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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL Trabajo Final de la Cátedra Políticas de Comunicación LA SITUACIÓN COMUNICACIONAL DE ENTRE RÍOS Políticas de Comunicación y Mapa Actual de Medios Docentes: Titular de Cátedra: Lic. Alejandro M. Ramírez Auxiliar de Cátedra: Lic. Camila Fernández Estudiantes: González, Paula; Haimovich Paz, María L.; Olarán, Esteban; Sosa Lichtenwald, Claudia A. Fecha de entrega: 19 de junio de 2013

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL

Trabajo Final de la Cátedra Políticas de Comunicación

LA SITUACIÓN COMUNICACIONAL DE ENTRE RÍOS

Políticas de Comunicación y Mapa Actual de Medios

Docentes: Titular de Cátedra: Lic. Alejandro M. Ramírez

Auxiliar de Cátedra: Lic. Camila Fernández

Estudiantes: González, Paula; Haimovich Paz, María L.; Olarán, Esteban; Sosa Lichtenwald, Claudia A.

Fecha de entrega: 19 de junio de 2013

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Introducción A partir de las consignas del trabajo final de la cátedra, en esta investigación nos focalizaremos en el relevamiento de las últimas acciones del estado entrerriano en materia comunicacional y en un posible mapa sobre el actual espectro de medios de la provincia, a los fines de analizar las políticas de comunicación implementadas por el gobierno y la aplicación de la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), a casi cuatro años de su sanción. La promulgación de la LSCA en 2009 implicó un hito histórico en el camino por la democratización de la comunicación en la Argentina. Las mismas preocupaciones que atravesaron los debates mundiales en la década del 70, en miras de la instauración de un necesario Nuevo Orden Mundial de la Información y la Comunicación – ligado ineludiblemente a un Nuevo Orden Económico Mundial-, condensadas luego en el Informe Mac Bride, fueron recuperadas y expuestas por los distintos actores que participaron de la construcción del texto de la ley. Décadas después esos debates continuaban (y continúan) absolutamente vigentes y muchos de sus aspectos centrales incluso se han reactualizado y potenciado en el marco de esta era, denominada por algunos teóricos como la Sociedad de la Información. Es así como la auspiciosa sanción de esta norma, luego de una extensa, rica e inédita discusión en la que participaron foros de debates en todo el país, se presentó como el puntapié inicial de una reconfiguración del sistema mediático argentino. Un nuevo horizonte se vislumbró ante la posibilidad del surgimiento de nuevos medios y el acceso de todas las voces. Pero las dificultades de la implementación de la ley en algunos de sus artículos fundamentales a través de la resistencia de algunos sectores que han judicializado parte de la norma, la disminución del debate en la ciudadanía, la reducción de los umbrales propuestos en los objetivos fruto de la polarización de posiciones y las presiones de sectores de poder ante el nuevo marco legislativo, ofrecen un panorama que posterga transformaciones reales. Para nuestro análisis, partimos de entender la relación entre comunicación y democracia como parte de un vínculo insoslayable. “No hay sociedades democráticas sin comunicación democrática y no hay comunicación democrática sin sociedades democráticas”, indica en su tesis de grado Bernadette Califano1 parafraseando al reconocido especialista peruano Rafael Roncagliolo. Bajo esa premisa es que intentaremos determinar si ciertas medidas aplicadas y la legislación vigente contribuyeron a fomentar el pluralismo, la diversidad, el acceso y la participación en las comunicaciones. Para esto presentaremos en el capítulo uno el detalle de lo explicitado por el gobierno entrerriano en política comunicacional. En la segunda parte, ahondaremos sobre los avances que ha implicado la sanción de la ley en el territorio provincial, teniendo como base el mapa de medios de comunicación audiovisual. Por último, en el capítulo tres reflexionaremos en torno a algunos de los contenidos expuestos en los dos primeros capítulos. Asimismo, ofreceremos a modo de conclusión algunas líneas que propongan una articulación sobre los aspectos tenidos en cuenta para la presente investigación.

1 CALIFANO, Bernardette. Medios y políticas de comunicación en Argentina bajo el gobierno de Néstor Kirchner

(2003-2007), Tesis de Grado de la Licenciatura en Comunicación Social de la UBA, 2007.

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CAPÍTULO UNO. Políticas de Comunicación de Entre Ríos. Para dar cuenta del conjunto de políticas de comunicación diseñadas por el actual gobierno de la provincia de Entre Ríos, hemos recurrido a distintos materiales y fuentes. Este apartado de la investigación se basa en las principales acciones presentadas por el estado entrerriano en materia comunicacional. Específicamente, tomaremos las distintas normativas y los lineamientos centrales, los objetivos que allí se expresan y los alcances planteados en los mismos. El gobierno entrerriano, alineado políticamente al gobierno nacional, ha manifestado desde un primer momento su acompañamiento a la sanción, y luego a la aplicación efectiva, de la LSCA. En diferentes discursos pronunciados -desde que comenzaron los debates para regular la actividad de los servicios de comunicación audiovisual hasta la actualidad-, el gobernador Sergio Urribarri y muchos de sus funcionarios han expresado su apoyo y compromiso a la nueva legislación y a los valores y derechos que persigue. Por ejemplo, en una de sus últimas declaraciones al respecto, efectuada el 25 de abril de 2013, con motivo de la inauguración en Paraná de la VI Sesión Ordinaria del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA), el mandatario provincial expuso que “debemos consolidar y afianzar el fundamento filosófico, los principios rectores, la operación de esta ley que es un hecho inédito en Argentina (…) Más allá de los alcances de la ley, que tienen que ver con la diversidad de voces, con el acceso al aire de distintos sectores de la población argentina, ha logrado algo que se evidencia más que nunca en estas horas (…) que desnudan a las corporaciones visibles y a los poderes ocultos muchas veces vinculados a los medios de comunicación masiva que dominaron durante décadas y decidieron la suerte y la vida de personas e instituciones". 2 Entre las distintas medidas llevadas adelante por el gobierno de Entre Ríos, consideramos de especial relevancia la creación del Ministerio de Cultura y Comunicación (en 2011) y del Consejo Provincial de Políticas de la Comunicación (en 2010), que implican, en primer término, el otorgamiento de un mayor reconocimiento y jerarquización de las políticas de comunicación en términos institucionales. A continuación nos detendremos en los distintos aspectos que involucran el surgimiento y el funcionamiento de ambos espacios para contar con elementos que nos permitan avanzar en el análisis de las políticas de comunicación entrerrianas.

1. CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA Y COMUNICACIÓN El 12 de diciembre de 2011, Sergio Urribarri asume su segunda gestión consecutiva como gobernador de la provincia de Entre Ríos (reelección habilitada a partir de la Reforma de la Constitución Provincial de 2008).Durante las elecciones -efectuadas en el mes de octubre del mismo año- alcanzó el 55,93% de los votos como candidato del Frente Para la Victoria3, en una amplia y marcada ventaja con respecto a los representantes que encarnaron el arco opositor y con porcentajes

2 En “El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual sesionó en Paraná”, 25 de abril de 2013,

http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=34500 3 Datos disponibles en

http://www.entrerios.gov.ar/elecciones2011/inicio.php?btn_cargo=0&btn_partido=0&btn_consulta=0&aux_modulo=resultados&modulo=escrutinio_final

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similares a los números nacionales, obtenidos por Cristina Fernández de Kirchner para Presidenta de Argentina por el mismo partido político. A los pocos días de asumir este nuevo mandato, el 21 de diciembre específicamente, se modifica a través de la Ley Nº 10.093 la composición orgánica del gobierno provincial, con la creación de nuevos ministerios, cuestión ya anunciada por Urribarri en un acto llevado adelante el 6 de diciembre en el Teatro Municipal 3 de Febrero de la ciudad de Paraná4. En esta reestructuración de la administración del estado entrerriano, uno de los Ministerios que se constituye es el de Cultura y Comunicación, que reúne en su funcionamiento a la anterior Subsecretaría de Cultura y a la Dirección de Información Pública, entre otras áreas.

1.1 COMPETENCIA DEL MINISTERIO En el Artículo 13 de la norma, se especifica la competencia de cada uno de las nuevas carteras, entre los aspectos relativos a la de Cultura y Comunicación figura: “1.- Adoptar, formular y diseñar las políticas, planes, programas y proyectos que atañen a la potenciación, democratización, desarrollo y mejora del sector cultural y de las comunicaciones reconociendo la diversidad cultural, la reafirmación de la identidad, el respeto por los Derechos Humanos, el fortalecimiento de la cooperación y su consideración como instrumento dinamizador de desarrollo económico y de cohesión social (…) 5.- Entender en todo lo concerniente a la comunicación pública como espacio desde donde se definen y discuten los asuntos de interés público, y por tanto, fuente de desarrollo social, cultural y económico de las personas. 6.- Entender en la formulación, ejecución y control de la política de comunicación, que permita comunicar los actos del Gobierno Provincial a fin de proyectar la imagen de la Provincia en el ámbito interno y externo. 7.- Producir y difundir el accionar, las políticas, los mensajes y las gestiones del Poder Ejecutivo Provincial, coordinando y supervisando la difusión que se realice por medio de las demás áreas de prensa de la Administración Central, Descentralizaciones Administrativas, Autárquicas, Empresas y/o Sociedades del Estado. 8.- Entender en todo lo que respecta a la imagen corporativa del Gobierno Provincial (…) 10.- Diseñar la estrategia publicitaria y controlar su cumplimiento, interviniendo en el inicio de las actuaciones administrativas referentes a la comunicación publicitaria del Poder Ejecutivo Provincial, Administración Central, Descentralizaciones Administrativas, Autárquicas, Empresas y/o Sociedades del Estado concerniente a lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Provincial. 11.- Promover la cooperación mutua del Gobierno y toda institución social, cultural, económica y del tercer sector en tanto éstos son efectores de contenidos y cumplen un rol fundamental en comunicar al gobierno con los entrerrianos y a los entrerrianos entre sí, constituyendo un elemento de cohesión social, de articulación comunitaria y de conformación de la identidad cultural. 12.- Articular y coordinar acciones, proyectos y planes con la Autoridad Federal de Servicios Comunicación Audiovisual a los efectos de promover la aplicación integral y plena de la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. 13.- Articular y gestionar políticas asociadas a las comunicaciones con acciones que se impulsen desde el Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales. 14.- Desarrollar y coordinar las acciones que resulten necesarias a los efectos de instrumentar el Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”, cuya finalidad primordial es la democratización del acceso a la información y las comunicaciones. 15.- Promover el establecimiento de una cultura de la tecnología de la información y comunicaciones en

4 “Entre Rios: Urribarri anunció su gabinete y la creación de nuevos ministerios”, 6 de diciembre de 2011,

http://www.derf.com.ar/despachos.asp?cod_des=457624

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la Provincia incentivando la oferta y la demanda de información y de contenidos, así como la masificación del uso de la tecnología de la información y comunicaciones en las diversas actividades de la vida cotidiana, con el propósito de contribuir a satisfacer las necesidades de los ciudadanos y a un mayor desarrollo social y productivo de la Provincia”5.

