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Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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INDICE
Página
I. Introducción. 1
II. Terminología y abreviaturas utilizadas. 3
III. Diagramas de flujo de referencia 6
IV. Descripción narrativa de actividades. 13
V. Elementos de operación asociados al proceso. 22
VI. Contenidos mínimos de los documentos involucrados en el proceso. 36
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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I. Introducción.
La presente guía de apoyo es una visión integrada del Proceso de Planeación de la
Obra Pública de proyectos carreteros, formulada con base en la revisión de las
normas generales e institucionales asociadas al proceso; así como, derivado de una
recopilación de información de las distintas Direcciones Generales Normativas de la
Subsecretaría de Infraestructura.
El propósito fundamental de esta guía es el brindar una propuesta metodológica del
proceso de planeación de la obra pública, para una mejor comprensión del contexto
en que se desarrolla dicho proceso. En este sentido, la investigación realizada
conllevó a delimitar una estructura de subprocesos con características y objetivos
específicos, que al interactuar, contribuyan a consolidar en tiempo y forma una
Cartera de Proyectos con todos los elementos requeridos para soportar la
formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para de
esta manera propiciar un flujo lógico y secuencial en el desarrollo de todas las
actividades involucradas en el proceso propuesto.
Los subprocesos de referencia son:
1. Captación de Requerimientos.
2. Identificación de Necesidades.
3. Análisis, Selección y Evaluación.
4. Registro del Proyecto en el Proceso Integral de Programación y Presupuesto de
la SHCP.
5. Integración de Elementos.
Los cuales se muestran en cuanto a su secuencia e interacción en la gráfica de la
página siguiente:
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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SUBPROCESOS DE PLANEACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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II. Terminología y abreviaturas utilizadas.
TÉRMINO O ABREVIATURA SIGNIFICADO
Anteproyecto (Ingeniería
Básica)
El anteproyecto o ingeniería básica, es el conjunto de
estudios que definen los aspectos técnicos esenciales
que permiten la consecución del proyecto carretero. Los
estudios básicos que conforman un anteproyecto de
construcción o modernización de carreteras son:
Estudio y evaluación de alternativas de trazo.
Estudio geotécnico regional.
Estudio de vialidad.
Estudio hidrológico.
Estudio topohidráulico.
Cartera de Proyectos de la
SCT
Herramienta tecnológica considerada para su uso futuro
en el esquema de Proceso de Planeación de la Obra
Pública, la cual se requiere para efecto de registrar y
concentrar la información relativa a los proyectos
carreteros financiados a través del Presupuesto de
Egresos de la Federación (PEF), desde su concepción a
nivel de “idea”, hasta su consolidación como proyecto
susceptible de ejecutarse al contar con todos los
elementos de obra pública integrados y completos; y así
mismo, facilitar la consulta de esta información a los
diferentes usuarios.
DGC
Dirección General de Carreteras de la SCT.
DGDC
Dirección General de Desarrollo Carretero de la SCT.
DGST
Dirección General de Servicios Técnicos de la SCT.
DGPOP
Dirección General de Programación, Organización y
Presupuesto de la SCT.
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TÉRMINO O ABREVIATURA SIGNIFICADO
IRI
Índice de Rugosidad Internacional.
Mecanismo de Planeación
Anual
Documento que, antes del último día hábil del mes de
mayo de cada año, envía la SCT a la SHCP a través de
DGDC en el cual se identifican los programas y proyectos
de inversión en proceso de realización, así como
aquéllos que se consideran susceptibles de realizar en
años futuros; y en el que se establecen las necesidades
de inversión a corto, mediano y largo plazo, mediante
criterios de evaluación que permiten establecer
prioridades entre los proyectos.
Artículo 34 Fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).
PND
Plan Nacional de Desarrollo.
PNI
Programa Nacional de Infraestructura.
PSCT
Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes.
Promovente
Cualquier persona física o moral que promueve o
presenta a consideración de las dependencias y
entidades, estudios, planes y programas para el
desarrollo de proyectos, debiendo proporcionar la
información suficiente que permita su factibilidad, sin
que ello genere derechos u obligaciones a las mismas
dependencias y entidades.
Artículo 18 Párrafo Cuarto de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM)
PEF
Presupuesto de Egresos de la Federación.
PIPP
Proceso Integral de Programación y Presupuesto de la
SHCP.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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TÉRMINO O ABREVIATURA SIGNIFICADO
PPI
Programas y Proyectos de Inversión. Identificación
programática que se asigna a los Programas (como el de
preinversión para Estudios y Proyectos) y los proyectos
de obras públicas para la consolidación de
infraestructura. De esta forma se les registra en el
sistema del PIPP.
SCT
Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
SHCP
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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III. Diagrama de flujo de referencia.
A partir de los subprocesos identificados, se presentan sus diagramas de flujo y
actividades principales asociadas, con la secuencia de ejecución de las mismas. Para
lograr una visión metodológica integral del proceso, los diagramas de flujo se
complementan con la descripción narrativa de actividades la cual se presenta en la
sección IV de esta guía, que incluye los elementos de operación que norman la
ejecución de las mismas, incorporados en la sección V de esta guía y con los
contenidos mínimos de los documentos involucrados en el proceso, definidos en la
sección VI de este documento. Es importante señalar que todas los elementos y
documentos identificados son resultado de la investigación normativa y las
entrevistas con los principales participantes en el proceso de planeación.
Con base a estos diagramas se estará en condiciones de determinar los puntos de
control que permitan la construcción de un tablero orientado a dar seguimiento a la
ejecución de cada una de las actividades críticas identificadas en los siguientes
capítulos.
Los diagramas fueron elaborados utilizando la nomenclatura y simbología utilizada
para la esquematización de procesos y se utilizó el criterio general de reflejar el flujo
considerando “el deber ser” en función al marco normativo utilizado, sin excepciones
que obligaran a incluir un símbolo de decisión y sus diferentes alternativas de
ramificación; sin embargo, estas posibilidades están consideradas en la narrativa del
proceso, en calidad de instrucciones de operación que norman la ejecución de cada
una de las actividades del proceso.
Por otra parte en los símbolos de cada actividad, se considera el color amarillo para
aquellas en donde se contempla la utilización de la herramienta tecnológica que
coadyuvara a registrar y poner en disponibilidad de los usuarios potenciales la
información relativa a cada proyecto concebido en la SCT, desde la generación de la
idea inicial hasta la integración total del proyecto ejecutivo y sus diversos elementos.
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El diagrama se desarrolla a continuación está orientado a los proyectos de
construcción, modernización y rehabilitación de carreteras:
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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Con el fin de complementar la visión del Proceso de Planeación de la Obra Pública
para proyectos de conservación de carreteras, en los diagramas de flujo que se
presentan a continuación, se integran las actividades específicas que se llevan a cabo
para dar cumplimiento a la función sustantiva de conservación de carreteras. Es
importante resaltar que el subproceso relativo a la Integración de Elementos de Obra
Pública no se desarrolla, ya que en el subproceso de análisis, selección y evaluación
se integran los elementos técnicos y económicos para sustentar el registro del
proyecto en la cartera.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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IV. Descripción narrativa de actividades.
A continuación se proponen el conjunto actividades que soportan cada uno de los
subprocesos del proceso de Planeación de la Obra Pública. En la descripción los
números de referencia de cada actividad corresponden a los símbolos gráficos de
cada diagrama de flujo.
Subproceso de Captación de Requerimientos.
Promovente.
1.1 Identifica requerimiento de una obra de infraestructura.
El Promovente, ya sea este, un gobierno municipal o estatal, algún integrante de
la Cámara de Diputados, o en general cualquier persona física o moral; detecta
la necesidad de una obra de infraestructura que requiere ser financiada con
recursos federales para:
a. Construir una nueva carretera federal o camino rural o alimentador para unir
un punto de origen y uno de destino; un puente, un entronque, un viaducto.
b. Modernizar una carretera federal un puente, un entronque, o un viaducto ya
existentes.
c. Rehabilitar una carretera federal, un puente, un entronque, o un viaducto ya
existentes.
d. La conservación de carreteras federales o alimentadoras o rurales, aunque
este tipo de proyectos se analizan en otra sección de esta guía.
1.2 Consulta en página web de la SCT requisitos para el registro de solicitudes en
Cartera de Proyectos (1).
1.3 Integra un documento descriptivo o estudio preliminar y lo registra (1).
(1) Estas actividades están consideradas como una propuesta a incluir en los procedimientos relativos a la operación de la herramienta tecnológica que se diseñe para integrar la cartera de proyectos de la SCT. Información que se actualizara en el momento de su aprobación.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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Este registro lo realiza en la Cartera de Proyectos de la SCT, ingresando a la
página web de la Secretaría y a través de la herramienta tecnológica que para
estos efectos se implemente.
1.4 Remite documento descriptivo o Estudio Preliminar a la DGDC.
Independientemente de que en su momento la SCT establecerá comunicación
con el Promovente, este podrá dar seguimiento a la evolución de su
requerimiento a través de la Cartera de Proyectos de la SCT.
Subproceso de Identificación de Necesidades.
SCT/DGDC.
1.5 Analiza documentos rectores de estrategias nacionales (PND, PNI, PSCT).
1.6 Identifica necesidades de infraestructura emanadas del análisis de estrategias.
Suficientes para dar cumplimiento a los objetivos y metas planteados en el
mismo.
1.7 Concentra para su análisis y evaluación requerimientos y necesidades.
1.8 Genera información de la operación y nivel de servicio de la red de carretera.
Anualmente publica la misma en la página web de la SCT.
1.9 Capta y procesa información de oferta y demanda (actual y pronosticada).
1.10 Analiza interacción de oferta-demanda.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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Toma en cuenta información tal como:
a. Aforos vehiculares de la red federal de carreteras.
b. Estadísticas de accidentes.
c. Estudios origen-destino.
d. Selección de segmentos.
e. Asignación de tránsito.
1.11 Identifica necesidades generadas por la interacción oferta-demanda.
Va a actividad 1.7 y continúa.
Subproceso de Análisis y Evaluación
SCT/DGDC.
2.1 Elabora Mecanismo de Planeación Anual (2).
Actividad generada y soportada a partir de conjugar la información del PND y PNI
y las necesidades detectadas, así como los requerimientos captados.
2.2 Envía Mecanismo de Planeación Anual a la SHCP el último día hábil de mayo de
cada año, a más tardar.
2.3 Analiza requerimientos captados y necesidades detectadas.
2.4 Diseña alternativas de solución.
2.5 Evalúa pre-factibilidad de soluciones diseñadas.
2.6 Identifica áreas de responsabilidad y canaliza la solución diseñada
(2) Se sustenta en el artículo 44 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y los Lineamientos para la determinación de los requerimientos de información que deberá contener el mecanismo de planeación de programas y proyectos de inversión, D.O.F. 18/03/2008.
