectos deberá otorgar el apoyo técnico a los proyectos, a través de la revisión de informes de avance. Para el seguimiento administrativo-financiero, asociado a los informes técnicos, los beneficiarios deberán presentar rendiciones de cuentas que justifiquen los recursos utilizados en el período respectivo. El coordinador de área o ejecutivo de proyectos debe analizar la coherencia de la rendición de cuentas con el informe técnico. El seguimiento deberá ser periódico para monitorear la gestión y desarrollo de los proyectos, y deberá ser ejecutada por el coordinador de área o ejecutivo de proyectos que lo apoya y, si fuese necesario, con un participante del CA respectivo o un experto externo. Una vez que los proyectos presentan los informes finales, se deberá coordinar la evaluación técnica y financiera final. 5.3 PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

Este componente incluye los siguientes subcomponentes: (i) proyectos de innovación, adaptación y transferencia tecnológica para empresas individuales para el desarrollo y/o mejoramiento de productos y procesos; y (ii) proyectos de innovación, adaptación y transferencia tecnológica de carácter precompetitivo presentados por grupos de tres o más empresas no relacionadas11. Los proyectos de innovación para empresas individuales se orientan al desarrollo y la elaboración de productos, bienes, servicios y procesos que permitan un exitoso posicionamiento en los mercados externo e interno, y que eleven al mismo tiempo el desempeño de las unidades productivas..

11 De acuerdo al artículo 7.3 del regrlamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, dos o más empresas se consideran empresa relacionadas en el caso que tengan acciones, participaciones o aportes superiores al cinco por ciento (5%) del capital social en común, o tengan vinculaciones que conlleven a un comportamiento concertado para fines empresariales. En este caso, estas empresas no calificarían para presentar proyectos conjuntos precompetitivos, sino serían consideradas como una empresa individual.

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Los proyectos de innovación pre-competitivos asociativos (con o sin instituciones de investigación y desarrollo) se orientan a mejorar la productividad y rentabilidad de un grupo de empresas, mediante la generación de productos, bienes, servicios y procesos, para satisfacer demandas y oportunidades del mercado. 5.3.1 Evaluación de proyectos Las propuestas de innovación tecnológica empresarial se recibirán bajo la modalidad de ventanilla abierta, es decir, las empresas pueden postular sus solicitudes de financiamiento en cualquier momento, sin necesidad de un llamado a concurso específico. Las propuestas de las empresas recibirán una primera evaluación de elegibilidad por parte de los coordinadores de los respectivos Comités de Área. Una vez que dichas propuestas sean consideradas elegibles, se les asignará un “ejecutivo de proyecto” quien acompañará el proceso de postulación del proyecto durante todo el tiempo que este dure, cumpliendo labores de apoyo y coordinación. Estos proyectos serán evaluados por evaluadores externos. En una primera etapa, el rol de “ejecutivos de proyectos” podrá ser ejercido por los coordinadores de área. Sobre la base de la evaluación externa, los Comités de Área aprobarán los proyectos y los enviarán al CDP para la ratificación final. Posteriormente se formalizarán los contratos, se conformarán las garantías del caso y se formulará un plan de desembolsos. Todos los proyectos deberán tener una línea de base que sirva para realizar posteriormente la evaluación de impacto del proyecto. Durante toda la vida del proyecto el “ejecutivo de proyecto” hará el seguimiento del mismo, y prestará apoyo para su ejecución según los términos acordados en el contrato. La evaluación de los proyectos deberá permitir seleccionar aquellos que apunten a cumplir con los objetivos del área respectiva, que tengan un alto impacto y que sean de alta calidad. Los evaluadores serán seleccionados por sus meritos académicos y profesionales. Por otra parte, por su mismo carácter, todo el proceso debe garantizar la confidencialidad de los elementos centrales de las propuestas de innovación. Para ello, un solo “ejecutivo de proyecto” será responsable por el proyecto ante la empresa y los contratos con los evaluadores y las empresas tendrán una cláusula de confidencialidad. 5.3.2 Beneficiarios El perfil de las empresas privadas beneficiarias son firmas de cualquier tamaño que requieran un estimulo y apoyo para llevar a cabo sus proyectos de innovación. 5.3.3 Gastos financiables Entre los gastos financiables pueden considerarse: • Contratos con universidades o centros de I&D • Honorarios de personal de I&D • Materiales e insumos de investigación y desarrollo • Equipos de pruebas, prototipos y ensayos o de laboratorio • Instalaciones y/o medidas de protección ambiental y laboral asociadas al proyecto • Material bibliográfico y software relacionados con el proyecto • Viajes y viáticos desde o hacia Perú y al interior de Perú.

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• Servicios técnicos y de mantenimiento asociados al proyecto • Gestión de la innovación y generación de proyectos 5.4 PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Este componente incluye los siguientes subcomponentes: (i) proyectos de investiga-ción que tienen como objetivo apoyar a universidades e institutos de I&D en las iniciativas de investigación básica, aplicada y pre-competitiva; (ii) proyectos de transferencia tecnológica propuestos por universidades o centros de investigación y (iii) proyectos de interés nacional orientados a resolver temas considerados como críticos o emergentes para el país. Los proyectos orientados a las universidades y centros de investigación y desarrollo tienen un componente mayoritario de subsidio ya que están enfocados hacia actividades que generalmente son de muy baja apropiabilidad y de altas externalidades en el largo plazo. En todo caso, el compromiso institucional de la universidad o centro de investigación con el proyecto de investigación respectivo será una condición de elegibilidad del mismo. Dado que uno de los objetivos del Programa es promover el desarrollo de proyectos conjuntos entre instituciones y especialmente, entre las universidades y las empresas, este criterio será elemento constituyente de los criterios de decisión al evaluar las propuestas. 5.4.1 Evaluación de proyectos (i) Los proyectos de investigación a ser presentados por universidades o centros

de I&D serán convocados a través de concursos periódicos donde se seleccionarán las mejores propuestas presentadas. Usando los medios de comunicación masiva, la UC difundirá los términos, condiciones y plazos para la entrega de las propuestas. Los proyectos presentados se someterán a una evaluación que puede ser realizada por evaluadores externos. Una vez seleccionados los proyectos ganadores se procederá a la ratificación por parte del CDP y el anuncio público de los beneficiarios. Posteriormente se acordarán las condiciones del financiamiento en términos de plazos y desembolsos y se firmarán los contratos respectivos.

(ii) Los proyectos de transferencia tecnológica se convocará con la modalidad de

ventanilla abierta. Los proyectos tendrán que ser presentados por consorcios de universidades o centros de investigación con empresas en consistencia con los objetivos de este subcomponente. Los coordinadores de los Comités de Área examinarán la elegibilidad de las propuestas. Los proyectos presentados se someterán a una evaluación que puede ser realizada por evaluadores externos. Una vez seleccionados los proyectos ganadores se procederá a la ratificación por parte del CDP. Posteriormente se acordarán las condiciones del financiamiento en términos de plazos y desembolsos y se firmarán los contratos respectivos.

(iii) Los proyectos de I&D de interés nacional propuestos por universidades y

centros de investigación se seleccionarán mediante convocatorias especiales nacionales o internacionales, dependiendo del monto de las iniciativas. El Consejo Directivo del Programa definirá los temas que se convocarán a concurso. La Dirección Ejecutiva diseñará los términos de referencia y las condiciones del concurso. Los Comités de Área respectivos serán responsables por la evaluación de las propuestas.

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5.4.2 Beneficiarios Son entidades públicas o privadas legalmente constituidas. Dentro de los posibles beneficiarios se incluyen los siguientes tipos de entidades: universidades o entidades de educación y formación profesional; institutos y centros de investigación; y organismos no gubernamentales (fundaciones y asociaciones). Estas instituciones podrán solicitar el financiamiento acompañadas de empresas si constituyen un consorcio para tal efecto. 5.4.3 Gastos financiables A continuación se mencionan los gastos financiables que podrán considerarse en cada subcomponente: (i) Proyectos de Investigación y Desarrollo

Honorarios de personal de I&D Materiales e insumos de investigación y desarrollo Equipos de pruebas, prototipos y ensayos o de laboratorio Instalaciones y/o medidas de protección ambiental y laboral asociadas al

proyecto Material bibliográfico y software relacionados con el proyecto Viajes y viáticos desde o hacia Perú y al interior de Perú. Servicios técnicos y de mantenimiento asociados al proyecto Gestión de la innovación y generación de proyectos

(ii) Proyectos de Transferencia Tecnológica

Actividades de transferencia de proyectos con impacto social. Valorización, protección y negociación tecnológica Planes de negocio y búsqueda de socios Asesoría especializada Puesta en marcha Difusión y transferencia

(iii) Proyectos de Interés Nacional

Serán definidos en cada convocatoria 5.5 FORTALECIMIENTO Y CREACIÓN DE CAPACIDADES Este componente incluye los siguientes subcomponentes: (i) becas institucionales de doctorado para universidades y centros de investigación; (ii) becas para cursos y pasantías para empresas; (iii) fortalecimiento de capacidades de investigación y desarrollo. 5.5.1 Evaluación de proyectos (i) Becas institucionales de doctorado para universidades y centros de

investigación. Los recursos serán asignados de manera competitiva mediante concursos públicos.. Los concursos se anunciarán mediante publicaciones en la prensa nacional y otros medios, señalando las áreas de estudio, los requisitos de los postulantes, las condiciones del financiamiento, los rubros a ser financiados y el plazo de la entrega de las solicitudes. Los estudios de doctorado serán financiados hasta por cuatro años. La UC recibirá las solicitudes y verificará su elegibilidad y evaluará los meritos de las mismas a través de los Comités de Área respectivos.

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La UC podrá contratar evaluadores externos para dicha tarea. Los postulantes seleccionados por los Comités de Área serán ratificados por el CDP. La Dirección Ejecutiva del Programa tramitará los convenios de financiamiento de los postulantes ratificados por el CDP. El beneficiario se encargará de hacer los trámites que correspondan a su admisión al centro de estudios. Los beneficiarios de las becas se comprometerán al final de sus estudios a reintegrarse a la institución que los presentó y prestar sus servicios durante un periodo que será establecido en la convocatoria. El incumplimiento de dicho compromiso laboral conducirá al reembolso total de los recursos de la beca.

(ii) Becas para cursos y pasantías para empresas. Estos recursos serán asignados a través de la modalidad de ventanilla abierta, que permite recibir y responder en cualquier momento a las iniciativas de las empresas. Las empresas presentarán sus propuestas al Programa, los coordinadores de los Comités de Área seleccionarán las propuestas elegibles y las enviarán a los Comités de Área respectivos para su evaluación. Las propuestas evaluadas positivamente, serán presentadas al CDP para su ratificación final. De manera similar a lo que sucede con las becas de doctorado, los becarios de las empresas deberán reintegrarse a las mismas al final de sus estudios. El incumplimiento de lo anterior conducirá al reembolso de la financiación otorgada.

(iii) Fortalecimiento de capacidades de investigación y desarrollo En este

subcomponente las universidades y los centros de I&D pueden presentar propuestas en asociación con empresas, para financiamiento de infraestructura de I&D, equipamiento o insumos. Se realizará un análisis de elegibilidad de los proyectos antes de enviarlos para la evaluación por parte de los Comités de Área respectivos. Los CA realizarán la selección de los proyectos a financiar, según criterios de evaluación y puntajes detallados. Los proyectos seleccionados serán presentados al CDP para su ratificación final.

5.5.2 Beneficiarios En el caso de becas son personas naturales vinculadas a instituciones de investigación y desarrollo o empresas según el componente respectivo. Para proyectos de fortalecimiento institucional, son entidades públicas o privadas legalmente constituidas. Dentro de los posibles beneficiarios se incluyen los siguientes tipos de entidades: universidades o entidades de educación; institutos y centros de investigación; y organismos no gubernamentales (fundaciones y asociaciones). Las instituciones auspiciantes, que podrán ser universidades o centros de I&D, deberán ofrecer el compromiso institucional reincorporar al becario en mejores condiciones laborales que cuando inició su período de formación, especialmente en temas que se refieren a la antigüedad, la mejora del salario y sobre todo el reconocimiento académico/profesional. La institución auspiciadora tendrá la prioridad sobre el becario, pero en caso de que ésta no ofrezca las condiciones laborales y actividades a desarrollar acordes con el compromiso asumido y la formación adquirida, el becario podrá realizar la compensación en otra entidad análoga o en el sector privado o incluso atender ambos sectores. En caso de discrepancia sobre esta materia entre el becario y la institución, el CA tendrá la responsabilidad de dirimir. 5.5.3 Gastos financiables

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A continuación se mencionan los gastos financiables que podrán considerarse en cada subcomponente: (i) Becas Institucionales

Pasajes de ida y vuelta al país en clase económica; Matrícula o derechos académicos; Manutención o estipendio mensual

(ii) Becas de Empresas

Pasajes de ida y vuelta al país en clase económica del becario. Matrícula o derechos académicos; Manutención o estipendio mensual.

