porcentajes retencion impuesto a la renta 2015 vig
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Retenciones VigentesTRANSCRIPT
¿QUÉ PORCENTAJE DEBO RETENER DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA COMPRA DE BIENES O ADQUISICIÓN DE SERVICIOS?
2015
Porcentajes vigentes Campo Formulario 103 Código del Anexo
Honorarios profesionales y demás pagos por servicios relacionados con el título profesional 10 303 303Servicios predomina el intelecto no relacionados con el título profesional 8 304 304Comisiones y demás pagos por servicios predomina intelecto no relacionados con el título profesional 8 304 304APagos a notarios y registradores de la propiedad y mercantil por sus actividades ejercidas como tales 8 304 304BPagos a deportistas, entrenadores, árbitros, miembros del cuerpo técnico por sus actividades ejercidas como tales 8 304 304CPagos a artistas por sus actividades ejercidas como tales 8 304 304DHonorarios y demás pagos por servicios de docencia 8 304 304EServicios predomina la mano de obra 2 307 307Utilización o aprovechamiento de la imagen o renombre 10 308 308Servicios prestados por medios de comunicación y agencias de publicidad 1 309 309Servicio de transporte privado de pasajeros o transporte público o privado de carga 1 310 310Por pagos a través de liquidación de compra (nivel cultural o rusticidad) 2 311 311Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal 1 312 312Compra de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícula, bioacuático, y forestal 1 312 312ARegalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual - pago a personas naturales 8 314 314A
8 314 314BRegalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual - pago a sociedades 8 314 314CCánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a sociedades 8 314 314DCuotas de arrendamiento mercantil, inclusive la de opción de compra 1 319 319Por arrendamiento bienes inmuebles 8 320 320Seguros y reaseguros (primas y cesiones) 1 322 322Por rendimientos financieros pagados a naturales y sociedades (No a IFIs) 2 323 323Por RF: depósitos Cta. Corriente 2 323 323APor RF: depósitos Cta. Ahorros Sociedades 2 323 323B1Por RF: depósito a plazo fijo gravados 2 323 323EPor RF: depósito a plazo fijo exentos 0 323 323E2Por rendimientos financieros: operaciones de reporto - repos 2 323 323FPor RF: inversiones (captaciones) rendimientos distintos de aquellos pagados a IFIs 2 323 323GPor RF: obligaciones 2 323 323HPor RF: bonos convertible en acciones 2 323 323IPor RF: Inversiones en títulos valores en renta fija gravados 2 323 323 MPor RF: Inversiones en títulos valores en renta fija exentos 0 323 323 N
0 323 323 OPor RF: Intereses pagados por entidades del sector público a favor de sujetos pasivos 2 323 323 PPor RF: Otros intereses y rendimientos financieros gravados 2 323 323QPor RF: Otros intereses y rendimientos financieros exentos 0 323 323R
1 324 324APor RF: Por inversiones entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria. 1 324 324BAnticipo dividendos 22 325 325Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes 22 325 325ADividendos distribuidos que correspondan al impuesto a la renta único establecido en el art. 27 de la lrti hasta el 100% 326 326Dividendos distribuidos a personas naturales residentes 1% al 13% 327 327Dividendos distribuidos a sociedades residentes hasta el 100% 328 328dividendos distribuidos a fideicomisos residentes hasta el 100% 329 329Dividendos gravados distribuidos en acciones (reinversión de utilidades sin derecho a reducción tarifa IR) 330 330Dividendos exentos distribuidos en acciones (reinversión de utilidades con derecho a reducción tarifa IR) 0 331 331Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención 0 332 332Por la enajenación ocasional de acciones o participaciones y títulos valores 0 332 332ACompra de bienes inmuebles 0 332 332BTransporte público de pasajeros 0 332 332C
0 332 332DValores entregados por las cooperativas de transporte a sus socios 0 332 332ECompraventa de divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América 0 332 332FPagos con tarjeta de crédito No aplica retención 332 332GPago al exterior tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo recap 0 332 332HEnajenación de derechos representativos de capital y otros derechos cotizados en bolsa ecuatoriana 0,20% 333 333Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos no cotizados en bolsa ecuatoriana 1 334 334Por loterías, rifas, apuestas y similares 15 335 335Por venta de combustibles a comercializadoras 2/mil 336 336Por venta de combustibles a distribuidores 3/mil 337 337Compra local de banano a productor 1% -2% 338 338Liquidación impuesto único a la venta local de banano de producción propia hasta el 100% 339 339Impuesto único a la exportación de banano de producción propia - componente 1 1% -2% 340 340Impuesto único a la exportación de banano de producción propia - componente 2 1,25% - 2% 341 341Impuesto único a la exportación de banano producido por terceros 0,5%-2% 342 342Por energía eléctrica 1 343 343APor actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares 1 343 343BOtras retenciones aplicables el 2% 2 344 344Pago local tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo recap 2 344 344AGanancias de capital entre 0 y 10 346 346APago al exterior - Rentas Inmobiliarias 411,422,432 500
Pago al exterior - Beneficios Empresariales 411,422,432 501
Pago al exterior - Servicios Empresariales 411,422,432 502
Pago al exterior - Navegación Marítima y/o aérea 411,422,432 503
Pago al exterior- Dividendos distribuidos a personas naturales 0 405,416 504Pago al exterior - Dividendos a sociedades hasta el 100% 406,417 504A
DETALLE DE PORCENTAJES DE RETENCION EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA CONFORME LA NORMATIVA VIGENTE
Cánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a personas naturales
Por RF: Intereses pagados a bancos y otras entidades sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria
Por RF: Intereses en operaciones de crédito entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria.