2.7 Identifica fuente de recursos para cada solución y las canaliza.
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Al área de responsabilidad correspondiente, considerando fuentes de
financiamiento distintas al Presupuesto de Egresos de la Federación, tales
como: Concesiones, Administración de Activos, Prestación de Servicios, entre
otros.
2.8 Evalúa perfil de soluciones de construcción o modernización a financiar con el
PEF. Es decir, de aquellas que tienen como posible fuente de financiamiento el
Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
2.9 Solicita elaboración de Anteproyecto (Ingeniería Básica) a la Dirección Técnica
de la Dirección General de Carreteras (DGC) (3).
SCT/DGC.
2.10 Elabora Anteproyecto (Ingeniería Básica) ya sea, a través de administración
directa o de la contratación de servicios. El anteproyecto o ingeniería básica, es
el conjunto de estudios que definen los aspectos técnicos esenciales que
permiten la consecución del proyecto carretero. Los estudios básicos que
conforman un anteproyecto de construcción o modernización son:
a. Estudio y evaluación de alternativas de trazo.
b. Estudio geotécnico regional.
c. Estudio de vialidad.
d. Estudio hidrológico.
e. Estudio topohidráulico.
2.11 Registra en Cartera de Proyectos de la SCT.
2.12 Turna Anteproyecto (Ingeniería Básica) a la DGDC.
(3) Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
SCT/DGDC.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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2.13 Recibe Anteproyecto (Ingeniería Básica).
2.14 Elabora estudio de Costo-Beneficio (4).
Los requerimientos de información que deben satisfacer los programas y
proyectos de inversión (PPI) dependen del monto que se comprometerá en
ellos. De tal suerte, que cuanto mayor es la inversión requerida para su
ejecución, mayores son los elementos y la precisión que se exigen para su
evaluación. Este criterio general de requerimientos de información presenta
dos salvedades:
a. El caso de los PPI que se necesiten llevar a cabo para la atención de
situaciones de emergencia, provocadas por desastres naturales, y
b. Los PPI que determine la SHCP, independiente del monto necesario para
su financiamiento.
Basado en lo anterior, los tipos de estudios requeridos son:
a. Justificación económica.
b. Análisis costo-eficiencia.
c. Análisis costo-beneficio simplificado.
d. Análisis costo-beneficio.
2.15 Evalúa factibilidad técnica, económica, ambiental, legal.
2.16 Envía Estudio de Costo-Beneficio a la DGPOP para trámite de registro en el
PIPP de la SHCP.
(4) De conformidad con lo establecido en lo establecido en los Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión, D.O.F. 18/03/2008.
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Subproceso de Registro del Proyecto de Inversión en el Proceso Integral de
Programación y Presupuesto (PIPP) de la SHCP (5).
SCT/DGPOP.
3.1 Recibe estudio de Costo-Beneficio.
3.2 Presenta ante la SHCP solicitud para registro en el PIPP.
SHCP/Unidad de Inversión correspondiente.
3.3 Recibe Estudio de Costo-Beneficio y solicitud.
Asigna un número de solicitud si esta es aceptada y cumple con todos los
requisitos. Este número de solicitud únicamente es un folio de control y no
significa que el programa o proyecto tenga ya un número de registro en la
cartera.
3.4 Revisa Estudio de Costo-Beneficio.
Para dar respuesta la SHCP tiene un plazo de 20 días hábiles posteriores a la
fecha en que recibe satisfactoriamente la solicitud, esta Dependencia podrá
resolver lo siguiente:
a. Registrar los programas o proyectos de inversión, en cuyo caso les
asignará una clave de registro.
b. Solicitar información adicional sobre el programa o proyecto de inversión.
c. Negar la solicitud de registro.
Artículo 50 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH).
(5) De conformidad con lo establecido en lo establecido en los Lineamientos para el registro en la cartera de programas y proyectos de inversión D.O.F. 18/03/2008.
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3.5 Asigna clave de registro en PIPP.
3.6 Avisa la aceptación de la solicitud en informa número de registro.
La respuesta y resultado a la solicitud de registro será remitida por la Unidad
de Inversiones a través del PIPP.
SCT/DGPOP.
3.7 Recibe notificación y número de registro en PIPP.
3.8 Comunica Número de Registro a la DGC.
3.9 Continúa con el Proceso de Programación y Presupuestación.
Fin de esta línea del flujo.
Subproceso de Integración de Elementos de Obra Pública
SCT/DGC.
4.1 Contrata la ejecución de elementos que se deben cubrir en el proyecto.
4.2 Coordina y da seguimiento a la elaboración del proyecto ejecutivo de obra.
4.3 Coordina y da seguimiento a la elaboración y autorización del MIA
(Manifestación de Impacto Ambiental).
La evaluación del impacto es el instrumento de la política ambiental que tiene
su fundamento en el Capítulo IV, Sección V, Artículo 28 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), cuyo objetivo es
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establecer las condiciones a que se deberá sujetar la realización de obras y
actividades que puedan causar desequilibrios ecológicos.
4.4 Da seguimiento a la elaboración y autorización del Estudio de Cambio de Uso
de Suelo.
De acuerdo al Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal
Sustentable. Para proyectos que implican Cambio de Uso de Suelo se requerirá
la presentación del Estudio Técnico Justificativo ante la Dirección General
Forestal y Suelo (DGFyS) de la SEMARNAT. Este estudio es el documento que el
interesado presenta ante la autoridad competente para solicitar el cambio de
uso de suelo en terrenos forestales, con el propósito de demostrar la
factibilidad de la autorización por excepción. Este trámite requiere de
aproximadamente 60 días hábiles para su evaluación.
4.5 Da seguimiento a la Liberación del derecho de Vía.
Es necesario contar con la propiedad del derecho de vía para la ejecución de
las obras, Artículo 19 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con
las Mismas (LOPSRM). De acuerdo con este artículo, las dependencias y
entidades, cuando sea el caso, previamente a la realización de los trabajos,
deberán tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes,
permisos, licencias, derechos de bancos de materiales, así como la propiedad
o los derechos de propiedad incluyendo derechos de vía y expropiación de
inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas. En las bases de
licitación se precisarán, en su caso, aquellos trámites que corresponderá
realizar al contratista. Su objetivo es lograr que los trámites para la liberación
del derecho de vía, se lleven a cabo eficientemente, a fin de que los terrenos
requeridos para realizar las obras correspondientes a carreteras y puentes
federales a cargo de la SCT, se pongan en disposición de las unidades
ejecutoras y se cumpla con las disposiciones legales aplicables, garantizando
la propiedad de los terrenos a favor del gobierno federal y a los afectados por
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la ubicación de sus predios, el pago expedito y oportuno a que tienen derecho
en términos de ley.
4.6 Da seguimiento a la tramitación de permisos ante la Comisión Nacional de
Agua.
La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) es la autoridad facultada para
administrar y custodiar las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes,
así como preservar y controlar su calidad, en los términos que establece la Ley
de Aguas Nacionales (LAN) y su Reglamento (RLAN).
4.7 Da seguimiento a la tramitación de permisos ante el INAH (Instituto Nacional
de Antropología e Historia).
4.8 Integra Cartera de Proyectos con elementos completos.
4.9 Apoya la priorización de proyectos para integrar el Anteproyecto de PEF.
Fin del Proceso
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V. Elementos de operación asociados al proceso.
Los elementos de operación que se describen a continuación son una recopilación de
los documentos normativos que se van referenciando a lo largo de esta sección.
Subproceso de Captación de Requerimientos.
1. Para efecto del registro en la Cartera de Proyectos de la SCT (6), el Promovente
elaborará, al menos, un documento descriptivo o estudio preliminar donde
exponga su idea de proyecto de inversión; y en el cual se establezca lo
detallado en la sección VI, inciso 1. Contenidos mínimos de los documentos
involucrados en el proceso, de esta guía. Este documento lo soportará el
Promovente considerando que su idea:
a. Puede integrarse con facilidad al Mecanismo de Planeación Anual de la
SCT presentado a la SHCP;
b. Tiene congruencia con los objetivos y estrategias del Plan Nacional de
Desarrollo (PND), del Programa Nacional de Infraestructura (PNI) y del
Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes (PSCT); y
c. Los proyectos de inversión o programas contenidos, al menos cumplen uno
de los siguientes criterios:
i. Rentabilidad socioeconómica;
ii. Reducción de la pobreza extrema;
iii. Desarrollo regional, y
iv. Concurrencia con otros programas y proyectos de inversión.
(6) Se refiere a la herramienta tecnológica que se diseñe para integrar la cartera de proyectos de la SCT.
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Subproceso de Análisis y Evaluación.
2. El Mecanismo de Planeación Anual se generará y soportará a partir de conjugar
la información del PND y PNI y las necesidades detectadas, así como los
requerimientos captados. Artículo 34 Fracción I de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). Este Mecanismo se debe
presentar en un documento que contenga la información indicada en el inciso
2, de la sección VI. Contenidos mínimos de los documentos involucrados en el
proceso, de este documento.
3. Los principales criterios de prioridad que considerará la SCT para seleccionar
los PPI a incluir, son los siguientes:
i. Rentabilidad socioeconómica;
ii. Reducción de la pobreza extrema;
iii. Desarrollo Regional, y
iv. Concurrencia con otros programas y proyectos de inversión.
Esto de acuerdo a lo que establecen los Lineamientos para la
Determinación de los Requerimientos que Deberá Contener el Mecanismo
de Planeación de Programas y Proyectos de Inversión de la SHCP.
4. La DGDC enviará el Mecanismo de Planeación Anual a la SHCP el último día
hábil de Mayo de cada año, a más tardar. Artículo 44 del Reglamento de Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH).
5. De acuerdo con los Lineamientos para la Elaboración y Presentación de los
Análisis Costo y Beneficio de Los Programas y Proyectos de Inversión de la
SHCP, se considera que se realiza una evaluación de un programa o proyecto
de inversión a nivel de análisis de perfil, cuando para satisfacer los
requerimientos de información exigidos por la SHCP en los estudios de costo-
eficiencia o costo-beneficio, se utiliza la información disponible con que
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cuenta, así como la experiencia derivada de proyectos realizados y el criterio
profesional de los evaluadores. En las evaluaciones a nivel de perfil también se
podrá utilizar información de revistas especializadas, libros en la materia,
artículos, estudios similares, estadísticas e información histórica, así como
experiencias de otros países y gobiernos. En consecuencia, la información que
se emplee en este tipo de evaluación puede ser no muy precisa, para efectos
de la cuantificación y valoración de los costos y beneficios, pero si lo suficiente
para permitir el cálculo de indicadores de rentabilidad.
