presentación de powerpoint -...

89
Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid. La prevención del ruido en las ciudades españolas 3 - 4 de Diciembre, 2015, Málaga 1

Upload: ngonhan

Post on 27-Sep-2018

223 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en

la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

La prevención del ruido en las ciudades españolas 3 - 4 de Diciembre, 2015, Málaga

1

Page 2: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

2

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

RUIDO Y CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Ruido: - Sonido inarticulado, por lo general desagradable. (Real Academia Española) Ruido ambiental: El sonido exterior no deseado o nocivo generado por

las actividades humanas, incluido el ruido emitido por los medios de transporte, por el tráfico rodado, ferroviario y aéreo y por emplazamientos de actividades industriales.

(Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de junio de 2002) Contaminación acústica: Presencia en el ambiente de ruidos o

vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que implique molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente.

(Ley 37/2003, de 17 de noviembre del Ruido)

Page 3: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

3

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID

1968 Ordenanza sobre protección del Medio Ambiente contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones.

Constituyó la primera norma española que se promulgó, específicamente, para luchar contra la contaminación acústica.

1985 Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano

(OGPMAU). Introduce la figura de Zona Ambientalmente Protegida (ZAP) . (Libro II de V de la OGPMAU)

1985-1990 Primer Mapa Acústico de Madrid

1996 Ordenanza reguladora de la Calificación Ambiental Municipal

Page 4: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

4

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID

1996 Aprobación de la Zona Acústica Protegida (ZAP) del distrito de Chamberí.

1997 Aprobación de las Zona Acústica Protegida (ZAP) del distrito de

Chamartín, Salamanca y Vicálvaro.

1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

acústicos. Definición de las áreas receptoras, y usos comprendidos en cada una de ellas. la figura de Zona Actuación Acústica (ZAA). 1999 Entrada en vigor del Decreto 78/99 de ruido autonómico. (Derogado: Decreto 55/2012 de 15 de marzo)

Page 5: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

5

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID 2001 Plan Estratégico de Reducción de la Contaminación Acústica 2001-2003 (PERCA):

Mapa Acústico de la ciudad de Madrid 2002. Estudio Psicosocial del Ruido. Estudio Piloto de Dosimetría Acústica. Implantación de nuevas estaciones de la Red de Vigilancia de la Contaminación Acústica. Programa de apantallamientos acústicos. Planes de Acción en áreas declaradas como Zonas de Actuación Acústica (ZAA).

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 6: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

6

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID

2001 Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente (OGPMAU).

Introduce la figura de Zona Actuación Acústica (ZAA). (Separación del Libro II de la OGPMAU)

2002 Mapa Acústico de Madrid, elaborado mediante un convenio entre el CSIC y el Ayuntamiento de Madrid.

2002 Aprobación de la Zona de Actuación Acústica (ZAA) del Distrito Centro.

2002 Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - (Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de junio de 2002) - (Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.)

2004 Ordenanza de Protección de la Atmósfera contra la Contaminación por Formas de la Energía (OPACFE). Introduce la figura de Zona DE Protección Acústica Especial (ZPAE).

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 7: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

7

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID

2005 Ordenanza de Evaluación Ambiental de Actividades. - (Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ruido.)

2007 Soterramiento de la M-30 - (Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre)

2009 Mapa Estratégico de Ruido de Madrid. 2009 Delimitación de las Áreas Acústicas de la Ciudad.

2010 Aprobación de ZPAE de Aurrerá.

2011 Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y

Térmica (OPCAT) 2012 Aprobación ZPAE de Centro.

Page 8: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

8

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

LUCHA CONTRA EL RUIDO EN LA CIUDAD DE MADRID

2013 Aprobación definitiva de la revisión del Mapa Estratégico de Ruido de

Madrid (MER 2011). 2014 Aprobación de ZPAE del entorno de Azca-Avenida de Brasil, en el

distrito de Tetuán.

Page 9: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

9

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y TÉRMICA (OPCAT)

Aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Madrid, en sesión ordinaria de fecha 25 de febrero de 2011.

Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el día 7 de marzo de 2011.

Publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 14 de marzo de 2011.

ENTRADA EN VIGOR: EL 15 DE MARZO DE 2011.

Page 10: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

10

ACTUALIZACIÓN DE ORDENANZA

Procedimiento previo

Elaboración de borrador

Aprobación inicial

Información pública

APROBACIÓN DEFINITIVA

Alegaciones

Documento final

Documento para aprobación inicial

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 11: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

11

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Ley 37/2003, de 17 de

noviembre, del Ruido.

Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el

que se desarrolla la Ley 37 /2003 de noviembre, del

Ruido, en lo referente a la evaluación, y gestión del

ruido ambiental.

Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el

que se desarrolla la Ley 37 /2003 de noviembre, del

Ruido, en lo referente a zonificación acústica,

objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Decreto 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección

contra la contaminación acústica de la Comunidad de Madrid.

Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica

(OPCAT). En vigor desde 15 de marzo de 2011

ES

TA

TA

L

AU

TO

-

MIC

A

LO

CA

L

Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002,

sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.