De acuerdo a la tabla de retenciones del Art. 15 RALRTI
Pagos en el país por transporte de pasajeros o transporte internacional de carga, a compañías nacionales o extranjeras de aviación o marítimas
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre
0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre
0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre
0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre
0 y 22 *
Pago al exterior - Anticipo dividendos 22% 404,415 504B
Pago al exterior - Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes 404,415 504C
Pago al exterior - Dividendos a fideicomisos hasta el 100% 407,418 504D
Pago al exterior- Dividendos distribuidos a personas naturales (paraísos fiscales) 0 426 504E
Pago al exterior - Dividendos a sociedades (paraísos fiscales) 13% 427 504F
Pago al exterior - Anticipo dividendos (paraísos fiscales) 25% 425 504G
Pago al exterior - Dividendos a fideicomisos (paraísos fiscales) 13% 428 504H
Pago al exterior - Rendimientos financieros 411,422,432 505
Pago al exterior – Intereses de créditos de Instituciones Financieras del exterior 411,422,432 505A
Pago al exterior – Intereses de créditos de gobierno a gobierno 411,422,432 505B
Pago al exterior – Intereses de créditos de organismos multilaterales 411,422,432 505C
Pago al exterior - Intereses por financiamiento de proveedores externos 411,422,432 505D
Pago al exterior - Intereses de otros créditos externos 411,422,432 505E
Pago al exterior - Otros Intereses y Rendimientos Financieros 411,422,432 505F
Pago al exterior - Cánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares 411,422,432 509
Pago al exterior - Regalías por concepto de franquicias 411,422,432 509A
Pago al exterior - Ganancias de capital 411,422,432 510Pago al exterior - Servicios profesionales independientes 411,422,432 511Pago al exterior - Servicios profesionales dependientes 411,422,432 512Pago al exterior - Artistas 411,422,432 513Pago al exterior - Deportistas 411,422,432 513APago al exterior - Participación de consejeros 411,422,432 514Pago al exterior - Entretenimiento Público 411,422,432 515Pago al exterior - Pensiones 411,422,432 516Pago al exterior - Reembolso de Gastos 411,422,432 517Pago al exterior - Funciones Públicas 411,422,432 518Pago al exterior - Estudiantes 411,422,432 519Pago al exterior - Otros conceptos de ingresos gravados 411,422,432 520Pago al exterior - Pago a proveedores de servicios hoteleros y turísticos en el exterior 411,422,432 520A
Pago al exterior - Arrendamientos mercantil internacional 411,422,432 520B
Pago al exterior - Comisiones por exportaciones y por promoción de turismo receptivo 411,422,432 520D
Pago al exterior - Por las empresas de transporte marítimo o aéreo y por empresas pesqueras de alta mar, por su actividad. 411,422,432 520EPago al exterior - Por las agencias internacionales de prensa 411,422,432 520FPago al exterior - Contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacional 411,422,432 520GPago al exterior - Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos 5% 408,419,429 521Pago al exterior - Servicios técnicos, administrativos o de consultoría y regalías con convenio de doble tributación hasta el 100% 410 522APago al exterior - Servicios técnicos, administrativos o de consultoría y regalías sin convenio de doble tributación 22% 421 522BPago al exterior - Servicios técnicos, administrativos o de consultoría y regalías en paraísos fiscales 35% 431 522CPago al exterior - Seguros y reaseguros (primas y cesiones) con convenio de doble tributación hasta el 100% 409 523APago al exterior - Seguros y reaseguros (primas y cesiones) sin convenio de doble tributación 22% 420 523BPago al exterior - Seguros y reaseguros (primas y cesiones) en paraísos fiscales 35% 430 523CPago al exterior - Otros pagos al exterior no sujetos a retención 0 412,423,433 524
Modificaciones vigentes desde el 01/10/2014 según Resolución NAC-DGERCGC14-00787 publicada 3SRO 346 de 2 de octubre del 2014 Y Resolución NAC-DGERCGC15-00000120 publicada S.R.O. 444 de 24/02/2015
CONSIDERAR:
El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.
No estan sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:
Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial.
Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).
Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).
Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pezca siempre que no se modifique su estado natural.
Misiones diplomaticas de paises extranjeros.
Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, trasnporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.
Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.
Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.
Los pagos con convenio de Débito o Recaudación: se registrara el porcentaje de retención de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y
22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 *
El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto(por permanente entiéndase dos o mas compras en un mismo mes calendario).
* Para las transacciones efectuadas en el exterior se deberá considerar: si existe convenio de doble tributación, sin convenio de doble tributación o a paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes, por esta razón el porcentaje está abierto del 0 al 22% de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
Porcentajes vigentes Campo Formulario 103 Código del Anexo
Honorarios profesionales y demás pagos por servicios relacionados con el título profesional 10 303 303Utilización o aprovechamiento de la imagen o renombre 10 308 303AServicios predomina el intelecto no relacionados con el título profesional 8 304 304
8 304 304A8 304 304B8 304 304C
Pagos a artistas por sus actividades ejercidas como tales 8 304 304DHonorarios y demás pagos por servicios de docencia 8 304 304EServicios predomina la mano de obra 2 307 307Servicios prestados por medios de comunicación y agencias de publicidad 1 309 309Servicio de transporte privado de pasajeros o transporte público o privado de carga 1 310 310Por pagos a través de liquidación de compra (nivel cultural o rusticidad) 2 311 311Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal 1 312 312Compra de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícula, bioacuático, y forestal 1 312 312A
8 314 314A8 314 314B8 314 314C8 314 314D
Cuotas de arrendamiento mercantil, inclusive la de opción de compra 1 319 319Por arrendamiento bienes inmuebles 8 320 320Seguros y reaseguros (primas y cesiones) 1 322 322Por rendimientos financieros pagados a naturales y sociedades (No a IFIs) 2 323 323Por RF: depósitos Cta. Corriente 2 323 323APor RF: depósitos Cta. Ahorros Sociedades 2 323 323B1Por RF: depósito a plazo fijo gravados 2 323 323EPor RF: depósito a plazo fijo exentos 0 323 323E2Por rendimientos financieros: operaciones de reporto - repos 2 323 323FPor RF: inversiones (captaciones) rendimientos distintos de aquellos pagados a IFIs 2 323 323GPor RF: obligaciones 2 323 323HPor RF: bonos convertible en acciones 2 323 323I
1 323 323K1 323 323L
Por RF: Inversiones en títulos valores en renta fija gravados 2 323 323 MPor RF: Inversiones en títulos valores en renta fija exentos 0 323 323 N
0 323 323 OPor RF: Intereses pagados por entidades del sector público a favor de sujetos pasivos 2 323 323 PPor RF: Otros intereses y rendimientos financieros gravados 2 323 323QPor RF: Otros intereses y rendimientos financieros exentos 0 323 323RPor loterías, rifas, apuestas y similares 15 325 325Por venta de combustibles a comercializadoras 2/mil 327 327Por venta de combustibles a distribuidores 3/mil 328 328Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención 0 332 332Por la enajenación ocasional de acciones o participaciones y títulos valores 0 332 332ACompra de bienes inmuebles 0 332 332BTransporte público de pasajeros 0 332 332C
0 332 332DValores entregados por las cooperativas de transporte a sus socios 0 332 332ECompraventa de divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América 0 332 332FPagos con tarjeta de crédito No aplica retención 332 334Pago local tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo recap 2 341 335Pago al exterior tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo recap 0 323 335APor energía eléctrica 1 340 340A
1 340 340BOtras retenciones aplicables el 2% 2 341 341Ganancias de capital entre 0 y 10 344 344ADividendos personas naturales residentes en el Ecuador 324 345
324 345A0 324 345C
Dividendos anticipados 22 324 347Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes 22 324 347ACompra local de banano a productor 2 329 348Impuesto a la actividad bananera productor-exportador 2 330 349
Pago al exterior - Rentas Inmobiliarias 401,429,439 500
Pago al exterior - Beneficios Empresariales 401,429,439 501
Pago al exterior - Servicios Empresariales 401,429,439 502
Pago al exterior - Navegación Marítima y/o aérea 401,429,439 503
Pago al exterior- Dividendos 401,415 504Pago al exterior - Dividendos a sociedades en paraísos fiscales entre 13 y 35 433 504A
Pago al exterior - Dividendos anticipados 401,415 504B
Pago al exterior - Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes 401,415 504C
Pago al exterior - Rendimientos financieros 401,429,439 505
¿QUÉ PORCENTAJE DEBO RETENER DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA COMPRA DE BIENES O ADQUISICIÓN DE SERVICIOS?