6. Los requerimientos de información que deben satisfacer los programas y
proyectos de inversión dependen del monto que se comprometerá en ellos. De
tal suerte, que cuanto mayor es el financiamiento requerido para su ejecución
mayores son los elementos y la precisión que se exigen para su evaluación.
Este criterio general de requerimientos de información presenta dos
salvedades:
a. El caso de los PPI que se necesiten llevar a cabo para la atención de
situaciones de emergencia, provocadas por desastres naturales, y
b. Los PPI que determine la SHCP, independiente del monto necesario para
su financiamiento.
Los requerimientos de información, determinados por el criterio del monto
de inversión, son homogéneos para todos los PPI de todos los sectores.
La SHCP establece cuatro tipos diferentes de estudios, en correspondencia con los
rangos definidos de montos de inversión solicitados para su ejecución y con los tipos
de PPI que se desean emprender. Los tipos de estudio que se solicitan requieren de
mayor rigor de análisis e información más detallada, cuánto más elevado es el
financiamiento necesario para su implementación, y dependiendo del tipo de PPI de
que se trate. A continuación se detallan los diferentes requerimientos de información
establecidos de conformidad con ambos criterios:
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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a. Justificación económica.
Este tipo de estudios consisten en una descripción detallada del problema que
se pretende resolver con el programa o proyecto de inversión, y la exposición de
las razones que justifican su elección. En el inciso 3 de la sección VI de este
documento se muestra el contenido que debe integrarse.
b. Análisis costo-eficiencia.
En el inciso 4 de la sección VI de esta guía, se detalla la información mínima
que debe contener. La SHCP, por conducto de la Unidad de Inversiones, podrá
solicitar la presentación de un análisis costo-beneficio o costo-beneficio
simplificado, según corresponda, en lugar del análisis costo-eficiencia, cuando lo
juzgue conveniente. En cualquier caso se deberán señalar, a nivel cualitativo,
cuáles son los beneficios del programa o proyecto.
c. Análisis costo-beneficio simplificado.
El análisis costo-beneficio simplificado se refiere a que los elementos de
información que integran este tipo de estudio deben presentarse a nivel de perfil
cuando menos. El análisis costo-beneficio simplificado cuando lo determine la
Unidad de Inversiones, deberá acompañarse además de una manifestación por
parte del administrador del proyecto o del área competente de la dependencia o
entidad, donde se establezca que el proyecto es factible en términos técnicos,
legales y ambientales. Los requerimientos de información que integran este tipo
de estudios se citan a en el inciso 5, de la sección VI de este documento.
d. Análisis costo-beneficio.
Los PPI requieren de un análisis costo-beneficio como requisito para llevar a
cabo el procedimiento de su registro en la Cartera de proyectos de inversión de
la SHCP. Este estudio deberá presentarse a nivel de pre factibilidad, de tal modo
que los elementos de información que los sustenten permitan una
cuantificación de los costos y beneficios en términos monetarios, en forma
detallada. lgual que en el caso del apartado anterior, cuando lo determine la
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
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Unidad de Inversiones, el análisis costo-beneficio deberá acompañarse de una
manifestación por parte del administrador del proyecto o del área competente
de la dependencia o entidad, donde establezca que el proyecto es factible en
términos técnicos, legales y ambientales. El análisis costo-beneficio se integra
de la forma que se indica en el inciso 6 de la sección VI de esta guía.
En el cuadro se muestran los tipos de estudios que deben presentarse de acuerdo al
monto total de la inversión y el tipo de PPI del que se trate.
Subproceso de Registro del Proyecto de Inversión en el Proceso Integral de
Programación y Presupuesto (PIPP) de la SHCP.
7. Para remitir la solicitud de registro a la Unidad de Inversiones por vía del PIPP
debe asegurarse que contenga lo indicado en el inciso 7 de la sección VI de
este documento.
Los Lineamientos de registro de PPI establecen que, con el propósito de que el
envío a la Unidad de Inversiones, del análisis costo y beneficio sea eficiente,
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las dependencias y entidades deberán evitar o reducir el uso de imágenes en
los documentos. Se sugiere que los archivos se compriman en formato ZIP o se
envíen en formato PDF. Asimismo, cuando un análisis costo y beneficio esté
integrado por varios archivos electrónicos, éstos se deberán comprimir y enviar
en uno solo, con formato ZIP.
8. Para dar respuesta la SHCP tiene un plazo, de acuerdo con lo establecido en el
Artículo 50 del RLFPRH, de 20 días hábiles posteriores a la fecha en que recibe
satisfactoriamente la solicitud, esta Dependencia podrá resolver lo siguiente:
a. Registrar los programas o proyectos de inversión, en cuyo caso les asignará
una clave de registro.
b. Solicitar información adicional sobre el programa o proyecto de inversión.
c. Negar la solicitud de registro.
El plazo para que la SHCP de respuesta a la solicitud de registro, comenzará a
contarse a partir del día siguiente de la fecha en que se reciba completa la
solicitud, esto es, una vez que la Unidad de Inversiones reciba en forma
adecuada y satisfactoria la información del proyecto de inversión y del estudio
requerido correspondiente al PPI.
La SCT conocerá la situación de cada solicitud que presente, a través de
utilizar las herramientas de consulta del módulo de “Cartera de Inversión”, las
cuales también podrán ser consultadas por otras instancias competentes.
9. La solicitud de registro en Cartera debe efectuarse a más tardar el día 15 de
julio de cada año, si se desea que los PPI sean integrados al Proyecto de PEF
que se está preparando para el siguiente ejercicio fiscal.
10. Los PPI que cuentan con el registro en la Cartera de la SHCP podrán ser
integrados al proyecto de PEF, lo que ocurrirá según el orden de prelación que
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la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y Desincorporación
determine, de conformidad con los criterios que se establecen para ello. En el
PEF se señalarán tanto los proyectos a los que se asignó presupuesto como
aquéllos que, aun teniendo registro, no tienen asignación presupuestaria,
debido a las limitaciones presupuestarias.
11. El registro en la Cartera de Inversiones tendrá una vigencia de 3 años,
contados a partir del otorgamiento de la clave correspondiente o, en su caso, a
partir de la actualización del registro con la presentación de un nuevo análisis
costo y beneficio. Artículo 52 Párrafo Segundo del Reglamento de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH).
12. La clave se renovará automáticamente siempre y cuando los programas y
proyectos de inversión se encuentren en etapa de ejecución y, en su caso,
operación.
13. Cumplido el plazo de vigencia de 3 años, la Unidad de Inversiones cancelará el
registro de programas y proyectos de inversión que se encuentren en la
Cartera.
14. Si la SCT solicita el registro de algún programa o proyecto de inversión cuya
clave fue cancelada, deberán presentar un nuevo análisis costo y beneficio.
15. En el proceso de registro de PPI se presentan dos casos especiales que
merecen alusión, ambos se citan a continuación:
a. Proyectos sin Asignación Presupuestaria.
En el Proyecto de PEF, pueden aparecer proyectos de inversión con registro
pero que no cuentan con asignación presupuestaria de origen debido a las
restricciones de recursos para el ejercicio fiscal. Sin embargo, estos PPI
tendrán prelación en la asignación de fondos que se derive de las
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ampliaciones de recursos aprobados por la Cámara de Diputados, y por
ende serán susceptibles de iniciarse en el ejercicio fiscal del que se trate,
como resultado de adecuaciones presupuestarias autorizadas conforme al
PEF Aprobado.
b. Proyectos sin Clave de Registro en Cartera.
El segundo caso se refiere a aquellos PPI que aun no habiendo obtenido
con oportunidad el registro en la Cartera de la SHCP reciben asignación
presupuestaria para su ejecución, como resultado de las adecuaciones
presupuestarias que hubiesen sido autorizadas durante el proceso de
aprobación del PEF en la Cámara de Diputados. No obstante, su inicio
estará condicionado a la realización del procedimiento anterior para contar
con el registro en la Cartera, y de esa forma contar con la emisión del oficio
de liberación de la inversión para disponer de los recursos efectivamente;
caso contrario el programa o proyecto de inversión no podrá ser puesto en
marcha.
Subproceso de Integración de Elementos de Obra Pública.
16. La evaluación del impacto es el instrumento de la política ambiental que tiene
su fundamento en el Capítulo IV, Sección V, Articulo 28 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), cuyo objetivo es
establecer las condiciones a que se deberá sujetar la realización de obras y
actividades que puedan causar desequilibrios ecológicos.
17. De acuerdo con lo establecido por los Artículos 6º de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y el 11 del
Reglamento en Materia de Impacto Ambiental se identifican 3 niveles de
impacto y sus correspondientes modalidades de evaluación:
a. Bajo=exención.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
30
b. Intermedio=Elaboración y aprobación por la Secretaría del Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) del Manifiesto de Impacto
Ambiental Particular.
c. Alto =Elaboración y aprobación por la Secretaría del Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT) del Manifiesto de Impacto Ambiental
Regional.
18. El tiempo de evaluación por Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental
(DGIRA) de SEMARNAT para cada modalidad es de 20, 60 y 60 días hábiles
respectivamente.
19. El contenido que deben tener el Estudio de Impacto Ambiental Particular y
Regional se indican en los puntos 14 a. y 14 b de la sección VI, respectivamente.
20. Requisitos para ingresar los estudios de impacto ambiental:
a. Escrito libre dirigido al titular de la dependencia.
b. Pago de derechos.
c. Documento original impreso del estudio, incluyendo resumen ejecutivo.
d. Copia del documento con la leyenda “para consulta pública”.
e. 4 copias en medio magnético (discos digitales).
21. Una vez que la SEMARNAT evalúa el estudio de impacto ambiental, emite un
resolutivo que puede ser procedente, condicionado o no procedente. El
promovente y/o consultor deberá dar el seguimiento al cumplimiento de las
condiciones.
22. Finalmente la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) es la
instancia encargada de sancionar administrativamente el incumplimiento de
dichas condicionantes.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
31
23. De acuerdo al Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
(LGDFS). Para proyectos que implican Cambio de Uso de Suelo se requerirá la
presentación del Estudio Técnico Justificativo ante la Dirección General Forestal
y Suelo (DGFyS) de la SEMARNAT. Este estudio es el documento que el
interesado presenta ante la autoridad competente para solicitar el cambio de
uso de suelo en terrenos forestales, con el propósito de demostrar la factibilidad
de la autorización por excepción. Este trámite requiere de aproximadamente 60
días hábiles para su evaluación. Documentación legal requerida, misma que
deberá ingresarse con el Estudio Técnico Justificativo:
a. Ejidal:
Acta Asamblea donde otorga la anuencia ejidal, registrada en el RAN
(Registro Agrario Nacional)
b. Propiedad Privada:
Sesión de derechos del predio (notariado) y copia del documento que
acredita la propiedad del predio (escritura, contrato compra - venta, entre
otros).
