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ATRAPADOS EN AZUL: LA POLICIA BONAERENSE COMO PARADIGMA DEL ORDEN ENTRE 1955-1976 Lic. Rubén Patiño, UNIVERSIDAD POPULAR MADRES DE PLAZA DE MAYO Objetivos: el propósito de este trabajo es indagar sobre las características del ejercicio de la función policial en la provincia de Buenos Aires desde el derrocamiento del gobierno de Perón hasta el preludio del golpe de estado de 1976. En nuestro país el sistema de instituciones de control y represión responde a un diseño elaborado durante sucesivos gobiernos de facto que vigilaban de manera permanente a la ciudadanía debido a la persistencia de un conflicto de aristas complejas como el de la Guerra Fría, indagaremos acerca de la influencia que pudo tener la denominada Doctrina de la Seguridad Nacional en el proceder policial durante el periodo elegido. Dicha teoría influyo en la aplicación del poder de policía hasta llegar a reformular los dispositivos utilizados en la represión. El poder discrecional alcanzado por esta agencia estatal se incrementó y se mantuvo sin grandes variantes en los periodos de gobiernos civiles. Para estos fines analizaremos el tipo de relación que se estableció entre el poder político y la policía de esta etapa, haciendo hincapié en cómo se entrecruza lo político con el desarrollo propio de la institución policial, la defensa de los intereses del Estado y la protección de la ciudadanía. El tiempo ha pasado, las cosas han cambiado, Quizás se respira mejor, Pero corremos delante de los mismos, Y es que pasado el tiempo hay quien no envejeció Y es que vivimos atrapados en azul, Atrapados en azul, atrapados en azul, Ellos me protegen de ti, de ellos ¿Quién me va a proteger? Atrapados en azul, atrapados en azul “ Ismael Serrano (Cantautor español 1995) Abordajes sobre la temática policial:

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ATRAPADOS EN AZUL: LA POLICIA BONAERENSE COMO PARADIGMA DEL ORDEN ENTRE 1955-1976

Lic. Rubén Patiño, UNIVERSIDAD POPULAR MADRES DE PLAZA DE MAYO

Objetivos: el propósito de este trabajo es indagar sobre las características del ejercicio de la función policial en la provincia de Buenos Aires desde el derrocamiento del gobierno de Perón hasta el preludio del golpe de estado de 1976. En nuestro país el sistema de instituciones de control y represión responde a un diseño elaborado durante sucesivos gobiernos de facto que vigilaban de manera permanente a la ciudadanía debido a la persistencia de un conflicto de aristas complejas como el de la Guerra Fría, indagaremos acerca de la influencia que pudo tener la denominada Doctrina de la Seguridad Nacional en el proceder policial durante el periodo elegido. Dicha teoría influyo en la aplicación del poder de policía hasta llegar a reformular los dispositivos utilizados en la represión. El poder discrecional alcanzado por esta agencia estatal se incrementó y se mantuvo sin grandes variantes en los periodos de gobiernos civiles. Para estos fines analizaremos el tipo de relación que se estableció entre el poder político y la policía de esta etapa, haciendo hincapié en cómo se entrecruza lo político con el desarrollo propio de la institución policial, la defensa de los intereses del Estado y la protección de la ciudadanía.

El tiempo ha pasado, las cosas han cambiado, Quizás se respira mejor,

Pero corremos delante de los mismos, Y es que pasado el tiempo hay quien no envejeció

Y es que vivimos atrapados en azul, Atrapados en azul, atrapados en azul,

Ellos me protegen de ti, de ellos ¿Quién me va a proteger? Atrapados en azul, atrapados en azul “

Ismael Serrano (Cantautor español 1995)

Abordajes sobre la temática policial:

En los últimos años, de la mano del aumento de ciertos delitos y sobre todo de la espectacularidad

de otros, el tema de la seguridad ha ganado un lugar central en el seno de la sociedad argentina,

provocando masivas manifestaciones callejeras, recambios abruptos de funcionarios encargados

del área y purgas periódicas en las fuerzas policiales. Asimismo, el tema ha adquirido carácter de

“cuestión” (política, mediática), en tanto se ha convertido en objeto de acalorado debate público.

Las ciencias sociales no han sido ajenas a esta preocupación. En los últimos años asistimos a la

conformación de un abordaje múltiple de una de las aristas más complejas del problema

Seguridad: la policía.

El primer análisis del funcionamiento de la Policía de la provincia de Buenos Aires no fue

elaborado por historiadores, sin embargo podemos mencionar algunos trabajos que desde el

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periodismo, la antropología, la criminología o desde las ciencias jurídicas nos brindan un panorama

acotado a una disciplina en particular.1

El primer libro que intenta hacer una crónica de la policía provincial es el de J. Di Pietro “Síntesis

histórica de la policía de la provincia de Buenos Aires” que partiendo del presupuesto de que la

policía es una institución abnegada, carente de intereses propios, sin conexión con otras

instituciones y que lucha contra la delincuencia, carece de profundidad analítica y se limita a

presentar una crónica de gestiones y fechas importantes para la memoria institucional. En cambio,

el politólogo Marcelo Saín (2004) en su libro:” Política, Policía y Delito. La red bonaerense”, tiene

un planteo que está alejado de las visiones institucionales de la historia de esta agencia que

generalmente son carentes de contextualización y tiene poca profundidad analítica. El periodista

Martin Andersen(2002) si bien analiza la Policía Federal como eje central de su análisis hace

abundante referencia a la policía bonaerense.

La policía es una institución de carácter estatal, dotada de poder coactivo inmediato, encargada

primordialmente de individualizar, detectar el autor, restringir y/o prevenir conductas consideradas

como jurídicamente inaceptables., José M. Rico y Luis Salas (1988)) sostienen que

tradicionalmente estuvo encargada de la aplicación de las Leyes y del mantenimiento del orden

público, siempre ha constituido un organismo estatal con características peculiares que la

distinguen de los demás instituciones cuyo conjunto se denomina comúnmente administración de

justicia. Hasta los años 20 y 30 del siglo XX, en América latina todo lo relacionado con la policía

recaía en la competencia de las ciudades. Las atribuciones de la fuerza eran muy amplias:

abarcaban el control de los alimentos, la recaudación de impuestos y la supervisión de los trabajos

públicos, así como la vigilancia y la persecución de la prostitución y de la delincuencia. En el curso

de los disturbios internos y de la progresiva cristalización de los Estados Nacionales, se fue

disolviendo gradualmente el poder de la policía de los municipios. Su lugar fue ocupado por el

Estado que paso a ser la máxima autoridad e instancia de control que correspondió a la

reconversión de la policía en una organización burocrática quedando, al menos formalmente,

sujeta al derecho y a la ley. Al menos esa fue la intención de las leyes de reforma policial de

aquellas décadas, con las cuales las elites dirigentes de las urbes latinoamericanas documentaban

su intención de acompañar la evolución hacia una policía profesionalizada al servicio del Estado y

del bienestar general, como la que se había desarrollado en Europa (P. Waldmann)En las épocas

de mayor intensidad de los conflictos sociales y políticos esta institución quedo aprisionada y

literalmente triturada entre los frentes políticos. Su función originaria de preservar la paz pública

quedo reducida durante los regímenes militares, quienes partiendo de una visión maniqueista del

mundo, consideraban toda oposición pública, cualquiera fuera su color, como enemigo de la patria.

