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Introduccin Este estudio es con el fin de crecer como persona y para saber cmo me puedo ver como persona en un futuro y reconocer que debilidades puedo tener o fortalezas que puedo o que debilidades puedo fortalecer.

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POLITICA INSTITUCIONAL DEL SENA

Misin El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la funcin que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y tcnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formacin Profesional Integral gratuita, para la incorporacin y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, econmico y tecnolgico del pas.

Visin El SENA ser una organizacin de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologas de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnolgicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del pas.

Principios, valores y compromisos institucionales La actuacin tica de la comunidad institucional se sustenta en los siguientes principios, valores y compromisos: Principios Primero la vida La dignidad del ser humano La libertad con responsabilidad El bien comn prevalece sobre los intereses particulares Formacin para la vida y el trabajo Valores Respeto Librepensamiento y actitud crtica Liderazgo Solidaridad Justicia y equidad Transparencia Creatividad e innovacin Compromisos institucionales Convivencia pacfica Coherencia entre el pensar, el decir y el actuar Disciplina, dedicacin y lealtad Promocin del emprendimiento y el empresa ismo

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Responsabilidad con la sociedad y el medio ambiente Honradez Calidad en la gestin Objetivos

El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, tiene los siguientes objetivos: 1. Dar formacin profesional integral a los trabajadores de todas las actividades econmicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formacin, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansin y el desarrollo econmico y social armnico del pas, bajo el concepto de equidad social redistributiva . 2. Fortalecer los procesos de formacin profesional integral que contribuyan al desarrollo comunitario a nivel urbano y rural, para su vinculacin o promocin en actividades productivas de inters social y econmico. 3. Apropiar mtodos, medios y est rategias dirigidos a la maximizacin de la cobertura y la calidad de la formacin profesional integral. 4. Participar en actividades de investigacin y desarrollo tecnolgico, ocupacional y social, que contribuyan a la actualizacin y mejoramiento de la formacin profesional integral. 5. Propiciar las relaciones internacionales tendientes a la conformacin y operacin de un sistema regional de formacin profesional integral dentro de las iniciativas de integracin de los pases de Amrica Latina y el Ca ribe. 6. Actualizar, en forma permanente, los procesos y la infraestructura pedaggica, tecnolgica y administrativa para responder con eficiencia y calidad a los cambios y exigencias de la demanda de formacin profesional integral. Funciones Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes: 1. Impulsar la promocin social del trabajador, a travs de su formacin profesional integral, para hacer de l un ciudadano til y responsable, poseedor de valores morales ticos, culturales y ecolgicos. 2. Velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje. 3. Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formacin profesional integral, en coordinacin y en funcin de las necesidades sociales y del sector productivo.

4. Velar porque en los contenidos de los programas de formacin profesional se mantenga la unidad tcnica. 5. Crear y administrar un sistema de informacin sobre oferta y demanda laboral. 6. Adelantar programas de formacin tecnolgica y tcnica profesional, en los trminos previstos en las disposiciones legales respectivas. 7. Disear, promover y ejecutar programas de formacin profesional integral para sectores desprotegidos de la poblacin. 8. Dar capacitacin en aspectos socio empresarial a los productores y comunidades del sector informal urbano y rural. 9. Organizar programas de formacin profesional integral para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptacin profesional para personas discapacitadas. 10. Expedir ttulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formacin profesional integral, en lo s niveles que las disposiciones legales le autoricen. 11. Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organizacin del trabajo y el avance tecnolgico del pas, en funcin de los programas de formacin profesional. 12. Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la realizacin de investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboracin y permanente actualizacin de la clasificacin nacional de ocupaciones, que sirva de insumo a la planeacin y elaboracin de planes y programas de formacin profesional integral. 13. Asesorar al Ministerio de Educacin Nacional en el diseo de los programas de educacin media tcnica, para articularlos con la formacin profesional integral. 14. Prestar servicios tecnolgicos en funcin de la form acin profesional integral, cuyos costos sern cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando no se afecte la prestacin de los programas de formacin profesional. Naturaleza El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) creado en 1957 como re sultado de la iniciativa conjunta de los trabajadores organizados, los empresarios, la iglesia catlica y la Organizacin Internacional del Trabajo, es un establecimiento pblico del orden nacional, con personera jurdica, patrimonio propio e independient e y autonoma administrativa, adscrito al Ministerio de la Proteccin Social de la Repblica de Colombia.

El SENA cumple la funcin que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y tcnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ej ecutando la formacin profesional integral para la incorporacin de las personas en actividades productivas que contribuyan al crecimiento social, econmico y tecnolgico del pas. Adems de la formacin profesional integral, impartida a travs de nuestro s Centros de Formacin, brindamos servicios de Formacin continua del recurso humano vinculado a las empresas; informacin; orientacin y capacitacin para el empleo; apoyo al desarrollo empresarial; servicios tecnolgicos para el sector productivo, y apoyo a proyectos de innovacin, desarrollo tecnolgico y competitividad

Transcurra el ao 1957 cuando Rodolfo Martnez Tono se embarc en el sueo que se convertira en la que sera la obra de su vida. Ese sueo, recoga, en parte, un anhelo de las clases trabajadores, quienes algunos aos antes, a travs de las organizaciones sociales constituidas en ese entonces, como la UTC y la CTC, plantearon la necesidad de que el pas contara con un instituto de enseanza laboral tcnica, a estilo SENAI del Brasil. En una conversacin, a la orilla del lago Leman, en Suiza, con Francis Blanchard, director de la Divisin de Formacin, de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT), se plante la posibilidad de crear una organizacin descentralizada del Estado y con financiacin autnoma. El proyecto tom forma en la mente de Martnez, quien lo expuso ante el entonces Ministro de Trabajo, Raimundo Emiliani Romn. La iniciativa, defendida en un intenso debate ante el Consejo de Ministros y revisada por un comit asesor, fue aprobada. As, el SENA naci durante el Gobierno de la Junta Militar, posterior a la renuncia del General Gustavo Rojas Pinilla, mediante el Decreto -Ley 118, del 21 de junio de 1957. Sus funciones, definidas en el Decreto 164 del 6 de agosto de 1957, eran brindar formacin profesional a los trabajadores, jvenes y adultos de la industria, el comercio, la agricultura, la minera y la ganadera. As mismo, su fin era proporcionar instr uccin tcnica al empleado, formacin acelerada para los adultos y ayudarles a los empleadores y trabajadores a establecer un sistema nacional de aprendizaje. Adems, organizar y mantener la enseanza terica y prctica relacionada con diferentes oficios; seleccionar los candidatos al aprendizaje; realizar cursos complementarios de preparacin, perfeccionamiento y adiestramiento para trabajadores tcnicos; y contribuir con el desarrollo de investigaciones relacionadas con la organizacin cientfica, entre otras. La entidad tripartita, en la cual participaran trabajadores, empleadores y Gobierno, se llam Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y surgi en el momento indicado. La industria pretenda conquistar nuevos mercados y necesitaba ms trabajadore s y mejor calificados, mtodos modernos y cambios drsticos en la productividad. El nombre, SENA, lo escogi Martnez Tono, quien admiraba el ro Sena que cruza a

Pars, la ciudad luz, capital de Francia, donde estudi aspectos relacionados con la formacin profesional. Antes de cumplir 30 aos, Rodolfo Martnez, convirti su tesis de grado, "La Formacin Profesional en el Marco de una Poltica de Empleo", en el SENA, institucin a la cual estuvo vinculado durante 17 aos, desde su creacin en 1957, hast a el cambio de direccin propuesto por el presidente Alfonso Lpez Michelsen en 1974. Estaba convencido de que sin capacitacin del talento humano no habra desarrollo. Por eso aprovech las becas de la O.I.T. para conocer las experiencias en formacin profesional acelerada implementadas en Europa despus de la Segunda Guerra Mundial y el apoyo de ese organismo con expertos que vinieron a Colombia. La institucin que Rodolfo Martnez Tono dirigi con mano dura y manteniendo a raya la politiquera, ofreci instruccin calificada al talento humano para enfrentar los retos propios de una industria en crecimiento. Por ello, desde el principio, su influencia fue notoria. La naciente entidad no solo formaba tcnicos, sino tambin empresarios y promova las pequeas y medianas empresas. Los comienzos En 1957 empez a sesionar el Consejo Directivo Nacional, en un edificio ubicado en la calle veinte con carrera octava, por espacio de tres aos. Organizaciones sindicales como la Confederacin de Trabajadores de Colombia (CTC) y la Unin de Trabajadores de Colombia (UTC), respaldaron al SENA para que cumpliera un papel fundamental en el desarrollo del pas. Como en toda gran empresa , el comienzo fue difcil. Las primeras clases se dictaron en las aulas del Politcnico Central y de la Universidad Nacional. Tambin en improvisadas carpas de circos levantadas en ciudades y municipios, con el fin de ampliar su cobertura. La institucin atendera las demandas de la empresa privada en sus planes de expansin; del Gobierno, con sus polticas de arbitraje y planificacin de los recursos y, de los trabajadores, que exigan ms capacitacin, bienestar y calidad de vida. El 23 de agosto de 1957 sesion por primera vez el Consejo Nacional y se definieron dos tareas a realizar: el estudio, codificacin y sistematizacin de la oferta y demanda de mano de obra y la capacitacin profesional. Para ejecutarlas en el primer organigrama se establecieron la Divisin de Mano de Obra, la de Formacin Profesional y la Administrativa, creada para planificar la construccin y dotacin de los centros de formacin profesional.