DETALLE DE PORCENTAJES DE RETENCION EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA CONFORME LA NORMATIVA VIGENTE
Comisiones y demás pagos por servicios predomina intelecto no relacionados con el título profesionalPagos a notarios y registradores de la propiedad y mercantil por sus actividades ejercidas como talesPagos a deportistas, entrenadores, árbitros, miembros del cuerpo técnico por sus actividades ejercidas como tales
Regalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual - pago a personas naturalesCánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a personas naturalesRegalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual - pago a sociedadesCánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a sociedades
Por RF: Intereses en operaciones de crédito entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria. Por RF: Por inversiones entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria.
Por RF: Intereses pagados a bancos y otras entidades sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria
Pagos en el país por transporte de pasajeros o transporte internacional de carga, a compañías nacionales o extranjeras de aviación o marítimas
Por actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares
De acuerdo a la tabla de retenciones del Art. 15
RALRTIDividendos gravados distribuidos en acciones (reinversión de utilidades sin derecho a reducción tarifa IR)
De acuerdo a la tabla de retenciones del Art. 15
RALRTIDividendos exentos distribuidos en acciones (reinversión de utilidades con derecho a reducción tarifa IR)
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
Pago al exterior – Intereses de créditos de Instituciones Financieras del exterior 401,431,439 505A
Pago al exterior – Intereses de créditos de gobierno a gobierno 401,431,439 505B
Pago al exterior – Intereses de créditos de organismos multilaterales 401,431,439 505C
Pago al exterior - Intereses por financiamiento de proveedores externos 401,411,439 505D
Pago al exterior - Intereses de otros créditos externos 401,413,439 505E
Pago al exterior - Otros Intereses y Rendimientos Financieros 401,429,439 505F
Pago al exterior - Cánones, derechos de autor, marcas, patentes y similares 401,429,439 509
Pago al exterior - Regalías por concepto de franquicias 401,429,439 509A
Pago al exterior - Ganancias de capital 401,429,439 510Pago al exterior - Servicios profesionales independientes 401,429,439 511Pago al exterior - Servicios profesionales dependientes 401,429,439 512Pago al exterior - Artistas 401,429,439 513Pago al exterior - Deportistas 401,429,439 513APago al exterior - Participación de consejeros 401,429,439 514Pago al exterior - Entretenimiento Público 401,429,439 515Pago al exterior - Pensiones 401,429,439 516Pago al exterior - Reembolso de Gastos 401,429,439 517Pago al exterior - Funciones Públicas 401,429,439 518Pago al exterior - Estudiantes 401,429,439 519Pago al exterior - Por otros conceptos 401,429, 439 520Pago al exterior - Pago a proveedores de servicios hoteleros y turísticos en el exterior 401,429, 439 520A
Pago al exterior - Arrendamientos mercantil internacional 401,429, 439 520B
Pago al exterior - Seguros, cesiones y reaseguros 401,429, 439 520C
Pago al exterior - Comisiones por exportaciones y por promoción de turismo receptivo 401,429, 439 520D
401,429, 439 520EPago al exterior - Por las agencias internacionales de prensa 401,429, 439 520F
401,429, 439 520GPago al exterior - No sujetos a retencion 0 440 521
Modificaciones vigentes desde el 01/10/2014 según Resolución NAC-DGERCGC14-00787 publicada 3SRO 346 de 2 de octubre del 2014
CONSIDERAR:
El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.
No estan sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:
Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial.
Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).
Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).
Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pezca siempre que no se modifique su estado natural.
Misiones diplomaticas de paises extranjeros.
Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, trasnporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.
Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.
Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.
Los pagos con convenio de Débito o Recaudación: se registrara el porcentaje de retención de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * Pago al exterior - Por las empresas de transporte marítimo o aéreo y por empresas pesqueras de alta mar, por su actividad. entre 0 y 22 *
entre 0 y 22 * Pago al exterior - Contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacional entre 0 y 22 *
El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto(por permanente entiéndase dos o mas compras en un mismo mes calendario).
* Para las transacciones efectuadas en el exterior se deberá considerar: si existe convenio de doble tributación, sin convenio de doble tributación o a paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes, por esta razón el porcentaje está abierto del 0 al 22% de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
¿QUÉ PORCENTAJE DEBO RETENER DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA COMPRA DE BIENES O ADQUISICIÓN DE SERVICIOS?
Intereses y comisiones que causen en operaciones de crédito entre las instituciones del Sistema Financiero Pagos por transporte privado de pasajeros o transporte publico o privado de carga Aquellos efectuados por concepto de energía eléctricaCompra de bienes muebles de naturaleza corporal excepto combustiblePagos en actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similaresPor seguros y reaseguros (10% del valor de las primas facturadas)Pagos o créditos en cuenta que se realicen a compañías de arrendamiento mercantil establecidas en el Ecuador, sobre las cuotas de arrendamiento e inclusive la de opción de compra Pagos por servicios de medios de comunicación y de agencias de publicidadPagos a personas naturales por servicios donde prevalezca la mano de obra sobre el factor intelectualPagos o créditos realizados por las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus establecimientos afiliados
Por regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares a SociedadesPagos no contemplados con porcentajes específicos de retención
Honorarios y demás pagos realizados a personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de seis meses, que presten servicios de docencia.”.