EU

RO

PE

A

NORMATIVA DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Page 12: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

12

OTRAS DISPOSICIONES DE APLICACIÓN

Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, en el que se aprueba el documento básico “DB-HR Protección frente al Ruido”. Orden Ministerial de Fomento de 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. Ley 2/2002, de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 13: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

13

OTRAS DISPOSICIONES DE APLICACIÓN

NORMAS UNE:

UNE-EN-ISO 140-7 (1999) ruido de impacto. UNE-EN-ISO 140-4 (1999) aislamiento a ruido aéreo. (Actual:UNE-EN-ISO 16283-1:2015) Normas ISO 2631-2:2003 e ISO 2631-1:1997 vibraciones UNE-ISO 1996-1:2005 UNE-ISO 1996-2: 2005

ruido ambiental

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 14: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

14

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PERIODOS HORARIOS

Tres períodos:

Diurno: 7:00 a 19:00 horas, el periodo Vespertino: 19:00 y las 23:00 horas, Nocturno: 23:00 a 7:00 horas.

Emisores acústicos fijos y días festivos:

Nocturno: 23:00 horas (víspera) a 8:00 horas

7:00 a 19:00 19:00 a 23:00 23:00 a 7:00

Page 15: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

15

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÍNDICES ACÚSTICOS Niveles sonoros ambientales: El nivel sonoro continuo equivalente del período día, tarde y noche, en decibelios A (dBA) a lo largo de un año: Lden, Ld, Le y Ln. Niveles sonoros de emisores acústicos: El nivel sonoro continuo equivalente para un período de integración de 5 segundos, en dBA (RD 1367/2007 al menos 5 segundos). LAeq, 5s Vibraciones: Nuevos emisores índice Law (dB). Emisores antiguos según índice K (función de aceleración).

Aislamiento acústico a ruido aéreo:DnTA. (Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A, entre recintos interiores)

Page 16: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

16

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Ámbito territorial del suelo urbano que presenta el mismo Objetivo de Calidad Acústica, conforme a la tipología del Real Decreto 1367/2007.

Resultado de la delimitación territorial, teniendo en cuenta los usos predominantes del suelo.

Bajo criterio de homogeneidad, evitando la excesiva fragmentación del territorio.

La zonificación acústica NO depende de los niveles de ruido existentes o previsibles.

Page 17: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

17

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

SUELO URBANO SUELO URBO

SUELO

URBAN

O

ÁREAS ACÚSTICAS

Son una herramientas de ordenación territorial en los nuevos desarrollos urbanísticos:

PGOUM – Planes Parciales – Planes de Sectorización

Áreas de recepción acústica Punto de partida para la elaboración del Plan de Acción.

SUELO URBANO

Page 18: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

18

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Aprobadas definitivamente el 23 de diciembre de 2009 por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. Diferencia con las anteriores:

Cambio de nomenclatura y algún cambio en los usos Desdoblamiento que sufre el “tipo III” hacia los nuevos tipos “d” y “c”. Algún cambio de uso. Un nuevo tipo “g”, que considera los espacios naturales y zonas

tranquilas que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.

.

Page 19: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

19

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Page 20: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

20

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Área Tipo I (e): • Uso dotacional equipamiento sanitario. • Uso dotacional equipamiento bienestar social. • Uso dotacional docente o cultural. Siempre que requieran una especial protección contra la

contaminación acústica. Área Tipo II (a): • Uso residencial • Uso dotacional religioso • Uso dotacional zonas verdes Usos incluidos en el Tipo e que no requieran una especial protección

contra la contaminación acústica

Page 21: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

21

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Área Tipo III (d):

• Uso terciario hospedaje • Uso terciario oficinas • Uso terciario comercial • Dotacional servicios Administraciones Públicas • Dotacional deportivo • Dotacional servicios públicos

Área Tipo IV (c):

• Terciario recreativo y espectáculos

Page 22: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

22

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Área Tipo V (b): • Industrial Área Tipo VI (f): • Dotacional ferrocarriles y carreteras • Dotacional transporte aéreo

Área Tipo VII (g): • Espacios naturales que requieran protección especial contra la

contaminación acústica

Page 23: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

23

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ÁREAS ACÚSTICAS

Page 24: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

24

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA

Referenciados a una altura de 4 metros.

Page 25: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

25

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA

Aplicables al espacio interior habitable de edificaciones destinadas a vivienda, usos residenciales, hospitalarios, educativos o culturales

- Resultado del conjunto de emisores acústicos que inciden en el interior del

recinto. - Referenciados a una altura de 1,2 – 1,5 metros.

Page 26: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

26

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA Se respetan los objetivos de calidad acústica establecidos, cuando cada uno de los índices de inmisión de ruido, Ld, Le, o Ln, cumplen, en el periodo de un año, que:

a) Ningún valor supera los valores fijados en la correspondiente tabla. b) El 97 % de todos los valores diarios no superan en 3 dB los valores fijados en la tabla.

Page 27: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

27

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE N.S. AMBIENTALES

En nivel continuo equivalente: Determinando los índices Ld, Le y Ln. Durante al menos 120 horas y preferentemente 168 horas (7 x 24 h) = Una semana representativa de la actividad normal de la zona a evaluar. Se seleccionara un número de puntos característicos.

