profesor dr. antonio dominguez vila1 temas 1 y 2 derecho, estado y o.j. el sistema politico el...

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PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA 1 TEMAS 1 Y 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL SISTEMA POLITICO EL SISTEMA POLITICO: POLISEMIA DEL TERMINO “DERECHO” Ordenamiento Jurídico Derecho subjetivo Dogmática jurídica o doctrina La justicia Dimensiones del Derecho: Normativa, social y valorativa (Preámbulo y Art 1.1º de la CE)

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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA1 TEMAS 1 Y 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL SISTEMA POLITICO EL SISTEMA POLITICO: POLISEMIA DEL TERMINO DERECHO Ordenamiento Jurdico Derecho subjetivo Dogmtica jurdica o doctrina La justicia Dimensiones del Derecho: Normativa, social y valorativa (Prembulo y Art 1.1 de la CE)
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  • ESQUEMA DE LOS TEMAS 1 Y2 1. El sistema poltico. 2. El Derecho como sistema de ordenacin de la convivencia. 3. Derecho, Poltica y Estado 4. Las ramas del Ordenamiento jurdico 5. El Derecho Constitucional 6. Las normas jurdicas y sus caracteres. 7. El ordenamiento jurdico como sistema normativo 8. Conceptos jurdicos fundamentales. PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA2
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  • 3 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. EL SISTEMA POLITICO SISTEMA POLITICO INSTITUCIONES DE ORGANIZACIN SOCIO- POLITICA, EL ESTADO ORDENAMIENTO JURIDICO CONSTITUCION O. J. INFRACONSTITUCIONAL
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA4 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. EL SISTEMA POLITICO FINES DEL SISTEMA POLITICO: EL MANTENIMIENTO Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD A LA QUE CORRESPONDE (ESTADO-NACION) EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ EXTERNA E INTERNA CON EL MONOPOLIO DE LA RESOLUCION DE CONFLICTOS. EJERCICIO DE PODER POLITICO INCLUSO CON COERCION AUTONOMIA RESPECTO LOS OTROS SUB-SISTEMAS EL ECONOMICO EL FAMILIAR EL EDUCATIVO EL SOCIAL
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA5 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. EL SISTEMA POLITICO LEGITIMIDAD DEL SISTEMA POLITICO: DE ORIGEN--- PRINCIPIO DEMOCRATICO DE RESULTADO --POR EL PROPIO EJERCICIO DEL PODER SIN IMPORTAR SU PROCEDENCIA EJERCICIO DEL PODER MEDIANTE NORMAS JURIDICAS
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA6 TEMA I TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. EL DERECHO COMO ORDENACION DE LA CONVIVENCIA EL DERECHO COMO ORDENACION DE LA CONVIVENCIA: EL DERECHO ES: EL ORDENAMIENTO JURIDICO: PRODUCIDO POR LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA POLITICO CONFORME A LAS REGLAS ESTABLECIDAS POR LA CONSTITUCION LA COSTUMBRE Y OTRAS FUENTES
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA7 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. DERECHO POLITICA Y ESTADO DERECHO POLITICA Y ESTADO: EL ESTADO COMO ORGANIZACIN POLITICA EL DERECHO NACE DE LA LABOR DE LOS REPRESENTANTES POLITICOS PERO LES SUJETA TAMBIEN A ELLOS. LIMITE DE LA POLITICA EN EL DERECHO PRIMARIO: LA CONSTITUCION- SU DEFENSA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SU REFORMA EL CONCEPTO DE LA DEMOCRACIA MILITANTE. El TC Alemn: ninguna libertad para los enemigos de la libertad
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA8 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES.- Personas fsicas y personas jurdicas Capacidad jurdica y de obrar Derecho subjetivo Acto y hecho jurdico Relacin jurdica Sancin Jurdica Naturaleza Jurdica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA9 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS RAMAS DEL ORD. JDCO. DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO.- Derecho publico--------1 de legalidad o constitucionalidad. (intereses colectivos) Derecho Privado---------libertad de pactos (intereses privados)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA10 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS RAMAS DEL ORD. JDCO Derecho Publico: Solo esta permitido lo que esta expresamente regulado. ( vinculacin positiva a la legalidad) Derecho Privado: Est permitido todo lo que no est prohibido.(vinculacin negativa a la legalidad)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA11 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS RAMAS DEL ORD. JDCO Derecho Publico: relaciones entre los ciudadanos y los poderes pblicos. Relacin de subordinacin, posicin de desigualdad. Derecho Privado: relaciones de los ciudadanos entre si: posicin de igualdad. Pero siempre? Cuando hay abuso, correccin por los poderes pblicos
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA12 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS RAMAS DEL ORD. JDCO RAMAS DEL DERECHO: DERECHO PUBLICO: Derecho constitucional Derecho administrativo Derecho penal Derecho procesal Derecho financiero Derecho Internacional Publico Derecho del Trabajo o Laboral ????
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA13 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS RAMAS DEL ORD. JDCO DERECHO PRIVADO: Derecho Civil Derecho Mercantil Derecho Internacional Privado Derecho del Trabajo
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA14 TEMA I DERECHO, ESTADO Y O.J. EL DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO DERECHO CONSTITUCIONAL COMO DERECHO PUBLICO. EL DERECHO CONSTITUCIONAL COMO EL PRIMER DERECHO PUBLICO INTERNO EL CONSTITUCIONALISMO
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA15 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- Tipos de Normas sociales: Reglas, Directrices o Normas Tcnicas y Prescripciones El Derecho se exterioriza por medio de normas Normas no aisladas Ordenamiento Jurdico o Sistema Normativo
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA16 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- CLASES DE NORMAS : ESCRITAS : LAS LEYES -PRIMARIAS Y SECUNDARIAS: *LA CONSTITUCION, LOS TRATADOS DE LA UE *LAS LEYES, LOS REGLAMENTOS, LOS TRATADOS INTERNACIONALES -NORMAS NO ESCRITAS: *LA JURISPRUDENCIA *LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO *LA COSTUMBRE
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA17 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- Normas Concepto.-Todos los enunciados o proposiciones prescriptivas que en una sociedad determinada son utilizados como criterios para la resolucin de conflictos jurdicos Normas escritas: Estatalidad Generalidad y permanencia Unidad formal Unilateralidad Imperatividad o coercibilidad Carcter proposicional
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA18 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- Vigencia de la norma: tiene que ver con la aplicacin en un tiempo determinado de la norma jurdica Validez de la norma: hace referencia a su aprobacin conforme a las reglas de produccin jurdica y el respeto en general a las normas con rango superior Eficacia de la norma: depende de la aplicacin concreta de la norma a un caso en concreto.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA19 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. LAS NORMAS JURIDICAS Y SUS CARACTERES.- Situacin actual.- Hipertrofia de la norma escrita Absorcin por el ejecutivo de la produccin normativa Ruptura del modelo clsico de las normas Normas no escritas: La costumbre Los principios Generales del Dcho La jurisprudencia La doctrina cientifica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA20 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO.- Sistema.-Un complejo de elementos interactivos que forman una totalidad articulada y dinmica, autorregulada, abierta y plural. OJ: conjunto sustantivo de normas vlidas cuyos caracteres son la unidad, la coherencia y la plenitud
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA21 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO Reglas del sistema: Unidad Supremaca de la Constitucin 1 Seguridad Jurdica Pluralidad de fuentes Sistematicidad Coherencia: Jerarquia, Competencia, Prevalencia, Especialidad Plenitud: Autointegracin Heterogeneidad
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA22 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO Relaciones internormativas: Jerarqua Normativa Contenido material Ambito de actuacin Competencia Procedimiento Sucesin cronolgica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA23 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO La aplicacin de la norma jurdica en el tiempo: - La retroactividad de las normas (la aplicacin de la normas a supuestos de hecho anteriores a su entrada en vigor). - La ultraactividad de las normas (la posible aplicacin de la norma jurdica despus de ser derogada)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA24 TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO Relaciones entre Subsistemas normativos: 1 Separacin 1 de Cooperacin Relacin de Supremaca Relacin de Prevalencia Relacin de Supletoriedad
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J conjunto de normas organizadas de un Poder Pblico Caractersticas - Unidad - Coherencia - Plenitud
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La UNIDAD Significa que la legitimidad del resto de las normas y poderes pblicos deriva de la que le otorga una nica norma: La Constitucin
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La coherencia: Significa que no pueden existir contradicciones entre las normas jurdicas Si existiesen contradicciones se resuelven con los siguientes sistemas: - criterio de jerarqua - criterio competencial - criterio cronolgico - criterio de especialidad
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Criterio de Jerarqua: La norma de rango inferior no puede contradecir a la norma de rango superior: Constitucin Tratado Internacional Ley (normas con rango de ley) Reglamento
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Razn del rango otorgado a cada norma (en funcin de su relacin con el pueblo) a)Constitucin (aprobada por el pueblo directamente) b)Ley (aprobada por los representantes directos del pueblo: Parlamentos) c)Reglamentos (aprobados por el gobierno: representacin secundaria o indirecta del pueblo)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J El criterio competencial: Ser nula la norma dictada por el poder pblico que no sea competente para regular la materia: Materias del EstadoMaterias de las CC.AA. 149.1 C.E.148 C.E.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J
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  • Criterio temporal: La norma posterior deroga a la norma anterior: Ley 1958 --------------------- Ley 2009 (derogada)(vigente)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Criterio de especialidad: En caso de contradiccin se utiliza la norma que de forma ms especfica regula el hecho en concreto.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Plenitud: El ordenamiento jurdico debe dar respuesta a todos los posibles conflictos que se puedan presentar. En el supuesto de que no exista norma jurdica para un caso se utiliza: -la analoga -valores y principios generales del derecho -jurisprudencia
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La analoga: Es la aplicacin de una norma jurdica a un supuesto de hecho para el cual no estaba ideada, pero respecto del cual tiene una semejanza en su naturaleza.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Los principios generales del derecho: Los principios generales del Derecho son los enunciados normativos ms generales que, sin prejuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurdico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de l, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Los principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la funcin creativa, la funcin interpretativa, y la funcin integradora. La funcin creativa establece que antes de promulgar la norma jurdica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivizarlos. La funcin interpretativa implica que al interpretar la norma, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretacin. La funcin integradora significa que quien va a colmar un vaco legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermtico.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Se tiene que dar la communis opinio de los operadores jurdicos sobre la existencia de lasreglas que integran los principios generales del derecho Los principios generales del Derecho: Artculo 1.4 C. Civil: Los principios generales del derecho se aplicarn en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carcter informador del ordenamiento jurdico.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La jurisprudencia: Se entiende por jurisprudencia a las reiteradas interpretaciones que hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones de las normas jurdicas normas jurdicas
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Esta obligacin de seguir, por parte de los tribunales inferiores las doctrinas de los tribunales superiores se puede ver en las siguientes normas de nuestro ordenamiento jurdico: a) En primer lugar el artculo 5 de la Ley Orgnica del Poder Judicial que establece que la Constitucin es la norma suprema del Ordenamiento Jurdico, y vincula a todos los jueces y tribunales, quienes interpretarn y aplicarn las Leyes y los reglamentos segn los preceptos y principios Constitucionales, conforme a la interpretacin de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos.Constitucin b) En segundo lugar en las leyes de enjuiciamiento en donde se regula el recurso de casacin, siendo uno de estos motivos el no haber seguido la doctrina del Tribunal Supremo en la aplicacin de las normas. As por ejemplo el artculo 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que se puede recurrir en casacin cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La Real Academia Espaola define el Derecho como el conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva. Tal y como seala el constitucionalista Ignacio de Otto la expresin fuentes del derecho alude, como indica el significado comn del trmino fuentes, a aquello de lo que el Derecho procede, al origen de las normas jurdicas. Posibles significados: como origen de la norma (como se incorporan al ordenamiento jurdico)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J 1. Fuentes directas: - Escritas: la Constitucin y las leyes, entendidas stas en un sentido amplio, que incluye toda norma escrita: leyes, reglamentos, normas del Derecho Comunitario... - No escritas: la costumbre y los principios generales del Derecho. 2. Fuentes indirectas: La jurisprudencia, la Doctrina cientfica.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Teora de las Fuentes segn el cdigo civil La Ley, la costumbre y los principios generales del derecho Teora limitada (es anterior a la Constitucin)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J La costumbre: segn el artculo1.3 del cdigo civil: solo regir en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden pblico y resulte probada. La costumbre: la conducta reiterada en el tiempo.
