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MÓDULO 1.-
• Nivel de cumplimiento de la normativa de prevención del lavado de dinero.
MÓDULO 2.-
• Deficiencias más comunes en los programas antilavado de dinero (ALD)
detectadas en auditorías.
MÓDULO 3.-
• Sentencias de la Audiencia Nacional (España) y escándalos de blanqueo de
capitales/lavado de dinero.
Programa
MÓDULO 1
¿Cuál es el nivel de cumplimiento de la normativa de
prevención del lavado de dinero?
“El 90% de los sujetos obligados incumplen sistemáticamente las obligaciones
establecidas en la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales (PBC)”
¿Cuáles son las causas de este incumplimiento?
Sectores: financiero y no financiero
Pymes y Grandes Empresas
El análisis de las causas de incumplimiento,
¿puede extrapolarse a Latinoamérica?
Cumplimiento Normativo
¿Cuáles son las
causas de este
incumplimiento?
Cumplimiento Normativo
Diseño del marco normativo
Ausencia de presión regulatoria
Desconocimiento de obligaciones
Implicaciones a nivel organizacional
Relacionadas con el diseño del marco normativo: diferencias entre el sector
financiero y no financiero
- Las primeras normativas ALD a principios de los 90 fijaban como sujetos obligados al
sector financiero (principalmente banca); casinos y promotores inmobiliarios
Consecuencias
- Hasta el año 2010 se han mantenido dos regímenes de sujetos obligados: régimen general
(entidades financieras) y régimen especial (entidades no financieras). El reglamento de
desarrollo vigente sigue mantenido esta distinción
Consecuencias
Cumplimiento Normativo
Esta distinción histórica en la normativa ALD ha
generado dos realidades muy diferentes en lo
que a cumplimiento de la normativa se refiere:
- Las entidades financieras (encabezadas por la
banca): presentan un nivel de cumplimiento
muy alto.
- Otros sujetos obligados: presentan un nivel
de cumplimiento muy bajo (excepción
notarios).
Cumplimiento Normativo
Otros SO Bancos (IF)
Cumplimiento Normativo
Tipo de Sujeto Obligado Nivel de Cumplimiento
Casinos de juego y operadores de juego online Muy alto
Inmobiliarias Muy bajo
Profesionales Muy bajo
Intermediarios financieros y entidades de pago Medio
Arte, antigüedades, joyas y metales preciosos Muy bajo
Caso interesante (España):
En 2006 los notarios constituyeron un Órgano Centralizado de Prevención (OCP)
encargado de centralizar y coordinar el cumplimiento de la normativa ALD:
• Órgano de control interno central
• Análisis y comunicación de operaciones
• Listados de operaciones y tipologías de riesgo
• Manuales, instrucciones, procedimientos,
medidas y controles unificados
• Política formativa
Cumplimiento Normativo
Relacionadas con la ausencia de presión por parte de las UIF y otros reguladores
- Falta de recursos de la UIF para supervisar de forma efectiva el cumplimiento de la
normativa. Se ha agravado en los últimos años por el aumento progresivo de los sujetos
obligados
- Distribución desigual de las inspecciones por sectores
- Falta de publicidad de las sanciones Consecuencias
Traslado de las tipologías de riesgo de los sectores financieros a los sectores menos regulados y supervisados (entidades de
pago, abogados, asesores fiscales, galerías de arte, artículos de lujo y joyería…)
Cumplimiento Normativo
Caso práctico – Soluciones:
El nivel actual de cumplimiento normativo
en el sector financiero ¿se alcanzó desde el
primer momento? NO
¿Qué medidas se emplearon para
aumentar el nivel de cumplimiento?