Históricamente, la institución policial argentina se conformo como una organización al servicio de

los gobiernos estatales de turno, en el marco de una concepción de la seguridad asentada en el

deber de protección del Estado y no de los derechos y las libertades ciudadanas. Bajo la egida de 1

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las estructuras castrenses de nuestro país, las policías en la Argentina adquirieron ciertos

parámetros institucionales de carácter tradicional que no fueron apenas una derivación inmediata

de las ultimas dictaduras militares , en cuyo marco estas instituciones fueron pasivamente

subsumidas en el sistema de seguridad nacional como instancias centrales del aparato represivo

del Estado conducido por las FF.AA. Esos parámetros resultaron, mas bien, de configuraciones

doctrinales, organizativas y funcionales iniciadas en el siglo XIX al compas de la propia

configuración de nuestro Estado nacional, y, de una manera u otra, fueron reproduciéndose a lo

largo de todo el siglo XX. (Saín M.) 2

Durante los regímenes autoritarios, los gobiernos militares asumieron un férreo control de las

policías y posicionaron a estas como piezas e instancias clave del control y el disciplinamiento

represivo interno dirigido por las FF.AA.. Ello reforzó la impronta organizativa y funcional militarista

que las policías ya habían adoptado desde sus propios orígenes. Por otra parte, durante los

periodos democráticos, las sucesivas y diversas gestiones gubernamentales, indiferentes al

desarrollo institucional de esas policías y reticentes a ejercer su dirección, nunca llevaron a cabo

ningún tipo de revisión o reconversión del perfil militarista que dichas instituciones habían asumido,

tanto en su interior como en su relación con el poder político y la sociedad. (Saín M.) Así, las

instituciones policiales de nuestro país, lejos de constituirse como policías civiles y ciudadanas,

fueron conformándose como guardianes del orden político y del disciplinamiento social, y como

policías militarizadas más sensibles a las orientaciones e intereses de los gobiernos de turno que

a los dictados de la ley o a la protección de la libertad desarrollo de una agencia estatal que en

sus reglamentos orgánicos se muestra formalmente apegada a la legalidad pero su procedimiento

no se condice con lo proclamado.

La cuestión a problematizar será entonces aquella que identifique un momento en el que se

produce la separación entre instituciones castrenses y policiales, tanto que se pueda diferenciar

entre un enemigo externo, que debe ser combatido por las Fuerzas Armadas, y el agitador o

activista político que, siendo un problema interno, es competencia de la Policía.

22) Saín Marcelo: La Reforma Policial en América Latina. Una mirada crítica desde el Progresismo. Venezuela. Nueva Sociedad 2009: el modelo tradicional de policía enmarcó un pronunciado concentracionismo decisional dado por la existencia de una conducción policial única, centralizada y agrupada en un «Estado Mayor» de carácter castrense, con estructura cerrada, hiperjerarquizada. Esta cúpula ha sido responsable de la dirección integral y de la administración general de toda la institución, sin injerencia política o institucional de las autoridades gubernamentales del sector –aunque sometiéndose a los servicios políticos informales requeridos por estas–, y sus decisiones y manifestaciones han constituido la expresión oficial del conjunto de la institución. Además, estas cúpulas institucionales han sido encabezadas por un «jefe» de policía y han estado conformadas, en sus instancias superiores, por un número reducido de altos oficiales que lo secundaron en las labores de dirección y administración general y que concentraron el conjunto de las decisiones fundamentales de la institución. No obstante, para el desarrollo de las labores de conducción, esas dependencias superiores han agrupado una enorme cantidad de dependencias administrativas y de recursos humanos compuestas básicamente por personal policial uniformado y armado.

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Derrocamiento de Perón: Crisis, Proscripción e Inestabilidad política

Desde la caída del gobierno de Juan Domingo Perón en 1955 hasta el golpe militar que puso fin al

tercer gobierno peronista en marzo de 1976 hubo un proceso que implico un progresivo aumento

de violencia, intolerancia y autoritarismo, estos fueron problemas que se entrecruzaron

permanentemente en la historia argentina.

En el nivel económico fue visible la búsqueda de un nuevo modelo de desarrollo que intento

superar los límites del modelo peronista. En el plano político, la meta principal fue la instauración

de un régimen político que se baso hasta llegada de Perón al gobierno por tercera vez, en la

exclusión y marginación del peronismo. En este sentido, el decreto 3.855/55 disuelve el Partido

Peronista, en sus dos ramas, “en virtud de su desempeño y vocación liberticida”, mientras que el

decreto N° 4161 prohíbe en todo el territorio nacional : “… la utilización , con fines de afirmación

ideológica peronista o de propaganda peronista , la utilización de la fotografía, retrato o escultura

peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente

depuesto el de sus parientes, las expresiones “peronismo”, “peronista”, “justicialismo”, “justicialista”,

“tercera posición”, las fechas exaltadas por el régimen depuesto , las composiciones musicales

denominadas “Marcha de los muchachos peronistas” y “Evita capitana” o fragmentos de las

mismas , la obra “La razón de mi vida” o fragmentos de la misma y los discursos del presidente

depuesto y de su esposa o fragmento de los mismos.”

La nueva ruptura del orden constitucional a partir de 1955 planteaba un juego de imposible

resolución ya que se alternaban golpes militares y gobiernos civiles ilegítimos, no solo hizo que los

partidos políticos fueran perdiendo legitimidad, también implicaba la decadencia de la noción de

democracia favoreciendo el surgimiento y la consolidación de la violencia como forma de acción

política.

La denominada “revolución libertadora” que derroco al gobierno de Juan D. Perón, pretendía

terminar con una forma de hacer política y diseñar un nuevo modelo de “república posible” basada

en la participación de los partidos que habían conformado la oposición al gobierno. Sin embargo,

aunque se sostuviera la democracia en un sentido formal, los sucesivos gobiernos adolecerían de

una ilegitimidad esencial que llevaría a los marginados del sistema a la utilización de canales

extraparlamentarios y a la creación de nuevas redes por donde exteriorizar la protesta. Así,

comenzaron a definirse prácticas sociales de acción directa al estar vedada para el partido

mayoritario la mediación política. El éxito de la insurrección militar de 1955 inauguro un nuevo

patrón de intervención militar en la política argentina que consistió en asumir un rol de tutela o

custodia de la sociedad argentina, excluyendo al peronismo del proceso electoral y ejerciendo

fuertes presiones con el propósito de imponer sus propias preferencias en los asuntos públicos. En

consecuencia, las acciones emprendidas contra los peronistas, los comunistas y contra los

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políticos y funcionarios públicos que supuestamente los respaldaban o simplemente los toleraban,

fueron justificadas con el argumento de que tales acciones estaban destinadas a proteger a la

democracia de sus enemigos. El Partido Comunista será declarado ilegal mediante el decreto N°

4214 y el decreto 5541 reprime toda actividad vinculada al comunismo3.

Sera en este contexto donde un conjunto complejo de principios ideológicos y de técnicas que se

fueron difundiendo e instalando en nuestro país a partir de diversos mecanismos que confluyeron

con otros principios y técnicas que ya estaban presentes y que estructuraban la operación de las

policías argentinas, esa teoría será la denominada Doctrina de la Seguridad Nacional.( Montero A.)