Los pagos realizados a notarios y registradores de la propiedad y mercantil en sus actividades notariales o de registroLos pagos por concepto de arrendamiento de bienes inmueblesLos realizados a artistas tanto nacionales como extranjeros residentes en el país por mas de seis mesesPor regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares a Naturales
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptosPagos al exterior no sujetos a retención
Con convenio de doble tributación
DETALLE DE PORCENTAJES DE RETENCION CONFORME LA NORMATIVA VIGENTE (Conforme el concepto y porcentaje a retener, verifique el código necesario para su declaración en el formulario 103)
Ingresos por intereses o descuentos y cualquier otro rendimiento financiero generados por préstamos, cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo, certificados de inversión, avales, fianzas y cualquier otro tipo de documentos similares. No procede retención a los intereses pagados a instituciones controladas por la Superintendencia de Bancos, ni a los intereses pagados en libretas de ahorro a la vista a personas naturales, ni a los rendimientos por depósitos a plazo fijo de un año o mas pagados por las instituciones financieras nacionales a naturales y sociedaes excepto a instituciones del sistema financiero. Los intereses que cualquier entidad del sector público que actúe en calidad de sujeto activo de impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras, reconozca a favor del sujeto pasivo
Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales profesionales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de seis meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, los mismos estén relacionados con su título profesional.”.Pagos a deportistas, entrenadores, árbitros y miembros de cuerpos técnicos y artistas nacionales o extranjeros residentes que no se encuentren en relación de dependencia (caso contrario se rige a la tabla de personas naturales) Utilización o aprovechamiento de la imagen o renombre Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de seis meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, dicho servicio no esté relacionado con el título profesional que ostente la persona que lo preste.”.
Cánones, regalías, derechos o cualquier otro pago o crédito en cuenta que se efectúe a personas naturales con residencia o establecimiento permanente en el Ecuador relacionados con la titularidad, uso, goce o explotación de derechos de propiedad intelectual definidos en la Ley de Propiedad Intelectual
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 23%)Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 23%)
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 22%)Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene el 22%)
* Modificaciones vigentes desde el 01/04/2008 según Resolución NAC - DGER2008 - 0250 publicada en el R. O. 299 del 20/03/2008** Modificaciones vigentes desde el 01/05/2008 según Resolución NAC - DGER2008 - 0512 publicada en el R. O. 325 del 28/04/2008*** Modificaciones vigentes desde el 01/01/2009 según Decreto Presidencial publicado en el R.O. 497-S DEL 30/12/2008. **** Modificaciones vigentes desde el 01/06/2010 según Resoluclión NAC - DGERCGC10-00147 publicada en el R.O. 196 del 19/05/2010***** Modificaciones vigentes desde el 01/01/2011 según Código de la Producción****** Vigentes para el período fiscal 2012 según Código de la Producción******* Modificaciones vigentes desde el 08/07/2013 según Resoluclión NAC - DGERCGC13-00313 publicada en el R.O. 31 del 08/07/2013
CONSIDERAR:
El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.No estan sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial. Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pezca siempre que no se modifique su estado natural.Misiones diplomaticas de paises extranjeros.Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, trasnporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.
El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto(por permanente entiéndase dos o mas compras en un mismo mes calendario).
¿QUÉ PORCENTAJE DEBO RETENER DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA COMPRA DE BIENES O ADQUISICIÓN DE SERVICIOS?
1%1%1%1% (*)(**)1% **1% **1% **1% **2% **2% **
2% **
2% **2% **2% **
10% ****10% *******8% ****8% ****8%8%8%8%8%
entre 5 y 24 *****
entre 5 y 24 *****
24% *****entre 5 y 23entre 5 y 23
23%
entre 5 y 22 ******
entre 5 y 22 ******22% ******
No aplica retención
Porcentajes vigentes
Porcentaje dependerá del convenio
El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.No estan sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial. Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pezca siempre que no se modifique su estado natural.Misiones diplomaticas de paises extranjeros.Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, trasnporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.
El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto(por permanente entiéndase dos o mas compras en un mismo mes
IMPORTANTE:
- Si la retención que usted debe realizar coforme la resolución 411 no tiene una descripción y código especifico dentro de esta tabla, podrá utilizar los códigos de retención 340, 341, 342 o 343, dependiendo del porcentaje de retención a aplicar.
- Contiene las modificaciones vigente al 01/06/2010 conforme a la resolución NAC-DGERCGC10-00147 publicada en el R.O. 196 del 19-05-2010. Se modifica el porcentaje solo para Honorarios profesionales y dietas código 303, para el caso de docencia el código es 304
- Los códigos 500 registrar el porcentaje en un rango del 0% al 100% esto lo determina cada convenio de doble tributación y los términos celebrados en el mismo
PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO A LA RENTA
Codificación de los Conceptos de Retención en la Fuente de Impuesto a la Renta (AIR) Porcentajes de Retención Porcentajes de Retención Porcentajes de Retención Porcentajes de Retención
303 10 303 Honorarios profesionales y dietas 10 303 Honorarios profesionales y dietas 10 303 Honorarios profesionales y dietas 10
303 Honorarios profesionales y dietas 303 8
315 8
316 8
304 8 304 8 304 8 304 8
304 Servicios predomina el intelecto 303 8
315 8
307
2
307 Servicios predomina la mano de obra
2
307
2
307 2
307 Servicios predomina la mano de obra 304 2
2 329 Por otros servicios 2
308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 317 2309 1 309 Servicios publicidad y comunicación 1 309 1 309 1 309 Servicios publicidad y comunicación 318 1
310 1 310 1 310 1 310 1 310 313 1
312 1 312 1 312 1 312 1
312 306 1
307 1
309 1310 1311 Por lubricantes 1312 Por activos fijos 1
319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 319 1
320 Arrendamiento bienes inmuebles8
320 Arrendamiento bienes inmuebles8
320 Arrendamiento bienes inmuebles8 320 Arrendamiento bienes inmuebles 8 320 Arrendamiento bienes inmuebles 320 8
8 8 8 321 8
322 1 322 1 322 1 322 1 322 322 1
323 2 323 2 323 2 323 2 323 Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs) 323 2
323A 2
323B1 2
323B2 1 al 100%
323C 1 al 100%
323D 1 al 100%
323E 2
323F 2
323G 2
323H 2
323I 2
323J 2
323K 2
325 15 325 Por loterías, rifas, apuestas y similares 15 325 15 325 15 325 Por loterías, rifas, apuestas y similares 325 15
327 2/mil 327 2/mil 327 2/mil 327 2/mil 327 Por venta de combustibles a comercializadoras 327 2/mil
328 3/mil 328 3/mil 328 3/mil 328 3/mil 328 Por venta de combustibles a distribuidores 328 3/mil
332 No aplica retención 332 No aplica retención 332 No aplica retención 332 No aplica retención332 308 No aplica retención
- A partir del 01-01-2009, se modificaron ciertos CODIGOS de retención, sin embargo se mantienen los porcentajes de Retención aplicados conforme la resolución: NAC-DGER2007-411 (R.O. 98 del 5-VI-2007), con las modificaciones dadas en las resoluciones NAC-DGER2008-0250 (R.O. 299 del 20-III-2008), NAC-DGER2008-0512 (R.O. 325 del 28-IV-2008) y NAC-DGER2008-0750 (R.O. 369 del 20-VI-2008).