Cumplimiento Normativo
-Procedimiento de consulta a la UIF en el
momento de constitución de una entidad
financiera
-Inspecciones anuales, apertura de expedientes
sancionadores y multas
-Acuerdos de la UIF con otros entes
supervisores: CNMV, BE, DGS, CNJ
Relacionadas con el conocimiento efectivo de las obligaciones por parte
de los sujetos obligados
El nivel de conocimiento de la normativa por parte de los sujetos obligados, a
pesar de los esfuerzos realizados desde asociaciones, colegios profesionales,
colectivos y consultoras sigue siendo bajo
Conocimiento Cumplimiento
Conocimiento Cumplimiento formal/parcial
Desconocimiento Incumplimiento
Conocimiento Incumplimiento
5%
5%
15%
75%
Cumplimiento Normativo
Diferencia a nivel de cumplimiento normativo (en base al tamaño)
Cumplimiento Normativo
Las grandes empresas
perciben el riesgo
reputacional como un riesgo
muy importante. El directivo
(jurídico, general, financiero…)
no quiere perder su puesto de
trabajo por no haber cumplido
con una determinada
normativa. Además, suele
existir una separación entre
propiedad (socios) y dirección.
Las pymes no perciben el
riesgo reputacional, ni el
riesgo sancionador como
una realidad.
Grandes empresas
Cumplimiento Normativo
Las grandes empresas,
una vez que entienden
que están obligadas,
ponen los medios
necesarios para cumplir
con la normativa
Las PYMES tienden a pensar
que esta normativa es para
grandes empresas o para
quien tiene clientes
extranjeros, no residentes
(clientes de riesgo)
Grandes empresas
Diferencia a nivel de cumplimiento normativo (en base al tamaño)
Cumplimiento Normativo
Las grandes empresas
tienen un departamento de
cumplimiento normativo o
jurídico. Esto les permite
asumir mejor estas
funciones a nivel interno,
tanto en un momento
inicial (decisión de
implantar), como en la
implantación y posterior
seguimiento
Las PYMES no tienen los recursos
necesarios para cumplir con la
normativa mediante un sistema
tradicional. Existe una barrera de
entrada muy importante por
costos, tiempo y recursos
internos
Grandes empresas
Diferencia a nivel de cumplimiento normativo (en base al tamaño)
Además de las diferencias en el marco normativo, la ausencia de presión por parte de la UIF
y de conocimiento de la normativa, ¿por qué hay un porcentaje tan elevado de sujetos
obligados que conocen la normativa y no la aplican?
Cumplimiento Normativo
Relacionadas con las implicaciones de cumplir con la normativa a nivel organizacional
• Falta de implicación de la alta dirección
• Falta de recursos internos especializados y existencia de
una curva de aprendizaje
• Implantación de procedimientos y controles nuevos que
ralentizan la actividad comercial (Conozca su Cliente)
• Tiempo
Además de las diferencias en el marco normativo, la ausencia de presión por parte de la UIF
y de conocimiento de la normativa, ¿por qué hay un porcentaje tan elevado de sujetos
obligados que conocen la normativa y no la aplican?
Cumplimiento Normativo
Relacionadas con las implicaciones de cumplir con la normativa a nivel organizacional
• El sistema de consultoría tradicional basado en manuales
técnicos muy teóricos y poco prácticos. Generación de
procedimientos burocráticos, documentos Word, dependencia
del papel, etc.
• Procedimientos y controles no adaptados al sector y volumen
del sujeto obligado.
• Recursos económicos: existencia de una barrera de entrada y
una dependencia posterior.
MÓDULO 2
Deficiencias más comunes en los programas ALD
detectadas en auditorías
Deficiencias ALD
Medidas de Control Interno
Establecimiento de un Órgano de Control Interno (OCI).
Nombramiento de Representante ante el regulador.
Manual de Procedimientos.
Identificación y Conocimiento de Clientes.
Aplicación de las medidas de diligencia debida utilizando
modelo RBA (enfoque basado en el riesgo).
Deficiencias ALD
Operaciones
Detección de operaciones/operativas sospechosas.
Comunicación interna.
Análisis de la operación/operativa por OCI.
Comunicación al regulador o UIF.
Prohibición de revelación y exención de responsabilidad.
Deficiencias ALD
Otras Obligaciones
Colaboración con la Comisión de Prevención del
Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
Formación de empleados y directivos.
Conservación de documentos.
Examen externo: auditorías.
Régimen sancionador y disciplinario
Deficiencias ALD
Colaboración con la Comisión de Vigilancia de Actividades
de Financiación del Terrorismo: bloqueo.
