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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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SRI ECUADOR FICHA TECNICA

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Page 1: Presentacion Nuevo Esquema Cel - Cef 20-21-22

Nuevo Esquema de Emisión de

Comprobantes Electrónicos

Page 2: Presentacion Nuevo Esquema Cel - Cef 20-21-22

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes

Electrónicos

Misión.-

- Reducir los costos para la ciudadanía

en la gestión de los procesos defacturación.

- Mejorar los canales de atención eincrementar el control sobre lasobligaciones de los contribuyentes.

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes

Electrónicos

-Brindar un nuevo servicio para quela ciudadanía pueda emitir en líneacomprobantes firmadoselectrónicamente.

- Mantener una consulta en línea dela información de los comprobantesfirmados electrónicamente quereposan en las bases de datos delSRI.

- Mejorar y simplificar el procesode solicitud de emisión decomprobantes electrónicos, brindandorespuestas automáticas en línea.

- Mantener interfaces con losaplicativos de:

RUC Infracciones

- Exponer ambientes de prueba yproducción para los contribuyentes.

-Brindar el soporte para el servicio deemisión de comprobantes electrónicosactivo con alta disponibilidad ycapacidad 24x7.

- Mantener información de calidaden las bases de datos del SRI, quepuedan ser utilizadas de maneracertera y efectiva por los funcionariosresponsables de procesos de gestióny control tributario.

Objetivos.-

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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Sistema Nacional de Gestión de

Infracciones

Registro Único de Contribuyentes

- Se verifica que el contribuyente no se encuentre en esemomento clausurado, para lo cual hay una interfaz con labase de infracciones y a su vez la visualización de loscomprobantes electrónicos en sus aplicativos wap.

Se verifica que el contribuyente se encuentre en:

- Estado ACTIVO, para lo cual existe una interfazcon el sistema del RUC.

- En la Consulta Pública de RUC se mostrará lamarca si es o no un contribuyente que emitecomprobantes electrónicos, para lo que existe unainterfaz con el módulo del sistema de autorizaciónde comprobantes electrónicos.

Validación de Firmas Electrónicas

- Existe un repositorio en las Bases de Datos del SRI delas listas de revocación de certificados digitales de todaslas Entidades de Certificación, con la finalidad de realizarvalidaciones en línea sobre firmas electrónicas revocadas.

- El SRI cuenta con una base actualizada con las Entidadesde Certificación.

Enlaces y Control con Otros Procesos:

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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Proceso de Administración de Roles - Administración

Proceso de Estado Tributario

Se Incorpora a la aplicación deAutorización de ComprobantesElectrónicos, dentro del SistemaGenerador de Claves, con la finalidad deque por default al generar la clave a loscontribuyentes también puedan accederal nuevo aplicativo y los que ya tienenclave generada también tengan el accesode manera automática.

Se incluye en el aplicativo deAdministración los roles y perfiles parafacilitar las respectivas solicitudes deaccesos a los clientes internos.

Se publicará en el sistema de comprobanteselectrónicos a los emisores que no estén aldía en sus obligaciones tributarias deacuerdo a un tiempo determinado.

Proceso de Conservación de la InformaciónUna vez que superen los tiempos que normanlas Leyes Tributarias, se traslada la informacióna bases históricas, el respaldo se lo realizará enla base de datos del SRI.

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE

Ingreso de solicitud

de emisión electrónica

(Para ambiente de

prueba y producción)

La ciudadanía ingresa la solicitud a través del Portal WEB para emitir sus

comprobantes firmados electrónicamente, en primera instancia en un

ambiente de pruebas y posteriormente para la emisión en el ambiente de

producción (se mantiene de manera contingente una opción en el portal

Intranet para solventar cualquier eventualidad que pueda presentarse en el

Internet).

Revisión y

Validación de

solicitud

Posterior al ingreso de la solicitud el sistema validará que el registro sea un número de

RUC activo, tenga firmado el Acuerdo de Responsabilidad y Uso de Medios

Electrónicos.

* Si no pasan las validaciones antes señaladas el sistema emite una respuesta en línea

informando el motivo del rechazo.

* Si pasa las primeras validaciones, el contribuyente verificará si la dirección de correo

electrónico es correcta, en caso de requerir la modificación del e-mail procederá como se lo

hace a través de Servicios en Línea (Opción Cambio Email) y también registrará

obligatoriamente la cantidad de claves de acceso para usarlas como medida contingente.