- A partir del 8 de julio de 2013, se dispone que el porcentaje de retención en la fuente para utilización o aprovechamiento de la imagen o renombre sea del 10% (Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales-incluidos artistas, deportistas, entrenadores, árbitros y miembros del cuerpo técnico- y sociedades, nacionales o extranjeras, residentes o domiciliadas en el Ecuador, respectivamente, por el ejercicio de actividades relacionadas directa o indirectamente con la utilización o aprovechamiento de su imagen o renombre), en el Registro Oficial –Suplemento– No. 31 de 8 de julio de 2013 se
publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC13-00313.
- NO OLVIDE: Las columnas de Códigos y Conceptos Anteriores que están relacionados con los nuevos códigos, son únicamente una REFERENCIA. Recuerde que debe verificar siempre con su contabilidad y con el tipo de transacción para determinar el nuevo concepto o código a utilizar.
- Para declaraciones de retenciones de periodos anteriores al 2009, verificar la tabla de Códigos Declaraciones años anteriores
Código de retención Actual (vigentes para el
período 2013)
Concepto Retención Actual (vigentes
para el período 2012)Código de retención Actual
(vigentes para el período 2012)Concepto Retención Actual
(vigentes para el período 2012)
Código de retención Actual (aplicados desde
01/01/2011)
Concepto Retención Actual (aplicados
desde 01/01/2011)
Código de retención Actual
(aplicados desde 01/06/2010)
Concepto Retención Actual (aplicados
desde 01/06/2010)
Código de retención Actual
(aplicados desde 01/01/2009)
Concepto Retención Actual (aplicados desde 01/01/2009)
Código Anterior (aplicado hasta
dic/2008)
Concepto Retención Anterior
(aplicado hasta dic/2008)
Porcentajes de Retención
Honorarios profesionales y dietas- Por remuneraciones a
deportistas, entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas
residentesHonorarios profesionales y dietas
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentesHonorarios profesionales y dietas
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentesHonorarios profesionales y dietas
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentesHonorarios profesionales y dietas
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentes
Honorarios, comisiones y dietas a personas
naturalesPor remuneraciones a
deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentes
Por pagos realizados a notarios y registradores
de la propiedad o mercantiles
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás
pagos realizados a personas naturales que presten servicios de docencia.
Servicios predomina el intelecto - Por pagos realizados a notarios y
registradores de la propiedad o mercantiles - Honorarios y demás pagos realizados a personas naturales que presten servicios de docencia.
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y
artistas residentes
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás
pagos realizados a personas naturales que presten servicios de docencia.
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentes
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás pagos realizados a personas
naturales que presten servicios de docencia. - Por
remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Honorarios, comisiones y dietas a personas
naturales
Por remuneraciones a deportistas,
entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Servicios predomina la mano de obra
Servicios predomina la mano de obra
Servicios predomina la mano de obra
Remuneración a otros trabajadores autónomos
Por comisiones pagadas a sociedades Servicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónTransporte privado de pasajeros o
servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de
cargaTransporte privado de pasajeros o servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de
carga
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Por compras locales de materia prima
Por compras locales de bienes no producidos
por la sociedadPor suministros y materialesPor repuestos y
herramientas
Por arrendamiento mercantil localPor arrendamiento de
bienes inmuebles de propiedad de personas
naturalesPor arrendamiento de
bienes inmuebles a sociedades
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las primas facturadas)
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del
valor de las primas facturadas)Por seguros y reaseguros
(10% del valor de las primas facturadas)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica
para IFIs)
Por rendimientos financieros: depósitos Cta Corriente
Por rendimientos financieros: depósitos Cta Ahorros Sociedades
Por rendimientos financieros: depósitos Cta Ahorros Persona
Natural
Por rendimientos financieros: depósitos en cuentas exentasPor rendimientos financieros:
compra, cancelación o redención de mini bem´s y bem´s
Por rendimientos financieros: depósito a plazo
Por rendimientos financieros: operaciones de reporto - repos
Por rendimientos financieros: inversiones (captaciones)
Por rendimientos financieros: obligaciones
Por rendimientos financieros: bonos convertible en accionesPor rendimientos financieros:
bonos de organismos y gobiernos extranjeros
Por rendimientos financieros: entre IFI's
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a
comercializadoras Por venta de combustibles a
distribuidores Por venta de combustibles a distribuidores Por venta de combustibles a distribuidores
Por venta de combustibles a distribuidores
Por venta de combustibles a distribuidores
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Por compras locales de materia prima no sujeta
a retención
332 No aplica retención 332 No aplica retención 332 No aplica retención 332 No aplica retención332 No aplica retención
333 1 al 100% 333 Convenio de Débito o Recaudación - 333 - 333 - 333 Convenio de Débito o Recaudación 333 -
334 No aplica retención 334 Por compras con tarjeta de crédito No aplica retención 334 No aplica retención 334 No aplica retención 334 Por compras con tarjeta de crédito 334 No aplica retención
336 1 al 100%
337 1 al 100%
340 1 340 Otras retenciones aplicables el 1% 1 340 1 340 Otras retenciones aplicables el 1% 1
340 Otras retenciones aplicables el 1% 326 1
331 Por energía y luz 1
335 1
306 1
307 1
309 1
310 1
311 Por lubricantes 1
312 Por activos fijos 1
340 1
341 2 341 Otras retenciones aplicables el 2% 2 341 2 341 Otras retenciones aplicables el 2% 2
341 Otras retenciones aplicables el 2% 304 2
314 2
324 2
329 Por otros servicios 2
331 2
341 2
342 8 342 Otras retenciones aplicables el 8% 8 342 8 342 Otras retenciones aplicables el 8% 8
342 Otras retenciones aplicables el 8% 303 8
315 8
314 8
342 8
343 25 343 Otras retenciones aplicables el 25% 25 343 25 343 25
343 Otras retenciones aplicables el 25% 305 25
330 25
423 25
425 25
344 Aplicables a otros porcentajes 1 al 100% 344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 100 344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 100 344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 10
345 1 al 100%
346 1 al 100%
347 Dividendos anticipados 22
348 2
349 2
401 Con convenio de doble tributación Porcentaje dependerá del convenio
403 24
405 24
421 24
427 Pagos al exterior no sujetos a retención No aplica retención
500 1 al 100%
501 1 al 100%
502 1 al 100%
503 1 al 100%
504 Pago al exterior - Dividendos 1 al 100%
505 Pago al exterior - Intereses 1 al 100%