1.2 ESTRUCTURA DEL MINISTERIO El organigrama del Ministerio de Cultura y Comunicación, a través de la promulgación de la Ley Nº 10.093 y la modificación que incorpora el Decreto N°520/2011, queda conformado por las siguientes áreas: Secretaría de Comunicación, Secretaría de Cultura y Secretaría de Telecomunicaciones 6, todas emplazadas en la ciudad de Paraná. Asimismo, la sede del Ministerio -que funciona en Casa de Gobierno- se organiza a través de la Secretaría Privada, la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Despacho. La Secretaría de Comunicación también se encuentra establecida en Casa de Gobierno, mientras que la Secretaría de Telecomunicaciones está instalada en Tejeiro Martínez 4817. Por su parte, la actual Secretaría de Cultura, ubicada en Garay 245, contiene bajo su órbita a la Subsecretaría de Políticas Culturales, a la Coordinación General de Políticas Culturales por la Identidad, a la Coordinación General de Políticas Culturales de Inclusión Social, a la Coordinación de Políticas Culturales y Cooperación, la Coordinación de Planificación y Difusión y la Coordinación de Programación y Acción Cultural. Igualmente dependen de la Secretaría la Editorial de Entre Ríos, el Archivo General de la Provincia, el Museo Histórico de Entre Ríos “Martiniano Leguizamón”, el Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas “Prof. Antonio Serrano”, el Museo Provincial de Bellas Artes “Dr. Pedro E. Martinez”, el Museo y Mercado de Artesanías, el Museo Provincial de Dibujo y Grabado "Guaman Poma" (Concepción del Uruguay), la Biblioteca Provincial de Entre Ríos, la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos, la Casa de la Cultura de Entre Ríos, el Centro Cultural y de Convenciones de Entre Ríos "La Vieja Usina" y el Instituto Audiovisual de Entre Ríos 8. Además, mediante el Decreto N° 876, con fecha del 10 de abril de 2012, se crea el Centro Experimental de Industrias Culturales, incorporándose como dependencia del Ministerio, asumiendo el rol de “facilitador entre los diferentes sectores gubernamentales, organizaciones afines y actores privados, para colaborar en la planificación e implementación de estrategias de agregados de valor en las cadenas productivas de las industrias culturales entrerrianas, como así también incubar nuevas industrias y colaborar en la posible apertura de más y mejores mercados

5 VER ANEXO: Ley Nº 10.093, del 21 de diciembre de 2011, Reestructuración de Ministerios de Entre Ríos. Para la

versión digital: http://www.jusentrerios.gov.ar/123zx/publico/legis/m1/sm1/Ley%2010093%20Ministerios.html 6 El Ente de Control de Telecomunicaciones aparecía en la ley como relacionado de forma directa con el Poder

Ejecutivo, a través del decreto pasa a depender del Ministerio de Cultura y Comunicación. VER ANEXO: Decreto N°520/2011. Para la versión digital http://www.entrerios.gov.ar/wsdecreto/archivo/DECRETO_520_2011_GOB.pdf 7 Información obtenida en la Nómina de Autoridades del Gobierno de Entre Ríos. Disponible en

http://www.entrerios.gov.ar/ceremonial/nomina/Nomina.pdf 8 Ídem

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nacionales e internacionales, generando empleo de calidad y difundiendo, en el mismo acto, nuestra marca de origen por el mundo”9. 1.3 ACCIONES DEL MINISTERIO El 15 de febrero de 2013, a poco más de un año de la creación del Ministerio de Cultura y Comunicación, el gobernador presenta el Informe de Gestión a la Asamblea Legislativa a los fines de inaugurarla, como se encuentra establecido anualmente. Para nuestro análisis, tomamos de allí el marco general de presentación de la cartera y los principales puntos explicitados en relación a las políticas de comunicación, dejando de lado gran parte de las descripciones referentes a las acciones culturales. La publicación del Informe contiene 308 páginas en formato A4, la última parte está dedicada al Ministerio de Cultura y Comunicación, desde la página 271 hasta la 307. En su introducción sostiene que “los objetivos políticos de este ministerio no son otros que los de promover, potenciar, sistematizar, organizar, expresar, la cultura popular y sus protagonistas como factores de democracia, justicia, igualdad, libertad y pluralismo, para consolidar y profundizar en Entre Ríos los cambios que de la mano de Néstor Kirchner, Cristina Fernández y Sergio Urribarri se vienen dando en pos de la felicidad de nuestro Pueblo y la grandeza de la Nación y la Provincia”. 10 A continuación, el Informe enumera y desarrolla los “ejes rectores de la actividad al inicio de la gestión”. Entre los que se encuentran Cultura por la Identidad; Cultura para Todos; Cultura por la Inclusión; Cultura para la Conciencia; Industrias Culturales; Comunicación y difusión; Democratizar el acceso a la información y las comunicaciones y Poner en valor programas y organismos que conservan y protegen. Nos focalizaremos, como anticipamos, en lo referente a Comunicación y difusión y a Democratizar el acceso a la información y las comunicaciones.

1.3.1 Comunicación y difusión Esta sección se subdivide en Comunicación, Difusión publicitaria, Control, regulación y servicios, Road Show y Tecnópolis, a estos dos últimos ítems no los tendremos en cuenta para el presente trabajo. 1.3.1.1 Comunicación En los párrafos correspondientes a Comunicación se detallan las cuestiones que involucran a las tareas vinculadas a Comunicación Institucional: “a través de la Secretaría de Comunicación se realiza la cobertura periodística de la actividad oficial del gobernador en particular y de toda la gestión en general. Esto incluye el desarrollo de la información que se genera a partir de la acción de gobierno

9 5. VER ANEXO: Decreto N° 876/12 del Ministerio de Cultura y Comunicación de Entre Ríos. Para la versión digital:

http://www.entrerios.gov.ar/wsdecreto/archivo/DECRETO_876_2012_MCYC.pdf 10

Informe de Gestión ante la Asamblea Legislativa. Disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/galeria/informe/informe2012.pdf

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en formato escrito, fotográfico, radial y televisivo; la publicación de la misma a través del sitio web entrerios.gov.ar/noticias; los despachos cotidianos a los medios gráficos y portales digitales; el envío de material para canales de televisión provinciales mediante dos distribuciones satelitales diarias; y salidas radiales de un cronista que informa sobre las acciones de gobierno. Se realiza también el seguimiento y monitoreo permanente de la difusión de cada acción del gobierno en todo el territorio provincial y en la totalidad de los medios de comunicación”11.

También figura la producción de un informe semanal de noticias para televisión llamado “Entre Ríos en Noticias”; la transmisión en vivo a toda la provincia a través de sistema satelital para actos relevantes de gobierno, eventos culturales y deportivos; la logística, organización y producción de la parte comunicacional en actos relevantes para el gobierno; el apoyo gráfico a la comunicación institucional del ministerio y de otros organismos; la producción de contenidos, monitoreo y seguimiento del Facebook y Twitter del gobernador, el ministro y el ministerio; y la comunicación política, en términos de generación de contenidos propios y actividad permanente sobre los hechos que rodean la información publicada.

Entre los últimos puntos se destaca que se retomaron las actividades el Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales, “habida cuenta de que se designaron nuevos integrantes por el recambio institucional realizado en los Municipios cabeceras de departamento, que cuentan con representantes en este espacio”12. Sobre esto ampliaremos en el capítulo dedicado a la conformación de este espacio. También la presentación en Paraná del libro “Ley 26.522. Hacia un nuevo paradigma en Comunicación Audiovisual” y la realización de capacitación en comunicación popular en la capital provincial, Concordia, Gualeguaychú y Concepción del Uruguay. 1.3.1.2 Difusión publicitaria En este apartado se manifiesta que “a través de la elaboración de piezas comunicacionales -spot publicitario de radio, televisión, avisos gráficos, vía pública, cine, publicaciones, PNT (Publicidad No Tradicional), participación en fiestas populares, ferias, espectáculos deportivos y en acciones promocionales- la Secretaría de Comunicación ha difundido diferentes acciones de gobierno con campañas publicitarias”13. Seguidamente se enumeran las distintas acciones publicitarias, sin brindar mayores detalles sobre cada una de ellas. En el listado, aparecen como campañas las siguientes: de obras y acciones de gestión (Entre Ríos produce, exporta, educa, crece, invita, incluye, protege, cuida); de concientización en seguridad vial; sobre seguridad pública – Policía de Entre Ríos; de vacunación y semana de las Américas; de concientización sobre la donación voluntaria de órganos y de sangre; de concientización sobre Día Mundial Sin Tabaco; de prevención e información sobre las infecciones respiratorias y cuidados del niño recién nacido; de concientización para la erradicación del trabajo infantil; Invierta en Entre Ríos; de regularización de deudas de viviendas del IAPV; de promoción del espectáculo Iñaki Urlezaga; de promoción sobre el Mundial Juvenil de Softbol realizado en Paraná del 1 al 10 de noviembre; de promoción sobre el Foro Internacional de Sociedades Digitales realizado en Paraná el 12 y 13 de noviembre; Entre Ríos crece; de promoción para La Noche de los Museos en Paraná,

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donde se presentó la nueva imagen institucional de los 6 museos provinciales; de difusión sobre el 911 y reclutamiento de nuevos aspirantes para agentes de policía; difusión sobre la Fiesta Patria Popular por la Democracia y los Derechos Humanos, de diciembre en Paraná; de promoción sobre la Temporada de Verano en Entre Ríos; Cotapa: campaña compre lácteos entrerrianos. Asimismo, como promoción figuran: turística de la provincia en las ciudades de Córdoba, Rosario, Santa Fe, Costa Atlántica, y ciudad de Buenos Aires; turística a nivel provincial; de la Fiesta del Mate en Paraná; de Entre Ríos a través de la participación de la marca Entre Ríos. Una Tierra Diferente en a gira de shows por el país y a nivel internacional del cantautor Coti Sorokin con la presentación de “Lo dije por boca de otro”; acciones promocionales de turismo en Buenos Aires, Rosario, Córdoba, República Oriental del Uruguay, Brasil. Bajo la categoría de difusión se encuentran: sobre los servicios para niños, niñas y adolescentes del Copnaf; del re empadronamiento de los beneficiarios del programa A la Mesa Entre Todos y Ley 4035; de las obras realizadas a través de la Dirección Provincial de Vialidad. En ese registro, sin clasificación también se hallan: Recitales de Música para la Conciencia y Música para Todos; Presentación del Estadio Único de Entre Ríos; Plan Nacer: cuidados de los niños en épocas estivales; ATER: vencimientos impositivos. Campaña impuesto inmobiliario rural; @prender, primer portal educativo entrerriano; Homenaje a los combatientes en Malvinas a 30 años del conflicto bélico; Auspicios de actividades y eventos; Publicaciones; Mensaje de fin de año del Gobernador. Presentamos una nota al Ministerio solicitando información sobre los montos y los destinatarios de la publicidad oficial14, hasta el momento no hemos obtenido respuesta. Más adelante profundizaremos sobre los distintos aspectos que involucran a este tema. 1.3.1.3 Control, regulación y servicios Posteriormente, bajo este título el informe señala lo actuado durante 2012 desde la Secretaría de Telecomunicaciones en materia de control, regulación y prestación de servicios de telecomunicación al estado provincial y a los usuarios en general. Las acciones descriptas comprenden los siguientes puntos: “- Representación técnica de la provincia ante organismos nacionales y de otras provincias, y entidades privadas relacionados a las telecomunicaciones. Vale resaltar la colaboración con las acciones de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, a través de los programas Telefonía e Internet para Localidades sin Servicio Básico Telefónico; Infraestructura y Equipamiento y para la Sociedad de la Información, además del apoyo a las diversas políticas del Plan Nacional Argentina Conectada. / - Ejecución de la obra Centro de Comunicaciones Villaguay por un monto de más de dos millones de pesos, que a la fecha presenta un avance aproximado del 80%. / - Proyecto de obras de ampliación de las redes de servicios de comunicaciones en la provincia, complementarias al Plan Nacional Argentina Conectada. / - Asesoramiento en materia de telecomunicaciones y planificación de las mismas a organismos provinciales, municipios, juntas de gobierno y entidades no gubernamentales (…) / -

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VER ANEXO

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Obras: se realizaron 190 obras dentro y fuera de la provincia, que comprenden instalaciones, reparaciones, mantenimiento, ampliaciones, reubicaciones, incorporación de nuevos servicios, centrales telefónicas, sistemas de enlaces a distancia, sistema de transmisión de datos y remotización de servicios. / - Instalación de cableado: 15.000 metros aproximadamente”15.

