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Pensiones derivadas de las Leyes de la Seguridad Social y el calculo de las mismas...

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  • 1. PENSIONESIMSS - ISSSTERen Curiel PENSIONISSSTE

2. Que tenemos que pensar- Cul ser tu situacin econmica cuandollegues a la edad de tu RETIRO?- Cul ser tu situacin econmica si tellegas a INVALIDAR?- Cul ser la situacin de tusdependientes si llegas a FALLECER?- Cul ser tu situacin econmica sillegas a quedarte DESEMPLEADO?Ren Curiel 3. 4 Puntos Importantes- Cul ser tu situacin econmica cuando llegues a laedad de tu RETIRO?1. Retiro por Cesanta en edad Avanzada o Vejez Ley 73 y Ley 97Ren CurielPENSIONISSSTE 4. - Caractersticas de los regmenes de pensin de la LSS.LEY 73 LEY 97 CARACTERSTICAS IMSSRecursos Cuenta IndividualCuenta IndividualAdministrado IMSSAFORE500 semanas cotizadas1250 semanas cotizadas, 60 65 Requisitos 60-65 aos de edad.aos o tramitar un retiro anticipado. Clculo de la Promedio de las ltimas De acuerdo al monto ahorrado y Pensin 250 semanas.modalidad de Pensin.Actualizacin Febrero, conforme al INPC Recursos Los recursos se entregarn en una sola exhibicin al momento SAR 92-97 de pensionarseNota: En caso de Retiros Programados, la pensin se actualiza cada ao; siempre y cuando la AFORE genere utilidad.Ren CurielPENSIONISSSTE 5. Metodologa para el Clculo de Pensin deCesanta o Vejez Ley 73Ren Curiel PENSIONISSSTE 6. - Clculo de Pensin de Cesanta o Vejez Ley 73. - Cmo se determina la pensin de un trabajador que decide por la Ley 73? Metodologa para el clculo de la Pensin 73:1. Determinar el nmero de semanas cotizadas.2. Determinar el salario promedio (ltimas 250 semanas).3. Obtener el nmero de veces el salario mnimo vigente del D. F.4. Determinar el rango para el clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales.5. Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.6. Determinar los Incrementos Adicionales.6.1 Determinar el numero de Incrementos Adicionales.6.2 Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica.7. Determinar monto anual por Cesanta o Vejez de acuerdo a la edad de retiro.8. Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin.9. Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/o Ayuda Asistencial.10.Determinar el monto de Pensin con Asignaciones familiares y/o Ayuda Asistencial.11.Determinar monto de la pensin mensual.Ren Curiel PENSIONISSSTE 7. Ejemplo: Clculo de Pensin Ley 73. Datos: - Cliente: Rafael Snchez Torres - Edad: 50 aos - Tiempo trabajado: 30 aos - Edad de Pensin: Desea pensionarse a los 60 aos - Datos adicionales: No cuenta con esposa, ni hijos menores de 16 aos, pero si con un ascendiente que depende econmicamente de l.Ren CurielPENSIONISSSTE 8. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.SABAS QUE ? LSS 73 Art. 25Total de das cotizados (aos cotizados por 365), se divide entre 7,si hay un sobrante de cuatro ms das, se estimar como otrasemana; si el sobrante es de tres menos das, no se tomar encuenta.NOTA: En nuestro ejercicio el trabajador tiene 50 aos de edad y lleva 30aos trabajando y desea pensionarse a los 60 aos, por lo tanto: eltiempo acumulado es de 40 aos, es decir: 30 que ya lleva, ms 10 que lefaltan para los 60 aos.Ren Curiel PENSIONISSSTE 9. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.Das delAoAos trabajados 40 X 365 = 14600Se14600 7 = 2085.71redondea Das de lasemanaRen Curiel PENSIONISSSTE 10. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.- Frmula para redondear semanas (Numero de semanas cotizadas sin decimales) X (7) = No. de das trabajados2(Das trabajados1) (Das trabajados2) = Sobrante de das(2085) X (7) = 145952 146001 - 145952 = 5*Como hay un sobrante de das mayor a tres, se considera como otra semana: Semanas Cotizadas = 2086Ren CurielPENSIONISSSTE 11. Paso 2: Determinar el Salario Promedio. Promedio de los salarios registrados en el IMSS durante las ltimas 250 semanas de cotizacin (cinco aos). Salario registrado en el IMSS de los ltimos 5 aos del cliente. AO SALARIO BASE DE COTIZACIN 1. 2009$ 1370.00 2. 2008$ 1314.75 3. 2007+ $ 1264.25 4. 2006$ 1168.08 5. 2005$ 1076.40Total $ 6193.48 Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio6193.48 5 = 1238.69 SALARIO PROMEDIO = $ 1238.69Ren CurielPENSIONISSSTE 12. Paso 3: Obtener el nmero de Veces el Salario Mnimo Vigente del D.F. El salario diario que resulte se expresar en veces el salario mnimo general diario para el Distrito Federal vigente en el momento en que el asegurado se pensione. Los porcentajes para calcular la cuanta bsica, as como los incrementos anuales se aplicaran al salario promedio diario mencionado.FRMULA: Salario Promedio SMGVDF = Veces Salario MnimoDatos: Salario Diario Mnimo Vigente: $ 62.33 * Salario Promedio (paso 2):$ 1238.69 1238.69 62.33 = 19.87 VSMGVDF* El salario que se considera es el VIGENTE en el Distrito FederalRen CurielPENSIONISSSTE 13. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Art. 167Las pensiones anuales de invalidez y vejez se compondrn de una cuantabsica y de incrementos anuales computados de acuerdo con el nmero decotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a lasprimeras 500 semanas de cotizacin.La cuanta bsica y los incrementos sern calculados conforme a lasiguiente tabla:Ren CurielPENSIONISSSTE 14. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Tabla de Cuanta Bsica e Incrementos Anuales IMPORTESGrupo de salario en veces el salario mnimo general para el D. F.Cuanta Bsica %Incremento anual % Hasta 1 80.000.563 De 1.25 77.110.814 De 1.50 58.181.178 De 1.75 49.231.430 De 2.00 42.671.615 De 2.25 37.651.756 De 2.50 33.681.868 De 2.75 30.481.958 De 3.00 27.832.033 De 3.25 25.602.096 De 3.50 23.702.149 De 3.75 22.072.195 De 4.00 20.652.235 De 4.25 19.392.271 De 4.50 18.292.302 De 4.75 17.302.330 De 5.00 16.412.355 De 5.25 15.612.377 De 5.50 14.882.398 De 5.75 14.222.416 De 6.00 13.622.433 De 6.01 y hasta el lmite superior establecido13.002.450Ren Curiel PENSIONISSSTE 15. Paso 4: Determinar rango para clculo de la CuantaBsica e Incrementos Adicionales. Determinar el grupo de salario del Distrito Federal en que se encuentra el trabajador. Ubicndolo conforme al contenido de la tabla del Art. 167.El resultado del paso 3: 19.87 veces el SMGVDF, se ubica en la tablacomo sigue:Grupo de Salario enCuanta BsicaIncrementoveces SMGVDF de % anual %6.01 al Superior Establecido 13.00 2.450NOTA. Los trabajadores que tengan un Salario Promedio a partir de $359.51 invariablemente les corresponde los porcentajes delSuperior EstablecidoRen Curiel PENSIONISSSTE 16. - Consideraciones: Art 167 LSS 73 Para efectos de determinar la cuanta bsica anual de pensin y susincrementos, se considera como salario diario el promediocorrespondiente a las ltimas 250 semanas de cotizacin. Si el asegurado no las completa, se tomarn las que tuviereacreditadas, siempre que sean suficientes para el otorgamiento de unapensin por invalidez o por muerte. El salario diario que resulte se expresar en veces el SMGVDF en lafecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo dela tabla que antecede en que el propio asegurado se encuentre. Los porcentajes para calcular la cuanta bsica, as como losincrementos anuales se aplicarn al salario promedio diario mencionado.Ren CurielPENSIONISSSTE 17. Paso 5: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula:Monto Anual de CB = % Cuanta(Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsica XFactor 1.11**Decreto: Art. Dcimo Cuarto Procedimiento: LSS, Inciso B, Publicado enDOF 20/12/2001, que entro envigor el 1/01/2004Datos:($1238.69) X (365) X (.13) X (1.11) = 65241.18Monto Anual$ 65,241.18 de CuantaBsicaRen CurielPENSIONISSSTE 18. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.- El trabajador tendr derecho a incrementar su Cuanta Bsica conIncrementos Adicionales, que se otorgaran por cada 52 semanas decotizacin adicionales, a las que se requieren para la LSS 73.Art 167 LSS 73Los incrementos adicionales anuales se sumarn al monto de laCuanta Bsica.Los incrementos se harn por las semanas cotizadas que excedan delas mnimas exigidas por la LSS 73 (500 semanas) para elotorgamiento de la Pensin.El derecho al incremento anual se adquiere por cada 52 semanasms de cotizacin.Ren CurielPENSIONISSSTE 19. 6 Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho. Frmula:Semanas Semanas reconocidas - Semanas requisito = Excedentes Procedimiento: Datos: (paso 1) 2086 - 500 = 1586 SemanasFrmula: (Semanas excedentes) 52 = No. De incrementos anuales Procedimiento:Se redondeaeliminandodecimales Semanas excedentes: 1586 Semanas excedentes 52 = 1586 52 = 30.50Ren CurielPENSIONISSSTE 20. Paso 6.1: Determinar el Incremento Adicional.Redondeo de Incrementos: Los incrementos a la Cuanta Bsica,tratndose de fracciones del ao, se calcularn de la siguienteforma: No. De Incrementos % incremento anualDe 13 a 2650% 27 ms100%SABAS QUE?EL 50% se traduce en un incremento del .50 y el 100% se refleja en elfactor consecutivo; es decir , si es 30.60 se considerar el nmero 31para el calculo de la siguiente frmula.Ren Curiel PENSIONISSSTE 21. Paso 6.2: Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho. - Frmula para redondear Incrementos(Numero de Incrementos sin decimales) X (52) = Semanas Excedentes2 (Semanas Excedentes1) (Semanas Excedentes2) = Sobrante de semanas (30) X (52) = 15602 15861 - 15602 = 26*Como hay una diferencia de fraccin en el rango de 13 a 26semanas se aplica 50% del incremento por lo tanto se redondea a: 30 + .50 = 30.5 Incrementos AnualesRen CurielPENSIONISSSTE 22. Paso 6.3: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional =% Incrementos Numero deFactorSalario Diario X (das del ao) XAdicionales X Incrementos X 1.11 PromedioAdicionales Procedimiento:Datos:($1238.69) X (365) X .02450 X 30.5 X 1.11 = $375,011.33 Monto Anual de $375,011.33Incrementos adicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 23. Paso 7: Determinar el monto anual de Pensin por Cesanta o Vejez de acuerdo a la edad de retiro. Segn la edad a la que el trabajador decide pensionarse es el porcentaje del monto de la misma que le corresponder, de acuerdo con la siguiente tabla: EDAD PORCENTAJENota. 60 Aos75%Se aumentar un ao 61 Aos80%a loscumplidoscuando la edad los62 Aos85%exceda en seis meses. 63 Aos90%64 Aos95%65 Aos100%Procedimiento: (Paso 5 + Paso 6.3) X % de la tabla Edad del Trabajador =Datos: ($65,241.18 + $375,011.33) = $440,252.51 X (.75) =Monto Anual de Pensin por Cesanta = $330,189.38Ren Curiel PENSIONISSSTE 24. Paso 8. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del ao X Factor 1.11Monto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao X 1.11 Procedimiento:Datos:($59.82) X (365) X (1.11) = $24,236.07 Monto Mnimo ($1238.69) X (365) X (1.11) = $501,855.25 Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 25. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Art. 164.- Las asignaciones familiares consisten en ayuda por concepto de carga familiar y se concedern a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, de acuerdo a las siguientes reglas: I.Para la esposa o concubina del pensionado, 15% de la cuanta de la pensin. II.Por cada uno de los hijos menores de 16 aos del pensionado, el 10% de la cuanta de la pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 26. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.III.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos menores de16 aos, se conceder una asignacin del 10% para cada uno de lospadres del pensionado si dependieran econmicamente de l.IV.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos oascendientes que dependan econmicamente de l, se le conceder unaayuda asistencial equivalente al 15% de la cuanta de la pensin que lecorresponda.V. Si el pensionado slo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute deasignacin familiar, se le conceder una ayuda asistencial equivalente al10% de la cuanta de la pensin que deba disfrutar.Ren Curiel PENSIONISSSTE 27. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F. y/o Ayuda A.*En este caso aplica la fraccin III y V del Art. 164 de la LSS 73. Fraccin III = 10%Fraccin V = 10%Procedimiento: Datos:Paso 7. ($330,189.38) X (.20) = $66,037.87 *Monto Anual de Asignacin Familiar y Ayuda Asistencial, Art. 164Ren CurielPENSIONISSSTE 28. Paso 10: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencialProcedimiento: Datos: ($330,189.38) + paso 9 ($66,037.87) =Monto Anual de Pensin = $396,227.25* *Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin Familiar y Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 29. Paso 11: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($396,227.25) (12) = $33,018.93Monto Pensin Mensual = $33,018.93Ren Curiel PENSIONISSSTE 30. Comprobacin de MetodologaRen Curiel PENSIONISSSTE 31. - Comprobar Metodologa: Pensin Ley 73 Anexo 1.1 Semanas Reconocidas % de Salario Promedio AjusteNo. de Incrementos Pensin MensualRen Curiel PENSIONISSSTE 32. Paso 1: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula:Monto Anual de CB = % Cuanta(Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsica XFactor 1.11**Decreto: Art. Dcimo Cuarto Procedimiento: LSS, Inciso B, Publicado enDOF 20/12/2001, que entro envigor el 1/01/2004Datos:($933.84) X (365) X (.13) X (1.11) = 49,184.77Monto Anual$49,184.77de CuantaBsicaRen CurielPENSIONISSSTE 33. Paso 2: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional = % Incrementos Numero deFactor Salario DiarioX (das del ao) XAdicionales X Incrementos X 1.11Promedio Adicionales Procedimiento:Datos: ($933.84) X (365) X .02450 X 31.5 X 1.11 = $291,987.96 Monto Anual de $291,987.96Incrementos adicionalesRen CurielPENSIONISSSTE 34. Paso 3: Determinar la Cuanta de la Pensin por VejezFrmula: Monto de la Cuanta Bsica + Incrementos Adicionales Procedimiento: Datos: ($49,184.88) + ($291,987.96) = Monto Anual de Pensin por Vejez = $341,172.84* *Monto Anual de Pensin Incluyendo los Incrementos AdicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 35. Paso 4: Determinar Pensin por Cesanta 60 aosFrmula: Cuanta de la Pensin por Vejez X Porcentaje de pensinpor edad (80%) =Procedimiento: Datos: ($341,172.84) X (.80) =Monto Anual de Pensin por Cesanta= $272,937.64 Al da 2006/09/30 el pensionado ya cumpli con el requisito de tener 60 aos 6 meses y 1 da; por lo tanto su edad se le reconocer de 61 aos, es decir el 80% de su pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 36. Paso 5: Determinar Monto Anual de la Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula: Total de pensin de Cesanta X Porcentaje de AsignacionesFamiliares =Procedimiento:Datos: ($272,937.64) X (.15) =Monto Anual de Asignaciones Familiares = $40,940.64Ren Curiel PENSIONISSSTE 37. Paso 6: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencialProcedimiento: Datos: ($272,937.64) + ($40,940.64) = Monto Anual de Pensin = $313,878.28Ren Curiel PENSIONISSSTE 38. Paso 7: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($313,878.28) (12) = $26,156.52Monto Pensin Mensual = $26,156.52Ren Curiel PENSIONISSSTE 39. - Comprobar Metodologa: Pensin Ley 73 Anexo 1.2 Pensin MensualRen Curiel PENSIONISSSTE 40. Paso 1: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula:Monto Anual de CB = % Cuanta(Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsica XFactor 1.11**Decreto: Art. Dcimo Cuarto Procedimiento: LSS, Inciso B, Publicado enDOF 20/12/2001, que entro envigor el 1/01/2004Datos:($907.47) X (365) X (.13) X (1.11) = 47,795.44Monto Anual$47,795.44de CuantaBsicaRen CurielPENSIONISSSTE 41. Paso 2: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional = % Incrementos Numero deFactor Salario DiarioX (das del ao) XAdicionales X Incrementos X 1.11Promedio Adicionales Procedimiento:Datos: ($907.46) X (365) X .02450 X 31.5 X 1.11 = $283,739.60 Monto Anual de $283,739.60Incrementos adicionalesRen CurielPENSIONISSSTE 42. Paso 3: Determinar la Cuanta de la Pensin por VejezFrmula: Monto de la Cuanta Bsica + Incrementos Adicionales Procedimiento: Datos: ($47,795.44) + ($283,739.60) = Monto Anual de Pensin por Vejez = $331,534.88* *Monto Anual de Pensin Incluyendo los Incrementos AdicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 43. Paso 4: Determinar Pensin por Cesanta 64 aosFrmula: Cuanta de la Pensin por Vejez X Porcentaje de pensinpor edad (80%) =Procedimiento:Datos: ($331,534.88) X (.100) =Monto Anual de Pensin por Cesanta= $331,534.88 Al da 2006/01/09 el pensionado ya cumpli con el requisito de tener 64 aos 6 meses y 1 da; por lo tanto su edad se le reconocer de 65 aos, es decir el 100% de su pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 44. Paso 5: Determinar Monto Anual de la Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula: Total de pensin de Cesanta X Porcentaje de AsignacionesFamiliares =Procedimiento: Datos: ($331,534.88) X (.1091) =Monto Anual de Asignaciones Familiares = $36,177.78Ren Curiel PENSIONISSSTE 45. Paso 6: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencialProcedimiento: Datos: ($331,534.88) + ($36,177.78) =Monto Anual de Pensin = $367,657.16Ren Curiel PENSIONISSSTE 46. Paso 7: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($367,657.16) (12) = $30,638.09Monto Pensin Mensual = $30,638.09Ren Curiel PENSIONISSSTE 47. EjercicioRen Curiel PENSIONISSSTE 48. - Ejercicio 1: Clculo de Pensin LSS 73Instrucciones: Realiza el clculo de pensin del siguiente caso, bajo elrgimen 73. Nombre: Carlos Prez - Edad : 35 aos- SBC de los ltimos 5 aos: $650, $700, $850, $880, $920 - Datos adicionales: Desea pensionarse a los 62 aos- Beneficiarios: Esposa 1. Determinar el nmero de semanas cotizadas. 2. Determinar el salario promedio (ltimas 250 semanas). 3. Obtener el nmero de veces el salario mnimo vigente del D. F. 4. Determinar el rango para el clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. 5. Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica. 6. Determinar los Incrementos Adicionales. 6.1 Determinar el numero de Incrementos Adicionales. 6.2 Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. 7. Determinar monto anual por Cesanta o Vejez de acuerdo a la edad de retiro. 8. Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin. 9. Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/o Ayuda Asistencial. 10.Determinar el monto de Pensin con Asignaciones familiares y/o Ayuda Asistencial. 11.Determinar monto de la pensin mensual.Ren CurielPENSIONISSSTE 49. Fundamento legal de pensin por cesanta ovejez LSS 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 50. - Pensin de Cesanta o Vejez Ley 97.Art. 154 Ley del Seguro Social: 1250 semanas de cotizacin reconocidas ante el IMSS. 60 aos de edad mnimo cumplidos a la fecha de la solicitud. No contar con un trabajo remunerado. El trabajador cesante que tenga 60 aos o ms y no rena las semanas, podr retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibicin o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su Pensin.Ren CurielPENSIONISSSTE 51. - Modalidades de Pensin LSS 97. Monto Constitutivo - Renta VitaliciaAseguradoraSeguro de SobrevivenciaModalidades de Pensin- Retiros Programados Afore - PMG Art. 170 y 172 LSS 97- Pensin Anticipada: Renta VitaliciaRen Curiel PENSIONISSSTE 52. Retiros de la cuenta individualRen Curiel PENSIONISSSTE 53. - Retiros de la Cuenta Individual.- El pensionado o sus beneficiarios, podrn disponer de los recursosde la CI, en una sola exhibicin, bajo los siguientes criterios:- Cuando gozan de una pensin por Ley 73: Cuando gozan de una pensin de Cesanta o Vejez por Ley 73ConceptoPensionadoViuda Orfandad Ascendientes Observaciones SAR Retiro - Siempre y cuando 92la invalidez sea de SARms del 50% de Vivienda disfuncin orgnica.92- CV (AFORE) yVivienda97 Retiro 97 (INFONAVIT) seCV X XX X entrega al IMSS.- Viuda, Orfandad yAscendientes, Vivienda siempre y cuando X XX X97no hayan hecho yael trmite.Ren Curiel Fuente: Ley 73, Artculos 183 O y 183 S.PENSIONISSSTE 54. - Retiros de la Cuenta Individual.- El pensionado o sus beneficiarios, podrn disponer de los recursosde la CI, en una sola exhibicin, bajo los siguientes criterios:- Cuando gozan de una pensin por Ley 97: Cuando gozan de una pensin de Cesanta o Vejez por Ley 97 Pension Viu Orfan AscendieConceptoObservaciones ado da dadntesSAR Retiro- Siempre y cuando la 92 invalidez sea de ms del 50%SAR de disfuncin orgnica.- RCV (AFORE) y Vivienda 97Vivienda 92(INFONAVIT) se entrega al Retiro 97 X XXXIMSS, para formar parte delCV X XXXMonto Constitutivo.- Viuda,Orfandad yAscendientes,siempre yVivienda 97X XXXcuando no hayan hecho ya eltrmite.Ren CurielFuente: Ley 97 Artculos 120, 126, 127. PENSIONISSSTE 55. Fundamento legal del seguro de InvalidezRen CurielPENSIONISSSTE 56. 4 Puntos Importantes- Cul ser tu situacin econmica si te llegas aINVALIDAR?