Page 28: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

28

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE N.S. AMBIENTALES

Los micrófonos situados a altura:

• Preferentemente > 4 metros (OPACFE: entre 3 y 11 metros). • Siempre > 1,5 metros.

Separados al menos 1,20 metros de cualquier obstáculo.

Verificación acústica de la cadena de medición. Dotados de elementos de protección.

Page 29: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

29

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MAPA DE RUIDOS

Objetivos: 1.- Conocer el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica para cada tipo de área acústica delimitada por el Ayuntamiento. 2.- Fundamentar planes de acción y medidas a implantar 3.- Evaluar el impacto acústico de un nuevo emisor sobre una determinada zona.

Además del Mapa Estratégico de Ruido de la aglomeración urbana de la Ciudad de Madrid. Se elaboran otros mapas de ruido específicos como los mapas de ocio nocturno. Revisión cada cinco años o existan circunstancias que lo justifiquen

Page 30: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

30

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MAPA ESTRATÉGICO DEL RUIDO 2006 Aprobado el 15 de enero de 2009 por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. Representación cartográfica de niveles de ruido por distritos y barrios

Page 31: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

31

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MER – RESULTADOS Número de personas expuestas a los distintos intervalos de ruido:

Page 32: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

32

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ZONAS DE PROTECCIÓN ACÚSTICA ESPECIAL

Las áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad acústica serán declaradas Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE).

ZPAE de Aurrerá y su Plan zonal específico. Aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2010.

ZPAE del Distrito Centro y su Plan zonal específico.

Aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 26 de septiembre de 2012.

ZPAE del entorno de Azca-Avenida de Brasil, Distrito de Tetuán y su Plan zonal específico.

Aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2014.

El Ayuntamiento elaborará Planes Zonales Específicos para la mejora acústica progresiva del medio ambiente en las Zonas de Protección Acústica Especial

Page 33: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

33

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 34: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

34

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 35: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

35

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PLANES DE ACCIÓN

Aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2010.

Medidas preventivas y correctoras

Alcanzar objetivos de calidad

Page 36: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

36

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PLANES DE ACCIÓN

Descripción de Zonas Tranquilas. Descripción de las Zonas de Conflicto.

Paso previo a la declaración de ZPAE.

Catálogo de soluciones:

- Sensibilización y Educación Contra el Ruido. - Movilidad Sostenible. - Actuaciones de Control de Ruido Provocado por Ocio Nocturno. - Actuaciones Sobre el Paisaje Urbano - Ordenación del Territorio.

Page 37: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

37

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

TRANSMISIÓN AL MEDIO AMBIENTE EXTERIOR Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento deberá respetar los límites de transmisión al medio ambiente exterior indicados en el cuadro adjunto, en función de las áreas acústicas receptoras:

Page 38: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

38

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

TRANSMISIÓN A LOCALES COLINDANTES

Toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento deberá respetar los límites de transmisión a locales acústicamente colindantes, detallados en la siguiente tabla, en función del uso del local receptor y medidos conforme al protocolo de medición.

Page 39: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

39

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

TRANSMISIÓN A LOCALES COLINDANTES

Pasillos, aseos y cocina: + 5 dBA.

Zonas comunes (portales, descansillos, etc.): + 15 dBA superiores a los indicados para el uso característico del edificio al que pertenezcan.

Art. 24.3. Del RD 1367/2007:

Se considerará que dos locales son colindantes, cuando en ningún momento se produce la transmisión de ruido entre el emisor y el receptor a través del medio ambiente exterior.

Page 40: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

40

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CUMPLIMIENTO DE LÍMITES DETRANSMISIÓN Artículo 25.b. Del Real Decreto 1367/2007: Estos límites se considerarán cumplidos, cuando

i) Ningún valor promedio del año supera los valores fijados en la correspondiente tabla.

ii) Ningún valor diario supera en 3 dB los valores fijados en la

correspondiente tabla. iii) Ningún valor medido del índice LKeq,Ti supera en 5 dBA los valores

fijados en la correspondiente tabla.

Page 41: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

41

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROTOCOLO DE MEDICIÓN

Los niveles sonoros se medirán: En el lugar, momento y situación en que su valor sea más alto.

Fase de mayor generación de ruido. En medidas en espacio interior, será preciso realizar tres posiciones

para poder determinar el lugar de mayor afección.

Se practicarán series (fondo y foco) de tres mediciones del Nivel Sonoro Equivalente (LAeq, 5s), distanciadas cada una de ellas tres minutos.

Page 42: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

42

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROTOCOLO DE MEDICIÓN

Medidas válidas si diferencia entre los valores extremos 4 dBA (en

RD 1367/2007 se establece de 6 dBA).

Resultado de la medición el valor más alto de los obtenidos del índice LAeq5s..

Se descartará si se aprecia sonido ajeno al foco evaluado.