Respuesta de

las

Solicitudes

El Sistema de Autorización de Comprobantes Electrónicos entrega una

respuesta de manera inmediata y en línea, esta respuesta se la puede

visualizar en el sistema y es remitida al buzón de servicios en línea y a la

dirección electrónica personal del contribuyente.

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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

Descripción del Proceso.-

SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE

CONTRIBUYENTE SISTEMA DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

Los contribuyentes pueden generar sus comprobantes electrónicos a través de sus

propios aplicativos o por la herramienta del SRI.Envío de

Comprobantes

Firmados

Electrónicamente

Recepción de

Comprobantes

Firmados

Electrónicamente

El Servicio de Rentas Internas recepta todos los comprobantes firmados electrónicamente

remitidos por la ciudadanía. Estos documentos son validados en los aspectos más básicos como:

- El emisor se encuentra en en el catálogo de emisores electrónicos (certificación electrónica),

- RUC activo,

- XML esté bien formado, válido respecto del XSD y

- Se acusa recepción con el emisor del documento.

Validación de

Comprobantes

Firmados

Electrónicamente

Una vez que el comprobante se recepta, debe pasar por cuatro grupos de

validaciones:

Validaciones firma

Validaciones datos

Validaciones técnicas

Validaciones negocio

Autorización de

Comprobantes

Firmados

Electrónicamente

Con el comprobante validado se genera la respuesta.

- La respuesta en el caso de un comprobante válido, se compone del número de autorización para

el comprobante generado con fecha y hora.

- Si los comprobantes electrónicos tienen algún problema con una de las validaciones antes

mencionadas, se genera la respuesta de que los comprobantes remitidos no han sido autorizados

con el motivo respectivo y descripción según la parametrización ingresada en el sistema.

- El contribuyente al recibir las autorizaciones procederá con el reenvío del comprobante

electrónico al adquirente del bien o servicio y el respectivo archivo.

Archivo de

Comprobantes

Firmados

Electrónicamente

- Todos los comprobantes electrónicos que pasan por el proceso de autorización serán

almacenados por la Administración Tributaria con la respuesta generada de autorización o

rechazo.

- El contribuyente deberá archivar los comprobantes electrónicos emitidos y autorizados.

PROCESO DE RECEPCIÓN, VALIDACIÓN, AUTORIZACIÓN Y ARCHIVO DE COMPROBANTESELECTRÓNICOS.

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Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

PROCESO DE RECEPCIÓN, VALIDACIÓN, AUTORIZACIÓN Y ARCHIVO DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS.

CONTRIBUYENTE SISTEMA DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

El proceso de recepción, validación, autorización y archivo de comprobantes electrónicos debe ejecutarse en

máximo tres segundos.

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HERRAMIENTA DE GENERACIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS.

DESCARGA DE LA HERRAMIENTA DEL INTERNET

Los contribuyentes descargarán la herramienta directamente desde el Portal WEB del SRI.

PARAMETRIZACIÓN DE LA HERRAMIENTA

Los contribuyentes deberán parametrizar la herramienta con la información necesaria para la generación de loscomprobantes electrónicos, en la que podrán importar la información para su codificación personalizada, así como losdirectorios en los cuales reposarán los comprobantes electrónicos.

GENERACIÓN DE LOS COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

Que estén llenos todos los campos que son denominados obligatorios:

Según conforme formatos XML. (Ficha Técnica)

Que la clave de acceso esté bien estructurada (se generará por defecto una clave de acceso con los detalles quela conforman y puede ser editada).

Que al ingresar un código por defecto se desplieguen los detalles (siempre y cuando hayan ingresado unacodificación por producto), serán campos editables:

Descripción o concepto del bien transferido o servicio prestado. Cantidad. Precio Unitario. Impuesto y tarifas. Que se vaya actualizando los campos de subtotales y totales.

CONTRIBUYENTE

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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HERRAMIENTA DE GENERACIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS.

FIRMADO DE LOS COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

La herramienta permitirá que el contribuyente firme electrónicamente los archivos XML.

SOLICITUD DE SERVICIOS WEB

La herramienta solicitará el servicio para que los comprobantes firmados sean validados por laAdministración Tributaria y sean autorizados los archivos xml.

CONTRIBUYENTE

SRI

AUTORIZA EN LÍNEA CADA COMPROBANTE ELECTRÓNICO

El sistema posteriormente consultará el estado de la solicitud de autorización de los comprobantes.

