preparatorio derecho civil col

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  • 8/10/2019 Preparatorio Derecho Civil col

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    PREPARATORIO DERECHO CIVIL

    DERECHO

    OBJETIVO Conjunto de normas que Gobiernan la vida ensociedad

    SUBJETIVO Poder de las personas de satisacer susnecesidades! Capacidad de Obrar

    "EC"O #o que sucede sin intervenci$n de la voluntad del%ombre& 'acimiento

    (CTO "a) entendimiento de la voluntad! *atrimonio

    CO'STITUCIO'(# (+*I'IST,(TIVO

    INTERNO PE'(# P,OCES(#

    #(BO,(# -I'('CIE,OPUB#ICO

    EXTERNO I'TE,'(CIO'(# PUB#ICO I'TE,'(CIO'(# P,IV(+O

    (G,(,IOP,IV(+O *I'E,O

    CO*E,CI(#

    CIVI#

    HISTORIA

    +E,EC"O ESP(.O#+E,EC"O '(CIO'(#

    /! Siete Partidas0! #a nueva ,ecopilaci$n1! 'ovisima ,ecopilaci$n2! ,ecopilaci$n de las le)es de los reinos de las indias

    DERECHO COLOMBIANO

    #E3ES4 ,ecopilaci$n 5ranadina! Cada estado se da supropia le5islaci$n

    C6+IGOS4 /7789 #E3 :8 +E /2 +E (B,I#

    1

    EPOCAS

    DIVISIN

    DERECHO

    LEGISLACIN

    ESPAOLA

    ETAPAS

    FUENTES C.C.ANDRESBELLO

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    Corpus Iuris Civiles+erec%o Germano+erec%o -ranc;s+erec%o Espas que alos %ombres individualmente

    COSTUMBRE ">bitos adquiridos por la repetici$n o pr>ctica mu) usualBUENA FE Conciencia recta de %aber puesto al alcance el cumplimiento

    de las obli5aciones o poseer derec%osSANCINLEGAL

    "ec%os pro%ibidos ta?ativamente

    'O,*(es unare5la deconducta9precepto9criterio opatr$n9 que unindividuo debese5uir se5=n suobjetivo

    CO'TE*PO,('E( E! +! '(TU,(#4 debe tenercomo undamento la justicia 'O,*(JU,@+IC( re5ula la conducta %umana en un

    tiempo ) un lu5ar deinido9prescribiendo a los individuos rente adeterminadas circunstancias )condiciones9 estableciendo sanciones decar>cter coactivo si dic%os presupuestosno se cumplen

    +E,EC"O

    DEFINICIN AMPLIA :

    conjunto de normas obli5atorias que determinan lasrelaciones de los %ombres con sus semejantes

    DEFINICIN SIMPLE :

    (quella re5la de conducta social obli5atoria

    DEFINICINOBJETIVA :

    ciencia que trata del conjunto de normas obli5atoriasque re5ulan las relaciones interpersonales

    PARENTESCO

    CO'S('GUI'I+(+4 Por san5re(-I'I+(+4 Consan5uinidad de otra personaCIVI#4 (dopci$n

    LINEAS Orden de las personas que desciende de unaraA com=n

    GRADOS Espacios entre las personas de determinadas5eneraciones!

    #EGITI*(4 Concebido durante el matrimonio

    2

    PARENTESCO

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    CIVI# O (+OPTIV( P#E'(4 (dmisi$n en lu5ar del %ijo queno lo es SI*P#E4 +ero5ada

    '(TU,(#4

    ET,(*OT,I*O'I(#

    I#EGITI*( O EPOSIT(

    AUTORIDADPATERNA

    ,elaci$n mutua D Subordinaci$n

    PATRIAPOTESTAD

    +erec%os ) obli5aciones que ejercen lospadres sobre los %ijos

    CULPA

    GRAVENEGLIGENCIA

    O LATA

    'o manejar los ne5ocios con el cuidado queaun una persona ne5li5ente suele emplear!Equivale al dolo

    LEVE -alta de dili5encia o cuidado empleada por unapersona com=n ordinariamente

    LEVISIMO-alta de esmerada dili5encia de un %ombrecuidados

    DOLO

    CONTRACTUAL En5a

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    PERSONAS

    DEFINICION Ser capa de adquirir derec%os ) contraer obli5aciones

    CLASES

    NATURALES JURIDICASTodos los individuos de la

    especie %umana cualquiera quesea su edad9 se?o9 estirpe ocondici$n

    Persona icticia9 capa de

    ejercer derec%os ) contraerobli5aciones civiles ) de serrepresentada judicial )e?trajudicialmente

    BIOLOGICA Comiena desde el momento de la concepci$n %asta la muerte

    Principia al nacer con la separaci$n completa de lamadre! +esde el momento de la inscripci$n Fmedioprobatorio %asta la deunci$n

    LEGAL,EHUISITOS& Hue %a)a separaci$n completa entre la madre )la criatura& Hue sobreviva un instante siquiera despu;s de laseparaci$n completa& Hue conste su nacimiento en el competente

    re5istro del estado'ota4 Si no se cumplen los requisitos no tuvopersonalidad le5al!

    EPOCA DE LA CONCEPCIN (rt! 0 +e la ;poca delnacimiento se coli5e la de la concepci$n9 se5=n la re5lasi5uiente4

    Se presume de derec%oque la concepci$n %aprecedido al nacimiento no menos que cientooc%enta dAas cabales9 ) no m>s que trescientos9

    contados %acia atr>s9 desde la media noc%e en queprincipie el dAa del nacimiento!

    Subra)ado +eclarado I'EEHUIB#E por la CorteConstitucional9 mediante Sentencia C&2&7 del00 de enero de /7

    4

    EXISTENCIA

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    REAL E?tinci$n de la vida isiol$5ica! Cesaci$n de lasunciones biol$5icas u or5>nicas de la persona! Prueba4(cta de re5istro civil

    &(usencia le5al de la incertidumbre de la e?istencia deuna persona

    PRESUNTA &+esaparecimiento de la persona&E?istencia Incierta

    +eclarada por el Jue ante el desaparecimiento de unapersona del lu5ar de su domicilio

    I5nor>ndose su paradero #a mera ausencia solo procede eectos a partir del momento

    en que es comprobada por el Jue& Sentencia en -irme

    El in es tomar medidas para prote5er los derec%os ) velar porlas obli5aciones del ausente!

    Pasados dos aver no se encuentra9 %a muerto! +e Jurisdicci$nvoluntaria para que el jue ordene la inscripci$n del respectivore5istro de deunci$n! 'o %a) los elementos para tramitar elproceso de ausencia le5al ) muerte por desaparecimiento!

    +einir la situaci$n de los derec%os econ$micos en el caso dedos o m>s personas muertas en un mismo acontecimiento )sean llamadas a suceder recAprocamente sin que se puedadeterminar cual alleci$ primero!

    PERSONAS JUR-DICAS

    Capacidad jurAdica que puede ser e?tendida a sujetos

    artiiciales creados por simple icci$n

    5

    MUERTE

    DECLARATORIADE AUSENCIALEGAL

    DECLARACIONDE MUERTEPRESUNTA

    EFECTOS

    TERMINACIONDEL PROCESO DE

    MUERTEPRESUNTA

    MUERTE CIERTASIN CADAVER

    PRESUNCIONDECONMORIENCIA

    TEORIA DE LAFICCIN

    TEORIA DE LAREALIDAD

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    #a personalidad jurAdica de los entes colectivos es unarealidad! #a sola inalidad concede la personalidad sinintervenci$n del le5islador!

    CLASIFICACIN

    +e derec%o p=blico4 Prestaci$n de servicios p=blicos )administrativos! F'aci$n9 departamentos9 municipios9entidades descentraliadas entre otros!+e derec%o privado4 'ace por iniciativa privada!F-undaciones9 (sociaciones

    'acionales4-ormadas en el paAs!E?tranjeras4+e un estado distinto al colombiano re5uladas

    por la carta polAtica ) la le) del paAs

    CO,PO,(CIO'ES4 Individuos que vinculan un capital para laobtenci$n de un in determinado!

    KSociedades4+estinada a que el producto sea repartido&Civil4 Si no realia actos de comercio&Comercial4 Si realia actos de comercio

    K(sociaciones4+estinadas a obtener un in de beneicencia

    -U'+(CIO'ES4 Patrimonio destinado por una persona conines de beneicencia o cientAico sin >nimo de lucro!

    /! #ibre Constituci$n4 Sur5e con el otor5amiento del actojurAdico!

    0! Sistema de la Concesi$n4 S$lo debe concederse a losentes a quienes se les %a)a otor5ado por el estado! F(bolida por la C!P!

    1! Sistema 'ormativo4Es necesaria la aprobaci$n oicial ) elGobierno est> obli5ado al otor5amiento si se cumple la le)!

    Estatutos4Conjunto de re5las con uera de le) que obli5an alos constitu)entes9 a los que lle5uen posteriormente ) a losque ten5an vAnculo!

    l(! CO,PO,(CIO'ES4&,edactar ) suscribir estatutosK(sociaciones4 (cto de irma ) presentaci$n ante la entidadcompetente FministerioSuperintendenciaLproieren resoluci$n

    KSociedades4Escritura p=blica Fcopia a C>mara ) Co!Si es comercial L Inscripci$n en el re5istro mercantil(n$nimaLPermiso de Supersociedades

    6

    NACIMIENTODE LAPERSONAJDCIAPara lasreformasesa!ar"as sere#!"ere laa$ro%a&"'(

    NORMAS DE

    LAS PERSONASJUR)DICAS

    A. POR SUORIGEN*+ FUNCIN

    B. POR SUPROCEDENCIA

    C. POR SUESTRUCTURA

    CONCESIN DELAPERSONALIDADJUR)DICA

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    KKEn las anteriores se requiere la declaraci$n de voluntad delos asociados!

    C! -U'+(CIO'ES4&,econocimiento de *in! Justicia&Presentar copia de los estatutos si el undados los elabor$!

    &Basta conocer el patrimonio ) la inalidad ) *in Justicia loselabora!

    ORGANI.ACIN DE LAS PERSONAS JUR-DICAS

    Es colectivo9 =nico ) enajenable! #a persona jurAdica es =nicotitular!

    Si no lo menciona en los estatutos ver el artAculo 7M delc$di5o civil!(rtAculo 7M4 El +omicilio de los establecimientos9corporaciones ) asociaciones reconocidas por la le)9 es ellu5ar donde est> situada su administraci$n o direcci$n9 salvolo que dispusieren sus estatutos o le)es especiales!

    Capacidad plena artAculo /:: c!c! a trav;s de surepresentante! (rtAculo /::4 #o que una persona ejecuta en

    nombre de otra9 estando acultada por ella o por la le) pararepresentarla produce respecto del representado i5ualeseectos que si %ubiera contratado ;l mismo!

    EXTINCIONASOCIACIONES FUNDACIONES

    Voluntad de los asociados o de lama)orAa!

    E?tinci$n completa de losbienes destinados

    Vencimiento del plao de los

    estatutos

    Obtenci$n del objeto para el

    cual se cre$!Por realiaci$n del objeto oimposibilidad del mismo

    Imposibilidad de obtener elobjeto

    *uerte9 renuncia o retiro queimpida la realiaci$n del in,esoluci$n Judicial

    Inscripci$n de la e?tinci$n en el libro donde se re5istr$su creaci$n

    &Se5=n lo ordenado en los estatutos&+istribuci$n entre miembros FUtilidad privada

    7

    Def"("&"'(* Co(,!(o -e (ormas #!e r"e( la /"-a "(er(a 0 e1er(a -el s!,eo -e -ere&2os. Co(s"!&"o(es3 relame(os o esa!os.

    NOMBRE

    DOMICILIO

    CAPACIDAD

    TERMINACION

    DISTRIBUCIONDELPATRIMONIO

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    &Pasan a la 'aci$n u or5anismos desi5nados FUtilidadp=blica

    ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS

    NOMBRE

    NOMBRE Procura la identiicaci$n e individualiaci$n de las personas9si5no distintivo ) revelador de la personalidadCARACTERES NATURALE.A JURIDICA

    I'(#IE'(B#E4 -uera del comercioFPara persona natural

    (! I'STITUCIO' +E PO#ICI(4,e5lamentaci$n administrativapara que la administraci$n p=blicapueda %acer cumplir sus deberes!

    I*P,ESC,IPTIB#E4 'o se adquierepor el uso ni se pierde por el no uso

    F'aturales! En las personas jurAdicassi es prescriptible!