Se medirá los niveles de fondo de igual manera, en momento y lugar más próximos a las mediciones de ruido del foco.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 43: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

43

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROTOCOLO DE MEDICIÓN

Corrección por ruido de fondo: Leq =10 * lg (10 Lfc/10 - 10 Lfn/10)

• Lfc -> Valor de Leq del foco emisor • Lfn -> Valor de Leq del fondo.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 44: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

44

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PENALIZACIONES APLICABLES A LAS MEDIDAS

Por existencia de componentes:

• Impulsivos (Ki) • Baja frecuencia (Kf) • Tonos emergentes (Kt) Nueva penalización (RD 1367/2007)

Se medirán, de forma simultánea, los niveles de presión sonora LAeq5s, LAIeq 5S y el LCeq5s:

• 3 medidas con foco emisor activo. • 3 medidas del nivel sonoro del fondo (foco apagado).

Page 45: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

45

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PENALIZACIONES APLICABLES A LAS MEDIDAS

Componentes de baja frecuencia: Cuando el espectro de frecuencias posee sus niveles máximos de emisión sonora en frecuencias inferiores a 125 Hz.

Componentes Impulsivas: Aquellas asociadas a un ruido inestable, qwue se registra durante un periodo menor o igual a 1 segundo.

Componentes tonales emergentes: Aquellas bandas de frecuencia que sobresale de las dos bandas adyacentes del espectro.

Page 46: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

46

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PENALIZACIONES APLICABLES A LAS MEDIDAS

Se consignarán en acta todos los resultados LAeq5s, LAIeq5s, LCeq5s, correspondientes a la medición más alta, tanto para la medida del foco, como para la del fondo. Para seleccionar cual de las tres mediciones se considera más alta, se atenderá al valor de LAeq5s. Se practicará la corrección de los datos de medida del foco con los respectivos valores del fondo.

Page 47: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

47

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

COMPONENTES IMPULSIVAS

Por comparación de los decibelios con la constante temporal impulsiva (LAIeq5s) con la ponderación frecuencial A, medidas simultáneamente y ambas corregidas de fondo:

COMPONENTES DE BAJA FRECUENCIA

Por comparación de los decibelios con las ponderaciones frecuenciales A y C, medidas simultáneamente y ambas corregidas de fondo:

10 < (LAIeq5s - LAeq5s) <15 3

(LAIeq5s - LAeq5s) > 15 6

10 < (LCeq5s - LAeq5s) < 15 3

(LCeq5s - LAeq5s) > 15 6

Page 48: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

48

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

COMPONENTES TONALES EMERGENTES El sonómetro deberá permitir realizar el análisis espectral del sonido en tercios de octava entre 20 y 10.000 Hz. Ese análisis se efectuará sin filtro de ponderación. Se medirá cuando se perciba la existencia de componentes tonales emergentes:

• Se tomará nota del valor Lf: Nivel de presión sonora en la banda f. • Se medirá el valor Ls: Media aritmética de las bandas de tercio de octava

inmediatamente por encima y por debajo de la banda f: Ls= (Lf-1 + Lf+1)/2 Obteniéndose el valor: Lt Lf Ls La penalización aplicable será la más alta obtenida en cada rango.

Page 49: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

49

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Banda de

frecuencia de

1/3 de octava

Lf en dB

Penalización por

componente

tonal (dBA)

De 20 a 125 Hz

Si Lt <8 0

Si 8 ≤ Lt ≤12 3

Si Lt > 12 6

De 160 a 400 Hz

Si Lt <5 0

Si 5 ≤ Lt ≤8 3

Si Lt > 8 6

De 500 a 10000

Hz

Si Lt <3 0

Si 3 ≤ Lt ≤5 3

Si Lt > 5 6

COMPONENTES TONALES EMERGENTES

Page 50: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

50

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PENALIZACIONES APLICABLES A LAS MEDIDAS

La penalización obtenida por los tres conceptos analizados es acumulable, con la limitación de que la penalización total aplicable ha de ser como máximo de 9 dBA, según condición impuesta en el Anexo IV, apartado 3.3 del Real Decreto 1367/2007.

El valor del nivel sonoro resultante LKAeq5s, será:

LKAeq5s= LAeq5s+Ki+Kf+Kt Se redondeará incrementándolo en 0,5 dBA y tomando la parte entera como valor resultante.

Page 51: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

51

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE EMISORES

El sonómetro se debe situar:

Lo más alejado del observador En interiores:

• Distancia 1,20 metros del suelo, techos y paredes. • Distancia 1,50 metros de cualquier puerta o ventana. • En el centro del recinto, si no es posible el cumplimiento de las

distancias. • Siempre con las ventanas o huecos cerrados.

Page 52: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

52

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE EMISORES

En medio ambiente exterior

• Distancia 1,50 metros del suelo. • Distancia 1,50 metros de la fachada, frente al elemento separador de

aislamiento más débil. • Distancia 1,50 m del límite de actividad, si se trata de actividades o

instalaciones que funcionan al aire libre. Las medidas que lo requieran por sus características especiales, podrán

realizarse con el sonómetro instalado sobre un trípode o elemento de fijación especial.

Page 53: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

53

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE EMISORES

Las condiciones de humedad y temperatura deberán ser compatibles con las especificaciones del fabricante del equipo de medida. Si llueve:

• En exterior, no se puede medir.