(iii) Proyectos de Fortalecimiento de Capacidades de I&D

Infraestructura para I&D, calidad y laboratorios de referencia. Proyectos de articulación de redes de I&D Pasajes y honorarios de profesores extranjeros y peruanos residentes en

el extranjero Dotación para bibliografía Pasantías de investigación en las universidades extranjeras Realización de eventos Financiamiento de cátedras especiales dictada por profesores,

investigadores reconocidos Recursos humanos expertos

5.6 FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INNOVACIÓN Con este componente se financiarán actividades de asistencia técnica: estudios, consultorías, capacitación, difusión, talleres y seminarios, sistemas de información y otras actividades, en el marco de los objetivos del componente. En el diagnóstico realizado durante la preparación del Programa se detectaron debilidades e insuficiencias del SNI, seleccionándose el apoyo a los siguientes temas: Subcomponente 1 de fortalecimiento institucional: (i) creación de un fondo autónomo para la gestión de los recursos de ciencia y tecnología; (ii) funciones de asesoramiento continuo para el diseño de políticas; (iii) apoyo a la creación de una capacidad para ejecutar políticas y para coordinación entre los distintos actores del sistema; (iv) apoyo a la creación de capacidad prospectiva de las probables orientaciones de los cambios tecnológicos; (v) monitoreo y revisión de políticas; (vi) definición de los objetivos a ser servidos por los institutos tecnológicos públicos. Subcomponente 2 de asignación de recursos del sector están: (i) diseño de un presupuesto nacional para actividades de ciencia y tecnología; (ii) diseño de sistemas concursables; (iii) diseño de sistemas de evaluación y monitoreo de la eficiencia en la asignación de los recursos; (iv) estudios sobre políticas de incentivos fiscales para el fomento de la ciencia y la tecnología; (v) actividades de apoyo a la creación de fondos de capital de riesgo para el financiamiento de innovación tecnológica. Subcomponente 3 relativo a la difusión tecnológica se podrán considerar temas tales como: (i) el diseño y la puesta en marcha de un portal sobre avance tecnológico en distintas áreas; (ii) talleres y seminarios con expertos sobre el avance tecnológico en determinados sectores. Subcomponente 4 sobre protección de la propiedad intelectual se podrán financiar

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temas tales como: (i) estudios para el mejoramiento de la legislación de protección intelectual; (ii) actividades de fomento a la presentación de solicitudes de patentes de modelos de utilidad; y (iii) actividades de difusión de los beneficios de la protección intelectual. Aunque estos son los temas que recibirán financiamiento de este componente, el CDP podrá agregar otros temas consistentes con el objetivo de fortalecimiento del sistema nacional de innovación del país, con el acuerdo del Banco. 5.6.1 Evaluación de proyectos Los planes de operaciones para el desarrollo de los temas de este componente serán elaborados por la UC y presentados para su ratificación final al Consejo Directivo del Programa. La ejecución de las actividades específicas de cada tema se realizará de manera tercerizada, siguiendo los procedimientos establecidos por el Banco. 5.6.2 Beneficiarios Entidades públicas o privadas legalmente constituídas. Dentro de los posibles beneficia-rios se incluyen los siguientes tipos de entidades: universidades o entidades de educación; institutos y centros de investigación; y organismos no gubernamentales (fundaciones y asociaciones), organismos gubernamentales, empresas, otras organiza-ciones privadas y consultores individuales.

VI. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Este capítulo proporciona un marco general para la planificación, organización, dirección y control de los aspectos físicos, económicos, financieros y contables del Programa; para asegurar que estos aspectos se encuentren integrados y relacionados, y su información refleje las necesidades y avances del Programa. 6.1 DESEMBOLSOS Condiciones Generales Cumplidas las condiciones especiales previas al primer desembolso, la UC del Programa deberá abrir una cuenta bancaria, denominada Cuenta Especial (en dólares norteamericanos), donde serán depositados los recursos del Préstamo. Para efectos de ejecutar los gastos elegibles por el Programa, se deberá abrir una cuenta bancaria en nuevos soles (Cuenta de Monetización); la misma que será utilizada para monetizar los recursos de la Cuenta Especial en dólares Norteamérica-nos. Los recursos de la Contrapartida Local, se atenderán a través de una subcuenta del Tesoro Público. En estas cuentas se realizarán las transferencias o pagos para el financiamiento de todas las operaciones financiables con cargo al Programa. A solicitud de la UC la PCM designará, mediante Resolución Administrativa del Pliego, a los funcionarios de la UC responsables (titulares y suplentes) encargados del manejo de las cuentas bancarias en dólares norteamericanos y nuevos soles. Estos funciona-rios actuarán de manera conjunta para las operaciones de tipo financiero y de forma individual para las comunicaciones de rutina. Cuenta Especial

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La Cuenta Especial del Préstamo es una cuenta bancaria en dólares norteamericanos, donde se depositarán los desembolsos de fondos procedentes del Préstamo. La apertura de esta cuenta la realizará la UC del Programa, considerando los procedimientos estipulados en la normatividad vigente. Los recursos de la Cuenta Especial sólo podrán ser utilizados para gastos elegibles de acuerdo al Contrato de Préstamo y siguiendo los procedimientos de adquisiciones y contrataciones establecidas por el BID. En ningún caso se financiarán impuestos, ni se realizarán traslados de fondos a entidades públicas o privadas que no se encuentren en los mecanismos de ejecución del Programa. Metodología de la Monetización La metodología de la monetización es la siguiente: (i) Las obligaciones de pago devengadas serán atendidas por el área de Tesorería,

previo conocimiento de la disponibilidad de calendario de compromisos y del saldo en la Cuenta Especial en dólares norteamericanos, emite los Comprobantes de Pagos y Carta Orden, determinando el monto total a ser requerido de la Cuenta Especial en nuevos soles (Cuenta de Monetización).

(ii) Una vez monetizado el requerimiento en nuevos soles, éste es depositado en la Cuenta de Monetización (en nuevos soles), con cargo a la cual se atenderán las transferencias y los pagos solicitados.

(iii) La periodicidad de la monetización de los recursos del Fondo Rotatorio es continua y permanente, teniendo como referente el calendario de pagos.

Administración del Fondo Rotatorio El Fondo Rotatorio del Préstamo, asciende hasta el cinco por ciento (5%) del monto del Préstamo y será depositado en la Cuenta Especial en dólares norteamericanos. Este Fondo se creará con el primer desembolso del Préstamo, el cual estará condicionado al cumplimiento de los requisitos previos de las Estipulaciones Especiales y del artículo específico de las Normas Generales del Contrato de Préstamo. Fondo Rotatorio La renovación o cualquier otra modalidad de desembolso del Fondo Rotatorio, se hará mediante la presentación de una Solicitud de Desembolso de acuerdo a las Guías, establecida en las Normas y Procedimientos de Desembolsos del BID. Elaboración y Presentación de Solicitudes de Desembolsos La reposición de los recursos del Fondo Rotatorio, se realizará mediante una Solicitud de Desembolso, enviada al BID, la cual, previamente será comunicada a la Dirección Nacional de Endeudamiento Público (DNEP) del Ministerio de Economía y Finanzas, para su respectiva autorización. En ningún caso, la Solicitud de Desembolso remitida al BID, debe ser diferente a la aprobada por la DNEP. La renovación del Fondo Rotatorio, será solicitada mediante el envío de los siguientes documentos debidamente suscritos y firmados: • Solicitud de Desembolsos. • Estado de Gastos o Pagos. • Estado de Inversiones y Aportes Locales. Solicitud de Desembolso En la Solicitud de Desembolso, se registrará el monto en dólares norteamericanos (en números y letras) a ser solicitado. Estos recursos deberán estar previstos en la progre-mación presupuestal de la UC y de la DNEP.

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Esta solicitud será firmada conjuntamente por los representantes registrados ante el BID. La Solicitud de Desembolso, será remitida al BID, mediante un oficio firmado por uno de los representantes acreditados ante el BID. El monto mínimo para una Solicitud de Desembolso será de US$ 100.000 (cien mil y 00/100 dólares norteamericanos). La numeración de las solicitudes se realizará de manera correlativa, independientemente de la modalidad de desembolso realizado. Por regla general, las solicitudes para reposición de Fondos Rotatorios, deberán ser al menos por el 50 por ciento del saldo del Fondo Rotatorio; el monto será menor previo acuerdo con el BID. Estado de Gastos o Pagos Los impuestos, tasas y cargos no serán pagados con recursos del BID, siendo asumidos por los recursos de la Contrapartida Local asignada a la UC dentro del Pliego de la PCM. Para la elaboración del Estado de Gastos o Pagos, se tendrá en cuenta la siguiente metodología:

Cuadro 6.1 Modelo

Financiamiento y Pari-passu del Programa

Financiamiento en miles US$ Pari-passu

Categoría BID Contrapar

tida Local Total BID Contrapartida Local

Pagos a los beneficiarios, consultores y proveedores (i) La conversión de los gastos de dólares norteamericanos a nuevos soles, se

realizará utilizando el tipo de cambio ponderado compra (publicado por la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros en el Diario Oficial El Peruano), de la fecha en que se ha efectuado el pago.

(ii) Los pagos se realizarán a través de depósitos en cuentas bancarias, la fecha de pago será la fecha en que se hace efectiva la transferencia de fondos en la cuenta respectiva. Para los pagos con cheque, será la fecha de entrega del cheque, el cual deberá constar en el Comprobante de Pago.

(iii) El compromiso de recursos se define con la firma del Contrato y/o colocación de la Orden de Compra o Servicios entre el receptor de los recursos y la UE.

Estado de Inversiones y Aportes Locales Este formulario se utilizará para realizar el seguimiento presupuestal del Programa, en él se registrarán todos los pagos o gastos justificados en el Estado de Gastos o Pagos. Este formulario deberá ser conciliado con el sumario contable, elaborado y enviado mensualmente por el BID. Este formulario será visado por el Director Ejecutivo de la UC y por las personas responsables de su elaboración.

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6.2 EJECUCIÓN FINANCIERA La UC ejecutará el Programa de acuerdo a los montos presupuestales aprobados para el financiamiento de los concursos, licitaciones o convocatorias. El pago a los beneficiarios, proveedores o consultores se realizará bajo los procedi-mientos acordados con el Banco. Estos procedimientos serán aplicados para la utilización de los recursos de endeudamiento externo como los recursos de contrapartida nacional del Programa. Programación Presupuestal de Contrapartida y de Fondos del Préstamo Los recursos del Préstamo y la correspondiente Contrapartida Local, necesarios para la ejecución del Programa, serán incorporados anualmente en el Presupuesto Institucional de Apertura anual de la UC dentro del pliego de la PCM. A partir del año calendario siguiente a la iniciación del Programa y durante el período de su ejecución, la UC deberá demostrar al Banco, en los primeros sesenta (60) días de cada año calendario, que dispondrá oportunamente de los recursos necesarios para efectuar la contribución local al Programa durante ese año. Aprobación de Calendario de Compromisos A partir de la asignación trimestral aprobada por la Dirección Nacional del Presupuesto Público (DNPP) del Ministerio de Economía y Finanzas, la UC procederá a elaborar la programación de ingresos y gastos mensuales del trimestre. Sobre la base de esta programación, la DNPP, autoriza los calendarios de compromisos mensuales, las cuales representan el “techo” sobre los que se afectarán los gastos elegibles del Programa. Pagos a los Beneficiarios Consiste en los pagos con recursos procedentes del Préstamo que financia las operaciones de la UE, así como por los recursos de la Contrapartida Local (recursos ordinarios) a los contratos firmados con los beneficiarios. Estos recursos deberán ser utilizados en gastos elegibles. 6.3 CONTABILIDAD La contabilidad de las operaciones por las fuentes de financiamiento del Préstamo BID y del Aporte Local, se efectuará en el marco de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) y de un Plan Contable adecuado para el registro de operaciones del Programa, presentando las siguientes características técnicas: (i) El sistema de Plan Contable elegido es el Plan Contable Gubernamental,

adecua-do al préstamo del BID. (ii) La contabilidad se realizara por el principio del Devengado. (iii) El registro de sus operaciones, así como la presentación de los Estados

Financieros se realizará en concordancia con las Normas Internacionales de Contabilidad.

(iv) Los registros contables se llevarán a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) integrado con la ejecución presupuestal, a nivel de componentes, subcomponentes, actividades y categoría de gastos.

(v) La UC llevará sus registros contables en forma independiente de la PCM; los Estados Financieros y Presupuestarios de la UC serán remitidos a la PCM para fines de consolidación en los Estados Financieros del Pliego.

(vi) Los Estados Financieros se elaborarán en base a la información contable registrada en el SIAF; los Estados Financieros para el BID, expresados en la

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moneda del préstamo, se emitirán a través del Módulo de Proyectos de este sistema integrado.

(vii) Para la conversión de los gastos de nuevos soles a dólares norteamericanos se utilizará el tipo de cambio de la fecha efectiva de pago (la fecha del abono en cuenta o la fecha de la entrega del cheque).

Se mantendrá como mínimo para los registros contables los principales Libros: Diario, Mayor y de Inventarios y Balances, los cuales serán procesados y reportados a través del SIAF. Los Estados Financieros Básicos que se emitirán serán los indicados en el documento AF-300 del BID, como ejemplo se mencionan los siguientes: (i) El Estado de Uso y Aplicación de Fondos, es un Estado Financiero Principal que

permite mostrar el origen de los recursos recibidos del BID y de Aporte Local (Tesoro Público) así como los desembolsos por categorías elegibles.

(ii) Estado de Uso de Inversión Acumulada, mostrará el uso de las inversiones acumuladas, describiendo la aplicación de los recursos en las categorías del Programa y por fuentes de financiamiento, asimismo evalúa el avance financiero del Programa.

(iii) Notas a los Estados Financieros, describirá ciertos rubros y hechos relevantes para facilitar una adecuada interpretación de los Estados Financieros, debiendo contener: (i) breve descripción de la naturaleza y actividades del programa; (ii) principales políticas, practicas y principios contables observados tales como: método de conversión de rubros de moneda nacional a dólares norteamericanos; método de reconocimiento de ingresos y desembolsos y gravámenes sobre bienes del programa; y (iii) administración de recursos derivados a los beneficiarios.

La información financiera complementaria será la siguiente: (i) Detalle de los activos adquiridos con recursos del préstamo. (ii) Conciliación de fondos rotatorios con los saldos reportados por el BID. (iii) Conciliación del Formato del LMS1 (BID) con el Estado de Inversiones Acumula-

das. Lo expuesto nos permite cubrir la información referente a: (i) Permite identificar las sumas recibidas de las distintas fuentes. (ii) Consigna, de conformidad al código de categorías aprobadas por el Banco, las

inversiones en el Programa tanto con los recursos del préstamo como con los demás fondos que deban aportarse para su total ejecución.

(iii) Incluye el detalle necesario para identificar los bienes adquiridos y los servicios contratados, así como la utilización de dichos bienes y servicios.

(iv) Demuestran el costo de los componentes de inversión en cada categoría y el progreso del ciclo de las convocatorias.

6.4 ARCHIVO CONTABLE Los beneficiarios deberán organizar un archivo contable que comprende un conjunto de acciones conducentes para la centralización, administración y custodia de la documentación sustentatoria de los ingresos y gastos, de carácter técnico-contable de los pagos o gastos efectuados con cargo al proyecto o iniciativa específica, con el objetivo de proporcionar información oportuna y eficiente cuando le sea solicitada.