    B! *(,C( +E -I#I(CI6'4 *arcadistintiva de la /ili!%i)'0

    I,,E'U'CI(B#E4 +erec%o subjetivocon unci$n social!

    C! P,OPIE+(+4 Es de la persona9puede ser 5oado ) dispuesto enorma absoluta!

    I'+IVISIB#E E I'*UT(B#E4 Puedevariarse solo en circunstanciasespecAicas!

    +! +E,EC"O +E #( PE,SO'(4#apersona %umana tiene el derec%oa tener un nombre!

    TUTE#(+O PO, #( #E34 Goa deprotecci$n le5al

    COMPONENTES'O*B,E 'o e?iste re5lamentaci$n

    (PE##I+O,evelan el enlace biol$5ico de las 5eneraciones de unamisma amilia F-iliaci$n le5Atima9 e?tramatrimonial oadoptiva!

    SEU+O'I*O'ombre de antasAa atra)ente ) notorio!&'ombre -also&'ombre especial o ant>stico!

    ESTADO CIVILESTADOCIVIL:

    Situaci$n jurAdica que la persona %umana tiene en la sociedaden orden a sus relaciones de amilia en cuanto le imponeciertas obli5aciones ) le coniere determinados derec%os

    FUENTES HECHOS 1 ACTOSI*POSICIO' +E #( #E34(si5nada por la le) '(CI*IE'TO4 Se

    ori5ina

    "EC"OS (JE'OS ( #( VO#U'T(+ "U*('(4*uerte9 nacimiento

    +E-U'CI6'4 Setermina

    VO#U'T(+ +E# "O*B,E4(ctos jurAdicos como *(T,I*O'IO4 Se

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    el matrimonio o la adopci$n! modiica

    DOMICILIODOMICILIO Permite ubicar un lu5ar determinado para eectos

    jurAdicosDOMICILIO RESIDENCIA

    Presencia jurAdica no Asica de lapersona en un lu5ar determinado!,esidencia acompanimo depermanecer en ella!

    (siento de %ec%o9 lu5ar donde sevive de manera normal o%abitual!

    ELEMENTOS*(TE,I(#4,esidenciaI'*(TE,I(#4El >nimo de permanecer en ella!

    PRESUNCIONES DE DOMICILIOPOSITIVAS NEGATIVAS

    Persona de asiento en un lu5ar ,esidir voluntariamente oorosamente en otra parteEjercer %abitualmente la proesi$n enlu5ar determinado

    ,esidir temporalmente en lu5ardistinto al de domicilio

    Tener establecido el %o5ar domestico (dquirir casa propia en lu5ardierente al %o5ar dom;stico

    (brir establecimiento paraadministrarlo personalmente(ceptar empleo ijo en lu5ar

    determinado CLASESCIVI#4 ,elativo a una parte determinada del territorioPO#@TICO4 ,elativo a todo el territorio del estadoGE'E,(#4 Se aplica a la 5eneralidad de los derec%os ) obli5aciones de

    una personaEG(#4Impuesta por la le) a determinadas personas porrelaci$n a la dependencia4 "ijo de lia9 pupilo9 c$n)u5e!&+E O,IGE'4El que tiene una persona en el momento en

    que adquiere capacidad de tener uno personal a su arbitrio!VO#U'T(,IO O ,E(#4Ele5ido por una persona a su arbitrioESPECI(# Se reiere al ejercicio de determinados derec%os o relaciones

    jurAdicas!DOMICILIO ESPECIAL DOMICILIO GENERAL

    #os eectos de actos jurAdicossolo producen eectos en el

    Todo acto jurAdico que no ten5areerencia al domicilio especial

    Se trasmite a los %erederos dederec%os ) obli5aciones

    'o se trasmite

    Puede variarse sino %a)imposici$n le5al

    Solo puede modiicarse por acuerdoentre las partes

    PLURALIDAD DEDOMICILIOS

    Cuando en varias secciones territoriales %a)circunstancias constitutivas del domicilio se

    9

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    DOMICILIOconsidera que en todas ellas lo tiene!

    DOMICILIOSUPLETIVO

    #a mera residencia se constitu)e en domiciliocuando no se tiene domicilio en otra parte o que notiene un lu5ar ijo para su actividad FGitano9comerciante

    DE PERSONASJUR-DICAS

    +onde este situada su administraci$n salvo que seestipule en los estatutos!

    PATRIMONIOPATRIMONIO

    Universalidad jurAdica9 conjunto de derec%os )obli5aciones de contenido patrimonial

    CARACTERISTICAS

    U'IVE,S(#I+(+JU,@+IC(

    +erec%os pecuniarios ormando un todo(ctivo Patrimonial

    Pasivo PatrimonialSubro5aci$n real4 Un bien o un derec%o esreemplaado por otro

    U'I+O ( #( PE,SO'(

    Es uno ) =nico FSolo %a) una personalidad )por ende un solo patrimonioNnicamente la persona tiene un patrimonioToda persona tiene un patrimonio4 Nnica ormade tener derec%os

    SO#O CO'TIE'E

    +E,EC"OSPECU'I(,IOS

    Patrimonio econ$mico

    Patrimonio moral

    NACIONALIDADNACIONALIDAD VAnculo que li5a a una persona con un estado

    determinado

    C(,(CTE,ISTIC(SToda persona tiene una nacionalidad#a nacionalidad es =nica

    C#(SESPO, '(CI*IE'TO

    PO, (+OPCI6'4 'o puede ejercer ciertos car5osp=blicos

    ,E'U'CI(Por obtener nacionalidad en el e?tranjeroPor ijar domicilio en otro paAs

    CIU+(+('@(Capacidad de un nacional para ejercer derec%ospolAticos dentro del territorio del estado

    CAPACIDAD

    CAPACIDAD

    GE'E,(#4 (ptitud o suiciencia para al5o

    #EG(#4 (ptitud para ser sujeto de derec%os )obli5aciones! -acultad de realiar actos v>lidos )eicaces en derec%o!

    CLASES10

    Pre(-a Ge(eral

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    CAPACIDAD+E GOCE O +E +E,EC"O4(ptitud dela persona para contraer derec%os

    +E EJE,CICIO +E VO#U'T(+ O+E "EC"O4(ptitud de la personapara administrar por si sola suderec%o para ejercerlo sin elministerio de la le) o la

    autoriaci$n de otra persona! F"a)limitacionesI'C(P(CI+(+ Carencia de condiciones Asicas o sAquicas o le5ales para

    determinadas actuaciones! 'o es alta de derec%o sinoincapacidad de obrar

    CLASESABSOLUTA RELATIVA

    Persona a quien la le) no le permiteel ejercicio de sus derec%os por su

    edad9 estado Asico o mental!+ementes imp=beres9 sordomudosque no se %a5an entender!E?cepciones4 Posesi$n de bienesmuebles9 casarse

    #a le) reconoce cierta capacidadjurAdica pero no puede ejercerla

    directamente! *enores adultos! Seconsideran capaces para contraermatrimonio9 capitulacionesmatrimoniales9 otor5artestamento9 reconocer %ijos9le5itimar %ijos9 ejercer mandato9ejercer derec%o de posesi$n

    NULIDAD ABSOLUTA NULIDAD RELATIVAEn apariencia re=ne los elementosor5>nicos pero no produce eectospor violar una pro%ibici$n le5al9omitir requisito le5al o ser celebradocon un incapa absoluto o tenerobjeto o causa ilAcita

    Con el quebrantamiento de la le)se lesionan intereses individualesde las partes que celebran el acto

    jurAdico!

    Se 5eneran por contratar condementes sordomudos o imp=beres

    Se 5eneran por contratar condilapidadores o menores adultos

    Puede ser saneable e?cepto porcausa ilAcita u objeto ilAcito! FSe deberatiicar el contrato

    Es saneable

    Pueden sanearse en un plao de 0a

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    REPRESENTACIN LEGAL DE LOS INCAPACES

    ,EP,ESE'T(CIO'

    #o que una persona ejecuta a nombre de otraestando acultado por ella o por la le) pararepresentarla9 produce respecto del representado losmismos eectos que si %ubiera contratado el mismo!

    C#(SES

    CO'T,(CTU(#4 Sur5e de la voluntad misma delrepresentado! FPlenamente capa#EG(#4'ace de lale) ante laincapacidad delrepresentado

    SUJETO (CTIVO4 Padre ) *adreo #os GuardadoresSUJETO P(SIVO4 Sobre quienrecae la representaci$n!

    CO'+ICIO'ES

    Hue el representante act=e con poder derepresentaci$n contractual o le5alHue el representante ten5a voluntad de obrar en

    nombre del representadoHue ten5a voluntad de contratar ) que suconsentimiento no adoleca de vicios ) e?istan objeto) causa lAcitos!

    (UTO,I+(+P(TE,'(

    ,elaci$n mutua que la le) reconoce entre una persona )otra subordinada de la primera principalmente por vAnculosde san5re para acilitar el cumplimiento de sus obli5aciones) el ejercicio de sus derec%os naturales

    SUJETOS(SCE'+IE'TES4 #e5Atimos naturales ) adoptantes!+ESCE'+IE'TES4 #e5Atimos ) adoptivos

    +EBE, +EE+UC(CI6'3 C,I('(

    Padres con r;5imen de sociedad con)u5al9 los 5astos van al%aber socialSin bienes de sociedad con)u5al9 los 5astos corresponden alos bienes propios e?clusivos de cada c$n)u5e!Bienes propios del %ijo4 En caso de que los padres carecande bienes propios o de Soc! Con)u5al!(buelos le5Atimos cuando los padres no tienen sociedadcon)u5al9 bienes propios o patrimonio propio del %ijo!

    PATRIA POTESTAD(rtAculo 077 C!C! Conjunto de derec%os que la le) reconoce a los padres

    sobre sus %ijos no emancipados para acilitar aaquellos el cumplimiento de los deberes que su calidadles impone!Inc 04 Corresponde a los padres conjuntamente elejercicio de la patria potestad sobre sus %ijosle5Atimos! ( alta de uno de los padres la ejercer> el

    otro!+E-I'ICI6' Poder de representar a los menores en todos los actosjurAdicos que a ellos conciernen ) con al5unas

    12

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    PATRIA POTESTADlimitaciones al derec%o de administrar ) 5oar delusuructo! Con la le) 2:1M se declara la i5ualdadentre padre ) madre! +ecreto 07082 Sobre losadoptivos se ejercer> sobre los respectivos aadoptantes! #os de %ijos e?tramatrimoniales ser>n

    ejercidos conjuntamente por ambos padres!SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVOPadres conjuntamente ) a alta de unola ejercer> el otro!

    "ijos de amilia9 menores de/7 a

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    PATRIA POTESTADpropiedadSi no tiene el usuructo recae sobre lapropiedad ) los rutos!

    ADTOS DEADMINISTRACIN O

    DISPOSTIVOS

    Est> limitado en la administraci$n por lapro%ibici$n de dar los bienes en arrendamiento

    por mas de 7 as de : sison urbanos9 ni por mas de los a

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    PATRIA POTESTADJU+ICI(#4 Se eect=a por sentencia del Jueen los casos ta?ativamente ses de una a

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    GUARDAS

    SUJETOSACTIVO PASIVO

    #a persona que ejerce el car5o Ftutoro curador

    *enores emancipados

    EXCEPCIN A LA GUARDA PUPILOS&Por estado mental u or5>nico4 'opueden ser 5uardadores9 los cie5os9sordomudos o dementes&Sujetos en estado allido oquebrado que no %an satisec%o asus acreedoresos de mala conducta9 condenadosa pena privativa de la libertad por

    mas de una a

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    GUARDASc$n)u5e ) los ascendientes ) descendientes le5Atimos9 losinterinos llamados por poco tiempo a servir el car5o9 losque se dan para un ne5ocio particular de administraci$n debienes9 cuando el pupilo ten5a pocos bienes o el tutor ocurador uere persona de conocida probidad ) acultades

    para responder por ellos!+ISCE,'I*IE'TO

    +ecreto judicial que autoria al tutor o curador para ejercerel car5o! Si no e?iste los actos son nulos pero una vedecretado se validan

    I'VE'T(,I

    O

    (siento de los bienes del pupilo sin que preceda inventariosolemne! +eben inventariarse dentro de los dAassi5uientes al discernimiento!Todo 5uardado debe %acerloInventario Solemne4 (nte 'otario P=blico ) testi5os

    Faplicaci$n de las normas de inventario en materia desucesionesEn un termino de dAas a partir del discernimientoSanci$n4 ,emoci$n del car5o9 ,esponder por el valorestimado por el e?pupilo!