La instrumentación del principio de la sospecha generalizada:La Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires

La Central de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires se creó el 8 de Agosto de

1956. La autodenominada Revolución libertadora estableció por Decreto de Intervención Federal

3603 del 29 de Diciembre de 1955, la disolución de la Dirección de Orden Publico y designo a un

integrante de las FF.AA. para reorganizar la dependencia. El seguimiento, la espía y el registro fue

la función de la Dirección de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires (DIPBA). Espiar y

registrar para reprimir al “delincuente social”, al “delincuente político” al “delincuente subversivo”.

La idea de delito social, político o subversivo, en cada época, se asociaba a la represión de la

protesta. (P. Funes)

La coordinación de los servicios de inteligencia del Estado es decisiva en el perfil que adoptaron

las tareas de inteligencia policial. Al compas de la legislación represiva (declarar ilegal al Partido

Comunista y al Peronista) y de los sucesivos golpes de estado, esa coordinación será militarización

y subordinación, sobre todo a partir de la declaración de Conmoción Interna del Estado en 1960

(Plan CONINTES) que suspendía las garantías individuales, subordinaba las policías provinciales a

las FF.AA. y dejaba bajo jurisdicción militar a militantes sociales y políticos.

La creación y fortalecimiento de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de buenos

Aires (DIPBA) se explica en el escenario de la proscripción del peronismo y el proceso de

redefinición de las fuerzas de seguridad en el contexto de la Guerra Fría, sobre todo a partir del

giro socialista de la revolución cubana y la ola anticomunista que la acompaña.

En el ámbito de la provincia de Buenos Aires la legislación anticomunista guarda relación con el

proceso de industrialización sustitutiva, la creciente urbanización y el subsecuente incremento

cualitativo del movimiento obrero.

3 Decreto Nacional N° 4214, declara ilegal al Partido comunista, publicado en el boletín oficial el 30/5/63. Decreto Nacional 5541 Represión del Comunismo, publicado en el Boletín Oficial el 15/7/63

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A la tradicional formación de nuestras fuerzas de seguridad hay que sumarle la permeabilidad y

consubstanciación del ideario de la DIPBA respecto de las premisas de la recientemente aprendida

Doctrina de la Seguridad Nacional.

Para el caso de la DIPBA , entre los argumentos esgrimidos para su funcionamiento están los

que afirman que “las informaciones se pueden seguir obteniendo por los medios habituales pero

con un reajuste inmediato de todas ellas, creando además, nuevos medios y elementos para

obtenerles, valorizarlas, investigarlas y ponerlas en conocimiento de la superioridad en un tiempo

tal, que permita tomar las resoluciones o medidas que se juzguen necesarias para conjurar o

contrarrestar una posible alteración publica en los ordenes: sindical, cultural, económico, político,

etc. “ (…)” una huelga innecesaria o políticamente coordinada, abortada en los momentos de su

planeamiento por su oportuna comunicación y las resoluciones que en base a ese conocimiento

puedan adoptar las autoridades pertinentes, habrá justificado la existencia de este servicio.”(4)

. Diversos relatos señalan que muchos miembros de instituciones policiales participaron de los

cursos de entrenamiento físico e ideológico fuera del país. En ciertos casos, la CIA (Central de

Inteligencia Americana) tomo parte activamente, coordinando encuentros entre policías y

proveyendo ayuda práctica.

El entrenamiento y la formación ideológica policial pasaron a ser uno de los objetivos del

Pentágono, según Eduardo L. Duhalde, quien afirma que, numerosos miembros de esta fuerza

tomaron cursos en el extranjero. Producto de esa posible influencia podría observarse en los

informes de inteligencia : “ remitir toda información relacionada con las actividades de toda índole

que desarrolle el partido comunista y que pueda ser d interés para la confección del panorama

semanal y mensual, se recalca la conveniencia de ejercer un control mas estricto sobre las

actividades comunistas en el agro , que en estos momentos todo parece indicar que ha

recrudecido, como así también en los medios intelectuales y artísticos y en especial en los teatros

independientes.”

No deberíamos perder de vista que además del incuestionable sesgo ideológico de las tareas de

inteligencia, hay –en la lógica del archivo y en la recolección de la información- mucho de la

dinámica burocrática y jerárquica inherente a una agencia estatal cuya misión es la de garantizar el

orden social. En ese sentido cabe consignar que otro de los objetivos de la tarea de inteligencia

era la de:”ejercer un estricto control en las entidades de bien público, cultural, etc., donde en los

últimos tiempos, se han infiltrado numerosos elementos comunistas. En estos casos es

conveniente que, en cada oportunidad en que se tenga conocimiento de que un persona de

ideología comunista integre alguna comisión directiva de cualquiera de estas entidades, se haga

conocer tal circunstancia, para tomar conocimiento esta central, para lo que se deberá especificar

concretamente las causas por las cuales se los sindica de tales, aportando datos de filiación e

indicando cargos que desempeñan en la misma”.4

4 Comisión Provincial por la Memoria, archivo DIPBA, Legajo N° 25 Mesa C Varios, ps. 24

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Es probable que este lenguaje y la función de esta agencia guarde relación con los cambios

políticos que hubo en el país, haciéndola ostensiblemente militarizada en sus expresiones escritas

como practicas

Si observamos la ievolución del concepto Misión o Función de la Policía desde la sanción del

Reglamento Orgánico de 1954 veremos que el alcance del mismo consiste en “hacer efectiva la

ejecución de las leyes que garantizan el Orden y la tranquilidad de la Provincia, respeto a la

propiedad y la seguridad y bienestar de las personas, debiendo ser humana y correcta en su

técnica, siguiendo en su dinámica los objetivos de la Doctrina Nacional” , mientras que en las

reglamentaciones posteriores se considera a la Policía como una institución civil armada que tiene

a su cargo el mantenimiento del orden público

En una primera lectura de dicho reglamento puede observarse también que se mantiene la

facultad de control de reuniones públicas, todas deben contar con autorización policial.

Para Marcelo Saín luego de la caída de Perón y con el surgimiento de una visión de la Seguridad

íntimamente vinculada a las cuestiones políticas internas del Estado, durante el gobierno de la

llamada “revolución libertadora” se inicio un proceso con dos tendencias claramente distinguibles

que se fueron profundizando con el correr de los últimos años de esa década y, en particular a lo

largo de los años 60.

Por un lado se trato de un proceso de militarización de los organismos de seguridad y de

información e inteligencia del Estado por medio del cual las FF.AA., en forma institucional fueron

controlando y ocupando estos organismos, al mismo tiempo que se iban convirtiendo en actores

políticos relevantes y en agentes de arbitraje del juego político nacional.

Por otro lado, esta militarización se enmarco en un proceso signado por la emergencia y difusión,

en el interior de las instituciones castrenses, de los parámetros teóricos-doctrinales de la

denominada Doctrina de la Seguridad Nacional, en cuyo marco la Seguridad paso a ser

centralmente interpretada y conceptualizada a partir de las amenazas derivadas del llamado

“movimiento comunista”.

Vale decir que, al mismo tiempo que las FF.AA. se proyectaron como actores políticos garantes de

un conjunto de condiciones de funcionamiento del sistema político, en particular, la condición de

proscripción y exclusión del peronismo del juego político legal, estuvo orientada hacia la

articulación de un conjunto de mecanismos institucionales de control y disciplinamiento político y

social interno. La seguridad nacional se consolidó como categoría política durante la Guerra Fría¸ especialmente

en las zonas de influencia de Estados Unidos. Después de la Segunda Guerra Mundial¸ este país

rescató el uso político que la palabra seguridad ha tenido desde la antigüedad¸ para elaborar el

concepto de "Estado de seguridad nacional". Este concepto se utilizó para designar la defensa

militar y la seguridad interna¸ frente a las amenazas de revolución¸ la inestabilidad del capitalismo y

la capacidad destructora de los armamentos nucleares.