Impedir cualquier acto u operación que suponga disposición
de saldos y posiciones de cualquier tipo, dinero, valores y
demás instrumentos vinculados a movimientos de capitales
u operaciones de pago o transferencia bloqueados, a
excepción de aquellos por los que afluyan nuevos fondos y
recursos a cuentas bloqueadas.
Deficiencias ALD
Comunicar a la Comisión de Vigilancia cualquier tipo de
ingreso que se pueda realizar a la cuenta bloqueada, sin
perjuicio de realizar la operación.
No revelar ni al cliente ni a terceros que se ha transmitido
información a la Comisión de Vigilancia.
Deficiencias ALD
Comunicar a la Comisión de Vigilancia, por iniciativa propia,
cualquier solicitud o petición que reciban en la que el
ordenante, emisor, titular, beneficiario o destinatario sea una
persona o entidad respecto a la que la Comisión de Vigilancia
haya adoptado alguna medida.
Facilitar a la citada Comisión la información que ésta requiera
para el ejercicio de sus competencias.
¿Cuáles son las deficiencias más comunes en los programas ALD?
¿Por qué se producen?
Deficiencias ALD
La definición de políticas, procedimientos y medidas de control
interno se ha realizado sin un previo análisis de actividad;
estructura corporativa; riesgos genéricos y específicos del
sector; sistema de gestión actual y procedimientos de trabajo.
Consecuencias:
- Aumento de los costos y de la inversión en
tiempo y recursos humanos y técnicos.
- Aumento del riesgo de incumplimiento.
La implantación del sistema de PBC ha consistido en documentación formal
(manual de procesos, establecimiento del OCI y nombramiento de
representante ante UIF) sin que se hayan implementado efectivamente.
No se han definido roles y responsabilidades dentro del sistema de PBC: en
la práctica no se cumplen los procesos porque no hay supervisión interna.
Los procedimientos no se adaptan al funcionamiento interno de la
compañía; se duplican costos, procesos, controles, tareas y bases de datos,
dificultando su gestión.
Deficiencias ALD
Deficiencias ALD
El órgano de administración y/o dirección de la
compañía se muestra escéptico: el sistema de
cumplimiento normativo es complicado de
implementar y gestionar, consume importantes
recursos, disminuye la productividad y, en
definitiva, reduce la competitividad. Esto genera
una cultura que desincentiva a empleados y
directivos, ya que no perciben o dejan de percibir
las obligaciones ALD como algo inherente a la
relación laboral (aumento del riesgo sancionador).
Deficiencias ALD
La aplicación de los procedimientos y medidas de
control interno no es constante en el tiempo. La
aplicación de las medidas de diligencia debida se realiza
en función de la carga de trabajo del departamento o
responsable, incumpliendo el procedimiento
establecido (al inicio de la relación).
Deficiencias ALD
Los procedimientos y controles internos se
conceptualizan como un proceso no integrado en el
workflow del sujeto obligado. Esto genera una disparidad
de criterios en la aplicación, por ejemplo, de las medidas
de diligencia debida (Conozca su Cliente).
Los empleados no conocen qué es una operación
sospechosa y cuál es el protocolo establecido en caso de
detección. Esto disminuye drásticamente la operatividad
práctica del sistema..
Deficiencias ALD
Gestión de documentos y registros: pérdida de la trazabilidad en el área de
operaciones; identificación y conocimiento de clientes; formación. Dificulta las
auditorías internas o externas y las inspecciones de la UIF.
Los responsables de la gestión del sistema de cumplimiento normativo rotan con
frecuencia. Estas funciones se asignan a perfiles de empleados sujetos
normalmente a una elevada tasa de rotación. Estos cambios constantes afectan
notablemente a la madurez del sistema y, en algunos casos, a la implantación
efectiva de las medidas y controles internos.
Deficiencias ALD
Los empleados y directivos desconocen sus
funciones y obligaciones dentro del sistema de
prevención del blanqueo de capitales y
financiación del terrorismo. Los programas de
formación no son anuales; no se comprueba el
grado de seguimiento o evaluación de los mismos;
son genéricos y no se han adaptado a sus
destinatarios y a los procesos del cliente.