El contenido que debe tener el Estudio Técnico Justificativo es el indicado en
el inciso VII.4 15 de este documento.
24. Es necesario contar con la propiedad del derecho de vía para la ejecución de las
obras. Artículo 19 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas (LOPSRM). De acuerdo con este artículo, las dependencias y entidades,
cuando sea el caso, previamente a la realización de los trabajos, deberán
tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos,
licencias, derechos de bancos de materiales, así como la propiedad o los
derechos de propiedad incluyendo derechos de vía y expropiación de inmuebles
sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas. En las bases de licitación se
precisarán, en su caso, aquellos trámites que corresponderá realizar al
contratista. Su objetivo es lograr que los trámites para la liberación del derecho
de vía, se del lleven a cabo eficientemente, a fin de que los terrenos requeridos
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
32
para realizar las obras correspondientes a carreteras y puentes federales a
cargo de la SCT, se pongan en disposición de las unidades ejecutoras y se
cumpla con las disposiciones legales aplicables, garantizando la propiedad de
los terrenos a favor del gobierno federal y a los afectados por la ubicación de sus
predios, el pago expedito y oportuno a que tienen derecho en términos de ley.
Este trámite se lleva a cabo a partir de los siguientes procedimientos ya
establecidos:
a. Compra-venta de terrenos de propiedad particular.
b. Expropiación de terrenos de propiedad particular.
c. Expropiación de terrenos sujetos a régimen ejidal o comunal.
d. Deposito en garantía por la ocupación previa de terrenos ejidales o
comunales.
e. Pago de bienes distintos a la tierra.
f. Cambio de destino de inmuebles a cargo de dependencias federales,
sujetos al régimen de dominio público de la federación.
g. Adquisición de predios propiedad de organismos públicos
descentralizados.
h. Pago de movimiento de instalaciones de obras inducidas.
25. La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) es la autoridad facultada para
administrar y custodiar las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes,
así como preservar y controlar su calidad, en los términos que establece la Ley
de Aguas Nacionales (LAN) y su Reglamento (RLAN).
Para cumplir con su propósito esencial, la Comisión se divide operativamente en
tres grandes áreas, mismas que tienen las siguientes acciones principales:
a. Oficinas Centrales.
b. Organismos de Cuenca.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
33
Son las responsables de administrar y preservar las aguas nacionales en
cada una de las trece regiones hidrológico- administrativas en que se
divide el país.
c. Direcciones Locales:
Estas tienen la importante labor de aplicar las políticas, estrategias,
programas y acciones de la Comisión en las entidades federativas que les
corresponden.
La expedición de los permisos de construcción o modificación de obras
en causes, vasos y zonas federales, son competencia de los Organismos
de Cuencas y Direcciones Locales de la propia dependencia, razón por la
cual, el trámite para la obtención de permisos de construcción de
puentes en corrientes de propiedad nacional, se realizará ante el
Organismo de Cuenca o Dirección Local correspondiente.
26. El procedimiento para el trámite de liberación de proyectos carreteros por parte
del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), se lleva a cabo a través
de la realización de las siguientes actividades:
a. El Centro SCT da aviso oficialmente al INAH de que se llevará a cabo la
elaboración de Estudios y Proyectos, indicando el nombre del proyecto,
tramo, meta, municipio y el nombre de empresa que realizará el proyecto
solicitando se programe en forma conjunta con personal del INAH,
empresa contratista y personal del Centro SCT, llevar a cabo la visita de
prospección por el eje del trazo de los proyectos.
b. El INAH programa visita de prospección al eje del trazo del proyecto y
designa al arqueólogo que realizará dicha visita y lo comunica al Centro
SCT mediante oficio.
c. El SCT y el INAH llevan a cabo las visitas de prospección necesarias para
determinar la existencia de vestigios de asentamientos arqueológicos,
registrando el kilometraje de su ubicación, así como sus dimensiones. La
visita se realiza en forma conjunta con personal de la empresa
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
34
contratista que realiza los proyectos, personal del Centro SCT y el
personal designado por el INAH.
d. El INAH elabora informe de visita de prospección en el que da a conocer
los puntos en los que se observan vestigios arqueológicos en el eje del
proyecto, así como el dictamen correspondiente, pudiéndose presentar los
siguientes casos:
i. Que no exista presencia de vestigios, en cuyo caso se emite
autorización para la construcción del proyecto mediante Oficio de
Liberación del Proyecto, dando por concluido el procedimiento.
ii. Que existan vestigios arqueológicos de dimensiones menores, en cuyo
caso informa al Centro SCT la pertinencia de seguir en este trazo para lo
cual se requerirá llevar a cabo labores de salvamento arqueológico o
bien se opte por plantear un nuevo trazo, alejándose de los vestigios
encontrados.
Cuando se presente este caso y se opte por llevar a cabo labores de
salvamento arqueológico:
El Centro SCT envía al INAH copia del plano definitivo del proyecto
solicitando se elabore la propuesta de salvamento arqueológico.
El INAH envía al Centro SCT la propuesta de salvamento arqueológico
del proyecto, cronograma de trabajo, presupuesto con desglose
presupuestal de los trabajos y justificación presupuestal por capítulo.
El Centro SCT solicita a la Dirección General de Carreteras los
recursos requeridos para llevar a cabo el salvamento arqueológico
del proyecto.
Una vez emitido el Oficio de Liberación de inversión de los recursos
para llevar a cabo las labores de salvamento arqueológico, el Centro
SCT avisa al INAH mediante oficio, informándole la necesidad de
formalizar convenio de colaboración entre INAH y Centro SCT para
poder transferir los recursos al Instituto.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
35
SCT y el INAH elaboran Convenio de Colaboración para llevar a cabo
labores de salvamento arqueológico en el área de trazo, derecho de
vía, aéreas de afectación secundaria y obras colaterales del proyecto,
formalizándose por autoridades del INAH y del Centro SCT.
El INAH realiza las labores de salvamento arqueológico de acuerdo al
cronograma de trabajo presentado.
Concluidas las labores de salvamento arqueológico, emite en un
plazo no mayor de 30 días naturales, la autorización para la
construcción del proyecto, mediante Oficio de liberación de proyecto,
el cual envía al Centro SCT.
iii. Que existan vestigios arqueológicos de mayores dimensiones, en cuyo
caso informa al Centro SCT que no es posible efectuar el salvamento
arqueológico en el trazo de proyecto, requiriéndose se replantee un
nuevo trazo alejándose de los vestigios encontrados.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
36
VI. Contenidos mínimos de los documentos involucrados en el proceso.
Los contenidos mínimos que se describen a continuación son una recopilación de los
documentos normativos que se van referenciando a lo largo de esta sección.
Subproceso de Captación de Requerimientos.
1. Documento descriptivo o estudio preliminar que debe elaborar y presentar el
Promovente para efecto del registro en la Cartera de Proyectos de la SCT:
a. El tipo de obra.
b. Su ubicación.
c. Los alcances.
d. Los beneficios que se derivarían del proyecto.
e. Así como la población que se beneficiaría con la obra.
Subproceso de Análisis y Evaluación
2. Mecanismo de Planeación Anual que debe elaborar y presentar la DGDC ante
la SHCP (7).
a. Resumen ejecutivo.
Situación actual y prospectiva del sector. Referencia a la situación
económica, jurídica, institucional, tecnológica, política y social más
importante que afecta al sector, donde la dependencia o entidad
desarrollará sus inversiones; incluyendo, en su caso, una descripción de
las características de la oferta y demanda de los bienes y servicios
relevantes para efectos de la realización de los proyectos de inversión.
(7) De conformidad con los Lineamientos para la determinación de los requerimientos de información que deberá contener el mecanismo de planeación de programas y proyectos de inversión, D.O.F. 18/03/2008
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
37
b. Objetivos y metas. La justificación de los programas y proyectos de
inversión, basada en la congruencia de sus propios objetivos y metas
con los objetivos nacionales, estrategias y prioridades contenidas en el
Plan Nacional de Desarrollo, así como con los de los programas
sectoriales, institucionales, regionales y especiales vigentes que se
desprenden de él.
c. Las necesidades de inversión a corto, mediano y largo plazo; los PPI que
correspondan a estas necesidades, y se encuentren en proceso o bien
sean susceptibles de realización en los siguientes 6 ejercicios fiscales;
ordenados en función de su prioridad.
d. Identificación de proyectos complementarios y sustitutos, al interior de
la dependencia o entidad, gobiernos estatales y municipales, con los
que se puedan generar sinergias y complementariedades.
e. Los criterios de evaluación que permitan establecer prioridades entre
los PPI que se propongan para su inclusión en el proyecto de
presupuesto de egresos del ejercicio que corresponda.
f. Descripción de los factores clave de cumplimiento y riesgos de la
estrategia de mediano plazo, que pudieran retrasar o modificar el
cumplimiento de metas y el desarrollo de los PPI en proceso y a
realizarse en años futuros.
La descripción de los contenidos de los puntos 3 a 7 que se detalla a
continuación, está fundamentada en los Lineamientos para el registro en la
cartera de programas y proyectos de inversión D.O.F. 18/03/2008, así como en el
Proceso de Registro de Programas y Proyectos de Inversión (PPI) en Cartera de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
3. Justificación económica: requerimientos de información.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
38
a. Tipo de programa o proyecto, ya sea proyecto de infraestructura
económica, programa de mantenimiento de activos o programa de
estudios de pre-inversión.
b. Deberá señalarse la localización geográfica donde se desarrollará el
proyecto y, en su caso, la zona de influencia.
c. Monto total de inversión y calendario de inversiones por año,
identificando los componentes del programa o proyecto, o sus
principales rubros.
d. Fuentes de recursos.
e. La situación actual. Que se refiere a la descripción minuciosa del
problema que se busca solucionar con el programa o proyecto de
inversión. En este apartado se debe incluir, además, una descripción del
estado de los bienes y equipos de la dependencia o entidad que serán
sustituidos, señalando su cantidad, antigüedad y estado actual, cuando
se trate de programas de mantenimiento.
f. Alternativas de solución. Se deberán presentar las diferentes opciones
de solución de las que se dispone para resolver la problemática a
atender, identificando las ventajas y desventajas de cada una de ellas.