506 1 al 100% 401 Porcentaje dependerá del convenio 401 Porcentaje dependerá del convenio 401 Con convenio de doble tributación 401
507 1 al 100% 403 24 403 25 403 403 entre 5 y 25
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención Otras compras de bienes
y servicios no sujetas a retención
Convenio de Débito o Recaudación
Convenio de Débito o Recaudación
Convenio de Débito o Recaudación
Convenio de Débito o Recaudación
Por compras con tarjeta de crédito
Por compras con tarjeta de crédito
Por compras con tarjeta de crédito
Por compras con tarjeta de crédito
Reembolso de Gasto - Compra Intermediario
Reembolso de Gasto - Compra de quien asume el gasto
Otras retenciones aplicables el 1% Otras retenciones aplicables el 1%
Por intereses y comisiones en
operaciones de crédito entre las Inst. del sistema financiero
Por actividades de construcción de obra material inmueble,
urbanización, lotización o actividades similaresPor compras locales de
materia primaPor compras locales de bienes no producidos
por la sociedadPor suministros y
materiales
Por repuestos y herramientas
Otras retenciones aplicables el 1%
Otras retenciones aplicables el 2% Otras retenciones aplicables el 2%
Remuneración a otros trabajadores autónomosPor regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares - SociedadesPor pagos o créditos en cuenta realizados por empresas emisoras de
tarjetas de crédito
Por agua y telecomunicaciones
Otras retenciones aplicables el 2%
Otras retenciones aplicables el 8% Otras retenciones aplicables el 8%
Honorarios, comisiones y dietas a personas
naturalesPor remuneraciones a deportistas,
entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Por regalías, derechos de autor, marcas, patentes
y similares - Personas Naturales
Otras retenciones aplicables el 8%
Otras retenciones aplicables el 25%
Otras retenciones aplicables el 25%
Otras retenciones aplicables el 25%
Honorarios a extranjeros por servicios ocasionales
Por pagos de dividendos anticipadosArrendamiento
mercantil internacional por pago de intereses (cuando supera la tasa autorizada por el BCE)
Arrendamiento mercantil internacional cuando no se ejerce la
opción de compra (sobre la depreciación
acumulada)
Dividendos personas naturales residentes
Dividendos sociedades en paraísos fiscales
Compra local de banano a productor
Impuesto a la actividad bananera productor-exportador
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por
financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa
activa maxima referencial del BCE se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del
BCE se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Pago al exterior - Rentas Inmobiliarias
Pago al exterior - Beneficios Empresariales
Pago al exterior - Servicios Empresariales
Pago al exterior - Navegación Marítima y/o aérea
Pago al exterior - Intereses por Finaciamiento de proveedores
externosCon convenio de doble tributación Con convenio de doble tributación Con convenio de doble
tributaciónPorcentaje dependerá
del convenioPago al exterior - Intereses de
créditos externos
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores
externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el
24%)
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores
externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el
25%)
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores
externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si
excede el valor se retiene el 25%)
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por
financiamiento de proveedores externos
(en la cuantía que excede a la tasa máxima)
508 1 al 100% 405 24 405 25 405 405 entre 5 y 25
509 1 al 100%
421 24 421 25
421 403 25510 1 al 100% 405 25511 1 al 100% 407 25512 1 al 100% 409 25
513 1 al 100% 411 25
514 1 al 100% 413 25
515 1 al 100% 415 25
516 Pago al exterior - Pensiones 1 al 100% 417 25517 1 al 100% 419 25
518 1 al 100% 421 25
519 Pago al exterior - Estudiantes 1 al 100% 343 25520 1 al 100% 427 No aplica retención 427 No aplica retención 427 Pagos al exterior no sujetos a retención 427 No aplica retención
Pago al exterior - Créditos de IFI's organismos y gobierno a gobierno
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos
registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa
maxima referencial del BCE se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos
registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa
maxima referencial del BCE se retiene el 25%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se
encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene
el 25%)
Sin convenio de doble tributación intereses de
créditos externos registrados en el BCE (en la cuantía que excede a
la tasa máxima)
Pago al exterior - Cánones o regalías
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por
financiamiento de proveedores externos
(en la cuantía que excede a la tasa máxima)
Pago al exterior - Ganancias de capital
Sin convenio de doble tributación intereses de
créditos externos registrados en el BCE (en la cuantía que excede a
la tasa máxima)
Pago al exterior - Servicios profesionales independientes
Sin convenio de doble tributación intereses de
créditos externos no registrados en el BCE
Pago al exterior - Servicios profesionales dependientes
Sin convenio de doble tributación comisiones
por exportacionesPago al exterior - Artistas y deportistas
Sin convenio de doble tributación comisiones
pagadas para la promoción del turismo
receptivoPago al exterior - Participación de consejeros
Sin convenio de doble tributación el 4% de las
primas de cesión o reaseguros contratados con empresas que no
tengan establecimiento o representación permanente en el
EcuadorPago al exterior - Entretenimiento Público
Sin convenio de doble tributación el 10% de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en
la secretaría de comunicación del estado
Sin convenio de doble tributación el 10% del
valor de los contratos de fletamento de naves
para empresas de transporte aéreo o
marítimo internacional
Pago al exterior - Reembolso de Gastos
Sin convenio de doble tributación el 15% de los
pagos efectuados por productoras y
distribuidoras de cintas cinematográficas y de
televisión por sin concepto de
arrendamiento de cintas y videocintas
Pago al exterior - Funciones Pùblicas
Sin convenio de doble tributación por otros
conceptosOtras retenciones aplicables el 25%Pago al exterior - Por otros
conceptosPagos al exterior no sujetos a
retenciónPagos al exterior no sujetos a
retenciónPagos al exterior no sujetos a retención
IMPORTANTE:
- Si la retención que usted debe realizar coforme la resolución 411 no tiene una descripción y código especifico dentro de esta tabla, podrá utilizar los códigos de retención 340, 341, 342 o 343, dependiendo del porcentaje de retención a aplicar.
- Contiene las modificaciones vigente al 01/06/2010 conforme a la resolución NAC-DGERCGC10-00147 publicada en el R.O. 196 del 19-05-2010. Se modifica el porcentaje solo para Honorarios profesionales y dietas código 303, para el caso de docencia el código es 304
- NO OLVIDE: Las columnas de Códigos y Conceptos Anteriores que están relacionados con los nuevos códigos, son únicamente una REFERENCIA. Recuerde que debe verificar siempre con su contabilidad y con el tipo de transacción para determinar el nuevo concepto o código a utilizar.
PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO A LA RENTA
Codificación de los Conceptos de Retención en la Fuente de Impuesto a la Renta (AIR) Porcentajes de Retención Porcentajes de Retención Porcentajes de Retención
303 Honorarios profesionales y dietas 10 303 Honorarios profesionales y dietas 10 303 Honorarios profesionales y dietas 10
303 Honorarios profesionales y dietas 303 8
315 8
316 8
304 8 304 8 304 8
304 Servicios predomina el intelecto 303 8
315 8
307 2 307 2 307 2 307 Servicios predomina la mano de obra 304 2
329 Por otros servicios 2308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 2 308 Servicios entre sociedades 317 2309 1 309 1 309 1 309 Servicios publicidad y comunicación 318 1
310 1 310 1 310 1 310 313 1
312 1 312 1 312 1
312 Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal 306 1
307 1
309 1310 1311 Por lubricantes 1312 Por activos fijos 1
319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 1 319 Arrendamiento mercantil 319 1
320 Arrendamiento bienes inmuebles8
320 Arrendamiento bienes inmuebles8 320 Arrendamiento bienes inmuebles 8 320 Arrendamiento bienes inmuebles 320 8
321 8
322 1 322 1 322 1 322 322 1
323 2 323 2 323 2 323 Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs) 323 2
325 15 325 15 325 15 325 Por loterías, rifas, apuestas y similares 325 15
327 2/mil 327 2/mil 327 2/mil 327 Por venta de combustibles a comercializadoras 327 2/mil
328 3/mil 328 3/mil 328 3/mil 328 Por venta de combustibles a distribuidores 328 3/mil
332 No aplica retención 332 No aplica retención 332 No aplica retención332 308 No aplica retención
332 No aplica retención
333 Convenio de Débito o Recaudación - 333 Convenio de Débito o Recaudación - 333 Convenio de Débito o Recaudación - 333 Convenio de Débito o Recaudación 333 -334 Por compras con tarjeta de crédito No aplica retención 334 Por compras con tarjeta de crédito No aplica retención 334 Por compras con tarjeta de crédito No aplica retención 334 Por compras con tarjeta de crédito 334 No aplica retención
340 Otras retenciones aplicables el 1% 1 340 Otras retenciones aplicables el 1% 1 340 Otras retenciones aplicables el 1% 1
340 Otras retenciones aplicables el 1% 326 1
331 Por energía y luz 1
335 1
306 1
307 1
309 1310 1311 Por lubricantes 1312 Por activos fijos 1340 1
- A partir del 01-01-2009, se modificaron ciertos CODIGOS de retención, sin embargo se mantienen los porcentajes de Retención aplicados conforme la resolución: NAC-DGER2007-411 (R.O. 98 del 5-VI-2007), con las modificaciones dadas en las resoluciones NAC-DGER2008-0250 (R.O. 299 del 20-III-2008), NAC-DGER2008-0512 (R.O. 325 del 28-IV-2008) y NAC-DGER2008-0750 (R.O. 369 del 20-VI-2008).
- Para declaraciones de retenciones de periodos anteriores al 2009, verificar la tabla de Códigos Declaraciones años anteriores
Actual (vigentes para el
Concepto Retención Actual (vigentes
para el período 2012)
Actual (aplicados desde
Concepto Retención Actual (aplicados
desde 01/01/2011)
Actual (aplicados desde
Concepto Retención Actual (aplicados
desde 01/06/2010)
Actual (aplicados desde
Concepto Retención Actual (aplicados desde 01/01/2009)
Código Anterior (aplicado hasta
dic/2008)
Anterior (aplicado hasta
Porcentajes de RetenciónHonorarios, comisiones
y dietas a personas naturales
Por remuneraciones a deportistas,
entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Por pagos realizados a notarios y registradores
de la propiedad o mercantiles
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás
pagos realizados a personas naturales que presten servicios de docencia.
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentes
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás
pagos realizados a personas naturales que presten servicios de docencia.
- Por remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo
técnico, árbitros y artistas residentes
Servicios predomina el intelecto - Por pagos
realizados a notarios y registradores de la propiedad o
mercantiles - Honorarios y demás pagos realizados a personas
naturales que presten servicios de docencia. - Por
remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Honorarios, comisiones y dietas a personas
naturales
Por remuneraciones a deportistas,
entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes
Servicios predomina la mano de obra
Servicios predomina la mano de obra
Servicios predomina la mano de obra
Remuneración a otros trabajadores autónomos
Por comisiones pagadas a sociedades Servicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónServicios publicidad y
comunicaciónTransporte privado de pasajeros o
servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de
carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de carga
Transporte privado de pasajeros o servicio público o privado de
carga
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
Por compras locales de materia prima
Por compras locales de bienes no producidos
por la sociedadPor suministros y materialesPor repuestos y
herramientas
Por arrendamiento mercantil localPor arrendamiento de
bienes inmuebles de propiedad de personas
naturalesPor arrendamiento de
bienes inmuebles a sociedades
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las
primas facturadas)
Seguros y reaseguros (primas y cesiones) (10% del valor de las primas facturadas)
Por seguros y reaseguros (10% del valor de las primas facturadas)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)
Por rendimientos financieros (No aplica
para IFIs)Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por loterías, rifas, apuestas y similares
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a comercializadoras
Por venta de combustibles a
comercializadoras Por venta de combustibles a
distribuidoresPor venta de combustibles a
distribuidoresPor venta de combustibles a
distribuidores
Por venta de combustibles a distribuidores
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
Por compras locales de materia prima no sujeta
a retención Otras compras de bienes y servicios no sujetas a
retenciónConvenio de Débito o RecaudaciónPor compras con tarjeta
de créditoPor intereses y comisiones en
operaciones de crédito entre las Inst. del sistema financiero
Por actividades de construcción de obra material inmueble,
urbanización, lotización o actividades similaresPor compras locales de
materia primaPor compras locales de bienes no producidos
por la sociedadPor suministros y materialesPor repuestos y
herramientas
Otras retenciones aplicables el 1%
341 Otras retenciones aplicables el 2% 2 341 Otras retenciones aplicables el 2% 2 341 Otras retenciones aplicables el 2% 2
341 Otras retenciones aplicables el 2% 304 2
314 2
324 2
329 Por otros servicios 2331 2341 2
342 Otras retenciones aplicables el 8% 8 342 Otras retenciones aplicables el 8% 8 342 Otras retenciones aplicables el 8% 8
342 Otras retenciones aplicables el 8% 303 8315 8
314 8
342 8
343 Otras retenciones aplicables el 25% 25 343 Otras retenciones aplicables el 25% 25 343 Otras retenciones aplicables el 25% 25
343 Otras retenciones aplicables el 25% 305 25
330 25
423 25425 25
344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 100 344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 100 344 Aplicables a otros porcentajes Abierto hasta 10403 23 403 24 403 25 403 403 entre 5 y 25
405 23 405 24 405 25 405 405 entre 5 y 25
421 23 421 24 421 25
421 Sin convenio de doble tributación por otros conceptos 403 25405 25407 25409 25
411 25
413 25
415 25
417 25419 25
421 25
343 25427 No aplica retención 427 No aplica retención 427 No aplica retención 427 Pagos al exterior no sujetos a retención 427 No aplica retención401 Con convenio de doble tributación Porcentaje dependerá del convenio 401 Con convenio de doble tributación Porcentaje dependerá del convenio 401 Con convenio de doble tributación Porcentaje dependerá del convenio 401 Con convenio de doble tributación 401