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Teora de las fuentes hoy: La Constitucin Los Tratados internacionales Las normas con rango de ley (normalmente dictadas por el Parlamento) Las normas con rango reglamentario (normalmente dictadas por el gobierno)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Derogacin por la Constitucin de la teora de fuentes del derecho contenida en el Cdigo Civil: -Disposicin derogatoria: se deroga cualquier disposicin contraria a la Constitucin. -Art. 9 C.E. (vinculacin con la Constitucin y jerarqua normativa)
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  • TEMA 2 DERECHO,ESTADO Y O.J Posible origen de las normas con rango de ley: - origen habitual (Parlamentos) - origen excepcional (Gobierno): Decretos ley y decretos legislativos
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA49 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO LAS FUENTES DEL DERECHO. INTRODUCCION.- Concepto de Fuente del Dcho Revolucin en el sistema de fuentes clsico: La Constitucin y el Derecho Eurocomunitario La Organizacin territorial del Estado Triple perspectiva sobre las fuentes: F. de produccin F. sobre la produccin Formas de expresin de la norma jurdica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA50 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO Principios constitucionales de las F. del D.: art. 9 y 10 y valores del art.1.1 CE: Jerarqua normativa Competencia Seguridad Jurdica 1 Confianza Legtima 1 Eficacia del OJ 1 de constitucionalidad y de legalidad Interdiccin de la arbitrariedad Responsabilidad
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA51 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA NORMATIVO Principios constitucionales de las F. del D.: art. 9 y 10 y valores del art.1.1 CE: La irretroactividad: segn el artculo 9.3 de la Constitucin se proclama la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos Interpretacin a sensu contrario: Las que s son favorables s tienen retroactividad. Regla general: las normas solo se aplican a hechos posteriores a su entrada en vigor.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA52 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. BIBLIOGRAFIA: ISIDRO MOLAS CAPT I DCHO CONSTITUCIONAL PABLO LUCAS VERDU, MANUAL DE DCHO POLITICO T I, PARTE 1I APARTADOS 1 A 3 LOPEZ GUERRA CAPT I apt. 1, Introduccin al Derecho Constitucional ALVAREZ VELEZ I. Y OTROS, LECCIONES DE DCHO CONST TEMA I APT 1.1 SANTAOLAYA LOPEZ F. DCHO CONSTITUCIONAL, CAPT I, APT 1 A 6
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA53 TEMA 2 DERECHO, ESTADO Y O.J. BIBLIOGRAFIA BALAGUER CALLEJON Y OTROS DERECHO CONSTITUCIONAL T. I SANTAMARIA PASTOR J., Principios de Dcho. Administrativo General. T I CAPT III J. PEREZ ROYO, DERECHO CONSTITUCIONAL
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  • TEMAS 3 Y 4 BIBLIOGRAFIA DERECHO POLITICO ESPAOL T 1, CAPTS II A IV Oscar Alzaga Villaamil y otros. Ed 2007 o ss EL ESTADO CONSTITUCIONAL CAPTS 6 Y 7 Remedio Snchez Ferriz, Ed 2009 o ss. DERECHO CONSTITUCIONAL FERNANDO SANTAOLAYA LOPEZ, CAPTS 2 A 9 PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA54
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  • ESQUEMA DEL TEMA 3 1. Definicin y caracterizacin del Estado. 2. Origen y crisis del Estado. 3. El Estado como persona jurdica. LOS ELEMENTOS DEL ESTADO. 1. El pueblo y los conceptos afines de nacin y de nacionalidad. 2. La soberana como cualidad jurdica del poder del Estado. 3. El territorio: significacin constitucional. LAS UNIONES DE ESTADOS. LA UNION EUROPEA 1. Las Confederaciones y otras formas clsicas. 2. La Comunidad britnica de Naciones y otras formas de uniones de Estados. 3. La Unin Europea. LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS. 1. La separacin de poderes en el Estado constitucional. 2. rganos constitucionales y otras figuras organizativas. 3. Las funciones fundamentales del Estado. PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA55
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA56 TEMA 3 TEORIA DEL EL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES DEFINICIN Y CARACTERIZACIN DEL ESTADO.- Definicin y caracterizacin del Estado.- CARCTER ANFIBIOLOGICO O POLISMICO DEL TERMINO ESTADO ESTADO COMO ORG POLITICA DEL GOB DE UNA NACION ESTADO COMO DIVISION SUBESTATAL DEL PODER TERRITORIAL ESTADO COMO ORG POLITICA CENTRAL DE LA NACION
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA57 TEMA 3 TEORIA DEL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES ORIGEN Y CRISIS DEL ESTADO ORIGEN DEL ESTADO: REVOLUCION INGLESA S.XVII.- CARTA MAGNA 1215 PETITION OF RIGHTS 1628 AGREEMENT OF THE FREE PEOPLE 1649 INSTRUMENT OF GOVERNMENT 1643 HABEAS CORPUS ACT 1659 BILL OF RIGHTS 1689 ACT OF SETTLEMENT 1701
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA58 TEMA 3 TEORIA DEL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES ORIGEN DEL ESTADO CONSTITUCIONAL REVOLUCIONES DEL SIGLO XVIII: INDEPENDENCIA DE LOS EE UU CONSTITUCION DE LOS EEUU de 1787 REVOLUCION FRANCESA DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO 1789 ESPAA, SIGLO XIX CONSTITUCION DE CADIZ DE 1812.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA59 TEMA 3 EL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES ORIGEN DEL ESTADO www.der.uva.es www.constitucion.rediris.es http://ocw.uniovi.es/ocw/ http://portu.der.uva.es/constitucional/verdu go/matriz.htm
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA60 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO CONCEPTO DE ESTADO: UN GRUPO SOCIAL DE BASE TERRITORIAL FIJA, ORDENADO ESTABLEMENTE EN TORNO A UN PODER PROPIO QUE NO SOLO NO DEPENDE DE NINGUN PODER SUPERIOR ES DECIR INDEPENDIENTE U ORIGINARIO- SINO QUE ADEMAS SE AFIRMA DENTRO DE SU AMBITO TERRITORIAL COMO SUPERIOR A CUALQUIER OTRO PODER (GUMERSINDO TRUJILLO) COMUNIDAD ASENTADA SOBRE UN TERRITORIO CON UN GOBIERNO Y UN ORDENAMIENTO JURIDICO PROPIO ORIGINARIO, Y SOBERANO (LAVAGNA)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA61.- TEMA 3 EL ESTADO DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO Factores que determinan la aparicin del Estado -Concentracin del poder en mano del monarca o rey absoluto. La dispersin del poder propia del feudalismo desaparece, se concentra todo el poder en una sola persona. -Secularizacin del poder. Si bien ste es un fenmeno largo tambin lo es irreversible, producindose una clara separacin entre el poder religioso y el poder poltico. -Determinacin territorial del poder. El poder se ejerce sobre los habitantes de un territorio determinado, siendo sus fronteras lo que determina los lmites de dicho poder. -Aparece el concepto de Estado soberano en el sentido de independiente de otros poderes internacionales -Creacin de un cuerpo de funcionarios, del Ejercito al servicio del Monarca
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA62 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO El Estado Absolutista es una forma de Estado en la que el detentador del poder lo ejerce sin dependencia o control por parte de otras instancias, superiores o inferiores. Inexistencia de derechos y de ciudadanos. Existen privilegios y sbditos Inexistencia de separacin de poderes
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA63 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO El ESTADO PATRIMONIAL: Visin patrimonialista del Estado. El Estado es propiedad del monarca El ESTADO POLICA: la polica se identifica con la accin de conservacin del orden pblico, entendido en un sentido amplio, mediante la tcnica de las limitaciones a la libre iniciativa de los ciudadanos.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA64 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO CUALQUIER CLASE DE ESTADO EL ESTADO EUROATLANTICO EL ESTADO CONSTITUCIONAL EL ESTADO DE DERECHO. Art. 1 DE LA CONSTITUCIN ESPAOLA DE 1978
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA65 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO EL ESTADO DE DERECHO: ESTADO LIBERAL: DEMOCRATICO DE DERECHO. ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO NUEVOS PERFILES DE LOS ESTADOS EN EL S. XXI, crisis de la soberana: Globalizacin econmica Poderes supraestatales Interdependencia de los relaciones interestatales
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA66 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO: EL PUEBLO: Conjunto de personas que se encuentran unidas al Estado por un conjunto de relaciones jurdicas. consecuencia---la nacionalidad. Adquisicin de la Nacionalidad: Ius sanguinis Ius solis
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA67 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO PUEBLO Y POBLACION.- PADRON DE HABITANTES.(ley reguladora de las bases del rgimen local. 7/1985 de 2 de abril y reglamento de poblacin y demarcacin territorial RD 1690/1986 de 11 de junio CENSO ELECTORAL (ley organica 5/1985 de 19 e junio del regimen electoral general) CONCEPTO DE CUERPO ELECTORAL FINES ESTADISTICOS Y FINANCIEROS
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA68 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO PUEBLO Y NACION: PLANO HCO-SOCIOLOGICO Sentimiento nacional-imaginacin Factores histricos, culturales, religiosos, tnicos PLANO JURIDICO-CONSTITUCIONAL. ACCION UNIFICADORA DEL ESTADO INTERNO INTERNACIONAL NACION Y NACIONALIDAD
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA69 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO CONSTITUCION ESPAOLA.- PREAMBULO, ARTS 1 Y 2 ART. 66.1 ART. 117.1 SOBERANIA Y AUTONOMIA Art. 2 Titulo VIII CARACTERISTICAS DE LA SOBERANIA: ASPECTOS EXTERNOS ASPECTOS INTERNOS