Durante los primeros meses se establecieron las estructuras seccionales en los diversos departamentos. Ese ao tambin nacieron las seccionales de Cundinamarca, Antioquia, Valle, Atlntico, Bolvar, Nario, Cauca y Magdalena. Los departamentos restantes tuvieron sus seccionales al siguiente ao. En 1958 se realiz una investigacin, en cinco mi l empresas de todos los departamentos, excepto Choc y Crdoba, acerca de las necesidades de formacin profesional. El estudio abarc todos los sectores de la industria y revel que al menos 210 mil trabajadores requeran complementar su educacin y urga la formacin de 25 mil trabajadores adicionales. Con base en esos resultados se fij el plan quinquenal, 1959-1963. Fortalecimiento y expansin Capacitar al mayor nmero de personas era la consigna. Por ello, los instructores visitaron comunidades marginadas en el barrio Meissen, en Bogot, y levantaron ms de 100 carpas de circos en ciudades y municipios. En ellas desarrollaron los programas mviles rurales y urbanos denominados Programas de Promocin Profesional Popular, que despus se llamaron progra mas mviles. En 1960 el SENA firm convenios con la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) y el Fondo Especial de las Naciones Unidas, que brindaron asesora administrativa, financiera y tcnica a los pequeos y medianos empresarios y promovieron e l crecimiento empresarial. La OIT tambin asesor al SENA en la creacin del Centro Nacional de Formacin de Instructores (1959-1960). Unas 2.000 personas se capacitaron como directivos, supervisores e instructores de formacin profesional. Entre 1959 y 1963 el progreso fue notable. Se destac la seriedad en la eleccin de los funcionarios, que ingresaban a la entidad por concurso. Entre 1963 y 1964 abrieron sus puertas dos nuevos centros para la formacin de instructores agropecuarios y del sector co mercio y servicios en Gaira (Magdalena) y Bogot, respectivamente. El centro de formacin de instructores agropecuarios fue trasladado posteriormente al Centro Agropecuario de El Espinal (Tolima). El SENA trabaj con adultos, vel por el agro, el comercio y los servicios. Sin embargo, el rengln industrial era el ms fuerte. El primer centro de formacin fue el Metalmecnica, en Bogot. Hasta 1964 la unidad operativa del SENA fue la seccional Bogot. Ese ao funcion el Centro Nacional de Confecciones en Pereira y en 1965 el Centro Nacional Textil de Medelln. Se proyectaron los centros nacionales de artes grficas, de fundicin para Bogot y el nutico pesquero para la Costa Pacfica, que operaran entre 1968 y 1969.

Otros centros nacionales planeados y construidos, posteriormente, fueron el de hotelera y turismo, el de mandos medios y el de construccin, en Bogot. Entre 1966 y 1967, el SENA realiz un estudio llamado Investigacin de Recursos Humanos para una Poltica Nacional de Empleo y Formacin Profesional que incluy todos los sectores. Los resultados se publicaron en 1968 y fueron el punto de partida para responder mejor a la demanda de las empresas. En la dcada de los sesenta, los centros de formacin pasaron de 31 a 50; la formacin no tradicional, fuera de los centros, represent el 35% del total y se crearon los centros agropecuarios y la Divisin Agropecuaria. De stos, los ms importantes eran La Salada, Antioquia; Gaira, Magdalena; El Espinal, Tolima y Buga, Valle. En este perodo el nmero de alumnos se increment 40% cada ao debido al incremento de los aportes de la empresa privada, que pasaron de 1% a 2% con la Ley 58 de 1963, y a los mecanismos de planeacin de acciones, evaluacin y control de resultados del SENA. Vientos nuevos soplaron en la entidad. En 1968 se crearon dos subdirecciones nacionales: la Administrativa y la de Operaciones y se plante la necesidad de modernizar los sistemas de formacin profesional con mtodos pedaggicos y medios audiovisuales. La institucin inaugur el Centro de Control Experimental, en Bogot, con modernos equipos, laboratorios de control de calidad, metrologa y ensayos. Tambin, incursion en la formacin de tcnicos medios. El 2 de marzo de 1969 comenzaron los primeros cursos de apren dizaje industrial, con 130 trabajadores-alumnos patrocinados por 27 empresas, en electricidad, soldadura, ebanistera, mecnica automotriz y ajuste. Crecimiento acelerado Un ao despus, el 10 de abril de 1970, se puso en marcha el Programa de Promocin Profesional Urbana y el de Promocin Profesional Popular Rural (PPPR), inaugurado antes, recibi un impulso importante. Los programas rurales fueron asignados a la divisin agropecuaria y los urbanos a la industria. El SENA creca a un ritmo impresionante, pero no exento de dificultades. La situacin laboral era tensa entre 1970 y 1971. Durante el Gobierno de Carlos Lleras Restrepo el 90% de los funcionarios del SENA fueron declarados empleados pblicos y el 10% oficiales. Por eso, en 1971 se fund el Si ndicato de Empleados Pblicos (Sindesena). En medio de esa coyuntura algunos empleados atrados por mejores sueldos y reconocidos por su eficiencia se vincularon al sector privado y al Gobierno. El cumplimiento de metas disminuy y Planeacin Nacional co ncluy en 1972 que los rendimientos decrecieron, despus de analizar los costos de la formacin profesional.

No obstante, la entidad super la situacin. Entre 1969 y 1973 se propuso atender las demandas de formacin de desempleados y subempleados en las reas urbanas y defini nuevas polticas y perspectivas que se hicieron efectivas en 1974. Ese ao Rodolfo Martnez Tono, quien dirigi la entidad desde 1957, fue reemplazado por Eduardo Gaitn Durn, nombrado por el presidente Alfonso Lpez Michelsen. Martnez Tono dej un legado invaluable. La formacin era actualizada y los comits empresariales permitan conocer, de primera mano, las exigencias del sector privado. As, la entidad alcanz un prestigio internacional sin precedentes. Presidentes de distintos pases llegaron a Colombia para observar la experiencia del SENA. Charles De Gaulle, de Francia, fue uno de ellos. Cobertura y modernizacin Entre 1975 y 1976 el SENA evalu el cumplimento de objetivos del quinquenio 1970 1975 y, paralelamente, realiz un diagnstico de la realidad nacional para delimitar sus acciones. Con la ayuda de Planeacin Nacional y teniendo en cuenta las condiciones demogrficas, socioeconmicas del pas, la oferta y demanda de mano de obra y la eficacia en los ltimos aos, configur las polticas de la institucin. En 1977 se llev a cabo una reestructuracin administrativa. Las metas para el perodo 1976-1980 fueron fijadas a corto y mediano plazo. En esa poca Colombia experiment un crecimiento sostenido en sectore s modernos de la economa, la industria manufacturera, la agricultura industrial, el comercio y los servicios. De igual forma, se expuso la urgencia de ampliar la cobertura a renglones modernos de la economa tradicional y no formal, darle un carcter po pular a la enseanza y modernizar las reas administrativa, tecnolgica y metodolgica. El resultado fue la creacin del Programa de Desarrollo Tecnolgico en el Centro Especializado de Formacin Profesional Avanzada y de la Divisin de Desarrollo de Tecnologa, con el fin de mejorar los procesos formativos y productivos. Esto fue posible gracias a los avances tecnolgicos en los centros pilotos a los que se vincularon especialistas externos y docentes. A comienzos de los aos 80 una parte considerable de la poblacin activa trabajaba en la empresa privada y el sector pblico. El resto perteneca al sector informal. El modelo de educacin tcnica/formacin profesional procur adaptarse a ese contexto. El SENA implement una poltica tcnico -pedaggica de educacin permanente, individualizada y modular, lo cual facilit el desarrollo de estrategias como la constitucin de empresas y la educacin a distancia.

Formacin integral e innovacin En 1985 surgi Capacitacin para la Participacin Campesina (C apaca), dirigida a lderes campesinos, indgenas y comunidades beneficiarias de la Reforma Agraria, con el fin de que tomaran parte en el desarrollo agropecuario. Una alianza con la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC) garantiz la formacin en el territorio nacional. Los campesinos recibieron instruccin en tcnicas de produccin y proyectos que dieron valor agregado a sus productos en un mercado cada vez ms globalizado. En la dcada de los 90 la internacionalizacin de la economa increment la competencia empresarial. De ah la necesidad de expedir la Ley 119 de 1994 mediante la cual la institucin se reestructur para brindar programas de formacin profesional integral en todas las reas econmicas. El objetivo: aumentar la productividad y el desarrollo social y econmico. Lograrlo requera actualizar los procesos, la infraestructura pedaggica, tecnolgica y administrativa para responder de manera eficaz a los cambios y exigencias de la formacin profesional integral. Con la reduccin de lo s recursos del Presupuesto Nacional asignados a ciencia y tecnologa en la dcada pasada, se plantearon algunas iniciativas para asegurar que parte del presupuesto del SENA se invirtiera en mejoramiento de la competitividad y desarrollo tecnolgico del sec tor productivo colombiano. All tiene su origen el artculo de la Ley 344 de 1996 que estipula que el SENA destinar el 20% de sus ingresos para tal fin. La entidad asumi parte de las actividades de innovacin para promover la competitividad de las empr esas colombianas y estableci una slida relacin con actores del Sistema de Ciencia y Tecnologa como los centros de desarrollo tecnolgico, las universidades, sus grupos de investigacin e incubadoras de empresas de base tecnolgica. En 1996, el SENA y el Instituto para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnologa (Colciencias), se unieron para promover la investigacin tecnologa y la modernizacin cientfica. Posteriormente, en el Plan de Desarrollo de 2003 se incluy un artculo, por el cual Colciencias y el Sena, a travs de convenios especiales de cooperacin, promovern y fomentarn la investigacin aplicada, el desarrollo tecnolgico, la apropiacin pblica de la ciencia, la tecnologa y la innovacin. Los beneficios son evidentes. Cada vez ms centros de formacin de la institucin se interesan por participar en proyectos de alianza con centros de desarrollo tecnolgico y universidades que promueven y desarrollan la innovacin y el desarrollo tecnolgico regional.

