primer evaluación curso verano 2016
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8/20/2019 Primer Evaluación Curso Verano 2016
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Legislación de lo Artístico Musical.Evaluación. Elaboración domiciliaria.(Curso verano año 2016)
Consigna:
1. Obra protegida por el Derecho de Autor.
Describa los recaudos, condiciones pautas para !ue una obra "ere#ca laprotecci$n legal.
%nu"ere las nor"as legales !ue protegen la creaci$n intelectual en el&"bito del derecho de autor. 'na breve "enci$n de los preceptosconte"plados en ratados nternacionales, Constituci$n de la *aci$n
Argentina +egislaci$n.
2. %nu"ere los titulares del Derecho de Autor !ue reconoce la+egislaci$n Argentina.
*ota de cauci$n +a presentaci$n debe responder a la elaboraci$n personal noe-ceder la cantidad de 1.000 palabras.
/e"itir la evaluaci$n a la direcci$n electr$nica nigroorgeg"ail.co"
echa l3"ite de la presentaci$n 4 de "ar#o de 2016.
5uenos Aires, 2 de 7ebrero de 2016.
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1.
%l derecho de autor es un conunto de 7acultades patri"oniales "orales del
creador sobre su obra, reconocido en la le 11.824. %l autor tiene el e-clusivo
derecho de obtener un provecho "ediante la puesta en co"ercio de su obra.
+as 7acultades "orales son inalienables (no se pueden vender ni co"prar, sisucede tanto el co"prador co"o el vendedor son a"bos responsables) perpetuas (no ter"inan a"&s). %sto es para de7ender la integridad de la creaci$n para !ue el autor tenga la posibilidad de dar a conocer su obra de la "anera cuando lo desee. %n ca"bio, las 7acultades patri"oniales est&n so"etidas arestricciones destinadas a conciliar el inter9s individual del creador intelectual conel inter9s colectivo de la sociedad. De esta "anera se tiende a !ue elreconoci"iento del derecho de autor no signi7i!ue un obst&culo para la evoluci$n desarrollo del patri"onio cultural !ue la e-cesiva atenci$n del inter9s social notraiga co"o consecuencia un desinter9s de los autores en continuar creando.
%l derecho de autor protege la obra, entendida co"o la :e-presi$n personal de lainteligencia !ue desarrolla un pensa"iento !ue se "ani7iesta bao una 7or"aperceptible, tiene originalidad o individualidad su7iciente es apta para serdi7undida reproducida;<or lo !ue las ideas no son consideradas obras dignas de ser protegidas, su usoes libre, no se puede ad!uirir propiedad sobre ellas. %l derecho de autor protegelas obras concretas, aptas para ser representadas, e-hibidas, eecutadas, etc.
+a obra protegida debe reunir las siguientes pautasCreaciones 7or"ales no ideasOriginalidad (o individualidad)
rrelevancia del valor, "erito, destino o 7or"a est9tica de la obra.%star "ateriali#ada en un soporte
+a obra no tiene !ue ser necesaria"ente novedosa.
-El convenio de Berna del año 1886 es el "as antiguo de los tratadosinternacionales, su actuali#aci$n 7ue peri$dica en etapas sucesivas. ue unvector decisivo para uni7icar las bases legislativas nacionales. %n su pre&"bulo sepostulaba =proteger del "odo "as e7ica# uni7or"e posible los derechos de losautores sobre sus obras literarias art3sticas=
A continuaci$n "enciono el contenido de sus pri"eros seis art3culos
Articulo n1 Constituci$n de una 'ni$n
Articulo n2 Obras protegidas.
Articulo n2 bis <osibilidad de li"itar la protecci$n de algunas obras.
Articulo n4 Criterios para la protecci$n
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Articulo n Criterios para la protecci$n de obras cine"atogr&7icas, ar!uitect$nicas gra7icas pl&sticas.
Articulo n> Derechos garanti#ados.
Articulo n6 <osibilidad de restringir la protecci$n con respecto a deter"inadas
obras de nacionales de algunos pa3ses !ue no pertene#can a la uni$n.
Articulo n6 bis Derechos "orales.
-Articulo 17 de la onstitución !acional de La "e#ublica Argentina$=+a propiedad es inviolable, ning?n habitante de la *aci$n puede ser privado deella, sino en virtud de sentencia 7undada en le. +a e-propiaci$n por causa deutilidad p?blica, debe ser cali7icada por le previa"ente inde"ni#ada. @$lo elCongreso i"pone las contribuciones !ue se e-presan en el art. . *ing?n serviciopersonal es e-igible, sino en virtud de le o de sentencia 7undada en le. odoautor o inventor es propietario e-clusivo de su obra, invento o descubri"iento, por
el t9r"ino !ue le acuerde la le. +a con7iscaci$n de bienes !ueda borrada parasie"pre del C$digo <enal Argentino. *ing?n cuerpo ar"ado puede hacerre!uisiciones, ni e-igir au-ilios de ninguna especie=
-Le% 11.7&' - "(gimen legal de la #ro#iedad intelectual$
Articulo n1 Bue protege !ue no los derechos de autor.
Articulo n2 'sos !ue le puede dar el autor a su obra.
Articulo n4 +os derechos obligaciones del autor ante obras an$ni"as seud$ni"as
Articulo n titulares del derecho de propiedad intelectual
Articulo n> n> bis +a propiedad intelectual del autor sobre sus obras en vida al7allecer.
Articulo n6 +os derechos de los herederos ante posibles "odi7icaciones porterceros
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&.
@eg?n la le 11.824 @on titulares del Derecho de Autor%l autor de la obra
@us herederos o derechohabientes+os !ue con per"iso del autor la "odi7ican+as personas 73sicas o ur3dicas cuos dependientes contratados para elaborar unprogra"a de co"putaci$n hubiesen producido un progra"a de co"putaci$n en eldese"peño de sus 7unciones laborales
+a propiedad intelectual le corresponde a su autor durante toda su vida a susherederos o derechohabientes hasta setenta años co"en#ando a partir del 1 de%nero del año siguiente a la "uerte del autor. %n caso de !ue sea una obra encolaboraci$n, se co"en#ara a contar desde el 1 de %nero del año siguiente al dela "uerte del ulti"o colaborador. <ara las obras p$stu"as, los setenta años
e"pie#an a correr a partir del 1 de %nero del año siguiente al de la "uerte delautor. @i el autor 7allece sin dear herederos, los derechos de la obra pasaran al%stado.
*o"bre +autaro igueroa