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA70 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO FUNDAMENTOS DE SU LEGITIMIDAD Soberana divina S. providencial Contrato social legitimista Estado constitucional TITULARIDAD Y LIMITES DEL PODER SOBERANO Democracia representativa Democracia directa/mecanismo de participacin popular: Arts- 23, 92, 167, 168, 151, 149.132
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  • TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO REGULACION DE LA NACIONALIDAD (civil) ARTS. 11 Y 13 CONSTITUCION ESPAOLA PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA71
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  • TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO EL TERRITORIO.- TEORIA OBJETIVA Dominio tilequiv a la prop. (132.1 CE) Dominio Eminente(132.2 CE) T SUBJETIVA Derecho sobre si mismo iura inse ipso T DEL AMBITO ESPACIAL Ambito espacial del poder de un Estado. El territ. Es el mbito de ejercicio del poder del Estado PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA72
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA73 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS AMBITOS TERRITORIALES: EL SUELO El subsuelo EL MAR EL MAR TERRITORIAL 12 millas. ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA 200 millas PLATAFORMA CONTINENTAL (lecho y subsuelo) EL MAR EXTERIOR Aguas archipielgicas Aguas interiores Subsuelo y columna atmosterica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA74 TEMA 3 EL ESTADO LOS ELEMENTOS DEL ESTADO PODERES SOBRE EL TERRITORIO: EXTRATERRITORIALIDAD Sedes diplomticas Barcos o aeronaves en navegacin Aviones ext militares en tierra Barcos ext militares en puertos ULTRA TERRITORIALIDAD Embajadas en Espaa INMUNIDAD
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  • REFERENCIAS CONSTITUCIONALES: ART. 2.- UNIDAD NACIN ESPAOLA ART. 8.- LAS FF AA DEFENSA INTEGRIDAD TERRIT. ART 94.1.C) TRATADOS INT. AFECTEN INTEGRIDAD TERRIT. ART. 144.B) GIBRALTAR ( CEUTA Y MELILLA D.T. 5) PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA75
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA76 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO Carcter polismico del trmino. Distinguir los planos de la estructura y actuacin del E. Tres planos: ESTADO-APARATO O ESTADO-GOBIERNO ESTADO-SUJETO O ESTADO-PERSONA JURIDICA (interna matizar-; o internacional) ESTADO-COMUNIDAD
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA77 TEMA 3 EL ESTADO.- DEFINICION Y CARACTERIZACION DEL ESTADO EL ESTADO-ORDENAMIENTO.- En su conjunto ELEMENTOS: PUEBLO TERRITORIO SOBERANIA (ORGANIZACIN DEL ESTADO ) ARTS CE.-56.1, 63.2, 94.1. ARTS CE: 1.1, 4.1, 8, 96
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA78 TEMA 3 EL ESTADO.- ESTADO-GOBIERNO O APARATO: ORGANOS CONSTITUCIONALES Y SUS APARATOS BUROCRATICOS: PODER LEGISLATIVO-CORTES GOBIERNO PODER JUDICIAL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ORGANOS DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL DEFENSOR DEL PUEBLO, CONSEJO DE ESTADO TRIBUNAL DE CUENTAS ETC
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA79 TEMA 3 EL ESTADO.- EL E. COMO PERSONA JURIDICA PERSONALIDAD DEL ESTADO: LA PERSONA JURIDICA TEORIA DE LA REPRESENTACION TEORIA DE LA RELACION ORGANICA O TEORIA DEL ORGANO rganos constitucionales o de relevancia constitucional CAPACIDAD JURIDICA CAPACIDAD DE OBRAR
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA80 TEMA 3 EL ESTADO EL E. COMO PERSONA JURIDICA LA PERSONALIDAD JDCA PERMITE (ARTS 106.2 Y 121 CE): DISTINGUIR ENTRE LA PERSONA FISICA Y SU CONDICION DE TITULAR DEL ORGANO ACTUAR EL ESTADO POR LA AUTORIDAD EL PODER NO ES PATRIMONIO DE UNA PERSONA CONCRETA SINO DE LA P J EL E. ACTUA EN EL TRAFICO JDCO ES TITULAR DE PATRIMONIO PROPIO A efectos internos, pers. jdca. De cada uno de sus poderes: Administracin, Parlamento, Poder Juducial
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA81 TEMA 3 EL ESTADO EL E. COMO PERSONA JURIDICA ESTADO COMUNIDAD: DIVISION TERRITORIAL DEL PODER: Comunidades autnomas Administraciones locales SUJETOS QUE EJERCEN FUNCIONES PUBLICAS: Partidos Polticos Sindicatos y Patronales LA SOCIEDAD CIVIL LOS CIUDADANOS
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  • TEMA 3 EL ESTADO LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS LA SEPARACION DE PODERES Y EL ESTADO CONSTITUCIONAL.- Montesquieu, S. XVIII Cada funcin del Estado asignada a un rgano. Resultado: Control, freno y contrapeso Separacin de poderes y formas de gobierno PRESIDENCIALISTA PARLAMENTARIO Separacin de poderes y poder moderador, Separacin de poderes y partidos pol. Separacin de poderes y divisin territorial del poder PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA82
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  • TEMA 3 EL ESTADO LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS CRITERIOS dialecticos en LA DIVISION DE PODERES: Poder constituyente y constituido Relacin Estado-Sociedad (poder-Derechos indiv) Divisin horizontal del poder (Cortes, Gobierno, Poder Judicial) Divisin vertical del poder Estado, CCAA Municipios Poder corrector TC Pueblo: opinin publica y elecciones Poder moderador Monarca PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA83
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA84 TEMA 3 EL ESTADO LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS ORGANOS CONSTITUCIONALES Y OTRAS FIGURAS ORG. T DEL ORGANO Elementos subjetivos-las personas fsicas Elementos objetivos-las atribuciones TITULARIDAD DE LOS ORGANOS Por indicacin normativa, por seleccin por eleccin. CLASIFICACION DE LOS ORGANOS rganos constitucionales y rganos de relevancia constitucional rganos individuales y colegiados Representativos y no representativos Externos e internos Activos, consultivos y de control
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA85 TEMA 3 EL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS Simples y complejos Permanentes y temporales Centrales, autonmicos y locales Territoriales e institucionales Entes constitucionales y otras figuras organizativas : Pblicos: municipios provincias regiones Privados: partidos polticos sindicatos, patronales
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  • TEMA 3 EL ESTADO CONSIDERACIONES GENERALES LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS LAS FUNCIONES FUNDAMENTALES DEL ESTADO: LEGISLATIVA Constituyente y reformadora de la C. Legislativa ordinaria Legislativa excepcional: gubernativa EJECUTIVA.- Gobierno y Adminstracin JUDICIAL Jurisdiccional CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD, EL TC PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA86
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  • ESQUEMA FORMAS DE ESTADO 1. Formas de Estado y formas de Gobierno. 2. El Estado absoluto, el Estado comunista y el Estado fascista. 3. El Estado Democrtico de Derecho, liberal y social. 4. Los Estados totalitarios al comienzo del S. XXI. 1. Las Confederaciones y otras formas clsicas. 2. La Comunidad britnica de Naciones y otras formas de uniones de Estados. 3. La Unin Europea. LAS FORMAS DE ESTADO SEGN SU ORGANIZACIN TERRITORIAL. 1. El Estado unitario. 2. El Estado federal. 3. Estado autonmico y su identidad constitucional. PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA87
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  • Formas de Estado y Formas de Gobierno Elementos del Estado: Poder Pueblo Territorio
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  • Formas de Estado Clasificaciones de Formas de Estado en funcin de las relaciones entre los elementos del Estado Relaciones Poder Pueblo Relaciones Poder Territorio
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  • Formas de Gobierno Clasificaciones en funcin de las relaciones entre los rganos del Estado (En funcin de las relaciones ms o menos fluidas entre el Parlamento y el Gobierno y las caractersticas del Poder Ejecutivo)
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  • Formas de Estado En funcin de la relacin PODER PUEBLO (En funcin del mayor o menor reconocimiento de derechos al pueblo) Desde el punto de vista histrico -Estado absoluto -Estado liberal -Estado social y democrtico de derecho
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  • Formas de Estado En funcin de la sumisin del Estado al Derecho -Estado de derecho (El poder est limitado por el ordenamiento jurdico) -Estado totalitario (Sin sumisin a derecho: El Estado interviene en toda la vida social, existe un partido nico: ejemplo: Alemania Nazi)
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  • Forma de Estado En funcin de la participacin del pueblo en los poderes pblicos -Estados democrticos -Estados autocrticos
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  • Formas de Estado En funcin de la intervencin del Estado en la sociedad y en la economa -Estado liberal (abstencionistas) -Estado social (intervencionista)
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  • Formas de Estado En funcin de la relacin PODER TERRITORIO Estado unitario Estado descentralizado Estado federal
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  • Formas de Gobierno Clasificaciones en funcin de: - la estructura del Poder Ejecutivo - en funcin de la separacin ms rgida o flexible de poderes entre el Legislativo y Ejecutivo - en funcin de la eleccin de la Jefatura del Estado