Retos de fin de siglo El final de siglo se caracteriz por una nueva organizacin del trabajo con produccin flexible. Las empresas necesitan empleados con mltiples competencias, novedosos enfoques de gestin y formacin del recurso humano. En respuesta, el SENA, cuya gestin no estuvo exenta de crticas por aquella poca, prioriz el emprendimiento, el empresarismo, la innovacin tecnolgica, la cultura de calidad, la normalizacin, la certificacin de competencias laborales y el servicio pblico de empleo. La institucin se comprometi con el fortalecimiento de un sistema nacional de formacin para el trabajo. En 1998 se utiliz el servicio de videoconferencias en todo el pas. Cuatro aos despus existan 31 puntos: cuatro en Bogot y los dems en Medelln, Atlntico y otras regionales. En 2001, el SENA suscribi compromisos con el Convenio Marco de Cooperacin Interinstitucional del Ministerio de Agricultura para la reactivacin del campo, la generacin de empleo y la promocin, consolidacin y fortalecimiento de empresas asociativas a travs de las cadenas productivas. Entre 2001 y 2002 invirti $33 mil millones en teleinformtica, formacin de personas con competencias especficas en tecnologas de informacin y comunicacin. Se desarrollaron seis grandes proyectos: aulas abiertas, aulas itinerantes, nueva oferta educativa, comunidad virtual, videoconferencia y la pgina web.

Conocimiento para todos los colombianos El SENA es un establecimiento pblico, con financiamiento propio derivado de los aportes parafiscales de los empresarios, que ofrece instruccin gratuita a millones de personas que se benefician con programas de formacin complementaria y titulada y jalona el desarrollo tecnolgico para que las empresas del pas sean altamente productivas y competitivas en los mercados globalizados. Busca la capacitacin tcnica del recurso humano; forma personas para vincularlas al mercado laboral, empleadas o subemplead as, y realiza actividades de desarrollo empresarial, comunitario y tecnolgico. La oferta regular para tcnicos, tecnlogos y trabajadores especializados incluye 522 programas y tiene 56 mesas sectoriales, conformadas por empresarios de diversos sectores de la produccin que, junto con los expertos de la institucin disean los programas. El SENA se ha adaptado a los cambios en las tendencias demogrficas y tecnolgicas

para optimizar su funcin. Durante estos 50 aos el SENA se consolid como una ent idad de formacin profesional y extendi sus servicios a todos los municipios de Colombia mediante alianzas estratgicas con alcaldes y gobernadores. Actualmente, llega a los 1099 municipios, incluso a los ms alejados, con una red corporativa de comunicaciones que comprende la Direccin General, 33 Regionales, 115 Centros de Formacin Profesional y 45 aulas mviles con acceso a INTERNET, el cual se brinda con ms de 15.000 computadores conectados. Fortaleci su esquema de formacin con un enfoque por c ompetencias laborales para adaptarse a los parmetros establecidos por otras instituciones de educacin superior y tcnica mundiales. Mediante sus programas Jvenes Rurales y Jvenes en Accin, estimula el empleo y la generacin de riqueza del sector agropecuario; a travs del Fondo Emprender y del Sistema Nacional de Incubacin de Empresas, refuerza la estrategia del Gobierno Nacional de fomentar el emprendimiento y, a travs de Colombia Certifica , reconoce la experiencia y los conocimientos del trabajador colombiano. El SENA es pionero en cooperacin en Amrica Latina. El Instituto de Formacin Profesional (Infop) de Honduras, el Instituto Tcnico de Capacitacin y Productividad (Intecap) de Guatemala, el Instituto Nacional de Cooperacin Educativa ( Ince) de Venezuela, la Fundacin Nacional para la Capacitacin Laboral (Infocal) de Bolivia, el Instituto Nacional de Formacin Tcnica Profesional (Infotep) de Repblica Dominicana, el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (Senati) de Per y el Servicio Ecuatoriano de Capacitacin (SECAP) de Ecuador, reciben asesora presencial en el desarrollo de los sistemas de formacin profesional. Alianzas claves le han permitido traer conocimiento al pas y desarrollar pasantas a los aprendices y capacitarse a los instructores, con universidades e instituciones tcnicas y tecnolgicas de pases como Mxico, Espaa, Francia, Alemania, Australia, Amrica Latina y el Caribe. A tono con la globalizacin y la era digital Bajo el lema: SENA: Conocimiento para todos los colombianos , durante el periodo 2002-2006, la entidad se traz como meta la tarea de redisearse para ponerse a tono con la globalizacin y entrar renovada en la era digital. La utilizacin intensiva de su capacidad instalada; la reorientacin decidida de las inversiones hacia los procesos de aprendizaje y del talento humano, que constituyen la razn de ser del SENA; la dedicacin exclusiva de los instructores a los procesos de aprendizaje; la supresin de burocracia innecesaria; el control a la construccin de edificios nuevos y la adquisicin de equipos industriales innecesarios, constituyen

parte de las estrategias que le han permitido a la entidad celebrar, completamente rediseada, sus primeros 50 aos. La apertura de alianzas nacionales e internacionales y la disposicin de nuevos ambientes de aprendizaje, le permitieron generar calidad, pertinencia y eficiencia en el cumpliendo de su misin en las diferentes regiones. Agosto de 2003 marc un hito en la formacin del SE NA. A partir de esa fecha, se implement el aprendizaje virtual, con ventajas como la alta cobertura, la distribucin territorial equilibrada, la posibilidad de acortar distancias, adems de la atencin flexible y oportuna del e -learning empresarial. En el 2004, se lanza el programa SENA 24 horas, que incrementa la cobertura de formacin profesional y la utilizacin de los Centros de Formacin, entre las 9 de la noche y las seis de la maana. La reestructuracin del SENA, adoptada mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004, estableci que los instructores deben dedicar 32 horas a la semana para los procesos directos de formacin. Esta decisin contrasta con las 26 horas semanales por instructor, que venan rigiendo desde 1997. Para el fortalecimiento de la presencia institucional en regiones en donde se requera, mediante el decreto de reestructuracin, tambin se crearon siete nuevas regionales autnomas y con presupuesto propio en los departamentos de Amazonas, Arauca, Guaina, Guaviare, Putumayo, Vaups y Vichada. De igual manera, se cre la Regional Cundinamarca, independiente de la Bogot. Los ambientes virtuales de aprendizaje, constituyen uno de los pilares estratgicos que le permitieron al SENA crecer 263% en los ltimos cuatro aos, pasa ndo de ofrecer en sus diversos programas de aprendizaje un total de 1.142.798 cupos en el 2002, a 4.148.809 cupos en el 2006. La formacin en lnea ha beneficiado con mdulos de especializacin a 772.635 colombianos en 1.045 municipios y a otros 2.200 co lombianos residentes en 71 diferentes pases. En esta tarea participan 2000 tele-instructores, que coordinan ms de 400 mdulos de aprendizaje en 14 reas ocupacionales, que van desde el arte, pasando por las ciencias naturales, sociales, educativas y de servicios gubernamentales, finanzas y administracin, salud, ventas y tecnologas de informacin, entre otras.

Para la formacin virtual el SENA dispone de 16.000 computadores destinados a los aprendices; de las aulas de escuelas y colegios que los alcaldes proveen en casi todos los municipios y de 637 tele -centros comunitarios del Programa Compartel, que suministran navegacin gratuita hasta por un milln de horas, en un sistema financiado por el Servicio Nacional de Aprendizaje. Adicionalmente, en el segundo semestre de 2006 se articularon la televisin y la WEB, con lo cual existe la posibilidad de estudiar desde cualquier lugar donde exista TV y conexin a Internet. Estos se emiten a travs del Canal Institucional de lunes a viernes, de 5:30 a.m. a 6:30 a.m., con repeticin desde las 12 de la noche hasta las 5:30 de la maana. El deseo de un joven, de formar a la clase trabajadora de su pas, se convirti con el paso de los aos en una institucin modelo de Amrica Latina y el mundo. As podra sintetizarse la historia del SENA. Ahora, su plan estratgico 2007 -2010, busca dar respuesta a los retos que enfrentar Colombia, derivados de la profundizacin en la globalizacin de la economa, a la necesidad de una transformacin a fondo del aparato pro ductivo nacional en trminos de su diversificacin, especializacin y modernizacin, y a la bsqueda de un desarrollo social y econmico. Adems, las universidades han abierto las puertas a los tcnicos y tecnlogos para que continen su cadena de formacin y alcancen su ttulo profesional, lo cual constituye un estmulo adicional para nuestros egresados. El SENA est al da en conocimiento, desarrollo tecnolgico e innovacin, pero mantiene su dinmica de cambio, a fin de seguir proporcionando la herra mienta fundamental para que un pas salga de la pobreza y las empresas sean ms competitivas: Conocimiento para todos los colombianos.

lo que estudie y ser el mejor.

El escudoEl escudo del SENA (la bandera) reflejan los tres sectores econmicos de ntro de los cuales se ubican el accionar de la institucin: EL PION representa la industria, el CADUCEO representa el comercio y servicios y el CAFE representa el agro, primario y extractivo.

La bandera La bandera del Sena tiene en el centro el escudo y la bandera es de color blanco representando paz, tranquilidad, libertad.