1.3.2 Democratizar el acceso a la información y las comunicaciones

El primer párrafo de esta parte del Informe dice textualmente: “Como parte de una de las provincias comprometidas en este proyecto nacional en materia de comunicaciones, se participó en el Primer Encuentro Latinoamericano de Telecomunicaciones, Cultura e Inclusión digital denominado “Patria Grande Conectada” en Tecnópolis. Mostramos allí, los avances y la experiencia que hemos hecho en nuestra provincia en pos de materializar la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y el Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada16. Luego, bajo diferentes subtítulos, se abordan los siguientes temas: Televisión Digital Abierta (TDA), Gestiones con municipios y juntas de gobierno, Telefonía e Internet, Fibra Óptica, y Democratización. 1.3.2.1 Televisión Digital Abierta (TDA) Aquí se puntean los distintos pasos efectuados en 2012 en relación a la TDA en el territorio entrerriano: “- A través de la Secretaría de Telecomunicaciones se coordinó y ejecutó con la Delegación Entre Ríos de la Comisión Nacional de Comunicación (CNC), la instalación del Servicio de Televisión Digital Abierta y gratuita en escuelas rurales, de frontera y suburbanas de los departamentos Feliciano, Gualeguay, Villaguay, Gualeguaychú, Islas del Ibicuy y Federal, entre otros. El total de las escuelas, más de 1.000 en toda la provincia, cuentan actualmente con el kit satelital instalado para acceder a este servicio. / - También 264 familias poseen televisión satelital a través del plan Televisión Directa al Hogar (TDH) en Pronunciamiento, departamento Uruguay. Esto les permite ver de manera gratuita y con alta calidad, los 18 canales que la TDA ya tiene al aire. El mismo servicio fue instalado en 220 viviendas en el periurbano de la ciudad de San José de Feliciano y en 28 viviendas rurales ubicadas en diferentes distritos del departamento Feliciano, trabajo realizado en coordinación con el programa de Viviendas Rurales. En igual sentido se ha aprobado la instalación de este servicio en las localidades de Arroyo Barú, donde ya se instalaron algunos kits de prueba y se prevé que 80 viviendas cuenten con el servicio. En Alcaraz ya se ha realizado el relevamiento para que más de 50 casas sean beneficiadas con este plan. / - Se presentó en Concordia y Gualeguaychú la Unidad Nacional Móvil de la TDA, donde se realizaron más de 4.000 inscripciones para futuros beneficiarios. / - Se ubicaron los terrenos y firmaron los convenios respectivos con el Gobierno Nacional para la construcción de las Estaciones Digitales Terrestres (antenas) en las localidades de Concordia y Concepción del Uruguay. Existe a su vez, una propuesta del terreno donde se podría ubicar la antena en la ciudad de Victoria, resolviéndose actualmente las tramitaciones legales para confirmar el lugar. / - Está en plena construcción la Estación Digital Terrestre (antena) en Gualeguaychú, la cual tendrá una cobertura de 40 kilómetros a la redonda y comenzará a brindar el servicio a mediados de febrero. / - Se está procediendo a la instalación del

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Informe de Gestión ante la Asamblea Legislativa. Disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/galeria/informe/informe2012.pdf 16

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servicio de la TDA en organismos estatales nacionales y provinciales con atención al público en la ciudad de Paraná”17. 1.3.2.2 Gestiones con municipios y juntas de gobierno En esta sección se destacan los avances consignados en relación a la ampliación del acceso a internet en distintos puntos de la provincia. El Informe precisa sobre la presentación ante el gobierno nacional de 46 proyectos elaborados por 35 municipios para Puntos de Acceso Digital (PAD), que incluye internet abierto y gratuito en espacios públicos. Asimismo, en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, se concretó la adhesión y capacitación de 16 municipios al programa Civitas 2, el cual implica el armado gratuito de portales de internet en cada uno de los mismos. Por otra parte, en Villaguay, se trabaja en la instalación de un Centro de Comunicación de Internet para organismos públicos con un radio de alcance de 40 kilómetros a la redonda y en Crespo y Chajarí se acompañó la inauguración del servicio de WiFi en espacios públicos. 1.3.2.3 Telefonía e Internet En relación a la ampliación del acceso a Internet se subrayan dos aspectos: “- Servicio Universal de Telefonía fija e Internet en los hogares de pequeñas localidades. La Secretaría de Telecomunicaciones acordó una labor compartida de relevamiento y coordinación general de este proyecto, elaborado y financiado por la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, el cual tiene por objetivo brindar cobertura de estos servicios a todos los poblados del país que no lo posean. Se ha finalizado el relevamiento, cuyo resultado ya está en manos de la nación. El proyecto se concretará por etapas, iniciándose la ejecución de la primera en el último cuatrimestre del 2012 y prosiguiendo hasta alcanzar la cobertura total de las localidades definidas. En Entre Ríos un centenar de poblaciones recibirán este beneficio. / - En conjunto con la delegación entrerriana de Prosap, la Secretaría de Telecomunicaciones se encuentra trabajando en un proyecto para darle internet a 50 a pequeños centros rurales en una primera etapa. El servicio beneficiará a cerca de 30.000 personas que habitan en la zona rural de nuestra provincia. Será de carácter gratuito para los organismos públicos y pago para los vecinos, garantizándose para el ciudadano rural la misma calidad y tarifa que para el ciudadano de los centros urbanos.”18 1.3.2.4 Fibra Óptica “- Se acompañó todo el proceso licitatorio para la construcción de la Red Federal de Fibra Óptica en Entre Ríos; proyecto medular del Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada del cual la provincia es parte. Esta obra, que implica una inversión del Estado Nacional de 280 millones de pesos, significa el tendido de más de 1.742 kilómetros de fibra óptica en el territorio provincial, con un alcance inicial de más de 100 localidades19. /- Se han iniciado las reuniones con la Unión

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En la nota Llamado a Licitación Pública de la Red Federal de Fibra Óptica en la provincia de Entre Ríos, publicada el 6 de marzo de 2012 en http://www.argentinaconectada.gob.ar/notas/2732-llamado-licitacion-publica-la-red-federal-fibra-optica-la-provincia-rios se especifica que el tramo licitado abarca 1.742 km de infraestructura y llegará a más de 367.000 habitantes, comprendiendo los siguientes tramos: Crespo - Diamante / Paraná - Concepción del Uruguay / Paraná - Diamante / La Paz - Chajarí / Los Conquistadores - Límite con Corrientes / Crespo - El Pingo / Nogoyá - Rosario (Santa Fe) / La Criolla - Concordia / Villaguay - Concordia / Gualeguay - Gualeguaychú / Gualeguay - Villaguay / Villaguay - Gualeguaychú / Ibicuy - Cruce RN 12”.

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Transitoria de Empresas (UTE) adjudicataria de la licitación para el tendido de la Red de Fibra Óptica, la cual ya firmó el contrato de obra a los efectos prácticos que requerirán los trabajos. Se espera que en febrero de 2013 se inicien las obras. / - La Secretaría de Telecomunicaciones viene realizando un relevamiento para identificar los terrenos provinciales donde construir los nodos de acceso a cada localidad, lugar hasta dónde llegará la red y desde donde partirá la estructura de la “última milla” o red local. / - Se han mantenido encuentros de trabajo con la Asociación Entrerriana de Televisión a efectos de compatibilizar proyectos e inversiones relacionados con el Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada y, particularmente, por el arribo de la fibra óptica”. 1.3.2.5 Democratización Tres cuestiones se narran en el texto analizado bajo el título Democratización. “. En consonancia con la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual la Secretaría de Comunicación decidió incorporar en el informe Entre Ríos en Noticias la imagen de un intérprete en lenguaje de señas (…) Además, se encuentra en proceso de elaboración un proyecto de readecuación del sitio web gubernamental www.entrerios.gov.ar para incorporarle herramientas que lo vuelvan más accesible. . Se facilitó la vinculación con la Asociación Civil Barriletes con el fin de lograr la cesión en comodato de un edificio para su funcionamiento. La entidad lleva adelante actividades como radio comunitaria, biblioteca, cine, circo y la revista que todos los meses sale a la calle con ese nombre. . Abierto por vacaciones: se organizaron espectáculos musicales de artistas entrerrianos con entrada libre y gratuita en este operativo. El operativo fue llevado adelante junto al Ministerio de Planificación Federal de la Nación, para difundir los programas Mi TV Digital y Argentina Conectada”.

2. CREACIÓN DEL CONSEJO PROVINCIAL DE POLÍTICAS COMUNICACIONALES (CPPC) 2.1 Propuesta presentada por el Foro Popular de la Comunicación en Paraná

El 16 de febrero de 2010, Urribarri se reunió con integrantes del Foro Popular de la Comunicación de Paraná, espacio conformado al calor del debate sobre el Anteproyecto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a los fines de aportar a su confección, en un marco de difusión y promoción de la legislación en el territorio entrerriano. Durante el encuentro, el Foro presentó al mandatario provincial un anteproyecto de decreto para la creación del Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales. En la oportunidad, Edgardo Massarotti, representante del Foro, declaró que “es imprescindible que se vaya constituyendo un sujeto social que influya en las políticas comunicacionales que siempre están surcadas por intereses del poder económico y también político. Por eso, para mediar en la creación de esas políticas comunicacionales estamos aportando un anteproyecto de decreto con la creación de un Consejo Provincial de Políticas Comunicaciones, que tiene que ver con la concurrencia del artículo 7020 de la Constitución provincial y la ley de medios recientemente sancionada por el congreso de la Nación”21.

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"El Estado, dentro de su competencia, protegerá y alentará la explotación de sus recursos radioeléctricos y los medios de comunicación radicados en su territorio, como herramienta para el fortalecimiento de sus regiones y la conformación de su identidad cultural.- Desalentará, mediante políticas activas, la conformación de monopolios,

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Massarotti detalló asimismo que el Consejo propuesto estaría conformado por una representación territorial amplia y abarcativa de toda la provincia, con presencia de municipios, universidades, trabajadores de prensa, medios de comunicación, organizaciones no gubernamentales y de la legislatura, entre otros. “Todo un componente de representación federal, plural y democrática que asista al gobierno de la provincia en la generación de políticas comunicaciones que deben ser un insumo de la democracia sin que esté mediada por tantos intereses económicos como se ve diariamente”, sostuvo22. 2.2 Sanción del Decreto N° 432