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  • Formas de Gobierno En funcin de la eleccin mediante elecciones de rganos del Poder Ejecutivo: - Sistemas Presidencialistas: Eleccin popular del Presidente - Repblicas: Eleccin popular del Jefe del Estado - Monarquas: Designacin del Jefe del Estado mediante sucesin dinstica
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  • Forma de Gobierno En funcin de la eleccin de la Jefatura del Estado: -Monarquas -Repblicas
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  • Formas de Gobierno En funcin de la estructura del Poder Ejecutivo - Sistemas Parlamentarios (dualidad entre Jefe de Estado y Jefe de Gobierno) - Sistemas Presidencialistas (unificacin de las dos figuras anteriores en una sola: El Presidente) - Sistema directorial (El gobierno es un rgano colegiado elegido por el Parlamento y como parte de ste)
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  • Formas de Gobierno En funcin de la separacin ms rgida o flexible de poderes entre el Legislativo y Ejecutivo - Sistemas Presidencialistas (separacin rgida de poderes) - Sistemas Parlamentario (separacin flexible de poderes)
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  • Formas de Gobierno Sistema PRESIDENCIALISTAS (Separacin rgida de poderes) -El Parlamento no elige al Presidente -El Parlamento no lo controla polticamente -El Gobierno no tiene iniciativa legislativa ante el Parlamento -El Gobierno no tiene capacidad de disolver las Cmaras
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  • Formas de Gobierno Sistemas Parlamentarios (Separacin flexible de poderes) -El Parlamento elige y puede cesar al Presidente del Gobierno -El Parlamento controla polticamente al Gobierno -El Gobierno s tiene iniciativa Legislativa ante el Parlamento -El Gobierno puede disolver las Cmaras y convocar elecciones.
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  • ESPAA Forma de Estado - Estado social y democrtico de derecho - Estado autonmico Forma de Gobierno - Monarqua Parlamentaria
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  • Ejemplos Estado Presidencialista: EE.UU, Mjico, Argentina, Chile, Uruguay, Colombia Estados Parlamentaristas: Espaa, Francia, Italia, Reino Unido
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  • Ejemplos Monarquas: Espaa, Reino Unido, Blgica, Suecia, Holanda, Noruega Repblicas: Francia, Italia, Portugal, Irlanda, Alemania, Polonia
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  • Ejemplos Estados unitarios: Francia, Irlanda, Japn, Noruega Estados descentralizados: Espaa (17 CC.AA.), Reino Unido (Escocia, Gales, Irlanda del Norte), Italia (Cerdea, Sicilia, etc) Estados Federales: EE.UU., Mjico, Alemania, Australia
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  • El Estado Absoluto Factores que determinan la aparicin del Estado -Concentracin del poder en mano del monarca o rey absoluto. La dispersin del poder propia del feudalismo desaparece, se concentra todo el poder en una sola persona. -Secularizacin del poder. Si bien ste es un fenmeno largo tambin lo es irreversible, producindose una clara separacin entre el poder religioso y el poder poltico. -Determinacin territorial del poder. El poder se ejerce sobre los habitantes de un territorio determinado, siendo sus fronteras lo que determina los lmites de dicho poder. -Aparece el concepto de Estado soberano en el sentido de independiente de otros poderes internacionales -Creacin de un cuerpo de funcionarios, del Ejercito al servicio del Monarca
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  • El Estado absoluto El Estado Absolutista es una forma de Estado en la que el detentador del poder lo ejerce sin dependencia o control por parte de otras instancias, superiores o inferiores. Inexistencia de derechos y de ciudadanos. Existen privilegios y sbditos Inexistencia de separacin de poderes
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  • El Estado Absoluto (Evolucin o fases) El ESTADO PATRIMONIAL: Visin patrimonialista del Estado. El Estado es propiedad del monarca El ESTADO POLICA: la polica se identifica con la accin de conservacin del orden pblico, entendido en un sentido amplio, mediante la tcnica de las limitaciones a la libre iniciativa de los ciudadanos.
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  • Estado comunista Origen terico: - establecimiento de una sociedad sin clases - propiedad estatal de todos los medios de produccin. - inexistencia de propiedad privada - elevacin al poder de la clase trabajadora Estados: - Antigua URSS - China - Corea del Norte - Cuba
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  • Estado Comunista FASES: Socialismo utpico: El comunismo como tradicin poltica e ideolgica surge durante el gobierno del Directorio (1795-1799) en la Francia revolucionaria. Babeuf lleva a cabo la "Conspiracin de los Iguales", la primera accin revolucionaria llevada a cabo en nombre de una ideologia comunista. Propona la eliminacin de la propiedad privada, la instauracin de la propiedad comunitaria para asegurar la nica y verdadera igualdad, no solo politica, sino tambin economica. Las ideas comunistas prosiguieron su desarrollo a partir del llamado socialismo utpico, cuyos principales exponentes son Roberto Owen, Charles Pourier. Robert Owen fue el primer autor en considerar que el valor de los productos deba medirse con base al trabajo incorporado a ellos, y no al valor en dinero que se les atribuye. Charles Fourier fue el primero en proponer la abolicin del capitalismo para la formacin de una sociedad comunista.Charles Fourier
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  • Estado Comunista La Primera Internacional (PI, formalmente la Asociacin Internacional de los Hombres Trabajadores) fue la primera que intent reunir a los sindicatos y a los partidos asociados a la clase trabajadora. Fue fundada en Londres durante una reunin entre trabajadores llevada a cabo en Saint Martin's Hall. Su primer congreso se llev a cabo en 1866 en Ginebra.Primera InternacionalsindicatospartidosLondres1866Ginebra Tras varios fracasos por refundar la Primera Internacional, se fund en 1889 la Segunda Internacional (SI) que agrup a diversos partidos socialistas y laboristas. La SI es parte de la historia del comunismo nicamente en referencia a los grupos al interior de sta que luego formaron la Tercera Internacional debido a su carcter eminentemente socialdemcrata. La SI se disolvi en 1916 despus del inicio de la Primera Guerra Mundial. 1889Segunda Internacional socialistaslaboristas socialdemcrata1916Primera Guerra Mundial Al disolverse la Segunda Internacional los grupos socialistas revolucionarios que se haban opuesto a la Primera Guerra Mundial convocaron a la Conferencia de Zimmerwald en septiembre de 1915 y a la Conferencia de Kienthal en abril de 1916. Estas conferencias fueron el antecedente directo de la Tercera Internacional tambin conocida por su abreviatura en ruso KominternSegunda InternacionalPrimera Guerra MundialConferencia de Zimmerwald Conferencia de KienthalTercera Internacionalruso
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  • Estado comunista La instauracin de una dictadura del proletariado;dictadura del proletariado El poder por parte de la vanguardia del proletariado; proletariado La expropiacin de la burguesa y la supresin de la propiedad privada; Atesmo; Atesmo La nacionalizacin o estatalizacin de la propiedad; Un gobierno que suprimira las clases sociales.clases sociales
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  • Estado comunista Crticas: - Deriv en un modelo de estado totalitario - Imposibilidad de consecucin de objetivos - Violacin sistemtica de derechos fundamentales - Crisis econmica generalizada
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  • Estado fascista es una ideologa y un movimiento poltico que surgi en la Europa de entreguerras (1918 1939)1918 1939 Su proyecto poltico es instaurar una forma de estado totalitario. su base intelectual plantea una sumisin de la razn a la voluntad gobernante Se basa en un nacionalismo fuertemente identitario con componentes victimistas que conducen a la violencia contra los que se definen como enemigos por un eficaz aparato de propaganda
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  • Estado fascista Ejemplos: - Alemania Nazi: Alemania del III Reich de Adolf Hitler (1933). - Italia: Italia fascista de Benito Mussolini (1922) - Espaa: Francisco Franco
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  • Estado fascista Caso de la Alemania Nazi: - Respecto del Nacionalsocialismo, se conoce como nazismo alemn, fundado y guiado por Adolfo Hitler despus de la I Guerra Mundial. - La aparicin de un eficaz agitador de masas, como Hitler, fue suficiente para que tomara cuerpo la ideologa nacionalsocialista que supone una concepcin global del mundo en la que las palabras claves son: nacin, raza, espacio vital, la comunidad del pueblo (Volk), el lder o Fhrer, autoridad, sangre y tierra, guerra. - Lo que Hitler pretende desde el principio es la ampliacin del territorio del Estado y, sobre todo, el protagonismo del Estado alemn en una idea imperialista presidida por la idea de la superioridad biolgica de unas razas sobre otras y, por supuesto, partiendo de que la raza superior es la aria. - El Rgimen no hizo sino aplicar en la prctica los principios y fines ideolgicos a que nos acabamos de referir, tanto en poltica interior como en poltica exterior. A controlar en forma totalitaria el poder interior y a aplicar las doctrinas racistas, se dedicaron todos los recursos del pas; como tambin, a probar la hegemona alemana en Europa, anexionndose un vasto territorio, principal mente en el este.