HIMNO DEL SENAEstudiantes del SENA adelante Por Colombia luchad con amor Con el nimo noble y radiante Transformmosla en mundo mejor I De la patria el futuro destino, en las manos del joven est, el trabajo es seguro camino, que el progreso a Colombia dar. II En la forja del SENA se forman,

hombres libres que anhelan triunfar, con la ciencia y la tcnica unidas, nuevos rumbos de paz trazarn. III Hoy la patria nos grita sentida, estudiantes del SENA triunfad! solo as lograris en la vida, ms justicia, mayor libertad. IV Avancemos con fuerza guerrera, estudiantes con firme tesn! que la patria en nosotros espera, su pacfica revolucin.

Principios, valores y compromisos institucionales

La actuacin tica de la comunidad institucional se sustenta en los siguientes principios, valores y compromisos:Principiosy y y y y

Primero la vida La dignidad del ser humano La libertad con responsabilidad El bien comn prevalece sobre los intereses particulares Formacin para la vida y el trabajo

Valores

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Respeto Librepensamiento y actitud crtica Liderazgo Solidaridad Justicia y equidad Transparencia Creatividad e innovacin

Compromisosy y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y

Convivencia pacfica Coherencia entre el pensar, el decir y el actuar Disciplina, dedicacin y lealtad Promocin del emprendimiento y el empresarismo Responsabilidad con la sociedad y el medio ambiente Honradez Calidad en la gestiny

Reglamento del Sena

TABLA DE CONTENIDOSer Aprendiz SENA 4 CAPITULO 1. Campo de Aplicacin 5 CAPITULO 2. Derechos Del Aprendiz SENA 5 CAPITULO 3. Deberes del Aprendiz SENA 7 CAPITULO 4. Prohibiciones 10 CAPTULO 5. Etapa P rctica de los Programas de Formacin 11 CAPITULO 6. Tramites Acadmicos o Solicitados por Aprendices SENA 13 CAPITULO 7. Proceso de Formacin, Incumplimiento y Desercin. 16 CAPITULO 8. Faltas Acadmicas y Disciplinarias 17 CAPITULO 9. Medidas Formativas y Sanciones 18 CAPITULO 10. Procedimiento para la Aplicacin de Sanciones 22 CAPITULO 11. De la Representacin de los Aprendices 25 CAPITULO 12. De la Representatividad de los Lderes de Programa 29

Servicio Nacional de Aprendizaje SENA REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENASER APRENDIZ SENA BIENVENIDO AL SENA, CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS!, usted tiene

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El privilegio de formarse en la entidad de mayor trayectoria y cobertura del pas. Durante su formacin, el SENA contribuir para el desarrollo de su perfil como libre pensador, Con capacidad crtica, lder, solidario, emprendedor y creativo. - Libre pensador y con capacidad crtica, constructivo y respetuoso de las ideas propias y las De los dems, que con sus observaciones construye y aporta a la solu cin de los problemas. - Solidario , en busca del bien comn, que trabaja en equipo construyendo soluciones Colectivas, se deja llevar por sus principios y valores, comprometido con la sociedad y el Entorno, para que Colombia crezca a travs de sus ideas, a cciones y esfuerzo. - Lder, es gestor de su propio proceso de formacin, se atreve a impulsar un cambio social, al Construir nuevos rumbos para transformar y mejorar la sociedad. Tiene su visin puesta en el Futuro y dirige sus energas hacia el cambio co n una actitud proactiva y optimista. - Emprendedor y creativo , al realizar anlisis complejos de las situaciones, formulando Proyectos concretos y realizando actuaciones simples. Utiliza la creatividad como herramienta Para solucionar de forma innovadora los retos que le impone la sociedad. Su compromiso como APRENDIZ con el SENA y con la sociedad colombiana, reafirma la Responsabilidad que asume en el momento de la matrcula en cualquier tipo de formacin: Titulada o Complementaria, desde las diferentes m odalidades Presencial, Virtual o Combinada. Este compromiso incluye adoptar y aplicar una conducta correcta en cada uno de los momentos De su formacin, en los lugares donde sta se desarrolle, y no realizar actos que afecten su Proceso de formacin ni el de sus compaeros del SENA; sobresalir siempre por su liderazgo Positivo, su aspecto personal, el cuidado y manejo de los elementos y medios que se faciliten Para su formacin y el de su equipo de trabajo; tener siempre presente el respeto, la Honestidad, responsabilidad, solidaridad con sus compaeros, instructores, directivos, personal Administrativo y en general con los integrantes de la comunidad educativa, demostrando as los Valores y principios que se le han inculcado desde su hogar y que ahora fortalecer y Promover en cada una de sus acciones en el SENA. Todo lo anterior redundar en una convivencia pacfica en comunidad y en la construccin Diaria del pas que necesitamos. De usted depende que podamos lograrlo. y Bienvenido a la Comunidad Educativa SENA.

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CAPITULO 1 Campo de aplicacin ARTCULO 1. El presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formacin profesional del SENA, en sus diferentes modalidades, o inscritos para El desarrollo de proyectos en sedes de Tecno parque o Tecno academia, quienes durante el Tiempo que desarrollen su formacin o proyectos, se denominan Aprendices, Independientemente del tipo de formacin elegido. Este reglamento constituye la base mnima para la convivencia de la comunidad educativa en Todas las sedes del SENA, Tecno parques y Tecno academias; aplica tambin a los programas Que se desarrollen en ambientes virtuales de aprendizaje, incluidos los que se desarrollan 100% Por internet. CAPITULO 2 Derechos del Aprendiz SENA ARTCULO 2. El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las Normas vigentes del SENA, sin exclusin por razones de gnero, raza, origen familiar o Nacionalidad, lengua, religin, opinin poltica o filosfica. Son derechos del aprendiz SENA durante el proceso de formacin : A. De carcter Acadmico: a.1. Recibir en el momento de su matrcula, el carn estudiantil que lo acredite como Aprendiz del SENA. a.2. Recibir induccin al momento de ingresar al SENA, donde estn incluidos contenidos de Gestin tecnolgica, conocimiento del entorno, aporte a la productividad y competitividad, Formulacin de proyectos, la construccin de su ruta de aprendizaje, y los deberes y Derechos que asume como Aprendiz SENA. a.3. Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formacin: las Tecnologas de informacin y comunicaciones, el entorno real o simulado en los Ambientes de aprendizaje, el trabajo colaborativo con otros aprendices del SENA y los Instructores. a.4. Recibir formacin profesional, acorde con el programa en el cual se matricul, y al Crecimiento y desarrollo armnico de sus dimensiones humanas. a.5. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaj e (infraestructura, equipos, Herramientas, recursos didcticos, tcnicos, tecnolgicos, bibliogrficos) disponibles Para el aprendizaje, asumiendo responsabilidad por su dao, deterioro anormal o Utilizacin indebida. a.6. Disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz, durante el proceso

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De aprendizaje, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA a.7. Recibir orientacin acadmica y comporta mental que estimule el desarrollo personal y Promueva la convivencia social.

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a.8. Ser investigado y sancionado con observancia de las normas del debido proceso Establecidas en este reglamento. a.9. Participar en el mejoramiento continuo de los Instructores a travs de los procesos de Evaluacin. a.10. Recibir la certificacin que le corresponda, una vez adquiera las competencias Establecidas en el programa de formacin. a.11. Ser evaluado oportunamente en su proceso de formacin con base en los criterios de Evaluacin y la ruta de aprendizaje. a.12. En caso de que el Aprendiz est en desacuerdo con la evaluacin de su formacin Emitida por el Instructor o tutor, podr ejercer el derecho a revisin, siguiendo el Procedimiento establecido en este Reglamento. a.13. Recibir estmulos, distinciones e incentivos por su espritu investigativo, habilidades Acadmicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales y de servicio a la comunidad. B. De carcter Comporta mental: b.1. Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la Comunidad Educativa. b.2 Ser escuchado y atendido en sus peticiones, siguiendo el debido proceso. b.3. Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la educacin, al Trabajo, a la libertad de expresin y a la locomo cin de los dems integrantes de la Comunidad educativa, sin recurrir a la violencia, causar daos o perturbar el orden de las Sedes del SENA, de los procesos de formacin y del lugar en el que se adelante el Aprendizaje. b.4. Usar la indumentaria y los elementos de proteccin personal propios del programa de Formacin profesional, para protegerse de los riesgos. PARGRAFO. Adems de estos derechos, el Aprendiz en formacin virtual del SENA tendr Los siguientes derechos de carcter acadmico: 1. Pertenecer a la comunidad Educativa Virtual del SENA 2. Tener acceso a todo el material didctico (obligatorio y adicional) ofrecido en el curso en el Que est matriculado, en forma electrnica, multimedia y para descargar, respetando la Propiedad intelectual y lo s derechos de autor. ARTCULO 3. Estmulos e incentivos . Son beneficios y distinciones que se otorgan a los

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Aprendices, como reconocimiento o valoracin de actuaciones meritorias o logros Sobresalientes obtenidos en los mbitos del aprendizaje, actitudina l, investigativo, innovador o Profesional. Los estmulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los Aprendices, entre ellos estn: a. Recibir mencin de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de Formacin. b. Ser postulado para realizar pasanta o intercambio nacional o internacional.