El 11 de marzo de 2010, a través del Decreto N° 43223, se crea el Consejo. La norma recupera los principales puntos sugeridos por el Foro para la implementación del mismo, a los fines de generar “un ámbito de participación de la comunidad para asegurar el cumplimiento con transparencia y eficacia de los objetivos declarados”24 [en relación a lo dispuesto por el artículo 70 de la Constitución Provincial y la Ley Nacional N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual]. Las funciones establecidas para el Consejo en el artículo 1° del Decreto son las siguientes: “a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Art. 70 de la Constitución Provincial y de la Ley Nacional Nº 26.522. b) Asistir a la representación de la Provincia en el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual de la Ley Nacional Nº 26.522; c) Colaborar y asesorar en el diseño de la política pública comunicacional; d) Convocar a las organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudios e investigación u otras entidades de bien público en general, para crear un ámbito participativo de debate permanente sobre el desarrollo y funcionamiento de los medios de comunicación; e) Canalizar, de acuerdo a los procedimientos de la normativa vigente, ante la Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional Nº 26.522 los requerimientos, consultas, reclamos y denuncias del público referidas a cuestiones comunicacionales cuando se solicitare esa intervención por parte de los interesados o cuando, por la relevancia institucional del reclamo, considerase oportuno hacerlo f) Efectuar un seguimiento de los concursos que se realicen para el otorgamiento de licencias en el territorio provincial; g) Participar de las audiencias públicas que se realicen en la provincia convocadas por las autoridades en la materia; h) Formular recomendaciones públicas a las autoridades con competencia en materia comunicacional, proponiendo nuevas normas o modificaciones de las ya existentes;

oligopolios o cualquier otra forma de concentración de los medios de comunicación social en el ámbito provincial. Promoverá la propiedad y gestión de medios de comunicación social por parte de organizaciones sociales, cooperativas y comunitarias sin fines de lucro.", Artículo 70, Constitución Provincial de Entre Ríos. Disponible en http://www.jusentrerios.gov.ar/mediacion/wp-content/themes/mediacion/images/documentos/constitucion_entrerios_2008.pdf 21 En “Medios: se creará un organismo estatal”, http://www.paginapolitica.com/provinciales/medios-se-creara-un-organismo-estatal.htm, 16 de febrero de 2010. 22

Ídem 23

VER ANEXO: Decreto N° 432/2010. Para la versión digital: http://www.entrerios.gov.ar/wsdecreto/archivo/DECRETO_432_2010_GOB.pdf 24

Ídem

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i) Propender a un sistema de medios públicos, administrado por consenso entre sectores sociales, profesionales del periodismo, de la comunicación, de las artes, de las comunidades, de la educación y los Poderes del Estado; j) Sugerir criterios que regulen la asignación de la publicidad oficial en base a criterios de transparencia, eficacia, pluralismo, austeridad, equidad e igualdad en el acceso a la información; k) Brindar al gobernador un informe anual sobre el estado de cumplimiento de la norma constitucional, la ley y del desarrollo de la comunicación en la Provincia, con copia a la Legislatura; Requerir informes sobre la temática comunicacional a cualquier área del Estado; l) Dictar su reglamento interno”25. Asimismo, en el documento se determina la cantidad de integrantes del Consejo, fijada en 41 miembros, que abarca a representantes del estado provincial (1, como coordinador del Consejo), AFSCA, departamentos de la provincia, legislatura provincial, prestadores privados y sin fines de lucro, universidades públicas, APUC, Foro Popular de la Comunicación, medios públicos, entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación, ONGs, CONAPF y CGE26. Los representantes designados se desempeñarán en forma honoraria y durarán dos años en su función. Por otro lado, en el artículo 5º de la disposición se establece que el Consejo “se reunirá como mínimo cada seis meses o extraordinariamente a solicitud de al menos el 25% de sus miembros”27. Finalizando el texto, se aclara que el Consejo se expresará mediante recomendaciones y que las reuniones serán públicas, siendo obligatoria la confección de un informe respecto de los temas tratados y su publicidad a través de los medios de gestión estatal, consignando al Estado como el encargado de garantizar la difusión de las recomendaciones. 2.3 Acto de presentación El 5 de agosto de 2010, cuatro meses después de la firma del Decreto, en el Salón General de Educación, el gobernador entrerriano presentó el CPPC, acompañado por el entonces titular del AFSCA, Gabriel Mariotto. Durante el acto se resaltó que la iniciativa ubica a Entre Ríos en la vanguardia de este tipo de políticas, al ser la primera provincia del país que proyecta un espacio con estas características de amplia participación ciudadana. En su discurso, Urribarri expresó que “este proceso va para largo [en relación a la sanción de la LSCA y la posterior instancia judicial] y necesita que nos hagamos cargo con coraje, convicción, tenacidad, coherencia, perseverancia, militancia y consenso. Eso es lo que buscamos con el Consejo Provincial del que nos enorgullecemos al haber dictado el decreto para su creación, y que esperamos sea incluido en la reglamentación de la ley”28.

25

Ídem 26

La designación de los integrantes del CPPC se realizó a través del Decreto Nº 4.358/2010, con fecha del 11 de noviembre de 2010. VER ANEXO. Para la versión digital: http://www.entrerios.gov.ar/wsdecreto/archivo/DECRETO_4358_2010_GOB.pdf 27

Ídem 28

En “Presentan el Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales” http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=24075, 6 de agosto de 2010.

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Por su parte, Mariotto dijo que “parece un sueño que estemos llevando adelante estas transformaciones y que este cuestionamiento al poder se de con políticas que tiene convicción, pericia y, por sobre todas las cosas, gran participación social. Ni la convicción ni la pericia de los gobernantes puede sostenerse en un intento de transformación, si no tiene la participación popular”. Asimismo, valoró que “cuando el Estado se pone a cumplir el rol que le corresponde, con participación social y con representación plural, el ciudadano empieza a tener beneficios. Cuando recuperamos el derecho, nos damos cuenta de la estafa a la que fuimos sometidos durante tantos años. La democracia en las comunicaciones es un avance en la justicia social; la pluralidad es un desafío y la diversidad es un objetivo”. “Estoy conmovido y contento de estar en Entre Ríos, y admiro la decisión del gobernador Urribarri que, escuchando a la sociedad y dándole sentido a la participación, siga brindando institucionalidad a este Consejo Provincial con integración plural y diversidad para el ejercicio de la democracia. Hemos ganado una batalla muy grande”29, aseguró. También se sumó a las alocuciones el Director General de Información Pública, Pedro Báez (actual Ministro de Cultura y Comunicación de Entre Ríos), quien resaltó que “para cerrar este modelo de crecimiento que tiene el país es necesaria la aplicación rigurosa e íntegra de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, de otra manera no es posible esperar una Argentina distinta, más justa y más solidaria”. “Esta ley promueve la libertad, la diversidad de medios, de voces y de contenidos. Entre Ríos tiene un gobernador que hizo suya una propuesta de compañeros y ciudadanos comprometidos y preocupados creando el Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales para darle operatividad a la ley de medios y garantizar su cumplimiento en la provincia”30, concluyó. En nombre del Foro Popular de la Comunicación de Paraná, habló Edgardo Massarotti, quien apuntó que “intervenimos en todo este proceso convencidos de la concurrencia y la articulación de los objetivos de dicha ley con lo que dice el artículo 70 de la Constitución Provincial reformada en 2008. Seguramente los convencionales tuvieron en cuenta la importancia de los medios para la democracia. Todo proceso democrático es un proceso comunicativo, de ahí que existan intereses diversos en la posesión de los medios”. Además, remarcó que “el sistema de medios es un escenario clave, donde los ciudadanos se constituyen, se informan y tienen la posibilidad de deliberación. La información es consumo y un requisito de la democracia. Y sabemos que si unos pocos controlan la información no es posible una verdadera democracia”, explicó. Por último, señaló que “valoramos señor gobernador que usted haya presentado en su integridad y dictado el decreto 432 de 2010, creando este Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales, democrático, plural y participativo”31. 2.4 Reuniones y actividades del CPPC De acuerdo a la información obtenida, el Consejo sesionó en seis oportunidades desde su creación. Las fechas son las siguientes: - 21 de septiembre de 201032. - 20 de diciembre de 201033.

29

Ídem 30

Ídem 31

Ídem 32

Crónica disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=24647 33

Crónica disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=25614

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- 11 de marzo de 201134. - 19 de abril de 201135. - 19 de mayo de 201236. - 16 de agosto de 201237. Las crónicas publicadas en el sitio oficial del gobierno entrerriano sobre las reuniones narran que los distintos integrantes debatieron diferentes aspectos vinculados a la aplicación de la ley, se constituyeron diversas comisiones y se mantuvieron reuniones institucionales con otros actores relacionados. Para el día 25 de noviembre de 2012 fue anunciado un nuevo encuentro38, salvo ese dato no logramos acceder a mayor información al respecto, por lo cual desconocemos si se concretó. La mención de esa reunión es la última noticia hallada sobre el CPPC.

El CPPC, asimismo, concretó entre sus actividades Talleres de Comunicación Popular junto con el Ministerio de Cultura y Comunicación. Los mismos se desarrollaron en Paraná (27 y 28 de junio de 2011), Concordia (19 abril de 2012), Gualeguaychú (20 julio de 2012) y Concepción del Uruguay (5 de septiembre de 2012). Mantuvo también un encuentro con el periodista Víctor Hugo Morales, en ocasión de su visita a Paraná el 30 de agosto de 2010; y otro con el periodista venezolano Modesto Guerrero, el 29 de marzo de 2011, invitado a la ciudad por la Asociación Civil Barriletes. Por otra parte, el 5 de julio de 2012, co-organizó con el Ministerio de Cultura y Comunicación y Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) la presentación del libro “Ley 26.522. Hacia un nuevo paradigma en Comunicación Audiovisual”. En una entrevista efectuada al Lic. en Comunicación Social José Luis Ferrando, periodista de LT 14 e integrante del Foro Popular de la Comunicación de Paraná, elaborada especialmente para este trabajo, expresó en relación al actual funcionamiento del espacio que “está bastante más aplacado, no sabemos muy bien cuándo se volverá a reunir (…)cualquiera que tiene alguna militancia o actividad social, puede comprobar que es muy difícil hacer que la gente y las instituciones se involucren en proyectos en los cuales no tienen algún interés particular. Eso forma parte de la famosa fragmentación que tanto nos quejamos del campo político, también es el correlato en lo social. Los gobiernos interactúan con esa sociedad también (…) es muy difícil hacer que la gente que pertenece a determinados colectivos forme parte de esto. Es un tema que no es sencillo. He estado con gente muy polenta que conozco de hace muchos años y les he dicho ¿ustedes por qué no participaron antes o por qué no participan? Y la respuesta es: porque no tenemos gente que esté en este tema, que conozca. También es visto como un tema difícil o para expertos, para gente que sabe, académicos. Eso es un poco la situación”.

34

Crónica disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=26271 35

Crónica disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=26684 36

Crónica disponible en http://www.lt14.com.ar/noticias/33820-reinicio-sus-actividades-el-consejo-provincial-de-politicas-comunicacionales.html 37

Crónica disponible en http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=31851 38

http://www.informedigital.com.ar/secciones/departamentales/60102-gualeguaychu-se-reune-el-consejo-provincial-de-politicas-de-comunicacion.htm

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CAPÍTULO DOS. Mapa de Medios Actual 1. El registro del AFSCA Para dar cuenta del mapa actual de medios de comunicación audiovisual de la provincia de Entre Ríos, contamos, en principio, con un registro confeccionado y proporcionado por la Delegación Paraná de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)39. Ese material, una entrevista a Néstor Rodríguez, Delegado del AFSCA en Paraná, y la LSCA serán el corpus desde el cual plantearemos algunas líneas que permitan cierto análisis de la situación vigente. El AFSCA es un organismo descentralizado y autárquico creado a partir del artículo 10 de la Ley N° 26.522, cuya función principal es aplicar, interpretar y hacer cumplir la nueva legislación. Para este fin cuenta con una sede principal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y contempla “al menos una (1) delegación en cada provincia o región de ellas o ciudad, con un mínimo de una (1) delegación en cada localidad de más de quinientos mil (500.000) habitantes”40. La provincia de Entre Ríos cuenta con tres delegaciones, una en la capital entrerriana, otra en la ciudad de Gualeguaychú y otra en Concordia. La oficina de la Delegación Paraná a la que acudimos en busca de información está situada en 25 de mayo 68. El registro de medios audiovisuales de la provincia, facilitado para este trabajo por la Delegación Paraná, consistió en un archivo Excel (con el nombre “Lista Emisores Legales”) compuesto por seis columnas41 con el siguiente detalle: Columna 1: Descripción corta del servicio Columna 2: Tipo de Servicio Columna 3: Nombre de Fantasía Columna 4: Localidad del servicio Columna 5: Partido/Departamento Columna 6: Domicilio del servicio Bajo la columna Descripción corta del servicio figuran 205 medios audiovisuales, mediante las siguientes categorías: a. Licenciatarios/Licencia b. Autorizados/Autorización c. Permisionarios FM d. Reconocido FM e. PPP f. Adjudicación

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VER ANEXO. Registro Delegación AFSCA Paraná 40

Artículo 11 de la LSCA. Disponible en http://www.afsca.gob.ar/wp-content/uploads/2013/06/SERVICIOS-DE-COMUNICACION-AUDIOVISUAL-LEY-26522.pdf 41

Al solicitar el registro de medios nos dijeron que primero tenían que “acomodarlo” y quitar algunos datos “sobre propietarios y demás”. De acuerdo al artículo 57 de la LSCA, deberían habernos proporcionado esa información. “Artículo 57— Registro Público de Licencias y Autorizaciones. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual llevará actualizado, con carácter público, el Registro Público de Licencias y Autorizaciones que deberá contener los datos que permitan identificar al licenciatario o autorizado, sus socios, integrantes de los órganos de administración y fiscalización”.