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  • Estado Fascista Por lo que respecta al fascismo italiano: - se debe decir que por fascismo se viene entendiendo el rgimen autoritario que se caracteriza por el monopolio de la representacin poltica que queda en manos de un partido de masas nico, jerrquicamente estructurado y organizado. - Su ideologa se funda en el culto al lder, en la exaltacin de la colectividad nacional y en el desprecio de los valores tpicos del individualismo liberal, en el ideal de la colaboracin interclasista, frente a las ideas socialistas y comunistas y en el establecimiento de un ordenamiento de tipo corporativo. - El fascismo se caracteriza tambin por sus intentos de expansin imperialista, por la movilizacin de las masas y su encuadramiento en organizaciones que se ocupan de lograr la socializacin poltica planificada en beneficio del Rgimen, por la anulacin de todo lo que signifique oposicin, incluso con el uso de la violencia terrorista, por un aparato de propaganda que se ejerce controlando toda informacin de los medios de comunicacin de masas, por un amplio dirigismo estatal en lo econmico y por el intento de integrar en las estructuras que controla el Partido o el Estado todas las relaciones que puedan desarrollarse en la sociedad, ya sean econmicas, polticas o culturales.
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  • El Estado Liberal Revoluciones liberales: - revolucin de independencia de EE.UU. - revolucin francesa. Principales hitos - Surgimiento de la Constitucin - Surgimiento de las declaraciones de derechos - Surgimiento de la separacin de poderes
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  • Revolucin Norteamericana Origen: Incremento de impuestos por la metrpoli. Principales acontecimientos: La Declaracin de Independencia de los Estados Unidos es un acuerdo de 1776, por el cual las Trece Colonias inglesas en Norteamrica, entonces en guerra contra Gran Bretaa y declararon su independencia de este reino. y explicaron sus razones para esta accin.Estados UnidosTrece Colonias Posteriormente se promulg La Declaracin de Derechos de Virginia del 12 de junio de 1776 que est considerada la primera declaracin de derechos humanos moderna de la historia. Fue adoptada unnimemente por la Convencin de Delegados de Virginia como parte de la Constitucin de Virginia.12 de junio1776derechos humanosConstitucin de Virginia La Constitucin de los Estados Unidos es la ley suprema de los Estados Unidos de Amrica. Fue adoptada en su forma original el 17 de septiembre de 1787 por la Convencin Constitucional de Filadelfia, Pensilvania y luego ratificada por el pueblo en convenciones en cada Estado.ley suprema Estados Unidos de Amrica 17 de septiembre1787Convencin Constitucional Filadelfia, Pensilvania
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  • Revolucin francesa - En 14 de Julio de 1789, la burguesa se vio apoyada por un gran sector explotado por la nobleza, los campesinos, que en medio de una agitada multitud revolucionaria formada por hombres y mujeres, saturados de injusticias y de hambre, se dirigen violentamente a la Bastilla, smbolo del rgimen absolutista. - Producto de esa revolucin es la declaracin de derechos del hombre y del ciudadano.
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  • Estado liberal Caractersticas: a) El Estado Liberal es un Estado Constitucional porque se somete a normas y se estructura en torno a la divisin de poderes. b) Como acabamos de ver la unidad de la soberana se traslada a un nuevo enteque es la Nacin. c) La clase vencedora en la Revolucin lograr retener en sus manos durante mucho tiempo la institucin representativa. d) el voto es restringido, censitario y capacitario. f) el Estado deba ser inhibicionista segn la idea ya expuesta de Estado mnimo. h) El Estado Liberal es, ante todo, la primera expresin histrica del Estado de Derecho.
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  • Estado liberal Forma de organizacin del poder: a) una organizacin estatal basada en el principio de la Divisin de poderes: b) reconocimiento y garanta constitucional de derechos y libertades fundamentales. c) Imperio de la ley, que constituye la nota ms especfica del Estado de Derecho y no es sino el sometimiento del Estado a la ley d) Legalidad de la Administracin: tambin sta es una consecuencia inevitable del imperio de la ley, pues a sta debe quedar sometida toda actuacin de la Administracin.
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  • Estado social El Estado Social es una nocin de carcter reactivo, surgida frente la teora del Estado del liberalismo clsico, en especial, frente a la tradicin liberal que idea la nocin del Estado mnimo. Los puntos clave: - Una concepcin del Estado como una organizacin social que no puede ser entendida, ni separada, del resto de la sociedad a la que organiza. Por tanto no hay obstculos de principio al crecimiento y desarrollo de esa accin pblica, y con ello desaparecen las objeciones de principio al intervencionismo estatal. - La aceptacin de la teora del Estado como promotor del cambio o la reforma social. - La voluntad, generalmente expresa, de utilizar la capacidad de cambio social que se imputa al Estado para procurar resolver, o al menos paliar, los problemas polticos y sociales que plantea la gestin de una sociedad de clases.
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  • Estado social Origen: En su origen la idea del Estado Social aparece con fuerza, en estrecha asociacin con el movimiento democrtico triunfante tras 1918, en particular en la Alemania de Weimar, en la que Heller acuar la formula del Estado Social de Derecho destinada a tener un profundo impacto con el definitivo triunfo de las democracia despus de 1945.
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  • Estado social Caractersticas: Primero. El Estado interviene e intenta en la medida de lo posible, el crecimiento econmico y, en su caso, la renovacin industrial, y del otro limitar o reducir los efectos negativos del ciclo econmico inherente al capitalismo como modo de produccin. Segundo. Se produce la prestacin administrativa de servicios a precios polticos o con carcter gratuito, prestacin que se desarrolla al margen del mercado y se instrumenta mediante decisiones de soberana, que atienden necesidades bsicas (educacin, sanidad, proteccin social). Tercero. Aquel intervencionismo y esta tarea de redistribucin se justifican como instrumentos de realizacin de polticas de signo igualitario que reducen y limitan la desigualdad social. Cuarto. La redistribucin de tendencia igualitaria se ve al tiempo financiada y completado por un sistema fiscal de carcter progresivo, diseado para obtener y transferir rentas de los segmentos de poblacin de mayores ingresos a los de menores recursos. Quinto. El sistema se completa, en su caso, con la presencia activa del Estado en funciones de empresario, mediante el desarrollo del sector pblico de la economa.
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  • Estado social En las Constituciones: - Aparicin de los derechos sociales - Aparicin de las denominadas Constituciones econmicas - Reforzamiento de la fuerza normativa de las Constituciones
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  • Estado social Las crticas al Estado social: (desde la derecha) Primero. Una eficacia decreciente de la intervencin pblica, que exige costes asimismo crecientes para obtener rendimientos significativos. Ello se da tanto en el mbito de la poltica econmica, como en el de la prestacin de servicios o en el desempeo de tareas Segundo. El intervencionismo acaba por crear una selva de reglamentaciones y de constricciones a la iniciativa privada que acaban por viciar el funcionamiento del mercado y limitan la iniciativa privada Tercero. El Estado social est ligado a prcticas corporativas que procuran polticas sociales y econmicas negociadas con los actores sociales organizados. Cuarto. La prestacin pblica directa de bienes y servicios genera una burocratizacin de la prestacin misma, lo que da oportunidades a los fenmenos de paternalismo burocrtico y de polticas de clientela.
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  • Estado social Crticas al Estado social (desde la izquierda) - El Estado Social ha venido siendo criticado tradicionalmente por su carcter profundamente conservador. - As se dice critica la escasa eficiencia del estado social con respecto al objetivo de la igualdad, el Estado Social es capaz de operar una redistribucin limitada de los recursos. - El Estado Social, al centrar sus esfuerzos redistributivos en la fase de distribucin, y afectando marginalmente o no afectando en absoluto a La fase de produccin, se condena a combatir los efectos dejando intactas las causas.
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  • Principales diferencias Estado liberal Estado social Estado LiberalEstado Social Soberano: La NacinEl pueblo Voto: CensitarioUniversal Estado: abstencionistaIntervencionista Derechos: ClsicosSociales
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  • Estado Democrtico Realizacin de elecciones peridicas Realizacin de elecciones libres Participacin del censo electoral - activa - pasiva Control del proceso electoral Pluralidad poltica Libertad de prensa
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  • Nuevos Estados totalitarios Provienen de Dictaduras militares prolongadas (Siria, Birmania) Provienen de revoluciones comunistas (China) Provienen de situaciones de vaco de poder (sobre todo en frica: Somalia) Provienen de Estados formalmente constitucionales en los que: - una persona o partido controla todos los poderes - una persona o partido controla los medios de comunicacin - una persona o partido manipula o altera los procesos electorales
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  • Formas de Estado Clasificaciones de Formas de Estado en funcin de las relaciones entre los elementos del Estado Relaciones Poder Pueblo Relaciones Poder Territorio
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  • Formas de Estado En funcin de la relacin PODER TERRITORIO Estado simple (Un nico centro de poder) (Monopolio de la creacin del derecho, de la administracin y de la jurisdiccin) Estado compuesto (Varios centros de poder) Posibilidad de varios entres creadores de derecho, varias administraciones y varios poderes jurisdiccionales)
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  • Estado UNITARIO Existencia de un nico poder del que emana el derecho. Existencia de un nico poder poltico Existencia de una nica administracin Existencia de un nico Poder Judicial
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  • El Estado UNITARIO Existencia de un nico ordenamiento jurdico: - Las mismas normas obligan a todos los ciudadanos. - Las mismas normas se aplican en todo el territorio del Estado.