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Asimismo, la UC integrará a su archivo contable durante el período de ejecución del préstamo, las rendiciones que realicen los beneficiarios. La organización del archivo contable del Programa, permitirá conocer en forma oportuna el estado situacional de los comprobantes de pago generados con cargo al Programa, posibilitando una atención con mayor eficacia a las misiones del BID u cualquier otra entidad de control que visite a la UC para las revisiones ex post. Registro de los Comprobantes de Pago El área de Tesorería será la responsable del archivo contable, debiendo llevar un registro de los comprobantes de pago (C/P) de los pagos y gastos con cargo al Programa, anotándose la cuenta bancaria, el número, la fecha de emisión y la forma de pago (Carta Orden o cheque) de cada comprobante. En los comprobantes que respaldan los pagos a los beneficiarios, deberá registrarse el detalle de los contratos y su documentación sustentatoria, como la autorización de desembolso y copia del contrato. Archivo y Custodia de los Comprobantes de Pago Se deberá abrir archivadores mensuales donde se acumularán en forma correlativa los respectivos comprobantes de pago, los cuales deberán contener la documentación sustentatoria de los pagos a los beneficiarios y de otros pagos elegibles, incluyendo: (i) Transferencias con cheques. (ii) Transferencias con depósitos en cuenta de ahorros por Carta Orden. (iii) Pago de bienes y servicios: (i) copia de comprobante de pago debidamente

firmado y fechado (+) factura (en caso de ser compra de bienes); y (ii) copia de comprobante de pago debidamente firmado y fechado (+) recibo por honorarios profesionales (en caso de servicios).

6.5 AUDITORÍA La auditoria externa del Programa - de carácter financiero operacional - deberá ser efectuada por una firma de auditores independientes aceptable al Banco, siguiendo las políticas y procedimientos del Banco (Documentos AF-100 y AF-300) y con base en los lineamientos establecidos en los Términos de Referencia para la Auditoria Externa de Proyectos Financiados por el BID (Documento AF-400), los cuales deberán ser previamente aprobados por el Banco. La contratación de la firma auditora se realizará por un período plurianual de como mínimo tres años y se utilizarán los procedimientos establecidos en el Documento de Licitación de Auditoria Externa (AF-200). Se requerirán los siguientes informes, durante la ejecución del Programa: (i) Estados Financieros Auditados anuales y un Estado Financiero Auditado final del Programa; y (ii) un informe semestral de "carácter intermedio", que incluirá un informe específico sobre el examen de los procesos de adquisiciones y desembolsos. Los informes anuales de los estados financieros del Programa serán presentados dentro de los 120 días de finalizado el año fiscal. El informe final sobre los estados financieros de cierre del Programa será presentado dentro de los 120 días posteriores al último desembolso, y los Informes Semestrales Intermedios serán presentados dentro de los 60 días posteriores al cierre del primer semestre de cada año calendario. Los costos de auditoría forman parte del costo del Programa, y serán financiados utilizando los recursos del préstamo del Banco.

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CAPÍTULO VII. ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

Las normas que sobre esta materia establece el BID están orientadas por cuatro principios: (i) Economía y eficiencia en los procesos de contratación, los que se realizan

mediante procedimientos competitivos. (ii) Igual oportunidad para los participantes de los países elegibles miembros del

BID. (iii) Promoción del desarrollo de las capacidades locales de los países prestatarios

con preferencia de la capacidad nacional. (iv) Transparencia en las operaciones, mediante el uso de procedimientos

internacionalmente aceptados y/o acordados en los contratos de préstamos. La responsabilidad final en cuanto a la ejecución del Programa, y por tanto a la administración y adjudicación de los contratos, corresponde a la UC del Programa. Los procedimientos específicos que se seguirán en la ejecución del Programa dependen del marco legal la PCM y lo establecido en este Reglamento Operativo. Las adquisiciones de bienes y servicios relacionados y la contratación de servicios de consultoría para las actividades del Componente IV (“Fortalecimiento y articulación del sistema nacional de innovación”), y las actividades de administración del Programa, serán llevadas a cabo de conformidad con los procedimientos y políticas del Banco en la materia. En el caso de los demás componentes, con los recursos del Programa se financiarán proyectos de innovación tecnológica de empresas individuales o de asociaciones de empresas, proyectos de desarrollo tecnológico de universidades y centros de investigación, proyectos de transferencia tecnológica de universidades y empresas, proyectos de investigación y desarrollo de interés nacional, y becas y proyectos de capacidades de investigación y desarrollo. Los desembolsos de los recursos para estas actividades se harán en la proporción del monto del respectivo co-financiamiento y en la medida en que los beneficiarios cumplan con las condiciones que se establecen en este Reglamento para el respectivo tipo de proyecto o actividad. El Banco revisará los desembolsos efectuados de forma ex–post, de acuerdo con lo establecido en el documento AF-600 (“Guía para la revisión ‘ex – post’ de los procesos de adquisiciones y desembolsos”) para determinar si se cumplió con estos requisitos y del respectivo contrato entre el prestatario y el beneficiario. En el caso de adquisiciones menores de bienes o contrataciones de servicios, el Banco podrá, además, verificar el origen de los bienes y la nacionalidad del personal contratado. Se debe exigir que los beneficiarios cumplan con por lo menos las siguientes condiciones, las que deberán constar en los contratos que firmen con la UC: (i) el compromiso del beneficiario de utilizar los bienes y servicios que se financien con recursos del Programa exclusivamente en la ejecución del respectivo proyecto; (ii) el compromiso del beneficiario de adoptar criterios de eficiencia y economía en los contratos de prestación de servicios así como en toda compra de bienes para el proyecto; (iii) el compromiso del beneficiario de proveer los recursos necesarios para el co-financiamiento que se requiera del proyecto; (iv) el compromiso del beneficiario de asegurar y mantener asegurados los bienes adquiridos con recursos del Programa contra los riesgos y en los valores que sean usuales en el comercio, dentro de las posibilidades existentes en el país; (v) el compromiso del beneficiario de operar y

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mantener los proyectos de acuerdo con normas técnicas generalmente aceptadas y de contar con el personal y materiales necesarios para su funcionamiento; (vi) el compromiso del beneficiario de adoptar criterios de eficiencia y economía en los contratos para prestación de servicios y para la compra de bienes para el proyecto; (vii) la obligación del beneficiario de proporcionar todas las informaciones que el prestatario, el Banco, o los auditores externos soliciten en relación con su situación financiera, con el proyecto, con la compra de bienes y contratación de servicios para el mismo, incluyendo el origen de dichos bienes y servicios; (viii) la obligación del beneficiario de no utilizar recursos del Programa para (a) sus gastos generales o de administración, (b) capital de trabajo, (c) adquisición de inmuebles, (d) adquisición de vehículos, (e) financiamiento de deuda, (f) compra de acciones, (g) proyectos que involucren tecnologías que tengan algún tipo de impacto negativo sobre el medio ambiente, y (h) iniciativas relacionadas con armas, bebidas alcohólicas, juegos de azar y otros vicios; (ix) la obligación del beneficiario de conceder garantías al prestatario; (x) el derecho del prestatario de suspender los desembolsos si el beneficiario no cumple con sus obligaciones o si el Banco suspende los desembolsos del Préstamo; (xi) el derecho del prestatario, del Banco, de los auditores de examinar los bienes, los locales, los trabajos y las obras del proyecto. 7.1 MODALIDADES DE CONTRATACIÓN Los procedimientos de selección y contratación de consultores y adquisición de bienes se efectuarán en el marco de lo establecido en el Contrato de Préstamo (y anexos) suscrito con el Banco y de conformidad con sus normas específicas, y supletoriamen-te, con las normas gubernamentales, en cuanto sean aplicables al Programa y cuando no contravengan la normatividad del BID. Las adquisiciones de bienes y servicios y las contrataciones de consultoría por montos menores a los indicados en el Contrato de Préstamo se regirán por procedimientos acordados con el Banco, que podrían estar basados en las disposiciones de la legislación nacional siempre que la misma sea compatible con los principios y políticas del Banco. Debido a que las adquisiciones y contrataciones de servicios serán realizadas por los beneficiarios de los proyectos, según el plan de financiamiento acordado con ellos, se requerirán que estos envíen periódicamente la rendición de cuentas de los gastos respectivos. La revisión de los procedimientos y soportes se hará de manera ex-post. La documentación relativa a la contratación estará a disposición del Banco para efectos de revisiones ex – post. 7.2 REVISIÓN DE CONCURSOS POR PARTE DEL BANCO Antes de cualquier convocatoria y/o envío de alguna invitación a participar en un proceso de concurso, contratación de servicios y/o adquisición de bienes, el Plan de Concurso, Contrataciones y Adquisiciones del Programa será enviado al Banco para su revisión y aprobación. 7.3 CONTRATACIÓN DE EVALUADORES Y EJECUTIVOS DE PROYECTOS La selección y contratación de los Evaluadores externos y los Ejecutivos de proyectos que apoyarán directamente al Programa, se realizará a partir de un registro previamente seleccionado por la UE. Previo a cada convocatoria, se remitirá al BID para la No-Objeción, el formato de avisos que serán publicados en la prensa y la página Web. Luego del proceso de calificación (que se realizará, por lo menos, una vez al año y podrá ser continuo), se

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remitirá al BID para No-Objeción el listado de los calificados y el orden de méritos resultante del proceso. El costo de estos consultores especializados, variable según los requerimientos que generen a la UC las convocatorias y las demandas de ventanilla abierta, será cargado a los componentes 1 o 2 de proyectos y, en la medida de lo posible, al costo de cada proyecto para el cual hayan dedicado esfuerzo y tiempo. Contabilizar estos costos variables obligará a la UC a llevar un control del uso del tiempo por parte de los consultores contratados como evaluadores externos o ejecutivos de proyectos. 7.4 PLAN DE ADQUISICIONES Como un anexo del Plan Operativo Anual (POA) del Programa, se deberá preparar el Plan Anual de Concursos, Contrataciones y Adquisiciones, que deberá ser presentado por cada categoría de inversión y deberá contemplar, como mínimo, la siguiente información: (i) código de la actividad, según el POA, (ii) descripción de la actividad que realizará, (iii) valor estimado para el contrato, (iv) método de selección que se utilizará y, (v) las fechas estimadas en cada etapa del proceso.

CAPÍTULO VIII. MONITOREO Y EVALUACIÓN Este capítulo describe los instrumentos de monitoreo y evaluación utilizados por el Programa con el fin de garantizar la gestión eficiente de las unidades responsables de su funcionamiento y medir el resultado generado en la población beneficiaria. De igual manera, se detalla los instrumentos para verificar el cumplimiento de los compromisos del Programa, como son: los informes de progreso, los planes operativos anuales y las revisiones anuales conjuntas entre la Unidad Ejecutora y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). 8.1 INSTRUMENTOS DE ANALISIS El sistema de monitoreo y evaluación del Programa utilizará tres instrumentos de análisis: (i) monitoreos semestrales de las actividades, procesos y resultados parciales del Programa, cuyos resultados deberán ser realizados por la UC e informados al CDP y al Banco; (ii) evaluación de medio término, que será llevada a cabo por evaluadores externos al haberse comprometido 50% de los recursos del préstamo; y (iii) evaluación final de productos y resultados, llevada a cabo por evaluadotes externos al término del programa. Asimismo, aunque por definición, una evaluación de impacto no podría ser llevada a cabo dentro de los tiempos del Programa sino hasta que suficiente tiempo haya transcurrido posterior a su finalización, (a priori se sugieren 3 años), el Programa ha establecido una metodología para definir los indicadores de resultados e impactos esperados del Programa, así como sus metas (definidos en el Marco Lógico), y acorde con dicha metodología, recogerá la información necesaria para que, en caso que el Banco decida realizar una evaluación de impacto, y que la metodología propuesta sea juzgada apropiada, dicha evaluación pueda ser realizada. Para los casos en que sea pertinente distinguir el género de los beneficiarios (proyectos de investigación y desarrollo, becas de doctorado y co-financiamiento de cursos o pasantías a nivel de la empresa), los distintos instrumentos de análisis del sistema de monitoreo y evaluación recogerán la información pertinente con el propósito de poder analizar los resultados del Programa haciendo una distinción por género. Los monitoreos semestrales producirán una evaluación de los hitos críticos del período y el nivel de alcance de las metas previamente establecidas, tanto de productos como de resultados. Estos monitoreos proveerán la información necesaria para que en la

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evaluación de medio término, se identifiquen las principales causas de los logros y no logros a la fecha con relación a lo programado y se analicen las consecuencias que pueda tener para el proyecto la existencia de desviaciones significativas. En dicho caso, se establecerán medidas a ser implementadas para minimizar potenciales efectos negativos, y se identificará la necesidad de implementar estrategias o acciones no contempladas originalmente en el proyecto, pero que representen ventajas u oportunidades significativas para el futuro del mismo. Respecto a las evaluaciones intermedia y final del Programa, los Términos de Referencia para dichas evaluaciones deberán asegurar que el Programa pueda ser evaluado en función los resultados previstos en el marco lógico; entre ellos: (i) incremento en el gasto público no recurrente en investigación y desarrollo que se asigna competitivamente, (ii) incremento en el nivel de colaboración entre los sectores científico/universitario y productivos y (iii) generación de beneficios económicos y sociales a través del financiamiento de proyectos de innovación tecnológica en empresas. El marco lógico del Programa especifica los indicadores mínimos que deberán ser utilizados en la evaluación final del Programa y las metas asociadas a los mismos de manera ex ante. Cabe destacar dos aspectos técnicos que deberán ser tomados en cuenta para la elaboración de los Términos de Referencia de las evaluaciones intermedia y final del Programa. El primer aspecto particular a considerar, es que el Programa financiará proyectos cuya maduración se alcanzará algunos años después de finalizado el Programa, por lo que no sería posible analizar el logro de algunos resultados inmediatamente después de finalizado el mismo. Es por ello que en el Marco Lógico define los resultados del Programa que se prevé puedan ser medidos a la finalización del mismo, y los resultados que se prevé serían mensurables a través de una eventual evaluación de impacto. El segundo aspecto técnico a destacar, es que debido a que la cuantificación de los resultados e impactos del Programa sería posible sólo a partir de la utilización de fuertes supuestos (por ejemplo, el nivel de incertidumbre de los resultados, la elección del momento de la inversión, el nivel de irreversibilidad de los recursos comprometidos, el efecto multiplicativo de la inversión), la metodología utilizada para la evaluación de final incluirá: (i) análisis de solidez de supuestos de los modelos cuantitativos de evaluación (robustness); (ii) encuestas de percepción a empresarios, investigadores y beneficiarios en general, antes y después del Programa, incluyendo un análisis sobre utilización de insumos, cambio tecnológico, e impacto en resultados relevantes (ganancias, empleo, incertidumbre e inversión); (iii) análisis de casos que provean un sentido de contexto y un grado detallado de análisis donde se puede estudiar las inversiones futuras generadas por las inversiones presentes, externalidades sobre otras empresas, y en general, permitir un análisis causal a partir de análisis del tipo insumo-producto; y (iv) análisis bibliométricos.