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A los fines de sistematizar la información brindada por el organismo definiremos más abajo las categorías precedentes. Pero antes es preciso aclarar que el registro de medios audiovisuales que posee el AFSCA no contiene una gran cantidad de medios que en la actualidad efectivamente se encuentran operando en la provincia de Entre Ríos. Esta situación fue explicada por el Delegado Rodríguez en el marco de una entrevista que le realizamos para la presente investigación. En la oportunidad expresó que “el AFSCA ejerce la autoridad que le otorga la nueva ley. Nosotros trabajamos sobre los medios que cuentan con las licencias, autorizaciones o permisos, que son las tres calidades por las cuales los medios audiovisuales están inscriptos o registrados por el AFSCA. Entonces a partir de allí nosotros tenemos ese registro o mapa de medios. Con lo cual no quiere decir que no tengamos conocimiento, no tengamos información, con relación a los medios que no están en este, llamémosle, registro”. En este sentido, cabe reiterar, quedan afuera del registro, sobre todo, muchas de las frecuencias moduladas (FM) que actualmente utilizan porciones del espectro radioeléctrico de manera irregular. Sistematización de los datos Como dijimos, en la columna Descripción corta del servicio aparecen 205 medios audiovisuales, bajo las siguientes categorías:

a. Licenciatarios/Licencia: TOTAL 135, de los cuales: 66 corresponden a FM (ninguna de la ciudad de Paraná), 10 corresponden a AM, 58 corresponden a servicios de cable y canales de cable, 01 corresponden a televisión abierta. Definición de licencias de radio o televisión: “Título que habilita a personas distintas a las personas de derecho público estatales y no estatales y a las universidades nacionales para prestar cada uno de los servicios previstos en esta ley y cuyo rango y alcance se limita a su definición en el momento de su adjudicación”42.

b. Autorizados/Autorización TOTAL 20, de los cuales: 17 corresponden a FM, 02 corresponden a AM 01 corresponden a televisión abierta. Definición de autorización: “Título que habilita a las personas de derecho público estatal y no estatal [Iglesia y Pueblos Originarios] y a las universidades nacionales e institutos universitarios nacionales

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Artículo 4 de la LSCA

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para prestar cada uno de los servicios previstos en esta ley, y cuyo rango y alcance se limita a su definición en el momento de su adjudicación”43.

c. d. e. Permisionarios FM / Reconocido FM / PPP (Permiso Precario Provisorio) TOTAL 45, de los cuales, 34 están consignados como Permisionarios FM 08 están consignados como PPP 03 están consignados como Reconocido FM

Bajo estas tres categorías se agrupan los permisos con que cuentan actualmente las frecuencias moduladas registradas en el AFSCA, otorgadas en distintas oportunidades y convocatorias del antiguo COMFER.

f. Adjudicación 05 medios constan dentro de esta categoría. Desconocemos lo que quiere significarse con el término adjudicación en este caso. Los cinco medios son frecuencias moduladas: FM 107.5 de Gobernador Mansilla, Radio Sol de Nogoyá, FM 96.1 de Viale, FM 90.3 de Villa Libertador San Martín y otra más de esta localidad sin nombre en la celda correspondiente.

2. Concentración de la propiedad de los medios Consultado sobre la concentración de la propiedad de medios audiovisuales en Entre Ríos, Néstor Rodríguez manifestó que no existen grupos locales que presenten esa situación, “sí hay [concentración de la propiedad] como parte de los grandes grupos, de los grandes medios. Nosotros tenemos algunos servicios audiovisuales relacionados con el Grupo UNO y algunos relacionados con el Grupo Clarín, de este último sobre todo en la prestación de televisión por cable”. En relación a la pertinencia de la actuación de la Delegación, el funcionario dijo que “trabajamos en la medida que establece el organismo nacional, a través de algunas de las direcciones, cumplir con algunas notificaciones, fiscalizaciones. Pero el plan de adecuación es una presentación que lo requiere la dirección a nivel nacional”. Asimismo, como desde la Delegación del AFSCA no se nos facilitó información en torno a los propietarios de los medios audiovisuales de la provincia que figuran en el registro, no contamos con datos certeros que nos permitan contrastar lo declarado por el funcionario e identificar si existen actualmente allí casos que excedan los límites a la concentración que establece la LSCA. Por otro lado, muchos medios que funcionan en estos momentos no constan dentro del registro del AFSCA, como mencionamos más arriba. Ese es el caso de la mayoría de las radios FM de la capital entrerriana, por ejemplo. Solo 21 de las alrededor de 70 frecuencias de la ciudad tienen hoy permiso para utilizar el espectro. Allí también podrían darse situaciones de concentración de la propiedad. De acuerdo al artículo 45 de la ley, tres es el máximo de licencias permitido a nivel local44. Por ejemplo, hasta una licencia de radio AM, junto a una de FM, más una de TV abierta o por cable sería admisible.

43

Ídem 44

“Artículo 45 (…)2. En el orden local:

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3. Los contenidos La LSCA también dispone pautas de programación para fomentar la diversidad y contenidos regionales. En el artículo 63 se establece que las emisoras adheridas a redes de radio y televisión podrán cubrir con esas programaciones hasta el 30% de sus emisiones diarias. Asimismo, el artículo 65 fija que los titulares de licencias o autorizaciones deberán cumplir con las siguientes cuotas respecto al contenido de su programación diaria: “1. Los servicios de radiodifusión sonora: a. Privados y no estatales: i. Deberán emitir un mínimo de setenta por ciento (70%) de producción nacional. ii. Como mínimo el treinta por ciento (30%) de la música emitida deberá ser de origen nacional (…) deberá ser repartida proporcionalmente a lo largo de la programación, debiendo además asegurar la emisión de un cincuenta por ciento (50 %) de música producida en forma independiente donde el autor y/o intérprete ejerza los derechos de comercialización (…) iii. Deberán emitir un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de producción propia que incluya noticieros o informativos locales45. b. Las emisoras de titularidad de Estados provinciales, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios y universidades nacionales: i. Deberán emitir un mínimo del sesenta por ciento (60%) de producción local y propia, que incluya noticieros o informativos locales. ii. Deberán emitir un mínimo del veinte por ciento (20%) del total de la programación para difusión de contenidos educativos, culturales y de bien público. 2. Los servicios de radiodifusión televisiva abierta: a. Deberán emitir un mínimo del sesenta por ciento (60%) de producción nacional; b. Deberán emitir un mínimo del treinta por ciento (30%) de producción propia que incluya informativos locales; c. Deberán emitir un mínimo del treinta por ciento (30%) de producción local independiente cuando se trate de estaciones localizadas en ciudades con más de un millón quinientos mil (1.500.000) habitantes. Cuando se encuentren localizados en poblaciones de más de seiscientos mil (600.000) habitantes,

a) Hasta una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM); b) Una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM) o hasta dos (2) licencias cuando existan más de ocho (8) licencias en el área primaria de servicio; c) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta; d) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva abierta siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión por suscripción; En ningún caso la suma del total de licencias otorgadas en la misma área primaria de servicio o conjunto de ellas que se superpongan de modo mayoritario, podrá exceder la cantidad de tres (3) licencias…” 45

Definición de producción local de la LSCA en su artículo 4: “Programación que emiten los distintos servicios, realizada en el área primaria respectiva o en el área de prestación del licenciatario en el caso de los servicios brindados mediante vínculo físico. Para ser considerada producción local, deberá ser realizada con participación de autores, artistas, actores, músicos, directores, periodistas, productores, investigadores y/o técnicos residentes en el lugar en un porcentaje no inferior al sesenta por ciento (60%) respecto del total de los participantes”.

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deberán emitir un mínimo del quince por ciento (15%) de producción local independiente y un mínimo del diez por ciento (10%) en otras localizaciones”46. La respuesta del responsable del AFSCA en Paraná sobre si se cumplía la cuota de producción local en los distintos medios de la provincia fue la siguiente: “En eso se está trabajando (…) Así como hubo planteos judiciales con el artículo 45 y el 161, que fueron y están siendo los más debatidos (…), hay presentaciones que se realizaron con este tema específicamente de las cadenas. Hubo presentaciones hechas en la provincia de Córdoba. Allí hubo un fallo judicial que hizo lugar a lo planteado por el organismo, dándole la razón para la aplicación de la ley, fue casi a mediados del año pasado. A partir de allí se establece un plan para poder tratar de implementar esto de las cadenas nacionales (…) Hemos realizado durante este año y más el año pasado lo que denominamos actas de fiscalización y todo lo demás, a los efectos de informar a la dirección central cuáles son las realidades y cómo se está aplicando, a partir de allí hay todo un proceso administrativo que tiene que ver con el régimen previsto de sanciones, pero se está trabajando”. 5. Adecuación y extensión de los medios audiovisuales de Entre Ríos La Ley prevé, bajo distintos mecanismos, la incorporación de nuevos actores al escenario comunicacional y la regularización de los servicios que hoy se encuentran operativos47, a través de las licencias y autorizaciones definidas más arriba. El mapa actual de medios de Entre Ríos deberá cambiar en función del procedimiento de normalización del espectro. Eso contempla no sólo a los 205 servicios que constan en el Registro de la Delegación Paraná, sino que también alcanza al resto de los medios de comunicación audiovisual que no aparecen allí. Es así que a partir de concursos abiertos se espera adjudicar las licencias disponibles en función del espectro radioeléctrico –para gestión privada con fines de lucro y

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El artículo 65 continúa con especificaciones sobre servicios de televisión por suscripción de recepción fija, no satelital y satelital. 47 Prestadores de los servicios de comunicación audiovisual y destinatarios de las reservas de frecuencias previstos

por la LSCA. Disponible en http://www.afsca.gob.ar/ley-de-servicios-de-comunicacion-audiovisual-26-522/ “La Ley fija tres tipos de prestadores: de gestión estatal, gestión privada con fines de lucro y gestión privada sin fines de lucro. Entre las que se encuentran personas de derecho público estatal y no estatal, personas de existencia visible o de existencia ideal y de derecho privado, con o sin fines de lucro. a) Para el Estado nacional se reservarán las frecuencias necesarias para el cumplimiento de los objetivos de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, sus repetidoras operativas, y las repetidoras necesarias a fin de cubrir todo el territorio nacional; b) Para cada Estado provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reservará una (1) frecuencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM), una (1) frecuencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM) y una (1) frecuencia de televisión abierta, con más las repetidoras necesarias a fin de cubrir todo el territorio propio; c) Para cada Estado municipal una (1) frecuencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM); d) En cada localización donde esté la sede central de una universidad nacional, una (1) frecuencia de televisión abierta, y una (1) frecuencia para emisoras de radiodifusión sonora. La autoridad de aplicación podrá autorizar mediante resolución fundada la operación de frecuencias adicionales para fines educativos, científicos, culturales o de investigación que soliciten las universidades nacionales; e) Una (1) frecuencia de AM, una (1) frecuencia de FM y una (1) frecuencia de televisión para los Pueblos Originarios en las localidades donde cada pueblo esté asentado; f) El treinta y tres por ciento (33%) de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura para personas de existencia ideal sin fines de lucro”.