    FUNCIONESREP0LEGAL

    ,epresentar o autoriar al pupilo en actos judiciales oe?trajudiciales

    ADMINISTRACIONDE BIENES

    (dministrar ) conservar los bienesACTOS

    ADMINISTRATIVOSPROPIAMENTE

    Tienden a la conservaci$n9 5oce

    ) utiliaci$n de un bien!

    ACTOS DISPOSITIVOSSe busca transerencia deldominio o 5ravamen del mismo!

    RE2UIEREN LICENCIAJUDICIAL

    &Enajenar9 5ravar con %ipoteca oservidumbre bienes del pupilo!&Enajenar o empe

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    GUARDAS

    REMOCION

    Por raude o culpa 5rave'o realiar el inventario de bienesContinua ne5li5encia en proveer la sustentaci$n oeducaci$n al pupilo!(ctos repetidos de administraci$n descuidada

    Conducta inmoral4 +a en 5eneral al d;cima parte de los rutos de aquellosbienes propios de su pupilo que administra Ver art! M/2 DM/8 C!C!

    FAMILIA

    FORMAS DECONFORMARLA

    -(*I#I( *(T,I*O'I(#4 Civil o reli5iosaUni$n *arital de "ec%o(dopci$n

    MATRIMONIO

    DEFINICION

    Es un contrato solemne por el cual un %ombre ) unamujer se unen con el in de vivir juntos9 de procrear ) deau?iliarse mutuamente(cuerdo de voluntades'ecesidad de 5uardarse idelidadInte5raci$n de una comunidad domesticaSatisacci$n de relaciones se?uales+eber de au?iliarse mutuamente

    RE2UISITOS PARA LA VALIDE.DE FONDO

    POSITIVOS NEGATIVOS+ierencia de se?o ) capacidadse?ual FProcreaci$n (rt! 20 C!P!9 /1le) :878 ) /2 C!C!

    Ine?istencia de vAnculomatrimonial anterior! #a bi5amiadesaparece pero puede incurrir enalsedad en documento p!

    Capacidad mental o por edadplenade /7 a

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    FORMAS DECONFORMARLA

    -(*I#I( *(T,I*O'I(#4 Civil o reli5iosain%>biles los de /7asde 2 anica 5rave F'o conocidas porel otro

    Consan5uAneos en lAnea directa9 -uera20

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    FORMAS DECONFORMARLA

    -(*I#I( *(T,I*O'I(#4 Civil o reli5iosaparientes consan5uAneos colateralesen 0 5rado!(doptante con adoptado9 matrimoniode bA5amos9 matrimonio de personascon parentesco de ainidad en lAnea

    recta

    Incompetencia del uncionario

    ABSOLUTAS RELATIVASPor *atrimonio de imp=beres4 Sise %a intentado despu;s de los 1meses de %aber pasado a lapubertad o si la mujer %aconcebido no %a) lu5ar

    Se declaran de oicio ) prescriben en0 a

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    DIVORCIO8! Corrupci$n4 (ctos deliberados ) concientes!+ebe probarse que la acci$n del corruptor esejecutada con conciencia9 que los %ec%os ibanendereados a la corrupci$n9 tendencia acorromper a la victima9 prueba documental o

    testimonial7! Separaci$n de cuerpos decretadajudicialmente por de 0 as de 0 a

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    DIVORCIO

    EN CUANTO A LOSCON1UGES

    Huedan obli5aciones del culpable al inocentecuando %a) divorcio sanci$n FObli5aci$nalimentarAa!

    Cuando %a) divorcio de mutuo acuerdo la

    obli5aci$n queda entre el c$n)u5e con capacidadecon$mica al que no tiene lo necesario para vivir'o puede reclamar porci$n con)u5alEl parentesco de ainidad no se e?tin5ue'o se %eredan entre siPor causales de divorcio sanci$n se puedenrevocar las donaciones9 desaparece la vocaci$n%ereditaria abintestato!

    EN CUANTO A LOSHIJOS

    *enores4 El Jue decide la custodia!

    *enores emancipados4 El Jue debe nombrartutorSubsiste la obli5aci$n com=n de c$n)u5es a %ijosObli5aci$n alimentarAaVisitas#as causales de divorcio sanci$n %acen perder lapatria potestad al c$n)u5e culpable!

    EN CUANTO ABIENES O EFECTOSPATRIMONIALES

    +isoluci$n de la sociedad con)u5al ipso Iure#iquidaci$n de la sociedad con)u5al-acultad del c$n)u5e inocente de revocar lasdonaciones F+ivorcio sanci$n9 si es de mutuoacuerdo las donaciones son irrevocables

    OPORTUNIDAD

    +emandado por el c$n)u5e inocente dentro dela?imo dosa

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    demostraci$n del matrimoniocelebrado en Colombia!

    casos4Cuando e?iste U*" entre %ombre )mujer por m>s de dos a

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    III! (dministraci$n ordinaria debienes en SCLSPIV! (dministraci$n e?traordinaria debienes en SCLSPV! +isoluci$n ) partici$n de5ananciales!

    VI! ,enuncia a 5anancialesPRESCRIPCIN/ (?imo de edad *enores indA5enas abandonadosuera de la comunidad respetandosus creencias ) costumbres!

    'o pueden adoptar4 Cie5os9

    sordomudos o personas conantecedentes penales o policivos!Pueden adoptar parejas en uni$nmarital de %ec%o que acreditenconvivencia por m>s de 1 a

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    ADOPCIONSe puede revocar el consentimiento dentro delmes si5uiente a la maniestaci$nEs inv>lido cuando se maniiesta dar en adopci$nal que est> por nacer!,equiere sentencia Judicial en irme del Jue de

    amilia o promiscuo de amilia!

    EFECTOS

    Crea parentesco civil(doptivo deja de pertenecer a la amilia de san5reS$lo el adoptado puede adelantar proceso deiliaci$nCLASES DE ADOPCIN

    SIMPLE PLENA"ijo adoptado =nicamente in5resabateniendo =nicamente parentesco con

    el adoptante! F-i5ura ine?istente enla actualidad

    Se pro)ecta como %ijo le5itimomatrimonial

    ABANDONADOS

    E?p$sitos4 ,eci;n nacidos e?puestos o abandonado9entre5ados a instituto de asistencia social9 noreclamados por el padre o la madre dentro de los 1meses!*enores entre5ados por representantes le5ales paradar en adopci$n al ICB- o instituci$n autoriada poresta!

    ALIMENTOS

    DEFINICION

    #as asistencias que en especie o en dinero ) porle)9 contrato o testamento9 se dan a una o m>spersonas para su manutenci$n o subsistencia estoes para comida9 vestido9 %abitaci$n9 asistencia ensalud9 educaci$n ) recreaci$n!

    CARACTERISTICAS

    Obli5aci$n de tipo civil4 Se necesita que seconcrete para e?i5ir coercitivamenteImplica una necesidad actual4 Solo se otor5a a

    personas en estado de necesidad9 no paranecesidades pasadas o uturas pero se est> en laobli5aci$n del pa5o de las cuotas alimentarAas )adecretadas por el Jue!

    CLASIFICACIN DE LOS ALIMENTOSLEGALES:Se deben por prescripci$n jurAdica! Comprende la obli5aci$nde proporcionar la ensemite del proceso dealimentos9 se debe demostrar la necesidad ur5ente

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    70 AL DONANTE: (l donante que %io unadonaci$n cuantiosa! 'o sur5en alimentos delvAnculo de parentesco! El donante que don$ susbienes a un e?tra

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    0 NO CONSUMIBLE 'o desaparece con el primer uso;0 DIVISIBLE 'o es necesaria su inte5ridad Asica para

    conservar su valor3

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    corren que por cauces naturales las minas ) en5eneral las riquea del subsuelo!

    PORINCORPORACIN

    #os ediicios9 caminos ) construcciones de todo5;nero ad%eridas al suelo9 los >rboles ) plantas9 )los rutos pendientes9 mientras estuvieran unidos ala tierra o ormaran parte inte5rante de un

    inmueblePOR ADHESIN Un inmueble por ad%erencia es pues un bienmueble por naturalea que por estarpermanentemente ad%erido de manera material aun inmueble pierde su calidad de mueble de alli sudenominaci$n! #a ad%esi$n incorporaci$n oinmoviliaci$n del mueble al inmueble puedeeectuarse por el due

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    MUEBLES INMUEBLESestancias que son transportables9pero que uno no suele llevarconsi5o! Esto inclu)e9 pero no selimita9 a los elementosdecorativos de una vivienda!

    En el +erec%ose inclu)endierentes objetos bajo estadenominaci$n dependiendo de larama en que se est; trabajando!(sA en +erec%o civilno seconsideran cosas mueblesaquellas que naturalmente vanad%eridas al suelo u otrassupericies Flavabos9 baldosas9lajas9 etc

    que son imposibles de trasladar sinocasionar dananclados Fpe5ado o clavado a ;l!Viene de la palabra inmvil! ( eectos

    civiles los buques tienen laconsideraci$n de inmuebles!

    #a tradici$n se realia mediantela entre5a material simb$lica

    #a tradici$n se realia mediante lainscripci$n de la Escritura P=blica enla oicina de instrumentos p=blicos

    #a enajenaci$n de un bienmueble sur5e a la vida por elmero consentimiento

    #a enajenaci$n de inmuebles sur5e ala vida jurAdica mediante la escriturap=blica

    Prescripci$n Ordinaria de 1 a

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    EN CUANTO A LOS SUJETOSSe conoce con el nombre delderec%o respectivo! Propietario9usuario9 usuructuario

    Se conoce como acreedor al sujetoactivo ) deudor al pasivo

    EN CUANTO AL ORIGENSe ori5inan en los modos de

    adquirir4 Prescripci$n9 accesi$n9tradici$n9 ocupaci$n9 servidumbre!FP(TOS

    Se ori5inan en las uentes de las

    obli5aciones

    Enunciadas en la le)4 +ominio9%erencia9 usuructo9 uso

    Son i5uales al n=mero deobli5aciones que se constitu)an

    EN CUANTO A LOS EFECTOSProduce eectos er5a omnes Solo produce eectos rente al titular

    ) el obli5adoEN CUANTO AL OBJETO

    Cosa determinada ) presente Puede ser determinadaindividualmente ) uturaEN CUANTO A LAS ACCIONES

    Otor5an atributos de persecuci$n) preerencia

    S$lo e?i5e el cumplimiento delpersonalmente obli5ado

    EN CUANTO A LA AD2UISICINPor su car>cter de absolutos tieneacceso al re5istro p=blico

    Son relativos9 no se presenta re5istro

    EN CUANTO A LA DURACINSor perpetuos o temporales Temporales

    EN CUANTO A LA PRESCRIPCINOpera la prescripci$n adquisitiva ae?cepci$n de la %ipoteca ) laprenda

    Se presenta prescripci$n e?tintiva oliberatoria

    CLASES DE DERECHOS REALESPRINCIPALES ACCESORIOS

    Tienen vida jurAdica propia ) no5arantian la e?istencia de otro

    derec%o9 propiedad9 usuructo9%abitaci$n

    'ecesitan de un derec%opree?istente9 %ipoteca9 servidumbre9

    prenda! F!"!P!S!

    DEL DOMINIO LIMITATIVOS DEL DOMINIOCopropiedad ) %erencia Contiene el uso ) 5oce de la cosa en

    orma directa como el usuructo ) laservidumbre e indirecta en caso deno pa5o de una obli5aci$n principalcomo la prenda o la %ipoteca!

    PLENOS PRECARIOS O LIMITATIVOS

    Contiene los atributos ) acultadesde un derec%o real! +ominio Solo se relacionan con el 5oce9 eluso9 el usuructo9 %abitaci$n9 censo9servidumbre9 anticresis

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    DE GARANTIA DERIVADOSPermite la 5arantAa de unaobli5aci$n principal en caso deincumplimiento9 no transiere elderec%o de propiedad

    Todos los derec%os a e?cepci$n delde dominio!

    DERECHOS REALES+O*I'IO

    +erec%o real en una cosa corporal para 5oar ) disponede ella

    USO-acultad de 5oar de una parte limitada de las utilidades9%abitaci$n ) productos de una cosa

    USU-,UCTOConsiste en la acultad de 5oar de una cosa con car5ade conservar su orma ) sustancia ) restituirla a sudue

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    POSESIONContinua sobe un bien apropiable

    CLASES DE POSESINREGULAR IRREGULAR

    (compa

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    POSESION

    JUSTO TITULOCO'STITUTIVOS4 Prescripci$n9 ocupaci$n9accesi$nT,(S#(TICIO4 Venta9 permuta9 donaci$n!