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c. Ser designado como monitor de un tema especfico en el cual demuestre competencia, en El programa de formacin, en la especialidad y actividades de formacin que se requiera su Aporte. d. Formar parte del semillero de nuevos instructores del SENA cuando termin e su proceso Formativo, si as lo desea. Por la representacin y participacin destacada en eventos de aprendizaje, tecnolgicos, Culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podr recibir premios y Distinciones CAPITULO 3 Deberes del Aprendiz SENA ARTCULO 4. Se entiende por deber, la obligacin legal, social y moral que compromete a la Persona a cumplir con determinada actuacin, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, Para propiciar la armona, el respeto, la integracin, el bienestar comn y la seguridad de las Personas y de los bienes de la institucin. Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecucin de la formacin, los Siguientes: A. De carcter Acadmico: a.1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de Mejoramiento, definidas durante su proceso de aprendizaje. a.2. Participar activamente en las actividades complementarias o de profundizacin, Relacionadas con el programa de formacin, con el fin de gestionar su proces o de Formacin. a.3. Dar a conocer oportunamente al instructor las solicitudes o novedades que se le Presenten durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o fsicos.

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a.4. Informar sobre la consecucin de contrato de aprendizaje o cualq uiera de las alternativas Para la etapa prctica, inmediatamente esto ocurra, a los responsables de apoyar este Proceso en el Centro de Formacin. a.5. Participar en la elaboracin y ejecucin del Plan de Gestin Ambiental del Centro de Formacin, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar y reciclar los desechos, Conservar el medio ambiente y el equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la Supervivencia de especies vegetales o animales. a.6. Acatar las decisiones adoptadas en forma grupal relacionadas con su proceso de Formacin. a.7. Asumir con responsabilidad y participar en las actividades programadas como salidas, Pasantas tcnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, as como En las dems de carcter pedaggi co. a.8. Hacer uso apropiado de las herramientas tecnolgicas que la Entidad pone a disposicin, Para adelantar el proceso de aprendizaje.Sistema de Gestin de la Calidad

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a.9. Ser responsable de gestionar los recursos de informacin a travs de las diferentes Fuentes de conocimiento, que garantice el logro de los resultados de aprendizaje Establecidos en el programa de formacin. a.10. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formacin para seguimiento a las Actividades desarrolladas durante el perodo de prctica. La no asistencia a estas Reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable. a.11. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y dems Documentos generados por los grupos de trabajo o compaeros, y que hayan sido Compartidos al interior de la Plataforma. Sin embargo, con la autorizacin de los Creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crdito a quien Gener la idea, a la fuente que se consult o al recurso en el que se bas la informacin B. De carcter Disciplinario: b.1 Conocer y asumir las polticas y directrices institucionales establecidas, as como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comuni dad de acuerdo con ellos. b.2. Portar permanentemente y en lugar visible el carn que lo identifica como Aprendiz SENA,

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Durante su proceso de formacin, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y Devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o Cancelacin de la matrcula. b.3. Utilizar la indumentaria y los elementos de proteccin personal dispuestos en los Ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevencin sealadas por el Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de Aprendizaje requerido. b.4. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones fsicas, el material Didctico, equipos y herramientas de la entidad o que estn a cargo de sta , Respondiendo por los daos ocasionados a stos intencionalmente o por descuido, Debidamente comprobados. b.5. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con Honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justici a, compaerismo y solidaridad con la Totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura Y educacin, en forma directa o a travs de medios impresos o electrnicos (como foros De discusin, Chat, correo electrnico, blo gs, etc.). b.6. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicacin y respetar a los integrantes de la Comunidad educativa, siendo solidaria, tolerante y veraz en la informacin que se publique En medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que contenga Imgenes, videos o grabaciones que no sean objeto de las actividades de aprendizaje. b.7. Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad Que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de Formacin de la entidad Y de la comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la Institucin y en los Ambientes de aprendizaje, permitiendo una actuacin oportuna, preventiva o correctiva. b.8. Respetar la dignidad, intimidad e integr idad de los miembros de la comunidad educativa SENA. b.9. Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad Educativa y del SENA.

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b.10. Abstenerse de realizar o apoyar actos que limiten o afecten el derecho a la educacin o la Locomocin de la comunidad educativa del SENA, como impedir el acceso a funcionarios Y aprendices a los centros de formacin y dems instalaciones del SENA.

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b.11. Presentar siempre las mej ores condiciones de aseo y pulcritud personal. b.12. Enaltecer y respetar los smbolos patrios e institucionales. b.13. No usar expresiones grotescas en foros de discusin, mensajes, anuncios, tanto Generales como en grupos de trabajo b.14. En caso de prd ida de carnet el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, Tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo en tesorera con base en la Normatividad dada por Direccin General. b.15. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de Cualquier miembro de la comunidad educativa. b.16. Suscribir oportunamente el Acta de compromiso como Aprendiz SENA y/o como Aprendiz Usuario de Tecno parque o Tecno academia, elaborada por la Direccin General de la Entidad. PARGRAFO. Adems de los deberes enunciados, el Aprendiz en formacin virtual tendr los Siguientes deberes de carcter acadmico: 1. Acceder regularmente a los ambientes virtuales previstos para la formacin y mantener una Comunicacin regular con el tutor. 2. Dedicar al proceso de formacin las horas mnimas semanales sealadas para cada Programa, que permitan dar cumplimiento a las horas establecidas en el curso al cual ha Sido asignado, teniendo en cuenta el cronograma y metodologa establecidos por el tutor. 3. Participar en los foros de discusin y dems espacios de socializacin del ambiente virtual, Reconociendo, compartiendo y construyendo conocimiento con los integrantes de la Comunidad educativa, contribuyendo con el aporte de conocimientos y destrezas en la Solucin y propuesta de los temas del curso. 4. Respetar los comentarios o participaciones realizadas por los dems integrantes de la Comunidad educativa. 5. Cumplir con los trabajos indicados por los Tutores, enviando puntualmente las actividades Definidas en el cronograma del curso. CAPITULO 4 Prohibiciones ARTCULO 5. Se considerarn prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes: A. De carcter acadmico: a.1 Plagiar materiales, trabajos y dems documentos generados en los g rupos de trabajo o Producto del trabajo en equipo institucional, as como las fuentes bibliogrficas Consultadas en los diferentes soportes.

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a.2. Terminar unilateralmente el contrato de ap rendizaje, sin el debido proceso y autorizacin Del responsable del seguimiento al mismo. a.3. Incumplir las actividades de aprendizaje acordadas en su proceso de formacin y los Compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa. a.4. Realizar fra ude en evaluaciones, en el proceso de formacin o en concursos, juegos o Competencias deportivas o culturales. B. De carcter Disciplinario: b.1 Aportar documentacin o informacin que difiera con la real, para el ingreso a la entidad O para obtener cualqu ier beneficio de la misma. b.2. Ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohlicas o Sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del SENA, o ingresar a la entidad en Estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de stos. b.3 Ingresar o portar armas, objetos corto -punzantes, explosivos u otros artefactos que Representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad Fsica de las personas, para destruir o deteriorar la planta fs ica o los bienes del SENA o De las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales, Recreativas, deportivas y sociales. Los miembros de la fuerza pblica y organismos de Seguridad del estado, que se encuentren en un proceso de formacin, no podrn portar Armas de fuego en el Centro de Formacin. b.4. Utilizar el nombre del SENA o sus instalaciones para actividades particulares o con nimo De lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el Subdirector de Centro o la instancia competente. b.5. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad Educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o fsicamente, o ser Cmplice o coparticipe de deli tos contra ellos o contra la institucin. b.6. Contribuir al desorden y/o al desaseo. b.7. Destruir, sustraer o daar instalaciones fsicas, equipos, materiales, software, elementos y dotacin en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entida des donde se Desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o Intercambios estudiantiles nacionales o internacionales. b.8. Obstaculizar el ingreso a las instalaciones de los Centros de Formacin y/o perturbar el Desarrollo normal de las actividades de aprendizaje, liderando o apoyando este tipo de Actos en oficinas, ambientes de aprendizaje, zonas de descanso, bibliotecas y en general

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Donde stas se desarrollen. b.9. Practicar o propiciar juegos de azar, con miembros de la comunidad educativa, al interior De las instalaciones del SENA, sin autorizacin de la instancia competente. b.10. Realizar acciones proselitistas de carcter poltico o religioso dentro de las instalaciones Del SENA y dems ambientes donde se desar rollen actividades formativas, as como Propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato fsico y/o mental, o conductas que puedan Afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa. b.11. Permanecer con el uniforme o la ropa de trabajo acordado para la especialidad, en Situaciones o lugares ajenos al proceso de formacin, que deterioren la imagen Institucional.

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b.12. Generar, transmitir, publicar o env iar informacin confidencial, de circulacin restringida, Inadecuada, malintencionada, violenta, pornogrfica, insultos o agresiones por los medios De comunicacin fsicos o electrnicos, disponibles para su proceso de formacin. b.13. Realizar comportamie ntos contrarios a la normativa SENA en lugares donde se adelanten Eventos de formacin nacional o internacional, que atenten contra la imagen del SENA o Del pas. b.14. Incumplir con la fecha lmite de reintegro al Centro de Formacin despus de haber Participado en un programa de movilidad estudiantil nacional o internacional b.15. Incumplir las normas de convivencia establecidas en cada Centro de Formacin o Internado b.16. Suplantar identidad en los cursos apoyados en ambientes virtuales de aprendizaje. b.17. Ingresar o salir de cualquier instalacin del Centro de Formacin o de la entidad donde se Desarrolle la formacin, por sitios diferentes a la portera, saltando muros, cercas o Violentando puertas, ventanas y cerraduras. b.18. Alterar, adulterar, fa lsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o Firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella. b.19. Elaborar escritos o mensajes satricos, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie, Objeto o mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formacin; o Pegar avisos, carteles, pancartas o anlogos en sitios no autorizados. b.20. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la

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Comunidad educativa, que atenten contr a la integridad fsica, moral y/o psicolgica. CAPITULO 5 Etapa prctica de los programas de formacin ARTICULO 6. Apropiacin y desarrollo del conocimiento. La etapa prctica del programa De formacin es aquella en la cual el Aprendiz SENA aplica, comple menta, fortalece y consolida Sus competencias, en trminos de conocimiento, habilidades y destrezas, actitudes y valores. La etapa prctica que desarrollan los Aprendices en cualquier programa de formacin, debe Permitirles aplicar en la resolucin de prob lemas reales del sector productivo, los conocimientos, Habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formacin, asumiendo Estrategias y metodologas de autogestin. ARTCULO 7. Alternativas de Permanencia en los programas de formacin durante la Etapa prctica. Para la realizacin de la etapa prctica requerida en el proceso de formacin de Los aprendices del SENA, se deben considerar las siguientes alternativas: Desempeo en una empresa a travs del Contrato de Aprendizaje en las diferentes Empresas obligadas, o con cuotas voluntarias, incluido el SENA. Desempeo a travs de vinculacin laboral o contractual en actividades relacionadas con el Programa de formacin.