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gestión privada sin fines de lucro-, mientras que mediante la categoría de autorizaciones se brindan los espacios que corresponden a lo dictaminado por la ley - derecho público estatal y no estatal. Consultado sobre los concursos para la adjudicación de licencias, el Delegado del AFSCA dijo que “estamos aguardando que se realice el proceso de normalización de Entre Ríos. Como se cumplió en 13 provincias el año pasado, hay cinco provincias que en estos momentos están en ese proceso de normalización, así que aguardamos a que se culmine con ese mapa de medios y después estaríamos nosotros en ese proceso, que es necesario que podamos desarrollarlo pero en el marco de las garantías para que todo el mundo pueda participar”. En relación a si ya han sido gestionadas todas las autorizaciones, indicó que “el organismo otorgó las frecuencias y autorizaciones en el mapa nacional que se dio a los municipios, a las provincias y a las universidades. Eso está en marcha. En el caso particular de Entre Ríos hay varios municipios que presentaron la documentación, hay varias municipalidades que están trabajando ya sobre la puesta en marcha, completando la documentación que exige el organismo, la carpeta técnica y la propuesta comunicacional”. Hasta el momento constan 20 autorizaciones en el registro proporcionado por la Delegación del AFSCA Paraná. Sobre el 33% de frecuencias de radio y televisión que le corresponden a las organizaciones sin fines de lucro declaró que “es una porción que se irá generando, gestando, en la medida que se establezca la normalización y en la medida que se puedan generar esos espacios en el espectro radioeléctrico se irá haciendo la reserva del caso”. Además agregó que “cuando se hace el proceso de normalización también hay una convocatoria. Hay autorizaciones para los municipios, las universidades, los estados provinciales como lo establece la ley, para los municipios una FM, para los estados provinciales AM, FM, canal de TV y para el caso de las universidades nacionales canal de TV y FM. Esos son pasos que se fueron dando en la aplicación de la ley. También un caso puntual que es el artículo 49 que establece las emisoras de muy baja potencia, eso se está implementando en el país, obviamente también acá en Entre Ríos, hay varias presentaciones que se están realizando y eso es también un pasito que se va dando en este proceso de normalización, en este plan de regularizaciones”. Paraná, zona de conflicto La capital entrerriana presenta la mayor complejidad en la provincia para el ordenamiento de frecuencias previsto por la legislación. Está declarada zona de conflicto, al igual que su vecina Santa Fe, en ambos territorios la demanda supera la disponibilidad de canales; es decir que existe mayor demanda que espacio radioeléctrico disponible. En la actualidad operan alrededor de 70 frecuencias moduladas, cuando no deberían exceder de 25 de acuerdo a lo que dictaminan los informes técnicos de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC)48.

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Este dato fue informado en la Delegación AFSCA Paraná. Nos dirigimos al Centro de Atención al Usuario, ubicado en Arturo Illia 193 de la capital entrerriana para solicitar los informes técnicos pero no nos lo proporcionaron. Similares números constan en la nota La ley pondría orden en el espectro radioeléctrico paranaense: “Entre 60 y 80 radios son las que funcionan en Paraná. No debiera superarse las 30 para que soporte el espectro radiofónico”. Publicada el 19 de octubre de 2009 en el sitio Informe Digital. Disponible en http://www.informedigital.com.ar/secciones/parana/nota.php?id=35208

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Esta sobreabundancia actual del dial, es una problemática que se arrastra desde hace varios años por falta de un marco regulatorio acorde y control de los sucesivos gobiernos. El uso del espectro radioeléctrico, un recurso natural y de carácter limitado, que constituye un bien de dominio público sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, deberá ser reordenado en el marco del proceso de normalización mencionado anteriormente. “Nosotros tenemos dos etapas en cuanto a la normalización de las frecuencias moduladas en la provincia. En 1998 hay un llamado a concurso para poder acceder a las licencias y hay una decisión por parte de los radiodifusores de Entre Ríos de organizar una medida judicial a los efectos de objetar distintos puntos ese proceso de normalización, por lo cual perdemos una primera etapa para poder normalizar las FM en la provincia. Otra convocatoria se realiza en 2006 y aún está abierta (…) es la que establece a Paraná como zona de conflicto (…). Mediante este proceso se han otorgado un número importante de licencias, incluida la ciudad de Paraná, y hay procesos administrativos abiertos todavía en el organismo nacional de aquello”, expuso Rodríguez al respecto. 6. Números nacionales En la nota “Con luz verde para transmitir”, publicada en el diario Página/12 el domingo 2 de junio de este año49, se informa que desde la sanción de la ley en octubre de 2009 “el AFSCA otorgó 814 nuevas licencias y autorizaciones para radio, televisión abierta y cable. De ese total, 641 fueron licencias para el sector privado (78,7 por ciento) y 173 autorizaciones para el sector público estatal y no estatal (21,3 por ciento)”. La nota continúa especificando que “en el caso de las 641 licencias al sector privado, 549 correspondieron a radios FM de baja potencia (85,6 por ciento de este subtotal), 6 a radios AM (0,9 por ciento) y 86 a servicios de televisión por cable (13,4 por ciento). A su vez, de esas 641 licencias, 74 fueron para entidades privadas sin fines de lucro: 44 licencias de televisión por cable para cooperativas de servicio público y 30 licencias de FM para asociaciones civiles, fundaciones y bibliotecas populares. Por su parte, de las 173 autorizaciones al sector público, 139 fueron al sector estatal (80,3 por ciento de ese subtotal) y 34 al no estatal (19,7 por ciento). Dentro de las estatales, 120 corresponden a institutos educativos (todas radios FM), 9 a gobiernos provinciales (4 radios FM, 3 AM y 2 canales de televisión abierta), 3 a gobiernos municipales (3 FM) y 7 a universidades nacionales (5 radios FM y 2 canales de televisión abierta). Entre las no estatales, las 34 fueron a pueblos originarios (32 radios FM, una radio AM y un canal de televisión abierta)”. En los últimos párrafos se señala que “tampoco hubo demasiados avances desde la sanción de la ley en la elaboración del Plan Técnico de Frecuencias y el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales. Recién el 13 de marzo de este año, la AFSCA y el Ministerio de Planificación firmaron un convenio específico de cooperación para la conformación de un Comité Regulatorio Conjunto Permanente que tiene que avanzar en el diseño de ambos planes. La ausencia de esos planes dificulta la organización del espectro radioeléctrico, pues es difícil resguardar un tercio para organizaciones sin fines de lucro, como prevé la normativa, si se desconoce cuál es el total disponible”.

49

Disponible en http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-221367-2013-06-02.html

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CAPÍTULO TRES. Análisis de la situación comunicacional de Entre Ríos

En los capítulos anteriores apuntamos algunos de los temas que pueden configurar los aspectos centrales de las políticas de comunicación de la provincia y señalamos información concerniente al mapa actual de medios. Ahora nos dedicaremos a explayar el análisis sobre algunos puntos que consideramos esenciales del panorama allí brindado, en miras de indicar si se corresponden o no con un mayor grado de democratización de las comunicaciones, en términos de acceso y participación ciudadana. Cabe aclarar primero que muchas de las problemáticas que involucran al sistema comunicacional descripto en las páginas precedentes quedarán pendientes y abiertas para futuras investigaciones a partir de poder incorporar otros materiales de análisis. En estos momentos no nos resulta factible efectuar conclusiones sobre las mismas en base a lo relevado, ya que no contamos con parámetros que nos posibiliten una lectura más amplia de los datos. Este es el caso, por ejemplo, de muchos de los aspectos técnicos vinculados al desarrollo de telecomunicaciones, no podemos definir claras consideraciones sobre ellos por no poseer referencias más detalladas sobre cada tema. Asimismo, si bien entendemos que el desarrollo de telecomunicaciones, las obras y los planes de promoción e incentivo, son de suma importancia -ya que apuntan a revertir la disparidad de infraestructura en las regiones-, no se corresponden necesariamente con una mayor intervención real de la sociedad en los procesos comunicacionales. Acceder (a los distintos servicios), si bien es fundamental, no es garantía directa de participación. Califano lo distingue claramente a partir de la lectura de diversos autores “el acceso supone una recepción igualitaria a la información que comprende una cobertura territorial y geográfica de tipo nacional, accesibilidad económica y equidad en la distribución intraregional de recursos. Siguiendo las definiciones propuestas por la UNESCO en un encuentro realizado en Belgrado en 1977, se distinguen dos niveles de acceso: a) elección del material: posibilidad de elegir entre diversas formas de comunicación, y b) retroacción: posibilidad de interacción entre los productores y receptores de los programas, según las reglas impuestas por el emisor. La participación, por su parte, es definida según tres niveles: a) la intervención de la población en la producción de los mensajes, b) la intervención en la toma de decisiones, y c) la contribución para la formulación de planes y políticas de comunicación masiva”50.

El mismo problema tenemos con parte de los datos proporcionados por la Delegación del AFSCA, tampoco podemos arribar a deducciones que presenten cierta precisión sin contar con el total disponible del espectro radioeléctrico o determinar la existencia de concentración en la propiedad de medios cuando no se nos brinda la información. Como uno de los principales obstáculos que atravesamos para la elaboración de esta investigación fue justamente el acceso a la información oficial, comenzaremos por allí. 3.1 Acceso a la información Para la confección de este trabajo tuvimos dificultades para acceder a la siguiente información:

50

En CALIFANO, Bernardette. Medios y políticas de comunicación en Argentina bajo el gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007), Tesis de Grado de la Licenciatura en Comunicación Social de la UBA, 2007. Pág. 9.