• En interior, si se puede se incluye el ruido de la lluvia como ruido de fondo.

Page 54: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

54

PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE EMISORES

Será preceptivo que antes y después de cada serie de mediciones, se realice una comprobación acústica de la cadena de medición, mediante calibrador de nivel. Garantizado si la medición no difiere del patrón en ± 0,3 dB. El inspector actuante hará constar en el acta el resultado positivo de la comprobación.

Medición <> Serie de mediciones

Esta comprobación nunca podrá suponer que el operador modifique de alguna manera los ajustes legales establecidos en la Orden ITC/2845/2007. Cuando se mida en el exterior será preciso el uso de una pantalla anti-

viento. Con velocidades superiores a 5 m/s se desistirá de la medición.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 55: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

55

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 56: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

56

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MEDICIÓN DE VIBRACIONES

Para emisores antiguos, anteriores al RD 1367/2007

Equipo de medida – acelorómetro.

Medir aceleración en rango frecuencias 1-80 Hz.

Resultados en índice K (factor de vibraciones), establecidos en el Anexo 3.

Page 57: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

(ao= 10-6 m/s2)

57

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

NUEVOS EMISORES DE VIBRACIONES º

Método usado en la Ciudad de Madrid (conforme RD 1367/2007):

Mediciones mediante instrumento equipado con la ponderación frecuencial wm, según la norma ISO 2631-2:2003.

Se mide el valor eficaz máximo (aw).

A partir de ese valor el índice de vibración (Law)

Page 58: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

58

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MEDICIÓN DE VIBRACIONES

En el punto y momento donde la vibración sea máxima. Durante un periodo de tiempo significativo. Tres mediciones dándose como resultado el valor más alto de los

obtenidos. Antes y después de cada medición, se realizará una verificación de la

cadena de medición con un calibrador de vibraciones, que garantice su buen funcionamiento.

Corrección de la medida por la vibración de fondo (vibración con el emisor parado).

Page 59: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

59

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

AUTORIZACIÓN PARA SUPERAR LOS LÍMITES DE EMISIÓN

El Ayuntamiento podrá autorizar la modificación o suspensión temporal de los niveles máximos de transmisión al medio ambiente exterior, por razones de:

Interés general Especial significación ciudadana Organización de actos con especial proyección oficial, cultural,

religiosa o de naturaleza análoga. No podrá concederse si en un radio de 150 metros del lugar en que se pretendan celebrar los actos, existen:

Residencias de mayores, Centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias, o Centros docentes cuyo horario de funcionamiento coincida con el del

acto pretendido.

Page 60: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

60

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

PROTECCIÓN DE ENTORNOS SOCIO-SANITARIOS

Cuando existan: Residencias de mayores. Centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias.

No se autorizará la instalación, a una distancia menor de 150 metros, de actividades recreativas y espectáculos públicos de: Clase III categoría 1: salas de fiestas, restaurante-espectáculo, café-

espectáculo, etc. Clase IV, categoría 4: discotecas y salas de baile y salas de juventud. Clase V, categoría 9: bares de copas con o sin actuaciones musicales

en directo.

Page 61: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

61

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES A EFECTOS DE CONDICIONES DE

INSONORIZACIÓN

Las actividades recreativas y de espectáculos públicos, a efectos de determinar las condiciones de insonorización que deben cumplir, se clasifican en los siguientes tipos:

Tipo 1: actividades sin equipos de reproducción o amplificación sonora o

audiovisual y aforos inferiores a 100 personas, con niveles sonoros previsibles de hasta 80 dBA.

Tipo 2: actividades sin equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, con aforos de 100 personas en adelante y niveles sonoros previsibles de hasta 85 dBA.

Page 62: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

62

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES A EFECTOS DE CONDICIONES DE

INSONORIZACIÓN

Tipo 3.1: actividades sin equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual salvo sistemas tipo hilo musical o aparatos de televisión, cuyo nivel de emisión máximo no podrá ser superior a 80 dBA.

Tipo 3.2: actividades con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual y niveles sonoros previsibles hasta 95 dBA, cualquiera que sea su horario de funcionamiento.

Tipo 4: actividades con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, con actuaciones en directo o baile, cualquiera que sea su horario de funcionamiento. Los niveles sonoros previsibles se estiman superiores a 95 dBA.

Page 63: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

63

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES A EFECTOS DE CONDICIONES DE

INSONORIZACIÓN

Se asimilarán a las anteriores actividades: Por su capacidad de producir elevados niveles sonoros, impactos o vibraciones, aquellas tales como:

Academias de canto o baile, estudios de grabación, locales de ensayo Cualquier otro establecimiento en el que, por la propia naturaleza de la actividad desarrollada:

Se utilicen equipos musicales, megafonía, o en los que se emitan cánticos o se baile.