La respuesta incluye el número de autorización con la fecha y hora en la que se autorizó.

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HERRAMIENTA DE GENERACIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS.

VISUALIZACIÓN DE ARCHIVOS XML FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE

La herramienta permitirá visualizar los comprobantes autorizados por la Administración Tributaria.

IMPORTACIÓN Y VALIDACIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

La herramienta deberá tener opciones para importar archivos firmados electrónicamente y validarlos que esténCorrectamente estructurados y con la firma electrónica adecuada (también podrá visualizar la información delos archivos xml).

CONTRIBUYENTE

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NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS.

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El Servicio de Rentas Internas implementa y pone a disposición de los sujetos pasivos de tributos elnuevo esquema de emisión de comprobante de venta, retención y documentos complementariosfirmados electrónicamente.

NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS

- Los sujetos pasivos de tributos deberánde emisión de comprobantes electrónicoszdirectamente a través de los Servicios enLínea disponibles a través del portal WEBdel Servicio de Rentas Internaswww.sri.gob.ec

- Los sujetos pasivos de tributos deberánobligatoriamente y por única vez ingresarla solicitud de emisión en un ambiente depruebas, en el cual podrán efectuar todoslos ajustes necesarios en sus sistemascomputarizados, revisión de procesos deemisión de comprobantes; loscomprobantes emitidos en este ambienteno tendrán validez tributaria.

- Una vez que los contribuyentes hayan

realizado todas las verificaciones en el ambientede pruebas, ingresarán la solicitud en elambiente de producción, todos loscomprobantes emitidos en este ambiente y quesean autorizados por el Servicio de RentasInternas tienen validez tributaria.

- Los sujetos pasivos de tributos que realicenlas solicitudes antes referidas deberán cumplircon los requisitos establecidos en el Reglamentode Comprobantes de Venta, Retención yDocumentos Complementarios y sus Reformas.

Deberán contar con autorización para la emisiónde comprobantes preimpresos, para cuandopor solicitud del adquirente o por cualquiercircunstancia se requiera la emisión y entregafísica de éstos.

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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- El Servicio de Rentas Internas otorgaráun número de claves de accesocontingentes, las mismas que deberánser incorporadas en los documentoselectrónicos únicamente en los casos quela Administración Tributaria tengaprogramados mantenimientos yactualizaciones en sus sistemas derecepción, validación y autorización, por locual no se mantenga disponible el serviciode autorización en línea.

- En sus solicitudes podrán seleccionar yemitir como “mensajes de datos” conformela definición de la “Ley de ComercioElectrónico, Firmas Electrónicas yMensajes de Datos”, los siguientescomprobantes de venta, retención ydocumentos complementarios:

FacturasComprobantes de Retención

Guías de RemisiónNotas de CréditoNotas de Débito

- La certificación otorgada por el Servicio deRentas Internas, para emitir los mensajes dedatos a los que se refiere esta resolución seotorgará de manera indefinida, el sujeto pasivodeberá contar con su certificado digital defirma electrónica válido y vigente; loscertificados digitales de firma electrónicapueden ser adquiridos en las Entidades deCertificación autorizadas en el país.

- Los sujetos pasivos deberán cumplir con lodispuesto en la ficha técnica establecida parael efecto, así también como en los esquemasXSD, que se ponga a disposición de laciudadanía en la página web del Servicio deRentas Internas www.sri.gob.ec , loscomprobantes electrónicos deberán estarfirmados digitalmente de acuerdo al artículo 8de la “Ley de Comercio Electrónico, FirmasElectrónicas y Mensajes de Datos”.

NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

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- Los sujetos pasivos autorizados a emitircomprobantes electrónicos, deberán utilizar losmedios que estarán a disposición de loscontribuyentes por parte del Servicio de RentasInternas para el consumo y uso de WEBSERVICES, medio a través del cual se utilizarápara el envío, recepción, validación,autorización, rechazo de los comprobanteselectrónicos emitidos en cada transacción.

-Las autorizaciones se otorgarán a cada uno delos comprobantes antes de que sean emitidos alos receptores de los mismos; estaautorización será única y diferente porcada comprobante.

- Los contribuyentes que por su actividadeconómica emitan comprobantes de maneramasiva, podrán enviar los comprobanteselectrónicos agrupados y contenidos en unlote.