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a. Publicidad oficial. Organismo Provincial: Ministerio de Cultura y Comunicación de Entre Ríos. b. Propiedad de los medios de comunicación. Organismo Nacional: Delegación AFSCA Paraná. c. Informes técnicos del espectro radioeléctrico. Organismo Nacional: Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) - Centro de Usuarios Entre Ríos. Para el acceso a la información pública, en la provincia de Entre Ríos aún no rige una ley específica51, al igual que a nivel nacional. Si bien el derecho a la información está consagrado por la Constitución de la República Argentina y por la Constitución de la Provincia de Entre Ríos52, por ser una regla de juego fundamental de un sistema republicano de gobierno, todavía no se ha plasmado en leyes que aseguren la plena vigencia de esta herramienta democrática. Así se oscurece el principio de publicidad de los actos de gobierno y se dificulta el poder de los ciudadanos de ejercer un control sobre esos actos. Existen sí decretos que establecen el acceso a la información pública y que representan un avance en la materia tanto a nivel nacional (N°1.172/2003) como provincial (N° 1.169/2005)53, aunque los objetivos que en ambos se expresan no se cumplen plenamente. Por lo cual la existencia de estas normas no se garantiza necesariamente en la práctica. El Decreto provincial N° 1.169, del 23 de marzo de 2005, aprueba el Reglamento General de Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Provincial que consta como anexo del mismo. Allí se explicita que busca contribuir a reforzar la democracia y “tiende a lograr una eficaz participación de los

51 En el sitio www.accesolibre.org consta información sobre diferentes proyectos y anteproyectos vinculados al

tema. De una manera ocurrente, se consigna en la columna derecha de la pantalla de inicio un cuadro que reza: “Tiempo perdido en Entre Ríos. Existen propuestas para promover transparencia y acceso a la información. Pero no se tratan”. Debajo de él figuran distintas propuestas presentadas con sus respectivos cronómetros, es así que pueden consignarse ya en años (muchos años) los períodos de cada uno. Por ejemplo el proyecto de ley de información pública que aparece en el sitio lleva más de “seis años, ocho meses…”. Clickeando sobre él se despliega el texto de la posible normativa, que ya en su artículo 1 establece “Toda persona tiene derecho, de conformidad a las disposiciones establecidas en la presente ley, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la administración pública provincial, municipal y comunal, centralizada y descentralizada, de entes autárquicos, universidades, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado provincial y/o municipal tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Judicial, en cuanto a su actividad administrativa, y del Defensor del Pueblo, Consejo Económico y Social y Ministerio Público”. En los fundamentos, delimita el argumento de la razón de ser del texto legal, es decir, que: “Nadie puede dudar que el libre acceso a la información pública genere transparencia en la gestión de gobierno que redunda en beneficio de una mejor imagen de las instituciones democráticas frente a la ciudadanía”. Es decir que han existido propuestas para transparentar y hacer posible un eficaz acceso a la información, pero no han sido tratadas oportunamente y dirigidas hacia la concreción del texto legal y definitivo. De esta manera se descarta el ímpetu y la impronta de cada uno de los proyectos presentados. 52

En el artículo 13 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos “se reconoce el derecho al acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, que estuviera en poder de cualquiera de los Poderes u órganos, entes o empresas del Estado, Municipios, Comunas y Universidades. Sólo mediante una ley puede restringirse, en resguardo de otros derechos que al tiempo de la solicitud prevalezcan sobre éste, la que deberá establecer el plazo de reserva de dicha información”. Disponible en http://www.jusentrerios.gov.ar/123zx/publico/legis/m1/sm1/Constitucion%20E%20R.html 53

VER ANEXO. Para la versión digital: http://www.entrerios.gov.ar/wsdecreto/archivo/DECRETO_1169_2005_GOB.pdf

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ciudadanos en distintos ámbitos mejorando con ello la calidad de las instituciones”. En este sentido se fija un procedimiento común “para todos los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione en jurisdicción del Poder Ejecutivo Provincial”54. La mencionada reglamentación propicia inferir un claro e inicial compromiso estatal por brindar información al ciudadano. En los hechos, otra es la conclusión. Entregamos la nota de solicitud formal del registro de medios y pauta publicitaria oficial al Ministerio de Cultura y Comunicación el 6 de junio. Hasta la fecha, no obtuvimos una respuesta. Más allá de la fecha de entrega del presente trabajo, inferimos necesario continuar con el seguimiento de la solicitud, en virtud de hacer cumplir la ley y en el más pleno ejercicio del ser ciudadano. Nos abre algunas posibilidades conocer, también a través del sitio Acceso Libre que, en Entre Ríos, el amparo es una vía admisible e idónea para reclamar por el acceso a la información. Se trata de una disposición de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de Paraná, en noviembre de 2005. En esa oportunidad, fue la modalidad que permitió que se devele –por primera vez– la distribución de publicidad oficial durante el primer semestre de 2005. Así, por un recurso legal, se pudo acceder a información que había sido hasta entonces información reservada. La pregunta es hasta qué punto la persistencia en el reclamo funcionaría como garantía para obtener la información solicitada. En relación a los datos solicitados al AFSCA el mapa de medios entregado fue recortado, por lo cual no pudimos acceder a la información sobre la propiedad de los medios, aspecto necesario para deterimar si existen casos de concentración. En la CNC no nos brindaron ningún tipo de información solicitada. En virtud de la temática abordada es llamativo que el 3 de junio de 2013, la capital entrerriana fue una de las tres sedes, junto a Chubut y Buenos Aires, de la III Semana Internacional de Gobierno Abierto en Argentina. En ese marco se desarrolló un taller sobre accesibilidad web y geoinformación para “generar un espacio de intercambio de saberes, experiencias y conocimiento sobre dos temáticas necesarias para fortalecer la idea de un Gobierno Abierto en el escenario digital”. En este sentido, la nota de anuncio elaborada desde el mismo Ministerio de Cultura y Comunicación, detalla que “se trata de la geoinformación en sitios web como un modo de presentar datos públicos de utilidad para la ciudadanía y la accesibilidad web para personas con discapacidad en portales y sitios online”55. Si bien hay que destacar que muchos de los datos, normativas y documentos con las que contamos para la elaboración de este trabajo los obtuvimos a través de internet, su rastreó implicó en la mayoría de los casos una pormenorizada búsqueda con estrategias que implican necesariamente cierto nivel de alfabetización tecnológica. Gran parte de la información está en la red, pero no está visible, por decirlo de algún modo. No hay accesos directos que indiquen el camino cierto para obtener la información. En otras palabras, podemos decir que muchos de los contenidos que atañen a la información pública están online pero no a la vista. La práctica de este ejercicio de ciudadanía en el marco de una cátedra universitaria nos posiciona en una puesta en valor de los conceptos democracia y políticas de comunicación, dimensionados en tres

54

Ídem 55

En Entre Ríos inicia la Semana Internacional de Gobierno Abierto en Argentina, 2 de junio de 2013, http://www.entrerios.gov.ar/noticias/nota.php?id=34951

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acciones que ponderan el campo: “estudiar” nos permite “conocer” las herramientas democráticas y nos entrena en la “potencialidad de aplicarlas”. 3.2 Publicidad oficial Martín Becerra llevó adelante una investigación sobre este tema, efectuada por en el marco de una consultoría realizada entre agosto y noviembre de 2011 con la Fundación Poder Ciudadano. Allí recupera la definición de publicidad oficial de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que incluye “los anuncios pagados en la prensa, la radio o la televisión, el material de software y video producido por el gobierno o patrocinado por éste, las campañas a base de folletos, el material publicado en Internet, las exposiciones, etc”56. La publicidad oficial está ligada directamente a la forma de gobierno republicana, donde se destaca la publicidad de los actos de gobierno, “toda vez que son ´cosa pública´ y que, en consecuencia, requieren del conocimiento amplio de la población”57. Es decir, que su objetivo no es otro que el de informar sobre asuntos de interés público. En la Argentina, no existe una normativa -ni ley ni decreto nacional- que determine la forma de contratación de la publicidad oficial, que representa una fuente de cientos de millones de pesos (en todo el territorio argentino sólo la provincia de Tierra del Fuego tiene un decreto que la regula). Esta ausencia de criterios claros, objetivos y públicos para establecer el control y los destinos de esos fondos es señalada por los especialistas como una deuda pendiente que involucra directamente al derecho a la comunicación. Lo cierto es que la discrecionalidad en la distribución de la pauta oficial -su arbitrariedad y discriminación- trae serias consecuencias al sistema democrático que afectan a los derechos de libertad de expresión y comunicación. El uso discrecional de la publicidad oficial ha sido señalado como una de las posibles formas de censura indirecta a los medios de comunicación y periodistas. Esos mecanismos además, instalan la autocensura como práctica en parte de los trabajadores de prensa, que muchas veces privilegian mantener su fuente laboral por sobre otros aspectos. De acuerdo a investigaciones recientes, el gobierno argentino, ha incrementado el presupuesto destinado a publicidad oficial de manera contundente: Es así que se “destinó $ 1.225 millones en 2010 para publicidad, un 210% más que en 2008. El informe sobre la Dimensión de la Publicidad Oficial en la Argentina (…) analizó las cifras del rubro publicidad oficial y afirmó que en el año 2010 el gobierno nacional fue el principal anunciante de diarios, revistas, radios, TV e Internet, con el 9% del total ingresado en el mercado publicitario”58.

Cifras del gasto en publicidad oficial del gobierno nacional, lapso 2000-2010

Año Monto en millones de $

56

BECERRA, Martín. Quid pro quo. La publicidad oficial en la Argentina y sus múltiples facetas. 57

Ídem 58 http://poderciudadano.org/wp/wp-content/uploads/2011/12/Informaci%C3%B3n-preliminar-PO-Poder-

Ciudadano.pdf

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27

2000 16316

2001 19188

2002 27883

2003 46264

2004 112972

2005 125106

2006 208534

2007 325902

2008 395302

2009 829033

2010* 1224700

Fuente: Poder Ciudadano

*el monto de 2010 incluye el Programa “Fútbol para Todos”

- (Asimismo, según la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el 2011 el gobierno gastó $ 426,4 millones y la cifra de 2012 es casi imposible de determinar, ya que figuran diferentes montos según la fuente de información tanto entre las públicas como entre las privadas)59. Es destacable la iniciativa que ha intentado llevar adelante la ONG Poder Ciudadano, pretendiendo crear un mapa para evaluar la distribución de la pauta oficial, con el objetivo de analizar cómo se reparte el dinero en las distintas jurisdicciones del país. Pero desde su inicio en el 2010 a la fecha, sólo cuatro provincias brindaron la información. Entre Ríos fue una de las provincias que respondió a este requerimiento y entregó información al respecto, pero “entregó la información en formato papel, con lo cual no pudimos cargarla. Creemos que para que se satisfaga el derecho de acceso a la información, esta debe ser completa, veraz y accesible”, explicó en una entrevista una integrante de Poder Ciudadano60. Sin dudas la LSCA debe estar acompañada por legislaciones que completen y refuercen su objetivo y alimenten una verdadera democratización de las comunicaciones. En este sentido es que reviste carácter urgente trabajar en pos de la regulación de la publicidad oficial, la publicidad privada y el acceso a la información pública. En la Ley N° 26.522 los artículos que rozan los temas publicitarios son el 74, que hace mención a la publicidad política (donde tampoco quedan garantizadas la igualdad de oportunidades, especialmente en el acceso a espacios audiovisuales de los partidos minoritarios y sin representación parlamentaria) y el 81, en el cual se definen las diferentes formas de publicidad). Por otra parte se establece que los licenciatarios deben informar cuáles son las pautas oficiales que reciben. Es importante recalcar lo expresado por la CIDH en relación a que “no existe un derecho intrínseco a recibir recursos del Estado por publicidad. Sólo cuando el Estado asigna esos recursos en forma discriminatoria se viola el derecho fundamental a la libre expresión”61. Más teniendo en cuenta que “la publicidad estatal con frecuencia ofrece medios a voces que, sin la ayuda financiera del Estado, no

59

Ídem 60

En Crean un mapa para evaluar la distribución de la pauta oficial, 5 de junio de 2013, http://www.gestionpublica.info/politica-detalles-noticia/items/crean-un-mapa-para-evaluar-la-distribucion-de-la-pauta-oficial.html 61

BECERRA, Martín. Quid pro quo. La publicidad oficial en la Argentina y sus múltiples facetas.