Cuadro 8.1 Sistema de Monitoreo y Evaluación

Nivel de objetivo Evaluación Intermedia Evaluación Final Evaluación de

Impacto (ex post)

Dentro del ciclo del Programa (5 años)

A tres años de finalizado el Programa

Productos

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Resultados

Impactos El monitoreo y evaluación de la gestión del Programa se basa en la definición de indicadores de insumos, procesos, productos, resultados e impactos. Mediante éstos se podrá: (i) hacer el seguimiento de la ejecución de los procesos a las convocatorias; (ii) supervisar y evaluar el cumplimiento de las metas establecidas por el Programa; y (iii) evaluar los resultados a corto, mediano y largo plazo en la población beneficiaria. La definición de estos indicadores se realizará considerando el Marco Lógico del Programa, cuya revisión será una de las primeras tareas en la implementación del Programa. 8.2 PLAN OPERATIVO ANUAL El Director Ejecutivo de la UC y su personal prepararán y mantendrán un Plan Operativo Anual (POA) que detalle todas las actividades que se realizarán y los recursos necesarios para su ejecución, por toda fuente. El POA será presentado al Banco el 30 noviembre de cada año, para su revisión y aprobación por parte de éste. A continuación, se detalla la metodología de presentación del POA. El documento del POA se destinará a identificar los logros esperados respecto de los resultados y productos deseados, los costos previstos, el nivel de desembolsos esperado, y la programación de actividades para el año planificado. Adicionalmente, deberá incluir una proyección de la ejecución para los siguientes años, hasta el final del período de ejecución del Programa. Los conceptos se desarrollarán en forma precisa y breve; el documento se complementará con cuadros detallados incluidos en anexos al POA. A continuación se resumen los modelos de dichos cuadros: Productos y Resultados El POA deberá explicitar: (i) los resultados que se obtendrán en cada actividad; y (ii) los productos esperados de cada insumo. Todos los indicadores se expresarán en términos de indicadores verificables objetivamente, para los cuales, el sistema de información del Programa generará los datos necesarios. Lista de Actividades y Cronograma de Ejecución Se presentará un listado de actividades que se ejecutará durante el año, con una breve descripción y el resultado esperado; así como, un cronograma de ejecución de las actividades y los productos, con las fecha probables de inicio y fin, y un diagrama de barras indicando el desarrollo mensual o trimestral esperado (la información mínima está detallada en el esquema del Cuadro 8.2). La fecha de finalización podrá exceder el período que se informa en aquellos casos en que la actividad continúa.

Cuadro 8.2 Modelo Cronograma de Ejecución

Trimestre 200X Código Componentes/

Actividades Fecha Inicio

Fecha Fin

Costo Total por Actividad I II III IV

I. Componente: XX

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1.1 Subcomponente: YY 1.1.1 Actividad: ZZ Etc. II Componente: XX 2.1 Subcomponente: YY 2.1.1 Actividad: ZZ Etc.

Costo por Actividad Se incluirá un presupuesto a nivel de cada componente, subcomponente y actividad del Programa, discriminado por tipo de insumos y fuente de financiamiento, con la información mínima señalada en el Cuadro 8.3 siguiente.

Cuadro 8.3 Modelo Costo por Actividad

Código Componentes/

Productos y Actividades

Costo Total Banco Aporte

Local I. Componente: XX 1.1 Subcomponente: YY 1.1.1 Actividad: ZZ

Insumo A Insumo B Etc.

1.1.2 Actividad: ZZ Insumo D Insumo E Etc.

Etc. Plan de Adquisiciones y Convocatorias Se incluirá las convocatorias y el listado de adquisiciones para el año en curso, agrupadas por tipo de servicio (adquisiciones de equipos y materiales, y contratos de consultoría por montos superiores a un monto que se determinará); especificando el componente y actividad al que corresponde, su contenido o breve descripción, su costo estimado, su fuente de financiamiento (BID o local), la forma de contratación y su ubicación temporal. Con relación al concurso y/o licitaciones se incluirá, además, un código que identifique cada caso y el período de llamado, apertura, adjudicación y firma de contrato; así como, el período de ejecución de cada convocatoria, consultoría, bien o estudio licitado. Presupuesto y Desembolsos De acuerdo con el presupuesto del programa y su correspondiente apertura por categoría de gastos se presentará el cuadro 8.4 siguiente.

Cuadro 8.4 Modelo Presupuesto y Proyección de Desembolsos

Categoría de Gastos

Presupuesto Original / Vigente

Desembolsado a la fecha (30-9)

Saldo Disponible

Desembolsos Estimados al 31-12 y

Saldo a Comprometer

en Años

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Compromisos al 31-12

No Ejecutados

Siguientes

Términos de Referencia Finalmente, se incluirá los términos de referencia resumidos por consultorías individuales cuyo costo supere los US$ 50 mil, o por firmas consultoras cuyo costo supere los US$ 100 mil. 8.3 INFORMES DE AVANCE La UC preparará informes de avance semestrales sobre todos los componentes del Programa. Estos informes se presentarán 30 días antes del 15 de enero y del 15 de julio de cada año, durante la implementación del Programa. Los informes semestrales deberán especificar lo siguiente: • Un avance de cada uno de los indicadores señalados en el Marco Lógico. Se

comparará explícitamente el progreso logrado en términos de cada indicador con el progreso esperado: (i) el progreso acumulado a la fecha desde el inicio del Programa se presentará comparado con las metas anuales establecidas en el informe al inicio del año; y (ii) el avance especifico del año en curso se comparará con el avance previsto en el POA vigente.

• Si hubiera versiones del POA ajustadas durante el año que se reporta, la compara-ción con los planes y metas para el año en curso se realizará con respecto al primer POA acordado con el Banco para el año en curso.

• Situación de la implementación de los componentes del Programa.

• Se brindará una concisa explicación de las causas de los principales desvíos y de las medidas que se adoptarán para subsanarlos.

El formato sugerido para los Informes de Avance es el siguiente: Objetivos de Desarrollo Se mostrará el progreso hacia los objetivos de desarrollo del Programa, mediante los Indicadores de fin y de propósito, establecidos en su Marco Lógico y explicitados con su evolución temporal esperada en el Informe Inicial y en el POA vigente. Componentes y Subcomponentes Se presentará el avance en la entrega de los componentes, subcomponentes y actividades, utilizando los indicadores y metas temporales de componentes y los resultados inmediatos de los grupos de actividades, con la estructura que se indica en el cuadro 8.5. Se comparará el progreso logrado en términos de cada indicador de componente con el progreso esperado: el avance total acumulado a la fecha en los indicadores de componentes se presentará contrastado con las metas establecidas en el Informe Inicial, y el progreso en cada componente durante el año en curso se presentará contrastado con las metas del POA.

Cuadro 8.5 Modelo

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Productos y Resultados Esperados

Código Objetivos,

Componentes, Actividades

Resultado Esperado al Final del POA Anual

Resultado Final Esperado

Medio de Verificación

Objetivo Programa

(incluir el valor del indicador del objetivo del Programa que se espera lograr en el año y el valor que estaba previsto lograr en dicha fecha, según el Informe Inicial)

(incluir el valor del indicador del objetivo del Programa que se acordó en el Marco Lógico del Programa o Informe Inicial)

I. Componente: XX

Ídem anterior, pero referido a productos de los componentes.

Ídem anterior.

1.1 Subcomponente: YY

Ídem anterior, pero referido a resultados de los subcomponentes.

Ídem anterior.

1.1.1 Actividad: ZZ Ídem anterior, pero referido a resultados de las actividades.

Etc.

Ejecución Temporal de Actividades Se mostrará comparadamente –por medio de diagramas de barras o instrumentos similares- la ejecución efectiva de las actividades programadas en el POA del año en curso, así como su retraso o adelanto relativo en comparación con el cronograma original (Informe Inicial) y el vigente (POA en ejecución). Problemas de Gestión Se resumirá las principales dificultades que se presentaron durante la ejecución del POA y las medidas adoptadas o planeadas para su superación. Supuestos Se comentará el estado de los factores externos reflejados en los supuestos del Marco Lógico del Programa (explicitados en el Informe Inicial), especialmente de aquellos que hubieren evolucionado desfavorablemente y pudieren afectar el éxito en el logro de los componentes o propósito. Se especificará las acciones que se adoptarán en procura de contrarrestar los efectos adversos derivados del incumplimiento de los supuestos. Lecciones Aprendidas Se resumirá las principales lecciones aprendidas por la UC durante la fase de ejecución del Programa hasta la fecha; además, se formulará cualquier propuesta innovadora que la UC desee formular o para temas relacionados con los objetivos del Programa. Mecanismos de Ejecución y Organización Institucional del Programa

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Se reportará toda modificación ocurrida durante el período que se reporta en el mecanismo de ejecución y en la organización de la unidad ejecutora del Programa. Condiciones Contractuales Incumplidas Se listará las condiciones contractuales que se encuentran incumplidas a la fecha de elaboración del Informe de Progreso, incluyendo una referencia a las medidas adoptadas o planificadas para subsanar el incumplimiento. Compromisos Contractuales Se elaborará el cuadro 8.6, en el que se incluirá los compromisos contractuales que vencen en el año que se informa, indicándose la situación prevista: cumplimiento, posible extensión (motivos probables), otros.

Cuadro 8.6 Modelo Compromisos Contractuales que se deberá Cumplir

N° Cláusula Descripción Fecha Vto. Situación Prevista Resumen de Cambios Se presentará un listado resumido de los principales cambios ocurridos en el Programa, incluyendo una referencia a las medidas adoptadas o planificadas para subsanar el incumplimiento. Ejecución Financiera En la ejecución financiera se incluirá: (i) La ejecución financiera durante el período que se reporta con apertura de gastos

ejecutados por Categoría de Inversión y por fuente de financiamiento para el año en curso a la fecha de cierre más reciente posible. En el caso del Informe de Progreso de alcance anual, se presentará, además, un estimativo del gasto a ejecutar entre dicha fecha y el 31 de diciembre, con un total de la ejecución estimada durante el año en curso y el total acumulado desde el inicio del Programa.

(ii) En aquellos casos en que las categorías de inversión no coinciden con los Componentes del Programa, se procurará un desglose del gasto ejecutado discriminando los gastos según componentes.

(iii) En los Informes de Progreso de alcance anual, se agregará un detalle de gastos que se estima estarán comprometidos y no ejecutados al final del año en curso (con la correspondiente identificación de la Categoría y Componente al que corresponden) y Cuadro de Estimación de lo Ejecutado más Comprometido por Categoría de Gastos del presupuesto al 31 de diciembre, con los correspondientes saldos disponibles para años subsiguientes.

Se comentará las principales desviaciones de costos ocurridas durante la ejecución del POA en curso, sus causas y su eventual impacto en el financiamiento de otras actividades del Programa en el futuro. La información sobre gastos ejecutados según categoría y fuente al 31 de diciembre de cada año será actualizada por la UE, mediante un cuadro complementario que

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sería elaborado separadamente del Informe de Progreso en enero de cada año. Este cuadro de gastos ejecutados permitirá conocer con exactitud la ejecución anual del Programa y realizar la conciliación entre la ejecución presupuestaria y los balances presentados por la UE. Adquisiciones de Bienes y Servicios Se especificará el grado de concreción de las adquisiciones de bienes y servicios previstas para el año en curso. Aspectos que se debe Resaltar Se resumirá en una breve sección todos aquellos temas o áreas del Programa en los que se requiere tomar decisiones o adoptar medidas a efectos de resolver problemas o evitar riesgos al éxito del Programa; temas que por su importancia ameritan ser puestos de relieve en una breve, pero selecta sección del informe. Se hará referencia a toda otra sección del Informe en la que tales asuntos hayan sido descritos o analizados. 8.4 REVISIONES ANUALES A más tardar, el 30 de noviembre de cada año la UC y el Banco se deberán reunir para efectuar una revisión anual al Programa, en la que se realizará una evaluación del progreso del Programa, del cumplimiento de las obligaciones en la ejecución del mismo y del desempeño de las actividades previstas, para acordar el Plan Operativo del siguiente año. En el caso de que, en la opinión del Banco, el progreso sea insatisfactorio, la UC deberá preparar un plan de acción satisfactorio para el Banco, en un plazo de dos (2) meses después de recibir la notificación del Banco sobre las deficiencias percibidas. Quince días antes de cada reunión, la UC deberá presentar al Banco un informe que contenga la agenda para la reunión e información relativa a los temas que serán tratados. Asimismo, para las reuniones del mes de noviembre de cada año, comenzando en el 2005, la UC del Programa deberá presentar el POA de Ejecución y Presupuesto del año siguiente para cada componente del Programa. Las revisiones anuales estarán dirigidas a evaluar y proporcionar información sobre: (i) el avance logrado en la ejecución de los componentes; (ii) la eficacia y eficiencia de las actividades comprendidas en el Programa; (iii) desempeño de la UE; (iv) la contratación de consultorías; (v) la marcha de las evaluaciones externas de resultados e impactos previstas en el Programa; (vi) el cumplimiento de metas establecidas para cada componente; (vii) las sugerencias y recomendaciones efectuadas por el CDP para su mejoría; (viii) idoneidad de los procedimientos establecidos en el Reglamento Operativo del Programa. 8.5 EVALUACIONES POR MUESTREO DE CALIDAD El BID se reserva el derecho de realizar evaluaciones de calidad en cualquier momento a una muestra aleatoria de proyectos e iniciativas apoyadas. 8.6 EVALUACIÓN INTERMEDIA Será llevada a cabo por el Banco y el prestatario y contará con un informe de evaluación externa al haberse comprometido 50% de los recursos del préstamo. Se realizará una revisión que comprenderá una evaluación integral de los progresos del Programa y de las perspectivas de culminarlo con éxito. La evaluación tocará todos los aspectos de la revisión anual y, además, examinará los avances hechos por la UE. La

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evaluación deberá considerar los avances en relación al Marco Lógico y desarrollo técnico de las actividades ejecutadas. La evaluación será ejecutada por una firma externa en base a una licitación internacio-nal. Los TdR deben ser aprobados ex ante por el BID. 8.7 EVALUACIÓN FINAL Una vez ejecutado el 95% de los recursos del Programa, se realizará una revisión que comprenderá una evaluación integral de los progresos del Programa y de las perspectivas de impacto. La evaluación tocará todos los aspectos de la revisión anual y, además, examinará los avances hechos por la UE. La evaluación deberá considerar los avances en relación al Marco Lógico y desarrollo técnico de las actividades ejecutadas. La evaluación será ejecutada por una firma externa en base a una licitación internacional. Los TdR deben ser aprobados ex ante por el BID.