Page 64: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

64

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Tipo actividad

Aislamiento global DnT,A

Aislamiento en la banda de octava de

frecuencia central de 125 Hz, D125

TIPO 1 DnT,A = 60 dBA D125 = 45 dB

TIPO 2 DnT,A= 65 dBA D125 = 50 dB

TIPO 3.1 DnT,A = 67 dBA D125 = 52 dB

TIPO 3.2 DnT,A = 75 dBA D125 = 58 dB

TIPO 4 DnTA = 80 dBA D125 = 60 dB

CONDICIONES DE AISLAMIENTO A RUIDO AÉREO

Page 65: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

65

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Actividades Ordenanza del

2004 (DNTW)

Ordenanza de

2011 (DNTA)

Cafetería con aforo inferior a

100 personas (tipo 1) 55 dB 60 dBA

Restaurante con aforo superior

a 100 personas (tipo 2) 60 dB 65 dBA

Bar de copas (tipo 3) 70 dB 75 dBA

Discoteca (tipo 4) 75 dB 80 dBA

ACTIVIDADES SIN EQUIPOS DE REPRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

Con la anterior normativa se exigía un determinado nivel DNTW, con la actual y en consonancia con el DB HR el parámetro exigido es DNTA y los valores se han incrementado. Ejemplos:

Page 66: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

66

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

NEXOS ENTRE DB-HR Y OPCAT

Con la entrada en vigor del DB-HR, la exigencia en aislamiento, en la normativa de la Ciudad de Madrid cambia de parámetro de cálculo: DNTW DNTA Para el cálculo del aislamiento de fachada en una edificación el DB-HR requiere el cálculo del nivel de ruido de la zona: Se puede consultar el Ld de cada zona en el Mapa Estratégico de Ruido. Ciudad de Madrid: www.madrid.es > Área temática (Medio Ambiente) > Control Acústico > La Contaminación Acústica > Mapa Estratégico de Ruido

Page 67: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

67

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

NEXOS ENTRE DB-HR Y OPCAT

Según DB-HR si el nivel medio de presión sonora en un recinto es: > 70 dBA Recinto de actividad

> 80 dBA Recinto ruidoso Excluido del ámbito de aplicación del DB HR (se regirá por su reglamentación específica).

Coinciden ambas normativas en dónde se aplica las exigencias de aislamiento mínimo, es decir cuando los locales receptores sean de uso: residencial (público o privado), sanitario y docente

Page 68: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

68

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

NEXOS ENTRE DB-HR Y OPCAT

Es más exigente en niveles de aislamiento a ruido aéreo la normativa municipal de la Ciudad de Madrid que el DB-HR: El aislamiento más exigente del DB-HR, es decir, cuando el local

emisor es un recinto de instalaciones o actividad y el receptor un local protegido (dormitorio de uso residencial) es de 55 dBA.

El aislamiento mínimo global requerido por la OPCAT para actividades de tipo 1 (bares, cafeterías, etc.), es de 60 dBA.

A priori se puede desconocer el nivel de presión sonora en un recinto y

por tanto, si tendrá la consideración de recinto de actividad o ruidoso. Por ello, en el proyecto se podrían considerar inicialmente como de actividad, haciéndolo constar en las Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio.

Page 69: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

69

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

VESTÍBULO ACÚSTICO Y HUECOS AL EXTERIOR

Los locales en que se desarrollen actividades de los TIPOS 2, 3.1, 3.2 y 4 deberán disponer de vestíbulo acústico estanco y eficaz en las puertas de acceso a la actividad desde el exterior de la edificación:

• Dotado de doble puerta con sistema de recuperación para que permanezcan cerradas cuando no esté accediendo público.

• Con una distancia mínima entre los arcos de la zona de barrido por las hojas de las puertas de 1 metro, si las hojas cerradas son paralelas, y de 0,5 metros si son perpendiculares.

Las actividades del tipo 2 deberán mantener cerrados los huecos y ventanas que comunican el local con el exterior de la actividad durante su funcionamiento. Las actividades del tipo 3.1, 3.2 y 4 no tendrán ventanas ni huecos practicables, exceptuando los de ventilación y evacuación de emergencia, que deberán estar aislados también.

Page 70: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

70

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

LIMITADORES EN EQUIPOS DE REPRODUCCIÓN

Las actividades de los tipos 3.2 y 4 deberán disponer de sistemas limitadores para autocontrol con las siguientes características:

• Almacenaje de niveles de emisión sonora existentes en el local durante, al menos, quince días y que pueda ser obtenida a petición del Ayuntamiento

• Registro de incidencias en el funcionamiento. • Sistema de precintado que impida manipulación.

Volumen máximo de emisión tal que asegure el cumplimiento de los límites de transmisión sonora a exterior e interior de locales acústicamente colindantes.

Page 71: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

71

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MEDICIÓN DE IMPACTO

Se lleva a cabo en locales que por su actividad sea susceptible de producir

ruidos de impacto (discotecas, gimnasios, escuelas de baile, etc.)

Se utilizará como fuente generadora, una máquina de impactos normalizada conforme a la norma UNE EN- ISO-140.7 (1999).

La máquina de impactos se situará en el local emisor en al menos dos posiciones diferentes.

Por cada una de las posiciones de la máquina de impactos en la sala emisora, se efectuarán mediciones del LAeq, durante 10 segundos en, al menos, dos posiciones diferentes de micrófono en la sala receptora.

