principios básicos del derecho de acceso a la

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Abigail Nerio Carolina Misleh PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA EN MÉXICO COMPARADA.

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principios básicos

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Page 1: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

Abigail NerioCarolina Misleh

PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA EN

MÉXICO COMPARADA.

Page 2: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

Para garantizar el ejercicio pleno y efectivo del derecho de acceso a la información, la gestión estatal debe regirse por los principios de máxima divulgación y de buena fe.

PRINCIPIOS RECTORES

Page 3: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

APERTURA MÁXIMA: Las leyes de acceso a la información deben estar guiadas bajo los principios de máxima apertura informativa.

OBLIGACIÓN DE PUBLICAR: Las instituciones públicas deben estar bajo la obligación de hacer pública periódicamente información clave.

PROMOCIÓN DE GOBIERNOS ABIERTOS: Las instituciones públicas deben auspiciar e impulsar activamente el funcionamiento de gobiernos abiertos.

ALCANCE LIMITADO DE EXCEPCIONES: Las excepciones deben estar clara y estrictamente delimitadas y deben someterse a rigurosas pruebas de „daño social‟ e „interés público‟.

PRINCIPIOS BÁSICOS

Page 4: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

EFICIENCIA EN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN: Las solicitudes de acceso a la información deben ser procesadas de forma expedita y justa y debe haber la posibil idad de una revisión independiente de todas las respuestas negativas.

COSTOS: Los ciudadanos e individuos no deben ser desalentados de exigir la información pública a causa de costos económicos excesivos.

REUNIONES ABIERTAS: Las reuniones de las instituciones públicas deben tener un carácter público y abierto.

PROTECCIÓN PARA INFORMANTES: Los ciudadanos e individuos

interesados en colaborar con información sobre conductas y prácticas incorrectas deben gozar de total protección

PRINCIPIOS

Page 5: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

Chile, Guatemala y El Salvador en sus ordenamientos jurídicos contemplan al igual que México el principio de máxima divulgación El cual como mencionamos antes se refiere a que “los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar información en los términos más amplios posibles, excluyendo sólo aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales o legales”.

DERECHO AL ACCESO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA

COMPARADA

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COMPARADA

Page 7: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La
Page 8: Principios Básicos Del Derecho de Acceso a La

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, El derecho de acceso a la información en el marco jurídico interamericano, Organización de Estados Americanos, 2010. párr.. 8

M, Ackerman, John y E. Sandoval, Irma. Op. Cit. Pág. 20 y 21

http://www.oas.org/ IFAI

BIBLIOGRAFÍA