CAPÍTULO IX. ARTICULACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN

El desarrollo de este capítulo tiene el propósito de los alcances de las estrategias de articulación, comunicación y difusión que desarrollará la Unidad Ejecutora del Programa de C&T a fin de asegurar una interacción dinámica con los demás actores públicos y los privados y permitir que las líneas de acción tengan un perfil elevado y una visibilidad amplia, que aseguren el logro de los resultados esperados y el máximo impacto posible. Los costos de estas acciones están previstos en la partida presupuesta de “Divulgación y Otros” dentro de los costos operativos del programa. 9.1 ARTICULACIÓN DEL PROGRAMA La competitividad como paradigma de desarrollo económico puede ser concebida como el conjunto de políticas, practicas, procesos, instituciones y actitudes que definen el ritmo del cambio de la productividad y que significa el ritmo de crecimiento del producto por habitante. Por lo tanto, para articular reformas que mejoren la competitividad es necesario propiciar los consensos en torno a una agenda de desarrollo que busque crecimiento sostenido con equidad social y que no sólo permita la inserción de la región en la economía internacional reduciendo las brechas existentes, sino que logre eliminar la pobreza, disminuir el desempleo y respetar la identidad cultural de la región, así como también, fortalecer la democracia por ser la base fundamental para cualquier desarrollo sostenible, así como impulsar una estrecha coordinación entre Estado, el sector privado, la academia y la sociedad civil./12 En este contexto, el Programa de Ciencia y Tecnología se inserta en un contexto donde las iniciativas de competitividad y los actores en el país se multiplican significativamente, tanto desde el sector público -- el Consejo Nacional de la Competitividad (CNC), el Programa de Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior, los programas de MINCETUR, PRODUCE, PROMPYME, INCAGRO/MINAG-- como el privado –ADEX, COMEX-PERU— así como propuestas de las entidades financieras y de cooperación internacionales –el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial, la Corporación Andina de Fomento, los Programas de las Naciones Unidas, US-AID, GTZ, etc. 12/ Documento base del Consejo Nacional de la Competitividad

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El Gobierno del Perú viene promoviendo activamente la coordinación de estas iniciativas a fin de alcanzar el uso más eficiente de los recursos que se destinan a la promoción de la competitividad, particularmente a través del CNC. El Programa de Ciencia y Tecnología no será ajeno a ello, por lo cual resulta primordial que la Dirección de la UC tenga una actitud proactiva de coordinación, buscando una efectiva articulación de las líneas de financiamiento del Programa, dentro del contexto descrito y hacia sus beneficiarios en particular. En lo inmediato y desde el inicio de la ejecución del Programa, se han previsto dos mecanismos efectivos de trabajo que redunden en insumos conceptuales y operativos para perfeccionar las líneas de financiamiento e intervención: (i) las Mesas de Trabajo Especializadas; y. (ii) los Extensionistas. Las Mesas de trabajo especializadas tendrán la finalidad de precisar con más detalle y seguridad los lineamientos y asignaciones presupuestales de las áreas preliminarmente priorizadas, así como los porcentajes de distribución de recursos. Este análisis será efectuado por cadenas productivas, a partir de aquellas identificadas inicialmente para el programa. Su finalidad principal es la de identificar la demanda de las intervenciones del programa por parte de los potenciales beneficiarios como empresas, instituciones públicas y privadas dedicadas a la ciencia y tecnología, y universidades. Las Mesas de trabajo especializadas se constituirán sobre la base de los Comités de Áreas, invitándose además a empresarios y especialistas de los sectores públicos y privados involucrados en este tipo de actividades. En total y tomando en cuenta el número de sectores identificados previamente, se organizaría un número aproximado de diez (10) mesas de trabajo especializadas. Los Extensionistas son profesionales pertenecientes a instituciones de prestigio en el medio y ligadas al quehacer empresarial, académico o público, que, a través de diversas actividades, ayudan a establecer las relaciones institucionales, profesionales y de negocios que exige un Sistema Nacional de Innovación. Actúan como “brokers” tanto de los fondos dirigidos a fomentar la innovación en las empresas, como de los servicios que las empresas requerirán para hacer uso eficiente de los recursos que el programa les asigne. Estos agentes del programa promocionarán las líneas de financiamiento y orientarán a los interesados para ayudar a las empresas potencialmente clientes del sistema a iniciar el desarrollo de proyectos “bancables”. La UC negociará y suscribirá convenios con instituciones existentes para que un profesional de éstas, debidamente seleccionado, sea capacitado y disponga de los instrumentos necesarios para cumplir la misión de Extensionista. 9.2 COMUNICACIONES Y DIFUSIÓN La Unidad Ejecutora deberá elaborar los lineamientos de las estrategias comunicacio-nales de promoción y difusión dirigidas a los diversos actores del Programa y a la opinión pública. Específicamente, a través de la Dirección, deberá: (i) Coordinar la elaboración y el diseño de los lineamientos de estrategias de

comuni-cación adecuadas para el desarrollo de los procesos de las diferentes áreas de la Unidad Ejecutora del Programa.

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(ii) Implementar, ejecutar y evaluar estrategias y campañas de comunicación, informa-ción y difusión del Programa.

(iii) Asesorar a las otras unidades de la Unidad Ejecutora en el desarrollo y ejecución de acciones de comunicación, tanto interna como externa.

(iv) Elaborar informes mensuales sobre el desarrollo de las actividades de la oficina. La difusión tiene por objetivo dar a conocer la estrategia y los instrumentos específi-cos. Esta estrategia se basa en una visión sistémica de los sectores. Mediante la difusión se deberán lograr los siguientes objetivos: (i) Posicionar la UC en la comunidad científica y en el mundo empresarial.

(ii) Dar a conocer a otros organismos públicos a la UE. Esto conlleva no sólo a un reconocimiento, sino más importante, a buscar oportunidades de trabajo en conjunto con otros actores nacionales e internacionales, basados en conocimientos y campos de acción complementarios.

(iii) Abrir espacios públicos de reconocimiento a agentes activos del desarrollo, en donde el éxito de un proyecto se haya visto significativamente impactando por su contribución. Estos pueden ser autoridades, funcionarios, comunidad organizada, sector privado, otras instituciones públicas, etc.

(iv) Motivar a los potenciales beneficiarios, en especial al sector privado, para participar en forma activa.

(v) Promover prácticas de trabajo exitosas en proyectos y organizaciones. Con base en los objetivos planteados anteriormente, se deberá desarrollar, entre otras, las siguientes estrategias de difusión: Folletos institucionales. La UC tendrá un folleto institucional y folletos específicos para cada una de sus líneas donde se detallen los elementos conceptuales y operacionales de cada una. Publicación de una página en Internet. Las páginas Web son una herramienta dinámica que permite una actualización diaria de la información. Esta página deberá contener en forma permanente una descripción general de la estrategia de los sectores, y una sección más destacada de noticias que sean actualizadas continuamente. Estas noticias pueden ser la difusión de proyectos en ejecución, de las principales instituciones comprometidas, de los logros más destacados a la fecha, de realización de seminarios relacionados, etc. Además, se incluirá todos los aspectos institucionales, operacionales y administrativos de la UE. Una de las principales herramientas de transparencia del Programa será la publicación en Internet de todos los procedimientos y publicaciones que no atenten contra el principio de la confidencialidad. Entre otros, se deberá publicar con detalles las bases de los llamados a concurso, los criterios y algoritmos de evaluación, los títulos y organizaciones seleccionadas, los procesos de evaluación del Programa, etc. Publicación en periódicos locales. Se contará con una estrategia comunicacional que defina la difusión de casos de éxito, difusión de las organizaciones comprometidas, difusión de niveles de inversión materializados, etc. La difusión de los primeros casos de éxito es una componente esencial de la estrategia comunicacional. Emisión de noticiarios electrónicos e impresos de los proyectos en ejecución y terminados. Los noticiarios dan flexibilidad en el tipo y cantidad de información que se difunde, así como también en las personas a quienes se les distribuye. En cada caso,

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es relevante identificar la población objetivo de los noticiarios, con el fin de entender sus necesidades de información e integrarlas en el diseño y elaboración del material. Estas publicaciones deberían tener una periodicidad semestral. Enlace de la página con otros sitios relacionados. Una forma de mostrar presencia y alineamiento con otras estrategias orientadas a promover el desarrollo del país, es la creación de enlaces desde otros sitios de Internet con la página, mediante la descripción general de “Otros Link Relacionados” comúnmente usada. Publicación en boletines de otras instituciones públicas y privadas. Los boletines de instituciones públicas y de asociaciones gremiales son un buen medio para difundir el trabajo del la UC a públicos objetivos específicos. Se deberá elaborar un listado de todas aquellas instituciones que son de interés, ya sea por la posibilidad de integrar recursos, visiones y/o estrategias de trabajo; identificar si tienen boletines internos y su frecuencia de publicación; priorizar y contactar para gestionar la publicación periódica de este tipo de información. Realización de “Foros de C&T, Innovación y Competitividad” (seminarios de difusión de prácticas de trabajo exitosas, transferencia de metodologías, etc.). Estos foros pueden ser muy flexibles en su diseño y evolucionar en la medida que el proceso de trabajo madura. Al menos deberán considerarse los siguientes eventos anuales: (i) Un seminario para empresarios innovadores o potencialmente innovadores

donde se analicen conceptos de innovación y las opciones del Programa, incluyendo elementos que faciliten la participación del sector privado en los componentes respectivos.

(ii) Un seminario para investigadores y profesionales de las universidades y centros de investigación donde se analicen conceptos de gestión de la ciencia, tecnología e innovación. Una parte relevante de estos eventos deberá ser trabajar casos o perfiles de proyectos potencialmente financiables por el Programa.

(iii) Un seminario de cooperación universidad-empresa donde se busca estimular la generación de consorcios y la transferencia tecnológica de iniciativas que podrían ser financiadas por el Programa.

Realización de reuniones con actores claves del sector privado, público y universitario. Se deberá realizar reuniones semestrales para los proyectos en ejecución. En esta actividad deberán incorporarse todos los actores del sector público y privado que son relevantes para el Comité de Área, ya sea porque se benefician de él, porque aportan recursos, ó porque se considera estratégico que se encuentren informados e involucrados en el proceso. Concursos de innovación. Para identificar iniciativas en las empresas, la UC podría cofinanciar concursos de innovación para obtener una cartera de proyectos de innovación.

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SECCIÓN II: Reglamento Interno de la Unidad Coordinadora del

Programa

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SECCIÓN II: REGLAMENTO INTERNO DE LA UCP

GENERALIDADES. DEFINICIÓN, CONTENIDO Y ÁMBITO

Artículo 1°.- Definición, duración, denominación, recursos y objetivo del Programa El Programa de Ciencia y Tecnología (en adelante “El Programa”) es una iniciativa de inversión pública del Poder Ejecutivo, y su ejecución está a cargo de la Unidad Coordinadora del Programa (en adelante la “Unidad Coordinadora”). El Programa fue inscrito en el Sistema Nacional de Inversión Pública bajo de Código de Registro N° 4384 y ha sido declarado viable el 10 de febrero de 2005; la operación de endeudamiento para financiarlo, a través de un préstamo con el Banco Internamericano de Desarrollo (en adelante “BID”), fue aprobada mediante Decreto Supremo N° 101-2005-EF del 06 de junio del 2006. El Contrato de Préstamo N° 1663/OC-PE resultante fue suscrito el 19 de julio 2006 entre el Gobierno del Perú y el BID. Para llevar adelante la ejecución del Programa, mediante Resolución Ministerial N° 452-2006-PCM, del 28 de diciembre de 2006, la Presidencia del Consejo de Ministros ha establecido, en el marco del Contrato de Préstamo N° 1663/OC-PE y con carácter temporal, la Unidad Coordinadora del Programa. El mandato de la Unidad Coordinadora tendrá vigencia hasta la conclusión de las actividades del Programa, el agotamiento de los recursos del financiamiento y la transferencia del patrimonio que hubiese tenido a su cargo como resultado de la ejecución del Programa. Para efectos prácticos el Programa también podrá ser referido por sus siglas “PC&T”. Los recursos financieros del Programa provienen del Contrato de Préstamo N°1663/OC-PE suscrito entre el Gobierno del Perú y el BID, y de los recursos de contrapartida nacional que aporta el Tesoro Público para dicho Programa. También constituyen recursos propios los directamente recaudados como resultado de la gestión de las actividades del Programa, así como cualquier otro ingreso que obtenga según la normativa vigente en el Perú, previa autorización respectiva. El objetivo de desarrollo del Programa consiste es el mejoramiento de los niveles de competitividad del país, a través del fortalecimiento de las capacidades de investigación y desarrollo y de innovación tecnológica. Entre los objetivos específicos del Programa están: (i) fortalecer el sistema nacional de innovación; (ii) ampliar la capacidad para la generación de conocimientos científicos y tecnológicos; (iii) promover la innovación en las empresas y una mayor participación del sector privado en el desarrollo de actividades de ciencia y tecnología, para contribuir a la competitividad de los principales sectores productivos del país; y, (iv) Promover las investigaciones en ciencia y tecnología de forma que contribuyan sustancialmente a la mejora de la competitividad empresarial. Artículo 2°.- Del contenido El presente Reglamento Interno refiere a la naturaleza, misión, objetivos, funciones generales y estructura orgánica de la Unidad Coordinadora. Artículo 3°.- De la obligatoriedad de las normas Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio por parte de todos los órganos que conforman la Unidad Coordinadora.