Page 72: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

72

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MEDICIÓN DE IMPACTO Se deberán respetar las siguientes distancias mínimas:

> 0,7 m entre posiciones de micrófono. > 0,5 m entre cualquier posición de micrófono y los bordes de la

sala. > 1 m entre cualquier posición de micrófono y el suelo de la sala

receptora. El resultado será el nivel sonoro máximo medido, corregido por el ruido de fondo. Valores máximos permitidos:

Diurno: 40 dB LAeq10s Nocturno: 35 dB LAeq10s

Exigencias distintas que las establecidas en el DB-HR, puesto que normalmente las actividades colindan inferiormente con los usos residenciales.

Page 73: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

73

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

CONDICIONES APLICABLES A LOS VEHÍCULOS DE MOTOR Y CICLOMOTORES

El valor límite del nivel de emisión sonora de un vehículo de motor o ciclomotor en circulación se obtendrá: Valor de emisión sonora la ficha de homologación del vehículo en

ensayo parado + 4 dBA (RD 1367/2007)

Si no aparece el dato en la ficha: En ciclomotores se tomará el valor de 87 dBA. El resto conforme a la legislación vigente.

Control: Centro Municipal de Acústica.

Page 74: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

74

EMISIÓN DE RUIDO DE LOS VEHÍCULOS DE MOTOR DESTINADOS A

SERVICIOS DE URGENCIAS

Los dispositivos acústicos de los vehículos de motor destinados a los servicios de urgencia no podrán emitir niveles sonoros superiores a 95 dBA.

Dispondrán de un mecanismo de regulación que limita entre 70 y 90 dBA para periodo nocturno y zonas habitadas.

Mediciones a 3 m en dirección de máxima emisión.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 75: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

75

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

MEGAFONÍA Y OTROS DISPOSITIVOS SONOROS EN EL MEDIO AMBIENTE EXTERIOR

Prohibido empleo en el medio ambiente exterior de aparatos de megafonía o de cualquier dispositivo sonoro que no haya sido previamente autorizado, salvo situaciones de emergencia o consolidadas por los usos tradicionales de la población

El órgano municipal competente podrá autorizar el empleo de tales dispositivos sonoros, en la totalidad o parte del término municipal, cuando concurran razones de interés general o de especial significación ciudadana.

Page 76: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

76

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

ACTUACIONES MUSICALES EN EL MEDIO AMBIENTE EXTERIOR Las actuaciones musicales en la vía o espacios públicos no estarán

sometidas a autorización administrativa, sin perjuicio de que no podrán ocasionar molestias que impidan el descanso de los vecinos o el normal desenvolvimiento de las actividades propias del local receptor, ni afectar a los objetivos de calidad acústica que se establezcan por la normativa de ruido.

No se permitirán en el medio ambiente exterior actuaciones que empleen elementos de percusión, amplificación o de reproducción sonora, salvo aquellas que puedan autorizarse en zonas especialmente delimitadas, previa comprobación de que no produzcan perturbación de la convivencia vecinal.

Page 77: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

77

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

OBRAS Y TRABAJOS EN EL MEDIO AMBIENTE EXTERIOR Y EDIFICACIONES

Las obras no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7

horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas. Se deberán adoptar medidas para reducir el impacto acústico. Por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse durante el

día, podrán autorizarse trabajos nocturnos. La maquinaria susceptibles de producir ruidos y vibraciones empleados en

las obras, deberá cumplir lo establecido en la normativa sectorial (Real Decreto 212/2002).

Las operaciones de instalación, retirada y cambio o sustitución de contenedores de escombros o vidrio sólo podrán realizarse en días laborables, fuera del horario comprendido entre las 23 y las 8 horas del día siguiente.

Page 78: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

78

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

COMPORTAMIENTOS CIUDADANOS EN EL MEDIO AMBIENTE EXTERIOR Se prohíbe:

a) Gritar o vociferar. b) Explotar petardos o elementos pirotécnicos fuera de los lugares y ocasiones autorizados. c) Utilizar aparatos de reproducción sonora sin el uso de auriculares y funcionando a elevado volumen. d) Permanecer en horario nocturno en concurrencia con otras personas o grupos de personas, reunidas en la vía o espacios públicos, o en espacios exteriores de titularidad privada y uso público, cuando no exista autorización produciendo, a consecuencia de la actuación colectiva, ruidos que ocasionen molestias y perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos.

Page 79: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

79

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

COMPORTAMIENTOS EN EL INTERIOR DE VIVIENDAS O LOCALES

PARTICULARES

Se prohíbe: a) Gritar o vociferar. b) Ocasionar ruidos de impacto por reparaciones, instalaciones de elementos domésticos o actuaciones similares durante el horario nocturno. c) Efectuar mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o la realización de obras en el interior de las viviendas o locales desde las 21.00 hasta las 8.00 horas, en días laborables, y desde las 21.00 hasta las 9.30 horas, los sábados, domingos y festivos.

Page 80: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

80

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

COMPORTAMIENTOS EN EL INTERIOR DE VIVIENDAS O LOCALES

PARTICULARES Se prohíbe:

d) Realizar fiestas en locales o domicilios particulares que excedan de lo tolerable, debido al número de personas congregadas, al elevado volumen de la música, a la práctica de baile u otros comportamientos que generen ruidos de impacto, en particular en horario nocturno. e) Realizar ensayos o interpretaciones musicales o emitir música, a elevado volumen, en horario nocturno.