Los Lineamientos para la Elaboración y Presentación de los Análisis
Costo y Beneficio de Los Programas y Proyectos de Inversión de la SHCP
acotan que no se aceptará como una alternativa de solución
permanecer en la situación actual.
g. Razones para la solución elegida. Se deberán manifestar con claridad
las razones que expliquen por qué la solución elegida es la más viable
técnica y económicamente, de entre de las alternativas de solución
señaladas.
h. Obras y Componentes resultantes del proyecto. Descripción del número,
tipo y principales características de los activos que resultarían de la
realización del proyecto, tales como edificios, caminos, plantas
productivas, redes, mobiliario y equipamiento, o servicios. La sección
debe incluir un listado de los costos estimados de las obras y los
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
39
componentes del programa o proyecto. Cuando la presentación de un
estudio de Justificación económica corresponda a la realización de
estudios de pre inversión, su contenido únicamente comprenderá la
información señalada en los puntos a., b., c. y d., del inciso 2 de esta
sección, pero además deberá señalarse la vigencia del estudio y la
descripción de los estudios a realizar, así como cualquier otra
información que en su caso solicite la Unidad de Inversiones de la
SHCP.
4. Análisis costo-eficiencia.
a. Resumen ejecutivo. El resumen ejecutivo deberá presentar la visión
global del proyecto, describiendo brevemente sus aspectos más
relevantes. Se explicará en forma concisa, la problemática que se
pretende resolver o las necesidades a cubrir; las principales
características del proyecto, las razones por las que la alternativa
elegida es la más conveniente; el monto de inversión con sus
principales componentes, y los riesgos asociados a su ejecución.
b. Situación sin proyecto y posibles soluciones. En esta sección se deberá
presentar lo siguiente:
i. Diagnóstico de la situación actual que motiva la realización del
proyecto, resaltando la problemática que se pretende resolver;
ii. Descripción de la situación actual optimizada, la cual detallará las
acciones que tendrían que llevar a cabo las dependencias o
entidades en caso de que el proyecto no se realice. El efecto de las
medidas de optimización, deberá proyectarse a lo largo del horizonte
de evaluación, con el fin de asegurar que en ésta solamente se
consideren los costos y beneficios atribuibles a la realización del
proyecto;
iii. Análisis de la Oferta y Demanda de la situación sin proyecto. Se
deberá incluir una estimación de la Oferta, Demanda y, en su caso,
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
40
precios a lo largo del horizonte de evaluación, explicando su
comportamiento y su evolución, señalando la metodología y los
supuestos utilizados, así como la justificación de los mismos, y
iv. Alternativas de solución. Se deberán describir las alternativas que
pudieran resolver la problemática señalada, identificando y
explicando sus características técnicas, económicas, así como las
razones por las que no fueron seleccionadas.
v. Para efectos de este inciso, no se considera como alternativa de
solución diferente, la comparación entre distintos proveedores del
mismo bien o servicio.
c. Descripción del proyecto. En esta sección se deberán señalar las
características más importantes del proyecto de inversión, incluyendo lo
siguiente:
i. Objetivo, es la descripción de cómo el proyecto contribuye a la
consecución de los objetivos y estrategias establecidos en el Plan
Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, regionales y
especiales, así como al mecanismo de planeación presentado en su
oportunidad por la SCT;
ii. Propósito, es el resultado inmediato o consecuencia directa que se
espera lograr con la ejecución del proyecto y que contribuirá a
alcanzar el objetivo a que se refiere el inciso anterior, por ejemplo,
ahorros en tiempos en el caso de una carretera.
iii. Componentes, indicar el número, tipo y principales características
de los activos que resultarían de la realización del proyecto, los
cuales son necesarios para alcanzar el propósito del mismo;
iv. Calendario de actividades, programación de las principales
acciones que se requieren para generar los componentes del
proyecto;
v. Tipo de programa o proyecto;
vi. Localización geográfica, dónde se desarrollará el proyecto, así
como su zona de influencia;
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
41
vii. Vida útil del programa o proyecto y su horizonte de evaluación;
viii. Capacidad instalada que se tendría y su evolución en el horizonte
de evaluación del proyecto;
ix. Metas anuales y totales de producción de bienes y servicios
cuantificadas en el horizonte de evaluación;
x. Una descripción de los aspectos más relevantes de las
evaluaciones técnica, legal y ambiental del proyecto;
xi. El avance en la obtención de los derechos de vía, manifestación
de impacto ambiental, cambio de uso de suelo y cualquier otro
trámite previo, en el caso de proyectos que requieran contar con
ellos;
xii. Costo total del proyecto, considerando por separado las
erogaciones a realizar tanto en la etapa de ejecución como en la
de operación:
Para la etapa de ejecución, el calendario de inversiones por
año y la distribución del monto total de inversión en los
componentes del proyecto o en sus principales rubros, y
Para la etapa de operación, la distribución de las erogaciones
a realizar en sus principales rubros;
xiii. Fuentes de recursos, su calendarización estimada y su
distribución entre recursos públicos (federales, estatales y
municipales) y privados;
xiv. Supuestos técnicos y socio-económicos, señalando los más
importantes para efectos de la evaluación, tales como factor de
planta, rendimiento por hectárea, variación del Producto Interno
Bruto, crecimiento de la población, tipo de cambio, costo de los
combustibles, precios de los productos, entre otros.
xv. Infraestructura existente y proyectos en desarrollo que podrían
verse afectados por la realización del proyecto.
d. Situación con proyecto En esta sección se deberá considerar el impacto
que tendría sobre el mercado la realización del proyecto. Para dicho
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
42
análisis deberá compararse la situación actual optimizada con la
situación con proyecto, de tal manera que se identifiquen los impactos
atribuibles al proyecto exclusivamente, mismos que deberán reflejarse
en el flujo de costos y beneficios. Este análisis deberá comparar las
estimaciones de la Oferta y Demanda incluidas inicialmente con las
estimadas en la situación con proyecto.
e. Evaluación alternativa. El análisis costo-eficiencia deberá incluir, al
menos, la evaluación de una segunda alternativa de programa o
proyecto, con el fin de tener una base de comparación, que permita
demostrar que la alternativa elegida es la más conveniente, en términos
de costos. Para realizar la comparación, deberá emplearse el método
del Costo Anual Equivalente (CAE), mismo que se calculará para cada
una de las alternativas que se confrontaron. No se considera como
alternativa diferente, la comparación entre distintos proveedores del
mismo bien o servicio.
f. Conclusiones. Exponer de forma clara y precisa los argumentos por los
cuales el proyecto debe realizarse.
El análisis costo-eficiencia deberá acompañarse de una justificación
para sustentar que se trata efectivamente de programas y proyectos de
inversión en los que los beneficios no son cuantificables, o bien de difícil
cuantificación; implicando que los PPI de que se trata no generan un
ingreso o un ahorro monetario y se carece de información para hacer
una evaluación adecuada de los beneficios no monetarios.
La SHCP, por conducto de la Unidad de Inversiones, podrá solicitar la
presentación de un análisis costo-beneficio o costo-beneficio
simplificado, según corresponda, en lugar del análisis costo-eficiencia,
cuando lo juzgue conveniente. En cualquier caso se deberán señalar, a
nivel cualitativo, cuáles son los beneficios del programa o proyecto.
5. Análisis costo-beneficio simplificado: requerimientos de información.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
43
a. Resumen ejecutivo. El resumen ejecutivo deberá presentar la visión
global del proyecto, describiendo brevemente sus aspectos más
relevantes. Se explicará en forma concisa, la problemática que se
pretende resolver o las necesidades a cubrir; las principales
características del proyecto, las razones por las que la alternativa
elegida es la más conveniente; el monto de inversión y sus principales
componentes, los indicadores de rentabilidad y los riesgos asociados a
su ejecución.
b. Situación sin proyecto y posibles soluciones. En esta sección se deberá
presentar lo siguiente:
i. Diagnóstico de la situación actual que motiva la realización del
proyecto, resaltando la problemática que se pretende resolver;
ii. Descripción de la situación actual optimizada, la cual detallará las
acciones que llevarían a cabo las dependencias o entidades en
caso de que el proyecto no se realice. El efecto de las medidas de
optimización deberá proyectarse a lo largo del horizonte de
evaluación, con el fin de asegurar que en ésta solamente se
consideren los costos y beneficios atribuibles a la realización del
proyecto;
iii. Análisis de la Oferta y Demanda de la situación sin proyecto. Se
deberá incluir una estimación de la Oferta, Demanda y, en su
caso, precios a lo largo del horizonte de evaluación, explicando su
comportamiento y su evolución, señalando la metodología y los
supuestos utilizados, así como la justificación de los mismos, y
iv. Alternativas de solución. Se deberán describir las alternativas que
pudieran resolver la problemática señalada, identificando y
explicando sus características técnicas, económicas, así como las
razones por las que no fueron seleccionadas.
v. Para efectos de este inciso, no se considera como alternativa de
solución diferente, la comparación entre distintos proveedores del
mismo bien o servicio.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
44
b. Descripción del proyecto. En esta sección se deberán señalar las
características más importantes del proyecto de inversión, incluyendo lo
siguiente:
i. Objetivo, es la descripción de cómo el proyecto contribuye a la
consecución de los objetivos y estrategias establecidos en el Plan
Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, regionales y
especiales, así como al mecanismo de planeación presentado en
su oportunidad con la SCT;
ii. Propósito, es el resultado inmediato o consecuencia directa que
se espera lograr con la ejecución del proyecto y que contribuirá a
alcanzar el objetivo a que se refiere el inciso anterior, por ejemplo,
ahorros en tiempos en el caso de una carretera.
iii. Componentes, indicar el número, tipo y principales características
de los activos que resultarían de la realización del proyecto, tales
como caminos o servicios, los cuales son necesarios para alcanzar
el propósito del mismo;
iv. Calendario de actividades, programación de las principales
acciones que se requieren para generar los componentes del
proyecto;
v. Tipo de proyecto o programa, ya sea proyecto de infraestructura
económica o programa de mantenimiento o programa de estudios
de pre-inversión;
vi. Localización geográfica, dónde se desarrollará el proyecto, así
como su zona de influencia;
vii. Vida útil del programa o proyecto y su horizonte de evaluación;
viii. Capacidad instalada que se tendría y su evolución en el horizonte
de evaluación del proyecto;
ix. Metas anuales y totales de producción de bienes y servicios
cuantificadas en el horizonte de evaluación;
x. Beneficios anuales y totales en el horizonte de evaluación,
identificar, describir, cuantificar y valorar la generación de ingresos
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
45
o la obtención de ahorros derivados del proyecto de forma
desagregada incluyendo los supuestos y fuentes empleadas para
su cálculo;
xi. Una descripción de los aspectos más relevantes de las
evaluaciones técnica, legal y ambiental del proyecto;
xii. El avance en la obtención de los derechos de vía, manifestación
de impacto ambiental, cambio de uso de suelo y cualquier otro
trámite previo, en el caso de proyectos que requieran contar con
ellos;
xiii. El costo total del proyecto, considerando por separado las
erogaciones a realizar tanto en la etapa de ejecución como en la
de operación:
Para la etapa de ejecución, el calendario de inversiones por
año y la distribución del monto total de inversión en los
componentes del proyecto o en sus principales rubros, y
Para la etapa de operación, la distribución de las erogaciones
a realizar en sus principales rubros;
xiv. Las fuentes de recursos, su calendarización estimada y su
distribución entre recursos públicos (federales, estatales y
municipales) y privados;
xv. Supuestos técnicos y socio-económicos, señalando los más
importantes para efectos de la evaluación, tales como factor de
planta, rendimiento por hectárea, variación del Producto Interno
Bruto, crecimiento de la población, tipo de cambio, costo de los
combustibles, precios de los productos, entre otros.
xvi. Infraestructura existente y proyectos en desarrollo que podrían
verse afectados por la realización del proyecto.
c. Situación con proyecto En esta sección se deberá considerar el impacto
que tendría sobre el mercado la realización del proyecto. Para dicho
análisis deberá compararse la situación actual optimizada con la
situación con proyecto, de tal manera que se identifiquen los impactos
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
46
atribuibles al proyecto exclusivamente, mismos que deberán reflejarse
en el flujo de costos y beneficios. Este análisis deberá comparar las
estimaciones de la Oferta y Demanda incluidas inicialmente con las
estimadas en la situación con proyecto.
d. Evaluación del proyecto. En esta sección se deberán identificar y
cuantificar en términos monetarios los costos y beneficios del proyecto,
así como el flujo de los mismos a lo largo del horizonte de evaluación,
con objeto de mostrar que el proyecto es susceptible de generar, por sí
mismo, beneficios netos para la sociedad bajo supuestos razonables.