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TÍTULO I. DE LA NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES

GENERALES NATURALEZA Artículo 4°.- De la naturaleza La Unidad Coordinadora es el órgano responsable de la gestión técnica y financiera del Programa. Es una unidad ejecutora administrativamente desconcentrada de la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía funcional para ejecutar el Programa en el marco del Contrato de Préstamo BID N° 1663/OC-PE, y que: a) Recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; b) Determina y recauda ingresos; c) Contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la

legislación aplicable; d) Registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; e, e) Informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas. MISION O Artículo 5°.- De la misión La misión de la Unidad Coordinadora consiste en administrar con eficiencia, equidad, transparencia y racionalidad los recursos para el financiamiento de las actividades prioritarias definidas el diseño del Programa, aprobado en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, y acordado con el Banco Internamericano de Desarrollo (BID). OBJETIVOS Artículo 6°.- De los objetivos Son objetivos de la Unidad Coordinadora: Asegurar la provisión de los recursos necesarios para que el Programa sea ejecutado constituyéndose en un administrador de flujos de información y recursos financieros, asegurando que: (i) El Programa se implemente y ejecute adecuada y eficientemente; (ii) Se atienda con calidad a los usuarios del Programa; (iii) Los flujos de procesos sean rápidos y transparentes, tanto de información como de dinero; (iv) La información respecto al Programa sea provista con calidad y oportunidad; (v) Promover el Programa y las oportunidades de investigación y desarrollo que genera, especialmente en el sector productivo; (vi) Preevaluar con calidad los proyectos provenientes del sector productivo; y (vii) Generar y mantener en la comunidad empresarial, académica y gubernamental un alto grado de transparencia, confiabilidad y vigilancia de la calidad en la ejecución de las acciones del Programa. FUNCIONES GENERALES Artículo 7°.- De las funciones Son funciones generales de la Unidad Coordinadora: a) Diseñar, dirigir, supervisar y evaluar la planificación y ejecución de las actividades

del Programa. b) Ejecutar el ciclo de los proyectos, consistentes en: (i) Recibir solicitudes de

proyectos; (ii) Preevaluarlas en cuanto a su elegibilidad; (iii) Hacerlas evaluar por entes definidos, de acuerdo a los flujogramas de proceso preestablecidos; (iv) Efectuar los desembolsos de los recursos si se aprueban las solicitudes; (v)

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Supervisar la adecuada ejecución de los proyectos; y, (vi) Entregarle al CDP información sobre la marcha de los mismos.

c) Planificar, organizar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar las actividades de los sistemas administrativos de abastecimiento, de personal, de planificación, de presupuesto, de tesorería y de contabilidad, de los controles internos y auditorías, así como las de trámite documentario y archivo del Programa.

TÍTULO II. DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPÍTULO I. DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 8°.- De los órganos Para el cumplimiento de sus funciones, la Unidad Coordinadora cuenta con la siguiente estructura orgánica: ÓRGANO DE DIRECCIÓN - Dirección General ÓRGANOS DE APOYO - Unidad de Administración ÓRGANO DE LÍNEA - Unidad Técnica CAPÍTULO II. DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN y DE LA DIRECCIÓN GENERAL Artículo 9°.- De la Dirección General La Dirección General estará encargada de dirigir, supervisar y evaluar la gestión técnica, administrativa y financiera de la Unidad Coordinadora, así como determinar y establecer las políticas, principios, instrumentos, objetivos y metas necesarias para la ejecución del Programa. La Dirección General estará integrada por el Consejo Directivo del Programa, el Director Ejecutivo, un Área de Asesoría Legal y un Área de Informática y Difusión. Depende jerárquicamente directamente del Presidente del Consejo de Ministros. Artículo 10°.- Del Consejo Directivo del Programa El Consejo Directivo del Programa tendrá las siguientes atribuciones y responsabilidades: a) Dirigir globalmente la ejecución del Programa, incluyendo la definición y

supervisión de las convocatorias y la gestión presupuestaria para componentes y áreas del Programa, pudiendo realizar modificaciones a los recursos originales orientados a las distintas actividades, siempre que se cuente con la no objeción del Banco.

b) Aprobar, en última instancia, las solicitudes de financiamiento, de acuerdo a las recomendaciones elaboradas por los Comités de Área;

c) Recibir los reportes periódicos acerca del avance técnico y financiero y la evaluación de los proyectos específicos y el Programa en su conjunto;

d) Revisar en conjunto con el Banco los eventuales ajustes al Programa; y, e) Aprobar el presupuesto anual de gastos del Programa, así como la estructura de

remuneraciones del personal de la UE.

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f) Aprobar el Reglamento Operativo de la Unidad Coordinadora del Programa, previa No objeción del BID.

Artículo 11°.- De la Conformación y Funcionamiento del CDP El CDP estará conformado por diez (10) representantes de la comunidad científica/ universitaria, del gobierno y del sector privado, con la siguiente composición: (i) un representante del CONCYTEC, que lo presidirá; (ii) un representante de la PCM; (iii) un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; (iv) un representante del Ministerio de la Producción; (v) un representante del Ministerio de Agricultura; (vi) dos representantes de la comunidad académica; y, (viii) tres representantes del sector privado . Los miembros del CDP serán designados por la PCM a propuesta de los Titulares de los Ministerios o Entidades en el caso de los representantes gubernamentales; de ternas presentadas por el sector privado (asociaciones gremiales/13) compuestas por reconocidos empresarios con amplia experiencia en desarrollo tecnológico; y, de ternas de representantes académicos propuestas por la Academia Peruana de Ciencias.. Los representantes de los Ministerios o Entidades no necesariamente deberán ser necesariamente funcionarios de dichas instituciones. Los integrantes del CDP tendrán una participación de cinco años y sólo podrán ser reemplazados en las sesiones por una persona única, con las calificaciones apropiadas y debidamente acreditada certificada. El CDP deberá reunirse, como mínimo y en sesiones ordinarias, con periodicidad mensual. Podrá reunirse en sesiones extraordinarias a solicitud del Presidente, del Director Ejecutivo o de un tercio de sus miembros. Las sesiones serán válidas siempre y cuando estén presentes más de la mitad de los integrantes (o reemplazantes). En caso que algún integrante quiera llevar a un invitado, esto deberá ser informado al Presidente del CDP. Los invitados podrán intervenir por expresa autorización del Presidente y no tendrán derecho a voto. Las decisiones del CDP se tomarán por mayoría de votos, siempre y cuando se cumpla con el quórum especificado. En caso que se analice una iniciativa que tenga conflicto de interés con alguno de los miembros del CDP, éste se inhabilitará de participar en las discusiones y votaciones respectivas. Actuará como presidente del CDP el representante de CONCYTEC, quien además tendrá voto dirimente, que será ejercido sólo en caso que el CDP no llegue a consenso relativo (mayoría) luego de dos votaciones en que no se dirima el asunto en cuestión. Las decisiones del CDP constarán en Actas y serán materializadas mediante Resoluciones de la Dirección Ejecutiva sustentadas en dichos acuerdos. Actuará como vicepresidente un de los miembros no gubernamentales, elegido por consenso del CDP, el cual reemplazará al presidente en caso que este no asista a las sesiones del CDP. Servirá en esta posición por cinco años. El Director Ejecutivo de la UC podrá participar en las sesiones del CDP. Tendrá voz pero no voto en el CDP. Actuará como Secretaría del CDP y además estará encargado de hacer las presentaciones que corresponda al CDP.

13/ CONFIEP, SIN, ADEX y Cámara de Comercio de Lima.

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Los integrantes del CDP podrán participar en las reuniones de los CA. De esta forma estarán inmersos en las actividades específicas y podrán coayudar a estas iniciativas. Para modificar los integrantes del CDP se deberá mantener el equilibrio entre el sector privado, público y académico. El procedimiento de reemplazo será el mismo de nombramiento original. El CDP podrá recomendar la remoción al Director Ejecutivo con el voto favorable de 7 o más, de los 10 miembros. Artículo 12°.- De las funciones, atribuciones y competencias del Director Ejecutivo El Director Ejecutivo es designado mediante Resolución Ministerial a partir de una terna de candidatos propuesta por el CDP. En caso de ser necesario reemplazar al Director Ejecutivo, éste será seleccionado bajo el mismo procedimiento. Son funciones, atribuciones y competencias del Director Ejecutivo: a) Ejercer la titularidad presupuestal y la representación legal del Programa ante

las Autoridades Nacionales e Internacionales, así como ante las entidades privadas, y actuar como contraparte ante el Banco Interamericano de Desarrollo en aspectos técnicos, administrativos y financieros, particularmente para solicitar las No Objeciones del Banco.

b) Planificar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y evaluar las actividades del Programa y la gestión de sus recursos, para lograr los objetivos y metas propuestas, pudiendo realizar las observaciones y objeciones que estime pertinentes.

c) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos asumidos por el Gobierno Peruano en el Contrato de Préstamo BID Nº 1663/OC-PE.

d) Definir la estructura de las Unidades de la Unidad Coordinadora, determinar los cargos que las integran y las funciones específicas de los mismos. Dicha estructura orgánica y funciones quedará reflejada en el Manual de Organización y Funciones (“MOF”) que será aprobado por Resolución del Director Ejecutivo con el voto aprobatorio previo del CDP.

e) Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento de la Dirección General y de los órganos a su cargo, e impartir las directivas correspondientes.

f) Cumplir, hacer cumplir y velar por el cumplimiento de las normas, reglamentos, convenios, manuales, procedimientos e informes aprobados para regular las actividades del Programa, en todos sus componentes.

g) Registrar y documentar mediante actas, los debates, exposiciones, informes y acuerdos que tome el CDP, en calidad de Secretario del mismo.

h) Aprobar las Resoluciones y Directivas necesarias para la operatividad del Programa, en el ámbito de su competencia.

i) Celebrar acuerdos, convenios o contratos con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado con objeto de impulsar los objetivos del Programa. En particular, celebrar los Contratos de financiamiento de proyectos aprobados con los beneficiarios, previo voto aprobatorio de CDP y, de ser el caso, con la No Objeción del BID, así como autorizar y suscribir contratos con personas jurídicas o naturales seleccionadas para el cumplimiento o la implementación de las actividades previstas en el Programa.

j) Dirigir los procesos de selección y contratación para cubrir los cargos de la Unidad Coordinadora, y designar a los responsables de los cargos de responsabilidad (Coordinadores de Área y profesionales de la Unidad de Administración y Finanzas).

k) Coordinar las convocatorias a los beneficiarios para que accedan al financiamiento considerado en cada componente, incluyendo todo el ciclo de

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proyecto e iniciativas, registro de evaluadores, padrón de instituciones de excelencia para becas, etc., y efectuar la supervisión y evaluación de las convocatorias llevadas a cabo.

l) Coordinar las labores de la UC con otros organismos públicos o privados, transversales o sectoriales, que pudieran tener elementos complementarios o sinérgicos con la operación del Programa. Entre otros, deberá velar por aprovechar o compartir cualquier desarrollo conceptual u operativo que sea útil, cruzando información sobre la cartera de proyectos e iniciativas, registro de consultores, desempeño de consultores, resultados de proyectos de instituciones y empresas y cualquier otra información que pudiese ser relevante.

m) Coordinar la formulación del Plan Operativo del Programa, solicitar la aprobación del CDP y del BID, y la ejecución de las actividades comprendidas en el Plan Operativo Anual aprobado.

n) Dirigir los procesos de evaluación interna del Programa y tomar las medidas de coordinación y apoyo necesarias para la realización de las evaluaciones externas programadas por el BID, y conducir la implementación de las recomendaciones respectivas.

o) Implementar los controles internos requeridos por las normas del Sistema Nacional de Control y el Contrato de Préstamo con el BID.

p) Disponer la investigación, auditoría, inspección y las medidas correctivas que se requiera para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Programa.

q) Planear, organizar y ejecutar las acciones de control posterior de las acciones inherentes a las actividades económico financieras y administrativas a los órganos de la Unidad Coordinadora.

r) Asegurar que se apliquen correctamente los términos de los Convenios bajo competencia de la UCP –en particular el del Préstamo BID-- con organismos internacionales, y sus respectivas normas.

s) Ejecutar otras actividades conducentes al buen funcionamiento de la Unidad Coordinadora y la apropiada ejecución del Programa, dentro del marco de sus atribuciones, del Contrato de Préstamo con el BID y de los Contratos que suscriba con las Beneficiarios del Programa.

t) Designar a los miembros de los Comités de Selección de la Unidad Coordinadora o cualquier otro que, con la finalidad de ejecutar sus actividades, ésta conforme en el marco del Programa.

u) Aprobar los Plan Anuales de Adquisiciones y Contrataciones y el Plan Informático de la Unidad Coordinadora del Programa.

v) Aprobar los términos de referencia para la contratación de consultores, visar los contratos, así como aprobar los informes y productos generados por los consultores, y visar, en señal de conformidad, todos los documentos de pago que se generen como consecuencia de la gestión y desarrollo de los estudios, convocatorias, consultorías y compra de bienes.

w) Coordinar con la Unidad de Administración y Finanzas, la realización de los procesos para la adquisición de bienes y contratación de servicios contemplados en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, estableciendo los parámetros de evaluación, de conformidad con las normas y regulaciones del BID o las nacionales según corresponda.

x) Diseñar, desarrollar e implementar el sistema de monitoreo y evaluación de los componentes y actividades del Programa, que permita dar seguimiento al logro de los productos propuestos para las actividades del Programa y la evaluación de resultados de los componentes del Programa.

y) Elaborar los informes periódicos de avance y evaluación, así como la supervisión y monitoreo de las acciones de la Unidad Coordinadora, manteniendo informado a las autoridades e instituciones relacionadas con el Programa sobre la evolución y comportamiento de sus componentes. En

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particular, emitir opinión técnica al CDP respecto al seguimiento y monitoreo del Programa, planteando las recomendaciones que estime convenientes para implementar las correcciones necesarias.

z) Presentar informes de evaluación anual, intermedia y final del Programa y seguimiento al Banco Interamericano de Desarrollo, de acuerdo con los términos establecidos en el Contrato de Préstamo.

aa) Preparar y presentar los informes financieros a la PCM, al CDP, al Ministerio de Economía y Finanzas y al Banco Interamericano de Desarrollo, así como las Solicitudes de Desembolsos de financiamiento del préstamo.

bb) Solicitar la designación de la firma de auditoría externa para el examen sobre la gestión de los fondos aportados por el Banco Interamericano de Desarrollo, y la No-Objeción de la misma al Banco Interamericano de Desarrollo.

cc) Delegar en otros miembros de la UCP las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Director Ejecutivo.

dd) Expedir resoluciones en materia de su competencia y Directivas sobre asuntos administrativos.

ee) Las demás atribuciones que se desprendan del Contrato de Préstamo BID N° 1663/OC-PE o que las normas establezcan.