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  • Estado UNITARIO No se puede confundir el Estado Unitario con: - Estados monocrticos (concentracin de poder en manos de una persona) - El Estado unitario es compatible con la separacin de poderes.
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  • Estado UNITARIO Diferencia entre a)Desconcentracin: se traspasan competencias de la administracin a rganos perifricos subordinados jerrquicamente al rgano central y que forman parte de la misma estructura administrativa b)Descentralizacin: se traspasan competencias de la administracin central a otra administracin diferente, con personalidad jurdica propia y con la que no existe relacin jerrquica.
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  • Estado UNITARIO Clases de Estados Unitarios a) Concentrados: Un nico ncleo de poder del cual dependa toda las oficinas administrativas b) Desconcentracin: El centro de poder traspasa ciertas atribuciones a rganos perifricos de la misma administracin c) Con descentralizacin administrativa
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  • Estado UNITARIO Estados CENTRALIZADOS - Todas las actividades se realizan por el rgano central. - Los posibles rganos administrativos del resto de territorio son meros ejecutores subordinados al rgano central. - Se dan ms en los modelos histricos
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  • Estado UNITARIO Estados DESCONCENTRADOS - Existencia de unos rganos administrativos perifricos que forman parte de la administracin central y a la que estn subordinados. - La eleccin de esos rganos perifricos corresponde a la administracin central. - Esos rganos perifricos tienen ciertos niveles de decisin. - Existe una nica administracin con personalidad jurdica
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  • Estado UNITARIO Descentralizacin ADMINISTRATIVA - Existencias de varias administraciones con personalidad jurdica propia. - Inexistencia de relacin de jerarqua entre ambas. - Autonoma de las administraciones para elegir a sus miembros. - Transfieren autoridad y capacidad de decisin en organismos del sector pblico con personalidad jurdica y patrimonio propios, as como autonoma orgnica y tcnica. - La finalidad: descongestionar la administracin central y agilizar la actuacin administrativa.
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  • Estados DESCENTRALIZADOS Existencia de DESCENTRALIZACIN POLTICA (Parlamentos y representacin poltica) Existencia de AUTONOMA Poltica (ordenamientos jurdicos propios) Existencia de diversos modelos de Estados en funcin del mayor o menor nivel de descentralizacin
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  • El Estado FEDERAL Superposicin de un Estado central a varios Estados miembros Se establece por primera vez con la Constitucin USA. Su Constitucin puede ser: - por asociacin de varios Estados independientes (EE.UU.) - por descentralizacin de un Estado Unitario (Mjico)
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  • Estado FEDERAL Conjugacin del principio de UNIDAD de la Federacin con el de DIVERSIDAD de los Estados miembros Suelen darse en grades territorios geogrficos (EE.UU., la antigua URSS, Mjico, etc) Se establecen los principios de Autonoma y distribucin compentencia
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  • Estado FEDERAL Existencia de una CONSTITUCIN de la Federacin y una CONSTITUCIN de los Estados miembros. Existencia de una organizacin Estatal completa en la Federacin y en los E. Miembros (Legislativo, ejecutivo, judicial) Existencia de varios poderes constituyentes: uno originario (ciudadanos de la unin) y otro limitado (ciudadanos de los E. Miembros)
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  • Estado FEDERAL Relaciones FEDERACION - E. MIEMBRO - relaciones de COORDINACIN (plano de igualdad entre ambos entes) a nivel de distribucin de competencias - relaciones de supra y subordinacin (Supremaca de la Constitucin Federal, supremaca del derecho de la Federacin en caso de conflicto, atribucin al Estado Federal del control del cumplimiento de las obligaciones de los Estados miembros, Existencia de un Tribunal Federal para resolver conflictos) - relaciones de inordinacin: participacin de los Estados miembros a la hora de conformar la voluntad del Estado Federal
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  • Estado FEDERAL Distribucin de competencias: - Materias exclusivas de cada ente - Materias concurrentes para los dos entes: a) Que los estados miembros slo puedan legislar cuando el estado central no lo haga. b) Que materias atribuidas en principio a los estados miembros pero sobre las que el estado central puede legislar cuando se precise una legislacin unitaria. c) Materias cuya legislacin bsica pertenece al estado central y su desarrollo a los estados miembros.
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  • Estado FEDERAL La UNIDAD en el Estado FEDERAL - existencia de una sola NACIN - existencia de instituciones que representan la unidad de dicha Federacin (Parlamento, Jefe del Estado, etc) - soberana reside en el pueblo de la Federacin. - Supremaca del derecho de la Federacin
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  • Estado FEDERAL La diversidad en el Estado FEDERAL - Existencia de gran autonoma en los Estados miembros. - Existencia de una organizacin estatal completa en los Estados miembros. - Existencia de un Ordenamiento jurdico completo en los Estados miembros.
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  • Estado FEDERAL LA CONFEDERACIN - La confederacin es una vinculacin de Estados creada por un pacto internacional, con intencin de perpetuidad, que da lugar a un poder que se ejerce sobre los Estados miembros que la componen. - La existencia de la confederacin est determinada por la consecucin de unos fines comunes, y como stos estn concebidos con carcter permanente necesitan de rganos igualmente permanentes. - Normalmente esos fines comunes se circunscriben a polticas de defensa y exterior comn
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  • Estado FEDERAL La Confederacin se rige por las siguientes reglas: a) los fines de la Confederacin son la garanta de la seguridad interna y externa. En todo caso supone una garanta de que se excluye entre sus miembros los ataques o las guerras. b) El rgano fundamental de la Confederacin es el Congreso o Dieta, compuesto por mandatarios designados por los rganos competentes de cada Estado miembro, los cuales estn sometidos a mandato imperativo. Lo normal es que las decisiones se tomen por unanimidad o por mayoras muy cualificadas. c) En las confederaciones se atribuye a los rganos de la misma el derecho de ejecutar por s misma sus acuerdos, incluso por la fuerza, incluso tienen la opcin de imponer por la fuerza el orden interno de un miembro cuando en ste se estn dando situaciones daosas para la Confederacin.
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  • Estado FEDERAL Las diferencias entre una Confederacin y una Federacin son las siguientes: - La confederacin se basa en un tratado internacional, mientras que el Estado Federal se basa en una Constitucin en el sentido poltico jurdico de la palabra. - La confederacin es una entidad jurdico internacional, mientras que el Estado Federal es una entidad jurdico poltica - En la Confederacin los Estados miembros estn vinculados por modo inmediato a la comunidad internacional; en el Estado Federal solo la Federacin es sujeto de derecho internacional. - En el Estado federal la soberana recae en la Federacin, en la Confederacin en los Estados miembros. - Las decisiones de la Federacin obligan de forma directa a los Estados miembros, mientras que en la Confederacin ha de producirse una transformacin en leyes de los diferentes Estados para tener fuerza vinculante.
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  • Estado Autonmico El Estado Autonmico en la C.E. - artculo 2: Derecho de autonoma de nacionalidad y regiones. - artculo 137: organizacin territorial en municipios, provincias (islas) y CC.AA. - artculo 143 y ss: Rgimen de las CC.AA.