    PERDIDA DE LAPOSESIN

    Se deja de poseer una cosa desde que otrapersona se apodera de ella con >nimo de

    %acerla su)a!

    VENTA DE LAPOSESIN

    Un poseedor enajena a un tercero su posesi$npor escritura p=blica a cambio de una contraprestaci$n econ$mica9 sin embar5o9 no es untitulo traslaticio de dominio por ser un %ec%o!#a promesa de compra venta no produceeecto a menos que4 /! Conste por escrito9Hue no sea de los que la le) declara ineicaces91! que conten5a el plao ) la condici$n9 que

    solo alte la tradici$n para supereccionamiento!MERA TENENCIA #a que se ejerce sobre una cosa sin el >nimo

    de se

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    B=HORI.ONTAL

    Es una propiedad especial o sui 5eneris9 )a queconcurren en ella la propiedad unitaria ) la indivisa ocomunitaria!En eecto9 el propietario ejerce su derec%o en ormaplena sobre su apartamento9 local ) tiene una cuotaideal o indivisa sobre los bienes comunes9 como son el

    suelo9 el tec%o9 las escaleras9 la porterAa9 etc!

    C=FAMILIAR

    #a constituci$n de esta propiedad implica quedeterminados bienes de la amilia son inmueblesinenajenables9 con el in de prote5erla ) darlese5uridad!

    D=INDUSTRIAL

    Siendo una especie de propiedad intelectual )9 dentrode ella9 su objeto tiene una inalidad especAica de tipoindustrial ) comercial! +ic%a propiedad se ejerce sobrelos modelos industriales9 las marcas de >brica ocomercio9 los emblemas9 las patentes de invenci$n9 etc!9que en sA son cosas incorporales!

    E=INTELECTUAL

    art! M8/ del C!C! airma que Ylas producciones deltalento o del in5enio son una especie de propiedad desus autoresZ9 re5ida por le)es especiales!

    F= APARENTE

    (parentar es maniestar una realidad ine?istente!Vender objeto ajeno! Si el tradente no es el verdaderodue"s#o cuando llena los

    requisitos e?i5idos por la le)9 esdecir9 tiene aptitud para crear elrespectivo derec%o! TAtulo justo esentonces tAtulo le5al!

    CLASES DE MODOS

    R$+"isi#os $l #?#"lo >"s#o : So' o&i(i'!&ios9 cuando lapropiedad se adquiere sin quee?ista una voluntad anterior oprecedente que la transiera9 comoocurre con la accesi$n9 laocupaci$n ) la prescripci$n!

    != 2"$ s$! !#&ib"#i*o $omi'io:Por atributivo se entiende aquel

    So' $&i*!os9 los quetransieren o transmiten lapropiedad con undamento en una

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    apto para adquirir el dominio9 comoserAan la permuta9 la compraventa )la donaci$n! 'o lo serAan los quecrean una relaci$n precaria o demera tenencia como elarrendamiento9 el dep$sito ) el

    comodato!

    sucesi$n jurAdica9 como la tradici$n) la sucesi$n por causa de muerteo acto de partici$n de una%erencia!

    b= El #?#"lo $b$ s$& *$&!$&o:+ebe e?istir realmente9 lo que noocurre con el simulado ) elalsiicado!

    MODOS DE AD2UIRIR ELDOMINIO

    %= D$b$ s$& *@lio: Es decir9 queno adoleca de nulidad9 tal comoserAa el e?pedido con un vicio delconsentimiento4 error9 uera o dolo9por un incapa9 o que ten5a objetoo causa ilAcitos!

    P,ESC,IPCI6'ACCESI6'

    El tAtulo es i'>"s#o9 cuando nore=ne los requisitos le5ales

    T,(+ICI6'

    Son tAtulos injustos OCUP(CIO'El /!lsi/i%!o9 pues conorme anuestra le5islaci$n adolece denulidad absoluta por alta deconsentimiento Fart! /:0 C!C!!Tambi;n es injusto el otor5ado por

    una persona en calidad demandatario o representante le5al deotra sin serlo!

    SUCESIO'

    OCUPACIN#a ocupaci$n es un modo ori5inariode adquirir el dominio de las cosasmuebles que a nadie pertenecen9mediante su apre%ensi$n material

    con el >nimo de aquirirlas ) siempreque la le) permita su apropiaci$n!

    art! M7: la deine asA 4 YPor laocupaci$n se adquiere el dominiode las cosas que no pertenecen anadie9 ) cu)a adquisici$n no es

    pro%ibida por las le)es o por elderec%o internacionalZ!

    RE2UISITOSDE LAOCUPACIN

    a Un objeto mueble sin duenimo dedue

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    animales bravAos9 dom;sticos odomesticados adquiridos por mediode la caa ) la pesca!Doms#i%os: Son los animales queviven ordinariamente bajo ladependencia del %ombre9 ) sobre los

    cuales el due

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    #os tiene la naci$n con el =nico inde adjudicarlos a los particulares9o entidades de derec%o p=blicopara su e?plotaci$n conorme a lale)!

    Son bienes que al no tener duerboles9 donde lo principal esel >rbol ) lo accesorio los rutos9 elarrendamiento donde el canon es loaccesorio ) el inmueble lo principal!

    art! 8/1 del C!C! Z#a accesi$n esun modo de adquirir por el cual eldue

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    ACCESIONACCESIN DESUELO: S$ll!m! #!mbi'!%%$si)' $i'm"$bl$ !

    i'm"$bl$ esla orma pormedio de lacual elpropietario deun bieninmuebleadquiere eldominio delotro inmuebleque se ad%ierenaturalmente a;ste!

    Al"*i)'4 #l>mase asA9 al aumento que reciben lasriberas de los rAos o la5os por el lento e imperceptibleretiro de las a5uas! Para que e?ista la accesi$n poraluvi$n es necesario que %a)a aumento de las riberaspor el retiro lento e imperceptible de las a5uas en

    orma deinitiva9 porque si es violento e intempestivono %abr> accesi$n por aluvi$n! Hue e?ista aumento de la ribera Hue ese aumento sea por el lento e imperceptible

    retiro de las a5uas en orma deinitiva! Hue el retiro sea por obra de la naturalea Hue el retiro sea en orma deinitiva9 porque si se

    %ace alternativamente en su bajar ) crecer9 no seadquiere por accesi$n!

    A*"lsi)' o A*$'i!:#lamase asA9 el desprendimientode la tierra o cualquier otro elemento que por ueranatural es arrancada bruscamente ) transportada deun sitio a otro por medio de la erosi$n u otro en$menonatural!M"#!%i)' $ @l*$o o %!mbio $ %!"%$ $ "' &?o*$& lib&o p@(0 447=Se pueden presentar dos situaciones al respecto 4

    /! El rAo cambia de cauce Fart! 802 C!C!0! Se abre en dos braos que no vuelven a juntarseFart! 80: C!C!

    En el primer caso los propietarios riberanos9 conormeal art! 8029 pueden %acer las obras necesarias pararestituir las a5uas a su anti5uo cauce! Si no se puedenrestituir9 la parte que queda en seco accede a laspropiedades riberanas en la misma orma del aluvi$nFart!80! En el se5undo caso9 si el rAo se divide en dos

    braos que no vuelven a juntarse9 la parte del anteriorcauce que queda en seco9 se distribu)e entre lospropietarios riberanos!

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    ACCESIONFo&m!%i)' $ isl!s:/!#a nueva isla se mirar> como

    parte del cauce o lec%o mientras uere ocupada )desocupada alternativamente por las a5uas en sucrecer ) bajar peri$dicamente ) no acceder> entretanto a los predios riberanos!

    0!#a nueva isla ormada por un rAo que se abre en dosbraos ) vuelven despu;s a juntarse no altera alanterior dominio de los terrenos comprendidos entreellas9 pero el nuevo terreno descubierto por el rAo9acceder> a las %eredades conti5uas como en el casodel art! 802!

    1!#a nueva isla que se orma en el cauce de un rAoacceder> a las %eredades m>s cercanas a la isla9correspondiendo a cada %eredad la partecomprendida entre sus respectivas lAneas dedemarcaci$n!

    2!Para la distribuci$n de una nueva isla se prescindir>enteramente de la isla o islas que %a)an pree?istidoa ella ) la nueva isla acceder> a las %eredadesriberanas como si ella sola e?istiese!

    :! #os due

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    TRADICION%= Es ! #?#"lo o'$&oso o (&!#"i#o: Si latradici$n est> precedida de compraventa9permuta9 aporte en sociedad9 daci$n en pa5o9 serealia a tAtulo oneroso! Si va precedida dedonaci$n es a tAtulo 5ratuito!

    = Es "'! %o'*$'%i)': #a convenci$n es unne5ocio jurAdico que crea9 modiica o e?tin5ueobli5aciones! Por el contrato se creanobli5aciones9 de allA que todo contrato sea unaconvenci$n pero no toda convenci$n sea uncontrato! #a tradici$n es una convenci$n9 )a quetiene como in e?clusivo e?tin5uir una obli5aci$nemanada del tAtulo! El tAtulo ordena al vendedor laentre5a de la cosa9 la tradici$n cumple con estemandato! #a =nica e?cepci$n en que la tradici$ncrea obli5aciones9 se presenta en el contrato demutuo o pr;stamo de consumo!$= El #?#"lo +"$ l! o&i(i'! $b$ ($'$&!& l!!+"isi%i)' $l $&$%o &$!l:FtAtulo traslaticio9como la denomina el C!C! art! 82:! El comodato9el arrendamiento9 el dep$sito9 no 5enerantradici$n9 )a que crean obli5aciones de %acer!/= Es "' '$(o%io >"&?i%o isposi#i*obil!#$&!l: 'ecesita la maniestaci$n de dos

    voluntades 4 la intenci$n de transerir en eltradente ) la intenci$n de adquirir en eladquirente(= Por la tradici$n se adquiere el derec%o realsobre cosas sin5ulares9 e?cepcionalmente cosasuniversales como en la compraventa de underec%o %erencial! Juan muere ) deja un%eredero9 Pedro! Este puede venderle a *ario losderec%os %erenciales que le tocar>n en la

    partici$n! *ario adquiere el dominio por tradici$n!

    ENTREGA TRADICION#a entre5a implica el %ec%o Asico omaterial de poner una cosa en poder deotro9 Yel pasar de una mano a otra underec%o

    #a tradici$n es una entre5aespecialiada9 con intenci$npor parte del tradente detranserir el dominio ) deladquirente de adquirirlo9 cone?istencia previa de un tAtuloatributivo de dominio!

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    TRADICION

    RE2UISITOS

    a E?istencia de dos personas9 tradente )adquirente! Tradente deber ser titular del derec%o )debe tener acultad para transerirlob Consentimiento e?ento de vicios entre tradente )adquirente! #os demente9 los imp=beres9 los

    sordomudose E?istencia de un tAtulo traslaticio de dominio que5enere una obli5aci$n de dar!

    Entre5a de la cosa! Para transerir la propiedad decosas muebles se necesita la $'#&$(! m!#$&i!l9 undesapoderamiento real ) visible de la cosa! latradici$n del dominio de los derec%os reales seeect=a por la inscripci$n en la oicina de re5istro deinstrumentos p=blicos

    T&!i%i)' $ '!*$s !$&o'!*$s:Cuando se trata de naves ma)ores9 osea aquellas embarcaciones que ten5an por objeto la constituci$n9modiicaci$n o e?tinci$n de derec%os reales9 requiere de la solemnidad dela escritura p=blica! Su tradici$n debe realiarse mediante inscripci$n enla capitanAa del puerto competente ) entre5a material! Fart! /208 C!Co!!El mismo procedimiento se realia respecto a aeronaves con la salvedadde que el re5istro de la escritura p=blica se eect=a en el ,e5istro(eron>utico 'acional!T&!i%i)' $ *$?%"los !"#omo#o&$s: Tanto en materia civil comocomercial la enajenaci$n de un ve%Aculo automotor sur5e a la vida jurAdica

    por el consentimiento de los contratantes! Es decir9 si los contratantesest>n de acuerdo con el ve%Aculo ) el precio9 inmediatamente sur5en lasobli5aciones derivadas del contrato9 entre las cuales sobresale por partedel vendedor la de %acer tradici$nTRADICIN DE BIENES INMUEBLES: a Celebraci$n de ne5ocio

    jurAdico apto para adquirir Fescritura p=blica9 b Tradici$n realiada pormedio de la inscripci$n del tAtulo en la Oicina de ,e5istro deInstrumentos P=blicos del lu5ar de ubicaci$n del inmueble9 c Posesi$ndel inmueble por el adquirente!