En la evaluación del proyecto se deberán tomar en cuenta los efectos
directos e indirectos, incluyendo, en su caso, las externalidades y los
efectos intangibles, derivados de su realización sobre el mercado
relevante, los mercados relacionados de bienes y servicios, y otros
agentes económicos, a fin de determinar su impacto final sobre la
sociedad. Se deberán presentar los indicadores de rentabilidad que
resulten del flujo neto de costos y beneficios del proyecto; así como el
cálculo del Valor Presente Neto (VPN), la Tasa Interna de Retorno (TIR) y,
en el caso de proyectos cuyos beneficios sean crecientes en el tiempo,
la Tasa de Rendimiento Inmediato (TRI).
e. Análisis de sensibilidad y riesgos. Mediante este análisis, se deberán
identificar los efectos que ocasionaría la modificación de las variables
relevantes sobre los indicadores de rentabilidad del proyecto, esto es, el
VPN, la TIR y, en su caso, la TRI. Entre otros aspectos, deberá
considerarse el efecto derivado de variaciones porcentuales en: el
monto total de inversión, los costos de operación y mantenimiento, los
beneficios, en la demanda, el precio de los principales insumos y los
bienes y servicios producidos, etcétera; asimismo, se deberá señalar la
variación porcentual de estos rubros con la que el VPN sería igual a
cero. Finalmente, se deberán considerar los riesgos asociados tanto en
la etapa de ejecución del proyecto como en su operación que puedan
afectar su viabilidad y rentabilidad.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
47
f. Conclusiones. Exponer de forma clara y precisa los argumentos por los
cuales el proyecto debe realizarse.
6. Análisis costo-beneficio: requerimientos de información.
a. Resumen ejecutivo. El resumen ejecutivo deberá presentar la visión
global del proyecto, describiendo brevemente sus aspectos más
relevantes. Se explicará en forma concisa, la problemática que se
pretende resolver o las necesidades a cubrir; las principales
características del proyecto, las razones por las que la alternativa
elegida es la más conveniente; el monto de inversión y sus principales
componentes, los indicadores de rentabilidad y los riesgos asociados a
su ejecución.
b. Situación sin proyecto y posibles soluciones. En esta sección se deberá
presentar lo siguiente:
i. Diagnóstico de la situación actual que motiva la realización del
proyecto, resaltando la problemática que se pretende resolver;
ii. Descripción de la situación actual optimizada, donde se detallarán
las acciones que llevaría a cabo la SCT en caso de no realizarse el
proyecto. El efecto de las medidas de optimización deberá
proyectarse a lo largo del horizonte de evaluación, con el fin de
asegurar que en ésta solamente se consideren los costos y
beneficios atribuibles a la realización del proyecto;
iii. Análisis de la Oferta y Demanda de la situación sin proyecto. Se
deberá incluir una estimación de la Oferta, Demanda y, en su
caso, precios a lo largo del horizonte de evaluación, explicando su
comportamiento y su evolución, señalando la metodología y los
supuestos utilizados, así como la justificación de los mismos, y
iv. Alternativas de solución. Se deberán describir las alternativas que
pudieran resolver la problemática señalada, identificando y
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
48
explicando sus características técnicas, económicas, así como las
razones por las que no fueron seleccionadas.
v. Para efectos de este inciso, no se considera como alternativa de
solución diferente, la comparación entre distintos proveedores del
mismo bien o servicio.
c. Descripción del proyecto. En esta sección se deberán señalar las
características más importantes del proyecto de inversión, incluyendo lo
siguiente:
i. Objetivo, es la descripción de cómo el proyecto contribuye a la
consecución de los objetivos y estrategias establecidos en el Plan
Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, regionales y
especiales, así como al mecanismo de planeación presentado en
su oportunidad por la SCT;
ii. Propósito, es el resultado inmediato o consecuencia directa que
se espera lograr con la ejecución del proyecto y que contribuirá a
alcanzar el objetivo a que se refiere el inciso anterior, por ejemplo,
ahorros en tiempos en el caso de una carretera;
iii. Componentes. Indicar el número, tipo y principales características
de los activos que resultarían de la realización del proyecto, tales
como caminos o servicios, necesarios para alcanzar el propósito
mismo;
iv. Calendario de actividades, programación de las principales
acciones que se requieren para generar los componentes del
proyecto;
v. Tipo de proyecto o programa, ya sea proyecto de infraestructura
económica o programas de mantenimiento o estudios de pre-
inversión;
vi. Localización geográfica, dónde se desarrollará el proyecto, así
como su zona de influencia;
vii. Vida útil del programa o proyecto y su horizonte de evaluación;
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
49
d. Capacidad instalada que se tendría y su evolución en el horizonte de
evaluación del proyecto;
e. Metas anuales y totales de producción de bienes y servicios
cuantificadas en el horizonte de evaluación;
f. Beneficios anuales y totales en el horizonte de evaluación, identificar,
describir, cuantificar y valorar la generación de ingresos o la obtención
de ahorros derivados del proyecto de forma desagregada incluyendo los
supuestos y fuentes empleadas para su cálculo;
g. Una descripción de los aspectos más relevantes de las evaluaciones
técnica, legal y ambiental del proyecto;
h. El avance en la obtención de los derechos de vía, manifestación de
impacto ambiental, cambio de uso de suelo y cualquier otro trámite
previo, en el caso de proyectos que requieran contar con ellos;
i. El costo total del proyecto, considerando por separado las erogaciones a
realizar tanto en la etapa de ejecución como en la de operación:
i. Para la etapa de ejecución, el calendario de inversiones por año y
la distribución del monto total de inversión en los componentes
del proyecto o en sus principales rubros, y
ii. Para la etapa de operación, la distribución de las erogaciones a
realizar en sus principales rubros;
g. Las fuentes de recursos, su calendarización estimada y su distribución
entre recursos públicos (federales, estatales y municipales) y privados;
h. Supuestos técnicos y socio-económicos, señalando los más importantes
para efectos de la evaluación, tales como factor de planta, rendimiento
por hectárea, variación del Producto Interno Bruto, crecimiento de la
población, tipo de cambio, costo de los combustibles, precios de los
productos, entre otros.
i. Infraestructura existente y proyectos en desarrollo que podrían verse
afectados por la realización del proyecto.
j. Situación con proyecto En esta sección se deberá considerar el impacto
que tendría sobre el mercado la realización del proyecto. Para dicho
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
50
análisis deberá compararse la situación actual optimizada con la
situación con proyecto, de tal manera que se identifiquen los impactos
atribuibles al proyecto exclusivamente, mismos que deberán reflejarse
en el flujo de costos y beneficios. Este análisis deberá comparar las
estimaciones de la Oferta y Demanda incluidas inicialmente con las
estimadas en la situación con proyecto.
k. Evaluación del proyecto. En esta sección se deberán identificar y
cuantificar en términos monetarios los costos y beneficios del proyecto,
así como el flujo de los mismos a lo largo del horizonte de evaluación,
con objeto de mostrar que el proyecto es susceptible de generar, por sí
mismo, beneficios netos para la sociedad bajo supuestos razonables.
En la evaluación del proyecto se deberán tomar en cuenta los efectos
directos e indirectos, incluyendo, en su caso, las externalidades y los
efectos intangibles, derivados de su realización sobre el mercado
relevante, los mercados relacionados de bienes y servicios, y otros
agentes económicos, a fin de determinar su impacto final sobre la
sociedad. Se deberán presentar los indicadores de rentabilidad que
resulten del flujo neto de costos y beneficios del proyecto; así como el
cálculo del Valor Presente Neto (VPN), la Tasa Interna de Retorno (TIR) y,
en el caso de proyectos cuyos beneficios sean crecientes en el tiempo,
la Tasa de Rendimiento Inmediato (TRI).
l. Análisis de sensibilidad y riesgos. Mediante este análisis, se deberán
identificar los efectos que ocasionaría la modificación de las variables
relevantes sobre los indicadores de rentabilidad del proyecto, esto es, el
VPN, la TIR y, en su caso, la TRI. Entre otros aspectos, deberá
considerarse el efecto derivado de variaciones porcentuales en: el
monto total de inversión, los costos de operación y mantenimiento, los
beneficios, en la demanda, el precio de los principales insumos y los
bienes y servicios producidos, etcétera; asimismo, se deberá señalar la
variación porcentual de estos rubros con la que el VPN sería igual a
cero.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
51
m. Finalmente, se deberán considerar los riesgos asociados tanto en la
etapa de ejecución del proyecto como en su operación que puedan
afectar su viabilidad y rentabilidad.
Subproceso de Registro del Proyecto de Inversión en el Proceso Integral de
Programación y Presupuesto (PIPP) de la SHCP.