Artículo 13°.- Del Área de Asesoría Legal El Área de Asesoría Legal es la encargada de prestar asesoría y apoyo legal a la Unidad Coordinadora en los diferentes procedimientos y funciones en la gestión de los recursos humanos, económicos y financieros que sean de su competencia. Depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Son funciones del Área de Asesoría Legal las siguientes: a) Coordinar y supervisar la correcta aplicación de las normas y procedimientos del

Banco en los procesos de evaluación y selección de consultores, y de adquisiciones, según corresponda.

b) Absolver las consultas de carácter legal que le sean formuladas por las diversas unidades de la Unidad Coordinadora, la Dirección Ejecutiva, el CDP y las instituciones relacionadas con el Programa.

c) Elaborar, proponer y emitir opinión sobre las modificaciones y proyectos de normas y demás dispositivos legales que le encomiende la Dirección Ejecutiva y que contribuyan al perfeccionamiento del marco jurídico que pudiera afectar al Programa.

d) Efectuar el seguimiento, análisis e interpretación de las normas que se emitan y que afecten al Programa, con la finalidad de informar a los niveles pertinentes para que se pueda tomar las medidas correctivas necesarias.

e) Absolver las consultas de índole legal respecto a las coordinaciones efectuadas y convenios que serán suscritos con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas para el logro de los fines del Programa, de acuerdo a sus funciones y competencias.

f) Analizar, revisar y visar cuando sea procedente, los contratos o convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva.

g) Brindar asesoramiento y apoyo legal en los procedimientos administrativos, legales y judiciales de los que sea parte el Programa.

Artículo 14°.- Del Área de Informática y Difusión El Área de Informática y Difusión se encarga de proveer el soporte informático, de elaborar los lineamientos de las estrategias de comunicación, de promoción y difusión dirigidas a los diversos actores del Programa y a la opinión pública, y de apoyar acciones de comunicación de las unidades de la Unidad Coordinadora.

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Son funciones del Área de Informática y Difusión, las siguientes: a) Administrar el Sistema de Administración Electrónica de Documentos y el

Archivo Electrónico del Programa b) Adoptar las medidas de seguridad necesarias para la protección y cautela de

los documentos del Programa así como para el resguardo físico de los ambientes, equipos, unidades de almacenamiento magnético u óptico, y la información.

c) Formular y evaluar el plan informático del Programa. d) Administrar los bienes y derechos, así como los recursos informáticos y de

sistemas electrónicos de la Unidad Coordinadora, debiendo velar por su intangibilidad.

e) Conducir la formulación y evaluación del plan informático del Programa f) Diseñar y desarrollar aplicaciones para automatizar los procesos de

información técnica y administrativa. g) Evaluar permanentemente el estado de los equipos de cómputo, las redes del

área local y las comunicaciones. h) Implementar la política de seguridad de información. i) Mantener la infraestructura de tecnología de la información. j) Velar por el fiel cumplimiento de los reglamentos, manuales, normas y

procedimientos establecidos en su ámbito de actuación. k) Coordinar la elaboración y el diseño de los lineamientos de estrategias de

comunicación adecuadas para el desarrollo de los procesos de las diferentes áreas de la Unidad Ejecutora del Programa.

l) Implementar, ejecutar y evaluar estrategias y campañas de comunicación, información y difusión del Programa.

m) Asesorar a las otras unidades de la Unidad Ejecutora en el desarrollo y ejecución de acciones de comunicaciones, tanto internas como externas.

n) Elaborar informes mensuales sobre el desarrollo de las actividades del área. o) Otras que le encomiende la Dirección Ejecutiva. CAPÍTULO III. DE LOS ÓRGANOS DE APOYO y DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Artículo 15°.- De la Unidad Administrativa La Unidad Administrativa es el órgano encargado de la gestión administrativa, financiera, contable y logística de los recursos asignados para apoyar la ejecución de los componentes, planes o actividades previstos en el Programa, así como para apoyar el normal desarrollo de su Unidad Coordinadora. Depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. La Unidad Administrativa estará a cargo de un Coordinador Administrativo Financiero. Para su desempeño, contará con cinco áreas: Presupuesto, Tesorería, Contabilidad, Adquisiciones y Contrataciones y un Pool de Secretarias Son funciones de la Unidad Administrativa las siguientes: a) Administrar el mantenimiento y la conservación de los locales, instalaciones y

bienes patrimoniales del Programa o de aquellos que hubieren sido cedidos en uso para éste.

b) Administrar los recursos humanos, informáticos, materiales, financieros y presupuestales del Programa, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; y presentar la información administrativa y contable–financiera en los plazos establecidos.

c) Adoptar las medidas necesarias para la cautela, protección y seguridad de los recursos financieros, documentos y bienes del Programa.

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d) Administrar los fondos provenientes del financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo y los de la contrapartida local para asegurar que los recursos necesarios estén disponibles oportunamente para ejecutar los componentes del Programa.

e) Asegurar que los tipos de actividades que serán financiados con los recursos de contrapartida local sean consistentes con lo estipulado en el Contrato de Préstamo y en este RO.

f) Organizar, dirigir y supervisar la formulación, programación y evaluación del presupuesto de la Unidad Ejecutora del Programa.

g) Apoyar al Director Ejecutivo en el desarrollo de sus funciones (definidas en el RO del Programa) y en la formulación del Plan Operativo Anual, en coordinación con las otras unidades de la Unidad Ejecutora del Programa.

h) Elaborar los Términos de Referencia del auditor externo para el Programa. Facilitar la auditoría y tomar acciones correctivas basadas en el reporte del auditor.

i) Mantener actualizado los documentos de gestión del Programa en lo referente a su área de competencias.

j) Atender a los auditores externos de acuerdo con lo planificado en el Contrato de Préstamo y facilitarles la documentación que éstos soliciten.

k) Controlar los aspectos administrativos (contable, económico – financiero, logístico, presupuestal y de auditoria) de los contratos con terceros en estrecha coordinación con los especialistas responsables del monitoreo técnico de dichos contratos.

l) Desarrollar e implementar sistemas de control interno y contable de acuerdo con las normas nacionales e internacionales aplicables, y de las recomendaciones de la Oficina de Control Interno de la PCM, a fin de facilitar el monitoreo adecuado de las categorías del gasto.

m) Proponer las Resoluciones necesarias dentro de su ámbito de actuación, para la aprobación por parte de la Dirección Ejecutiva.

n) Supervisar y controlar, los servicios de seguridad, vigilancia, limpieza, servicios no personales y transporte, en el ámbito del Programa.

o) Formular los estudios, análisis contables y económicos financieros de gestión. p) Garantizar la elaboración oportuna de los informes contable-financieros

regulares y especiales, a solicitud del Director Ejecutivo, del BID o de las entidades con capacidad de solicitarlas; presentarlos a la Dirección Ejecutiva para su aprobación y enviarlos a los órganos correspondientes.

q) Monitorear la marcha de los aspectos administrativos del Programa, evaluar los procedimientos e instrumentos utilizados y adoptar las medidas correctivas necesarias tanto para la buena marcha de los mismos, como para el mejoramiento de los Manuales de Organización y Funciones y de Procedimientos Administrativos.

r) Velar por el fiel cumplimiento de los reglamentos, manuales, normas, procedimientos establecidos en todos los niveles institucionales, especialmente en los componentes administrativos.

s) Prestar asistencia técnica a todos los niveles del Programa, en los temas relacionados con aspectos administrativos a fin de lograr la mayor integridad y coherencia posible en la ejecución del Plan Operativo durante el desarrollo del Programa.

t) Planificar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar los procesos técnico-administrativos de los sistemas de personal, presupuesto, abastecimiento, contabilidad y tesorería y su implementación, incluyendo el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), de la Unidad Coordinadora

u) Organizar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de contabilidad, manejo financiero, logístico, presupuestal y de auditorías del Programa, de

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conformidad con las normas y procedimientos del BID, y las normas pertinentes del Estado peruano.

v) Organizar, coordinar y desarrollar las actividades referidas a la recepción, registro, clasificación, distribución y control de la correspondencia que emite y recibe el Programa.

w) Otras que le encomiende la Dirección Ejecutiva. Artículo 16°.- Del área de Presupuesto El Área de Presupuesto se encarga de la formulación, control de la ejecución y evaluación presupuestaria de la Unidad Coordinadora. Depende jerárquicamente de la Coordinación Administrativo Financiera. Son funciones del Área de Presupuesto, las siguientes: a) Formular el presupuesto y ejercer permanentemente el control y la evaluación

presupuestaria. b) Plantear las reformas presupuestarias necesarias. c) Procesar y preparar la información periódica referida a la ejecución presupuestal y

financiera del avance del Programa, establecida en el Contrato de Préstamo. d) Emitir las certificaciones presupuestarias necesarias para los procesos de

adquisición de bienes, servicios y consultorías. e) Administrar y operar el módulo del Sistema de Administración Financiera de la

Unidad Ejecutora, en su condición de unidad ejecutora presupuestaria. f) Desarrollar e implementar sistemas de control interno y contable efectivos para

facilitar el monitoreo adecuado de las categorías de gasto. g) Otras que le encomiende el Coordinador Administrativo Financiero. Artículo 17°.- Del área de Contabilidad El Área de Contabilidad se encarga de llevar los registros y controles contables y financieros de la ejecución de los recursos asignados a la Unidad Coordinadora. Depende jerárquicamente de la Coordinación Administrativo Financiera. Son funciones del Área de Contabilidad, las siguientes: a) Elaborar el registro y control contable y financiero de la ejecución de los recursos

asignados a la Unidad Coordinadora, tanto del financiamiento del Contrato de Préstamo como de la contrapartida nacional, de acuerdo con normas internacionales contables generalmente aceptadas y con las disposiciones nacionales.

b) Llevar registros de desembolsos en función de estados de gastos. c) Clasificar y registrar las transacciones financieras, y preparar y presentar los

Informes Financieros de conformidad con las normas del Banco y con la periodicidad indicada en el Contrato de Préstamo.

d) Preparar y mantener actualizados los libros: Diario, Mayor, Auxiliar Bancos (por cuenta), manejo de caja, efectivo recibido y procedimiento de pagos.

e) Otras que le encomiende el Coordinador Administrativo Financiero. Artículo 18°.- Del área de Tesorería El Área de Tesorería se encarga de llevar las cuentas de la Unidad Coordinadora y los archivos de documentos que sustenten el movimiento financiero de éstas. Depende jerárquicamente de la Coordinación Administrativo Financiera. Son funciones del Área de Tesorería, las siguientes:

a) Mantener el archivo que contenga los documentos que sustenten los movimientos

financieros del Programa. Entre estos documentos se consideran las copias de los

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documentos que sirvan de justificación de las solicitudes enviadas al Banco, y los originales de los documentos que respalden las solicitudes de pago directo al Banco o por medio del uso de la cuenta especial del Contrato de Préstamo. Esta documentación incluye órdenes de compra, facturas de los proveedores, contratos diversos y de alquileres, comprobantes de pago, boletos aéreos, registro de nómina de sueldos, recibos de caja chica y otros comprobantes de diferente naturaleza.

b) Mantener el registro y documentos respectivos de todas las cuentas y saldos relacionados con el Programa, incluyendo las cuentas especiales requeridas por las normas y procedimientos del Banco.

c) Verificar las valorizaciones y todos los comprobantes de pago, para asegurarse que pertenecen a una categoría de gasto elegible, que todas las condiciones de desembolsos se han cumplido, y que han sido autorizadas por el área usuaria y el funcionario competente.

d) Preparar los reportes de Flujo de Caja Trimestral, Solicitud de Desembolso a Cuenta de Contrapartida; informe de los Avances Financieros, de Auditoria Financiera y Contable, e informes para la Contabilidad.

e) Preparar la programación mensual y anual de Caja. f) Otras que le encomiende el Coordinador Administrativo Financiero. Artículo 19°.- Del área de Adquisiciones y Contrataciones El Área de Adquisiciones y Contrataciones se encarga de los procesos de selección para adquirir bienes o contratar servicios y consultorías necesarias para la ejecución de las actividades del Programa, conforme a un Plan de Adquisiciones previamente formulado y aprobado. Depende jerárquicamente de la Coordinación Administrativo Financiera. Son funciones del Área de Adquisiciones y Contrataciones, las siguientes: a) Realizar y evaluar los procesos de licitación para la adquisición de bienes y

contratación de servicios de consultoría, y velar porque cumplan con las normas y procedimientos del Banco y otras normas que sean aplicables, así como con las normas de contratación y adquisiciones del país.

b) Dotar a las unidades de la Unidad Coordinadora de los recursos logísticos que requieran sus actividades: material y equipo de oficina, servicios de transporte y comunicaciones, seguridad, trámite documentario y archivo.

c) Administrar los bienes y equipos, de la Unidad Coordinadora, debiendo velar por su intangibilidad.

d) Otras que le encomiende el Coordinador Administrativo Financiero. Artículo 20°.- Del Pool de Secretarias El Pool de Secretarias se encarga de brindar el apoyo. Depende jerárquicamente de la Coordinación Administrativo Financiera. Son funciones del Pool de Secretarias, las siguientes: a) Administrar el archivo documentario del Proyecto. b) Administrar el Sistema de Administración Electrónica de Documentos y el

Archivo Electrónico del Proyecto c) Adoptar las medidas de seguridad necesarias para la protección y cautela de

los Documentos del Proyecto así como para el resguardo físico de los ambientes y equipos de la Unidad Coordinadora.

d) Brindar apoyo secretarial a la Unidad Coordinadora. e) Ejecutar los procesos técnicos de los sistemas de trámite documentario y

archivo de documentos del Proyecto.