- Cul ser la situacin de tus dependientes si llegasa FALLECER?1. Invalidez Ley 73 Vs. Ley 97.Ren CurielPENSIONISSSTE 57. - Invalidez Existe Invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneracin superior al cincuenta por ciento de su remuneracin habitual percibida durante el ltimo ao de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.Ejemplo: Enfermedad o accidente No profesionales Enfermedades generales: Diabetes, males cardiacos, cncer, sida, etc. Accidentes no Profesionales: Accidentes en vacaciones, en fin de semana, es decir, que no tenga ninguna relacin con una actividad laboral(Fuente: Ley del Seguro Social Ley 73 Artculo 128 y Ley 97 Artculo 119).Ren CurielPENSIONISSSTE 58. - Invalidez Ley 73- Consecuencias y porcentajes Ley SS 73 Artculos 128 y 149Seguro porPrestacin Recursos CondicionesPensin Temporal IMSSPensin Definitiva InvalidezAsignaciones -Base: Salario PromedioArt 128FamiliaresCuenta Individual de las ltimas 250Ayuda Asistencial(Subcuenta de RCV)semanas de cotizacin.Art 129 y 130Art 167 -Para obtenerlosViudez beneficiosde este 90% IMSSArt 153seguro, el trabajadorOrfandad deber haber acreditado Muerte20% el pago de 150 semanasArt 156 y 157 Art 149 Cuenta Individual de cotizacin ante el (Subcuenta de RCV)IMSS. Art 131Ascendientes 20%Art 159 Fuente: Ley del SS de 1973Ren Curiel PENSIONISSSTE 59. - Invalidez Ley 97 - Consecuencias y porcentajesLey SS 97 Artculos 119 y 127Seguro porPrestacinRecursos Condiciones IMSS -Base: Salario Promedio de las Pensin Temporal ltimas 500 semanas de cotizacin. Pensin Definitiva Art 141 al 145Invalidez CuentaAsignaciones Familiares -Para obtener los beneficios del Art 119Individual Ayuda Asistencialramo de invalidez, el trabajador (SubcuentaArt 120,121,122 deber haber acreditado el pago de de RCV)250 semanas de cotizacin ante elViudezIMSS. Art 12290%IMSSArt 130 -En el caso que el dictamenrespectivo determine el 75% o ms Orfandad20% de invalidez slo se requerir que Art 134 y 135tenga acreditadas 150 semanas deVidaCuentacotizacin. Art 122 Art 127Individual-Para obtener los beneficios del Ascendientes(Subcuenta ramo de vida, el trabajador deber20%de RCV) Art 137haber acreditado el pago de 150semanas de cotizacin ante el IMSS.Art 128 Fuente: Ley del Seguro Social de 1997Ren CurielPENSIONISSSTE 60. Metodologa para el calculo de pensin deInvalidez LSS 73Ren Curiel PENSIONISSSTE 61. - Clculo de Pensin de Invalidez Ley 73. - Cmo se determina la pensin de un trabajador por la Ley 73? Metodologa para el clculo de Pensin de Invalidez por Ley 73: Pasos: 1. Determinar el nmero de Semanas cotizadas. 2. DeterminarelSalarioPromedio (ltimas 250semanas). 3. Obtener el nmero de Veces el Salario Mnimo Vigentedel D. F. 4. Determinar el rango para el clculo de la CuantaBsica e Incrementos Adicionales. PENSIONISSSTERen Curiel 62. - Clculo de Pensin de Invalidez Ley 73.5. Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.6. Determinar los Incrementos Adicionales.6.1.Determinar el numero de Incrementos Adicionales.6.2.Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica.7.Determinar el monto anual de Pensin.Ren CurielPENSIONISSSTE 63. - Clculo de Pensin de Invalidez Ley 73.8.Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin.9.Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/oAyuda Asistencial.10.Determinar monto anual de Pensin con asignacionesfamiliares y/o ayuda asistencial.11. Determinar monto de la pensin mensual.Ren Curiel PENSIONISSSTE 64. Ejemplo: Clculo de Pensin Ley 73. Datos: - Cliente: Rodrigo Franco - Edad: 40 aos - Tiempo trabajado: 20 aos - Datos adicionales: Cuenta con esposa y con un hijo de 12 aos de edad.Ren CurielPENSIONISSSTE 65. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas. La Ley del Seguro Social de 1973 dice en el Art. 25Total de das cotizados (aos cotizados por 365), se divide entre 7,si hay un sobrante de cuatro ms das, se estimar como otrasemana; si el sobrante es de tres menos das, no se tomar encuenta. Formula 20 X 365 = 7300Se 7300 7 = 1042.85redondeaRen Curiel PENSIONISSSTE 66. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.- Frmula para redondear semanas (Numero de semanas cotizadas sin decimales) X (7) = No. de das trabajados2(Das trabajados1) (Das trabajados2) = Sobrante de das (1042) X (7) = 7294273001 - 72942 = 6 *Como hay un sobrante de das mayor a tres, se considera como otra semana: Semanas Cotizadas = 1043Ren CurielPENSIONISSSTE 67. Paso 2: Determinar el Salario Promedio.Promedio de los salarios registrados en el IMSS durante las ltimas250 semanas de cotizacin (cinco aos).Salario registrado en el IMSS de los ltimos 5 aos del cliente. AO SALARIO BASE DE COTIZACIN 1. 2009 $ 600.00 2. 2008 $ 780.50 3. 2007 + $ 720.50 4. 2006 $ 640.00 5. 2005 $ 600.00Total$ 3,341.00 Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio$3,341 5 = $668.20SALARIO PROMEDIO =$ 668.20Ren CurielPENSIONISSSTE 68. Paso 3: Obtener el nmero de Veces el Salario Mnimo Vigente del D.F.El salario diario que resulte se expresar en veces el salario mnimogeneral diario para el Distrito Federal vigente en el momento en queel asegurado se pensione. Los porcentajes para calcular la cuantabasita, as como los incrementos anuales se aplicaran al salariopromedio diario mencionado.FRMULA: Salario Promedio SMGVDF = Veces Salario Mnimo Datos: Salario Diario Mnimo Vigente:$ 59.82 * Salario Promedio (paso 2): $ 1238.69 $668.20 59.82 = 11.17 VSMGVDF* El salario que se considera es el VIGENTE en el Distrito FederalRen CurielPENSIONISSSTE 69. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Art. 167Las pensiones anuales de invalidez y vejez se compondrn de una cuantabsica y de incrementos anuales computados de acuerdo con el nmero decotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a lasprimeras 500 semanas de cotizacin.La cuanta bsica y los incrementos sern calculados conforme a lasiguiente tabla:Ren CurielPENSIONISSSTE 70. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Tabla de Cuanta Bsica e Incrementos Anuales IMPORTESGrupo de salario en veces el salario mnimo general para el D. F.Cuanta Bsica %Incremento anual % Hasta 1 80.000.563 De 1.25 77.110.814 De 1.50 58.181.178 De 1.75 49.231.430 De 2.00 42.671.615 De 2.25 37.651.756 De 2.50 33.681.868 De 2.75 30.481.958 De 3.00 27.832.033 De 3.25 25.602.096 De 3.50 23.702.149 De 3.75 22.072.195 De 4.00 20.652.235 De 4.25 19.392.271 De 4.50 18.292.302 De 4.75 17.302.330 De 5.00 16.412.355 De 5.25 15.612.377 De 5.50 14.882.398 De 5.75 14.222.416 De 6.00 13.622.433 De 6.01 y hasta el lmite superior establecido13.002.450Ren Curiel PENSIONISSSTE 71. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales.Determinar el grupo de salario del Distrito Federal en que se encuentrael trabajador. Ubicndolo conforme al contenido de la tabla del Art.167.El resultado del paso 3: 11.17 veces el SMGVDF, se ubica en la tablacomo sigue:Grupo de Salario en Cuanta BsicaIncrementoveces SMGVDF de% anual %6.01 al Superior Establecido13.00 2.450 NOTA. Los trabajadores que tengan un Salario Promedio a partir de $359.51 invariablemente les corresponde los porcentajes del Superior Establecido.Ren CurielPENSIONISSSTE 72. - Consideraciones: Art 167 Para efectos de determinar la cuanta bsica anual de pensin y sus incrementos, se considera como salario diario el promedio correspondiente a las ltimas 250 semanas de cotizacin. Si el asegurado no las completa, se tomarn las que tuviere acreditadas, siempre que sean suficientes para el otorgamiento de una pensin por invalidez o por muerte. El salario diario que resulte se expresar en veces el SMGVDF en la fecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo de la tabla que antecede en que el propio asegurado se encuentre. Los porcentajes para calcular la cuanta bsica, as como los incrementos anuales se aplicarn al salario promedio diario mencionado.Ren Curiel PENSIONISSSTE 73. Paso 5: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula:Monto Anual de CB =% Cuanta(Salario Diario Promedio) X (das del ao) X Bsica Procedimiento: Datos: ($668.20) X (365) X (.13) = 31,706.09 Monto Anual$ 31,706.09de Cuanta Bsica Nota: Para los pensionados de 60 aos o ms (cualquier tipo de pensin), con pensin igual o mayor a un salario mnimo general vigente en el Distrito Federal, el monto de su pensin ser el resultado de multiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si se pensionan despus de esa fecha, por el factor de 1.11; (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren Curiel PENSIONISSSTE 74. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.- El trabajador tendr derecho a incrementar su Cuanta Bsica conIncrementos Adicionales, que se otorgaran por cada 52 semanas decotizacin adicionales, a las que se requieren para la LSS 73.Art 167 LSS 73Los incrementos adicionales anuales se sumarn al monto de laCuanta Bsica.Los incrementos se harn por las semanas cotizadas que excedan delas mnimas exigidas por la LSS 73 (500 semanas) para elotorgamiento de la Pensin.El derecho al incremento anual se adquiere por cada 52 semanasms de cotizacin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 75. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.Redondeo de Incrementos: Los incrementos a la Cuanta Bsica,tratndose de fracciones del ao, se calcularn de la siguienteforma: No. de semanas % incremento anual De 13 a 2650%27 ms 100%Ren CurielPENSIONISSSTE 76. 6.1 Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho. Frmula: Semanas Semanas reconocidas - Semanas requisito =Excedentes Procedimiento:Datos: (paso 1) 1043 - 500 = 543 SemanasFrmula: (Semanas excedentes) 52 = No. De incrementos anualesProcedimiento: Semanas excedentes: 543Formula: Semanas excedentes 52 =Se redondea 543 52 = 10.44Ren CurielPENSIONISSSTE 77. Paso 6.1: Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho.- Frmula para redondear Incrementos(Numero de Incrementos sin decimales) X (52) = Semanas Excedentes2 (Semanas Excedentes1) (Semanas Excedentes2) = Sobrante de semanas(10) X (52) = 5202 5431 - 5202 = 23*Como hay una diferencia de fraccin entre el rango de 13 a 26 semanas por lo tanto se aplica 50% del incremento que es de:10.5 Incrementos AnualesRen Curiel PENSIONISSSTE 78. Paso 6.1: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica.Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional =% Incrementos Numero deSalario Diario X (das del ao) XAdicionales X Incrementos PromedioAdicionalesProcedimiento:Datos: ($668.20) X (365) X .02450 X 10.5 = $62,741.47 Monto Anual de$62,741.47Incrementos adicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 79. Paso 7: Determinar el monto anual de Pensin. Procedimiento: Paso 5 + Paso 6.2 = Monto Anual de pensin Datos: ($31,706.09 + $62,741.47) = $94,447.56Monto Anual de Pensin por Invalidez = $94,447.56Ren CurielPENSIONISSSTE 80. Paso 8. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del aoMonto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao Procedimiento:Datos:($59.82) X (365) = $21,834.30 Monto Mnimo($668.20) X (365) = $243,893.00* Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 81. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Art. 164.- Las asignaciones familiares consisten en ayuda por concepto de carga familiar y se concedern a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, de acuerdo a las siguientes reglas: I.Para la esposa o concubina del pensionado, 15% de la cuanta de la pensin. II.Por cada uno de los hijos menores de 16 aos del pensionado, el 10% de la cuanta de la pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 82. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.III.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos menores de16 aos, se conceder una asignacin del 10% para cada uno de lospadres del pensionado si dependieran econmicamente de l.IV.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos oascendientes que dependan econmicamente de l, se le conceder unaayuda asistencial equivalente al 15% de la cuanta de la pensin que lecorresponda.V. Si el pensionado slo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute deasignacin familiar, se le conceder una ayuda asistencial equivalente al10% de la cuanta de la pensin que deba disfrutar.Ren Curiel PENSIONISSSTE 83. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F. y/o Ayuda A.*En este caso aplica la fraccin I y II del Articulo 164 de la LSS 73. Fraccin I = 15%Fraccin II = 10% Procedimiento: Datos: Paso 7. ($94,447.56) X (.25) = $23,611.89*Monto Anual de Asignacin Familiar Art. 164 LSS 73Ren Curiel PENSIONISSSTE 84. Paso 10: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial Procedimiento:Datos: ($94,447.56) + paso 9 ($23,611.89) =Monto Anual de Pensin = $118,059.45* *Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin FamiliarRen Curiel PENSIONISSSTE 85. Paso 11: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos:Paso 10 ($118,059.45) (12) = $9,838.28Monto Pensin Mensual = $9,838.28Ren CurielPENSIONISSSTE 86. Ejemplo: Clculo de Pensin Ley 73. Datos: - Cliente: Javier Lozano - Edad: 40 aos - Tiempo trabajado: 20 aos - Datos adicionales: Cuenta con y con un hijo de 15 aos de edad.Ren Curiel PENSIONISSSTE 87. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas. La Ley del Seguro Social de 1973 dice en el Art. 25Total de das cotizados (aos cotizados por 365), se divide entre 7,si hay un sobrante de cuatro ms das, se estimar como otrasemana; si el sobrante es de tres menos das, no se tomar encuenta. Formula 20 X 365 = 7300Se 7300 7 = 1042.85redondeaRen Curiel PENSIONISSSTE 88. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.- Frmula para redondear semanas(Numero de semanas cotizadas sin decimales) X (7) = No. de das trabajados2(Das trabajados1) (Das trabajados2) = Sobrante de das (1042) X (7) = 7294273001 - 72942 = 6*Como hay un sobrante de das mayor a tres, se considera como otra semana: Semanas Cotizadas = 1043Ren CurielPENSIONISSSTE 89. Paso 2: Determinar el Salario Promedio.Promedio de los salarios registrados en el IMSS durante las ltimas250 semanas de cotizacin (cinco aos).Salario registrado en el IMSS de los ltimos 5 aos del cliente. AO SALARIO BASE DE COTIZACIN 1. 2009 $ 1370 2. 2008 $ 1314.75 3. 2007 $ 1264.25 4. 2006 + $ 1168.08 5. 2005 $ 1076.40 Total $ 6,193.48 Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio$6,139.48 5 = $ 1,238.69 SALARIO PROMEDIO = $ 1,238.69Ren CurielPENSIONISSSTE 90. Paso 3: Obtener el nmero de Veces el Salario Mnimo Vigente del D.F.El salario diario que resulte se expresar en veces el salario mnimogeneral diario para el Distrito Federal vigente en el momento en queel asegurado se pensione. Los porcentajes para calcular la cuantabasita, as como los incrementos anuales se aplicaran al salariopromedio diario mencionado.FRMULA: Salario Promedio SMGVDF = Veces Salario Mnimo Datos: Salario Diario Mnimo Vigente:$ 59.82 * Salario Promedio (paso 2): $ 1238.69 $1,238.69 59.82 = 20.70 VSMGVDF* El salario que se considera es el VIGENTE en el Distrito FederalRen CurielPENSIONISSSTE 91. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Art. 167Las pensiones anuales de invalidez y vejez se compondrn de una cuantabsica y de incrementos anuales computados de acuerdo con el nmero decotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a lasprimeras 500 semanas de cotizacin.La cuanta bsica y los incrementos sern calculados conforme a lasiguiente tabla:Ren CurielPENSIONISSSTE 92. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Tabla de Cuanta Bsica e Incrementos Anuales IMPORTESGrupo de salario en veces el salario mnimo general para el D. F.Cuanta Bsica %Incremento anual % Hasta 1 80.000.563 De 1.25 77.110.814 De 1.50 58.181.178 De 1.75 49.231.430 De 2.00 42.671.615 De 2.25 37.651.756 De 2.50 33.681.868 De 2.75 30.481.958 De 3.00 27.832.033 De 3.25 25.602.096 De 3.50 23.702.149 De 3.75 22.072.195 De 4.00 20.652.235 De 4.25 19.392.271 De 4.50 18.292.302 De 4.75 17.302.330 De 5.00 16.412.355 De 5.25 15.612.377 De 5.50 14.882.398 De 5.75 14.222.416 De 6.00 13.622.433 De 6.01 y hasta el lmite superior establecido13.002.450Ren Curiel PENSIONISSSTE 93. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales.Determinar el grupo de salario del Distrito Federal en que se encuentrael trabajador. Ubicndolo conforme al contenido de la tabla del Art.167.El resultado del paso 3: 20.70 veces el SMGVDF, se ubica en la tablacomo sigue:Grupo de Salario en Cuanta BsicaIncrementoveces SMGVDF de% anual %6.01 al Superior Establecido13.00 2.450 NOTA. Los trabajadores que tengan un Salario Promedio a partir de $359.51 invariablemente les corresponde los porcentajes del Superior Establecido.Ren CurielPENSIONISSSTE 94. - Consideraciones: Art 167 Para efectos de determinar la cuanta bsica anual de pensin y susincrementos, se considera como salario diario el promediocorrespondiente a las ltimas 250 semanas de cotizacin. Si el asegurado no las completa, se tomarn las que tuviereacreditadas, siempre que sean suficientes para el otorgamiento de unapensin por invalidez o por muerte. El salario diario que resulte se expresar en veces el SMGVDF en lafecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo dela tabla que antecede en que el propio asegurado se encuentre. Los porcentajes para calcular la cuanta bsica, as como losincrementos anuales se aplicarn al salario promedio diario mencionado.Ren CurielPENSIONISSSTE 95. Paso 5: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica. Frmula: Monto Anual de CB =% Cuanta Factor (Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsica X 1.11Procedimiento:Datos: ($1,238.69) X (365) X (.13) X 1.11 = $65,241.18 PensionadoMonto Anualdespus del$ 65,241.18 de Cuanta 31 de Dic.Bsica 2003.Nota: Para los pensionados de 60 aos o ms (cualquier tipo de pensin), con pensin igual o mayor aun salario mnimo general vigente en el Distrito Federal, el monto de su pensin ser el resultado demultiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si sepensionan despus de esa fecha, por el factor de 1.11; (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004),transitorio Dcimo cuarto.Ren Curiel PENSIONISSSTE 96. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional. - El trabajador tendr derecho a incrementar su Cuanta Bsica con Incrementos Adicionales, que se otorgaran por cada 52 semanas de cotizacin adicionales, a las que se requieren para la LSS 73. Art 167 LSS 73 Los incrementos adicionales anuales se sumarn al monto de la Cuanta Bsica. Los incrementos se harn por las semanas cotizadas que excedan de las mnimas exigidas por la LSS 73 (500 semanas) para el otorgamiento de la Pensin. El derecho al incremento anual se adquiere por cada 52 semanas ms de cotizacin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 97. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.Redondeo de Incrementos: Los incrementos a la Cuanta Bsica,tratndose de fracciones del ao, se calcularn de la siguienteforma: No. de semanas % incremento anual De 13 a 2650%27 ms 100%Ren CurielPENSIONISSSTE 98. 6.1 Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho. Frmula: Semanas Semanas reconocidas - Semanas requisito =ExcedentesProcedimiento: Datos: (paso 1) 1043 - 500 = 543 SemanasFrmula: (Semanas excedentes) 52 = No. De incrementos anuales Procedimiento: Se redondea Semanas excedentes: 543Semanas excedentes 52 = 543 52 = 10.44Ren CurielPENSIONISSSTE 99. Paso 6.1: Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho.- Frmula para redondear Incrementos(Numero de Incrementos sin decimales) X (52) = Semanas Excedentes2 (Semanas Excedentes1) (Semanas Excedentes2) = Sobrante de semanas(10) X (52) = 5202 5431 - 5202 = 23*Como hay una diferencia de fraccin entre el rango de 13 a 26 semanas por lo tanto se aplica 50% del incremento que es de:10.5 Incrementos AnualesRen Curiel PENSIONISSSTE 100. Paso 6.1: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica.Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional =% Incrementos Numero deSalario Diario X (das del ao) XAdicionales X Incrementos PromedioAdicionalesProcedimiento:Datos: ($1,238.69) X (365) X .02450 X 10.5 = $116,308.34 Monto Anual de$116,308.34 Incrementos adicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 101. Paso 7: Determinar el monto anual de Pensin. Procedimiento: Paso 5 + Paso 6.2 = Monto Anual de pensin Datos: ($65,241.18 + $116,308.34) = $181,549.52Monto Anual de Pensin por Invalidez = $181,549.52Ren Curiel PENSIONISSSTE 102. Paso 8. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del ao Monto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao Procedimiento:Datos:($59.82) X (365) = $21,834.30 Monto Mnimo ($1,238.69) X (365) = $452,121.85* Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 103. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Art. 164.- Las asignaciones familiares consisten en ayuda por concepto de carga familiar y se concedern a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, de acuerdo a las siguientes reglas: I.Para la esposa o concubina del pensionado, 15% de la cuanta de la pensin. II.Por cada uno de los hijos menores de 16 aos del pensionado, el 10% de la cuanta de la pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 104. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.III.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos menores de16 aos, se conceder una asignacin del 10% para cada uno de lospadres del pensionado si dependieran econmicamente de l.IV.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos oascendientes que dependan econmicamente de l, se le conceder unaayuda asistencial equivalente al 15% de la cuanta de la pensin que lecorresponda.V. Si el pensionado slo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute deasignacin familiar, se le conceder una ayuda asistencial equivalente al10% de la cuanta de la pensin que deba disfrutar.Ren CurielPENSIONISSSTE 105. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F. y/o Ayuda A.