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  • Estado AUTONMICO Antecedentes histricos en ESPAA - Proyecto de Constitucin Federal de 1873 (I Repblica Espaola) Proyecto de Constitucin Federal de 1873 - Constitucin Espaola de 1931Constitucin Espaola de 1931 - Estatutos aprobados durante la II Repblica: Estatuto Cataln (Ley de 15 de septiembre de 1932) Estatuto Vasco (Ley de 4 de octubre de 1936) Estatuto Gallego (elaborado durante la guerra, no lleg a ser aprobado por las Cortes)
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  • Estado AUTONMICO 18 de diciembre 1979: Aprobacin de los Estatutos del Pas Vasco (LO 3/1979) y Catalua (LO 4/1979)LO 3/1979LO 4/1979 22 de septiembre 1980 : Aprobacin de la Ley de financiacin de las CCAA (Ley 8/1980)Ley 8/1980 6 de abril de 1981: Aprobacin del Estatuto de Galicia (LO 1/1981).LO 1/1981 31 de julio de 1981 : Firma de los Acuerdos Autonmicos entre el Presidente Calvo Sotelo y el Secretario General del PSOE Felipe Gonzlez. Consenso entre las dos principales fuerzas estatales para completar el mapa autonmico. 30 de diciembre de 1981 : aprobacin de los Estatutos de Andaluca (LO 6/1981), Asturias (LO 7/1981) y Cantabria (LO 8/1981).LO 6/1981LO 7/1981LO 8/1981 9 de junio de 1982: Aprobacin de los Estatutos de La Rioja (LO 3/1982) y Murcia (LO 4/1982).LO 3/1982LO 4/1982 1 de julio de 1982: Aprobacin del Estatuto de la Comunidad Valenciana (LO 5/1982).LO 5/1982 10 de agosto de 1982: Aprobacin de los Estatutos de Aragn (LO 8/1982), Castilla- La Mancha (LO 9/1982), Canarias (LO 10/1982) y reforma del rgimen de Navarra (LO 13/1982, de Reintegracin y Amejoramiento del Rgimen Foral de Navarra).LO 8/1982LO 9/1982LO 10/1982LO 13/1982 25 de febrero de 1983: se completa el mapa autonmico (a excepcin de Ceuta y Melilla) con la aprobacin de los Estatutos de Extremadura (LO 1/1983), Baleares (LO 2/1983), Comunidad de Madrid (LO 3/1983) y Castilla y Len (LO 4/1983).LO 1/1983LO 2/1983LO 3/1983LO 4/1983
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  • Estado Autonmico Modelo de Estado descentralizado - Existencia de descentralizacin y autonoma poltica - Existencia de Parlamentos y Gobiernos propios (excepcin Ceuta y Melilla) - Existencia de distribucin de competencias. - Existencia de ordenamiento jurdico propio - Existencia del concepto de autonoma
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  • Estado Autonmico Inexistencia de Constituciones propias Inexistencia de Organizacin estatal completa Inexistencia de soberana
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  • Estado Autonmico Principios que rigen: - unidad - autonoma - solidaridad - principio dispositivo
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  • Estado Autonmico Relaciones Estado CC.AA. a) distribucin de competencias b) principio de prevalencia c) principio de supletoriedad d) principio de subsidiariedad
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  • Estado AUTONMICO O.J. EstadoO.J. AutonmicoConstitucin Tratados Internacionales Normas rango leyEstatutos de Autonoma Normas reglamentariasNormas rango ley Normas rango reglamentario
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  • Estado Autonmico CCAA: descentralizacin poltica y administrativa Municipios: descentralizacin administrativa TC: la autonoma es incompatible con controles de oportunidad y compatible con controles de legalidad siempre que no sean genricos
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  • TEMA 4 FORMAS DE ESTADO BIBLIOGRAFIA: SANTAOLAYA LOPEZ F. DCHO CONSTITUCIONAL, CAPT 8 PIZZORUSSO ALESSANDRO, LECCIONES DE DCHO CONST, CEC. TOMO I CAPTS II Y III PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA164
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  • ESQUEMA FORMAS DE GOBIERNO 1. El Gobierno parlamentario. 2. El Gobierno presidencial. 3. Gobierno directorial y Gobierno de Asamblea PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA165
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA166 TEMA 5 FORMAS DE GOBIERNO FORMAS DE GOBIERNO: COMO SE ORGANIZAN LOS ORGANOS CONSTITUCIONALES DEL E. BAJO EL 1 DE LA SEPARACION DE PODERES Presidencialista: EE.UU, Mjico, Argentina, Chile, Uruguay, Colombia Parlamentarios: Espaa, Francia, Italia, Reino Unido
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA167 Clasificaciones en funcin de: - la estructura del Poder Ejecutivo - en funcin de la separacin ms rgida o flexible de poderes entre el Legislativo y Ejecutivo - en funcin de la eleccin de la Jefatura del Estado Tema 5 Las Formas de Gobierno en el E. Constitucional
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  • Relaciones entre los Organos const del E.: Son O. constitucionales Son iguales ante la CE Autonoma presupuestaria y organizativa Ejercen el poder superior del E. Sus relaciones: De control De responsabilidad poltica PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA168
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA169 Tema 5 Las Formas de Gobierno en el E. Constitucional Sistema Parlamentario.-Origen histrico: En Inglaterra tras la revolucin de 1688 El Parlamento empieza a ser una institucin de control poltico (El Primer Ministro y su gabinete respondan ante el Parlamento) Se dicta el Bill of right (1689) Las funciones judiciales se independizan del ejecutivo (Act of Settlement, 1701).
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA170 Tema 5 Formas de Gobierno Jefatura del estado: - Sistemas Presidencialistas: Eleccin popular del Presidente - Repblicas: Eleccin popular del Jefe del Estado - Monarquas: Designacin del Jefe del Estado mediante sucesin dinstica
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA171 TEMA 5 FORMAS DE GOBIERNO Modelos - Repblica Parlamentaria (Francia, Italia) - Monarqua Parlamentaria (Espaa, Reino Unido)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA172 Tema 5 Formas de Gobierno En funcin de la estructura del Poder Ejecutivo - Sistemas Parlamentarios (dualidad entre Jefe de Estado y Jefe de Gobierno) - Sistemas Presidencialistas (unificacin de las dos figuras anteriores en una sola: El Presidente) - Sistema directorial (El gobierno es un rgano colegiado elegido por el Parlamento y como parte de ste)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA173 TEMA 5 FORMAS DE GOBIERNO Caractersticas -Dualidad Jefe de Estado-Jefe de Gobierno -Separacin Flexible de poderes entre Parlamento y Ejecutivo -Instauracin del principio de la confianza parlamentaria en el Gobierno -Tendencia al bipartidismo y al rgimen de partidos. -Autonoma del Parlamento para organizarse, aprobar su presupuesto y establecer el estatuto de su personal. -El Parlamento tiene la representacin directa del pueblo.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA174 Tema 5 Formas de Gobierno En funcin de la separacin ms rgida o flexible de poderes entre el Legislativo y Ejecutivo - Sistemas Presidencialistas (separacin rgida de poderes) - Sistemas Parlamentario (separacin flexible de poderes)
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA175 Tema 5 Formas de Gobierno Sistema PRESIDENCIALISTAS (Separacin rgida de poderes) -El Parlamento no elige al Presidente -El Parlamento no lo controla polticamente -El Gobierno no tiene iniciativa legislativa ante el Parlamento -El Gobierno no tiene capacidad de disolver las Cmaras
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA176 TEMA 5 Sistema Parlamentario Dualidad Jefe de EstadoJefe de Gobierno En Repblicas (Presidente y Primer Ministro) - Presidente con funcin de relevancia poltica En Monarquas (Rey y Presidente del Gobierno) - Rey con funciones simblicas y de representacin
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA177 Tema 5 Formas de Gobierno Sistemas Parlamentarios (Separacin flexible de poderes) -El Parlamento elige y puede cesar al Presidente del Gobierno -El Parlamento controla polticamente al Gobierno -El Gobierno s tiene iniciativa Legislativa ante el Parlamento -El Gobierno puede disolver las Cmaras y convocar elecciones.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA178 TEMA 5 Sistema Parlamentario Separacin flexible de poderes Incidencia del Parlamento sobre el Gobierno: - Parlamento elige y cesa a su Presidente - Parlamento lo controla polticamente Incidencia del Gobierno sobre el Parlamento: - El Gobierno tiene iniciativa legislativa - El Gobierno puede disolver las Cmaras
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA179 Tema 5 Formas de Gobierno ESPAA Forma de Estado art 1 CE - Estado social y democrtico de derecho - Estado autonmico Forma de Gobierno art 1 CE - Monarqua Parlamentaria
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA180 TEMA 5 El sistema Parlamentario Principio de confianza parlamentaria: El gobierno debe de estar respaldado en todo momento por una mayora del Parlamento -Designacin a candidato a presidente del Gobierno -Eleccin y cese del mismo -Mocin de confianza
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA181 TEMA 5 Sistema Parlamentario Tendencia al bipartidismo o rgimen de partidos: - Grandes partidos de masas -Gran distancia entre dos partidos y el resto -Existencia de mayor estabilidad poltica -Riesgo de prdida de control poltico
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA182 TEMA 5 Sistema parlamentario en Espaa Dualidad Jefe de EstadoJefe de Gobierno Artculo 56 CE El Rey es el Jefe del Estado Funciones del Rey: smbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la ms alta representacin del Estado Espaol en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histrica Gobierno: Artculo 97 CE: El Gobierno dirige la poltica interior y exterior, la Administracin civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la funcin ejecutiva y la potestad reglamentaria
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA183 TEMA 5 El Sistema Parlamentario en Espaa Separacin flexible de poderes: (Eleccin del Presidente del Gobierno) Artculo 99 CE El Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos polticos con representacin parlamentaria, y a travs del Presidente del Congreso, propondr un candidato a la Presidencia del Gobierno. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayora absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrar Presidente. De no alcanzarse dicha mayora, se someter la misma propuesta a nueva votacin cuarenta y ocho horas despus de la anterior, y la confianza se entender otorgada si obtuviese la mayora simple. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votacin de investidura, ningn candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolver ambas Cmaras y convocar nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA184 TEMA 5 Sistema Parlamentario en Espaa Cese del Presidente del Gobierno -Mocin de censura: La presenta al menos una dcima parte del Congreso y se aprueba por mayora absoluta con un candidato a la presidencia -Cuestin de confianza: La presenta el propio Presidente del Gobierno y basta la mayora simple del Congreso para probar el respaldo al Presidente.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA185 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa El control poltico del Gobierno: -Artculo 108 CE: El Gobierno responde solidariamente en su gestin poltica ante el Congreso de los Diputados -Artculo 111 CE: El Gobierno y cada uno de sus miembros estn sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cmaras -Artculo 110 CE: Las Cmaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA186 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa Posibilidad del Gobierno de disolver las Cmaras: Artculo 115 CE: El Presidente del Gobierno, previa deliberacin del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podr proponer la disolucin del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que ser decretada por el Rey. El decreto de disolucin fijar la fecha de las elecciones