7. Solicitud de Registro ante la Unidad de Inversiones por vía del PIPP:
a. Nombre: el nombre del programa o proyecto de inversión deberá
identificar claramente al mismo, considerando la acción que se
pretende realizar, tal como construcción, adquisición o ampliación y el
activo derivado del programa o proyecto de inversión;
b. Año: ejercicio fiscal en el cual se iniciará la ejecución del programa o
proyecto de inversión;
c. Ramo: ramo administrativo al que pertenece la SCT, como unidad
responsable encargada del programa o proyecto;
d. Unidad responsable: unidad responsable adscrita al ramo
administrativo que ejecuta o coordina el programa o proyecto de
inversión, misma que no será necesariamente la unidad responsable de
la que provengan los recursos que se invierten;
e. Descripción: descripción de los elementos más importantes que
caracterizan el programa o proyecto de inversión;
f. Tipo de programa o proyecto: tipo de programa o proyecto conforme a la
clasificación contenida en los Lineamientos para la Elaboración y
Presentación de los Análisis Costo y Beneficio de Los Programas y
Proyectos de Inversión de la SHCP;
g. Localización: entidad o entidades federativas donde se ubicarán los
activos derivados del programa o proyecto de inversión. Esta
información se podrá complementar con el nombre de la localidad,
municipio o delegación correspondiente;
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
52
h. Datos del Administrador del programa o proyecto, tales como nombre
completo, cargo, teléfono y correo electrónico;
i. Año base: el año con base en el cual se expresan los montos
monetarios reportados en la solicitud;
j. Calendario fiscal: periodo incluido dentro de la etapa de ejecución de un
programa o proyecto en el cual se ejercerán recursos fiscales,
incluyendo los propios y créditos externos, para la construcción,
modificación o adquisición de los activos correspondientes. En este
rubro se señalará el monto de recursos fiscales que las dependencias y
entidades planean erogar en cada ejercicio fiscal (expresados a precios
del año base), así como las fechas de inicio y término de construcción,
modificación o adquisición de los activos;
k. Otras fuentes de financiamiento: recursos adicionales a los fiscales que,
en su caso, aportarán las entidades federativas, municipios,
inversionistas privados u otros agentes al programa o proyecto de
inversión;
l. Monto total de inversión: la suma de los recursos fiscales que se
erogarán conforme al calendario fiscal y los recursos que se obtendrán
mediante otras fuentes de financiamiento;
m. Metas físicas: la producción de bienes y servicios que se pretende
alcanzar con el programa o proyecto, tales como kilómetros a construir
en el caso de una carretera.
n. Beneficios esperados: efectos favorables que se generarían sobre la
población o para el país como resultado del programa o proyecto de
inversión, tales como reducción de tiempos de recorrido en el caso de
una carretera y población beneficiada;
o. Tiempo estimado de operación de los activos: número de años que
cubre la etapa de operación;
p. Gastos estimados de operación y mantenimiento: monto estimado
global de recursos que se requerirán para el funcionamiento adecuado
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
53
de los activos derivados de un programa o proyecto de inversión
durante la etapa de operación;
q. Otros costos y gastos asociados: monto estimado de recursos asociados
a la ejecución del programa o proyecto distintos a los de inversión,
operación y mantenimiento;
r. Costo total: la suma del monto total de inversión, los gastos estimados
de operación y mantenimiento, y los otros costos y gastos asociados;
s. Costos y beneficios anuales: cuantificación monetaria, a precios del año
base, de los costos y beneficios del programa o proyecto de inversión
para cada uno de los años del horizonte de evaluación, de conformidad
con el análisis costo y beneficio realizado. Adicionalmente, en el caso de
los programas y proyectos que sean evaluados con análisis costo-
eficiencia, los costos del programa o proyecto de inversión alternativo;
t. Indicadores de rentabilidad: el Valor Presente Neto (VPN), la Tasa
Interna de Retorno (TIR), el Costo Anual Equivalente (CAE) y, en su caso,
la Tasa de Rendimiento Inmediata (TRI). El cálculo de cada uno de estos
indicadores se hará conforme al tipo de análisis que corresponda y las
fórmulas establecidas en los Lineamientos para la Elaboración y
Presentación de los Análisis Costo y Beneficio de Los Programas y
Proyectos de Inversión de la SHCP;
u. Tasa de descuento: la tasa de descuento social que se empleará para
descontarán los flujos de costos y beneficios del proyecto; misma que
se establece en los Lineamientos para la Elaboración y Presentación de
los Análisis Costo y Beneficio de Los Programas y Proyectos de Inversión
de la SHCP.
v. Observaciones generales: cualquier información adicional que se
considere pertinente incluir por parte de la dependencia o entidad que
promueve el programa o proyecto de inversión para efectos de su
registro en Cartera. En particular, se podrá hacer referencia a los
efectos indirectos derivados del programa o proyecto de inversión sobre
el mercado relevante, los mercados relacionados de bienes y servicios y
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
54
otros agentes económicos. La información anterior, incluyendo sus
modificaciones, deberá ser difundida en Internet, en los términos de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental.
Subproceso de Integración de Elementos de Obra Pública.
En la Guía de Apoyo para la Obtención de los elementos de Obra Pública se realiza
una descripción más detallada de cada uno de los contenidos que se describen a
continuación:
8. Requerimientos que debe cumplir un proyecto de terracerías:
a. Carpetas de campo que contenga:
i. Trazo
ii. Nivel
iii. Registro de secciones
iv. Registros de drenaje
v. Referencias de trazo
vi. Coordenadas
vii. Informe fotográfico
b. Carpeta de proceso electrónico o similar al programa de la SCT que
contenga:
i. Cantidades de obra total de 5.0 km para el perfil y parciales de 1
km. para las plantas
ii. Sección tipo constructiva (con la estructuración del pavimento)
iii. Sección tipo de proyecto
iv. Relación de pasos superiores o inferiores (1 ó 2 vías), puentes y
entronques
v. Subrasante mínima de drenaje para el proyecto de la subrasante
vi. Geotecnia y bancos (únicamente para la elaboración de terracerías)
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
55
vii. Proceso electrónico editado en Word o en PDF, que contenga:
Geometría del seccionamiento de construcción
Alineamiento vertical
Cantidades de obra
Ordenada de curva masa
Datos para el proceso
Referencias de afinamiento
Secciones de terreno natural
c. Plantas de km. que contenga:
Los elementos necesarios para poder ejecutar, valorar y cuantificar la
obra, como son: alineamiento vertical, alineamiento horizontal,
cantidades de obra de terracerías y drenaje, movimientos de tierras,
ubicación y tipo de obras de drenaje y datos de geotecnia.
d. Perfiles de trabajo @ 5.0 km que contenga:
Los elementos necesarios para poder visualizar en su longitud todo el
tramo y contar con los elementos necesarios para visualizar los criterios
con los que está proyectado el tramo; como son: alineamiento vertical,
cantidades de obra de terracerías, cantidades de drenaje, ubicación y
tipo de obra de drenaje, datos de geotecnia y movimientos de tierra.
e. Secciones de construcción en digital que contenga:
i. Datos de geometría de construcción.
ii. Áreas.
iii. Taludes de corte y terraplén.
9. Requerimientos que debe cumplir un proyecto de señalamiento.
En un plano se debe plasmar el señalamiento horizontal y vertical que debe tener
el tramo en toda su longitud, así como la indicación de defensa metálica, barrera
separadora central, cantidades de obra y especificaciones que debe cumplir la
fabricación y los materiales para el señalamiento.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
56
10. Requerimientos que debe tener un proyecto de entronques.
a. Carpeta de campo que contenga:
i. Trazo.
ii. Nivel.
iii. Registro de secciones.
iv. Registros de drenaje.
v. Referencias de trazo.
vi. Coordenadas.
vii. Informe fotográfico.
b. Carpeta de proceso electrónico o similar al programa de la SCT que
contenga:
i. Cantidades de obra total del entronque.
ii. Cálculo de liga de subrasantes.
iii. Geotecnia y bancos (únicamente para la elaboración de
terracerías)
iv. Proceso electrónico editado en Word o en PDF, que contenga:
Geometría del seccionamiento de construcción
Alineamiento vertical
Cantidades de obra
Ordenada de curva masa
Datos para el proceso
Referencias de afinamiento
Secciones de terreno natural
c. Planta general con derecho de vía:
La cual debe contener todos los elementos necesarios para trazar en
campo el diseño del entronque, visualizar anchos y longitudes de gazas y
áreas de derecho de vía.
d. Planta de gálibos:
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
57
La cual debe contener el análisis del gálibo mínimo que se tiene en el
cruce y que debe contar con todos los elementos para saber su ubicación
y nivel sobre el eje de trazo y/o proyecto.
e. Planta constructiva complementaria:
La cual debe contener lo mismo que la planta general únicamente
adicionando la identificación de cada rama mediante una simbología
para su correcta ubicación e identificación a la hora de consultar el plano.
Así como un cuadro con los desplazamientos de los ejes de proyecto de
cada rama con respecto a su eje de trazo correspondiente.
f. Planta de señalamiento:
Esta planta debe contener el señalamiento horizontal y vertical que debe
tener la troncal y cada una de sus ramas en toda su longitud, así como la
indicación de defensa metálica, barrera separadora central, cantidades
de obra y especificaciones que debe cumplir la fabricación y los
materiales para el señalamiento.
g. Perfil de construcción:
Deben de contener todos los elementos necesarios para poder visualizar
en su longitud todo el tramo y contar con los elementos necesarios para
visualizar los criterios con los que está proyectado el tramo; como son:
alineamiento vertical, cantidades de obra de terracerías, cantidades de
drenaje, ubicación y tipo de obra de drenaje, datos de geotecnia y
movimientos de tierra.
h. Secciones de construcción:
Deben contener todos los elementos geométricos necesarios plasmados
en dibujo, para que se pueda ejecutar la construcción del entronque.
Estos elementos son: cadenamiento, elevación de subrasantes, taludes
de terraplén y corte, sobreelevaciones, acotaciones de los anchos de la
subcorona, etc.
11. Requerimientos que debe tener un proyecto de drenaje.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
58
a. Registro de drenaje, qué contenga el eje de la obra, nivel, referencias,
datos (tipo de arrastre, name), esviaje, sección transversal, sentido del
escurrimiento, etc.
b. Perfiles de los ejes de las obras en los que se apoyan los proyectos
c. Plano de cuencas
d. Funcionamiento de drenaje, en el que se indique cómo se resolvió y cómo
funcionarán las obras de drenaje; indicando las obras que se están
encauzando o canalizando, dónde hay cruces ganaderos o viales, etc.
e. Informe fotográfico de las obras existentes en caso de que sea estudio de
modernización
f. Recomendaciones del estudio geotécnico para el desplante de
cimentación de la obras de drenaje menor.
g. Proyectos constructivos que contengan todos los elementos necesarios
para construir, evaluar y cuantificar la obra de drenaje.
h. Resumen de cantidades de obra por km.