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Participacin en un proyecto productivo, o en SENA Empresa, o en SENA proveedor SENA o en Produccin de Centros, cuando se definen los proyectos en el marco de un Programa de formacin y estos posibilitan la simulacin de entornos productivos reales y la Aplicacin de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del Programa para cumplir con el objetivo de la etapa prctica. En este caso el certificado de Cumplimiento lo brinda el Subdirector de Centro. Servicio Militar. Los aprendices tcnicos y tecnlogos que terminen la etapa lectiva y no Cuenten con contrato de aprendizaje o no tengan definido su proyecto productivo, podrn Incorporarse al ejrcito a prestar su servicio militar realizando la etapa prctica en Actividades afines al programa de formacin. De asesora a Mi pymes, aplica especialmente, no exclusivamente, para los aprendices que Son beneficiarios de apoyos de sostenimiento, de cualquier programa de formacin, para el Apoyo en los temas de comercio electr nico, logstica y gestin de talento humano. Los

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Aprendices de formacin titulada que decidan optar por esta alternativa, deben inscribirse en El Centro de Formacin con el responsable de apoyos de sostenimiento, contarn con el Apoyo del asesor de fortale cimiento empresarial del Centro en la definicin de la solucin Para la Mi pyme. Esta opcin ser vlida como etapa prctica una vez la Mipyme certifique el Cumplimiento de los objetivos y productos asociados a la asistencia que le brinde el Aprendiz. De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las Actividades que desarrollan las competencias adquiridas durante su proceso de formacin. En este caso el aprendiz hace su propia concertacin con la unidad productiva sobre las Condiciones de estada, esto es, pago de algn auxilio econmico o en especie y el Certificado de cumplimiento de la pasanta lo brinda el responsable del proceso del aprendiz En la unidad productiva. De apoyo a una institucin estatal nacional, territo rial, o a una ONG, o a una entidad sin nimo de lucro, para el desempeo de actividades prcticas asociadas a su programa de Formacin o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formacin facilitado Por esta institucin, donde el aprendiz hace su propia concertacin con la institucin sobre Las condiciones de estada, esto es, pago de algn auxilio econmico o en especie. En este Caso el certificado de cumplimiento de la pasanta lo brinda el directivo o responsable del Proceso del aprendiz en la institucin. Monitorias: De acuerdo con la reglamentacin establecida en la institucin, el desarrollo de Monitorias por parte de los aprendices SENA en las especialidades que son afines Tecnolgicamente a su programa de formacin, sea en un Centro de Formacin del SENA, En otra institucin educativa o en un Tecno parque o en una Tecno academia, sern Contempladas como alternativa para la etapa prctica. En este caso el certificado de Cumplimiento de las actividades de monitoria lo brinda el S ubdirector de Centro.

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PARGRAFO. La permanencia del Aprendiz en la etapa prctica podr gestionarse con el Acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artculo, o a la combinacin de varias De ellas durante el proceso de formacin.

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ARTCULO 8. Registro de la Etapa prctica. Es responsabilidad del aprendiz registrarse en El Sistema de Gestin Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje; el Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, Y verificar que sean iguales a los registrados en el sistema para la gestin de la formacin, as Como consultar peridicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que se reportan Por parte de los empresarios. Si el aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta alternativa debe Ser aprobada por el Coordinador Acadmico del programa en el que participa el aprendiz, y la Informacin deber reportarse directamente en el sistema para la gestin de la formacin. ARTCULO 9. Seguimiento de la Etapa prctica. El seguimiento de la etapa prctica es Obligatorio y se realizar de manera virtual para todos los aprendices. El Aprendiz elaborar una Bitcora quincenal, en la que sealar las actividades desarrolladas en la empresa, o donde Est ejecutando su etapa prctica, de acuerdo con las alternativas de etapa productiva. De esta Forma, el Instructor asignado puede hacer seguimiento a las activid ades que desempea el Aprendiz a travs de la plataforma virtual, garantizando una interaccin continua entre el Aprendiz y el instructor. De ser necesario, el seguimiento virtual se podr complementar con Pasantas o visitas de instructores a la empresa.

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PARGRAFO. La permanencia del Aprendiz en la etapa prctica podr gestionarse con el Acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artculo, o a la combinacin de varias De ellas durante el proceso de formacin. ARTCULO 8. Registro de la Etapa prctica. Es responsabilidad del aprendiz registrarse en El Sistema de Gestin Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje; el Aprendiz es responsable de actuali zar permanentemente los datos que registre en este sistema, Y verificar que sean iguales a los registrados en el sistema para la gestin de la formacin, as Como consultar peridicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que se reportan Por parte de los empresarios. Si el aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta alternativa debe Ser aprobada por el Coordinador Acadmico del programa en el que participa el aprendiz, y la

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Informacin deber reportarse directame nte en el sistema para la gestin de la formacin. ARTCULO 9. Seguimiento de la Etapa prctica. El seguimiento de la etapa prctica es Obligatorio y se realizar de manera virtual para todos los aprendices. El Aprendiz elaborar una Bitcora quincenal, e n la que sealar las actividades desarrolladas en la empresa, o donde Est ejecutando su etapa prctica, de acuerdo con las alternativas de etapa productiva. De esta Forma, el Instructor asignado puede hacer seguimiento a las actividades que desempea el Aprendiz a travs de la plataforma virtual, garantizando una interaccin continua entre el Aprendiz y el instructor. De ser necesario, el seguimiento virtual se podr complementar con Pasantas o visitas de instructores a la empresa. CAPITULO 6 Trmites realizados o solicitados por los aprendices del SENA ARTCULO 10. Los trmites acadmicos son aquellas diligencias que los Aprendices Adelantan para obtener su registro acadmico o documentos originales o duplicados, tales Como: certificados, ttulos, actas de grado o constancias acadmicas, o para gestionar Solicitudes de traslado, aplazamiento, reingreso y retiro voluntario. Estas solicitudes deben ser presentadas por el Aprendiz ante el Subdirector de Centro en el Formato que corresponda, quien deber res ponderlas dentro de los diez (10) das hbiles Siguientes. ARTCULO 11. Registro Acadmico. El registro acadmico es el procedimiento que Protocoliza las acciones acadmicas y disciplinarias del Aprendiz SENA, y actualiza su ficha Acadmica durante el proceso de formacin. PARAGRAFO. El Instructor es responsable de registrar oportunamente la informacin Acadmica del aprendiz y el Coordinador Acadmico o quien haga sus funciones en el Centro, Es responsable de controlar el oportuno registro y la consoli dacin de la informacin de los Resultados de la evaluacin y situaciones acadmicas, que permita el seguimiento y certificacin De los aprendices de manera oportuna.

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ARTCULO 12. La certificacin es el procedimiento de administracin de la formacin a travs Del cual se hace el reconocimiento formal de los resultados obtenidos por el Aprendiz SENA Durante su proceso de formacin en trminos de competencias para el desempeo laboral. PARAGRAFO: Por solicitud del aprendiz y con el fin de adelantar estudios adicionales a los

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Realizados en el SENA, o para efectos laborales, intercambios u otro tipo de trmites que lo Requieran, se expedir constancia acadmica que exprese la equivalencia numrica que Corresponda a la evaluacin cualitativa. ARTCULO 13. Expedicin de certificados y de constancias acadmicas . La expedicin por Primera vez de certificados o ttulos, con sus documentos anexos, no tendr costo para el Aprendiz. Estos certificados o t tulos sern expedidos por el Centro de Formacin, quien los Emitir as: - Para programas de formacin titulada: certificado o ttulo, acta de grado si el programa la Contempla, y constancia de estudio con evaluaciones. - Para cursos de formacin complementaria: en la fecha de la finalizacin del curso o dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes, se expedir y entregar al aprendiz el certificado Correspondiente. ARTICULO 14. Expedicin de duplicados: La expedicin de duplicados correspondientes a Certificados, constancias acadmicas o actas de grado podrn solicitarse en el Centro o a travs De medios electrnicos. El costo de los duplicados de certificados expedidos a travs de medios fsicos ser establecido Por el Director General. ARTCULO 15. Legalizacin de documentos acadmicos SENA para apostille. La Legalizacin de un documento acadmico consiste en la verificacin de la validez del mismo, a Travs de una firma autorizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, que ratifica la Autenticidad del documento; esta legalizacin la exige el Ministerio de Relaciones Exteriores Para el apostille de los documentos cuando son solicitados para trmite en otros pases, cuyo Trmite podr consultarlo al responsable de registro y certificacin d el Centro. ARTICULO 16. El Aprendiz podr solicitar cualquiera de los siguientes trmites que se Describen a continuacin: 1. TRASLADO. Es la solicitud escrita presentada por el Aprendiz, para el cambio de jornada o De Centro de Formacin, en el mismo prog rama en el que est matriculado, o en otro programa Afn tecnolgicamente, en el que se haya aplicado la misma prueba de seleccin en el proceso De ingreso. Todo traslado est supeditado siempre a la disponibilidad de cupo que exista en el Programa al cual se va a trasladar. Para solicitar el traslado, el aprendiz debe haber finalizado Al menos su primer trimestre del proceso de formacin y estar a paz y salvo con el SENA por Todo concepto.