MÓDULO 3
Sentencias de la Audiencia Nacional (España)
y escándalos de blanqueo de capitales
CASO 1: HSBC Bank PCL (Sucursal en España)
• Sanciones: tres multas por un total de US$2.700.000
Infracciones:
1. Por incumplimiento de la obligación de identificación de clientes: una multa
de € 925.000 y una amonestación pública.
2. Por incumplimiento de la obligaciones de establecer procedimientos y
órganos adecuados de control interno y de comunicación, a fin de prevenir
e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de
capitales: una multa de € 875.000 y una amonestación pública.
Casos y Sentencias
CASO 1: HSBC Bank PCL (España)
3. Por incumplimiento de las obligaciones de examinar con especial
atención cualquier operación, con independencia de su cuantía, que por
su naturaleza pueda estar particularmente vinculada al blanqueo de
capitales; comunicar al Servicio Ejecutivo, por iniciativa propia cualquier
hecho u operación respecto al que exista indicio o certeza de que está
relacionado con el blanqueo de capitales y abstenerse de ejecutar
cualquier operación respecto a la que exista indicio o certeza de que
está relacionada con el blanqueo de capitales: una multa de € 300.000
y una amonestación pública.
Casos y Sentencias
Sanción: € 1.200.000 (US$1.544.000)
Infracciones:
CASO 2: MAPFRE
Casos y Sentencias
1. Por incumplimiento de la obligación de establecer
procedimientos y órganos adecuados de control
interno y de comunicación a fin de prevenir e
impedir la realización de operaciones relacionadas
con el blanqueo de capitales.
2. Por incumplimiento de la obligación de examinar
con especial atención cualquier operación, con
independencia de su cuantía, que, por su
naturaleza, pueda estar particularmente vinculada
al blanqueo de capitales.
Sala de lo Contencioso, 17 de julio de 2009
Infracciones:
3. Por incumplimiento de la obligación de
identificación de clientes y por incumplimiento de
la obligación de conservación de documentos.
4. Por incumplimiento de la obligación de atender las
medidas correctoras propuestas por el Servicio
Ejecutivo.
CASO 2: MAPFRE
Casos y Sentencias
Sala de lo Contencioso, 22 de Abril de 2010
Sanción: 90.000 € (US$115.000)
Infracciones:
1. Por incumplimiento de la obligación de conservación de documentos .
2. Por incumplimiento de la obligación de identificación de clientes.
CASO 3: Banesto (Grupo Santander)
Casos y Sentencias
Sentencia de Audiencia Nacional,
Sanción: € 60.001 (US$77.000)
Infracciones:
1. Por incumplimiento de la obligación de "Facilitar la información que el Servicio
Ejecutivo requiera en el ejercicio de sus competencias" y que está tipificado como
constitutivo de una infracción muy grave. El hecho que se le imputa es no haber
atendido el notario D. Cayetano el requerimiento del Servicio Ejecutivo de la
Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) en el que le solicitaba
le remitiera determinadas escrituras públicas otorgadas por dicho notario.
Casos y Sentencias
CASO 4: Notario D. Cayetano
Fase actual: Instrucción Judicial
Implicados: PP: Partido Popular
Evidencias:
- Contabilidad B que refleja el pago de
sobresueldos que afectan a la cúpula del
partido que actualmente gobierna en España.
- Donaciones irregulares y concesiones de obras
públicas.
CASO 5: Bárcenas
Casos y Sentencias
Fase actual: Instrucción Judicial
Implicados: - Iñaki Urdangarín - Diego Torres - Infanta Cristina
Evidencias:
CASO 5: Instituto NOÓS
Casos y Sentencias
• El INSTITUTO NÓOS cobraba cantidades
“desproporcionadas” por los convenios con Valencia
y Baleares para la organización de eventos turístico-
deportivos.
• Las empresas posteriormente emitían facturas falsas y
cruzaban pagos con otras compañías del grupo para
evitar pagar impuestos. € 5,8 millones fueron a parar
indebidamente a las cuentas del entramado.
Fase actual: Instrucción Judicial
Implicados: PSOE Andalucía (Gobierno Andaluz)
Evidencias:
- Falsos prejubilados.
- Ayudas fraudulentas a empresas.
- Comisiones ilegales.
CASO 6: ERE en Andalucía
Casos y Sentencias