El desarrollo de la visión contemporánea de seguridad nacional ha estado determinado por este

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origen y fue influenciado por la estrategia estadounidense de contención. La ideología del

anticomunismo¸ propia de la Guerra Fría¸ le dio sentido¸ y la desconfianza entre las naciones le

proporcionó su dinámica. Con la generalización del uso de esta categoría política el plano militar se

convirtió en la base de las relaciones internacionales. Esta tendencia se manifestó a través de

confrontaciones armadas y del intervencionismo de las grandes potencias en los países del

denominado Tercer Mundo.

La seguridad nacional tuvo una variante en América del Sur: la Doctrina de la Seguridad Nacional.

Esta variante mantuvo la idea de que a partir de la seguridad del Estado se garantizaba la de la

sociedad. Pero una de sus principales innovaciones fue considerar que para lograr este objetivo

era menester el control militar del Estado.

El otro cambio importante fue la sustitución del enemigo externo por el enemigo interno. Si bien la

Doctrina de Seguridad Nacional ubicó como principal enemigo al comunismo internacional¸ con

epicentro en la Unión Soviética y representación regional en Cuba¸ entendía que era a Estados

Unidos a quien correspondía combatir a esos países. Los Estados latinoamericanos debían

enfrentar al enemigo interno¸ materializado en supuestos agentes locales del comunismo. Además

de las guerrillas¸ el enemigo interno podía ser cualquier persona¸ grupo o institución nacional que

tuviera ideas opuestas a las de los gobiernos militares.

La importancia de esta Doctrina radica en que es una concepción militar del Estado y del

funcionamiento de la sociedad¸ que explica la importancia de la "ocupación" de las instituciones

estatales por parte de los militares. Por ello sirvió para legitimar el nuevo militarismo surgido en los

años sesenta en América Latina.

Dicha Doctrina tomó cuerpo alrededor de una serie de principios que llevaron a considerar como

manifestaciones subversivas a la mayor parte de los problemas sociales. Tales principios tuvieron

diversas influencias y se propagaron y utilizaron de manera diferente en distintos lugares. Por ello

no se sistematizó¸ aunque sí tuvo algunas manifestaciones claras que sirven de base para

defenderla y entenderla. Esta puede considerarse como el mayor esfuerzo latinoamericano por

militarizar el concepto de seguridad.. Además¸ al ubicar el componente militar en el centro de la

sociedad¸ trascendiendo las funciones castrenses¸ la Doctrina se convirtió en la ideología militar

contemporánea de mayor impacto político en la región.

En nuestro país, dicha doctrina comenzó a difundirse con fuerza en el ámbito militar a finales de la

década de 1950 y principios de 1960 y se consolido a partir de la presidencia de facto del Gral.

Juan C. Ongania. Fue importada al país fundamentalmente desde EE.UU. y Francia, M.M.Robin

sostiene que la escuela francesa y la estadounidense fueron complementarias porque la primera

dejo una panoplia de técnicas militares y políticas, la segunda proveyó luego un marco ideológico a

esas técnicas. El carácter “interior” de la guerra influyo para que las policías- tradicionalmente

concebidas a cargo del mantenimiento del orden interno, representando el monopolio estatal del

uso de la fuerza física al interior de las fronteras de cada país- fueran consideradas un elemento

central para la integración del esquema represivo. Frente a este enemigo que operaba “dese

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adentro” sería necesario para las FF.AA. contar con las policías, que debían ocuparse del

problema de la subversión conjuntamente con los militares.

Las Normas que rigen a la institución:

En un trabajo de reciente aparición, Osvaldo Barreneche destaca que la profunda reforma en la

estructura y funcionamiento de la policía de la provincia de Buenos Aires no estuvo ajeno al

proceso de transformación institucional encarado por el proyecto político del peronismo, ya que es

a partir de este momento cuando podemos observar en la evolución normativa e institucional una

tendencia a la militarización que podría verse reforzada por el contexto de inestabilidad política.

Mientras se ponían en práctica las medidas del primer gobierno peronista, en la policía de la

provincia la Ley 5734 Estatuto de la Policía guarda correspondencia con los cada vez más

extendidos principios peronistas como puede apreciarse en el art.1 donde se establece que el

objetivo fundamental es “dotar a la provincia de una policía altamente técnica y profundamente humana, que no sirva otro interés que el del pueblo y el del Estado, y sea fiel ejecutora de la Doctrina Nacional” y luego en el art. 15 como requisito de ingreso exige “ prestar juramento de fidelidad al Estado, a sus instituciones y a la Doctrina nacional”Con respecto al alcance de la autoridad y funciones establece que debe proceder a la prevención y

represión de los delitos y contravenciones y al mantenimiento del orden público en general, en los

casos en que las leyes y reglamentos habiliten la intervención policial.

Esta institución durante la etapa peronista pasaba a integrar la red de contención social que se

extendía por el conurbano bonaerense y el resto de la provincia de la mano de un estado en plena

expansión, sumando una tarea que no era nueva para la fuerza de seguridad pero que adquiría un

carácter formal y oficial (Barreneche)

Al seguimiento y vigilancia de los sectores populares se agregó el de otros grupos, se organizo la

“división orden público” que ahora cuenta con ficheros regionales con registro de gremios y

antecedentes de cada conflicto. La formación de legajos se extendió a las actividades y

especialmente a las reuniones políticas, las cuales por decreto del Ejecutivo provincial debían ser

autorizadas y supervisadas por la policía. La manipulación de los Edictos y la Justicia

Contravencional, junto a la instrucción de los Sumarios fueron instrumentos de poder policial

notables porque en la práctica permitían a los agentes detener y juzgar personas bajo

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procedimientos expeditivos, dejando a un segundo plano las garantías personales establecidas en

la Constitución.5 Esta facultad estaba avalada por un decreto emitido por un gobierno de facto.6

Sin embargo , para Barreneche la reforma policial encarada durante el peronismo se dio en un

contexto político de cambio en donde se buscaba reformular las mismas bases sociales de la

Argentina y en este sentido la acción redentora del peronismo buscaba concitar la adhesión de los

mismos jefes policiales que hasta entonces habían sido parte del régimen depuesto en 1943 y

como tantas otras reformas institucionales, esta creía que su presencia y la del régimen político al

que representaba resolvería por si sola todos estos aspectos, paradójicamente, durante el gobierno

peronista provincial se reformó exitosamente una fuerza que luego sería de mucha eficacia en la

persecución de los militantes justicialistas a partir de 1955.

A partir de este momento gobierna la provincia el Cnel. Arturo Osorio Arana, quien deroga a partir

de Octubre de 1955, algunas facultades de la policía pero no llega a suprimir la vigencia del

reglamento interno de la institución que como señaláramos anteriormente se hará en 1962.