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Cuando el Aprendiz se encuentre sancionado con condicionamiento de matrcula, no se podr Trasladar, ni aplazar el proceso de formacin. 2. APLAZAMIENTO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito para retirarse Temporalmente del programa d e formacin en el que se encuentra matriculado, por un tiempo Mximo de seis (6) meses calendario continuos o discontinuos, por alguno de los siguiente Motivos debidamente comprobados: enfermedad, maternidad, servicio militar, problemas de Seguridad o cala midad domstica. En el caso del servicio militar y las incapacidades por enfermedad o maternidad, el Aplazamiento se dar por el tiempo que la instancia competente determine, previa presentacin Del soporte por parte del Aprendiz. 3. REINGRESO. La fecha lmite para que el Aprendiz reingrese al SENA debe quedar Consignada en el acto acadmico que concede la suspensin, pero el Aprendiz podr solicitar Su reingreso antes de esa fecha por escrito. En todos los casos, el reingreso est supeditado a la vigencia del programa y a la disponibilidad De cupo en el nivel de formacin que se requiere. En caso de no existir disponibilidad de cupo en la fecha de la solicitud de reintegro, el mismo Podr hacerse efectivo por parte del Centro de Formacin en el momento en que exista esa Disponibilidad, caso en el cual el reintegro efectivo podr realizarse con posterioridad al ao de Iniciado el aplazamiento. En todo caso se informar por escrito al Aprendiz la fecha de Reintegro o la imposibilidad del mismo. Si el programa al que se solicita el reintegro no se encuentra vigente en el momento de la Solicitud, el Comit de Evaluacin y Seguimiento analizar la situacin acadmica del Aprendiz, Comparando el programa en que se matricul, con el que est vigente, y establecer las Equivalencias entre las competencias y resultados de aprendizaje, definiendo los resultados de Aprendizaje y competencias que le faltan al Aprendiz por realizar para completar el aprendizaje. 4. RETIRO VOLUNTARIO. Es la solicitud que el Aprendiz puede r ealizar por escrito para Retirarse definitivamente del programa de formacin; esta solicitud implica que el aprendiz no puede participar en procesos de ingreso a la institucin durante los seis (6) meses siguientes, Contados a partir del registro de la novedad en el sistema de gestin de la formacin. CAPITULO 7

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Proceso de formacin, incumplimiento, desercin ARTICULO 17. Participacin y Cumplimiento . El Aprendiz SENA, como gestor principal de su Proceso de formacin, debe participar de manera activa y o portuna en las diferentes actividades De aprendizaje, presenciales y/o virtuales, que conforman la ruta de aprendizaje. Los procesos De formacin en el SENA promueven la responsabilidad de cada Aprendiz en la gestin de su Proceso de aprendizaje, facilitan do su acceso a diversas fuentes de conocimiento. De acuerdo

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Con lo concertado entre el Instructor Tutor y el Aprendiz, se evaluar el cumplimiento o no de Las actividades de aprendizaje d e la ruta de aprendizaje, as: 1. Incumplimiento justificado: El incumplimiento justificado del Aprendiz se da cuando deja de Cumplir con la presentacin de evidencias de aprendizaje, o participar en actividades de Aprendizaje presenciales o virtuales pact adas en la ruta de aprendizaje, informando Previamente al Instructor o a ms tardar dentro de los dos (2) das hbiles siguientes a su Ocurrencia, presentando un soporte comprobable que explique dicho evento. Por ejemplo: Incapacidades mdicas, calamidad d omstica, trmites de etapa prctica u otras, debidamente Soportadas que requieran la atencin del Aprendiz. Las incapacidades mdicas que superen los treinta (30) das hbiles darn lugar a un Aplazamiento, previa notificacin al aprendiz. 2. Incumplimiento Injustificado: Es el incumplimiento del Aprendiz en la entrega de Evidencias de aprendizaje o participacin en actividades de aprendizaje presenciales o Virtuales, pactadas en la ruta de aprendizaje, que no fueron reportadas ni justificadas por el Aprendiz al Coordinador Acadmico, previamente o dentro de los dos (2) das hbiles Siguientes a su ocurrencia, o cuando la(s) razn(es) expuestas por el Aprendiz o el soporte Presentado, no justifican el incumplimiento. El Instructor o Tutor debe efectuar el seguimiento y reporte en el sistema para la gestin de la Formacin. 3. Revisin de los Resultados de Evaluacin: En caso de que el Aprendiz est en Desacuerdo con la evaluacin de su formacin emitida por el Instructor o tutor, podr ejercer el Derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el siguiente procedimiento: - Presentar solicitud escrita de revisin ante el Instructor o tutor, orientador del proceso de

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Formacin que emiti la evaluacin, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes a la Publicacin o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo. - Esta solicitud debe ser contestada por el Instructor o Tutor, dentro de los dos (2) das Hbiles siguientes a la fecha de presentacin por parte del Aprendiz. - Si la solicitud no es contestada dentro del trmino anterior, o si persiste el desacuerdo Con la respuesta recibida, el aprendiz podr solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Acadmico correspondiente, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes, La asignacin de un segundo evaluador que revise la evaluacin realizada inicialmente; La decisin del segundo evaluador es definitiva para la evaluacin del Aprendiz y debe Ser emitida a ms tardar dentro de los dos (2) das hbiles siguientes a la fecha de la Solicitud presentada por el Aprendiz. 4.- Desercin. Se considera desercin: a. Cuando el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa de Formacin, durante un mes continuo. b. Cuando al terminar el periodo de aplazamiento ap robado por el SENA, el Aprendiz no Reingresa al programa de formacin.

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c. Cuando transcurridos dos (2) aos contados a partir de la fecha de terminacin de la etapa Lectiva del programa, el Aprendiz no ha presentado la evidencia de la realizacin de la etapa Prctica. Evidenciada una de stas situaciones, el(los) Instructor(es) o la persona responsable del Seguimiento respectivo, reportar(n) el hecho al Coordinador Acadmico, quien deber enviar Una comunicacin al Aprendiz a la ltima direccin registrada en el sistema de informacin, Solicitndole justificar su incumplimiento dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes al envo. Si el Aprendiz no responde, o no son justificadas las ra zones que exponga, el Subdirector de Centro de Formacin expedir el acto acadmico declarando la desercin por parte del aprendiz y ordenando la cancelacin de su matrcula. Contra esta decisin procede el recurso de reposicin ante el Subdirector de Centro. CAPITULO 8 Faltas acadmica y disciplinaria ARTCULO 18. Faltas que afectan el proceso de formacin y la convivencia. Se consideran Faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formacin y la convivencia, y que son

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Los comportamientos, las prcticas, las omisiones, o actitudes que alteran el normal desarrollo De la formacin, la convivencia en la comunidad educativa, o el desempeo acadmico del Aprendiz o de sus compaeros, y que al presentarse originan la necesidad de una medida Sancionatoria y/o formativa. ARTCULO 19. Clasificacin de las faltas: Las faltas del Aprendiz pueden ser Acadmicas o Disciplinarias. Faltas Acadmicas: Estn relacionadas directamente con el compromiso del Aprendiz de Apropiacin y transferencia del conocimiento, as como el desarrollo de habilidades y Competencias que le permitan su desempeo, y gestionar procesos de aprendizaje autnomo. Se configura la falta acadmica cuando el Aprendiz incurre con su actuacin u omisin en una De las prohibiciones de carcter acadmico, incumple un deber de carcter acadmico, o se Extralimita en el ejercicio de un derecho de carcter acadmico, sealado en este reglamento. Faltas Disciplinarias: Estn relacionadas directamente con factores comporta mentales del Aprendiz. Se configura la falta disciplinaria cuando el Aprendiz incurre con su actuacin u Omisin en una de las prohibiciones de carcter disciplinario, incumple un deber de carcter Disciplinario, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carcter comporta mental sealado En este reglamento. ARTICULO 20. Calificacin de las faltas: Las faltas acadmicas y disciplinarias deben Calificarse como: - Leves - Graves, o - Gravsimas

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ARTICULO 21. Criterios para calificar la falta: Para hacer la calificacin provisional y la Calificacin definitiva de la(s) falta(s) en uno de los tres grados sealados anteriormente, se Tendrn en cuenta los siguientes criterios: 1. Dao(s) causado(s) y sus efectos 2. Grado de participacin del Aprendiz 3. Antecedentes del Aprendiz 4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formacin 5. Confesin de la(s) falta(s) 6. Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el dao causado o compensar el perjuicio Causado 7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta 8. Los parmetros de calificacin sealados en este reglamento

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PARGRAFO. Aquellas conductas que constituyan delito tipificado en el Cdigo Penal Colombiano, deben ser adems denunciadas por el servidor pblico que tenga conocimiento de Ellas, ante la(s) autoridad(es) competente(s), de conformidad con lo establecido en el artculo 67 Y 69 del Cdigo de Procedimiento Penal y el numeral 24 del artculo 34 de la Ley 734 de 2002 Cdigo Disciplinario nico. CAPTULO 9 Medidas formativas y sanciones ARTCULO 22. Medidas Formativas . Las medidas formativas son aquellas acciones que se Aplican al Aprendiz SENA matriculado en cualquier tipo de formacin (titulada o Complementaria), y en cualquiera de sus modalidades (virtual o presencial), cuando se trate de Hechos que contraren en menor grado el orden acadmico o disciplinario, sin afectar los Deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con El fin de generar cambios en el desempeo acadmico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz. Son medidas formativas: 1. Llamado de atencin verbal: Cuando se trate de hechos que contraren en menor grado el Orden acadmico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando Sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y Prohibiciones, el aprendiz podr recibir un llamado de atencin verbal por parte del (los) Instructor(es), el Coordinador Acadmico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector Del Centro. Este llamado de atencin verbal no constituye una sancin, por lo cual, no se anotar en la hoja De vida del aprendiz, ni se reportar como novedad en el sistema de informacin acadmica; Tampoco se tendr como antecedente disciplinario o acadmico.