Remuneración a otros trabajadores autónomos
Por regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares - Sociedades
Por pagos o créditos en cuenta realizados por empresas emisoras de
tarjetas de crédito
Por agua y telecomunicacionesOtras retenciones
aplicables el 2%Honorarios, comisiones y dietas a personas
naturalesdeportistas,
entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y Por regalías, derechos de
autor, marcas, patentes y similares - Personas
NaturalesOtras retenciones aplicables el 8%Honorarios a extranjeros
por servicios ocasionalesPor pagos de dividendos
anticipadosmercantil internacional por pago de intereses (cuando supera la tasa cuando no se ejerce la
opción de compra (sobre financiamiento de proveedores
externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima
financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima
financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima
financieros por financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa
activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si
costos financieros por financiamiento de
proveedores externos
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos
registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa
maxima referencial del BCE se retiene el 23%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos
registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa
maxima referencial del BCE se retiene el 24%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos
registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa
maxima referencial del BCE se retiene el 25%)
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se
encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5%, si excede el valor se retiene
el 25%)
Sin convenio de doble tributación intereses de
créditos externos registrados en el BCE (en la cuantía que excede a
la tasa máxima)
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por
financiamiento de proveedores externos
(en la cuantía que excede a la tasa máxima)
créditos externos registrados en el BCE (en tributación intereses de
créditos externos no Sin convenio de doble tributación comisiones
por exportacionesSin convenio de doble tributación comisiones
pagadas para la promoción del turismo
receptivoreaseguros contratados
con empresas que no tengan establecimiento Sin convenio de doble
tributación el 10% de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en
la secretaría de comunicación del estadovalor de los contratos de
fletamento de naves para empresas de distribuidoras de cintas
cinematográficas y de Sin convenio de doble tributación por otros
conceptosOtras retenciones aplicables el 25%Pagos al exterior no sujetos a
retenciónPagos al exterior no sujetos a
retenciónPagos al exterior no sujetos a
retenciónPagos al exterior no sujetos a retenciónCon convenio de doble
tributaciónPorcentaje dependerá
del convenio
PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO A LA RENTACODIFICACION QUE APLICA PARA EL 2008 Y AÑOS ANTERIORES
Codificación de los Conceptos de Retención en la Fuente de Impuesto a la Renta (AIR)
Código303304305306307308309310311312313314314315316317318319320321322323324325326327328329330331331332333334335340341342343403405407409411413415417419421
423425427401
PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO A LA RENTACODIFICACION QUE APLICA PARA EL 2008 Y AÑOS ANTERIORES
Codificación de los Conceptos de Retención en la Fuente de Impuesto a la Renta (AIR)
Concepto Retención en la Fuente de Impuesto a la RentaHonorarios, comisiones y dietas a personas naturalesRemuneración a otros trabajadores autónomosHonorarios a extranjeros por servicios ocasionalesPor compras locales de materia primaPor compras locales de bienes no producidos por la sociedadPor compras locales de materia prima no sujeta a retención Por suministros y materialesPor repuestos y herramientasPor lubricantesPor activos fijosPor concepto de servicio de transporte privado de pasajeros o servicio publico o privado de cargaPor regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares - Personas NaturalesPor regalías, derechos de autor, marcas, patentes y similares - SociedadesPor remuneraciones a deportistas, entrenadores, cuerpo técnico, árbitros y artistas residentes Por pagos realizados a notarios y registradores de la propiedad o mercantilesPor comisiones pagadas a sociedades Por promoción y publicidadPor arrendamiento mercantil localPor arrendamiento de bienes inmuebles de propiedad de personas naturalesPor arrendamiento de bienes inmuebles a sociedadesPor seguros y reaseguros (10% del valor de las primas facturadas)Por rendimientos financieros (No aplica para IFIs)Por pagos o créditos en cuenta realizados por empresas emisoras de tarjetas de créditoPor loterías, rifas, apuestas y similaresPor intereses y comisiones en operaciones de crédito entre las Inst. del sistema financieroPor venta de combustibles a comercializadoras Por venta de combustibles a distribuidoresPor otros serviciosPor pagos de dividendos anticipadosPor energía y luzPor agua y telecomunicacionesOtras compras de bienes y servicios no sujetas a retenciónConvenio de Débito o RecaudaciónPor compras con tarjeta de créditoPor actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similaresOtras retenciones aplicables el 1%Otras retenciones aplicables el 2%Otras retenciones aplicables el 8%Otras retenciones aplicables el 25%
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos no registrados en el BCESin convenio de doble tributación comisiones por exportacionesSin convenio de doble tributación comisiones pagadas para la promoción del turismo receptivo
Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos (en la cuantía que excede a la tasa máxima)Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (en la cuantía que excede a la tasa máxima)
Sin convenio de doble tributación el 4% de las primas de cesión o reaseguros contratados con empresas que no tengan establecimiento o representación permanente en el EcuadorSin convenio de doble tributación el 10% de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la secretaría de comunicación del estadoSin convenio de doble tributación el 10% del valor de los contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacionalSin convenio de doble tributación el 15% de los pagos efectuados por productoras y distribuidoras de cintas cinematográficas y de televisión por sin concepto de arrendamiento de cintas y videocintas
Arrendamiento mercantil internacional por pago de intereses (cuando supera la tasa autorizada por el BCE)
Pagos al exterior no sujetos a retenciónCon convenio de doble tributación
Arrendamiento mercantil internacional cuando no se ejerce la opción de compra (sobre la depreciación acumulada)
PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO A LA RENTACODIFICACION QUE APLICA PARA EL 2008 Y AÑOS ANTERIORES
Codificación de los Conceptos de Retención en la Fuente de Impuesto a la Renta (AIR) Vigencia de los Porcentajes de Retención
8 8 5 82 2 1 1
25 25 25 251 2 1 11 2 1 10 0 0 01 2 1 11 2 1 11 2 1 11 2 1 11 1 1 18 8 8 82 2 1 18 8 5 58 8 8 82 2 1 11 2 1 11 2 1 18 8 5 88 8 5 51 2 1 12 2 5 52 2 1 1
15 15 15 151 1 1 1
2/mil 2/mil 2/mil 2/mil3/mil 3/mil 3/mil 3/mil
2 2 1 125 25 25 251 1 1 12 2 1 10 0 0 0- - - -- - - -1 2 - -1 1 1 12 2 2 28 8 8 8
25 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 2525 25 25 25
Desde 01/04/2008 (para el año 2009-2010 cambia la codificación, ver códigos para decla 2009-2010)Desde 01/07/2007 Hasta 31/03/2008
Desde 01/01/2007 Hasta 30/06/2007
Desde 01/03/2006 Hasta 31/12/2006
25 25 25 2525 25 25 25- - - - - - - -