*En este caso aplica la fraccin I y II del Articulo 164 de la LSS 73. Fraccin I = 15%Fraccin II = 10% Procedimiento: Datos:Paso 7. ($181,549.52) X (.25) = $45,387.38*Monto Anual de Asignacin Familiar Art. 164 LSS 73Ren Curiel PENSIONISSSTE 106. Paso 10: Determinar del monto Anual de Pensin conAsignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial Procedimiento: Datos: ($181,549.52) + paso 9 ($45,387.38) = Monto Anual de Pensin = $226,936.90 *Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin FamiliarRen Curiel PENSIONISSSTE 107. Paso 11: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos:Paso 10 ($226,936.90) (12) = $18,911.40Monto Pensin Mensual = $18,911.40Ren Curiel PENSIONISSSTE 108. Comprobacin de MetodologaRen Curiel PENSIONISSSTE 109. - Comprobar Metodologa: Pensin de InvalidezDefinitiva Ley 73Anexo 2 Pensin MensualRen CurielPENSIONISSSTE 110. Paso 1: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula: Monto Anual de CB = % Cuanta(Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsicaProcedimiento: Datos: ($396.85) X (365) X (.13) = 18,830.53 Monto Anual$18,830.53 de Cuanta BsicaRen CurielPENSIONISSSTE 111. Paso 2: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional = % Incrementos Numero de Salario DiarioX (das del ao) XAdicionales X IncrementosPromedio AdicionalesProcedimiento:Datos:($396.85) X (365) X .02450 X 23.50 = $83,397.53 Monto Anual de $83,397.53 Incrementos adicionalesRen CurielPENSIONISSSTE 112. Paso 3: Determinar la Cuanta de la Pensin por InvalidezFrmula: Monto de la Cuanta Bsica + Incrementos Adicionales Procedimiento:Datos: ($18,830.53) + ($83,397.53) = Monto Anual de Pensin por Vejez = $102,228.06* *Monto Anual de Pensin Incluyendo los IncrementosAdicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 113. Paso 4: Determinar Monto Anual de la Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula: Total de pensin de Cesanta X Porcentaje de AsignacionesFamiliares =Procedimiento: Datos: ($102,228.06) X (.25) = $25,557Monto Anual de Asignaciones Familiares = $25,557Ren Curiel PENSIONISSSTE 114. Paso 5: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencialProcedimiento: Datos: ($102,228.06) + ($25,557) =Monto Anual de Pensin = $127,785.06Ren Curiel PENSIONISSSTE 115. Paso 6: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($127,785.06) (12) = $10,648.75Monto Pensin Mensual = $10,648.75Ren Curiel PENSIONISSSTE 116. EjercicioRen Curiel PENSIONISSSTE 117. - Ejercicio 2: Clculo de Pensin de Invalidez Ley 73Instrucciones: Realiza el clculo de pensin del siguiente caso, bajo elrgimen 73.Nombre: Carlos Prez Edad: 35 aosTiempo trabajado: 15 aosSalario Base de cotizacin ltimos 5 aos: $650, $700, $850, $880, $920Datos adicionales: nicamente tiene un ascendiente que depende econmicamente del 1.- Determinar el nmero de las semanas cotizadas. 2.- Determinar el Salario Promedio (ultimas 250 semanas de cotizacin). 3.- Obtener el nmero de veces el salario mnimo vigente del D.F. 4.- Determinar el rango para el clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. 5.- Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica. 6.- Determinar el incremento adicional. 6.1.- Determinar el nmero de incrementos adicionales. 6.2.- Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica. 7.- Determinar el monto anual de Pensin de Invalidez Definitiva 8.- Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin. 9.- Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/o Ayuda Asistencial. 10.- Determinar monto anual de Pensin de Invalidez con asignaciones familiares y/o ayuda asistencial. 11.- Determinar monto de la Pensin Invalidez mensual.Ren CurielPENSIONISSSTE 118. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas. La Ley del Seguro Social de 1973 dice en el Art. 25Total de das cotizados (aos cotizados por 365), se divide entre 7,si hay un sobrante de cuatro ms das, se estimar como otrasemana; si el sobrante es de tres menos das, no se tomar encuenta. Formula15 X 365 = 5,475Se5,475 7 = 782.14 redondeaRen Curiel PENSIONISSSTE 119. Paso 1: Determinar el nmero de semanas cotizadas.- Frmula para redondear semanas (Numero de semanas cotizadas sin decimales) X (7) = No. de das trabajados2(Das trabajados1) (Das trabajados2) = Sobrante de das(782.14) X (7) = 5,474.9825,4751 5,474.982 = 0.02 *Como NO hay un sobrante de das mayor a tres, no se considera como otra semana: Semanas Cotizadas = 782Ren CurielPENSIONISSSTE 120. Paso 2: Determinar el Salario Promedio.Promedio de los salarios registrados en el IMSS durante las ltimas250 semanas de cotizacin (cinco aos).Salario registrado en el IMSS de los ltimos 5 aos del cliente.AO SALARIO BASE DE COTIZACIN1. 2009 $ 6502. 2008 $ 7003. 2007 $ 8504. 2006 + $ 8805. 2005 $ 920Total $ 4,000Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio $4,000 5 = $ 800SALARIO PROMEDIO =$ 800Ren Curiel PENSIONISSSTE 121. Paso 3: Obtener el nmero de Veces el Salario Mnimo Vigente del D.F.El salario diario que resulte se expresar en veces el salario mnimogeneral diario para el Distrito Federal vigente en el momento en queel asegurado se pensione. Los porcentajes para calcular la cuantabasita, as como los incrementos anuales se aplicaran al salariopromedio diario mencionado.FRMULA: Salario Promedio SMGVDF = Veces Salario MnimoDatos: Salario Diario Mnimo Vigente:$ 59.82 * Salario Promedio (paso 2): $ 800 $800 59.82 = 13.37 VSMGVDF* El salario que se considera es el VIGENTE en el Distrito FederalRen CurielPENSIONISSSTE 122. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Art. 167Las pensiones anuales de invalidez y vejez se compondrn de una cuantabsica y de incrementos anuales computados de acuerdo con el nmero decotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a lasprimeras 500 semanas de cotizacin.La cuanta bsica y los incrementos sern calculados conforme a lasiguiente tabla:Ren CurielPENSIONISSSTE 123. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales. Tabla de Cuanta Bsica e Incrementos Anuales IMPORTESGrupo de salario en veces el salario mnimo general para el D. F.Cuanta Bsica %Incremento anual % Hasta 1 80.000.563 De 1.25 77.110.814 De 1.50 58.181.178 De 1.75 49.231.430 De 2.00 42.671.615 De 2.25 37.651.756 De 2.50 33.681.868 De 2.75 30.481.958 De 3.00 27.832.033 De 3.25 25.602.096 De 3.50 23.702.149 De 3.75 22.072.195 De 4.00 20.652.235 De 4.25 19.392.271 De 4.50 18.292.302 De 4.75 17.302.330 De 5.00 16.412.355 De 5.25 15.612.377 De 5.50 14.882.398 De 5.75 14.222.416 De 6.00 13.622.433 De 6.01 y hasta el lmite superior establecido13.002.450Ren Curiel PENSIONISSSTE 124. Paso 4: Determinar rango para clculo de la Cuanta Bsica e Incrementos Adicionales.Determinar el grupo de salario del Distrito Federal en que se encuentrael trabajador. Ubicndolo conforme al contenido de la tabla del Art.167.El resultado del paso 3: 13.37 veces el SMGVDF, se ubica en la tablacomo sigue:Grupo de Salario en Cuanta BsicaIncrementoveces SMGVDF de% anual %6.01 al Superior Establecido13.00 2.450 NOTA. Los trabajadores que tengan un Salario Promedio a partir de $359.51 invariablemente les corresponde los porcentajes del Superior Establecido.Ren CurielPENSIONISSSTE 125. - Consideraciones: Art 167 Para efectos de determinar la cuanta bsica anual de pensin y susincrementos, se considera como salario diario el promediocorrespondiente a las ltimas 250 semanas de cotizacin. Si el asegurado no las completa, se tomarn las que tuviereacreditadas, siempre que sean suficientes para el otorgamiento de unapensin por invalidez o por muerte. El salario diario que resulte se expresar en veces el SMGVDF en lafecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo dela tabla que antecede en que el propio asegurado se encuentre. Los porcentajes para calcular la cuanta bsica, as como losincrementos anuales se aplicarn al salario promedio diario mencionado.Ren CurielPENSIONISSSTE 126. Paso 5: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica.Frmula: Monto Anual de CB = % Cuanta Factor(Salario Diario Promedio) X (das del ao) XBsica X 1.11 Procedimiento:Datos: ($800) X (365) X (.13) X 1.11 = $42,135.60Pensionado Monto Anualdespus del $ 42,135.60 de Cuanta 31 de Dic. Bsica 2003.Nota: Para los pensionados de 60 aos o ms (cualquier tipo de pensin), con pensin igual o mayor aun salario mnimo general vigente en el Distrito Federal, el monto de su pensin ser el resultado demultiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si sepensionan despus de esa fecha, por el factor de 1.11; (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004),transitorio Dcimo cuarto.Ren Curiel PENSIONISSSTE 127. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.- El trabajador tendr derecho a incrementar su Cuanta Bsica conIncrementos Adicionales, que se otorgaran por cada 52 semanas decotizacin adicionales, a las que se requieren para la LSS 73.Art 167 LSS 73Los incrementos adicionales anuales se sumarn al monto de laCuanta Bsica.Los incrementos se harn por las semanas cotizadas que excedan delas mnimas exigidas por la LSS 73 (500 semanas) para elotorgamiento de la Pensin.El derecho al incremento anual se adquiere por cada 52 semanasms de cotizacin.Ren CurielPENSIONISSSTE 128. Paso 6: Determinar el Incremento Adicional.Redondeo de Incrementos: Los incrementos a la Cuanta Bsica,tratndose de fracciones del ao, se calcularn de la siguienteforma: No. de semanas % incremento anual De 13 a 2650%27 ms 100%Ren CurielPENSIONISSSTE 129. 6.1 Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho. Frmula:Semanas Semanas reconocidas - Semanas requisito = Excedentes Procedimiento: Datos: (paso 1) 782 - 500 = 282 SemanasFrmula: (Semanas excedentes) 52 = No. De incrementos anualesProcedimiento: Se redondeaSemanas excedentes: 282Semanas excedentes 52 = 282 52 = 5.42Ren CurielPENSIONISSSTE 130. Paso 6.1: Determinar el nmero de incrementos a los que se tiene derecho.- Frmula para redondear Incrementos(Numero de Incrementos sin decimales) X (52) = Semanas Excedentes2 (Semanas Excedentes1) (Semanas Excedentes2) = Sobrante de semanas (5) X (52) = 2602 2821 - 5602 = 22*Como hay una diferencia de fraccin entre el rango de 13 a 26 semanas por lo tanto se aplica 50% del incremento que es de:5.5 Incrementos AnualesRen Curiel PENSIONISSSTE 131. Paso 6.1: Determinar el monto anual del Incremento Adicional a la Cuanta Bsica.Frmula: Monto Anual de Incremento Adicional =% Incrementos Numero deSalario Diario X (das del ao) XAdicionales X Incrementos PromedioAdicionalesProcedimiento: Datos: ($800) X (365) X .02450 X 5.5 = $39,347.00 Monto Anual de$39,347.00Incrementos adicionalesRen Curiel PENSIONISSSTE 132. Paso 7: Determinar el monto anual de Pensin. Procedimiento: Paso 5 + Paso 6.2 = Monto Anual de pensin Datos: ($42,135.60 + $39,347) = $81,482.60Monto Anual de Pensin por Invalidez = $81,482.60Ren Curiel PENSIONISSSTE 133. Paso 8. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del aoMonto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao Procedimiento:Datos:($59.82) X (365) = $21,834.30 Monto Mnimo ($800) X (365) = $292,000.00* Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 134. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Art. 164.- Las asignaciones familiares consisten en ayuda por concepto de carga familiar y se concedern a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, de acuerdo a las siguientes reglas: I.Para la esposa o concubina del pensionado, 15% de la cuanta de la pensin. II.Por cada uno de los hijos menores de 16 aos del pensionado, el 10% de la cuanta de la pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 135. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.III.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos menores de16 aos, se conceder una asignacin del 10% para cada uno de lospadres del pensionado si dependieran econmicamente de l.IV.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos oascendientes que dependan econmicamente de l, se le conceder unaayuda asistencial equivalente al 15% de la cuanta de la pensin que lecorresponda.V. Si el pensionado slo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute deasignacin familiar, se le conceder una ayuda asistencial equivalente al10% de la cuanta de la pensin que deba disfrutar.Ren Curiel PENSIONISSSTE 136. Paso 9. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F. y/o Ayuda A.*En este caso aplica la fraccin I y II del Articulo 164 de la LSS 73. Fraccin I = 15%Fraccin II = 10% Procedimiento:Datos: Paso 7. ($81,482.60) X (.15) = $12,222.39 *Monto Anual de Asignacin Familiar Art. 164 LSS 73Ren CurielPENSIONISSSTE 137. Paso 10: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial Procedimiento: Datos: ($81,482.60) + paso 9 ($12,222.39) = Monto Anual de Pensin = $93,704.99 *Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin FamiliarRen Curiel PENSIONISSSTE 138. Paso 11: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($93,704.99) (12) = $7,808.74Monto Pensin Mensual = $7,808.74Ren Curiel PENSIONISSSTE 139. Clculo de Pensin de Viudez y Orfandad,por el Ramo de Muerte por Ley 73Ren CurielPENSIONISSSTE 140. -Clculo de Pensin de Viudez y Orfandad, por el Ramo deMuerte por Ley 73.Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado porinvalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, el Instituto otorgara sus beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el presentecaptulo, las siguientes prestaciones.Artculo. 149 de la Ley del Seguro Social LSS 73I.- Pensin de viudez;II.- Pensin de orfandad;III.- Pensin a ascendientes;IV.- Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en los casos enque lo requiera, de acuerdo con el dictamen mdico que al efectose formule, yV.- Asistencia mdica.Ren CurielPENSIONISSSTE 141. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 73.La pensin de viudez ser igual al 90% de la pensin de vejez o decesanta en edad avanzada, que el pensionado fallecido disfrutaba; ode la que hubiere correspondido al asegurado.- Metodologa para el clculo de la Pensinpor Viudez Ley 73:- Ejemplo: Datos: Usaremos los datos del ejemplo anterior. - Cliente: Rodrigo Franco - Base de pensin anual: $94,447.56Ren Curiel PENSIONISSSTE 142. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 73.Paso 1: Determinar el 90% del monto anual de pensin que reciba oque pudo haber recibido, (sin incluir asignaciones familiares, ni ayudaasistencial).Frmula: (Monto Anual de Pensin) X (90%) $94,447.56 * X .90 = $85,002.80Monto Anual de Pensin de Viudez = $85,002.80*En nuestro caso utilizamos el dato del paso 7, del ejercicio anterior.Ren Curiel PENSIONISSSTE 143. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 73.Paso 2: Determinar monto mensual de la pensin de viudez.Frmula:(Monto Anual de Pensin de Viudez) (Numero de meses del ao) = Monto Mensual de Pensin de Viudez($85,002.80) (12) = $7,083.56Monto Mensual de Pensin de Viudez $7,083.56 Consideraciones de viudez: Artculos154 y 155, Ley 73. Nota. e) Para las viudas cuya pensin sea igual o menor a 1.5 salarios mnimos vigentes en el Distrito Federal, el monto de su pensin ser el que resulte de multiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la que se determine al otorgarla si es despus de esa fecha, por un factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren Curiel PENSIONISSSTE 144. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 73.La pensin de del hurfano de padre o madre ser igual al veinte porciento de la pensin de invalidez, de vejez o de cesanta en edadavanzada que el asegurado estuviese gozando al fallecer. Si elhurfano lo fuere de padre y de madre, se le otorgar en las mismascondiciones una pensin igual al treinta por ciento. - Metodologa para el clculo de la Pensin por Orfandad Ley 73: - Ejemplo: Datos: Usaremos los datos del ejemplo anterior. - Cliente: Rodrigo Franco - Base de pensin anual: $94,447.56 - Numero de hijos: 1Ren Curiel PENSIONISSSTE 145. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 73.Paso 1: Determinar el 20% del monto anual de pensin que reciba oque pudo haber recibido, (sin incluir asignaciones familiares, ni ayudaasistencial). Frmula:(Monto Anual de Pensin) X (20%) X (Factor de Actualizacin)* $94,447.56 X .20 X 1.11* = $20,967.35Monto Anual de Pensin de Orfandad = $20,967.35 *c) Para los pensionados en orfandad y ascendencia, el monto de la pensin ser el que resulte de multiplicar la que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si se pensionan despus de esa fecha, por un factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren CurielPENSIONISSSTE 146. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 73. Paso 2: Determinar monto mensual de la pensin de orfandad. Frmula:(Monto Anual de Pensin de Orfandad) (Numero demeses del ao) = Monto Mensual de Pensin de Orfandad($20,967.35 ) (12) = $1,747.27Monto Mensual de Pensin de Orfandad $1,747.27 Nota. Consideraciones de orfandad: Artculo158, Ley 73.Ren CurielPENSIONISSSTE 147. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 73.IMPORTANTELa suma de la pensin de viudez y orfandad no debe rebasar labase que se utilizo para calcular la pensin, en todo caso sebajaran proporcional, lo porcentajes a recibir, para que no seexceda el 100%.Procedimiento:Base de pensin anual que se esta utilizando = $94,447.56Suma de pensin anual de viudez y orfandad = ($85,002.80 ) + ($20,967.35) = $105,970.15Se excede por: $11,522.59Ren CurielPENSIONISSSTE 148. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 73.- Ajuste de porcentajesSin ajustar Formula Con ajuste90 X 100 110 =Viudez = 90 %Viudez = 81.81818182 %81.81818182Orfandad = 20 Orfandad = 18.18181818 %% 81.81818182 + 18.1818181820 X 100 110 = 90 + 20 = 110 % = 100 %18.18181818 De esta manera recibiran entre las dos pensiones: Pensin mensual de Viudez $94,447.56 X .8181818182 = 77,275.27654 12 = $6,439.60 Pensin mensual de Orfandad $94,447.56 X .1818181818 = 17,172.28363 12 = $1,431.02 Es decir el 100% que es: $94,447.56Ren CurielPENSIONISSSTE 149. Metodologa para el calculo de pensin deInvalidez LSS 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 150. - Clculo de Pensin de Invalidez Ley 97. - Cmo se determina la pensin de un trabajador por la Ley 97? Metodologa para el clculo de Pensin de Invalidez por Ley 97:Pasos:1.- Determinar el Salario Promedio (ultimas 500 semanas decotizacin).2.- Determinar el monto anual de la Cuanta de la Pensin.3.- Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin.4.- Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial.5.- Determinar monto anual de Pensin con asignaciones familiaresy/o ayuda asistencial.6.- Determinar monto de la pensin mensual.Ren CurielPENSIONISSSTE 151. Ejemplo: Clculo de Pensin de Invalidez Ley 97. Datos: - Cliente: Pedro Jimnez - Edad: 40 aos - Tiempo trabajado: 20 aos - Datos adicionales: Cuenta con esposa y con dos hijos de 10 y 12 aos de edad.Ren Curiel PENSIONISSSTE 152. Paso 1: Determinar el Salario Promedio.La cuanta de la pensin por invalidez ser igual a una cuantabsica del treinta y cinco por ciento del promedio de los salarioscorrespondientes a las ltimas quinientas semanas de cotizacinanteriores al otorgamiento de la misma, o las que tuviere siempreque sean suficientes para ejercer el derecho.Del salario promedio35 % de las ltimas 500 semanas de cotizacinArtculo 141 Ley 97.Ren CurielPENSIONISSSTE 153. Paso 1: Determinar el Salario Promedio. Salario registrado en el IMSS de las ltimas 500 semanas de cotizacin. AO SALARIO BASE DE COTIZACIN 1. 2009 $ 600.00 2. 2008 $ 780.50 3. 2007 $ 720.50 4. 2006 $ 640.00 5. 2005 $ 600.00 6. 2004 $ 500.00 7. 2003 $ 480.00 8. 2002 $ 480.00 9. 2001 $ 450.0010. 2000 $ 300.00 Total $ 5,551.00 Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio$5,551 10 = $ 555.10SALARIO PROMEDIO =$ 555.10Ren CurielPENSIONISSSTE 154. Paso 2: Determinar el monto anual de la Cuanta Bsica. Frmula:Monto Anual de CB = % Cuanta (Salario Diario Promedio) X (das del ao) X Bsica Procedimiento:Datos: ($555.10) X (365) X (.35) = 70,914.02 Monto Anual $ 70,914.02 de Cuanta BsicaFuente: Art. 141 Ley 97Ren CurielPENSIONISSSTE 155. Paso 3. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del ao Monto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao Procedimiento:Datos:($54.80) X (365) = $20,002.00 Monto Mnimo($555.10) X (365) = $202,611.50* Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 156. Paso 4. Determinar Monto Anual de Pensin conAsignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial. Art. 138.- Las asignaciones familiares consisten en ayuda por concepto de carga familiar y se concedern a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesanta en edad avanzada, de acuerdo a las siguientes reglas: I.Para la esposa o concubina del pensionado, 15% de la cuanta de la pensin. II.Por cada uno de los hijos menores de 16 aos del pensionado, el 10% de la cuanta de la pensin.Ren Curiel PENSIONISSSTE 157. Paso 4. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.III.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos menores de16 aos, se conceder una asignacin del 10% para cada uno de lospadres del pensionado si dependieran econmicamente de l.IV.Si el pensionado no tuviere ni esposa o concubina, ni hijos oascendientes que dependan econmicamente de l, se le conceder unaayuda asistencial equivalente al 15% de la cuanta de la pensin que lecorresponda.V. Si el pensionado slo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute deasignacin familiar, se le conceder una ayuda asistencial equivalente al10% de la cuanta de la pensin que deba disfrutar.Ren Curiel PENSIONISSSTE 158. Paso 4. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares. Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F.