12. Requerimientos que debe tener un estudio geotécnico y diseño y proyecto de
pavimentos.
a. Estudio Geotécnico:
i. Reporte fotográfico de la zona y de la ubicación de los sondeos.
ii. Planta o carta de ruta en donde se plasme la ubicación de los
sondeos.
iii. Pruebas de laboratorio a las que fueron sometidas las muestras
obtenidas de los sondeos, como son: límites, granulometría, peso
volumétrico y VRS.
iv. Resultados y análisis de las pruebas de laboratorio
v. Reporte de la localización de bancos de materiales; uno cada 5 Km
para terracerías y uno cada 20 km para pavimento.
vi. Interpretación de resultados tanto de campo como de laboratorio
para el llenado de las tablas de datos para curva masa en donde se
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
59
fijen contactos de acuerdo a la uniformidad y homologación de
materiales, e indicación de coeficientes de variación volumétrica,
taludes en corte y en terraplén y aprovechamiento del material
producto de corte, sobre todo si es apto para formar las terracerías o
va a desperdicio.
b. Diseño y proyecto de pavimento
i. Indicación del TDPA y el incremento anual con el que fue analizado el
diseño de pavimento
ii. Un reporte en el que se indique las propuestas de tres alternativas en
flexible y en rígido, aplicando los métodos de: Instituto de Ingeniería
de la UNAM, AASHTO, PCA y otro. E indicar cuál fue el autorizado o
propuesto.
iii. Reporte del procedimiento de construcción y cantidades de obras
para pavimento, de acuerdo a los bancos propuestos.
iv. En una modernización de camino actual, además de todo lo descrito
con anterioridad, se debe entregar un reporte de las calas obtenidas
del pavimento actual, evaluación del pavimento existente,
levantamiento de daños y deterioros. Así mismo reporte de
equivalencia para el empate de la ampliación con el pavimento
actual tomando en cuenta los valores equivalentes a los espesores
de las capas estudiadas.
13. Elementos que debe contener un proyecto de puentes, viaductos, pasos
superiores, e inferiores vehiculares y pasos de ferrocarril.
Lo que debe contener un proyecto de esta índole; se dividen en dos partes: los
estudios de campo y el proyecto estructural. A su vez los estudios de campo se
subdividen en dos que son; estudio topográfico para el caso de los pasos o
estudio topo hidráulico en caso de los puentes así como en estudio de mecánica
de suelos tanto para pasos como para puentes. El proyecto estructural
contempla la memoria de cálculo y los planos estructurales.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
60
a. Estudios de campo:
i. Estudios topográficos
Estudio en el cual determina la configuración de la superficie de
terreno en el cruce de caminos, representado mediante curvas de
nivel, indicando obstáculos, construcciones, ductos, postes, etc.,
con ello se determina el perfil sobre un eje previamente establecido
llamado eje de trazo de camino principal o secundario.
ii. Estudios topohidráulicos
Son los estudios de campo y gabinete estrictamente necesarios
para resolver el cruce de una vía terrestre con una corriente de
agua; su objetivo es el de diseñar desde el punto de vista hidráulico
e hidrológico la obra de drenaje que se construirá para dicho cruce
y determinar el gasto, la velocidad y el nivel de aguas máximas de
diseño, asociados a cierto período de retorno. Un topo hidráulico
está conformado por los estudios hidráulico e hidrológico y su
metodología es la siguiente:
Estudio hidrológico:
En base a las cartas topográficas de la zona de estudio se
determinan las características fisiográficas de la cuenca que
confluye en el cruce de estudio y dependiendo del tamaño de
esta se determina un gasto hidrológico.
Estudio hidráulico:
Utilizando los trabajos de topografía realizados previamente se
determina el gasto hidráulico empleando por lo regular el
método de Sección y Pendiente. Los planos resultantes del
levantamiento de campo son:
o Planta topográfica general y/o detallada.
o Plano de pendiente y secciones hidráulicas.
o Perfil de construcción.
o Perfil detallado.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
61
Finalmente, se integran los resultados en una carpeta en un
informe general incluyendo elevaciones de niveles ordinarios y
extraordinarios del espejo de agua, que deberán tomarse en cuenta
para la realización del proyecto estructural así como las
conclusiones y recomendaciones.
iii. Estudio de mecánica de suelos
El estudio de mecánica de suelos, es aquel que ayuda a determinar
las características de capacidad y calidad del suelo, con la cual se
elige el tipo de cimentación o infraestructura más adecuada para
esta estructura; ya sea superficial o profunda, en el informe de este
estudio se debe indicar mínimo:
En pasos vehiculares
o La profundidad de desplante.
o El asentamiento probable en el tiempo.
o Los empujes esperados.
o Estabilidad de taludes.
En puentes y viaductos
o La profundidad de desplante.
o El asentamiento probable en el tiempo.
o Los empujes esperados.
o Estabilidad de taludes.
o Socavación.
o Licuación de arenas.
Por lo tanto los estudios de mecánica de suelos deben contener una
descripción general donde se especifique las generalidades,
objetivos y alcances del estudio; antecedentes geológicos (regional y
local) sismicidad; trabajos de campo referentes a exploración y
muestreo, medición del nivel de aguas freáticas; ensayes de
laboratorio para determinar propiedades índice y propiedades
mecánicas; descripción estratigráfica, análisis geotécnico,
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
62
procedimiento constructivo del tipo de cimentación más apropiada,
conclusiones y recomendaciones.
Por último debe contener un reporte fotográfico bien referenciado de
los trabajos realizados, tablas de reporte de la exploración de campo,
perfiles estratigráficos, resultados de ensayes de laboratorio y
memoria de cálculo.
iv. Proyecto estructural
Memoria de cálculo
Esta contiene todos los cálculos de volúmenes de materiales
tanto de los accesos como de la subestructura y
superestructura, así mismo se incluye el análisis y diseño
estructural de todos y cada uno de los elementos que
constituye el proyecto.
Planos estructurales
Se refiere a los planos impresos de que consta el proyecto el
proyecto estructural, siendo este concepto el resumen de todos
los trabajos y estudios de campo realizados.
En este rollo de planos se incluye en primera instancia el plano
general en donde se indica toda la información suficiente de la
estructura, tal como; sección transversal, croquis de
localización, referencias de trazo, volúmenes totales de la obra,
alineamiento horizontal y vertical, espesor del pavimento,
estratigrafía. En planta y elevación se indican el número de
claros y dimensiones de cada uno de ellos y cadenamiento.
Además deben incluirse planos en los que se plasma las
dimensiones y geometría de cada elemento estructural, en ellos
se indica el número, longitud, peso y diámetro de refuerzo, así
como su cubicación particular.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
63
14. Relación de información mínima que debe contener cada uno de los estudios de
impacto ambiental en sus diferentes modalidades, de conformidad con lo
establecido en la Guía de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT), cuya dirección es:
http://tramites.semarnat.gob.mx/.
a. Manifiesto de impacto ambiental modalidad regional.
i. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del
estudio de impacto ambiental.
ii. Descripción de las obras o actividades del proyecto.
iii. Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos
jurídicos aplicables y en su caso con la regulación del uso del suelo.
iv. Descripción y diagnóstico del sistema ambiental regional.
v. Evaluación de los impactos ambientales sobre el sistema ambiental
Regional.
vi. Estrategias para la prevención y mitigación de impactos
ambientales.
vii. Pronósticos ambientales regionales.
viii. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos
técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de
impacto ambiental.
b. Manifiesto de impacto ambiental modalidad regional.
i. Manifestación de impacto ambiental modalidad particular.
ii. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del
estudio de impacto ambiental.
iii. Descripción del proyecto.
iv. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia
ambiental y en su caso con la regulación del uso del suelo.
v. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la
problemática ambiental detectada en el área de influencia del
proyecto. Inventario ambiental.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
64
vi. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientes.
vii. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales.
viii. Pronósticos ambientales y en su caso, evaluación de alternativas.
ix. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos
técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones
anteriores.
15. Estudio Técnico Justificativo ante la Dirección General Forestal y Suelo (DGFyS)
de la SEMARNAT, para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales. En la
página de Internet de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), cuya dirección electrónica es:
http://tramites.semarnat.gob.mx/index.php?option=com_content&view=categor
y&id=123&Itemid=212, se detallan los contenidos que se describen a
continuación:
a. Datos generales.
b. Objetivos y usos que se pretende dar a los terrenos forestales.
c. Ubicación, superficie del predio o conjunto de predios y delimitación de la
porción donde se pretende realizar el cambio de uso de suelo, a través de
planos geo-referenciados.
d. Descripción de elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológica
forestal donde se ubica el predio o predios.
e. Descripción de las condiciones del predio o predios afectados, que
incluye los fines a que está destinado, clima, tipos de suelo, pendiente
media, relieve, hidrografía y tipos de vegetación y fauna.
f. Estimación del volumen de materias primas forestales por especie,
susceptibles de aprovechamiento económico, debido al cambio de uso
del suelo de terrenos forestales.
g. Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo.
h. Vegetación que debe respetarse o establecerse para proteger tierras
frágiles.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
65
i. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos
forestales, la flora y la fauna silvestres, aplicables durante las distintas
etapas de desarrollo del cambio de uso del suelo.
j. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de
uso de suelo propuesto.
k. Justificación técnica, económica y social que motivan la autorización
excepcional del cambio de uso del suelo.
l. Aplicación de criterios establecidos en el programa(s) de ordenamiento
ecológico del territorio, elaborado(s) para la región.
m. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área
sujeta al cambio de uso del suelo.
n. Estimación del costo de actividades de restauración con motivo del
cambio de uso del suelo.
o. Requisitos especificados en otras disposiciones legales aplicables.
Subsecretaría de Infraestructura.
Programa de Mejora de la Gestión PMG
Versión 1.0, Diciembre de 2010
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
66
Documento elaborado como entregable de la Acción de Mejora No. 6 cuyo alcance es el diseñar, elaborar y difundir un documento denominado “Guía de Apoyo para el Proceso de Planeación de la Obra Pública”, del proyecto de mejora 2010, “Proceso de Planeación de la Obra Pública”, inscrito en el “Programa Especial de Mejora de la Gestión de la Administración Pública Federal 2008-2012”.
Versión No. 3.0, Julio 2011.
Comentarios y
Sugerencias.
Proceso de Planeación de la Obra Pública, Guía de Apoyo
67
Participantes en el Proyecto de Mejora de Gestión (PMG), “Proceso de Planeación de la Obra Pública”.
Patrocinador del proyecto:
Fausto Barajas Cummings Subsecretario de Infraestructura.
Responsable del proyecto:
Salvador Fernández Ayala Director de Obras, Dirección General de Carreteras.
Grupo de trabajo:
Subsecretaría de Infraestructura.
Dirección General de Carreteras. Dirección General de Conservación de Carreteras. Dirección General de Desarrollo Carretero. Dirección General de Servicios Técnicos.
Coordinación General de Centros SCT.
Enlace Operativo PMG:
Oficialía Mayor.
Asesor PMG:
Órgano Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.