- Los contribuyentes podrán escoger yseleccionar en el Sistema de ComprobantesElectrónicos, el tipo de comprobante a emitir

- Los contribuyentes podrán solicitar nuevasclaves de acceso contingentes, siempreque hayan utilizado las claves entregadasanteriormente.

- Los contribuyentes que emitan comprobanteselectrónicos bajo la modalidad decontingencia, deberán solicitar a laAdministración Tributaria la autorizaciónpor cada comprobante electrónico emitidoen modalidad contingente, una vez que lossistemas del Servicio de Rentas Internas seencuentren disponibles.

NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS

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- El Servicio de Rentas Internas pondrá adisposición de la ciudadanía una consultapública de validez de comprobanteselectrónicos; así también consultasinternas que podrán ser ejecutadasingresando con la clave personal delcontribuyente, en las cuales se detallan loscomprobantes emitidos y recibidos por cadacontribuyente, estas opciones estarándisponibles a través de los Servicios en Líneaque están publicados en el portal WEB delSRI.

- El Servicio de Rentas Internas mantendrá adisposición de los sujetos pasivos detributos, una herramienta con la cualpodrán generar sus comprobanteselectrónicos; de tal manera que loscontribuyentes autorizado puedan optar porutilizar sus propios sistemas o laherramienta antes descrita.

- Los contribuyentes emisores podránimprimir y entregar el comprobante electrónicoa través de una representación impresa enla cual se pueda visualizar los detalles de loscomprobantes electrónicos conforme a loestablecido en la ficha técnica establecida parael efecto, dicha representación impresa, notiene validez tributaria.

- En los requisitos de llenado de las notas decrédito y las notas de débito, se deberáconsiderar adicionalmente la fecha deemisión.

- En los requisitos de llenado de loscomprobantes de retención, deberá consideraradicionalmente la fecha de emisión y mes yaño como período fiscal, respectivamente.

NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS

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NORMAS PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN COMO MENSAJES DE DATOS

- Los sujetos pasivos que fueren autorizados a emitirdocumentos por medios electrónicos, están exentos dearchivar en medios digitales sus comprobantes deventa, retención y documentos complementarios, envista que el Servicio de Rentas Internas va a mantener unregistro de todos los comprobantes y documentoscomplementarios.

- Lo no previsto en la presente resolución, se estará a lodispuesto en el Código Tributario, Ley de RégimenTributario Interno, su Reglamento de Aplicación y en elReglamento de Comprobantes de Venta, Retención yDocumentos Complementarios.

- El esquema de autorización para emisión decomprobantes electrónicos establecido en la ResoluciónNo. NAC-DGERCGC09-00288, publicada en el RegistroOficial No. 585, de 7 de mayo de 2009 y sus reformas,será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2012.

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Reforma al Reglamento de Comprobantes de

Venta, Retención y Documentos

Complementarios.

R.O. 651 de 1 de marzo del 2012

DECRETO No 1063.

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Art. 6.- Período de vigencia de la autorización para imprimir y emitir comprobantes de venta,

documentos complementarios y comprobantes de retención.-

3. Que la información proporcionada por el sujeto pasivo en el RegistroÚnico de Contribuyentes, en caso de comprobación realizada por laAdministración Tributaria, sea correcta, conforme a lo establecido en la Leyde Registro Único de Contribuyentes.

El Servicio de Rentas Internas, cuando el sujeto pasivo no hubierepresentado y pagado cuando corresponda, durante el último semestrealguna declaración, autorizará la impresión de los documentos con un plazode vigencia improrrogable de tres meses, tiempo dentro del cual elcontribuyente deberá cumplir con todas sus obligaciones pendientes. Enningún caso esta autorización podrá otorgarse de forma consecutiva.

La autorización de los documentos referidos en el presente reglamento,mediante mensajes de datos firmados electrónicamente, será por cadacomprobante, mismo que se validará en línea, de acuerdo a lo establecidoen la resolución que para el efecto emitirá el Servicio de Rentas Internas.

Reforma al Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos

Complementarios.

* Se elimina:

Excepcionalmente, se podrá conceder autorización con período de vigencia de hasta 2 años, cuando elsujeto pasivo cumpla, a más de las condiciones antes señaladas, las que mediante resolución establezca elServicio de Rentas Internas.

Artículo 1.- Sustitúyase el inciso tercero del numeral 3 del artículo 6

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