Pero es a mediados de los años 50 cuando se acentúa el control y la represión de las fuerzas

opositoras y de la sociedad toda, de allí la necesidad de contar con una policía disciplinada que

pudiese ejecutar sin dilación las ordenes de las autoridades políticas.(Barreneche, 2008)

En 1960 aún estaba vigente el estado de sitio y el Plan Conintes, que consistía en suspender

ciertas garantías constitucionales y combina elementos de policía y de las FF.AA. en un comando

antiterrorista unificado bajo la dirección del ejercito y autoriza juicios por tribunales militares,

incorporando a las instituciones policiales al esquema represivo diseñado por lo que era

visualizado como una “nueva” guerra,

En toda la república el decreto nacional 2628/60 comunico al Poder Ejecutivo que la policía de la

provincia queda subordinada a las autoridades militares en la represión del terrorismo y

transgresiones encuadradas en dicho plan. Los objetivos del gobierno en materia policial eran

“sustraer la política partidaria de la función policial, deslindarla de la actividad judicial y hacerla

preponderantemente preventiva. Por decreto 2639 del 16 de Marzo se establecieron consejos de

guerra y fueron detenidas alrededor de dos mil personas, el Plan CONINTES fue utilizado

indiscriminadamente contra activistas sindicales y los militantes populares. (Vallespir, 2002)

5 Orden del dia N°19319, 16/2/56, Decreto 1301 establece que serán reprimidos con arresto de 10 a 30 dias no redimibles quien o quienes intentaren , promovieren o generalizaren desordenes o tumultos, en las canchas de futbol, hipódromos, teatros, lugares públicos mediante leyendas, fabricas talleres, comercios, locales destinados a reunión de personas , mediante actos o palabras inspiradas en el propósito de agitar a las masas obreras o a propiciar el abandono del trabajo sin causa justificada , quedaran comprendidos en esta responsabilidad los que de cualquier modo perturben la actividad normal de los trabajadores .6 Boletin oficial (1074/67) Reglamento de prontuarios policiales: la recopilación de antecedentes de las personas es materia de particular significación para la correcta atención de las funciones de la policía, , siendo para ello un medio practico de probada eficacia, el sistema prontuarial. El mismo constituye un instrumento esencial para la normal prestación de los servicios de la policía de seguridad, en todos sus aspectos, puesto que la identificación y el conocimiento de las personas es indispensable para asegurar el ejercicio de sus derechos como para facilitar a investigación de los delitos.

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El 16 de Mayo de 1962 se aprueba el Decreto 1100 Reglamento Orgánico de la policía de la

provincia de Buenos Aires,

Tras el derrocamiento del gobierno, el presidente Frondizi es arrestado y trasladado a la isla Martin

García. Asumió como presidente de la Nación José María Guido, presidente del Senado,

Con respecto al decreto 1100/62 en sus consideraciones generales afirma:

“que la misión de la policía es garantizar el orden y la tranquilidad de la provincia, el respeto a la

seguridad y bienestar de las personas y de la propiedad, extendiendo su accionar a los intereses

sociales e individuales. Depende del Poder Ejecutivo, funcionando como repartición del Ministerio

de Gobierno, por cuyo intermedio recibirá los mandatos que le sean impartidos."

Dada la persistente inestabilidad política en el país, es notable un cambio de funcionalidad policial,

en el art.3 establece que su preocupación especial es la de organizar y ejecutar planes integrales

de prevención de la criminalidad y especialmente de la criminalidad juvenil, para tales efectos

capacitara debidamente a su personal.

En cuanto a la competencia de su labor deberá: asegurar la conservación de los poderes del

Estado, el orden constitucional y el libre ejercicio de las instituciones políticas, vigilando,

previniendo y reprimiendo todo atentado o movimiento subversivo.

En el capítulo III “Jurisdicción y Competencia” se insiste en la combinación de las tareas de

prevención y represión del juego de azar y el de velar por las buenas costumbres evitando las

perturbaciones del orden público, a fin de garantizar especialmente la tranquilidad de la población y

la seguridad de las personas y la propiedad contra “toda forma de ataque”. En el art. 9 del mismo

capítulo aparece una de las facultades más cuestionadas: dictar reglamentaciones y edictos policiales cuando sean necesarios para ejecutar disposiciones legales, a efectos de asegurar su

aplicación, interpretación y conocimiento público, ya que : “vigilar, registrar y calificar, aun en el

régimen prontuarial, a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe

reprimir , como así también a los sospechados de obrar en perjuicio de los intereses sociales,

comprendiéndose entre ellos los individuos que fueren conocidos como adheridos a ideas que

propugnen la modificación por medios violentos al régimen constitucional, además ,

vigilara ,registrara y calificará asociaciones, comités, clubes, bibliotecas y toda otra agrupación

similar a fin de impedir toda propaganda que incite a las vías de hecho contra la organización social

y el régimen político existente.”7

Una de las opiniones más críticas respecto de la persistencia de estas prácticas, Máximo Sozzo

(1997) sostiene que en la construcción social e institucional del imaginario se aplican sobre

individuos y poblaciones a través de un complejo juego de “estereotipos” y “estigmas” que son

7 Anales de la Legislación Argentina, 1962, tomoXXII-B, Decreto 1100 Reglamento orgánico de la policía de la provincia de Buenos Aires, Cap. 3 Jurisdicción y competencia, art.9. También en el art.10 establece que podrán llevar el registro de vecindad en las ciudades y centros poblados de la provincia, respecto de las personas y de las bienes a los fines de su seguridad.

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aplicadas sobre los mismos varones, jóvenes, pobres, migrantes y practicantes de “profesiones

peligrosas”.

En esta reglamentación de 1962, persiste la facultad de formular prontuario a las personas con

fines de identificación por un término que no podrá exceder las 24 horas. Dicho prontuario tendrá

carácter de documento oficial y será reservado, sus constancias serán informadas únicamente a

las autoridades judiciales y administrativas legalmente facultadas para conocerlas, cuando así lo

requieran.

Fue durante la dictadura del Gral. Juan C. Ongania donde se sanciona el decreto 2019-67 donde

se reglamenta el uso de los prontuarios, clasificando la identidad, los delitos o antecedentes

penales, los de los menores, los de orden social especial, este ultimo dedicado a personas

identificadas con extremismos ideológicos. Por último, la reglamentación establece los prontuarios

no podrán se extraídos del lugar de su archivo, debiendo suministrarse sus antecedentes, en los

casos en que corresponda, por vía de informe autenticado por el o los funcionarios que

expresamente designe el jefe de policía. En el art. 57 consigna que se formaran prontuarios Orden

Social Especial a las personas identificadas con todo tipo de extremismos ideológicos,

agrupándolos bajo la sigla O.S.E.,actualizándose en forma permanente. Finalmente se faculta a la

jefatura d policía a dictar las resoluciones necesarias para la correcta aplicación d lo dispuesto en

este reglamento.

Este amplio espectro de facultades reconoce que se ajustaran a los principios establecidos por la

jurisprudencia y la doctrina sobre el poder de policía de seguridad, sin perjuicio del derecho que

corresponda a los particulares, según las leyes, estableciendo que deberá ajustarse a la

Constitución Nacional, Provincial, Tratados Internacionales, Reglamentos, edictos, Ordenanzas

municipales y Mandatos de los Poderes Públicos, mediante órdenes escritas con arreglo a las

formalidades legales o reglamentarias8.

Recién en el art 14 del Reglamento aparece la definición de esta agencia estatal como una

institución civil armada, con facultad de uso de armas de fuego indispensables para el ejercicio de

su mandato como policía de seguridad. Este será el modelo policial vigente, que a diferencia del

anterior, ya no podrá ser utilizado para ninguna finalidad de política partidaria, las ordenes

manifiestamente impartidas en ese sentido, autorizaran la exención de obediencia.