Page 81: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

81

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL Realizada por: Funcionarios técnicos, mediante uso de instrumentación compleja:

Fuentes de ruido Sonómetros – analizadores Vibrómetros-acelerómetros Máquina de impactos, etc.

Agentes de Policía Municipal que hayan superado cursos específicos

formativos de, al menos, 50 horas lectivas, facultados para medir con Sonómetros.

La Policía Municipal u otros agentes de la autoridad sin formación específica respecto de las comprobaciones que no precisen la utilización de instrumentos a los que se refieren los párrafos anteriores.

Page 82: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

82

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL El resultado de la vigilancia, inspección o control se consigna en la correspondiente acta o boletín de denuncia. Firma por el agente de la autoridad (policía o inspector) con presunción de veracidad.

Acta

Copia al titular

Informe técnico

Incoacción del expediente

Page 83: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

83

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL Acta de inspección o boletín de denuncia incluirá: El lugar, fecha y hora de las actuaciones. Los datos identificativos de la actividad, empresa o persona

responsable del foco emisor o que presuntamente comete la infracción.

El foco emisor objeto de las actuaciones. Las pruebas practicadas, comprobaciones efectuadas, los resultados

de las mediciones realizadas, el lugar de medición, y aquellos otros datos o circunstancias técnicas relevantes de la medición.

Identificación de los técnicos o agentes actuantes. Los hechos y circunstancias relevantes que se observen o

acontezcan en el momento de la verificación.

Page 84: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

84

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

Será preceptivo emitir informe cuando:

Sea necesario el requerimiento o comprobación de adopción de medidas correctoras.

Se derive una propuesta de apertura de procedimiento sancionador por superación de los límites de la Ordenanza.

Siempre que se requiera un análisis técnico de los hechos constatados.

El informe técnico contendrá:

La norma incumplida.

El valor del nivel sonoro resultante de las mediciones.

Deficiencias detectadas.

Medidas correctoras necesarias.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 85: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

85

DEBER DE COLABORACIÓN

Los titulares o responsables: Están obligados a prestar la colaboración necesaria para el ejercicio de

las funciones de inspección y control, Deberán estar presentes en el proceso de inspección en aquellos casos

en que así se les requiera. Podrán estar presentes si a juicio del agente de la autoridad resultara

procedente. Los denunciantes deben prestar colaboración e información necesaria para la realización de las inspecciones.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 86: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

86

RESPONSABILIDAD

En el supuesto de actividades aquel que ejerza la actividad.

Si el autor de la infracción es < 18 años y > de 14 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, de la sanción económica impuesta, por razón del incumplimiento del deber legal de prevenir la infracción administrativa que se impute al menor.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 87: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

87

RIESGO GRAVE

Existe situación de riesgo grave para el medio ambiente, los bienes o la salud o seguridad de las personas si la superación de los límites establecidos en la OPCAT es:

> 7 dBA en periodo nocturno >10 dBA en el periodo diurno o vespertino.

Si riesgo grave Medidas provisionales:

Suspensión del funcionamiento de la actividad, instalación o foco emisor.

Clausura temporal, total o parcial de la instalación o establecimiento. Suspensión temporal de autorización o licencia. Cualquier otra medida dirigida a impedir la continuidad de la acción

del daño.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 88: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

88

SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS

Ámbito de aplicación:

En actividades sujetas a licencias municipal. Instalaciones generales de la edificación Instalaciones individuales con elementos ubicados en el medio

ambiente exterior y sujetos a previa autorización o licencia municipal.

Se concede plazo de 6 meses para su adopción. Transcurrido el plazo se comprobará la subsanación. Si todavía presenta deficiencias, se tramitará un nuevo procedimiento administrativo, concediendo o no un segundo e improrrogable plazo, no superior a seis meses, para la subsanación de los defectos advertidos.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.

Page 89: Presentación de PowerPoint - medioambiente.malaga.eumedioambiente.malaga.eu/opencms/export/sites/sostenibilidad/... · 1997 Aprobación del PGOU de Madrid, con la inclusión de criterios

89

RÉGIMEN SANCIONADOR

Infracciones leves (>601 €):

Superar hasta en 4 dBA los límites de transmisión sonora. Ruidos que perturben la convivencia vecinal.

Infracciones graves (601-12.000 €): Superar en más de 4 dBA, y hasta en 7 dBA en periodo nocturno o

hasta en 10 dBA en periodo diurno o vespertino. No adoptar las medidas correctoras en el plazo otorgado. Incumplimiento de condiciones de insonorización.

Infracciones Muy graves (>12.001€): Superar los límites de niveles sonoros máximos permitidos en más de 7

dBA en periodo nocturno o de 10 en periodo diurno o vespertino.

Proceso de adaptación a la normativa básica sobre ruido de las ordenanzas municipales. Visión practica de los cambios inducidos en la evaluación y gestión del ruido. Aplicación al municipio de Madrid.