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2. Plan de Mejoramiento acadmico: Es una medida adoptada para definir acciones de Formacin, concertadas entre el Ap rendiz y el Instructor o el Coordinador Acadmico, que se Formula durante la ejecucin del programa de formacin para garantizar el logro de los Resultados de aprendizaje, cuando se le ha impuesto al Aprendiz sancin acadmica Consistente en llamado de ate ncin escrito o condicionamiento de matricula; este plan debe ser Firmado por el Aprendiz; para su diseo deben contemplarse nuevas actividades de aprendizaje,

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Para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben identificar los resultados de Aprendizaje que no han sido alcanzados por el aprendiz y las evidencias de aprendizaje que se Utilizarn para evaluar el logro de este plan, que tendr una duracin mxima de tres (3) meses. Ser responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya de signado el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la concertacin y definicin de este plan de Mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este Plan. 3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de Carcter comporta mental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su Conducta, cuando se le ha impuesto sancin disciplinaria consistente en llamado de atencin Escrito o condicionamiento de matricula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y para su Diseo debe contemplarse la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento Que se esperan en un perodo mximo de tres (3) meses. Ser responsabilidad del Instructor o d el Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definicin de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados comporta mentales definidos en este plan. ARTCULO 23. Sanciones. Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una Falta acadmica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institucin y deben registrarse en El sistema de gestin de la formacin. La sancin que se imponga al Aprendiz debe ser Proporcional a la gravedad de la falta. Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestin de la formacin y en caso de Que el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse en el Sistema De Gestin Virtual de Aprendices e infor mrsele a la respectiva empresa. Las sanciones que pueden imponerse por faltas acadmicas o disciplinarias son: a. Llamado de atencin escrito: Medida sancionatoria que se impone por el servidor pblico Competente como resultado del procedimiento estableci do en este Reglamento, por la falta Acadmica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Se impone a travs de comunicacin Escrita dirigida por el Subdirector del Centro al Aprendiz, con copia a su hoja de vida. Constituye Antecedente sancionatorio e implica la concertacin de un plan de mejoramiento que debe Firmar y cumplir el Aprendiz.

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b. Condicionamiento de la matrcula : Acto acadmico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta acadmica o disciplinaria, previo agotamiento del Procedimiento establecido en este Reglamento.

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El condicionamiento de matrcula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento Concertado, en un periodo mximo de tres (3) meses. Una vez quede en firme el condicionamiento de la matrcula, el Subdirector del Centro debe Generar la prdida de estmulos e incentivos que est recibiendo el aprendiz, si los tuviere. Esta Decisin ser determinada en el acto acadmico que ordene el condicionamiento de matrcula. El condicionamiento de matrcula podr imponerse como sancin, en los siguientes casos: Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite con base en los criterios de calificacin Sealados en los numerales 1 a 7 del artculo 21 d e este reglamento. Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado como consecuencia de un (1) Llamado de atencin escrito. Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien dos (2) llamados de Atencin escritos durante su proceso de for macin. Cuando el aprendiz ha tenido incumplimiento injustificados en la entrega de las Evidencias de aprendizaje o valoracin deficiente de los resultados de aprendizaje, que Sobrepasen el treinta por ciento (30%) del total del programa de formacin. Por terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje sin autorizacin previa del SENA. c. Cancelacin de la matricula. Esta sancin ser impuesta por el Subdirector del respectivo Centro de Formacin, una vez agotado el procedimiento establecido en este Reglamento, Cuando se presente una de las siguientes causas: Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite, con base en los criterios de calificacin Sealados en los numerales 1 a 7 del artculo 21 de este reglamento. Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado, como consecuencia de un Condicionamiento de matrcula. Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo un Condicionamiento de matrcula durante su proceso de formacin Cuando el aprendiz ha tenido faltas injustificadas en la entrega de las evidencias de Aprendizaje o valoracin deficiente de los resultados de aprendizaje, que sobrepasen el Cincuenta por ciento (50%) del total del programa de formacin. Realizar o apoyar actos que limiten o afecten el der echo a la educacin o la locomocin

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De la comunidad educativa del SENA. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad Educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o fsicamente, o ser Cmplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institucin. Destruir, sustraer o daar instalaciones fsicas, equipos, materiales, software, elementos Y dotacin en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades donde se Desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o Intercambios estudiantiles nacionales o internacionales. La cancelacin de la matrcula implica la prdida del carcter de Aprendiz SENA, y la persona Sancionada no podr participar en procesos de ingreso a la institucin por un perodo que

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Puede variar entre seis (6) y veinticuatro (24) meses, de acuerdo con lo consignado en el acto Acadmico suscrito por parte del Su bdirector del Centro. Una vez en firme la sancin, el Aprendiz debe entregar de manera inmediata el carn institucional. ARTICULO 24. Principios rectores para la aplicacin de sanciones : a. Publicidad: Todo procedimiento sancionatorio que se le adelante po r falta disciplinaria o Acadmica, debe ser informado desde su inicio al Aprendiz que presuntamente cometi la falta. b. Contradiccin: El Aprendiz que presuntamente haya cometido una falta, podr ejercer su Derecho de contradiccin y defensa dentro de las oportunidades previstas para ello, presentar Descargos y solicitar y/o aportar pruebas. c. Presuncin de inocencia: Toda investigacin debe partir de la presuncin de inocencia en Favor del Aprendiz, por lo que la carga de la prueba recaer sobre los integrantes de la Comunidad educativa o el Centro de Formacin responsable de imponer la sancin. La duda Respecto a la responsabilidad del Aprendiz, se resolver a su favor. d. Valoracin integral de las pruebas y descargos: Tanto el Comit de Evaluacin y Seguimiento Del Centro de Formacin Profesional, que recomienda la medida sancionatoria a imponer, como El Subdirector del respectivo Centro, deben valorar todas las pruebas aportadas al expediente y Los descargos del Aprendiz. e. Motivacin de la decisin: El Subdirector de Centro debe tener en cuenta cada una de las Motivaciones y fundamentos de la recomendacin que el Comit exprese. Una vez tenga la Suficiente ilustracin respecto a los hechos motivo de investigacin, proceder a expedir el acto Acadmico correspondiente, el cual deber ser motivado en todos los casos.

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f. Proporcionalidad: Las medidas formativas o sancionatorias deben imponerse Proporcionalmente a la falta cometida. g. Impugnacin: Los aprendices sancionados podrn impugnar motivadamente la decisin, ante El servidor pblico que expidi el respectivo acto acadmico. CAPITULO 10 Procedimiento para la aplicacin de sanciones ARTICULO 25. El procedimiento se inicia con el informe o queja presentada, por un servidor Pblico, contratista, Aprend iz, o cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos Que puedan constituir falta disciplinaria o acadmica determinada en este reglamento, con lo Cual se debe abrir un expediente, en el cual se deben acumular todos los documentos y Pruebas que se relacionen con el caso. Este informe o queja podr ser presentada al Coordinador Acadmico o al Subdirector del Centro de Formacin y deber contener como mnimo:

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1. Fecha del informe o queja 2. Descripcin detallada de los hechos que presuntamente constituyen la falta 3. Testigos y/o pruebas que aporta, si es del caso 4. Direccin del informante o quejoso 5. Firma PARGRAFO: Cuando la informacin o queja sea annima, solo se dar trmite cuando este Informe o queja aporte datos que permitan ser verificados o prueba(s) que pueda(n) llegar a Demostrar la veracidad de los hechos. ARTICULO 26. En cada Centro de Formacin Profesional del SENA funcionar un Comit de Evaluacin y Seguimiento, c omo instancia competente para investigar y analizar casos tanto Acadmicos como disciplinarios de los Aprendices de todos los tipos y modalidades de Formacin, y cuyas recomendaciones deben ser entregadas al Subdirector del Centro para su Decisin. Este Comit est conformado por los siguientes integrantes: Un Instructor o tutor del programa de formacin, designado por el Subdirector del Centro Un funcionario de apoyo al Bienestar de los aprendices o quien haga sus veces, quien Actuar como Secretario El representante de los Aprendices del respectivo Centro de Formacin El Coordinador misional del Centro o quien haga sus veces. El Coordinador Acadmico, quien participar con voz pero sin voto El Aprendiz lder del programa de formacin, quien par ticipar con voz pero sin voto PARAGRAFO: Cuando sea necesario para el anlisis de un caso, se podr invitar a otro(s)

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Servidor(es) pblico(s) o integrante(s) de la comunidad educativa, quien(es) actuar(n) con voz Pero sin voto. ARTICULO 27. Reuniones. El Comit de Evaluacin y Seguimiento se reunir por lo menos Una vez cada trimestre, y cada vez que sea necesario para la aplicacin del procedimiento Establecido en este reglamento. Este comit realizar seguimiento a programas de formacin afines tecnolgicamente, en Espacios