    EFECTOS DE LATRADICIN

    Si la tradici$n se realia por el verdaderopropietario del bien9 se transiere por ella eldominio al adquirente!Si el YtradenteZ no es due

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    PRESCRIPCIONDEFINICION Es un modo de adquirir las cosas ajenas9 o de e?tin5uir

    las acciones o derec%os ajenos9 por %aberse poseAdo lascosas ) no %aberse ejercido dic%as acciones ) derec%osdurante cierto lapso de tiempo9 ) concurriendo losdem>s requisitos le5alesZ!

    CLASES DE PRESCRIPCINPRESCRIPCIN AD2UISITIVA OUSUCAPIN

    PRESCRIPCIN EXTINTIVA OLIBERATORIA

    se adquiere el dominio de los bienescorporales raAces o muebles que est>nen el comercio ) que se %an poseAdocon las condiciones le5ales no seadquieren por este medio aquellosbienes que por disposici$n de la le) se

    encuentran uera del comercio9 comoson los bienes embar5ados9 los bienesde uso p=blico9 los derec%ospersonales

    E?tin5ue las acciones o derec%osajenos por no ejercerlos sutitular en el tiempo establecidoen la le)!

    OBJETIVO

    Coniere la titularidad del derec%o al poseedorSanea la titulaci$n de derec%os aparentesSirve de prueba m>?ima del derec%o real de propiedadEstabilia las relaciones jurAdicas

    PRINCIPIOS

    U'i*$&s!li! $ l! p&$s%&ip%i)': #a prescripci$npuede obrar en pro o en contra de todas las personasnaturales ) jurAdicasL! p&$s%&ip%i)' $s $ o&$' pbli%o: #os t;rminosestablecidos por la le) para adquirir un derec%o porprescripci$n no pueden estar sometidos a la voluntad delas partes!R$'"'%i! ! l! p&$s%&ip%i)': #a le) admite que laprescripci$n pueda renunciarse despu;s del cumplimientodel plao establecido!

    L! p&$s%&ip%i)' #i$'$ +"$ !l$(!&s$ $' >"i%io: #aprescripci$n adquisitiva puede ale5arse como acci$n dedeclaraci$n de pertenencia o como demanda dereconvenci$n!

    CARACTER-STICASDE LA PRESCRIPCIN

    Es un modo ori5inarioEs un modo de adquirir a tAtulo sin5ularEs a tAtulo 5ratuitoEs un modo de adquirir por acto entre vivos

    RE2UISITOS a Hue los bienes objetos de posesi$n seancomerciales ajenos!b Posesi$n material sin interrupciones

    44

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    c Tiempo ) requisitos de le)INTERRUPCIN DE LA PRESCRIPCION

    NATURAL CIVIL/! Cuando sin %aber pasado la

    posesi$n a otras manos9 se %a%ec%o imposible el ejercicio de

    actos posesorios9 como cuando una%eredad %a sido permanentementeinundada!

    Cuando antes de cumplirse elt;rmino de prescripci$n9 sepresenta una demanda

    reinvindicatoria o posesoria contrael poseedor por el propietario delbien9 por un tercer poseedor enacci$n posesoria o por elposeedor e?clusivo de lacomunidad que interpone laacci$n divisoria del bien com=n!Esta interrupci$n est> consa5radaen el art! C!P!C!

    0! Cuando se %a perdido la posesi$npor %aber entrado en ella otrapersona!

    AD2UISITIVA ORDINARIAPOSESION REGULAR=

    AD2UISITVAEXTRAORDINARIA POSESION

    IRREGULAR=/! Justo Titulo /! 'o %a) Justo Titulo0! Buena -e 0! O no %a) buena e1! Termino ininterrumpido de : a

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    SERVIDUMBRE

    POR SUORIGEN:

    'aturales4Son naturales las Yque provienen de la naturalsituaci$n de los lu5aresZ Fart! 777 C!C! #a servidumbrenatural por e?celencia es la de derrame de a5uas lluvias#e5ales4Son las impuestas por la le)Voluntarias4Son las ori5inadas en la voluntad de las partes

    POR SUEJERCICIO

    Continuas4 #as que para su ejercicio no requieren de un%ec%o actual del %ombre! Un acueducto no requiere de lapresencia diaria del propietario beneiciado con ;l!+iscontinuas4#as que suponen un %ec%o actual del %ombre )se ejercen durante intervalos m>s o menos lar5os de tiempoFart! 77/ C!C!! #a servidumbre de tr>nsito9 el sacar a5ua deun poo a trav;s de un predio9 son continuas porquenecesitan de un %ec%o actual del %ombre!

    POR LASSEKALESDE SUEXISTENCIA

    Ap!&$'#$s: #as que est>n continuamente a la vista9 como la

    de tr>nsito9 cuado se %ace por una senda o por una puertaespecialmente destinada a ;l! F(rt!770 C!C!I'!p!&$'#$s:#as que no se conocen por una sensito por un sendero oculto9 la deacueducto a trav;s de un canal que no es visible a lasupericie! 'o elevar las paredes9 no ediicar o plantar

    POR LACARGADELPREDIOSIRVIENTE

    Posi#i*!s: Imponen al due

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    USUFRUCTO5;nero o de pa5ar su valor si la cosa es un5ibleZ Fart!701C!C!

    FUENTES DEL USUFRUCTO

    30 Us"/&"%#ol$(!l

    Es le5al cuando lo permite la le) directamente9 comoel que tienen los padres sobre los bienes del peculio

    adventicio ordinario del %ijo de amilia F+to! 070 de/829 art! 0M!

    40 Us"/&"%#o*ol"'#!&io

    Es el emanado de la voluntad del %ombre9 por actoentre vivos Fa tAtulo 5ratuito u oneroso o pordisposici$n testamentaria Farts! 70:9 709 71 delC!C!!

    50 Us"/&"%#opo&

    p&$s%&ip%i)'

    Se5=n el art! 0:11 del C!C!9 Ylos derec%os reales seadquieren por la prescripci$n de la misma manera queel dominio9 ) est>n sujetos a las mismas re5las[Z

    El ordinal 2\ del art! 70: del C!C! admitee?presamente la adquisici$n del usuructo porprescripci$n!

    DURACIN DELUSUFRUCTO

    Si no se ija tiempo al5uno para su duraci$n9 seentiende constituido por toda la vida delusuructuario! Si se trata de un usuructo constituidoen avor de una corporaci$n o undaci$n9 su duraci$nno puede pasar de 1 anones )car5as de la cosa

    +erec%o a dar en arrendamiento oceder el usuructo

    +ebe respetar los arriendospree?istentes ) recibir la cosa

    en el estado en que seencuentre

    +ebe cuidar la cosa dada enusuructo como un buen padre deamilia ) usarla sin alterar suorma o sustanciaObli5aci$n de restituir la cosaructuaria una ve inaliado elusuructo!

    DERECHOS 1 OBLIGACIONES DEL NUDO PROPIETARIODERECHOS OBLIGACIONES+erec%os de disposici$n Obli5aci$n de atender a las

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    USUFRUCTOreparaciones ma)ores!

    +erec%o a obtener rutos pendientesal momento de la restituci$n del bien!

    Obli5aci$n de indemniar alusuructuario por los perjuicioscausados!

    DERECHOS OBLIGACIONES

    +erec%o a indemniaciones! Obli5aci$n de au?iliar alusuructuario en la deensa de lacosa ructuaria!

    +erec%o al tesoro!+erec%o a solicitar

    jurisdiccionalmente la terminaci$n delusuructo9 a entablar acciones reales9posesorias ) la acci$n personal derestituci$n!

    EXTINCIN DELUSUFRUCTO

    / Por la lle5ada del dAa o el cumplimiento de lacondici$n0 Por muerte del usuructuario1 Por resoluci$n del derec%o del constitu)ente2 Por conusi$n del usuructo con la nuda propiedad: Por renuncia del usuructuarioM Por prescripci$n8 Por destrucci$n completa de la cosa ructuaria7 Por sentencia judicial

    ACCIONES

    ACCIONREIVINDICATORIA

    #a reivindicaci$n o acci$n de dominio9 es la quetiene el due en posesi$n9 para que el poseedor de ella seacondenado a restituirla! (cci$n protectora delderec%o real

    PRESUPUESTOS

    / Hue el demandante sea titular del derec%ode propiedad sobre la cosa cu)a restituci$ndemanda!

    0 Cosa sin5ular reivindicable o cuotadeterminada de cosa sin5ular!

    1 Identidad entre lo poseAdo ) lo pretendido2 Hue el demandado ten5a la calidad jurAdica

    de poseedor!

    ACCIONPUBLICIANA

    Se concede la misma acci$n Fla reivindicatoria Yaunqueno se pruebe dominio9 al que %a perdido la posesi$nre5ular de la cosa ) se %allaba en el caso de poderla

    5anar por prescripci$nZ!RE2UISITOS a Solo la tiene el poseedor re5ular

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    b El poseedor re5ular debe %aber perdido la posesi$nde la cosa!

    c El poseedor debe estar en camino de 5anar eldominio por prescripci$n4 !

    d #a acci$n publiciana =nicamente puede iniciarla elposeedor re5ular contra una persona que no sea el

    verdadero due

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    OBLIGACIONES

    DEFINICION

    VAnculo jurAdico en cu)a virtud una persona llamadaacreedor puede e?i5ir a otra llamada deudor larealiaci$n de una conducta consistente en dar9 %acer ono %acer!

    ELEMENTOS

    JU,I+ICOS4Coerci$n para que el acreedor pueda e?i5irdeterminada conductaSUBJETIVO4Sujetos9 personas naturales o jurAdicas!(ctivo4 (creedorPasivo4 +eudorOBJETIVO4Prestaci$n o conducta del deudor que es dar9%acer o no %acer!

    DAR Transerir el dominio u otro derec%o real! Cosa material9

    HACER+ierente a la transmisi$n del derec%o de dominio ) otroderec%o real! Cosas o conductas del %ombre!

    NO HACER (bstenerse de ejecutar un acci$nNATURALE.A DE LA OBLIGACION

    JURIDICA,elaci$n jurAdica9 %a) coercibilidad9 el acreedor puedee?i5ir por medio del estado su cumplimiento F6r5anoJurisdiccional

    PERSONAL ,elaci$n entre sujeto activo ) pasivo9 relaci$n entrepersona natural ) jurAdicas!

    PATRIMONIALValoraci$n econ$mica determinada por la prestaci$n acar5o del deudor!

    CLASIFICACIONES DE LAS OBLIGACIONES

    POR SU FUENTE

    Voluntarias4 'acen con la intenci$n de la voluntad!(cto o ne5ocio jurAdico!Involuntarias4 'o interviene la voluntad del %ombre ensu creaci$n4 %ec%o ilAcito9 enriquecimiento sin causa )la le)!

    POR SU OBJETO

    +ar9 "acer9 'o "acerObli5aciones +e *edio4 Cuando el deudor lo 5arantia,esultado4 'o se 5arantia el resultado pero debe

    cumplir normas t;cnicas FProesionales9 abo5adosGenero4 Cuando el individuo Fobjeto esindeterminadoEspecie4Cuando el individuo es determinado#a perdida de la cosa no e?tin5ue la obli5aci$n en lasobli5aciones de 5enero9 en las obli5aciones de especiese e?tin5ue con o sin responsabilidad se5=n el caso!

    POR SUSANCIN

    Civil4Est> acultado para e?i5ir su cumplimiento'atural4 'o se est> acultado para e?i5ir su

    cumplimiento pero si para retener lo dado o pa5ado!Ejm contrato con incapa relativo9 e?tinci$n porprescripci$n9 ) no probadas en el proceso!