*En este caso aplica la fraccin I y II del Articulo 138 de la LSS 97. Fraccin I = 15%Fraccin II = 10% por cada hijo Procedimiento:Datos:Paso 2. ($70,914.02) X (.35) = $24,819.90 *Monto Anual de Asignacin Familiar Art. 138 Ley 97Ren CurielPENSIONISSSTE 159. Paso 5: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial Procedimiento: Datos: ($70,914.02) + paso 9 ($24,819.90) = Monto Anual de Pensin = $95,733.92* *Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin FamiliarRen Curiel PENSIONISSSTE 160. Paso 6: Determinar del monto de Pensin Mensual.Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos:Paso 10 ($95,733.92) (12) = $7,977.82Monto Pensin Mensual = $7,977.82- Consideraciones Art 120 Ley 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 161. Comprobacin de MetodologaRen Curiel PENSIONISSSTE 162. - Comprobar Metodologa: Pensin de InvalidezDefinitiva Ley 97 Anexo 3Ren CurielPENSIONISSSTE 163. Paso 1: Determinar elmonto anual de la pensin deInvalidez.Frmula: Monto Anual de la Pensin de Invalidez =% de Pensin(Salario Diario Promedio) X (das del ao) X de Invalidez Procedimiento:Datos: ($166.88) X (365) X (.35) = $21,318.92 Monto Anual$ 21,318.92de la Pensin de Invalidez Fuente: Art. 141 Ley 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 164. Paso 2: Determinar el monto anual de la pensin con las Asignaciones FamiliaresFrmula:Monto Anual de CB X Porcentaje de pensin de Invalidez Procedimiento:Datos:($21,318.92) X (.35) = 7,461.622Monto Anual de $7,461.622 las Asignaciones FamiliaresRen CurielPENSIONISSSTE 165. Paso 3: Determinar el monto anual de la pensin con las Ayuda AsistencialFrmula:Monto Anual de Invalidez X % Asignaciones FamiliaresProcedimiento: Datos: ($21,318.92) X (.20) = 4,263.84 Monto Anual $4,263.84 de la Ayuda AsistencialRen CurielPENSIONISSSTE 166. Paso 4: Determinar Monto Anual de la Pensin con Asignaciones Familiares Frmula: Monto Anual de la pensin de Invalidez +Monto Anual de las Asignaciones Familiares Procedimiento:Datos:($21,318.92) + ($7,461.622) = $28,780.54Monto Anual de Pensin con $28,780.54AsignacionesFamiliaresRen Curiel PENSIONISSSTE 167. Paso 5: Determinar Monto Anual de la Pensin con las Asignaciones Familiares y la Ayuda Asistencial Frmula: Monto Anual de la pensin de Invalidez y Asignaciones Familiares + Ayuda AsistencialProcedimiento: Datos:($28,780.54) + ($4,263.78) = $33,044.32Monto Anual dePensin con las$33,044.32 Asignaciones Familiares yAyudaAsistencialRen Curiel PENSIONISSSTE 168. Paso 6: Determinar del monto de Pensin Mensual. Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($33,044.32) (12) = $2,753.69Monto Pensin Mensual = $2,753.69Ren Curiel PENSIONISSSTE 169. EjercicioRen Curiel PENSIONISSSTE 170. - Ejercicio 3: Clculo de Pensin de Invalidez Ley 97Instrucciones: Realiza el clculo de pensin del siguiente caso, bajo elrgimen 97. Nombre: Mauricio Barbosa Edad: 35 aos Tiempo trabajado: 15 aos Salario Base de cotizacin ltimos 10 aos: $200, $240, $265, $280, $350, $370, $ 380, $400, $450, $500. Datos adicionales: Tiene esposa y tres dos hijos menores de 16 aos 1.- Determinar el Salario Promedio (ultimas 500 semanas de cotizacin). 2.- Determinar el monto anual de la Cuanta de la Pensin 3.- Determinar monto anual mnimo y mximo de Pensin. 4.- Determinar el monto anual de Asignacin Familiar y/o Ayuda Asistencial. 5.- Determinar monto anual de Pensin con asignaciones familiares y/o ayuda asistencial. 6.- Determinar monto de la pensin mensual.Ren Curiel PENSIONISSSTE 171. Paso 1: Determinar el Salario Promedio. Salario registrado en el IMSS de las ltimas 500 semanas de cotizacin.AO SALARIO BASE DE COTIZACIN1. 2009 $ 200.002. 2008 $ 240.003. 2007 $ 265.004. 2006 $ 280.005. 2005 $ 350.006. 2004 $ 370.007. 2003 $ 380.008. 2002 $ 400.009. 2001 $ 450.00 10. 2000 $ 500.00Total $ 3,435.00Formula: Total de la suma numero de salarios = salario Promedio $3,435 10 = $ 343.50 SALARIO PROMEDIO =$ 343.50Ren Curiel PENSIONISSSTE 172. Paso 2: Determinar el monto anual de la Cuanta de la Pensin. Frmula:Monto Anual de CB = % Cuanta (Salario Diario Promedio) X (das del ao) X Bsica Procedimiento:Datos: ($343.50) X (365) X (.35) = 43,882.12 $ 43,882.12 Monto Anual de la Cuanta de la PensinFuente: Art. 141 Ley 97Ren CurielPENSIONISSSTE 173. Paso 3. Determinar el monto mnimo y mximo de pensin. *Con el objetivo de determinar el rango de crecimiento permitido de lapensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial Frmula:Monto Mnimo = SMGVDF X Numero de das del ao Monto Mximo = Salario Promedio diario X Numero de das del ao Procedimiento:Datos:($59.82) X (365) = $21,834.30 Monto Mnimo($343.50) X (365) = $125,377.50* Monto Mximo *El Monto Mximo es la cantidad que podr recibir el trabajador incluyendo Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Ren CurielPENSIONISSSTE 174. Paso 4. Determinar Monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares. Frmula: Monto Anual de C V X % Asignacin F.*En este caso aplica la fraccin I y II del Articulo 138 de la LSS 97.Fraccin I = 15%Fraccin II = 10% por cada hijo Procedimiento:Datos: Paso 2. ($125,377.50) X (.25) = $31,344.37*Monto Anual de Asignacin Familiar Art. 138 Ley 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 175. Paso 5: Determinar del monto Anual de Pensin con Asignaciones Familiares y/o Ayuda Asistencial.Frmula: Monto Anual de Pensin + Asignacin Familiar y/o AyudaAsistencial Procedimiento: Datos: ($125,377.50) + ($31,344.37) =Monto Anual de Pensin = $156,721.87**Monto Anual de Pensin Incluyendo Asignacin FamiliarRen CurielPENSIONISSSTE 176. Paso 6: Determinar del monto de Pensin Mensual.Frmula: (Monto Anual de Pensin con AF y/o AA) (meses del ao) = Pensin Mensual Procedimiento:Datos: Paso 10 ($125,377.50) (12) = $13,060.15Monto Pensin Mensual = $13,060.15- Consideraciones Art 120 Ley 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 177. Clculo de Pensin de Viudez y Orfandad, por Ley 97Ren CurielPENSIONISSSTE 178. -Clculo de Pensin de Viudez y Orfandad por Ley 97.Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado porinvalidez, el Instituto otorgar a sus beneficiarios, conforme a lodispuesto en el presente captulo, las siguientes prestaciones:Artculo. 127 de la Ley del Seguro Social LSS 97I.- Pensin de viudez;II.- Pensin de orfandad;III.- Pensin a ascendientes;IV.- Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en los casos enque lo requiera, de acuerdo con el dictamen mdico que al efectose formule, yV.- Asistencia mdica.Ren Curiel PENSIONISSSTE 179. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 97.La pensin de viudez ser igual al 90% de la pensin de vejez o decesanta en edad avanzada, que el pensionado fallecido disfrutaba; ode la que hubiere correspondido al asegurado.- Metodologa para el clculo de la Pensinpor Viudez Ley 97:- Ejemplo: Datos: Usaremos los datos del ejemplo anterior.- Cliente: Carlos Prez- Base de pensin anual: $70,914.02Ren Curiel PENSIONISSSTE 180. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 97.Paso 1: Determinar el 90% del monto anual de pensin que reciba oque pudo haber recibido, (sin incluir asignaciones familiares, ni ayudaasistencial).Frmula:(Monto Anual de Pensin) X (90%)$70,914.02* X .90 = $63,822.61Monto Anual de Pensin de Viudez = $63,822.61 *En nuestro caso utilizamos el dato del paso 2, del ejercicio anterior.Ren CurielPENSIONISSSTE 181. - Clculo de Pensin de Viudez por Ley 97.Paso 2: Determinar monto mensual de la pensin de viudez.Frmula:(Monto Anual de Pensin de Viudez) (Numero de meses del ao) = Monto Mensual de Pensin de Viudez($63,822.61) (12) = $5,318.55Monto Mensual de Pensin de Viudez $5,318.55 Consideraciones de viudez: Artculos132 y 133, Ley 97. Nota. e) Para las viudas cuya pensin sea igual o menor a 1.5 salarios mnimos vigentes en el Distrito Federal, el monto de su pensin ser el que resulte de multiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la que se determine al otorgarla si es despus de esa fecha, por un factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren Curiel PENSIONISSSTE 182. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.La pensin de del hurfano de padre o madre ser igual al veinte porciento de la pensin de invalidez, de vejez o de cesanta en edadavanzada que el asegurado estuviese gozando al fallecer. Si elhurfano lo fuere de padre y de madre, se le otorgar en las mismascondiciones una pensin igual al treinta por ciento. - Metodologa para el clculo de la Pensin por Orfandad Ley 97: - Ejemplo:Datos: Usaremos los datos del ejemploanterior.- Cliente: Carlos Prez- Base de pensin anual: $70,914.02- Numero de hijos: 2Ren Curiel PENSIONISSSTE 183. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.Paso 1: Determinar el 20% del monto anual de pensin que reciba oque pudo haber recibido, (sin incluir asignaciones familiares, ni ayudaasistencial). Frmula:(Monto Anual de Pensin) X (20%) X (Factor de Actualizacin)* $70,914.02 X .40 X 1.11* = $31,485.82Monto Anual de Pensin de Orfandad = $31,485.82 *c) Para los pensionados en orfandad y ascendencia, el monto de la pensin ser el que resulte de multiplicar la que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si se pensionan despus de esa fecha, por un factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren CurielPENSIONISSSTE 184. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.Paso 2: Determinar monto mensual de la pensin de orfandad.Frmula:(Monto Anual de Pensin de Orfandad) (Numero demeses del ao) = Monto Mensual de Pensin de Orfandad ($31,485.82 ) (12) = $2,623.81Monto Mensual de Pensin de Orfandad $2,623.81 Nota. Consideraciones de orfandad: Artculo136, Ley 97.Ren CurielPENSIONISSSTE 185. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 97.IMPORTANTELa suma de la pensin de viudez y orfandad no debe rebasar labase que se utilizo para calcular la pensin, en todo caso sebajaran proporcional, lo porcentajes a recibir, para que no seexceda el 100%.Procedimiento:Base de pensin anual que se esta utilizando = $70,914.02Suma de pensin anual de viudez y orfandad =($63,822.61) + ($31,485.82) = $95,308.43Se excede por: $24,394.41Ren CurielPENSIONISSSTE 186. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 97.- Ajuste de porcentajes Sin ajustar FrmulaCon ajuste90 X 100 130 Viudez = 90% = 69.23076923Viudez = 69.23076923%Orfandad =20 X 100 130Orfandad = 30.76923076%40% = 15.38461538 69.23076923 + 30.76923076 =90 + 40 = 130%20 X 100 130100%= 15.38461538 De esta manera recibiran entre las dos pensiones:Pensin mensual de Viudez$70,914.02 X .6923076923 = 49,094.32154 12 = $4091.19Pensin mensual de Orfandad$70,914.02 X .3076923076 = 21,819.69846 12 = $1,818.30 Es decir el 100% que es: $70,914.02Ren Curiel PENSIONISSSTE 187. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.La pensin de del hurfano de padre o madre ser igual al veinte porciento de la pensin de invalidez, de vejez o de cesanta en edadavanzada que el asegurado estuviese gozando al fallecer. Si elhurfano lo fuere de padre y de madre, se le otorgar en las mismascondiciones una pensin igual al treinta por ciento. - Metodologa para el clculo de la Pensin por Orfandad Ley 97: - Ejemplo: Datos: Usaremos los datos del ejemplo anterior. - Cliente: Pedro Jimnez - Base de pensin anual: $70,914.02 - Numero de hijos: 3Ren Curiel PENSIONISSSTE 188. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.Paso 1: Determinar el 20% del monto anual de pensin que reciba oque pudo haber recibido, (sin incluir asignaciones familiares, ni ayudaasistencial). Frmula:(Monto Anual de Pensin) X (20%) X (Factor de Actualizacin)* $70,914.02 X .60 X 1.11* = $47,228.73Monto Anual de Pensin de Orfandad = $47,228.73 *c) Para los pensionados en orfandad y ascendencia, el monto de la pensin ser el que resulte de multiplicar la que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensin que se determine si se pensionan despus de esa fecha, por un factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren CurielPENSIONISSSTE 189. - Clculo de Pensin de Orfandad por Ley 97.Paso 2: Determinar monto mensual de la pensin de orfandad.Frmula:(Monto Anual de Pensin de Orfandad) (Numero demeses del ao) = Monto Mensual de Pensin de Orfandad ($47,228.73 ) (12) = $3,935.72Monto Mensual de Pensin de Orfandad $3,935.72 Nota. Consideraciones de orfandad: Artculo136, Ley 97.Ren CurielPENSIONISSSTE 190. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 97.IMPORTANTELa suma de la pensin de viudez y orfandad no debe rebasar labase que se utilizo para calcular la pensin, en todo caso sebajaran proporcional, lo porcentajes a recibir, para que no seexceda el 100%.Procedimiento:Base de pensin anual que se esta utilizando = $70,914.02Suma de pensin anual de viudez y orfandad = ($63,822.61) + ($47,228.73) = $111,051.34Se excede por: $40,137.32Ren CurielPENSIONISSSTE 191. -Clculo de Pensin Viudez y Orfandad por Ley 97. - Ajuste de porcentajes Sin ajustar Frmula Con ajuste90 X 100 150 = 6020 X 100 150 Viudez = 90%= 13.3333 Viudez = 60%Orfandad =20 X 100 150Orfandad = 13.3333%60%= 13.3333 13.3333% + 13.3333% = 100%90 + 40 = 150%20 X 100 150= 13.3333 De esta manera recibiran entre las dos pensiones: Pensin mensual de Viudez $70,914.02 X .60 = 42,548.41 12 = $3,545.70Pensin mensual de Orfandad $70,914.02 X 13.3333 = 9,455.17 X 3 = 28,365.51 12 = $3,363.79 Es decir el 100% que es: $70,914.02Ren CurielPENSIONISSSTE 192. Retiros de la cuenta individualRen Curiel PENSIONISSSTE 193. - Retiros de la Cuenta Individual. - El pensionado o sus beneficiarios, podrn disponer de los recursos de la CI, en una sola exhibicin, bajo los siguientes criterios: - Cuando gozan de una pensin por Ley 73:Cuando gozan de una pensin de Invalidez y Muerte por Ley 73 AscendienteConcepto Pensionado ViudaOrfandad ObservacionessSAR Retiro - Siempre y cuando 92 la invalidez sea de SAR ms del 50% de Vivienda disfuncin92 orgnica.Retiro 97 - CV (AFORE) y Vivienda 97 CVX XX X(INFONAVIT)se entrega al IMSS. - Viuda, Orfandad y ViviendaAscendientes, X XX Xsiempre y cuando97 no hayan hecho ya el trmite.Ren CurielFuente: Ley 73, Artculos 183 O y 183 S.PENSIONISSSTE 194. - Retiros de la Cuenta Individual.- El pensionado o sus beneficiarios, podrn disponer de los recursosde la CI, en una sola exhibicin, bajo los siguientes criterios:- Cuando gozan de una pensin por Ley 97:Cuando gozan de una pensin de Invalidez y Vida por Ley 97 Concepto Pensionado Viuda OrfandadAscendientesObservacionesSAR Retiro- Siempre y cuando la 92 invalidez sea de msSAR del 50% de disfuncin orgnica.Vivienda 92- RCV (AFORE) y Retiro 97 XX X X Vivienda 97CV XX X X (INFONAVIT)seentrega al IMSS, paraformar parte del MontoConstitutivo.Vivienda 97XX X X - Viuda, Orfandad yAscendientes, siemprey cuando no hayanhecho ya el trmite.Ren CurielFuente: Ley 97 Artculos 120, 126, 127. PENSIONISSSTE 195. 4 Puntos Importantes- Cul ser tu situacin econmica si te llegas aINVALIDAR?- Cul ser la situacin de tus dependientes si llegasa FALLECER?1. Riesgos de Trabajo 73 Vs. Ley 97.Ren CurielPENSIONISSSTE 196. - Riesgos de TrabajoRiesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que estnexpuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.(Fuente: Ley del Seguro Social Ley 73 Art 48 y Ley 97 Art 41). ConceptoDefinicinSe considera accidente de trabajo toda lesin orgnica o perturbacinfuncional, inmediata o posterior; o la muerte, producidarepentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera quesea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. AccidenteTambin se considerar accidente de trabajo el que se produzca altrasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar deltrabajo, o de ste a aqul.(Fuente: LSS Ley 73 Art 49 y Ley 97 Art 42). Enfermedad de trabajo es todo estado patolgico derivado de la accin continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestarEnfermedad sus servicios. En todo caso, sern enfermedades de trabajo las consignadas en la Ley Federal del Trabajo. (Fuente: LSS Ley 73 Art 50 y Ley 97 Art 43).Consideraciones: Artculos del 44 al 47 del LSS 97Ren CurielPENSIONISSSTE 197. - Riesgos de Trabajo- Consecuencias y porcentajes: Los riesgos de trabajo pueden producir: ConsecuenciasPrestacin Recursos Condiciones- Este subsidio se otorgar hasta un trmino de 52 semanas,Incapacidad Subsidio del 100% de suIMSStiempo en el cual tiene para determinarse una IncapacidadTemporalltimo SBCparcial o total.- Si la IPP es superior al 50%, recibir una pensin, el montose calcular conforme a la tabla de valuacin de incapacidadcontenida en la LFT, tomando como base el monto de lapensin que correspondera a una IPT. Esto aun cuando- IMSSquede habilitado para dedicarse a otra actividad, o queIncapacidad - AFORE simplemente hayan disminuido sus aptitudes para el - Subsidio o,Permanente (Cuando se desempeo de la misma o para ejercer actividades - Pensin Parcial trate de remuneradas semejantes a su profesin u oficio.pensin). - Si la IPP es inferior al 25%, una indemnizacin globalequivalente a 5 anualidades de la pensin que le hubiesecorrespondido.- Si la IPP es superior al 25% pero inferior al 50%, podroptar por indemnizacin o pensin a eleccin del asegurado.- Accidente: 70% del su ltimo SBCIncapacidad Pensin del 70% segn - IMSS- Enfermedad: 70% del salario promedio de las ltimas 52Permanente Total corresponda- AFORE semanas de cotizacin o las que tuviera si fuera menorestas.- Viuda 40%- Los porcentajes que recibirn los beneficiarios se calcular- Orfandad 20%- IMSSMuertede la pensin que reciba el trabajador, o que hubiera - Doble Orfandad 30% - AFORErecibido en caso de muerte. - Ascendientes 20%Aplica para las dos leyes: Fuente Ley 73 Art 62, 65 y 71; Ley 97 Art 55, 58 y 64Ren CurielPENSIONISSSTE 198. - Riesgos de Trabajo- Prestaciones en especie: El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en especie: I. Asistencia mdica, quirrgica y farmacutica; II. Servicio de hospitalizacin; III. Aparatos de prtesis y ortopedia, y IV. Rehabilitacin.(LSS Ley 73 Art 63 y Ley 97 Art 56)Ren Curiel PENSIONISSSTE 199. Metodologa para el calculo de pensin de RTpor IPP LSS 73 y 97Ren Curiel PENSIONISSSTE 200. - Clculo de Pensin de Riesgos de Trabajo Ley 73 y Ley 97. - Cmo se determina la pensin de un trabajador por la Ley 73 y Ley 97? Metodologa para el clculo de Pensin de Riesgos de Trabajo por Ley 73 y Ley 97: - Incapacidad Permanente Parcial. 1. Determinar el salario que se utilizar como base. 2. Determinar el monto anual de la cuanta de lapensin por IPP 3. Determinar el monto que corresponde de la valuacinde IPP, de acuerdo a la LFT 4. Determinar el monto mensual de la Pensin porIncapacidad Permanente ParcialRen CurielPENSIONISSSTE 201. Ejemplo: Clculo de Pensin de RT Ley 73 y Ley 97.Datos: - Cliente: Eloy Gmez - Edad: 40 aos - Tipo de riesgo: Accidente - Ultimo SBC: $560 - Salario promedio ultimas 52 semanas de cotizacin: $520.00 - Valuacin de Riesgo: 65% de acuerdo al Art 514 Frac 173 y 181, de la LFT.Ren CurielPENSIONISSSTE 202. Paso 1: Determinar el salario que se utilizar como base.Accidente: ultimo SBCEnfermedad: salario promedio de las ltimas 52semanas de cotizacin.En nuestro caso aplica accidente, por lo tanto el salario paradeterminar la base de la pensin es de:Salario base de clculo para pensin: $560.00Ren Curiel PENSIONISSSTE 203. Paso 2: Determinar el monto anual de la cuanta de la pensin por IPP. Frmula: (Salario base de clculo para pensin) X (das del ao) X (70%)= Monto Anual de Cuanta Bsica($560) X (365) X (.70) = $143,080.00 Monto Anual de cuanta de la pensin Para los pensionados del seguro de riesgos de trabajo y edad de 60 aos o ms con cuanta de pensin equivalente a un salario mnimo vigente en el Distrito Federal o menor de esa cantidad, el monto de su pensin ser el que resulte de multiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la que se determine al otorgarla si es despus de esa fecha, por el factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren CurielPENSIONISSSTE 204. Paso 3: Determinar el monto que corresponde de la evaluacin de IPP, de acuerdo a la LFT. Frmula:(Monto Anual de cuanta de la pensin) X (% devaluacin) = Monto Anual de Cuanta Bsica($143,080) X (.65) = $93,002.00Monto Anual de cuanta de la pensin por IPPRen CurielPENSIONISSSTE 205. Paso 4: Determinar el monto el monto mensual de la pensin de IPP.Frmula:(Monto Anual de cuanta de la pensin) X (meses del ao)= Monto Mensual de Cuanta Bsica ($93,002) (12) = $7,750.16Monto Anual de cuanta de la pensin de IPPRen Curiel PENSIONISSSTE 206. Comprobacin de MetodologaRen Curiel PENSIONISSSTE 207. - Comprobar Metodologa: Pensin por IPP Ley 73 Anexo 4.1Ren Curiel PENSIONISSSTE 208. Paso 1: Determinar el salario que se utilizar como base. Accidente: ultimo SBC Enfermedad: salario promedio de las ltimas 52 semanas de cotizacin. En nuestro caso aplica accidente, por lo tanto el salario para determinar la base de la pensin es de:Salario base de clculo para pensin: $185.76Ren CurielPENSIONISSSTE 209. Paso 2: Determinar el monto anual de la cuanta de la pensin por IPP. Frmula: (Salario base de clculo para pensin) X (das del ao) X (70%)= Monto Anual de Cuanta Bsica($185.76) X (365) X (.70) = $47,461.68 Monto Anual decuanta de la pensin Para los pensionados del seguro de riesgos de trabajo y edad de 60 aos o ms con cuanta de pensin equivalente a un salario mnimo vigente en el Distrito Federal o menor de esa cantidad, el monto de su pensin ser el que resulte de multiplicar la pensin que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la que se determine al otorgarla si es despus de esa fecha, por el factor de 1.11. (REFORMADO, DOF 5 DE ENERO DE 2004), transitorio Dcimo cuarto.Ren CurielPENSIONISSSTE 210. Paso 3: Determinar el monto mensual de la pensin de IPP.Frmula:(Monto Anual de cuanta de la p