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podrían sobrevivir”62. Una realidad que se refleja fuertemente en las provincias. Este potencial rol compensatorio por parte del Estado “se encuentra desaprovechado toda vez que no existe información acerca de qué criterios guían al Estado en la Argentina a la hora de asignar los importantes recursos que destina a realizar publicidad en los medios”, apunta Becerra63. La publicidad oficial en Entre Ríos Entre Ríos no está por fuera de este complejo escenario. Sin una ley o decreto específico que determine criterios para otorgar las pautas, la única norma que podríamos establecer como instituida, es el artículo 14 de la Constitución Provincial, donde se afirma que “la publicidad oficial comprende la realizada por la Provincia, los municipios y las comunas, en todos sus estamentos y organismos. Su objeto es garantizar la vigencia del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública. Su adjudicación se rige por los principios de transparencia, eficacia, pluralismo y austeridad. La ley establecerá pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de espacios en los medios de comunicación social que se inscriban para tal fin. La publicidad oficial no podrá incluir mensajes discriminatorios ni contrarios a los principios constitucionales. La de los entes y empresas deberá tener relación directa con el objeto social de los mismos”64. El artículo, establece criterios muy importantes pero en la práctica, donde deberían verse reflejados, podemos observar que es casi nulo su cumplimiento: - En la mayoría de las ocasiones, podríamos decir que los gobiernos “confunden” la tarea de llevar adelante “publicidad de los actos de gobierno” con “publicar avisos en los medios”. En realidad, el sentido de la publicidad debería regirse por el criterio de que toda la acción oficial sea pública, abierta, transparente, fácilmente verificable y controlable. - La adjudicación es tal vez el punto más grosero de lo que sucede en nuestra provincia. Como puede verse en los decretos de adjudicación de publicidades65, todos hacen referencia en su artículo 2 al encuadre de la gestión, donde se hace mención a decretos, leyes, modificaciones, incisos, etc. Luego de haber analizado cada uno de los puntos que se repiten en todos los decretos de forma textual en su artículo 2, pudimos observar que lo que establece es el encuadre de la gestión de pago por la “vía de excepción” que está planteada como su nombre lo indica, como posibilidad excepcional de realizar algún tipo de contratación directa por parte del Estado. - La carencia de una Ley, echa por la borda cualquier tipo de “pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de espacios en los medios de comunicación social”. - Sí existió un llamado a inscripción de los medios que quisieran recibir publicidad oficial, pero lejos se está de cumplir con la otorgación a todos los medios registrados. Además, muchos medios que se encuentran en una situación irregular, hecho que les impediría registrarse en el Estado, reciben pauta oficial. En el anexo de este trabajo se adjuntan 47 decretos del año 2013, donde consta el otorgamiento de publicidad oficial por parte del gobierno provincial, con diferentes montos y a distintos destinatarios, los cuales no siempre son explicitados, ya que en algunos de los documentos se los agrupa bajo la categoría

62

Ídem 63

Ídem 64

Constitución Provincial de Entre Ríos. Disponible en http://www.jusentrerios.gov.ar/mediacion/wp-content/themes/mediacion/images/documentos/constitucion_entrerios_2008.pdf 65

VER ANEXO – Decretos de publicidad oficial

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“diferentes medios”. Esto afecta aún más la poca transparencia sobre a qué medios o empresas se le otorgan estos fondos. Queremos señalar aquí algunas declaraciones sobre el tema que aparecen en un reportaje efectuado al Ministro de Cultura y Comunicación de Entre Ríos, Pedro Báez, por el periodista Antonio Tardelli, publicado en la revista Análisis el 19 de julio de 2012. Muchos de los aspectos señalados anteriormente aparecen explicitados durante la entrevista. En la oportunidad, Tardelli le consulta al funcionario si el gobierno “retiró alguna vez una pauta publicitaria a manera de represalia, como advertencia, como muestra de enojo”. La respuesta fue la siguiente: “…Me animo a decir que nuestro acompañamiento a los medios y a las producciones ha sido mucho más generalizado que en gestiones anteriores. Incrementamos el presupuesto porque tenemos la concepción de que comunicar forma parte de la gestión. Y sí, alguna vez hemos retirado alguna publicidad”. “¿Producto del enojo?”, insiste el periodista. “También producto de un enojo”, reconoce Báez. Intentos por legislar la publicidad oficial en la provincia Hasta dónde tenemos conocimiento, existieron tres proyectos provinciales en la Cámara de Diputados de la provincia para regular la publicidad oficial en los últimos años. El N° 16.725 de Marcelo Alcides López, de la UCR; el N° 17.527 de Jorge Pedro Busti y otros; y el N° 18. 495 de Ana D’Angelo, del GEN. Los tres proyectos comenzaron a ser discutidos en la legislatura entrerriana, y de diferentes formas, estipulaban un reparto diferenciado por zonas geográficas y tipo de medio de comunicación, fijando un proporcional para medios gráficos, radiales, televisivos y digitales. A su vez, las iniciativas contemplaban el fomento a los medios más chicos, además de combinar criterios de circulación /audiencia con cantidad de empleos generados, inserción en la comunidad, tipo de programación, entre otros parámetros. Pero por falta de voluntad política de parte de la mayoría de la cámara, no hubo acuerdos para que se aprobara alguno de los proyectos, ni la posibilidad de unificar las diferentes iniciativas, perdiendo estado parlamentario al cierre del período legislativo 2012. Es importante observar y establecer una clara diferencia entre los grandes medios de alcance nacional y/o capitalinos donde existen mayores posibilidades de acceso a publicidades de privados, con la situación de las provincias, donde suelen ser los estados provinciales y municipales quienes realizan los principales aportes publicitarios que sostienen a los medios locales o regionales. Lo cual también puede implicar consecuencias más graves cuando se usa la pauta oficial. En la entrevista realizada a Ferrando, le consultamos sobre si consideraba necesario una pronta regulación. “Yo creo necesario eso, por supuesto, me parece que es un debate necesario. Insisto, se tiene que dar democráticamente y no coincido con algunas posturas, me parece que hay muchas desconfianzas mutuas. En primer lugar no es lo mismo la importancia de la pauta publicitaria a nivel de la torta publicitaria nacional de lo que es en gobiernos provinciales y municipales donde la gran mayoría de los medios vive de la pauta oficial, son escenarios distintos. Son completamente diferentes, lo cual también determina situaciones diferentes de líneas editoriales con respecto de los gobiernos provinciales de lo que pasa a nivel nacional. Es muy claro. Si se podría o debería discutir, creo que sí. Mi postura –y lo hemos expresado entre todos en algún documento que hemos sacado–, es que esa discusión debe darse, yo preservaría la capacidad del Estado de asignar recursos. Así como se trata de otros recursos también de lo publicitario para promocionar o difundir actividades, sectores, incluso medios de comunicación que soberanamente por el voto popular también tienen la potestad de hacerlo.

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Porque generalmente este tipo de proyectos se hacen desde la otra vereda, el hecho de decir vamos a encuadrarle a quién le tiene que dar y a quién no. Es el gobierno también. Si vos le quitás toda discrecionalidad tampoco le permitís que el tipo que está gobernando pueda priorizar lo que le parece que tiene que priorizar. Eso no quiere decir que uno no pueda fijar un marco por el cual no sea: te doy si me adulás y te saco si me criticás. En ese marco hay que buscar un equilibrio. No es fácil. He hablado con compañeros de Tierra del Fuego donde se aplicó un decreto que fijaba el límite y a veces lo que le sacás a una corporación se lo terminás dando a otra por otro lado, etcétera, no es fácil. Y he visto proyectos, había tres, no sé si todavía tienen estado parlamentario en Entre Ríos, los tres proyectos prácticamente asignaban cuotas de publicidad por audiencia. Si el gobierno va a dedicarse exclusivamente a consolidar el mercado tal como está, entonces estamos marcándole una pauta ideológica al gobierno que entre. El debate es más complejo pero sería bueno que se haga”, manifestó. 3.3 Otras consideraciones Como mencionamos en el inicio de este capítulo, reconocemos en la provincia un avance en términos de acceso (por el desarrollo de infraestructura), pero no de participación. Asimismo, consideramos que la dificultad para obtener información pública y la falta de regulación en la publicidad oficial suponen serias trabas al desarrollo y a la calidad democrática. Urgen en este sentido la sanción de leyes específicas que complementen y refuercen la LSCA, con criterios claros que tiendan a fortalecer la democracia en el marco de una ciudadanía con posibilidad de acceder y conocer información de interés público desde diversos medios. También observamos que la discrecionalidad con la que se maneja la pauta oficial en las provincias trae consecuencias más graves que lo que puede suceder con las empresas mediáticas nacionales que cuentan con grandes aportes privados. En el terreno local, los medios de comunicación que perciben ingresos de publicidad del estado, en muchos casos, se dedican exclusivamente a reproducir versiones oficiales a través del copy-paste, difundiendo una información ya diseñada y empaquetada desde el gobierno, a modo de contraprestación por el contrato publicitario establecido. En un marco de campaña permanente, las fuerzas políticas mientras son oficialismo corren con ventajas que generan un desequilibrio frente al margen de acción y visibilidad con los que cuentan otras propuestas. “Ser oficialismo ayuda a ganar elecciones”, apunta Becerra, y en la misma línea explica que “la publicidad oficial opera pues como un distorsionador del juego político a favor del oficialismo, a la vez que genera una relación clientelar con los medios de comunicación, debilitando su función en la sociedad”66. Por otro lado, la discontinuidad del Consejo Provincial de Políticas de Comunicación (presentado como un espacio que colocaba a la vanguardia a Entre Ríos, y cuya primera función radicaba en “velar por el cumplimiento de las disposiciones del Art. 70 de la Constitución Provincial y de la Ley Nacional Nº 26.522”, de acuerdo al decreto de creación, como indicamos en el primer capítulo de esta investigación) se contradice con los discursos que hoy se siguen sostienen desde el gobierno provincial en torno a la importancia de la efectiva aplicación de la ley. Nada se ha declarado respecto a la suspensión de las actividades del Consejo.

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BECERRA, Martín. Quid pro quo. La publicidad oficial en la Argentina y sus múltiples facetas.

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Asimismo, creemos que el trabajo desarrollado por las delegaciones del AFSCA aún no arroja significativos resultados, teniendo que aguardar procesos de normalización que no tienen fecha en el calendario. Un largo y minucioso camino se presenta ineludible en este sentido. Uno de los aspectos que también quisiéramos apuntar, y podría ser objeto de análisis más profundo, refiere a cómo se posiciona el Estado Nacional en torno al rol que pretende ocupar respecto a un complejo proceso de reconversión tecnológica que se despliega actualmente en el campo de los medios de comunicación. Sería interesante evaluar a partir de la definición de sus objetivos, áreas de gobierno y campos de intervención sobre las políticas que aspira intervenir en la incorporación de, por ejemplo, fibra óptica o tecnología para la televisión digital. O también qué resultados arrojan las distintas iniciativas que impulsa para la generación de contenidos en las regiones de todo el país, teniendo en cuenta los nuevos soportes y actores que intervienen en la ampliación de la convocatoria para participar de la comunicación, como el Programa Polos Audiovisuales, el BACUA y otras propuestas similares. A modo de conclusión La pregunta fundamental que antecede necesariamente a todo diseño de políticas comunicacionales es ¿qué modelo de sociedad queremos? Creemos que es este y no otro el inicio de cualquier debate sobre la democratización de las comunicaciones. Si pensamos en un modelo de sociedad justo e igualitario, las políticas comunicacionales (como el resto de las políticas de estado) deberán responder a esos principios. Y para esto se presenta ineludible garantizar un real acceso y participación de todos los sectores a los medios de comunicación. En este sentido, el camino que abrió la LSCA no puede quedar suspendido en mero marco de buenas intenciones, en un casi lo logramos, debe actuarse para su definitiva implementación. Y aquí entra en juego la ciudadanía toda. Sólo así, con la efectiva aplicación de la ley, podrá comenzar a garantizarse en la práctica un sistema que reconozca el pluralismo, la diversidad y el derecho humano fundamental a la comunicación. Son muchas las cuestiones y los debates aún pendientes en miras de lograr estos objetivos en el marco de un nuevo modelo comunicacional que la LSCA habilita. La complejidad del tema y los diferentes sectores que revisten distintos intereses presentan una realidad difícil que no sólo atañe al país, ni a la región Latinoamericana. La regulación en materia comunicacional es un problema que atraviesa al mundo entero.

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