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    POR SUPRESTACION

    Positivas4,ealiar un %ec%o FTeorAa de la mora'e5ativas4'o realiar un %ec%o

    POR SUDEPENDENCIA

    Principales4#as que proviene de un contrato principal) que e?isten por si mismas(ccesorias4+ependen de otro %ec%o o contrato

    PURASSIMPLES 1MODALES

    *O+(#ES4Condici$n9

    Plao4 Es un %ec%o uturo ) cierto!*odo4 -orma de cumplir la obli5aci$nCo'i%i)': H$%o /"#"&o $' i'%i$o0 S$ %l!si/i%!'$':E?presa4 #as que son estipuladas por las partesT>cita4 Subentendida! 'o es necesario pactarla!Condici$n resolutoria!+eterminada4 Se sabe cuando va a ocurrir el %ec%o!Indeterminada4 'o se sabe cuando va a ocurrir el

    %ec%oPositiva4 Hue aconteca un %ec%o determinado!'e5ativa4 Hue no aconteca un %ec%o determinadoPotestativa4 +epende =nicamente de la voluntad delacreedor&Simplemente potestativa4 +epende de la obli5aci$ndel que se obli5a mas la realiaci$n de un %ec%oe?terior&Puramente Potestativa4 +epende =nicamente de la

    voluntad del obli5ado sin la ocurrencia de un %ec%o

    e?terior!Casual4 +epende de la voluntad de un tercero o de unacaso!*i?ta4 +epende en parte de la voluntad de un terceroo de un acaso!Posible4 +ebe ser posible Asica ) moralmente,esolutoria4 Por su cumplimiento el derec%o see?tin5ueSuspensiva4 Si no se cumple impide el nacimiento de

    la obli5aci$n!

    ESTADOS DE LACONDICIN

    PE'+IE'TE4 Incertidumbre por el %ec%o uturo eincierto! 'o se sabe si se realiar> o no!CU*P#I+(4Positiva4 "a) certea del cumplimiento del %ec%o!'e5ativa4 "a) certea del no cumplimiento del %ec%o-(##I+(4Certea de que no se pudo realiar

    CONDICINRESOLUTORIAORDINARIA

    Se pacta que a la realiaci$n de un %ec%o uturo eincierto se e?tin5ue el derec%oEectos4 Cumplida el derec%o se e?tin5ue!

    CONDICINRESOLUTORIATCITA

    ImplAcita en todos los ne5ocios o contratos!Eecto4 #a parte perjudicada pide el cumplimiento oresoluci$n ) el pa5o de perjuicios!

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    ACCIONRESOLUTORIA

    Sur5e de la condici$n resolutoria t>cita o del pactocomisorio! Para que el ne5ocio se resuelva con eectosretroactivos ) cancelando el pa5o de perjuicios!

    EFECTOSENTRE LAS

    PARTES

    Se mira como si no %ubiera e?isti$ el contrato9 las cosas

    vuelven a su estado anterior9 los rutos no se adeudan!FRENTE ATERCEROS

    S$lo se puede reivindicar contra el de mala e

    PLA.O "ec%o uturo ) cierto del cual depende elcumplimiento de una obli5aci$n

    CARACTERISTICASCIE,TO4Hue se cumple-UTU,O4'o se reiere no al presente ni al pasado!

    CLASIFICACIONPLA.O EXPRESO Es el estipulado9 puede ser verbal o escritoPLA.O TCITO El indispensable para cumplir

    CLASIFICACION

    PLA.O LEGAL Se

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    Por Caducidad

    OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE OBJETOSDE SIMPLEOBJETO

    MULTIPLE

    +eben cumplirse todas las prestaciones

    ALTERNATIVASS$ $b$*!&i!s %os!s

    Con el cumplimiento de una sola de las prestaciones see?tin5uen las dem>sEFECTOS #a elecci$n es del deudor a

    menos que se %a)a pactado locontrarioSe debe pa5ar o ejecutar unasola cosaEl acreedor no puede demandar

    una cosa en especial por ser aelecci$n del deudorEl deudor puede enajenar odestruir cualquier cosa siempreque deje una para el pa5o

    FACULTATIVAS

    Es la que tiene por objeto una cosa determinada perose concede al deudor la acultad de pa5ar con estacosa o con otra que se le desi5neCARACTERISTICAS El acreedor no tiene derec%o

    para pedir otra cosa que aquella

    en la que el deudor esta obli5adoSi perece la cosa sin culpa deldeudor ) sin constituci$n enmora9 se e?tin5ue la obli5aci$n!

    OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOSCONJUNTAS SUBJETIVAMENTE

    DEFINICIN 'acidas de la misma uente! ,ecaen sobre objetodivisible! E?iste pluralidad de sujetos! Cada

    acreedor solo puede e?i5ir su cuota ) cada deudorsolo est> obli5ado a su cuota!

    CARACTERISTICAS Cada uno e?i5e ) pa5a se5=n su cuotaEl pa5o de una cuota no e?tin5ue las dem>s#a insolvencia de uno no 5raba a los dem>s#a mora del deudor no aecta a los dem>s#a nulidad de uno no se predica para lo dem>s#a prescripci$n e?tintiva que obra a avor de uno9

    no avorece a los dem>s#a interrupci$n que avorece a uno de losacreedores no avorece a los dem>s!

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    ,ecae sobre cosa divisible

    SOLIDARIAS

    E?isten a car5o de dos o m>s deudores a avor dedos o m>s acreedores vinculado de tal manera quecada uno de los deudores puede ser obli5ado alpa5o de la totalidad a cada acreedor o cadaacreedor puede e?i5ir el pa5o total de la

    prestaci$n! Pueden ser o no divisibles! #asolidaridad debe ser e?presamente declarada entodos los casos en donde no lo establece la le)!CLASES Se5=n la uente4 #e5al9 pactada o

    convencional ) testamentaria

    Se5=n su sujeto4 (ctiva4 Pluralidadde acreedores Pasiva4 Pluralidadde deudores!

    RELACIN ENTRESUJETOSSoli!&i!=

    Entreacreedores )deudores

    E?i5ibilidad4 El acreedor podar>diri5irse contra todos los deudoressolidarios conjuntamente o contracualquiera de ellos!Pa5o4 El deudo puede eectuar elpa5o al acreedor que elija

    EntreCoacreedores

    Entre+eudores )(creedores

    Pa5o4 El deudor puede %acer pa5oa cualquiera de los acreedoressiempre que no %a)a sidodemandado por uno de ellos!#a deuda pa5ada por un deudor acualquiera de los acreedorese?tin5ue la deuda para todos!E?cepciones4 /! ,eales4 (ectan latotalidad de la obli5aci$n ) atacan a

    la relaci$n misma para destruirla!Ejm pa5o9 novaci$n!0! Personales4 Se reiere arelaciones individuales

    EntreCodeudores

    Subro5aci$n -icci$n #e5al4 Eldeudor pasa a ocupar el puesto delacreedor con todos sus privile5ios!Si %a) insolvencia de uno de losdeudores9 su cuota ser> pa5ada porlos dem>s a prorrata!

    EXTINCIN DE LA SOLIDARIDAD54

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    Entre Coacreedores se e?tin5ue cuando uno de ellos se %a demandadoCuando uno o todos los deudores %an pa5ado#a solidaridad no se trasmite a los %erederosPor renuncia del acreedor4

    /! General4 ,especto a todos0! Particular4 ,especto a al5unos

    1! T>cita4 reconoce el pa5o2! E?presa4 Se establece e la demanda

    INDIVISIBLES'ace del objeto se5=n sea divisible o no! Indivisible4 Cuando no se puedecumplir por cuotas o partes!

    CARACTERISTICAS

    Cada uno de los acreedores e?i5e la totalidad de la

    deudaCada uno de los deudores est> obli5ado a pa5arlatotalmenteEl cumplimiento de cualquier deudor e?tin5ue laobli5aci$n#a interrupci$n de la prescripci$n para uno operarente a todos#a indivisibilidad es transmisible para %erederosdel deudor ) del acreedor!

    FUENTES DE LAS OBLIGACIONES30 EL NEGOCIO O ACTO JURIDICO

    DEFINICION *aniestaci$n de una o m>s voluntades encaminadasrele?iva ) directamente a constituir9 modiicar oe?tin5uir una relaci$n jurAdica!

    ELEMENTOSEsenciales4 Indispensables para que elne5ocio naca a la vida jurAdica4 +os

    ormas4/! Generales4 Voluntad9 capacidadObjeto ) causa

    Particulares4 -ormalidades propias del'e5oci$ JurAdico

    +e Valide4/! Voluntad lAcita9 real! #ibe

    ) sin vicios0! Capacidad de ejercicio1! Objeto #Acito2! Causa #Acita

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    30VOLUNTAD:

    ELEMENTOS

    Es la e?terioriaci$n de un quererinterno para provocar un eecto

    jurAdico!/! Interno4 Huerer de la persona0! E?terno4 +eclarado por la

    persona!

    +ebe ser seria9 recta9 %onesta ) sinvicios!

    VICIOS DELCONSENTIMIENTOERROR

    E,,O,4 Es la discrepancia entre elobjeto ) lo que se predica de el

    CLASES DE ERROR

    +E +E,EC"O4 'o vicia elconsentimiento! Cuando se cree queuna norma jurAdica re5uladeterminado %ec%o o cuando se creeque no %a) norma que lo re5ule!+E "EC"O4 Vicia el consentimiento!

    4 Sobre la 'aturalea del acto4Una persona piensa encompraventa ) la otra endonaci$n

    4 Sobre la identidad especAica44 Sobre la sustancia

    4 Error Intuito PersonaeKGenera 'ulidad ,elativaE,,O, CO*U'4 'o vicia elconsentimiento ) 5enera derec%os!Se requiere que sea de car>cter5eneral9 invencible de buena e!

    RE2UISITOS DELERROR PARA SERVICIO

    +eterminanteComunicativoE?cusable

    VICIOS DELCONSENTIMIENTOFUER.A

    -UE,(4 Todo desplaamiento deener5Aa de un cuerpo a otro! Cuandoesa violencia es ile5itima ) se ejercesobre una persona se transorma enviolencia la cual 5enera miedo9 estemiedo es el que induce a larealiaci$n del acto o contrato!Para que vicie el consentimientodebe ser4

    /! +eterminante0! Ile5itima1! Producir Justo temor2! Interna o e?terna

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    EFECTO Genera 'ulidad ,elativaVICIOS DELCONSENTIMIENTODOLO

    *aniobra raudulenta proveniente deuna parte a in de en5a

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    A0CLASIFICACINDE LA CAUSA

    Causa -inal4 El resultado o el in que se debe producir!

    B0 LA CAUSA ENEL C0C0

    El artAculo /:02 e?i5e una causa real ) lAcita! Se reierea los motivos determinantes que %an llevado a laspersonas a contratar!

    FUENTES DE LAS OBLIGACIONES40 EL HECHO ILICITO

    CONCEPTO

    Es otra uente de obli5aciones! Todo %ec%o contrario ala le) o contrario al contrato que causa u ocasiona unda

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    E?oneraci$n de la responsabilidad4/! +esvirtuando cualquiera de los elementos de laresponsabilidad0! #e5Atima deensa4 Por la necesidad de deender underec%o propio o ajeno contra injusta a5resi$n actuale inminente9 debe ser proporcional!

    1! Estado de 'ecesidad4 Por la necesidad de prote5erun derec%o o propio o ajeno de un peli5ro actual einminente no evitable de otra manera! El a5ente nolo debe %aber causado intencionalmente o con culpa!

    40 POR EL HECHOAJENO

    Concepto4 Obli5aci$n de reparar da

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    1! *ora del (creedor4 Se da cuando se nie5a arecibir el pa5o del deudor!,equisitos4El pa5o debe %acerse conorme a lo convenidoEl acreedor debe ne5arse a recibir o %ace imposibleel cumplimiento!

    Eectos de la mora4+eudor no est> obli5ado al pa5o de perjuiciosEl acreedor debe indemniar al deudor cuando enra$n de su mora este %a incurrido en 5astos!El deudor solo responde por dolo o culpa9 el casoortuito queda a car5o del acreedor+eudor debe pa5ar mediante consi5naci$n

    CAUSALES DE EXONERACIN DE LA RESPONSABILIDADFUER.A MA1OR OCASO FORTUITO

    Imprevisto imposible de resistir

    IMPOSIBILIDADSUBJETIVA TEORIADE LAIMPREVISIN=

    Cuando por circunstancias particularesposteriores a la celebraci$n del contrato9 no sepuede cumplir!

    HECHO EXCLUSIVODE UN TERCERODOLO O CULPAGRAVE DEL DEUDOR

    ELEMENTOS DE LARESPONSABILIDAD

    Conducta culposa o la imputabilidad material

    +a

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    ;l!'ulidad del Pa5o4 El pa5o en que se debe transerirla propiedad no es v>lido sino en cuanto el que pa5aes duelido solo si es ratiicado por el acreedor!