La voluntad manifiesta de someterse a las leyes y la Constitución no se condice con lo planteado

en el capitulo XII cuando crea el Servicio de Informaciones , cuyas funciones especificas y su

organización serán secretas, debiendo la Jefatura de Policía reglamentarlas. Se crean en el

8 Boletín Oficial 10/04/67: Decreto 2019 en el art.57 dice que se formaran prontuarios Orden Social Especial a las personas con todo tipo de extremismos ideológicos y esta información se brindara solo en los casos que determine la Jefatura de Policía. En el art. 60 se establece que la Dirección de Investigaciones y el Servicio de Informaciones Policiales, serán las dependencias encargadas de intervenir en la confección, refundición, incorporación de antecedentes y toda otra tarea relativa a los prontuarios. Estos registros serán actualizados permanentemente y se faculta a la Jefatura de Policía a dictar las resoluciones para la correcta aplicación de lo dispuesto en este reglamento.

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capitulo XIII la Inspección general y la Asesoría Letrada, ambos organismos se encargaran del

control y la fiscalización de las dependencias subordinadas a cada dirección para observar y

analizar el comportamiento del personal y de todos los servicios, además de dotar a esta fuerza de

un organismo técnico jurídico que tiene como misión el asesoramiento legal de la de la Jefatura a

fin de asegurar la prestación de servicios acorde a los objetivos ya enunciados.

Final del Onganiato, nueva disposición:

Esta nueva interrupción de un gobierno constitucional denominada “revolución argentina” habían

destituido al presidente Arturo Illia , al parlamento, la corte suprema de justicia y disolvió a todos

los partidos políticos. Este movimiento militar que condujo a Juan C. Ongania al poder no era

homogéneo. Mientras el presidente poni de manifiesto un visión paternalista y corporativista de la

política que lo emparentaba con l universo ideológico de Francisco Franco, otros, como el gral.

Julio Alsogaray se identificaban con una postura presuntamente liberal pero carente de fe en las

instituciones republicanas y en las libertades individuales.

En el plano cultural y educativo, el gobierno intervino las universidades nacionales-catalogadas de

focos de infiltración marxista- y las puso en la órbita del Ministerio del Interior. La policía ocupo las

facultades de la UBA., reprimió con brutalidad a estudiantes y docentes. La represión fue

acompañada de un clima persecutorio que se reflejaba en la vida cotidiana. Las minifaldas, el pelo

largo, el uso de pantalones en las mujeres o el besarse en una plaza fueron censurados como

síntomas de la desintegración espiritual de la nación.( Tcach C. )

Los regímenes militares que se distinguen por la ruptura del orden constitucional y al mismo tiempo

por sus intensiones reordenadoras, se esfuerzan por restablecer la confianza de los medios

empresarios reservando las finanzas y la economía a especialistas distinguidos y bien relacionados

pero cuyo reflejo ideológico es constante: la sobrestimación del peligro revolucionario, esto es lo

que A. Rouquie llama anticomunismo sin comunistas.

La tensión que durante esta etapa se fue acumulando estallo en Mayo de 1969, a raíz de un

conflicto menor en los comedores de la Universidad del Nordeste, un estudiante muerto por la

policía. Los estudiantes de todo el país se movilizaron y fueron apoyados por los trabajadores que

se volcaron a las calles desbordando a la policía, sólo la intervención del Ejército hizo que los

manifestantes se replegaran. Esta revuelta popular afecto seriamente a la figura de quien otrora

era presentado como el garante del orden, fue reemplazado un año más tarde.

A la fuerte conmoción para los uniformados como lo fue el Cordobazo se le suma el del secuestro

y posterior asesinato de Gral. Pedro Aramburu. Quedo evidenciada la ineficacia de la represión y lo

desafiante que habían llegado a ser las guerrillas, en este caso la Organización armada peronista

Montoneros.(M. Novaro)

Este hecho tuvo un profundo impacto sobre la vida del país, que se interno a partir de entonces en

un clima abiertamente dominado por la violencia política, y por una muy particular, tanto en sus

modalidades como en su intensidad. Ya no se trataba de la violencia dispersa y acotada de la

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“resistencia peronista”, ni al estallido espontaneo de las revueltas en Rosario y en Córdoba, sino de

su uso planificado contra la vida de sindicalistas, empresarios, militares, etc.

La Ley Orgánica 7917: sancionada y promulgada el 3 de Agosto de 1972, se instrumenta en

la etapa final de la Dictadura militar autodenominada “Revolución Argentina” que ante el fracaso

de su intento disciplinador de la sociedad argentina se aprestaba a organizar la transición hacia un

gobierno democrático en un clima de creciente malestar y agitación política. En la confusión de un

régimen autoritario de futuro incierto, la actividad de los diferentes grupos revolucionarios creció y

se fortaleció puesto que el malestar generado por la distribución regresiva de la riqueza nacional

no podía predisponer a las clases populares a favor del régimen.

La lucha antisubversiva no se preocupaba por la legalidad, la campaña de aniquilamiento de la

subversión y de intimidación afecto a amplios sectores de la opinión pública que sin embargo no

sentían ninguna simpatía por los guerrilleros.(Rouquie) En este contexto la nueva normativa, en

líneas generales, mantiene el núcleo doctrinal de la anterior, esto es el mantenimiento del orden público y la paz social, actuar como auxiliar permanente de la Administración de justicia y

la prevención del delito. Sera en el capítulo II: Función de la policía de seguridad donde el contexto

de convulsión sociopolítica vigente puede haber influido en la necesidad de incorporar en el inciso

G el asegurar el orden en las elecciones nacionales, provinciales y municipales y la custodia de los

comicios, que en esta oportunidad estaban fijados para el mes de marzo de 1973.

La sanción de la ley 19081 de “seguridad nacional” facultaba la total sumisión de las policías

provinciales a la autoridad militar, esta ley autorizaba al Poder Ejecutivo Nacional, durante la

vigencia del estado de sitio, a utilizar a las FF.AA.: “ante los hechos de subversión interna y

terrorismo que hagan necesario su empleo para prevenir y combatir ese conjunto de actos que

atentan contra la seguridad de la nación, la paz interior, la tranquilidad pública, la seguridad de las

personas y de los bienes y es respeto de las instituciones existentes”. En los casos de intervención

de las FF.AA., “las fuerzas de seguridad y las policías provinciales y nacionales existentes en el

lugar y las que se asignen al comando respectivo como refuerzo y a requerimiento de este

quedaran bajo control operacional de dicho comando y sus integrantes ejecutaran las funciones ,

misiones y tareas que se les impongan , estas normas dieron un marco general para el “control

operacional” de las policías por parte de las FF.AA., dicho control implicaba que importantes

segmentos de las instituciones policiales del país dependan en su faz operativa del Comandante

en Jefe de Cuerpo de Ejército que tuviera jurisdicción sobre el territorio en el que esa policía

actuaba.

En cuanto a las atribuciones que contempla el Reglamento Orgánico para la policía continúan sin

cambios sustanciales en materia de detenciones por averiguación de antecedentes, expedir

certificados de conducta, credenciales y documentación personal. También seguirá vigilando,

registrando y calificando a las personas dedicadas a actividades que la policía deba prevenir y

reprimir. Ratifican los Edictos y el registro de vecindad. Lo que también sigue sin variantes es

que, como depositaria de la fuerza pública, le corresponde esgrimir ostensiblemente sus armas

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para asegurar la defensa oportuna de su persona, de terceros o de su autoridad. Finalmente las

actuaciones realizadas por los funcionarios policiales serán validas y merecen plena fe sin requerir

ratificación mientras no se declaren nulas por vía legítima.