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f) Implementar la política de seguridad de información. g) Organizar, coordinar y desarrollar las actividades referidas a la recepción,

registro, clasificación, distribución y control de la correspondencia que emite y recibe el Proyecto.

h) Velar por el fiel cumplimiento de los reglamentos, manuales, normas y procedimientos establecidos en su ámbito de actuación.

i) Otras que le encomiende el Coordinador Administrativo Financiero. CAPÍTULO IV. DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA Y DE LA UNIDAD TÉCNICA Artículo 21º.- De la Unidad Técnica La Unidad Técnica, es el órgano encargado de atraer buenas postulaciones, y llevar a los proyectos, sin sobresaltos, desde la generación de ideas hasta la evaluación final. Estará constituida por: (i) cuatro Coordinadores de Área, uno por cada área prioritaria (incluyendo al área general), que serán responsables de apoyar a los Comités de Área en todas sus actividades actuando como Secretaría Técnica del área respectiva. Su función principal es apoyar a los CA en todo el proceso técnico y administrativo que implica concretar las resoluciones y plan de trabajo que se define en cada CA/14; (ii) cuatro Comités de Área del Programa; y, (iii) un pool de Asistentes profesionales de apoyo. Depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Complementariamente y según las necesidades específicas que resulten de los procesos de preparación y evaluación de proyectos, la UC complementará a la Unidad Técnica mediante la contratación de: (iv) Evaluadores externos; y, (v) Ejecutivos de Proyectos/15, cuya función principal es resolver los problemas o inquietudes de los usuarios, desde que llegan con una idea hasta que finaliza el proceso; así, el usuario contará con un solo interlocutor válido: el ejecutivo de proyecto. Estos profesionales deberán satisfacer los requerimientos de los beneficiarios en cualquier etapa y tener la capacidad de facilitar el proceso y transferir conocimientos y destrezas necesarias, colaborando para transformar los casos o ideas que lleguen en perfiles y luego en proyectos. Los ejecutivos de proyecto tendrán una orientación mayoritaria hacia iniciativas originadas en las empresas o convocatorias de ventanilla abierta. Artículo 22º.- De las funciones de los Coordinadores de Área Son funciones de los Coordinadores de Área, las siguientes: a) Coordinar las labores estratégicas, técnicas y operativas de los Comités de

Área. b) Coordinar los procesos de evaluación, seguimiento, cierre y evaluación de las

iniciativas de su área respectiva. c) Coordinar al interior de la Unidad Coordinadora todos los procesos de

administración y finanzas relacionados con su área respectiva (contabilidad y presupuesto, tesorería, logística, aspectos legales, y comunicaciones y difusión)

d) Atender, en conjunto con los ejecutivos de proyecto, a los potenciales usuarios y beneficiarios en sus demandas específicas (reuniones, consultas, etc.).

e) Tramitar y aprobar los pagos a los beneficiarios y ejecutores de los componentes I, II y III del Programa. Deben aprobar los informes o reportes respectivos y dar curso al pago respectivo.

f) Otras que le encomiende la Dirección Ejecutiva.

14/ En una primera etapa y mientras tengan la disponibilidad de tiempo, los Coordinadores de Área harán

las labores de los Ejecutivos de Proyecto. 15/ Los EP se incorporarán en la medida que se los vaya necesitando; serán sujetos de capacitación y

entrenamiento, previéndose una larga colaboración con el Programa.

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Artículo 23º.- De los Comité de Área La Unidad Coordinadora establecerá y coordinará los Comités de Área (CA), para cada una de las áreas consideradas prioritarias y para los proyectos no incluidos en dichas áreas prioritarias. Los CA se establecerán de manera progresiva a lo largo del Programa para satisfacer las demandas del mismo, y se irán adaptando conforme a los requerimientos del Programa y al proceso de aprendizaje que realice la Unidad Coordinadora. Los Comité de Área estarán conformados por un mínimo de tres (3) representantes de la comunidad científica/ universitaria, del gobierno y del sector privado, y el Coordinador de Área que corresponda. Los integrantes de los CA deberán tener un alto conocimiento del sector económico y/o social del área respectiva y reconocido prestigio técnico, vinculados a la ciencia y tecnología. Los representantes de los Comités de Áreas serán definidos mediante una propuesta presentada por el Director Ejecutivo, la que deberá ser aprobada por el Consejo Directivo del Programa. Los miembros de cada Comité de Área elegirán al Líder de cada CA, el cual tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones. El Coordinador del Área respectiva actuará como Secretario del CA y no podrá ser seleccionado como el Líder del CA. El Coordinador de Área hará las presentaciones que corresponda. Las sesiones serán válidas siempre y cuando estén presentes más de la mitad de los integrantes. Las decisiones de los CA se tomarán por mayoría absoluta de votos. Las recomendaciones realizadas por los CA al CDP, a través del Director Ejecutivo, involucrarán los recursos considerados en los componentes I, II y III del Programa (proyectos de innovación tecnológica, proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, y fortalecimiento y creación de capacidades). Las decisiones relativas al componente IV del Programa (Fortalecimiento y articulación del sistema nacional de innovación) serán tomadas directamente por el CDP. En caso que se analice una iniciativa que tenga conflicto de interés con alguno de los miembros del CA, éste se inhabilitará de participar en las discusiones y votaciones respectivas. Los CA deberán reunirse periódicamente en sesión ordinaria. Los miembros de los CA reciben un viático por las labores y deberán firmar un contrato con la Unidad Coordinadora donde se regulen los deberes y obligaciones específicas. Artículo 24º.- De las atribuciones y responsabilidades de los Comités de Área Son atribuciones y responsabilidades de los Comités de Área, las siguientes: Las de los comités de área serán: a) Coordinar la asignación de recursos a los diferentes componentes y

subcomponentes, de acuerdo con las políticas generales y específicas establecidas por el Programa y los lineamientos del CDP (procurando cumplir las metas y presupuestos del Programa), dentro de los montos disponibles de su área.

b) Instruir al Coordinador del Área para realizar la promoción de estas políticas y financiamientos en la comunidad empresarial y científica correspondiente.

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c) Generar instancias de encuentro y discusión entre la comunidad científica, empresarial y gubernamental sobre la estrategia competitiva del sector socioeconómico correspondiente.

d) Evaluar y priorizar la cartera de solicitudes de financiamiento que periódicamente le presentará el coordinador del área, elevando una recomendación específica de financiamiento de proyectos al CDP.

e) Revisar periódicamente el avance técnico y financiero de la cartera de proyectos aprobados en su área, y eventualmente, dar recomendaciones de ajuste o suspensión de proyectos de dicha cartera.

f) Recomendar la elaboración de estudios específicos o licitaciones temáticas de proyectos relevantes para el desarrollo estratégico del sector.

g) Constituir, sobre la base del Comité de Área, las Mesas de Trabajo especializadas para precisar los lineamientos y asignaciones presupuestales de las áreas, así como los porcentajes de distribución de recursos, e identificar la demanda de las intervenciones del Programa por parte de los potenciales beneficiarios como empresas, instituciones públicas y privadas dedicadas a la ciencia y tecnología, y universidades.

h) Otras que le encomiende la Dirección Ejecutiva, con el voto aprobatorio previo del CDP.

Artículo 25º.- De las funciones del Pool de Asistentes Son funciones del Pool de Asistentes, las siguientes: a) Brindar apoyo técnico y profesional a la Unidad Técnica, siguiendo indicaciones

de los Coordinadores de Área y conforme a los requerimientos que éstos determinen.

b) Realizar las investigaciones necesarias para complementar la elaboración de documentos técnicos del Programa.

c) Preparar los insumos necesarios para desarrollar las actividades de la Unidad Técnica, por encargo y bajo supervisión de los Coordinadores de Área.

Artículo 26º.- De los Ejecutivos de Proyectos Los Ejecutivos de Proyecto estarán encargados de apoyar a los componentes que consideren trabajo directo con el sector productivo o las líneas de ventanilla abierta, y podrán apoyar a los Coordinadores de Área en las iniciativas para instituciones de investigación y concursos de proyectos. Son funciones específicas de los Ejecutivos de Proyectos, las siguientes: a) Promover proyectos, buscando e incentivando la presentación de perfiles y

proyectos. b) Discutir las ideas con los usuarios, orientar la formulación, apoyar activamente

en la evaluación, apoya la ejecución desde el punto de vista técnico (revisa informes, reorienta el proyecto, visitas a terreno, etc.), cierra el proyecto y apoya la evaluación final.

c) Asistir a los proyectos y a las organizaciones en su decisión respecto al grado de complejidad y pertinencia de las estrategias e iniciativas de mejora de su desempeño.

d) Acompañar al beneficiario a través de todo el ciclo de proyectos, desde la concepción de la idea, la formulación, evaluación, negociación, ejecución, cierre y evaluación.

e) Otras que les encomienden los Coordinadores de Área. Artículo 27º.- De los Evaluadores de Proyectos

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Los Evaluadores de Proyectos serán los encargados de realizar la evaluación utilizando como pauta un formulario con una lista exhaustiva de preguntas cuyo objeto es precisar los criterios y la profundidad del análisis, y elaborar una síntesis de conclusiones de evaluación, en la que señalan sus recomendaciones y comentarios. Los Comités de Área nombrarán al menos dos evaluadores por cada proyecto, manteniendo en reserva la identidad de dichos evaluadores. Los evaluadores son seleccionados de un directorio de Evaluadores basándose en su competencia profesional y experiencia en relación con la materia del proyecto. A cada evaluador se le entregará el proyecto a evaluar, las bases del concurso, una pauta de evaluación y un contrato que deberá firmar si acepta evaluar. Este contrato contiene cláusulas relativas a la confidencialidad con respecto a la información contenida en el proyecto y a la verificación de inexistencia de conflicto de interés entre el evaluador y el proyecto. Se llevará un exhaustivo procedimiento de control de calidad de los evaluadores que será considerado en designaciones futuras. En caso que los dos evaluadores entreguen resultados contradictorios respecto a la iniciativa, el Comité de Área respectivo podrá enviar la postulación a un tercer evaluador. El directorio de Evaluadores de Proyectos se construirá sobre la base de las experiencias nacionales e internacionales (CONCYTEC, INCAGRO, otros programas semejantes) y de una o más convocatorias abiertas continuas para la inscripción de nuevos evaluadores a través de los medios masivos e Internet. Para ello, se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones: a) Para estar incluido en este directorio habrá que (i) demostrar suficiente

experiencia, certificando los trabajos y resultados obtenidos, (ii) presentar el currículum vitae.

b) Para recopilar estos datos, la UC confeccionará en Internet un formulario/16 único y simple que permita examinar con rapidez cada solicitud de inclusión en el directorio y clasificar a los evaluadores en las diferentes categorías definidas (áreas prioritarias, tipo de proyectos, etc.).

c) Los pagos a los evaluadores se realizará contra entrega y aceptación del informe de evaluación por parte del CA.

d) Desde el punto de vista de la preservación de la imparcialidad y transparencia, ningún evaluador podrá tener relación familiar o de negocios con el solicitante o conflicto de interés de ningún tipo, de tal manera que, al ser informado de su identidad, este deberá certificar que no le une ningún lazo que comprometa el análisis del proyecto a desarrollar o del servicio a prestar.

e) El evaluador se comprometerá bajo contrato a cumplir con plazos adecuados de desempeño del servicio definidos en los Términos de Referencia, atendiendo a los requisitos básicos de transparencia y legalidad que cualquier entidad le exigiría. En el caso que alguna de estas medidas de calidad se rompa, el evaluador será expulsado temporalmente o a perpetuidad del directorio.

f) Un mismo evaluador no podrá ejecutar, en total, más de 10 evaluaciones al año (para todos los componentes) ni más de 3 evaluaciones por convocatoria específica.

16/ En el formulario se le debe dar la opción a las instituciones (especialmente universidades y centros de

I&D para que incluyan un listado con evaluadores “vetados”, ya que tienen problemas personales o son competidores directos en la investigación respectiva. En caso que no haya evaluadores en el país, se buscarán árbitros en otros países que cumplan con los requisitos.

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TÍTULO III. DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 28º.- De las coordinaciones externas Para el desarrollo de sus funciones, la Unidad Coordinadora del Programa, puede establecer relaciones de coordinación con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras que coadyuven con el cumplimiento de los objetivos y fines del Programa. Artículo 29º.- De las relaciones funcionales La Unidad Coordinadora del Programa puede establecer y mantener relaciones funcionales con los órganos de la Presidencia del Consejo de Ministros y otras entidades del sector público y privado vinculadas con las actividades de su competencia.

TÍTULO IV. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Artículo 30º.- De los recursos Constituyen recursos económicos y financieros de la Unidad Coordinadora del Programa: a) Los recursos que se le asigna por la Ley General de Presupuesto del Sector

Público y sus modificatorias, por las Fuentes de Financiamiento de Tesoro Público y Endeudamiento Externo, así como las transferencias que se aprueben.

b) Los recursos propios captados u obtenidos como consecuencia de la ejecución de las actividades del Programa.

c) Otros recursos, por cualquier fuente, que se le asigne por disposición legal expresa.

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