    NOVACIN

    Consiste en sustituir una obli5aci$n por otra nueva,equisitos4(nimus 'ovandiHue las obli5aciones sean validasCambio de prestacionesClases de 'ovaci$n4&Por cambio de Objeto4&Por cambio de sujeto4Eecto de la 'ovaci$n4 E?tin5ue la obli5aci$nprimitiva

    TRANSACCION

    Es un contrato en que las partes terminane?trajudicialmente un liti5io pendiente o precaven unliti5io eventual!E-ECTOS4 Surte eectos entre los contratantes ) elobjeto!

    REMISION

    Es la condonaci$n de la deuda 5ratuita u onerosa

    5ratuita si no %ace nin5=n cobro ) onerosa siperdona solo una parte de la deuda!

    COMPENSACIN

    +os personas son entre si acreedoras ) deudoras! See?tin5ue la obli5aci$n %asta concurrencia de susvalores!,equisitos4Hue ambas deudas sean en dinero o un5ibles de lamisma calidadHue ambas deudas sean liquidas

    Hue ambas sean e?i5ibles+ebe ser ale5ada!

    CONFUSINCuando en una misma persona se dan las calidadesde acreedor ) deudor se e?tin5ue la obli5aci$n

    PRDIDA DE LACOSA 2UE SEDEBE

    Cuando el cuerpo cierto de la cosa que se debe9 see?tin5ue9 se destru)e9 deja de estar en el comercio odesaparecer!,equisitos4Hue la cosa pereca sin culpa del deudorHue el deudor pruebe debidamente el %ec%o deltercero o el caso ortuito que ale5aHue no se trate de un cuerpo cierto %urtado o robado

    POR LA 'ulo es el acto o contrato que le alta al5uno de los61

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    DECLARACINDE NULIDAD OPOR LARESCISIN

    requisitos'U#I+( (BSO#UT(4 Producida por objeto o causailAcita o por los contrato celebrados con incapacesabsolutos!'U#I+(+ ,E#(TIV(4 Producida por cualquier otrotipo de vicios!

    E-ECTOS +E #( +EC#(,(TO,I(4#as cosas vuelven a su estado inicial a e?cepci$n delos contratos con objeto o causa ilAcita!Se deben prestaciones mutuas salvo cuando secontrata con un incapaNULIDAD EN EL C0 Co0(BSO#UT(4 Cuando el ne5ocio jurAdico contrarAa unanorma imperante!Cuando ten5a causa u objeto ilAcito o celebrado conabsolutamente incapa!('U#(CIO'4 #os celebrado con incapaces relativos )cuando e?istan vicios del consentimiento!CO'V(#I+(CI6'4 ,atiicaci$n e?presa de las partesperecciona el acto ine?istente!I'EISTE'CI( +E CO'T,(TOS4 Celebrados sin lassolemnidades substanciales que la le) e?i5e o cuandole alta al5uno de los elementos esenciales!I'OPO'IBI#I+(+4 Ser> inoponible a terceros elne5ocio jurAdico celebrado sin los requisitos de

    publicidad que la le) e?i5e!

    PRESCRIPCION

    E?i5e tiempo durante el cual no se %a)an ejercido lasacciones! Puede interrumpirse naturalmente cuandose reconoce el deudor ) civilmente cuando %a)demanda!E-ECTOS4E?i5e la obli5aci$n civilmente pero el deudor si5ueobli5ado naturalmentePara que se de la produca la e?tinci$n la

    prescripci$n debe ser ale5ada!CONTRATOS

    DEFINICION

    'e5ocio jurAdico que crea derec%os ) obli5aciones en el patrimoniode un sujeto9 consiste en un pacto o convenio entre una parte que seobli5a ) otra a la que se 5enera un derec%o sobre materia o cosadeterminada!Un contrato puede %acerse por escritura p=blica o documentoprivado F'o necesita autenticaci$n ante notario!

    ELEMENTOS DEL CONTRATO

    DE LA ESENCIA: Si no e?iste al5uno el contrato no e?iste Ejm4 Precio ) cosa!DE LA NATURALE.A Sin estar escritos se entiende que le pertenecen! Carro

    embar5ado debe ser saneado por el vendedor62

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    ACCIDENTALES OTRANSITORIOS

    #as partes de mutuo acuerdo los suscriben! Ejm4 Cl>usulasadicionales9 lu5ar!

    ELEMENTOS DE LA EXISTENCIA 1 VLIDE. DE UN CONTRATODE LA EXISTENCIA

    CONSENTIMIENTO Es la com=n intenci$n de los contratantes9 su acuerdo devoluntades9 es la m>?ima e?presi$n de su voluntad!

    CAPACIDAD (ptitud que se tiene para obli5arse por si mismo sin elministerio de la le) ni la autoriaci$n de otra persona!OBJETO "ace reerencia al tipo de ne5ocio que queremosCAUSA

    DE LA VALIDE.30 CONSENTIMIENTO EXENTO DEVICIOS

    Hue no e?iste error9 uera o dolo!

    ERROR: Inco%erencia entre lo que se piensa con larealidad! -alsa o ine?acta idea que se orma

    el contratante sobre uno de los elementosdel contrato!CLASES DE ERROR

    ERROR DE HECHO Error obst>culo9 Error 'ulidad ) Erroresindierentes

    /! E,,O, OBST(CU#O4Se divide en Objeto9 sobre la causa ) la naturalea F(ctoseria ine?istencia

    /! E&&o& sob&$ $l ob>$#o:Cada contratante tiene un objeto distinto! 'o %a)acuerdo de voluntades sobre el objeto del contrato!

    0! E&&o& sob&$ l! %!"s!:,ecae sobre la ra$n o motivo determinante que %allevado a los contratantes a dar su consentimiento!

    1! E&&o& sob&$ l! '!#"&!l$!: Cuando las partes se equivocan sobre lanaturalea del contrato! Ejm4 Una persona transiere a otra cre)endovend;rsela9 quien la recibe9 piensa que se est> %aciendo una donaci$n!

    0! E,,O, 'U#I+(+4Se divide en error en la sustancia ) en la persona/! Error sobre la sustancia4 'o impide la ormaci$n del consentimiento como en elerror obst>culo sino que lo vicia! "a) consentimiento9 pero equivocado! +ebe serbilateral9 es decir9 compartido por la otra parte!

    "a) dos teorAas4 Ob>$#i*!4 El error se presenta respecto del material del que

    esta %ec%o la cosa! Compr$ cre)endo que es de oro ) es de bronce! S"b>$#i*!:Cuando el error se presenta sobre suscualidades9 como ori5en9 utilidad9 autenticidad!+ebe ser bilateral9 es decir9 compartido por la otra parte!

    0! Error sobre la persona4 'o vicia el consentimiento salvo que la consideraci$n dea persona sea la causa del contrato! Se da en el contrato intutito personae el viciodel consentimiento! F*atrimonio9 adopci$n

    a! Sobre su identidad Asica!b! ,ecae sobre sus cualidades

    c! El que se reiere a la identidad civil o jurAdica1! E,,O, I'+I-E,E'TE4Error sobre simples motivos que no son determinantes delconsentimiento!

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    ERROR DEDERECHO

    ,ecae sobre una norma de derec%o9 es el desconocimiento oequivocado conocimiento de una re5la de derec%o! Eldesconocimiento de la le) no es e?cusa! 'emo liceat le5emi5norare

    FUER.A: (menaa ejercitada sobre un contratante para obtener de ;l unconsentimiento orado9 la uera puede ser Asica ) moral!

    -Asica4 Constre

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    CONSENTIMIENTOEs aquel en el queas partes estipulanibremente susdiversas cl>usulas

    'o %a) discusi$nposible entre laspartes ) se ormamediante laaceptaci$n por

    una de ellas delas condicionessenime de laspartes que celebran!Solo puede

    eectuarse cuandotodas las partes %anconsentido en el!

    Es aquel que aectaa todos losmiembros de un5rupo o colectividadaun cuando no

    %a)an consentido en;l por el %ec%o deormar parte de ese5rupo!

    SEGN LOS DERECHOS 2UE LOS ORIGINANDESDE LAS

    OBLIGACIONES 2UE

    SURGEN

    DESDE SU UTILIDAD

    UNILATERAL GRATUITO CONMUTATIVOSolo resultanobli5aciones para unade las partes! Ejm4mutuo9 deposito )renta vitalicia!

    Cuando solo una de las partessure el quebrantamientopatrimonial ) la otra sincontraprestaci$n recibe unbeneicio

    +esde la ormaci$n delcontrato las prestacionesson ciertas9 conocidas9 )irmes por lo tanto sereputan equivalente! Ejm4Compraventa )arrendamiento!

    BILATERAL ONEROSO ALEATORIO

    Cuando produceobli5aciones paratodas las partescontratantes! Ejm4Compraventa )arrendamiento!

    Cuando ambas partes se 5ravancon el derec%o reciproco!

    #a e?tensi$n de lasobli5aciones de las parteso la e?istencia de ellasdependen de unacontecimiento uturo eincierto9 sin que laspartes puedan establecerbeneicios o p;rdidas!Ejm4 Jue5os9 renta

    vitalicia9 apuestas!SEGN LA DURACIN DE LA EJECUCIONINSTANTANEOS SUCESIVOS

    #as obli5aciones se cumplen en unsolo momento! Pueden cumplirse enel momento de la celebraci$n delcontrato o con posterioridad a el! #asobli5aciones se cumplen en el mismomomento en el que la prestaci$n se

    ejecutada! Ejm4 Compraventa )sociedad

    Se caracterian porque se van ejecutando )renovando con el tiempo! #o obli5aci$nconsisten el proporcionar a la otra parte el5oce eica de su derec%o9 lo que quieredecir que corresponde a prestacionesperi$dicas como en el contrato de

    arrendamiento o el contrato laboral!SEGN LA INTERPRETACION

    NOMINADO INNOMINADOS65

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    Son los que la le) conoce ) %adistin5uido con un nombre9 los que%acen parte de la nomenclaturaconvencional del c$di5o! Ejm4Compraventa9 permuta9arrendamiento9

    Son los que carecen de ese nombre le5al )son las convenciones que las partes celebran) que no pueden encajarse dentro de un tipocontractual )a nominado!

    CLASES DE CONTRATOSPROMESA DE CONTRATO DE COMPRAVENTA

    DEFINICION Escrito en que una o ambas partes se obli5an acelebrar en una ec%a acordada un determinadocontrato!

    CARACTERISTICAS+ebe estar descrito claramente en la promesa+ebe ser v>lido Fpermitido por la le)

    #a celebraci$n debe estar sometida a plao Fsi no se ija ser> de un a

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    SOLEMNE inmuebles! Es solemne en bienes raAces oinmuebles Fse eleva a escritura p=blica9ne5ocios sobre servidumbres FE!P!9 Sucesi$n"ereditaria FE!P!9 pacto de com=n acuerdoentre las partes!

    DE EJECUCIN

    INSTANTNEA

    #as obli5aciones se cumplen en un solo

    momento! Pueden cumplirse en el momentode la celebraci$n del contrato o conposterioridad a el!

    CONTRATO PRINCIPAL 'o subsiste por otro sino por si mismoRELATIVO Produce =nicamente eectos entre las partes

    contratantes

    ES TITULO 1 NO MODODE AD2UIRIR EL

    DOMINIO

    TITU#O4 'e5ocio jurAdico que sirve comocausa para adquirir el derec%o9*O+O4 -orma de la realiaci$n o ejecuci$n

    del titulo9 cuando este 5enera constituci$n otranserencia de derec%os reales!KK #a nulidad a la venta entre C$n)u5es ue declarada ine?equiblemediante sentencia C&M7&

    COMPRAVENTA CIVIL COMPRAVENTA COMERCIAL,e5lamenta la lesi$n enorme en la ventade bienes inmuebles

    'o establece la lesi$n enorme

    Establece el pacto de reserva de lapropiedad para la venta de bienesmuebles

    En el comercial e?tiende elpacto de reserva de lapropiedad a bienes inmuebles

    Solo re5lamente los vicios red%ibitorios ,e5lamenta la 5arantAa debuen uncionamiento de lacosa vendida al lado de losvicios red%ibitorios!