El regreso definitivo de Perón al país se produce en Junio de 1973, dispuesto a consolidar el

ordenamiento institucional. Su llegada estuvo precedida por una gigantesca movilización popular

que se dirigió al aeropuerto de Ezeiza. Se trato de la mayor movilización de masas de la historia

argentina y el número de asistentes revelo la expectativa que gran parte de la sociedad había

depositado en la figura de Perón, pero el clima de euforia se verá empañado por hechos de

violencia entre grupos internos del movimiento peronista .

A partir de entonces quedo en evidencia que los conflictos en el interior del movimiento no se

resolverían a través de la negociación y que los sectores conservadores no estaban dispuestos a

compartir espacios de poder con los más radicalizados. Desde ese momento Perón alienta el

avance de la burocracia sindical y al mimo tiempo aquellos funcionarios que simpatizaban con la

Juventud peronista y Montoneros comenzaran a ser desplazados del gobierno.

El indicador más claro del avance de los sectores de la derecha fue la presión que ejercieron para

forzar la renuncia del presidente Héctor J. Campora, que solo gobernara 49 días.

La convocatoria a nuevas elecciones presidenciales tuvo como vencedor a Perón con el 62% de

los sufragios. Desde principios de 1974, la derecha peronista se fue consolidando dentro del

gobierno. Después del ataque que realizo el ERP (ejército revolucionario del pueblo) al cuartel de

Azul en el mes de Enero, Perón desplazo a los funcionarios relacionados con la “tendencia

revolucionaria” y el primer gobernador que es reemplazado es el de la provincia de Buenos Aires,

Oscar Bidegain, en su reemplazo designo a Victorio Calabro, que había sido dirigente sindical

metalúrgico .Este cambio fue apoyado por las FF.AA., la cúpula de la CGT y el líder de la principal

fuerza de oposición, la Unión Cívica Radical, Ricardo Balbín.

Tras la muerte de Perón el 1° de Julio de 1974, asume la presidencia su 3° esposa María Estela

Martínez (Isabel) y el panorama que se abría frente a ella parecía cargado de incertidumbre, por el

cumulo de asignaturas pendientes entre las que se contaban el Pacto Social, cada vez mas

tambaleante, en un clima de creciente conflictividad social y violencia política. En este contexto es

notable la participación de las fuerzas policiales en esquemas paralelos de represión .La existencia

de un aparto clandestino llego a involucrar a altos mandos de las fuerzas, en forma casi total en el

caso del Ejercito, a varios oficiales y suboficiales militares y policiales y a un número considerable

de agentes civiles.

Entre estos grupos se destaco la Triple A (alianza anticomunista argentina) organización

comandada por José López Rega- que había sido miembro de la policía federal- y que contaba

con la activa participación de policías retirados y en actividad. Buena parte del funcionamiento de

este grupo clandestino se articulaba con las instituciones policiales. De hecho Lopez Rega se

asocio con el comisario Alberto Villar para fundar esa organización paramilitar, basada en una

fusión de las organizaciones clandestinas que ambos comandaban.

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La impunidad y la eficacia de la Triple A pueden explicarse porque reunía a oficiales policiales y

militares retirados y en actividad, junto a matones provenientes de sindicatos y de extrema derecha

peronista y nacionalista, y contaba con respaldo financiero y logístico de agencias estatales: el

Ministerio de Bienestar Social, la SIDE, estructuras policiales nacionales y provinciales,

gobernadores de provincia, regimientos y cuarteles.

La ley Orgánica de la policía 8268/ 74 fue promulgada durante la gobernación de Victorio Calabro ,

esta normativa continua definiéndose como objetivo mantener el orden público y la colaboración en

la obtención de la paz social . Realizar toda observación y vigilancia destinada a prevenir el delito.

Asegurar el orden en las elecciones nacionales, provinciales y municipales y la custodia de los

comicios. Velar por las buenas costumbres en cuanto puedan ser afectadas por actos de

exposición o escándalo público. Organizar un censo domiciliario y de ocupación por zonas, según

lo determine el Poder Ejecutivo.

También en este periodo, a través de la Ley 8400/75 se extinguen las sanciones disciplinarias

aplicadas al personal al personal de policía y del servicio correccional por motivos políticos,

sociales y gremiales entre 1955 y 1973, los alcanzados por esta medida tuvieron derecho a la

reincorporación .Sin embargo, a través de la ley de personal policial 8269 se prohíbe aceptar o

desempeñar funciones públicas electivas, ni participar en las actividades de los partidos políticos.9

El 6 de Octubre de 1975 se sanciono el decreto 2770/75 para conducir el empleo de las FF.AA.,

fuerzas de seguridad y fuerzas policiales para la lucha contra la subversión. Los decretos 2771/ y

2772 del mismo año autorizan a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean

necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del

país, el esfuerzo principal de la ofensiva será llevado sobre el eje Tucumán-Córdoba-Santa Fe-

Rosario – Capital Federal – La Plata.

En estas órdenes se encuentran algunos elementos importantes para comprender el complejo

funcionamiento institucional de la represión. En primer lugar, se dispone que- ahora que se ha

asumido una “actitud ofensiva”- las fuerzas tendrán la más amplia libertad de acción para intervenir

en todas aquellas situaciones en que se aprecie puedan existir connotaciones subversivas. Pero

también establece que las fuerzas involucradas en la “lucha contra la subversión” deberán evitar

“comprometerse en acciones de neta injerencia policial”. Se pone así en negro sobre blanco las

dos áreas actuación policial: por un lado, las tareas “superficiales”, las que son de su “neta

injerencia”, por otro, las acciones relacionadas con la “ofensiva” destinada a “aniquilar la

subversión”, en las que los policías tenían “la más amplia libertad de acción” si apreciaban que una

situación podía tener características “subversivas”. Esto instrumenta- “reglamenta”- a finales de

1975 la situación que se venía difundiendo desde hacía unos años: policías participando en los

“grupos parapoliciales” y también policías cumpliendo sus tareas habituales. (Montero A.)

9 Anales de la legislación argentina, 1974, Ley del personal policial 8269/74 derogo la ley 7934, capítulo IV, art.9(g)son deberes esenciales para el personal de seguridad en actividad no aceptar cargos, funciones o empleos públicos ajenos a la actividad policial.

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Estas acciones desplegadas por la policía permiten pensar que muchos de los principios y

técnicas de la Doctrina de la Seguridad Nacional se instalaron y difundieron en las policías

argentinas – a través de un conjunto de procesos complejos, atravesados por movimientos

pendulares y resistencias- durante la “lucha contra la subversión” en las décadas de 1960 y 1970.

Cada una de ellas constituye un conjunto de problemas que merecen una indagación más

profunda.

“Se van, se van y nunca… volverán???: Epilogo

Siguiendo la línea interpretativa de M. Saín(2008) , de cara al interior de la agencia policial, lo

descripto anteriormente apuntaló una marcada independencia doctrinal, orgánica y funcional en su

desarrollo y proyección institucional frente al gobierno estatal y frente a la sociedad política y civil y

permitió que esta agencia actuara con frecuencia como si estuviera por encima y mas allá de la

autoridad constitucional del gobierno, protegiendo cada vez más sus logros e intereses

autodefinidos y resistiendo con relativo éxito todo tipo de iniciativa gubernamental tendiente a

erradicar, reducir o cercenar dicha autonomía. Pero también favoreció el autogobierno policial en

cuyo marco la institución conto con amplios márgenes de independencia para auto regularse

orgánica y funcionalmente y , desde allí, ejercer el gobierno de la seguridad publica general Para

este autor el abordaje y resolución de las problemáticas referidas a la violencia y el delito quedaron

en manos exclusivamente de la agencia policial, la que gestiono este conjunto de asuntos de

acuerdo con concepciones, formas de organización y modalidades de funcionamiento articuladas

durante la última centuria.