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA187 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa Iniciativa legislativa del Gobierno: Artculo 87 CE: La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno Artculo 88: Los proyectos de Ley sern aprobados en Consejo de Ministros, que los someter al Congreso, acompaados de una exposicin de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA188 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa Autonoma Parlamentaria: Artculo 72 CE: Las Cmaras: - establecen sus propios Reglamentos, - aprueban autnomamente sus presupuestos y, - de comn acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes GeneralesEstatuto del Personal de las Cortes Generales
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA189 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa Representacin del pueblo por el Parlamento: Artculo 66 CE: Las Cortes Generales representan al pueblo espaol Artculo 68 CE: El Congreso se compone de un mnimo de 300 y de un mximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los trminos que establezca la Ley Artculo 69 CE: En cada provincia se elegirn cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. En las islas eligen 3 senadores las islas mayores y uno las menores
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA190 TEMA 5 El sistema parlamentario en Espaa El sistema parlamentario en las CC.AA. - El Parlamento CCAA elige y puede cesar al Presidente del Gobierno de la CCAA. - El Parlamento CCAA controla polticamente al Gobierno - El Gobierno tiene iniciativa legislativa ante el Parlamento CCAA. - Posibilidad del Gobierno de disolver el Parlamento CCAA. - El Parlamento CCAA goza de la misma autonoma que el Estatal - El Parlamento CCAA representa al pueblo de la CCAA
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA191 TEMA 5 El sistema presidencialista - No existe la dualidad Jefe de Estado-Jefe de Gobierno (se unifica en el Presidente) -Separacin rgida de poderes entre Parlamento y Ejecutivo -Se refuerza la figura del Presidente -Inexistencia del principio de confianza parlamentaria del Presidente. -Tanto el Presidente como el Parlamento tiene la representacin directa del pueblo. -Tiene su origen en la Constitucin USA.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA192 TEMA 5 Sistema Presidencialista La figura del Presidente: (Jefe de Estado y de Gobierno) Estructura del Ejecutivo: -Presidente -Gabinete
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA193 TEMA 5 Sistema Presidencialista Separacin rgida de poderes No existe incidencia del Parlamento sobre el Gobierno: - Parlamento no elige y puede cesar a su Presidente - Parlamento no lo controla polticamente No existe incidencia del Gobierno sobre el Parlamento: - El Gobierno no tiene iniciativa legislativa (salvo presupuestaria) - El Gobierno no puede disolver las Cmaras
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA194 TEMA 5 Sistema Presidencialista Reforzamiento de la figura del Presidente -Capacidad de decisin autnoma del Parlamento -Derecho de veto -Legitimacin directa del pueblo. -Mayor control de toda su administracin
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA195 TEMA 5 Sistema Presidencialista No existe el principio de confianza parlamentaria (Legitimacin directa del pueblo) - eleccin directa del pueblo (o por medio de compromisarios) - Legitimacin directa del pueblo
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA196 TEMA 5 El modelo EE.UU. El Presidente de EE.UU. -Es el titular del Poder ejecutivo por cuatro aos. -Solo es posible mantener el cargo un mximo de dos mandatos. -Tiende a asumir mas competencias que el Parlamento y lidera polticamente al Estado. -Los requisitos para poder optar al cargo son ser ciudadano Americano y tener al menos 35 aos.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA197 TEMA 5 El modelo EE.UU. Funciones del Presidente: Funciones ejecutivas: - Ejecucin de las leyes. - Nombramiento y separacin de funcionarios. - Direccin de la poltica. - Mando supremo de las Fuerzas Armadas. - Direccin de la poltica exterior: *Dirige las relaciones internacionales. *Recibe y acredita agentes diplomticos. * Defensa de los ciudadanos americanos en el exterior y de los extranjeros en Estados Unidos. * Acuerdos internacionales. * Declaracin de guerra.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA198 TEMA 5 El modelo EE.UU. Funciones del Presidente: Funciones legislativas: - La sancin de las leyes. - Derecho de veto, de carcter suspensivo de las leyes aprobadas por el Congreso, que podr superar dicho veto mediante votacin posterior con mayora de 2/3. - Convocatoria del Congreso. - Iniciativa exclusiva para la aprobacin del Presupuesto. - Dirige mensajes a las Cmaras.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA199 TEMA 5 El modelo EE.UU. Funciones del Presidente: Funciones judiciales: - Ejerce el derecho de gracia, si bien limitado a los delitos contra las leyes federales. - Nombra a los miembros del tribunal Supremo.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA200 TEMA 5 El modelo EE.UU. Sistema de eleccin del Presidente: - La eleccin se verifica por sufragio indirecto, a travs unos compromisarios elegidos por el cuerpo electoral, quedando obligados ante el partido y el propio electorado a votar a un determinado candidato. - Aunque el sistema de eleccin sea formalmente indirecto, resulta directo en la prctica, al conocer los electores qu candidato a la presidencia va a ser votado por los compromisarios que se obligan ante el partido. Fases del mtodo: - En cada Estado se designan los "electores presidenciales" que asistirn a las convenciones nacionales, en nmero igual al total de Senadores y Representantes que el Estado tenga derecho en el Congreso, no pudiendo ser elector ningn senador, representante o persona que ocupe un cargo remunerado de los Estados Unidos. - Los dos grandes partidos, Republicano y Demcrata, ya han sealado antes a sus respectivos candidatos. - En cada Estado de la Unin, el cuerpo electoral vota a los electores presidenciales o compromisarios, los cuales, en la sucesiva votacin se limitarn a elegir a los candidatos propuestos por sus respectivos partidos.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA201 TEMA 5 El modelo de gobierno directorial Es el modelo del sistema suizo se caracteriza por: a) Los poderes son: la Asamblea Federal, el Consejo Federal (Ejecutivo) y el Tribunal Federal. b) El ejecutivo: lo conforman siete miembros electos por el Parlamento entre los lderes de los partidos polticos. c) sin embargo Este Consejo no es responsable polticamente ante la Asamblea Federal, lo que ya rompe, sin lugar a dudas, con el esquema parlamentarista. d) El Ejecutivo es el rgano fuerte del sistema no siendo un rgano subordinado al Parlamento
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA202 lLa forma de gobierno directorial (Suiza) La eleccin del Ejecutivo colegiado es por cuatro aos. Sus siete miembros estn al frente de Ministerios con un Presidente entre ellos de forma rotatoria anualmente. El gobierno en su conjunto es una parte del propio parlamento. TEMA 5
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA203 TEMA 5 El sistema de gobierno asambleario Similar al modelo directorial suizo: El gobierno es un rgano colegiado del propio Parlamento El gobierno es un rganos subordinado al propio Parlamento
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA204
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  • TEMA 6 LA CONST ESPAOLA INT- A SU ESTUDIO VER OTRO ARCHIVO DE TRANSPARENCIAS PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA210
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  • BIBLIOGRAFIA LOS PARTIDOS POLITICOS Oscar Alzaga, Dcho Pol Esp. TII, pags 145 y ss J. Perez Royo, Curso de Dcho Const, M Pons pags 507 y ss Jorge Rguez Zapata, T y Practica de la Const, pags 263 y ss PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA211
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA212 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS INTRODUCCION.- 1 de representacin poltica, la democracia representativa. El Estado como poder representativo: Formal Materialmente Mandatos imperativo y representativo Fases de la H de los partidos polticos
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA213 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS En relacin con las Constituciones segn Von Trieppel: Fase de oposicin Ley Chapelier 14-6-1791 Fase de desconocimiento Fase de legalizacin Fase de incorporacin Segn Prez Royo: El Partido como mal absoluto El Partido como bien deseable El Partido como mal necesario
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA214 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Relevancia constitucional de los ppol: Art.1.1: el pluralismo como valor superior del OJ. Art. 22, derecho de asociacin Art. 23.1 derecho participacin en los asuntos pblicos CE: Artculo 6. [Partidos polticos] Los partidos polticos expresan el pluralismo poltico, concurren a la formacin y manifestacin de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participacin poltica. Su creacin y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitucin y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento debern ser democrticos.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA215 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Pieza clave, posicin de centralidad de la democracia pluralista. Otros preceptos: arts 20.3; 127.1; 99.1 y 159.4 Reflejos: Constitucionalizacin de la representacin proporcional.- art. 68.3 CE Opcin de la LOREG por sistema de listas cerradas y bloqueadas Protagonismo de los grupos polticos en: Investidura del Pte de Gobierno, art. 99.1 CE Investidura del Pte del Gob Autonmico. EEAA y RGTO PARCAN Funcionamiento del Rgimen Local.arts. 23 a 29 ROF Las restricciones constitucionales a la democracia directa
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA216 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Funciones de los ppol: Expresan el pluralismo pol. Concurren a la formacin y manifestacin de la vol. Popular Instrumento fundamental de participacin poltica. Naturaleza jurdica de los ppol: Art.6 ejercicio del Dcho de asociacin No son rganos del Estado. Son asociaciones de naturaleza jurdica privada sui generis. Tienen relevancia constitucional Integran rganos del Estado SsTC: 3/1981, 85/1986, 48/2003
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA217 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Rgimen jurdico: Ley Orgnica 6/2002, de 27 junio de Partidos Ley Orgnica 8/2007, de 4 julio de Financiacin de Partidos Polticos Resolucin de 10 diciembre 1996 del PE sobre situacin constitucional de los ppol. Reglamento 2003/2004/CE, de 4 noviembre del PE sobre estatuto y financiacion de los ppol.
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA218 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Creacin libre de los ppol. Sit de los promotores.arts 1 y 2 Acta de constitucin.art.3 Inscripcin en el Registro de Partidos del M del Interior. 20 das. Arts 4 y 5 Organizacin, funcionamiento y actividades.arts. 7 a 9
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  • PROFESOR DR. ANTONIO DOMINGUEZ VILA219 TEMA 6 EL ESTADO DEMOCRATICO LOS PARTIDOS POLITICOS Organizacin y funcionamiento 1. La estructura interna y el funcionamiento de los partidos polticos debern ser democrticos. 2. Sin perjuicio de su capacidad organizativa interna, los partidos debern tener una asamblea general del conjunto de sus miembros, que podrn actuar directamente o por medio de compromisarios, y a la que corresponder, en todo caso, en cuanto rgano superior de gobierno del partido, la adopcin de los