    El ries5o de la cosa vendida es para elcomprador

    El ries5o de la cosa vendida espara el vendedor

    PROHIBICIONES DE LA LEGISLACION ACERCA DE LACOMPRAVENTA

    /! Pro%ibida la venta de derec%os del alimentado0! +e los derec%os reales de uso ) %abitaci$n1! 'o puede venderse la sucesi$n por acto entre vivos2! +erec%os derivados del pacto de retroventa:! 'o se puede comprar el patrimonio a titulo universalM! 'o pueden venderse si comprarse bienes p=blicos ) iscales!8! Es imposible la compra de cosa propia pero si es le5al la venta de cosaajena!LA COMPRAVENTA

    DE VEH-CULOS

    Contrato en que una parte F*$'$o& se obli5a a

    entre5ar un ve%Aculo trasmitiendo su propiedad )otra F%omp&!o& lo adquiere pa5ando un precioFdinero!

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    #a compraventa de un ve%Aculo puede %acerse atrav;s de un contrato verbal o escrito9 el cualnecesita9 para transmitir la propiedad9 re5istrarseen la S$%&$#!&?! $ T&@'si#o M"'i%ip!len dondese encuentre matriculado el ve%Aculo!

    DOCUMENTOSPARA ELREGISTRO DE LACOMPRAVENTADE VEHICULO

    #icencia de Transito!

    Pa5o de impuestos al dAa Fimpuesto de timbre )rodamiento!Comprar ) dili5enciar el ormulario de traspaso!

    -otocopia del documento de identidad de vendedor) comprador!

    COMPRAVENTACON PACTO DERETROVENTA

    Se trata de una acultad que se reserva elvendedor para recuperar el bien mueble oinmueble que vendi$ reembolsando al comprador elprecio o la cantidad que %a)an determinado!Si el pacto de retroventa se realia para el bieninmueble9 debe constar en la misma escritura porla cual se eect=a la compraventa!

    EL CONTRATODEBE CONTENER

    -ec%a9 'ombre e identiicaci$n del comprador9'ombre e identiicaci$n del vendedor!Plao!Valor de la venta!Intereses!(val=o del bien!+escripci$n del bien!

    -irma del vendedor!-irma del comprador!

    OBLIGACIONESDEL COMPRADOR

    Pa5o del precio! Si %a) incumplimiento se puedesolicitar el pa5o por vAa ejecutiva o la acci$n deresoluci$n

    OBLIGACIONES

    DEL VENDEDOR

    Entre5a o tradici$n4Conservar la cosa %asta la entre5aPonerla a disposici$n del comprador jurAdica )materialmente!

    El vendedor debe proporcionarle al comprador laposesi$n =til que corresponda al uso de la cosa!Salir al saneamiento de la cosa vendida conevicciones o vicios red%ibitorios!

    EVICCIONES El vendedor debe otor5arle al comprador laposesi$n pacAica de la cosa!CaracterAsticas4Es renunciable por ser de la naturalea delcontrato! El vicio debe ser anterior a la venta!Tanto la evicci$n9 como los vicios red%ibitoriospueden ser modiicados por las partes!,equisitos4Hue el comprador este privado en todo o en parte

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    de la cosa vendida!Hue sea resultado de una sentencia judicialejecutoriada sin revisi$nHue la pretensi$n del tercero se ori5ine en unacausa anterior a la compraventa

    VICIOS OCULTOSOREDHIBITORIOS

    (rt! //:!& Son vicios red%ibitorios los que re=nen

    las calidades si5uientes4/! "aber e?istido al tiempo de la venta!0! Ser tales9 que por ellos la cosa vendida no sirvapara su uso natural9 o s$lo sirva imperectamente9de manera que sea de presumir que conoci;ndolosel comprador no la %ubiera comprado o la %ubieracomprado a muc%o menos precio!1! 'o %aberlos maniestado el vendedor9 ) sertales que el comprador %a)a podido i5norarlos sinne5li5encia 5rave de su parte9 o tales que elcomprador no %a)a podido >cilmente conocerlosen ra$n de su proesi$n u oicio!

    ACCIONES

    ACCION DE RESCISIN: Hue se rescinda laventaACCION 2UANTI MINORIS:,ebaja del precio#a prescripci$n4 Se cuenta a partir de la entre5areal de la cosa! Para la acci$n rescisoria para losbienes muebles es de M meses ) para inmuebles una

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    PACTOS DE LA COMPRAVENTACOMISORIO DE RETRACTO DE RESERVA DE

    DOMINIODE

    RETROVENTASe estipulae?presamenteque no

    pa5>ndose elprecio al tiempoconvenido seresolver> elcontrato deventa!Enti;ndasesiempre estaestipulaci$n enel contrato )cuando see?presa toma elnombre de pactocomisorio!

    Si se pacta quepresent>ndosedentro de cierto

    tiempo Fno m>sde un a lopactado amenos que elcomprador o lapersona que eneste %ubieraenajenado lacosa9 se allanea mejorar en losmismost;rminos lacompra!

    Es un contratomediante el cualuna persona

    vende a otra unbien9reserv>ndose lapropiedad o eldominio de lacosa vendida%asta que elcomprador %a)apa5ado latotalidad delprecio!

    El vendedor sereserva la acultadde recobrar la

    cosa vendidareembolsando alcomprador lacantidaddeterminada quese estipulare o endeecto de estaestipulaci$n loque %a)a costadola cosa! Consisteen una condici$nresolutoriae?presa! Elvendedor tienederec%o a ladevoluci$n de lacosa vendida consus rutos ) alpa5o de

    indemniaci$n porel detrimento dela cosa! Elderec%o no puedecederse

    Prescripci$n4 (lplao preijadopor las parte sino pasare de 2

    a

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    la compraventa de bienes inmuebles ) en otros actosjurAdicos como la permuta de inmueble9 la aceptaci$nde una asi5naci$n por causa de muerta9 la partici$n deuna %erencia9 en el mutuo con intereses convencionales) en los contratos de %ipoteca ) anticresis!

    RE2UISITOSDE LA LESIONENORME

    (! Hue el acto %a)a surido un perjuicio en la

    proporci$n que establece la le)!B! Hue se reiera a compraventas en que la le)autoria la acci$n!C! Hue la acci$n se promueva dentro de los t;rminosestablecidos por la le)+! Hue la cosa permaneca en poder del comprador!E! Hue no se %a)a renunciado validamente a suejercicio!

    PRESCRIPCINDE LA ACCIONRESCISORIAPOR LESINENORME

    Prescribe en 2 a

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    derec%o personal que tiene contra su deudor a untercero9 que acepta ) toma el nombre de cesionario

    CARACTERISTICAS

    /! "a) que considerar tres sujetos9 cedente9cesionario ) el deudor!

    0! 'o tendr> eecto entre el cedente ) elcesionario si no se %ace entre5a del titulo!

    1! +ebe Ser notiicado el deudor! Si no senotiica9 el deudor puede pa5ar al cedente oembar5arse el cr;dito por los acreedores delcedente!

    CLASES DE CONTRATOSCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA

    DEFINICION Se trata de un contrato en que una parteF!&&$'!o& permite el uso de un objeto muebleo inmueble a otra F!&&$'!#!&io que pa5a unprecio F%!'o'!El contrato de arrendamiento se %ace a trav;s deun contrato escrito o verbalmente!

    CARACTERISTICAS /! Son susceptibles de arrendamiento todas lascosas corporales o incorporales que puedanusarse sin consumirse! E?cepto derec%ospersonales como los de uso o %abitaci$n!

    0! Puede arrendarse la cosa ajena ) elarrendatario de buena e tendr> la acci$n de

    saneamiento en caso de evicci$n1! Partes del contrato9 la parte que da el 5oce

    se llama arrendador9 la que pa5a el precio sellama arrendatario!

    OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR OBLIGACIONES DELARRENDATARIO

    /! Entre5ar al arrendatario la cosaarrendada!

    /! Usar la cosa se5=n lost;rminos o el espAritu delcontrato!

    0! *antenerla en el estado del in parael que %a sido arrendada 0! Conservar la cosa

    1! ( librar al arrendatario de todaperturbaci$n en el 5oce de la cosa

    1! (l pa5o del canon dearrendamiento ijado2! 'o tiene la acultad de cederel arriendo9 ni de subarrendar amenos que sea permitido por elarrendador!:! ,estituir la cosa al in delarrendamiento!

    CAUSALES DEL ARRENDADOR PARATERMINAR EL CONTRATO

    CAUSALES DELARRENDATARIO DETERMINAR EL CONTRATO

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    /! #a no cancelaci$n por parte delarrendatario de los c>nones ) reajustesdentro del t;rmino estipulado en elcontrato!

    /! Suspensi$n de la prestaci$nde los servicios p=blicos alinmueble por acci$npremeditada del arrendador oporque incurra en mora enpa5os que estuvieren a su

    car5o! En estos casos elarrendatario podr> optar porasumir el costo delrestablecimiento del servicio )descontarlo de los pa5os que lecorresponda %acer comoarrendatario!

    0! #a no cancelaci$n de los serviciosp=blicos que causen la descone?i$n operdida del servicio cuando su pa5oeste a car5o del arrendatario!

    0! El desconocimiento por partedel arrendador de derec%osreconocidos al arrendatario porla le) o contractualmente!

    1! El subarriendo total o parcial delinmueble9 la cesi$n del contrato o del5oce del inmueble o el cambio dedestinaci$n del mismo por parte delarrendatario9 sin e?presa autoriaci$ndel arrendador

    1! Unilateralmente elarrendatario podr> darlo porterminado dentro del terminoinicial o el de sus prorro5asprevio aviso escrito alarrendador con un plao nomenor de tres F1 meses a laec%a serea arrendada por parte delarrendatarioM! #a violaci$n por el arrendatario a lasnormas del respectivo re5lamentointerno o de propiedad %oriontalcuando se trate de viviendas sometidasa ese r;5imen

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    8! +ebe darse preaviso con 1 meses deanticipaci$n a la ec%a de laterminaci$n!

    CLASES DE CONTRATOSCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

    +E-I'ICIO' Se entiende por !&&$'!mi$'#o $ lo%!laquel contratoen el que una persona Farrendador cede a otroFarrendatario el uso de una ediicaci$n cu)o destinoprimordial no sea satisacer la necesidad permanente devivienda del arrendatario9 sino desarrollar en la inca otrasactividades distintas! L$ $ A&&$'!mi$'#os U&b!'osde 02 de diciembre de /2

    +U,(CIO' El arrendamiento de local tendr> el plao de duraci$n )la renta que lib&$m$'#$ !%"$&$' arrendador )arrendatario en el contrato!

    ETI'CIO'

    Si s$ $#i'("$ el contrato de arrendamiento po&!'s%"&so $l pl!o p!%#!oen el contrato ) en ellocal arrendado se %a venido ejerciendo una actividadcomercial de venta al p=blico durante los cinco =ltimosa $&$%o ! "'!i'$m'i!%i)' que deber> pa5ar el arrendador9siempre que %a)a notiicado al arrendador con cuatromeses de antelaci$n a la ec%a inal del contrato suvoluntad de renovar el arrendamiento durante al menos

    cinco as por una renta de mercado!Se entender> por renta de mercado la que acuerdenarrendador ) arrendatario o la que9 en deecto deacuerdo9 determine un >rbitro!

    SUB,OG(CIO'

    Si el !&&$'!#!&io /!ll$%$ durante la vi5encia delcontrato de arrendamiento ) en el local s$ $>$&%$ "'!!%#i*i! $mp&$s!&i!l o p&o/$sio'!l9 el %eredero ole5atario del arrendatario que contin=e en el ejercicio dela actividad9 podr> subro5arse en el contrato de

    arrendamiento %asta la e?tinci$n del mismo por eltranscurso del plao pactado!El %eredero o le5atario que ten5a derec%o a subro5arseen el arrendamiento9 deber> 'o#i/i%!&lo po& $s%&i#o !l!&&$'!o&en los dos meses si5uientes al allecimientodel arrendatario!

    +E,EC"O +EP,E-E'CI(

    Es el derec%o que tiene el arrendatario9 en el caso deque el arrendador venda la inca arrendada9 de adquirirla propiedad de la inca arrendada con preerenciarespecto del posible comprador ) en las mismascondiciones que el arrendador %ubiera acordado condic%o comprador!El arrendatario podr> ejercer el $&$%o $ #!'#$o

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    Fderec%o de adquirir la inca en el plao de 1 dAasnaturales contados desde el dAa si5uiente a lanotiicaci$n e%aciente que le %iciera el arrendador de sudecisi$n de vender la inca arrendada9 el precio de venta) dem>s condiciones de la venta!Si el arrendador no %ace la notiicaci$n al arrendatario9

    o si se omiten en la notiicaci$n condiciones esencialesde la venta o se vende la inca por