Esto es fácilmente apreciable ya que esta agencia se mostro más sensible a los dictámenes de la

autoridad política de turno que a los de la Ley, ya que le fue encargada como misión primordial la

protección del Estado, no la garantía a los individuos de gozar plenamente de sus derechos y

obligaciones. Además, durante los gobiernos militares las policías estuvieron bajo un férreo control

castrense y fueron posicionadas como piezas e instancias clave de control y el disciplinamiento

represivo interno dirigido por las FF.AA.

Según Cesar Tcach, si en sus orígenes la instalación de la idea de “guerra” en las FF.AA. parecía

reducirse a un eco del conflicto Este- Oeste, tras la caída de Perón fue marcada por la impronta

especifica de la coyuntura histórica argentina: la lucha contra el “tirano prófugo” y sus seguidores

fue homologada a la lucha contra el comunismo.

Así las instituciones policiales de nuestro país, lejos de constituirse como policías civiles y

ciudadanas, fueron conformándose como guardianas del orden político y de disciplinamiento social

y como policías militarizadas y estatalistas, más sensibles a las orientaciones e intereses de los

gobiernos de turno y al control interno que a los dictados de la ley o a la protección de la libertad de

las personas. Esta orientación ha sido funcional a las experiencias institucionales de la clase

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política argentina con relación a la seguridad y a las policías, también ha servido como maquinaria

de control y disciplinamiento de las movilizaciones y protestas sociales y/o sindicales que se

multiplicaron durante los últimos años.

Por lo expuesto hasta el momento podríamos coincidir con Saín en la existencia de ciertos rasgos

definitorios de la policía bonaerense: militarización, estructura auto referenciada, orden cerrado

auto conservativo y amplias facultades.

Esto podría conformar un modelo tradicional de policía, el mismo ha estado orientado al ejercicio

de formas de control social extra institucional, encaminados principalmente a la inspección y

disciplinamiento de todo tipo de conducta inscriptas en conceptos amorfos de salubridad y

moralidad pública, o de diferentes formas de protesta o movilización social o de personas- en su

mayor parte, socialmente vulnerables- considerados peligrosos o proclives a cercenar el orden

público, según una visión asentada, casi siempre, en una perspectiva marcadamente clasista,

étnica, religiosa y/o racial.

Es así como la policía antes que centralizarse en el control de los delitos, se auto proyectó como

una instancia de resguardo institucional de una concepción de orden público no delimitado al

sistema penal y contravencional positivo, sino , más bien, determinado por los criterios de decencia

pública y de buenas costumbres autodefinidos por ella misma , y generalmente expresados en

resoluciones y normas administrativas adoptadas autónomamente por ella, los controvertidos

Edictos.

Luego de analizar la normativa policial del periodo 1955-1975 podemos afirmar como lo hace Saín

que esta normativa ha contenido conceptos destinados a proyectar a esta institución como agencia

de control social mediante la prevención y represión de actos de “escándalo público” o de “toda

representación impúdica” que no “guarde las formas determinadas por la moral” y que, aunque no

estuvieran previstas por la ley, pudieran afectar “el orden público, la moral y buenas costumbres”.

Por lo tanto la impronta socialmente disciplinante se traducirá en labores policiales regulares y

masivas de identificación, seguimiento y vigilancia de todas aquellas personas imputadas de la

comisión de un delito o de una falta o contravención o que resultara sospechosa o de actitud

dudosa para la propia policía. Este aspecto se ha reflejado en las amplias facultades policiales para

detener personas sin autorización judicial.

Una de las cuestiones mas problemáticas que podemos apreciar en cuanto al rol de la policía en

este periodo es que el nudo conflictivo estaría dado por el permanente contrapunto existente entre

la subordinación política y la relativa autonomía institucional que los policías detentan frente al

poder político, ya que en numerosas ocasiones, ya sea por resistencias policiales o por

incompetencias gubernamentales, ese contrapunto desemboca en una situación de autonomía

política de dicha institución en cuyo contexto las mismas logran una marcada independencia

doctrinal, orgánica y funcional en su desarrollo y proyección institucional frente al gobierno estatal y

frente a la sociedad.

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Para Raúl M. Cheves (2005) el modelo policial estudiado adquiere rasgos definitivamente

autoritarios durante la dictadura denominada “revolución Argentina”, siendo una mezcla perversa

de intereses corporativistas internacionales de corte financiero e ideológico con un alto grado de

intelectualidad mecanizada, pero con una propuesta concreta y necesaria para su puesta en

marcha y mantenimiento: la contención y represión popular. Sustentándola continuamente a través

de un fuerte y excesivo control y disciplinamiento de la población, sin disimular la ilegitimidad e

ilegalidad de su existencia, de su permanencia en el poder como de las medidas para destrabar los

conflictos sociales emergentes.

Pero la realidad sociopolítica, sobre todo a partir de la década del 70 modificó la operatividad

policial, verificándose un absoluto repliegue de personal y de recursos logísticos hacia sus

dependencias, provocando la pérdida de contacto diario con la gente, su aislamiento y el

descontrol ciudadano a la vez que una cuota muy significativa en el fracaso de su lucha contra la

delincuencia.

Sus acciones, condicionadas ideológicamente desde el gobierno que usurpaba el estado y que

ordenaba una repuesta armada hacia los movimientos terroristas-como lógicos y pertinentes

reclamos sociales y políticos también- se hicieron cada vez más agresivas, represivas e

indiscriminadas, llegándose hasta niveles inimaginables e inconfesables de compromiso y

responsabilidad sangrientos, que a su vez provocaron una crisis institucional inmanejable y de

marcada desvirtuación y desconocimiento funcional , logrando por todo caso la victimización de

grandes y diversos sectores de la población así como periódicos despliegues operativos similares a

ocupaciones territoriales.

Otro fenómeno observado en esta investigación es que desde el poder político y el parlamentario

existe escaso interés por resolver los problemas vinculados con la agencia policial, desde la

administración de gobierno se observan algunos aumentos salariales o incorporación de nuevos

agentes y en el ámbito parlamentario no hay debates sobre políticas de seguridad, el abandono de

la clase política de las cuestiones atinentes a la seguridad pública son un denominador común

tanto a nivel nacional como provincial. No hemos hallado evidencia de propuestas o proyectos

legislativos que apuntaran a reformar la institución policial o que cuestionaran su labor.

Si ponderamos el legado de la etapa estudiada en la conformación de un modelo de policía

militarizada que, con criterios y principios ya incorporados como propios, jugó un papel importante

en un esquema que ya desde la segunda mitad de la década del 50 profundizo la persecución

ideológica estatal a disidentes y opositores políticos, todo esto iba acompañado de un amplio

consenso político en cuanto a que esta agencia debería contar con un amplio margen de

autonomía, los argumentos que refuerzan el perfil autoritario son los que se mantienen a lo largo

del tiempo : verticalidad, profesionalismo, autorregulación.

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